2 principios procesales de prueba
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Prueba y principios procesales
Inmediación
El juez dirige el proceso Funciona en el sistema oral Debe existir en el sistema escrito
Prueba y principios procesales
Inmediación permite: Juez Director del proceso Mejor apreciación de la prueba. Testimonios,
inspecciones, etc. Dictar mejores sentencias Que el juez no permanezca inactivo. (Juez con
mayores facultades)
Prueba y principios procesales
Sobre la Inmediación: Framarino de Malatesta, señala: “Para que la voz de las
pruebas llegue sin alteración, es menester que ellas se presenten en cuanto sea posible, de manera inmediata al juzgador, a fin de que este pueda examinarlas directamente y no a través de la indecisa penumbra de las impresiones de otras personas, o de equívocas expresiones de otras cosas”
Prueba y principios procesales
Sobre la inmediación: Carnelutti señala:
“La prueba es tanto más segura cuando más próximo a los sentidos del juez se halle el hecho de probar”
Prueba y principios procesales
Contradicción, permite: Conocer la prueba y discutirla. Contraprobar Rechaza la prueba secreta Quitar valor a la prueba practicada sin conocimiento Da validez a la prueba (No indefensión)
Prueba y principios procesales
Concentración permite: Que se practique la prueba de una sola vez Varias diligencias en una sola etapa del proceso.
– Agilidad procesal. Schone: “La prueba practicada por partes, pone
en peligro la averiguación de la verdad, impide el debido cotejo y mejor apreciación”
Prueba y principios procesales
Preclusión o eventualidad Tiempo y oportunidad para la prueba. Impide que se sorprenda al adversario Preclusión para las partes: pérdida de oportunidad
para ejecutar un acto (confesión) Preclusión probatoria: Solo en cierto momento se
pueden presentar pruebas.
Prueba y principios procesales
Oralidad: Ideal en los procesos para practica de prueba. No excluye aportación de documentos: Actas,
testimonios, etc. Exigencia constitucional. 1998. Mejor calidad en el resultado (inmediación -
contradicción)
Prueba y debido procesoGarantías Constitucionales
Fin del Sistema procesal: Como medio para realización de la
justicia. Para hacer efectivas las garantías del
debido proceso. Velar por celeridad, inmediación y
eficiencia
DEBIDO PROCESO
Que es?
“Aquel en que se han observado las garantías básicas”
Art. 75, 76 Constitución de la Republica (Garantías básicas)
Principio de legalidad Aplicable a todo procedimiento. Procedimientos civiles preestablecidos. En lo sustantivo: normas preestablecidas en la Ley. Normas que se refieren a esta garantía: Art. 76.3 Const..
Asistencia letrada: en casos de Confesión Judicial, inspecciones.
Guarda relación con el derecho a la defensa Produce ineficiencia probatoria. El Estado deberá facilitar defensores para
asuntos civiles?
Prohibición de declarar contra
cónyuge o parientes. Art. 77.8 Const. Concuerda con Art. 216 CPC, relativo
a la falta de imparcialidad de los testigos.
Derecho a la defensa
Art. 76.7 En todo procedimiento Establecimiento de Defensores Públicos Ligado al derecho de contradicción Evidencia el principio dispositivo (contestar la demanda). Son precisos actos de conocimiento (Citación y
notificación)
Derecho a ser informado
Solemnidad sustancial en el CPC Se produce con citación y notificación Permite la defensa.
Las pruebas obtenidas con violación a la ley no tienen validez.
Art. 117 CPC: Solo la prueba debidamente actuada hace fe en juicio.
La prueba hay que presentarla a tiempo para que tenga validez.
Los testigos están obligados a comparecer ante el juez (No ante el operador del juzgado) Principio de inmediación.
Acceso = Publicidad del proceso
Otros principios
Principio de necesidad de prueba: Los hechos deben demostrarse con pruebas aportadas al proceso por las partes o por el juez.
Prohibición de aplicar el conocimiento privado del juez sobre los hechos.
Otros principios
Principio de unidad de prueba:
El conjunto de las pruebas aportadas forma una unidad. La prueba se aprecia en conjunto.
Principio de igualdad de oportunidades:
Para presentar la prueba (Términos)
Otros principios
Principio de lealtad de la prueba No debe ocultar la realidad No debe inducir a engaño al Juez Debe tender a reconstruir los hechos. Conduce a sentencias justas Este principio rige para todo acto procesal.
Otros principios
Principio de pertinencia de la prueba
La prueba debe ser atinente a la naturaleza de la causa.
Produce economía procesal. Centra la discusión La resolución se concreta a la prueba
Otros principios
Principio de carga de la prueba (autorresponsabilidad de las partes)
Cada parte aporta pruebas al proceso Se consolida el principio dispositivo. Si no se aporta prueba, la parte soporta las consecuencias
de la inactividad.
Verdad procesal
En el proceso se analiza hechos pasados. La verdad procesal participa de las limitaciones de la verdad
histórica. La verdad procesal es una verdad condicionada a muchos
factores. Verdad procesal es verdad normativa. Acercar la verdad procesal a la histórica.
El anuncio de la prueba en el proceso contemporáneoProscripción de la “sorpresa procesal”
Proceso debe revestirse de buena fe y lealtad.
Se evita que se guarden las pruebas
Evita indefensión Permite contradecir la prueba
(Audiencias) Descongestiona juzgados
Las partes anuncian la prueba que van a hacer valer en juicio.
Produce economía procesal. Muchos asuntos terminarían
en las oficinas de abogados, sin llegar a juicio.
Proyecto de CPC
Proceso ordinario Se inicia por demanda Audiencia preliminar, en la
que se producen varias actividades
Fijación de la Audiencia complementaria
Proceso Extraordinario Se inicia por demanda. Se practica la prueba
anunciada en la demanda y contestación
Se practica una sola audiencia para resolver
Estos procesos del Proyecto del Código de Procedimiento Civil
Dan por terminada la prueba sorpresa. Se consagran principios de contradicción,
inmediación publicidad, derecho a la defensa, etc. Dan agilidad al proceso Permiten mejor preparación del Abogado Producen seguridad al público.