tema 4 peritaje medico legal
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
VICERRECTORADO ACADÉMICOESCUELA DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHOMARACAY - VENEZUELA
Medicina LegalEl Peritaje Medico-Legal
El Peritaje Medico – Legal.
Su contenido.
Su Lenguaje y Alcance Jurídico.
Apreciación Legal de la Experticia Médica.
Necesidad judicial de la nueva experticia.
Peritaje: Operación realizada por un especialista, que a través de puntos concretos, en inducciones razonadas y operaciones emitidas, de su saber y entender llegará, a conclusiones concretas.
Contenido: el informe pericial debe contener las motivaciones
Fases del Informe Pericial:- La Descripción de la persona- La relación- Las conclusiones
Contenido.
Carelys
BASAMENTO LEGAL•Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV),(Art. 285 Ord. 3° CRBV).•CODIGO CIVIL ART. 427 •Código Orgánico Procesal Penal (COPP)arts 237 , 238•Código Penal (CP)•Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP),•Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (LOICPC), •Ley de Ejercicio de la Medicina (LEM)•Código de Deontología Médica (CDM)(Art. 147 CDM).•Código de Instrucción Médico Forense (CIMF).(Art. 1 y 2 CIMF).
Lenguaje y Alcance Jurídico.
Oswaldo
ALCANCE JURÍDICO
La Experticia médico legal requisitos formales:
1° MANDATO 2° ACEPTACION 3° JURAMENTACION 4 ° REALIZACION 5° INFORME
Objetivo Primordial
LENGUAJE
INFORME PERICIAL ( Art. 239 COPP)Contenido1.- El motivo por el cual se práctica, 2.- La descripción de la persona o cosa que sea objeto del mismo, en el estado o del modo en que se halle,3.- La relación detallada de los exámenes practicados.4.- Los resultados obtenidos y las conclusiones que se formulen respecto del peritaje realizado, conforme a los principios o reglas de su ciencia o arte.
Objetivo
•Resultado final de la labor médica.
•Valoración de las consecuencias del hecho lesivo sobre el individuo.
•El nexo de causalidad.
Apreciación Legal de la Experticia Médica
Apreciación de las Pruebas: Artículo 22 COPP
Experticias Civiles: Artículo 1427 C.C
Yamelit
Necesidad Jurídica de una nueva experticia
Art. 240 COPP
Nueva experticia el Juez nombra tres perito
Neris