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UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA “PROBLEMAS DE UN NUEVO PARADIGMA SOBRE LA SEGURIDAD SOCIAL: EL CICLO DE REFORMAS PENSIONARIAS EN MÉXICO DE 1992 A 2008”. MAURICIO ELEAZAR GUZMAN BRACHO México, D.F. 2010

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Page 1: Guzman Bracho

UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA

“PROBLEMAS DE UN NUEVO PARADIGMA SOBRE LA SEGURIDAD SOCIAL:

EL CICLO DE REFORMAS PENSIONARIAS EN MÉXICO DE 1992 A 2008”.

MAURICIO ELEAZAR GUZMAN BRACHO

México, D.F. 2010

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I. La seguridad social: política de bienestar colectivo.

Ante el desánimo o el pesimismo del “no hay otra salida”, hay que anteponer las ideas, los sueños y, fundamentalmente, la voluntad de aquello que muestra que la política es el arte de hacer posible lo que a primera vista parece imposible. Fernando Filgueira, 2006: 55.

1.1 La política social: acción colectiva para el bienestar social colectivo.

1.1.1 La sociedad: campo de la acción colectiva.

La sociedad es una organización colectiva de identidades míticas y pluralidad de

intereses: es conciencia del nosotros1. Su conformación histórica tiene como

sustrato la procura de seguridad comunitaria e individual.

El pensamiento político y sociológico confluye en la premisa anterior. Cicerón

afirma que “hemos nacido para la agregación de los hombres y para la sociedad y

la comunidad del género humano” (Cicerón, 2002, IV, 2, 4); Hobbes sostiene que

la sociedad es una asociación de utilidad recíproca producto de la renuncia y

transferencia consentida del derecho natural a la defensa con la finalidad de

garantizar la “propia conservación y? el logro de una vida más armónica”

(Hobbes, 1980: 107 y 137); Rousseau señala que la sociedad es una asociación

producto de un contrato social que defiende y protege de toda fuerza común a la

persona y a los bienes de cada asociado (Rousseau, 1993: 47)2; Kant habla de la

“insociable sociabilidad” al aludir a una dualidad humana provista con una

inclinación a la asociación para su mejor desarrollo y una tendencia a la

disociación por el interés particular3 (Kant, 1987: 46); Comte cataloga a la

sociedad como un organismo de “acción general y combinada” que dirige todas las

fuerzas particulares hacia un fin de conquista o de modificación de la naturaleza

en favor del hombre (Comte, 1979: 12).

Marx conceptúa a la sociedad como un producto histórico de las relaciones

sociales entre individuos caracterizada por la división social del trabajo y los

conflictos de intereses (Marx, 1974: 40; Marx y Engels, 1980: 9)4; Spencer dice

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2

que “debemos contemplar la sociedad? como una entidad porque, aunque

formada por unidades discretas, se produce cierta concreción de su asociación por

obra de la persistencia general de sus relaciones en toda el área ocupada”

(Spencer, 1908: 447)5; Durkheim establece la sociedad como una “condición

necesaria [del hombre moral], puesto que la moralidad consiste en ser solidario a

un grupo” (Durkheim, 2002: 418)6 y la derivación funcionalista sostiene que “la

sociedad es un sistema complejo cuyas diversas partes funcionan conjuntamente

para generar estabilidad y solidaridad” con base en un consenso moral basado en

valores (Giddens, 2002: 44-45)7; Weber concibe una estructura de la acción social:

“una sociedad es una serie de interacciones que vincula a los individuos”

(Giddens, 2002: 46-518); Simmel abona al sostener que “la sociedad es

meramente un nombre para un conjunto de individuos conectados por medio de la

‘interacción’” (Ritzer, 1999: 333). Lumhann piensa a la sociedad como el contexto

de funciones individuales interdependientes cuyo vínculo “es la disposición

elemental de su propia naturaleza” y donde está presente la contradicción entre la

individualidad y la dependencia social (Elías, 2000: 30 y ss).

En los conceptos de sociedad referidos están presentes en diferentes grados y

desde diferentes enfoques filosóficos tres elementos consustanciales: asociación

colectiva, identidad y conflicto. La prelación de cada elemento y las modalidades

de las (inter)relaciones entre los miembros y con la sociedad —individuales y

colectivas— definen planteamientos teóricos y postulados políticos. Lo importante

a resaltar en este caso es la concepción compartida de sociedad como una

organización de necesidades comunes con identidades compartidas como factor

de cohesión e intereses plurales como factor de distensión.

Con este sustrato de necesidades, identidades e intereses, las sociedades han

conformado históricamente diversas estructuras de gobierno y elementos

preceptivos para ordenar su actividad societal con el propósito de proteger a sus

miembros y cumplir sus propósitos comunes (Inda, 2008: 160).

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3

El Estado nación es la forma de organización política de las sociedades modernas

en atención a la complejidad derivada por la incesante especialización del trabajo

y la urbanización de las poblaciones propias del proceso de industrialización. El

Estado nación condensa dos dimensiones básicas de las sociedades: su

pertinencia histórica como formación institucionalizada de (inter)relaciones de

intereses y su capacidad de gestión de los asuntos públicos. Expresa las

posibilidades colectivas de auto regulación (autonomía) y auto imposición

(soberanía) de decidir y actuar por voluntad propia en el ámbito común:

“autonomía del Estado [es] la capacidad de las autoridades públicas para definir

objetivos y fijar metas acordes con ellos, seleccionar y utilizar métodos eficaces,

movilizar recursos en función de los objetivos y las metas, y mantener bajo control

las restricciones dentro de las cuales operan las políticas públicas? Por su parte,

soberanía significa capacidad de imposición de las decisiones estatales por

encima de cualquier otro actor dentro del territorio de ese Estado” (Vilas, 2002:

654).

La organización de la cosa pública, de la actividad societal, está vinculada en la

modernidad a la figura del Estado nación en tanto ente de unidad colectiva: es la

unificación de identidades y territorios de una sociedad que asegura la cohesión

social mediante la movilización de recursos y el monopolio legítimo de la violencia

(Montoro 1997: 45). Esta identidad estatal de las sociedades tiende, desde el siglo

XVIII, a erigirse sobre criterios normativos cada vez más incluyentes de sus

elementos constitutivos. La legitimidad en los estados modernos deriva cada día

más de la manifestación convenida de la voluntad popular: es un proceso de

autorregulación democrática y auto–referida donde los miembros de la sociedad

se reconocen mutuamente para regular legítimamente su convivencia por medio

del derecho positivo (voluntad plasmada en una constitución). En el Estado

moderno es el procedimiento democrático lo que garantiza la legitimidad y la

unidad de lo diverso (Habermas, 1999: 114 y 135).

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4

1.1.2 Política pública: acción colectiva.

Los Estados han desarrollado históricamente variadas formas de atender los

asuntos de sus sociedades, como un intento permanente de configurar la acción

pública del ente representativo de la colectividad con la pretensión de estabilizar

las interacciones vinculantes y segregantes del colectivo.

La acción pública o política pública es la decisión colectiva procesada

substancialmente a través de los instrumentos de gobierno con la finalidad de

atender cuestiones de interés metaindividual. La política pública es un proceso de

cambios dirigidos hacia la conformación de una mejor sociedad mediante la

atención de problemas presentes y el diseño de realidades futuras: “es una acción

(o, en algunos casos, una inacción) usualmente tomada por el gobierno, dirigida a

un objetivo particular, y legitimada por el compormiso de recursos públicos”

(Dobelstein, 1996: 23).

Para entender la centralidad de la política pública es esencial tener presente la

noción de la sociedad como una organización colectiva en permenente búsqueda

de elementos cohesionadores que contrarresten las tendencias disociativas

inmanentes. Es la asunción de la presencia ineludible de una pluralidad de

intereses contrapuestos y del ejercicio gubernamental como factor decisorio en su

des(equilibrio).

La política pública es el proceso permanente de establecer y reestablecer un

acuerdo social sobre objetivos de interés público, cuyo alcance está limitado por el

tiempo, por la ponderación de los intereses, por los equilibrios del poder o, incluso,

por la presencia de consecuencias inesperadas (Stein 2001:15). Las políticas

públicas son los acuerdos de la sociedad sobre el destino común.

La política pública se despliega por el Estado en tanto organización autónoma que

puede equilibrar los efectos de una economía de libre mercado. El Estado puede

asumir una independencia relativa ante los intereses subyacentes en la sociedad

mercado y prelar los intereses de los miembros desfavorecidos. La tensión social,

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5

en términos de los criterios reguladores de toda sociedad, requiere que el pivote

de la política pública sea el Estado para que las acciones socialmente convenidas

tengan legitimidad y posibilidad de eficiencia (Lee y Raban 1988: 71).

En tanto accion estatal, la responsabilidad de la política pública reside en los

poderes públicos, y las distintas esferas de la estructura del Estado son sus

instancias detonadoras. La política administrativa es elaborada por los

administradores gubernamentales en el contexto de los problemas particulares. La

política legislativa establece normas prescriptivas e induce la acción de otros

hacedores de políticas. La política ejecutiva pone en práctica las políticas públicas

formalizadas. La política judicial interpreta las políticas existentes. Los medios de

comunicación influyen en la opinión de los hacedores gubernamentales y de la

sociedad. Con otras palabras, la facultad de emitir leyes reside en el Legislativo, el

hacerlas cumplir en el Ejecutivo y el interpretarlas en el Judicial. El factor de lo

‘público’ incide en la formación de una opinión o a través de la decisión de la

sociedad vía ejercicio del sufragio, iniciativa popular, referéndum popular o

apelación ante las Cortes (Dobelstein, 1996: 25-26 y Stein, 2001: 6-9).

1.1.3 Política social: bienestar social colectivo.

La política social se enmarca en el contexto de la política pública que pretende

solucionar un problema específico. En tanto que los valores de una sociedad son

los que determinan una problemática y las vías de solución (Dobelstein 1996:14),

es necesario ponderarlos para establecer pautas de las políticas públicas. La

función social de bienestar proporciona, en este sentido, criterios para el

ordenamiento de los valores y la maximización de las expectativas (Beitz, 1989:

22).

La política social es el resultado del equilibrio temporal de intereses ideológicos,

políticos, económicos y culturales sobre cómo se asignan y distribuyen de mejor

manera los recursos sociales para el bienestar colectivo. Es una dimensión macro

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social de las interacciones intrasocietales y de la sociedad y su contexto (Iatridis,

1994: 2).

La política social es el ejercicio ordenado del poder público sustentado en valores

consensuados que tiene la finalidad de atender necesidades de la sociedad

mediante la distribución de recursos. Es una respuesta colectiva a necesidades

colectivas. Las definiciones de política social enfatizan su carácter reactivo y su

propósito de fortalecer la cohesión social: se concibe como una respuesta del

poder público a un problema social y, en un segundo plano, como un criterio

prospectivo para diseñar un futuro común del colectivo:

Las políticas sociales son aquellas “que determinan la distribución de los recursos del status y del poder entre los diferentes grupos” (Walker, 1984: 39).

La política social “es una expresión de valores sociales configurada mediante un proceso de debate y decisión, que establece un marco de asignación de recursos sociales para ciertas categorías poblacionales con el objetivo de resolver o eliminar problemas sociales, que además pretende incidir en la conducta futura de los miembros de la sociedad, y tiene la fuerza de la ley” (Stein, 2001: 5).

“Por política social podriamos entender el diseño y la ejecución programada y estructurada de todas aquellas iniciativas adoptadas para atender una serie de necesidades consideradas básicas para la población con arreglo al baremo de civilización definido en lo que denominamos como sociedades industriales avanzadas? [con el objetivo de mantener] unas condiciones generales que impidan la marginación social en cualquiera de su formas” (Montoro, 1997: 34).

La política social es el “conjunto de medidas tomadas a nivel de una nación en vistas de mejorar o cambiar, las condiciones de vida material y cultural del gran número con base en una toma de conciencia progresiva de derechos sociales y habida cuenta de las posibilidades económicas y políticas de un país en un momento dado” (Mariñez, 2000: 39).

Con base en las definiciones anteriores, se puede afirmar que la política social es

el conjunto de acuerdos prescriptivos de la sociedades modernas sobre los

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7

criterios de orientación de los recursos disponibles para el mejoramiento social

presente y futuro de la colectividad asociada.

La noción de política social se caracteriza entonces por la acción deliberada de los

poderes públicos para modificar los efectos sociales del sistema económico de

libre mercado que por sí mismo no asegura las pretensiones de bienestar de todos

los integrantes de la sociedad. Sus propósitos fundamentales son resolver

problemas sociales, identificar el interés público para ayudar a las personas,

determinar y legitimar metas sociales como parámetro de desarrollo, proveer un

contexto para la resolución de conflictos de valores que pondere la cooperación

sobre el conflicto, y establecer las rutas de la actividad social hacia un futuro

deseado (Dobelstein, 1996: 22 y García Rocha, 1998: 29).

Esta reflexión ubica en el centro el criterio de identificación del interés público o la

necesidad social. El significado de una necesidad es producido colectivamente y

su satisfacción se vincula a preferencias de valores sociales. El desarrollo de la

sociedad capitalista muestra el carácter sociohistórico de las necesidades y las

limitaciones del modo de satisfacerlas: el control público sobre un segmento

considerable de la provisión de las mismas —salud y educación— y la influencia

considerable del Estado en su definición, reflejan un cambio cualitativo en la

relación del Estado con las necesidades de la sociedad (Ballester, 2000: 137 y

252)

La política social se ha orientado hacia aquellos ámbitos de necesidad que

posibilitan condiciones de integración social para los individuos o grupos en riesgo

de marginación o exclusión. El universo de acción es tan dinámico como las

necesidades de las sociedades. En tanto que “toda política social confiere algún

tipo de beneficio” (Stein, 2001: 4) en su pretensión de resarcir situaciones de

desigualdad mediante la provisión, su ámbito de actuación responde a situaciones

históricas particulares de cada país o región, es decir, al conjunto de compromisos

entre los miembros de la sociedad reflejados en un acuerdo social prescriptivo

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donde se generaliza la noción de función de utilidad social como criterio para

clasificar los diferentes estados posibles de los asuntos (Beitz, 1989: 10).

El campo de la política social se ubica en la constitución de la sociedad como un

todo y en el bienestar individual (Iatridis, 1994: 15). Tiene como tópicos

fundamentales la sociedad deseada, la organización de recursos y el destino de la

distribución de bienes y servicios.

En principio, la política social se enfoca a la protección de grupos vulnerables (por

ejemplo: infantes y ancianos) porque teóricamente la economía de mercado

garantiza la renta de la fase adulta del ciclo productivo y vital de las personas

(Casilda, 1996: 53-54). Ante la evidencia pragmática, la política social procura

entonces el bienestar económico y las condiciones para el efectivo ejercicio de los

derechos que contribuyen a disminuir la vulnerabilidad social. En general pueden

identificarse dos tipos de políticas sociales: la asistencia concreta en forma de

ingresos (alimentación o vivienda) y la mejora de la condición individual con la

eliminación de las discriminaciones de raza o género (Stein 2001: 9).

El campo de actuación es el bienestar social. La clasificación varía en

concordancia con el desarrollo de la política social y de las particularidades en su

ejecución práctica. El espectro abarca los ámbitos de educación, salud, vivienda,

trabajo (empleo, salarios, pensiones), alimentación y servicios sociales diversos

(planeación demográfica, medio ambiente y grupos vulnerables). Estos bienes y

servicios se agrupan indistintamente en sistemas de asistencia social (vivienda,

pensiones, salud), en sistemas de seguros sociales de corte bismarckiano o en

sistemas de seguridad social de prestaciones universales (Iatridis, 1994: 15; Picó,

1996: 39; Montoro, 1997: 34). Los grandes ámbitos de la estructura de la política

social son educación, salud, seguridad social (incluso pensiones) y asistencia

social (Filgueira, 2006: 19 y 43).

En resumen, la política social tiene diversos objetivos y dimensiones. Su propósito

nuclear es responder colectivamente a las preguntas básicas sobre el bienestar

social e individual mediante la reflexión y acción en tono a cómo las sociedades

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9

formulan, resuelven, implementan y evalúan sus preocupaciones fundamentales.

La política social es el ejercicio ordenado del poder público sustentado en valores

consensuados en una época determinada que tiene la finalidad de atender

necesidades de la sociedad mediante la distribución de recursos. Es una

intervención publica y colectiva orientada a promover el bienestar social de los

individuos y de la sociedad, con el fin de aproximarse lo más posible al objetivo de

igualdad y seguridad, especialmente en aquellas esferas donde mas fácil es que

se registre marginación o exclusión.

1.2 La política social: condensación de afluentes históricos y valores

sociales

La idea de protección social ha estado presente en todas las sociedades. En un

primer momento se sustenta en la solidaridad de subsistencia del núcleo familiar y

después en la ayuda fraternal de las asociaciones laborales. En el Feudalismo, la

protección se basa en los esquemas mutualistas de los gremios, en la ayuda de

los nobles a sus vasallos y en la caridad a los indigentes. En el siglo XVII

interviene por primera vez el Estado mediante la asistencia pública dispuesta en

las English Poor Laws. (Karger y Stoez, 1990: 49–50). En el siglo XIX surge en

Alemania el seguro social para proteger a los trabajadores. En el siglo XX se

establece una política estatal de protección universal en atención a un derecho

político ciudadano (Palacios, 2005: 134-135).

El largo recorrido desemboca en la noción de protección social como política

pública. La política social —entendida como el ejercicio ordenado del poder

público sustentado en valores consensuados que tiene la finalidad de atender

necesidades de la sociedad mediante la distribución de recursos— es un concepto

moderno acuñado en 1845 por Robert Mohl que se ubica en la agenda

gubernamental a fines del siglo XIX y se consolida con el Estado de Bienestar en

el siglo XX.

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10

1.2.1 Afluentes históricos.

El concepto de política social se configura por la concurrencia de procesos socio–

históricos de largo aliento y de concepciones ideológicas del mundo social. Se

pueden establecer cuatro afluentes históricos o tradiciones culturales de la

concepción de los problemas sociales y su tratamiento: la ideología liberal, la

ideología social, la concepción de Estado Social, y la idea de Estado de Bienestar

(Picó, 1996: 37; Montoro, 1997: 35; Palacios, 2005: 136).

a) La concepción liberal se sustenta en la tesis de la plena libertad individual de

circulación dentro de un sistema de igualdad de oportunidades sin proponerse per

se la igualdad social: el objetivo de la politica social es mejorar las oportunidades

individuales. El liberalismo rechaza la intervención estatal en la economía y en la

sociedad civil porque coarta la iniciativa individual y las fuerzas del mercado en

detrimento del desarrollo económico y, en consecuencia, de la generación de

riqueza para el bienestar (Montoro, 1998: 40–41). Esta ideología nace en el siglo

XV y pueden distinguirse cuatro estadios en la evolución de su idea de lo social.

En una primera etapa (siglo XV – siglo XVIII), el Estado interviene primero con la

creación de instituciones de asistencia pública (hospitales, hospicios, conventos y

casas de caridad) y después con la disposición de un sistema local de ayuda de

las parroquias eclesiásticas mediante la English Poor Laws9. Una segunda etapa

es la del nacimiento de la filosofía liberal (siglo XVIII – siglo XIX) bajo el principio

roussionano de Libertad, Igualdad y Fraternidad (Picó, 1996: 38). En La riqueza de

las naciones (1776), Smith critica la regulación mercantil y propone un mercado

libre autorregulado como medio para el bienestar social (Teeple, 1995: 79 y ss):

libertad para la conformación de un mercado de trabajo, principal fuente de

riqueza restringida por la Ley de Speenhamland de 1785. Esta postura se respalda

en la teoría de Malthus (1789) y en la concepción de la pobreza como problema

individual al recurrir al argumento darwinista (1859) para explicar la pobreza como

un fenómeno natural donde vence el más apto.

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11

La tercera fase (siglo XIX – siglo XX) acota la concepción clásica de

individualismo: surgen las políticas sociales y los Estados benefactores modernos

en Europa a fines del siglo XIX. La precaria situación obrera deriva en una alta

conflictividad social y en el fortalecimiento de expresiones socialistas: los

trabajadores participan en la actividad política y adquieren derechos ciudadanos

para expresar sus demandas. La problemática social se incorpora a las agendas

de los gobiernos y se legitima como un asunto a ser atendido mediante la acción

pública. La respuesta es la creación de sistemas de seguridad social (Alemania10)

para fortalecer la unidad nacional y eliminar la influencia socialista. La desiguladad

y la pobreza son interpretadas como riesgos sociales. Es un cambio en el tipo de

gestión estatal: la cuestión social es un objeto de la política pública que atribuye al

Estado un papel activo en materia de recursos destinados a ese objetivo. Se inicia

la conformación de instituciones de política social y de las primeras bases del

futuro Estado de Bienestar (Palacios, 2005: 136; Picó, 1996: 39).

La cuarta fase es la del liberalismo igualitario (siglo XX) que busca conciliar la

libertad e igualdad de las circunstancias naturales y sociales que atienden a cada

ser humano, a través del concepto de bienes sociales básicos y capacidades

básicas. Rawls propone una justicia distributiva a partir del concepto de bienes

sociales primarios y Sen propone el concepto de capacidades básicas. La postura

de esta corriente se expresa en los conceptos esgrimidos por algunos organismos

internacionales para delinear las políticas sociales (CIEM, 2000: 7).

b) La perspectiva socialista considera los problemas sociales como una

consecuencia lógica de una sociedad injusta. La politica social es el lugar donde

se ponen de manifiesto las tensiones e injusticias generadas por el mercado y la

forma de produccion capitalista.

La concepcion socialista de tradición marxista concibe la política social como un

arreglo “para lograr que el público asuma los costos de las distorsiones sociales y

económicas atribuibles al capitalismo” y tiene como una función disuadir las

pretensiones revolucionarias. La corriente fabiana considera la política social como

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12

una acción orientada a reducir la desigualdad originada por la distinta posición de

los individuos en la estructura productiva. El bienestar social conlleva distribución

de recursos y, para que el sistema experimente un mejor reacondicionamiento, es

necesario transformarlo hacia el socialismo (Karger y Stoesz, 1990: 17).

Por su parte, la vertiente socialdemócrata promueve la intervención del Estado

para corregir las distorsiones del mercado y aplicar políticas institucionalizadas

distributivas de recursos y rentas disponibles con el objetivo de mantener la

cohesion social. El Estado de Bienestar es considerado como el resultado de la

lucha de clases en una democracia parlamentaria.

c) La concepción de Estado social deriva del largo proceso de formación de los

estados y sociedades modernos: la adopción de derechos civiles en el siglo XVIII,

la obtención de derechos políticos en el siglo XIX y la concreción de los derechos

sociales en el siglo XX. Estos derechos son el sedimento legal de los principios de

libertad individual, libertad política y bienestar social (Mariñez, 2000: 36).

Los derechos se dividen en derechos civiles, derechos políticos, derechos de

libertad y derechos sociales. Los derechos civiles y los derechos políticos refieren

a la esfera del poder o la autonomía de la esfera privada y la esfera pública,

respectivamente. Los derechos de libertad son considerados los derechos del

hombre y los derechos sociales son los del ciudadano; son catalogados derechos

expectativas en cuanto corresponden a los poderes públicos su posible restricción

u obligatoriedad (Yturbe 2001: 201-202).

El derecho social tiene el propósito de trascender el campo del interés privado y

abarcar el interés público (Courtis, 2007: 33). La satisfacción de los derechos

sociales parte de una perspectiva de protección colectiva del bien público11 al

intentar la codificación jurídica de los conflictos relacionados con el trabajo

industrial asalariado. Durante gran parte del siglo XX el centro de las políticas

sociales es la asignación de derechos vinculados con la educación, la salud, la

alimentación, la vivienda, la protección familiar, la prevención de riesgos laborales.

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13

El Estado social de derecho nace de la confluencia entre estado y sociedad al

conciliarse en la perspectiva socialdemócrata las versiones moderadas de la

ideología liberal (derechos del hombre) y la ideología social (derecho social). Sus

orígenes están en el movimiento obrero del siglo XIX y en la Ley Fundamental de

la República Federal Alemana en 1949. El Estado social se responsabiliza de la

procura existencial —ámbito existencial constituido por situaciones, bienes y

servicios (Forsthoff)— a través del desarrollo de sistemas complejos dirigidos a

expandir al máximo la vida humana (salud y educación), del aseguramiento de los

aspectos vitales de la sociedad (defensa, recursos naturales) y de la formalización

de prestaciones sociales (salario mínimo, pleno empleo, atención a incapacitados,

distribución del ingreso, acceso a bienes culturales y perfeccionamiento de los

sistemas de seguros) (Montoro, 1997: 35–38). En el Estado social coexisten las

garantías sociales (derecho a participar y ser consultado antes de las decisiones;

a participar en audiencias públicas y en la formulación del presupuesto; de acceso

a la información pública; a la auto tutela de los derechos: de huelga) y las

garantías institucionales protegidas por entes públicos (Courtis, 2007: 37-38). El

Estado social puede concebirse entonces como una transmutación del Estado

liberal en tanto que ordena colectivamente, mediante la asignación de derechos

sociales, la realización de los derechos civiles y polìticos en las sociedades

industrales capitalistas.

d) La idea de Estado de Bienestar —como componente del Estado social— se

refiere a la dimensión social de la política estatal. Con base en las formulaciones

de Keynes y Beveridge, esta fórmula estatal se establece en Europa occidental

después de la Segunda Guerra Mundial bajo el principio de una intervención activa

del Estado en la economía y en la protección social como mecanismo para

alcanzar los ideales de igualdad y seguridad de la población. La participación

estatal se da en tres planos: regula la economía de mercado para generar pleno

empleo, asume el compromiso de proveer de forma pública e igualitaria servicios

sociales universales, y se arroga la responsabilidad de disponer de una red de

seguridad social para casos de necesidad excepcional (Habermas, 1989: 56-57).

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14

El Estado de Bienestar es considerado aquel que tiene establecido como derecho

social ciudadano y como política social la garantía de otorgar a todos los

miembros de la sociedad un estándar mínimo de ingreso, educación, salud,

alimentación y vivienda. Es “aquel donde se resuelven contingencias individuales

a través de mecanismos colectivos, sean de carácter corporativo o de carácter

estatal” (Casilda, 1996: 15). Es decir, se concibe como la intervención directa de

las estructuras políticas para mejorar el nivel de vida de la población como

reivindicación de una garantía social a través de la provisión de servicios sociales,

seguridad social, prestaciones sociales, pensiones, desempleo, salud, educación.

La ideología del Estado de Bienestar nace del debate entre los dos enfoques

ideológicos imperantes en el siglo XIX: la ideología socialista que considera a las

políticas sociales como paliativos incapaces de alcanzar una mayor justicia social

y la liberal, contraria a la intervención estatal porque desincentiva el trabajo. El

Estado de Bienestar promueve las políticas públicas para atenuar los problemas

de un capitalismo liberal sin cortapisas con base en un amplio consenso

alcanzado en Europa al finalizar la Segunda Guerra Mundial, a saber: el papel

clave de la justicia social para apuntalar la democracia, el deseo de estabilidad

política y social, el repudio al desempleo vía promoción del crecimiento económico

sostenido de corte keynesiano (Palacios, 2005: 161). La política social incorpora

así las ideas de solidaridad universal y ciudadanía social.

Un factor central en la conformación de las instituciones del Estado de Bienestar

es el concepto de seguridad social de cobertura universal aportado por Beveridge:

es la provisión de un nivel mínimo de ingresos que permita la subsistencia de los

ciudadanos independientemente de la inserción laboral. Es un concepto diferente

a la idea protectora de Bismarck asociada al trabajador y su familia. El principio

universalista es la esencia del Estado de Bienestar, cuyo elemento central es

proveer una ocupación bien remunerada, un crecimiento económico continuo y

una base fiscal amplia como fuente de financiamiento.12

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15

La época de auge del Estado de Bienestar inicia en la década de los cuarenta del

siglo XX. Su cuestionamiento inicia en la década de los ochenta con la elección de

gobiernos conservadores en EUA y Gran Bretaña, en respuesta a la crisis social,

al creciente desempleo, al decaimiento económico y al surgimiento de nuevos

movimientos sociales.

1.2.2 Valores sociales.

Toda política pública está referida a valores sociales. Entender la política social es

entender los valores de una sociedad respecto a la responsabilidad de sus

miembros consigo mismos y a la responsabilidad de la sociedad con sus

intergrantes (Stein, 2001: 5).

El Estado moderno ha establecido una relación entre la sociedad y la economía

mediante la política social que promueve un incesante cambio en los niveles de

bienestar de la sociedad. La política social se sustenta en los valores sociales de

igualdad y justicia. Con base en el valor de igualdad social se pretende impulsar

medidas generales para el bien común y con base en el valor de justicia social se

intenta proporcionar a los individuos oportunidades iguales para su ejercicio (Beitz

1989: 18 y García Rocha, 1998 23).

La pretensión de igualdad tiene varias perspectivas teóricas. Las dos visiones más

relevantes en la configuración de la política social actual son las teorías de mejor

resultado (best result) que proponen que la participación política justa es aquella

que da los mejores resultados y las teorías de procedimiento (procedural) que

defienden la importancia de tener mecanismos y sistemas que garanticen la

participación igualitaria más allá de las posiciones prácticas (Beitz, 1989:19).

La teoría del mejor resultado alude al principio de necesidades: define la justicia

distributiva por sus resultados, sin importar si sus causas son o no justas, y

considera que debe establecerse cuál es la distribución justa de los recursos. Por

su parte, la teoría del procedimiento alude al principio de oportunidades al definir

Page 17: Guzman Bracho

16

qué es una distribución justa en forma independiente del ingreso y la riqueza.

Afirma que la justicia representa tener procedimientos normados sobre las

relaciones económicas y políticas: es el sistema mismo el que es igualitario

aunque no necesariamente las medidas garanticen que el resultado sea la

igualdad (García Rocha, 1998: 24 y Martínez, 2003: 34).

Igualdad.

Las diversas corrientes ideológicas coinciden en el planteamiento de una política

social que contribuya a la igualdad social como mecanismo de integración de la

sociedad. El valor de igualdad alude a una relación social: ¿igualdad entre quiénes

y en qué? Las divergencias residen en las respuestas que dan a esta cuestión

(Bolívar, 2005: 43).

La matriz de posibilidades tiene cuatro variables: igualdad para todos, igualdad

para algunos, igualdad en todo o igualdad en algo. La intersección arroja dos

grandes posibilidades: un plano restrictivo que tensa la estructura social al

preservar la desigualdad social (igualdad entre algunos en todo e igualdad entre

algunos en algo) y un plano integrador que tiende a cohesionar al colectivo

mediante elementos de identidad y pertenencia (igualdad entre todos en todo e

igualdad entre todos en algo).

Matriz de igualdad social: Sujetos y objetos susceptibles de considerar por la política social

¿En qué

Todo Algo

Todos Todos en todo Todos en algo Plano integrador ¿Entre quiénes? Algunos Algunos en todo Algunos en algo Plano restrictivo

En el plano integrador, la opción de una igualdad entre todos en todo es el

principio teórico del derecho: mismos derechos mismas obligaciones para los

Page 18: Guzman Bracho

17

integrantes del colectivo. Es de considerar que aun en la prescripción de los

derechos civiles y políticos no es posible alcanzar una igualdad total de todos en

todo: existen restricciones o exclusiones de algunos miembros de la sociedad en

algunos casos o, aun más, la igualdad normativa para incidir en las decisiones

colectivas no se refleja en una igualdad en la importancia de cada opinión

individual (Beitz, 1989: 19). Esta dimensión se ubica en el plano de la utopía: por

la imposibilidad fáctica de su realización.

La opción de Igualdad entre todos en algo plantea la interrogante de ¿igualdad en

qué? Las respuestas divergen sustancialmente: “igualdad de todos en la libertad,

el Liberalismo; igualdad entre todos en los bienes primarios básicos, Rawls; en las

capacidades, Amartya Sen; en los recursos, Dworkin; y en la satisfacción de

necesidades, Singer” (Bolívar, 2005: 43).

En concordancia con las posturas ideológicas y con los conceptos de Estado

social / Estado de Bienestar abordadas en el apartado anterior, se identifican

cuatro grandes teorías que responden actualmente a la interrogante de igualdad

social: 1) La teoría liberal neoclásica que tiene un carácter individualista al asumir

que las personas maximizan su utilidad al seleccionar racionalmente bienes y

servicios para consumir. Plantea que el interés particular es el fundamento de la

conducta humana; 2) La teoría de la justicia distributiva de Rawls que plantea que

el objeto primario de la justicia es la estructura básica de la sociedad o, en otras

palabras, el modo en que las instituciones sociales distribuyen los derechos y

deberes fundamentales y determinan la división de las ventajas provenientes de la

cooperación social; 3) La teoría socialista que enfatiza la contradicción entre la

potencialidad capitalista para crear riqueza y la disigual distribución de bienes que

amenaza la cohesión social: la desigualdad es inherente al capitalismo porque sus

pautas distributivas actúan en función de una estructura de clases originada por la

propiedad privada de los medios de producción; y 4) La perspectiva libertaria que

establece que los principios fundamentales para juzgar las acciones humanas son

la propiedad individual y los derechos naturales individuales, y no los conceptos

Page 19: Guzman Bracho

18

del bien social: para un individuo es moralmente válido usar los recursos externos

en su beneficio, si no perjudica a los demás; no es justa la apropiación de los

frutos del trabajo individual por parte del Estado con propósitos redistributivos y

cuestiona los conceptos de justicia redistributiva y equidad social (CIEM, 2000: 5).

En los hechos, las visiones en torno a la igualdad social derivan de concepciones

de lo humano. Dos concepciones discordantes han estado siempre presentes en

la reflexión filosófica en torno al hombre: el zoon politikon aristotélico que

establece una condición social del ser humano y el homo oeconomicus

hobbesiano que apela a una condición individual de la persona. En el eje de esta

oposición “están los fundamentos de la ética política y de las orientaciones

valorativas de nuestra comprensión cultural”. Es donde reside el debate ideológico

sobre las pautas de organización de las sociedades modernas, “entre programas

teóricos constructivos de la teoría de la justificación y programas teóricos

explicativos hermenéuticos; entre el universalismo normativo de la moral post-

convencional y el particularismo normativo de las comunidades del mundo de la

vida” (Kersting, 2000: 273).

En el centro del debate de estas teorías está la forma en que la sociead y los

individuos son tratados en términos políticos, sociales y económicos; con las

reglas de distribución de los resultados (costos y beneficios). La relevancia de

discernir sobre la condición humana recae en la indagación de bases plausibles de

nuestra convivencia y nuestras expectativas: bases naturales o bases

convencionales, bases individuales o bases sociales, bases deontológicas o bases

teleológicas, bases universalistas o bases relativistas. A fin de cuentas es la

búsqueda incesante por responder a las pregunta de qué somos y cuáles son

nuestras posibilidades, qué debemos hacer o qué podemos hacer.

La política social no es ajena a este debate. En las páginas siguientes se abordan

las dos principales concepciones que hoy en día están en el centro del debate en

torno a los valores que deben primar en las sociedades y en la política social para

conciliar los intereses divergentes y fortalecer los lazos de cohesión.

Page 20: Guzman Bracho

19

La justicia como prioridad

La teoría de la justicia se inscribe en la tradición liberal como modelo normativo

para generar principios de cooperación justa y estable entre personas morales,

libres e iguales.

La pretensión de la teoría de la justicia es sustentar en términos lógicos,

discursivos, el principio de inviolabilidad de la persona sobre cualquier principio

social para corregir “la falta de acuerdo sobre la manera en que las instituciones

básicas han de arreglarse para estar en concordancia con la libertad y la igualdad

de los ciudadanos como personas” (Rawls, 1995a: 337). En otras palabras, la

teoría rawlsiana tiene como propósito construir una “concepción de la justicia

como base moral para? constituirse en un criterio público de evaluación de las

principales instituciones que definen los derechos, deberes y la distribución de los

beneficios y cargas de la cooperación social” (Islas, 2003: 175).

Considerando la tensión permanente entre identidad y conflicto en las sociedades,

la teoría de la justicia busca establecer principios universalmente aceptados que

regulen los conflictos, la distribución de bienes, la cooperación y las ganancias. La

propuesta rawlsiana es así una teoría de la justicia distributiva en el campo social

en tanto que explora los principios de distribución social (Kersting, 2000: 254).

La reflexión teórica interroga dos planos: cuáles son los principios de distribución

justos y qué criterios deben cubrir para aspirar a ser principios de justicia de

validez universal y, por tanto, estar justificados. Estos principios son idénticos a los

principios que elegirían personas libres y racionales por su condición autónoma en

una situación de igualdad en que tuviesen que decidir las normas que vinculan a la

sociedad.

Los principios de justicia pueden ser alcanzados por el ejercicio del racionalismo

individual (elección racional) en condición de igualdad y limitación (posición

original caracterizada por el velo de la ignorancia). La situación original es el

entorno esencial para la decisión racional: la justeza de los principios no deriva de

Page 21: Guzman Bracho

20

principios abstractos sino de la justeza de las condiciones de la elección. La

elección de principios de justicia es el resultado de un acuerdo racional bajo

condiciones justas: el proceso de elección racional convierte la imparcialidad de la

situación original de la decisión en la justicia de sus resultados (Kersting, 2000:

255; Islas, 2003: 176).

Una vez establecidas las condiciones de igualdad para la decisión, Rawls

establece un proceso de desindividualización para orientar toda decisión hacia

condiciones de realización universales y bienes sociales primarios fundamentales.

El bien por el que se decide es aquel deseado por todos las personas para la

realización de sus ideas de vida. En otras palabras, los bienes primarios que

satisfacen los deseos de las personas son relevantes para cualquier individuo sin

importar la particularidad de cada uno de ellos. Los principios de justicia son por

ello principios universales de distribución de los bienes fundamentales que son el

punto de convergencia de los divergentes intereses de los individuos porque

tienen tanto utilidad universal cuanto utilidad particular (interés concurrente).

Los principios fundamentales que las personas elegirían racionalmente en la

posición original son básicamente dos: 1) El derecho de toda persona al extenso

sistema de libertades básicas compatible con un sistema similar de libertades para

todos; y 2) la estructuración de desigualdades sociales y económicas debe

hacerse para el mayor beneficio de los menos aventajados de acuerdo con el

principio de ahorro justo (principio de diferencia) y para cargos y funciones

asequibles a todos en condiciones de igualdad para todos. Las partes decidirán la

prioridad del primer principio frente al segundo por el interés moral de ver

realizados sus proyectos de vida (Islas, 2003: 176). Es decir, el principio liberal de

autonomía y derechos individuales prima sobre el principio del bien social.

La idea de justicia como imparcialidad significa una concepción igualitaria de la

sociedad basada en los principios de diferencia (justa igualdad de oportunidades)

y garantía del valor justo de los derechos políticos (Islas, 2003: 177). Estos dos

principios, más la prioridad de las libertades, servirán como criterio político para la

Page 22: Guzman Bracho

21

crítica de las instituciones del orden social, es decir, como basamento para

conformar un marco común de justicia para los planes de vida y resolución de

conflictos de las personas. Rawls señala que esta estructura básica, adecuada a

sus principios normativos, es el esquema institucional de un orden constitucional

de economía con mercados libres, abiertos y competitivos (Rawls, 1995b: 61).

En síntesis, preservando el núcleo normativo de los dos principios rawlsianos se

puede cumplir el propósito de delinear racionalmente las condiciones para la

realización moral de las personas, las condiciones societales que permitan

construir un modo de vida adecuado a su naturaleza moral, libre e igual. La

igualdad es entendida como la igualdad de opotunidades. La pretensión de la

política social debe ser igualar oportunidades.

Es de mencionar que en este esquema de valores se ubica la propuesta de Sen,

aunque difiere en cuanto a qué debe igualarse. Rawls propone igualar el acceso y

la distribución de los bienes básicos. Sen postula la igualdad de las capacidades

básicas que permitan al individuo actuar en libertad, es decir, funciones básicas

para participar en las diversas esferas sociales: nutrición adecuada, salud y

educación básica (Palacios, 2005: 174-176).

Lo bueno como prioridad

En respuesta a la propuesta de la teoría de la justicia, otra concepción teórica

busca desarrollar la capacidad explicativa del quehacer humano a partir de

reconocer su carácter social y la especificidad de lo local y la tradición. Cuestiona

la pretensión de las orientaciones valorativas universalistas y los medios

universales de socialización propuestos por el liberalismo, en particular el derecho

como instrumento normativo homologante de la acción, del mercado como

elemento regulador de las interacciones sociales (homo oeconomicus) y del

discurso como figura totalizadora de la modernidad.

Page 23: Guzman Bracho

22

La visión comunitaria establece como principio el carácter intrínsecamente social

del hombre y la vinculación entre moralidad y costumbres de cada sociedad, así

como su defensa de una concepción del bien vinculada a una visión teleológica de

la naturaleza humana con ciertas virtudes inmanentes. MacIntyre, uno de los

principales exponentes de esta visión, señala que en esta concepción la

valoración moral está sometida a las tradiciones y prácticas de cada sociedad

(Nino: 364). El planteamiento se erige sobre cuatro aspectos centrales en

contraposición con el liberalismo contemporáneo: 1) Los principios de justicia y

corrección moral derivan de una cierta concepción de lo bueno, a diferencia del

liberalismo contractualista que resalta la concepción de lo justo; 2) En la

concepción de lo bueno se antepone el elemento social, mientras que en la

concepción de lo justo se pondera el elemento individual; 3) Los derechos y

obligaciones de las personas son relativos en relación con su inserción social,

mientras que en el planteamiento liberal los derechos y obligaciones individuales

tienen carácter de normativa universal; y 4) La crítica moral depende de la práctica

moral de cada sociedad (tradiciones, convenciones e instituciones sociales). La

relatividad prescriptiva se opone al universalismo.

En esta concepción hay una primacía de una concepción teleológica de lo bueno

sobre criterios deontológicos de justicia (corrección normativa) que incorpora como

elementos centrales la pertenencia – ubicación en una sociedad, el desarrollo de

una práctica en el seno del grupo y la relatividad de la crítica moral.

1.2.3 Condensación de procesos históricos y valores sociales.

En esta controversia están presentes diversos aspectos que han sido debatidos

una y otra vez por la filosofía. Por su relevancia son de resaltar: la concepción del

ser humano como individuo autónomo o como ser social; la primacía de lo justo o

lo bueno como criterio de orientación normativa; la pretensión de un discurso

universalista como elemento normativo del orden social o la pretensión de

interpretar particularidades históricas.

Page 24: Guzman Bracho

23

La propuesta liberal contemporánea se sustenta en la concepción de un individuo

autónomo. Su propósito no es una justificación teórica de un estado ideal del

mundo, sino una propuesta normativa del comportamiento social del hombre en

las sociedades modernas (justicia). Es contribuir a la integración, cohesión y

estabilidad de una sociedad basada en pautas morales con posibilidad de

aceptación racional de los individuos (consenso): criterios neutrales de los

intereses y de las concepciones individuales, y criterios aplicables en las distintas

esferas individuales. Es la propuesta de una sociedad donde primen derechos

individuales de carácter universal (de observancia obligatoria y vinculantes) por

encima del interés colectivo bajo el concepto de igualdad individual en derechos y

obligaciones.

La visión comunitaria concibe al ser humano como un ente social e histórico.

Retoma la tradición hermenéutica – teleológica, en tanto pretende explicar las

configuraciones sociales particulares y fortalecer la acción social que beneficie el

bien colectivo. Considera a las sociedades en la especificidad de sus criterios

valorativos a partir de la tradición y su aplicación social por encima de los

individuos. La pretensión es explicar y resguardar sociedades históricas y

contextuales donde se respeten las diferencias y prime la colectividad. La

prevalencia del bien colectivo (lo bueno) sobre los derechos de las personas (lo

justo), permite al ente colectivo desarrollar políticas argumentadas de interés

social sin considerar los intereses particulares reales o percibidos. Esta

prevalencia en la concepción teleológica de lo bueno —integridad familiar,

comunal o nacional—, no obstante, puede derivar en prácticas discriminatorias

contrarias al propósito integrador, como en los casos de la política de integración

cultural en Quebec [Olivé, 1999: 76] y la justicia comunitaria en Chiapas [Speed,

2000: 7 – 9].

Los derechos de los individuos y los derechos de las sociedades son los puntos de

tensión a equilibrar. Toda búsqueda del fundamento absoluto es infructuosa

(Yturbe, 2001: 212). Es un debate antiguo donde la filosofía y la teoría política no

Page 25: Guzman Bracho

24

han encontrado un consenso definitivo. De cómo respondamos en este disyuntiva,

de qué peso demos a cada plato de la balanza, estaremos prefigurando qué

sociedad deseamos. Si se consideran los derechos individuales como un fin en sí

mismos se pierde de vista la finalidad de construir sociedades plurales y

equitativas para todos; pero si se asigna únicamente a la sociedad la finalidad del

bien común se pierde la perspectiva de los individuos. En torno a estos valores se

estructura el debate del futuro de la sociedad.

Para trascender este debate sobre la fundamentación teórica del punto de vista

ético o moral, Habermas sostiene la necesidad de una práctica deliberativa como

único recurso para el juicio imparcial. Los sustentos de validez de las normas

sociales convenidas serían entonces la argumentación y la utilidad de las políticas

aprobadas en relación con las pretensiones discursivas (Habermas, 1999: 72). Los

acuerdos deben sustentarse simultáneamente en el discurso y en realidad, y la

transmutación de sus contenidos está sujeta a la variabilidad de las opiniones y

valoraciones del colectivo.

Lo cierto es que la condensación de los afluentes históricos y de los valores

sociales dotan a la política social de multidimensionalidad y de tensiones

inherentes. En su construcción histórica subyacen ideas contrapuestas sobre: la

concepción del ser humano (zoon politikon o homo oeconomicus), la idea de

estatalidad (intervención o sociedad civil); la pertinencia de la economía (libre

mercado o acción pública), la dimensión de lo político (público o privado) los

alcances del derecho (social o individual) y la noción de bienestar (igualdad de

oportunidades o igualdad de resultados). Esta dicotomía teórica —visiones

antagónicas liberal y socialista — atraviesa todas las concepciones de la política

social y establece al final del camino una enorme gama de modelos de

intervención.

Como corolario podemos afirmar que las políticas sociales son un esfuerzo de

cohesión social derivado del equilibrio consensuado entre múltiples intereses y

perspectivas ideológicas de la sociedad, más que un producto de una

Page 26: Guzman Bracho

25

fundamentación moral. Cada Estado nación asume la política social con matices

propios derivados de sus tradiciones históricas, de los valores sociales

prevalecientes y de los recursos disponibles. Existen posiciones diversas y hasta

contradictorias según la perspectiva teórica desde la cual se aborden. La política

social debe entenderse como “un arreglo a un criterio de reflexividad, en el sentido

de modificación constante de las acciones del Estado y la sociedad civil” (Montoro

1998: 45).

1.3 La política social: modelos de intervención.

Los acuerdos en torno a la política social difieren en cada sociedad y en cada

época. Dos ejes fundamentales estructuran los diferentes enfoques y modelos de

la política social: el eje autoritarismo—democracia y el eje universalismo—

residualismo. El primer eje, alude a los procesos de participación social para

diseñar, decidir, ejecutar y evaluar la política social; y el segundo eje, refiere el

grado de incidencia de la política social en el conjunto societal. En el cuadrante de

estos ejes se pueden ubicar los dferentes modelos de política social (ver figura 1).

Una modelización primaria de las políticas sociales indica hacia el eje vertical al

dividirlas en políticas residuales y políticas institucionales. Las primeras se

enfocan a grupos poblacionales específicos y suponen que aunque el sistema

político, económico y social funcione correctamente, hay problemas residuales que

permanecen y tienen que ser atendidos por las políticas públicas. Las segundas

asumen que la solución de los problemas tiene que ser aplicada universalmente

mediante instituciones de bienestar (Dobelstein, 1996: 15 y Stein, 2001: 9-10).

Estas dos concepciones surgen con la interpretación de las English Poor Laws del

siglo XVII. Ambas visiones concuerdan en que la sociedad está constituida de

instituciones básicas y permanentes, pero difieren acerca de cuáles son y cuál es

su función en materia de bienestar. El modelo residual considera como

instituciones sociales básicas a la familia, al mercado, el barrio, la iglesia y el

Page 27: Guzman Bracho

26

grupo étnico. Estas instituciones están permanentemente enlazadas con la

sociedad y tienen la capacidad de proveer las necesidades, en tanto que las

instituciones de bienestar son secundarias y deben intervenir sólo en casos

excepcionales. El modelo institucional, en cambio, considera la existencia de las

instituciones de bienestar como algo dado: el bienestar social es una faceta

permanente de la sociedad (Karger y Stoez, 1990: 62 y ss).

Con base en esta primera distinción, se modeliza la política social en apego a

diversos parámetros clasificatorios. Existe una gran diversidad de enfoques y

perspectivas. Unos refieren la evolución histórica del concepto de política social:

las formas y el nivel de gasto público desde la caridad hasta el estado de

Bienestar. Otros centran su cometido en el carácter distributivo y redistributivo de

las instituciones sociales para atender las necesidades sociales. Unos más se

enfocan en los elementos de diseño y evaluación política – social13 (Gelissen,

2002: 25; Karger y Stoez, 1990: 67; Picó, 1996: 42).

1.3.1 Modelos históricos.

Este enfoque refiere en esencia la evolución histórica del concepto de política

social y agrupa en cuatro categorías básicas las diferentes concepciones que van

desde la caridad pública hasta la asunsión del derecho social: 1) El modelo

asistencial donde la política social tiene un carácter caritativo: apoya a indigentes

basándose en criterios éticos y sin considerar las estructuras economica, política o

social; 2) El modelo de control social donde la política social regula sectores

sociales para asegurar la integración social y la estabilidad polìtica; 3) El modelo

de reproducciòn social donde la política social garantiza la reproducción de las

condiciones materiales de vida de los trabajadores y la divisón interclasista: “la

política social es la resolución estatal del problema de la constante transformación

del no asalariado en asalariado”; y 4) El modelo de derecho social ciudadano

donde la política social realiza un derecho y mantiene el orden civil dentro de un

marco jurídico incluyente del todo social (Montoro, 1997: 43-44).

Page 28: Guzman Bracho

27

En la misma línea, Titmuss (1958) en Essay on the Welfare State propone tres

modelos de referencia histórica de la evolución del Estado de Bienestar con base

en las formas y el nivel del gasto público: 1) El modelo residual, donde la

intervención estatal es esporádica y solamente participa cuando el mercado y la

familia entran en crisis; 2) El modelo remunerativo, donde los programas de

bienestar son un complemento del sistema económico al reflejar méritos laborales;

su origen son las mutualidades y de ahí se generalizan hasta ser asumidos por el

sector público; y 3) El modelo institucional redistributivo (universal), donde los

programas públicos de bienestar constituyen una de las instituciones cardinales de

la sociedad; otorgan prestaciones universales (principio de necesidad)

independientemente del mercado. Estos tres modelos reflejan la evolución

histórica de la protección social: la fase de la asistencia con los primeros

programas de medios comprobados del siglo XIX; la fase de prestaciones

bismarckianas y la fase de seguridad social de Beveridge de la Inglaterra de la

posguerra (Picó, 1996: 43).

Modelos de bienestar de Richard Titmuss (1958)

Residual Remunerativo Institucional

Cobertura Marginal Ocupacional Universal

Destinatario Pobre Trabajador Ciudadano

Prestaciones Limitada Media Extensa

Estructura Según perfil individual Relación contribución / renta A suma fija homogénea

Requisitos Prueba de medios Participación en la prestación Ciudadanía

Financiación Fiscal Contributiva Fiscal

Gasto público Bajo Medio Elevado

Prevención Ausente Modesta Amplia

Papel del Estado Mínimo Complementario Sustitutivo

Redistribución Poca / vertical: De pocos con mucho a pocos con

nada

Media / horizontal: dentro del estrato contributivo

Alta / vertical: Todos recibe igual. Unos dan poco y otros

mucho

Fuente: Pico, 1996: 44.

Page 29: Guzman Bracho

28

En Beyond the Welfare State, Pierson (1991) define 5 tipos de pensamiento sobre

los motivos y desarrollo del Estado de Bienestar: 1) La escuela conservadora lo

considera resultado de una enfermedad social porque se inmiscuye en el bienestar

y libertades del individuo; 2) La corriente liberal progresista lo define como

producto funcional contra las disfunciones del mercado; 3) La concepción

socialdemócrata lo determina como un logro de la movilización política en su

pretensión de plena ciudadanía; 4) El ideario socialdemócrata radical lo concibe

como primer logro de la movilización social para la transformación social gradual; y

5) El ideario marxista lo cataloga como un instrumento de control social en

beneficio del capital (Picó, 1996: 39-42).

Los tres modelos históricos (Montoso, Titmuss y Pierson) muestran rasgos

comunes que permiten su agrupación en un modelo único. La categoría asistencial

refiere a una etapa histórica previa a la asunción de la política social como

mecanismo de atención a las necesidades de la sociedad, por lo que puede ser

obviada en la modelización del Estado de Bienestar a partir del siglo XIX. Con las

categorías restantes se configura un esquema de cuatro categorías: 1) El modelo

residual que atiende al enfoque conservador de una intervención estatal temporal

mediante transferencia de rentas a sectores pobres e indigentes, con la finalidad

de garantizar la igualdad de oportunidades para el ejercicio de sus derechos; 2) El

modelo liberal progresista que atiende a un enfoque de resarcimiento de las

disfunciones del mercado, mediante la transferencia de rentas a sectores sociales

en riesgo de exclusión o marginación, con el objetivo de otorgarles igualdad de

oportunidades para su incorporación al mercado laboral o de atender situaciones

de conflicto; 3) El modelo socialdemócrata remunerativo que atiende a un enfoque

de compensación del mercado, a través del derecho a prestaciones sociales al

sector laboral, básicamente, con la finalidad de mejorar el bienestar familiar por el

esfuerzo contributivo; y 4) El modelo socialdemócrata universal que atiende al

principio de necesidad social mediante el derecho ciudadano a recibir prestaciones

universales para aumentar la calidad de vida.

Page 30: Guzman Bracho

29

Modelos históricos Agrupamiento de modelos de Montoro, Pierson y Titmuss.

Pierson — Conservador Liberal Marxista Socialdemócratas

Montoro Asistencial — — Control social Reproducción social Derecho social

Titmuss — Residual — — Remunerativo Universal

Beneficios Caridad Transfiere rentas

Transfiere rentas. Complemento al sistema

económico

Prestaciones sociales

Prestaciones universales

Beneficiario Indigentes Pobres e Indigentes Sectores social y/o laboral Sector laboral Ciudadano

Principios Ético Oportunidad Oportunidad Oportunidad Oportunidad.

Membresía y/o contribución

Necesidad. Seguridad ciudadana

Estado Interviene por criterios éticos

Intervención temporal..

Intervención funcional.

Control social y político

Avance hacia la plena ciudadanía o hacia la

transformación gradual

Raíz Protección social Beveridge Bismarck — Bismarck Beveridge

Fuentes: Elaborado con base en datos de Gelissen, 2002: 33; Montoro, 1997: 43 y ss.; Picó, 1996: 43 y ss.

1.3.2 Modelos institucionales.

Un segundo enfoque en la modelización amplía el espectro al centrarse en el

cometido de las instituciones sociales como entes distributivos y redistributivos. La

consideración de necesidad social deviene en una forma de participación

institucional: 1) En el modelo residual el Estado sólo interviene temporalmente

cuando fallan las vías naturales del mercado y la familia de atender las

necesidades del individuo; 2) En el modelo adquisitivo–ejecutivo las instituciones

sociales complementan a las económicas al satisfacer las necesidades sociales

con base en el mérito y si se contribuye a la riqueza común; 3) En el modelo

institucional redistributivo el bienestar social se asegura con el apoyo de una

institución integrada a la sociedad, para hacer posible un servicio universal al

margen del mercado y sobre la base del principio de necesidad; y 4) En el modelo

total se elimina todo criterio de asignación que no sea el bienestar en sí mismo, es

Page 31: Guzman Bracho

30

una intervención institucional permanente para atender necesidades reconocidas y

socialmente legítimas (Montoro, 1997: 44-45).

La modelización más conocida es la de G. Esping-Andersen (1990). En Los tres

mundos del Estado de Bienestar establece una definición que trasciende la

definición básica de responsabilidad mínima del Estado de asegurar mínimos de

protección social para sus ciudadanos. Sostiene que deben considerarse los

derechos asignados y, también, “cómo las actividades del Estado están

entrelazadas en la provisión social con las del mercado y el papel de la familia”

(Esping-Andersen, 1993: 37-41). Las variables relevantes para la comparación de

los regímenes del Estado de Bienestar son:

Variable Característica

Estado De garante de la propiedad (uso de la fuerza) a participar en la producción y asignación de bienes.

Mercado Asigna bienes.

Estructura de clase Determinante para la construcción del Estado del Bienestar.

Familia Unidad de medida que caracteriza a cada Estado de Bienestar.

Desmercantilización El proceso para quitar el precio a la fuerza de trabajo, sacarla del mercado y que siga teniendo el mismo ingreso.

Estratificación Los programas sociales llegan diferentes estratos de manera diferenciada en calidad y en cantidad.

Fuente: Elaborado con base en Esping-Andersen (1993 y 2000).

Con base en estos elementos, el autor formula una tipología según la medida en

que la persona se sustrae de la dependencia del mercado como mecanismo de

regulación social (desmercadización). Para ello, elabora un índice basado en

cuatro rubros: tipo de beneficios, requisitos de acceso, importancia de los

subsidios y población cubierta. Con base en los resultados obtenidos, clasifica al

Estado de Bienestar en tres niveles: 1) El Estado de Bienestar liberal: ayuda a los

que se comprueba que no tienen medios de vida, y la prestación de bajo rango

está fijada por la propensión marginal a optar por la ayuda social en vez del

Page 32: Guzman Bracho

31

trabajo. Este enfoque —imperante en EUA, Canadá, Australia y Japón— minimiza

la desmercantilización, limita el alcance de los derechos sociales y construye un

orden estratificado; 2) El Estado de Bienestar conservador: los derechos están

vinculados a la clase y al status social, y se basan en un ideario de la familia

tradicional que excluye a la mujer no trabajadora, da subsidios a la maternidad y

los servicios de ayuda familiar están subdesarrollados. Esta visión impera en

Austria, Francia, Alemania e Italia; y 3) El Estado de bienestar socialdemócrata

basado en el universalismo y la desmercadización de los derechos sociales. Las

prestaciones están extendidas a las clases medias; promueve una igualdad en los

niveles altos y no en las necesidades mínimas. Dinamarca, Holanda, Suecia,

Finlandia y Noruega se encuentran en este caso (Picó, 1996: 45-47; Gelissen,

2002: 33; Esping-Andersen, 1993: 46 y ss).

C. Jones (1993) —New perspectives on the welfare state in Europe— propone

como variable de clasificación los límites y contenidos de la ciudadanía, es decir,

toma como base la definición de los colectivos titulares de las prestaciones: 1) El

modelo escandinavo se centra en la política de pleno empleo y no en la

transferencia de rentas. El Estado es el empleador y redistribuye rentas

universalmente; 2) El modelo bismarckiano asumido por Alemania y Austria se

sustenta en estrategias compensatorias que sustituyen el derecho al trabajo por el

de la seguridad social. El Estado de Bienestar compensa en primera instancia; 3)

El modelo anglosajón adoptado por Reino Unido, Australia y Nueva Zelanda

donde la política de bienestar es un mecanismo de refuerzo del empleo. El Estado

de Bienestar residual compensa en última instancia; y 4) El modelo meridional

presente en España, Portugal, Grecia e Italia subraya en los hechos el

residualismo y la entrada obligada al mercado de trabajo, pero sin tradición de

pleno empleo (Picó, 1996: 49-52).

En Modelli di solidarietá. Politica y riforme sociali nelle democrazie, M. Ferrera

(1993) establece cuatro sistemas del Estado de Bienestar basado en la orientación

de flujos redistributivos como principio de participación laboral o de la ciudadanía.

Page 33: Guzman Bracho

32

La modelización refiere el entrecruce de las variables de los sistemas

ocupacionales que privilegian la redistribución horizontal intracategorial —

categoría de renta: jóvenes / viejos, ocupados / desocupados, sanos / enfermos—

y de los sistemas universales que privilegian la redistribución vertical entre los

estratos de renta de toda la población. En otras palabras, los sistemas son

clasificados según la presencia y la preponderancia de los enfoques laborista

(Bismarck) o universalista (Beveridge): 1) Los ocupacionales puros. Francia,

Bélgica, Alemania y Austria iniciaron con sistemas de seguridad social reservado a

algunas categorías de trabajadores dependientes y financiados con

contribuciones. El principio de solidaridad tiene una alta fragmentación

intercategorial e intracategorial. La administración recae principalmente en

organizaciones de empleadores y sindicatos; 2) Los ocupacionales mixtos. En

Suiza, Italia, Holanda e Irlanda se combinan sistemas ocupacionales y

universales, siendo el primero dominante aunque existe alguna cobertura basada

en el principio de ciudadanía. Los beneficios están fuertemente ligados a la

posición laboral; 3) Los universales mixtos. En Gran Bretaña14, Canadá y Nueva

Zelanda se desarrollan sistemas aseguradores públicos nacionales de medios

comprobados (means-tested) transformados después de la II Guerra Mundial en

planes de seguridad social de amplia cobertura y prestaciones homogéneas; y 4)

Los universales puros. En Finlandia, Dinamarca, Noruega y Suecia se cubre con

beneficios mixtos a toda la población residente como derecho ciudadano. Existe

una fuerte estructura organizacional y se financia vía fiscal (Gelissen, 2002: 35 y

Picó, 1996: 48-51).

Este modelización retoma algunas ideas de Leibfried de 1992, aunque éste utiliza

como indicadores centrales la política contra la pobreza y los derechos

proclamados. También se encuentran similitudes con la modelización de Bonoli

(1997), de Castles y Mitchell (1993) en cuanto al nivel de gasto social, y de Korpi y

Palme basada en la titularidad del derecho (vid Gelissen, 2002: 33–36).

Page 34: Guzman Bracho

33

En El nuevo modelo de prestaciones sociales en América Latina, F Filgueira

(1997) sostiene que para caracterizar el Estado de Bienestar en América Latina es

importante considerar dos variables fundamentales: los recursos (cuánto se

gastan y cómo se gastan) y la cobertura. “El desarrollo de las políticas de

bienestar debe ser entendido en el marco del peculiar desarrollo económico y

político de la región y de las heterogeneidades nacionales concretas.” (Filgueira

1997: 79). Con base en este concepto el autor desarrolla la siguiente tipología: 1)

El universalismo estratificado (modelo cercano al conservador de Esping-

Andersen), donde se otorga protección a la mayor parte de la población mediante

sistemas de seguro social. Existe una estratificación de beneficios, condiciones de

acceso y rango de protección en materia de seguro social. Los grupos mejor

situados para defender sus beneficios son los que se apropian de la mayor parte

de las rentas. Uruguay, Argentina y Chile se ubican en este caso; 2) Los

regímenes duales. Persiste el control patrimonialista. No hay cobertura universal

del seguro social, ya que un sector poblacional no tiene cobertura garantizada.

Existe cobertura universal en educación primaria y cobertura estratificada en

salud. La heterogeneidad regional determina la cobertura. El bajo desarrollo

democrático ha permitido esta dualidad. Hay tendencias hacia la privatización, la

elevación de la edad de retiro y el seguro popular. En este rubro se ubican Brasil y

México; y 3) Los regímenes excluyentes. Son sistemas elitistas en seguro social y

duales en educación. Se presenta una heterogeneidad de la estructura social, alta

concentración del ingreso y escasa participación del Estado en la disminución de

las desigualdades. Es el caso de República Dominicana, Guatemala, Honduras, El

Salvador, Nicaragua, Bolivia y Ecuador (Filgueira 1997: 83-93).

Los modelos institucionales resaltan la cobertura y modalidades de la función

distributiva y redistributiva en el conjunto social. Sin embargo, también debe

considerarse la dimensión de la participación de la sociedad en el proceso de

diseño, decisión, ejecución y evaluación de la política social (eje horizontal).

Page 35: Guzman Bracho

34

Existe una distinción conceptual entre un Estado de Bienestar Integrado o

Corporatista (EBI) y un Estado de Bienestar Pluralista o difEreciado (EBD). En el

rubro de la economía el EBD regula desde la demanda y el EBI desde la oferta y

la demanda; en materia de bienestar social, el EBD considera que es una

provisión social de un área relativamente autónoma, y el EBI reconoce e

institucionaliza la interdependencia e interrelación entre lo económico y lo social;

en el área política, el EBD se caracteriza por el pluralismo de grupos de interés y

el EBI por un pluralismo centralizado. En resumen, el corporatismo se diferencia

del Estado de Bienestar puro en dos aspectos: a) la política social y la política

económica están íntimamente relacionadas y tienen que estar coordinadas, y 2) el

corporatismo ve la integración sistémica como algo relacionado con la integración

social (Mishra, 1992: 161-170; Pérez, 1996: 120).

El Estado de Bienestar Corporatista (EBI) postula mecanismos de negociación y

regulación de las esferas económica y social. Los parámetros pruincipales son las

experiencias de un sistema centralizado de negociación colectiva (Suecia) y de

instituciones de coordinación social (Austria). Los resultados en el equilibrio de

intereses entre el mercado (ganancia) y el trabajo (bienestar) es que las

negociaciones en el largo plazo permiten disminuir las tensiones sociales y evitar

crisis económicas, ya que regulan los términos del empleo y las prestaciones

sociales. El eje de este esquema corporatista es la incorporación de los grupos

económicos y laborales más fuertes en la toma de decisiones y, por tanto, del

elemento de consenso y corresponsabilidad en el desarrollo de las sociedades

(Mishra, 1992: 248-249).

La visión corporatista no es la misma del corporativismo tradicional. El

corporativismo alude a una colaboración autoritaria entre los intereses de

trabajadores y empresarios integrados de forma obligatoria en asociaciones

sectoriales monopólicas. El corporatismo es propio de sistemas democráticos, se

sustenta en el reconocimiento de la libertad de asociación y, por tanto, en la

posibilidad de los ciudadanos de articular, expresar y defender libremente sus

Page 36: Guzman Bracho

35

intereses. La relación entre corporatismo y Estado del Bienestar es de

concertación social. Esta noción se ha desarrollado a partir de la observación de

formas de negociación centralizada entre sindicatos, patronal y gobierno en

distintos países (Holanda, Austria, Suecia) (Pérez, 1996: 123-129).

Este enfoque ha permitido una visión más amplia de las consecuencias de la

actividad estatal. Sin embargo, su viabilidad está sujeta a tres acuerdos o

premisas fundamentales: 1) considerar la naturaleza capitalista de las economías

occidentales en tanto sistema de producción y distribución; 2) considerar al Estado

de Bienestar en su relación con todo el marco institucional; y 3) analizar la política

social desde las perspectivas institucionales y grupales, es decir, que el Estado de

Bienestar debe considerar sus funciones (provisión de servicios) y los intereses

subyacentes (Mishra, 1992: 256 y ss).

La tendencia corporatista se refiere de forma genérica a la importancia creciente

de los actores colectivos en los procesos de articulación y representación de

intereses, en la gestión colectiva del conflicto y en otros procesos de

reestructuración social (Pérez, 1996: 119-120). Las razones que justifican la

propuesta de un Estado de Bienestar en su forma corporatista es que los acuerdos

de este tipo, al incorporar a los grupos con mayor poder económico en el proceso

de toma de decisiones, tienen el mérito de ayudar a la extensión de la idea de

responsabilidad colectiva en el mantenimiento del sistema (Mishra, 1992: 246). A

partir de esta concepción como marco referencial de diálogo y conciliación de

intereses sociales contrapuestos, es posible incorporar una nueva dimensión de

participación social: la dimensión ciudadana.

Es de considerar que el Estado de Bienestar debe asumir una función reguladora

de los derechos individuales y sociales, donde prevalezca el interés general sobre

los intereses grupales. Los ciudadanos deben ser considerados como sujetos

activos de ambos derechos, de sus derechos individuales y de sus derechos

sociales.

Page 37: Guzman Bracho

36

La actitud pasiva del ciudadano (cliente) o una actitud activa (ciudadano)

determina los límites reguladores del Estado. El modelo cliente concibe a las

personas como clientes individuales: reduce su espacio a temas micro en la

regulación del consumo y limita su participación a procesos de información

verticales. El modelo ciudadano propicia que las personas sean escuchadas:

participan en la gestión y en la resolución de sus problemas. Es un proceso de

control ciudadano que requiere de un diseño institucional de los entes reguladores

con los elementos siguientes: 1) definición de los procesos regulatorios; 2) un

marco regulatorio claro y sencillo; 3) cumplimiento de los presupuestos de

autonomía del ente regulador (normas, órganos directivos, criterios de designación

y remoción, origen de los recursos); 4) distinción precisa entre las funciones de los

entes reguladores; y 5) mecanismos institucionales de interacción entre el ente

regulador y los ciudadanos (Barbara, 2000: 6-8).

El corporatismo promueve un Estado de Bienestar que fomente activamente la

igualdad económica y social, y el diseño colectivo de las políticas públicas (Mishra,

1992: 227-233).

Considerando ambas dimensiones de los modelos institucionales —cobertura de

la política social y participación de la sociedad en la política social—, se pueden

ubicar semejanzas en la forma de agrupar las distintas categorías. Si se retoman

los rasgos más significativos de cada propuesta se puede conformar un esquema

homogéneo alineado en cuatro categorías con base en los principios que los

motivan, los objetivos fundamentales que persiguen, los derechos garantizados y

el monto y origen del gasto social. En el cuadro siguiente se resumen estos

conceptos.

Page 38: Guzman Bracho

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Modelos institcionales Propuestas de Gelissen, Jones, Ferrera, Castles–Mitchell, Liebfried, Bonoli, y Korpi–Palme

Jones Bismarckiano Franja Latina Anglosajones Escandinavo

Ferrera Ocupacional puro Ocupacional mixto Universales mixtos Universales puros

Esping-Andersen Conservador Liberal Socialdemócrata

Montoro Institucional redistributivo

Adquisitivo ejecutivo Residual Modelo total

Filgueira (América Latina)

Universalismo estartificado

Dual Excluyente

Otros Institucional Rudimentario Residual Moderno

Administración

Administración en organizaciones de

empleadores y sindicatos (EBD)

Administrados por sistemas aseguradores

públicos y privados (EBD)

Administrados por sistemas aseguradores

públicos nacionales (EBD)

Administración estatal integrada (EBI)

Principio

Derecho ocupacional. Ingreso–beneficio

Protección estratificada

vinculada a la clase y al status

Basado en la membresía o en contribución a tasa

nivelada. Protección parcial de la seguridad

social

Seguridad básica basada en ciudadanía

(o contribución). Sistemas elitistas y

heterogéneos. Ayuda a quien no tiene medios

Principio de necesidad Universalismo y

desmercadización d

Objetivo

Crecimiento económico.

Compensa el Estado y después emplea

como ùltimo recurso

Instituciones son complemento de la economía. Persiste

residualismo y mnecesidad de ingreso

laboral

Crecimiento económico. Emplea el mercado y

apoya la familia. Después compensa el

Estado

Pleno empleo como primer recurso, después

compensa

Derecho a Seguridad social Trabajo y bienestar

proclamados Transferencias de

rentas Trabajo y bienestar socal

Gasto social

� Alto porciento de gasto social financiado por contribuciones

� Alto gasto social como porciento del PIB

� Alto porciento de gasto social financiado por contribuciones

� Bajo gasto social como porciento del PIB

� Bajo porciento de gasto social financiado por contribuciones

� Bajo gasto social como porciento del PIB

� Bajo porciento de gasto social financiado por contribuciones

� Alto gasto social como porciento del PIB

Raíz Bismarck Bismarck Beveridge Beveridge

Fuentes: Elaborado con base en datos de Gelissen, 2002: 33 y ss; y Picó, 1996: 49.

Con base en esta agrupación su deduce un modelaje institucional que condensa

las principales características propuestas: 1) El modelo residual o excluyente que

responde a una visión liberal. El Estado prioriza el crecimiento económico y

compensa después vía transferencia de rentas. Destina bajos montos de gasto

social financiado por contribuciones. El concepto de protección social retoma la

idea de Beverdige de seguridad basada en la ciudadanía (o en la contribución),

pero sólo considera como beneficiarios a quienes no tienen medios; 2) El modelo

bismarckiano o ocupacional puro. Es una visión conservadora de la política social.

Page 39: Guzman Bracho

38

En este esquema el Estado también prioriza el crecimiento económico y

complementa a través de la seguridad social como derecho vinculado al trabajo.

Es una protección social estratificada vinculada a la clase y al status con presencia

de instituciones ex profeso. Tiene un alto gasto social financiado por

contribuciones; 3) El modelo ocupacional mixto o dual donde coexisten los

principios de protección social de Bismarck y Beveridge. Están establecidos los

derechos al trabajo y al bienestar social. Sin embargo, su orientación es

fundamentalmente complementaria de la economía y los beneficios se vinculan a

la membresía o la contribución. La protección de la seguridad social es parcial. Se

destina un bajo gasto social mayoritariamente financiado por contribuciones; y 4)

El modelo universal puro o total. Es un enfoque moderno de la seguridad social

basado en el principio de necesidad de Beveridge. El Estado promueve políticas

de pleno empleo y después compensa mediante prestaciones de cobertura

universal en atención a los derechos al trabajo y al bienestar social. Destina

montos elevados de gasto social financiado en su mayoría con recursos fiscales.

1.3.3 Condensación de modelos históricos e institucionales.

Con base en las propuestas condensadas de los modelos históricos y de los

modelos institucionales tenemos un espectro que nos permite establecer

semejanzas entre ambas categorizaciones. En ambos casos el modelo residual

deriva de una ideología liberal convencida de una participación estatal esporádica

en apoyo a sectores desfavorecidos por las disfunciones del mercado y la familia.

Un segundo paralelismo, menos evidente que el anterior, se establece entre las

categorías liberal progresista y ocupacional mixto. En los dos casos la política

social tiene una función complementaria del mercado y la familia, pero su

cobertura se amplía hacía sectores en riesgo de marginación o partícipes en el

financiamiento de los beneficios. Una tercera analogía es entre las categorías

socialdemócrata remunerativa y bismarckiana al señalar la función compensatoria

del mercado de la política social mediante provisión de seguridad social orientada

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39

al sector laboral. La cuarta afinidad es entre las clasificaciones de socialdemócrata

liberal y universal puro en tanto que se sustentan en el principio de necesidad para

otorgar beneficios de cobertura universal al ciudadano.

Modelos históricos Modelos institucionales

Residual

Enfoque conservador. Intervención estatal temporal vía transferencia de rentas a sectores pobres e indigentes para garantizar igualdad de oportunidades en el ejercicio de los derechos

Residual o excluyente

Visión liberal. Estado prioriza crecimiento económico y compensa vía transferencia de rentas. Seguridad a quienes no tienen medios basada en la ciudadanía. Bajos montos de gasto social financiado por contribuciones.

Liberal progresista

Enfoque de resarcimiento de las disfunciones del mercado vía transferencia de rentas a sectores sociales en riesgo. Otorga igualdad de oportunidades para el mercado laboral y atiente conflictos

Ocupacional mixto o dual

Coexisten ideas de Bismarck y Beveridge. Orientación complementaria de la economía. Beneficios por membresía o contribución. Protección parcial. Bajo gasto social financiado por contribuciones

Socialdemócrta remunerativo

Enfoque de compensación del mercado a través del derecho a prestaciones sociales al sector laboral, básicamente. Busca mejorar el bienestar familiar por esfuerzo contributivo

Bismarckiano o ocupacional puro

Visión conservadora. Estado prioriza el crecimiento económico y complementa con seguridad social laboral. Protección social estratificada con instituciones ex profeso. Alto gasto social financiado por contribuciones

Socialdemócrata liberal

Principio de necesidad social mediante el derecho ciudadano a recibir prestaciones universales para aumentar la calidad de vida.

Universal puro o total

Enfoque moderno. Estado promueve pleno empleo y compensa con prestaciones universales. Principio Beveridge y derechos al trabajo y bienestar social. Alto gasto social financiado vía fiscal.

Con base en estas similitudes, se puede intentar una ubicación de los modelos en

el cuadrante de los ejes de la política social. El modelo residual tiene por definición

una cobertura mínima y no requiere de la participación directa de la sociedad,

aunque en algunos países (anglosajones) intervienen diversas estructuras

institucionales con legitimidad democática en el diseño de la política social: en el

eje vertical se ubica en la parte baja y en el eje horizontal transita según el caso de

cada país. El modelo liberal progresista o dual amplía la cobertura a algunos

sectores en riesgo y considera la participación de los contribuyentes: en el eje

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40

vertical se ubica en la parte media–baja y en el horizontal tiende a involucrar a

algunos sectores de beneficiarios. El modelo remunerativo o bismarckiano la

cobertura abarca mínimamente al sector laboral e involucra en el diseño y

ejecución de la política social a los representantes de los trabajadores y

empresarios: en el eje vertical se ubica en la parte media–alta y en el eje

horizontal tiende hacia un perfil de mayor participación de la sociedad. El modelo

socialdemócrata liberal o universal puro la cobertura es a toda la ciudadanía y

conlleva un alto grado de participación de la sociedad a través de mecanismos e

instituciones ex profeso, así como de estructuras gubernamentales y sociales con

legitimidad democrática (Estado de Bienestar Integrado o estado de Bienestar

Diferenciado)

Figura 1: Ejes de la política social

Ubicación de los modelos condensados, histórico e institucional

Autoritarismo Democracia

Universalismo

Residualismo

Residual

Liberal o dual

Remunerativo o bismarckiano

Socialdemócrata liberal o universal puro

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41

1 “El núcleo común de las formas de comunidad tanto étnicas como nacionales sería la

‘conciencia del nosotros’ fundada en el imaginario parentesco de sangre o identidad cultural de personas que comparten la creencia de un origen común” (Habermas, 1999: 108).

2 “Ahora bien; como los hombres no pueden engendrar nuevas fuerzas, sino unir y dirigir las que existen, no tienen otro medio de conservarse que formar por agregación una suma de fuerzas que pueda exceder a la resistencia, ponerlas en juego por un solo móvil y hacerlas obrar en armonía [?] “Esta suma de fuerzas no puede nacer sino del concurso de muchos; pero siendo la fuerza y la libertad de cada hombre los primeros instrumentos de su conservación, ¿cómo va a comprometerlos sin perjudicarse y sin olvidar los cuidados que se debe? Esta dificultad, referida a nuestro problema, puede enunciarse en estos términos: ‘Encontrar una forma de asociación que defienda y proteja de toda fuerza común a la persona y a los bienes de cada asociado, y por virtud de la cual cada uno, uniéndose a todos, no obedezca sino a sí mismo y quede tan libre como antes’. Tal es el problema fundamental, al cual da solución el Contrato social”. Es pues, “la enajenación total de cada asociado con todos sus derechos a toda la humanidad” (Rousseau, 1993: 47-48).

3 “El hombre tiene una inclinación a entrar en sociedad; porque en tal estado se siente más como hombre, es decir, que siente el desarrollo de sus disposiciones naturales. Pero también tiene una gran tendencia a aislarse; porque tropieza en sí mismo con la cualidad insocial que le lleva a querer disponer de todo según le place y espera, naturalmente, encontrar resistencia por todas partes, por lo mismo que sabe hallarse propenso a prestársela a los demás” (Kant, 1987: 46).

4 “Desde el principio de la historia, nos encontramos siempre la sociedad dividida en

estamentos, dentro de cada uno de los cuales hay a su vez, una nueva jerarquía social con grados y posiciones? Hoy y cada vez más abiertamente, toda la sociedad tiende a separarse, en dos grandes grupos enemigos, en dos grandes clases antagónicas: la burguesía y el proletariado”. Marx y Engels, 1980: 9).

5 Spencer, Herbert (1908). The principles of sociology. Vol. 1. Nueva York. Appleton. Tomado de Ritzer, 1999: 156.

6 Ver Durkheim, 2002: Capítulos II y III. Durkheim refiere dos tipos de sociedad: las de solidaridad mecánica y las de solidaridad orgánica. En las culturas tradicionales con una reducida división del trabajo hay una solidaridad mecánica (experiencias comunes y creencias compartidas) sustentada en el consenso y la similitud de creencias. Mientras que la especialización del trabajo y la consecuente diferenciación social en las culturas desarrolladas produce una solidaridad orgánica donde la unidad se da por la interdependencia económica de las personas y el reconocimiento de la importancia de la aportación ajena. La reciprocidad económica y dependencia mutua sustituyen las creencias compartidas como base del consenso social.

7 “El funcionalismo recalca la existencia de un consenso moral para el mantenimiento del orden y la estabilidad social. El consenso moral se da cuando la mayoría de las personas de una sociedad comparten los mismos valores” (Giddens, 2002: 45). Esta corriente enfatiza los valores de cohesión social sobre los que conducen a la división o conflicto.

8 Para Weber, en las sociedades tradicionales la religión y las costumbres definen los componentes principales de las actitudes y valores, y en las sociedades modernas el componente es la racionalización creciente de áreas vitales (Giddens, 2002: 42).

9 En realidad, es una referencia a un conjunto de disposiciones normativas: 1. Ley de Pobres de 1601. El Estado reconoce la ayuda legal a los pobres a través de las parroquías (casa de

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42

pobres) y el trabajo obligatorio a los pobres con capacidades. 2. La Ley de Avecindamiento de 1662: la vecindad debía proveer ayuda a los miembros que no pudiesen mantenerse por sí mismos. 3. La Gilbert’s Act de 1782: apoyo a las personas con posibilidades de trabajar para alcanzar una posición independiente. 4. La Ley de Speenhamland de 1785: subsidios monetarios directos a los trabajadores en relación con el núcleo familiar y el precio del pan. 5. La Enmienda de la Ley de Pobres de 1834: reducción de la ayuda al mínimo, cancelación de la ayuda a quienes se valen por sí mismos y desaliento al crecimiento poblacional. A pesar de estas disposiciones, la pobreza es alarmante. Hobsbawm “señaló que la vida para la clase trabajadora era mísera, pobre, sórdida, envilecedora, breve y ante todo insegura” (Palacios, 2005: 139-146).

10 Alemania establece un sistema tripartito de seguros sociales contra enfermedad, accidentes y vejez: 1) Sistema de seguros de enfermedad en 1883: sociedades de socorro mutuo de contribución bipartita para los trabajadores de la industria; 2) seguro de accidentes en 1884 financiado por los empresarios para los trabajadores de seis industrias, posteriormente ampliado a las ramas de la industria, el comercio y la agricultura; 3) el seguro de invalidez y vejez en 1889 que otogaba pensiones a los setenta años en proporción al número de contribuciones de carácter tripartita; y, décadas después; 4) el seguro de desempleo en 1927. La seguridad social se introduce en Austria-Hungría en 1887, en Suecia en 1991, en Noruega en 1894, en Dinamarca y Francia en 1898, en Bélgica en 1903, en Italia en 1905, en Suiza en 1906 y en Gran Bretaña en 1908 (Palacios, 2005: 153 – 157).

11 “Bien es todo aquello cuyo consumo genera utilidad? [y] mal es todo aquello que genera desutilidad. Los bienes y los males? pueden ser públicos o privados. La diferencia estriba en su divisibilidad: los bienes o los males públicos no son divisibles [?] y, por tanto, los individuos los consumen colectivamente; mientras que los bienes o males privados sí son divisibles y, por tanto, los individuos los consumen individualmente” (Bazúa y Valenti, 1993:16-17). En un estado liberal democrático el estado de derecho es un bien público insustituible (división de poderes, economía con participación de diferentes actor sociales).

12 “La responsabilidad del Estado de Bienestar se dirigía a garantizar la cobertura universal y gratuita de los servicios básicos de salud y educación; cubrir los riesgos sociales vincualdos o no al trabajo, que provocaba el desempleo, las discapacidades, enfermedades, la muerte, además se proveía el cuidado infanrtil, los servicios de maternidad y la capacitación laboral; así mismo, garantizaba políticas de salarios mínimos y regulaciones de empleo que acotaban la capacidad de los empleadores para alterar el tamaño de su fuerza de trabajo” (Palacios, 2005: 161). El esquema de Beverige es tripartito, excepto en los casos de subsidios a los hijos, asistencia sanitaria y rehabilitación, que son a cargo del Estado.

13 Esta modelización es de Offe y Lenhardt (1979): 1) modelo formalista que prescribe sin importar el resultado obtenido; 2) modelo normativo que prescribe y, además, constata la diferencia entre la norma y el resultado; y 3) modelo materialista que considera el planteamiento y resultado de la política social con base en la trama de relaciones sociales de clase y poder (Montoro 1997: 45; Picó, 1996: 53).

14 Gran Bretaña es el mejor ejemplo de este tipo: Entre 1945 y 1948 edifica un sistema público de protección fuertemente integrado, organizativamente y universalista: Nacional Health Service (1945): para la asistencia sanitaria en especie extendido a toda la ciudadanía; Family Allowances (1945) o subsidios familiares a toda la ciudadanía; Nacional Insurance (1946) prestaciones económicas (pensiones, indemnizaciones económicas de enfermedad y de desempleo) extendido sólo a la población activa; Nacional Assistence (1948) para el sostenimiento de medios comprobados (means-tested) de la renta de ciudadanos necesitados. En años posteriores se atenúan los requisitos laborales para acceder al

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43

Nacional Inssurance y en 1970 se introduce la pensión universal para mayores de 80 años (Picó, 1996: 50-51).

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Capítulo 1

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