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PRESENTACIÓN EN CONCURSO PREVENTIVO FDCS – UBA Departamento de Postgrado 8 de mayo de 2002 DANIEL ROQUE VÍTOLO

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sobre economia

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Page 1: Presentacion Uba

PRESENTACIÓN EN CONCURSO PREVENTIVO FDCS – UBA Departamento de Postgrado 8 de mayo de 2002

DANIEL ROQUE VÍTOLO

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Prof. Dr. Daniel Roque Vítolo 2

SUJETOS CONCURSABLES

• Personas de existencia visible• Personas de existencia ideal de carácter privado• Sociedades en las cuales el estado Nacional,

Provincial y Municipal sea parte, cualquiera sea el porcentaje de su participación

• El patrimonio del fallecido (mientras se mantenga separado del patrimonio de los sucesores)

• Los deudores domiciliados en el extranjero (respecto de los bienes existentes en el país)

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EXCLUSIONES POR NO SER SUJETO DE DERECHO

• Fundaciones que no han obtenido la autorización para funcionar

• Asociaciones cuya constitución no haya quedado documentada por escritura pública o por instrumento privado autenticado por Escribano

• Sociedades accidentales o en participación• Uniones transitorias de empresas

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PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL EXCLUIDAS• Personas de Derecho Público (Estado nacional,

provincias, municipalidades, entidades autárquicas de la Administración y la Iglesia Católica)

• Empresas aseguradoras (ley 20.091)

• Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (ley 24.241)

• Entidades Financieras (ley 21.526) sólo susceptibles de ser declaradas en quiebra

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PERSONAS DE EXISTENCIA VISIBLE

• Comerciantes

• No comerciantes

• Capaces

• Incapaces

• Inhabilitados

• Fallecidos

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PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL

• Asociaciones Civiles

• Fundaciones autorizadas

• Sociedades Civiles

• Sociedades comerciales

• Sociedades cooperativas

• Asociaciones Mutuales

• Sociedades en las cuales el Estado Nacional, Provincial o Municipal sea parte

• Estos entes “en liquidación”

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Prof. Dr. Daniel Roque Vítolo 7

ESTADO DE CESACION DE PAGOS

• Estado dinámico del patrimonio (carácter financiero)

• Sin disponibilidad de crédito• Impotente para atender obligaciones exigibles con

los bienes normalmente realizables en oportunidad de dicha exigibilidad

• Concepto dinámico por excelencia• Flujo de fondos insuficiente para hacer frente a

las obligaciones exigibles.

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DIFICULTADES ECONÓMICAS

• Comprende a aquellas vinculadas al cuadro de resultados de la actividad

• Tiene su correlato en la cuenta de ganancias y pérdidas

• Pueden existir dificultades económicas aunque no haya por el momento problemas de caja

• Es decir que, aún con una caja holgada, la empresa puede estar fundiéndose aunque no se advierta

• La situación económica de la empresa genera efectos en el estado “patrimonial” (activos y pasivos)

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DIFICULTADES FINANCIERAS

• Comprende, básicamente, las posiciones de disponibilidades de caja (en un sentido amplio de “medios disponibles de pago”)

• Su correlato son los flujos de fondos que provienen del circuito de ingresos y gastos en su faz dinámica

• Puede tenerse una situación económica y patrimonial sana, y dificultades financieras por una mala distribución de activos y pasivos en relación con los plazos de vencimiento de las obligaciones, o el régimen temporal de financiamiento

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DE CARÁCTER GENERAL

• Una situación tiene carácter general cuando resulta común a todos los elementos que conforman un todo.

• No debe tratarse de una mera situación puntual, ni de un solo aspecto de la actividad, sino afectar a toda ella.

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TRASLACIÓN DE RIESGOS

• El juego financiero suicida

• El rechazo a contribuir al capital social

• “...Toma el dinero y corre...”

• “... A ganar tiempo...”

• Endeudamiento progresivo con licuación de deuda preexistente

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EJEMPLO

0102030405060708090

100

Crisis Cesación depagos

Mayorcrisis

Quiebra

ActivoPasivo

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INDICE DE SOLIDEZ DEL CRÉDITO

0102030405060708090

100

Crisis Cesaciónde pagos

Mayorcrisis

Quiebra

ActivoPasivoParticipación

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LEGITIMACIÓN y REPRESENTACIÓN

• Persona física por sí o por apoderado con facultad especial

• Persona de existencia ideal por representante legal, previa resolución, en su caso, del órgano de administración, o por apoderado con facultad especial

• Incapaces e inhabilitados por medio de los representantes legales

• Personas fallecidas por cualquiera de los herederos

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Prof. Dr. Daniel Roque Vítolo 15

DECISIÓN DE CONTINUAR

• Las personas de existencia ideal deben resolver (asamblea, reunión de socios u órgano de gobierno bajo régimen de mayorías para la resolución de asuntos ordinarios) dentro de los 30 días de la presentación continuar el trámite, y acompañar constancia

• Incapaces e inhabilitados, debe ratificarse por el Juez en el mismo plazo

• Fallecido debe ser ratificada por los demás herederos en el mismo plazo

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CONSECUENCIAS DE LA OMISIÓN

• La falta de decisión o ratificación y de su comunicación en tiempo:

(i) Produce de puro derecho la cesación del procedimiento

(ii) Tiene los efectos del desistimiento

(iii) Inhibe las presentaciones en concurso dentro del año posterior

si existen pedidos de quiebra pendientes

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REQUISITOS FORMALES

Art. 11 de la ley 24.522

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1. Constancias de inscripciones

• Inscripción en registros respectivos• Instrumentos constitutivos y sus

modificaciones debidamente inscriptos (entres ideales regularmente constituidos)

• Instrumentos constitutivos y sus modificaciones aunque no estuvieran inscriptos (los regularmente constituidos y los irregulares)

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2. Explicaciones referidas al estado de cesación de pagos

• Enumerar y explicar las causas concretas de su situación patrimonial

• Expresar la época en la cual se produjo la cesación de pagos

• Expresar los hechos a través de los cuales se puso de manifiesto el estado de cesación de pagos

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3. Estado detallado y valorado del activo y del pasivo

• Listado de activo y pasivo valorado

• Actualizado a la fecha de presentación

• Indicación precisa de su composición

• Indicación de las normas seguidas para su valuación

• Indicación de la ubicación, estado y gravámenes de los bienes

• Demás datos necesarios para conocer debidamente el patrimonio

• Acompañamiento de dictamen suscripto por Contador público

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4. Balances y estados contables

• Los que se le exigen al deudor conforme a las normas legales que rigen su actividad

• Los previstos en sus estatutos o realizados voluntariamente por el concursado

• Tres últimos ejercicios• Memorias e informes del órgano

fiscalizador, según los casos

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5. Nómina de acreedores

• Nómina

• Domicilios

• Monto de los créditos

• Causas

• Vencimientos

• Codeudores, fiadores o terceros obligados o responsables

• Privilegios

• Legajo con documentación sustentatoria de la deuda

• Procesos judiciales y administrativos de carácter patrimonial en trámite o con condena no cumplida, precisando su radicación

• Dictamen de Contador

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Prof. Dr. Daniel Roque Vítolo 23

DICTAMEN DEL CONTADOR SOBRE LOS ACREEDORES DEL CONCURSADO

• Pronunciarse sobre la correspondencia entre la denuncia del deudor y sus registros contables y documentación existente

• Pronunciarse sobre la inexistencia de otros acreedores en los registros y documentación del deudor

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6. Libros llevados

• Enumerar los libros de comercio que lleva

• Enumerar los libros de otra naturaleza que lleve

• Expresar el último folio utilizado• Ponerlos a disposición del Juez junto con

la documentación respectiva

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7. Concurso anterior

• Denunciar la existencia o inexistencia de concurso anterior

• Si hubiere existido uno anterior, acreditar que no se está dentro del período de inhibición del art. 59 (un año a partir de la declaración judicial de cumplimiento del acuerdo) ni del provocado por el desistimiento (un año con pedidos de quiebras pendientes)

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Domicilio procesal

Deben constituirlo en la primera presentación:

• El concursado

• Sus administradores

• Socios con responsabilidad ilimitada

En caso contrario se lo tiene por constituido en

los estrados del tribunal

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PLAZO DE GRACIA

• Posibilidad por una sola vez• Plazo improrrogable• Diez días (contados a partir de la fecha de

presentación)• Es necesario la invocación de causal debida y

válidamente fundada• El objetivo es permitir el “... cumplimiento de la

totalidad de las disposiciones...” por parte del interesado

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LEY 25.563REFORMA al RÉGIMEN

FALENCIAL

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Un modelopara armar

• Empresas con concesiones públicas y privadas, nombres comerciales o intangibles que constituyen activos valiosos

• Empresas en concurso preventivo que no tienen propuestas viables

• Empresarios que han otorgado avales y garantías personales

• Accionistas que han prendado sus acciones a favor de acreedores

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Prof. Dr. Daniel Roque Vítolo 30

OBJETIVOS POLÍTICOS• Ganar tiempo y pasar el año 2002• Frenar la responsabilidad de los fiadores• Paralizar el crecimiento del número de

quiebras• Paralizar el curso de las ejecuciones• Mantener el control de las empresas en

manos de los mismos empresarios• Evitar el cierre de empresas• Esperar ayuda internacional para la

asignación de recursos que puedan paliar la crisis

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OBJETIVOSECONÓMICOS

• Licuar pasivos empresarios• Ganar capacidad de negociación• Purgar defectos procesales• Mantener la titularidad de los

activos en manos de los mismos empresarios

• Impedir la toma hostil de empresas por parte de acreedores o terceros inversores

• Impedir cualquier intento de ejecución de bienes o de créditos

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HERRAMIENTAS

• Plazos procesales• Responsabilidad de fiadores• Procesos de ejecución• Medidas cautelares• Construcción de la propuesta

(pago mínimo)• Bloqueo de tomas de control

o procesos de compra forzada (Cramdown)

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PARTICULARIDADES DE LA REFORMA

• Transitoriedad (art. 1)• Ultraactividad de efectos (art. 1)• Modificación de derechos

adquiridos (arts. 8, 9, 10)• Instrucción voluntarista de

reivindicación crediticia (art. 12)• Interrupción de salvatajes en

curso (art. 21)

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PLAZOS PROCESALES

• 180 días hábiles plazo de exclusividad (arts. 43, 273, inc. 2 ley 24.522 y 2 de la ley 25.563)

• 180 días hábiles adicionales a criterio judicial (arts. 43, 273, inc. 2 ley 24.522 y 2 de la ley 25.563)

• Prórroga de no menos de 180 días hábiles del período de exclusividad para los concursos abiertos a contar desde último plazo concedido (art. 8 ley 25.563)

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PLAZOS PROCESALES

(II)• Suspensión por 180 días hábiles las

ejecuciones judiciales y extrajudiciales (art. 9, ley 25.563)

• Suspensión por 180 días hábiles del trámite de pedidos de quiebra (art. 11 ley 25.563)

• Prórroga por 1 año del cumplimiento de acuerdos homologados o que se homologuen

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SUSPENSIÓN DE EJECUCIONES (art. 9)

• Judiciales y extrajudiciales• Hipotecarias y prendarias de cualquier

origen• Letras hipotecarias y Ejec. Especiales

(Ley 24.441)• Prenda con registro (D. 15.348)• Remates no judiciales (art. 23 LQ)• Warrants (L 9643/24.586)

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DIFERENCIAS CON EL RÉGIMEN GENERAL del art. 16, Ley 25.563

• También suspende ejecuciones:– De carácter alimentario (laborales,

pronto pago)– ¿Comisión de delitos penales ?– Bienes no afectados a la producción– Derivadas de la responsabilidad civil– Obligaciones posconcursales y futuras– ¿Liquidación de bienes en la quiebra?

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LOS FIADORES y CODEUDORES

SOLIDARIOS

• Siguen debiendo• Se pueden acoger al beneficio del

garante p/ concurso de grupos• Se los puede ejecutar (aunque

suspendiéndose el proceso)• Se les puede pedir la quiebra (aunque

suspendiéndose el proceso)• Su obligación queda sujeta a la condición

resolutoria de homologación del acuerdo del deudor principal o codeudor solidario

• El proceso concursal del deudor principal o codeudor no lo libera de su mora

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SUSPENSIÓN DEL SALVATAJE

• Concursos en trámite sin salvataje• Concursos en trámite en período de

salvataje• Nuevos concursos• Situación a la terminación de la

emergencia• Renacimiento del instituto• ¿Realmente es lo que parece?

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FIN DE LA PRESENTACIÓN

Gracias por su atención