tecnicismos jurídicos

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Republica Bolivariana de Venezuela Universidad Bolivariana de Venezuela Aldea Universitaria "San Felipe" Programa Nacional de Estudios Jurídicos Abg. Juan Carlos Lobo.

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Page 1: Tecnicismos Jurídicos

Republica Bolivariana de Venezuela

Universidad Bolivariana de Venezuela

Aldea Universitaria "San Felipe"

Programa Nacional de Estudios Jurídicos

Abg. Juan Carlos Lobo.

Page 2: Tecnicismos Jurídicos

Conjunto de voces técnicas empleadas en el lenguaje de un arte, de una ciencia, de un oficio,

entre otros.

Definición.

En el lenguaje jurídico contiene

una serie de vocablos propios

(por ser exclusivo de esta

lenguaje o porque el contexto

jurídico adquieren significados

particulares).

Ejemplos:

• Pena.• Apelar.• Eximent

e.• Cómplic

e.• Hurto.

• Sanción. • Delincuente.• Jurisdicción.• Sentencia. • Tribunal.

Page 3: Tecnicismos Jurídicos

DIFERENCIA ENTRE JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

La JURISDICCION es el

lugar., el sitio, la ciudad...

Significa que cuando

solicitamos algo lo

debemos hacer dentro de

nuestra jurisdicción o el

lugar donde habitamos. 

La COMPETENCIA es la

autorización o calidad

moral que tiene una

persona para ejecutar o

resolver lo que le

solicitan. 

Page 4: Tecnicismos Jurídicos

DIFERENCIA ENTRE CITACIÓN Y NOTIFICACIÓN.

La citación: En principio

se realiza para que se

inicie el Juicio. Ejemplo.

Citación del demandado.

La notificación: Se

produce dentro de un

juicio. Ejemplo.

Notificación de testigos,

expertos, peritos, entre

otros.

Page 5: Tecnicismos Jurídicos

Los conyugues pueden estar separados uno del otro pero sin divorciarse, no hace

falta celebrar un divorcio para estar separados para siempre si así lo quieren ellos. Si uno de los dos cónyuges quiere

casarse con otra persona, entones si que tendrían que divorciarse y firmar unos

papeles.

El divorcio permite que uno de los dos cónyuges pueda casarse con otra persona.

El divorcio es la ruptura del matrimonio, que se establece cuando los conyugues

han vivido separados durante al menos un año.

DIFERENCIA ENTRE SEPARACIÓN Y DIVORCIO.

SEPARACION:

DIVORCIO:

Page 6: Tecnicismos Jurídicos

DIFERENCIA ENTRE PROCESO Y PROCEDIMIENTO.

“Es el conjunto de formalidades a que deben someterse el Juez y las partes en

la tramitación del proceso”

“Se entiende por PROCESO… el medio de discusión de dos litigantes ante una autoridad, según cierto procedimiento preestablecido por

la ley”.

Proceso.

Procedimiento.

Page 7: Tecnicismos Jurídicos

DIFERENCIA ENTRE SALARIO Y SUELDO

El sueldo es el pago que recibe un trabajador sobre una base por hora,

mientras que el salario, puede referirse a un pago quincenal o mensual.

El origen de la palabra sueldo viene del ámbito militar y se

utilizaba para pagar los servicios a los soldados, de ahí que se llame

sueldo. En cambio, el término salario viene de más antiguo, de

cuando se creía que la sal era el mayor bien de la tierra y se comercializaba con el. A los

trabajadores, se les recompensaba por su esfuerzo mediante sal.

Page 8: Tecnicismos Jurídicos

DIFERENCIA ENTRE HOMICIDIO Y ASESINATO.

Para que el homicidio se considere asesinato, la persona responsable,

debe haber actuado con intención de matar, o que tenga todo su

conocimiento de que el resultado será la muerte de alguien, es decir ,

“con premeditación y alevosía”

Es decir, que si usted se propone a matar a alguien deliberadamente, sabiendo que

el resultado será la muerte de alguien, entonces es asesinato, es un acto criminal. Si alguien muere como

resultado de sus acciones, inintencionadas o que su capacidad

mental se ve afectada en ese momento, entonces es homicidio.

Page 9: Tecnicismos Jurídicos

DIFERENCIA ENTRE DELITO Y FALTA.

La diferencia entre estas categorías reside en que los delitos son

castigados con penas de reclusión o con multas mientras que las faltas

son sancionadas con penas de arresto y, en su defecto, con multas. 

Las faltas son, generalmente, menos graves que los delitos y pueden considerarse, en este

sentido, como un delito menor.

Page 10: Tecnicismos Jurídicos

DIFERENCIA ENTRE CULPA Y DOLO

La culpa en el sentido estricto consiste en una omisión de la conducta debida para prever y evitar un daño. Se trata de una conducta atrevida o descuidada del sujeto activo, con la que se

provoca un daño o perjuicio, sin haber tenido la intención de causarlo

El dolo por su parte es actuar con la intención de causar un daño.. Es

la intención de cometer un acto ilegal y a su vez, de producir

sus consecuencias

Page 11: Tecnicismos Jurídicos

DIFERENCIA ENTRE ROBO Y HURTO.

"...el delito de HURTO es la desposesión del bien al sujeto pasivo, sin que el sujeto activo

muestre violencia alguna, bastando para ello el simple

despojo.

Mientras que en el delito de ROBO, que también puede ser cometido por cualquier persona, se constriñe a las

víctimas amenazándolas física o psicológicamente para que entreguen

unas cosas, apoderándose el victimario o victimarios de las mismas

Page 12: Tecnicismos Jurídicos

DIFERENCIA ENTRE EXTORSIÓN Y ROBO

En el robo   se distingue la simultaneidad de la violencia física o psíquica contra las

personas y el apoderamiento de la cosa es inmediato, en cambio en la extorción ha de

pasar un intervalo de tiempo entre la intimidación y el mal o entre la coacción y la

prestación indebida.

En el robo se exige al sujeto que entregue lo que tiene, en la extorsión se le exige también a la persona lo que no tiene.

En el robo la víctima no tiene posibilidad alguna de defensa de su patrimonio

económico; mientras que en la extorsión por ser este futuro con relación a la

amenaza la victima puede eludir el daño en su patrimonio económico.

Page 13: Tecnicismos Jurídicos

DIFERENCIA ENTRE TENTATIVA Y DELITO FRUSTRADO

¿Cuándo hay tentativa?

Cuando la persona tiene la intención de cometer el delito

y ha empezado a la realización del mismo a

través de todos los medios adecuados pero no ha hecho todo lo que es necesario para

que el mismo se consuma.

Diferencia entre la tentativa y el delito frustrado

En la Tentativa la persona no hace todo lo necesario para que el delito se

consuma; y en el Delito Frustrado si hace todo lo que es necesario para la

consumación del delito.

¿Cuándo hay delito frustrado?

En el delito frustrado la persona tiene la intención de cometer el

delito y ha realizado todo lo que es necesario para que el mismo se

consuma, pero no se ha logrado la consumación del mismo por

circunstancias que son independientes a su voluntad.

Page 14: Tecnicismos Jurídicos

“El asilo se puede solicitar en cualquier país, el refugio en el territorio adonde se quiere vivir”

En el caso del Refugio, el derecho a

éste lo otorga la Comisión Nacional de

Refugiados, el Ministerio de la

Defensa, la Defensoría Pública y la

Fiscalía General de la República

DIFERENCIA ENTRE ASILO Y REFUGIO

El asilo se otorga por situaciones

políticas, es una atribución del Alto

Gobierno, que se gestiona por el

despacho del canciller. Es una

decisión política.

Page 15: Tecnicismos Jurídicos

LEYES HABILITANTES: Son las dictadas por la

Asamblea Nacional y estas fijaran la dirección,

propósito y marco de materias que se delegan al

Presidente, así como el plazo para su ejecución.

LEYES DE BASE O MARCO: Son leyes dictadas por la

Asamblea Nacional, que facultan por si misma a otros

entes (ejecutivo) a dictar normas que desarrollen los

principios en ella. Ejemplo: la Ley Orgánica de Educación. Competencias concurrentes

DIFERENCIA ENTRE LEYES HABILITANTES Y LEYES DE BASE O MARCO

Page 16: Tecnicismos Jurídicos

CURIOSIDADES JURÍDICAS

¿Una persona con rasgos físicos de evidente retraso mental, podrá firmar un documento ante un notario o registrador?

Aclaramos, no existe prohibición legal al respecto.

La Ley estatuye: La capacidad es la regla, la incapacidad la excepción. Hasta que un tribunal no declare incapaz a esa

persona, se reputa con plena capacidad jurídica para celebrar dicho acto. Ante esa situación, el "retrasado" suele estampar su firma con una "X" u otro garabato; el funcionario hará constar

que: "El otorgante manifiesta no saber firmar"

Page 17: Tecnicismos Jurídicos

En Venezuela no hay "prisión por deudas", esto es, nadie será detenido o preso por deudas de dinero. El

acreedor tendrá que esperar a que su deudor adquiera bienes para cobrarse. El patrimonio del

obligado responde ante el acreedor, nunca la persona física del deudor. Si llegado el día del pago y

el deudor no tiene bienes, el acreedor no podrá hacer nada en contra de la persona del deudor.

Deber dinero no es delito.

CURIOSIDADES JURÍDICAS

SE PUEDE IR PRESO POR DEUDA DE DINERO?

Page 18: Tecnicismos Jurídicos

ORIGEN DE LA PALABRA TESTIFICAR

El origen de testificar nos dice

que su procedencia corresponde

a que, a falta de Biblia, los

romanos juraban decir la

verdad apretándose los

testículos con la mano

derecha, comprometiendo tan

sensible parte si mentían, y que

de esta costumbre romana

procede la palabra testificar.