instituto nicaragأ¼ense de deportes reglamento liga ...ind.gob.ni/archivos/ آ instituto...
Post on 16-Apr-2020
0 views
Embed Size (px)
TRANSCRIPT
Instituto Nicaragüense de Deportes Reglamento Liga Interinstitucional 2008
2
I. OBJETIVOS 1. Promover la participación activa de los Trabajadores
de ambos géneros, de las distintas Instituciones, Empresas tanto Privadas como Estatales de los departamentos del país.
2. Contribuir al desarrollo de habilidades y destrezas de
los trabajadores (as), por medio del deporte y la sana recreación.
3. Promover hábitos hacia una utilización racional del
tiempo libre con vista a que sea dirigido hacia el deporte recreativo dentro de sus empresas.
Instituto Nicaragüense de Deportes Reglamento Liga Interinstitucional 2008
3
CAPITULO I ORGANIZACION Art. 1: La planificación, organización, desarrollo y evaluación de la Liga Inter-Institucional de empresas, es responsabilidad del IND. Art. 2: El órgano responsable de la liga Inter-Institucional será el comité organizador del Instituto Nicaragüense de Deporte. Art. 3: La Coordinación General para el cumplimiento y ejecución de este programa de actividades deportivas, será responsabilidad de la Dirección de Deporte a través del Responsable Departamento Comunitario y Recreación 3.1 Existirán comités técnicos por deportes convocados, donde la coordinación será por los delegados del IND con la participación de las Empresas participantes. 3.2 Los comités técnicos por deporte estarán conformados de la siguiente manera:
a. Coordinador: IND. b. Miembro : Un árbitro de la liga. c. Miembro : Un representante de las Empresas Participantes.
3.3 Existirán Comité de Penas y Sanciones por Deporte coordinados el IND, con la participación de la Alcaldía, Entrenadores Deportivos; estará conformado así:
Coordinador de la Liga: IND Miembro : Arbitro Miembro : Un representante de las Empresas
Participantes.
CAPITULO II.
Art. 4 FINANCIAMIENTO
Los Participantes costearan sus gastos , la premiación saldrá del pago de inscripción.
Instituto Nicaragüense de Deportes Reglamento Liga Interinstitucional 2008
4
CAPITULO III. Art. 5: REQUISITOS DE PARTICIPACION EN LA LIGA INTERINSITUTCIONAL A. Ser trabajador activo de la empresa que lo inscriba Art. 6: INSCRIPCIONES 6.1 Presentar su inscripción individual o colectiva en formatos oficiales proporcionados
por el comité organizador debidamente firmados por los participantes, entrenadores y representantes.
6.2 Presentar una foto reciente tamaño carnet, pudiendo ser colectiva. 6.3 Presentar colilla del Comprobante de Derecho del INSS (Original y Fotocopias) 6.4 Las inscripciones de los participantes serán entregadas por lo menos siete días antes
de la inauguración al coordinador técnico de cada deporte. Art. 7: Bajas y Altas 7.1 Los equipos participantes tendrán derecho a cambiar a sus jugadores:
A más tardar finalizando la primera vuelta, después de esta fecha, solo se podrán hacer cambios extraordinarios por las siguientes razones: A. Enfermedad o lesión comprobada por constancia médica extendida por el ministerio de
salud. B. Fallecimiento del Jugador 7.2 A solicitud escrita de los representantes podrán hacer cambios, de su
entrenadores, presentándolas al coordinador Técnico del Deporte
A solicitud de su representante o del 100% de los miembros del equipo. En ambos casos por escrito al coordinador técnico del deporte.
Art. 8: FUNCIONES DE LOS ORGANOS COMITÉ ORGANIZADOR: A. Planifica, organiza, desarrolla y evalúa la liga de Inter-Institucional.
Instituto Nicaragüense de Deportes Reglamento Liga Interinstitucional 2008
5
B. Provee y acredita los recursos económicos, técnicos y humanos. C. Aprueba e interpreta el reglamento general de estos juegos. D. Se pronuncia en última instancia en todo caso no previsto en este documento. E. Nombrar entre sus miembros a los Integrantes del Comité de Apelación (mínimo 03
personas). Art. 9: COMITÉS TECNICOS POR DEPORTES FUNCIONES: 9.1 Garantiza el desarrollo técnico y organizativo de la competencia de su deporte. 9.2 Ejercer la representación del comité organizador en el aspecto técnico. 9.3 Ejecuta los acuerdos y disposiciones del comité organizador general. 9.4 Coordina con los diferentes órganos en el campo técnico y administrativo los asuntos
que corresponden. 9.5 Mantener informado semanalmente al comité organizador general del avance y
desarrollo del deporte que atiende. 9.6 Velar por las inscripciones, bajas y protesta de su deporte. 9.7 Coordinar todo lo relacionado al arbitraje, anotación y estadísticas en su deporte. 9.8 Brindar toda información requerida por el comité organizador general dentro de las 24
horas hábiles de trabajo, posterior a la hora solicitada. 9.9 Asistir a las reuniones convocadas por el comité organizador. 9.10 Sancionar conforme el reglamento general, bases de competencia y reglamento
disciplinario por deporte. Art. 10: FUNCIONES DEL COORDINADOR GENERAL DE LA LIGA INTER-INSTITU CIONAL. 10.1 Participar en las reuniones del comité organizador general. 10.2 Elevar las inquietudes técnicas y administrativas planteados por los coordinadores de
los Comités Técnicos por deportes. 10.3 Coordina todas las reuniones con los coordinadores de los comités técnicos por
deportes. 10.4 Elaborar Reglamento y Presupuesto de visitas a la liga Inter-Institucional y
presentarlo al comité organizador general para su revisión y/o aprobación. 10.5 Recibir y aprobar calendarios de juegos, resultados y posiciones de los participantes,
enviándolos posteriormente a las instancias correspondientes.
Instituto Nicaragüense de Deportes Reglamento Liga Interinstitucional 2008
6
10.6 Respetar y hacer respetar el reglamento para el desarrollo de la liga Inter- Institucional.
10.7 Cumplir y hacer cumplir las disposiciones, emanadas del comité organizador general. 10.8 Cumplir otras funciones que le confiere el comité organizador. Art. 11: FUNCIONES DE LOS COORDINADORES DE LOS COMITES TECNICOS POR DEPORTES 11.1 Cumplir y hacer cumplir lo establecido en el presente reglamento y las disposiciones
del comité organizador general. 11.2 Elaboración de convocatoria y bases de competencia. 11.3 Dirigir el congresillo técnico. 11.4 Elaborar el calendario de juegos y supervisar su cumplimiento. 11.5 Garantizar el arbitraje y sus estadísticas. 11.6 Informar semanalmente al coordinador general y a los involucrados del avance del
evento (Resultados de juegos, posiciones de los equipos y calendarios de juegos). 11.7 Resolver cualquier situación técnica que se presente en el inicio, desarrollo o
finalización del evento. 11.8 Rendir informe final. 11.9 Designar sedes para la realización de los encuentros de su deporte en competencia. 11.10 Cumplir otras funciones de acuerdo a su cargo que le encomiende el coordinador
general de la liga.
CAPITULO IV.
DE LA INAUGURACION Art. 16: La inauguración se desarrollara con un acto protocolario, donde se izará el Pabellón Nacional entonándose el Himno Nacional de Nicaragua. El acto inaugural estará presidido por la máxima autoridad de Deportes y autoridades Locales, e invitados especiales. Con un tiempo no mayor de 30 minutos. Es obligatoria la presencia de los Atletas y Equipos participantes.
Instituto Nicaragüense de Deportes Reglamento Liga Interinstitucional 2008
7
CAPITULO V DE LA ORGANIZACIÓN DE LA COMPETENCIA Art. 17: Antes de iniciar la competencia, los coordinadores por deportes, realizaran reuniones técnicas con los representantes de equipos participantes. Art. 18: Los puntos de agenda estarán conformados por los siguientes temas: a. Acreditaciones de representantes y entrenadores por equipos. b. Dar a conocer las bases de competencia. c. Dar a conocer el sistema de competencia que se utilizara tanto en los deportes de
conjuntos como individuales, de conformidad en lo establecido en el presente reglamento y bases de competencia para cada deporte.
d. Dar a conocer el calendario de juego (Hora, fecha y lugar de competencia). e. Se nombrara a los dos miembros restantes del comité técnico que dirigirá la liga por
cada deporte. f. Revisión del reglamento general de competencia y las bases especificas del deporte. g. Se conformara el comité de penas y sanciones, el que deberá estar integrado por:
coordinador de este deporte.un árbitro, un representante de los Equipos . h. El equipo y los atletas que se inscriban para participar en la liga Inter-Institucional y
que no sea representado por alguna persona debidamente acreditada en el congresillo técnico, tendrá que dar por aceptadas las disposiciones dadas en dicha reunión.
CAPITULO VI
DE LAS COMPETENCIAS Art. 19: Las competencias se realizaran preferiblemente en las instalaciones de las comunidad, pudiendo inscribir cualquier empresa su respectivas Instalación debidamente aprobada por el comité Organizador de cada deporte. Art. 20: Los equipos que deseen
Recommended