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70 NORMAS LEGALES Viernes 10 de noviembre de 2017 / El Peruano alterno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión Multisectorial Permanente encargada de la implementación del “Plan Nacional de Igualdad de Género 2012-2017”; constituida por Decreto Supremo N° 004-2012-MIMP, modificado por Decreto Supremo N° 011-2016-MIMP. Artículo 2.- Designar a la señora Carmen Cecilia Lecaros Vértiz, Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, como representante alterno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión Multisectorial Permanente encargada de la implementación del “Plan Nacional de Igualdad de Género 2012-2017”; constituida por Decreto Supremo N° 004-2012-MIMP, modificado por Decreto Supremo N° 011-2016-MIMP. Artículo 3.- Ratificar a la señora Martha Eloisa Arcos Chirito, Directora de Sistema Administrativo I de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, como representante alterno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la citada Comisión Multisectorial Permanente. Artículo 4.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial Permanente y a los representantes alternos mencionados en los artículos 2 y 3 de la misma para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARlOS BRuCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1585319-1 Designan representante del Ministerio ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental del departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 430-2017-VIVIENDA Lima, 8 de noviembre de 2017 VISTOS, el Informe N° 1477-2017/VIVIENDA/VMCS/ PNSR/DE del Programa Nacional de Saneamiento Rural - PNSR, el Informe legal N° 445-2017/VIVIENDA/VMCS/ PNSR/uAl y el Memorando N° 1300- 2017/VIVIENDA/ VMCS/PNSR/UA de las Unidades de Asesoría Legal y de Administración, respectivamente, del PNSR, y el Informe N° 1577-2017-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto de Urgencia N° 004-2014, autoriza al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES a constituir Núcleos Ejecutores para la reposición, operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento de alcance departamental; asimismo, en su artículo 13 establece que cada Núcleo Ejecutor estará conformado, entre otros, por representantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, dispone que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante Resolución Ministerial, determinará el número de representantes, el mecanismo de designación del presidente del Núcleo Ejecutor y miembros, así como los criterios y procedimientos para el funcionamiento de los Núcleos Ejecutores; Que, mediante Resolución Ministerial 260-2014-MIDIS, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprueba las disposiciones para la conformación y funcionamiento de Núcleos Ejecutores de alcance departamental, estableciendo que los mismos estarán conformados, entre otros, por un (01) representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, quien tendrá el cargo de Secretario; Que, el Director Ejecutivo del PNSR comunica que el señor Jorge Alberto león Rojas, designado, entre otros, por Resolución Ministerial Nº 217-2017-VIVIENDA, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental del departamento de Cajamarca, ha culminado su vinculación laboral con el PNSR; Que, atendiendo a lo señalado en el considerando anterior, corresponde dar por concluida la citada designación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESuElVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Jorge Alberto león Rojas como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental del departamento de Cajamarca. Artículo 2.- Designar a la señora Raquel Marleny Misahuamán Del Campo como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental del departamento de Cajamarca, para la implementación de la Resolución Ministerial N° 260-2014-MIDIS. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS y al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARlOS BRuCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1585319-2 Aprueban Modelo de Código de Buen Gobierno Corporativo para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 431-2017-VIVIENDA Lima, 8 de noviembre de 2017 VISTOS: el Informe 367-2017/VIVIENDA/ VMCS/DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; el Memorándum Nº 980-2017-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; y, el Informe N° 1608-2017-VIVIENDA/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 5 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el artículo 5 de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento aprobada por Decreto Legislativo N° 1280 (en adelante, la Ley Marco), establecen que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es el órgano rector en materia de saneamiento y como tal, le corresponde planificar, diseñar, normar y ejecutar las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización y en todo el territorio nacional; Que, conforme al literal b) del artículo 82 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y sus modificatorias, la Dirección General de Políticas

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70 NORMAS LEGALES Viernes 10 de noviembre de 2017 / El Peruano

alterno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión Multisectorial Permanente encargada de la implementación del “Plan Nacional de Igualdad de Género 2012-2017”; constituida por Decreto Supremo N° 004-2012-MIMP, modificado por Decreto Supremo N° 011-2016-MIMP.

Artículo 2.- Designar a la señora Carmen Cecilia Lecaros Vértiz, Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, como representante alterno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión Multisectorial Permanente encargada de la implementación del “Plan Nacional de Igualdad de Género 2012-2017”; constituida por Decreto Supremo N° 004-2012-MIMP, modificado por Decreto Supremo N° 011-2016-MIMP.

Artículo 3.- Ratificar a la señora Martha Eloisa Arcos Chirito, Directora de Sistema Administrativo I de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, como representante alterno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la citada Comisión Multisectorial Permanente.

Artículo 4.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial Permanente y a los representantes alternos mencionados en los artículos 2 y 3 de la misma para los fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARlOS BRuCEMinistro de Vivienda,Construcción y Saneamiento

1585319-1

Designan representante del Ministerio ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental del departamento de Cajamarca

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 430-2017-VIVIENDA

Lima, 8 de noviembre de 2017

VISTOS, el Informe N° 1477-2017/VIVIENDA/VMCS/PNSR/DE del Programa Nacional de Saneamiento Rural - PNSR, el Informe legal N° 445-2017/VIVIENDA/VMCS/PNSR/uAl y el Memorando N° 1300- 2017/VIVIENDA/ VMCS/PNSR/UA de las Unidades de Asesoría Legal y de Administración, respectivamente, del PNSR, y el Informe N° 1577-2017-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto de Urgencia N° 004-2014, autoriza al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES a constituir Núcleos Ejecutores para la reposición, operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento de alcance departamental; asimismo, en su artículo 13 establece que cada Núcleo Ejecutor estará conformado, entre otros, por representantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, dispone que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante Resolución Ministerial, determinará el número de representantes, el mecanismo de designación del presidente del Núcleo Ejecutor y miembros, así como los criterios y procedimientos para el funcionamiento de los Núcleos Ejecutores;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 260-2014-MIDIS, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprueba las disposiciones para la conformación y funcionamiento de Núcleos Ejecutores de alcance departamental, estableciendo que los mismos estarán conformados, entre otros, por un (01) representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, quien tendrá el cargo de Secretario;

Que, el Director Ejecutivo del PNSR comunica que el señor Jorge Alberto león Rojas, designado, entre otros, por Resolución Ministerial Nº 217-2017-VIVIENDA, como

representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental del departamento de Cajamarca, ha culminado su vinculación laboral con el PNSR;

Que, atendiendo a lo señalado en el considerando anterior, corresponde dar por concluida la citada designación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA;

SE RESuElVE:

Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Jorge Alberto león Rojas como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental del departamento de Cajamarca.

Artículo 2.- Designar a la señora Raquel Marleny Misahuamán Del Campo como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental del departamento de Cajamarca, para la implementación de la Resolución Ministerial N° 260-2014-MIDIS.

Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS y al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, para los fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARlOS BRuCEMinistro de Vivienda,Construcción y Saneamiento

1585319-2

Aprueban Modelo de Código de Buen Gobierno Corporativo para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 431-2017-VIVIENDA

Lima, 8 de noviembre de 2017

VISTOS: el Informe N° 367-2017/VIVIENDA/VMCS/DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; el Memorándum Nº 980-2017-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; y, el Informe N° 1608-2017-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO: Que, los artículos 5 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de

Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el artículo 5 de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento aprobada por Decreto Legislativo N° 1280 (en adelante, la Ley Marco), establecen que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es el órgano rector en materia de saneamiento y como tal, le corresponde planificar, diseñar, normar y ejecutar las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización y en todo el territorio nacional;

Que, conforme al literal b) del artículo 82 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y sus modificatorias, la Dirección General de Políticas

71NORMAS LEGALESViernes 10 de noviembre de 2017 El Peruano /

y Regulación en Construcción y Saneamiento es competente para proponer normas de alcance nacional en materia de saneamiento, en el marco de las políticas y normas que se vinculen;

Que, la Política Nacional de Saneamiento, aprobada por Decreto Supremo N° 007-2017-VIVIENDA y el Plan Nacional de Saneamiento 2017-2021, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-VIVIENDA, prevén como uno de los principios que sustentan la gestión y prestación de los servicios de saneamiento, el Buen Gobierno Corporativo y la rendición de cuentas. Específicamente el “Eje de Política 3: Fortalecimiento de los Prestadores” establece como uno de sus lineamientos de política, el implementar modelos de gestión que involucran los principios básicos de gobierno corporativo, así como mecanismos de transparencia en los prestadores;

Que, el Capítulo IV del Título III de la Ley Marco y el Capítulo IX del Título III del Reglamento de la Ley Marco, aprobado por Decreto Supremo N°019-2017-VIVIENDA (en adelante, el Reglamento), bajo la denominación de “Consideraciones de Gobernabilidad y Gobernanza”, establecen disposiciones que consolidan un nuevo modelo de gobierno corporativo para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal;

Que, en efecto, el artículo 41 de la Ley Marco, establece que las empresas prestadoras tienen la obligación de aprobar su Código de Buen Gobierno Corporativo en base a los lineamientos del Ente rector; mientras que el artículo 152 del Reglamento comprende, entre los instrumentos de Buen Gobierno Corporativo aplicables a las empresas prestadoras, al Modelo del Código de Buen Gobierno Corporativo, cuya aprobación le corresponde al Ente rector a través de una Resolución Ministerial;

Que, en atención a lo indicado, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento propone la aprobación del Modelo de Código de Buen Gobierno Corporativo para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal, el cual contiene una Sección denominada “Marco de Desempeño de las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal”; seis (6) Pilares referidos a Derechos de propiedad, Directorio u órgano directivo, Gestión, Cumplimiento y gestión de riesgos, Ética y conflicto de interés, así como Transparencia y comunicación; y, cincuenta y uno (51) Estándares que corresponden a las mejores prácticas vigentes;

Que, la estructura del Modelo de Código de Buen Gobierno Corporativo para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal, coincide con aquella prevista en el artículo 151 del Reglamento, y como tal puede ser aplicado por los demás prestadores de servicios de saneamiento en el ámbito urbano, a que se refiere la ley Marco y su Reglamento, en lo que le resulte aplicable;

Que, la asimilación de los Estándares de gobierno corporativo por parte de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal, es un aspecto medular en el reflotamiento del Sector; en la medida en que se adopten buenas prácticas de gobierno corporativo, las funciones, roles y responsabilidades de los diferentes actores se encontrarán más claramente definidas y se instaurarán adecuados mecanismos de supervisión y control; configurándose un escenario propicio para mejorar la gestión de las empresas prestadoras, la capacidad de relacionarse con sus grupos de interés y, a la postre, obtener mejores resultados financieros;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y sus modificatorias; en el Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA;

SE RESuElVE:

Artículo 1.- Aprobación del Modelo de Código de Buen Gobierno Corporativo

Apruébese el Modelo de Código de Buen Gobierno Corporativo para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Plazo para la aprobación del Código de Buen Gobierno Corporativo por las empresas prestadoras

Otórguese al Directorio de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal u órgano directivo que haga sus veces, el plazo de noventa (90) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para la aprobación de su Código de Buen Gobierno Corporativo, acorde al Modelo aprobado por la presente Resolución.

Artículo 3.- Implementación del Código de Buen Gobierno Corporativo

Dispóngase que mediante Resolución de Gerencia General, cada Empresa Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal conforma un Equipo de Gobierno Corporativo, el cual lidera la implementación del Código de Buen Gobierno Corporativo, así como de los instrumentos de Gobierno Corporativo que apruebe el Ente rector.

Artículo 4.- Comunicación y difusiónDispóngase que la Dirección de Saneamiento de la

Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento implemente una estrategia de comunicación y difusión sobre el Modelo de Código de Buen Gobierno Corporativo, aprobado por la presente Resolución.

Artículo 5.- PublicaciónLa presente Resolución y su Anexo, se publican en el

portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 6.- DerogaciónDeróguese el artículo 1 de la Resolución Ministerial

N° 426-2007-VIVIENDA, que aprueba el modelo de Código de Buen Gobierno Corporativo para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARlOS BRuCEMinistro de Vivienda,Construcción y Saneamiento

1585319-3

Designan Unidad Formuladora del Programa Agua Segura para Lima y Callao y a su responsable

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 432-2017-VIVIENDA

Lima, 9 de noviembre de 2017

VISTOS: el Informe N° 002-2017-VIVIENDA-VMCS/PASLC del Programa Agua Segura para Lima y Callao, el Informe N° 258-2017/VIVIENDA-OGPP-OI de la Oficina de Inversiones, el Informe N° 553-2017-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, el Memorando N° 1982-2017-VIVIENDA/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción