paso 4 de 4 : ruc constitución de empresas peru

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Page 1: Paso 4 de 4 :  RUC constitución de empresas Peru
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ME INSCRIBO EN EL REGISTROÚNICO DE CONTRIBUYENTES(RUC) - SUNAT

{TIPOS DERÉGIMEN

A QUEME

PUEDOACOGER

Luego que Registros Públicos – SUNARP – me haentregado el Asiento Registral de la inscripción de mi

empresa como Persona Jurídica, deberé tramitar,como siguiente paso, mi inscripción en el RUC,

registro a cargo de la SUNAT.

Pero si soy una Persona Natural, que inicio o tengoun negocio, recién debo comenzar los trámites para

mi formalización a partir de este 4to paso.

¿QUÉ NECESITO CONOCER SOBREEL RUC?Es un registro que contiene información del contribu-yente. Por ejemplo mis datos de identificación, mis acti-vidades económicas, mi domicilio fiscal, así como los tri-butos a los que me encuentro afecto, entre otros datos.

Este Registro se encuentra a cargo de la Superinten-dencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT,entidad que tiene por finalidad administrar, fiscalizar yrecaudar, los tributos con que contribuyo para que el Es-tado pueda cumplir con sus fines.

La SUNAT me identifica como contribuyente otorgán-dome de manera inmediata un número de RUC, queconsta de once (11) dígitos.

IMPORTANTE

El número de RUC me lo otorgan de maneragratuita e inmediata.

Debo usar obligatoriamente el RUC para cualquier ges-tión que vaya a realizar ante la SUNAT y otras depen-dencias de la Administración Pública que la SUNAT ha-ya establecido. Este número tiene carácter permanentey es de mi uso exclusivo como titular.

Me inscribiré en el RUC, si tengo proyectado iniciar misactividades dentro de los 30 días calendarios siguientesa la fecha de inscripción.

¿QUÉ NECESITO SABER ANTES DELA OBTENCIÓN DEL RUC?

Si tengo mi empresa, o deseo iniciar una nueva,requiero saber la documentación que debo presentarpara inscribirme en las oficinas de la SUNAT y obtenermi número de R.U.C.

En primer lugar debo tener decidido mi orden jurídico,es decir si soy:

• Persona Jurídica o • Persona Natural.

En segundo lugar debo conocer el tipo de régimen deimpuesto a la renta al cual se acogerá mi empresa.(Atención: en el caso de negocios, la renta será siemprede 3era categoría). Hay 3 tipos de régimen:

1. Nuevo Régimen Único Simplificado– Nuevo RUS En este régimen no estoy obligado apagar el Impuesto General a lasVentas - IGV.2. Régimen Especial del Impuesto a la Renta – RER3. Régimen General del Impuesto a la RentaEn estos dos últimos regímenes sí estoy obligado a pagar el Impuesto General a las Ventas – IGV.

Ya me he informado sobre los requisitos que necesitopara inscribirme y he decidido por el tipo de régimenque me corresponde. Ahora debo acercarme a la depen-dencia, o al centro de servicios al contribuyente, de laSUNAT, que corresponda a mi domicilio fiscal y proce-der con mi inscripción.

¿Qué me dará la SUNAT? La SUNAT me entregará (a) elComprobante de Información Registrada que contieneel número de RUC otorgado, así como (b) los datos quele brindé como contribuyente al momento de mi ins-cripción.

La información que necesito conocer para llevar con éxi-to mi inscripción en la SUNAT y cumplir con el pago demis tributos de ley, la encontraré en la presente Guía deFormalización. El esquema de la Figura 1 me orientaráen mi decisión:

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Fig. 1 ¿A qué Régimen Tributario me acojo?

Nota: Las Personas Jurídicas no pueden acogerse al Nuevo Régimen Único Simplificado.

PUEDO ACOGERME AL:SI ME HE

INSCRITO COMO:

PERSONANATURAL

NUEVO RUSNUEVO RÉGIMEN ÚNICO

SIMPLIFICADO

RERRÉGIMEN ESPECIAL DELIMPUESTO A LA RENTA

RÉGIMEN GENERAL DELIMPUESTO A LA RENTA

PERSONAJURÍDICA

RERRÉGIMEN ESPECIAL DELIMPUESTO A LA RENTA

RÉGIMEN GENERAL DELIMPUESTO A LA RENTA

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¿QUÉ REQUISITOS Y DOCUMENTOSDEBO DE PRESENTAR PARAINSCRIBIRME EN EL REGISTRO ÚNICODE CONTRIBUYENTES – RUC?

COMO PERSONA NATURALSi soy una Persona Natural, y deseo iniciar mi negocio,debo tramitar mi RUC con mi documento de identifica-ción (no necesito de Minuta ni Escritura Pública). Porconsiguiente debo presentar, personalmente, como ti-tular, la siguiente documentación:

•Exhibir el original y presentar fotocopia de midocumento de identidad (del titular)

•Para sustentar mi domicilio fiscal, debo exhibir eloriginal y presentar la fotocopia de uno de lossiguientes documentos:Recibo de agua, luz, telefonía fija, televisión porcable (con fecha de vencimiento dentro de los últimosdos meses) o de la última declaración jurada depredio o autovalúo, entre otros documentosautorizados por la SUNAT.

Si por diversos motivos no me puedo inscribir personal-mente, podré autorizar a otra persona. Al igual que en elcaso anterior, esta persona debe cumplir con presentarla documentación del titular descrita en los párrafosanteriores; pero adicionalmente deberá acompañar lasiguiente documentación:

• Exhibir el original y presentar una fotocopia de sudocumento de identidad.

• Presentar una carta poder con firma legalizada antenotario público o autenticada por un fedatario de la SUNAT (especificando que es para inscribir AL TITULAR en el Registro Único de Contribuyentes).

• Presentar los siguientes formularios, firmados por el titular y la persona autorizada:Formulario N° 2119, Solicitud de Inscripción oComunicación de Afectación de Tributos.Formulario N° 2046, Establecimientos Anexos (sólo en el caso de contar con establecimiento anexodistinto al señalado como domicilio fiscal ydebidamente sustentado).

COMO PERSONA JURÍDICASi soy representante legal de una empresa jurídica(EIRL, SRL, SA, SAC) y la inscripción la realizo personal-mente, debo exhibir el original y presentar la fotocopiade los siguientes documentos:

• Documento de identidad del representante legal.• Para sustentar el domicilio fiscal presentaré uno delos siguientes documentos:

Recibo de agua, luz, telefonía fija, televisión por cable(con fecha de vencimiento dentro de los últimos dos meses), o de la última declaración jurada de predio o autovalúo, entre otros documentos autorizados por laSUNAT.

• Testimonio de la Escritura Pública de Constitucióninscrita en los Registros Públicos.

• En el caso de la declaración de establecimiento (s) anexo(s) deberá exhibir el original y presentarfotocopia de uno de los documentos que sustentan eldomicilio del local anexo.

Si por diversos motivos, como representante legal, nopuedo realizar la inscripción de manera personal, puedoautorizar a otra persona. Esta persona, adicionalmentea los requisitos señalados, deberá presentar los siguien-tes documentos:

• Exhibir el original y presentar una fotocopia de sudocumento de identidad.

• Presentar una carta poder con firma legalizada ante notario público o autenticada por un fedatario de la SUNAT (especificando que es para inscribir a laPERSONA JURÍDICA en el Registro Único deContribuyentes).

• Presentar los siguientes formularios firmados por el representante legal o persona autorizada:Formulario N° 2119, Solicitud de Inscripción oComunicación de Afectación de Tributos.Formulario N° 2054, Representantes Legales.Formulario N° 2046, Establecimientos Anexos (sólo en el caso de contar con establecimiento anexodistinto al señalado como domicilio fiscal ydebidamente sustentado).

En las páginas que vienen a continuación me puedo en-terar de los Regímenes Tributarios que la SUNAT ha es-tablecido para los contribuyentes: el Nuevo RégimenÚnico Simplificado (Nuevo RUS), el Régimen Especial deRenta (RER) y el Régimen General del Impuesto a laRenta.

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Si he tomado la decisión de iniciar mis actividadeseconómicas como PERSONA NATURAL; para realizar

actividades tales como: (a) comercio y/o industria (porejemplo: Bodegas, farmacias), (b) actividades de

servicios (por ejemplo: restaurantes, peluquerías) y/o(c) actividades de oficios (por ejemplo: electricistas,

gasfiteros), y otras similares, generadoras de rentas detercera categoría; debo acogerme al Nuevo Régimen

Único Simplificado – Nuevo RUS.

¿QUÉ DEBO HACER PARA ACOGERMEAL NUEVO RÉGIMEN ÚNICOSIMPLIFICADO - NUEVO RUS?Primero debo de conocer cuáles son los requisitos paraacogerme al Nuevo Régimen Único Simplificado - Nue-vo RUS, que a continuación se detallan:

YA REVISÉ. CUMPLO CON LOSREQUISITOS DEL NUEVO RUS. AHORAPARA EL INICIO DE MIS ACTIVIDADESECONÓMICAS, PUEDO INCORPORAR-

ME A ESTE RÉGIMEN. PERO ATEN-CIÓN. DEBO TENERPRESENTE LO SIGUIENTE:•La incorporación al Nuevo RUS es anual.•Cada año como contribuyente debo incorporarme alNuevo RUS con el pago de la cuota correspondiente alperíodo enero (dentro de la fecha de vencimiento). Encaso contrario, la SUNAT me incluirá de oficio en el Ré-gimen General, a partir del 1º de enero del ejercicio gra-vable que corresponda.

¿QUIÉNES NO PUEDEN ACOGERSE ALNUEVO RUS?• Aquellos que presten servicios de transporte de

mercancías con capacidad de carga mayor o igual a 2 toneladas métricas.

• Aquellos que presten servicios de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.

• Notarios, martilleros, comisionistas, rematadores,agentes de bolsa, agentes de aduanas eintermediarios de seguros.

• Organizadores de cualquier tipo de espectáculopúblico.

• Comercializadores de combustibles líquidos (por ejemplo Grifos)

• Aquellos presten servicios de transporte terrestrepúblico urbano de pasajeros

• Titulares de agencias de viaje, propaganda y/opublicidad.

• Importadores o exportadores de mercancías, excepto los contribuyentes cuyo domicilio fiscal se encuentre en zona de frontera.

• Aquellos que vendan inmuebles.• Aquellos que entreguen bienes en consignación.

¿CÓMO DETERMINO EL MONTODEL PAGO QUE DEBO DEREALIZAR?Para saber qué monto debo abonar como con-tribuyente, la SUNAT me facilita dos tablas. En ellas seseñalan los parámetros que tengo que tomar en cuen-ta, para adecuarme a una de las 10 categorías que seseñalan, según las actividades económicas que desar-rolle. Veamos las tablas:

NUEVO RÉGIMEN ÚNICOSIMPLIFICADO - NUEVO RUS

1. Debo tener Ingresos Brutos hasta S/. 80,000.00nuevos soles en alguno de los cuatrimestresestablecidos:1er cuatrimestre: comprende los meses de enero,febrero, marzo y abril.2do cuatrimestre: comprende los meses de mayo,junio, julio y agosto.3er cuatrimestre: comprende los meses desetiembre, octubre, noviembre y diciembre.

2. NO tener más de 5 personas involucradas con laactividad, incluido el dueño, por turno de trabajo.

3. NO desarrollar mis actividades en más de un localde 100 m2.

4. El precio unitario de los productos que venda nodebe superar los S/.500.

5. El valor de los activos fijos afectos a la actividad(con excepción de los predios) no debe superar las 10.UIT (S/. 33,000 para el año 2005).

6. Mi consumo de servicio telefónico no debeexceder de 4,000 nuevos soles en uncuatrimestre

7. Que el total de mis adquisiciones no supereS/. 80,000.00 en actividades de comercio y/oindustria y S/. 40,000.00 en servicios y/u oficios,en un cuatrimestre calendario.

8. En casos de oficios, que preste mis servicios en formapersonal.

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TABLA 1

Parámetros en un Cuatrimestre Calendario

11

CATEGORIA Total Ingresosbrutos

(hasta S/.)

Totaladquisiciones

(hasta S/.)

Consumo deenergíaeléctrica

(hasta Kw-h)

Consumo deservicio

telefónico(hasta S/.)

Preciounitario

máximo deventa (S/.)

Númeromáximo

de personasafectadas

a la actividad(hasta)

CuotaMENSUAL

(S/.)

12

13

14

15

14000

24000

36000

54000

80000

14000

24000

36000

54000

80000

2000

2000

3000

3500

4000

1200

1200

2000

2700

4000

250

250

500

500

500

2

3

4

4

5

20

50

140

280

500

TABLA 1:Sólo para aquellos contribuyentes que tienen ACTIVIDADES DE COMERCIO Y/O INDUSTRIA (por ejemplo: bodegas,farmacias; es decir, rentas de tercera categoría).

TABLA 2

Parámetros en un Cuatrimestre Calendario (*)

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CATEGORIA

El monto apagar

TotalIngresosbrutos

(hasta S/.)

Totaladquisiciones

(hasta S/.)

Consumode energía

eléctrica(hasta Kw-h)

Consumo deservicio

telefónico(hasta S/.)

Preciounitario

máximo deventa (S/.)

Númeromáximo de

personasafectadas

a la actividad(hasta)

CuotaMENSUAL

(S/.)

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14,000

24,000

36000

54000

80000

7,000

12,000

18000

27000

40000

2000

2000

3000

3500

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1200

1200

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2700

4000

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250

500

500

500

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4

4

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50

180

380

600

TABLA 2:Para aquellos contribuyentes que tienen ACTIVIDADES DE SERVICIOS (ejm: restaurantes, peluquerías,) y/o ACTIVI-DADES DE OFICIOS (por ejemplo: electricistas, gasfiteros)

(*) Tabla modificada mediante Decreto Supremo Nª 097-2004-EF (publicado el 21 de julio de 2004) Tabla vigente a partir del 1 de setiembredel 2004.Cuatrimestres calendarios a considerar :1er. CUATRIMESTRE comprende los meses de: enero, febrero, marzo y abril.2do. CUATRIMESTRE comprende los meses de: mayo, junio, julio y agosto.3er. CUATRIMESTRE comprende los meses de: setiembre, octubre, noviembre y diciembre.

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¿CÓMO PAGO LA CUOTA MENSUALDEL NUEVO RUS?

Para cumplir con mis obligaciones como contribuyente,debo revisar el CRONOGRAMA DE OBLIGACIONES TRIB-UTARIAS, que la SUNAT pone a mi disposición, en laGUIA TRIBUTARIA SUNAT NUEVO RUS.

Ej. Juan Polo inicia su negocio el 15 de febrero, y sunúmero de RUC es 10058715677

Juan deberá efectuar su declaración y pago correspon-diente de las utilidades de los 13 días del mes de febrero,en el mes de marzo.

Según el último número de su RUC, que en este caso es7, y según el cronograma de obligaciones tributarias del2005, deberá pagar hasta el 10 de marzo.

TABLA 3. CRONOGRAMA DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DEL 2005

FECHA DE VENCIMIENTO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC

ENE 15Feb15

Mar19

Abr18

May19

May20

May09

May10

May11

May12

May13

May16

May17

May

20Abr

21Abr

22Abr

11Abr

12Abr

13Abr

14Abr

15Abr

18Abr

16Mar

17Mar

18Mar

21Mar

08Mar

09Mar

10Mar

11Mar

14Mar

16Feb

17Feb

18Feb

21Feb

22Feb

09Feb

10Feb

11Feb

14Feb 24 Feb 23 Feb

22 Mar 23 Mar

26 Abr 25 Abr

23 May 24 May

21Jun

22Jun

09Jun

10Jun

13Jun

14Jun

15Jun

16Jun

17Jun

20Jun 24 Jun 23 Jun

21Jul

08Jul

11Jul

12Jul

13Jul

14Jul

15Jul

18Jul

19Jul

20Jul 22 Jul 25 Jul

09Ago

10Ago

11Ago

12Ago

15Ago

16Ago

17Ago

18Ago

19Ago

22Ago 24 Ago 23 Ago

12Set

13Set

14Set

15Set

16Set

19Set

20Set

21Set

22Set

09Set 23 Set 26 Set

13Oct

14Oct

17Oct

18Oct

19Oct

20Oct

21Oct

24Oct

11Oct

12Oct 26 Oct 25 Oct

15Nov

16Nov

17Nov

18Nov

21Nov

22Nov

23Nov

10Nov

11Nov

14Nov 24 Nov 25 Nov

15Dic

16Dic

19Dic

20Dic

21Dic

22Dic

09Dic

12Dic

13Dic

14Dic 27 Dic 23 Dic

17Dic 06

18Dic 06

19Dic 06

20Dic 06

23Dic 06

10Dic 06

11Dic 06

12Dic 06

13Dic 06

16Dic 06 24 Ene 06 25 Ene 06

FEB

MAR

ABR

MAY

JUN

JUL

AGO

SET

OCT

NOV

DIC

Periodo Tributario

BUENOS CONTRIBUYENTES

0,1,2,3,40 1 2 3 4 5 6 7 8 9 5, 6,7,8,9

PARA RECORDAR:

Puedo efectuar el pago de mis obligaciones tributarias desde el primer día del mes correspondiente.No debo esperar la fecha de vencimiento para realizar mi pago.

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El pago lo realizo (sin formularios) en las agencias de losbancos de la Nación, Wiese e Interbank de todo el paísa través del sistema Pago Fácil.

Para ello indicaré al personal de dichos bancos, en for-ma verbal o a través de la Guía para el Nuevo RUS, (for-mato de ayuda al usuario, que facilita la información abrindar al personal del banco), los datos que a conti-nuación se detallan:

• Número de RUC.• Período al que corresponde el pago.• Categoría del Nuevo RUS al cual me estoy acogiendo.• Total de mis ingresos del mes.• Importe a pagar.

IMPORTANTE

Al recibir la CONSTANCIA DE PAGO debo verificarque los datos impresos coincidan con los que

proporcioné al personal del banco.

¿QUÉ VENTAJAS ME OFRECE ELNUEVO RUS?• Me ubico en una categoría, de acuerdo con mi reali-dad económica.• No tengo obligación de llevar libros contables.• No tengo obligación de declarar o pagar: el Impuestoa la Renta, el Impuesto General a la Ventas ni el Impues-to de Promoción Municipal.• Me permite realizar el pago sin formularios a travésdel sistema PAGO FÁCIL.

Para una mejor comprensión de la aplicación de las ta-blas para el cálculo del monto a pagar, puedo ver 2ejemplos*:Ejemplo 1:José Hipólito abrirá una bodega en el mes de mayo del2004, en la que trabajarán él, su esposa Inés y sus sobri-nos María y Fernando. Para ubicarse en una categoríadel Nuevo RUS, José debe responder las siguientes pre-guntas respecto del cuatrimestre mayo - agosto 2004:

• ¿Cuál será el monto de sus compras? • ¿Cuál será su consumo de luz y de teléfono? • ¿Cuál será el monto de sus ventas? • ¿Cuántas personas trabajarán en la bodega duranteese período? Para ello, José realiza una proyección (un estimado) desus compras, ventas y consumos de energía eléctrica yteléfono, obteniendo la siguiente información:

• Adquisiciones (compras) : S/.10,000 • Consumo de energía eléctrica : 2,000 Kw.-hora.• Consumo telefónico : S/.500 • Ingresos en cuatrimestre (ventas) : S/.13,000 • Personal (afectado) que trabaja en el negocio:

4 personas

Como puedo apreciar, por el tipo de actividad, a José lecorresponde ubicarse en la Tabla N° 1. A pesar que el ni-vel de ingresos, el volumen de adquisiciones, el consu-mo de energía eléctrica y de teléfono corresponden a lacategoría 11, José debería estar en la categoría 13 delNuevo RUS, debido al número de personas afectadas ala actividad.

Parámetros

11

Categoría Total ingresosbrutos en un

cuatrimestrecalendario (hasta S/.)

Totaladquisiciones

en un cuatrimestrecalendario (hasta S/.)

Consumo deenergía

eléctrica en uncuatrimestrecalendario

(hasta kw-h.)

Consumo deservicio

telefónicoen un

cuatrimestrecalendario (hasta S/.)

Preciounitario

máximo deventa

(hasta S/.)

Númeromáximo

de personas afectadas a la

actividad (hasta)

Cuota Mensual (S/.)

12

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14,000

24,000

36000

54000

80000

14,000

24,000

36000

54000

80000

2000

2000

3000

3500

4000

1200

1200

2000

2700

4000

250

250

500

500

500

2

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4

4

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50

140

280

500

Sólo para aquellos contribuyentes que desarrollan exclusivamente ACTIVIDADES DE COMERCIO Y/OINDUSTRIA (Por ejemplo, bodegas, farmacias, ferreterías, entre otros, que generen Rentas de Tercera Categoría uti-lizarán la tabla Nº 1 (página 27). Si además, realiza actividades de servicios y/u oficios, debe utilizar la Tabla N° 2(página 27).

* Fuente: Guía Tributaria SUNAT (versión marzo 2005)

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¿QUÉ OBLIGACIONES TRIBUTARIASDEBO CUMPLIR POR ESTARCOMPRENDIDO EN EL RÉGIMENÚNICO SIMPLIFICADO – NUEVO RUS?

Tipo de Comprobantes de Pago que puedo emitir:

Boletas de venta. Para emitirlas debo solicitar autoriza-ción mediante la presentación del formulario N° 816"Autorización de Impresión a través de SUNAT operacio-nes en Línea". Esto lo realizo en cualquier imprenta au-torizada conectada al sistema SOL (Sistema de Opera-ciones en Línea).

Tickets o cintas de máquina registradoras. Siempre queno den derecho al crédito fiscal ni a ser utilizadas parasustentar gasto y/o costo para efectos tributarios, uotros que expresamente les autorice el Reglamento deComprobantes de Pago.

Libros de Contabilidad LegalizadosNo me encuentro obligado a llevar libros contables, pe-ro debo tener ordenados los comprobantes de pago quesustentan el crédito deducible.Debo considerar, que si tengo trabajadores dependien-tes, debo llevar Libro de Planillas de Sueldos y Salarios.

CATEGORIA ESPECIAL DEL NUEVORUS

SI SOY UNA PERSONA QUE ME DEDICO, EXCLUSIVA-MENTE, A LA VENTA DE FRUTAS, HORTALIZAS, LEGUM-BRES,TUBÉRCULOS, RAÍCES, SEMILLAS, ENTRE OTROS, ENUN MERCADO DE ABASTOS; Y MIS INGRESOS EN UNCUATRIMESTRE CALENDARIO NO SUPERAN LOSS/.14,000 (CATORCE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), PO-DRÉ ACOGERME A LA CATEGORÍA ESPECIAL DEL NUEVORUS.• En esta categoría no presento declaraciones.• No efectúo pagos mensuales.

¿COMO ACOGERSE A LA CATEGORÍAESPECIAL DEL NUEVO RUS?

Para poderme acoger a la categoría especial debo pre-sentar el Formulario N 2004: "Comunicación de Ubica-ción en la Categoría Especial del Nuevo Régimen ÚnicoSimplificado," en las agencias y sucursalesbancarias au-torizadas por la SUNAT.

Si inicio actividades durante el año.Una vez inscrito en el RUC, me podré acoger a la Cate-goría Especial del Nuevo RUS con la presentación delFormulario N 2004 - Comunicación de ubicación en laCategoría Especial del Nuevo Régimen Único Simplifi-cado, hasta la fecha de vencimiento del período tributa-rio que corresponde al inicio de actividades, de acuerdocon el Cronograma de Obligaciones Tributarias.

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Este régimen esta dirigido a las Personas Naturales yPersonas Jurídicas que realicen: (1) Actividades de Co-mercio e Industria. Estas actividades se refieren a laventa de bienes que procedan de la compra; de la pro-ducción o manufactura; o de la extracción de recursosnaturales, incluidos la cría y el cultivo y (2) Actividadesde Servicios.

¿CÓMO ME ACOJO AL RÉGIMENESPECIAL DEL IMPUESTO A LARENTA - RER?Primero debo conocer cuales son los requisitos paraacogerme al Régimen Especial del Impuesto a la Renta- RER que se detallan a continuación:

YA REVISÉ: CUMPLO CON LOS REQUI-SITOS DEL RÉGIMEN ESPECIAL DELIMPUESTO A LA RENTA (RER). AHORAPUEDO INCORPORARME A ESTE RÉ-GIMEN PARA EL INICIO DE MIS ACTIVI-DADES ECONÓMICAS. PERO, ATEN-CIÓN, DEBO TENER PRESENTE LO SI-GUIENTE:

• La incorporación al Régimen Especial del Impuesto a laRenta - RER es anual.• Si inicio operaciones durante el año, sólo debo efec-tuar la declaración y pago correspondiente al periododel año en que empecé mis operaciones, hasta la fechade vencimiento (según el último dígito de mi númeroRUC).

¿QUÉ ACTIVIDADES NO ESTÁNCOMPRENDIDAS EN EL RER?

• Contratos de construcción, según las normas del IGV,aún cuando no estén gravadas con dicho impuesto.

• Servicio de transporte de carga de mercancías envehículos, cuya capacidad de carga sea igual o mayor a 2 TM.

• Servicio de transporte terrestre nacional ointernacional de pasajeros.

• Organización de cualquier tipo de espectáculopúblico.

• Venta de inmuebles.• Servicio de depósitos aduaneros y terminales de

almacenamiento.• Comercialización de combustibles líquidos u otros

productos derivados de hidrocarburos.

Tampoco se pueden acoger al RER, entre otros supues-tos mencionados en el Decreto Legislativo N° 938, lossiguientes:

• Los notarios, martilleros, comisionistas y/orematadores, agentes corredores de productos, de bolsa de valores y/u operadores especiales querealicen actividades en la bolsa de productos, agentesde aduanas y los intermediadores de seguros.

• Los titulares de agencias de viaje, propaganda y/opublicidad.

• Los titulares de negocios de casinos, tragamonedas y/u otros de naturaleza similar.

¿QUÉ OBLIGACIONES TRIBUTARIASDEBO CUMPLIR POR ESTARCOMPRENDIDO EN EL RÉGIMEN ES-PECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA?

Tipo de Comprobantes de Pago que puedo emitir:• Facturas

• Boletas de Venta• Liquidaciones de compra• Tickets o cintas emitidas por máquinas registradoras

Otros documentos:• Notas de crédito y notas de débito.• Guías de Remisión (para sustentar el traslado de

bienes).

RÉGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTOA LA RENTA - RER

• Tengo ingresos Netos NO superiores aS/. 240,000.00 nuevos soles anuales.

• NO tengo más de ocho (8) trabajadores por turno• NO desarrollo mis actividades en más de dos (2)

locales y que NO superan en conjunto los 200 m2.• El valor de los activos que destino a la actividad, con

excepción de los predios, NO supera las 15 UIT.• Mi consumo de servicio telefónico mensual NO

excede el 5% del total de ingresos.• El precio unitario de venta de los bienes, en la

realización de actividades de comercio y/o industria,NO supera los S/. 3,000 nuevos soles.

• El consumo total de energía eléctrica mensual NOexcede de 2,000 kilovatios – hora.

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Para solicitar la impresión de comprobantes de pago,debo acercarme a las imprentas autorizadas, conecta-das al sistema SOL (Sistema de Operaciones en Línea)Para solicitar autorización de impresión de Tickets o cin-tas emitidas por máquinas registradoras debo acercar-me a los Centros de Servicios al Contribuyente.

Libros de Contabilidad Legalizados:• Registro de Compras• Registro de Ventas e Ingresos• Libro de inventarios y Balances, el cual está integrado

por los siguientes anexos:

Anexo 1: Balance de Comprobación anualAnexo 2: Detalle anual de saldos de las cuentas

contablesAnexo 3: Control mensual de la cuenta 10 - Caja y

BancosAnexo 4: Control anual de las cuentas 20 - Mercaderías

y 21 - Productos TerminadosAnexo 5: Control mensual de los bienes del Activo Fijo

propiosAnexo 6: Control mensual de los bienes del Activo Fijo

de Terceros

• Libro de Planillas de Sueldos y Salarios, en caso detener trabajadores dependientes.

• Libro de Retenciones inciso e) del artículo 34 - Decreto

Legislativo N° 774. Para el caso que tenga trabajadoresindependientes con contratos de locación de serviciosnormados por la legislación civil, cuyo servicio lo pres-ten en el lugar y horario designados por quien lo requie-ra y cuando el usuario proporcione los elementos detrabajo y asuma los gastos que la prestación del servi-cio demande.• Declarar y pagar sus obligaciones tributarias, así co-mo efectuar y pagar las retenciones que señala la ley, deacuerdo con el cronograma de obligaciones tributariasaprobado por la SUNAT.• Comunicar cualquier cambio en los datos que propor-cionó en el RUC.

¿CUÁL ES EL IMPORTE DE LADECLARACIÓN MENSUAL DELCONTRIBUYENTE?¿A QUÉ TRIBUTOS ESTOY AFECTO?

Como contribuyente debo cumplir con declarar y pagar,mensualmente, el impuesto a la Renta y el ImpuestoGeneral a las Ventas, de acuerdo a las tasas que se deta-llan en la tabla 4:(La declaración y pago se realiza en los bancos autoriza-dos).En la tabla 5 se detallan las retenciones que debo efec-tuar.

Tabla 4. Impuestos según actividad y medios de declaración y pago

Tributo Actividad/Tasa Medios para laDeclaración y Pago

Impuesto a la RentaTercera Categoría

Impuesto Generala las Ventas

Impuesto Selectivoal Consumo

(sólo si estuviera afecto)De acuerdo a las tablas

anexas de la Ley de IGV e ISC PDT – ISC

Contribuciones a EsSalud(si tengo trabajadores

dependientes)9%

PDT remuneraciones oformulario N° 402

(Puedo usar el formulario N° 402 ,siempre que no esté obligado

a usar el PDT)

19%

PDT*-IGV / RENTA MENSUALo Formulario N° 118

(puedo usar el formulario N° 118,siempre que no esté obligado

a usar el PDT)

Si realizo exclusivamente actividadesde Comercio y/o Industria:

2.5% de mis ingresos netos mensuales

Si realizo exclusivamente actividadesde Servicios: 3.5% de mis

ingresos netos mensuales

Si realizo, conjuntamente, actividadesde comercio y/o industria y

actividades de servicios: 3.5% de misingresos netos mensuales

* PDT: Programa de Declaración Telemática.

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Tabla 5. Retenciones que debo efectuar

Tributo Actividad/Tasa Medios para laDeclaración y Pago

Impuesto a la Renta –5ta categoría

Según el procedimientoestablecido por la Ley

Impuesto a la renta - 2da categoría (*) 13.5% (Tasa efectiva)

IGV y/o Impuesto a laRenta no domiciliados

De acuerdo con la actividado la categoría de renta de

que se trate.

Aportes a la Oficina Nacionalde pensiones (ONP) o AFP

13% ONPAFP, según aseguradoras.

PDT - Remuneraciones

PDT - Retenciones

*Rentas de 2da categoría: intereses por colocación de capitales, regalías, patentes, rentas vitalicias, y otros.

¿QUÉ RETENCIONES DEBO EFECTUAR?

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¿CÓMO ME ACOJOAL RÉGIMEN GENERAL?Al momento de la inscripción debo mencionar que elijoel Régimen General.Los contribuyentes que provienen (1) del Nuevo RUS y(2) del RER, pueden acogerse en cualquier momento delaño de la forma siguiente:

(1) Si provengo del Nuevo RUS (Nuevo Régimen ÚnicoSimplificado) podré acogerme previa comunicación delcambio de régimen a la SUNAT mediante el formularioN° 2127, donde señalaré la fecha a partir del cual operami cambio. Puedo optar por:

El primer día calendario del mes en que comunique micambio, o el primer día calendario del mes siguiente alde dicha comunicación

(2) Si provengo del Régimen Especial del Impuesto a laRenta (RER), podré acogerme con la presentación de ladeclaración de pago correspondiente al mes en que meincorpore. Para ese fin utilizo el PDT N° 621 o el Formu-lario N° 119 según corresponda.

¿CÓMO DETERMINO LOS PAGOSDEL RÉGIMEN GENERAL?El Régimen General involucra dos impuestos:

• Impuesto a la Renta• Impuesto General a las Ventas

Impuesto a la RentaEste impuesto lo calculo aplicando la tasa del 30% a lautilidad generada al cierre de cada año. Este cálculo lorealizo en la Declaración Jurada Anual del Impuesto a laRenta, dentro de los tres primeros meses del año si-guiente, de acuerdo al cronograma de pagos dispuestopor la SUNAT.

Sin embargo, tengo la obligación de efectuar declara-ciones y pagos mensuales que son considerados pagosa cuenta del impuesto que determinaré en la Declara-ción Jurada Anual.

Al momento de calcular el impuesto definitivo descon-taré dichos pagos a cuenta y en caso que todavía que-dara un saldo por regularizar lo cancelaré en el momen-

to de presentar la Declaración Jurada Anual.Para efectuar el pago a cuenta, debo considerar queexisten dos métodos:

1. Método del Porcentaje del 2%2. Método del Coeficiente

Estos sistemas no son optativos, sino obligatorios y de-bo determinar cuál me corresponde.

1. Método del Porcentaje del 2%El impuesto lo determino aplicando el 2% sobre los in-gresos netos obtenidos durante el mes. Atención: pue-do acogerme a este método sólo si he iniciado mis acti-vidades durante el presente ejercicio o si no he obteni-do renta imponible en el ejercicio anterior.

2. Método del Coeficiente Sólo puedo acogerme a este método si en el cálculo delejercicio anterior he obtenido impuesto.

El coeficiente lo determino de la siguiente forma:Divido el impuesto calculado entre los ingresos netosdel ejercicio anterior (ingresos gravables luego de dedu-cir las devoluciones, bonificaciones, descuentos, etc.) Elresultado lo redondeo a cuatro decimales:

IMPUESTO CALCULADO DEL AÑOANTERIOR

COEFICIENTE = INGRESOS NETOS DEL AÑO

ANTERIOR

Impuesto General a las Ventas

El IGV es el tributo, que pago como comprador en lasoperaciones que realizo día a día a través de quienesnos venden o nos prestan servicios. Es mi responsabili-dad, cuando actúo como vendedor, abonar al fisco elIGV en calidad de contribuyente.

El IGV a pagar en cada mes, lo determino deduciendoel crédito fiscal* del Impuesto Bruto**, producido porlas operaciones realizadas en dicho periodo. Tratándosede importaciones*** y utilización se servicios en el paísprestados por sujetos no domiciliados, el impuesto apagar es el Impuesto Bruto.

RÉGIMEN GENERALDEL IMPUESTO A LA RENTAComprende las personas Naturales y Jurídicasque generan rentas de tercera categoría.

* Crédito Fiscal: está constituido por la suma del Impuesto consignado por separado en los comprobantes de pago que respaldan la operaciones de compras gravadas.** Impuesto Bruto: es la suma de los impuestos aplicados a cada operación de venta gravada por periodo tributario. Una vez determinado se efectúan las deduccionesque se hayan producido por descuentos que el contribuyente hubiera otorgado, por la anulación de las ventas efectuadas o por exceso en el Impuesto consignado en elcomprobante de pago, siempre que se encuentren respaldados por notas de crédito o notas de débito, según corresponda.*** En el caso de Importaciones, si se realizaran descuentos posteriores al pago del Impuesto Bruto, no implicará deducción alguna respecto del mismo, pero podrá uti-lizarse como Crédito Fiscal.

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La declaración y pago del IGV, los realizo mensualmentehasta la fecha indicada en el Cronograma de Obligacio-nes Tributarias, que corresponde al último dígito de miRUC. La tasa del IGV es de 17% que con la adición del 2%,correspondiente al Impuesto de Promoción Municipal,hace un total de 19%.

Presento la declaración a través del PDT N° 621, o en ca-so de no estar obligado, presento mi declaración-pagoen el Formulario N° 119 o en el N° 118, dependiendo demi condición de contribuyente del Régimen General odel Régimen Especial del Impuesto a la Renta, respecti-vamente.

Asimismo, de tener trabajadores dependientes, debopresentar:•Contribuciones a EsSalud. Podré usar el Formulario N°402, siempre que no me encuentre obligado a usar elPDT - Remuneraciones.• Retenciones del impuesto a la renta 5ta categoría. Usoel PDT - Remuneraciones• Aportaciones a la ONP. A través del PDT - Remunera-ciones.

Lugares de presentación y pago:

• Principales Contribuyentes:En las dependencias que la SUNAT ha designado para lapresentación de sus declaraciones.• Medianos y Pequeños Contribuyentes:En las sucursales y agencias de la red bancaria autoriza-das, para la presentación y pago mediante el PDT o For-mulario.

A través del módulo SUNAT Operaciones en Línea - SOLde SUNAT Virtual: www.sunat.gob.pe, para la presenta-ción y pago mediante el PDT. Para ello, es necesario quepreviamente halla solicitado su Clave SOL en los Cen-tros de Servicios al Contribuyente de la SUNAT a nivelnacional.

¿QUÉ OBLIGACIONES TRIBUTARIASDEBO CUMPLIR POR ESTARCOMPRENDIDO EN EL RÉGIMENGENERAL?

¿Qué comprobantes de pago puedousar?• Facturas• Boletas de Venta• Liquidaciones de compra• Tickets o cintas emitidas por máquinas registradoras

Otros documentos:• Notas de crédito y notas de débito.• Guías de Remisión.Para solicitar la impresión de comprobantes de pago,debo acercarme a las imprentas autorizadas, conecta-das al sistema SOL (Sistema de Operaciones en Línea).Para solicitar autorización de impresión de Tickets o cin-tas emitidas por máquinas registradoras debo acercar-me a los Centros de Servicios al Contribuyente.

¿Qué comprobantes de pago debo exi-gir por la adquisición de insumos y bie-nes o al recibir la prestación de servi-cios?Debo exigir que me otorguen facturas, recibos por ho-norarios, o tickets que den derecho al crédito fiscal y/oque permitan sustentar gasto o costo para efectos tri-butarios, pudiendo emitir liquidaciones de compra.También están considerados los recibos de luz, agua, te-léfono, y recibos de arrendamiento.

¿Qué comprobante debo emitir por laventa de mis mercaderías?1. Si mi cliente tiene RUC debo extenderle una factura.Si es consumidor final y no tiene RUC, debo emitirle unaboleta de venta, ticket o cinta emitida por máquina re-gistradora que no otorgue derecho a crédito fiscal, oque permita sustentar gasto o costo para efectos tribu-tarios.2. Por ventas a consumidores finales menores a S/. 5.00,no es necesario que emita comprobante de pago, salvoque el comprador lo exija. En estos casos, al final del día,debo emitir una boleta de venta que comprenda el to-tal de estas ventas menores. Debo conservar el originaly copia de dicha boleta para control de la SUNAT.3. Para sustentar el traslado de mercadería debe utilizarguías de remisión.

¿Qué libros contables debo llevar?• Si soy persona natural, depende de mis ingresos.Si mis ingresos brutos anuales el año anterior llegaron:a. Hasta 100 UIT (según la UIT vigente para el periodo) • Debo llevar los siguientes libros:- Registro de Compras - Registros de Ventas e Ingresos - Libro de Inventarios y Balances- Libros de Caja y Bancosb. A más de 100 UIT (según la UIT vigente para el perio-do) debo llevar contabilidad completa• Si soy persona jurídica Debo llevar contabilidad completa en todos los casos.Asimismo, debo llevar, adicionalmente, cualquier otro li-bro especial a que estuviera obligado por el tipo de or-ganización u otras circunstancias particulares (plani-llas, actas, etc.)

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Tabla 6. Tributos a que estoy afecto.

Tributo Actividad/Tasa Medios para laDeclaración y Pago

Impuesto a la RentaTercera Categoría

Impuesto Generala las Ventas

PDT – IGV / Renta mensual o formulario N° 119

(Podré usar el formulario N° 119siempre que no esté obligado

a usar el PDT)

Método del 2%de los ingresos netos mensuales)

Método del Coeficiente(sobre los ingresos netos mensuales)

19%

Impuesto Selectivo alConsumo (sólo siestuviera afecto)

De acuerdo a las tablasanexas de la Ley del IGV e ISC PDT – ISC

Contribuciones a EsSalud(si tiene trabajadores

dependientes) 9%

PDT remuneraciones oformulario N° 402

(Podrá usar el formulario N° 402 , siempre que no esté obligado

a usar el PDT)

¿A QUÉ TRIBUTOS ESTOY AFECTO Y QUÉ RETENCIONES DEBO EFECTUAR?

Tabla 7. Retenciones que debo efectuar.

Tributo Actividad/Tasa Medios para laDeclaración y Pago

Impuesto a la Renta – 5ta categoría

Según el procedimientoestablecido por la Ley

Impuesto a la renta - 2da categoría 13.5% (Tasa efectiva)

Impuesto a la renta -4ta categoría 10%

Aportes a la Oficina Nacionalde pensiones (ONP)

13% ONPPDT - Remuneraciones

PDT retenciones

IGV y/o Impuesto a laRenta no domiciliados

De acuerdo con la actividado la categoría de renta de

que se trate.

¿QUÉ RETENCIONES DEBO EFECTUAR?

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La SUNAT ha puesto a mi disposición los siguientes me-dios de declaración y pago para facilitarme el cumpli-miento de mis obligaciones tributarias de manera efi-ciente y eficaz.

1. SISTEMA PAGO FÁCIL

Ventajas:•Facilidad. No requiero llenar formularios, basta conque le proporcione al cajero del banco de manera verbalo usando las guías Pago Fácil, los datos necesarios pararealizar mi declaración y/o pago.•Calidad. El sistema realizará automáticamente cálcu-los aritméticos, y validará en línea, la información que leproporcione.•Cobertura. Puedo efectuar los pagos en los siguientesbancos:

- Banco de la Nación- Interbank- Banco Continental- Banco Wiese Sudameris- Banco de Crédito

¿Qué pagos puedo hacer?

•Nuevo Régimen Único Simplificado (todas las catego-rías).•Rentas de 1ra Categoría - Arrendamiento.•Impuestos declarados no pagados (IGV, Renta, IES, ISC,ESSALUD, ONP, etc.).

•El pago al contado o fraccionado del Impuesto a lasEmbarcaciones de Recreo (IER)•Las cuotas del Impuesto Temporal a los Activos Netos(ITAN).•Pago de valores (Órdenes de Pago, Resoluciones de De-terminación y Resoluciones de Multas).•Excepcionalmente las Resoluciones de Intendencia oResoluciones de Oficina Zonal, cuando de acuerdo alSistema de SUNAT, éste sea el único dato registrado alhaberse producido el quiebre de los valores que genera-ron la deuda.•Costas y gastos administrativos.•Cuotas de Fraccionamientos (Decreto Legislativo N°848, REFT Ley N° 27344, Art. 36° del Código Tributario ySEAP Decreto Legislativo N° 914).•Pago de Multas por cualquier infracción.•Seguros Independientes a ESSALUD (Asegurados Po-testativos, Seguro Agrario para Trabajadores Indepen-dientes, Seguro Complementario de Riesgo Indepen-dientes, Seguro de Educación Superior, Seguro Personaly Familiar).•Régimen Único Simplificado (todas las categorías)

¿Cómo funciona?

a) Depende del concepto a pagar. Deberé proporcionaral cajero del banco (ya sea en forma verbal o usando lasguías Pago Fácil) la información que se detalla en elcuadro siguiente:

MEDIOS DE DECLARACIÓN Y PAGO

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Tabla 8. Datos que debo proporcionar al cajero para Pago Fácil.

CONCEPTO A PAGARPAGOFÁCIL

DATOS QUE ME PIDEEL CAJERO

Nuevo Régimen ÚnicoSimplificado (Nuevo RUS)

• RUC • Período tributario • Indicar si es la primera vez que declara el período que está pagando • Total ingresos brutos del mes • Categoría • Importe a pagar

1611

Arrendamiento

• RUC del arrendador • Período tributario • Tipo y número de documento de identidad del inquilino • Monto del alquiler en nuevos soles En caso de Rectificar o Sustituir:• Número de operación • Importe a pagar, de corresponder.

1683

IGV, Renta, ISC, IES, IER,ITAN, ESSALUD, ONP, etc.

• RUC • Período tributario • Código del tributo a pagar • Importe a pagar

1662

Fraccionamientos decarácter particular o general.

• RUC • Período tributario • Código del fraccionamiento. • Número de Resolución de Intendencia, SÓLO para pagos del fraccionamiento Art. 36° Código Tributario. • Importe a pagar

1662

Multas sin Resoluciónnotificada.

• RUC • Período tributario • Código de la Multa a pagar • Importe a pagar

Importante: Si estoy pagando los códigos de multa6041, 6441, 6051, 6451, 6061, 6461, 6064, 6464, 6071,6471, 6072, 6472, 6089, 6489, 6091, 6491, 6111, 6411,6113, debo indicar además: • Código del tributo asociado

1662

Costas Procesales yGastos Administrativos

• RUC • Período tributario • Código del concepto a pagar. • Número de expediente de ejecución coactiva o Número de Resolución de Intendencia. • Importe a pagar

1662

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CONCEPTO A PAGARPAGOFÁCIL

DATOS QUE ME PIDEEL CAJERO

• RUC • Período tributario • Código del Tributo o Multa a pagar. • Importe a pagar

1662

• RUC • Período tributario • Código del Tributo: (8131 – ITF Cuenta Propia o 8132 – ITF Retenciones y Percepciones)• Quincena a la que corresponde el pago: n 1. Primera quincena n 2. Segunda quincena • Importe a pagar

1662 Impuesto a las TransaccionesFinancieras - ITF

• Número de contrato • Número de pago 1620Seguros independientes

• RUC • Período tributario • Indicar si es primera vez que declara el período que está pagando • Monto de la cuota mensual • Importe a pagar

1610Régimen Único Simplificado

• Ruc• Período tributario• Ventas netas • Importe a pagar

1688Impuesto a la Venta deArroz Pilado

Pagos referidos a:• Órdenes de Pago. • Resolución de Multa. • Resolución de Determinación. • Excepcionalmente a las Resoluciones de Intendencia o Resoluciones de Oficina Zonal, cuando de acuerdo al Sistema de SUNAT, éste sea el único dato registrado al haberse producido el quiebre de los valores que generaron la deuda.

b) Una vez realizado el pago, el banco me proporciona-rá un comprobante (voucher) como constancia del pagoefectuado, que contiene la información que le he pro-porcionado.

Atención:•Debo verificar los datos consignados en el voucher an-tes de retirarme de la ventanilla.•De tratarse de pagos por arrendamiento, se recomien-da al arrendador firmar la constancia de pago antes deentregarla al inquilino.

Normas legales relacionadas:

• R.S. 099-2003/SUNAT, publicada el 7 de mayo de 2003• R.S. 125-2003/SUNAT, publicada el 25 de junio de 2003• R.S. 029-2004/SUNAT, publicada el 31 de enero de

2004• R.S. 266-2004/SUNAT, publicada el 4 de noviembre

de 2004

Importante:Para realizar un pago sin errores debo proporcionar correctamente todos los datos que se requieren según el tipode pago a efectuar.

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2. PROGRAMA DE DECLARACIÓNTELEMÁTICA - PDT

Ventajas:• Asistencia en el llenado de mi declaración.• Cálculo automático del impuesto.• Confidencialidad y seguridad en la información.

• Portabilidad, mi información puede ser almacenada en disquetes.

• Acceso desde mi propia computadora o a través decabinas de internet.

Tabla 9. ¿Qué conceptos puedo declarar y pagar por PDT?

PDT DESCRIPCIÓN FRECUENCIA

0600 MENSUALPDT REMUNERACIONES

0610 MENSUALPDT SEGURO COMPLEM. TRABAJO RIESGO

0615 MENSUALPDT ISC

0616 MENSUALPDT TRABAJADORES INDEPENDIENTES

0617 MENSUALPDT OTRAS RETENCIONES

0618 MENSUALPDT FONDOS Y FIDEICOMISOS

0621 MENSUALPDT IGV-RENTA MENSUAL-IEV

0626 MENSUALPDT AGENTES DE RETENCION

0633 MENSUALPDT AGENTES DE PERCEPCION (Actualmente sólo Pricos)

0648 ANUALPDT IMPUESTO TEMPORAL A LOS ACTIVOS NETOS

0653 ANUALPDT RENTA ANUAL 2004 PERSONA NATURAL

0654 ANUALPDT RENTA ANUAL 2004 TERCERA CATEGORIA

0693 MENSUALPDT CASINOS Y TRAGAMONEDAS

0695 MENSUALPDT IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS (ITF)

0697 MENSUALPDT PERCEPCIONES A LAS VENTAS INTERNAS (A partir del 01/01/2005)

0698 MENSUALPDT REGALÍAS MINERAS

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¿Cómo funciona?

• Elaboro mi declaración en mi computador.• Grabo la información en un disquete o en mi disco du-ro (el sistema valida que la declaración no presente in-consistencias).

¿Dónde presento el PDT?

•Puedo presentar, el archivo, o los archivos grabados, enla ventanilla de las agencias bancarias autorizadas o através de la Internet.•Los PDT cuyo importe total a pagar sea igual a CEROlos presento sólo por la Internet.•En ventanilla me entregarán una constancia de pre-sentación.•En la Internet, el sistema me genera su constancia. És-ta la remito a mi correo electrónico o la imprimo.

Normas legales relacionadas:

• R.S. 129-2002/SUNAT, publicada el 18 de septiembre de 2002

• R.S. 133-2002/SUNAT, publicada el 28 de septiembre de 2002

• R.S. 138-2002/SUNAT, publicada el 11 de octubre de 2002

• R.S. 260-2004/SUNAT, publicada el 29 de octubre de 20004

• R.S. 131-2005/SUNAT, publicada el 17 de julio de 2005

3. FORMULARIOS

Se encuentran disponibles para los contribuyentes noobligados a presentar sus declaraciones pago medianteel Programa de Declaración Telemática – PDT, según lanormatividad vigente.

Tabla 10. Formularios disponibles para contribuyentes no obligados a usar PDT

PAPEL DESCRIPCIÓN FRECUENCIA

0116 MENSUALTRABAJADORES INDEPENDIENTES

0118 MENSUALREGIMEN ESPECIAL DE RENTA (IGV-RENTA)

0119 MENSUALREGIMEN GENERAL (IGV-RTA-RETENC.-4TA)

0402 MENSUALRETEN. Y CONTRIB. SOBRE REMUNERACIONES

1072 MENSUALCONSTRUCC.CIVIL EVENTUALES-ESSALUD-ONP

1073* BOLETA DE PAGO - ESSALUD

1075 MENSUALREGIMENES ESPECIALES ONP

1076 MENSUALTRABAJADORES DEL HOGAR- ESSALUD

0196 DECLARAC.SUSTITUTORIA O RECTIFICATORIA

0953 ** ANUALDDJJ ANUAL RENTA PERSONA NATURAL 2004

0954 ** ANUALDDJJ ANUAL RENTA TERCERA CATEGORIA 2004

2004 INCORPORACION A CATEG. ESPECIAL DEL NUEVO RUS

* Sólo se recepciona el formulario a aquellos que no cuenten con N° de RUC.** Sólo para ser presentado en el Banco de la Nación.

Fuente Consultada: SUNAT

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