1 introduccion antecedentes y riesgo

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Compañía del Grupo Asegurador . ¡Vive la Salud! TEORÍA GENERAL DEL SEGURO: INTRODUCCIÓN, ANTECEDENTES Y RIESGO

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Page 1: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

Compañía del Grupo Asegurador . ¡Vive la Salud!

TEORÍA GENERAL DEL SEGURO:INTRODUCCIÓN, ANTECEDENTES Y RIESGO

SONIA
Texto escrito a máquina
SONIA
Texto escrito a máquina
Page 2: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

T E M A 1

1.1. La institución aseguradora. 1.2. Conductas del hombre ante el riesgo.

1.3. Antecedentes históricos y conceptos del Seguro.

1.4. El riesgo: elementos y clases de riesgos.

1.5. Asegurabilidad y presupuestos técnicos del riesgo.

1.6. La prevención, selección y vigilancia de riesgos.

1.7. La prevención y protección de riesgos industriales.

1.8. La gerencia de riesgos.

1.1. LA INSTITUCIÓN ASEGURADORA

Se entiende por Institución Aseguradora el conjunto de medios de todo ti-

po que, integrados en propósito común y actuando coordinadamente, se ponen

al servicio de quienes están amenazados por determinados riesgos, para prever

y remediar sus consecuencias.

Estos medios son, básicamente, los siguientes:

– Las sociedades aseguradoras, cuyo fin consiste en asumir riesgos ajenos.

– Los mediadores de seguros, responsables de la difusión del seguro, del

asesoramiento a sus clientes y de procurar que el asegurado reciba el servicio

pactado.

– Las estructuras humanas de todo tipo de las aseguradoras y su organi -

zación comercial, encargadas de hacer efectivas las garantías pactadas.

– Las técnicas actuariales aplicadas en el cálculo y compensación de los

riesgos asumidos.

Tema 1-1

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– Los recursos materiales de todo tipo, que constituyen el soporte básico de

la función desarrollada.

– Las técnicas de gestión administrativa y financiera, que hacen posible la

realidad práctica del seguro como institución.

También se puede definir la Institución Aseguradora como el ente jurí dico

que, constituido y funcionando con arreglo a lo dispuesto en la Legislación co-

rrespondiente, se dedica a asumir riesgos ajenos, cumpliendo lo que a tal efec-

to establece dicha Legislación, mediante la percepción de un cierto precio, de-

nominado prima.

Según la Ley de Ordenación y Supervisión, sólo pueden tener la condición

de aseguradoras las sociedades que trabajen bajo la forma de:

a) Sociedades Anónimas.

b) Sociedades Mutuas a Prima Fija o a Prima Variable.

c) Sociedades Cooperativas a Prima Fija o a Prima Variable.

d) Mutualidades de Previsión Social a Prima Fija o a Prima Variable.

e) Entidades de Derecho Público que tengan por objeto la realización de

operaciones de seguro en condiciones equivalentes a las de las Entidades

Privadas.

La Institución Aseguradora tiene una gran y decisiva influencia sobre la so-

ciedad, porque procura protección, seguridad económica, esta bilidad, asisten-

cia y futuro a todos sus componentes.

Precisamente por la función que debe desempeñar, la Institución

Aseguradora es un hecho complejo. Para poder alcanzar los fines que persigue,

necesita la colaboración de distintas ramas del saber y de profesionales ads -

critos a las mismas.

Como su objetivo final es servir al hombre, se precisa, además de todo gé -

nero de recursos y técnicas, un factor muy importante. Este factor es el profe -

sional en la materia que, con su intervención, va a convertir en realidad los pos -

tulados del seguro.

Tema 1-2

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El profesional que ocupa un lugar predominante en la línea de responsabi -

lidad frente al asegurado es el Mediador de Seguros, porque el cliente deposi -

ta en él su confianza y espera de él las soluciones adecuadas.

He aquí, pues, que la magna tarea que la Institución del Seguro está llama -

da a realizar cerca del público tiene una clave, y esta clave está en manos del

Mediador. No hay que olvidar que la verdad del Seguro es el servicio. Aquel

profesional, por su posición frente al mercado, puede determinar, con su pre -

paración y su conducta al servir a sus clientes, la imagen institucional del se -

guro.

1.2. CONDUCTAS DEL HOMBRE ANTE EL RIESGO

El hombre de todas las épocas ha sido sensible a la realidad de los riesgos

que le amenazan. Conforme el grado de civilización y la calidad de vida

aumen taban, el número y la magnitud de aquellos se incrementaba progresiva -

mente.

Hoy nadie desconoce que está sometido a un conjunto numeroso de ries -

gos, algunos de ellos muy graves o catastróficos. ¿Cuál puede ser la conducta

del individuo medio, ante un panorama, potencialmente agresor?

La conducta humana adopta distintas posiciones ante el riesgo, desde mos-

trarse indiferente al mismo y a sus consecuencias, es decir, la au toasunción,

hasta la conducta más conservadora, pero a la vez más lógica y prudente, es la

de prevención, a través de la cual se tiende a disminuir las consecuencias de los

hechos gravosos, neutralizando sus efectos y amino rando los daños.

Otro modo de afrontar el riesgo es sin duda el ahorro, si bien su creación

re quiere mucho tiempo, ya que se desconoce la cantidad de dinero precisa pa-

ra afrontar las pérdidas, con la posibilidad de interrupción del ahorro de capi-

tal, etc.

También por medio del denominado autoseguro es posible afrontar el ries -

go. La propia persona, bien sea física o jurídica, afronta con su propio patri -

monio las posibles consecuencias de los hechos. Naturalmente, la persona o so-

ciedad deberá tener una gran capacidad financiera y una buena

organización/planificación del fondo económico creado que pueda afrontar sus

propios riesgos.

Tema 1-3

Page 5: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

Como alternativa más coherente para afrontar el riesgo, se presenta el se -

guro, que permite a la persona o Entidad Jurídica que sufre una pérdida com -

pensarla de las consecuencias económicas de la misma. Para poder hacer fren -

te a estos eventos, el Asegurador dispone de un fondo económico reservado

que se constituye con todas las primas aportadas por la totalidad de sus

Asegurados.

Mediante el pago de una prima se transfiere, pues, a la Aseguradora el ries -

go que corresponde al Asegurado. Los fondos o primas aportados por el colec -

tivo se destinan a satisfacer los siniestros que acaezcan.

1.3. ANTECEDENTES HISTÓRICOS Y CONCEPTOS DEL SEGURO

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

La necesidad de seguridad es inherente al ser humano. Desde su origen, el

hombre siente la necesidad de estar seguro frente al medio en que vive.

Más adelante, en una etapa relativamente avanzada, el hombre comprueba

que hay circunstancias en las que puede perder sus bienes, total o parcialmen -

te, y observa asimismo que para desarrollar sus incipientes actividades comer -

ciales, ha de buscar algún tipo de protección económica frente a tales circuns -

tancias. Entonces, con formas a veces curiosas, aparece la idea del seguro.

Los comerciantes chinos que se aventuraban a transportar sus mercancías,

instalándolas en endebles embarcaciones que descendían por las corrientes de

los grandes ríos continentales y que, para evitar la ruina de alguno de ellos, las

disponían de modo que cada embarcación contuviera una parte de cada co -

merciante, estaban aplicando el principio básico del seguro.

Si una embarcación naufragaba, la pérdida afectaba a una pequeña parte de

los bienes de cada uno.

Análogos procedimientos utilizaban los mercaderes árabes, que distribuían

sus bienes entre varias caravanas y, dentro de la misma caravana, sobre distin -

tos camellos.

Tema 1-4

Page 6: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

Fórmulas más o menos rudimentarias se utilizaban en la antigüedad para

proteger las mercancías que circulaban por las principales rutas comerciales,

terrestres y marítimas. Así, por ejemplo, en Babilonia, el Código de

Hammurabi promocionó la creación de una asociación que se encargaba de dar

una nueva nave a los mercaderes que perdían la suya a causa de una tempes tad

y un nuevo asno al mercader que hubiese perdido el suyo.

En la antigua Grecia surgió el primer mercado de seguros con un sistema

informativo propio; en Atenas apareció el contrato de préstamo a la gruesa, por

el que el prestamista debería perdonar el préstamo hecho al comerciante para

financiar un viaje marítimo si el barco se perdía, por la causa que fuese. En el

siglo IX a. de C. las Leyes de Rodas establecían las bases del procedimiento de

la avería gruesa.

La mayor aportación romana al seguro fue la organización de sociedades

de enterramiento (“collegia tenuiorum”), fundadas durante el Imperio por arte -

sanos y actores, antecedente también de los seguros de vida y enfermedad. Otra

de las aportaciones romanas fue la creación de una tabla de valoración de anua -

lidades, que tenía en cuenta la edad y la esperanza de vida en años del indivi-

duo miembro del “collegium”.

En la Edad Media hubo también asociaciones para la ayuda mutua. Son

destacables las “guildas” en Inglaterra y Dinamarca, pero muy especialmente

en Alemania; tenían carácter gremial e implicaban un compromiso de ayuda

mutua en caso de incendio o naufragio.

Durante los siglos del XII a XIV se produjo un gran desarrollo del seguro

ma rítimo, al mismo tiempo que se perfeccionaron o aparecieron otras

modalida des de seguro. Por ejemplo, los mercaderes que asistían a las ferias lo-

cales po dían asegurar sus productos contra los riesgos de incendio y robo.

Fue a consecuencia de la actuación del Papa Gregorio IX cuando comenzó

a producirse la evolución que dio origen al contrato de aseguramiento como tal.

Gregorio IX publicó en 1230 una Decretal mediante la cual se prohibía todo

tipo de interés por considerarlo usurario, lo cual significó la abolición del prés-

tamo marítimo. Tal abolición impulso la creación de los contratos de seguro.

El testimonio auténtico más antiguo que se conoce de un contrato de segu-

ro marítimo lo constituye el encontrado en el Archivo Notarial de Génova, que

Tema 1-5

Page 7: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

data de 1347. En 1309 el Dux de Venecia dicta un Decreto en el que se emplea

por primera vez la palabra “assecuramentum”, en el sentido moderno del con-

trato de seguro, y en 1435 se publican las conocidas como Ordenanzas de los

Magistrados de Barcelona, que contienen lo que puede considerarse como la

reglamentación de seguros marítimos más antigua de que se tiene noticia.

Aquella normativa pretendía, y lo logró, sentar unas reglas objetivas para

la práctica del seguro marítimo. Es la primera ley que se establece sobre esta

ma teria, el antecedente remoto de cuanto sobre el tema puede encontrarse más

tar de en el derecho positivo. Su contenido ideológico, convenientemente

depura do y enriquecido con las diversas regulaciones que el transcurso del

tiempo y la práctica comercial fueron aconsejando, pasó al primer Código de

Comercio de 1829 y de aquél al que hoy está vigente.

Junto a las indicadas deben citarse las Ordenanzas de Burgos (1538), las de

Sevilla (1556) y las de Bilbao (1560), también importantes en la historia del se -

guro español.

Después de las Ordenanzas españolas referidas se publicaron las de

Venecia, Florencia y Génova.

En el siglo XVI amberes toma el liderazgo asegurador que las ciudades es -

pañolas habían tenido hasta el momento, y allí se producen varias Ordenanzas

entre 1563 y 1570. La llamada Ordenanza de Felipe II, de 1570, es la más im -

portante. Fue publicada por el Duque de Alba y en ella se regula por primera

vez la supervisión del Estado sobre el negocio asegurador. En su virtud se creó

la Comisaría de Seguros de Amberes y se reglamentó su organización.

A partir del siglo XVII, Inglaterra se erigió en nación dominante del co -

mercio internacional.

Los mercaderes de la Hansa hicieron en Londres una de las bases más im -

portantes de su red, siendo los más destacados financieros privados de la

Corona. También los mercaderes lombardos se asentaron en Londres, donde

llevaron sus refinadas instituciones financieras, como la actividad bancaria y el

seguro.

La primera ley inglesa de seguros fue promulgada en el año 1601 y autori -

zó la creación de un tribunal especial que arbitrase las disputas surgidas en ma -

teria de seguros.

Tema 1-6

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Inglaterra prestó también una contribución muy eficaz al seguro de incen -

dios, a causa sin embargo de una desgracia: el gran incendio de Londres de

1666, que destruyó casi la cuarta parte de la ciudad y obligó a replantear los

sistemas de seguro de incendios, redactándose un nuevo seguro, muy parecido

al actual, en el que se estipulaba que el asegurador podría reponer o reparar

cualquier pérdida en materiales de análoga clase y calidad a los destruidos, lo

que le daba la oportunidad de reparar los edificios siniestrados en lugar de pa -

gar las correspondientes indemnizaciones con dinero.

En otros países no existieron compañías de seguros de incendios hasta más

entrado el siglo XVIII (Francia) o XIX (Alemania).

También el seguro de vida dio pasos firmes en esta época, al ver desarro -

llarse las teorías de la probabilidad y la mortalidad. Se sabe que se habían emi -

tido pólizas de vida en el siglo XVI, principalmente con motivo de préstamos,

y la primera póliza que se emitió en Inglaterra data de 1583.

Al hablar de la historia del seguro de vida es obligado hablar del sistema

tontino, propuesto por el napolitano Lorenzo Tonti en el siglo XVIII, que con -

sistía, muy sucintamente, en reunir un grupo de personas de edad y circuns -

tancias similares, donde cada miembro del grupo aportaba un capital y perci -

bía una renta vitalicia con los capitales de los miembros del grupo que iban

falleciendo.

A finales del siglo XVIII el Parlamento inglés se vio obligado a promulgar

una ley de seguro de vida que exigía como requisito necesario, para que el con -

trato fuese válido, que hubiese un interés asegurable. La técnica del seguro de

vida se había convertido en una doctrina con contenido científico.

En el desarrollo histórico del seguro hay que mencionar especialmente al

Lloyd’s de Londres.

Desde el siglo XVIII, el Lloyd’s de Londres fue el mercado más importan -

te para suscribir cualquier tipo de contrato de seguros; sus miembros estaban

muy familiarizados con la situación económica y las circunstancias que

condicio naban los negocios.

Además, gozaban de una relativa libertad respecto a la intervención del

Gobierno, lo que les permitía una mayor adaptación de sus técnicas y cobertu -

ras a las necesidades de los tiempos.

Tema 1-7

Page 9: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

Desde la Revolución Industrial, el seguro ha venido haciendo frente a los

riesgos creados por el avance tecnológico y por la complejidad general de la

nueva sociedad. Hay nuevos medios de transporte, industrias muy complica -

das, profesiones peligrosas, el automóvil se utiliza masivamente, el público tie -

ne cada vez una conciencia más acusada de su derecho a reclamar los daños su -

fridos por la actuación de otras personas, etc.

Paralelamente, los riesgos han adquirido volúmenes extraordinarios: las

plataformas petrolíferas en el mar, los gigantescos aviones de transporte, los

edificios de gran altura, hipermercados, etc., suponen tales acumulaciones de

valor que el seguro ha tenido y tiene que evolucionar extensamente para dar el

servicio que justifica su existencia.

CONCEPTOS DEL SEGURO

El seguro puede definirse como el sistema en virtud del cual una persona

física o jurídica (Asegurado) recibe de una empresa especializada en este co -

metido (Asegurador) la promesa de compensación de los daños que sufra si el

siniestro llega a afectarle y, a cambio, le entrega una determinada cantidad de

dinero, precio de la cobertura pactada (prima).

Así pues, mediante el seguro, se traspasa al Asegurador el riesgo que ame -

naza al Asegurado a cambio del pago de una cuota o prima.

El seguro como institución, y considerado en sus términos más amplios,

puede ser definido como el sistema que permite prever las consecuencias eco -

nómicas de los hechos futuros e inciertos, cuya realización preocupa al asegu -

rado, anulando totalmente sus efectos o remediándolos en gran medida.

Su principio básico es distribuir entre grandes masas de personas expues -

tas a un mismo riesgo las consecuencias económicas de los que afectan en su

realización individualmente a algunos de los agrupados.

Desde el punto de vista jurídico, conviene advertir que el seguro puede ser

definido como contrato desde un doble ángulo de visión: es decir, mirándolo a

través de las enunciaciones de orden legal o contemplándolo desde el terreno

de la doctrina.

a) Definición legal

Tema 1-8

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La vigente Ley de Contrato de Seguro (LCS), de 8 de octubre de 1980, de-

fine en su artículo 1º al contrato de seguro como “aquél por el que el asegura-

dor se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produz-

ca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar, dentro de los

límites pactados, el daño producido al ase gurado, o a satisfacer un capital, una

renta u otras prestaciones conve nidas”.

b) Definiciones doctrinales

Según BRUNETTI: “el seguro es un contrato bilateral, autónomo, a tí tulo

oneroso, por el que una sociedad de seguros, debidamente autori zada para el

ejercicio de esta empresa, se obliga, contra el precio de una prima, a satisfacer

al asegurado una prestación determinada, en capital o renta, para el caso en que

en el futuro se realice un determinado even to contemplado en el contrato”.

Para PLANIOL, “el seguro es un contrato por el cual una persona lla mada

asegurador promete a otra llamada asegurado a indemnizarle una pérdida even-

tual a que está expuesto, mediante una suma llamada pri ma”.

En último término citaremos la definición de VIVANTE, quien entien de

que el seguro “es el contrato por el que una empresa, constituida pa ra el ejer-

cicio de este negocio, asume los riesgos ajenos mediante una prima fijada an-

ticipadamente”.

¿ Qué consecuencias podemos extraer de las definiciones que anteceden?

He aquí las que podrían ser más importantes:

a) El asegurador es siempre un profesional de la asunción de riesgos

ajenos, que hace de ello un negocio o industria; necesita, para poder ejercer su

industria en forma válida, gozar de la correspondiente aprobación o autoriza-

ción oficial.

b) La percepción anticipada de una prima por parte del asegurador es

un factor clave para que los efectos del seguro se desencadenen, obligando a

las partes.

c) La eventual producción de un hecho, de acaecimiento incierto, es el

factor igualmente necesario para desencadenar las obligaciones del asegurador,

siempre que la concurrencia de aquel hecho se ajuste a las condiciones o pre-

visiones fijadas en la póliza.

Tema 1-9

Page 11: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

1.4. EL RIESGO: ELEMENTOS Y CLASES DE RIESGO

EL RIESGO

Desde un punto de vista técnico, y de acuerdo con las palabras de MANES,

el riesgo puede ser definido como “la posibilidad de que se produzca de algún

modo fortuito el suceso previsto; suceso prematuro, temido o anormal, que se

traduce casi siempre en un quebranto económico y cuyas consecuencias eco -

nómicamente perjudiciales obligan al desembolso de una suma, que es la que

el seguro tiene que cubrir”.

En diferentes términos, lo hemos definido por nuestra parte, en otro lugar

como : “el hecho futuro, incierto e independiente de la voluntad de las partes

que, de tener lugar, produce determinadas consecuencias no deseadas por el

asegurado”.

El riesgo es un elemento fundamental e indispensable para la validez del

contrato de seguro. Si éste no existe, el seguro será nulo, de acuerdo con lo dis -

puesto en el artículo 4 de la Ley de Contrato de Seguro.

ELEMENTOS DEL RIESGO

Desde el punto de vista técnico el riesgo ha de ser posible, incierto, fortui -

to y económicamente desfavorable.

Posible

Ha de existir posibilidad de riesgo; es decir, el siniestro cuyo acaecimien to

se protege con la póliza debe “poder suceder”.

Incierto

Sobre el riesgo ha de haber una relativa incertidumbre, pues el conoci-

miento de su existencia real hará desaparecer la aleatoriedad, principio básico

del seguro.

Fortuito

Tema 1-10

Page 12: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

El riesgo debe provenir de un acto o acontecimiento ajeno a la voluntad

huma na. No obstante, es indemnizable el siniestro producido a consecuen cia

de actos realizados por un tercero, ajeno al círculo contractual de la póliza.

Económicamente desfavorable

Debe ser capaz de producir un perjuicio económico al asegurado, que de -

be poder ser valorado monetariamente, tanto en el momento del estableci -

miento de la garantía como en el de la ocurrencia del siniestro.

No debemos olvidar, no obstante, que el seguro no podrá ser nunca una

fuente de lucro o beneficio para el asegurado. Debe limitarse a la reparación

económica del perjuicio realmente sufrido.

CLASES DE RIESGOS

Los riesgos se pueden clasificar desde muchos puntos de vista. Nos referi -

remos seguidamente a los criterios más frecuentemente utilizados.

a) Por su naturaleza

– Riesgo subjetivo

Es el que se deriva de un conjunto diverso de circunstancias relati vas al

asegurado, difícilmente objetivables, y que normalmente só lo conoce el intere-

sado. Aun así, son circunstancias importantes para la valoración del riesgo por

el asegurador.

– Riesgo objetivo

Es aquel que se define y describe por el conjunto de circunstancias que se

dan en el riesgo, normalmente como probables, que definen su composición,

características, etc. Su conocimiento es básico pa ra la determinación de la pri-

ma.

b) Por su magnitud

– Ordinarios

Tema 1-11

Page 13: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

Son los que responden, en su planteamiento, gravedad y efectos previsi-

bles, a las pautas normales de contratación en el mercado.

– Extraordinarios

Son aquellos que por la naturaleza y magnitud de sus causas y efec tos es-

capan a la posibilidad de cobertura del seguro normal, sien do preciso arbitrar

fórmulas especiales para su aseguramiento. Normalmente éste último se pro-

duce a través del Consorcio de Compensación de Seguros.

c) Por el sujeto sobre el que recae el riesgo

– Personales

Son los que afectan a las personas en su salud, integridad física o vida.

– De cosas

Son los riesgos que, afectan a la naturaleza, integridad, persistencia o ca-

pacidad de uso de las cosas, que normalmente suponen un pa trimonio para sus

propietarios.

d) Por la posible intensidad del siniestro

– Homógrados

Son los que, si el siniestro llega a producirse, éste presenta intensi dad úni-

ca. Por ejemplo, en el seguro de vida para caso de muerte.

– Heterógrados

En esta clase de riesgos, el siniestro puede revestir una intensidad variable.

Por ejemplo, el siniestro de incendios, que puede destruir totalmente el bien

asegurado o sólo una parte, que además puede ser variable.

e) Por su estabilidad

– Constantes

Tema 1-12

Page 14: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

Son aquellos cuya naturaleza no varía a lo largo de la duración del seguro,

salvo circunstancias anormales sobrevenidas (el de una ca sa habitación para el

seguro de incendios, por ejemplo).

– Variables

Son los que ven modificada su naturaleza por el transcurso del tiempo. Por

ejemplo, el riesgo de muerte para el seguro de vida, que se agrava conforme

transcurre el tiempo.

1.5. ASEGURABILIDAD Y PRESUPUESTOS TÉCNICOS DELRIESGO

ASEGURABILIDAD

Se entiende por asegurabilidad de un riesgo la posibilidad que éste tiene de

ser objeto de un contrato de seguro, es decir, si se dan en él las circunstancias

de todo tipo que la ley exige y que la práctica aseguradora necesita para que se

le pueda otorgar la cobertura o protección que el seguro dispensa.

Estas condiciones precisas pueden ser de distinta naturaleza, como se verá

seguidamente.

PRESUPUESTOS TÉCNICOS DE RIESGO

A primera vista parece que cualquier hecho desfavorable puede ser obje to

de seguro. Bastaría sólo que la entidad aseguradora y el asegurado se pu sieran

de acuerdo en el precio y condiciones para que la garantía se pusiese en mar-

cha.

Pero las cosas no son así. Porque hay razones legales o condicionantes de

carácter técnico que exigen que el riesgo que se considera cumpla ciertos re -

quisitos para que la entidad aseguradora pueda integrarlo en la masa general de

riesgos de su cartera.

Entre esas condiciones destacaremos, como fundamentales, las siguientes:

Tema 1-13

Page 15: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

– La eventualidad contemplada: tiene que tratarse de un hecho incierto y

posible.

– Este hecho eventual no puede haberse producido todavía: ha de tratar se

solamente de una eventualidad.

– En su ocurrencia, ha de ser independiente de la voluntad consciente y de-

liberada del asegurado.

– Que la causa del posible siniestro no sea una actividad ilícita del asegu -

rado, o haya sido provocado dolosamente por él.

– Que la operación de seguro no sea una fuente de lucro o ganancia para el

asegurado, ya que el seguro sólo puede compensar los daños sufri dos, pero

nunca dar lugar a la obtención de un beneficio económico pa ra el afectado. En

este sentido, el art. 26 de la LCS especifica que: “El seguro no puede ser obje-

to de enriquecimiento injusto para el asegura do”.

– Las consecuencias del riesgo no pueden afectar simultáneamente y con la

misma o semejante intensidad a la totalidad de los asegurados del grupo.

– Que su cobertura no esté prohibida por la ley.

1.6. LA PREVENCIÓN, SELECCIÓN Y VIGILANCIA DE RIESGOS

LA PREVENCIÓN DE RIESGOS

Por prevenir se entiende la “preparación y disposición que se hace antici -

padamente para evitar un riesgo o ejecutar una cosa”.

En consecuencia, por prevención de riesgos puede entenderse “la suma de

actuaciones encaminadas a impedir que el hecho temido se produzca y, en ca -

so de ocurrir, lograr que sus consecuencias sean lo menos dañosas posible”.

Dentro de la actividad aseguradora hay algunos aspectos en que la preven -

ción resulta especialmente indicada. Aunque, en términos generales, cabe de -

cir que, incluso para el asegurado, siempre es mejor evitar el siniestro que ver

compensadas sus consecuencias.

Tema 1-14

Page 16: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

El riesgo que ha conseguido mayor atención, en materia de prevención, es

el de incendios. Y dentro de él, los referidos a la industria textil, la industria de

la madera, la industria de los plásticos, las instalaciones electrónicas y los edi -

ficios de gran altura.

En cuanto a su aplicación en concreto, puede decirse que engloba un gran

número de instrumentos y aparatos, criterios y materiales de construcción, in -

novaciones técnicas de diverso tipo, medios de información y propaganda, así

como acciones para la mentalización y formación del personal.

SELECCIÓN DE RIESGOS

La selección de riesgos en general puede decirse que consiste en el análi -

sis crítico que realiza el asegurador de los riesgos que se le presentan para su

cobertura. Este análisis se realiza por la entidad aseguradora para determinar

en cada caso cuáles son los que pueden aceptarse por considerarse normales y

cuáles deben desecharse, o aceptarse en condiciones especiales, por ser riesgos

anormales o agravados.

Una adecuada política de selección de riesgos permite a la entidad asegu-

radora constituir y mantener una cartera equilibrada y sana, que dé los benefi-

cios esperados. Con ello se evita igualmente la antiselección, es decir, la pre-

sencia de riesgos anormales y con alta propensión a la siniestralidad, causa de

malos resultados.

La selección de riesgos presenta distintas características según sea la natu -

raleza del riesgo a considerar. En los seguros de daños se considerarán no só lo

extremos relativos al objeto o bien asegurado, sino también factores extraños a

él pero que influyen en la estimación del riesgo.

En los seguros personales, los factores sobre los que se fundamenta la se -

lección son muy distintos; se atiende principalmente a circunstancias inheren -

tes a la persona del presunto asegurado (edad, salud, profesión, medios econó -

micos, etc.).

Cuando nos referimos a la selección del riesgo, básicamente estamos pen -

sando casi exclusivamente en el riesgo objetivo, es decir, aquel que nos viene

dado por la propia materialidad del riesgo bajo un punto de vista físico. Tanto

en los seguros de cosas o daños como en los de personas.

Tema 1-15

Page 17: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

Sin embargo, no podemos olvidar el análisis subjetivo del riesgo, que re -

sulta mucho más delicado al no poderse “ver y tocar”, como ocurre con el ob-

jetivo.

El riesgo subjetivo nos viene dado por las circunstancias relativas a la per -

sona del asegurado, individualmente considerado o como empresario, su en -

torno socio-económico, la evolución del mercado en cuanto a la actividad in -

dustrial o comercial de que se trate, etc.

VIGILANCIA DE RIESGOS

Se puede considerar una prolongación o segunda fase de la selección.

Porque si esta última supone actuar con anterioridad a la aceptación de los ries-

gos, la vi gilancia de los riesgos representa un medio para detectar, dentro de la

cartera, los que produzcan malos resultados y, según sean éstos, eliminarlos al

venci miento siguiente. Es decir, que se trata de una actuación selectiva, poste-

rior a la asunción del riesgo.

Naturalmente, la solución a un riesgo detectado como desfavorable no es

exclusivamente su rechazo. Pueden aplicarse soluciones para reducir la sinies -

tralidad por medio de medidas preventivas, mejorando los procesos o revisan -

do la prima aplicada.

En cualquier caso, la vigilancia -absolutamente necesaria en todo caso- ha -

brá cumplido con su objetivo, que es defender la calidad de la cartera para una

aseguradora.

1.7.LA PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN DE RIESGOSINDUSTRIALES

Como se ha dicho, donde la acción de la prevención ha alcanzado mayor

importancia y aplicaciones ha sido en materia de riesgos industriales. Y es ló-

gico que así ocurra, porque es la industria en donde los riesgos potenciales son

más numerosos e importantes, las consecuencias pueden ser de mayor grave-

dad y cuantía, y los intereses y personas implicados de muchísimo ma yor vo-

lumen.

Tema 1-16

Page 18: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

Por eso, en materia de prevención de riesgos en aquel campo, no sólo in -

tervienen las iniciativas y medidas aplicadas por la empresa en virtud de la pro-

pia decisión, sino que también la Administración Pública establece normas de

pre vención a través de distintos organismos, normalmente de obligado cumpli -

miento.

En lo que se refiere al capítulo de normas, su inventario sería muy exten -

so, porque las fuentes son igualmente muy dispares. Citaremos, a título mera -

mente indicativo, las siguientes:

a) Normas de carácter general

El artículo 40.2 de la Constitución Española encomienda a los poderes pú-

blicos, como uno de los principios rectores de la política social y económica,

velar por la seguridad e higiene en el trabajo.

El Estatuto de los Trabajadores, en el artículo 19, regula la seguridad e hi-

giene en el trabajo.

Existe normativa diversa del Ministerio de Medio Ambiente en materia

me dioambiental y gestión de residuos.

Es de especial significación la LEY31/1995, de 8 de noviembre, de

Prevención de Riesgos Laborales, que tiene por objeto la regulación de los pro-

cedimientos de evaluación de los riesgos para la salud de los tra bajadores y de

las modalidades de organización, funcionamiento y con trol de los servicios de

prevención, así como de las capacidades y apti tudes que han de reunir los in-

tegrantes de dichos servicios y los trabajadores.

También es remarcable el REAL DECRETO 486/1997, de 14 de abril, por

el que se establecen las disposiciones mí nimas de seguridad y salud en los lu-

gares de trabajo.

b) Normas de carácter internacional

La Unión Europea, a través de las distintas directivas intenta promover la

mejora de la seguridad; la más significativa es, probablemente, la directiva

89/391/CEE, que contiene el marco jurídico general en el que opera la política

de prevención comunitaria.

Tema 1-17

Page 19: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

Norvativas establecidas por la Organización Internacional del Trabajo a

través de los Convenios suscritos por los distintos estados, que regulan diver-

sos aspectos concretos, como la protección contra las radiaciones ionizan tes,

protección de máquinas, protección contra los riesgos de intoxica ción por ben-

ceno, etc.

c) Normas sectoriales o profesionales

En las regulaciones legales correspondientes, que contienen normas de pre-

vención, como el régimen general de seguridad minera, las norma tivas sobre

aparatos domésticos e industriales, elevadores, automóviles, electricidad, ener-

gía nuclear, explosivos, gas, fluidos a presión, etc.

Evidentemente, la UE ha desarrollado directivas varias que atienden a la

seguridad, higiene y la protección de la salud en el trabajo. Entre ellas, la di-

rectiva 2003/10/CE establece las disposiciones míni mas en materia de protec-

ción de los trabajadores contra los riesgos para su seguridad y su salud origi-

nados por la exposición al ruido.

Destaca la ley 38/1999, de 5 de noviembre de Ordenación de la

Edificación, que regula las garantías de seguro para los edificios de vi vienda,

de suscripción obligatoria por el constructor y el promotor.

d) Normas dictadas por organismos autonómicos y municipales

La constitución española, en su artículo 149.1. 7º, reserva al Estado la com-

petencia exclusiva en materia de legislación laboral, sin perjuicio de su ejecu-

ción por los órganos de las comunidades autónomas.

Además, las comunidades autónomas pueden, en cierta medida, regu lar

otros ámbitos que inciden en la seguridad y salud, como el sanita rio y el de

consumo.

A otro nivel mencionamos la Ordenanza provincial de prevención con tra el

fuego de la provincia de Barcelona (de mayo de 1974) y la del Ayuntamiento

de Madrid (de marzo de 1976), ambas derogadas dado que fueron redactadas

cuando no existía un marco estatal, y en ello es tá su mérito. Posteriormente el

estado, basándose en ellas, dictaminó la norma básica de edificación en 1982.

Actualmente, el ayuntamiento de Madrid cuenta con la ordenanza municipal

Tema 1-18

Page 20: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

28-06-1993, que deroga la anterior, y en Barcelona la ordenanza vigente es de

julio de 1997.

1.8. LA GERENCIA DE RIESGOS

CONCEPTO Y COMENTARIO

Por gerencia de riesgos se entiende la suma de medidas adoptadas en el se -

no de la empresa, para protegerla de los riesgos propios que puedan causar da -

ños a las personas y bienes de la empresa, así como a su correcto desarrollo.

También tienden aquellas medidas a salvaguardar a la empresa de los riesgos

de terceros, es decir, la responsabilidad civil frente a terceros en que pueda in-

currir la empresa.

La gerencia de riesgos tiene, pues, por misión la gestión del riesgo en el se -

no de la empresa, destinando a ello los recursos humanos, financieros y medios

técnicos y de organización, con el objetivo de eliminar, reducir y proteger los

riesgos que amenazan el patrimonio empresarial.

La Gerencia de Riesgos rentabiliza su gestión, como si de cualquier otra

área de negocio se tratara, con el beneficio que comporta la evitación del si -

niestro, la minoración de las pérdidas y su financiación. Todo ello al menor

costo posible.

CAMPO DE ACTUACIÓN Y FUNCIÓN

El campo de actuación de la gerencia de riesgos se centra en los denomi-

nados riesgos aleatorios o puros. Estos riesgos resultan de la existencia misma

de la empresa, de su situación y actividad, abarcando tanto el período de no si-

niestro, como la etapa posterior al mismo.

Los riesgos puros o aleatorios son los que dependen :

– Del azar.

– De los fenómenos de la naturaleza.

– De la acción dolosa o imprudente del hombre.

Tema 1-19

Page 21: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

– Del error, la negligencia o la falta de pericia profesional.

– Del desprecio o ignorancia del riesgo y sus consecuencias.

– De los cúmulos o circunstancias más o menos fortuitos.

El Gerente de Riegos tiene las siguientes funciones principalmente :

– Identificación de los riesgos, describiendo:

o La categoría a la que pertenece cada riesgo.

o Las causas por las que se producen.

o Los posibles efectos.

o El responsable del riesgo.

– Analizar los riesgos, cuantificándolos y evaluándolos:

o Apreciación de los posibles efectos económicos directos y con-

secuenciales.

– Diseño de las medidas de prevención, protección y seguridad más ade-

cuadas.

– Elaboración de los planes de emergencia, salvamento y recuperación

post-siniestro.

– Emisión de las órdenes de orden interno sobre prevención.

– Seguimiento constante de los riesgos, arbitrando las oportunas medidas

de prevención complementarias si fuere preciso.

EL ANÁLISIS DEL RIESGO

Desde un punto de vista asegurador, se define el riesgo como la posibilidad

de que ocurra un suceso futuro, incierto, ajeno a la voluntad de las partes y ge -

nerador de un daño.

Tema 1-20

Page 22: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

Para poder analizar el riesgo, previamente deben conocerse los factores que

lo generan, siendo los básicos la frecuencia y la intensidad.

Se entiende por frecuencia el número de veces que se produce el hecho en

un tiempo determinado, mientras que la intensidad la definimos como la ma -

yor o menor amplitud que alcanzan los daños provocados por un siniestro.

Las fases de análisis se corresponden con la identificación del riesgo, la

evaluación de éste, la cuantificación económica de las consecuencias del ries-

go y su tratamiento.

La fase de identificación debe llevarnos al conocimiento de todos los ries -

gos o peligros que amenazan el patrimonio empresarial, tanto los que puedan

afectar a las instalaciones propias como los que pudieran causar un daño o per -

juicio a terceros.

Por lo que respecta a la evaluación del riesgo, se efectúa “a priori” en base

a estadísticas propias o ajenas, evaluándose sus posibles efectos perniciosos en

la empresa : pequeño, medio, grave, muy grave o catastrófico.

La evaluación económica de las consecuencias del riesgo debe basarse en

la estimación de la “pérdida máxima posible”, en criterios de valoración de los

bienes, forma de cálculo del valor real, etc.

Por último, el tratamiento del riesgo debe dirigirse principalmente a lograr

su eliminación o como mínimo reducirlo, empleando una serie de medidas ten -

dentes encaminadas a ello : prevención, protección, plan de emergencias y sal -

vamento y plan de protección post-siniestro.

MODO DE AFRONTAR LOS RIESGOS ALEATORIOS

Por parte de la empresa, puede llevarse a término del siguiente modo:

a) Auto seguro parcial: supuestos de franquicias.

b) No aseguramiento.

c) Auto seguro total: la empresa se sitúa en la misma posición del

asegu rador para poder asumir ciertos riesgos aleatorios, requiriéndose para ello

Tema 1-21

Page 23: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

la constitución de una reserva interna, con el fin de poder asumir el costo de

los siniestros.

d) El seguro: es la alternativa más económica y segura para afrontar las

consecuencias de cualquier siniestro. Finalmente, el importe de las pri mas re-

percute en el precio final del producto, siendo asumida, por lo tanto, por el con-

sumidor.

De este modo, con la contratación de un seguro, se traslada a la empresa

asegura dora el riesgo que le correspondería, mediante el pago de una prima.

A modo de resumen, podríamos llegar a la conclusión de que el objetivo de

las gerencias de riesgos debe ser:

1. Identificación, evaluación, cuantificación del riesgo.

2. Qué riesgos deben eliminarse o reducirse empleando medios

elimina tivos o preventivos.

3. Qué riesgos deben asumirse, tomándolos a su cargo.

4. Qué otros riesgos pueden desplazarse.

Tema 1-22

Page 24: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

Tema 1-23

TEMA 1. LA INSTITUCIÓN ASEGURADORA

RIESGO

ASEGURABILIDAD DE UNRIESGO

CLASES DE RIESGOS

POSIBILIDAD ,OCURRENCIA, ACONTECIMIENTO QUEIMPLICA PERJUICIO A QUIEN LO SUFRE

– CONOCIMIENTO DE LAS PROBABILIDADES DEOCURRENCIA DE UN SINIESTRO.

– EXISTENCIA DE UNA MASA DE ASEGURADOS.– POSIBILIDAD DE OCURRENCIA.– INCIERTO EN CUANTO A SU REALIZACIÓN O TIEMPO DE

OCURRENCIA.– INDEPENDIENTE DE LA VOLUNTAD.– INTERESES HOMOGÉNEOS.– SUSCEPTIBLE DE CAUSAR NECESIDAD ECONÓMICA.

PASIVA

ACTIVA

ACTITUDES

POR SUNATURALEZA

POR SU MAGNITUD

POR EL SUJETODEL RIESGO

POR LA INTENSIDADDEL SINIESTRADO

POR SUESTABILIDAD

NO REACCIONAR/INDIFERENCIA

PREVENCIÓN

AHORRO

SEGURO

SUBJETIVO

OBJETIVO

ORDINARIOS

EXTRAORDINARIOS

PERSONALES

DE COSAS

HOMÓGRADOS

HETERÓGRADOS

CONSTANTES

VARIABLES

Page 25: 1 Introduccion Antecedentes y Riesgo

Tema 1-24

(Continuación)

ACTUACIÓN DIRIGIDA A EVITAR QUE SE PRODUZCA ELRIESGO O A QUE SUS CONSECUENCIAS SEAN MÍNIMAS

PREVENCIÓN DE RIESGOS

OBSERVACIÓN DE SI EL RIESGO PROPUESTOCONCUERDA O NO CON LA PREVISIÓN QUE SE TIENEPARA LA TOTALIDAD DE RIESGOS DE LA MISMA CLASE

SELECCIÓN

SIMILAR A LA SELECCIÓN, PERO DENTRO DELTRANSCURSO DEL CONTRATO

VIGILANCIA

– IDENTIFICACIÓN, EVALUACIÓN, CUANTIFICACIÓN DELRIESGO.

– RIESGOS QUE DEBEN ELIMINARSE O REDUCIRSEEMPLEANDO MEDIOS ELIMINATIVOS O PREVENTIVOS.

– QUÉ RIESGOS DEBEN ASUMIRSE TOMÁNDOLOS A SUCARGO.

– QUÉ OTROS RIESGOS PUEDEN DESPLAZARSE.

VIGILANCIA DE RIESGOS