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P . Enciclica acerca de la libertad (‘1 h umana (LIBERTAS, (20 de junio de 1888) A los venerables hermanos, Patriarcas, Primados, Arzobispos y Obispos de todo el orbe católico, en gra- cia y comunión de la Sede Apostólica. Venerables hermanos: Salud y bendición apostó- lica. La libertad. Sus excelencias. Su uso. Su concepto verdadero. 1. La libertad, bien aventajadísimo de la natura- leza y propio, únicamente, de los que gozan de inteli- gencia o razón, da al hombre la dignidad de estar en manos de su propio consejo y tener la potestad de sus (1) “A. S. 5%” Magimi Acta”, 20 (1887) págs. 593-613; wl, “Leonis XIII Pontifkis WI. VIII, Romae ex Typ. Vat. 1889, págs. 212-46. Trae ducción corriente, coti en la ed. anterior. - 75

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Finaí.

61. Estas son, venerables hermanos, las enseñan-zas que hemos creído conveniente dar a todas las na-ciones del orbe católico acerca de la constitución cris-tiana de los Estados y sobre los deberes que competena cada cual.

Por lo demás, conviene implorar con nuestras ple-garias el auxilio del Cielo, y rogar a Dios que Aquelde quien es propio iluminar los entendimientos y mo-ver las voluntades de los hombres, conduzca al finapetecido lo que deseamos e intentamos para gloriasuya y salvación de todo el género humano. Y comoauspicio favorable de los beneficios divinos y prendade nuestra paternal benevolencia, os damos, con el P .mayor afecto, venerables hermanos, nuestra bendicióna vosotros, al clero y a todo el pueblo confiado a lavigilancia de vuestra fe.

Dado en Roma, en San Pedro del Vaticano, díaprimero de noviembre del año 1885 y VIII de nues-tro pontificado.-LEÓN PAPA XIII.

Enciclica acerca de la libertad (‘1

h umana

( L I B E R T A S ,

(20 de junio de 1888)

A los venerables hermanos, Patriarcas, Primados,Arzobispos y Obispos de todo el orbe católico, en gra-cia y comunión de la Sede Apostólica.

Venerables hermanos: Salud y bendición apostó-lica.

La libertad. Sus excelencias. Su uso. Su

concepto verdadero.

1. La libertad, bien aventajadísimo de la natura-leza y propio, únicamente, de los que gozan de inteli-gencia o razón, da al hombre la dignidad de estar enmanos de su propio consejo y tener la potestad de sus

(1) “A. S. 5%”Magimi Acta”,

20 (1887) págs. 593-613; wl, “Leonis XIII PontifkisWI. VIII, Romae ex Typ. Vat . 1889, págs . 212-46. Trae

ducción corriente, coti en la ed. anterior.

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acciones ; pero interesa en gran manera el modo conque se ha de ejercer semejante dignidad, porque eluso de la libertad se originan, así como bienes sumos,males también sumos. En mano del hombre está, enefecto, obedecer a la razón, seguir el bien moral, ten-der derechamente a su último fin ; pero igualmentepuede inclinarse a todo lo demás, y yendo tras apa-riencias engañosas de bien, perturbar el orden debidoy correr a su perdición voluntaria.

Jesucristo, libertador del linaje humano, restituyen-do y aumentando la antigua dignidad de la naturale-za, ayudó muchísimo a la misma voluntad humana, yañadiéndole de una parte los auxilios de su gracia, yproponiéndole por otra la felicidad sempiterna en loscielos, la elevó a cosas mejores. De semejante modo laIglesia, porque oficio suyo es propagar por toda la du-ración de los siglos los beneficios que por Jesucristo ad-quirimos, ha merecido bien y merecerá bien siemprede don tan excelente de la naturaleza.

A pesar de esto, se cuentan no pocos que piensanser la Iglesia obstáculo para la libertad del hombre,y la causa de que así piensen está en el perverso y deltodo invertido juicio que forman de la libertad. Por-que o la adulteran en su noción misma o con la opi-nión que de ella tienen la dilatan mas de lo justo, pre-tendiendo que alcanza a gran número de cosas, en lascuales, si se ha de juzgar rectamente, no puede serlibre el hombre.

madas libertades modernas, separando lo que en ellashay de honesto de lo que no lo es, y de-mostrando almismo tiempo que cuanto hay de bueno en estas liber-tades es tan antiguo como la verdad misma, y siemprelo aprobó la Iglesia muy de buen grado, y lo tiene yhace uso de ella ; mas, a decir verdad, lo que se haañadido de nuevo es cierta parte corrompida que hanengendrado las turbulencias de los tiempos y el pruri-to demasiado de cosas nuevas. Pero como hay muchospertinaces en la opinión de que estas libertades, aunen lo que tienen de vicioso, son el mayor ornamentode nuestro siglo y la juzgan fundamento necesariopara constituir las naciones, hasta el punto de negarque sin ellas pueda concebirse gobierno perfecto delos Estados. Nos ha parecido, proponiéndonos la pú-blica utilidad, tratar con particularidad de este asunto.

LA LIBERTAD MORAL EN EL INDIVIDUO

3. De lo que aquí tratamos directamente es de lalibertad moral, ya se la considere en cada uno de loshombres, ya en la comunidad de ellos; pero convieneal principio decir brevemente algo de la libertad na-tural, porque aun cuando del todo se distingue de lamoral, es, sin embargo, fuente y principio de dondenacen por virtud propia y espontáneamente todas laslibertades.

Errores sobre lo libertad. Es propio de los seres racionales.

2. Otras veces, y singularmente en las letras en-cíclicas Inmortale Dei, Nos hemos hablado de las lla-

4. El juicio de todos y el sentido común, que esvoz certísima de la naturaleza, solamente en los que

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son capaces de inteligencia o de razón reconoce estalibertad, y en ella está la causa de ser tenido el hom-bre por verdadero autor de cuanto ejecuta. Y con ra-zón, en efecto ; porque cuando los demás animales sedejan llevar sólo de sus sentimientos, y sólo por elimpulso de la naturaleza buscan diligentísimamentelo que les aprovecha, y huyen de sus contrarios, elhombre tiene por guía a la razón en cada una de lasacciones de su vida. Pero la razón juzga que de cuan-tos bienes hay sobre la tierra, todos y cada uno pue-den ser, y pueden igualmente no ser, y juzgando, porlo mismo, que ninguno de ellos se ha de tomar nece-sariamente, da poder y opción a la voluntad para elegirlo que quiera. Ahora bien: el hombre puede juzgarde la contingencia, como la llaman, de estos bienes,como decíamos, a causa de tener un alma por natu-raleza simple, espiritual, capaz de pensar, la cual,pues ésta es su naturaleza, no trae su origen de lascosas corpóreas ni depende de ellas en su conserva-ción, antes creada por Dios sin intermedio alguno, ytraspasando a larga distancia la condición común delos cuerpos, tiene un modo de vivir propio suyo yun modo no menos propio de obrar, con lo cual, abar-cando con el juicio las razones inmutables y necesa-rias de lo bueno y lo verdadero, conoce con evidenciano ser en manera alguna necesarios aquellos bienesparticulares. Y así cuando se establece que el almadel hombre está libre de toda composición perecederay goza de la facultad de pensar, juntamente se cons-tituye con toda firmeza en su propio fundamento lalibertad natural.

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La Iglesia, defensora de la libertad

humana.

5. Ahora bien: así como nadie ha hablado de lasimplicidad, espiritualidad ‘e inmortalidad del almahumana tan altamente como la Iglesia católica, ni laha asentado con mayor constancia, así también ha Isucedido con la libertad ; siempre ha enseñado la Igle-sia una y otra cosa, y las defiende como dogma defe; y no contenta con esto, tomó el patrocinio de lalibertad enfrente de los herejes y fautores de noveda-des que la contradecían, y libró de la ruina a este bientan grande del hombre. Bien atestiguan los monumen-tos escritos con cuánta energía rechazó los conatosfrenéticos de los maniqueos y dme otros ; y en tiemposmás cercanos nadie ignora el grande empeño y fuerzacon que ya en el Concilio Tridentino, ya después con-tra los sectarios de .Jansenio, luchó en defensa del librealbedrío del hombre, sin permitir que el fatalismo searraigara en tiempo ni en lugar alguno.

Naturaleza de la libertad.

6. La libertad, pues, es propia, como hemos dicho,de los que participan de inteligencia o razón, y mira-da en sí misma no es otra cosa sino la facultad de ele-gir lo conveniente a nuestro propósito, ya que sólo esseñor de sus actos el que tiene facultad de elegir unacosa entre muchas. Ahora bien: como todo lo que seadopta con el fin de alcanzar alguna cosa tiene razóndel bien que llamamos útil, y éste es, por naturaleza,acomodado para mover propiamente el apetito, poreso el libre albedrío es propio de la voluntad, o me-

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jor, es la voluntad misma en cuanto tiene al obrar lafacultad de elección. Pero de ningún modo se muevela voluntad si no va delante iluminando, a manera deantorcha, el conocimiento intelectual ; es decir, que elbien apetecido por la voluntad es el bien precisamenteen cuanto conocido por la razón. Tanto más, cuantoen todos los actos de nuestra voluntad siempre ante-cede a la elección el juicio acerca de la verdad de losbienes propuestos y de cuál ha de anteponerse a losotros ; y ningún hombre juicioso duda de que el juzgares propio de la razón y no de la voluntad. Si la liber-tad, pues, reside en la voluntad, que es por naturale-za un apetito obediente a la razón, síguese que la li-bertad misma ha de versar, lo mismo que la voluntad,acerca del bien conforme con la razón.

Perfeccìh e imperfección de la libertad.

7. Con todo, puesto que una y otra facultad dis-tan de ser perfectas, puede suceder, y sucede, enefecto, muchas veces que el entendimiento propone ala voluntad lo que en realidad no es bueno, pero tienevarias apariencias de bien, y a ello se aplica la volun-tad. Pero así como el poder errar y el errar de hechoes vicio que arguye un entendimiento no del todo per-fecto, así el abrazar un bien engañoso y fingido, pormás que sea indicio de libre albedrío, como la enfer-medad es indicio de vida, es, sin embargo, un defectode la libertad. Así también la voluntad, por lo mismoque depende de la razón, siempre que apetece algoque de la recta razón se aparta, inficiona en sus fun-damentos viciosamente la libertad y usa de ella per-versamente. Y esta es la causa por que Dios, infinita-

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mente perfecto, el cual por ser sumamente inteligentey la bondad por esencia es sumamente libre, en nin-guna manera puede querer el mal de culpa, como nitampoco pueden los bienaventurados del Cielo, a cau-sa de la contemplación del bien sumo. Sabiamente ad-vertían contra los pelagianos San Agustín y otros que,si el poder declinar de lo bueno fuese según la natu-raleza y perfección de la libertad, entonces Dios, Je-sucristo, los ángeles, los bienaventurados, en todos loscuales no se da semejante poder, o no serían libres olo serían con menor perfección que el hombre viadore imperfecto. Acerca de esto tiene el Doctor Angélicolargas y repetidas disertaciones, de donde se puedededucir y concluir que el poder pecar no es libertad,sino servidumbre. Sobre las palabras de Cristo Señornuestro qui facit peccatum servus est peccati, el quehace el pecado es siervo del pecado (21, dice sutilísima-mente : cada cosa es aquello que según su naturalezale conviene ; por donde, cuando se mueve por cosa ex-traña, no obra según su propia naturaleza, sino porajeno impulso, y esto es servil. Pero el hombre es ra-cional por naturaleza. Cuando, pues, se mueve segúnrazón, lo hace de propio movimiento y obra comoquien es, cosa propia de la libertad; pero cuandopeca obra fuera de razón, y entonces se mueve comopor impulso de otro, sujeto en confines ajenos, y poresto «el que hace el pecado es siervo del pacado».Con claridad bastante vió esto la filosofía de los an-tiguos, singularmente los que enseñaban que sólo eralibre el sabio, y es cosa averiguada que llamaban sa-bio a aquel cuyo modo de vivir era según naturaleza,esto es, honesto y virtuoso.

(2) Joann., VIII, 34.

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Auxiliares de la libertad. La ley.

8. Y puesto que la libertad es en el hombre de talcondición, podía ser fortificada con defensas y auxi-lios a propósito para dirigir al bien todos sus movi-mientos y apartarlos del mal ; de otro modo hubierasido gravemente daiioso al hombre el libre albedrío.Y en primer lugar fué necesaria la ley, esto es, unanorma de lo que había de hacerse y omitirse, la cualno puede darse propiamente en los animales, que obranforzados de la necesidad, como que todo lo hacen porinstinto, ni de sí mismos pueden obrar de otro modoalguno. Mientras que los que gozan de libertad, entanto pueden hacer o no hacer, obrar de un modo ode otro, en cuanto ha precedido, al elegir lo que quie-ren, aquel juicio que decíamos de la razón, por mediodel cual no sólo se establece qué es por naturalezahonesto, qué torpe, sino además qué es bueno y en rea-lidad debe hacerse, qué malo y en realidad evitarse ;es decir, que la razón prescribe a la voluntad adóndedebe tender y de qué debe apartarse para que el hom-bre pueda alcanzar su último fin, por cuya causa hade hacerse todo. Esta ordenación de la razón es lo quese llama ley, por lo cual la razón de ser necesaria alhombre la ley ha de buscarse primera y radicalmenteen el mismo libre albedrío para que nuestras volun-tades no discrepen de la recta razón. Y no podría de-cirse ni pensarse mayor ni más perverso contrasenti-do que el pretender exceptuar de la ley al hombre,porque es de naturaleza libre, y si así fuera, seguiría-se que es necesario para la libertad el no ajustarse ala razón, cuando, al contrario, es certísimo que elhombre, precisamente porque es libre, ha de estar su-jeto a la ley, la cual queda asl constituida guía del

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hombre ‘en el obrar, moviéndole a obrar bien con elaliciente del premio y alejándole del pecado con elterror del castigo.

Tal es la ley natural, primera entre todas, la cualestá escrita y grabada en la mente de cada uno de 10shombres, por ser la misma razón humana mandandoobrar bien y vedando pecar. Pero estos mandatos dela humana razón no pueden tener fuerza de ley sinopor ser voz e intérprete de otra razón más alta a quedeben estar sometidos nuestro entendimiento y nues-tra libertad. Como que la fuerza de la ley, que está enimponer obligaciones y adjudicar derechos, se apoyadel todo en la autoridad, esto es, en la potestad ver-dadera de establecer deberes, y conceder derechos, ydar sanción, además, con premios y castigos, a lo or-denado ; y es claro que nada de esto habría en elhombre si se diera a sí mismo norma para las propiasacciones, como un legislador. Síguese, pues, que la leynatural es la misma ley eterna, ingénita en las criatu-ras racionales, inclinándolas a las obras y fin debidos,como razón eterna que es de Dios, Criador y Gober-nador del mundo universo.

La gracia.

9. A esta regla de nuestras acciones y freno delpecador se han juntado, por beneficio de Dios, ciertosauxilios singulares y aptísimos para regir la voluntady robustecerla. El principal y más excelente de todosellos es la virtud de la divina gracia, la cual, ilustran-do al entendimiento e impeliendo al bien moral a lavoluntad, robust,ecida con saludable constancia, hacemás expedito y juntamente más seguro el ejercicio de

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la libertad nativa. Y está muy lejos de la verdad elque los movimientos voluntarios sean, a causa de estaintervención de Dios, menos libres ; porque la fuerzade la gracia divina es íntima en el hombre y con-gruente con la propensión natural, porque dimana delmismo autor de nuestro entendimiento y de nuestravoluntad, el cual mueve todas las cosas según convie-ne a la naturaleza de cada una. Antes bien, como ad-vierte el Doctor Angélico, la gracia divina, por lo mis- ,mo que procede del Hacedor de la naturaleza, estácreada y acomodada admirablemente para protegercualesquiera naturalezas y conservarles sus inclina-ciones, su fuerza, su facultad de obrar.

LA LIBERTAD MORAL EN LA SQCIEDAD

La ley humana.

10. Y lo dicho de la libertad en cada individuo,fácilmente se aplica a los hombres unidos en sociedadcivil ; pues lo que en los primeros hace la razón y leynatural, eso mismo hace en los asociados la ley huma-na, promulgada para el bien común de los ciudadanos.De estas leyes humanas hay algunas cuyo objeto es

. lo que de su naturaleza es bueno o malo, y ordenan,con la sanción debida, seguir lo uno y huir de lo otro.Pero este género de decretos no tienen su principiode la sociedad humana, porque ésta, así como no en-gendró a la naturaleza humana, tampoco crea el bienque le es conveniente, ni el mal que se le opone, sinomás bien son anteriores a la misma sociedad, y pro-ceden enteramente de la ley natural, y, por tanto, de

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Ia ley eterna. Así que los preceptos de derecho natu-ral, comprendidos en las leyes humanas, no tienenfuerza tan sólo de estas, sino principalmente com-prenden aquel imperio, mucho más alto y augusto,que proviene de la misma ley natural y de la eterna.En semejantes leyes apenas queda al legislador otrooficio que el de hacerlas cumplir a los ciudadanos, or-ganizando la administración pública de manera quecontenidos los perversos y viciosos, o abracen lo quees justo, apartados del mal por el temor, o a lo menosno sirvan de ofensión y daño a la sociedad. Otras or-denaciones hay en la potestad civil que no dimanandel derecho natural inmediata y próximamente, sinoremotamente y por modo indirecto, y ordenan variascosas, a las cuales no ha provisto la naturaleza sinode un modo general y vago. Por ejemplo, manda lanaturaleza que los ciudadanos ayuden a la tranquili-dad y prosperidad del Estado; pero hasta qué punto,de qué modo y en qué casos, no es el derecho natural,sino la sabiduría humana quien lo determina; y enestas reglas peculiares de la vida, ordenadas pruden-temente y propuestas por la legítima potestad, es endonde se contiene propiamente la ley humana. La cualmanda a los ciudadanos conspirar al fin que la comu-nidad se propone, y les prohibe apartarse de él, ymientras sigue sumisa se conforma con las prescrip-ciones de la naturaleza, la guía para lo bueno y apartade lo malo.

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La ley eterna, norma y regla de IO

libertad.

ll. (Por donde se ve que la libertad no sólo de losparticulares, sino de la comunidad y sociedad huma-na, no tiene absolutamente otra norma y regla que laley eterna de Dios; y si ha de tener nombre verda-dero de libertad en la sociedad misma, no ha de con-sistir en hacer lo que a cada uno se le antoje, de donderesultaría grandísima confusión y turbulencias, opre-soras, al cabo, de la sociedad, sino en que por mediode las leyes civiles pueda cada uno fácilmente vivirsegún los mandamientos de la ley eterna. Y la liber-tad, en los que gobiernan, no está en que puedan man-dar temeraria y antojadizamente, cosa no menos per-versa que dañosa en sumo grado a la sociedad, antestoda la fuerza de las leyes humanas debe estar en quese las vea dimanar de la eterna, y no sancionar cosaalguna que no se contenga en ésta como en principiouniversal de todo derecho (3).

(3) Qrta Apostólica “Praeclara gratulatioois” de Su Santidad León XIII(20 junio 1894) (A los pueb!os y príncipes del universo):

“En cuanto a la cuestión política, para conciliar la libertad y el poder,dos cosas aue muchos confunden en teoría y separan desmesuradamente enIa práctica,‘la enseñanza cristiana aporta utilísimas razones. Porque una vezadmitido nor todos el principio incontrovertible de que cualquiera que lea¡i forma de Gobierno, .la autoridad emana siempre de Dios, la razón re-conoce a unos el derecho legítimo de mandar e impone a otros el debercorrelativo de obedecer. Esta obediencia, por lo demás. no puede ser con-traria a la dianidad humana, westo oue. propiamente hablando es a Dios.~ _ _a quien se obedece antes que a los hombres. ‘? Dios reserva sus más rigo-rosos juicios a los que mandan, si no representan su autoridad, en con-sonancia con el derecho y la justicia. Por otra parte, la libertad indivldual no puede ser a nadie sospechosa y odiosa. Porque siendo absolutamenteinofensiva, no se alejará de lo verdadero y de lo justo en armonía con latranquilidad pUblica. En fin, si se considera lo que puede la Iglesia en sucalidad de Madre y Mediadora de los pueblos y de los gobernantes, puestoque ha nacido para* ayudar a Ios unos y a los otros con su autoridad y susconsejos, se comprenderá cuánto importa que todas las naciones se decidana adoptar sobre las cosas de la fe cristiana, un mismo sentimiento y unamisma convicción.”

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12. Sapientísimamente dijo San Agustín (4): Creo,al mismo tiempo, que tú conoces no hallarse en aquella(ley) temporal nada justo y legítimo que no lo hayantomado los hombres de esta (ley) eterna. De modo quesi por cualquier autoridad se estableciera algo que seaparte de la recta razón y sea pernicioso a la socie-dad, ninguna fuerza de ley tendría, puesto que no se-ría norma de justicia y apartaría a los hombres delbien para que está ordenada la sociedad (5).

13. Resulta de todo lo dicho que la naturaleza dela libertad, de cualquier modo que se la mire, ya enlos particulares, ya en la comunidad, y no menos enlos imperantes que en los súbditos, incluye la necesi-dad de someterse a una razón suma y eterna, que noes otra sino la autoridad de Dios que manda y queveda, y tan lejos está este justísimo señorío de Diosen los hombres de quitar o mermar siquiera la liber-tad, que, antes bien, la defiende y perfecciona ; comoque el dirigirse a su propio fin y alcanzarle es perfec-ción verdadera de toda naturaleza, y el fin supremoa que debe aspirar la libertad del hombre no es otroque Dios mismo.

La Iglesia, defensora de la libertad de los

pueblas, de la iguoldad ante la ley y de

la fraternidad.

14. Aleccionada la Iglesia por las palabras y ejem-plos de su divino Autor, ha afirmado y propagadosiempre estos preceptos de altísima y verdaderísima

‘;; ;f Ay., “De lib. arb.“, 1, 1, c. 6, núm. 15.

ris” (V),r. Sapientiae Christianae” (XI), 12, 13. “Quad apostolici mune-21.

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doctrina, manifiestos a todos aun por la sola luz de larazón, sin cesar un punto de medir por ellos su encar-go y educar a los pueblos cristianos. En lo tocante alas costumbres, la ley evangélica no sólo supera congrande exceso a toda la sabiduría de los paganos, sinoque abiertamente llama al hombre y le forma parauna santidad inaudita en lo antiguo,. y acercándole mása Dios, le pone en posesión de una libertad más per-fecta. También se ha manifestado siempre la grandí-sima fuerza de la Iglesia en guardar y defender lalibertad civil y política de los pueblos. Y en esta ma-teria no hay para qué enumerar los méritos de laIglesia. Basta recordar, como trabajo y beneficio prin-cipalmente suyo, la abolición de la esclavitud, ver-güenza antigua de todos los pueblos del gentilismo.

La igualdad ante la ley, la verdadera fraternidadde los hombres las afirmó Jesucristo, el primero, decuya voz fué eco la de los Apóstoles, que predicabanno haber ya judío, ni griego, ni escita, sino todos her-manos en Cristo. Y es tanta y tan conocida la virtudactiva de la Iglesia en este punto, que dondequieraque estampa su huella está averiguado no poder durarmucho las costumbres salvajes; antes bien, mudarseen breve la ferocidad en mansedumbre y en luz deverdad las tinieblas de la barbarie. Tampoco ha dejadode obligar la Iglesia con grandes beneficios a los pue-blos cultos, ya resistiendo a la arbitrariedad de losperversos, ya alejando de los inocentes y los débileslas injusticias; ya, por último, trabajando por que enlas naciones prevalezca una organización tal que sea .amada de los ciudadanos por su equidad y temida delos extraños a causa de su fuerza (6).

(6) Cfr. “Quad apostolici muneris” (V), 15; “Diuturnum” (VI) , 30;“Immortale Dei” (IX), 1, 28, 40, 45 y 49.

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La Iglesia, defensora de la autoridad.

15. Es, además, obligación muy verdadera la deprestar reverencia a la autoridad y obedecer con su-misión las leyes justas (71, quedando así los ciudada-nos libres de la injusticia de los inicuos, gracias a lafuerza y vigilancia de la ley. La potestad legítima vie-ne de Dios, y el que resiste a la potestad, resiste a laordenación de Dios, con lo cual queda muy ennoble-cida la obediencia, ya que ésta se presta a la másjusta y elevada autoridad; pero cuando falta el dere-cho de mandar, o se manda algo contra la razón, con-tra la ley eterna o los mandamientos divinos, es justono obedecer a los hombres, se entiende para obedecera Dios. Cerrado así el paso a la tiranía, no lo absor-berá todo el Estado, y quedarán salvos los derechosde los particulares, de la familia, de todos los miem-bros de la sociedad, dándose a todos parte en la liber-tad verdadera, que está, como hemos demostrado, enpoder cada uno vivir según las leyes y la recta ra-zón (8).

La falsa libertod.

16. Si los que a cada paso disputan acerca de lalibertad la entendieran honesta y legítima, como aca-

(7) Carta “Longinqua oceani” de S. S. León XIII (6 enero 1895) (Alos Arzobispos y Obispas de los Estados Unidos de América sobre el estadodel catolicismo en su país):

“Del n$smo modo, que los sacerdotes recuerden al pueblo con insistencialos decretos del Concilio tercero de Baltimore, aquellos, sobre todo, que serefieren a la virtud de la templanza, a la instrucción católica de la juven-tud. al uso frecuknte de los sacramentos y a la obediencia a las leyes justasy a las instituciones de la República.”

(8) Cfr. “Quad apostolici muneris” (V), 17, 21, 27; “Diuturnum” (VI),14. “Inmortale Dei” (IX) , 23 , 24; “Libertas” (X), 12; “Sapientiae Chrisatiahe” (XI), 11-13; =Syllabus” (IV), 77-80.

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bamos de describirla, nadie osaría acusar a la Iglesiade aquello que como suma injusticia propalan de serenemiga de la libertad de los individuos o de la so-ciedad ; pero hay ya muchos imitadores de Lucifer,cuyo es aquel nefando grito: No serviré, que con nom-bre de libertad defienden una licencia absurda. Talesson los partidarios de ese sistema tan extendido ypoderoso, que, tomando nombre de la libertad, quie-ren ser llamados liberales (9).

El liberalismo todicol.

17. En realidad, lo que en filosofía pretenden losnaturalistas o racionalistas, eso mismo pretenden enla moral y en la política los fautores del liberalismo,los cuales no hacen sino aplicar a las costumbres yacciones de la vida los principios sentados por los par-tidarios del naturalismo. Ahora bien ; lo principal detodo el naturalismo es la soberanía de la razón huma-na, que negando a la divina y eterna la obedienciadebida y declarándose a sí misma sui juris, se hace así propia sumo principio y fuente y juez de la verdad.Así también los sectarios del libekalismo, de quieneshablamos, pretenden que en el ejercicio de la vidaninguna potestad divina hay a que obedecer, sino quecada uno es ley para sí, de donde nace esa moral que

( 9 ) Enciclica “In plurimk” de S. 5. León XII I ( 5 wyo 1888) (A l o sObispos del Brasil sobre la abolicih de la esclavitud):

“Que no se hagan nunca indignos de un tan gran beneficio y que nuncaconfundan la libertad con la: licencia de las. pasiones; que se conserven,por el contrario, como conviene a ciudadanos honestos, para el trabajo deuna vida activa, en interés y beneficio de la familia y del Estado, Quecumplan ávidamente, no por miedo: sino por espíritu de Religión, el deberde respetar la majestad de los prlncipes, de obedecer a los magistrados yde observar las leyes...”

so -

llaman independiente, que, apartando a la voluntad,bajo pretexto de libertad, de la observancia de los pre-ceptos divinos, suele conceder al hombre una licenciasin límites. Fácil es adivinar adónde conduce todo esto,especialmente al hombre que vive en sociedad. Porqueuna vez establecido y persuadido que nadie tiene auto-ridad sobre el hombre, síguese no estar fuera de ély sobre él la causa eficiente de la comunión y sociedadcivil, sino en la libre voluntad de los individuos ; tenerla pot’estad pública su primer origen en la multitudy además, como en cada uno la propia razón es únicoguía y norma de las acciones privadas, debe serlo tam-bién la de todos para todos en lo tocante a las cosaspúblicas (10). De aquí que el poder sea proporcional alnúmero, y la mayoría del pueblo sea la autora de tododerecho y obligación.

18. Pero bien claramente resulta de lo dicho cuánrepugnante sea todo esto a la razón: repugna, en efec-to, sobremanera no sólo a la naturaleza del hombre,sino a la de todas las cosas criadas, el querer que nointervenga vínculo alguno entre el hombre o la so-ciedad civil y Dios, Criador, y, por lo tanto, LegisladorSupremo y Universal (ll), porque todo lo hecho tieneforzosamente algún lazo para que lo una con la causaque lo hizo, y es cosa conveniente a todas las natura-lezas, y aun pertenece a la perfección de cada una deella% el contenerse en el lugar y grado que pide el or-den natural, esto es, que lo inferior se someta y dejegobernar por lo que es superior.

19. Es además esta doctrina perniciosísima, nomenos a las naciones que a los particulares. Y, en efec-

( 1 0 ) Cfr. “Quad apostolici muneris” (V). 8 ; “Diuturnuna” ( V I ) , 5 ;“~mmortale Dei” (IX), 31 y 32.

( l l ) C f r . “L.ib.%taa” (X), 26 p 44.

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to, dejando el juicio de lo bueno y verdadero a larazón humana sola y única, desaparece la distinciónpropia del bien y del mal; lo torpe y lo honesto no sediferenciarán en la realidad, sino según la opinión yjuicio de cada uno ; será lícito cuanto agrade, y esta-blecida una moral, sin fuerza casi para contener ycalmar los perturbados movimientos del alma, queda-rá, naturalmente, abierta la puerta a toda corrupción.En cuanto a la cosa pública, la facultad de mandarse separa del verdadero y natural principio, de dondetoma toda su virtud para obrar el bien común, y laley que establece lo que se ha de hacer y omitir sedeja al arbitrio de la multitud más numerosa, lo cuales una pendiente que conduce a la tiranía. Rechazadoel señorío de Dios en el hombre y en la sociedad, esconsiguiente que no hay públicamente religión algu-na, y se seguirá la mayor incuria en todo lo que serefiera a la Religión. Y asimismo, armada la multitudcon la creencia de su propia soberanía, se precipitaráfácilmente a promover turbulencias y sediciones; yquitados los frenos del deber y de la conciencia, sóloquedará la fuerza, que nunca es bastante a contenerpor sí sola los apetitos de las costumbres (12). De locual es suficiente testimonio la casi diaria lucha con-tra los socialistas y otras turbas de sediciosos, que tanporfiadamente maquinan por conmover hasta en suscimientos las naciones. Vean, pues, y decidan los quebien juzgan si tales doctrinas sirven de provecho “a lalibertad verdadera y digna del hombre, o sólo sirvenpara pervertirla y corromperla del todo.

(12) Cf r . “Sapientiae Christianae” ( X I ) , 4 .

21. Pero al decir esto, no son en manera algunaconsecuentes consigo mismos. Porque si, como ellosadmiten y nadie puede negar con derecho, se há deobedecer a la voluntad de Dios legislador, por estar elhombre todo en la potestad de Dios y tender a Dios,síguese que a esta potestad legislativa suya nadie pue-de ponerle límites ni modo, sin ir, por el mismo hecho,contra la obediencia debida. Y aun más, si el hombrellegara a arrogarse tanto que quisiera decretar cuálesy cuántas son sus propias obligaciones, cuáles y cuán-tos son los derechos de Dios, aparentará reverencia alas leyes divinas, pero no la tendrá de hecho, y supropio juicio prevalecerá sobre la autoridad y proví-dencia de Dios. Es, pues, necesario que la norma cons-tante y religiosa de nuestra vida se derive no sólo dela ley eterna, sino también de todas y cada una de lasleyes que, según su beneplácito, ha dado Dios, infini-

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El liberalismo mitigado.

20. Es cierto que todos los fautores del liberalis-mo asienten a estas opiniones, aterradoras por su mis-ma monstruosidad y que abiertamente repugnan a laverdad y son causa evidente de gravísimos males ; an-tes bien, muchos de ellos, obligados por la fuerza dela verdad, confiesan sin avergonzarse, y aun muy desu grado afirman que la libertad degenera en vicio yaun en abierta licencia cuando se usa de ella destem-pladamente, postergando la verdad y la justicia, y quedebe ser, por tanto, regida y gobernada por la rectarazón y sujeta consiguientemente al derecho naturaly a la eterna ley divina. Mas juzgando que no se hade pasar más adelante, niegan que esta sujeción delhombre libre a las leyes que Dios quiere imponerle hayade hacerse por otra vía que la de la razón natural.

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tamente sabio y pod’eroso, y que podemos seguramen-te conocer por señales claras e indubitables. Tantomás cuanto que estas leyes, por tener el mismo prin-cipio y el mismo autor que la eterna, concuerdan deltodo con la razón, perfeccionan el derecho natural eincluyen el magisterio del mismo Dios, que, precisa-mente para que nuestro entendimiento y nuestra vo-luntad no caigan en error, rige a entrambos benigna-mente, guiándolos al mismo tiempo que les ordena.Quede, pues, santa e inviolablemente unido lo que nipuede ni debe separarse, y sírvase a Dios en todo, comola misma razón natural lo ordena, con toda sumisióny obediencia.

El liberalismo más moderado.

22. Algo más moderados son, pero no más con-secuentes consigo mismos, los que dicen que, en efec-to, se han de regir según las leyes divinas la vida ycostumbres de los particulares, pero no las del Estado.Porque en las cosas públicas es permitido apartarse delos preceptos de Dios y no tenerlos en cuenta al esta-blecer las leyes. De donde sale aquella perniciosa con-secuencia, que es necesario separar la Iglesia del Es-tado.

23. No es difícil conocer lo absurdo de todo esto:porque como la misma naturaleza exige del Estadoque proporcione a los ciudadanos medios y oportuni-dad con que vivir honestamente, esto es, según lasleyes de Dios, ya que es Dios el principio de toda ho-nestidad y justicia, repugna, ciertamente, por todoextremo, que sea lícito al Estado el descuidar del todo

esas leyes o establecer la menor cosa que las contra-diga (13). Además, los que gobiernan los pueblos sondeudores a la sociedad no sólo de procurarle con leyessabias la prosperidad y bienes exteriores, sino de mirarprincipalmente por los bienes del alma. Ahora bien:para incremento de estos bienes del alma nada puedeimaginarse más a propósito que estas leyes, de que esautor Dios mismo ; y por esta causa, los que en elgobierno del Estado no quieren tenerlas en cuenta, ha-cen que la potestad política se desvíe de su propioinstituto y de las prescripciones ,de la naturaleza. Perolo que más importa, y Nos hemos más de una vez ad-vertido, es que, aunque la potestad civil no mira pró-ximamente al mismo fin que la religiosa ni va por lasmismas vías, con todo, al ejercer la autoridad es fuer-za que hayan de encontrarse, a veces, una con otra.Ambas tienen los mismos súbditos, y no es raro de-cretar una y otra acerca de lo mismo, bien que conmotivos diversos. Llegado este caso, y siendo el chocarcosa necia y abiertamente opuesta a la voluntad sa-pientísima de Dios, es preciso algún modo y orden conque, apartadas las causas de porfías y rivalidades, hayaconformidad en las cosas que han de hacerse. Conrazón se ha comparado esta conformidad a la unióndel alma con el cuerpo, igualmente provechosa a en-trambos, cuya desunión, al contrario, es perniciosa, sin-gularmente al cuerpo, que por ella pierde la vida (14).

(13) Qfr . “Immxtale Dei” ( IX) , 12 .(14) Cfr . “Diuturnum” (VI), 23 y 29 ; “Inmortak Dei” (IX), 21, 28, 34.

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CONSECUENCIAS DEL LIBERALISMO

La libertad de los cultos en los particu-lares.

24. Para que mejor se vea todo esto, bueno seráconsiderar una por una esas varias conquistas de lalibertad que se dicen logradas en nuestros tiempos.Sea la primera, considerada en los particulares, la quellaman libertad de cultos, en tan gran manera contra-ria a la virtud de la religión. Su fundamento es estardel todo en mano de cada uno el profesar la religiónque más le acomode o el no profesar ninguna.

25. Pero, muy al contrario, entre todas las obli-gaciones del hombre, la mayor y más santa es, sinsombra de duda, la que nos manda adorar a Dios píay religiosamente. Dedúcese esto necesariamente deestar nosotros de continuo en poder de Dios y ser por suvoluntad y providencia gobernados, y tener en El nues-tro origen y haber de tornar a El. Allégase a esto queno puede darse virtud verdadera sin religión. Porquela virtud moral es la que versa en las cosas que nosllevan a Dios como sumo y último bien del hombre, y,por tanto, la religión, que obra las cosas directa e in-meditamente ordenadas al honor divino (15), es la pri-mera y la reguladora de todas las virtudes. Y si seindaga, ya que hay varias religiones disidentes entresí, cuál ha de seguirse entre todos, responden a unala razón y la naturaleza: la que Dios haya mandadoy puedan fácilmente conocer los hombres por ciertasnotas exteriores con que quiso distinguirla la Divina

(15) C. Th., 2a. 2~. q. LXXXI, a. 6.

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Providencia para evitar un error, al cual, en cosa detamaña importancia, había de seguirse suma ruina.Así que al ofrecer al hombre esta libertad de cultos deque vamos hablando, se le da facultad para pervertiro abandonar impune una obligación santísima y tor-narse, por lo tanto, al mal, volviendo la espalda al bieninconmutable ; lo cual, como hemos dicho, no es liber-tad, sino depravación de ella y servidumbre del almaenvilecida bajo el pecado.

La libertad de cultos en el Estado (16).

26. Considerada en el Estado la misma libertad,pide que éste no tribute a Dios culto alguno público,por no haber razón que lo justifique ; que ningún cultosea preferido a los otros, y que todos ellos tengan igualderecho, sin respeto ninguno al pueblo, dado caso queéste haga profesión de católico. Para que todo estofuera justo habría de ser verdad que la sociedad civilno tiene para con Dios obligaciones algunas o que pue-de infringirlas impunemente ; pero no es menos falsolo uno que lo otro. No puede, en efecto, dudarse que lasociedad establecida entre los hombres, ya se mire asus partes, ya a su forma, que es la autoridad, ya asu causa, ya a la gran copia de utilidades que acarrea,existe por voluntad de Dios. Dios es quien crió al hom-bre para vivir en sociedad, y quien le puso entre sussemejantes para que las exigencias naturales que élno pudiera satisfacer solo, las viera cumplidas en lasociedad. Así es que la sociedad, por serlo, ha de re-conocer como padre y autor a Dios y reverenciar y

(16) Cfr. “Miinri vos” (I), 1 9 ; “Qucd apostqlici muneris” (V), 1 9 ;“bimtalc Dei” (IX) , 12 , 36, 39, 43.

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adorar su poder y su dominio. Veda, pues, la justicia,y védalo también la razón, que el Estado sea ateo, olo que viene a parar en el ateísmo, que se halle deigual modo con respecto a las varias que llaman reli-giones y conceda a todas promiscuamente iguales de-rechos.

27. Siendo, pues, necesario al Estado profesar unareligión, ha de profesar la única verdadera, la cual sindificultad se conoce, singularmente en los pueblos ca-tólicos, puesto que en ella aparecen como sellados loscaracteres de la verdad. Esta religión es, pues, la quehan de conservar los que gobiernan ; ésta la que hande proteger, si quieren, como deben, atender con pru-dencia y útilmente a la comunidad de los ciudadanos.La autoridad pública está, en efecto, constituída parautilidad de sus súbditos, y aunque próximamente miraa proporcionarles la prosperidad de esta vida terrena,con todo, no debe disminuirles, sino aumentarles lafacilidad de conseguir aquel sumo y último bien, enque está la sempiterna bienaventuranza del hombre,y a que no puede llegarse en descuidándose de la re-ligión.

28. Pero ya otras veces hemos hablado de estomas largamente ; ahora sólo queremos advertir queuna libertad de este género es dañosísima a la libertadverdadera, tanto de los que gobiernan como de losgobernados. A maravilla aprovecha, por el contrario,la religión ; como que pone en Dios el origen de lapotestad y gravísimamente ordena a los príncipes nodescuidar sus deberes, no mandar injusta ni acerba-mente, gobernar a su pueblo con benignidad y casi concaridad paterna. Quiere que los ciudadanos estén su-jetos a los gobernantes legítimos como a ministros deDios, y los une a ellos no solamente por medio de la

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obediencia, sino por el respeto y el amor, prohibiendotoda sedición y todo conato que pueda turbar el ordeny tranquilidad pública, y que al cabo son causa de queestreche con mayor freno la libertad de los ciudada-nos (17). No hay que decir cuánto conduce la religióna las buenas costumbres, y éstas a la libertad; pues-to que la razón demuestra y la historia confirma quecuanto más morigeradas son las naciones, tanto másprevalecen en libertad, en riquezas y en poderío.

Libertad de hablar y escribir.

29. VoIvamos ahora algún tanto la atención haciala libertad de hablar y de imprimir cuanto place. Ape-nas es necesario negar el derecho a semejante liber-tad cuando se ejerce no con alguna templanza, sinotraspasando toda moderación y todo límite. El dere-cho es una facultad moral que, como hemos dicho yconviene repetir mucho, es absurdo suponer haya sidoconcedido por la naturaleza de igual modo a la verdady al error, a la honestidad y a la torpeza. Hay derechopara propagar en la sociedad libre y prudentemente loverdadero y lo honesto para que se extienda al mayornúmero posible su beneficio ; pero en cuanto a las opi-niones falsas, pestilencia la más mortífera del enten-

( 1 7 ) Encíkca “Guamquam pluries” de S. S. León XIII (5 agosto1889) (Sobre el patrocinio de San Jo& y la Virgen Maria):

“Si tienen el derecho de salir de la pobreza y adquirir una mejor situa-ción wr medios lezítimos. la razón Y la iust ioia les orohiben subvertiv e lorden establecido por la Providencia de Dios. MCís a&: el recurrir a lafuerza y las tentativas de sedición y de violencia, son medios insensatosque agravan casi siempre lo s &les que se trata de apaciguar. Que lospobres, pues, si quieren ser prudentes no confíen en las promesas de loshombres de desorden, sino en el ejemplo y en el patrocinio del Bienaven-

turado José y en la caridad maternal de la Iglesia, que cada día cuida qássolicitamente de ellos.”

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dimiento, y en cuanto a los vicios, que corrompen elalma y las costumbres, es justo que la pública autori-dad los cohiba con diligencia para que no vayan cun-diendo insensiblemente en daño de la misma sociedad.

30. Y las maldades de los ingenios licenciosos, queredundan en opresión de la multitud ignorante, nohan de ser menos reprimidas por la autoridad de lasleyes que cualquier injusticia cometida por fuerza con-tra los débiles. Tanto más cuanto que la inmensa ma-yoría de los ciudadanos no puede de modo alguno, opueden con suma dificultad, precaver esos engaños yartificios dialécticos, singularmente cuando halaganlas pasiones. Si a todos es permitida esa licencia ilimi-tada de hablar y escribir, nada será ya sagrado e in-violable ; ni aun se perdonará a aquellos grandes prin-cipios naturales tan llenos de verdad, y que formancomo el patrimonio común y juntamente nobilísimodel género humano. Oculta así la verdad en las tinie-blas, casi sin sentirse, como muchas veces sucede, fá-cil-mente se enseñoreará de las opiniones humanas elerror pernicioso y múltiple. Con lo cual recibe tantaventaja que la licencia como detrimento de la liber-tad, que será tanto mayor y más segura cuanto ma-yores fueren los frenos de la licencia.

31. Por lo que dice respecto a las cosas opinables,dejadas por Dios a las disputas de los hombres, espermitido, sin que a ello se oponga la naturaleza, sen-tir lo que acomoda y libremente hablar de lo que sesiente, porque esta libertad nunca induce al hombrea oprimir la verdad, sino muchas veces a investigar-la ‘y manifestarla.

loo - *

.

Falsa libertad de enseñanza (18).

32. No de otra manera se ha de juzgar la que sellama Libertad de enseñanza. No puede, en efecto, ca-ber duda de que sólo la verdad debe llenar el entendi-miento, porque en ella está el bien de las naturalezasinteligentes y su fin y perfección; de modo que la en-señanza no puede ser sino de verdades, tanto para losque ignoran como para los que ya saben, para dirigira unos al conocimiento de la verdad y conservarloen los otros. Por esta causa, sin duda, es deber propiode los que enseñan librar de error a los entendimien-tos y cerrar con seguros obstáculos el camino que con-duce a opiniones engañosas. Por donde se ve cuántorepugna a la razón esta libertad de que tratamos, ycómo ha nacido para pervertir radicalmente los en-tendimientos al pretender serle lícito enseñarlo todosegún su capricho ; licencia que nunca puede concederal público la autoridad del Estado sin infracción desus deberes. Tanto más, cuanto que puede mucho conlos oyentes la autoridad del maestro, y es rarísimoque pueda el discípulo juzgar, pof sí mismo, si es ono verdad lo que explica el que enseña.

Concepto de la verdodero libertad de

enseñanza ( 19).

33. Por lo cual es necesario que esta libertad nosalga de ciertos términos, si ha de ser honesta, es de-

(18) Es confusión lamentable la de esta falsa libertad de enseñanza,, dela que es una parte la llamada “libertad de cátedra” con la legítima hbr-tad que por Derecho Natural y Divino corresponde a la Iglesia, a laS pa-dres de familia y sus delegados. Ctfr. n. 34, y sobre todo “Divini illius m+gistri” (XXVIII ) .

(19) Cfr. nota n. 32, “ D i v i n i i l l i u s m a g i s t r i ” (XXKII), 10 y sigs.

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cir, si no ha de suceder impunemente que la facultadde enseñar se trueque en instrumento de corrupción.Pero las verdades acerca de las que ha de versar úni-camente la doctrina del preceptor son de dos géneros:naturales y sobrenaturales. Las naturales, como son losprimeros principios y los deducidos inmediatamentede ellos por la razón, constituyen un como patrimoniocomún del género humano, y, puesto que en él se apo-yan como en firmísimo fundamento las costumbres,la justicia, la religión, la misma unión social, nada se-ría tan impío, tan neciamente inhumano como el de-jar que sea profanado y disipado, Ni ha de conservar-se menos religiosamente el preciosísimo y santísimotesoro de las cosas que conocemos por habérnoslas re-velado el mismo Dios. Las principales se demuestrancon muchos e ilustres argumentos, de que usaron confrecuencia los apologistas, como son: el haber Dios‘revelado algunas oosas : el haberse hecho carne elUnigénito de Dios para dar testimonio de la verdad ;el haber fundado el mismo Unigénito una sociedadperfecta, que es la Iglesia, de la cual es cabeza El mis-mo, y con la cual prometió estar hasta la consúmaciónde los siglos.

34. A esta sociedad quiso que quedaran encomen-dadas cuantas verdades enseñó, con la condición deque las guardase, las defendiese y con autoridad legí-tima las enseñase ; y a la vez ordenó a todos los hom-bres. que obedecieran a su Iglesia no menos que a Elmismo, teniendo segura los que así no lo hicieran superdición sempiterna. Consta, pues, claramente, queel mejor y más seguro maestro del hombre es Dios,fuente y principio de toda verdad, y también el Unigé-nito, que está en el seno del Padre, y es camino, ver-dad, vida, luz verdadera que ilumina a todo hombre, y

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CL cuya ensenanza han de prestarse todos dócilmente:et erunt omnes docibiles Dei (20). Pero, en punto de fey de costumbres hizo Dios a la Iglesia partícipe del ma-gisterio divino, y, por beneficio también divino, libre deerror; por lo cual es la más alta y segura maestra delos mortales, y en ella reside el derecho inviolable a lalibertad de enseñar. Y, de hecho, sustentándose la Igle-sia con la doctrina recibida del Cielo, nada ha antepues-to al cumplimiento exacto del encargo que Dios le haconfiado ; y más fuerte que las dificultades que por to-das partes la rod’ean, no ha aflojado un punto en de-fender la libertad de su magisterio. Por este camino, des-terrada la superstición miserable, se renovó el orbe se-gún la cristiana sabiduría.

35. Pero como la razón claramente enseña que en-tre las verdades reveladas y las naturales no puede dar-se oposición verdadera, y así, que cuanto a aquéllas seoponga ha de ser por fuerza falso, por lo mismo distatanto el magisterio de la Iglesia de poner obstáculos aldeseo de saber y al adelanto en las ciencias, o de retar-dar de algún modo el progreso y cultura de las letras,que antes les ofrec,e abundantes luces y segura tutela.Por la misma causa es este magisterio de no escaso pro-vecho a Ia misma perfección de la libertad humana;puesto que es sentencia dme Jesucristo, Salvador nues-tro, que el hombre es hecho libre por la verdad, cognos-cetis veritatem et veritas liberabit vos (21). No hay, pues,motivo para que la libertad genuina se indigne y laverdadera ciencia lleve a mal las justas y debidas le-yes con que la Iglesia y la razón a una exigen que seponga límites a las enseñanzas de los hombres; antesbien, la Iglesia, como a cada paso atestiguan los hechos,

~(20) Ev. S. Juan (VI), 45.(21) Idem (VIII), 32.

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al hacer esto primera y principalmenté para proteger 12fe cristiana, procura también fomentar y adelantar to-do género de ciencias humanas. Buena es, mirada ensí misma, y laudable, y debe buscarse la elegancia de ladoctrina ; y toda erudición que sea originada de un rec-to juicio y esté conforme con la verdad de las cosas, sir-ve no poco para ilustrar las mismas cosas que creemospor revelación divina. El hecho es que a la Iglesia sedeben estos verdaderamente insignes beneficios: el ha-ber conservado gloriosamente los monumentos de laantigua sabiduría ; el haber abierto por todas partes asi-los a las citencias ; el haber excitado siempre la actividaddel ingenio, fomentando con todo el empeño las mismasartes de que toma ese tinte de urbanidad nuestro siglo.

36. Por último, no ha de callarse que hay un cam-po inmenso, patente a los hombres, en que poder exten-der su industria y ejercitar libremente su ingenio, asaber: todo aquello que no tiene relación necesaria conla fe y costumbres cristianas, o que la Iglesia, sin haceruso de su autoridad, deja íntegro y libre al juicio de losdoctos. De aquí se entiende qué género de libertad quie-ren y propalan con igual empeño los secuaces del libe-ralismo ; de una parte, se conceden a sí mismos y alEstado una licencia tal, que no dudan en abrir paso fran-co a las opiniones más perversas; de otra, ponen milestorbos a la Iglesia, limitando su libertad a los térmi-nos más estrechos que les es dado ponerle, por másque de la doctrina de la Iglesia no ha de temerse incon-veniente alguno, sino esperarse grandes provechos (22).

(22) C f r . “Divini i l l i u s magistri” (XXVIII), 3 3 .

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Libertad de tottciencio (23)

V’

37. También se pregona con grande ardor la quellaman libertad de conciencia, que, si se toma en el sen-tido de ser lícito a cada uno, según le agrade, dar o nodar culto a Dios, queda suficientemente refutada con-loya dicho. Pero puede también tomarse en el sentido deser lícito al hombre, según su conciencia, seguir en lasociedad la voluntad de Dios y cumplir sus mandatossin el menor impedimento. Esta libertad verdadera, dig-na de los hijos de Dios, y que ampara con el mayor de-coro a la dignidad de la persona humana, está por enci-ma de toda injusticia y violencia, y fué deseada siem-pre y singularmente amada por la Iglesia. Este génerode libertad reivindicaron constantemente para sí losApóstoles, ésta confirmaron con sus escritos los apolo-gistas, ésta consagraron con su sangre los mártires ennúmero crecidísimo.

38. Y con razón, porque esta libertad cristiana ates-tigua el supremo y justísimo señorío de Dios en los hom-bres, y a la vez la primera y principal obligación delhombre para con Dios. Nada tiene de común esta li-bertad con el ánimo sedicioso y desobediente, ni ha decreerse en ninguna manera que pretenda separarse delrespeto debido a la autoridad pública; porque en tantoasiste a la potestad humana el derecho de mandar yexigir obediencia, en cuanto no disienta en cosa algunade la potestad divina, conteniéndose en los límites queésta ha determinado ; pero cuando se manda algo queclaramente discrepa de la voluntad divina, se va lejosde los límites dichos, y se choca juntamente con la divi-

( 2 3 ) “Mirari v o s ” (I), 1 0 ; “Syllabus” ( I V ) , B . 77-78; “Diutumum”(VI), 16; “Immortale Dei” (IX) , 32 , 42 , 45, 49; “Sapientiae Christianae”(XI), 10 y 12.

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na autoridad ; por donde entonces el no obedecer es lojusto.

39. Al contrario los fautores del liberalismo, quedan al Estado un poder despótico y sin límites y pre-gonan que hemos de vivir sin tener para nada en cuentaa Dios, no conocen esta libertad de que hablamos, tanunida con la honestidad y la religión. Y si para con-servarla se hace algo, lo imputan a crimen contra la so-ciedad. Si hablasen con verdad, no habría tiranía tancruel a que no hubiese obligación de sujetarse y que su-frirla.

LA TOLERANCIA DE LA IGLESIA

40. Muchísimo desearía la Iglesia que en todos loSórdenes de la sociedad penetraran de hecho y se pu-sieran en práctica estos documentos cristianos, que he-mos tocado sumariamente ; porque en ellos hay encerra-da suma eficacia para remediar los males actuales, nopocos ciertamente, ni leves, nacidos, en gran parte, deesas mismas libertades, pregonadas con tanto encomioy en que parecían contenerse las semillas del bienestary de la gloria. Pero el éxito burló la esperanza, y, envez de frutos deliciosos y sanos, los hubo acerbos y CO-rrompidos. Si se busca remedio, búsquese en el resta-blecimiento de las sanas doctrinas, de que sólo puedeesperarse confiadamente la conservación del orden, yla tutela, por tanto, de la verdadera libertad.

41. A pesar de todo, la Iglesia se hace cargo ma-ternalmente del grave peso de la humana flaqueza, y noignora el-curso de los Gnimos y de los sucesos, por don-de va pasando nuestro siglo. Por esta causa, y sin con-

ceder el menor derecho sino sólo a lo verdadero y ho-nesto, no rehuye que la autoridad pública soporte algu-nas cosas ajenas de verdad y justicia, con motivo deevitar un mal mayor o de adquirir o conservar mayorbien. Aun el mismo providentísimo Dios, con ser deinfinita bondad y todopoderoso, permite que haya ma-les en el mundo, en parte para que no se impidan ma-yores bienes, en parte para que no se sigan mayoresmales. Justo es imitar en el gobierno de la sociedad alque gobierna el mundo; y aun por lo mismo que la au-toridad humana no puede impedir todos los males, de-be conceder y dejar impunes muchas cosas, que han dese,r, sin embargo, castigadas por la divina Providencia,y con justicia (24).

42. Pero en tales circunstancias, si por causa delbien común, y sólo por él, puede y aun debe la ley hu-mana tolerar el mal, no puede, sin embargo, ni debeaprobarlo ni quererlo en sí mismo ; porque, como el malen sí mismo es privación de bien, repugna al bien co-mún, que debe querer el legislador y defenderlo cuan-to mejor pueda. También en esto debe la ley humanaproponerse imitar a Dios, que al permitir que haya ma-les en el mundo, ni quiere que los males se hagan, niquiere que no se hagan, sino quiere permitir que loshaya, lo cual es bueno (25). Sentencia del Doctor Angéli-co, que brevísimamente encierra toda la doctrina de latolerancia de los males. Pero ha de confesarse, para juz-gar con acierto, que cuanto es mayor el mal que ha detolerarse en la sociedad, otro tanto dista del mejor estegénero de sociedad ; y además, como la tolerancia delos males es cosa tocante a la prudencia política, ha de

(24) S . Aug., “De lib. arb.” (I), 1.0. C. 6, n. 14.(25) S. Thom., 1, q. 19, art. 9, ad. 3.

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estrecharse absolutamente a los límites que pide lacausa de esta tolerancia, esto es, al público bienestar.De modo que si daña a éste y ocasiona mayores malesa la sociedad, es consiguiente que ya no es lícita, porfaltar en tales circunstancias la razón de bien. Pero sipor las circunstancias particulares de un Estado acae-ce no reclamar la Iglesia contra alguna de estas liber-tades modernas, no porque las prefiera en sí mismas,sino porque juzga conveniente que se permitan, mejo-rados los tiempos haría uso de su libertad, y persuadien-do, exhortando, suplicando, procuraría, cdmo debe cum-plir el encargo que Dios le ha encomendado, que es mi-rar por la salvación eterna de los hombres. Pero siem-pre es verdad que libertad semejante, concedida indis-tintamente a todós y para todo, nunca, como hemos re-petido varias veces, se ha de buscar por sí misma, porser repugnante a la razón que lo verdadero y lo falsotengan igual derecho.‘

La intolerancia del liberalismo.

43. Y en lo tocante a tolerancia, causa extrañezacuánto distan de la prudencia y equidad de la Iglesia losque profesan el liberalismo. Porque con esa licencia sinlímites, que a todos conceden acerca de las cosas quehemos enumerado, traspasan toda moderación y lleganhasta parecer que no dan más a la honestidad y la verdadque a la falsedad y la torpeza. En cambio, a la Iglesia,columna y firmamento de la verdad, maestra incorrup-ta de las costumbres, porque, en cumplimiento de sudeber, siempre ha rechazado y niega que sea lícito se-mejante género de tolerancia, tan licencioso y tan per-verso, la acriminan de falta de paciencia y mansedum-

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bre ; sin reparar, cuando lo hacen, que achacan a viciolo’que es digno de alabanza. Pero en medio de tantaostentación de tolerancia, son con frecuencia estrictosy duros contra todo lo que es católico, y los que dan conprofusión libertad a todos rehusan a cada paso dejar enlibert.ad a la Iglesia.

RECAPITULACION

Origen del liberalismo. Sus formas.

44. Y juntando en gracia de la caridad, brevementey por sus capítulos, todas nuestras doctrinas y sus con-secuencias, he aquí su resumen. Es imprescindible queel hombre todo se mantenga verdadera y perfectamentebajo el dominio de Dios ; por tanto, no puede concebir-se la libertad del hombre si no está sumisa y sujeta aDios y a su voluntad. Negar a Dios este dominio o noquerer sufrirlo no es propio del hombre libre, sino delque abusa de la libertad para rebelarse ; en esta dispo-sición del ánimo es donde propiamente se fragua y com-pleta el vicio capital del liberalismo. El cual tiene múl-tiples formas, porque la voluntad puede separarse dela obediencia debida a Dios, o a los que participan desu autoridad, no del mismo modo ni en un mismo grado.

45. Es claro que rechazar absolutamente el sumoseñorío de Dios y sacudir toda obediencia, lo mismoen lo público que en la familia y privadamente, asícomo es perversión suma de la libertad, así es tambienpésimo género de liberalismo; y de él ha de entender-se enteramente todo lo dicho.

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46. Próximo a éste es el de los que confiesan queconviene someterse a Dios, Criador y Señor del mundo,y por cuya voluntad se gobierna toda la naturaleza ;pero audazmente rechazan las leyes que exceden lanaturaleza, comunicadas por el mismo Dios, en puntosde dogmas y de moral, o a lo menos aseguran que nohay por qué tomarlas en cuenta, singularmente en lascosas públicas. Ya vimos antes cuánto yerran éstos ycuán poco concuerdan consigo mismo. De esta doctrinamana como origen y principio la perniciosa teoría de laseparación de la Iglesia y del Estado ; siendo, por elcontrario, cosa patente que ambas potestades, bien quediferentes en oficios y desiguales por su categoría, esnecesario que vayan acordes en sus actos y se prestenmutuos servicios.

47. A esta opinión, como a su género, se reducenotras dos. Porque muchos pretenden que la Iglesia sesepare del Estado toda ella y en todo ; de modo que enel derecho público, en las instituciones, en las costum-bres, en las leyes, en los cargos del Estado, en la edu-cación de la juventud, no se mire a la Iglesia más quesi no existiese ; concediendo a lo más a los ciudadanosla facultad de tener religión, si les place, privadamente.Contra esto tienen toda su fuerza los argumentos conque refutamos la separación de la Iglesia y del Estado,añadiendo ser cosa absurdísima que el ciudadano res-pete la Iglesia y el Estado la desprecie.

48. Otros no se oponen, ni podrían oponerse, a quela Iglesia exista, pero le niegan la naturaleza y los de-rechos propios de sociedad perfecta, pretendiendo nocompetirle el hacer leyes, juzgar, castigar, sino sóloexhortar, persuadir y aun regir a los que espontáneay voluntariamente se le sujetan. Así adulteran la natu-raleza de esta sociedad divina, debilitan y estrechan

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su autoridad, su magisterio, toda su eficacia, exageran-do al mismo tiempo la fuerza y potestad del Estado has-ta el punto de que la Iglesia de Dios quede sometida alimperio y jurisdicción del Estado, no menos que cual-quiera asociación voluntaria de los ciudadanos. Para re-futar esta opinión valen los argumentos usados porlos apologistas y no omitidos por Nos, singularmenteen la Encíclica Inmortale Dei, con los cuales se demues-tra ser, por institución divina, esencial a la Iglesia cuan-to pertenece a la naturaleza y derechos de una sociedadlegítima, suprema y por todas partes perfecta.

49. Por último, hay muchos que no aprueban laseparación entre las cosas sagradas y las civiles ; perojuzgan que la Iglesia debe condescender con los tiem-pos, doblándose y acomodándose a lo que la modernaprudencia desea en la administración de los pueblos.Este parecer es honesto, si se entiende de cierta equi-dad que puede unirse con la verdad y la justicia, esdecir, que la Iglesia, con la probada esperanza de algúngran bien, se muestre indulgente y conceda a los tiem-pos lo que, salva siempre la santidad de su oficio, pue-de concederles. Pero muy de otra manera sería si setrata de cosas y doctrinas introducidas contra justiciapor el cambio de las costumbres y los falsos juicios. Nin-gún tiempo hay que pueda estar sin religión, sin verdad,sin justicia, y como estas cosas supremas y santísimashan sido encomendadas por Dios a la tutela de la Igle-sia, nada hay tan extraño como el pretender de ellaque sufra con disimulación lo que es falso o injusto,o sea conveniente en lo que daña a la religión.

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CONCLUSIONES DE LA DOCTRINA CATOLICA

50. Síguese de lo dicho que no es lícito de ningunamanera pedir, defender, conceder la libertad de pensar,de escribir, de enseñar, ni tampoco la de cultos, comootros tantos derechos dados por la naturaleza al hom-bre. Pues si los hubiera dado, en efecto, habría derechopara no conocer el imperio de Dios, y niguna ley po-dría moderar la libertad del hombre. Síguese tambiénque, si hay justas causas, podrán tolerarse estas liberitades, pero con determinada moderación, para que nodegeneren en liviandad e insolencia. Donde estas liber-tades estén vigentes usen de ellas para el bien los ciu-dadanos, pero sientan de ellas lo mismo que la Iglesiasiente. Porque toda libertad puede reputarse legít,ima,con tal que aumente la facilidad de obrar el bien; fue-ra de esto, nunca.

51. Cuando tiranice o amenace un Gobierno, quetenga a la nación injustamente oprimida, o arrebate ala Iglesia la libertad debida, es justo procurar al Esta-do otro temperamento, con el cual se pueda obrar libre-mente ; porque entonces no se pretende aquella liber-tad inmoderada y viciosa, sino que se busca algún aii-vio para el bien común de todos ; y con esto únicamen-te se pretende que allí donde se concede licencia para10 malo, no se impida el derecho de hacer lo bueno.

52. Ni es tampoco, mirado en sí mismo, contrarioa ningún deber el preferir para la república un modode gobierno moderadamente popular, salva siempre ladoctrina católita acerca del origen y ejercicio de la au-toridad pública. Ningún género de gobierno repruebala Iglesia, con tal que sea apto para la utilidad de losciudadanos ; pero quiere, como también lo ordena la

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naturaleza, que cada uno de ellos esté constituído sininjuria de nadie, y singularmente dejando íntegros losderechos de las Iglesia.

53. Tomar parte en los negocios públicos, a no serdonde por la singular condición de los tiempos se pro;vea otra cosa, es honesto ; y aún más, la Iglesia -aprue-,ba que cada uno contribuya con su trabajo al común.provecho, y cuanto alcancen sus fuerzas defienda, con-serve y haga prosperar la cosa pública.

54. Ni condena tampoco la Iglesia el deseo de queuna nación no sirva a ningún extranjero ni a ningúnseñor, con tal que esto pueda hacerse quedando laY jus-.ticia incólume ; ni reprende, por último, a los que pro-curan que las ciudades vivan con leyes propias y losciudadanos gocen de más amplia facultad de aumen-tar sus provechos. Siempre fué la Iglesia fidelísima fau-tora de las libertades cívicas templadas ; y bien lo ates-tiguan en especial las ciudades de Italia, que lograronpor medio de los derechos del municipio, prosperidad,riqueza, nombre glorioso, durante el tiempo en que,sin impedirlo nadie, se dejaba sentir en todos los órde.nes de la sociedad la influencia saludable de la Iglesia.

Exhortación final.

55. Estas cosas, venerables hermanos, que en cum-plimiento de Nuestro oficio apostólico, hemos enseñado,llevando por guía a un tiempo la fe y la razón, confia-mos han de ser de fruto para no pocos, en especial jun-tándose a los Nuestros vuestros esfuerzos. Nos, por cier-to, en la humildad de Nuestro corazón, alzamos a Dioslos ojos suplicantes, y con todo fervor le pedimos quese digne conceder benignamente a los hombres la luz

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de su sabiduría y de su consejo para que, fortalecidoscon sus virtud, puedan en cosas de tanta monta discer-nir la verdad y consiguiente vivir según ella pide, enprivado, en público, en todos tiempos y con inmobleconstancia. Come presagio de estos celestiales dones,y testimonio de Nuestra benevolencia, a vosotros, ve-nerables hermanos, y al Clero y pueblo que cada unode vosotros preside, damos amantísimamente in Domi-no la Apostólica Bendición.

Dado en Roma, junto a San Pedro, el día 20 de juniodel año 1888, de nuestro pontificado el undécimo.-LeónPapa XIII.

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I N D I C E . - S U M A R I O

DIUTURXKM

La guerra contra la Iglesia ha socavado la sociedad civil.La religión puede devolver a la sociedad la armonía....

JAA DOCTRINA CATOLICA SOBRE LOS DEBERES YDERECHOS DE GOBERNANTES Y SUBDITOS ......

Necesidad de la autoridad ..............................Errores sobre su origen................................Designación del gobernante. Formas de gobierno .. . . . .

EL PODER VIENE DE DIOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Lo ensenan las antiguas escrituras.. ...................El Evangelio. Los Apóstoles ...........................Jios Santos Padres . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Y la razón . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Doctrina no católica. Absurdos del pretendido pacto so-

cial ...................................................

DIGNIDAD DE LA DOCTRINA CATOLICA’... . . . , . . . . .Enseñanza de San Pablo.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Obedecer a Dios antes que a los hombres no e6 desobe-

diencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .,.

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