legislacion 1290

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DECRETO 1290 DE 2009: EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA

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Page 1: Legislacion 1290

DECRETO 1290 DE 2009:

EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE Y

PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES

DE EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA

Page 2: Legislacion 1290

Política de Educación

Nacional:

La Revolución

Educativa

Page 3: Legislacion 1290

Objetivo Fundamental:

Lograr una educación de calidad en el país

Todos los estudiantes, independientemente de su

procedencia, situación social, económica y cultural,

cuenten con oportunidades para adquirir

conocimientos, desarrollar las competencias y valores

necesarios para vivir, convivir, ser productivos y seguir

aprendiendo a lo largo de la vida

Page 4: Legislacion 1290

REFERENTES:

MEJORAMIENTO:•Gestión escolar

•Desarrollo profesional de directivos y docentes

• Fomento al desarrollo de competencias

• Atención a vulnerabilidad

EVALUACIÓN:• Estudiantes

• Docentes

• Establecimientos

POLÍTICA DE PERTINENCIA : PROYECTOS ESTRATÉGICOS

• Uso y apropiación de medios y nuevas tecnologías

• Bilingüismo – inglés como idioma extranjero

• Competencias laborales

• Estándares Básicos de

Competencias

• Orientaciones

• Lineamientos

• Perfiles del personal

• Modelos Educativos

Flexibles

• Criterios de Evaluación

• Guías metodológicas.

Ciclo de calidad

Page 5: Legislacion 1290

Evaluación externa

Nacional

InternacionalPISA, TIMSS, LLECE, PIRLS, CÍVICA

Examen de EstadoPruebas SABER

Evaluación Interna

Institucional Sistema de evaluación institucional

Evaluación del aprendizaje

Evaluación de Estudiantes en Educación Básica Y Media

Page 6: Legislacion 1290

Las pruebas de evaluación externa, SABER, Examen de Estado, e Internacionales, se constituyen en referente orientador para los procesos pedagógicos y de mejoramiento.

El análisis y la interpretación de los

resultados, orienta a la comunidad educativa para explicar y comprender las

distintas razones de las situaciones relacionadas

con debilidades y fortalezas, mostradas por

los estudiantes evaluados.

Resultados de las evaluaciones

Page 7: Legislacion 1290

1

24

40

35

2

27

38

33

14

56

29

1 4

52

36

84

19

48

29

3

21

46

30

8

40

23

29

24

43

20

13

0

10

20

30

40

50

60

A B C D A C D E

Grado 5° Grado 9°

C. Naturales C. Sociales Lenguaje Matemática

Ejemplo: Resultados SABER niveles de

competencias 2005-2006

Page 8: Legislacion 1290

6 8 10 12

D ESVIAC IÓ N ESTÁ N D AR

40

45

50

55

60

65

PU

NT

AJ

E P

RO

ME

DIO

Am azonas

Boyacá

Risaralda

Bogotá

Putum ayo

Tolim a

Nacional

Bolívar

G uainía

Antioquia

Chocó

Caldas

Sucre

Vaupés

G uaviare

Q uindío

C/m arca

Santander

V ichadaM eta

Huila

G uajira

San Andrés

Atlántico

M /dalena

Cesar

Córdoba

C/gena

N. SantanderCauca

Caquetá57.73

10.23

Ejemplo: Resultados SABER en matemáticas 5 grado 2005

Puntaje promedio/Desviación estándar

Page 9: Legislacion 1290

El plan de apoyo al mejoramiento es una herramienta

de gestión que le permite a las Secretarias de

Educación sistematizar, hacer seguimiento y evaluar

las acciones explicitas de mejoramiento de la calidad

educativa que se desarrollaran en el plan de acción.

::: Plan de Apoyo al Mejoramiento - PAM

Page 10: Legislacion 1290

1. Autoevaluación

Institucional

2. Elaboración del plan

de mejoramiento

1. Revisión de la Identidad Institucional

2. Evaluación de las áreas de gestión

3. Elaboración del Perfil4. Identificación de las

fortalezas y oportunidades de mejoramiento

Proyecto Educativo

Institucional

1. Objetivos2. Metas

3. Indicadores de resultados4. Actividades y responsables

5. Cronograma y recursos

3. Seguimiento al

Plan

1. Revisión de Metas y resultados

2. Revisión de la ejecución de recursos

3. Evaluación del Plan4. Se incluye el PMI en el

POA y en presupuesto anual de caja.

Plan de mejoramiento institucional: Ruta del mejoramiento

Page 11: Legislacion 1290

GESTION

DIRECTIVA

GESTION

ACADEMICA

GESTION

ADMINISTRATIVA

GESTION DE

COMUNIDAD

El liderazgo y el mantenimiento de la

misión y la visión

El Aprendizaje de los estudiantes

El uso óptimo y eficiente de los

recursos

Las relaciones de convivencia internas

y con el entorno.

Gestiones Integradas

Page 12: Legislacion 1290

7.036 comentarios y solicitudes de revisión

del Decreto 230 de 2002

Page 13: Legislacion 1290

Estrategias de movilización

Participantes 3.937 Aportes 13.783Deptos 32

Consulta en líneaForos virtuales

Participantes 370Mesas activas 268 Instituciones 915Deptos 21Municipios 67

Mesas de trabajo

Foro Educativo Nacional

Foros regionales 79Participantes 31.600

Foro Nacional -Octubre-Participantes 1.800

Mesas de discusión 63

Talleres postforo 28

Participantes 1.120

Talleres

NacionalesTalleres 16

Participantes 8.684Docentes, estudiantes y padres de

familia

Plan Decenal

Page 14: Legislacion 1290

Conclusiones:

• Problemas pedagógicos: la principal dificultad de la

evaluación está en las prácticas de aula y no en las normas.

• Problemas de pertinencia: se relacionan con currículo, falta

de claridad en lo que se debe enseñar, los métodos

apropiados a cada grupo de edad y la forma de evaluar los

aprendizajes.

• Problemas de participación: la evaluación no tiene en cuenta

las iniciativas e intereses de los estudiantes y de las

familias. Uso del lenguaje y conceptos básicos diferentes;

incomprensión informes.

Talleres de discusión nacional y Foros regionales

Page 15: Legislacion 1290

Tendencias de opinión sobre el Decreto 230 de 2002

Ventajas.

• La promoción o el paso de un grado a otro dejó de ser el fin de la educación.

• Promovió la reflexión sobre las prácticas pedagógicas y una evaluación más cualitativa e integral que considera procesos.

Limitaciones:

• Manejo de la promoción y repitencia - Se califica lo establecido por el decreto como un “desacierto”

• Palabras más comunes: ley del menor esfuerzo, mediocridad, facilismo, pereza, pasividad, alcahuetería, irresponsabilidad y falta de seriedad.

Foro Educativo Nacional

Page 16: Legislacion 1290

Propuestas:

• Fortalecer las responsabilidad local e institucional para el diseño de estrategias de calidad, evaluación y promoción.

• Establecer estrategias de evaluación diferenciadas, acordes con los grupos de edad.

• Establecer pautas curriculares que permitan disminuir la multiplicidad y dispersión de asignaturas.

• Tener en cuenta factores adicionales al rendimiento académico para calificar la calidad de las instituciones.

Foro Educativo Nacional

Page 17: Legislacion 1290

Decreto 1290 de 2009Evaluación de aprendizajes y promoción escolar

Consulta nacional para la elaboración de la norma:

Proyecto de decreto versión 29-12-08 215

Proyecto de decreto versión 08-01-09 985

Proyecto de decreto versión 23-01-09 580

TOTAL participantes ………………………….. 1780

Page 18: Legislacion 1290

Participación

Padres de Familia 528

Estudiantes 38

Funcionarios SE 151

Personal EE 1063

TOTAL 1780

30%

2%8%

60%

1 2 3 4

Page 19: Legislacion 1290

Visión del público versión 23-01-09

1. Positiva 74%

2. No positiva 18%

3. No relacionados 8%

74%

18%

8%

1 2 3

Page 20: Legislacion 1290

Percepción positiva sobre el decreto

1. Acaba con la mediocridad 33.07%

2. Presenta un mejor concepto de evaluación 16.54%

3. Fortalece autonomía institucional 16.02%

4. Fortalece la evaluación como proceso 12.66%

5. Define roles de todos los actores 8.27%

6. Presenta una mejor escala de valoración 6.46%

7. Recoge las conclusiones del Foro 3.88%

8. Aclara conceptos 2.33%

9. Supera el concepto de asignatura 0.78%

Page 21: Legislacion 1290

DECRETO 230 DE 2002 DECRETO 1290 DE 2009- El ámbito de la evaluación se

refiere al cubrimiento de los

establecimientos educativos del

Estado, los privados, los de carácter

comunitario, solidario, cooperativo

o sin ánimo de lucro, exceptuando

a los modelos flexibles, tales como

escuela nueva, aceleración del

aprendizaje, y la atención a las

poblaciones especiales definidas en

la LEY.

- El ámbito de la evaluación se refiere al

cubrimiento de tres tipos de evaluación:

(1) evaluación internacional, relacionada

con la participación en pruebas

internacionales; (2) evaluación

nacional, relacionada con las pruebas

censales periódicas, tales como las

SABER y el Examen de Estado; y (3)

evaluación institucional, relacionada con

el sistema interno de evaluación de los

estudiantes en los establecimientos

educativos.

DIFERENCIAS ENTRE LOS DECRETOS 230

DE 2002 Y 1290 DE 2009

Page 22: Legislacion 1290

DECRETO 230 DE 2002 DECRETO 1290 DE 2009

-Divide el año escolar en cuatro

periodos como referentes para

la evaluación del aprendizaje y

la entrega de informes a los

padres de familia

-Los centros educativos son

autónomos para definir y estructurar

su propio sistema de evaluación, y

dentro de él, la entrega periódica de

informes de evaluación, entre otros.

-Fija los contenidos mínimos del

plan de estudios, tales como la

intención e identificación de los

contenidos, la distribución del

tiempo, los logros,

competencias y conocimientos

que los educandos deben

alcanzar, entre otros.

-Los establecimientos educativos

gozan de autonomía para definir y

elaborar el plan de estudios del

currículo de conformidad con lo

dispuesto en la Ley 115 de 1994 y

su decreto reglamentario 1860 del

mismo año.

…DIFERENCIAS - DECRETOS 230 DE 2002 Y 1292 DE 2009

Page 23: Legislacion 1290

DECRETO 230 DE 2002 DECRETO 1290 DE 2009

-La evaluación se hace con

referencia a la escala única de

valoración: excelente,

sobresaliente, aceptable,

insuficiente, deficiente. El

establecimiento educativo

define el significado para cada

categoría de la escala.

-El establecimiento educativo

tiene autonomía para establecer

su propia escala de valoración

para la evaluación, con sus

equivalencias con respecto a la

escala nacional: desempeño

superior, alto, básico y bajo.

…DIFERENCIAS - DECRETOS 230 DE 2002 Y 1292 DE 2009

Page 24: Legislacion 1290

DECRETO 230 DE 2002 DECRETO 1290 DE 2009

-Crea una comisión de evaluación

y promoción para cada grado, la

cual define la promoción de los

alumnos y recomienda actividades

de refuerzo y superación para

estudiantes que presenten

dificultades. También recomienda

la promoción anticipada de grado

para los estudiantes con

desempeños excepcionalmente

altos.

- Determina responsabilidades

específicas dentro de los

procesos del sistema de

evaluación institucional, para el

Ministerio de Educación, la

Secretaría de Educación de las ET

certificadas, y los

establecimientos educativos.

Establece derechos y deberes

tanto para los estudiantes como

para los padres de familia.

…DIFERENCIAS - DECRETOS 230 DE 2002 Y 1292 DE 2009

Page 25: Legislacion 1290

DECRETO 230 DE 2002 DECRETO 1290 DE 2009

- Fija criterios para la promoción de grado: (1) Promoción mínima de grado para el 95% de los estudiantes que terminen el año escolar; (2) repetición de grado para los estudiantes que reprueben tres o más áreas, pudiendo ser más, de acuerdo con el criterio del 95%.

- Cada establecimiento educativo fija los criterios para la promoción de grado de acuerdo con su sistema institucional de evaluación. Promoción anticipada la recomienda el Consejo Académico al Consejo Directivo, y solamente procede dentro del primer periodo del año escolar.

…DIFERENCIAS - DECRETOS 230 DE 2002 Y 1292 DE 2009

Page 26: Legislacion 1290

DECRETO 230 DE 2002 DECRETO 1290 DE 2009

-Estudiantes promovidos de grado con una o más áreas reprobadas, presentan evaluación de recuperación de las mismas, a más tardar una semana antes de iniciar el siguiente año lectivo. La calificación de esta evaluación es consignada en el registro de valoración, y no puede ser modificada a futuro independientemente de que sea aprobatoria o no.

- Los procedimientos para nivelar a los estudiantes con áreas reprobadas, o con atrasos en los logros planeados, son definidos por el establecimiento educativo y hacen parte del sistema de evaluación institucional.

…DIFERENCIAS - DECRETOS 230 DE 2002 Y 1292 DE 2009

Page 27: Legislacion 1290

Artículo 1. Evaluación de los estudiantes

Artículo 2. Objeto del decreto 1290 de 2009.

Artículo 3. Propósitos de la evaluación institucional de los estudiantes

Artículo 4. Definición del sistema institucional de evaluación de los estudiantes

Artículo 5. Escala de valoración nacional

Artículo 6. Promoción escolar.

Artículo 7. Promoción anticipada de grado.

Artículo 8. Creación del sistema institucional de evaluación de los estudiantes.

Artículo 9. Responsabilidades del Ministerio de Educación Nacional.

Artículo 10. Responsabilidades de las secretarías de educación de las entidades territoriales certificadas.

ESTRUCTURA DEL DECRETO 1290-09

Page 28: Legislacion 1290

Artículo 11. Responsabilidades del establecimiento educativo.

Artículo 12. Derechos del estudiante.

Artículo 13. Deberes del estudiante.

Artículo 14. Derechos de los padres de familia.

Artículo 15. Deberes de los padres de familia.

Artículo 16. Registro escolar

Artículo 17. Constancias de desempeño

Artículo 18. Graduación

Artículo 19. Vigencia

…ESTRUCTURA DEL DECRETO 1290-09

Page 29: Legislacion 1290

ARTÍCULO 1. EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

Internacional: participación en pruebas que den cuenta de la calidad de la educación frente a estándares internacionales.

Nacional: pruebas censales para monitorear la calidad de los establecimientos educativos con fundamento en los estándares básicos.

SABER para educación básica (grados 5 y 9 )Examen de Estado para educación superior (grado 11)

Institucional: realizada en los establecimientos de educación básica y media. Es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes.

Page 30: Legislacion 1290

Reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media que deben realizar los establecimientos educativos.

ARTÍCULO 2. OBJETO DEL DECRETO 1290-09

Page 31: Legislacion 1290

,

ARTÍCULO 3. PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN

DE LOS ESTUDIANTES

1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de

desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar

sus avances.

2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los

procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del

estudiante.

3. Suministrar información que permita implementar estrategias

pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten

debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.

4. Determinar la promoción de estudiantes.

5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de

mejoramiento institucional.

Page 32: Legislacion 1290

ARTÍCULO 4. DEFINICIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES…

1. Los criterios de evaluación y promoción.

2. La escala de valoración institucional y su respectiva

equivalencia con la escala nacional.

3. Las estrategias de valoración integral de los desempeños de

los estudiantes.

4. Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los

desempeños de los estudiantes durante el año escolar.

5. Los procesos de autoevaluación de los estudiantes.

6. Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones

pedagógicas pendientes de los estudiantes.

Page 33: Legislacion 1290

…DEFINICIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

7. Las acciones para garantizar que los directivos docentes y

docentes cumplan con los procesos evaluativos estipulados en

el sistema institucional de evaluación.

8. La periodicidad de entrega de informes a los padres de familia.

9. La estructura de los informes de los estudiantes, para que

sean claros, comprensibles y den información integral del

avance en la formación.

10. Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y

resolución de reclamaciones sobre la evaluación y promoción.

11. Los mecanismos de participación de la comunidad educativa

en la construcción del sistema institucional de evaluación de

los estudiantes.

Page 34: Legislacion 1290

ARTÍCULO 5. ESCALA DE VALORACIÓN NACIONAL

Para facilitar la movilidad de los estudiantes, el establecimiento

educativo deberá expresar la equivalencia de su escala con la

escala de valoración nacional:

· Desempeño Superior

· Desempeño Alto

· Desempeño Básico

· Desempeño Bajo

Desempeño básico: superación de desempeños en relación con las

áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente a

estándares básicos, orientaciones y lineamientos expedidos por el

MEN y el PEI.

Desempeño bajo: no superación de los anteriores.

Page 35: Legislacion 1290

ARTÍCULO 6. PROMOCIÓN ESCOLAR

Cada establecimiento educativo determinará los

criterios de promoción escolar de acuerdo con el

sistema institucional de evaluación. Así mismo, el

establecimiento educativo definirá el porcentaje de

asistencia que incida en la promoción del estudiante.

Cuando un establecimiento educativo determine que un

estudiante no puede ser promovido al grado siguiente,

debe garantizarle en todos los casos, el cupo para que

continúe con su proceso formativo.

Page 36: Legislacion 1290

ARTÍCULO 7. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO

Durante el primer período del año escolar el consejo académico,

previo consentimiento de los padres de familia, recomendará

ante el consejo directivo la promoción anticipada al grado

siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento

superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco

de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión

será consignada en el acta del consejo directivo y, si es positiva

en el registro escolar.

Los establecimientos educativos deberán adoptar criterios y

procesos para facilitar la promoción al grado siguiente de

aquellos estudiantes que no la obtuvieron en el año lectivo

anterior.

Page 37: Legislacion 1290

ARTÍCULO 8. CREACIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN

Los establecimientos educativos deben seguir los pasos siguientes:

1. Definir el sistema institucional de evaluación de los estudiantes.

2. Socializar el sistema institucional de evaluación con la comunidad educativa.

3. Aprobar el sistema institucional de evaluación en sesión en el consejo directivo y consignación en el acta.

4. Incorporar el sistema institucional de evaluación en el proyecto educativo institucional, articulándolo a las necesidades de los estudiantes, el plan de estudios y el currículo.

Page 38: Legislacion 1290

5. Divulgar el sistema institucional de evaluación de los estudiantes a la comunidad educativa.

6. Divulgar los procedimientos y mecanismos de reclamaciones del sistema institucional de evaluación.

7. Informar sobre el sistema de evaluación a los nuevos estudiantes, padres de familia y docentes que ingresen durante cada período escolar.

Cuando el establecimiento educativo considere necesaria la modificación del sistema institucional de evaluación de los estudiantes deberá seguir el procedimiento antes enunciado.

…CREACIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN

Page 39: Legislacion 1290

ARTÍCULO 9. RESPONSABILIDADES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

1. Publicar información clara y oportuna sobre los resultados

de las pruebas externas tanto internacionales como

nacionales, de manera que sean un insumo para la

construcción de los sistemas institucionales de evaluación

de los estudiantes y el mejoramiento de la calidad de la

educación.

2. Expedir y actualizar orientaciones para la implementación

del sistema institucional de evaluación.

3. Orientar y acompañar a las secretarías de educación del

país en la implementación del presente decreto.

4. Evaluar la efectividad de los diferentes sistemas

institucionales de evaluación de los estudiantes.

Page 40: Legislacion 1290

ARTÍCULO 10. RESPONSABILIDADES DE LAS SECRETARÍAS DE EDUCACIÓN – ET. CERTIFICADAS

1. Analizar los resultados de las pruebas externas de los

establecimientos educativos de su jurisdicción y contrastarlos con

los resultados de las evaluaciones de los sistemas institucionales

de evaluación.

2. Orientar, acompañar y realizar seguimiento a los establecimientos

educativos de su jurisdicción en la definición e implementación del

sistema institucional de evaluación de estudiantes.

3. Trabajar en equipo con los directivos docentes de los

establecimientos educativos de su jurisdicción para facilitar la

divulgación e implementación de las disposiciones de este decreto.

4. Resolver las reclamaciones que se presenten con respecto a la

movilidad de estudiantes entre establecimientos educativos de su

jurisdicción.

Page 41: Legislacion 1290

ARTÍCULO 11. RESPONSABILIDADES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO

1. Definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación de estudiantes, después de su aprobación por el consejo académico.

2. Incorporar en el proyecto educativo institucional los criterios, procesos y procedimientos de evaluación; estrategias para la superación de debilidades y promoción de los estudiantes, definidos por el consejo directivo.

3. Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para analizar, diseñar e implementar

4. estrategias permanentes de evaluación y de apoyo para la superación de debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a estudiantes, padres de familia y docentes.

Page 42: Legislacion 1290

5. Promover y mantener la interlocución con los padres de familia y el estudiante, con el fin de presentar los informes periódicos de evaluación, el plan de actividades de apoyo para la superación de las debilidades, y acordar los compromisos por parte de todos los involucrados.

6. Crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes si lo considera pertinente.

…RESPONSABILIDADES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO

Page 43: Legislacion 1290

1. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos

académicos, personales y sociales.

2. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes:

criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y

promoción desde el inicio de año escolar.

3. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir

oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes

presentadas respecto a estas.

4. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para

superar sus debilidades en el aprendizaje.

ARTÍCULO 12. DERECHOS DEL ESTUDIANTE

Page 44: Legislacion 1290

ARTÍCULO 13. DEBERES DEL ESTUDIANTE

1. Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por el establecimiento educativo.

2. Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades.

Page 45: Legislacion 1290

ARTÍCULO 14. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

1. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.

2. Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.

3. Recibir los informes periódicos de evaluación.

4. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos.

Page 46: Legislacion 1290

ARTÍCULO 15. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

1. Participar, a través de las instancias del gobierno

escolar, en la definición de criterios y procedimientos

de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y

promoción escolar

2. Realizar seguimiento permanente al proceso

evaluativo de sus hijos

3. Analizar los informes periódicos de evaluación

Page 47: Legislacion 1290

ARTÍCULO 16. REGISTRO ESCOLAR

Los establecimientos educativos deben llevar un registro actualizado de los estudiantes que contenga, además de los datos de identificación personal, el informe de valoración por grados y el estado de la evaluación, que incluya las novedades académicas que surjan.

Page 48: Legislacion 1290

El establecimiento educativo, a solicitud del padre de familia, debe emitir constancias de desempeño de cada grado cursado, en las que se consignarán los resultados de los informes periódicos.

Cuando la constancia de desempeño reporte que el estudiante ha sido promovido al siguiente grado y se traslade de un establecimiento educativo a otro, será matriculado en el grado al que fue promovido según el reporte.

Si el establecimiento educativo receptor, a través de una evaluación diagnóstica, considera que el estudiante necesita procesos de apoyo para estar acorde con las exigencias académicas del nuevo curso, debe implementarlos.

ARTÍCULO 17. CONSTANCIAS DE DESEMPEÑO

Page 49: Legislacion 1290

ARTÍCULO 18. GRADUACIÓN

Los estudiantes que culminen la educación media obtendrán el título de Bachiller Académico o Técnico, cuando hayan cumplido con todos los requisitos de promoción adoptados por el establecimiento educativo en su proyecto educativo institucional, de acuerdo con la ley y las normas reglamentarias.

Page 50: Legislacion 1290

Los establecimientos educativos concluirán las actividades correspondientes al año escolar en curso con sujeción a las disposiciones de los decretos 230 y 3055 de 2002.

Para establecimientos educativos de calendario A el presente decreto rige a partir del primero de enero de 2010 y para los de calendario B a partir del inicio del año escolar 2009-2010.

Deroga los decretos 230 y 3055 de 2002 y las demás disposiciones que le sean contrarias a partir de estas fechas.

ARTÍCULO 19. VIGENCIA.

Page 51: Legislacion 1290

GRACIAS…

Héctor Gabriel Fernández GómezTeléfonos: 2222800. Ext. 2132; Celular: 3112229695

E-Mail: [email protected]

[email protected]