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Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria 1 A. PRESENTACIÓN Acceso al GLP de los sectores vulnerables A mediados del mes de marzo último, el Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la In- versión en Energía y Minería emitió una nueva resolución vinculada a la implementación y ope- ración de la compensación social y promoción para el acceso al GLP de los sectores vulnerables de la población urbanos y rurales, la misma que establece los criterios y procedimientos para el reconocimiento de los gastos que asumen las empresas concesionarias de distribución eléctrica en el proceso de implementación y aplicación del Vale de Descuento FISE para la compra del balón de gas. De esta manera, Osinergmin, en su calidad de administrador del Fondo de Inclu- sión Social Energético, viene estableciendo las condiciones operativas necesarias para lograr que los beneficios del Fondo lleguen a todos sus potenciales beneficiarios (Pág. 6). B. PROCESOS REGULATORIOS EN CURSO Contenido A. Presentación (pag. 1) B. Procesos regulatorios en curso (pag. 1) C. Temas vinculados a la regulación (pag. 5) D. Temas vinculados al FISE (pag. 6) E. Tarifas eléctricas para abril 2013 (pag. 7) F. Índices tarifarios (pag. 8) In f Osinergmin Año 15 Nº 2 Abril 2013 Data al 4 de abril de 2013 Empresas Acontecimientos de la Regulación y los Mercados de Energía Gráfico 1

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Gerencia Adjunta de Regulación TarifariaGerencia Adjunta de Regulación TarifariaMT 1

A. PRESENTACIÓN

Acceso al GLP de los sectores vulnerables A mediados del mes de marzo último, el Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la In-versión en Energía y Minería emitió una nueva resolución vinculada a la implementación y ope-ración de la compensación social y promoción para el acceso al GLP de los sectores vulnerables de la población urbanos y rurales, la misma que establece los criterios y procedimientos para el reconocimiento de los gastos que asumen las empresas concesionarias de distribución eléctrica en el proceso de implementación y aplicación del Vale de Descuento FISE para la compra del balón de gas. De esta manera, Osinergmin, en su calidad de administrador del Fondo de Inclu-sión Social Energético, viene estableciendo las condiciones operativas necesarias para lograr que los beneficios del Fondo lleguen a todos sus potenciales beneficiarios (Pág. 6).

B. PROCESOS REGULATORIOS EN CURSO

Contenido

A. Presentación (pag. 1) B. Procesos regulatorios en curso (pag. 1)C. Temas vinculados a la regulación (pag. 5)

D. Temas vinculados al FISE (pag. 6)E. Tarifas eléctricas para abril 2013 (pag. 7)F. Índices tarifarios (pag. 8)

InfOsinergmin

Año 15 Nº 2 Abril 2013 Data al 4 de abril de 2013

EmpresasAcontecimientos de la Regulación y los Mercados de Energía

Gráfico 1

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Gerencia Adjunta de Regulación TarifariaGerencia Adjunta de Regulación Tarifaria2 3

B.a. Precios en Barra 2013 – 2014

En Audiencia Pública Descentralizada, realizada el 14 de marzo último en Lima, Arequipa y Trujillo, los especialistas de la GART de Osinergmin expusieron los criterios, metodología y modelos económicos utilizados en la Fijación de Precios en Barra y sustentaron su propuesta de precios para el periodo 2013 – 2014 publicados con la Resolución N° 028-2013-OS/CD.

Según el cronograma del procedimiento, dentro de los 10 días hábiles siguientes, las empresas Enersur, Sinersa y Electro Orienta, el Subcomité de Generadores del COES, y Mávila Cieza Acuña presentaron sus opiniones y sugerencias sobre la propuesta de la GART. La Tabla 1 de-talla las materias observadas por los interesados.

Tabla 1

Fijación de Precios en BarraObservaciones a Propuesta de GART

Interesado Materia observada

Enersur

1). Actualización del Margen de Reserva Firme

2). Determinación del Cargo Unitario por Compensación por Seguridad de Suministro

3). Potencia Contratada de la Central de Reserva

4). Capacidad de la línea de operación para el enlace de transmisión de 220 Kv Mantaro-Cotaruse-Socabaya.

5). Monto de Ingreso Tarifario

Sindicato Energético

1). Calculo de factor de reducción 2013 (K92)

2). Ingreso en Operación Comercial de la CH Poechos 2

3). Cálculo de actualizaciones del Precio Adjudicado

4). Ingreso de Centrales RER

Subcomite de Generadoras

1). Plan de Obras

2). Costos Variable No Combustible

3). Precio del Gas Natural

4). Consumos específicos

5). Reducción de los Programas de Mantenimiento

6). Modelamiento de las Centrales Térmicas

7). Modelamiento de las Centrales Hidroeléctricas

8). Modelamiento de las Líneas de Transmisión

9). Costos de conexiones

10). Aplicación del Factor por Margen de Reserva

Mávila Cieza Acuña

1). Precios de los combustibles

2). La hora en que se tomarán los indicadores de la web

3). El factor “p”

4). El FMR

5). El término FPGN y FOBCB

Electro Oriente

1). Parámetros de cálculo de potencia

2). El costo de combustible en la Planta de Iquitos

3). Costos de transporte de combustible de la planta a la central

4). Variaciones en la demanda

5). Precios en Barra del año base

6). Factor de recarga

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El paso siguiente es la fijación de los Precios en Barra para mayo 2013 - abril 2014, mediante resolución a publicarse el 15 de abril. A partir de ese momento y hasta el 07 de mayo, los in-teresados que estén en desacuerdo con la decisión del regulador, total o parcialmente, podrán presentar sus respectivos pedidos de reconsideración.

B.b. Liquidación Anual de los ingresos de los SST y SCT 2013

En la misma fecha y en las mismas ciudades mencionadas en el procedimiento de Fijación de Precios en Barra se realizó la Audiencia Pública Descentralizada para la determinación de la Liquidación Anual de los Ingresos por Servicios de Transmisión de los Sistemas Secundarios de Transmisión (SST) y los Sistemas Complementarios de Transmisión (SCT). En el evento los especialistas de la GART expusieron los criterios, metodología y modelos económicos utilizados en este procedimiento y, al mismo tiempo, sustentaron la Preliquidación publicada con la Reso-lución N° 030-2013-OS/CD.

Los especialistas de la GART precisaron que la Resolución N° 030-2013-OS/CD determina para el periodo mayo 2013 – abril 2014 el cargo unitario de liquidación para los SST y SCT; y que la referida modificación es el resultado de la Preliquidación Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmisión Eléctrica de los SST y SCT que deberá sumarse a partir del 01 de mayo 2013 a los Peajes que se fijen para dichos sistemas.

Precisaron asimismo que el Cargo Unitario de Liquidación del SST de Edegel, Conenhua y Ca-llalli deberá sumarse, a partir del 01 de mayo 2013 hasta el 30 de abril de 2014, a los Peajes que se determinen para dichos sistemas correspondiente al periodo mayo 2013 - abril 2017.

Dentro del plazo establecido en el cronograma del procedimiento, doce empresas eléctricas hi-cieron llegar al regulador sus opiniones y sugerencias respecto a los alcances de la Resolución N° 030-2012-OS/CD. Estas empresas son: Egemsa, Gold Fields La Cima, Electroperú, SN Power, Luz del Sur, Electro Sur Este, Electrocentro, Edelnor, San Gabán, Conenhua, ElectroDunas y Egesur.

B.c. Tarifas y Compensaciones de los SST (Contratos BOOT)

De manera similar se realizó en la misma fecha y en las mismas ciudades, la Audiencia Pública Descentralizada del procedimiento de modificación de las tarifas y compensaciones de los SST como resultado de la Liquidación Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmisión Eléc-trica de los Contratos BOOT, donde los especialistas de la GART expusieron el objetivo del procedimiento, los criterios, metodología y modelos económicos utilizados en Preliquidación de Ingresos contenida en la Resolución N° 029-2013-OS/CD, publicada el 05 de marzo del presente año.

De acuerdo con la exposición realizada por la GART, el objetivo del procedimiento es aprobar las tarifas de los SST de las empresas Red Eléctrica del Sur (Redesur) e Interconexiones Eléc-tricas ISA Perú, como consecuencia de la aplicación de los resultados de la liquidación de los ingresos de las instalaciones especificadas en la Tabla 2.

Tabla 2Elemento del Sistema Secundario Titular Responsable de Pago

Subestación Tacna REDESUR Demanda local (Tacna)

Subestación Puno REDESUR Generadores del SEIN

SST Aguaytía-Pucallpa: S.E. Aguaytía 220/138/22,9 kV, S.E. Pucallpa 138/60/10 kV, Reactor 8 MVAR ISA Demanda local (Pucallpa)

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Para las tarifas y compensaciones de los SST indicados en la tabla anterior, el organismo regu-lador propuso las modificaciones que se especifican en la Tabla 3, con los impactos en la tarifa aplicable al usuario final mostrados en la última columna de la tabla.

B.d. Tarifas y Compensaciones para los SST y SCT 2013 - 2017

En Audiencia Pública Descentralizada realizada en las ciudades de Lima, Piura y Tacna, el 01 de marzo último, los especialistas de la GART sustentaron y expusieron los criterios, metodología y modelos económicos utilizados en proyecto de resolución que fija las tarifas y compensacio-nes para los Sistemas Secundarios de Transmisión y Sistemas Complementarios de Transmisión aplicables para el periodo comprendido entre el 01 de mayo de 2013 y el 30 de abril de 2017.

El proyecto mencionado se aprobó mediante Resolución N° 019-2013-OS/CD, publicada el 20 de febrero pasado. Y después del plazo brindado por Osinergmin, doce empresas eléctricas presentaron sus comentarios y sugerencias sobre el proyecto de resolución aprobado por Osi-nergmin.

B.e. Peaje Unitario por Compensación (SST y SCT)

El 27 de marzo último se realizó en Lima la Audiencia Pública del procedimiento de Fijación del Peaje Unitario por Compensación a ser adicionado al Peaje del Sistema Secundario de Trans-misión y Sistema Complementario de Transmisión asignados a la demanda de las Áreas de De-manda 6 y 7. En el evento, los especialistas de la GART sustentaron la compensación propuesta por el regulador mediante la Resolución Nº 040-2013-OS/CD publicada el último 21 de marzo último.

Los especialistas de Osinergmin explicaron que el objetivo del procedimiento es determinar el valor del monto por Compensación en la aplicación de la Tarifa Única de Distribución de Gas Natural en la concesión de Lima y Callao, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4° del D.S. N° 048-2008-EM, para el periodo mayo - diciembre del presente año. Igualmente explicaron los criterios y metodologías empleados por el regulador para determinar la Compensación.

Según la GART, el Peaje Unitario por Compensación correspondiente al periodo indicado as-ciende a 0,4817 centésimos de Nuevo Sol por kWh, el mismo que se apliacrá a partir del 01 de mayo del presente año a la demanda de todos los usuarios finales (libres y regulados en todos los niveles de tensión en los sistemas comprendidos en las Áreas de Demanda 6 y 7.

La Tabla 4 muestra el impacto de la Compensación en la tarifa eléctrica de los usuarios finales del SEIN, con un consumo menor a 125 kWh/mes.

Tabla 3Modificación de tarifas y compensaciones de los SST de REDESUR e ISA PERÚ

(mayo 2013 - abril 2014)

Elemento del Sistema Secundario Tarifa/Comp. Vigente

Tarifa/Comp. Prepublicación

Variación (%)

Impacto a usuario final (%)

Subestación Tacna (ctms S/./ kWh)0,3949

ctms S/./ kWh)0,3832 -2,98% -0,02%

Subestación Puno (S/./mes)88 888

(S/./mes)83 933 -5,57% ---

SST Aguaytía-Pucallpa: S.E. Aguaytía 220/138/22,9 kV, S.E. Pucallpa 138/60/10 kV, Reactor 8 MVAR

(ctms S/./ kWh)1,4193

(ctms S/./ kWh)1,3949 -1,72% -0,07%

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B.f. Valor Agregado de Distribución 2013 - 2017Desde el 10 de octubre de 2012, la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART) vie-ne conduciendo el procedimiento de Fijación del Valor Agregado de Distribución (VAD) y Cargos Fijos para el periodo Noviembre 2013 – Octubre 2017, de acuerdo con el cronograma respectivo. En los primeros días de abril, los consultores a cargo de los Estudios de Costos del VAD y las empresas de distribución eléctrica responsables de la adjudicación, contratación y supervisión los referidos estudios habían presentado a la GART los resultados de su trabajo, los mismos que se han publicado en el portal web del regulador.

Según el procedimiento de fijación del VAD, los Estudios de Costos deberán ser además sus-tentados por los consultores y las empresas a cargo de su elaboración en la Audiencia Pública que el organismo regulador ha convocado con esa finalidad para el 24 y 25 de abril del presente año. De esta manera, los usuarios, las empresas del sector y todos los demás interesados tienen oportunidad de intervenir en la regulación de las tarifas de distribución eléctrica que explican alrededor del 30 por ciento del valor de la tarifa que se aplica al consumidor final

C. TEMAS VINCULADOS A LA REGULACIÓN

Modifican contratos de suministro suscritos por EdelnorOsinergmin aprobó la modificación de los contratos de suministro suscritos por la empresa Edelnor, mediante Resolución N° 046-2013-OS/CD, publicada el 30 de marzo último.

Los contratos modificados son los vinculados a los Procesos de Licitación siguientes:

D Primera licitación convocada el 10 de setiembre de 2009 “ED-01-2009-LP”, D Segunda licitación convocada el 18 de octubre de 2009 “ED-02-2009-LP”, D Tercera licitación convocada el 18 de octubre de 2009 “ED-03-2009-LP”, D Licitación convocada por Luz del Sur el 19 de julio de 2010 “LDS-01-2010-CP”, D Primera licitación convocada por Luz del Sur el 03 de agosto de 2011 “LDS-01-2011-LP” D Segunda licitación convocada por Luz del Sur el 27 de febrero de 2012 “LDS-01-2011-LP-II”, incorporando las Barras de Entrega: Zapallal 210 kV, Carabayllo 210 kV y Río Seco (Huaral Norte) 60 kV y 20 kV en el Anexo A de los Contratos, referido a “Puntos de Sumi-nistro y Cantidades Contratadas”

En la resolución también aprobó la propuesta de adenda a los Contratos de Suministro de Elec-tricidad suscritos por Edelnor y las empresas generadoras que resultaron adjudicatarias en los Procesos de Licitación siguientes:

D Segunda licitación convocada el 05 de mayo de 2009 “ED-02-2009-CP”

D Tercera licitación convocada el 28 de junio de 2009. “ED-03-2009-CP”

Tabla 4Impacto a usuario final menor a 125 kWh/mes

ÁreaPeaje Unitario por Compensación

Vigente(Ctm S/./kWh)

Peaje Unitario por Compensación(Ctm S/./kWh)

Impacto Usuario Final

(%)

Área 6 0,5609 0,4817 -0,24%

Área 7 0,5609 0,4817 -0,27%

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D Contrato de Suministro suscrito con la empresa Edegel a consecuencia de la Licitación Pública en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832 realizado en el año 2009 por Edelnor.

También aprobó los Factores Nodales de Potencia y Energía para las Barras de Entrega que se incorporan en el Punto de Su-ministro: Zapallal 210 kV y Ca-rabayllo 210 kV (Tabla 5), de las adendas de contrato suministros señaladas en el punto anterior.

D. TEMAS VINCULADOS AL FISE

Reconocimiento de costos de las distribuidoras eléctricas

Mediante Resolución N° 034-2013-OS/CD, publicada el 13 de marzo último, Osinergmin apro-bó la norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la operación de compra del balón de gas”, que define criterios y procedimientos para el reco-nocimiento y reembolso de los costos que las empresas concesionarias de distribución eléctrica afrontan en el proceso de implementación y operación del Vale de Descuento FISE para la compra del balón de GLP por los beneficiarios de los sectores vulnerables de la población.

Los gastos reconocidos que la Resolución Osinergmin son los siguientes:

D Inicio del Programa: Gastos que se presentan por única vez al inicio del programa y/o incorporación de una localidad, distrito, grupo de beneficiarios o beneficiario. Compren-den los gastos de la remisión de esquelas informativas, empadronamiento, elaboración del padrón de beneficiarios, verificación de la veracidad de la información, verificación en el registro RENIEC, emisión del primer vale de descuento, difusión del programa, formali-zación de los convenios con los Agentes Autorizados GLP, implementación, supervisión y adecuaciones de los sistemas de información vinculados con dichos convenios.

D Mensual: Actividades operativas periódicas como son: actualización del padrón de benefi-ciarios, impresión y reparto de vales, liquidación de vales redimidos, atención de reclamos o solicitudes de información, difusión y supervisión del programa FISE.

• Liquidación de gastos

Las distribuidoras presentarán su liquidaciones de gastos al Adminis-trador del FISE con la frecuencia dispuesta en la Tabla 6.

El reconocimiento de los gastos y su reembolso por parte del FISE se efectúan según los criterios de eva-luación y procedimientos determi-nados en la Resolución.

Tabla 6

Presentación Frecuencia de Actualización

Formatos a utilizar Nombre

Inicio Gastos Iniciales FISE - 12A Gastos de

Administración - Inicial

Mensual Mensual FISE - 12B Gastos deAdministración - Inicial

MensualIncorporación

de Nuevas Localidades

FISE - 12CDetalle de

Desplazamientos de Personal

Anual Anualmente FISE - 12D Parámetros deControl

Tabla 5

Punto Suministro

Barra de Entrega y Medición

Factores Nodales de

Potencia

Factores Nodales de Energía

Horas Punta

Horas Fuera de Punta

Lima NorteZapallal 210 kV 0,9971 0,9971 0,9984

Carabayllo 210 kV 0,9967 0,9964 0,9978

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E. TARIFAS ELÉCTRICAS

E.a. Variación de los indicadores macroeconómicos

La Tabla 7 muestra las variaciones de los índices macroeconómicos que intervienen en la regulación de las tarifas eléctricas, en el periodo comprendido entre el 04 de marzo y el 04 de abril del presente año.

Las variaciones indicadas han de-terminado a su vez variaciones en los precios de las actividades re-guladas en las magnitudes que se muestran en la Tabla 8, ninguna de las cuales se ubica por debajo o por encima del límite tarifario inferior o superior, respectivo.

Al respecto es preciso señalar que cuando alguno o todos los precios de las actividades reguladas experimentan variaciones que no superan los límites tari-farios, las tarifas eléctricas no experimentan cambios en el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) o en los Sistemas de Generación Aislada de ser el caso.

E.b. Tarifas eléctricas

Para el periodo comprendido entre el 04 de abril y el 03 de mayo del presente año, las tarifas eléctricas en el SEIN y los Sistemas de Generación Aislada son las mismas que se aplicaron en el periodo anterior (04 de marzo a 03 de abril) por las razones expuestas en la parte referida a la variación de los indicadores macroeconómicos que componen las fórmulas de actualización de las tarifas eléctricas.

Los pliegos tarifarios con las tarifas máximas que las empresas de distribución eléctrica pueden aplicar a los usuarios finales del servicio público de electricidad en Lima y el resto de regiones del país se encuentran en el portal web de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (www2.osinerg.gob.pe, opción Tarifas) o en las páginas web de las empresas concesionarias de distri-bución eléctrica.

Tabla 7

Variación de los indicadores de la regulación tarifaria(Abril vs. Marzo)

Índices Macroeconómicos 04/03/2012 04/04/2013 Variación

IPM 206,76 207,34 0,28%

TC (S/./US$) 2,58 2,58 0,08%

PGN (US$/MMBtu) 2,53 2,53 0,00%

FOBCB (US$/tn) 102,37 101,41 -0,94%

Diesel+ISC (S/./gl) - Callao (SEIN) 10,03 9,77 -2,59%

Residual+ISC (S/./gl.) - Callao (SEIN) 6,88 6,77 -1,60%

Diesel+ISC (S/./gl) - Callao (Aislados) 10,54 10,54 0,00%

Diesel+ISC (S/./gl) - Iquitos (Aislados) 9,84 9,84 0,00%

Residual+ISC (S/./gl.) - Iquitos (Aislados) 7,42 7,42 0,00%

Diesel+ISC (S/./gl) - Cusco (Aislados) 11,07 11,07 0,00%

IPCu (ctv.US$/lb) 360,65 359,32 -0,37%

IPAl (US$/tn) 2 010,41 2 000,47 -0,49%

Tabla 8

Variación acumulada de precios por actividad regulada

ActividadRegulada

LímiteInferior

LímiteSuperior

LímiteTarifario

Generación SEIN -1,64% -1,29% +/- 5%

Generación Aislada -1,79% 0,74% +/- 1,5%

Transmisión Principal -1,59% 0,00% +/- 5%

Transmisión Secundaria -3,41% -1,96% +/- 5%

Distribución -0,75% -0,33% +/- 1,5%

Precio a Nivel Generación 1,72% +/- 1,0%

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Gerencia Adjunta de Regulación TarifariaGerencia Adjunta de Regulación Tarifaria8 1

F. ÍNDICES TARIFARIOS

G. LO QUE SE VIENE

Precios en Barra 2013 – 2014 15 de abril: Publicación de la resolución que fija los Precios en Barra 2013 - 2014.

VAD y Cargos Fijos 2013-2017 24 y 25 de abril: Audiencia Pública de las Empresas para la exposición y sustentación de los Estudios de Costos del VAD.

Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria8

InfOsinergmin es una publicación mensual de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria - GART, de

Av. Canadá 1460, San Borja, Lima 41 Perú, Tel. (511) 224 0487, Fax (511) 224 0491Web site: http://www2.osinerg.gob.pe

Para cualquier comentario, sugerencia o contribución favor comunicarse con [email protected] suscribirse a las publicaciones de la GART ingrese a la página web www2.osinerg.gob.pe y provea el formulario correspondiente.

Gráfico 5Gráfico 4

Gráfico 3

Este factor se actualiza trimestralmente. La última actualización estará en vigencia desde el 04 de noviembre hasta el 03 de enero de 2013.

Gráfico 2

Este factor se actualiza trimestralmente. La última actualización estará en vigencia desde el 04 de noviembre hasta el 03 de enero de 2013.