1 introducción a las retenciones
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Retención de Impuesto
Capítulo 1.RETENCIONES.CONCEPTO. CLASES
CURSO DE ESPECIALIZACIÓN ENIMPUESTOS Y PROCEDIMIENTOSEDE REGIONAL ALTO PARANA
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¿Qué son las retenciones?
Las “retenciones” son una forma de pagar impuestos.
Este mecanismo se encuentra contemplado enla Ley Nº 125/91, Artículo 240º y tiene variasreglamentaciones, las que deben conocer, tantolas personas que actúan como “agentes deretención” como aquellas a quienes se les va aefectuar la misma, a la que llamaremos “sujeto retenido”.
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¿Qué son las retenciones?
Se da cuando el contribuyente, o la persona obligadaa pagar un impuesto, en lugar de presentarse aliquidar y pagar el mismo ante las oficinas de la SET
o ante las Entidades Recaudadoras. Autorizadas(ERAS), terceras personas realizan dicha tarea yantes de pagarles una suma proceden a “descontar o retener” todo o parte del
impuesto con la obligación de entregar dicho dinero al fisco y
un “comprobante de retención” a la persona a quiendescontaron dicha suma de dinero.
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Beneficios para el contribuyentey para la Administración Tributaria
Tanto la Administración Tributaria como el contribuyente,pueden beneficiarse con este sistema de liquidación y pago.
En ocasiones el contribuyente se beneficia por la facilidadde pagar el impuesto sin tener que inscribirse comocontribuyente (en el RUC) y por ello no se obliga a llevar registros contables y cumplir otras formalidades.
En estos casos, la retención tiene carácter de pago únicoy definitivo, tema que será analizado posteriormente.
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Beneficios para el contribuyente ypara la Administración Tributaria
Por lo general se establece para personas físicas que realizan actividades por las que deben pagar
impuesto, pero que por el volumen del negocio, por la forma de administración u otros motivos,resultaría costoso inscribirse como contribuyente ypor ello se designa a otras personas que son
contribuyentes inscriptos a los efectos de quelas mismas le retengan los impuestos e ingresendicha suma al fisco.
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Beneficios para el contribuyente ypara la Administración Tributaria
En otros casos la Administración Tributaria permite laretención a contribuyentes inscriptos y designa agentesde retención a ciertos contribuyentes, como por ejemplo, losorganismos del Estado, los exportadores, lasadministradoras de tarjetas de crédito y otros, comomanera de asegurarse el cobro total o parcial de unimpuesto o acelerar el ingreso de los mismos a las arcas delEstado.
Este monto pagado, se descuenta posteriormente delimpuesto total a pagar
Por ello se lo llama “Retenciones a Cuenta”.
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RETENCIONES A NO
DOMICILIADOS En el caso de personas físicas o empresas extranjeras, no
domiciliadas en Paraguay, que ocasionalmente realizan ciertasactividades por las cuales le corresponde pagar impuestos en
nuestro país (fletes, seguros, asistencia técnica y otros) la única manera que lo hagan es que el contribuyente, al momento
de pagarle, le retenga el impuesto que le corresponde pagar por lasganancias (Retención de IRACIS) o el consumo que realiza enParaguay (Retención de IVA).
A esto les conoce con el nombre de retenciones a personasno domiciliadas en Paraguay Estas retenciones, sondefinitivas, es decir es el monto total del impuesto que tienenque pagar.
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ABSORCION DE IMPUESTOS
No poca veces la persona del exterior, almomento de prestar el servicio, o
realizar el negocio condiciona alcontribuyente que el pago que le deberealizar es “libre de impuestos” y que
es el mismo quien debe cargar con esecosto. A esto se le llama “Absorción delImpuesto”.
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Base legal de las
retenciones Artícu lo 240.- Agentes de Retenc ión y Perc epc ión - Designase agentesde retención o de percepción a los sujetos que por sus funciones públicas o
por razón de su actividad, oficio o profesión, intervengan en actos uoperaciones en los cuales deben retener o percibir el importe del tributo
correspondiente. La reglamentación precisará para cada tributo la forma y condiciones de la
retención o percepción, así como el momento a partir del cual los agentesdesignados deberán actuar como tales.
Efectuada la retención o percepción el agente es el único obligado ante el sujeto activo por el importe respectivo; si no la efectúa responderá
solidariamente con el contribuyente, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada.
La Administración otorgará constancia de no retención, cuando el monto del anticipo haya superado el tributo del ejercicio anterior, o cuando el contribuyente se encuentra exonerado.
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BASE LEGAL DE LAS RETENCIONES
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Agentes de retención
Los agentes de retención son aquellas personas
físicas o jurídicas obligadas por la Ley a retener de loscontribuyentes (inscriptos y no inscriptos) una parte ola totalidad de los impuestos que deben abonar alfisco.
Los agentes de retención no se encuentran obligadosa inscribirse en el RUC como Agente de Retención.
Una vez designado por ley o al realizar una actividaden la que se exija retención, automáticamente se estáobligado a cumplir con las formalidades y el pago.
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Agentes de retención
Los mismos deben contar con elcorrespondiente comprobante de retención el cual deberá estar firmado y guardar unacopia como archivo tributario por 5 años.
En caso de que la operación se realice con
una persona física del país no inscripta comocontribuyente se debe expedir unaautofactura y se debe exigir de la contraparteuna declaración de no ser contribuyente.
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Contribuyentes como agentesde retención.
Los agentes de retención sonsolamente contribuyentes inscriptos
en el RUC. Las personas que no estáninscriptas no pueden ni deben realizar retenciones, aún cuando se den las
circunstancias previstas en lasreglamentaciones, por ejemplo, el pagode una ganancia a personasdomiciliadas en el exterior.
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Agentes de retención y de
percepción Nuestra legislación contempla dos figuras: El agente de retención y el agente de percepción”.
El agente de percepción, aún cuando esté previstoen la ley, hasta la fecha no se lo utiliza.
La diferencia es que mientras el agente de retención
“retiene” al contribuyente (inscripto o no inscripto)el monto del impuesto al momento de pagarle por lacompra de un bien o servicio, el Agente dePercepción, “recibe del consumidor o usuario” elimpuesto que grava la operación, al momento de
cobrar por un consumo o servicio
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Características de los agentesde retención
Es un mandato legal y no un mandato delcontribuyente. Esto tiene dos consecuencias: No es posible actuar como agente de retención
sin que una ley y su correspondientereglamentación que contemplen este mecanismo.
El contribuyente no puede retener a una persona,si no hay una norma expresa que le autorice.
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Características de los agentesde retención
Son terceros o personas extrañas a la relacióntributaria entre el contribuyente y el fisco porqueel agente de retención no realiza la actividadgravada (hecho generador), sino lo realiza lapersona a quien se retiene dicho impuesto.
Constituye una carga pública para la personadesignada como agente de retención, quien nopuede negarse a asumir tal responsabilidad.
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Características de los agentesde retención
Por dichos servicios no recibe ningún tipo de retribución por parte del fisco.
Está obligado a ingresar al fisco lo adeudado por otrocontribuyente: Si no efectúa el pago será responsablesolidariamente con el contribuyente.
Los agentes de retención no están solamente obligados aretener de los contribuyentes, sino también a ingresar eldinero al fisco.
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Diferentes casos de responsabilidad
Caso en que el agente de retención noretiene el impuesto ni tampoco paga al fisco:
En este caso responden solidariamente con elcontribuyente. Es decir, la AdministraciónTributaria puede reclamarle a cualquiera de losdos el pago del impuesto y normalmente el
reclamo se realiza al agente de retención, por cuestiones de facilidad.
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Caso en que el agente de retención retiene el impuesto,pero no ingresa dicho importe al fisco: Esto es muygrave, porque el contribuyente -agente de retención- se haquedado con un dinero que no le corresponde, que es delFisco. Ello constituye un delito y además de tener queabonar el monto que no ingresó, puede terminar en lacárcel. El “sujeto retenido”, es decir, la persona a quien seha realizado la retención debe demostrar al fisco que el
agente le ha practicado la retención, lo que se realizaexhibiendo un documento llamado “comprobante deretención” y de esa manera queda liberado de cualquier reclamo por parte del fisco.
Diferentes casos de responsabilidad
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Caso en que el agente retiene y percibe en exceso o sin normalegal: Hemos dicho que no es posible retener un impuesto sin unanorma legal que lo autorice, porque eso es hacer pagar un impuestoque no corresponde.
En muchos casos los contribuyentes quieren aplicar retencionespara asegurarse de la deducibilidad del gasto. En esta situación, elagente de retención es responsable ante el contribuyente por lasretenciones efectuadas sin normas legales o reglamentarias que laautoricen.
Esta relación deja de ser tributaria para pasar a ser una relación deDerecho Privado, y la persona a quien se ha hecho la retención lepuede reclamar lo que ilegalmente le retuvo.
Diferentes casos de responsabilidad
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Casos en que el agente no retiene peroingresa el dinero al sujeto activo: El agente
paga con su propio dinero. El contribuyenteobtiene un beneficio y el agente podría iniciar una acción de reembolso en contra delcontribuyente conforme a las normas del
derecho privado.
Diferentes casos de responsabilidad
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RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
RETENTOR CONTRIBUYENTE
EN LA RESPONSIBILDAD SOLIDARIA; LA SET (ACREEDOR)PUEDE OPTAR EN REQUERIR LA DEUDA IMPOSITIVA ACUALQUIERA DE LOS ACTORES DE LA OPERACIÓN
RECLAMA ACUALQUIERA
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TIPOSDE RETENCIONES
DEFINITIVAS O DELREGIMEN ESPECIAL
A CUENTA OPROVISIONALES
CONTRIBUYENTECONTRIBUYENTE NO
INSCRIPTO
ES UN PAGO A CUENTA DELTRIBUTO CORRESPON-
DIENTE AL PERIODOES UN PAGO UNICO Y DEFINITIVO
SUJETORETENIDO
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Retenciones definitivas
Son aquellas que se hacen a personas quetienen que pagar el impuesto porque realizanactividades gravadas pero que no se hallan
inscriptas en el RUC.
Se dice que la retención es definitiva porque elmonto que se le retiene es el único pago que
debe realizar el sujeto retenido. No existe unareliquidación futura ni el fisco le puede reclamar otra suma adicional.
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Retenciones definitivas
Todas las retenciones que se realizan a personasextranjeras no domiciliadas en el país, son retencionesdefinitivas tanto en materia de IVA como de IRACIS.
Para ciertos tipos de personas físicas (empresasunipersonales) domiciliadas en el país, se establecenregimenes especiales en donde dichos contribuyentes noinscriptos pagan sus impuestos mediante este sistema.
Fíjese en cada una de las secciones los casos deretenciones definitivas de IVA y de IRACIS.
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Retenciones a cuenta oprovisionales
La retención es a cuenta cuando la misma serealiza a un contribuyente inscripto en el RUC y el monto retenido no cancela el pago del
impuesto, sino es un pago que será descontadodel monto del impuesto que surja de laliquidación correspondiente.
Este tipo de retenciones es utilizado comomedio y forma tendiente a mejorar y facilitar larecaudación.
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Retenciones definitivas
En la mayoría de los casos, para lasretenciones a cuenta los agentes son
designados expresamente por ley, por ser intermediarios en una operación de pagocomo por ejemplo los despachantes deaduana, las empresas de tarjetas de crédito,
entidades bancarias; y/o empresas que por elvolumen de su actividad están expresamentedesignadas según resolución.
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DECLARACIONJURADA Y PAGO
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Oportunidad de realizar lasretenciones e ingresarlas
Al respecto, el Decreto 6359/05 Art 105dispone: “Las retenciones se realizan en el
momento que ocurra cualquiera de los
siguientes actos:
Pago
Puesta a disposición de fondos
Vencimiento de los plazos contractuales paraefectuar el pago o poner a disposición losfondos”.
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Oportunidad de realizar lasretenciones e ingresarlas
En realidad, este último inciso puede ser cuestionado,puesto que ¿Cómo podría hacer una retención si no herealizado el pago ni he puesto a disposición los fondos?
Las retenciones deben ser ingresadas en el próximovencimiento del calendario perpetuo, del periodo mensualen que se realizó la retención.
Cabe recordar que el calendario perpetuo es el que indicael día del vencimiento para el cumplimiento de lasobligaciones tributarias del IVA y de los demás impuestos.Si una persona es contribuyente del IVA, la retencióncoincidirá con la fecha de liquidación mensual de dichoimpuesto.
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DECLARACIÓN JURADA Los agentes de retención deberán presentar declaraciones
juradas por periodos mensuales, las cuales incluirán lasretenciones realizadas durante dicho período en los
formularios Nros. 109 (IRACIS) O 122 (IVA) según
corresponda La presentación de las mismas no será obligatoria por los
periodos en que no se realizaron retenciones.
Para los agentes del sector público la presentación es
obligatoria aunque no hubiese movimiento, según lo queestipula la Resolución Nº 1421/05, Art. 54°.
Dicha declaración jurada se deberá presentar, teniendo encuenta el plazo previsto en el Calendario Perpetuo.
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DECLARACIÓN JURADA Las retenciones efectuadas a personas
domiciliadas en el exterior deberán ser declaradas e ingresadas en los mismos
formularios citados precedentemente.
La presentación de las Declaraciones juradasno será obligatoria por los periodos en que no
se realizaron retenciones.
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Retenciones de IVA y Renta.
Orden de imputación. Forma de cálculo.
Una de las cuestiones más controvertidas es laforma de cálculo para las retenciones cuandocorresponden retener el IVA y el Impuesto a laRenta.
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REGLA GENERAL
Como regla general se puede determinar que sicorresponde retener IVA e IRACIS, el primer paso es desagregar el IVA y retener éste
importe y sobre el monto resultante recién seaplica el porcentaje de retención del IRACIS.
Esto es para evitar que se retenga impuestocontra impuesto.
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Retenciones a no domiciliados
Para las retenciones realizadas a personasdomiciliadas en el Paraguay, esta regla no presenta
mayores inconvenientes
Pero cuando se trata de retenciones a personas nodomiciliadas en el país, no existe una postura
uniforme. También hay otra postura en el caso de ABSORCIONES
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Retenciones a no domiciliados
Algunos técnicos de la SET opinan que la factura delexterior no tiene “IVA incluido” .
También se opina que las retenciones del IVA e IRACIS seaplican sobre la misma base imponible.
Esta postura no es compartida, pues el Art. 85 de la Leyclaramente expresa que todos los precios tienen el IVAincluido. Por el principio de igualdad este criterio se aplica a los ingresos de
fuente paraguaya y a los de renta internacional.
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Postura asumida por la
cátedraNo obstante, la postura mayoritaria, salvo el
caso de absorciones, es que también en
los casos de retenciones por rentasinternacionales primeramente se retiene elIVA, y sobre el importe resultante se procede
a retener el IRACIS. Caso contrario se estaría reteniendo impuesto
contra impuesto.
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Absorción de impuestos
La absorción de impuestos es un conceptoutilizado en las retenciones a personas
radicadas en el exterior , cuando los sujetosdel exterior no consideraron realizar el pagodel impuesto, no incluyeron los mismos ensus precios y no desean que se lesdescuente el mismo. GROSSING UP.
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Base imponible en lasretenciones
El Artículo 104 del Decreto 6359/05 establece quela base de la retención dice que el importe retenido
no debe ser menor a la aplicación de la tasa alimporte remesado más la retención. Para esta cátedra esto se dá exclusivamente para el
Impuesto a la Renta, pues es un decreto de Renta y no
de IVA, por ello sumamos el porcentaje del montoretenido para aplicar la tasa, cuando es absorbida.
Ejemplo 3,09% Tasa absorbida.
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GROSSING UP
Supongamos que contratemos por 100 y debamosretener el 10%, entones deberíamos o pagar a lacontraparte 90 (100-10).
Si la contraparte no quiere recibir 90 sino los 100 yasumiéramos la retención (10), la suma de loretenido más lo pagado será 110, y la aplicación del10% sobre esta sumatoria es 11 que es mayor a loretenido.
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¿En los casos de absorción se retieneprimero IVA, y luego Renta?
Postura 1: La factura no tiene IVA y se le agrega el IVA Postura no aceptada por la cátedra.
Postura 2: En este caso primero se retiene IVA y luego Renta,sobre el porcentaje especial de absorción. Postura dudosa porque es LIBRE DE IMPUESTOS.
Postura 3: Se utiliza la misma base imponible para ambasretenciones.
ESTA ES LA MENOS CONTINGENTE, Y POR ELLO ESACEPTADA POR LA CÁTEDRA.
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Utilización de la misma base
imponible. Postura asumida
En los casos de Absorción de
impuestos se utiliza la misma baseimponible para calcular la retencióndel IVA y de la Renta, pero el
porcentaje de la retención de renta sedebe incrementar de la siguientemanera:
CUADRO RESUMEN DE PORCENTAJES DE RETENCION ART.10º - A O 2006
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OPERACIONES
RENTA
FUENTE
PARAGUAYA TASA
%RETENCION
SIN
ABSORCION
%RETENCION
CON
ABSORCION
Inc.a) Primas seguros y reaseguros 10% 30% 3% 3,09%
Inc.b) Pasajes, transmision, internet 10% 30% 3% 3,09%
Inc.c)Agencias internac. Noticias 15% 30% 4,50% 4,71%
Inc.d) Empre.distribuidoras peliculas 40% 30% 12,00% 13,64%
Inc.e) Fletes Internacionales 10% 30% 3,00% 3,09%
Inc.f) Cesion uso contenedores 15% 30% 4,50% 4,71%
Inc.g) Intereses, comisiones 20% 30% 6,00% 6,38%
Inc.h) Otros conceptos 50% 30% 15,00% 17,65%
Inc.i) Remesa, acreditamiento o pago
de agencias, sucursales 100% 30% 30,00% 42,86%
Art.20%, Num.3) 100% 15,00% 17,65%
Se aplica el 15% directo sobre el total de los dividendos o utilidades acreditados, pagados o
remesados.
%Retencion Tasa con absorcion (ultima columna) G.N.D
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FLETE
INTERNACIONAL
3%
EN CASO DENO ABSORCION
(10% X 30%)
3.09%EN CASO DEABSORCION
97 = 100-3
97:3::100:XX=3 X 100 / 97=
3.09%
Flete : 10.000Sin absorción: 300Con absorción: 309
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49
PRESTAMOS
DE UN BANCODEL EXTERIOR
6%
EN CASO DENO ABSORCION
(20% X 30%)
6.38%EN CASO DEABSORCION
94 = 100-6
94:6::100:XX=6 X 100 / 94=
6.38%
Préstamos : 10.000
Sin absorción: 600Con absorción: 638
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AGENCIAS
INTERNACIONALESDE NOTICIAS
4.5%
EN CASO DENO ABSORCION
(15% X 30%)
4.71%EN CASO DEABSORCION
95.5 = 100-4.5
95.5:4.5::100:XX=4.5 X 100 / 95.5
4.71%
Servicios : 10.000
Sin absorción: 450Con absorción: 471
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51
EMPRESASPRODUCTORAS Y
DISTRIBUIDORASDE PELICULAS
12%
EN CASO DENO ABSORCION
(40% X 30%)
13.64%EN CASO DEABSORCION
88 = 100-12
88:12::100:XX=12 X 100 / 88
13.64%
Películas : 10.000Sin absorción: 1.200Con absorción: 1.364
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SERVICIOSPRESTADOS
POR UNA
SOCIEDADCOMERCIAL
DEL EXTERIOR
15%
EN CASO DENO ABSORCION
(50% X 30%)
17.65%EN CASO DEABSORCION
85 = 100-15
85:15::100:XX=15 X 100 / 85
17.65%
Servicios : 10.000
Sin absorción: 1.500Con absorción: 1.765
TRATAMIENTO DE LAS
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TRATAMIENTO DE LASRETENCIONES ABSORBIDAS O
RETENIDAS EL IVA Retenido o absorbido es utilizado
como “crédito fiscal”
El IRACIS retenido o absorbido es ungasto “no deducible”
Cambio de criterio a partir del 2005.
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Retenciones a contribuyentesno domiciliados en el país
“Rentas de Fuente Paraguaya”
“Rentas Internacionales”
De personas no domiciliadas en Paraguay pagan losimpuestos que le corresponde abonar en Paraguay,mediante el mecanismo de las retenciones en carácter
de “pago único y definitivo”
Retención del IVA y Renta.De acuerdo al principio de territorialidad
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Principio de territorialidad para nodomiciliados en Py IRACIS.
Que la actividad sea desarrollada una parte en el país y la otraparte en el exterior, como por ejemplo un servicio deflete. En este caso, la renta es de fuente compartida y
se la considera como “Rentas Internacionales”. Se paga solamente por la parte que se
considera de fuente paraguaya. Artículo 10º.
Que la actividad sea realizada por personas nodomiciliadas en nuestro país, quienes en formaocasional prestan sus servicios dentro del mismo.Esta es una “Renta de Fuente Paraguaya”
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Principio de territorialidad para nodomiciliados en Py IRACIS.
Que la actividad sea realizada desde elexterior, pero que tales servicios seanutilizados o aprovechados por una empresaparaguaya.
Este caso también se considera “Renta deFuente Paraguaya”, pero como no se sabecual es la ganancia se aplican porcentajespresuntos de renta por la actividad.
A tí l 5º d l L 125/91
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Artículo 5º de la Ley 125/91Principio de territorialidad para el
IRACIS Actividades desarrolladas en el país: Se entiende como tal la
realización en el territorio paraguayo de cualquier actividad susceptible deproducir beneficios económicos u hechos ocurridos dentro de los límitesterritoriales.
Bienes situados en el país: En ella normalmente se hace referenciaa las rentas obtenidas de bienes muebles, inmuebles o semovientessituados en el país.
Derechos utilizados económicamente en el país: Se tratan deganancias obtenidas de capitales mobiliarios, locación de cosas muebles olocaciones de derechos que dan lugar al pago de regalías u otrasremuneraciones
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PREGUNTAS A FORMULARSE
¿El servicio es prestado desde elpaís?
¿El servicio será utilizado en el país?
¿El servicio será aprovechado en elpaís?
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Art. 81 Territorialidad de lafuente en el IVA
“Sin perjuicio de las disposicionesespeciales que se establecen en este
artículo estarán gravadas las enajenacionesy prestaciones de servicios realizados en el territorio nacional , con independencia delugar en donde se haya celebrado el
contrato, del domicilio, residencia onacionalidad de quienes intervengan en lasoperaciones, así como quien los reciba y del lugar donde provenga el pago.
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Art. 81 Territorialidad de lafuente en el IVA
La asistencia técnica y demás servicios
se considerarán realizada en el territorionacional, cuando la misma sea utilizada
o aprovechada en el país.
Ver algunos casos
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¿El servicio es prestado desdeel país?
Una empresa paraguaya contrata los servicios deun técnico del exterior para el desarrollo de unsistema de gestión a implementarse en la firma.
Una empresa paraguaya obtiene un préstamo delexterior y remitirá intereses a un banco del exterior.
Una empresa debe pagar a un comisionista delexterior (brocker) por un contacto para cerrar unnegocio de un bien situado en el Py..
EL SERVICIO SE PRESTA EN EL
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EL SERVICIO SE PRESTA EN ELEXTERIOR Y NO SE APROVECHA EN
PYUna empresa paraguaya pagará a una empresa del
exterior un monto por los servicios de embalaje delproducto en el país de salida de la mercadería.
Se pagará servicios consulares y otros a ser prestados en el territorio exterior.
Se paga a un comisionista del exterior (brocker) parala venta de un producto en el exterior
¿En cualquier caso que realice
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¿En cualquier caso que realiceun pago al exterior debe retener
renta? La actividad es realizada, en todo o en parte en el país. Esto se
conoce como principio de territorialidad, solo paga impuesto sifue realizado en el país.
Las actividades deben estar comprendidos entre los hechosgeneradores del IRACIS definidos en el Art. 2 de la Ley 125/91
Por otro lado el artículo 5 de la Ley define como de fuenteparaguaya los servicios y derechos utilizados económicamenteen la república con independencia del domicilio de quienesintervengan en el contrato.
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Tratamiento de la compra de unservicio de software
La compra de software del exterior estágravada con IRACIS y debe realizarse laretención.
Note que la compra de software no esconsiderada importación o compra de bienes
sino la contratación de un servicio.
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Art. 81 Territorialidad de lafuente en el IVA
La cesión del uso de bienes y derechos será defuente paraguaya, cuando los mismos seanutilizados en la República, aún en forma parcial, enel período pactado.
Este párrafo puede referirse a casos de leasing, o bien
cuando se introduzcan temporalmente bienes alterritorio nacional que no serán adquiridos, pero que soncontratados por cierto periodo de tiempo y por ello sepaga un monto en ese caso se retiene el IVA y si se
contrata de una empresa se retiene también el IRACIS.
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Principio de territorialidad enlas operaciones de seguro
Para el IVA, el seguro se considera de “fuente
paraguaya” en los casos que;
Cubran riesgos en la República en forma
exclusiva o no, y
Los bienes o las personas se encuentren
ubicados o residan en el país.
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Distintos casos de aplicacióndel seguro
Si el seguro cubre el riesgo del bien, por ejemplo del buquees 100% de fuente paraguaya.
Ejemplo una barcaza.
Si el seguro cubre el riesgo del transporte de la mercadería,corresponde analizar el porcentaje de “fuente paraguaya”, el que de acuerdo al Art. 10 inciso a) que determina que seconsidera de fuente paraguaya el 10% (diez por ciento)sobre el monto de las primas y demás ingresosprovenientes de las operaciones de seguros o dereaseguros que cubran riesgos en el país.
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Distintos casos de aplicacióndel seguro
En este caso, si el seguro se encuentra discriminado en lafactura no hay inconvenientes, pues se aplica dichoporcentaje sobre el valor del seguro y luego la tasa del IVA.
Si no está discriminado, el seguro una consulta de la SETdispone que se debe utilizar como base para realizar laretención el valor presuntivo del seguro aplicado por la
Dirección Nacional de Aduanas. En otra consulta se permite tomar el 10% del valor CIF
TEMA QUE SERÁ ANALIZADO EN OPORTUNIDAD DE VER LASRENTAS INTERNACIONALES
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Los derechos autorales de este materialpertenecen a la
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utilización
citar la fuente con los datos de la autora.
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