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ÍNDICEDECONTENIDOS
INTRODUCCIÓN
1. ELABORACIÓN DE LA TESIS DOCTORAL
2. IDIOMA DE LA TESIS DOCTORAL
3. NORMATIVA REGULADORA
4. DOCTORANDOS PERTENECIENTES A NORMATIVAS ANTERIORES AL R.D. 99/2011, DE 28 DE ENERO
5. DOCTORANDOS PERTENECIENTES A PROGRAMAS DE DOCTORADO REGULADOS POR EL R.D.
1393/2001, DE 29 DE OCTUBRE
6. TRÁMITE DE CONFORMIDAD PARA LA PRESENTACIÓN DE TESIS DOCTORALES Y DE PROPUESTA DE
TRIBUNALES EN PROGRAMAS DE DOCTORADO EXTINGUIDOS
7. COMPENDIO DE PUBLICACIONES
8. MENCIÓN INTERNACIONAL EN EL TÍTULO DE DOCTOR
9. DEPÓSITO Y EXPOSIÓN PÚBLICA DE LA TESIS DOCTORAL
10. PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL DEPÓSITO DE LA TESIS DOCTORAL EN FORMATO
ELECTRÓNICO
11. PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL DEPÓSITO DE LA TESIS DOCTORAL EN FORMATO IMPRESO
12. PROPUESTA DE EXPERTOS
13. ADMISIÓN A TRÁMITE DE LA TESIS
14. CONSTITUCIÓN DEL TRIBUNAL
15. ACTUACIÓN DE UN MIEMBRO DEL TRIBUNAL POR VIDEOCONFERENCIA
16. ABONO DEL PRECIO PÚBLICO DE LA LECTURA DE TESIS
17. EXPOSICIÓN Y DEFENSA DE LA TESIS
18. EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LA TESIS
19. MENCIÓN “CUM LAUDE”
20. PREMIO EXTRAORDINARIO DE DOCTORADO
21. REMISIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN A LA COMISIÓN DE DOCTORADO
22. ARCHIVO EN FORMATO ELECTRÓNICO DE LA TESIS DOCTORAL. FICHA TESEO
23. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EL TÍTULO DE DOCTOR Y EL SUPLEMENTO EUROPEO AL TÍTULO
(S.E.T.)
24. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EL DUPLICADO AL TÍTULO DE DOCTOR Y/O DEL S.E.T.
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INTRODUCCIÓN
El objeto de este manual no es otro que el doctorando, para su mayor comodidad, pueda
imprimir la normativa y el procedimiento de los trámites administrativos que ha de realizar
para la elaboración, depósito y defensa de su tesis doctoral.
1. ELABORACIÓN DE LA TESIS DOCTORAL
La tesis doctoral consistirá en un trabajo original de investigación elaborado por el candidato
en cualquier campo del conocimiento que se enmarcará en alguna de las líneas de
investigación del programa de doctorado en el que ha sido admitido.
2. IDIOMA DE LA TESIS DOCTORAL
La tesis doctoral podrá ser desarrollada y, en su caso, defendida, en los idiomas habituales
para la comunicación científica en su campo de conocimiento. Si la redacción de la tesis se
realiza en otro idioma, deberá incluir un resumen en español, que deberá tener una extensión
mínima de 25 hojas, de los capítulos o publicaciones previas de que conste, además, del índice
y de las conclusiones.
3. NORMATIVA REGULADORA
Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de
doctorado.
Real Decreto 534/2013, de 12 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 99/2011.
Reglamento de las enseñanzas oficiales de doctorado y del título de Doctor de la
Universidad de León. (Resolución de 27 de septiembre de 2012 del Rector de la
Universidad de león, publicada en el B.O.C.y L. e 11 de octubre de 2012).
4. DOCTORANDOS PERTENECIENTES A NORMATIVAS ANTERIORES AL R.D. 99/2011, DE 28 DE
ENERO
La Disposición Transitoria Primera del R.D. 99/2011, de 28 de enero, establece lo siguiente:
1. “A los doctorandos que en la fecha de entrada en vigor de este real decreto hubiesen
iniciado estudios de doctorado conforme a anteriores ordenaciones, les será de
aplicación las disposiciones reguladoras del doctorado y de la expedición del título de
Doctor por las que hubieren iniciado dichos estudios. En todo caso, el régimen relativo
al tribunal, defensa y evaluación de la tesis doctoral previsto por el citado real decreto
será aplicable a dichos estudiantes a partir de un año de su entrada en vigor”, es decir,
a partir del 11 de febrero de 2012.
2. “En todo caso, quienes a la entrada en vigor de este real decreto se encuentren cursando
estudios de doctorado disponen de 5 años para la presentación y defensa de la tesis
doctoral. Transcurrido dicho plazo sin que se haya producido ésta, el doctorando causará
baja definitiva en el programa”, es decir, hasta el 11 de febrero de 2016.
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5. DOCTORANDOS PERTENECIENTES A PROGRAMAS DE DOCTORADO REGULADOS POR EL RD
1393/2007, DE 29 DE OCTUBRE
El primer párrafo de la Disposición Transitoria Segunda del R.D. 99/2011, de 28 de enero,
establece lo siguiente:
Los programas de doctorado ya verificados conforme a lo establecido en el R.D. 1393/2007, de
29 de octubre, deberán adaptarse a lo dispuesto en el presente real decreto con anterioridad
al inicio del curso 2013‐2014. En todo caso tales programas deberán quedar completamente
extinguidos con anterioridad al 30 de septiembre de 2017.
6. TRÁMITE DE CONFORMIDAD PARA LA PRESENTACIÓN DE TESIS DOCTORALES Y PROPUESTA DE
TRIBUNALES EN PROGRAMAS DE DOCTORADO
De acuerdo con lo regulado en la disposición transitoria cuarta del Reglamento de las
enseñanzas oficiales de doctorado y del título de doctor de la Universidad de León mientras no
se constituyan los Comités de Dirección del Centro de Posgrado y de la Escuela de Doctorado,
las competencias que se les atribuyen en el citado Reglamento serán ejercidas por la actual
Comisión de Doctorado.
7. COMPENDIO DE PUBLICACIONES
La tesis doctoral podrá también consistir en la recopilación en una memoria de varios trabajos
de investigación publicados por el doctorando en medios científicos relevantes en su ámbito
de conocimiento. En esta modalidad se deberán cumplir los siguientes requisitos:
Los artículos que configuren la tesis doctoral deberán estar publicados o aceptados
con fecha posterior a la obtención de la titulación que ha habilitado al interesado para
acceder al programa, no podrán haber sido utilizados en ninguna tesis anterior y se
deberá hacer mención a la Universidad de León a través de la afiliación del
doctorando.
Si la publicación ha sido realizada por varios autores, además del doctorando, se debe
adjuntar la declaración de los restantes autores de no haber presentado dicha
publicación en otra tesis doctoral o la renuncia a hacerlo. Los coautores señalarán el
trabajo del doctorando en la realización de las mencionadas obras.
La tesis deberá estar integrada por un título, resumen, introducción, objetivos,
metodología, resultados, conclusiones y bibliografía, los artículos que la componen,
bien constituyendo capítulos de la misma, o bien como un Anexo.
La Comisión Académica del programa de doctorado podrá establecer el número mínimo de
artículos necesarios para presentar una tesis en esta modalidad y las condiciones adicionales
sobre la calidad de los trabajos. Estos requisitos deberán ser aprobados por la Comisión de
Doctorado.
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Impresos a utilizar por el Director de la tesis:
Informe sobre la autoría de las publicaciones. Informe sobre los miembros del tribunal que son coautores de las publicaciones incluidas en la
tesis doctoral. Informe sobre el Factor de Impacto de las publicaciones.
8. MENCIÓN INTERNACIONAL EN EL TÍTULO DE DOCTOR
El título de doctor o doctora podrá incluir en su anverso la mención “Doctor Internacional”,
siempre que concurran las siguientes circunstancias:
a) Estancia mínima, durante el periodo de formación, de tres meses fuera de España, en
una institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio, cursando
estudios o realizando trabajos de investigación. La estancia y las actividades deben ser
justificadas por la entidad de acogida.
b) Que al menos el resumen y las conclusiones de la tesis doctoral se hayan redactado y
presentado durante la defensa en una de las lenguas habituales para la comunicación
científica en su campo de conocimiento distinta a cualquiera de las lenguas oficiales en
España. Esta norma no será de aplicación cuando las estancias, informes y expertos
procedan de un país de habla hispana.
c) Que la tesis haya sido informada por un mínimo de dos expertos doctores
pertenecientes a alguna institución de educación superior o instituto de investigación
no española. Dichos expertos no podrán coincidir con el/los que recibieron al
estudiante y/o realizaron tareas de tutoría/dirección de trabajos en la entidad de
acogida, ni podrán formar parte del tribunal que ha de juzgar la tesis doctoral.
d) Que al menos un experto perteneciente a alguna institución de educación superior o
centro de investigación no española, con el título de doctor, y distinto del responsable
de la estancia mencionada, haya formado parte del tribunal evaluador de la tesis.
Impresos a utilizar por el doctorando:
Solicitud de Mención Internacional en el título de doctor
Impresos a utilizar por el secretario del tribunal:
Certificado del secretario de Mención Internacional
9. DEPÓSITO Y EXPOSICIÓN PÚBLICA DE LA TESIS DOCTORAL
El depósito de la tesis doctoral podrá realizarse de dos formas:
1. En formato electrónico.
2. En formato impreso en papel.
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Para ambos casos, el plazo durante el cual estará expuesta la tesis doctoral será de 15 días
naturales dentro del periodo lectivo, establecido por el Consejo de Gobierno dela Universidad
de León.
Si la tesis se depositara en la modalidad de compendio de publicaciones o se deseara obtener
la Mención Internacional en el título de doctor, el doctorando presentará a la Comisión de
Doctorado la documentación justificativa correspondiente durante el plazo de depósito.
10. PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL DEPÓSITO DE LA TESIS DOCTORAL EN FORMATO
ELECTRÓNICO
El depósito de la tesis doctoral en formato electrónico se realizará utilizando la aplicación del
depósito de la Universidad de León, disponible a través del siguiente enlace:
https://depositotesis.unileon.es/default/auth/login
Dicha aplicación garantizará el cumplimiento de la autorización preceptiva de los directores de
la tesis y del órgano responsable en las condiciones exigidas por la legislación aplicable, así
como la normativa de la Universidad de León. La aplicación informática permitirá el acceso a la
tesis doctoral a los directores de la tesis, a los doctores de la Universidad de León, a los
miembros de la comisión académica del programa de doctorado, a los miembros del consejo
de departamento, según corresponda, así como posteriormente a los miembros del tribunal,
en los plazos adecuados para que puedan realizarse las acciones y tramitarse las
autorizaciones pertinentes y para que se den los requisitos de publicidad exigidos por la ley.
A petición de cualquier miembro del tribunal, el doctorando deberá enviar al mismo un
ejemplar de la tesis en formato impreso en papel.
11. PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL DEPÓSITO DE LA TESIS DOCTORAL EN FORMATO IMPRESO
Para el depósito en formato papel, deberán encuadernarse cinco ejemplares, mediante
sistemas que no permitan sustituir o alterar las hojas que integran la tesis. Deberán
encuadernarse con el informe del director‐es de la tesis y la "admisión a trámite" del consejo
de departamento o comisión académica del programa de doctorado, según proceda. Dichos
ejemplares se entregarán en el departamento o comisión académica del programa de
doctorado correspondientes.
La Comisión de Doctorado acordó el 28 de octubre de 2008 que, en el caso de aquellos
programas en los que participen varios departamentos, tanto el registro como el depósito de
la tesis doctoral (incluyendo la propuesta de expertos) podrán ser informados por cualquiera
de los departamentos que imparten el programa de doctorado, independientemente de cual
sea el departamento responsable. Esta excepción podrá ser aplicada a aquellos casos en los
que el director de la tesis y/o el área de conocimiento en el que se integra el tema de la tesis
doctoral estén integrados en el departamento en el que se desea solicitar el registro/depósito
de la tesis.
Durante el plazo de depósito, un ejemplar estará expuesto en la Unidad de Doctorado y otro
en la secretaría del departamento o en la comisión académica del programa de doctorado al
que pertenezca el doctorando.
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Impresos a utilizar por el doctorando:
Autorización para la defensa del director o directores de la tesis Admisión a trámite de la tesis doctoral por el órgano responsable del programa
12. PROPUESTA DE EXPERTOS
Deberá presentarse para su aprobación por el departamento o por la comisión académica del
programa de doctorado, según proceda, una propuesta de siete expertos en la materia a que
se refiere la tesis, con indicación de los datos personales y profesionales y un listado de cinco
méritos relevantes que avalen su idoneidad.
Cuando el depósito se haya realizado a través de la aplicación informática, el departamento u
órgano responsable del programa deberán cargar los datos de la propuesta en la misma.
Impresos a utilizar por el director de la tesis:
Propuesta de expertos
13. ADMISIÓN A TRÁMITE DE LA TESIS
Corresponderá a la Comisión de Doctorado, previo informe del departamento o de la comisión
académica del programa de doctorado, según proceda, admitir a trámite la tesis doctoral y
elevar al Rector la propuesta de nombramiento del tribunal que juzgará la tesis doctoral.
14. CONSTITUCIÓN DEL TRIBUNAL
El tribunal que evaluará la tesis doctoral estará constituido por tres miembros titulares y dos
suplentes, que deberán estar en posesión del título de doctor. Únicamente uno de los
miembros del tribunal que se constituya para el acto de lectura y defensa de la tesis podrá
pertenecer a la Universidad de León. De los miembros suplentes, sólo uno podrá pertenecer a
la Universidad de León.
El tribunal se constituirá con tres miembros. En ningún caso dicho tribunal podrá actuar con
menos de tres miembros. En el supuesto de que, con anterioridad al acto de constitución, haya
una o dos bajas en el tribunal, entrarán a formar parte del mismo el primer o segundo
suplentes, sucesivamente, a instancia del presidente del tribunal, que deberá notificar con
anterioridad esta circunstancia a la Comisión de Doctorado.
Si la ausencia por enfermedad u otra causa legal motivadora de imposibilidad de actuación de
un miembro del tribunal se produjera durante las 48 horas anteriores al acto de defensa de la
tesis doctoral, el tribunal no podrá constituirse y deberá ser fijada una nueva fecha para la
lectura y defensa de la tesis doctoral.
El secretario nombrado comunicará a la Comisión de Doctorado la fecha, lugar y hora de la
defensa por escrito con quince días de antelación.
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La normativa sobre indemnizaciones a los miembros del tribunal y los impresos
correspondientes a indemnizaciones y reserva de alojamiento y viaje podrán obtenerse en la
página web de doctorado de la Universidad de León.
Normativa sobre indemnizaciones a miembros de tribunales de tesis
Impresos a utilizar por el director de la tesis doctoral:
Solicitud de reserva de alojamiento y viaje
15. ACTUACIÓN DE UN MIEMBRO DEL TRIBUNAL POR VIDEOCONFERENCIA
Se autoriza la intervención de uno de los miembros del tribunal mediante el sistema de
videoconferencia. Esta posibilidad deberá ser solicitada por el director de la tesis a la Comisión
de Doctorado, debiendo obtener autorización previa.
Cuando los costes derivados de las actuaciones presenciales de los miembros del tribunal
excedan de lo estipulado presupuestariamente, la Comisión de Doctorado podrá determinar la
actuación de uno de los miembros por video conferencia.
El miembro que actúe mediante videoconferencia no podrá ser el presidente ni el secretario.
16. ABONO DEL PRECIO PÚBLICO DE LA LECTURA DE TESIS
Antes de la defensa de la tesis doctoral el doctorando deberá realizar el pago correspondiente
al precio público en concepto de examen para la defensa de la tesis doctoral en el número de
cuenta 2096.000.88.2002531104 de Caja España , debiendo presentar un justificante del
ingreso en la Unidad de Doctorado.
Decreto de precios públicos
17. EXPOSICIÓN Y DEFENSA DE LA TESIS
La exposición y defensa de la tesis se realizará en sesión pública y consistirá en la exposición y defensa del trabajo de investigación elaborado por el doctorando, ante los miembros del tribunal.
Los doctores presentes en el acto público podrán formular cuestiones en el momento y forma que señale el presidente del tribunal.
Cada uno de los miembros del tribunal emitirá un informe razonado sobre la tesis.
En caso de participación de empresas en el proyecto de tesis, existencia de convenios de confidencialidad, posibilidad de patentes sobre el contenido de la tesis doctoral, a petición del director de la tesis, previa autorización de la comisión académica del programa de doctorado, podrán omitirse las referencias a dichos contenidos.
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18. EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LA TESIS
La tesis doctoral se evaluará en el acto de la defensa y se acordará la calificación global
concedida a la tesis en los términos de no apto, aprobado, notable o sobresaliente.
Impresos a utilizar por los miembros del tribunal:
Informe de valoración de la tesis doctoral Solicitud de dietas y otros gastos Documentación complementaria de gastos
Impresos a utilizar por el secretario del tribunal:
Acta de constitución Acta de la sesión Calificación de la tesis Certificado de no asistencia
19. MENCIÓN “CUM LAUDE”
A fin de determinar si la tesis doctoral recibe la mención “cum laude”, los miembros del
tribunal emitirán su voto en secreto. Si un miembro actúa mediante videoconferencia, remitirá
el voto por correo certificado dirigido a la Comisión de Doctorado.
Finalizado el acto de exposición y defensa de la tesis doctoral y una vez hecha pública la
calificación, el secretario del tribunal remitirá dicho sobre, junto con el resto de la
documentación referente a la tesis doctoral a la Comisión de Doctorado, que realizará el acto
de escrutinio de los votos.
20. PREMIO EXTRAORDINARIO DE DOCTORADO
Finalizada la exposición y defensa, a fin de determinar si la tesis doctoral puede participar en la
convocatoria de los premios extraordinarios de doctorado, los miembros del tribunal emitirán
su voto en secreto. Si un miembro actúa mediante videoconferencia, remitirá el voto por
correo certificado dirigido a la Comisión de Doctorado.
21. REMISIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN A LA COMISIÓN DE DOCTORADO
Finalizado el acto de exposición y defensa de la tesis doctoral y una vez hecha pública la
calificación, el secretario del tribunal remitirá a la Comisión de Doctorado las actas, los
informes y los sobres cerrados de la votación para la mención cum laude y de la votación para
el premio extraordinario de doctorado, así como los impresos de dietas y, si procede, las
facturas o los tckes de los gastos complementarios de los comisionados.
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22. ARCHIVO EN FORMATO ELECTRÓNICO DE LA TESIS DOCTORAL. FICHA TESEO
Conforme al art. 14.5 del R.D. 99/2011, de 28 de enero y al art. 26.1 del Reglamento de las
enseñanzas oficiales de doctorado y del título de doctor de la Universidad de León, una vez
aprobada la tesis doctoral se archivará en el repositorio institucional BULERÍA al que puede
acceder a través del siguiente enlace: http://buleria.unileon.es/
Asimismo, a través de la aplicación https://www.educacion.gob.es/teseo/login.jsp del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se remitirá un ejemplar de la tesis en formato
electrónico, así como toda la información complementaria que requiera el Consejo de
Coordinación Universitaria.
Los doctorandos que defiendan su tesis en la Universidad de León, deben entrar en dicha base
de datos para darse de alta, rellenando los datos e introduciendo un resumen e identificando
la investigación que han realizado en su tesis mediante los términos tesauro.
Las tesis doctorales en las que puedan concurrir circunstancias excepcionales determinadas
por la comisión académica, como pueden ser, entre otras, la participación de empresas en el
programa, la existencia de convenios de confidencialidad con empresas o la posibilidad de
generación de patentes, previo informe de la comisión académica del programa de doctorado,
o Consejo de Departamento correspondiente, siguiendo el procedimiento indicado en el
artículo 24.7 del Reglamento de las enseñanzas oficiales de doctorado y del título de doctor de
la Universidad de León, se publicarán omitiendo los datos y aspectos que se hayan
considerado como sujetos a acuerdos de confidencialidad o protegibles mediante patente o
como secreto industrial.
23. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EL TÍTULO DE DOCTOR Y EL SUPLEMENTO EUROPEO AL
TÍTULO (S.E.T.)
El doctorando que obtenga la calificación de "aprobado", “notable” o “sobresaliente” en la
defensa de su tesis doctoral deberá solicitar la expedición del título de Doctor por la
Universidad de León y, voluntariamente, la expedición del suplemento europeo al título
(S.E.T.), debiendo ponerse en contacto con la Unidad de Doctorado para que le informen de
los trámites administrativos que ha de realizar.
Normativa específica:
RD 185/1985, de 23 de enero RD 778/1998, de 30 de abril Orden ECI 2514/2007, de 13 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios
oficiales de Máster y Doctor RD 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales RD 1044/2003, de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para la
expedición por las universidades del Suplemento Europeo al Título
Impresos a utilizar por el nuevo doctor:
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Solicitud del título de doctor Solicitud del suplemento europeo al título (S.E.T.) Solicitud simultánea del título de doctor y del S.E.T.
24. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EL DUPLICADO DEL TÍTULO DE DOCTOR O DEL S.E.T.
Podrá solicitarse la expedición de un duplicado del título de doctor por extravío, deterioro,
sustracción, cambio de datos personales u obtención de premio extraordinario de doctorado,
debiendo ponerse en contacto con la Unidad de Doctorado para solicitar información sobre los
trámites administrativos que ha de realizar.
En el caso de extravío, es necesaria la publicación en el B.O.E. debiendo abonar el doctorando
el importe de la misma.
En el supuesto de obtención de premio extraordinario el interesado tiene derecho a la
exención del pago del precio público.
Asimismo, en caso de extravío del S.E.T. podrá solicitarse un duplicado, abonando el precio
público vigente.
Podrán obtener los impresos de solicitud en la página web de doctorado de la Universidad de
León.
Impresos a utilizar para solicitar los duplicados:
Solicitud de duplicado del título de doctor
Solicitud de duplicado del título de doctor por premio extraordinario
Solicitud de duplicado del suplemento europeo al título (S.E.T.)