resumen contrato didáctico, pedagógico y escolar

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BENMÉRITA ESCUELA NORMAL MANUEL ÁVILA CMACHO LICENCIATURA EN EDUCACIÓN PREESCOLAR FORMA, ESPACIO Y MEDIDA RESUMEN PROFESOR. RODOLFO CALVILLO PONCE ALUMNAS: MARTHA CAROLINA HERNÁNDEZ BARRAGÁN Y ROXANA ÁLVAREZ ARREDONDO

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Page 1: Resumen contrato didáctico, pedagógico y escolar

BENMÉRITA ESCUELA NORMAL MANUEL ÁVILA CMACHO

LICENCIATURA EN EDUCACIÓN PREESCOLAR

FORMA, ESPACIO Y MEDIDA

RESUMEN

PROFESOR. RODOLFO CALVILLO PONCE

ALUMNAS: MARTHA CAROLINA HERNÁNDEZ BARRAGÁN Y ROXANA ÁLVAREZ ARREDONDO

MARZO 2014

Page 2: Resumen contrato didáctico, pedagógico y escolar

RESUMEN:

COMENTARIOS Y PROFUNDIZACIONES

1. La formación de un sistema didáctico

Un sistema didáctico se forma cuando las personas se enfrentas a problemas que no pueden resolver y deciden hacer algo, y aquí tienen que formar enlaces con otra persona u otras cuestiones para poder hacerlo, sin embargo también se puede hacer por sí solos. Cualquiera puede crear un sistema didáctico desde biólogos, médicos, matemáticos, etc.

Un sistema didáctico puede ser de dos maneras: la primera en donde un grupo de personas busca ayuda a otra. En cambio si dicho grupo busca resolver la cuestión por si solos, es decir, sin ayuda externa se le llamará sistema autodidáctico.

2. Comunidades de estudio e ‘individualización de la enseñanza’

La gente se agrupa generalmente se para compartir el esfuerzo y los logros, formando una comunidad de estudio. Dentro de este suceso existen dos tipos de organizaciones. Sistema didáctico (grupo de personas en las que pun profesor hace de director de estudio) y comunidades de investigadores (grupo de personas dirigidas por un líder o investigador principal).

Los dos tipos de organización llegan al mismo punto es decir que el objeto de estudio de ambas es el aprendizaje, pero si ambas se reúnen para esto concluimos que la enseñanza debería organizarse entonces en función del carácter comunitario de estudio. Por ejemplo: en vez de adaptar los métodos de enseñanza a las características particulares de cada alumno, la organización de la enseñanza debe tomar en cuenta lo que los alumnos tiene en común.

3. El carácter abierto de la relación didáctica

Una relación didáctica abierta resulta cuando los alumnos no conocen el camino que van a recorrer a lo largo de su estudio ni entender las razones, por qué el profesor los conduce hacia tal o cual tipo de problemas van a resolver o tal cual técnica de resolución y por otro lado está relación se formará de parte del profesor cuando no será capaz de prever todas las dificultades que podrían surgir a lo largo de todo el proceso de estudio, es decir, el profesor no puede prever lo que el alumno hará ni tampoco lo que aprenderá.

Page 3: Resumen contrato didáctico, pedagógico y escolar

La enseñanza, como medio del proceso didáctico, no debe pretender controlar de una manera absoluta el desarrollo de dicho proceso. La relación didáctica es una relación abierta. En la medida en que la enseñanza se organiza para intentar cerrar esta relación, provoca un empobrecimiento del aprendizaje de los alumnos.

4. el profesor como director de estudio

Aquí el profesor ya no es considerado como un enseñante ni los alumnos como meros sujetos de aprendizaje. Aunque siga existiendo una asimetría entre ambos aparecen nuevos puntos de contacto, ya que ahora se tratará de resolver conjuntamente una tarea. Este cambio en los papeles que juegan cada uno favorece a ambas partes debido a que la responsabilidad, por ejemplo de la motivación o actitud de los alumnos, ya no recaerá solo en uno es decir en el profesor sino en ambos, así como también favorecerá al alumno en la medida en que ya se considerará menos dependiente del profesor, proporcionándole nuevas maneras de gestionar su propio estudio o utilizar medios, etc.

5. Contrato directo, contrato pedagógico, contrato escolar

Un contrato didáctico es aquel en que cada tipo de interacción supone un contrato cuyas cláusulas definen a la vez lo que los actores de la interacción pueden hacer legítimamente y el significado de sus actuaciones.

Un contrato pedagógico es el que regula las interacciones de alumnos y profesores que no dependen del contenido de estudio. A su vez el contrato pedagógico, aparece como una parte más específica de un contrato más amplio, en otras palabras aparece en el contrato escolar, que es el que define a la escuela y gobierna a las instituciones sociales particulares que solemos llamar escuelas.

El contrato didáctico se activa cuando, bajo la dirección del profesor, el alumno entra verdaderamente en contacto con una obra concreta para estudiarla y se adentra en ella. Se pasa de contrato pedagógico al didáctico cuando la relación entre dos, se vuelve a una relación de tres.