2 5 | 1 0 | 2010 la eÓlica y el mercado elÉctrico las limitaciones en la operativa del mercado...
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2 5 | 1 0 | 2010
LA EÓLICA Y EL MERCADO ELÉCTRICOLAS LIMITACIONES EN LA OPERATIVA DEL MERCADO
CARLOS ELÍAS REGO
GESTIÓN ENERGÍAS RENOVABLES
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Las limitaciones en la operativa del MercadoNormativa aplicable
Básicamente la normativa aplicable está recogida en los siguientes
Procedimientos de Operación de REE:
• P.O. 3.7 Programación de la generación de origen renovable no gestionableSu objeto es establecer las medidas de Operación del Sistema oportunas, que permitan la máxima integración posible de la potencia y energía a la generación de origen renovable no gestionable,compatible con la operación segura y estable del Sistema
• P.O. 3.2 Resolución de Restricciones TécnicasSu objeto es establecer el proceso para la resolución de las restricciones
técnicas, identificadas en el sistema eléctrico peninsular español, en elprograma diario básico de funcionamiento (PDBF) y en los programas resultantes de las diferentes sesiones del mercado intradiario, así comoen las que puedan identificarse con posterioridad durante la operación
en tiempo real.
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Las limitaciones en la operativa del MercadoNormativa aplicable
De la conjunción de los dos P.O.s citados queda establecida, tanto la prioridad
de despacho de las energías renovables no gestionables, como la operativa a
aplicar para la resolución de las restricciones técnicas.
Cuando, como resultado de los análisis de seguridad del Sistema, sea preciso
la limitación de este tipo de energía, el OS realizará el reparto de la producción
máxima por nudo de forma proporcional a la potencia, programada o en
producción, gestionada en dicho nudo por cada Centro de Control afectado
según el ámbito temporal en que tenga lugar la limitación propuesta, informado
a éstos de la máxima producción de cada una de las unidades bajo su
control (desagregación). Dicha producción debe ser alcanzada en un plazo
máximo de 15 minutos. Alternativamente cada Despacho puede hacer otro
reparto interno de la generación de forma que se respete la limitación en el
nudo correspondiente.
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Las limitaciones en la operativa del MercadoNormativa aplicable
Si las condiciones de operación permiten
levantar parcialmente la limitación el
orden de levantamiento será el inverso
al empleado para establecer la limitación.
En todo caso el OS siempre dispone del Mecanismo
excepcional de resolución, mediante el cual ante
situaciones de emergencia o urgencia donde no sea
posible resolver las restricciones mediante los
mecanismos previstos, adoptará las decisiones de
operación que considere oportunas justificándolas
a posteriori, sin perjuicio de la retribución económica
que sea de aplicación en cada caso.
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Las limitaciones en la operativa del Mercado
0h0h 12h
12h
24h
24h
10h – Límite recepción ofertas MD (OM)10h – Límite recepción ofertas MD (OM)10:30h - Resultados casación MD. Fichero PDBC (OM)10:30h - Resultados casación MD. Fichero PDBC (OM)
- Nominación programas por UP (incluidos bilaterales con entrega física)
- Publicación PDBF (OS)
- Desagregación por UFIs
- Nominación programas por UP (incluidos bilaterales con entrega física)
- Publicación PDBF (OS)
- Desagregación por UFIs
− Recepción OS ofertas resolución restricciones (no aplica a RE renovable no gestionable)
− Recepción OS otra información necesaria para los análisis de seguridad
− Recepción OS ofertas resolución restricciones (no aplica a RE renovable no gestionable)
− Recepción OS otra información necesaria para los análisis de seguridad
Publicación PDVP (OS)Publicación PDVP (OS)
- rpdvpprec_AM_FECHA.v.xml
- pvplimit_AM_FECHA.v.xml
- pdvp_AM_FECHA.v.xml
- rpdvpprec_AM_FECHA.v.xml
- pvplimit_AM_FECHA.v.xml
- pdvp_AM_FECHA.v.xml
14h
14h
10h
10h
El OS realiza los ajustes necesarios para cumplir con las
restricciones por garantía de suministro y efectúa el análisis
de la seguridad del sistema identificando las restricciones técnicas que puedan afectar al
cumplimiento del PBDF
El OS realiza los ajustes necesarios para cumplir con las
restricciones por garantía de suministro y efectúa el análisis
de la seguridad del sistema identificando las restricciones técnicas que puedan afectar al
cumplimiento del PBDF
Si en la Fase 1 de resolución de restricciones es necesario reducir/limitar
generación, la de RE renovable no gestionable lo hará en último lugar (en la
Fase 2 –ajuste- no participa)
Si en la Fase 1 de resolución de restricciones es necesario reducir/limitar
generación, la de RE renovable no gestionable lo hará en último lugar (en la
Fase 2 –ajuste- no participa)
El redespacho a bajar de la eólica en PDVP genera una obligación de pago E x PMDh
E: Energía redespachada
PMDh: Precio Mercado Diario (para la hora de redespacho)
El redespacho a bajar de la eólica en PDVP genera una obligación de pago E x PMDh
E: Energía redespachada
PMDh: Precio Mercado Diario (para la hora de redespacho)
11h
11h
Restricciones en PDBF
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Las limitaciones en la operativa del Mercado
DISTRIBUIDORIdentifica un problema de seguridad
en la red objeto de su gestión
Identifica un problema de seguridad en la red objeto de su gestión
OS
Comunicación(fax, mail…)
Comunica el problema al OS y solicita, justificadamente, las actuaciones necesarias
en los programas para garantizar la Seguridad de la red afectada
Comunica el problema al OS y solicita, justificadamente, las actuaciones necesarias
en los programas para garantizar la Seguridad de la red afectada
Identificación y comunicación al OS de la restricción antes MD
El OS publica las Indisponibilidades de red
con influencia en el programa de producción
antes de MD
Identificación y comunicación al OS de la restricción después de PDBF
El OS tendrá en cuenta la restricción en el proceso de
Resolución de Restricciones
PDVP
Restricciones en la Red de Distribución
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Las limitaciones en la operativa del Mercado
Horizonte horario que abarca el M. Intradiario
Hora límite recepción
ofertas M.I.
Hora límite recepción
ofertas M.I.
Publicación PDVP y limitaciones por
parte del OS
El OS pone en conocimiento del OM las limitaciones de seguridad (adaptándolas en caso necesario
conforme avanza el día) El OM las tiene en cuenta en el proceso de
casación de ofertas para M.I.
Casación M.I.
Casación M.I.
El OS comprueba que la casación respeta las
limitaciones y realiza un nuevo estudio de
seguridad del sistema
El OS comprueba que la casación respeta las
limitaciones y realiza un nuevo estudio de
seguridad del sistema
•Publicación ficheros PIBCA, PIBCI
•Nominación programas por UP
•Desagregación por UFI
•Publicación ficheros PIBCA, PIBCI
•Nominación programas por UP
•Desagregación por UFI
SI restric
ción
NO restricción
Publicación fichero PHF
El redespacho a bajar de la eólica en el M.I genera la obligación de pago:
E x PMIh
E: Energía redespachada
PMIh: Precio Mercado Intradiario (para la hora de redespacho)
El redespacho a bajar de la eólica en el M.I genera la obligación de pago:
E x PMIh
E: Energía redespachada
PMIh: Precio Mercado Intradiario (para la hora de redespacho)
Resolución de la Restricción: retirada de oferta(s) casada(s) que
provoca la restricción y
restablecimiento del equilibrio
generación-demanda
Resolución de la Restricción: retirada de oferta(s) casada(s) que
provoca la restricción y
restablecimiento del equilibrio
generación-demanda
Restricciones en los Mercados Intradiarios
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Las limitaciones en la operativa del Mercado
El OS analiza permanentemente el estado de la seguridad real y
el previsto del sistema en el horizonte de programación, con los mismos criterios aplicados
en la resolución de restricciones del PDBF
El OS analiza permanentemente el estado de la seguridad real y
el previsto del sistema en el horizonte de programación, con los mismos criterios aplicados
en la resolución de restricciones del PDBF
Establece las limitaciones necesarias
Establece las limitaciones necesarias
• Zonales (nudos…)• Zonales (nudos…)• Individuales por UP• Individuales por UP• Por UFI• Por UFI
Fichero de redespacho horario:
rp48prec_SM_aaaammmddhh.v.xml
El redespacho a bajar de la eólica en Tiempo real genera una obligación de pago de:
E x (0.85xPMDh)
E: energía redespachada
PMDh: precio Mercado Diario (para la hora del redesp.)
Fichero de redespacho horario:
rp48prec_SM_aaaammmddhh.v.xml
El redespacho a bajar de la eólica en Tiempo real genera una obligación de pago de:
E x (0.85xPMDh)
E: energía redespachada
PMDh: precio Mercado Diario (para la hora del redesp.)
Si la restricción técnica identificada hace necesaria la modificación de programas, el OS adoptará la solución que represente el mínimo coste, utilizando primero las ofertas de regulación terciaria y a continuación las ofertas para la resolución de restricciones del PDBF.
Si se requiere la participación a bajar del RE, se aplicará el mismo orden establecido en el PDBF, siendo el RE renovable no gestionable la última tecnología en participar en estas modificaciones.
Restricciones en Tiempo Real
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Centro de Control de RE Interlocutor con REEEsquema de actuación en Tiempo Real
CENTRO DE CONTROL
CECRE/CEORE
P. EÓLICO
Telemedidas
Consignas
Sistema de Control
1. Operación de los PPEE2. Envío TELEMEDIDAS al OS y
recepción de CONSIGNAS ordenadas por el OS para los PPEE
3. Ejecución de CONSIGNAS
1. Operación de los PPEE2. Envío TELEMEDIDAS al OS y
recepción de CONSIGNAS ordenadas por el OS para los PPEE
3. Ejecución de CONSIGNAS