tarea power point eduardo arias

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO SAN JOAQUÍN DE TURMERO ESTADO ARAGUA SILENCIO ADMINISTRATIVO COMO GARANTÍA DE LOS DERECHOS JURÍDICOS DE LOS VENEZOLANOS Facilitador: Ing. Carlos Lott. Alumno: Eduardo Arias. C.I.: V 19.792.631.

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Page 1: Tarea power point Eduardo Arias

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASESCUELA DE DERECHO

SAN JOAQUÍN DE TURMERO – ESTADO ARAGUA

SILENCIO ADMINISTRATIVO COMO GARANTÍA DE LOS DERECHOS JURÍDICOS

DE LOS VENEZOLANOS

Facilitador: Ing. Carlos Lott.Alumno: Eduardo Arias.

C.I.: V – 19.792.631.

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El ente público tiene derecho de no dar contestación en el lapso establecido.

¿Qué recursos pueden interponerse ante un

caso de Silencio Administrativo?

Con la antigua Corte Suprema de Justicia se recurría directamente a la vía Contenciosa.

¿Puede que el Silencio Administrativo sea

positivo?

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La persona que acude al ente público se ve afectada ya que al no obtener una respuesta oportuna tendrá que introducir

un recurso para que le puedan dar solución a ese caso. El Venezolano pierde tiempo y dinero.

Esta figura beneficia al ente público ya que no deben preocuparse por dar una respuesta oportuna y satisfactoria,

es decir, en el lapso que la ley les exige pronunciarse con alguna respuesta ellos no lo hacen.

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No, porque según la LOPAaún no has agotado la víaadministrativa que esfundamental para la fasecontenciosa.

Introducir el recursoadministrativo de revisiónpara que el expediente lorevise otra tribunal.

¿Qué acciones deben realizarlas personas para agotar lavía administrativa y recurrir ala contenciosa?

En la actualidad ¿Se puederecurrir a la vía ContenciosaAdministrativa por medio delSilencio Administrativo?

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En materia de servicios públicos:

El ente público debe atender a las necesidades desus habitantes, dándole una respuesta oportuna yeficaz. Los Venezolanos por Derecho Constitucionaldebemos tener una buena gestión de laadministración pública.

Seguridad para el cumplimiento de una

obligación.

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Contratar apersonas que deverdad esténdispuestas ahacer un buentrabajo.

Crear un órganoencargado deinspeccionar laadministraciónpública paraoptimizar lagestión.

Modificar el artículo 4de la LOPA para quebeneficie a losVenezolanos y no solo ala administraciónpública.

Instruir a los actualesempleados para que noincurran de nuevo en elSilencio Administrativo.

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Deberían modificar o quitar el artículo número 4 porque como evidencia el texto de arriba es contradictorio al artículo 3 de la

LOPA.

La figura del silencio administrativo simplemente es una causa de retardo en el proceso que se quiera llevar a cabo, aunque la LOPA

le obliga a los funcionarios a dar una respuesta en 30 días, la misma les da la libertad de reservarse el derecho de dar dicha

respuesta.

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Bibliografía.

Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia. (1976). Gaceta Oficial Nº 1.893, Extraordinario. 30 de Julio de 1976.Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (2010). Gaceta Oficial Nº 39.447, Extraordinario. 16 de Junio de 2010. Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. (1981). Gaceta Oficial Nº 2.818, Extraordinario. 1 de julio de 1981. Constitución de la República de Venezuela. (1961). Gaceta Oficial Nº 662, Extraordinario. 23 de Enero de 1961. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (2009). Gaceta Oficial Nº 5.908, Extraordinario. 19 de Febrero de 2009. Ley Orgánica de la Administración Pública. (2008). Gaceta Oficial Nº 5.890, Extraordinario. 31 de Julio de 2008.

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