13-01-2015 reglamento práctica des - udla.cl · - el practicante debe elaborar un informe de...

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FACULTAD DE ARQUITECTURA DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN REGLAMENTO ESPECIAL DE PRÁCTICAS ESCUELA DE DISEÑO Y ARTE DIGITAL Artículo 1º: Este reglamento es válido para los estudiantes de la Escuela de Diseño y Arte Digital, de la Facultad de Arquitectura, Diseño y Construcción, y es complementario a las disposiciones estipuladas en el Reglamento del Alumno de Universidad de las Américas. Artículo 2º: La Práctica Profesional deberá efectuarse una vez que el alumno este en tercer año de la carrera, es decir haya cumplido con la aprobación de todas las asignaturas de primero a cuarto semestre que por malla curricular le corresponda. Artículo 3º: La Escuela de Diseño y Arte Digital de Universidad de las Américas, imparte una asignatura de práctica profesional DES 908 para las siguientes carreras: Diseño de Vestuario Diseño Gráfico Diseño de Muebles y Objetos Artículo 4º: Las prácticas deberán ser realizadas en oficinas de diseño, empresas, productoras audiovisuales o instituciones relacionadas a la disciplina. El alumno deberá ceñirse al sistema, requerimientos y normativas existentes en el lugar de práctica. Artículo 5º: La duración de la práctica es de 360 horas cronológicas, pudiendo ser realizada en una o en dos etapas, y en una o dos empresas, cuya actividad sumada complete el total de horas requeridas por la actividad Artículo 6º: El docente de la asignatura aprobará la oficina o institución propuesta por el alumno. Artículo 7º: El docente de la asignatura entregará al alumno una “Carpeta de Práctica” que deberá contener la siguiente información: Carta de Presentación del Alumno y Seguro de Práctica Carta de Formalización de Práctica por parte de la empresa Carta Término de Práctica por parte de la empresa Formulario de Evaluación de Práctica Reglamento de Práctica Pauta de Presentación Informe de Práctica. Artículo 8º: Las cartas de Formalización y de Término de la práctica deberán ser firmadas por el supervisor de la institución, empresa u oficina correspondiente. El alumno deberá entregarlas al inicio y al término de ella al docente de la asignatura.

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FACULTAD  DE  ARQUITECTURA  DISEÑO  Y  CONSTRUCCIÓN

REGLAMENTO ESPECIAL DE PRÁCTICAS

ESCUELA DE DISEÑO Y ARTE DIGITAL Artículo 1º: Este reglamento es válido para los estudiantes de la Escuela de Diseño y Arte Digital, de la Facultad de Arquitectura, Diseño y Construcción, y es complementario a las disposiciones estipuladas en el Reglamento del Alumno de Universidad de las Américas. Artículo 2º: La Práctica Profesional deberá efectuarse una vez que el alumno este en tercer año de la carrera, es decir haya cumplido con la aprobación de todas las asignaturas de primero a cuarto semestre que por malla curricular le corresponda. Artículo 3º: La Escuela de Diseño y Arte Digital de Universidad de las Américas, imparte una asignatura de práctica profesional DES 908 para las siguientes carreras: • Diseño de Vestuario • Diseño Gráfico • Diseño de Muebles y Objetos Artículo 4º: Las prácticas deberán ser realizadas en oficinas de diseño, empresas, productoras audiovisuales o instituciones relacionadas a la disciplina. El alumno deberá ceñirse al sistema, requerimientos y normativas existentes en el lugar de práctica. Artículo 5º: La duración de la práctica es de 360 horas cronológicas, pudiendo ser realizada en una o en dos etapas, y en una o dos empresas, cuya actividad sumada complete el total de horas requeridas por la actividad Artículo 6º: El docente de la asignatura aprobará la oficina o institución propuesta por el alumno. Artículo 7º: El docente de la asignatura entregará al alumno una “Carpeta de Práctica” que deberá contener la siguiente información: • Carta de Presentación del Alumno y Seguro de Práctica • Carta de Formalización de Práctica por parte de la empresa • Carta Término de Práctica por parte de la empresa • Formulario de Evaluación de Práctica • Reglamento de Práctica • Pauta de Presentación Informe de Práctica. Artículo 8º: Las cartas de Formalización y de Término de la práctica deberán ser firmadas por el supervisor de la institución, empresa u oficina correspondiente. El alumno deberá entregarlas al inicio y al término de ella al docente de la asignatura.

Artículo 9º: Funciones del docente de asignatura Práctica: La Práctica Profesional será guiada por un docente designado por la Escuela de Diseño y Arte Digital para la asignatura en el período correspondiente. El perfil de este profesor, corresponde a un profesional de la disciplina y sus funciones serán: - Evaluar las alternativas de prácticas profesionales presentadas por los estudiantes con el objeto de verificar su pertinencia y suficiencia respecto a los objetivos de la carrera. - Presentar a la jefatura de carrera un informe de aprobación de los lugares de práctica de cada estudiante. - Monitorear el proceso de práctica de los estudiantes, verificando el cumplimiento de sus objetivos, contactando para ello al supervisor de la práctica. - Obtener la evaluación por parte del supervisor, mediante el llenado de la Ficha de Evaluación de Práctica. - Evaluar y calificar el desempeño del alumno en la práctica profesional a partir del monitoreo, el informe elaborado por el estudiante y la evaluación entregada por el supervisor. Artículo 10º: Deberes y derechos del practicante - El alumno debe inscribir la asignatura Práctica Profesional, DES 908 en su carga de horario semestral. - El alumno debe gestionar práctica profesional:

El alumno deberá presentar para aprobación un lugar de práctica de acuerdo a sus intereses e informar de las características del lugar, funciones a cumplir, nombre de la empresa y nombre del supervisor de su práctica al profesor de la asignatura en el plazo dado a inicio del curso. El alumno puede proponer el lugar de práctica o solicitar al profesor de la asignatura una base de datos de empresas relacionadas con la Escuela.

- El practicante debe elaborar un informe de Práctica Profesional donde presente el trabajo por el realizado, en formato digital e impreso, según los requerimientos dados en la Pauta de Presentación de Informe de Práctica. El informe deberá ser entregado al profesor de la asignatura, junto a la Carta de Término de práctica, en un plazo no mayor a diez días hábiles de la fecha de término de la práctica.

-   El alumno que reprueba su práctica profesional, deberá inscribir nuevamente la asignatura en un próximo período académico.

Artículo 11º: Toda  acción  u  omisión  que  altere  el  normal  desarrollo  de  las  actividades  académicas,  evaluaciones,  actividades  estudiantiles  o  administrativas  de  la  Universidad  o  que  atenten  contra  la  integridad  física  o  psíquica  de  las  personas  y  en  general  toda  transgresión  a  este  reglamento  o  normativa  de  UDLA,  o  del  ordenamiento  jurídico  vigente,  se  tramitará  conforme  a  las  normas  establecidas  en  el  “Reglamento  disciplinario”  vigente.