jurisdiccion internacional - castro castro vs peru

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INTRODUCCIÓN El 25 de Noviembre de 2006 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la Corte) dictó la sentencia número 81 en la causa "Penal Miguel Castro - Castro vs. Perú." En este caso, la Corte regional condenó al Estado del Perú por la violación de los derechos consagrados en los artículos 4.1 (derecho a la vida); 5 (integridad personal); 8.1 y 25 (garantías judiciales y protección judicial) – todos en relación con el artículo 1.1- de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante la Convención). También se condenó al Perú por el incumplimiento de los artículos 1, 6 y 8 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura (Adla, XLVIII-D, 4256). Pero lo más trascendente de este fallo es que por primera vez el Tribunal regional considera la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Adla, LVI-B, 1722) (en adelante Convención de Belém do Pará) a los fines de evaluar la responsabilidad del Estado en el marco del respeto y garantía de los derechos consagrados en los artículos 8 y 25 de la Convención, declarándose incumplido en el caso el artículo 7 inc. b de la Convención de Belém do Pará, que establece expresamente la obligación de los Estados Parte de "actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer".

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Resumen del caso castro castro vs perú

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INTRODUCCIN

El 25 de Noviembre de 2006 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la Corte) dict la sentencia nmero 81 en la causa "Penal Miguel Castro - Castro vs. Per."

En este caso, la Corte regional conden al Estado del Per por la violacin de los derechos consagrados en los artculos 4.1 (derecho a la vida); 5 (integridad personal); 8.1 y 25 (garantas judiciales y proteccin judicial) todos en relacin con el artculo 1.1- de la Convencin Americana sobre Derechos Humanos (en adelante la Convencin). Tambin se conden al Per por el incumplimiento de los artculos 1, 6 y 8 de la Convencin Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura (Adla, XLVIII-D, 4256). Pero lo ms trascendente de este fallo es que por primera vez el Tribunal regional considera la Convencin Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Adla, LVI-B, 1722) (en adelante Convencin de Belm do Par) a los fines de evaluar la responsabilidad del Estado en el marco del respeto y garanta de los derechos consagrados en los artculos 8 y 25 de la Convencin, declarndose incumplido en el caso el artculo 7 inc. b de la Convencin de Belm do Par, que establece expresamente la obligacin de los Estados Parte de "actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer".