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Relatorío de impacto Ambiental (RIMA) Proyecto: Construcción del Relleno Sanitario de Carmen del Paraná – Adecuación Ambiental. 1 PROYECTO: RELLENO SANITARIO DE CARMEN DEL PARANÁ ADECUACION AMBIENTAL. PROPONENTE: MUNICIPALIDAD DE CARMEN DEL PARANÁ. Decreto Reglamentario Nº 453/13 ELABORADO POR: ING. AGR. L. HERNAN LEZCANO F. CARMEN DEL PARANÁ - ITAPÚA Junio 2017

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Relatorío de impacto Ambiental (RIMA) Proyecto: Construcción del Relleno Sanitario de Carmen del Paraná – Adecuación Ambiental.

1

PROYECTO: RELLENO SANITARIO DE CARMEN DEL PARANÁ –

ADECUACION AMBIENTAL.

PROPONENTE: MUNICIPALIDAD DE CARMEN DEL PARANÁ.

Decreto Reglamentario Nº 453/13

ELABORADO POR: ING. AGR. L. HERNAN LEZCANO F.

CARMEN DEL PARANÁ - ITAPÚA

Junio 2017

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1. IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO

TIPO DE ACTIVIDAD Obra de Infraestructura Sanitaria

INFORMACIÓN DEL PROYECTO

NOMBRE DEL PROYECTO:

Relleno Sanitario de Carmen del Paraná.

UBICACIÓN: “Yacarey”, Distrito de Carmen del Paraná, Departamento de Itapúa

FINCA Nº : 264

PADRÓN Nº: 711

SUPERFICIE DE

LA FINCA 48.5 hectáreas

SUPERFICIE DEL

PROYECTO: 6,0 hectáreas.

TIPO DE ACTIVIDAD:

Obra de infraestructura sanitaria.

INFORMACIÓN DEL PROPONENTE RAZÓN SOCIAL MUNICIPALIDAD DE CARMEN DEL

PARANÁ

REPRESENTANTE LEGAL Germán Alfredo Gneiting Dichtiar DIRECCIÓN Germán Wilcke y Jatevo y Boquerón

TELEFONO +595 762 260 215

INFORMACIÓN DEL CONSULTOR

CONSULTOR RESPONSABLE Ing. Agr. Hernán Lezcano CCTA I-768

CONTACTO [email protected] 071205704 – 0995377636

FECHA DE ELABORACIÓN ABRIL 2017

2. OBJETIVOS

2.1. OBJETIVOS GENERALES El objetivo general del presente Estudio de

Impacto Ambiental Preliminar es el de identificar los impactos tanto

positivos como negativos, a ser generados en las etapas de remediación,

construcción y operación del proyecto, además de realizar una evaluación

ambiental de dichos impactos y elaborar un Plan de Gestión Ambiental con

el fin de evitar o atenuar los potenciales impactos negativos.

2.2. OBJETIVO ESPECÍFICOS

Identificar los impactos negativos y positivos que generarán las

etapas de remediación, construcción y operación del proyecto.

Realizar una evaluación ambiental de dichos impactos.

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Elaborar un Plan de Gestión Ambiental, que incluya medidas de mitigación

para las actividades generadoras de impactos negativos y medidas de

monitoreo a fin de realizar un seguimiento de las medidas de mitigación

adoptadas y del comportamiento de las acciones del proyecto sobre el

medio.

3. ÁREA DE ESTUDIO

El Relleno Sanitario de Carmen del Paraná cuenta con 48,5 Ha, siendo

requerida para el sitio de disposición final propiamente 6 Ha, equivalente al

12,4 % de la superficie total. La vida útil del relleno se estima en 35 años

aproximadamente.

Es importante proteger la zona de amortiguamiento del sitio del relleno

sanitario, la misma debe tener una franja de 500 mts de ancho; de uso

restringido para construcción de viviendas, centros educativos, sanitarios u

otras actividades que requiera la acumulación de personas permanente o

temporalmente, conforme la Resolución MSPBS Nº 750/02.

El predio del relleno sanitario se encuentra alejado del centro urbano de la

Ciudad de Carmen del Paraná, a unos 4,5 km aproximadamente al

noroeste del mismo.

Se accede al terreno del proyecto por un camino de ripio que parte de la

esquina noroeste del centro urbano de Carmen del Paraná.

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La línea blanca indica los límites de la propiedad del proyecto

3.1. ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA (AID) El área de influencia directa

del proyecto está definida por la superficie que ocupa el Relleno Sanitario,

en su extensión correspondiente a 6 hectáreas.

3.2.ÁREA DE INFLUENCIA INDIRECTA (AII) El área de influencia indirecta

corresponde a la zona de amortiguamiento alrededor del sitio del Relleno

Sanitario, la misma debe ser una franja arbórea de 500 mts.; y de uso

restringido para construcción de viviendas, centros educativos, sanitarios u

otras actividades que requiera el acaparamiento de personas permanente o

temporalmente, conforme la Resolución MSPBS Nº 750/02.

4. ALCANCE DEL PROYECTO

4.1. OBJETIVO GENERAL El objetivo general del proyecto es la

Remediación del actual sitio de disposición de residuos sólidos a cielo

abierto, y la construcción y operación del Relleno Sanitario definitivo para la

disposición final de los residuos sólidos municipales de la Ciudad de

Carmen del Paraná conforme a las leyes ambientales que rigen el país

tales como la Ley N° 294/93 y su Decreto Reglamentario No 453/13 y su

Modificatoria Nº 954/13.

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4.2. ETAPAS DEL PROYECTO Las etapas del proyecto son los siguientes:

Primera Etapa: Diseño del proyecto. Concluida

Segunda Etapa: Remediación del vertedero actual y construcción del

Relleno Sanitario definitivo. A cargo de la EBY.

Tercera Etapa: Operación del Relleno Sanitario. La Operación del Relleno

Sanitario estará a cargo de la Municipalidad de Carmen del Paraná.

5. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

5.1. MEDIO FÍSICO

5.1.1. Topografía: En la parte frontal del predio del terreno se observan

cotas entre 119 y 120 m.s.n.m., descendiendo suavemente las cotas hacia

el fondo del terreno donde se observan altura de 117 a 118 msnm.

5.1.2. Suelo: Se realizaron 4 sondeos en la propiedad. Se encontró un

suelo predominantemente del tipo arcillosa color rojo, estas características

fueron observadas hasta la profundidad de sondeo de 3 metros de

profundidad. Ver estudio de suelo, anexo.

5.1.3. Cuerpos de agua: A aproximadamente 1.500 metros al noroeste de la

propiedad se observa el arroyo Tacuary. Dentro del predio no se observan

cursos de agua.

5.1.4. Caracterización Climática:

Para la caracterización del clima se utilizó datos del comportamiento de la

precipitación y la temperatura que provienen de la estación meteorológica

de Encarnación y corresponden al periodo 1.996 – 2.005 provenientes de la

Estación Meteorológica de Capitán Meza, obtenidos por la Dirección

Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC). Las cuales rigen para toda la región

de Itapúa, teniendo en cuenta la región donde se inserta el proyecto, el

Distrito de Carmen del Paraná es cercana a Encarnación.

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6. CONSIDERACIONES LEGISLATIVAS Y NORMATIVAS. MARCO

POLÍTICO, LEGAL Y ADMINISTRATIVO

6.1. Constitución Nacional C.N. 1992 Art. 6: Calidad de Vida Art. 7: Del Derecho a un Ambiente Saludable Art. 8: De la Protección Ambiental Art. 38: Del derecho a la defensa de los intereses difusos

6.2 Ley № 1.160/97, Código penal

Hechos punibles contra las bases naturales de la vida humana”, diferentes

actividades susceptibles de sanciones de pena privativa de la libertad o multa

Art. 1970: Establece para quien contaminara las aguas.

Art. 1980: Establece para quien contaminara el aire.

Art. 1990: Establece para quien contaminara el suelo.

Art. 2000: Establece para quien eliminara en forma inadecuada los desechos.

Art. 2030: De hechos punibles contra la seguridad y la prevención de

accidentes.

Art. 2050: Para quienes incumplan disposiciones sobre seguridad y la

prevención de accidentes.

6.3. LEY N° 1561/00 “Que crea el Sistema Nacional del Ambiente, el

Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaria del Ambiente”. Esta ley tiene

por objeto crear y regular el funcionamiento de los organismos

responsables de la elaboración, normalización, coordinación, ejecución y

fiscalización de la política y gestión ambiental nacional. I. Sistema Nacional

del Ambiente - SISNAM. Integrado por el conjunto de órganos y entidades

públicas de los gobiernos nacional, departamental y municipal con

competencia ambiental, y las entidades privadas creadas con igual objeto, a

los efectos de actuar en forma conjunta armónica y ordenada en la

búsqueda de respuesta y soluciones a la problemática ambiental. Asimismo

para evitar conflictos interinstitucionales, vacíos o superposiciones de

competencia y para responder con eficiencia y eficacia a los objetivos de la

política ambiental. II. Consejo Nacional del Ambiente - CONAM. Es un

órgano colegiado, definido como instancia deliberativa consultiva y

definidora de la política ambiental nacional. Tiene como funciones:

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Definir, supervisar y evaluar la política ambiental nacional.

Proponer normas, criterios, directrices y patrones en las cuestiones

sometidas a su consideración.

Cooperar con el Secretario Ejecutivo de la Secretaría para el

cumplimiento de esta ley y sus reglamentos. Estará integrado por el

Secretario Ejecutivo de la SEAM, los representantes de las unidades

ambientales de los ministerios, secretarías y órganos públicos

sectoriales, por las Secretarías y Departamento ambientales de los

gobiernos departamentales y municipales. También estará integrado

por las entidades gremiales, sectores productivos privados y las

ONG’s. III. Secretaría del ambiente - SEAM La SEAM tiene por

objetivo la formulación, coordinación, ejecución y fiscalización de la

política ambiental nacional. Sus funciones principales, entre otras,

son:

Elaborar la política ambiental nacional.

Formular los planes nacionales y regionales de desarrollo económico

y social con el carácter de sustentabilidad de los procesos de

aprovechamiento de los recursos naturales y el mejoramiento de la

calidad de vida.

Formular, ejecutar, coordinar y fiscalizar la gestión y cumplimiento

de los planes, programas y proyectos de preservación, conservación,

recuperación, recomposición y mejoramiento ambiental.

Proponer las técnicas de valuación del patrimonio ambiental y de los

recursos naturales a los efectos de determinar los costos

socioeconómicos y ambientales.

Promover el control y fiscalización de las actividades tendientes a la

explotación de bosques, flora, fauna silvestre y recursos hídricos,

autorizando el uso sustentable de los mismos y la mejoría de la

calidad ambiental. La SEAM adquiere el carácter de autoridad de

aplicación de la Ley 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental y su

Decreto Reglamentario. A través de dicha Ley, se declara obligatoria

la Evaluación de Impacto Ambiental, entendiéndose por Impacto

Ambiental, toda modificación del medio ambiente, provocada por

obras o actividades humanas que tengan como consecuencia,

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positiva o negativa, directa o indirecta, afectar la vida en general, la

biodiversidad, la calidad o cantidad significativa de los recursos naturales o

ambientales y su aprovechamiento, el bienestar, la salud, la seguridad

personal, los hábitos y costumbres, el patrimonio cultural, los medios de

vida legítimos.

6.3.1. Ley 294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental” Art. 7º.- Se

requerirá de Evaluación de Impacto Ambiental para los siguientes proyectos

de obras o actividades públicas o privadas… j) Recolección, tratamiento y

disposición final de residuos urbanos e industriales;

6.3.2. Decreto Nº 453/13 "Por el cual se reglamenta la Ley N° 294/1993 de

Evaluación de Impacto Ambiental" y su Modificatoria la Ley Nº 345/1994, y

se deroga el Decreto Nº 14.281/1996. Art. 2º.-Las obras y actividades

mencionadas en el Artículo 7º de la Ley Nº 294/1993 que requieren la

obtención de una Declaración de Impacto Ambiental son las siguientes: ...

i) Recolección, tratamiento y disposición final de residuos urbanos e

industriales 4 Vertederos. Art. 4º.- a) Los responsables de las obras y

actividades o de los proyectos de ellas incluidas en el Artículo 2º deberán

presentar ante la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y de

los Recursos Naturales (DGCCARN) de la Secretaria del Ambiente (SEAM)

un estudio de impacto ambiental (EIA) preliminar que contenga todos los

requisitos previstos en el Artículo Nº 3 de la Ley Nº 294/1993 y los que

establezca la SEAM por vía reglamentaria; o, en su caso, un estudio de

disposición de efluentes líquidos, residuos sólidos, emisiones gaseosas y/o

ruidos (EDE). A los efectos de lo establecido en la Ley Nº 294/1993 y el

presente reglamento, por “responsable” deberá entenderse a las personas

físicas o jurídicas titulares que desarrollen o encarguen el desarrollo de las

obras o actividades bajo evaluación.

6.3.3. Decreto Nº 954/13: Por el cual se modifican y amplían los artículos

2,3,5,6 inc. e, 9,10,14 y el anexo del Decreto No. 453/13 del 8 de octubre

de 2013. Art. 2º.-Las obras y actividades mencionadas en el Artículo 7º de

la Ley Nº 294/1993 que requieren la obtención de una Declaración de

Impacto Ambiental son las siguientes: ... i) Recolección, tratamiento y

disposición final de residuos urbanos e industriales 4 Rellenos Sanitarios.

6.4. LEY Nº 96/92 De Vida Silvestre Art. 5º. - Todo proyecto de obra pública

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o privada, tales como desmonte, secado o drenaje de tierras inundables,

modificaciones de cauces de ríos, construcciones de diques y embalsas,

introducciones de espacios silvestres, que puedan causar transformaciones

en el ambiente de la vida silvestre nativa, será consultado previamente a la

Autoridad de Aplicación para determinar si tal proyecto necesita un estudio

de Impacto Ambiental para la realización del mismo, de acuerdo con las

reglamentaciones de esta Ley.

6.5 LEY 369/72 Que Crea El Servicio Nacional De Saneamiento Ambiental

(SENASA)

6.6. LEY Nº 422/73. Forestal Art. 1º.- Declárase de interés público el

aprovechamiento y el manejo racional de los bosques y tierras forestales

del país, así como también el de los recursos naturales renovables que se

incluyan en el régimen de esta ley. Declárase, asimismo, de interés público

y obligatorio la protección, conservación, mejoramiento y acrecentamiento

de los recursos forestales. El ejercicio de los derechos sobre los bosques,

tierras forestales de propiedad pública o privada, queda sometido a las

restricciones y limitaciones establecidas en esta Ley y sus reglamentos.

Art. 42.- Todas las propiedades rurales de más de veinte hectáreas en

zonas forestales deberán mantener el veinticinco por ciento de su área de

bosques naturales. En caso de no tener este porcentaje mínimo, el

propietario deberá reforestar una superficie equivalente al cinco por ciento

de la superficie del predio.

6.7 LEY N° 836 De Código Sanitario TITULO II DE LA SALUD Y EL

MEDIO CAPITULO I DEL SANEAMIENTO AMBIENTAL - DE LA

CONTAMINACIÓN Y POLUCIÓN Art.66.- Queda prohibida toda acción que

deteriore el medio natural, disminuyendo su calidad, tornándola riesgoso

para la salud. CAPITULO IV DE LA SALUD OCUPACIONAL Y DEL MEDIO

LABORAL Art.86.- El Ministerio determinará y autorizará las acciones

tendientes a la protección de la salubridad del medio laboral para eliminar

los riesgos de enfermedad, accidente o muerte, comprendiendo a toda

clase de actividad ocupacional. CAPITULO XIII DE LOS RUIDOS,

SONIDOS Y VIBRACIONES QUE PUEDEN DAÑAR LA SALUD Art.128.-

En los programas de planificación urbana, higiene industrial y regulaciones

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de tránsito se considerarán a los ruidos, sonidos y vibraciones, agentes de

tensión para la salud.

6.8 LEY N° 3239/2007 De Los Recursos Hídricos Del Paraguay Artículo 3°.-

La gestión integral y sustentable de los recursos hídricos del Paraguay se

regirá por los siguientes Principios: a) Las aguas, superficiales y

subterráneas, son propiedad de dominio público del Estado y su dominio es

inalienable e imprescriptible. b) El acceso al agua para la satisfacción de las

necesidades básicas es un derecho humano y debe ser garantizado por el

Estado, en cantidad y calidad adecuada. c) Los recursos hídricos poseen

usos y funciones múltiples y tal característica deberá ser adecuadamente

atendida, respetando el ciclo hidrológico, y favoreciendo siempre en primera

instancia el uso para consumo de la población humana.

6.9 Disposiciones específicas: i. Decreto Nº 18.831/86 “Por la cual se

establecen Normas de Protección del Medio Ambiente” Art 1º Establecense

normas de protección de los recursos naturales y de los suelos, de los

bosques protectores y de las zonas de reservas naturales a cuyo fin queda

absolutamente prohibida toda acción que pueda dañar o conducir a un

cambio perjudicial o depredación del medio ambiente rural o de sus

elementos integrantes. Art 2º El Estado protegerá y será deber de todo

habitante de la República, cooperar activamente en proteger las cuencas

hidrográficas, fuera en relación a los cursos de agua, sus cauces y riberas,

a los lagos, sus lechos y playas, a la flora, fauna y bosques existentes. Art

4º Queda prohibido verter en las aguas, directa o indirectamente, todo tipo

de residuos, substancias materiales o elementos sólidos, líquidos o

gaseosos o combinaciones de estos, que pueden degradar o contaminar

las aguas o los suelos adyacentes, causando daño o poniendo en peligro la

salud o vida humana, la flora, la fauna o comprometiendo su empleo en

explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales o su aprovechamiento para

diversos usos.

ii. Resolución SENASA 750/02: “Por la cual se aprueba el reglamento

referente al manejo de los residuos sólidos urbanos peligrosos biológicos –

infecciosos, industriales y afines; y se deja sin efecto la resolución S.G. Nº

548 de fecha 21 de agosto de 1996.” CAPITULO I: Disposiciones Generales

Art 11°. Se prohíbe la disposición, abandono o quema de desechos

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sólidos, cualquiera sea su procedencia, a cielo abierto, en vías o áreas

públicas, en lotes de terrenos públicos o privados, en cuerpos de aguas

superficiales (arroyos, ríos, lagos, estérales, canales de desagüe pluvial,

etc.) o en forma que afecte de manera directa o indirecta las aguas

subterráneas. Art 15°. El servicio de aseo será responsabilidad de las

Municipalidades correspondientes (sea la del servicio ordinario y la de

barrido y limpieza de vías y áreas públicas). Dicho servicio podrá ser

ejecutado por la propia administración de la municipalidad o mediante la

contratación o concesión de alguna Unidad Ejecutora Privada. Art 17°. El

almacenamiento de basuras dentro del domicilio o predio particular, la

presentación y la colocación de las mismas en lugares establecidos por la

Institución Municipal para su posterior recolección, serán responsabilidad

del propietario del inmueble. Art 25°. Queda prohibido arrojar desechos

sólidos, así como el lavado y limpieza de cualquier objeto en vías públicas,

parques y áreas de esparcimiento colectivo. Art 29°. Se prohíbe la

incineración de basuras de cualquier tipo en lugares de alta concentración

poblacional, no debiendo existir actividad humana en un radio de quinientos

(500) metros a la redonda.

6.10. Ley 3956/09 Gestión Integral De Los Residuos Sólidos En La

República Del Paraguay CAPITULO IX DE LA DISPOSICION FINAL

Artículo 29.- Rellenos Sanitarios. Los residuos que no puedan ser

reciclados y procesados por intermedio de las tecnologías disponibles,

deberán destinarse a un sistema de disposición final permanente, mediante

Rellenos Sanitarios.

Artículo 30.- Ubicación. Es responsabilidad del municipio la disposición final

de los residuos sólidos generados en su jurisdicción, y no reutilizados, por

tanto, debe tener habilitada una área apropiada para la disposición final de

los residuos. Dicha área deberá cumplir con la normativa ambiental vigente

y estar registrada en los términos previstos en el Artículo 9º, Inc. j) de la

presente Ley.

Artículo 31.- Responsabilidad. Cuando el servicio de disposición final sea

ejecutado por una persona natural o jurídica, pública o privada, de

conformidad con lo previsto en esta Ley, la responsabilidad recaerá en el

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prestador del servicio; sin perjuicio de las sanciones previstas para las

infracciones en el Artículo 39 de la presente Ley.

Artículo 32.- Recuperación. Los municipios deberán recuperar los lugares

que hayan sido utilizados como sitios de disposición final de residuos

sólidos provenientes de la recolección municipal y que actualmente no sean

utilizados o se encuentren abandonados, así como reducir los posibles

impactos ambientales y sanitarios generados. Artículo 33.- Prohibición. Se

prohíbe la quema o incineración y la disposición de residuos sólidos a cielo

abierto, en cursos de agua, en lagos o lagunas o en los lugares de

disposición final que no sean rellenos sanitarios. Se prohíbe también la

participación de menores de edad en cualquiera de las etapas de la gestión.

Artículo 34.- Habilitación. Los proyectos de construcción, operación y

funcionamiento, clausura y post-clausura de los sistemas de tratamiento y

disposición final de los residuos sólidos, deberán contar con la

correspondiente habilitación de la Autoridad de Aplicación, previo al inicio

de los trabajos, sin perjuicio de las demás autorizaciones municipales

correspondientes.

6.11 GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO ITAPÚA La política de

descentralización del país ha creado las Gobernaciones, y estas a su vez

han creado las Secretarias de Medio Ambiente a fin de intervenir en los

diversos proyectos que se presentan dentro del territorio de la Gobernación.

6.12. MUNICIPALIDADES Es el gobierno local con autonomía política

administrativa y normativa, en cuya jurisdicción cae la ubicación del terreno

asiento del proyecto. Poseen autonomía en cuanto urbanismo, medio

ambiente, educación, cultura, deportes, turismo, asistencia sanitaria y

social. La misma interviene en la autorización para la construcción y

desarrollo del proyecto acorde a la Política de Desarrollo Urbano definida

por las autoridades de este Municipio.

6.13. Ley Nº 3.966/10 “Orgánica Municipal” TITULO PRIMERO:

DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO III: De las Funciones

Municipales Art. 12º- Funciones: …las municipalidades, en el ámbito de su

territorio, tendrán las siguientes funciones: 1. En materia de planificación,

urbanismos y ordenamiento territorial: a. la planificación del municipio, a

través del Plan de Desarrollo Sustentable del Municipio y el Plan de

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Ordenamiento Urbano y Territorial; c. la reglamentación y fiscalización del

régimen de uso y ocupación del suelo; e. la reglamentación y fiscalización

del régimen de construcciones públicas y privadas, incluyendo aspectos

sobre la alteración y demolición de las construcciones, las estructuras e

instalaciones mecánicas, eléctricas y electromecánicas, acústicas, térmicas

o inflamables f. la reglamentación y fiscalización de la publicidad instalada

en la vía pública o perceptible desde la vía pública. g. la reglamentación y

fiscalización de normas contra incendios y derrumbes; 2. En materia de

infraestructura pública y servicios: b. la construcción y mantenimiento de los

sistemas de desagüe pluvial del municipio; c. la prestación de servicios de

agua potable y alcantarillado sanitario, de conformidad con la ley que regula

la prestación de dichos servicios, en los casos que estos servicios no fueren

prestados por otros organismos públicos; e. la regulación y prestación de

servicios de aseo, de recolección, disposición y tratamiento de residuos del

municipio; g. la regulación, así como la organización y administración de los

centros de abasto, mercados, mataderos y ferias municipales, y similares 4.

En materia de ambiente: a. la preservación, conservación, recomposición y

mejoramiento de los recursos naturales significativos; b. la regulación y

fiscalización de estándares y patrones que garanticen la calidad ambiental

del municipio; c. la fiscalización del cumplimiento de normas ambientales

nacionales, previo convenio con las autoridades nacionales competentes; d.

el establecimiento de un régimen local de servidumbre y de delimitación de

las riberas de los ríos, lagos y arroyos.

TITULO QUINTO: DE LOS BIENES MUNICIPALES CAPITULO II: De los

Bienes del Dominio Público Art. 134.- Bienes del Dominio Público: Son

bienes del dominio público, los que en cada municipio están destinados al

uso y goce de todos sus habitantes, tales como: a) calles, avenidas,

caminos, puentes, pasajes y demás vías de comunicación que no

pertenezcan a otra administración d) los ríos, lagos y arroyos comprendidos

en las zonas urbanas del Municipio, que sirven al uso público, y sus lechos;

f) las fracciones destinadas para plazas, edificios públicos, calles y

avenidas, resultantes de loteamientos.

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TITULO DECIMO: DE LA PLANIFICACION Y ORDENAMIENTO

TERRITORIAL DEL MUNICIPIO CAPITULO I: Generalidades Art. 224.-

Planificación del Municipio. Las municipalidades establecerán su sistema de

planificación del municipio que constará, como mínimo, de dos

instrumentos: el plan de desarrollo sustentable del municipio y el plan del

ordenamiento urbano y territorial. Art. 225.- Plan de Desarrollo Sustentable.

El Plan de Desarrollo Sustentable tendrá por finalidad el desarrollo urbano y

rural armónico con sus recursos naturales, con miras al bienestar colectivo.

Art. 226.- Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial. Tendrá por finalidad

orientar el uso y ocupación del territorio en el área urbana y rural del

municipio para conciliarlos con su soporte natural.

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7. DETERMINACIÓN DE LAS ACCIONES GENERADORAS DE

POTENCIALES IMPACTOS DEL PROYECTO

La identificación de las acciones generadoras de potenciales impactos, se

realizará para las fases:

Remediación de los residuos del Vertedero existente y construcción de

obras complementarias (de infraestructura e instalación del relleno), y

Operación del Relleno Sanitario definitivo.

Se han identificado tanto los impactos negativos como positivos del

proyecto, para luego realizar la evaluación ambiental de los mismos.

FASE DE REMEDIACIÓN DEL VERTEDERO EXISTENTE Y

CONSTRUCCIÓN DE OBRAS COMPLEMENTARIAS IMPACTOS

NEGATIVOS

7.1. Provenientes de la remoción de los residuos

7.1.1. Migración de fauna nociva existente en el vertedero actual: al

remover los residuos que han sido acumulados durante años a cielo abierto

puede provocarse la migración de fauna nociva de diversas especies que

podría invadir viviendas aledañas con la consecuente afectación a la salud

de la zona. Por lo tanto antes de iniciar la remoción de los residuos se

deberá proceder a la eliminación de la fauna nociva presente en el sitio de

disposición final, mediante la fumigación y desratización intensiva.

7.2. Provenientes del tránsito de vehículos

7.2.1. Generación de polvos: La acción del viento y el tráfico de los

camiones tumbas generarán polvos. La emisión de polvo puede producir la

disminución de la calidad del aire del área de influencia, provocando

molestias a poblaciones vecinas de la zona.

7.2.2. Riesgo de accidentes a transeúntes y operarios del relleno:

Generalmente el transporte de residuos con vehículos pesados conlleva la

posibilidad de accidentes principalmente con los personales de la

contratista, operadores del relleno y recicladores.

7.3. Provenientes de la operación del módulo de remediación

7.3.1. Generación de lixiviados provenientes del módulo de remediación: Se

generan lixiviados por la humedad propia de las basuras y del agua que

penetra al relleno.

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7.3.2. Generación de gases: Los gases que se generarán por el

confinamiento de los residuos también serán mínimos en comparación con

los de los futuros módulos, ya que la basura trasladada se encuentra

totalmente descompuesta. La formación de posibles bolsones de gases

genera riesgos de incendios dentro del vertedero, además de alterar la

calidad del aire del entorno.

7.4. Provenientes de la construcción de obras complementarias (de

infraestructura e instalación del relleno)

7.4.1. Generación de residuos sólidos: La generación de residuos sólidos

provenientes de la construcción de obras complementarias, corresponden

principalmente a envoltorios de materiales de construcción tales como

cemento, cal, baldes de aditivos, pinturas, entre otros.

Una mala disposición de los mismos puede generar el deterioro del entorno

y la contaminación de recursos superficiales y subterráneos, como también

del suelo.

7.4.2. Generación de efluentes líquidos cloacales: Se generan efluentes

provenientes de sanitarios del personal de obra, los cuales contienen

componentes orgánicos y biodegradables.

De no disponerse adecuadamente, estos efluentes podrían provocar la

contaminación del suelo y de la napa freática del lugar.

7.4.3. Eliminación de la cobertura vegetal: La vegetación será afectada

durante los trabajos de limpieza del terreno (desmontes, desbosque,

desbroce) y la habilitación de caminos de acceso e internos; produciendo la

alteración de la calidad paisajista natural y fauna silvestre del lugar.

7.4.4. Generación de ruidos

Durante los trabajos de construcción de la obra, se generan ruidos

provenientes de los vehículos que transportan materiales de construcción y

de la operación de las máquinas o equipos de la obra.

Los ruidos generados podrían causar molestias a los pobladores de la

zona, en el caso que los mismos se generaran fuera del horario normal de

trabajo.

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IMPACTOS POSITIVOS

7.4. Generación de empleo

Se generará empleo directo para el personal encargado del traslado de los

residuos del vertedero existente al nuevo relleno sanitario.

La etapa de remediación y construcción generará fuentes de trabajo directo

a pobladores de la zona como personal de obra a cargo de la contratista y

encargado del traslado de los residuos.

7.5. Eliminación de foco importante de contaminación

La eliminación de un vertedero a cielo abierto es una medida de mitigación

importantísima para eliminar fuente de contaminación de diversas

características: contaminación del suelo, del agua subterránea, del aire

debido a los malos olores, además de generar vectores transmisores de

diversas enfermedades que afectan directamente a la población vecina. El

impacto positivo por eliminación de esta fuente de contaminación es de

gran importancia ambiental.

FASE DE OPERACIÓN DEL RELLENO SANITARIO DEFINITIVO

IMPACTOS NEGATIVOS

7.6. Generación de desechos sólidos:

7.6.1. Provenientes de la caseta de control: Estarán constituidos por residuos

comunes, como ser: papeles, cartones, vasitos de plásticos, botellitas pet, entre

otros. Los mismos deberán ser depositados en recipientes y luego enviados a

los módulos.

7.6.2. Provenientes de la operación de los módulos: Debido a la acción del

viento se esparcirán en la zona del relleno los materiales muy livianos, como

papeles y bolsas plásticas; lo que produciría la alteración del entorno del

relleno. Es común que a lo largo del camino de acceso al relleno se deposite

desechos de diversos tipos debido a que algunos usuarios del relleno no

depositan sus residuos en el interior del relleno sanitario.

7.7. Generación de desechos líquidos:

7.7.1. Provenientes de los servicios higiénicos: Se generarán efluentes

cloacales provenientes de los servicios higiénicos de los operarios del relleno

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sanitario; estos efluentes deben ser tratados adecuadamente para que no

contaminen el suelo, napa freática y los cursos de aguas próximos.

7.8. Provenientes de la operación del relleno sanitario:

7.8.1 Lixiviados: se generarán lixiviados por la humedad propia de las basuras

y del agua de lluvia que percola el relleno, la misma se contamina al entrar en

contacto con las basuras en proceso de descomposición.

El lixiviado es un líquido altamente contaminante que deberá ser tratado

adecuadamente ya que puede contaminar el suelo, napa freática y los cursos

de aguas superficiales si es lanzado sin previo tratamiento.

7.8.2. Generación de vectores y malos olores: La descomposición de los

residuos puede generar la proliferación de vectores de diversos tipos además

de atraer roedores y aves diversas; lo que producen molestias y posibles

afecciones en la salud de los habitantes y personal del relleno.

7.8.3. Generación de gases: La descomposición de los residuos produce gases

como metano, azufre, CO2, Sulfhídrico, entre otros. La formación de posibles

bolsones de gases genera riesgos de incendios dentro del vertedero, además

de alterar la calidad del aire del entorno con malos olores.

7.8.4. Generación de polvos: Las partículas de polvo generadas provendrán

principalmente debido a la excavación de los módulos y al tráfico vehicular de

camiones en los caminos de acceso al relleno y de los caminos internos;

produciendo la alteración de la calidad del aire del entorno.

7.8.5 Riesgos de incendios: Los incendios en un relleno sanitario generalmente

son provocados por el gas metano que es altamente inflamable y al estar en

contacto con fuego abierto se producen los incendios que se alimentan de los

materiales que existen en el vertedero de residuos comunes tales como

plásticos, papel, madera, hojas, generando gran humareda en la zona.

7.8.6. Riesgo de accidentes de trabajadores del relleno: Los accidentes a los

trabajadores del relleno sanitario podrían ocurrir por la mala disposición de

residuos corto punzantes y otros que puedan ocasionar distintos tipo lesiones

por la manipulación indebida, sin la protecciones correspondientes, también en

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el uso de herramientas de trabajo o vehículos que transportan los residuos o

materiales de cobertura del relleno.

7.8.7. Afectación de la salud de los trabajadores del relleno: las tareas

realizadas en un relleno sanitario implican riesgos a la salud de los

trabajadores al estar en contacto con materiales que pueden contener

elementos peligrosos o tóxicos, el relleno sanitario es un área de riesgo

biológico, mecánico o químico permanente para la salud.

IMPACTOS POSITIVOS

7.9. Generación de empleo.

Una vez en operación el relleno sanitario definitivo se generará empleo

directo para el personal encargado de la operación y mantenimiento del

mismo. Así también las tareas de recuperación de residuos generarán

empleo directo y mejora de las condiciones de trabajo de los recicladores.

7.10. Eliminación de fuentes de contaminación.

La operación de un relleno sanitario con las medidas sanitarias de control

de contaminación tendrá un impacto positivo sobre la ciudad de Carmen del

Paraná al disponer adecuadamente sus residuos evitando la generación de

malos olores, vectores de enfermedades a la población local y

contaminación del suelo y agua subterránea y superficial.

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RESUMEN DE LAS ACCIONES GENERADORAS DE POTENCIALES

IMPACTOS NEGATIVOS DEL PROYECTO.

FASE DE REMEDIACION DEL VERTEDERO EXISTENTE.

ACCIONES GENERADORAS DE

POTENCIALES IMPACTOS

POTENCIALES IMPACTOS

IDENTIFICADOS

IMPACTOS NEGATIVOS

Provenientes de traslado de residuos

Migración de esta fauna nociva existente en el lugar

Molestias y efectos en la salud de los habitantes

Provenientes del tránsito de vehículos y maquinaria pesada

Generación de polvos Alteración de la calidad del aire del entorno

Movimiento y acarreo de la basura Riesgo de accidentes a los transeúntes y personal del relleno

Provenientes de la operación del módulo de remediación

Generación de lixiviados Contaminación del suelo y de cursos de agua superficial y subterráneos próximos al lugar

Generación de gases Riesgos de incendios dentro del vertedero

Alteración de la calidad del aire del entorno

FASE DE OPERACIÓN DEL RELLENO SANITARIO

Provenientes de la Generación de Desechos Sólidos:

Provenientes de la caseta de control Alteración del entorno del relleno Provenientes de la operación de los

módulos

Provenientes de la Generación de Desechos Líquidos:

Provenientes de los servicios higiénicos Contaminación del suelo y los cursos de aguas próximos.

Lixiviados provenientes de los módulos de operación del relleno sanitario

Contaminación del suelo y los cursos de aguas próximos.

Provenientes del tráfico vehicular:

Generación de polvos Alteración de la calidad del aire del entorno

Transporte de la basura Riesgo de accidentes a los transeúntes y personal del relleno

Generación de ruidos Molestias a la población vecina

Provenientes de la operación de relleno y cobertura:

Generación de gases y malos olores Riesgos de incendios dentro del vertedero

Alteración de la calidad del aire del entorno

con malos olores.

Generación de vectores Molestias y efectos a la salud de los habitantes y personal del relleno

Confinamiento de la basura Riesgos de incendios Riesgo de accidentes de trabajadores del relleno sanitario. Afectación de la salud de los trabajadores del relleno Alteración de la topografía y del paisaje

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8. EVALUACIÓN AMBIENTAL

8.1. METODOLOGÍA DE LA EVALUACIÓN AMBIENTAL

Una vez identificadas las principales acciones del proyecto que generarían

impactos negativos sobre el medio ambiente y la salud y seguridad de las

personas, tanto en las etapas de:

Remediación del Vertedero actual y Construcción del Relleno Sanitario

definitivo como de operación del Relleno Sanitario Definitivo, así como los

impactos positivos; se diseñó una matriz para evaluar la importancia de

cada impacto a través de una serie de variables ambientales.

El análisis se realizó agrupando las acciones generadoras de impactos

según afecten factores ambientales similares sobre los que actúan.

Para medir la importancia global de cada impacto y poder a su vez

compararlos, se han seleccionado cuatro variables que, en su conjunto se

considera permitirán alcanzar una evaluación adecuada de los mismos en

el marco del objetivo del estudio.

Esto a su vez permite llegar a una selección de aquellos impactos de mayor

importancia para los cuales se concentrarán las recomendaciones.

Las variables y su escala de medición son las siguientes:

Magnitud del impacto: Estima su importancia desde el punto de vista de la

cantidad e intensidad del impacto.

(+) o (-) 3 = alta

(+) o (-) 2 = media

(+) o (-) 1 = baja

Alcance del impacto: Estima su importancia desde el punto de vista del área

en que se propaga el efecto del impacto. El impacto es considerado

estratégico cuando es afectado un componente ambiental de importancia

colectiva o nacional.

(+) o (-) 3 = estratégico

(+) o (-) 2 = regional

(+) o (-) 1 = local

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Reversibilidad del impacto: Estima su importancia desde el punto de vista

de la facilidad o dificultad de revertir o mitigar los efectos del impacto.

(-) 3 = baja

(-) 2 = media

(-) 1 = alta

Temporalidad del impacto: Estima su importancia desde el punto de vista

de la frecuencia en que se produce el impacto y el tiempo en que

permanece el efecto.

(+) o (-) 3 = permanente

(+) o (-) 2 = temporal

(+) o (-) 1 = ocasional

A tal efecto se pasa a la siguiente etapa donde se diseña una matriz para la

evaluación de la importancia de cada impacto a través de la serie de

variables que se han determinado: magnitud, alcance, reversibilidad y

temporalidad.

Las características de valor son identificadas como impacto positivo cuando

una acción resulta en la mejoría de la calidad de un factor ambiental y

negativo cuando resulta un daño a la calidad de un factor ambiental.

Orden del impacto: Establece la relación entre causa - efecto. El impacto es

directo o de primer orden cuando resulta de una simple relación causa y

efecto. El impacto es indirecto o de enésimo orden cuando es parte de una

cadena de reacciones.

D = directo I = indirecto

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8.2. MATRIZ DE EVALUACIÓN

RELLENO SANITARIO DE CARMEN DEL PARANÁ

MATRIZ: EVALUACIÓN DE IMPACTOS VS. CONDICIONES AMBIENTALES ETAPA DE REMEDIACIÓN DEL VERTEDERO EXISTENTE Y CONSTRUCCION DEL RELLENO

SANITARIO DEFINITIVO

Condición Ambiental Impactada

Acción principal Involucrada

Magnitud

Alcance Reversibilidad Temporalidad

MEDIO FÍSICO Y BIOLÓGICO

Suelo, agua subterránea y superficial

Generación de residuos sólidos

D -2 -1 -2 -2

Generación de efluentes líquidos cloacales

D -1 -1 -2 -2

Generación de lixiviado

D -1 -1 -2 -2

Eliminación de foco de contaminación

D +2 +1 -1 +3

Calidad del aire

Generación de polvos

D-2 -1 -1 -1

Generación de gases D-1 -1 -1 -2

Vegetación, Fauna

Eliminación de la cobertura vegetal

D-2 -1 -2 -2

MEDIO SOCIO-ECONÓMICO

Población cercana

Generación de Polvo

D-1 -1 -1 -2

Generación de ruido D-1 -1 -1 -1

Migración de fauna nociva

D+2 -1 -1 -2

Eliminación de foco de contaminación

D-2 +1 -1 +3

Personal de obra,

operarios

Riesgo de accidente personales

D+2 -1 -1 -2

Personal de obra y

operarios

Generación de Empleo

D+2 +1 -1 +2

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ETAPA DE OPERACION RELLENO SANITARIO DEFINITIVO

Condición Ambiental Impactada

Acción principal Involucrada

Magnitud

Alcance Reversibilidad Temporalidad

MEDIO FÍSICO Y BIOLÓGICO

Suelo, agua subterránea y superficial

Generación de residuos sólidos

D -2 -1 -2 -2

Generación de efluentes líquidos cloacales

D -1 -1 -2 -2

Generación de lixiviado

D -2 -1 -2 -2

Eliminación de foco de contaminación

D +2 +1 -1 +3

Calidad del aire

Generación de polvos D-2 -1 -1 -1

Generación de gases D-1 -1 -1 -2

MEDIO SOCIO-ECONÓMICO

Población cercana

Generación de Polvo D-1 -1 -1 -2

Generación de ruido D-1 -1 -1 -1

Riesgo de incendio. D+2 -1 -1 -2

Generación de vectores y malos olores

D-2 -1 -2 -2

Eliminación de fuentes de contaminación

D+2 +1 -1 +3

Operarios y recicladores

Riesgo de accidente personales

D+2 -1 -1 -2

Afectación a la Salud D-1 -1 -1 -2 Personal de

obra y operarios

Generación de Empleo D+2 +1 -1 +2

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8.3. CONCLUSIONES DE LA MATRIZ DE EVALUACIÓN

Observando la Matriz de Evaluación de Impactos versus Condiciones

Ambientales en la Etapa de Remediación y Construcción del Relleno

Sanitario, se puede concluir que el medio más afectado es el Medio Físico

y Biológico, ya que recibe el impacto proveniente de 6 acciones negativas,

totalizando -31 puntos negativos sobre un total de -72 puntos negativos

posibles lo que indica una importancia del 43%, y un impacto positivo

totalizando +6 sobre un total de +12 puntos posibles, lo que significa una

importancia del 50%.

Con respecto al Medio Socio-Económico, el mismo recibe el impacto de 4

acciones negativas, que podrían afectar la salud y seguridad del personal

del relleno y población vecina, totalizando -20 puntos sobre un total de -48

puntos posibles lo que indica una importancia del 42%.

Por otro lado recibe los impactos positivos por la generación de empleos y

eliminación de foco de contaminación, totalizando +11 puntos sobre un total

de +24 posibles, lo que significa una importancia del 45,8%.

En la Etapa de Operación del Relleno Sanitario, se puede concluir que el

medio más afectado es el Medio Físico y Biológico, ya que recibe el

impacto proveniente de 5 acciones negativas, totalizando -32 puntos

negativos sobre un total de -60 puntos negativos posibles lo que indica una

importancia del 53%, y un impacto positivo totalizando +6 sobre un total de

+12 puntos posibles, lo que significa una importancia del 50%.

Con respecto al Medio Socio-Económico, el mismo recibe el impacto de 6

acciones negativas, que podrían afectar la salud y seguridad del personal

del Relleno y población vecina, totalizando -28 puntos sobre un total de -72

puntos posibles lo que indica una importancia del 52,7%. Por otro lado

recibe los impactos positivos por la generación de empleos y eliminación de

fuentes de contaminación, totalizando +12 puntos sobre un total de +24

posibles, lo que significa una importancia del 50%.

Como se observa en la matriz, en general y para ambas etapas del

proyecto, los impactos identificados de mayor magnitud son de media

magnitud (-2), además de ser reversibles, mediante la implementación

efectiva de las medidas de mitigación recomendadas en el presente

estudio.

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9. PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL (PGA)

El presente PGA se encuentra diseñado en base a la identificación de los

potenciales impactos negativos generados por los aspectos ambientales que

interaccionan con los diversos factores ambientales tales como agua, aire y

suelo.

El PGA accionará directamente sobre las acciones que las generan de manera

a evitar, mitigar o eliminar los potenciales impactos y lograr que la operación

del relleno sanitario sea sostenible en el tiempo pre establecido.

Asimismo la legislación nacional también establece claramente las normativas

en cuanto a la operación de rellenos sanitarios, además de las exigencias en lo

referente a normas de higiene, seguridad y salubridad en el trabajo.

Durante la operación del Relleno Sanitario, la Municipalidad de Carmen del

Paraná deberá implementar todas las medidas establecidas en este PGA.

9.1. MEDIDAS DE MITIGACIÓN

Las Medidas de Mitigación contienen una serie de recomendaciones referentes

a la operación del Relleno Sanitario necesarias para evitar que los potenciales

impactos que genera el funcionamiento del mismo se materialicen o en su

defecto sean mitigados.

Dichas medidas recomendadas se dividen en las dos fases del proyecto y son

las siguientes:

FASE DE REMEDIACIÓN DEL VERTERO EXISTENTE

Referente al impacto proveniente del traslado de los residuos

9.1.1. Referente a la migración de esta fauna nociva existente en el lugar: La

eliminación de fauna nociva (fumigación y desratización) es una actividad con

alto riesgo por el manejo de insecticidas, etc.; por lo que se deberá asegurar

que el personal encargado de realizar dicho trabajo cuente con equipos

protectores como; traje completo descartable, antiparras, tapa boca, botas, etc.

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Y esté capacitado para el adecuado manejo y la correcta aplicación de los

mismos.

Por otra parte, durante la eliminación de fauna nociva, deberá restringirse el

ingreso a personas no autorizadas, así como evitar la entrada de animales

domésticos.

Referente a los impactos provenientes del tránsito de vehículos y maquinaria

pesada. Dichos vehículos deberán estar cubiertos perfectamente para que no

vuelen los residuos

9.1.2. Referente a la generación de polvos: Las partículas sólidas en

suspensión procedentes de la actividad del tráfico rodado en los caminos

externos del relleno, pueden controlarse con el riego de los caminos durante el

tiempo que dure el traslado total de los residuos.

9.1.3. Referente al riesgo de accidentes a transeúntes y operarios del relleno:

Los conductores de los camiones tumba y de las maquinarias pesadas deberán

prestar atención durante la conducción a fin de evitar situaciones indeseables,

respetando las señales de tránsito.

Se deberán colocar señalizaciones de carteles indicadores de tráfico de

vehículos pesados a lo largo del camino, durante el tiempo que dure el traslado

de los residuos además de carteles indicadores de entrada y salida de

camiones en el nuevo relleno sanitario y en el anterior vertedero.

Referente a los impactos provenientes de la operación del módulo de

remediación

9.1.4. Referentes a la generación de lixiviados: En el módulo de remediación se

realizó las obras de drenaje correspondientes para la colecta del lixiviado que

se pudiera generar. El lixiviado quedará confinado en los canales de drenaje

por lo que no se dispondrá en otro sitio, esta solución es posible debido a las

características del suelo del lugar que es areno arcilloso con una alta

impermeabilidad. Ver anexo 3, Estudio de suelo.

9.1.5. Referentes a la generación de gases: Como máximo cada 50 metros se

deberán construir unas chimeneas, tipo pilares de piedra bruta colocada de

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sección 0,50x0,50m para facilitar la ventilación de los gases de la Zanja. Las

chimeneas se levantarán desde los canales de conducción del lixiviado, en las

ubicaciones indicadas en planos, se construyen verticalmente a medida que

avanza el relleno y compactación de basura, procurando siempre una buena

compactación a su alrededor.

La estructura de la chimenea será preparada tipo jaula, estará compuesta de

cuatro varillas de 12 mm sujetas por estribos de varillas de 6mm cada 20cm de

separación y envueltas en una malla de alambre tejido. El extremo inferior de la

estructura coincidirá con la parte inferior del canal de lixiviado.

En el interior de la malla se colocará piedra bruta de tamaño adecuado que

servirá para la colecta de los gases que se forman.

Esta chimenea se irá incrementando a medida que avanza el relleno y

compactación con basura hasta alcanzar la altura total del mismo. Dicha

incrementación de la chimenea estará a cargo de la municipalidad de Carmen

del Paraná. Al final de este punto saldrán dos tubos, de hormigón o de material

vidriado, el primero perforado para facilitar la captación y salida de gases y

para que los desechos sólidos o la tierra de cobertura no obstruya el tubo.

Posteriormente, se reviste de piedra o escombros a manera de camisa de

protección. El segundo tubo, en cambio, no será perforado, a fin de colectar el

gas y quemarlo, eliminando los olores producidos por otros gases. Al alcanzar

la superficie del terreno, se le acoplará un tubo de hierro galvanizado con

sistema de mecheros, para poder realizar la quema programada de los gases

9.1.6. Referentes a la generación de residuos sólidos: Deberá realizarse la

limpieza periódica del sitio de obra, manteniendo libre de acumulación de

basura y cualquier otro tipo de desperdicios.

En general para cada tipo de residuo se deberán instalar recipientes

diferenciados e identificados, como ser; residuos orgánicos, para los restos de

alimentos de los trabajadores de la obra; residuos inorgánicos, para los

plásticos, papeles, metales entre otros materiales, para lo cual deberán

instalarse los recipientes en lugares estratégicos.

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Estos residuos deberán ser depositados en el módulo de remediación previo

reciclaje en el área destinada para dicho labor por parte de la contratista.

9.1.7. Referentes a la generación de efluentes líquidos cloacales: En la

zona de obra se recomienda la utilización de los baños químicos, proveído por

empresas especializadas en el área, y que a su vez se encargan de retiro y

disposición adecuada de los efluentes.

9.1.8. Referente a la eliminación de la cobertura vegetal: De acuerdo al

informe realizado por la EBY, se zonificaron los lugares donde se realizarán las

tareas de conservación y remoción de las especies vegetales existentes. Como

medida de compensación se prevé además la reforestación del perímetro del

terreno del proyecto con una combinación de especies exóticas y nativas, como

barrera verde.

9.1.9. Referente a la generación de ruidos: Las obras de mejoramiento de

caminos internos deberán realizarse en horario normal de trabajo de modo a no

causar molestias a la población cercana.

Así mismo, deberá controlarse permanentemente el estado de los silenciadores

de los motores de maquinarias y equipos y proceder su mantenimiento

periódico, para evitar el exceso de ruidos.

FASE DE OPERACIÓN DEL RELLENO SANITARIO DEFINITIVO

Referente a los impactos provenientes de la Generación de Desechos Sólidos

9.1.10. Referentes a los desechos sólidos provenientes de la caseta de control:

Los residuos provenientes de la caseta de control del relleno deberán

disponerse de igual manera que los residuos que llegan al relleno, de modo a

evitar que se extiendan en el lugar. Deberán pasar primeramente por el área de

reciclaje para luego ser dispuestos en los módulos del relleno.

9.1.11. Referentes a los desechos sólidos provenientes de la operación de los

módulos: Para evitar que basuras muy livianas, como bolsas plásticas y

papeles, vuelen a causa de los vientos; se utiliza dentro de los módulos de

operación un dispositivo llamado verja portátil. Consiste en un bastidor forrado

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con malla tejida, de fácil transporte. Son colocados en contra de la dirección del

viento. En caso que los módulos posean alambrados perimetrales deberá

realizarse periódicamente la limpieza de los mismos de las bolsas que se

adhieren debido a la acción de los vientos, el cual podría provocar la caída de

todo el alambrado perimetral debido a la fuerza del viento.

Referente a los impactos provenientes de la Generación de Desechos Líquidos:

9.1.12. Referente al desagüe cloacal proveniente de los servicios higiénicos: El

desagüe cloacal de los baños de las oficinas y caseta de control del relleno

serán conducidos a un sistema de cámara séptica.

9.1.13. Referente a los lixiviados provenientes de los módulos de operación del

relleno sanitario: La colecta de lixiviado se hará por medio de canales de piedra

bruta. Estos canales tendrán una pendiente del 0,5% en dirección a las

chimeneas de gases, lo que promoverá a que el lixiviado se acumule alrededor

de ellas.

Las zanjas se ajustarán a la pendiente, nivel y formas de la sección transversal

requeridas. Se formarán abriendo con cuchilla o máquina zanjadora un surco

continuo a lo largo de la línea estacada, según indique la Fiscalización. En caso

de ser aceptable para ésta, podrán emplearse otros métodos distintos. Las

pendientes hidráulicas deberán estar en condiciones satisfactorias para

proporcionar el drenaje requerido.

9.1.14. Referente al riesgo de derrames de hidrocarburos, grasas y aceites

provenientes de las maquinarias: El aprovisionamiento de combustible y el

mantenimiento del equipo móvil y maquinaria, incluyendo lavado y cambio de

aceite, deberán realizarse en talleres especiales para tal efecto; no podrá

realizarse en el lugar de obra de manera a que estas actividades no

contaminen los suelos o las aguas del lugar.

Referente a los impactos provenientes del tráfico vehicular

9.1.15. Generación de polvos: Las partículas sólidas en suspensión

procedentes del tráfico de rodados en caminos vecinales y los provenientes por

la acción del viento pueden controlarse con un simple riego con agua con

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camiones cisternas. El riego debe realizarse previendo las horas de mayor

tráfico de los vehículos recolectores. El mismo podría ser provisto por la

Municipalidad.

En los límites de la propiedad se plantarán cortinas vegetales rompe vientos

para atenuar la acción del mismo.

9.1.16. Riesgos de accidentes: Los choferes de los camiones tumba y

operadores de maquinarias pesadas deberán prestar atención durante el

transporte de los residuos a fin de evitar situaciones de accidentes, respetando

las señales de tránsito y normas de buena conducción.

Se deberán colocar señalizaciones de carteles indicadores de tráfico de

vehículos pesados a lo largo del camino de acceso y en el interior de relleno

sanitario además de carteles indicadores de entrada y salida de vehículos en el

acceso al relleno.

9.1.17. Generación de ruidos: El tráfico vehicular se regirá por un horario de

trabajo preestablecido que deberá ser respetado a fin de evitar la generación

de molestias a los pobladores vecinos.

Referente a los impactos provenientes de las operaciones de relleno y

cobertura

9.1.18. Generación de gases: El módulo de remediación contará con un

sistema de venteo de gases que evitará el confinamiento y formación de

posibles bolsones de gases, consistente en chimeneas tipo pilares de piedra

bruta, posteriormente será sometido a llameado.

9.1.19. Generación de vectores: Deberá realizarse la fumigación periódica de

los módulos del relleno sanitario a medida que se van rellenando los mismos,

de modo a evitar la presencia de roedores e insectos, además de la cobertura

diaria evitando exponer los residuos a la generación de vectores y malos

olores. En caso que la Municipalidad no disponga de equipos de fumigación

podrá coordinar con el SENEPA de la Región para la fumigación periódica

semanal de la zona del relleno.

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9.1.20. Riesgo de incendios: Los riesgos de incendios en los vertederos

siempre se generan a partir de los bolsones de gases que se acumulan y

luego ante la presencia de fuego abierto se desarrollan los incendios. Los

venteos de gases a través de las chimeneas será fundamental para evitar

esta situación.

No obstante se deberán contar con extinguidores en las oficinas y en la

caseta de control a fin de actuar rápidamente en caso de principios de

incendios en áreas próximas a los módulos.

Además se deberá capacitar por parte de la Municipalidad al personal del

relleno en el correcto uso del extinguidor, realizándose una vez al año

simulacros de incendios y los procedimientos a seguir.

9.1.21. Riesgo de accidentes de trabajadores del vertedero: Los

trabajadores del relleno deberán tener cuidado durante la operación de

descarga de los residuos y de operación de las maquinarias. Deberán estar

alejados del área de movimiento de las máquinas.

El relleno deberá estar señalizado indicando el área de entrada y salida de

maquinarias, sector de vertido a fin de que esté claro el procedimiento de

descarga, entrada y salida del vehículo.

La entrada de personas extrañas al relleno deberá estar terminantemente

prohibida.

Con respecto al equipamiento personal de los trabajadores deberán estar

provisto de equipos de protección individual: botas, guantes de cuero, ropa

de trabajo tipo mameluco, cascos y para las tareas de fumigación deberán

además colocarse tapabocas.

El relleno deberá contar con equipos de primeros auxilios para casos de

accidentes, así como también contar con procedimientos de emergencia

establecidos para actuar rápidamente en caso de ocurrencia de algún

accidente.

A fin de evitar estos riesgos se deberán establecer claramente los

procedimientos en los trabajos y el uso obligatorio de los equipos de

seguridad en el área del vertedero. Todos estos procedimientos deberán

ser elaborados por el Municipio.

9.1.22. Afectación de la salud de los trabajadores: Se recomienda el

chequeo periódico de la salud de los trabajadores, debiendo realizarse

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análisis rutinarios para detectar cualquier problema de salud que pudieran

tener.

9.2. MEDIDAS DE MONITOREO

Las medidas de monitoreo tiene por objetivo establecer el seguimiento de las

medidas de mitigación recomendadas, además de controlar la calidad de agua

subterránea y del entorno en general.

Los monitoreos realizados deberán estar registrados de tal modo a tener

antecedentes de todos los análisis realizados y medidas correctivas tomadas.

Los monitoreos a ser realizados son los siguientes:

FASE DE REMEDIACIÓN DEL VERTERO EXISTENTE

Referentes al traslado de residuos

9.2.1 Monitoreo vida útil de insecticidas para la fumigación

La vida útil de los insecticidas a ser implementados en las fumigaciones es

esencial por lo que se deberán controlar periódicamente la fecha de

vencimiento y forma de almacenamiento de los mismos. El manejo de los

insecticidas deberá realizarse acorde a la legislación nacional y las

disposiciones establecidas por el SENAVE.

9.2.2. Control de ingreso de personas y animales al relleno

Se deberá controlar y restringir el ingreso de personas no autorizadas, así

como también evitar la entrada de animales domésticos al relleno, para

evitar situaciones indeseables que pudiesen presentarse.

El acceso al área de relleno deberá estar prohibido estrictamente a todas

las personas que no se encuentran trabajando en las tareas de

enterramiento de residuos.

Referentes al tránsito de vehículos y maquinarias pesadas

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9.2.3. Monitoreo de las señalizaciones implementadas

Controlar las señalizaciones de circulación de vehículos pesados como así

también en la entrada y salida del relleno. Los conductores de los camiones

recolectores deben cumplir y respetar estas señalizaciones para evitar

situaciones que pudieren generar riesgos para las personas.

El riego de los caminos también se torna importante controlar, para evitar la

generación de polvos.

Referente a la construcción de obras complementarias

9.2.4. Referentes a la generación de residuos sólidos: Verificar periódicamente

la limpieza general del sitio, la correcta segregación de los residuos según su

tipo en los contenedores diferenciados y su correcta disposición final en el sitio.

Frecuencia: Diaria

9.2.5. Referentes a la generación de efluentes líquidos: Verificar disposición

adecuada de los desechos líquidos.

Frecuencia: Periódica

9.2.6. Referente a la eliminación de la cobertura vegetal: Verificar el

cumplimiento de las tareas de conservación y remoción de las especies

vegetales existentes, y reforestación del perímetro del terreno del proyecto

como barrera verde.

Frecuencia: Periódica

9.2.7. Referente a la generación de ruidos: Verificar que las actividades de

mejoramiento del camino se realicen en horario normal de trabajo.

Controlar el estado de los silenciadores de los motores de maquinarias y

equipos con su mantenimiento periódico. Frecuencia: Permanente

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FASE DE OPERACIÓN DEL RELLENO SANITARIO DEFINITIVO

Referente a la generación de desechos sólidos

9.2.8. Monitoreo de la disposición adecuada de los residuos y la utilización de

las herramientas

Verificar que los residuos generados en la oficina y caseta de control del relleno

pase por el área de reciclaje para finalmente ser dispuestos en los módulos.

Monitorear que los trabajadores del relleno utilicen las verjas portátiles para

evitar que los residuos livianos como papel, bolsas plásticas y otros vuelen con

el viento.

9.2.9. Control de efluentes cloacales

Verificar conexiones de las cañerías de los baños al sistema de tratamiento

(cámara séptica).

9.2.10. Programa de Monitoreo de la Calidad de las aguas subterráneas, del

pozo artesiano del Relleno

Objetivo: El presente programa tiene por objetivo determinar la influencia del

nuevo relleno sanitario de Carmen del Paraná sobre la calidad de las aguas

subterráneas de la zona del relleno, una vez que se inicie la operar los módulos

del mismo.

Frecuencia del muestreo: La toma de muestra se deberá realizar

semestralmente a partir del inicio de las operaciones de los módulos.

Responsable del muestreo: La Municipalidad de Carmen del Paraná será la

encargada de realizar los análisis del agua subterránea.

Parámetros a ser analizados: Los parámetros a ser analizados para los pozos

de monitoreo de agua subterránea serán los parámetros de potabilidad.

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Referentes al tráfico vehicular

9.2.11. Monitoreo del transporte de los residuos

Controlar que los conductores de los camiones recolectores cumplan y

respeten las señalizaciones y reglas de tránsito de manera a evitar

cualquier tipo de accidente o generar riesgo para los ciudadanos.

Los recolectores operaran en horarios establecidos para no generar

molestias a la población vecina.

Referentes a la operación de relleno y cobertura:

9.2.12. Control de hundimientos de cobertura final y corrimientos de taludes

laterales

Se deberán inspeccionar periódicamente la cobertura final de las áreas

clausuradas a fin de reponer el material de cobertura en caso de

hundimiento o fisuras.

Esta tarea es importante ya que una fuente importante de formación de

lixiviados es por infiltración del agua de lluvia.

Asimismo los taludes laterales al perder su material de cobertura deberán

ser repuestas inmediatamente una vez que haya pérdida de material, a fin

de evitar la percolación de líquidos.

A fin de tener suficiente material de cobertura para las tareas de reposición

se deberá tener acumulado material areno-arcilloso de reserva en el

relleno.

9.2.13. Monitoreo vida útil de extintores de incendio y equipo de seguridad

personal.

El correcto funcionamiento de los extinguidores de fuego en los momentos

de emergencia es esencial por lo que se deberán controlar periódicamente

la vida útil del mismo así como de los equipos de protección personal a ser

proveídos a los operarios del relleno.

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9.3. PLAN DE CLAUSURA Y POST-CLAUSURA

9.3.1. Clausura

La clausura del Sitio de Disposición Final debe entenderse como la

suspensión definitiva del depósito de residuos sólidos al llegar al final de su

vida útil, a sus efectos de contaminación al ambiente o bien a las molestias

y daño a la salud pública.

Por las condiciones de ubicación y biofísicas del sitio, es recomendable se

le dé un uso final de reintegración al paisaje natural (como área verde),

tomando como base para lo anterior, el resultado del análisis del impacto

ambiental del sitio, lo que propiciará la integración del sitio con el paisaje

natural de la zona.

En el área donde se instalará el relleno hay condiciones muy favorables

para ampliaciones futuras, casi en forma ilimitada, pues no hay

asentamientos humanos cercanos ni factores limitantes de ningún tipo.

En función del uso final determinado, para la clausura del relleno en sus

diferentes etapas, refiriéndonos a las áreas sobre las cuales ya no se

depositarán más residuos sólidos, se deberá realizar distintas acciones

para optimizar el objetivo como son; - Clausura de áreas y formación de

áreas naturales - Revisar el sistema de control de agua pluvial para evitar

daños al relleno y a las áreas en las que se hizo la reforestación corrigiendo

los problemas detectados. - Conclusión de todas las chimeneas. -

Conformación de los taludes laterales y revisión de la altura mínima del

tapado final. - Empastado, apto para la reintegración del paisaje natural o

campo de pastoreo - Control de desmoronamientos y hundimientos. -

Control de la prohibición de vertido en el sitio.

Empastado, apto para la reintegración del paisaje natural y cobertura de los

módulos: Se implantará gramíneas y vegetación arbustiva en los

alrededores de los módulos;

Control de desmoronamientos y hundimientos: Debido a hundimientos de la

cobertura final de la superficie se debe verificar dichos lugares a fin de

rellenarlo nuevamente hasta nivelarlo a la cota de disposición final. Así

mismo los taludes laterales sufren deslizamiento por lo que deberá ser

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rellenado conforme se observan pérdidas de material y darle cobertura con

vegetación;

Control de la prohibición de vertido en el sitio: Se deben colocar carteles

indicadores del cierre en los módulos clausurados y de la habilitación de un

nuevo módulo, indicando la prohibición del depósito de residuos en el

primero y la ubicación del segundo.

El vertedero una vez clausurado, no podrá ser utilizado para ningún tipo de

actividad hasta los cinco años de su clausura.

Se deben colocar carteles indicadores del cierre y de la habilitación del

nuevo relleno, indicando la prohibición del arrojo de residuos en el primero y

la ubicación del segundo.

El control deberá ser diario los primeros meses, debiendo destacar a un

funcionario en el sitio para evitar el incumplimiento de la prohibición de no

arrojar residuos en el predio. Una vez que se perciba que la población ya se

ha concienciado del cambio de sitio, la supervisión podrá ser semanal.

9.3.2. Post-clausura

El uso futuro del relleno se prevé que sea utilizado como campo abierto,

para lo cual se recomienda la plantación de gramíneas de crecimiento

propio de la zona. De esta manera se dará homogeneidad al entorno de la

zona.

La habilitación para tal fin será a partir del quinto año. La municipalidad

deberá controlar periódicamente el sitio por si suceden desmoronamientos

o hundimientos del sitio. En cuyo caso deberá repararlo antes de que

avance el hundimiento.

La responsabilidad de la municipalidad en el control del sitio deberá correr

por espacio de 20 años a partir del cierre del relleno.

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10. TABLA RESUMEN ACCIONES GENERADORAS DE IMPACTOS – MITIGACION – MONITOREO

ACCIONES GENERADORAS DE IMPACTOS

MEDIDAS DE MITIGACIÓN MEDIDAS DE MONITOREO RESPONSABLE

FASE DE REMEDIACIÓN DEL VERTEDERO EXISTENTE

Provenientes del traslado de los

residuos: Migración de esta fauna nociva

existente en el lugar.

- Eliminación de fauna nociva (fumigación y desratización). - Manejo de insecticidas, venenos por personal capacitado. - Se deberá restringir el

ingreso a personas no autorizadas, así como evitar la entrada de animales domésticos.

- Control de fecha de vencimiento de los insecticidas, venenos, etc. - Control de las

personas que ingresan al relleno.

EBY

Provenientes del tránsito de vehículos y maquinaria

pesada: Generación de

polvos. Movimiento y acarreo de la

basura.

- Riego de los caminos durante el tiempo que dure el traslado total de los residuos. - Conductores de camiones y maquinarias deben evitar

situaciones indeseables y respetar señales de tránsito. - Se deberá colocar señalizaciones indicadores de tráfico de vehículos pesados.

- Verificar el riego de los caminos. - Verificar instalación de señales. -

Realizar mantenimiento a los camiones tumbas encargados del acarreo de los

residuos y maquinarias pesadas.

EBY

Provenientes de la construcción de obras

complementarias: Generación de

residuos sólidos Generación de

efluentes líquidos cloacales Eliminación

de la cobertura vegetal

Generación de ruidos 1. - Limpieza periódica del sitio de obra, e instalación de recipientes

diferenciados e identificados por el tipo de residuo (orgánico o inorgánico). 2. - En la zona de obra se recomienda la utilización de los baños

químicos, proveído por empresas especializadas en el área, y que a su vez se encargan de retiro y disposición adecuada de los residuos. -

Verificar el cumplimiento de las tareas de conservación y remoción de las especies vegetales existentes, y reforestación del perímetro del terreno

del proyecto como barrera verde.

- Verificar periódicamente la limpieza general del sitio, la correcta

segregación de los residuos según su tipo en los contenedores diferenciados y su correcta disposición final en el sitio. -

Verificar disposición adecuada de los desechos líquidos. - Verificar que las

actividades de mejoramiento del camino se realicen horario normal de trabajo.

Controlar el estado de los silenciadores de los motores de maquinarias y equipos con su mantenimiento

periódico.

EBY

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ACCIONES GENERADORAS DE IMPACTOS

MEDIDAS DE MITIGACIÓN MEDIDAS DE MONITOREO RESPONSABLE

FASE DE OPERACIÓN DEL RELLENO SANITARIO DEFINITIVO

Provenientes de la Generación de Desechos Sólidos: Provenientes de las

oficinas administrativas. Provenientes de la operación de los

módulos.

- Deberán disponerse de igual manera que los residuos que llegan al relleno.

Deberán pasar primeramente por el área de reciclaje para luego ser dispuestos en los módulos del relleno. - Para evitar que

basuras muy livianas, como bolsas plásticas, vuelen a causa de los vientos;

- Limpieza semanal de las bolsas de plástico

Controlar que los residuos pasen por el área de reciclaje.

- Verificar limpieza periódica de bolsas plásticas esparcidas con el viento.

Municipalidad de Carmen del Paraná.

Provenientes de la Generación de Desechos Líquidos: Provenientes de los

servicios higiénicos. Lixiviados provenientes de los módulos de operación del relleno sanitario

- El desagüe cloacal de los baños de las oficinas y caseta de control del relleno

serán conducidos a una cámara séptica. - El relleno sanitario contará con un sistema de drenaje de lixiviados, los líquidos quedarán confinados en los

canales

Verificar conexiones de las cañerías de los baños al sistema de tratamiento. Realizar el desagote periódico de los

pozos ciegos para evitar que se colmaten. - Verificar el estado de drenaje de lixiviados para evitar infiltraciones. -

Monitoreo de la calidad de aguas subterráneas, en pozos de monitoreo.

Municipalidad de Carmen del Paraná

Provenientes del tráfico vehicular: Generación de polvos. Transporte de los

desechos. Generación de ruidos.

- Riego de los caminos vecinales a la hora en que el camión porta-

contenedores ingresa a la zona del relleno. Empedrado de caminos de

acceso a los módulos - En los límites de la propiedad se plantarán cortinas rompe

vientos. - Los conductores de los camiones deberán, respetar las señales de tránsito. - El tráfico vehicular se regirá por un horario de trabajo preestablecido.

Controlar que los camiones recolectores operen a la hora establecida para evitar molestias al vecindario. - Verificar uso de verjas portátil. - Reponer carteles caídos

o destruidos.

Municipalidad de Carmen del Paraná

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Provenientes de la operación de relleno y cobertura: Generación de gases.

Generación de vectores. Confinamiento de la basura.

-Se deberá realizar fumigaciones periódicas de los módulos, a fin de evitar

la presencia de roedores e insectos. Coordinar con el SENEPA de la región. -

Contar con material de cobertura suficiente para la cobertura diaria de las celdas. -Se deberá contar con extintores

colocados estratégicamente. -Los operarios deberán tener cuidado durante la operación de descarga de los residuos y de las maquinarias. -El relleno deberá

estar señalizado. -Los trabajadores deberán estar provistos de equipos de

protección individual. Análisis clínicos de rutina a los trabajadores. -A fin de

recomponer el paisaje se deberá rellenar hasta llegar a la cota de nivelación del

relleno del proyecto.

Verificar el buen funcionamiento del sistema de venteo de gas, para evitar

inicios de incendio en el relleno. 2. Verificar proliferación de moscas y reforzar fumigación. 3. Control de hundimiento de cobertura final y

corrimientos de taludes laterales. 4. Verificación vencimiento de

extinguidores. 5. Verificar capacitación de los operadores del relleno. 6. Verificar

instalación de carteles indicadores. 7. Verificar el buen estado de los EPI’s y

entrega de los mismos a los operarios. 8. Verificar chequeo médico 9. Verificar nivelación del relleno según proyecto.

Municipalidad de Carmen del Paraná

11. CONSULTOR RESPONSABLE

Ing. MSc. Hernán Lezcano Especialista en Gestión Ambiental. Reg. SEAM CTCA I-768

12. ANEXOS

- Imagen Satelital del área del proyecto

- Plano General de Replanteo del Relleno Sanitario.

- Estudio de suelo.

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IMAGEN SATELITAL DEL ÁREA DEL PROYECTO

El polígono trazado indica los límites de la propiedad del proyecto