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57 13.- ÁREAS DE REPARTO Y APROVECHAMIENTO TIPO 13.1 Justificación y alcance El Planeamiento General ordena de manera integral el territorio municipal atendiendo a los intereses generales de la población, sin embargo, dicha ordenación urbana conlleva la producción de inevitables desigualdades en la distribución de los beneficios y cargas que se derivan de la misma, al atribuirse diferentes usos, intensidades de usos, tipologías edificatorias, etc. a las distintas zonas del territorio. El reconocimiento de esta realidad y su pretensión de eliminar los efectos no equidistributivos es uno de los objetivos de la legislación española de los últimos tiempos. Así, ya desde la Ley del Suelo de 1956, la distribución equitativa se refería a los denominados polígonos; posteriormente en la Ley del Suelo de 1976, la equidistribución se extendió a ámbitos mayores que abarcaban la categoría del suelo urbanizable programado en cada cuatrienio de los Planes Generales, con excepciones, y a cada sector del suelo apto para urbanizar de las Normas Subsidiarias. Para ello se había creado la técnica del aprovechamiento medio, que servía de base para establecer en la Ley del 76 el porcentaje de aprovechamiento urbanístico que correspondía a los propietarios de suelo (90%) y a la Administración actuante (10%) de la totalidad creada concretada por el planeamiento urbanístico. Posteriormente, la Ley del Suelo de 1990 extendió la técnica del aprovechamiento medio utilizada en la Ley del 76 para el suelo urbanizable programado, al suelo urbano en determinados casos. Por último, en el Texto Refundido de la Ley del Suelo de 26 de junio de1992, la homogeneización de los aprovechamientos urbanísticos establecidos por el planeamiento general se realiza en ámbitos territoriales denominados áreas de reparto, cuya intensidad de usos lucrativos homogeneizados se denominó aprovechamiento tipo. El área de reparto se convirtió así en el ámbito territorial dentro del cual, entre los propietarios del suelo y la Administración, se repartían los aprovechamientos urbanísticos lucrativos existentes en la realidad fáctica o potenciales en el planeamiento. El aprovechamiento tipo sirvió de base para definir el derecho al aprovechamiento que, de manera proporcional, corresponde a cada propietario en función de la superficie de su suelo y es de aplicación en cada una de las áreas delimitadas al efecto, las áreas de reparto. Ha de señalarse que con las áreas de reparto, si bien no se realiza un verdadero reparto de beneficios y cargas, ya que esta labor se pospone a la fase de la ejecución material del planeamiento) en cambio, sí se realiza una primera aproximación al principio de igualdad, sin la cual no se podría llevar a cabo aquél.

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13.- ÁREAS DE REPARTO Y APROVECHAMIENTO TIPO 13.1 Justificación y alcance El Planeamiento General ordena de manera integral el territorio municipal atendiendo a los intereses generales de la población, sin embargo, dicha ordenación urbana conlleva la producción de inevitables desigualdades en la distribución de los beneficios y cargas que se derivan de la misma, al atribuirse diferentes usos, intensidades de usos, tipologías edificatorias, etc. a las distintas zonas del territorio. El reconocimiento de esta realidad y su pretensión de eliminar los efectos no equidistributivos es uno de los objetivos de la legislación española de los últimos tiempos. Así, ya desde la Ley del Suelo de 1956, la distribución equitativa se refería a los denominados polígonos; posteriormente en la Ley del Suelo de 1976, la equidistribución se extendió a ámbitos mayores que abarcaban la categoría del suelo urbanizable programado en cada cuatrienio de los Planes Generales, con excepciones, y a cada sector del suelo apto para urbanizar de las Normas Subsidiarias. Para ello se había creado la técnica del aprovechamiento medio, que servía de base para establecer en la Ley del 76 el porcentaje de aprovechamiento urbanístico que correspondía a los propietarios de suelo (90%) y a la Administración actuante (10%) de la totalidad creada concretada por el planeamiento urbanístico. Posteriormente, la Ley del Suelo de 1990 extendió la técnica del aprovechamiento medio utilizada en la Ley del 76 para el suelo urbanizable programado, al suelo urbano en determinados casos. Por último, en el Texto Refundido de la Ley del Suelo de 26 de junio de1992, la homogeneización de los aprovechamientos urbanísticos establecidos por el planeamiento general se realiza en ámbitos territoriales denominados áreas de reparto, cuya intensidad de usos lucrativos homogeneizados se denominó aprovechamiento tipo. El área de reparto se convirtió así en el ámbito territorial dentro del cual, entre los propietarios del suelo y la Administración, se repartían los aprovechamientos urbanísticos lucrativos existentes en la realidad fáctica o potenciales en el planeamiento. El aprovechamiento tipo sirvió de base para definir el derecho al aprovechamiento que, de manera proporcional, corresponde a cada propietario en función de la superficie de su suelo y es de aplicación en cada una de las áreas delimitadas al efecto, las áreas de reparto. Ha de señalarse que con las áreas de reparto, si bien no se realiza un verdadero reparto de beneficios y cargas, ya que esta labor se pospone a la fase de la ejecución material del planeamiento) en cambio, sí se realiza una primera aproximación al principio de igualdad, sin la cual no se podría llevar a cabo aquél.

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El objetivo de las áreas de reparto es por tanto fijar el aprovechamiento medio (la LOUA vuelve a retomar la antigua terminología del TRLS-76) que va a servir de base para concretar el derecho edificable (aprovechamiento subjetivo) de los propietarios incluidos en las mismas. En definitiva, tienen como objetivo el cálculo y fijación del aprovechamiento medio correspondiente que sirva de base para la determinación del derecho edificable corresponde a los propietarios incluidos en las mismas y a la administración actuante por su participación en las plusvalías reales o potenciales creadas por la acción urbanística de planeamiento. Desde estas consideraciones, el establecimiento de las áreas de reparto, la fijación de los aprovechamientos medios es determinaciones de especial trascendencia, porque de su acierto va a depender tanto la viabilidad como la igualdad del orden urbanístico establecido por el Plan General. La viabilidad del Plan, porque el Aprovechamiento Medio debe contribuir a posibilitar la ejecución del mismo (y por tanto, a la materialización de los fines públicos que toda ordenación debe contener) mediante el reconocimiento de una rentabilidad que puede patrimonializar el propietario o en su caso, agente urbanizador, por su incorporación al proceso urbanizador. La igualdad del orden urbanístico implantado por el planeamiento general también depende de las determinaciones relativas a la delimitación de áreas de reparto y definición de aprovechamientos medios, porque sobre la base de ellos se debe procurar la solidaridad generalizadas y global de beneficios y cargas, y no reducida sólo a pequeños ámbitos de ordenación, y permite, finalmente, establecer el derecho de la Administración a la recuperación de plusvalías. Por tanto, se puede decir que de las principales determinaciones que debe contener todo Plan General de Ordenación Urbanística son, de una parte la delimitación de las áreas de reparto de cargas y beneficios y, de otra, la fijación de los aprovechamientos medios de cada una de ellas, constituyendo el primer paso para la asegurar el cumplimiento de los principios de solidaridad urbanística y de recuperación de plusvalías para la comunidad como consecuencia de la ordenación y la ejecución del planeamiento.. 13.2 Regulación vigente. Cambios respecto a la anterior. La LOUA regula tales figuras en dos Títulos diferentes, el I (Ordenación Urbanística) y el II (el Régimen Urbanístico del Suelo). En el artículo 58 de la LOUA se regula de forma específica las Áreas de Reparto. Así dispone el artículo 58.1 y 2:

“1. El Plan General de Ordenación Urbanística y, en lo que proceda, el Plan de Ordenación Intermunicipal delimitarán:

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a) Para la totalidad del suelo urbanizable sectorizado y ordenado, una o varias áreas de reparto, comprensivas de sectores completos y délos sistemas generales incluidos o adscritos a los mismos. La delimitación por un Plan de Sectorización de uno o varios sectores en suelo urbanizable no sectorizado comportará, con arreglo a idéntico criterio, la del área o áreas de reparto que correspondan.

b) Para la totalidad del suelo urbano no consolidado, una o varias áreas de reparto, pudiendo incluir o, en su caso, adscribir a ellas terrenos destinados a sistemas generales.

2. Por excepción a lo dispuesto en la letra b) del apartado anterior, el Plan General de Ordenación Urbanística o, en su caso, el Plan de Ordenación Intermunicipal podrán excluir de las áreas de reparto los terrenos a que se refiere el artículo 45.2.B) b), siempre que en ellos la actividad de ejecución no deba producirse en el contexto de unidades de ejecución. En este caso, el diez por ciento de participación del municipio en las plusvalías se aplicará sobre el aprovechamiento objetivo.

Respecto de la legislación anterior, a la luz de la cual se redactó el Documento de la Revisión del PGOU aprobado inicialmente, diversas novedades ha incorporado la ley andaluza, que han sido tenidas en cuenta en la nueva propuesta de delimitación de áreas de reparto que el presente documento contiene:

• En primer lugar, están legitimados para establecer la delimitación de las áreas de reparto todos los instrumentos de planeamiento general, es decir, tanto el PGOU, como el Plan Intermunicipal de Ordenación y el Plan de Sectorización.

• En lo que se refiere al carácter de estas determinaciones dentro de cada figura de planeamiento, no se uniforme. En unos casos tienen la consideración de determinación estructural y, en otra, perteneciente a la ordenación pormenorizada. Así, en el suelo urbanizable, la delimitación de las áreas de reparto y fijación del aprovechamiento medio es imperativa, tiene carácter estructural (Art. 10.1 A f)); en el suelo urbano no consolidado, ordenado o no, también es obligado la delimitación de áreas de reparto, pero pertenece la categoría de ordenación pormenorizada (Art. 10.2. A b)). El carácter de determinación preceptiva no significa que necesariamente el Plan General deba establecer Áreas de Reparto en suelo urbano no consolidado, sino que en caso que estime necesario definirlas, es una determinación que corresponde establecerla al planeamiento general y no al de desarrollo.

• La LOUA no requiere que se delimiten Áreas de Reparto y se fijen los aprovechamientos medios en suelo urbano consolidado.

• Por tanto, sólo pueden delimitarse áreas de reparto en suelo urbanizable (obligatorio) y en suelo urbano no consolidado (potestativo).

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• Igualmente, en el suelo urbano no consolidado pueden excluirse de su adscripción a áreas de reparto a terrenos en los que no se prevea la delimitación de unidades de ejecución. O dicho de otra forma, los terrenos de suelo urbano no consolidados incluidos en unidades de ejecución deben adscribirse a alguna área de reparto, pero no es obligatorio para los no incluidos en unidades de ejecución.

Por su parte, en el Régimen Urbanístico del Suelo (Título II de la LOUA) se encuentran las disposiciones relativas a las áreas de reparto y Aprovechamiento, del que se extraen las siguientes premisas para las diferentes clases de suelo: * Suelo Urbano No Consolidado

En principio, la totalidad del suelo urbano no consolidado puede estar incluido en una o varias áreas de reparto, en las que pueden quedar incluidos los sistemas generales que cuenten con esta clasificación o bien que queden adscritos a la misma. En el caso de que los terrenos de Sistemas Generales tengan clasificación de urbano, quedarán incluidos en las Áreas de Reparto de Suelo Urbano No Consolidado. Se puede excepcionar una parte del suelo urbano no consolidado de su inclusión o adscripción en áreas de reparto. Esta posibilidad viene contemplada en el artículo 58.2, en el que se determina que el Plan General puede excluir de las áreas de reparto los terrenos del Suelo Urbano No Consolidado que no queden incluidos en Unidades de Ejecución. En dicho caso, dispone el párrafo segundo de este precepto, que el diez por ciento de participación del Municipio en las plusvalías se aplicará al aprovechamiento objetivo. Esta determinación imposibilita la aplicación de las Transferencias de Aprovechamientos Urbanísticos, siendo el aprovechamiento objetivo el que sirve de referencia para aplicar el 90%, no el aprovechamiento medio, y no existe más deber que el de cesión del 10%; en estos casos, las relaciones se producen exclusivamente entre el propietario de una parcela y la Administración, sin que exista una comunidad más amplia de interesados, que de origen a la generación de excesos y defectos de aprovechamiento. En el suelo urbano no consolidado, la delimitación del Área de Reparto realizada en el planeamiento general, puede ajustarse por los planeamientos de desarrollo (Plan Especial o Plan Parcial), excluyendo de ella los terrenos para los que estas figuras de desarrollo mantengan condicione de edificaciones existentes (Art. 58.3 LOUA).

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* Suelo Urbanizable

En la legislación urbanística anterior, en el Suelo Urbanizable Programado únicamente existían dos Áreas de Reparto compuesta cada una de ellas por los sectores cuyo planeamiento parcial debía aprobarse en un mismo cuatrienio además de los sistemas generales adscritos o incluidos en aquellos para su gestión.

La regulación de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía en materia de áreas de reparto en el suelo urbanizable ha incorporado importantes novedades. Así, de la regulación del Art. 58 de la LOUA se deduce:

a) Respecto al suelo urbanizable con delimitación de sectorizado:

1. Que el Plan General de Ordenación Urbanística puede en un

suelo urbanizable sectorizado delimitar una o varias áreas de reparto. A diferencia del régimen anterior, en el que el suelo urbanizable programado se delimitaban dos áreas de reparto, una para los sectores del I Cuatrienio y otra para los sectores del II Cuatrienio, la LOUA posibilita que el Área de Reparto sea única para todo este suelo, o más de una con independencia de la adscripción de los sectores de ordenación a efectos de programación.

2. Que la diferenciación entre suelo urbanizable ordenado y suelo urbanizable sectorizado no tiene incidencia en la adscripción de áreas de reparto. De tal forma que en una misma área de reparto pueden coexistir sectores de ambas categorías (con ordenación pormenorizada o sin ordenar).

3. La única exigencia es que en el suelo urbanizable con delimitación de sectores todos los terrenos incluidos en los distintos sectores así como los Sistemas Generales adscritos al suelo urbanizable deben quedar incorporados a alguna área de reparto.

4. Ahora bien, los terrenos de un mismo sector del suelo urbanizable no pueden quedar incorporados en distintas áreas de reparto, sino que el sector completo, incluso los sistemas generales incluidos o adscritos al sector, deben pertenecer a la misma área de reparto.

5. Un único límite impone la LOUA en el Art. 60 apartado c para el caso en el que en el suelo urbanizable sectorizado u ordenado se definan más de un área de reparto de suelo urbanizable (sectorizado u ordenado) no podrán ser superiores al 10%. Ahora bien, este límite no es absoluto, pues posibilita de forma excepcional y justificada que la diferencia sea superior a ese 10% motivado en razón de los usos previstos o de las propias características de las áreas que aconsejen un tratamiento diferenciado. La LOUA se remite a desarrollo

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reglamentario para que se module la diferencia de aprovechamientos de las distintas áreas en estos casos.

b) Respecto al Suelo Urbanizable No Sectorizado

El Plan de Sectorización puede delimitar una o varias Áreas de reparto. Si delimita un solo sector, el Área de reparto será única, si decide dividir el ámbito territorial en varios Sectores, puede delimitar una o varias Áreas de Reparto.

13.3 Determinación del Aprovechamiento Medio Tal y como se señaló anteriormente, las áreas de reparto realizan una primera distribución de las cargas y beneficios, ya que el verdadero reparto se realiza en la fase de ejecución del planeamiento, y tienen como objetivo el cálculo y fijación del aprovechamiento tipo correspondiente que sirva de base para la determinación del derecho edificable corresponde a los propietarios incluidos en las mismas y a la administración actuante por su participación en las plusvalías reales o potenciales creadas por la acción urbanística de planeamiento. Así pues se pasa a describir el procedimiento para el cálculo de aprovechamiento tipo de las áreas de reparto en suelo urbano y urbanizable, si bien con carácter previo se definen algunos conceptos:

* Aprovechamiento urbanístico

La técnica de la zonificación utilizada por el planeamiento urbanístico para conseguir la ordenación urbana conlleva la calificación de áreas del suelo por usos dominantes o característicos, homogéneos y la asignación de un aprovechamiento urbanístico para cada área homogénea de suelo calificada.

El aprovechamiento urbanístico de un terreno resulta ser el rendimiento económico, real o potencial de un terreno, constituido por el conjunto de usos urbanos que sobre él permite el planeamiento urbanístico, cuantificable en función de la intensidad (edificabilidad m²t/ms) o cantidad de usos (m²t) y que se concreta en el número de metros cuadrados edificables para ser utilizados con usos determinados. Es el contenido económico del suelo cuyo precio lo fija el mercado. La determinación del valor urbanístico del suelo se deduce multiplicando la cantidad de aprovechamiento que corresponde a ese suelo según el planeamiento urbanístico expresado en m² edificables de uso y tipología edificatoria determinados, por la repercusión (en euros) que el suelo tiene en cada metro cuadrado edificable.

Por tanto, el aprovechamiento es un concepto que estaría integrado por tres elementos: el uso, cantidad o intensidad de uso (edificabilidad) y tipología edificatoria.

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Existen, conforme la legislación urbanística, diferentes clases de aprovechamiento urbanístico que se pueden sintetizar en:

• Aprovechamiento Objetivo (A.O.): también denominado

Aprovechamiento Real, es la superficie edificable medida en metros cuadrados permitida por el presente Plan General o los instrumentos que los desarrollen, sobre un terreno conforme, al uso, tipología edificatoria y edificabilidad atribuidas al mismo. En los ámbitos en los que se delimita un área de reparto, el aprovechamiento objetivo se expresa de forma homogeneizada o ponderada, y contabiliza en unidades de aprovechamiento urbanístico referidos a un metro cuadrado de edificabilidad correspondiente al uso y tipología característico del área de reparto al que pertenezcan los terrenos.

• Aprovechamiento Medio (A.M.): es la superficie construible del uso

y tipología característicos del área de reparto correspondiente (uso dominante según la terminología del PGOU-92 que se revisa), para cada metro cuadrado de suelo en dicha área, una vez homogeneizados los distintos usos y tipologías por referencia a los característicos de cada área, a través de la asignación a cada uno de aquéllos (usos y tipologías) de coeficientes de ponderación que exprese su valoración relativa. El aprovechamiento medio se define por el presente Plan General para cada área de reparto en que se divide el suelo urbano no consolidado y urbanizable con delimitación de sectores.

• Aprovechamiento Subjetivo: es la superficie edificable, medida en

metros cuadrado del uso y tipología característicos, que expresa el contenido urbanístico lucrativo de un terreno, al que el propietario del mismo tendrá derecho mediante el cumplimiento de los deberes urbanísticos. El aprovechamiento subjetivo de los propietarios de terrenos depende de la clasificación del mismo:

• Los propietarios de terrenos clasificados como suelos

urbanizables y urbano no consolidado incluidos en áreas de reparto, tienen un aprovechamiento subjetivo equivalente al 90% del aprovechamiento medio del área de reparto en que se incluyan los terrenos.

• Los propietarios de terrenos clasificados como suelo

urbano no consolidado excluidos de los ámbitos de las áreas de reparto, tienen un aprovechamiento subjetivo equivalente al 90% del aprovechamiento objetivo permitido por el planeamiento en su parcela.

• El aprovechamiento subjetivo de propietarios de suelos

urbanos consolidados coincide con el aprovechamiento objetivo, salvo que la parcela esté calificada de uso y dominio público.

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Dispone el artículo 60 de la LOUA que las figuras de Planeamiento General determinarán el Aprovechamiento Medio para cada Área de Reparto que delimiten, mediante coeficientes unitarios del uso característico y, en su caso, de la tipología. La LOUA ofrece la forma de llevar a cabo el cálculo del Aprovechamiento Medio:

a) “En el suelo urbanizable sectorizado y ordenado, el aprovechamiento medio de cada área de reparto se obtendrá dividiendo el aprovechamiento objetivo total del sector o sectores que formen parte del área, expresado en metros cuadrados construibles del uso característico y, en su caso, de la tipología, entre la superficie total de dicha área, incluida la de los sistemas generales adscritos.

b) En el suelo urbano no consolidado, el aprovechamiento medio de cada

área de reparto se obtendrá dividiendo el aprovechamiento objetivo total, expresado en metros cuadrados construibles del uso característico y, en su caso, de la tipología, incluido el dotacional privado, entre la superficie total del área, incluida la de los sistemas generales adscritos por el planeamiento y excluida la ocupada por las dotaciones ya existentes y afectadas a su destino.”

La LOUA excluye las dotaciones públicas existentes que estén afectadas a su destino. En la determinación del Aprovechamiento Medio deben aplicarse distintos coeficientes de ponderación para expresar las diferentes circunstancias que concurren. Así, conforme al artículo 61 de la LOUA se pueden establecer los siguientes coeficientes:

a) Coeficientes de uso y tipología. El Plan General de Ordenación Urbanística y, en su caso, el Plan de Ordenación Intermunicipal, así como el Plan de Sectorización, establecerán justificadamente un coeficiente que exprese el valor que atribuye a cada uso y tipología edificatoria en relación con los demás.

b) Coeficiente zonal: también podrán establecer un coeficiente para cada área urbana o sector, en función de su situación en la estructura territorial.

c) Cuando el Plan General de Ordenación Urbanística, el Plan de Ordenación Intermunicipal o el Plan de Sectorización prevean, dentro de un área de reparto, usos o, en su caso, tipologías diferenciados que puedan dar lugar a rendimientos económicos, coste y mantenimiento de las infraestructuras muy diferentes, en el cálculo del aprovechamiento medio deberán utilizarse coeficientes de ponderación que valoren estas circunstancias.

d) Coeficientes para usos de interés general: el Plan General de Ordenación Urbanística o, en su caso, el Plan de Ordenación

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Intermunicipal o el Plan de Sectorización deberán, asimismo, establecer coeficientes correctores al objeto de compensar a aquellos propietarios de suelos destinados a viviendas de protección oficial u otros regímenes de protección pública u otros usos de interés social.

Los planes que establezcan la ordenación pormenorizada deberán fijar, y en su caso concretar, respetando los criterios del Plan General, la ponderación relativa de los usos pormenorizado y tipologías edificatorias resultantes de la ordenación que establezcan, así como las que reflejen las diferencias de situación y características urbanísticas dentro del espacio ordenado, no pudiendo en ningún caso disminuir el aprovechamiento objetivo dentro del espacio ordenado.

13.4 Propuesta de coeficientes de ponderación Partiendo de la premisa de otorgarle el valor de la unidad al uso y tipología edificatoria característico en cada área de reparto, los coeficientes de ponderación propuestos se han calculado teniendo en cuenta fundamentalmente los valores de repercusión de mercado de los usos y tipologías permitidos en cada área de reparto. Conforme la legislación vigente, los valores de repercusión de mercado son los recogidos en las respectivas Ponencias de Valores Catastrales para cada municipio. En el caso de El Puerto de Santa María, la Ponencia de Valores es del año 1994, quedando para su vigencia plena únicamente el año 2005. Dicha circunstancia, junto a que gran parte de los terrenos que el Plan ordena han variado sus determinaciones urbanísticas (clasificación, usos y/o intensidades) respecto a las existentes en el momento de elaboración de la actual ponencia de valores catastrales, se ha realizado un estudio del mercado inmobiliario con objeto de determinar los valores de repercusión de los terrenos, empleándose para ello el método residual recogido en la normativa catastral. Junto a esos valores estimados, se han tenido en cuenta igualmente otros criterios para la definición de coeficientes, tales como la compensación a propietarios de suelos destinados a viviendas de protección oficial. En este caso, es presumible que las diferencias de valores que actualmente existen entre las viviendas de renta libre y protegida se acorten en los próximos años como consecuencia de las novedades legislativas introducidas en la LOUA y la reciente Ley de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, Ley 13/2005. En este sentido, se estima que con la decisiva incorporación de la calificación de vivienda protegida que realiza este Plan General, se producirá una progresiva, aunque se entiende también prolongada, corrección de los precios de mercado, al menos así es de esperar, en la medida en que todos los desarrollos con uso característico residencial tienen como mínimo el 30% de la edificabilidad residencial con destino a vivienda protegida. Por último, para aquéllos usos y tipologías para los que no se tienen referencia de mercado o al menos no se ha podido conseguir una muestra significativa, se

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han utilizado los criterios fijados por la normativa técnica de valoración catastral. Con carácter general, para la determinación de aprovechamiento medio en el suelo urbanizable, se han empleado los siguientes coeficientes de, si bien, para cada área de reparto han de estar referidos al uso y tipología característico: Uso Industrial: 0,65 Uso Terciario: 0,90 Gran Superficie Comercial: 1,30 Estaciones de Servicio: 1.20 Uso Residencial Libre:

a) Residencial Plurifamiliar

a.1.Intensivo: se corresponde con las tipologías Ciudad Jardín Colectiva (CJ-C o CJ-4, CJ-5, CJ-6), Manzana Cerrada (MC) y Bloque Abierto (A). El coeficiente empleado es 1,00. a.2 Extensivo: se corresponde con las tipologías Ciudad Jardín Unifamiliar (CJ-U o CJ-1, CJ-2 y CJ-3), Vivienda Tradicional Popular (VTP) y Unifamiliar Adosada (UAD). El coeficiente empleado es 1,10.

b) Residencial Unifamiliar: se corresponde con la tipología Unifamiliar Aislada (UAS), siendo el coeficiente empleado 1,20.

Uso Residencial Protegido: 0,50 (en cualquier tipología) Equipamientos Privados: 0,80 En el suelo urbano no consolidado, se han mantenido los mismos coeficientes de ponderación, si bien en algunos casos (Bodegas), las especiales características de algunas de sus tipologías, ha supuesto alguna ligera variación en los coeficientes de los usos residenciales que responden a la diferente repercusión que supone una mayor o menor protección arquitectónica. Igualmente el uso terciario se estima más lucrativo en el centro urbano que en las unidades de ejecución de la periferia, por lo que el coeficiente de ponderación empleado es 1,00 en lugar de 0,90. 13.5 Propuesta de delimitación de áreas de reparto En lo que respecta a la delimitación de las Áreas de Reparto en Suelo Urbanizable se ha optado por integrar los sectores de un mismo ámbito territorial en una misma área de reparto, salvo que por su singularidad, haya aconsejado la delimitación de un área de reparto independiente: así, los sectores de uso industrial se incluyen en un área de reparto independiente.

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Por otra parte, las Beatillas constituye un Área de Reparto independiente por su singularidad al incluir un campo de golf y buena parte de equipamientos privados. En cualquier caso, no resultan Áreas de Reparto que en cuanto a atribución de aprovechamientos, se muestren descompensadas fuera de los límites legales antes expuestos. Únicamente se dan dos supuestos en los que se rebasa el límite del 10% de las diferencias:

• Área de Reparto SUS-07, correspondiente “Las Beatillas”: la singularidad del uso deportivo privado, en el que el 40% de los terrenos se ocupan con un campo de golf, con tipologías, además de la residencial, ligadas a dicho uso deportivo, justifica la diferencia superior al 10% admitida en este caso por el artículo 60 apartado c) de la LOUA.

• Área de Reparto SUS-02: en ella se integran los sectores de la carretera de Rota que en virtud de la Declaración de Impacto Ambiental, se les ha adjudicado unas intensidades, usos y tipologías más acordes con los sistemas generales de espacios libres que los circundan, debiendo guardar unas densidades en vivienda e intensidades inferiores a las de otras zonas. Así pues, el uso característico del área de reparto es Ciudad Jardín Unifamiliar, mientras que en el resto de áreas de reparto residenciales es Ciudad Jardín Colectiva.

Por su parte, en Suelo Urbano No Consolidado se han seguido los siguientes criterios a la hora de establecer la delimitación de las áreas de reparto:

• En el caso de la Revisión del PGMO, la heterogeneidad de usos y tipologías, así como sus diferentes localizaciones hacen justificable la delimitación de más de un área de reparto.

• Homogeneidad del desarrollo urbanístico: la ciudad posee distintas áreas históricas que responden a momentos distintos de su crecimiento, por lo que se ha intentado reconocerlas mediante la delimitación en una misma área de reparto en donde ha sido posible.

• Características geográficas e infraestructurales: la ubicación geográfica, sus características morfológicas, elementos definidores del territorio, infraestructuras viarias o elementos configuradores de la estructura urbana se han tenido igualmente en cuenta para fijar los bordes de las áreas de reparto.

• Tipologías y usos edificatorios: la homogeneidad en la tipología existente o prevista por el Plan, así como los usos pormenorizados que se asignan a las diferentes zonas han servido de criterio adicional para definir los distintos recintos.

• Capacidad de gestión: las áreas de reparto, ámbitos en los que se realiza la distribución equitativa de beneficios y cargas, se ha diseñado de forma que se garanticen esa capacidad de gestión.

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Además de las Áreas de Reparto, en la zona del Campo de Guía de suelo urbano no consolidado, se ha optado por delimitar un Área Integrada de Reforma Interior, constituida por las bodegas incluidas en las áreas de reparto SU-05, SU-06 y SU-27, al objeto de cumplimentar los estándares determinados por la LOUA. Atendiendo a lo expuesto anteriormente, se pasa a detallar las áreas de reparto delimitadas y los aprovechamientos medios fijados.

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• Áreas de Reparto en suelo urbano no consolidado La práctica totalidad de los terrenos clasificados como suelo urbano no consolidado están incluidos en unidades de ejecución, existiendo en dicha clase de suelo 34 unidades diferentes, y agrupadas en 26 Áreas de Reparto:

ÁREAS DE REPARTO DE SUELO URBANO NO CONSOLIDADO

INCLUIDO EN UNIDAD DE EJECUCIÓN

Código Denominación A. Reparto Uso Global Superficie Índice edif.SU-CC-1 Pago Alhaja-Depuradora SU-01 Residencial 48.000 m² 0,20 m²/m²SU-CC-2 Los Toreros SU-02 Residencial 4.057 m² 1,69 m²/m²SU-CC-6 Playa de la Puntilla SU-03 Residencial 54.952 m² 0,32 m²/m²SU-CC-7 Gaonera SU-04 Residencial 2.100 m² 1,20 m²/m²SU-CH-1 Quinientos Uno SU-05 Residencial 7.839 m² 1,30 m²/m²SU-CH-2 San Bartolomé SU-05 Residencial 4.957 m² 1,39 m²/m²SU-CH-3 La Pastora SU-05 Residencial 11.697 m² 1,51 m²/m²SU-CH-4 Colosía-Valdés SU-05 Residencial 3.667 m² 1,55 m²/m²SU-CH-5 Gómez-Valdés SU-06 Residencial 4.552 m² 0,79 m²/m²SU-CH-7 Trasera Prioral SU-07 Residencial 3.418 m² 1,06 m²/m²SU-CH-8 Cervantes SU-08 Residencial 1.189 m² 0,68 m²/m²SU-CN-1 Aparcamiento CC SU-09 Dep/rec./apar. 63.990 m² 0,10 m²/m²SU-CN-2 Cañada del Verdugo SU-10 Comercial 50.200 m² 0,50 m²/m²SU-CN-3 El Martillo SU-11 Residencial 51.985 m² 0,47 m²/m²SU-CN-5 Ampliación Pob. Dª Blanca – 1 SU-12 Residencial 40.599 m² 0,55 m²/m²SU-CN-6 Ampliación Pob. Dª Blanca – 2 SU-12 Residencial 46.624 m² 0,51 m²/m²SU-CR-1 Ctra. Rota – 1 SU-13 Residencial 2.547 m² 0,27 m²/m²SU-CR-2 Ctra. Rota – 2 SU-14 Residencial 4.006 m² 0,39 m²/m²SU-CR-3 Ctra. Rota – 3 SU-15 Residencial 18.402 m² 0,23 m²/m²SU-CR-4 Ctra. Rota – 4 SU-15 Residencial 36.722 m² 0,22 m²/m²SU-CR-5 Ctra. Rota – 5 SU-15 Residencial 14.000 m² 0,24 m²/m²SU-CR-6 Ctra. Rota – 6 SU-16 Comercial 13.500 m² 0,30 m²/m²SU-CR-7 Ctra. Rota – 7 SU-17 Residencial 19.724 m² 0,40 m²/m²SU-CR-8 Ctra. Rota – 8 SU-16 Comercial 3.550 m² 0,30 m²/m²SU-CR-9 Ctra. Rota – 9 SU-18 Residencial 37.846 m² 0,29 m²/m²SU-NO-1 Las Nieves – 1 SU-19 Residencial 36.533 m² 0,94 m²/m²SU-NO-2 Las Nieves – 2 SU-20 Residencial 17.830 m² 0,76 m²/m²SU-NO-3 El Caracol – 1 SU-21 Residencial 64.059 m² 0,80 m²/m²SU-NO-4 El Caracol – 2 SU-21 Residencial 14.618 m² 0,79 m²/m²SU-NO-5 Finca El Cerrillo SU-22 Residencial 82.065 m² 0,50 m²/m²SU-NO-6 Arenas Cárdenas SU-23 Residencial 21.246 m² 0,32 m²/m²SU-NO-7 Noroeste – 7 SU-24 Residencial 50.000 m² 0,33 m²/m²SU-VA-1 Estadio del Cuvillo SU-25 Terciario 63.415 m² 0,47 m²/m²SU-VA-2 RENFE SU-26 Residencial 51.000 m² 0,36 m²/m² Junto a estas áreas de reparto, se ha delimitado una área de reparto en suelo urbano no consolidado no incluido en unidades de ejecución, constituida por zonas homogéneas de edificación en el Conjunto Histórico en las que se

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incrementa el aprovechamiento objetivo respecto del que actualmente ostentan. Es un área de Transferencias de Aprovechamientos Urbanísticos: Código Denominación Superficie A.O. Cesiones A. Medio Uso y tipología Carc. SU-27 "Bodegas II" 14.680 m² 13.561 u.a. 4.625 m² 0,92378 Terciario - CO-2 Ha de señalarse igualmente que, a diferencia del Documento de Aprobación Inicial de este Plan General, los desarrollos previstos para regularizar las edificaciones ilegales existentes en el término municipal, los denominados “Desarrollos Sin Planeamiento”, no se incluyen en unidades de ejecución, aunque están clasificados como suelos urbanos no consolidados. Dada la posibilidad que ofrece la nueva legislación urbanística, se ha considerado la exclusión de estos desarrollos de área de reparto alguna, por lo que los derechos de los propietarios, y la participación de la administración en las plusvalías, se corresponden con el 90% y 10%, respectivamente, del aprovechamiento objetivos de las parcelas. Se recoge a continuación la relación de tales desarrollos, con los aprovechamientos objetivos permitidos en cada uno de ellos por el presente Plan.

DESARROLLOS SIN PLANEAMIENTO EN SUELO URBANO NO CONSOLIDADO NO INCLUIDOS EN UNIDADES DE EJECUCIÓN NI EN

ÁREA DE REPARTO Código Denominación Usos Superficie Índice Edif. EdificabilidadSU-DSP-01 Cantarrana Turístico 18.075 m² 0,34 m²/m² 6.300 m²SU-DSP-02 Carretera de Sanlucar Turístico 24.433 m² 0,36 m²/m² 9.000 m²

SU-DSP-03 El Barrero. Hda. Las Catorce Turístico 105.257 m² 0,35 m²/m² 36.900 m²

SU-DSP-04 Hda. Dos Palmeras Turístico 199.744 m² 0,34 m²/m² 69.000 m²SU-DSP-05 Los Naranjos Turístico 98.760 m² 0,21 m²/m² 21.000 m²SU-DSP-06 El Carmen II. La Piedad Turístico 28.189 m² 0,28 m²/m² 8.000 m²SU-DSP-07 Las Marías Turístico 23.817 m² 0,35 m²/m² 8.400 m²SU-DSP-08 La Cerería Turístico 61.396 m² 0,35 m²/m² 21.400 m²SU-DSP-09 Las Banderas. El Palomar 2 Turístico 54.490 m² 0,35 m²/m² 19.000 m²SU-DSP-10 La Belleza Turístico 75.579 m² 0,26 m²/m² 19.840 m²SU-DSP-11 Montes de Oca Turístico 443.992 m² 0,32 m²/m² 144.000 m²SU-DSP-12 La Manuela Turístico 40.118 m² 0,33 m²/m² 13.200 m²SU-DSP-13 Los Perales Turístico 207.650 m² 0,32 m²/m² 65.500 m²SU-DSP-14 Las Veguetas Turístico 46.057 m² 0,42 m²/m² 19.440 m²SU-DSP-15 Penal Turístico 90.651 m² 0,20 m²/m² 17.700 m²SU-DSP-16 El Almendral Turístico 99.339 m² 0,32 m²/m² 32.400 m²

SU-DSP-17 Bella Bahía Turístico 144.953 m² 0,32 m²/m² 47.100 m²SU-DSP-18 Camino Viejo de Rota Turístico 182.557 m² 0,32 m²/m² 59.100 m²SU-DSP-19 Berbén Turístico 23.170 m² 0,36 m²/m² 8.400 m²

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Código Denominación Usos Superficie Índice Edif. EdificabilidadSU-DSP-20 Altos de Berbén Turístico 130.985 m² 0,32 m²/m² 42.600 m²SU-DSP-21 Finca La Salud Turístico 56.270 m² 0,23 m²/m² 13.440 m²SU-DSP-22 Venta Durango Turístico 34.308 m² 0,41 m²/m² 14.400 m²SU-DSP-23 La Oropéndola Turístico 37.299 m² 0,32 m²/m² 12.000 m²SU-DSP-24 La Herradura Turístico 28.413 m² 0,32 m²/m² 9.200 m²SU-DSP-25 Hijuela del Tío Prieto Turístico 138.449 m² 0,39 m²/m² 54.000 m²SU-DSP-26 Almendros II Turístico 123.305 m² 0,33 m²/m² 40.800 m²SU-DSP-27 Valdeazahares Turístico 63.562 m² 0,35 m²/m² 22.500 m²SU-DSP-28 San Antonio Turístico 223.525 m² 0,35 m²/m² 78.300 m²SU-DSP-29 Extensión del Sauce Turístico 39.810 m² 0,34 m²/m² 13.800 m²SU-DSP-30 Cantarranas Oeste Turístico 39.171 m² 0,34 m²/m² 13.500 m²SU-DSP-31 PRYCA Turístico 27.867 m² 0,41 m²/m² 11.520 m²SU-DSP-32 Sierra de San Cristóbal Turístico 176.086 m² 0,35 m²/m² 61.500 m²SU-DSP-33 Huerta Zúñiga Turístico 37.241 m² 0,35 m²/m² 13.200 m²SU-DSP-34 Pago Winthuyssen Turístico 156.038 m² 0,21 m²/m² 32.700 m²SU-DSP-35 La Estacadilla Turístico 110.511 m² 0,32 m²/m² 36.000 m²SU-DSP-36 Pago Serrano Turístico 31.578 m² 0,35 m²/m² 11.100 m²SU-DSP-37 Cortijo El Redondel Turístico 64.961 m² 0,33 m²/m² 21.840 m²SU-DSP-38 Veguetas 2 Turístico 109.066 m² 0,35 m²/m² 38.100 m²SU-DSP-39 Finca La Julia Turístico 94.414 m² 0,35 m²/m² 33.000 m²SU-DSP-40 Pago Almajar Turístico 76.460 m² 0,35 m²/m² 27.000 m²

3.767.546 m² 1.226.180 m²

• Áreas de Reparto en suelo urbanizable sectorizado

Se han delimitado 7 áreas de reparto en suelo urbanizable sectorizado y suelo urbanizable ordenado en el que se incluyen las siguientes unidades de ejecución (53): Área de Reparto SUS-01 "Carretera Nacional" Código Denominación ZONA CUATRIE. USO C Superficie Ïndice edif.CN-S-1 Camino del Juncal CN 1º Residencial 211.825 m² 0,35 m²/m²CN-S-2 Cañada del Verdugo CN 1º Residencial 78.312 m² 0,45 m²/m²CN-S-3 Rancho Linares CN 1º Residencial 143.666 m² 0,45 m²/m²CN-S-4 Carretera El Portal CN 2º Residencial 263.483 m² 0,39 m²/m²CN-S-6 La Piedad CN 1º Residencial 63.334 m² 0,45 m²/m²SUR-OR-8 Casino CN 1º Residencial 218.960 m² 0,47 m²/m²CN-S-7 San Antonio CN 1º Residencial 92.789 m² 0,45 m²/m²

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Área de Reparto SUS-02 "Carretera de Rota - Extensiva" Código Denominación ZONA CUATRIE. USO C Superficie Ïndice edif. CR-S-3 Cantarranas – 3 CR-EX 2º Residencial 394.459 m² 0,30 m²/m²CR-S-5 Cantarranas - 5 CR-EX 2º Residencial 76.260 m² 0,30 m²/m²CR-S-6 Cantarranas - 6 CR-EX 2º Residencial 70.958 m² 0,35 m²/m²CR-S-8 Cantarranas - 8 CR-EX 1º Residencial 56.882 m² 0,30 m²/m²CR-S-9 Cantarranas - 9 CR-EX 1º Residencial 98.076 m² 0,30 m²/m²CR-S-15 Cantarranas - 15 CR-EX 1º Residencial 105.000 m² 0,28 m²/m²CR-S-16 Cantarranas - 16 CR-EX 1º Residencial 55.806 m² 0,30 m²/m²CR-S-1 Cantarranas - 1 CR-EX 3º Residencial 108.097 m² 0,28 m²/m²CR-S-2 Cantarranas - 2 CR-EX 3º Residencial 112.307 m² 0,27 m²/m²CR-S-4 Cantarranas - 4 CR-EX 3º Residencial 127.596 m² 0,27 m²/m²CR-S-7 Cantarranas - 7 CR-EX 2º Residencial 111.027 m² 0,27 m²/m²CR-S-11 Cantarranas - 11 CR-EX 2º Residencial 119.074 m² 0,26 m²/m²CR-S-17 Cantarranas - 17 CR-EX 1º Residencial 109.107 m² 0,30 m²/m² Área de Reparto SUS-03 "Carretera de Rota - Intensiva" Código Denominación ZONA CUATRIE. USO C Superficie Ïndice edif.CR-S-10 Cantarranas - 10 CR-IN 1º Residencial 107.000 m² 0,45 m²/m²CR-S-12 Cantarranas - 12 CR-IN 1º Residencial 107.308 m² 0,54 m²/m²CR-S-13 Cantarranas - 13 CR-IN 1º Residencial 59.273 m² 0,40 m²/m²CR-S-14 Cantarranas - 14 CR-IN 1º Residencial 56.498 m² 0,40 m²/m² Área de Reparto SUS-04 "Noroeste - Carretera de Sanlúcar" Código Denominación ZONA CUATRIE. USO C Superficie Ïndice edif.NO-S-1 Noroeste - 1 NO-CS 3º Residencial 210.199 m² 0,35 m²/m²NO-S-2 Noroeste - 2 NO-CS 2º Residencial 41.000 m² 0,35 m²/m²NO-S-3 Noroeste - 3 NO-CS 2º Residencial 273.422 m² 0,35 m²/m²NO-S-4 Noroeste - 4 NO-CS 1º Residencial 341.750 m² 0,35 m²/m²NO-S-5 Noroeste - 5 NO-CS 1º Residencial 194.868 m² 0,30 m²/m²NO-S-6 Noroeste - 6 NO-CS 3º Residencial 190.641 m² 0,30 m²/m²NO-S-7 Noroeste - 7 NO-CS 3º Residencial 35.241 m² 0,25 m²/m²NO-S-8 Noroeste - 8 NO-CS 2º Residencial 109.871 m² 0,30 m²/m²NO-S-9 Noroeste - 9 NO-CS 2º Residencial 71.429 m² 0,30 m²/m²NO-S-10 Noroeste - 10 NO-CS 1º Residencial 144.137 m² 0,35 m²/m²NO-S-11 Noroeste - 11 NO-CS 1º Residencial 117.695 m² 0,35 m²/m²NO-S-19 Noroeste - 19 NO-CS 3º Residencial 56.578 m² 0,35 m²/m²NO-S-22 Noroeste - 22 NO-CS 1º Residencial 33.975 m² 0,38 m²/m²SUR-OR-3 La Julia-Santobita NO-CS 1º Residencial 74.515 m² 0,40 m²/m²SUR-OR-4 Berbén NO-CS 1º Residencial 79.119 m² 0,35 m²/m²SUR-OR-5 Recreo Los Milagros NO-CS 1º Residencial 66.517 m² 0,30 m²/m²SUR-OR-6 ¿? NO-CS 1º Residencial 52.923 m² 0,42 m²/m²

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Área de Reparto SUS-05 "Noroeste" NO-S-12 La Florida - Donato NO 2º Residencial 582.597 m² 0,45 m²/m²NO-S-14 Noroeste - 14 NO 1º Residencial 174.301 m² 0,50 m²/m²NO-S-15 Noroeste - 15 NO 2º Residencial 115.681 m² 0,50 m²/m²NO-S-16 Noroeste - 16 NO 2º Residencial 45.000 m² 0,60 m²/m²NO-S-17 Noroeste - 17 NO 2º Residencial 133.774 m² 0,35 m²/m²NO-S-18 Noroeste - 18 NO 2º Residencial 30.893 m² 0,42 m²/m²NO-S-24 La Cerería NO 1º Residencial 90.274 m² 0,41 m²/m² Área de Reparto SUS-06 "Industrial" Código Denominación ZONA CUATRIE. USO C Superficie Ïndice edif.NO-S-20.1 Noroeste - 20.1 NO 2º Industrial 137.299 m² 0,32 m²/m²NO-S-20.2 Noroeste - 20.2 NO 2º Industrial 85.831 m² 0,32 m²/m²NO-S-21 Noroeste - 21 NO 3º Industrial 351.065 m² 0,35 m²/m²CN-S-8 Carretera Nacional - 8 CN 1º Industrial 301.921 m² 0,35 m²/m² Área de Reparto SUS-06 "Beatillas" Código Denominación ZONA CUATRIE. USO C Superficie Ïndice edif.CN-S-5 Beatillas CN 1º Residencial 1.499.800 m² 0,23 m²/m²

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RESUMEN DE ÁREAS DE REPARTO EN

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO

Superficie Total: 1.041.951 m²Superficie Sistemas Generales y Locales: 76.382 m²Superficie Suelo Urbano: 965.569 m²Aprovechamiento Medio: 0,56653

A.REP. DENOMINACIÓN SUP.

Ámbitos EDIFICAB. A.O. CESIONES A. Medio USO Y TIP.

CARAC. SU-01 "Pago Alhaja - Depuradora" 48.000 m² 9.600 m² 8.160 u.a. 0 m² 0,17000 CJ SU-02 "Los Toreros" 4.057 m² 6.849 m² 6.336 u.a. 0 m² 1,56175 CO SU-03 "La Puntilla" 54.952 m² 17.700 m² 22.600 u.a. 0 m² 0,41127 MC-VPO SU-04 "Gaonera" 2.100 m² 2.520 m² 2.520 u.a. 0 m² 1,20000 VTP SU-05 "Bodegas I" 28.160 m² 40.396 m² 36.484 u.a. 0 m² 1,29558 BOD-3 SU-06 "Gómez Valdés" 4.552 m² 3.616 m² 3.074 u.a. 0 m² 0,67519 CH-1 SU-07 "Trasera de la Prioral" 3.418 m² 3.633 m² 3.250 u.a. 0 m² 0,95091 CH-2 SU-08 "Cervantes" 1.189 m² 803 m² 683 u.a. 0 m² 0,57405 CH-2 SU-09 "Centro Comercial El Paseo" 63.990 m² 6.399 m² 50.119 u.a. 0 m² 0,78323 Aparcam. SU-10 "Cañada del Verdugo" 50.200 m² 25.100 m² 25.100 u.a. 5.000 m² 0,45471 CO SU-11 "El Martillo" 51.985 m² 24.570 m² 20.885 u.a. 6.886 m² 0,35475 CJ SU-12 "Poblado de Doña Blanca II" 87.223 m² 46.060 m² 30.870 u.a. 0 m² 0,35392 VTP SU-13 "El Águila I" 2.547 m² 700 m² 700 u.a. 0 m² 0,27483 UAS SU-14 "El Águila II" 4.006 m² 1.562 m² 1.562 u.a. 0 m² 0,38992 UAS SU-15 "Carretera de Rota 3-5" 69.124 m² 15.698 m² 15.698 u.a. 15.140 m² 0,18630 UAS SU-16 "Carretera de Rota 6 y 8" 17.050 m² 5.115 m² 5.115 u.a. 2.186 m² 0,26591 CO SU-17 "Carretera de Rota 7" 19.724 m² 7.890 m² 6.706 u.a. 4.373 m² 0,27830 CJ SU-18 "Carretera de Rota 9" 37.846 m² 10.975 m² 10.975 u.a. 3.732 m² 0,26397 UAS SU-19 "Las Nieves - 1" 36.533 m² 34.400 m² 34.164 u.a. 0 m² 0,93515 VTP SU-20 "Las Nieves - 2" 17.830 m² 13.488 m² 11.465 u.a. 0 m² 0,64301 VTP SU-21 "El Caracol" 78.677 m² 62.865 m² 53.435 u.a. 12.440 m² 0,58644 MC SU-22 "El Cerrillo" 82.065 m² 41.033 m² 35.505 u.a. 0 m² 0,43264 CJ-C SU-23 "Arenas Cárdenas" 21.246 m² 6.800 m² 7.312 u.a. 0 m² 0,34416 CJ-U SU-24 "Noroeste - 7" 50.000 m² 16.400 m² 10.955 u.a. 0 m² 0,21910 UAS SU-25 "Estadio del Cuvillo" 63.415 m² 30.000 m² 30.000 u.a. 0 m² 0,47307 COH SU-26 "Renfe" 51.000 m² 18.372 m² 21.496 u.a. 22.000 m² 0,29446 A-VPO 950.890 m² 452.544 m² 455.168 u.a. 71.757 m²

SU-27 "Bodegas II" 14.680 m² 13.561 m² 13.561 u.a. 4.625 m² 0,92378Terciario -

CO-2 965.569 m² 460.729 u.a. 76.382 m²

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RESUMEN DE ÁREAS DE REPARTO EN

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO Y ORDENADO Superficie Total: 10.381.391 m²Superficie Sistemas Generales y Locales: 1.791.978 m²Superficie Suelo Urbano: 8.589.413 m²Aprovechamiento Medio: 0,27928 A.REP. DENOMINACIÓN SUPERFICIE EDIFICABILIDAD A.O. CESIONES A. Medio USO Y TIP. C.

SUS-01 Ctra. Nacional 1.072.369 m² 449.703 m² 390.746 u.a. 253.363 m² 0,29474 CJ-C

SUS-02 Ctra. Rota - Extensiva 1.544.649 m² 447.386 m² 373.023 u.a. 377.011 m² 0,19411 CJ-U

SUS-03 Ctra. Rota - Intensiva 330.079 m² 152.146 m² 136.963 u.a. 152.755 m² 0,28367 CJ-C

SUS-04 Noroeste - Ctra. Sanlúcar 2.093.880 m² 706.025 m² 643.031 u.a. 199.431 m² 0,28039 CJ-C

SUS-05 Noroeste 1.172.520 m² 530.952 m² 463.189 u.a. 352.699 m² 0,30369 CJ-C

SUS-06 Beatillas 876.116 m² 299.945 m² 293.195 u.a. 42.713 m² 0,31910 I

* Concreción del aprovechamiento por los instrumentos de desarrollo Conforme a las previsiones del artículo 62.5 de la Ley 7/2007, el instrumento de planeamiento que establezca la ordenación detallada precisa para desarrollar la actividad de ejecución en el área urbana o sector correspondiente, deberá fijar y concretar respetando los criterios del Plan General, el aprovechamiento urbanístico objetivo total resultante en cada ámbito en función de la concreta distribución de usos y tipologías que finalmente haya adoptado el Plan Parcial, Plan Especial o, en su caso, en el Estudio de Detalle para el reparto de la máxima edificabilidad asignada por el Plan General para cada sector o área de reforma interior dentro de los límites establecidos. Para ello el instrumento de planeamiento que establezca la ordenación detallada precisa para la ejecución procederá ajustar el aprovechamiento urbanístico objetivo total que consume la concreta distribución de edificabilidades llevada a cabo por aquellos instrumentos de desarrollo entre las posibilidades y límites admitidas por este Plan General, mediante el sumatorio de los distintos metros cuadrados edificables multiplicados por sus respectivos coeficientes de uso y tipología.

En ningún caso se admitirá que del ejercicio de la potestad atribuida a los Planes Parciales Especiales, o Estudios de Detalle para distribuir, dentro de unos límites, en unos usos y tipologías determinadas del presente Plan la total edificabilidad asignada por este Plan al ámbito de ordenación, pueda derivarse un perjuicio para la Administración, representado en un resultado final que origine unos menores excesos o en unos mayores defectos de aprovechamientos objetivos que los previstos en el presente Plan General para cada uno de los sectores o áreas. De igual forma, tampoco se admitirá que del ejercicio de la citada potestad se derive un beneficio injustificado para los

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propietarios de la Unidad, concretado en la adquisición de un aprovechamiento urbanístico superior al 90% del aprovechamiento Medio del Área de Reparto.

Si como resultado de la aplicación de los coeficientes de ponderación de usos y tipologías a la concreta distribución que el planeamiento de desarrollo realizase de la edificabilidad total atribuida por este Plan, se produjera alguna alteración del total de aprovechamiento urbanístico objetivo asignado al ámbito de ordenación en el cálculo del Aprovechamiento Medio del Área de Reparto realizado en el presente Plan y resultasen excesos de aprovechamiento superiores a los inicialmente previstos en el citado cálculo, éstos pertenecerán a la Administración para ser destinados preferentemente a la adquisición de dotaciones en suelo urbano consolidado o no urbanizable o bien para la ampliación del patrimonio Municipal del Suelo. En ningún caso, podrá derivarse de la aplicación de las distintas tipologías o usos admitidas, un incremento de la edificabilidad asignada al ámbito.

Al margen de la anterior concreción, el instrumento de la ordenación detallada podrá completar el cálculo de los aprovechamientos a los efectos de las operaciones redistributivas internas en el ámbito de las distintas unidades reparcelables mediante el establecimiento de coeficientes en los que se reflejen las diferencias de situación y características urbanísticas dentro del espacio ordenado.

77

SUELO URBANO: ÁREAS DE REPARTO Para todas las unidades de ejecución se prevé como sistema de actuación el de compensación. Área de Reparto SU-01 “Pago Alhaja – Depuradora”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico CJ Superficie unidades ejecución: 48.000 m²Sistemas Generales y Locales: 0 m²Superficie Total: 48.000 m²Aprovechamiento Objetivo: 8.160 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,17000

Coeficientes de Ponderación CJ 1

VPO 0,5 Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son: Código ZONA Denominación Figura Plto. Uso Global Superficie Índice edif. SU-CC-1 CC Pago Alhaja-Depuradora ED Residencial 48.000 m² 0,20 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos: APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% Excesos SU-CC-1 CC Pago Alhaja-Depuradora 8.160 u.a. 7.344 u.a. 8.160 u.a. 816 u.a. 0 u.a. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

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Área de Reparto SU-02 “Los Toreros”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico CO Superficie unidades ejecución: 4.057 m²Sistemas Generales y Locales: 0 m²Superficie Total: 4.057 m²Aprovechamiento Objetivo: 6.336 u.a.Aprovechamiento Medio: 1,56175

Coeficientes de Ponderación MC 1 CO 1

VPO 0,5 Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son: Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. Edif. Total SU-CC-2 CC Los Toreros Terciario 4.057 m² 1,69 m²/m² 6.849 m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos: APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% Excesos SU-CC-2 CC Los Toreros 6.336 u.a. 5.702 u.a. 6.336 u.a. 634 u.a. 0 u.a. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

79

Área de Reparto SU-03 “La Puntilla”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico MC-VPO Superficie unidades ejecución: 54.952 m²Sistemas Generales y Locales: 0 m²Superficie Total: 54.952 m²Aprovechamiento Objetivo: 22.600 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,41127

Coeficientes de Ponderación MC-VPO 1,00

A 2,00 UAS 3,00

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son: Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-CC-6 CC Playa de la Puntilla Residencial 54.952 m² 0,32 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos: APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-CC-6 CC Playa de la Puntilla 22.600 u.a. 20.340 u.a. 22.600 u.a. 2.260 u.a. 0 u.a. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

80

Área de Reparto SU-04 “Gaonera”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico VTP Superficie unidades ejecución: 2.100 m²Sistemas Generales y Locales: 0 m²Superficie Total: 2.100 m²Aprovechamiento Objetivo: 2.520 u.a.Aprovechamiento Medio: 1,20000

Coeficientes de Ponderación VPO 0.50 VTP 1,00

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son: Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-CC-7 CC Gaonera Residencial 2.100 m² 1,20 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos: APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-CC-7 CC Gaonera 2.520 u.a. 2.268 u.a. 2.520 u.a. 252 u.a. 0 u.a. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

81

Área de Reparto SU-05 “Bodegas I”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico BOD-3 Superficie unidades ejecución: 28.160 m²Sistemas Generales y Locales: 0 m²Superficie Total: 28.160 m²Aprovechamiento Objetivo: 36.484 u.a.Aprovechamiento Medio: 1,29558

Coeficientes de Ponderación BOD-E 1,00VPO 0,50CH-1 1,30

CJ 1,30 Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son: Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-CH-1 CH Quinientos Uno Residencial 7.839 m² 1,30 m²/m² SU-CH-2 CH San Bartolomé Residencial 4.957 m² 1,39 m²/m² SU-CH-3 CH La Pastora Residencial 11.697 m² 1,51 m²/m² SU-CH-4 CH Colosía-Valdés Residencial 3.667 m² 1,55 m²/m² 28.160 m² 1,44 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos: APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-CH-1 CH Quinientos Uno 10.157 u.a. 9.141 u.a. 10.837 u.a. 1.016 u.a. 681 u.a.SU-CH-2 CH San Bartolomé 6.422 u.a. 5.780 u.a. 5.863 u.a. 642 u.a. -559 u.a.SU-CH-3 CH La Pastora 15.154 u.a. 13.639 u.a. 14.967 u.a. 1.515 u.a. -187 u.a.SU-CH-4 CH Colosía-Valdés 4.751 u.a. 4.276 u.a. 4.816 u.a. 475 u.a. 65 u.a. 36.484 u.a. 32.835 u.a. 36.484 u.a. 3.648 u.a. 0 u.a. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

82

Área de Reparto SU-06 “Gomez – Valdés”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico CH-1 Superficie unidades ejecución: 4.552 m²Sistemas Generales y Locales: 0 m²Superficie Total: 4.552 m²Aprovechamiento Objetivo: 3.074 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,67519

Coeficientes de Ponderación VPO 0,50CH-1 1,00

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son: Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-CH-5 CH Gómez-Valdés Residencial 4.552 m² 0,79 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos: APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-CH-5 CH Gómez-Valdés 3.074 u.a. 2.766 u.a. 3.074 u.a. 307 u.a. 0 u.a. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

83

Área de Reparto SU-07 “Trasera de la Prioral”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico CH-2 Superficie unidades ejecución: 3.418 m²Sistemas Generales y Locales: 0 m²Superficie Total: 3.418 m²Aprovechamiento Objetivo: 3.250 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,95091

Coeficientes de Ponderación VPO 0,50COH 1,00CH-2 1,00

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son: Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-CH-7 CH Trasera Prioral Residencial 3.418 m² 1,06 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos: APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-CH-7 CH Trasera Prioral 3.250 u.a. 2.925 u.a. 3.250 u.a. 325 u.a. 0 u.a. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

84

Área de Reparto SU-08 “Cervantes”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico CH-2 Superficie unidades ejecución: 1.189 m²Sistemas Generales y Locales: 0 m²Superficie Total: 1.189 m²Aprovechamiento Objetivo: 683 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,57405

Coeficientes de Ponderación VPO 0,50CH-2 1,00

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son: Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-CH-8 CH Cervantes Residencial 1.189 m² 0,68 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos: APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% Excesos SU-CH-8 CH Cervantes 683 u.a. 614 u.a. 683 u.a. 68 u.a. 0 u.a. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

85

Área de Reparto SU-09 “Centro Comercial El Paseo”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico Aparcam. Superficie unidades ejecución: 63.990 m²Sistemas Generales y Locales: 0 m²Superficie Total: 63.990 m²Aprovechamiento Objetivo: 50.119 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,78323

Coeficientes Ponderación APARC. 1,00

Dep* 0,60 Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son:

Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-CN-1 CN Aparcamiento CC Aparc,/rec./dep. 63.990 m² 0,10 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos: APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-CN-1 CN Aparcamiento CC 50.119 u.a.45.107 u.a.50.119 u.a. 5.012 u.a. 0 u.a.

Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

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Área de Reparto SU-10 “Cañada del Verdugo”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico CO Superficie unidades ejecución: 50.200 m²Sistemas Generales y Locales: 5.000 m²Superficie Total: 55.200 m²Aprovechamiento Objetivo: 25.100 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,45471

Coeficientes Ponderación CO 1,00

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son:

Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-CN-2 CN Cañada del Verdugo Terciario 50.200 m² 0,50 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos: APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-CN-2 CN Cañada del Verdugo 22.826 u.a. 20.544 u.a. 25.100 u.a. 2.283 u.a. 2.274 u.a.

Con cargo a los excesos de las unidades de ejecución de esta área de reparto se obtendrá el suelo afectado por la actuación aislada: AAEL-CC-1 “Mirador Parque Natural Caño del Molino”. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

87

Área de Reparto SU-11 “El Martillo”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico CJ Superficie unidades ejecución: 51.985 m²Sistemas Generales y Locales: 6.886 m²Superficie Total: 58.871 m²Aprovechamiento Objetivo: 20.885 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,35475

Coeficientes Ponderación CJ 1,00

VPO 0,50 Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son:

Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-CN-3 CN El Martillo Residencial 51.985 m² 0,47 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-CN-3 CN El Martillo 18.442 u.a.16.597 u.a.20.885 u.a. 1.844 u.a.2.443 u.a. Con cargo a los excesos de las unidades de ejecución de esta área de reparto se obtendrá el suelo afectado por la actuación aislada: AAEL-VA-1 “Zona Verde Las Viñas”. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

88

Área de Reparto SU-12 “Poblado de Doña Blanca”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico VTP Superficie unidades ejecución: 87.223 m²Sistemas Generales y Locales: 0 m²Superficie Total: 87.223 m²Aprovechamiento Objetivo: 30.870 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,35392

Coeficientes Ponderación VTP 1,00VPO 0,50

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son:

Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-CN-5 CN Ampliación Pob. Dª Blanca - 1 Residencial 40.599 m² 0,55 m²/m²SU-CN-6 CN Ampliación Pob. Dª Blanca - 2 Residencial 46.624 m² 0,51 m²/m²

Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% Excesos

SU-CN-5 CN Ampliación Pob. Dª Blanca - 1 14.369 u.a. 12.932 u.a. 19.040 u.a. 1.437 u.a. 4.671 u.a.

SU-CN-6 CN Ampliación Pob. Dª Blanca - 2 16.501 u.a. 14.851 u.a. 11.830 u.a. 1.650 u.a.-4.671 u.a.

Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

89

Área de Reparto SU-13 “El Águila I”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico UAS Superficie unidades ejecución: 2.547 m²Sistemas Generales y Locales: 0 m²Superficie Total: 2.547 m²Aprovechamiento Objetivo: 700 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,27483

Coeficientes Ponderación UAS 1,00

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son:

Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-CR-1 CO Ctra. Rota - 1 Residencial 2.547 m² 0,27 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% Excesos SU-CR-1 CO Ctra. Rota - 1 700 u.a. 630 u.a. 700 u.a. 70 u.a. 0 u.a.

Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

90

Área de Reparto SU-14 “El Águila II”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico UAS Superficie unidades ejecución: 4.006 m²Sistemas Generales y Locales: 0 m²Superficie Total: 4.006 m²Aprovechamiento Objetivo: 1.562 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,38992

Coeficientes Ponderación UAS 1,00

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son:

Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-CR-2 CO Ctra. Rota - 2 Residencial 4.006 m² 0,39 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-CR-2 CO Ctra. Rota - 2 1.562 u.a.1.406 u.a.1.562 u.a. 156 u.a. 0 u.a.

Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

91

Área de Reparto SU-15 “Carretera de Rota 3-5”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico UAS Superficie unidades ejecución: 69.124 m²Sistemas Generales y Locales: 15.140 m²Superficie Total: 84.264 m²Aprovechamiento Objetivo: 15.698 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,18630

Coeficientes de Ponderación UAS 1,00

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son: Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-CR-3 CR Ctra. Rota - 3 Residencial 18.402 m² 0,23 m²/m²SU-CR-4 CR Ctra. Rota - 4 Residencial 36.722 m² 0,22 m²/m²SU-CR-5 CO Ctra. Rota - 5 Residencial 14.000 m² 0,24 m²/m² 69.124 m² 0,23 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos: APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-CR-3 CR Ctra. Rota - 3 3.428 u.a. 3.085 u.a. 4.200 u.a. 343 u.a. 772 u.a.SU-CR-4 CR Ctra. Rota - 4 6.841 u.a. 6.157 u.a. 8.100 u.a. 684 u.a. 1.259 u.a.SU-CR-5 CO Ctra. Rota - 5 2.608 u.a. 2.347 u.a. 3.398 u.a. 261 u.a. 790 u.a. 12.877 u.a. 11.590 u.a. 15.698 u.a. 1.288 u.a. 2.821 u.a. Con cargo a los excesos de las unidades de ejecución de esta área de reparto se obtendrá el suelo afectado por las actuaciones aisladas: AARV-CO-7 “Viario Las Redes” y AAEL-CO-8 “Espacio libre Las Redes”. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso

92

de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

93

Área de Reparto SU-16 “Carretera de Rota 6 y 8”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico CO Superficie unidades ejecución: 17.050 m²Sistemas Generales y Locales: 2.186 m²Superficie Total: 19.236 m²Aprovechamiento Objetivo: 5.115 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,26591

Coeficientes de Ponderación CO 1,00

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son: Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-CR-6 CR Ctra. Rota - 6 Terciario 13.500 m² 0,30 m²/m²SU-CR-8 CR Ctra. Rota - 8 Terciario 3.550 m² 0,30 m²/m² 17.050 m² 0,30 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos: APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-CR-6 CR Ctra. Rota - 6 3.590 u.a. 3.231 u.a. 4.050 u.a. 359 u.a. 460 u.a.SU-CR-8 CR Ctra. Rota - 8 944 u.a. 850 u.a. 1.065 u.a. 94 u.a. 121 u.a. 4.534 u.a. 4.080 u.a. 5.115 u.a. 453 u.a. 581 u.a. Con cargo a los excesos de las unidades de ejecución de esta área de reparto se obtendrá el suelo afectado por las actuaciones aisladas: AARV-CO-4 “Viario Fuentebermeja 2” y AARV-CO-5 “Estacionamiento en Las Redes”. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

94

Área de Reparto SU-17 “Carretera de Rota 7”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico CJ Superficie unidades ejecución: 19.724 m²Sistemas Generales y Locales: 4.373 m²Superficie Total: 24.097 m²Aprovechamiento Objetivo: 6.706 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,27830

Coeficientes Ponderación CJ 1,00

VPO 0,50 Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son: Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-CR-7 CR Ctra. Rota - 7 Residencial 19.724 m² 0,40 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-CR-7 CR Ctra. Rota - 7 5.489 u.a.4.940 u.a. 6.706 u.a. 549 u.a. 1.217 u.a. Con cargo a los excesos de las unidades de ejecución de esta área de reparto se obtendrá el suelo afectado por el sistema general: SGEL-09 “Oásis”. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

95

Área de Reparto SU-18 “Carretera de Rota 9”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico UAS Superficie unidades ejecución: 37.846 m²Sistemas Generales y Locales: 3.732 m²Superficie Total: 41.578 m²Aprovechamiento Objetivo: 10.975 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,26397

Coeficientes Ponderación UAS 1,00

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son: Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-CR-9 CR Ctra. Rota - 9 Residencial 37.846 m² 0,29 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-CR-9 CR Ctra. Rota - 9 5.489 u.a.4.940 u.a. 6.706 u.a. 549 u.a. 1.217 u.a. Con cargo a los excesos de las unidades de ejecución de esta área de reparto se obtendrá el suelo afectado por la actuación aislada AARV-CO-9 “Viario Vistahermosa”. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

96

Área de Reparto SU-19 “Las Nieves 1”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico VTP Superficie unidades ejecución: 36.533 m²Sistemas Generales y Locales: 0 m²Superficie Total: 36.533 m²Aprovechamiento Objetivo: 34.164 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,93515 Coeficientes Ponderación

VTP 1,00CO 0,90

UAS 1,15 Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son: Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-NO-1 NO Las Nieves - 1 Residencial 36.533 m² 0,94 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-NO-1 NO Las Nieves - 1 34.164 u.a.30.748 u.a.34.164 u.a. 3.416 u.a. 0 u.a. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

97

Área de Reparto SU-20 “Las Nieves 2”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico VTP Superficie unidades ejecución: 17.830 m²Sistemas Generales y Locales: 0 m²Superficie Total: 17.830 m²Aprovechamiento Objetivo: 11.465 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,64301 Coeficientes Ponderación

VTP 1,00VPO 0,05

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son: Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-NO-2 NO Las Nieves - 2 Residencial 17.830 m² 0,76 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-NO-2 NO Las Nieves - 2 11.465 u.a.10.318 u.a.11.465 u.a. 1.146 u.a. 0 u.a. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

98

Área de Reparto SU-21 “El Caracol”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico MC Superficie unidades ejecución: 78.677 m²Sistemas Generales y Locales: 12.440 m²Superficie Total: 91.117 m²Aprovechamiento Objetivo: 53.435 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,58644 Coeficientes Ponderación

MC 1,00VPO 0,50

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son: Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-NO-3 NO El Caracol - 1 Residencial 64.059 m² 0,80 m²/m²SU-NO-4 NO El Caracol - 2 Residencial 14.618 m² 0,79 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-NO-3 NO El Caracol - 1 37.567 u.a.33.810 u.a.43.560 u.a. 3.757 u.a. 5.993 u.a.SU-NO-4 NO El Caracol - 2 8.573 u.a. 7.716 u.a. 9.875 u.a. 857 u.a. 1.303 u.a. Con cargo a los excesos de las unidades de ejecución de esta área de reparto se obtendrá el suelo afectado por el sistema general SGEL-08 “Cementerio”. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

99

Área de Reparto SU-22 “El Cerrillo”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico CJ-C Superficie unidades ejecución: 82.065 m²Sistemas Generales y Locales: 0 m²Superficie Total: 82.065 m²Aprovechamiento Objetivo: 35.505 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,43264

Coeficientes Ponderación CJ-C 1,00COH 0,90VPO 0,50

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son: Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-NO-5 NO Finca El Cerrillo Residencial 82.065 m² 0,50 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-NO-5 NO Finca El Cerrillo 35.505 u.a.31.954 u.a.35.505 u.a. 3.550 u.a. 0 u.a. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

100

Área de Reparto SU-23 “Arenas Cárdenas”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico CJ-U Superficie unidades ejecución: 21.246 m²Sistemas Generales y Locales: 0 m²Superficie Total: 21.246 m²Aprovechamiento Objetivo: 7.312 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,34416

Coeficientes Ponderación CJ-U 1,00UAS 1,15

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son:

Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-NO-6 NO Arenas Cárdenas Residencial 21.246 m² 0,32 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-NO-6 NO Arenas Cárdenas 7.312 u.a. 6.581 u.a. 7.312 u.a. 731 u.a. 0 u.a. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

101

Área de Reparto SU-24 “Noroeste 7”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico UAS Superficie unidades ejecución: 50.000 m²Sistemas Generales y Locales: 0 m²Superficie Total: 50.000 m²Aprovechamiento Objetivo: 10.955 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,21910

Coeficientes Ponderación CJ-U 0.85UAS 1,00

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son:

Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-NO-7 NO Noroeste - 7 Residencial 50.000 m² 0,33 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-NO-7 NO Noroeste - 7 10.955 u.a.9.860 u.a.10.955 u.a. 1.096 u.a. 0 u.a.

Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

102

Área de Reparto SU-25 “Estadio del Cuvillo”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico COH Superficie unidades ejecución: 63.415 m²Sistemas Generales y Locales: 0 m²Superficie Total: 63.415 m²Aprovechamiento Objetivo: 30.000 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,47307

Coeficientes Ponderación COH 1,00

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son:

Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-VA-1 VA Estadio del Cuvillo Terciario 63.415 m² 0,47 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-VA-1 VA Estadio del Cuvillo 30.000 u.a.27.000 u.a.30.000 u.a. 3.000 u.a. 0 u.a.

Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

103

Área de Reparto SU-26 “RENFE”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico A-VPO Superficie unidades ejecución: 51.000 m²Sistemas Generales y Locales: 22.000 m²Superficie Total: 73.000 m²Aprovechamiento Objetivo: 21.496 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,29446

Coeficientes Ponderación UAS 3,00

UAD-VPO 1,10A-VPO 1,00

Las unidades de ejecución incluidas en esta área de reparto son:

Código ZONA Denominación Uso Global Superficie Índice edif. SU-VA-2 VA Renfe Residencial 51.000 m² 0,36 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto y cuyo resumen se detalla al final del apartado, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS Código ZONA Denominación A.U. A.S. A.O 10% ExcesosSU-VA-2 VA Renfe 15.018 u.a.13.516 u.a. 21.496 u.a. 1.502 u.a.6.478 u.a. Con cargo a los excesos de las unidades de ejecución de esta área de reparto se obtendrá el suelo afectado por el sistema general SGRV-08 “Carretera Nacional IV. Tramo Renfe-Cruce Ronda del Ferrocarril”. Las transferencias de edificabilidades entre tipologías permitidas por la normativa, no conllevarán en ningún caso una disminución de los derechos municipales en la unidad de ejecución de que se trate. Igual cabe decir en caso de implantación de tipologías compatibles con las previstas en las unidades de ejecución y cuyo aprovechamiento objetivo sea inferior.

104

Área de Reparto SU-27 “Bodegas II”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico CO-2 Superficie suelo urbano: 10..055 m²Sistemas Generales y Locales: 4.625 m²Superficie Total: 14.680 m²Aprovechamiento Objetivo: 13.561 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,92378

Coeficientes Ponderación CO 1,00

No existen unidades de ejecución, tratándose de suelo urbano no consolidado, por lo que los propietarios de parcelas incluidas en esta área de reparto, tienen derecho al 90% del aprovechamiento medio, mientras que al Ayuntamiento le corresponderá el 10%. Los excesos del aprovechamiento objetivo sobre el medio, podrán ser objeto de Transferencias de Aprovechamientos. Dichos excesos se destinarán a compensar a los propietarios de suelos afectados por las actuaciones aisladas AAE-CH-01 “Aurora” y AA-E-CH-02 “Bajamar, 40”.

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SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO Y ORDENADO Área de Reparto SUS-01 “Antigua Carretera Nacional”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico Residencial CJ-CSuperficie suelo urbanizable: 1.072.369 m²Sistemas Generales: 253.363 m²Superficie Total: 1.325.732 m²Aprovechamiento Objetivo: 390.746 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,29474

Coeficientes de Ponderación CJ-C 1,00 VPO 0,50 CJ-U 1,10 UAD 1,10 UAS 1,20 CO 0,9

La superficie de sistemas generales adscritos para su obtención al suelo urbanizable, se distribuye entre las distintas unidades de ejecución incluidas en el área de reparto, en función de los excesos de los aprovechamientos objetivos correspondientes respecto del urbanístico. Su detalle se recoge más adelante. Las unidades de ejecución que se incluyen en esta área de reparto son:

UNIDADES DE EJECUCIÓN

Código Denominación ZONA CUATRIE. USO C Superficie Índice edif.CN-S-1 Camino del Juncal CN 1º Residencial 211.825 m² 0,35 m²/m²CN-S-2 Cañada del Verdugo CN 1º Residencial 78.312 m² 0,45 m²/m²CN-S-3 Rancho Linares CN 1º Residencial 143.666 m² 0,45 m²/m²CN-S-4 Carretera El Portal CN 2º Residencial 263.483 m² 0,39 m²/m²CN-S-6 La Piedad CN 1º Residencial 63.334 m² 0,45 m²/m²SUR-OR-8 Casino CN 1º Residencial 218.960 m² 0,47 m²/m²CN-S-7 San Antonio CN 1º Residencial 92.789 m² 0,45 m²/m² 1.072.369 m² 0,43 m²/m²

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Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS URBANÍSTICOS

Código Denominación A.U. A.S. A.O 10% EXCESOS

CN-S-1 Camino del Juncal 62.433 u.a. 56.190 u.a. 66.918 u.a. 6.243 u.a. 4.485 u.a.

CN-S-2 Cañada del Verdugo 23.082 u.a. 20.774 u.a. 29.954 u.a. 2.308 u.a. 6.872 u.a.

CN-S-3 * Rancho Linares 42.344 u.a. 38.110 u.a. 54.952 u.a. 4.234 u.a. 12.608 u.a.

CN-S-4 Carretera El Portal 77.659 u.a. 69.893 u.a. 87.344 u.a. 7.766 u.a. 9.685 u.a.

CN-S-6 La Piedad 18.667 u.a. 16.800 u.a. 24.470 u.a. 1.867 u.a. 5.803 u.a.SUR-OR-8 Casino 64.536 u.a. 58.083 u.a. 91.372 u.a. 6.454 u.a. 26.835 u.a.CN-S-7 San Antonio 27.349 u.a. 24.614 u.a. 35.737 u.a. 2.735 u.a. 8.388 u.a. 316.070 u.a. 284.463 u.a. 390.746 u.a. 31.607 u.a. 74.676 u.a. * La reserva de aprovechamientos a favor de los titulares de terrenos de la unidad de ejecución CN-S-3 “Rancho Linares”, en virtud de Convenio Urbanístico Adquisición por Mutuo Acuerdo suscrito con el Ayuntamiento el 23/07/04, se materializarán con cargo al 10% de aprovechamientos municipales, en los términos recogidos en dicho convenio. A continuación se especifican los sistemas generales adscritos para su obtención con cargo a los excesos de aprovechamiento para cada una de las unidades de ejecución.

Excesos SGEL-24 SGEL-4 SGEL-02 CN-S-1 15.215 m² 15.215 m² CN-S-2 23.317 m² 23.317 m² CN-S-3 42.775 m² 42.775 m² CN-S-4 32.861 m² 26.861 m² CN-S-6 19.688 m² 11.244 m² 8.444 m²

SUR-OR-8 91.048 m² 85.871 m² 5.177 m² CN-S-7 28.459 m² 28.459 m²

Los titulares de tales dotaciones tienen derecho al 90% del aprovechamiento medio del área de reparto, que se materializará en el o los sectores a los que se adscriba su obtención, formando parte de la comunidad reparcelatoria de la unidad de ejecución correspondiente, como un propietario más. Además de la adscripción de los sistemas generales de espacios libres específica para cada unidad de ejecución, se adscriben para su obtención igualmente al suelo urbanizable de esta área de reparto, 6.000 m² de sistemas generales de red viaria (SGRV-12).

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Área de Reparto SUS-02 “Carretera de Rota - Extensiva”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico Residencial CJ-USuperficie suelo urbanizable: 1.544.649 m²Sistemas Generales: 377.011 m²Superficie Total: 1.921.660 m²Aprovechamiento Objetivo: 373.023 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,19411

Coeficientes de Ponderación CJ-C 0,90 VPO 0,45 CJ-U 1,00 UAD 0,90 UAS 1,10 COH 0.90 CO 0,90

La superficie de sistemas generales adscritos para su obtención al suelo urbanizable, se distribuye entre las distintas unidades de ejecución incluidas en el área de reparto, en función de los excesos de los aprovechamientos objetivos correspondientes respecto del urbanístico. Su detalle se recoge más adelante. Las unidades de ejecución que se incluyen en esta área de reparto son:

UNIDADES DE EJECUCIÓN Código Denominación ZONA CUATRIE. USO C Superficie Índice edif.CR-S-3 Cantarranas - 3 CR-EX 2º Residencial 394.459 m² 0,30 m²/m²CR-S-5 Cantarranas - 5 CR-EX 2º Residencial 76.260 m² 0,30 m²/m²CR-S-6 Cantarranas - 6 CR-EX 2º Residencial 70.958 m² 0,35 m²/m²CR-S-8 Cantarranas - 8 CR-EX 1º Residencial 56.882 m² 0,30 m²/m²CR-S-9 Cantarranas - 9 CR-EX 1º Residencial 98.076 m² 0,30 m²/m²CR-S-15 Cantarranas - 15 CR-EX 1º Residencial 105.000 m² 0,28 m²/m²CR-S-16 Cantarranas - 16 CR-EX 1º Residencial 55.806 m² 0,30 m²/m²CR-S-1 Cantarranas - 1 CR-EX 3º Residencial 108.097 m² 0,28 m²/m²CR-S-2 Cantarranas - 2 CR-EX 3º Residencial 112.307 m² 0,27 m²/m²CR-S-4 Cantarranas - 4 CR-EX 3º Residencial 127.596 m² 0,27 m²/m²CR-S-7 Cantarranas - 7 CR-EX 2º Residencial 111.027 m² 0,27 m²/m²CR-S-11 Cantarranas - 11 CR-EX 2º Residencial 119.074 m² 0,26 m²/m²CR-S-17 Cantarranas - 17 CR-EX 1º Residencial 109.107 m² 0,30 m²/m² 1.544.649 m² 0,29 m²/m²

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Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS URBANÍSTICOS

Código Denominación A.U. A.S. A.O 10% EXCESOSCR-S-3* Cantarranas - 3 76.570 u.a. 68.913 u.a. 96.605 u.a. 7.657 u.a. 20.035 u.a.CR-S-5 Cantarranas - 5 14.803 u.a. 13.323 u.a. 19.103 u.a. 1.480 u.a. 4.300 u.a.CR-S-6 Cantarranas - 6 13.774 u.a. 12.397 u.a. 20.685 u.a. 1.377 u.a. 6.911 u.a.CR-S-8 Cantarranas - 8 11.042 u.a. 9.937 u.a. 14.248 u.a. 1.104 u.a. 3.207 u.a.CR-S-9 Cantarranas - 9 19.038 u.a. 17.134 u.a. 24.023 u.a. 1.904 u.a. 4.985 u.a.

CR-S-15 Cantarranas - 15 20.382 u.a. 18.344 u.a. 24.200 u.a. 2.038 u.a. 3.818 u.a.

CR-S-16 Cantarranas - 16 10.833 u.a. 9.749 u.a. 12.807 u.a. 1.083 u.a. 1.974 u.a.

CR-S-1 Cantarranas - 1 20.983 u.a. 18.885 u.a. 25.923 u.a. 2.098 u.a. 4.940 u.a.CR-S-2 Cantarranas - 2 21.800 u.a. 19.620 u.a. 25.710 u.a. 2.180 u.a. 3.909 u.a.CR-S-4 Cantarranas - 4 24.768 u.a. 22.291 u.a. 30.172 u.a. 2.477 u.a. 5.403 u.a.CR-S-7 Cantarranas - 7 21.552 u.a. 19.397 u.a. 26.731 u.a. 2.155 u.a. 5.179 u.a.

CR-S-11 Cantarranas - 11 23.114 u.a. 20.803 u.a. 26.936 u.a. 2.311 u.a. 3.822 u.a.

CR-S-17 Cantarranas - 17 21.179 u.a. 19.061 u.a. 25.880 u.a. 2.118 u.a. 4.701 u.a.

299.839 u.a. 269.855 u.a. 373.023 u.a. 29.984 u.a. 73.183 u.a. * La reserva de aprovechamientos a favor de los titulares de terrenos de la unidad de ejecución CR-S-3 “Carretera de Rota - 3”, en virtud de Convenio Urbanístico de Gestión suscrito con el Ayuntamiento el 26/06/04, se materializarán con cargo al 10% de aprovechamientos municipales. Igualmente, con cargo al 10% de aprovechamiento municipal del sector CR-S-9 “Carretera de Rota – 9”, se materializarán los derechos de aprovechamiento privados recogidos en Convenio de Gestión suscrito con el Ayuntamiento con fecha 12/07/05 (Sra. Osborne Medina). A continuación se especifican los sistemas generales adscritos para su obtención con cargo a los excesos de aprovechamiento para cada una de las unidades de ejecución.

Excesos SGEL-19 SGEL-16 SGEL-20 SGEL-17 SGEL-12 SGEL-18CR-S-3 103.212 m² 18.969 m² 42.636 m² 41.555 m²CR-S-5 22.151 m² 15.737 m² CR-S-6 35.601 m² 35.601 m² CR-S-8 16.520 m² 7.193 m² CR-S-9 25.680 m² 25.146 m² CR-S-15 19.671 m² 19.671 m² CR-S-16 10.170 m² 10.170 m² CR-S-1 25.447 m² 20.449 m²

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Excesos SGEL-19 SGEL-16 SGEL-20 SGEL-17 SGEL-12 SGEL-18CR-S-2 20.139 m² CR-S-4 27.836 m² CR-S-7 26.679 m² 26.679 m² CR-S-11 19.688 m² 19.688 m² CR-S-17 24.216 m² 24.216 m²

Los titulares de tales dotaciones tienen derecho al 90% del aprovechamiento medio del área de reparto, que se materializará en el o los sectores a los que se adscriba su obtención, formando parte de la comunidad reparcelatoria de la unidad de ejecución correspondiente, como un propietario más. Además de la adscripción de los sistemas generales de espacios libres específica para cada unidad de ejecución, se adscriben para su obtención igualmente al suelo urbanizable de esta área de reparto, 69.300 m² de sistemas generales de red viaria (SGRV-04/2, SGRV-04/3 y SGRV-13).

110

Área de Reparto SUS-03 “Carretera de Rota - Intensiva”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico Residencial CJ-CSuperficie suelo urbanizable: 330.079 m²Sistemas Generales: 152.755 m²Superficie Total: 482.834 m²Aprovechamiento Objetivo: 136.963 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,28367

Coeficientes de Ponderación CJ-C 1,00 VPO 0,50 CJ-U 1,10 UAD 1,10 UAS 1,20 COH 0.90 CO 0,90

La superficie de sistemas generales adscritos para su obtención al suelo urbanizable, se distribuye entre las distintas unidades de ejecución incluidas en el área de reparto, en función de los excesos de los aprovechamientos objetivos correspondientes respecto del urbanístico. Su detalle se recoge más adelante. Las unidades de ejecución que se incluyen en esta área de reparto son:

UNIDADES DE EJECUCIÓN Código Denominación ZONA CUATRIE. USO C Superficie Índice edif.CR-S-10 Cantarranas - 10 CR-IN 1º Residencial 107.000 m² 0,45 m²/m²CR-S-12 Cantarranas - 12 CR-IN 1º Residencial 107.308 m² 0,54 m²/m²CR-S-13 Cantarranas - 13 CR-IN 1º Residencial 59.273 m² 0,40 m²/m²CR-S-14 Cantarranas - 14 CR-IN 1º Residencial 56.498 m² 0,40 m²/m² 330.079 m² 0,45 m²/m²

Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS URBANÍSTICOS

Código Denominación A.U. A.S. A.O 10% EXCESOS

CR-S-10 Cantarranas - 10 30.352 u.a. 27.317 u.a. 42.310 u.a. 3.035 u.a. 11.958 u.a.

CR-S-12 Cantarranas – 30.440 u.a. 27.396 u.a. 52.660 u.a. 3.044 u.a. 22.220 u.a.

111

APROVECHAMIENTOS URBANÍSTICOS

Código Denominación A.U. A.S. A.O 10% EXCESOS12

CR-S-13 Cantarranas - 13 16.814 u.a. 15.132 u.a. 21.344 u.a. 1.681 u.a. 4.531 u.a.

CR-S-14 Cantarranas - 14 16.027 u.a. 14.424 u.a. 20.649 u.a. 1.603 u.a. 4.623 u.a.

93.632 u.a. 84.269 u.a. 136.963 u.a. 9.363 u.a. 43.331 u.a. A continuación se especifican los sistemas generales adscritos para su obtención con cargo a los excesos de aprovechamiento para cada una de las unidades de ejecución.

Excesos SGEL-13 SGEL-10 SGEL-11CR-S-10 42.154 m² 42.154 m² CR-S-12 78.333 m² 19.846 m² 42.092 m² CR-S-13 15.972 m² 15.972 m² CR-S-14 16.296 m² 9.591 m²

Los titulares de tales dotaciones tienen derecho al 90% del aprovechamiento medio del área de reparto, que se materializará en el o los sectores a los que se adscriba su obtención, formando parte de la comunidad reparcelatoria de la unidad de ejecución correspondiente, como un propietario más. Además de la adscripción de los sistemas generales de espacios libres específica para cada unidad de ejecución, se adscriben para su obtención igualmente al suelo urbanizable de esta área de reparto, 23.100 m² de sistemas generales de red viaria (SGRV-04/2 y SGRV-13).

112

Área de Reparto SUS-04 “Noroeste – Carretera Sanlúcar”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico Residencial CJ-CSuperficie suelo urbanizable: 2.093.880 m²Sistemas Generales: 199.431 m²Superficie Total: 2.293.311 m²Aprovechamiento Objetivo: 643.031 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,28039

Coeficientes de Ponderación CJ-C 1,00 VPO 0,50 CJ-U 1,10 UAD 1,10 UAS 1,20 COH 0.90 CO 0,90

La superficie de sistemas generales adscritos para su obtención al suelo urbanizable, se distribuye entre las distintas unidades de ejecución incluidas en el área de reparto, en función de los excesos de los aprovechamientos objetivos correspondientes respecto del urbanístico. Su detalle se recoge más adelante. Las unidades de ejecución que se incluyen en esta área de reparto son:

UNIDADES DE EJECUCIÓN Código Denominación ZONA CUATRIE. USO C Superficie Índice edif.NO-S-1 Noroeste - 1 NO-CS 3º Residencial 210.199 m² 0,35 m²/m²NO-S-2 Noroeste - 2 NO-CS 2º Residencial 41.000 m² 0,35 m²/m²NO-S-3 Noroeste - 3 NO-CS 2º Residencial 273.422 m² 0,35 m²/m²NO-S-4 Noroeste - 4 NO-CS 1º Residencial 341.750 m² 0,35 m²/m²NO-S-5 Noroeste - 5 NO-CS 1º Residencial 194.868 m² 0,30 m²/m²NO-S-6 Noroeste - 6 NO-CS 3º Residencial 190.641 m² 0,30 m²/m²NO-S-7 Noroeste - 7 NO-CS 3º Residencial 35.241 m² 0,25 m²/m²NO-S-8 Noroeste - 8 NO-CS 2º Residencial 109.871 m² 0,30 m²/m²NO-S-9 Noroeste - 9 NO-CS 2º Residencial 71.429 m² 0,30 m²/m²NO-S-10 Noroeste - 10 NO-CS 1º Residencial 144.137 m² 0,35 m²/m²NO-S-11 Noroeste - 11 NO-CS 1º Residencial 117.695 m² 0,35 m²/m²NO-S-19 Noroeste - 19 NO-CS 3º Residencial 56.578 m² 0,35 m²/m²NO-S-22 Noroeste - 22 NO-CS 1º Residencial 33.975 m² 0,38 m²/m²

SUR-OR-3 La Julia-Santobita NO-CS 1º 74.515 m² 0,40 m²/m²

SUR-OR-4 Berbén NO-CS 1º Residencial 79.119 m² 0,35 m²/m²

113

UNIDADES DE EJECUCIÓN Código Denominación ZONA CUATRIE. USO C Superficie Índice edif.

SUR-OR-5 Recreo Los Milagros NO-CS 1º Residencial 66.517 m² 0,30 m²/m²

SUR-OR-6 ¿? NO-CS 1º Residencial 52.923 m² 0,42 m²/m² 2.093.880 m² 0,34 m²/m²

Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS URBANÍSTICOS

Código Denominación A.U. A.S. A.O 10% EXCESOSNO-S-1 Noroeste - 1 58.939 u.a. 53.045 u.a. 67.483 u.a. 5.894 u.a. 8.545 u.a.NO-S-2 Noroeste - 2 11.496 u.a. 10.347 u.a. 13.202 u.a. 1.150 u.a. 1.706 u.a.NO-S-3 Noroeste - 3 76.666 u.a. 68.999 u.a. 83.592 u.a. 7.667 u.a. 6.926 u.a.NO-S-4 Noroeste - 4 95.825 u.a. 86.242 u.a. 109.585 u.a. 9.582 u.a. 13.760 u.a.NO-S-5 Noroeste - 5 54.640 u.a. 49.176 u.a. 52.954 u.a. 5.464 u.a. -1.686 u.a.NO-S-6 Noroeste - 6 53.455 u.a. 48.109 u.a. 51.283 u.a. 5.345 u.a. -2.171 u.a.NO-S-7 Noroeste - 7 9.881 u.a. 8.893 u.a. 10.122 u.a. 988 u.a. 241 u.a.NO-S-8 Noroeste - 8 30.807 u.a. 27.726 u.a. 30.547 u.a. 3.081 u.a. -260 u.a.NO-S-9 Noroeste - 9 20.028 u.a. 18.025 u.a. 19.917 u.a. 2.003 u.a. -112 u.a.NO-S-10 Noroeste - 10 40.415 u.a. 36.374 u.a. 47.155 u.a. 4.042 u.a. 6.740 u.a.NO-S-11 Noroeste - 11 33.001 u.a. 29.701 u.a. 37.433 u.a. 3.300 u.a. 4.432 u.a.NO-S-19 Noroeste - 19 15.864 u.a. 14.278 u.a. 18.062 u.a. 1.586 u.a. 2.198 u.a.NO-S-22 Noroeste - 22 9.526 u.a. 8.574 u.a. 11.951 u.a. 953 u.a. 2.424 u.a.

SUR-OR-3 La Julia-Santobita 20.894 u.a. 18.804 u.a. 26.185 u.a. 2.089 u.a. 5.292 u.a.

SUR-OR-4 Berbén 22.185 u.a. 19.966 u.a. 24.019 u.a. 2.218 u.a. 1.834 u.a.

SUR-OR-5 Recreo Los Milagros 18.651 u.a. 16.786 u.a. 17.623 u.a. 1.865 u.a. -1.028 u.a.

SUR-OR-6 Berbén 2 14.839 u.a. 13.355 u.a. 21.919 u.a. 1.484 u.a. 7.079 u.a. 587.112 u.a. 528.401 u.a. 643.031 u.a. 58.711 u.a. 55.919 u.a. A continuación se especifican los sistemas generales adscritos para su obtención con cargo a los excesos de aprovechamiento para cada una de las unidades de ejecución.

Excesos SGEL-14 SGEL-22 NO-S-1 30.474 m² 23.506 m² NO-S-2 6.084 m² NO-S-3 24.702 m² 24.702 m² NO-S-4 49.074 m² 49.074 m² NO-S-7 858 m²

NO-S-10 24.037 m² 24.037 m² NO-S-11 15.805 m² 15.805 m²

114

Excesos SGEL-14 SGEL-22 NO-S-19 7.837 m² NO-S-22 8.646 m² 8.646 m²

SUR-OR-3 18.872 m² 9.514 m² 9.358 m² SUR-OR-4 6.542 m² 6.542 m² SUR-OR-6 25.248 m² 25.248 m²

Los titulares de tales dotaciones tienen derecho al 90% del aprovechamiento medio del área de reparto, que se materializará en el o los sectores a los que se adscriba su obtención, formando parte de la comunidad reparcelatoria de la unidad de ejecución correspondiente, como un propietario más. Además de la adscripción de los sistemas generales de espacios libres específica para cada unidad de ejecución, se adscriben para su obtención igualmente al suelo urbanizable de esta área de reparto, 3.000 m² de sistemas generales de red viaria (SGRV-09).

115

Área de Reparto SUS-05 “Noroeste”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico Residencial CJ-CSuperficie suelo urbanizable: 1.172.520 m²Sistemas Generales: 352.699 m²Superficie Total: 1.525.219 m²Aprovechamiento Objetivo: 463.189 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,30369

Coeficientes de Ponderación CJ-C 1,00 VPO 0,50 CJ-U 1,10 MC 1,00 UAS 1,20 COH 0.90 CO 0,90

La superficie de sistemas generales adscritos para su obtención al suelo urbanizable, se distribuye entre las distintas unidades de ejecución incluidas en el área de reparto, en función de los excesos de los aprovechamientos objetivos correspondientes respecto del urbanístico. Su detalle se recoge más adelante. Las unidades de ejecución que se incluyen en esta área de reparto son:

UNIDADES DE EJECUCIÓN Código Denominación ZONA CUATRIE. USO C Superficie Índice edif.NO-S-12 La Florida - Donato NO 2º Residencial 582.597 m² 0,45 m²/m²NO-S-14 Noroeste - 14 NO 1º Residencial 174.301 m² 0,50 m²/m²NO-S-15 Noroeste - 15 NO 2º Residencial 115.681 m² 0,50 m²/m²NO-S-16 Noroeste - 16 NO 2º Residencial 45.000 m² 0,60 m²/m²NO-S-17 Noroeste - 17 NO 2º Residencial 133.774 m² 0,35 m²/m²NO-S-18 Noroeste - 18 NO 2º Residencial 30.893 m² 0,42 m²/m²NO-S-24 La Cerería NO 1º Residencial 90.274 m² 0,41 m²/m² 1.172.520 m² 0,46 m²/m²

Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

116

APROVECHAMIENTOS URBANÍSTICOS

Código Denomin. A.U. A.S. A.O 10% EXCESOS

NO-S-12 La Florida - Donato 176.927 u.a. 159.234 u.a. 224.101 u.a. 17.693 u.a. 47.174 u.a.

NO-S-14 Noroeste - 14 52.933 u.a. 47.640 u.a. 74.203 u.a. 5.293 u.a. 21.270 u.a.NO-S-15 Noroeste - 15 35.131 u.a. 31.618 u.a. 49.164 u.a. 3.513 u.a. 14.033 u.a.NO-S-16 Noroeste - 16 13.666 u.a. 12.299 u.a. 23.075 u.a. 1.367 u.a. 9.409 u.a.NO-S-17 Noroeste - 17 40.625 u.a. 36.563 u.a. 41.923 u.a. 4.063 u.a. 1.297 u.a.NO-S-18 Noroeste - 18 9.382 u.a. 8.444 u.a. 15.552 u.a. 938 u.a. 6.170 u.a.NO-S-24 La Cerería 27.415 u.a. 24.674 u.a. 35.171 u.a. 2.742 u.a. 7.756 u.a. 356.079 u.a. 320.471 u.a. 463.189 u.a. 35.608 u.a. 107.110 u.a. A continuación se especifican los sistemas generales adscritos para su obtención con cargo a los excesos de aprovechamiento para cada una de las unidades de ejecución.

Excesos SGEQ-2 SGEL-7 SGEL-21 SGEL-5 NO-S-12 155.339 m² 100.000 m² 24.771 m² NO-S-14 70.038 m² 36.466 m² NO-S-15 46.209 m² 36.121 m² NO-S-16 30.983 m² 30.983 m² NO-S-17 4.272 m² NO-S-18 20.318 m² 20.318 m² NO-S-24 25.540 m² 25.540 m²

Los titulares de tales dotaciones tienen derecho al 90% del aprovechamiento medio del área de reparto, que se materializará en el o los sectores a los que se adscriba su obtención, formando parte de la comunidad reparcelatoria de la unidad de ejecución correspondiente, como un propietario más. Además de la adscripción de los sistemas generales de espacios libres específica para cada unidad de ejecución, se adscriben para su obtención igualmente al suelo urbanizable de esta área de reparto, 78.500 m² de sistemas generales de red viaria (SGRV-10, SGRV-12 y SGRV-03).

117

Área de Reparto SUS-06 “Industria”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico Industrial -I Superficie suelo urbanizable: 876.116 m²Sistemas Generales: 42.713 m²Superficie Total: 918.829 m²Aprovechamiento Objetivo: 293.195 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,31910

Coeficientes de Ponderación I 1,00

CO 0,75 La superficie de sistemas generales adscritos para su obtención al suelo urbanizable, se distribuye entre las distintas unidades de ejecución incluidas en el área de reparto, en función de los excesos de los aprovechamientos objetivos correspondientes respecto del urbanístico. Su detalle se recoge más adelante. Las unidades de ejecución que se incluyen en esta área de reparto son:

UNIDADES DE EJECUCIÓN Código Denominación ZONA CUATRIE. USO C Superficie Índice edif.NO-S-20.1 Noroeste - 20.1 NO 2º Industrial 137.299 m² 0,32 m²/m²NO-S-20.2 Noroeste - 20.2 NO 2º Industrial 85.831 m² 0,32 m²/m²NO-S-21 Noroeste - 21 NO 3º Industrial 351.065 m² 0,35 m²/m²CN-S-8 Carretera Nacional - 8 CN 1º Industrial 301.921 m² 0,35 m²/m² 876.116 m² 0,33 m²/m²

Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS URBANÍSTICOS

Código Denomin. A.U. A.S. A.O 10% EXCESOS

NO-S-20.1 Noroeste - 20.1 43.812 u.a. 39.430 u.a. 43.935 u.a. 4.381 u.a. 123 u.a.

NO-S-20.2 Noroeste - 20.2 27.388 u.a. 24.650 u.a. 27.466 u.a. 2.739 u.a. 78 u.a.

NO-S-21 Noroeste - 21 112.024 u.a. 100.821 u.a. 122.872 u.a. 11.202 u.a. 10.848 u.a.

CN-S-8 Carretera Nacional - 8 96.342 u.a. 86.708 u.a. 98.922 u.a. 9.634 u.a. 2.580 u.a.

279.565 u.a. 251.609 u.a. 293.195 u.a. 27.957 u.a. 13.630 u.a.

118

A continuación se especifican los sistemas generales adscritos para su obtención con cargo a los excesos de aprovechamiento para cada una de las unidades de ejecución.

Excesos SGEL-26 NO-S-20.1 387 m² 387 m²NO-S-20.2 243 m² 243 m²NO-S-21 33.997 m² 33.997 m²CN-S-8 8.086 m² 8.086 m²

Los titulares de tales dotaciones tienen derecho al 90% del aprovechamiento medio del área de reparto, que se materializará en el o los sectores a los que se adscriba su obtención, formando parte de la comunidad reparcelatoria de la unidad de ejecución correspondiente, como un propietario más.

119

Área de Reparto SUS-07 “Beatillas”

Área de Reparto Uso y Tipología Característico Dep.-Resid. Superficie suelo urbanizable: 1.499.800 m²Sistemas Generales: 414.006 m²Superficie Total: 1.913.806 m²Aprovechamiento Objetivo: 404.632 u.a.Aprovechamiento Medio: 0,21143

Coeficientes de Ponderación Dep.* 0,90 UAS 1,00 UAD 0,95 CJ 0,85

COH 0,90 CO 0,90

La superficie de sistemas generales adscritos para su obtención al suelo urbanizable, se distribuye entre las distintas unidades de ejecución incluidas en el área de reparto, en función de los excesos de los aprovechamientos objetivos correspondientes respecto del urbanístico. Su detalle se recoge más adelante. Las unidades de ejecución que se incluyen en esta área de reparto son:

UNIDADES DE EJECUCIÓN Código Denominación ZONA CUATRIE. USO C Superficie Índice edif.CN-S-5 Betatillas CN 1º IDeport.priv. 1.499.800 m² 0,23 m²/m² Aplicando los coeficientes de ponderación a las edificabilidades de los distintos usos y tipologías previstos en las unidades de ejecución que se integran en el área de reparto, se obtienen los siguientes aprovechamientos urbanísticos:

APROVECHAMIENTOS URBANÍSTICOS

Código Denomin. A.U. A.S. A.O 10% EXCESOS CN-S-5 Beatillas 317.099 u.a. 285.389 u.a. 404.632 u.a. 31.710 u.a. 87.532 u.a. El sistema general adscrito para su obtención con cargo a los excesos de aprovechamiento para cada una de las unidades de ejecución es el SGEL-03 de 414.006 m².

120

Los titulares de tales dotaciones tienen derecho al 90% del aprovechamiento medio del área de reparto, que se materializará en el o los sectores a los que se adscriba su obtención, formando parte de la comunidad reparcelatoria de la unidad de ejecución correspondiente, como un propietario más.

121

TOTAL SISTEMAS GENERALES ADSCRITOS

SGEL-24 92.551 m² SGEL-4 85.871 m² SGRV-12 6.000 m²

AR-SUS-01 Antigua Carretera Nacional

SGEL-02 68.941 m² SGEL-19 18.969 m² SGEL-16 85.430 m² SGEL-20 15.737 m² SGEL-17 66.816 m² SGEL-12 79.203 m² SGEL-18 41.555 m²

AR-SUS-02 Carretera de Rota - Extensiva

SGRV-4/3+13+SGRV-4/2/2 69.300 m² SGEL-13 62.000 m² SGEL-10 42.092 m² SGEL-11 25.563 m²

AR-SUS-03 Carretera de Rota - Intensiva

SGRV 4/2/2 y SGRV-13/4 23.100 m² SGEL-14 178.427 m² SGEL-22 18.004 m² AR-SUS-04 Noroeste - Carretera de SanlúcarSGRV 3.000 m² SGRV-10+12+3/3 78.500 m² SGEQ-2 100.000 m² SGEL-7 62.006 m² SGEL-21 76.072 m²

AR-SUS-05 Noroeste

SGEL-5 36.121 m² AR-SUS-06 SGEL-26 42.713 m² AR-SUS-07 Beatillas SGEL-03 414.006 m² 1.791.978 m²