2008 “¿quién es fuenteovejuna?

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“¿Quién es Fuenteovejuna? Todos a una, Señor” Fernando Carrión M. E l linchamiento es un acto de violencia brutal, que nace en las zonas grises donde la legalidad pública se pierde ante el ejer- cicio de la fuerza que ejerce un colectivo de privados forma- do exclusivamente para ejecutar a un reo; es un acto espontáneo y no premeditado, por eso una vez cometido el linchamiento, el colectivo social se desvanece. Esta práctica existe desde tiempos inmemoriales: hubo en el pasado y hay en la actualidad; sin embargo, hoy su signo es el cre- cimiento, lo cual evidencia que no se trata de un hecho aislado y que es una práctica que tiene recurrencia y lógica explícitas. El his- toriador chileno, Gabriel Salazar 1 , sostiene que en su país “Esto da cuenta de una crisis estructural, como ha ocurrido muchas veces en nuestra historia. Se da en épocas de alto desempleo, desprestigio de la justicia, la policía y los políticos, y escaso impacto de las políticas sociales del gobierno. La gente vive al filo de la ley o desafiándola”. Así tenemos, por ejemplo, que en Bolivia entre 2002 y 2003 se cometieron 21 linchamientos; en Perú en 2004 fueron 1.993; en Venezuela entre 1999 y 2001 se produjeron 84 muertes; en Argentina 12 entre 2003 y 2004; en México se duplicó el número de linchamientos en los últimos años (Vilas, 2005) 2 ; y en Río de Janeiro el 44% de la población apoya el linchamiento (IBOPE). Si bien la mayoría de linchamientos son rura- les, hoy se observa un desplazamiento hacia las ciudades. El linchamiento se realiza en contextos de alta precariedad, en un doble sentido: por un lado, con la exis- tencia de un Estado débil (ausente, deslegitimado, ineficiente) y, por otro, con la presencia de una sociedad civil endeble con capital social frágil (fragmentada, diversa). Pero también -a estas condiciones estructurales- se debe añadir que se desarrollan con más fuerza en aquellos lugares donde se han generalizado las llamadas políticas de “mano dura”, que terminan por legitimar la violencia como un mecanismo para la resolución social de los conflictos. Por otro lado, el linchamiento se desarrolla en ámbitos donde se concentra una población de extracción popular marginal (tanto la víctima como los victimarios), se ejerce un tipo de delito precario, que cuenta con armas hechizas, que el proceso legal es inexistente, que es un hecho privado, que el acto de ejecución a un reo (es decir una persona que ha cometido un delito que merece castigo) se lo ejerce tumultuariamente y que este tumulto se forma exclusivamente para este fin. Es, sin duda, una forma de uso de la violencia que viene de la precariedad institucional, pero que también -al reducir el sentido del monopolio legítimo de la fuerza que ostenta el Estado- logra erosio- narla con más fuerza. Es un acto de apropiación de la violencia punitiva por parte de la sociedad civil y de expropiación de una de las funciones centrales del Estado: el monopolio de la violencia legítima. En general en América Latina se observa un incremento de los hechos de “justicia con la propia mano” y en particular este de los linchamientos: sin embargo, se pueden encontrar dos tipos especí- ficos: uno tipo Fuenteovejuna, en que la ira social se dirige hacia una autoridad como ocurrió en los casos de Perú (Ilave), México (Zachila-Oaxaca) y Bolivia (Ayo Ayo), entre otros.Y otro tipo, que ocu- rre frente a delitos fragrantes que ocurren en un ámbito local, donde sobresalen el robo, la agresión sexual y la accidentalidad vial (Ciudad de México). El linchamiento es distinto al derecho consuetudi- nario, en tanto el primero es un hecho punitivo de castigo, mientras que el segundo es de sanación y cuenta con una ritualidad 1 Entrevista publicada en Diario La Cuarta. Chile. Septiembre 12 del 2004. Disponible en: http://lacuarta.cl/dia- rio/2004/09/12/12.06.4a.CRO.LINCHAMIENTOS.html 2 Vilas, Carlos M. (2005). “Linchamientos: venganza, castigo e injusticia en escenarios de inseguridad”. En, Revista El Cotidiano. México: Universidad Autónoma Metropolitana - Azcapotzalco EDITORIAL Página 1 ENTREVISTA Ajusticiamientos en el Ecuador: ¿solamente un fenómeno de clase? Entrevista a Fernando García Página 2 Linchamientos populares: reacción contra los Derechos Humanos Entrevista a Aidé Peralta Página10 INTERNACIONAL Interpretando los linchamientos en Guatemala Andrea Betancourt Página 3 TEMA CENTRAL “Ajusticiamiento popular” en tiempos de la seguridad ciudadana Alfredo Santillán Página 4 MEDIOS Linchamientos en la prensa: ¿otro acto violento? Jenny Pontón Cevallos Página 12 POLÍTICA PÚBLICA Algunas acciones para evitar los linchamientos Alfredo Santillán Página 11 SUGERENCIA Página 11 CORTOS Página 3 CONTENIDO 2008 22 L INCHAMIENTOS U RBANOS Internet

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Page 1: 2008 “¿Quién es Fuenteovejuna?

“¿Quién es Fuenteovejuna?Todos a una, Señor”Fernando Carrión M.

El linchamiento es un acto de violencia brutal, que nace en laszonas grises donde la legalidad pública se pierde ante el ejer-cicio de la fuerza que ejerce un colectivo de privados forma-

do exclusivamente para ejecutar a un reo; es un acto espontáneoy no premeditado, por eso una vez cometido el linchamiento, elcolectivo social se desvanece.

Esta práctica existe desde tiempos inmemoriales: hubo en elpasado y hay en la actualidad; sin embargo, hoy su signo es el cre-cimiento, lo cual evidencia que no se trata de un hecho aislado yque es una práctica que tiene recurrencia y lógica explícitas. El his-toriador chileno, Gabriel Salazar1, sostiene que en su país “Esto dacuenta de una crisis estructural, como ha ocurrido muchas veces en nuestra historia. Se da en épocas de altodesempleo, desprestigio de la justicia, la policía y los políticos, y escaso impacto de las políticas sociales delgobierno. La gente vive al filo de la ley o desafiándola”.

Así tenemos, por ejemplo, que en Bolivia entre 2002 y 2003 se cometieron 21 linchamientos; en Perú en2004 fueron 1.993; en Venezuela entre 1999 y 2001 se produjeron 84 muertes; en Argentina 12 entre 2003y 2004; en México se duplicó el número de linchamientos en los últimos años (Vilas, 2005)2; y en Río deJaneiro el 44% de la población apoya el linchamiento (IBOPE). Si bien la mayoría de linchamientos son rura-les, hoy se observa un desplazamiento hacia las ciudades.

El linchamiento se realiza en contextos de alta precariedad, en un doble sentido: por un lado, con la exis-tencia de un Estado débil (ausente, deslegitimado, ineficiente) y, por otro, con la presencia de una sociedadcivil endeble con capital social frágil (fragmentada, diversa). Pero también -a estas condiciones estructurales-se debe añadir que se desarrollan con más fuerza en aquellos lugares donde se han generalizado las llamadaspolíticas de “mano dura”, que terminan por legitimar la violencia como un mecanismo para la resolución socialde los conflictos.

Por otro lado, el linchamiento se desarrolla en ámbitos donde se concentra una población de extracciónpopular marginal (tanto la víctima como los victimarios), se ejerce un tipo de delito precario, que cuenta conarmas hechizas, que el proceso legal es inexistente, que es un hecho privado, que el acto de ejecución a unreo (es decir una persona que ha cometido un delito que merece castigo) se lo ejerce tumultuariamente yque este tumulto se forma exclusivamente para este fin.

Es, sin duda, una forma de uso de la violencia que viene de la precariedad institucional, pero quetambién -al reducir el sentido del monopolio legítimo de la fuerza que ostenta el Estado- logra erosio-narla con más fuerza. Es un acto de apropiación de la violencia punitiva por parte de la sociedad civily de expropiación de una de las funciones centrales del Estado: el monopolio de la violencia legítima.

En general en América Latina se observa un incremento de los hechos de “justicia con la propiamano” y en particular este de los linchamientos: sin embargo, se pueden encontrar dos tipos especí-ficos: uno tipo Fuenteovejuna, en que la ira social se dirige hacia una autoridad como ocurrió en loscasos de Perú (Ilave), México (Zachila-Oaxaca) y Bolivia (Ayo Ayo), entre otros.Y otro tipo, que ocu-rre frente a delitos fragrantes que ocurren en un ámbito local, donde sobresalen el robo, la agresiónsexual y la accidentalidad vial (Ciudad de México). El linchamiento es distinto al derecho consuetudi-nario, en tanto el primero es un hecho punitivo de castigo, mientras que el segundo es de sanacióny cuenta con una ritualidad

1 Entrevista publicada en Diario La Cuarta. Chile. Septiembre 12 del 2004. Disponible en: http://lacuarta.cl/dia-rio/2004/09/12/12.06.4a.CRO.LINCHAMIENTOS.html

2 Vilas, Carlos M. (2005). “Linchamientos: venganza, castigo e injusticia en escenarios de inseguridad”. En, Revista ElCotidiano. México: Universidad Autónoma Metropolitana - Azcapotzalco

EDITORIALPágina 1

ENTREVISTAAjusticiamientos en el Ecuador:

¿solamente un fenómeno de clase?Entrevista a Fernando García

Página 2

Linchamientos populares:reacción contra los Derechos Humanos

Entrevista a Aidé Peralta Página10

INTERNACIONALInterpretando los linchamientos

en GuatemalaAndrea Betancourt

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TEMA CENTRAL“Ajusticiamiento popular” en tiempos de la seguridad

ciudadanaAlfredo Santillán

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MEDIOSLinchamientos en la prensa:

¿otro acto violento?Jenny Pontón Cevallos

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POLÍTICA PÚBLICAAlgunas acciones para evitar

los linchamientosAlfredo Santillán

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¿Qué factores conducen a que se produzcanajusticiamientos en una sociedad? Hay varios factores a considerar : el primero,viene del sistema de justicia ordinario, pues unode los problemas que existe en nuestros paíseses la impunidad, que haceque las personas no confí-en en la justicia, lo cual esun problema muy serio. Unsegundo aspecto, es quematerialmente el Estadoecuatoriano está ausente -a través del Sistema de Jus-ticia Ordinaria- en mu-chos sectores del país: porejemplo, hay grupos queestán en la Amazonía, don-de iniciar un proceso ordi-nario sería materialmenteoneroso porque están le-jos de los juzgados, de losjueces, de los abogados y,por lo tanto, se vuelve ina-plicable la justicia ordinaria.Finalmente, el tercer ele-mento es que los lincha-mientos como tal estánfuera de cualquier procesode legalidad, es decir, queen ningún tipo de sistemade justicia, sea el formal o elde los indígenas, existe esta práctica.

¿Este tipo de violencia se da también en lourbano? Este tipo de violencia se da en la ciudad y se daen el campo, pero donde parecería que acon-tece prioritariamente es en los sectores popu-lares, porque no se ha oído de este fenómenoen la clase alta, lo cual en el caso de AméricaLatina se debe a que evidentemente este es-trato tiene condiciones de mayor seguridad alpoder pagar servicios privados; mientras, en lossectores populares la gente depende de la gen-te mismo y cuando sienten que están siendoagredidos se organizan para defenderse lo cualen muchas ocasiones puede desembocar enlinchamientos.

¿Cree que esta organización de los sectorespopulares en temas de seguridad podría cons-tituir un peligro?Totalmente, hay organizaciones que están fuerade la ley, como por ejemplo la existencia de las

Juntas de Defensa delCampesinado que no sonni derecho indígena niderecho ordinario, las cua-les si además están arma-das podrían llevar a lo quepasa en Colombia –con-vertirse en fuerzas parami-litares– estaríamos a un pa-so de eso. Estas juntas exis-ten en provincias comoLos Ríos, Bolívar, Tungura-hua, Chimborazo y Coto-paxi, las cuales en su mayo-ría trabajan con los pode-res locales y a veces involu-cran hasta a la policía. En-tonces, lo que se da ahí esque la organización localactúa fuera de la ley.

¿Qué medidas se podríantomar para combatir laexistencia de linchamien-tos a nivel urbano y rural? Una verdadera reforma al

sistema de justicia ordinaria es fundamental,donde la gente tenga la garantía de que si tienealgún problema con la justicia, ese problema vaa ser definitivamente juzgado y resuelto contodas las garantías. Otro aspecto es que todaslas instituciones involucradas, ya sea la justicia ola policía trabajen en la línea de no corrupcióny de respeto a los derechos humanos, puestodavía se sigue torturando en las prisionespreventivas y eso no puede suceder, el Ecuadorha firmado los convenios internacionales queprotegen la vida y la integridad de las personas.Otra idea importante es trabajar con funciona-rios/as de la justicia, no solamente en el senti-do de que no sean corruptos sino para queconozcan acerca de las otras posibilidades deejercer justicia en el país legalmente reconoci-

FLACSO SEDE ECUADOR • PROGRAMA ESTUDIOS DE LA CIUDAD2

Ajusticiamientos en el Ecuador:¿solamente un fenómeno de clase?

Fernando GarcíaProfesor-Investigador

FLACSO Sede Ecuador

Este tipo de violencia se da en la ciudad y se da en el campo, pero donde

parecería que acontece prioritariamente es en los

sectores populares, porque no se ha oído de este fenómeno

en la clase alta, lo cual en el caso de América Latina sedebe a que evidentemente

este estrato tiene condiciones de mayor seguridad al poder

pagar servicios privados.

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das como es el caso del Derecho Indígena, enel cual hay alternativas a la privación de la liber-tad que están fuera del sistema ordinario y queson igualmente efectivas. Sería interesantecomparar y verificar el nivel de reincidenciaque hay con la aplicación de cada una de lasjusticias, para ver en realidad cuál es la quemejor está funcionando o si las sanciones quese están dictaminando es en realidad efectiva.

¿Cómo hacer para que la población no caigaen este tipo de prácticas? Creo que el proceso tiene que ser gradual, si lajusticia mejora, si se cumple el debido procesoahí habría que enfocarse en el tema de la inse-guridad y de la violencia, que a veces no sólodepende de la justicia ni tampoco de los pro-cesos de juzgamiento sino de condiciones másestructurales. Si no hay empleo, va a haber vio-lencia. Si no hay la posibilidad de tener uningreso digno va a haber la opción de conse-guir las cosas por el lado ilegal. Es un procesoa largo plazo pero también posible. Lo intere-sante sería que las comunidades puedan recu-perar su capacidad de control social a su inte-rior sin necesidad de tener más policías. Es lagente organizada la que realmente va a ponerun alto a la inseguridad, siempre y cuando se lohaga dentro del marco legal y de respeto a losderechos humanos

Entrevista: Jenny Pontón C.

CIUDAD SEGURA 22 - 2008 3

Interpretando los linchamientosen Guatemala

Andrea Betancourt

Entre 1996 y el 2002, Guatemala reportó alrededor de 480casos de linchamiento que provocaron 235 muertos, 133resultados fatales y 297 heridos, según el estudio realizado

por las Naciones Unidas1(recientes cifras muestran 33 casos parael 2006 y 22 para el 2007).A pesar del cese de la guerra civil gua-temalteca, la firma de Paz y la transición a la democracia, este fenó-meno continúa amenazando la seguridad ciudadana. De modoque se han identificado ciertas características que intentan explicarel fenómeno de los linchamientos en este país; por ejemplo, se haencontrado que la población indígena rural tiende a experimentarla mayoría de los eventos de violencia colectiva, mientras que enla población no-indígena y mestiza se encuentran mayores índices de homi-cidio. Aunque las causas de esta forma de violencia colectiva son descono-cidas, las interpretaciones y asociaciones son varias. Por un lado, se ha iden-tificado a los linchamientos como “actos expresivos”(Mendoza, 2003)2 quele reclaman al Estado su ausencia y demandan su agencia; sin embargo, antela ineficiencia o desatención de éste, la población se atribuye las competen-cias del control de la violencia, provisión de seguridad, justicia y orden parasus comunidades. Por otro lado, se ha encontrado que los departamentosdonde más linchamientos se dan fueron los más afectados por el ejércitocontrainsurgente, los que menores índices de desarrollo humano presen-tan y los de mayor exclusión social.

Si bien los linchamientos no equivalen a la justicia indígena, la violenciacolectiva se intensifica por la ausencia del Estado y la desintegración del sis-tema de justicia indígena. Como explica Mendoza “el choque entre las insti-tuciones indígenas y las estatales es ocupado por el instinto colectivo de so-brevivencia que activa respuestas violentamente desproporcionadas, y apa-rentemente irracionales, para garantizar el bienestar de la comunidad”(Mendoza, 2003). El gobierno guatemalteco ha intentado abordar esta pro-blemática a través de varias iniciativas. En el 2001 inició una campaña con lapretensión de “…educar a la población para que comprenda que son las au-toridades las únicas que tienen la potestad de aplicar la ley” (Mendoza,2003). Organizaciones no-gubernamentales como el Foro Ecuménico por laPaz y la Reconciliación (Iglesia Católica e Iglesias Evangélicas), junto a laUNESCO –con el apoyo de la Cooperación Italiana– iniciaron el ProyectoCultura de Paz para prevenir los linchamientos. Este proyecto se basó en unared de líderes sociales no politizados y en un discurso de fortalecimiento devalores y sensibilización frente a la paz y a los derechos humanos.A más deestas estrategias de prevención, continúa siendo primordial el fortalecimien-to del Estado y el desarrollo de las áreas rurales del país así como la nece-sidad de un mayor espacio para la conformación y la aplicación de la ley indí-gena.

Los linchamientos ocurridos en Guatemala y otros países de AméricaLatina (como por ejemplo en Bolivia, Ecuador y Perú) devienen parcial-mente de debilidades en el sistema jurídico y por la escasa presencia esta-tal en ciertas áreas o poblaciones. La región presenta además una intensi-ficación del problema de privatización de la seguridad que parece expan-dirse a través de los distintos estratos sociales. Los linchamientos son unfenómeno que debe ser enfrentado; pero, primordialmente, debe ser inves-tigado para comprender cuáles son los vacíos del sistema judicial y lasnecesidades insatisfechas de la población que pueden estar provocando elfenómeno de la justicia por mano propia

1 Brinks, Daniel (2007). “Review of Angelina Snodgrass Godoy, Popular Injustice: Violence,Community, and Law in Latin America”. EEUU: H-Law, H-Net Reviews.

2 Mendoza, Carlos y Edelberto Torres-Rivas (2003). Linchamientos: Barbarie o Justicia Popular?,Guatemala: Editorial de Ciencias Sociales

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En un exhaustivo estudio de los lincha-mientos en México, se encuentra queentre 1987 y 1998 se reportaron 110casos, 88 de estos fueron acometidospor vecinos de las víctimas, tan sóloseis fueron ejercidos por víctimas di-rectas del linchado y ocho casos fue-ron llevados a cabo por amistades oparientes de la víctima.

En el 50% de estos linchamientos hubo muer-tes. En el 42% de los casos se logró intervenirpara detener la muerte. De los 44 casos inte-rrumpidos, la policía protagonizó 34.

El principal mecanismo de linchamiento enMéxico son los golpes (54 casos); le sigue losdisparos (13 casos), los ahorcamientos (9casos) y las quemaduras (6 casos). De los 21casos restantes, no existe información de 11casos, mientras en 10 de ellos se utilizaronotras formas diversas de linchamiento.

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Introducción

Dificultades y prejuicios en el estudio de los linchamientos

Dentro de los regímenes democráticos el lincha-miento como forma de justicia para-estataldesafía dos principios básicos del orden propio

de los Estados modernos: primero el sometimiento deciudadanos/as al sistema jurídico formalmente reconoci-do y segundo el monopolio legítimo del uso de la fuer-za por parte del Estado. Esta ilegalidad inherente alfenómeno del linchamiento hace que su tratamientocon frecuencia se vea imbuido de un carácter morali-zante que lo estigmatiza bajo la noción de “barbarie”,término muy utilizado en la cobertura periodística deestos fenómenos y que prácticamente ha colonizado sutratamiento en la opinión pública.

Sin embargo, el linchamiento no es la única formade “justicia por mano propia”, como sostiene Briceño-León, pese a que en la mayoría de países de AméricaLatina no existe legalmente la pena de muerte, el “dere-cho de matar” bajo ciertas circunstancias es una nociónarraigada en varias partes del continente. (Briceño-León, 2007)2 Por ende, ¿Qué hace que los linchamien-tos sean vistos como actos de barbarie, irracionalidad, eincluso retroceso civilizatorio? ¿Cómo se construye lo“bárbaro” de esta forma de violencia colectiva?

La presente investigación partió de estas interro-gantes aunque al ser un estudio exploratorio del tema,difícilmente puede alcanzar a responderlas. Estas pre-guntas sirvieron para identificar una serie de falacias yestereotipos sobre los linchamientos que dificultan fuer-temente buscar explicaciones e interpretaciones másprofundas. La hipótesis de partida fue que no es la ile-galidad del ajusticiamiento en sí misma lo que induce aljuicio sancionador y a la búsqueda de chivos expiato-rios, sino que su carácter de “barbarie” se construye apartir de los elementos que dan la especificidad a loslinchamientos: los escenarios de estos eventos songeneralmente sectores populares urbanos o zonas rura-les “desconocidas”; los métodos de castigo tienen rela-ción directa con el dolor físico a través de golpizas, ape-dreamientos, incineración, ahorcamiento, entre otros; y,los motivos de la condena son generalmente los delitosrecurrentes en las clases más desprotegidas como sonrobo, asalto y el delito menor. Estas características hacendel linchamiento una forma de violencia precaria, en loscasos letales la agonía de un ajusticiado es larga y dolo-rosa, precisamente lo contrario de la violencia legítimapara quitar la vida a un infractor o infractora a través detécnicas sofisticadas como la inyección letal.

En el caso ecuatoriano, el tratamiento de los lincha-mientos está impregnado de prejuicios recurrentes ensu abordaje. En primer lugar, el linchamiento es general-mente asociado con la denominada “justicia indígena”,es decir que se lo identifica a priori y sin fundamentoscomo un método de castigo ancestral empleado por las

poblaciones indígenas, principalmente las asentadas enla sierra ecuatoriana. En verdad los linchamientos seproducen indistintamente en zonas rurales y urbanas, yentre distintos grupos étnicos. Por otra parte, los méto-dos conocidos de justicia indígena implican procesos deacusación, descargos, y sanciones bajo una lógica restau-radora más no punitiva, que se ejecuta a través de pro-cedimientos preestablecidos por la costumbre, los cua-les no implican ni la pena de muerte ni la supresión delderecho a la defensa en beneficio de quienes son acu-sados/as (García, 2002)3.

Otro prejuicio común es el que aparece en las ver-siones oficiales, según las cuales los linchamientos tendrí-an un carácter aislado e inconexo. Bajo el supuesto deque estos fenómenos se producen por la indignación deuna multitud, los informes oficiales asumen que cadahecho se agota en sí mismo y no guarda relación conlos demás. Sin embargo, una revisión de los datos exis-tentes muestra una concentración espacial de estoshechos en zonas específicas, lo que implica la presenciade todo un entramado social que los hace posible; porejemplo, la existencia de organizaciones formales einformales que se activan para el ajusticiamiento, y másaún, en varias zonas existe una historia y una memoriamuy activa acerca de estos hechos.

Finalmente, otra interpretación común del uso nolegítimo de la violencia para castigar tiene que ver conlas motivaciones del grupo que realiza el linchamiento,al cual generalmente se lo identifica como “turba” o“populacho” que ha sido absorbido por la indignaciónsumada a una especie de (in)cultura, por lo que castigacon saña y sin proporción (entre la infracción y la pena)a través de formas denigrantes que atentan contra losderechos humanos. Esta visión “horrorizante” de los lin-chamientos impide ver la racionalidad que tiene todamanifestación de violencia, al mismo tiempo que opacalas estructuras de significación que están en juego enestos procesos. Estudios antropológicos recientes reve-lan las formas en que la violencia social se reproduce através de su “naturalización” en la subjetividad de laspersonas, es decir que en contextos sociales marcadospor niveles elevados de violencia se producen transfor-maciones, circularidades e interconexiones entre distin-tas formas de violencia, que van desde el plano estruc-tural hasta desembocar en las formas más cotidianas deagresión interpersonal y hasta en la autoflagelación (VerScheper-Hughes, 20054; Bourgois, 2003)5.

Tomando en cuenta estos aportes, los linchamientospueden ser vistos como una forma de violencia colectivarelacionada con violencias menos evidentes pero alta-mente influyentes como la desigualdad social y las contra-dicciones propias de los estados, cuyo rol en el plenocumplimiento de derechos es más retórico que real.Desde esta visión, los linchamientos son más que una res-puesta visceral al incremento de la delincuencia, si biencontienen un fuerte componente de espontaneidad yemotividad están profundamente interrelacionados con laexperiencia objetiva y subjetiva de la desprotección social.

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“Ajusticiamiento popular” en tiempos de la seguridad ciudadanaAlfredo Santillán C.1

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Los estudios existentes

En el Ecuador, el fenómeno de los linchamientos ha sidoun tema de investigación prácticamente desatendido ymarginal. Pese a tener cobertura significativa en losmedios de comunicación, son escasos los estudios seade orden cuantitativo o cualitativo. Sin embargo, se hanpodido recabar dos trabajos importantes.

Por un lado, está un informe de consultoría de 1999titulado, “Estrategia Nacional de Seguridad Ciudadana”elaborado por FLACSO-Ecuador, con auspicio del Pro-grama de Naciones Unidas para el Desarrollo-PNUD ylos ministerios de Medio Ambiente y de Gobierno yPolicía del Ecuador (FLACSO, 1999)6. Este documentohace un diagnóstico de los problemas de seguridad ciu-dadana en el país a partir de la identificación de las for-mas que ha adquirido la violencia en la década de l990.En este marco, muestra las estadísticas más relevantessobre delitos para evidenciar, por un lado, los cambios yla “modernización” de la violencia (expresada en el sur-gimiento de nuevos delitos como el secuestro y el sica-riato), y por otro lado, la persistencia de formas de vio-lencia invisibilizadas (es el caso de las violencias intrafa-miliar y de género) . En este diagnóstico se muestratambién la deslegitimación de las instituciones respon-sables de la seguridad a través de la presencia dehechos de “justicia por mano propia” (ajusticiamiento).No obstante, los datos reportados carecen de informa-ción metodológica sobre cómo fueron obtenidos, ade-más no especifican si se refieren a linchamientos queterminan en la muerte de las personas detenidas o siincluyen también los intentos de linchamientos. Por otraparte, no se enuncia la fuente de la información presen-tada o si se trata de cruce de información entre variasinstituciones. Sin embargo, esta información permiteidentificar elementos fundamentales para comprenderlos linchamientos, como son los lugares donde se hanproducido, los años, las causas y los procedimientos uti-lizados para el ajusticiamiento.

Los gráficos No. 1, 2 y 3 presentan los datos corres-pondientes al periodo 1995-1998, los cuales muestranalgunas tendencias importantes que cabe señalar. Enprimer lugar, muestran la relevancia cuantitativa delfenómeno, pues se reportan 93 linchamientos en unperíodo de cuatro años, lo que implica un promedio de23,25 linchamientos por año, casi dos linchamientos pormes. En segundo lugar, muestra que los linchamientostienen una zonificación claramente definida. Así, en eseentonces, en el cantón de Santo Domingo se reporta-ron el 21,5% de los linchamientos a nivel nacional, enGuayas el 16,1% y en Otavalo el 14%. Entre las treszonas suman el 51,6% de los linchamientos ocurridosen el país en el periodo señalado.

Estos gráficos también brindan un perfil importantesobre las causas que motivan el castigo colectivo, así el“robo en general” y el “robo de ganado” alcanzan el80,7% de los linchamientos en este periodo. En cuantoa procedimientos, si bien la mayor frecuencia se ubicaen el ítem “otros medios”, lo que implica un alto gradode imprecisión en la información, es importante señalarque prácticamente el 25% de los linchamientos secometen a través de incineración, seguido por armas defuego que representan el 10,8%, luego por armas cortopunzantes con el 9%, y finalmente por golpes con el8,6%. Salvo el uso de armas de fuego (cabe la duda deque estos casos no se traten de linchamientos, sino devenganzas u otro tipo de conflictos), las formas en que

se materializa el linchamiento refuerzan la hipótesis pri-maria de que se trata de una forma de violencia preca-ria, que no cuenta con mayores recursos para el uso dela fuerza que no sean la presión del colectivo.

CIUDAD SEGURA 22 - 2008 5

Gráfico 1:Linchamientos en el Ecuador por lugar

Fuente: FLACSO - Ecuador (1999). Elaboración propia

Gráfico 2Linchamientos en el Ecuador por causas

Fuente: FLACSO - Ecuador (1999). Elaboración propia

Gráfico 3Linchamientos en el Ecuador por procedimiento

Fuente: FLACSO - Ecuador (1999). Elaboración propia

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Un segundo estudio importante sobre los lincha-mientos en el Ecuador es el realizado por AndrésGuerreo (Guerrero, 2000)7. Si bien el autor enfatiza elcarácter “preliminar” de este trabajo, es el único estudioencontrado que no se limita a la descripción estadísticade los hechos sino que ensaya una interpretación muyvaliosa que sitúa a los linchamientos en contextos deconflictividad social específicos. En este sentido, trabajacon dos sonados casos de justicia indígena sucedidos enla sierra ecuatoriana en los años 1996 y 1997. Su apor-te fundamental consiste en evidenciar algunas aristasque expresan la conflictividad social, en las cuales seinsertan estos actos de ajusticiamiento como son: losroces entre el derecho consuetudinario y las formas dejusticia indígena frente al sistema judicial formal o la lla-mada “justicia ordinaria”; la histórica desatención de lascomunidades indígenas ubicadas en las zonas de mayoraltitud; las contradicciones de las funciones del Estadobajo el modelo neoliberal; y, el papel de los medios decomunicación en la visibilización y tratamiento de losconflictos sociales. El estudio se centra en dos casoscualitativamente significativos: el primero se trata delcaso conocido como, “las brujas de Calguasig” y elsegundo, de la captura e incineración de un delincuenteacusado de abigeato. El análisis de Guerrero muestraque estos actos pasaron de ser acciones de justicia fren-te al delito, para convertirse en demandas de una justi-cia mucho más amplia, ya que aparecen en su desarro-llo temas como la atención de los problemas de margi-nación y pobreza, el reconocimiento al derecho indíge-na como factor de identidad cultural, los conflictos conlas autoridades policiales y judiciales, etc. En este senti-do, tales hechos activaron una fuerte negociación políti-ca con las autoridades estatales, gracias justamente a lacobertura que brindaron los medios de comunicación.

Si bien el centro de este análisis es la relación delEstado frente a la diferencia étnica, el estudio arrojavarias interpretaciones sugerentes que se retoman eneste texto para analizar la dinámica de los linchamientossucedidos en la ciudad de Quito durante el año 2007.

Linchamientos en el Distrito Metropolitano de Quito-DMQ

No es una tarea sencilla identificar un acto de violenciabajo la noción de linchamiento. Como sostiene Vilas(2003)8 se pueden prestar a confusión con otras formasde justicia por mano propia como los actos de vengan-za por ajuste de cuentas, o los conflictos entre gruposviolentos como pueden ser las maras o las pandillas. Eneste sentido, es útil la definición operativa que proponeeste autor, quien define al linchamiento como: “Unaacción colectiva de carácter privado e ilegal, que puedeprovocar la muerte de la víctima en respuesta a actos oconductas de ésta, quien se encuentra en inferioridadnumérica abrumadora frente a los linchadores” (Vilas,2003: 51). Esta definición recoge varios puntos funda-mentales: se trata de una forma de violencia esencial-mente ilegítima en tanto ilegal, pero que adquiere acep-tación por su pretensión de hacer justicia ante unaacción asumida como ofensiva a un colectivo antes quea una persona. En este sentido, el linchamiento contieneun fuerte componente moral pues tiene la intenciónexplícita de escarmentar y sancionar a través del castigofísico, lo que puede llegar a causar la muerte de las per-sonas infractoras.

Sin embargo, estas clarificaciones teóricas que sinduda ayudan a identificar y diferenciar los linchamientos,no tienen el mismo impacto en el plano metodológicodebido a que en el Ecuador en general y en el DMQ enparticular, existen serias limitaciones en cuanto a losregistros y fuentes de información. En primer lugar, noexisten registros oficiales sobre el fenómeno, ya que alno ser tipificado como delito, no se contabilizan los ca-sos existentes en las instancias judiciales. De igual forma,como el linchamiento surge como acto de justicia enrespuesta al cometimiento de un delito, desembocageneralmente en la detención y procesamiento de lavíctima del linchamiento antes que de quienes lo come-ten, por lo que existe un elevado grado de impunidad.A esto se suma la dificultad de establecer responsablesindividuales en un hecho de carácter eminentementecolectivo. Los únicos casos en que se intenta seguir unproceso de investigación judicial a perpetradores/as escuando se produce la muerte de la persona detenida, yaún así no existen reportes de sanciones legales toma-das en de quienes ajustician.

En segundo lugar, no coinciden plenamente losdatos de las instancias de atención y de procesamientode los casos de linchamiento como son la Central Me-tropolitana de Atención Ciudadana-CMAC y la PolicíaJudicial-PJ. Si bien la CMAC mantiene un registro de lasemergencias que requieren intervención policial, loscasos de linchamiento aparecen únicamente si en elregistro constan palabras como ‘linchamiento’ o ‘ajusti-ciamiento’. El uso de estos términos para describir elevento es completamente discrecional, lo que implicaun fuerte vacío de información. Un intento de lincha-miento puede ser reportado como “escándalo público”o “alteración del orden” para lo cual se solicita la pre-sencia policial. Esto se evidencia cuando se contrasta elregistro de eventos de la CMAC con los documentosde la Policía Judicial en los cuales se reportan las deten-ciones, ya que los respectivos partes policiales aportandatos significativos sobre los acontecimientos en los quese registran y se describen con mayor detalle los hechosy por ende, aparecen con mayor frecuencia los lincha-mientos sin necesidad de que se utilice específicamenteeste término o el de ‘ajusticiamiento’. Sin embargo, lospartes policiales no son documentos públicos y en casode que formen parte de procesos judiciales como laindagación previa o el mismo proceso de enjuiciamien-to, su acceso es aún más restringido. Finalmente, lasfuentes periodísticas registran únicamente los casos demayor trascendencia que se consideran “noticia” lo queimplica un número muy reducido de eventos, frente alos recogidos en la CMAC y la PJ.

Utilizando la información de las tres fuentes, se pre-senta a continuación una descripción de los linchamien-tos sucedidos en el DMQ durante el año 2007. Cabemencionar que apegados a la definición expuesta ante-riormente, los casos registrados incluyen tanto los lin-chamientos consumados como los intentos de lincha-mientos. También es preciso señalar que fue necesarioutilizar criterios de selección de la información recaba-da de la PJ, ya que el número de casos de delitos fla-grantes que son interrumpidos por población civil sonnumerosos, pero no en todos ellos existe la intención yla acción de tomar justicia. En este sentido, se han con-siderado únicamente los eventos en los cuales el uso dela fuerza, por parte del colectivo podría calificarse como“violencia excesiva” en el sentido de que no busca úni-camente impedir el delito, sino principalmente “escar-

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mentar”, es decir que se toma la atribución del uso dela violencia para sancionar a la persona infractora a tra-vés del castigo físico. Obviamente, las fronteras entre eldespliegue de violencia que impide el delito con su usopara “hacer justicia” son sumamente tenues; sin embar-go, esta diferenciación es fundamental para delimitar ellinchamiento atendiendo al sentido básico que es impo-ner el derecho de quienes son afectados/as a sancionarpor su propia cuenta, al margen de las instituciones res-ponsables de la aplicación de la ley. Para efectuar estadelimitación se ha tomado en cuenta detalles de lainformación que muestran en alguna medida la inten-ción de pasar de la detención al ajusticiamiento.

Por ejemplo, los reportes de la CMAC registran laintención expresa de la población en ajusticiar a quieno quienes han sido detenidos9, por eso en estos regis-tros se insiste en el pedido de intervención policial o desolicitar refuerzos con el fin de salvaguardar a los lincha-dos. En otros casos, los partes policiales revelan esteuso de la violencia excesiva por parte de ciudadanos/asa través de la descripción de la gravedad de las lesionescomo fracturas, heridas que requieren suturas, politrau-matismos severos, etc. Dentro del procedimiento poli-cial, el reporte de estas lesiones es muy minucioso puessirve para constatar el estado de salud de la personadetenida al momento en que llega la policía y, tambiéncuando es entregada a las autoridades judiciales com-petentes, de esta forma la policía descarga responsabi-lidad en cuanto al abuso de la fuerza. Dado que los par-tes son firmados tanto por el agente policial responsa-ble de la detención como por quien fue linchado, sepresume que la información es confiable por lo menosen cuanto a la responsabilidad de los causantes de laslesiones. Por estas razones se ha considerado la infor-mación de los partes policiales como la principal fuen-te para identificar el nivel de violencia ejercido por lapoblación. Así en el DMQ se contabilizan los siguientescasos de linchamientos e intentos de linchamiento:

En el cuadro No. 1 se puede apreciar que si bien no serepiten hechos en el mismo barrio durante el 2007,esto no significa que en otros años no se registren lin-chamientos en las mismas zonas. Al contrario, si bien labúsqueda de información corresponde al año 2007, unsondeo por las fuentes de prensa escrita (Diario ElComercio, Diario La Hora) en años anteriores revelaque zonas como el Comité del Pueblo, Carapungo, LaOfelia, reportan linchamientos en el 2006. Sin embargo,una característica común en los barrios donde se hanproducido los linchamientos en el 2007 es que corres-ponden a zonas de altas densidades poblacionales yempobrecidas en comparación al resto de la ciudad.Esto no significa que en todos los barrios de estas ca-racterísticas se produzcan linchamientos, no obstantesugiere que tales características tienen un peso impor-tante en los niveles de convivencia interpersonal.

Si se contrasta estas zonas con la georeferenciaciónde delitos contra la propiedad y contra las personasque provee el Observatorio Metropolitano de Seguri-dad Ciudadana-OMSC, no se encuentra una correla-ción significativa, pues la mayor concentración de estosdelitos se presentaría principalmente en la zona Nortey en menor intensidad en las zonas Centro y EloyAlfaro. Sin embargo, es preciso recordar que la informa-ción para estos mapas es de las denuncias recibidas másno de la delincuencia real, de tal forma que al no exis-tir datos sobre la verdadera victimización no se puedeestablecer si los barrios en los que ocurrieron los lin-

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Cuadro No.1Linchamientos según lugar y número de víctimas

Sector Casos No. víctimasLa Gasca 1 1

Santa Anita Norte 1 2

Cdla. Pueblo solo Pueblo 1 1

Calle Imbabura 1 1

Forestal alta 1 1

Puengasí 1 1

Mdo. Mayorista 1 1

Matovelle 1 1

El Tingo 1 2

Cochapamba 1 1

Comité del Pueblo 1 1

Atucucho 1 1

Calacalí 1 2

Calderón 1 1

Ofelia 1 1

Indeterminado 1 1

Total 16 19

Fuente: CMAC - Policía Judicial - Prensa escrita (2007)10

Elaboración: propia

Gráfico 4Linchamientos en el DMQ según causas

Fuente: CMAC - Policía Judicial - Prensa escrita (2007) Elaboración: propia

Gráfico 5Resultado del linchamiento

Fuente: CMAC - Policía Judicial - Prensa escrita (2007) Elaboración: propia

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chamientos son zonas que presentan índices elevadosde criminalidad.

Respecto a las causas que motivan el ajusticiamien-to (Ver gráfico No. 4), los datos evidencian que la de-fensa de la propiedad es el motor fundamental para laintervención directa de la población civil en castigar alos infractores. Si se agrupan los datos correspondientesa las diversas formas de robo, más los casos de asalto(que tienen como finalidad la apropiación de bienes delas personas), vemos que en total alcanzan el 62,5% delos casos. Si retomamos la definición del linchamientocomo una forma de violencia que adquiere legitimidaden tanto busca hacer justicia a la comunidad antes quea personas particulares cabría preguntarse, ¿por qué es-te tipo de delitos son identificados como afrentas colec-tivas, si en principio vulneran la propiedad de personasparticulares? Una hipótesis al respecto es que en los de-litos contra la propiedad, la víctima es secundaria en re-lación al objetivo del delito, en este caso la identidad dela víctima es casual, lo fundamental es que cumpla el re-quisito de poseer bienes susceptibles de ser sustraídos.En este sentido, cualquier persona podría ocupar estaposición por lo que la materialización del delito pone enevidencia también la vulnerabilidad de las no víctimas.

Como se muestra en el gráfico No. 5, en aproxima-damente el 80% de los casos el linchamiento es inte-rrumpido por la intervención policial. Esto significa queen el caso urbano, concretamente en el DMQ, no sepuede hablar de una población desprotegida por laausencia de autoridades, como sucede en los ajusticia-mientos en zonas rurales en los cuales la ausencia delEstado es evidente. En los casos investigados, el trabajode la policía se centra en persuadir a la población lincha-dora para que desista del uso de la violencia como cas-tigo y acepte el procedimiento de presentar una denun-cia formal que justifique la detención y así llevar al infrac-tor a la Policía Judicial. Como se ve en este mismo gráfi-co, este proceso puede llevarse a cabo de dos formas,en el 37% de los casos la persona detenida es entrega-da a la policía; sin embargo, en un porcentaje muy simi-lar (el 38%), el grupo victimario no está fácilmente dis-puesto a entregar a la víctima por lo que es preciso undespliegue policial mayor y el uso gradual de la fuerza.En uno de los casos se produce un hecho singular, lapoblación del barrio en el que se comete el delito acudea la Unidad de Policía Comunitaria–UPC donde seencuentra el detenido para lincharlo a pesar de estarbajo la custodia policial.

Linchar en el tiempo de la seguridad ciudadana

La interpretación que se intentará desarrollar paracerrar este artículo parte de situar los linchamientosurbanos dentro del discurso dominante en cuanto aseguridad que es el de la seguridad ciudadana. Contra-riamente a lo que se cree en las instancias que trabajaneste tema en el DMQ, no existe un único sentido de loque es la seguridad ciudadana, sino que los sentidos quese da a estos términos construyen discursos multifor-mes y ambiguos sobre lo que ésta abarca. Más aún, loscontenidos dominantes de este discurso no están con-trolados por instituciones como el Municipio o la Policía,sino que están sujetos a las múltiples interpretacionesde otros actores y actoras como los medios de comu-nicación o las organizaciones barriales, de tal forma que

no es extraño escuchar definiciones del trabajo en segu-ridad bajo frases como, “guerra al delito” o “mano duraa la delincuencia”.

Esta reflexión es necesaria para ampliar la miradasobre los linchamientos y pensar que estos hechos, noestán desconectados del flujo de información y mensa-jes mediáticos y por ende, de la producción social delmiedo. En varios de los casos registrados en los partespoliciales se recoge la identificación que hacen agreso-res/as de la víctima de linchamiento y son frecuentesexpresiones, que tienden a justificar el hecho con pala-bras como “es alguien que mantiene en zozobra a lapoblación”. Desde esta perspectiva, el ajusticiamientono sólo que se vuelve legítimo sino necesario ya queestá inscrito en la lógica “acabar con ellos para sobrevi-vir nosotros”. Bajo esta misma lógica, el linchamiento esuna suerte de “pena acumulativa” pues, la reacción de lacomunidad trae a colación una memoria activa sobre eltemor y la sensación de inseguridad, de tal forma que elcastigo no tiene que ver únicamente con la infraccióninmediata sino todas las anteriores cometidas presunta-mente por la misma persona o lo que es más grave aún,se le termina imputando otros delitos mucho más difu-sos (cometidos por otras personas y/o en otros luga-res), pero asentados fuertemente en el imaginariocolectivo.

Esto nos lleva a pensar que la desproporción entrela infracción y el castigo, es tan solo aparente, pues enel fondo el castigo es proporcional al grado de interio-rización individual y colectiva de que se vive en una si-tuación crítica de inseguridad. Una muestra de esto sonalgunos datos obtenidos por la Policía Nacional a travésde su Encuesta Nacional de Confianza y Credibilidad-ENACCPOL (2005); según la cual a nivel nacional, loscasos en que la población civil atrapa a alguien que harobado, un 42,2% toma la justicia por mano propia,mientras un 51,8% cumple con el procedimiento esta-blecido de entregarle a la policía. Del porcentaje decasos en los que la población toma la acción de castigar,según esta fuente, el 12,8% castigan y dejar ir a quiendetienen y un 29,2% castigan y llaman a la Policía(POLCO, 2005: 41)11.

Estas cifras se pueden confirmar con ejemplos noestadísticos como puede ser la presencia en barrios po-pulares de letreros y carteles que advierten las conse-cuencias de cometer delitos en esas zonas. Cito un le-trero en una de las calles secundarias de El Comité delPueblo que dice textualmente: “zona vigilada personarobando será incinerado” (la cual se puede apreciar enla portada de este boletín). Estos ejemplos son eviden-cia de que el linchamiento preexiste en el imaginario dela población, como repertorio válido de castigo, lo cualrefleja la persistencia del derecho colectivo de sancionarpor fuera de la justicia ordinaria.

Esta atribución está muy difundida y asentada envarias regiones de América Latina bajo la forma de unasuerte de venganza social moralista y que cuenta conaceptación tanto de las elites, como de las clases popu-lares como lo muestran varias investigaciones (Briceño-León, 2007; Pinheiro, 199712). En esta dirección cabepreguntarnos ¿Cómo se enlaza esta facultad de castigarpor fuera de la ley, materializada en los linchamientos,con el discurso de la seguridad ciudadana?

Existen dos puntos de conexión significativos: El pri-mero, es que la divulgación y hasta el abuso de la nociónde seguridad ciudadana ha introducido y popularizadoen la urbe el slogan de que “la seguridad es responsabi-

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lidad de todos”, lo cual hace referencia al trabajo con-junto entre las instituciones típicas de la seguridadcomo son la policía, los bomberos, la cruz roja, etc., y lasinstituciones de reciente incorporación al trabajo enseguridad, como los municipios y la ciudadanía. Sin em-bargo, no están claras las competencias y responsabili-dades de cada uno de estos actores y más ambiguo aúnel de la ciudadanía, pues desde hace varios años existenen el DMQ organizaciones de vecinos/as formales (bri-gadas barriales) e informales ejecutando tareas eminen-temente policiales, como son el patrullaje y la vigilancia.Esta no claridad en los roles, y la descoordinación con-tribuye a que la población asuma acciones no sólo deprevención sino de represión y castigo.

El segundo enlace es la apología de “la comunidad”que se hace en el discurso de la seguridad ciudadana,en el cual ésta no es únicamente un actor pasivo quehay que proteger sino que se enfatiza su rol proactivo.Sin embargo, no se examina el tipo de vínculos que co-hesionan a las personas que conforman “la comunidad”presuponiendo una homogeneidad de valores e intere-ses. Si pensamos la influencia del miedo en los vínculossociales se puede desentrañar que la cohesión de lacomunidad puede ser más difusa que concreta y que seactiva justamente por el sentimiento y la percepciónsubjetiva de inseguridad y desprotección (Reguillo,2005)13. En este contexto, se enmarca la venganza socialque está implícita en los linchamientos, pues reproduceun esquema maniqueo de “nosotros” (la comunidad)contra “ellos” (los delincuentes) que se presumenexpulsados de la pertenencia comunitaria y por endeobjetos de escarmiento y repudio antes que de rein-serción.

Conclusiones

El tema de los linchamientos urbanos es trascendentalpara la visibilización de los problemas de inseguridad,pues en él confluyen temas fundamentales como la legi-timidad en cuanto al uso de la violencia, la valoraciónsobre la eficacia del sistema judicial y del sistema derehabilitación social, y la operatividad y eficiencia de laacción policial. Pero a más de esto, la atribución de cas-tigar por parte de la población desenmascara también

las ambivalencias y contradicciones del propio discursoy la práctica de la seguridad ciudadana, pues en los lin-chamientos del DMQ, a diferencia de los que ocurrenen zonas con menor presencia de autoridades públicasnacionales o locales, se expresan temas como los ima-ginarios del miedo, la sensibilización al delito propia dela ética del consumo y, la creencia sin cuestionamientosde que la severidad del castigo tendría un efecto deprevención para que no se cometan más delitos.

Sumado a esto, los linchamientos urbanos operangracias a la exaltación de las virtudes de la comunidadbajo una óptica ampliamente populista, que impide verla diversidad de intereses y hasta la fragmentación socialpresentes en las urbes contemporáneas. Como mani-fiesta Rossana Reguillo, “lo unido por el miedo, se frag-menta por el miedo” (Reguillo, 2005: 395) y en el casode la violencia colectiva, la cohesión social expresada enel linchamiento refleja únicamente el consenso socialdel combate a la delincuencia, más no un acuerdo quetrabaje un proyecto de mejorar la calidad de vida, a tra-vés de construir nuevas formas de convivencia ciu-dadana

Notas:1 Sociólogo, Máster en Antropología. Profesor-Investigador del Programa de

Estudios de la Ciudad de FLACSO- ECUADOR.2 Briceño-León, Roberto (2007). Sociología de la violencia en América Latina.

Quito: FLACSO, MDMQ.3 García, Fernando (2002). Formas indígenas de administrar justicia. Estudios de

caso de la nacionalidad quichua ecuatoriana. Quito: FLACSO - Ecuador.4 Scheper-Hughes, Nancy (2005). La muerte sin llanto. Violencia y vida cotidiana

en Brasil. Barcelona: Ariel.5 Bourgois, Philippe (2003). In search of respect. Selling Crack in El Barrio.

Cambridge: Cambridge University Press.6 FLACSO (1999) Estrategia Nacional de Seguridad Ciudadana. Quito: FLACSO

- Ecuador, PNUD (Informe no publicado).7 Guerrero, Andrés (2000). “Los linchamientos en las comunidades indígenas

(Ecuador) ¿La política perversa de una modernidad marginal?”. En Boletín delInstituto Francés de Estudios Andinos. No. 29, Lima, pp. 463-489

8 Vilas, Carlos (2003).“(In)justicia por mano propia: linchamientos en el Méxicocontemporáneo”. En Mendoza C,Torres-Rivas E. (ed) Linchamientos: ¿barbarieo “justicia popular”? Guatemala: FLACSO, UNESCO

9 De la información revisada en todos los casos de linchamiento las víctimasson varones por lo que en lo referente a estos casos se utiliza un lenguajeacorde a esta especificidad de género.

10 Se revisaron los periódicos El Comercio; Diario Hoy y Diario La Hora11 POLCO (2005). Órgano informativo de la Policía Comunitaria. No.1 (diciem-

bre). Quito.12 Pinheiro, Paulo Sergio (1997). “Violencia, crime e sistemas policiais em países

de novas democracias”. Tempo Social, año 1, No.9.13 Reguillo, Rossana (2005). “Ciudades y violencia. Un mapa contra los diagnós-

ticos fatales”. En Reguillo, R. y Godoy, M. Ciudades traslocales. Espacios, flujos,representación. Perspectivas desde las Américas. México: ITESO.

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Linchamientos registrados en Latinoamérica

País Período Linchamientos Muertos Heridos Promedio anual

Bolivia 2002-2003 21 * * 10,5

Perú 2004 1993 * * 1993,0

Guatemala 1996-2002 400 354 894 57,1

Venezuela 1999-2001 293 84 209 97,7

Argentina 2003-2004 12 * * 6,0

México 1991-2003 222 * * 18,5

Fuente:Vilas, Carlos M. (2005). “Linchamientos: venganza, castigo e injusticia en escenarios de inseguridad”.En, Revista El Cotidiano. México: Universidad Autónoma Metropolitana Azcapotzalco.Elaboración: Gustavo Durán(*) El estudio no revela esta información

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¿Cuál es la diferencia entre linchamientos y justicia indígena? La justicia indígena es muy diferente de los lincha-mientos. La primera responde a una tradición, a unsistema organizativo propio de los pueblos origina-rios. Es una construcción de centenares de años yencierra en sí mismo la convicción de que las medi-das aplicadas para administrar justicia en las comuni-dades –conforme a sus tradiciones– no buscan lapena, como tal, sino buscan devolver la armonía a lacomunidad. Hay una visión colectiva. Generalmente,en el linchamiento, la colecti-vidad responde a una amena-za de manera espontánea.Nopuede confundirse el lincha-miento con la justicia in-dígena.

¿Pueden los linchamientosser considerados formas deprivatización de la seguri-dad?No creo que los linchamien-tos sean formas de privatiza-ción de la seguridad; lo que sícreo es que son mecanismosalternativos que la poblaciónse ha construido para prove-erse seguridad. Por ejemplo,en los linchamientos que seprodujeron el año pasado enPelileo, la población afirmaque intentó quemar a unapersona detenida por ser sospechosa de robo. Estadecisión la tomaron también en el contexto de susactividades como brigadas de seguridad ciudadana,previo al acto de linchamiento habían llamado a losmedios de comunicación. El linchamiento se con-vierte, entonces en una herramienta efectiva paragenerar escarmiento y para mostrar que la pobla-ción está organizada frente a los delitos. Eso signifi-caría que los linchamientos no son tan espontáne-os como se piensa.

Hay carteles en Quito que dicen que “Todapersona encontrada robando será quemada o lin-chada”, lo que demuestra que la población que pre-tende suplir al Estado en la provisión de seguridadciudadana ha visto como mecanismo el linchamien-to. Hay que cuestionar ¿Qué está pasando con lapercepción que tiene la colectividad sobre la segu-ridad ciudadana? El monopolio de la violencia tieneque seguir siendo del Estado, porque en la medidaen que esto no suceda damos camino al caos. Paraque la seguridad ciudadana no se privatice, el Es-tado debe retomar su obligación de proveer segu-

ridad, lo cual pasa por la eficacia de la administra-ción de justicia. La seguridad ciudadana tiene queser y es obligación única y exclusiva del Estado.

Brevemente, ¿qué recomendaciones daría paraabordar y reducir el fenómeno de los linchamien-tos?Para tratar, prevenir y reducir los linchamientos, esnecesario que la administración de justicia sea efi-caz, ésta debería repensar las formas y las compe-tencias de los jueces y la organización interior de su

sistema a efectos de que seaincluyente y no excluyente,porque vemos que los lincha-mientos se dan en sectoresdeprimidos de las ciudades yen la zona rural, donde nohay presencia del Estado.La administración de justiciadebe ser reformulada porquela visión actual es bastante ur-bana, occidental, no consideralas diferencias, y, en ese senti-do, nunca va a satisfacer las ne-cesidades de la población engeneral. Hay que analizar si enlos casos donde hubo gentequemada, donde murieronpersonas producto de los lin-chamientos, ¿Hubo sentencia?¿Hubo una investigación? Porlo menos, ¿Armó la fiscalía unainvestigación donde se vea

que existió agilidad y gestiones de investigación? osimplemente ¿Abrió el expediente, se olvidó y cerrócuando prescribió? Creo que hay que analizar lasrespuestas de la administración de justicia.Es importante tomar en cuenta la responsabilidadestatal frente a estas circunstancias y ver si las vícti-mas de los linchamientos no encontraron una repa-ración en la administración de justicia. En estoscasos, el Estado sería el responsable tal vez de vio-lar el derecho a la vida –si es que hubo muertes–o el derecho a la integridad personal, porque elirrespeto a los derechos humanos se da tambiénpor la omisión. La omisión en no ejecutar su deber,en dejar los linchamientos en la impunidad y en per-mitir que las circunstancias se repitan. Esto, en ma-teria de Derechos Humanos, acarrea una responsa-bilidad internacional para el Estado ecuatoriano, yéste deberá responder ante los organismos queprotegen estos derechos a nivel mundial, como laOrganización de Estados Americanos-OEA y la Or-ganización de las Naciones Unidas-ONU

Entrevista: Andrea Betancourt

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Linchamientos populares:Reacción contra los Derechos Humanos

Aidé PeraltaPromotora de

Derechos Humanos “Para tratar, prevenir y reducir los linchamientos,

es necesario que la administración de justicia sea eficaz, ésta debería repensar las formas y las competencias de los jueces y la organización

interior de su sistema a efectos de que sea incluyente

y no excluyente…”

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11CIUDAD SEGURA 22 - 2008

Mendoza, Carlos y Edelberto Torres – Rivas (edi-tores) (2003). Linchamientos: ¿Barbarie o justiciapopular? Guatemala: FLACSO/UNESCO. 332 p.p.ISBN: 99922-66-77-5

Este texto analiza los linchamientos como un fenó-meno que se produce en los más diversos ámbi-

tos socioculturales, y para ello se centra en el caso de Guatemala,país que registra altos índices de este tipo de violencia. Los traba-jos que aquí se publican argumentan con razones estructurales elpapel de los actores que intervienen en los linchamientos, men-

cionando con detalle las causas más directas, locales y personales. EnGuatemala, tan execrable acción popular multiplicada en diversos esce-narios, concreta todavía las crueldades y horrores del pasado conflictoarmado. Este libro muestra que la histeria colectiva y los linchamientosson un problema de la sociedad, donde el Estado es enteco y, en con-secuencia, la justicia privada surge como la compensación inevitable(Fuente: Mendoza y Torres 2003).

Ach, Rose Marie (2003). Huellas de fuego: Crónicasde un linchamiento. Cochabamba: Acción Andina

Este libro analiza el tema de los linchamientos enBolivia a partir de un caso emblemático que tuvo enmarzo de 1995 en la ciudad de Cochabamba, el cualguarda características similares a muchos de los lin-

chamientos que se han producido con posterioridad en ese país. Estapublicación pretende brindar un aporte al debate actual sobre las for-mas de enfrentar la inseguridad y la injusticia, introduciendo en estedebate algunas ideas, interrogantes y propuestas para encontrar solu-ciones efectivas a este fenómeno. El libro profundiza la reflexión sobrelas verdades que se esconden detrás de los actos de “justicia por manopropia” y examina la concepción de lo que se entiende por “seguridadciudadana” (Fuente: Ach 2003).

Linchamientos en Guatemala 1996 - 2002

http://www.nd.edu/~cmendoz1/datos/

Acción Andina - Bolivia

http://accionandina.org/index.php

Fuerzas de Paz No Violentas

http://www.nonviolentpeaceforce.org/es/

sobre_nosotros

SD+AL Revista Latinoamericana de Seguridad y

Democracia

http://www.revistaseguridadydemocracia.org/

ediciones/1/enportada.php

Boletín Sociedad Sin Violencia. PNUD Salvador

http://www.violenciaelsalvador.org.sv

Boletín + Comunidad + Prevención. Centro de

Estudios en Seguridad Ciudadana Chile:

http://www.comunidadyprevencion.org/

documentos.shtml

Revista Nueva Sociedad. Friedrich

Ebert Stiftung Argentina:

http://www.nuso.org/revista.php?n=207

La dinámica de los linchamientos desafía toda la institucionalidadde la Seguridad Ciudadana, pues implica la atribución por partede la población de funciones que el ordenamiento de los

Estados Modernos ha depositado en instancias especializadas, el lincha-miento supone la aprensión de un delincuente (tarea encargada a lapolicía), su juzgamiento (legalmente facultad del sistema judicial), y laaplicación del castigo (responsabilidad del sistema penitenciario). Enesta medida se convierten en un indicador de cómo las personas per-ciben y evalúan todo el funcionamiento del sistema de seguridad ciu-dadana, y más aún muestran también la dimensión subjetiva de laexperiencia de inseguridad. En este sentido, se pueden considerar lossiguientes lineamientos para redefinir el rol de la participación comu-nitaria en los problemas de seguridad.

En primer lugar, es indispensable mantener información confiablesobre los linchamientos. No solo que no existen estadísticas oficialessobre estos hechos sino que las fuentes de información no aportan loselementos necesarios para su identificación y análisis pormenorizado.De manera que, es importante que instituciones como el Observa-torio Metropolitano de Seguridad Ciudadana-OMSC, la CentralMetropolitana de Atención Ciudadana-CMAC, y la Policía Judicial-PJtrabajen coordinadamente para monitorear periódicamente estoshechos.

En segundo lugar, es evidente que la fragilidad, inaccesibilidad ydesconfianza en el sistema judicial son las causas primordiales para laatribución de tomar la “justicia por mano propia”, por lo que es nece-

sario que a más de los cambios profundos en el sistema judicial, seimplementen reformas puntuales en las unidades de delitos flagrantes,de tal forma que se pueda crear proximidad entre la justicia formal yla conflictividad cotidiana. El aumento de la disponibilidad de jueces yla extensión del horario de servicio puede ayudar significativamente amejorar la respuesta oportuna de la justicia.

En tercer lugar, no se pueden evitar los linchamientos si no se defi-nen con claridad las competencias y los aportes que brinda la socie-dad civil al trabajo en seguridad, lo que implica pasar de las tareasrepresivas a las tareas preventivas. Si nos atenemos a los datos de laEncuesta Nacional de Confianza y Credibilidad en la Policía Nacional –ENACCPOL vemos que el 42% de la población ecuatoriana toma lajusticia por mano propia, sea castigando y luego liberando aldetenido, o castigándolo y luego entregándolo a la policía. Estosignifica que se requiere un trabajo sostenido en la construcciónde cultura ciudadana sobre el debido procedimiento en casos delas detenciones. Este esfuerzo podría empezarse fomentandoliderazgos barriales orientados por los principios de DerechosHumanos. En los linchamientos ocurridos en zonas residenciales,los representantes barriales conocen de los hechos a la par oincluso antes que la policía, por ende su papel es fundamental enla decisión que toma el colectivo sobre qué hacer con la perso-na capturada. Por tal razón, su capacidad para direccionar laindignación colectiva es decisiva en el momento mismo del lin-chamiento y es también el mejor aporte al trabajo policial

Algunas acciones para evitar los linchamientosAlfredo Santillán

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Page 12: 2008 “¿Quién es Fuenteovejuna?

FLACSO SEDE ECUADOR • PROGRAMA ESTUDIOS DE LA CIUDAD12

La palabra linchamiento significa “paliza o cas-tigo o muerte que la muchedumbre airadacausa a un sospechoso que no ha sido aún

juzgado” (El Mundo 2007)1, por lo que este actoimplica violencia colectiva hacia una o varias perso-nas que son consideradas culpables de actos delic-tivos cometidos en una determinada localidad. Una

práctica antigua y común envarios países de la región en-tre los cuales figura el Ecua-dor (como se ha podido veren este boletín). ¿De quémanera la ciudadanía se en-tera que ha ocurrido estetipo de hechos? Eviden-temente a través de los me-dios de comunicación quesuelen de una manera infali-ble, reportar los linchamien-tos que se dan en sus sec-ciones de crónica roja. Demodo que, con el propósitode conocer qué caracterizaesta información, se ha reco-gido para esta sección todaslas noticias difundidas duran-te el 2006 y 2007 en los dia-rios de mayor circulación anivel nacional (El Comercioy El Universo).

En términos de cantidadde cobertura se encontró

que en los dos años se publicaron seis casos de lin-chamientos ejecutados (entre los que hubo dosmuertes con quemadura) y cinco casos de intentode linchamiento, de los cuales siete se dieron en elárea urbana y cuatro en zonas rurales, nueve en lasierra y dos en la costa, tres en el primer semestredel año y ocho en el segundo (principalmente enel mes diciembre). Datos que demuestran que estefenómeno está ocurriendo en gran medida en elsector urbano (exclusivamente en barrios popula-

res y urbano marginales), en la región sierra y alfinalizar el año; lo cual constituye una importantereferencia en la planificación de política pública pa-ra combatir este tipo de violencia, en vista de lainexistencia registros policiales en el tema.

Sin embargo, en cuanto a la representaciónmediática de los linchamientos se ha podido apre-ciar que: (i) al no existir una práctica de periodismoinvestigativo sino por el contrario una lógica de ob-tención de “primicia”, las noticias no fundamentanexhaustivamente los factores que han intervenidoen estos hechos ni sus consecuencias en la pobla-ción en donde tienen lugar ; por el contrario, tantolos contenidos como las imágenes que se difundenestereotipan a acusados/as como “culpables” y aquienes efectúan el linchamiento como “feroces”,lo cual simplifica una complicada situación que tie-ne graves implicaciones en la seguridad de la ciuda-danía.Además, (ii) existe la tendencia de tratar, tan-to los casos de justicia indígena como los de lincha-miento como si fueran la misma práctica, situaciónque constituye un descrédito para el primero, entanto es un sistema ancestral que conlleva un pro-ceso de juzgamiento ordenado con procedimien-tos establecidos que no atentan contra los dere-chos humanos. Por lo tanto, sería importante iden-tificar correctamente uno y otro caso, ya que lejosde informar a la ciudadanía se confunde y distorsio-na su conocimiento sobre cada aspecto.

En este sentido, valdría preguntarse ¿Aunquelos reportes de la prensa ecuatoriana son un im-portante registro sobre los casos de linchamiento,el no sustentar adecuadamente los hechos consti-tuye otro acto violento? En otras palabras ¿La pren-sa está replicando la misma dinámica de respondercon violencia a la violencia realizando linchamientosmediáticos?

1 Diccionario El Mundo (2007). Documento electrónico disponibleen:http://diccionarios.elmundo.es

Linchamientos en la prensa:¿otro acto violento?Jenny Pontón Cevallos

“…tanto los contenidos comolas imágenes que se difunden

estereotipan a acusados/ascomo “culpables” y a

quienes efectúan el linchamiento como “feroces”,

lo cual simplifica una complicada situación que tiene

graves implicaciones en la seguridad de la ciudadanía.”

Director FLACSO: Adrián Bonilla • Coordinador del Programa Estudios de la Ciudad: Fernando Carrión Coordinadora del Boletín: Jenny Pontón • Tema central: Alfredo Santillán

Colaboradores: Andrea Betancourt y Gustavo Durán Edición: Paulina Torres y Jenny Pontón • Diseño: Antonio Mena • Impresión: Ekseption

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