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DIRECCION DE EDUCACION Y DOCTRINA

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DIRECCION DE EDUCACION Y DOCTRINA

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INDICE

REGLAMENTO DEL PROCESO DE ADMISIÓN A LAS ESCUELAS DEFORMACIÓN DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU

TITULO 1

GENERALIDADES

CAPITULO 1 PAG

OBJETO, FINALIDAD, ALCANCE, BASE LEGAL 04

TITULO 11

DE LOS ORGANOS DE ADMISION

CAPITULO 1

DE LA OFICINA CENTRAL DE ADMISIÓN 05

CAPITULO 11

DE LAS OFICINAS DE ADMISION DE LAS EEFF PNP 05

CAPITULO 111

DE LA COMISION CENTRAL DE ADMISIÓN 06

CAPITULO IV

DE LOS COMITÉ DE ADMISIÓN 07

CAPITULO V

DE LOS COMITES ESPECIALIZADOS 08

TITULO 111

PROCESO DE ADMISIÓN

CAPITULO 1

GENERALIDADES 08CAPITULO 11

DE LA ORGANIZACIÓN DEL PROCESO DE ADMISIÓN 10

CAPITULO 111

DE LA PROMOCION Y DIFUSIÓN 11

CAPITULO IV

DE LA CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS E INSCRIPCIÓN 11

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TITULO IV

EXAMENES DE

ADMISIÓN

CAPITULO 1

DE LAS MODALIDADES 11

CAPITULO 11

DEL DESARROLLO Y DE LOS BENEFICIOS 12

CAPITULO 111

DEL EXAMEN MEDICO 14

CAPITULO IV

DEL EXAMEN DE APTITUD FÍSICA 15

CAPITULO V

DEL EXAMEN PSICOMETRICO 15

CAPITULO VI

DEL EXAMEN DE APTITUD ACADEMICA 16

CAPITULO VII

DEL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS 16

CAPITULO VIII

DEL EXAMEN DE ENTREVISTA PERSONAL 17

CAPITULO IX

DEL CUADRO DE MERITO 17

CAPITULO X

DE LAS CAUSALES DE ELIMINACIÓN 18

TITULO V

DISPOSICIONES FINALES 19

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REGLAMENTO DEL PROCESO DE ADMISIÓN A LAS ESCUELAS DE FORMACIÓNDE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU

TITULO 1

GENERALIDADES

CAPITULO 1

OBJETO, FINALIDAD, ALCANCE Y BASE LEGAL

ARTÍCULO 1°.- OBJETOEl presente reglamento tiene por objeto normar la administración del proceso deadmisión a las Escuelas de Formación de la Policía Nacional del Perú - EE FF -PNP.

ARTÍCULO 2°.- FINALIDADEl presente reglamento tiene como finalidad:

a. Establecer los perfiles requeridos por las EE FF - PNP

b. Establecer los requisitos que se aplicarán durante el proceso de admisión a las EEFF - PNP. para una mejor selección y evaluación de los postulantes.

c. Determinar las reglas que observará el personal PNP y los postulantes durante elproceso de admisión a las EE FF - PNP.

d. Establecer las modalidades de admisión y los estándares básicos para la selecciónen las EE FF - PNP

ARTÍCULO 3°.- ALCANCES1 presente reglamento alcanza a todo el personal de la Policía Nacional del Perú, los

postulantes, así como sus padres o apoderados.

ARTÍCULO 4°.- BASE LEGAL

Ley de la PNP Nº. 27238.Ley General de Educación Nº 23384. Ley Universitaria Nº 23733.Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444. Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte Nº 28036.Ley del Servicio Militar Nº 29248.Ley del Régimen Disciplinario PNP Nº 28338 y su reglamento. RM. No. 0173-87-IN/DM creación del Sistema Educativo PNP.RM Nº 0459-2004-IN/PNP Beneficio para los hijos del personal PNP fallecidos en el cumplimiento del deber.RM. Nº 0306-92 IN/PNP Reglamento del Sistema Normativo PNP.RM.Nº 0228-2009-IN/PNP relacionado a la creación del CEPREPOL.RO. Nº 826-99-DGPNP/EMG Reglamento de Educación Física y ARMAPOL.

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TITULO 11

DE LOS ORGANOS DE ADMISION

CAPITULO 1

DE LA OFICINA CENTRAL DE ADMISION

ARTICULO 5°.- DE LA OFICINA CENTRAL DE ADMISIONEs un órgano de carácter permanente que forma parte de la estructura orgánica de laDirección de Educación y Doctrina - DIREDUD, encargada del planeamiento,organización y evaluación de los procesos de admisión a las EE. FF - PNP a nivelnacional.

ARTICULO 6°.- JEFE DE LA OFICINA CENTRAL DE ADMISIONEstá a cargo de un Coronel PNP y depende directamente del Director de Educación yDoctrina. Preside la comisión para la formulación del prospecto de admisión, así comola Directiva Anual de Admisión.

ARTICULO 7°.- FUNCIONES DEL JEFE DE LA OFICINA CENTRAL DE ADMISIONRealiza los requerimientos de personal, logísticos y económicos para el logro de losobjetivos.

ARTÍCULO 8°.- ADMINISTRACION DE RECURSOS ECONOMICOSLos recursos económicos que correspondan estarán normados mediante Directiva dela DIREDUD.

ARTÍCULO 9°.- RESPONSABILIDADESEl Jefe de la Oficina Central de Admisión, vela por la correcta administración de losrecursos econom1cos, disponiendo la apertura de los libros contablescorrespondientes, dando cuenta mensualmente.

ARTICULO 10°.- PROPUESTAEl jefe de la oficina central de admisión propone al Director de Educación y Doctrina laconformación de los diferentes comités de admisión, responsables de los procesos enlas EE FF - PNP los que serán nombrados mediante resolución directora! DIREDUD.

ARTÍCULO 11°.- COMISIÓN CENTRAL DE ADMISIONLa oficina central de admisión, para efectos del desarrollo de los procesos de admisióna las EE FF - PNP contará con el apoyo del personal PNP del sistema de educaciónpolicial, constituyendo una comisión central de admisión nombrada medianteresolución directora! del DIREDUD PNP.

CAPITULO 11

DE LAS OFICINAS DE ADMISIÓN DE LAS EEFF PNP

ARTÍCULO 12°.- DEFINICIÓNSon órganos de carácter permanente, considerados dentro de la estructura orgánicade cada EE FF - PNP dependen técnico-normativamente de la oficina central deadmisión. Está a cargo de un Oficial PNP.

ARTÍCULO 13°.- COMPETENCIACumplen las funciones y tareas que le asigna la DIREDUD a través de la oficinacentral de admisión.

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ARTÍCULO 14°.- FUNCIONESTienen las siguientes funciones:

a. Recepcionar el original de los exámenes, pruebas y resultados de los mismos,para su anotación en el registro correspondiente.

b. Publicar los resultados de los exámenes de los postulantes.

c. Devolver los documentos a los postulantes eliminados, recabando el carnérespectivo.

d. Incinerar la documentación no recogida, previa acta, transcurridos treinta (30) días calendarios de publicado el cuadro de mérito final.

e. Es responsable del control de la cuenta correspondiente por la venta deprospectos e inscripción de los postulantes a las EE FF - PNP.

f. Remitir a la DIREDUD-OCA, el listado general de inscritos en los procesos deadmisión.

CAPITULO 111

DE LA COMISIÓN CENTRAL DE ADMISIÓN

ARTÍCULO 15°.- DEFINICIONEs un órgano temporal cuyos integrantes son nombrados mediante resolución delDirector de Educación y Doctrina de la PNP.

ARTICULO 16°.- OBJETOTiene por objeto dirigir, coordinar y supervisar a los comités de admisión y comisiones especializadas comprometidas con los procesos de admisión a las EEFF - PNP.

ARTÍCULO 17°.- CONFORMACIONLa Comisión Central de Admisión está conformada de la siguiente manera:

• PRESIDENTECoronel PNP Jefe de la Oficina Central de Admisión

• VOCALESTRES (3) Coroneles del Sistema de Educación Policial.UN (1) Coronel. PNP representante de la Dirección de lnspectoría General -

PNP.

• ASESORUn (01) Oficial Superior CJ PNP de la DIREDUD.

• APOYO ESPECIALIZADOUN (01) Oficial Policía, y UNO (1) de Servicios.

• SECRETARIOUn (01) Oficial Superior u Oficial PNP de la Oficina Central de Admisión.

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CAPITULO IV

DE LOS COMITÉ DE ADMISIÓN

ARTÍCULO 18°.- DEFINICIONSon órganos temporales cuyos integrantes son nombrados por resolución directora! del DIREDUD.

ARTICULO 19°.- OBJETOTienen como objetivo llevar a cabo el proceso de admisión en la EE FF - PNP.

ARTÍCULO 20°.- CARACTERISTICADependen directamente de la comisión central de admisión y funcionan en las sedes de las respectivas EE FF - PNP durante el tiempo que se desarrolle el proceso.

ARTÍCULO 21°.- ATRIBUCIONESFormulan el planeamiento de conformidad a lo establecido en la Directiva Anual de Admisión elaborado por la oficina central de admisión.

ARTÍCULO 22°.- TERMINACIONSu función concluye con la publicación del cuadro de mérito de ingreso de lospostulantes a las EE FF -PNP.

ARTÍCULO 23°.- CONFORMACIONEstá conformado por:

• PRESIDENTE Director de la Escuela de Formación- PNP

• VOCALES cinco (5) Oficiales SuperioresIncluyendo uno (01) de la lnspectoríarespectiva de la jurisdicción de la Escuela de Formación PNP.

• APOYO ESPECIALIZADO un (1) Oficial Policía, y uno (1) deServicios.

• SECRETARIO Un (1) Oficial Superior u Oficial delSistema de Educación Policial.

ARTÍCULO 24°. CONFORMACION ALTERNATIVAEn caso de no contarse con el personal PNP suficiente para conformar el comité deadmisión, el director de la escuela de formación, previa autorización de la DIREDUD,completará la conformación del comité de admisión.

ARTICULO 25° NOMBRAMIENTO DE JUNTASEl Presidente del Comité de Admisión nombra entre sus Vocales a los Presidentes delas Juntas encargadas de los exámenes requeridos y no otorga certificados niconstancias de los resultados, éstos son definitivos.

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ARTÍCULO 26°.- INSCRIPCION DE POSTULANTESLa inscripción de los postulantes al proceso de admisión a las EE FF - PNP en lassedes de las Direcciones Territoriales de Policía autorizadas, se realizará por personalde dicha dependencia policial.

ARTÍCULO 27°.- APOYOLos directores de las EE FF - PNP solicitarán obligatoriamente el apoyo técnico de lasDirecciones Especializadas del Instituto, Poder Judicial, Consejo Supremo de JusticiaMilitar, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Instituto NacionalPenitenciario y otros organismos del Estado a fin de garantizar la obtención oportuna yfidedigna de los antecedentes policiales, penales, judiciales y otros de los postulantes.

CAPITULO V

DE LOS COMITÉ ESPECIALIZADOS

ARTÍCULO 28°.- NOMBRAMIENTOSon nombrados por resolución directora! de la Dirección de Educación y Doctrinateniendo en consideración el legajo personal de sus integrantes, figurando en la mismacomo "Apoyo Especializado".

ARTICULO 29°.- MIEMBROS DE LOS COMITES ESPECIALIZADOSSon equipos de profesionales integrados por Oficiales Policías y de Servicios PNP concapacitación y experiencia debidamente acreditada de conformidad a su legajopersonal, en aplicación de instrumentos de evaluación, para el planeamiento yejecución de los exámenes: médico, de aptitud física, psicométrico, aptitud académica,conocimientos y entrevista personal.

ARTÍCULO 30°.- DEPENDENCIALos miembros de los comités especializados forman parte de la comisión central y loscomités de admisión:

TITULO 111

PROCESO DE ADMISIÓN

CAPITULO 1

GENERALIDADES

ARTICULO 31°.- VACANTESEl ingreso a las EE FF - PNP se efectúa por concurso de méritos, de acuerdo a lasvacantes establecidas por resolución directora! expedida por la Dirección General della Policía Nacional del Perú, a propuesta de la DIREDUD, conforme al presupuestocorrespondiente.:.

ARTICULO 32°.- CONVOCATORIALa convocatoria para el proceso de admisión, es realizada mediante resolución de laDirección de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú.

ARTÍCULO 33°.- DISTRIBUCION DE VACANTESLa distribución de vacantes por modalidades para el proceso de admisión, es realizadapor el Director de Educación y Doctrina PNP, mediante la resolución directora!correspondiente y establece los beneficios en cada modalidad. Las vacantes nocubiertas en las diferentes modalidades y beneficios otorgados por ley, incrementaranla modalidad regular

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ARTÍCULO 34°.- PROCESOS DIFERENCIADOSLas modalidades de admisión son procesos diferenciados por los cuales seseleccionan a los postulantes que reúnen los requisitos establecidos para el ingreso ala PNP.

ARTÍCULO 35°.- REQUISITOS

Los requisitos generales para el proceso de admisión a las EEFF-PNP son lossiguientes:

ESCUELA DE OFICIALES:a. Ser peruano de nacimiento.b. Talla minima:

• Varones: 1.67 m.

• Damas: 1.60 m.c. Tener peso de acuerdo con la estructura (según tabla del prospecto).d. Estado Civil Soltero(a) sin hijos.e. No registrar antecedentes policiales, penales, judiciales ni del Consejo de JusticiaMilitarf. No estar sometido a procesos judiciales en el fuero común o militar, ni condenadocon pena alguna.g. No haber sido separado(a), ni expulsado(a) de ningún centro de educaciónsecundaria, centro de educación superior, o dado de baja por medida disciplinaria odeficiencia psicofísica de alguna de las escuelas de formación de las FuerzasArmadas y Policía Nacional del Perú.h. Gozar de buena salud física y mental.

ESCUELA TECNICO SUPERIORES:a. Ser peruano de nacimiento.b. Talla mínima:

• Varones: 1.65 m.

• Damas: 1.58 mc. Tener peso de acuerdo con la estructura (según tabla del prospecto).d. Estado Civil Soltero(a) sin hijos.e. No registrar antecedentes policiales, penales, judiciales ni del Consejo de JusticiaMilitar.f. No estar sometido a procesos judiciales en el fuero común o militar, ni condenadocon pena alguna.g. No haber sido separado(a), ni expulsado(a) de ningún centro de educaciónsecundaria, centro de educación superior, o dado de baja por medida disciplinaria odeficiencia psicofísica de alguna de las escuelas de formación de las FuerzasArmadas y Policía Nacional del Perú.h. Gozar de buena salud física y mental.

Los requisitos específicos correspondientes a las diferentes modalidades de admisiónpara las Escuelas Técnicos Superiores serán determinados mediante resoluciónexpedida por la Dirección de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú.

Tanto los requisitos generales como específicos, serán difundidos mediante elProspecto de Admisión, Boletines informativos, Pág. WEB: www.pnp.gob.pe ya través de medios de comunicación a nivel nacional.

Los requisitos se acreditan con la presentación de los documentos exigidos en elProspecto de Admisión, debiendo ser originales. Tendrán vigencia dentro de losnoventa (90) días naturales de la fecha de expedición.

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Los documentos que por su naturaleza deben ser presentados en copia fotostáticaserán legalizados por Notario Público, Juez de Paz o Fedatario de la Policía Nacionaldel Perú según sea el caso.

ARTÍCULO 36°.- EXIGENCIAS DE LAS MODALIDADES DE ADMISIONComprende las siguientes exigencias:

a. Que la salud, condiciones físicas y psicológicas del postulante seancompatibles con el régimen interno de la Escuela para el ejercicio de la funciónde policía.

b. Que la preparación y conocimientos logrados en el proceso de aprendizaje enel Centro de Preparación de la Policía Nacional del Perú - CEPREPOL,institutos superiores y universidades, contribuyan a participar con éxito,logrando los estándares exigibles para los ingresantes en las EE FF - PNP.

c. Vocación para el servicio policial.

CAPITULO 11

DE LA ORGANIZACIÓN DEL PROCESO DE ADMISIÓN

ARTÍCULO 37°.- PLANEAMIENTOEl planeamiento del proceso de admisión, se realiza durante el primer trimestre decada año, emitiendo la oficina central de admisión la Directiva Anual.

ARTÍCULO 38°.- ETAPAS DEL DESARROLLOEl proceso de admisión se desarrolla siguiendo el cronograma que para tal fin elaborala oficina central de admisión de conformidad a la convocatoria dispuesta por laDirección de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú.

Comprende las siguientes etapas:

a. Promoción, difusión, y venta de prospectos de admisión.b. Inscripción y calificación de documentos.c. Examen médicod. Examen de aptitud físicae. Examen psicométricof. Examen de aptitud académicag. Examen de conocimientos.h. Examen de entrevista personali. Elaboración y publicación del cuadro de mérito final

ARTÍCULO 39°.- CARÁCTER DE LOS EXAMENESLos exámenes comprendidos en los literales c, d, e, f, g, h; son de carácter eliminatorio, definitivo e inimpugnable.'

ARTICULO 40º.- REQUISITOS DE INGRESO POR MODALIDADPara ingresar a las EE FF - PNP se requiere aprobar todos los exámenes exigidos, alcanzar vacante por modalidad, en estricto orden de mérito.

ARTICULO 41°.- CONDICIONALSe podrá convocar en el mes de diciembre a los estudiantes que cursan el quinto añode educación secundaria para que postulen, con el requisito de presentar el últimocertificado de estudios aprobado antes de rendir el examen de aptitud académica,caso contrario quedarán eliminados.

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CAPITULO 111

DE LA PROMOCIÓN, DIFUSIÓN Y VENTA DE PROSPECTOS DE ADMISIÓN

ARTICULO 42°.- PROMOCION, DIFUSION Y VENTALa oficina central de admisión, la comisión central y los comités de admisión serán losencargados de promocionar, difundir y de la venta de prospectos en los procesos deadmisión de las EE FF - PNP, para cuyo propósito, la DIREDUD proveerá losrecursos económicos necesarios.

ARTÍCULO 43°.- COMPETENCIALa oficina central de admisión, la comisión central, y los comités de admisión, conconocimiento y autorización de la DIREDUD podrán gestionar el apoyo de institucionespúblicas y/o privadas que auspicien campañas de promoción y difusión sin costoalguno para el Estado, formulando el informe sustentado al termino del proceso.

CAPITULO IV

DE LA CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS E INSCRIPCIÓN DE POSTULANTES

ARTÍCULO 44°.- CALIFICACION E INSCRIPCIONEl comité de admisión de cada EE FF - PNP creará la oficina de inscripción a cargo dedicho proceso, el mismo que se inicia con la venta del prospecto y expediente deinscripción, hasta la entrega del carné de postulante, elevando un informe al términode la etapa, bajo responsabilidad.

TITULO IV

EXAMENES DE ADMISION

CAPITULO 1

DE LAS MODALIDADES

ARTÍCULO 45°.- MODALIDADES DE INGRESOExisten las siguientes modalidades de ingreso a las EE FF - PNP.

a. ESCUELAS DE OFICIALES PNP

1. MODALIDAD REGULAR

Los que han culminado sus estudios secundarios, recibirán instrucción durante un período de diez (1O) semestres académicos o cinco (5) años.

2. MODALIDAD BACHILLERES O TITULADOS UNIVERSITARIOS

Los bachilleres o titulados universitarios, recibirán instrucción durante un período de cuatro (4) semestres académicos o dos (2) años.

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3. MODALIDAD ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS

Los estudiantes universitarios de sexto ciclo o tercer año aprobados,recibirán instrucción durante un período de seis (6) ciclos académicos o tres(3) años.

4. MODALIDAD CEPREPOL

Los estudiantes del CEPREPOL accederán al 30% de las vacantesdeterminadas en las correspondientes EE FF - PNP, en estricto Orden deMerito; recibirán instrucción durante un período de diez (10) semestresacadémicos o cinco (5) años.

b. ESCUELAS TECNICO SUPERIORES PNP

1. MODALIDAD REGULAR

Los que culminen sus estudios secundarios, recibirán instrucción duranteun período de seis (6) semestres académicos o tres (3) años.

2. MODALIDAD CON TITULO DE INSTITUTO SUPERIOR A NOMBRE DE LA NACIÓN

Los titulados de institutos superiores con estudios mínimos de seis (06)semestres académicos, recibirán formación de dos (2) semestresacadémicos o un (1) año.

3. MODALIDAD ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS O DE INSTITUTOSUPERIOR

Los estudiantes universitarios, de institutos superiores o escuelassuperiores tecnológicas o pedagógicas con estudios inferiores a los seis (6)semestres o tres (3) años aprobados, recibirán instrucción durante un (1)año y medio.

4. MODALIDAD CEPREPOL

Los estudiantes del CEPREPOL accederán al 30% de las vacantesdeterminadas en las correspondientes EE FF - PNP, en estricto Orden deMerito; recibirán instrucción durante un período de seis (6) semestresacadémicos o tres (3) años.

CAPITULO 11

DEL DESARROLLO Y DE LOS BENEFICIOS

ARTÍCULO 46°.- LUGAR DE LOS EXAMENESLos exámenes se desarrollarán de acuerdo al calendario programado en las Escuelasde Formación respectivas, salvo necesidad imperiosa por no contar con infraestructuray equipos apropiados, adoptando las medidas de seguridad.

ARTÍCULO 47°.- IRRECUSABILIDAD DE LOS EXAMENESLos resultados de los exámenes del concurso de admisión a las Escuelas deFormación de la PNP son definitivos, eliminatorios e inimpugnables.

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ARTICULO 48°.- CONDICIONALIÓÁD DEL CERTIFICADO DE ESTUDIOSLos postulantes que hayan culminado recién el quinto año de secundaria y porrazones ajenas a su voluntad no presenten al momento de la inscripción loscertificados de estudios correspondientes, tendrán como plazo máximo depresentación un día antes de la fecha programada del examen de conocimientos,caso contrario serán eliminados del concurso de admisión y se les entregará deinmediato los documentos que hayan presentado.

ARTICULO 49°.- BENEFICIARIOS DE LA LEY Nº 23733Los postulantes que hayan ocupado los dos primeros puestos en los centroseducativos de nivel secundaria, beneficiarios de la Ley Universitaria Nº 23733,inscritos en el concurso de admisión, serán exonerados únicamente del examen deconocimientos. Este beneficio será válido hasta dos años consecutivos de haberculminado sus estudios.

ARTÍCULO 50°.- OTROS BENEFICIARIOS DE LA LEY Nº 23733Los postulantes titulados o graduados en otros centros educativos de nivel superior yquienes hayan aprobado en dichos centros de educación por lo menos dos períodoslectivos semestrales o uno anual o 36 (treinta y seis) créditos;" serán exoneradosúnicamente del examen de conocimientos.

ARTICULO 51°.- UBICACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS DE LA LEY Nº 23733Al confeccionar el cuadro de notas de los exámenes de aptitud académica y deconocimientos, se tendrá en cuenta a los beneficiarios de la Ley Universitaria,ubicándolos al final de los postulantes aprobados en estas evaluaciones que hayanalcanzado vacante de ingreso en el concurso de admisión a las EE FF - PNP.

ARTICULO 52º.- BONIFICACION LEY Nº 29248Los postulantes que se encuentren cumpliendo el Servicio Militar en la modalidad de · acuartelado, obtendrán los derechos y beneficios establecidos en los numerales 12, 13 y 16 del artículo 54 de la Ley 29248 del Servicio Militar, referido a una bonificación equivalente a diez (10) puntos sobre cien (100) en la nota final, (equivalente a dos puntos); cincuenta por ciento (50%) de descuento en el monto de pago por derechosde inscripción a las EE FF - PNP; reserva anual del diez por ciento (10) de lasvacantes declaradas en las EE FF - PNP, las cuales serán cubiertas por personalmilitar que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en la normatividadlegal vigente que regulan los proceso de admisión.Los postulantes licenciados del Servicio Militar Acuartelado, obtendrán los beneficiosestablecidos en los literales "b" y "c" del artículo 61° de la Ley 29248 del ServicioMilitar referido a una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) de la nota final ycincuenta por ciento (50%) de descuento en el monto de pago de derechos.

ARTICULO 53°.- BONIFICACION RM Nº 1451-2006-IN/PNPLos postulantes Suboficiales y alumnos de las Escuelas Técnico Superiores - PNP,que postulen a la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, obtendrán elbeneficio Especial de otorgamiento de puntaje equivalente a dos (02) puntos sobreveinte (20), en la nota del promedio final. No podrán acogerse a este beneficio, losSuboficiales que registren en su carrera policial sanción de pase a la situación dedisponibilidad o retiro o sentencia judicial condenatoria, asimismo los alumnos que noacrediten un mínimo de dos (02) semestres académicos, de conformidad con la RMNº 1451-2006-IN/PNP del 30 de mayo de 2006.

ARTICULO 54º.- BONIFICACION LEY Nº 28036Los "Deportistas Calificados de Alto Nivel", siempre que cumplan las prescripcionesdel artículo 21º de la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte,obtendrán una bonificación, equivalente a dos (2) puntos sobre veinte (20) en la notadel promedio final a los postulantes que resulten aprobados.

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ARTICULO 55º.- BONIFICACION RM Nº 0459-2004-IN/PNPLos hijos del personal PNP con discapacidad y fallecidos en el cumplimiento del deber,podrán acogerse previa acreditación al beneficio en el proceso de admisión a las EEFF - PNP, esta modalidad no constituye un ingreso directo, para el caso de la Escuelade Oficiales se tendrá hasta diez (10) vacantes de ingreso, cuando el número total devacantes exceda de cien (100) y diez por ciento (10 %) de las vacantes de ingreso,cuando el número total de vacantes es igual o menor de cien (100) y en el caso de lasEscuelas Técnico Superiores se tendrá el diez por ciento (10%) de vacantes deingreso del número total de vacantes, de conformidad con la RM Nº 0459-2004-IN/PNP del 23 de marzo de 2004.

ARTICULO 56°.- POSTULANTES INSCRITOS EN EL CUADRO DE ORDEN DEMERITOLos postulantes inscritos en el cuadro de orden de mérito final que no hayanalcanzado vacante en el concurso de admisión a la Escuela de Oficiales PNP, tienenexpedito el derecho a incorporarse a las Escuelas Técnico Superiores PNP, previasolicitud, en los plazos fijados y sujetándose a los requisitos exigidos en el proceso deadmisión para éstas.

ARTICULO 57°.- ORDEN DE MERITO DEL CEPREPOLEl Director del CEPREPOL, remitirá en su oportunidad a la com1s1on central deadmisión la nómina de matrícula en cada proceso de admisión y posteriormente elcuadro de mérito final de los postulantes varones y damas, por separado, queconcluyeron estudios en el CEPREPOL para su debida evaluación y asignación del30% de vacantes en cada Escuela de Formación.

ARTÍCULO 58°.- SOLICITUD DE BENEFICIOSTodos los beneficios que las Leyes consagran a los postulantes, señalados en elprospecto de admisión, deberán ser requeridos a través de una solicitud, en los plazosestablecidos y adjuntando la documentación sustentatoria. Estos serán regulados porla comisión central de admisión en estricta observancia de la Constitución Política y lasleyes.

ARTÍCULO 59°.- APLICACIÓN DE BENEFICIOSLos postulantes podrán acceder a un solo beneficio o bonificación en la modalidadregular, y por ningún motivo accederán a beneficio o bonificación en las otrasmodalidades.

CAPITULO 111

DEL EXAMEN MÉDICO

ARTICULO 60°.- OBJETIVOEsta orientada a verificar el estado de salud física y mental del postulante, partiendodel perfil médico y psicológico que deben caracterizar al futuro cadete o alumno PNP.

ARTICULO 61°.- FASES DEL EXAMEN MEDICOEstá a cargo de la Dirección de Salud PNP, consta de tres (03) fases: la primera,consistente en el examen de laboratorio (serología y radiología), la segundacomprenderá el examen médico (clínico, traumatología, oftalmología, cardiología,otorrino, odontología) y la tercera será el examen de salud mental orientada a explorarindicadores psicopatológicos y de equilibrio psicológico del postulante que garantice suadaptación a las exigencias propias del régimen académico policial. Los resultados deestos exámenes son de carácter reservado.

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ARTICULO 62°.- LUGARES DE LOS EXAMENES MEDICOSSe realizará en los hospitales, policlínicas y centros de reconocimiento de la Direcciónde Salud PNP; en caso sea necesario se realizará en otras instituciones de saludpúblicas o privadas debidamente acreditadas.

ARTICULO 63°.- RESULTADO DE LOS EXAMENES MEDICOSPara establecer el estado físico y mental del postulante, los médicos encargados delexamen anotarán en forma clara y precisa las deficiencias físicas o psicológicasdetectadas en el examinado. Su resultado es definitivo e inimpugnable, no tendránvalor contra éste, los certificados médicos presentados por los postulantes o susfamiliares, pertenecientes a instituciones ajenas.

ARTICULO 64°.- CAUSALES DE ELIMINACION DEL EXAMEN MEDICOLas causales de eliminación del examen médico, deberán estar contempladasdetalladamente en el Reglamento de Aptitud Psicosomática de la PNP y el Plan deAcción de la División de Reconocimiento Médico de la DIRSAL PNP.

CAPITULO IV

DEL EXAMEN DE APTITUD FÍSICA

ARTICULO 65°.- OBJETOTiene por objeto determinar si el postulante tiene la capacidad física necesaria, que leadoptando a cumplir las exigencias requeridas durante el proceso de formación yposteriormente en el desempeño de la función policial.

ARTÍCULO 66°.- LUGARSe realiza en las EE FF - PNP respectivas, o locales de la comunidad, tomando lasmedidas de seguridad del caso.

ARTÍCULO 67°.- EVALUACIONLa junta del examen de aptitud física efectuará las calificaciones conforme a las tablasde evaluación (marcas, tiempos y notas) difundidas en los prospectos de admisión,podrán contar con el apoyo de profesionales del Instituto Peruano del Deporte.

ARTÍCULO 68°.- CALIFICACIONLas pruebas de rendimiento físico aprobatorio tienen un promedio de ONCE (11.00),

. sumadas todas las notas que constituyen este examen. Sin embargo, será causal deeliminación inmediata la obtención de una nota menor a CINCO (5) en cualquiera delas pruebas.

CAPITULO V

DEL EXAMEN PSICOMETRICO

ARTICULO 69°.- OBJETOExamen orientado a medir habilidades cognitivas y rasgos básicos de personalidadacordes al perfil psicológico requerido para el postulante a las EE.FF.PNP .

ARTÍCULO 70°.- EVALUACIONEsta evaluación será cualitativa: APTO o INAPTO. Tiene carácter eliminatorio,reservado e inimpugnable.

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Esta evaluación será cualitativa: APTO o INAPTO. Tiene carácter eliminatorio,reservado e inimpugnable.

ARTÍCULO 71°.- CALIFICACIONLa elaboración, aplicación y calificación estará a cargo de una comisión especializada,bajo la supervisión de la comisión central de admisión. Se realiza en las respectivasEE FF -PNP o en locales que se determine para tal efecto en un solo acto. Sinembargo, la Dirección de Educación y Doctrina PNP mediante resolución directora! ycon sus recursos propios podrá contratar los servicios de personal especializado paraformular y administrar la citada prueba.

CAPITULO VI

DEL EXAMEN DE APTITUD ACADÉMICA

ARTICULO 72°.- 0BJETOTiene por objeto determinar si el postulante tiene las condiciones intelectuales para laformación policial y su posterior desempeño.

ARTÍCULO 73°.- ETAPAS Y LUGARLa elaboración, aplicación y calificación estará a cargo de una comisión especializada,bajo la supervisión de la comisión central de admisión. Se realiza en las respectivasEE FF - PNP o en locales que se determine para tal efecto en un solo acto.

ARTÍCULO 74°.- COMISION ESPECIALIZADALa comisión especializada responsable de la formulación de la prueba de aptitudacadémica está integrada por personal PNP especializado conforme a su legajopersonal. Sin embargo, la Dirección de Educación y Doctrina PNP mediante resolucióndirectora! y con sus recursos propios podrá contratar los servicios de personalespecializado para formular y administrar la citada prueba.

ARTICULO 75°.- CONTENIDO DE LAS PRUEBASLas pruebas a aplicarse comprenden evaluaciones de:

a. Aptitudes intelectuales, que miden el razonamiento lógico, verbal, matemático y el razonamiento crítico del postulante, así como las competencias actitudinales.

b. Destrezas y habilidades para el aprendizaje sistemático, que miden la reflexión,análisis, comparación, síntesis, raciocinio, resolución de problemas y toma dedecisiones.

ARTICULO 76°.- RESULTADO DEL EXAMEN DE APTITUD ACADEMI CAEl resultado cuantitativo del examen de aptitud académica se obtendrá de promediarlas notas de las pruebas de aptitud intelectual, destrezas y habilidades. Eseliminatorio, reservado e inimpugnable y sólo continuarán en el proceso de admisiónlos postulantes que obtengan la nota aprobatoria de once (11.00) o mayor de (11.00).

CAPITULO VII

DEL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS

ARTICULO 77°.- OBJETOTiene por objeto determinar si el postulante posee los conocimientos básicos que sonrequeridos para iniciar con éxito sus estudios profesionales en las EE FF - PNP.

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ARTÍCULO 78°.- COMISION ESPECIALIZADALa comisión especializada responsable de la formulación de la prueba deconocimientos, está integrada por personal PNP especializado conforme a su legajopersonal. Sin embargo, la Dirección de Educación y Doctrina PNP mediante resolucióndirectora! y con sus recursos propios podrá contratar los servicios de personalespecializado para formular y administrar la citada prueba.

ARTICULO 79°.- CONTENIDOComprende las siguientes asignaturas:

a. Matemáticas (Aritmética, Álgebra, Geometría y Trigonometría).b. Lenguaje y Literatura.c. Historia del Perú en el Proceso Americano y Mundial.d. Geografía del Perú y del Mundo.e. Educación Cívica, Constitución Política y Derechos Humanos.f. Psicología y Lógica.g. Ciencias Naturales: Física-Química, Botánica, Zoología, Anatomía y Ecología.

Los porcentajes para cada asignatura se encuentran establecidos en la Directiva correspon'diente.

ARTÍCULO 80°.- CALIFICACIONLa calificación es vigesimal y la nota aprobatoria mínima es once ( 11.00) o mayor de (11.00) y tiene carácter eliminatorio e inimpugnable.

CAPITULO VIII

DEL EXAMEN DE ENTREVISTA PERSONAL

ARTICULO 81°.- OBJETOEs la apreciación individual del postulante orientada a la formación de un conceptointegral sobre su educación, cultura, sistema de vida, dominio de sí mismo, origen desu vocación por la carrera policial y otras cualidades necesarias que debe reunir elfuturo cadete o alumno de la EE FF - PNP

ARTÍCULO 82°.- COMISIONEstará a cargo de una comisión, integrada por la respectiva comisión de admisión de cada escuela.

ARTÍCULO 83°.- CALIFICACIONPara fines de calificación en el resultado del examen, se debe aplicar únicamente las notas 11, 12 ó 13, siendo eliminatoria la nota menor a once (11).

CAPITULO IX

DEL CUADRO DE ORDEN DE MERITO

ARTICULO 84°.- OBJETOEs el documento donde se registra el promedio final de notas obtenidas por los postulantes, en orden de mayor a menor puntaje.

ARTÍCULO 85°.- COEFICIENTESResulta de promediar las notas obtenidas en los exámenes según la modalidad previaaprobación del examen médico y psicométrico, siendo la nota aprobatoria once (11.00)en la escala vigesimal y se obtiene con los siguientes coeficientes:

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a. Modalidad Regular:

1. Aptitud Física2. Aptitud Académica3. Conocimientos4. Entrevista Personal

2.04.03.01.0

b. Modalidad Bachilleres Universitarios, Estudiantes Universitarios,Titulados de InstitutosInstituto Superior.

Superiores, Estudiantes Universitarios o de

1. Aptitud Física2. Aptitud Académica3. Conocimientos4. Entrevista Personal

2.07.0

no requiere1.0

c. Modalidad CEPREPOL.

1. Aptitud Física2. Aptitud Académica3. Conocimientos4. Entrevista Personal

norequiere

norequiere

norequiere

10

En ningún caso se promediaran notas desaprobatorias, en razón a que éstas soncausales de eliminación del postulante.

CAPITULO X

DE LAS OTRAS CAUSALES DE ELIMINACION

ARTICULO 86°.- CAUSALESEl postulante, además de ser eliminados por haber sido declarado INAPTO y/o habersido desaprobado en alguno de los exámenes durante el proceso de admisión, seráneliminados por las siguientes causales:

a. Suministrar información falsa o adulteración de los documentos exigidos antes,durante y después del proceso de admisión, sin perjuicio de denunciarse elhecho a las autoridades competentes por el presunto delito cometido.

b. Pretender hacerlo o valerse de influencias o recomendaciones para obtenerventaja en los exámenes o en la calificación, incluyendo pagos o promesas depago y otros actos ilícitos; sin perjuicio de las responsabilidades que se derivende este hecho.

c. No presentarse a alguna de las pruebas en la hora y día indicados en elcalendario de exámenes.

d. No acreditar su identidad con el carné de postulante en cada una de laspruebas.

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e. Cometer fraude o intento de éste, durante el desarrollo de los exámenes, almargen de las responsabilidades consiguientes.

f. No presentarse correctamente vestido a los exámenes y actividadesprogramadas o hacerlo en estado inecuánime.

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g. Estar implicado en actos delictivos, indisciplina u otros hechos reñidos con lamoral y las buenas costumbres.

h. Los desaprobados o inaptos durante el proceso de admisión no podrán volver apostular en el mismo proceso a nivel nacional.

i. Haber sido expulsado de una institución educativa o separado definitivamentede una universidad, instituto superior, escuela de las Fuerzas Armadas oPolicía Nacional por mala conducta o medida disciplinaria.

j. Ocasionar y/o participar en riñas o pugilatos entre postulantes durante el proceso de admisión; en el interior o exterior de las sedes de exámenes.

k. Adeudar al Estado o PNP por motivo de haber sido cadete o alumno (a) de lasEscuelas de Formación, por separación voluntaria

TITULO V

DISPOSICIONES FINALES

PrimeraLa convocatoria a las diferentes modalidades de ingreso a las EE FF - PNP y lasvacantes será autorizada en la resolución directora! que emitirá la DGPNP, de acuerdoa las necesidades del Instituto, infraestructura académica y otros recursos disponibles.

SegundaLa distribución de las vacantes por modalidades a nivel nacional estará a cargo de laDIREDUD PNP.

TerceraEn ningún caso proceden los recursos administrativos contra los resultados referidosal proceso de admisión materia del presente reglamento.

CuartaLa comisión central recepcionará, por separado, el material de evaluación y las tarjetasde respuestas, las que una vez procesadas, serán incineradas por la comisiónnombrada para tal fin, formulándose el acta correspondiente.

QuintaLos Postulantes de la modalidad de ingreso del Centro de preparación de la PolicíaNacional del Perú - CEPREPOL que alcancen el 30% de las vacantes en estrictoorden de mérito, que le otorga la PNP para esta modalidad, están exonerados de losexámenes de esfuerzo físico, aptitud académica, conocimientos y tendrán elcoeficiente 1O en el examen de Entrevista Personal.

SextaEstán autorizados y facultados los Directores de las Escuelas de Formación de laPolicía Nacional del Perú, para que en representación del Estado, suscriban loscontratos que se celebren en el marco de la Ley 28338, a ser cumplidos por cadetes yalumnos PNP durante su etapa de formación.

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SéptimaLos postulantes que hayan alcanzado vacante en el cuadro de méritos final en laEscuela de Formación de la Policía Nacional del Perú, deberán someterse al examentoxicológico de drogas ilícitas, asumiendo el costo respectivo en la entidad autorizadapor convenio, en caso que el resultado sea positivo perderá la vacante.

OctavaLa Dirección de Educación y Doctrina - DIREDUD-PNP, autorizará y facultará a losDirectores de las Escuelas Técnicas Superiores de la Policía Nacional del Perú aflexibilizar los requisitos de peso y talla, a los postulantes que acrediten su origen yresidencia permanente en las comunidades nativas ubicadas en la jurisdicción de laETS-PNP a la que postulan, previo estudio y evaluación del postulante. La Directivacorrespondiente establecerá los lineamientos para su ejecución.