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Gestión, Desarrollo y Sociedad SAS Calle 74 No. 15 – 80, Interior 2, Oficina 306

PBX: 3174547, Bogotá, Colombia Correo: [email protected]

Página web: www.gedes.co

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Revista GESTIÓN, DESARROLLO Y SOCIEDAD Volumen 01, Número 01 Enero – Junio de 2015 Publicación Semestral Bogotá D.C. GEDES S.A.S.

ISSN Versión Impresa: 24223166 ISSN Versión Digital: En trámite. Directora Diana del Pilar Romero Varila Editor Fabián Alexander Cañas Molina Corrección y Estilo Diana Milena Castro Urrea Colaboradores de esta edición Guillermo Alba Cárdenas Gerson Didier Gaona Espitia Publicación Gestión, Desarrollo y Sociedad - GEDES SAS Nit. 900550589-1 Edición Publicistas Ltda. Calle 10 N°. 27 – 80, Oficina 126A

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Contenido

Contenido

Editorial 6

Diana del Pilar Romero Varila 6

Notas Culturales 8

Diana Milena Castro Urrea 8

ANÁLISIS: 11

Ideas Sobre El Desarrollo Local en Colombia 11

Omar Urrea Romero 11

Normas internacionales de información financiera. Breve repaso del camino

normativo recorrido en Colombia 19

Gerson Didier Gaona Espitia 19

Entrevista 21

Evolución del Control Interno en Colombia 21

Guillermo Alba Cárdenas 21

Preguntas y Respuestas Frecuentes 27

Fabián Alexander Cañas 27

ZONA DE REFLEXIÓN 34

Álbum de Eventos 36

Momentos de 2014 36

Contactos e Información 39

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Editorial

Diana del Pilar Romero Varila1

Directora Ejecutiva de GEDES SAS

Inicia el 2015 y con él empieza también a hacerse realidad el sueño de una Revista periódica para Gestión, Desarrollo y Sociedad. El primer número viene cargado de información y apuntes de interés para todos nuestros estudiantes y para las personas interesadas en los temas de la Gestión Pública y la Administración en general. En esta ocasión tendremos un artículo central sobre el tema de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), seguido por un documento de análisis sobre el desarrollo local en Colombia y una entrevista con el experto en control interno Guillermo Alba Cárdenas. La revista combina los artículos técnicos sobre los temas que normalmente se desarrollan en los cursos presenciales y virtuales que imparte nuestra firma desde hace ya más de dos años, con artículos y notas importantes para los funcionarios y personas interesadas en la gestión de los asuntos públicos. Esperamos que este primer número sea de su agrado e invitamos a todos nuestros docentes, estudiantes y colaboradores a enviarnos sus aportes para el próximo número. También son bienvenidos los escritos de autores y personas interesadas en los temas de la gestión pública que quieran escribirnos. Sus artículos serán revisados por nuestro cuerpo editorial y con gusto publicaremos todos aquellos que cumplan con las condiciones de autoría, extensión y contenido que se anuncian al final de esta revista. Mis sinceros agradecimientos a todos aquellos que hicieron posible este primer número y a todos aquellos que esperamos lean los artículos y nos hagan llegar sus comentarios. Para nosotros sería muy grato recibir sus observaciones.

1 Administradora de Empresas de la Universidad Nacional de Colombia. Se desempeña actualmente como

Representante Legal y Directora Ejecutiva de Gestión, Desarrollo y Sociedad S.A.S.

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Notas Culturales

De las palabras y los lazos que unen al mundo Una crónica sobre Sakoto Tamura y García Márquez

Diana Milena Castro Urrea “Todo comenzó hace veinticinco años, cuando recibí una llamada telefónica de Kenji Nakagami”, relata la reconocida escritora y poeta japonesa Satoko Tamura en el prólogo de su libro “Los caminos por ‘Cien años de soledad’”. Un encuentro causado por la casualidad y la suerte fue lo que acercó a esta mujer nacida en Wakayama en 1947 a descubrir el mundo enigmático descrito en las obras de García Márquez. Debo aclarar, que si bien conozco varias de las obras del Premio Nobel, y comprendo la gran influencia de su trabajo en la literatura colombiana y latinoamericana, ignoraba el hecho de que tuvieran tan alto reconocimiento al otro lado del mundo, en un país lejano y pequeño, con una cultura de orden, trabajo, ancestros, soles nacientes y modernidad que difiere tanto de la cultura colombiana, multiétnica, alegre y diversa en costumbres. Un acercamiento posible, sin dudas, al dedicado trabajo de Satoko Tamura quien con un temperamento decidido y grandes expectativas, desde hace veinticinco años, como cuenta en su libro, mantuvo una relación estrecha con el célebre escritor colombiano y su familia; acompañándolos en ocasiones en cenas y reuniones en su residencia en México; y traduciendo del español al japonés diversos títulos del autor como Cien años de soledad, El amor en los tiempos del cólera, El coronel no tiene quien le escriba, El otoño del patriarca y Crónica de una muerte anunciada, entre otros títulos de la obra de Gabriel García Márquez. Todo empezó cuando un compañero escritor, Kenji Nakagami, reconocido en Japón como el autor de “El Cabo y otras historias del Gueto Japonés”; decidió llamar a Tamura con el fin de concertar una entrevista con el escritor colombiano que le inspiraba gran admiración e interés debido a sus recientes trabajos publicados. Debido a inesperados inconvenientes, fue Satoko Tamura quien estuvo en Cuba con García Márquez en vez de Kenji Nakagami, para entrevistar y conocer al colombiano. “Tuve la oportunidad de entrevistarlo hace veinte años en La Habana; desde entonces nos une una gran amistad, que comparto con admiración por su obra, motivo suficiente para abrazar su universo fantástico y poder entenderlo mejor.” Dice Tamura en una entrevista realizada por Bella Clara Ventura, para el periódico El Tiempo. De forma inesperada, el evento que se habría de realizar en La Habana en el marco del Segundo encuentro de los intelectuales de América Latina y el Caribe, terminó siendo enrevesado entre todas las preparaciones y acontecimientos inesperados que desencadena el organizar de forma apresurada un encuentro entre distinguidos

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personajes. La entrevista exclusiva que Satoko realizó al escritor colombiano fue publicada en una revista japonesa bajo el título de “Debate entre la literatura y la política” en el año 1986. Después de este encuentro se dio inicio a una amistad entre Satoko Tamura y Gabriel García Márquez y su esposa, y en diversas ocasiones, encuentros dados en Tokio y Los Ángeles permitieron que se conocieran más y compartieran experiencias juntos, lo que llevaría a la escritora a ampliar su visión del mundo y visitar Colombia con el fin de conocer de cerca los parajes secos e inhóspitos descritos en los libros del escritor colombiano; tierras de clima cálido, mariposas amarillas, plantaciones abandonadas y sucesos extraordinarios que decidió recorrer. “Para traducirle a los japoneses el universo de Gabo, había que recorrer su tierra” dijo la escritora, quien estuvo durante dieciséis años en La Guajira y buena parte de la costa Colombiana sumergiéndose en la cultura y en sus manifestaciones, con el fin de encontrar las palabras precisas para reducir la brecha entre el idioma japonés y el español. “Poco a poco fui descubriendo la profunda vinculación entre sus obras y su familia, el ambiente en que fue criado, su vida real, etc. Me propongo aquí echar una mirada retrospectiva en el laberíntico discurrir de un cuarto de siglo, para relatar lo que he logrado comprender del mundo de Gabo.” Es una de las frases que componen el prólogo de su más reciente libro, en el cual pretende describir con gran detalle el curso de sus viajes por Colombia y su relación con Gabriel García Márquez, de su descubrimiento de las diversas características culturales del país inmersas en los trabajos del Premio Nobel, como la soledad y el dinamismo, los dolores y alegrías, la realidad y la fantasía que encontró en sus viajes realizados en distintos periodos de tiempo desde el año 1994 hasta el 2010, pasando por las seca península de La Guajira, hacia las costas de Santa Marta, Barranquilla, Ciénaga y Cartagena. Cumpliendo con un amplio itinerario, Tamura viajó por Colombia, a veces sola y en otras ocasiones acompañada, conociendo de primera mano singulares lugares del país, que ni siquiera muchos colombianos han podido visitar; estuvo también en ciudades imperdibles, remontando por las aguas del río Magdalena hasta Mompox, regresando luego hasta Cartagena, ciudad histórica en la que se desarrollan novelas como “El amor en los tiempos del cólera” y “Del amor y otros demonios”; pasó por Barranquilla y La Mojana y también, por qué no, visitó ciudades del centro del país, para asistir a eventos públicos como el Festival Internacional de Poesía en Medellín y la Feria del Libro en Bogotá. Comunicándose con un perfecto español, Satoko Tamura recorrió algunos los más alejados rincones de la costa colombiana en búsqueda de información y material suficiente para sus traducciones y su posterior obra. Tratando de alejarse de estereotipos y prejuicios se apropió del lenguaje y la jerga colombiana de la mejor forma con tal de traducir y llevar a su tierra natal obras complejas con un vocabulario amplio y autóctono. Doctora en Letras Hispanoamericanas, poeta, ensayista, traductora y decana de la Facultad de Literatura de la Universidad de Tokio, esta escritora ha logrado acercar a dos países que están geográfica y culturalmente distantes.

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Su objetivo es mostrar a Japón la esencia del pueblo colombiano, de sus personajes y habitantes, que García Márquez logró captar con soltura en sus escritos; y que no solo están limitados a un contexto de violencia y corrupción sino también a la perseverancia y dedicación diaria. Como dice la autora, “Mi reto es venir y sentir para no estar al margen de la intención ni de la emoción, para plasmar en japonés las mieles y los cactus de escenarios y personajes.” Traducciones, que si bien se ven limitadas por cuestiones lingüísticas, porque debe haber dificultad en traducir expresiones como las guayaberas y las cumbiambas o los pan de bonos de nuestra tierra al idioma japonés, logran en términos entendibles, expresar las palabras del escritor; sí, habrá posibilidad de que por medio de las palabras, el asombro y curiosidad que estas generan, tanto japoneses como colombianos puedan entenderse en el infinito lenguaje de las costumbres y tradiciones que definen al mundo. El autor: Diana Milena Castro es estudiante de Filología Inglesa de la Universidad Nacional de Colombia, así como de Lenguas Modernas de la Escuela de Administración de Negocios.

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ANÁLISIS:

Ideas Sobre El Desarrollo Local en Colombia

Omar Urrea Romero PRESENTACIÓN

Los esfuerzos que se vienen realizando en los países latinoamericanos para impulsar el desarrollo local son destacables e importantes. No obstante, algunos procesos de cambio no resultan exitosos pese a contar con recursos y mecanismos legales y administrativos para lograrlo. En algunos casos se pone en entredicho la capacidad de nuestros gobernantes, en otros se indica que la debilidad técnica de los proyectos conduce a su fracaso, otros señalan que la falla está en la falta de monitoreo y seguimiento a las acciones que se emprenden. Quizá sea un poco de todo ello. Resulta conveniente entonces analizar las causas de este tipo de situaciones y avanzar en la formulación y desarrollo de adecuados proyectos que generen impacto en las variables más sensibles del desarrollo local. A continuación se esbozan algunas ideas sobre los avances del desarrollo local en Colombia, las cuales se desarrollan con mayor profundidad en el trabajo de grado de la Maestría en Dirección y Gestión Pública Local del autor.2 EL DESARROLLO LOCAL EN COLOMBIA Colombia ha mostrado avances muy interesantes en materia de desarrollo local en los últimos veinte años, especialmente a partir de la promulgación de la Constitución Política de 1991 que dio un nuevo impulso al fortalecimiento de los gobiernos locales y la apertura de nuevas posibilidades para su gestión y consolidación. No obstante lo anterior, los resultados que se observan son todavía incipientes en algunos aspectos críticos como la cobertura plena de ciertos servicios públicos básicos y la sostenibilidad económica de los entes territoriales. 1.1. Avances en materia de Desarrollo Local. En la Constitución Política de 1991 se establecieron con precisión cuatro derechos básicos de los municipios, cuya materialización permite que dichas instancias de gobierno logren autonomía en la gestión de sus intereses, por supuesto dentro de los

2 Maestría organizada por la Unión Iberoamericana de Municipalistas, en asocio con la Universidad Carlos III de

Madrid y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo de España.

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límites de la Constitución y la Ley. Al respecto, el Artículo 287 de la Constitución señala que son derechos de los entes territoriales:3

1. Gobernarse por autoridades propias. 2. Ejercer las competencias que les correspondan. 3. Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento

de sus funciones. 4. Participar en las rentas nacionales.

No es el objeto del presente trabajo analizar en detalle los resultados en los cuatro campos señalados por la Constitución durante los más de veinte años de vigencia de la norma, pero sí es conveniente hacer una breve referencia a los principales logros y retos en estos puntos. Gobernarse por autoridades propias: Este derecho se ha cumplido a cabalidad, incluso desde antes de la expedición de la Constitución, pues desde 1986 existe la elección popular de las máximas autoridades de los municipios en Colombia.4 Hasta 1986, los comicios regionales coincidían con las elecciones legislativas cada dos años y elegían únicamente a diputados y concejales. A partir de 1986 se eligen por voto popular los Alcaldes Municipales, máximas autoridades locales que se escogen directamente por la ciudadanía en cada territorio. A partir de la Constitución de 1991 se separaron las elecciones regionales (Departamentos y Municipios) de las elecciones legislativas (que se celebran cada cuatro años y eligen a la totalidad del Senado y de la Cámara de Representantes). Ejercer las competencias que les corresponde. Las competencias que le corresponden a los municipios están definidas en la Constitución Política y en algunas leyes que expresamente señalan sus obligaciones y responsabilidades. Se trata, fundamentalmente, de las siguientes normas: 5

Ley 136 de 1994 por la cual se dictan las normas básicas para la modernización y el funcionamiento de los municipios.

Ley 1454 de 2011, por la cual se dictan normas orgánicas sobre ordenamiento territorial.

Ley 1551 de 2012 que actualiza las normas de modernización y organización de los municipios.

En concordancia con lo señalado en el Artículo 311 de la Constitución, las competencias de los municipios son: (1) Prestar los servicios públicos que determine la ley, ya sea directamente o a través de mecanismos autorizados: Servicios de

3 Constitución Política de Colombia, Artículo 287.

4 Hasta 1986 los comicios regionales coincidían con las elecciones legislativas cada dos años y se elegían

únicamente diputados departamentales y concejales municipales. A partir de 1986 se aprobó la elección popular de los alcaldes municipales, los cuales se elegían junto con las elecciones legislativas de Congreso de la República. 5 Otras disposiciones fundamentales son: Ley 60 de 1993, Ley 388 de 1997; Ley 80 de 1993; Ley 549 de 1999, Ley

617 de 2000, Ley 715 de 2001, Ley 1003 de 2005, Ley 1446 de 2011, Ley 1469 de 2011 y Ley 1483 de 2011.

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acueducto, alcantarillado, aseo, alumbrado, entre los más importantes. (2) Construir las obras públicas que demande el progreso local. (3) Ordenar el desarrollo de su territorio. (4) Promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y, (5) Cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes. Aunque las competencias son claras, a la fecha se observan resultados que indican que no todos los municipios han podido cumplir cabalmente con estas responsabilidades. A modo de ejemplo, y entre las más importantes, se tienen: Focalización de programas sociales: Desde comienzos de la década de los noventa Colombia adoptó la estrategia de focalización de los programas sociales y, por ende, del gasto social, como una forma de dar cumplimiento a los mandatos constitucionales de brindar atención preferencial a los grupos de población más pobre y vulnerable, de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida, la distribución equitativa de las oportunidades y asegurar que las personas, en particular las marginadas y desprotegidas, tengan acceso efectivo a los bienes y servicios, con sujeción a los principios constitucionales de justicia distributiva, solidaridad, dignidad humana, eficiencia, equidad y universalidad. Para desarrollar la estrategia señalada, se introdujo el concepto de "Subsidios a la Demanda" y se implementó un Sistema de Identificación de Beneficiarios de los Programas Sociales (denominado SISBEN). Como parte de los resultados de las evaluaciones que el Departamento Nacional de Planeación de Colombia6 ha realizado a la implementación del SISBEN, se encuentra que efectivamente el programa “(…) ha tenido una cobertura y aceptación importante y que ha servido como instrumento clave y eficaz para la focalización de subsidios a la demanda, especialmente en el régimen subsidiado de salud y, adicionalmente, para otros programas sociales, aunque todavía falta cubrir mucha de la demanda que exige una asignación importante de recursos” 7. Estos mismos resultados muestran que la distribución de la pobreza sigue siendo muy desigual en el país y que no todos los municipios han hecho un uso óptimo de los instrumentos de focalización del gasto y que, en consecuencia, sus inversiones no están llegando a los más necesitados. Desempeño integral de los municipios de Colombia: El Departamento Nacional de Planeación evalúa periódicamente el desempeño administrativo, fiscal y social de los municipios del país, a través de instrumentos que se soportan en las exigencias del Artículo 79 de la Ley 617 de 2000, el artículo 90 de la Ley 715 de 2001 y el 49 de la Ley 152 de 1994.8 La metodología de evaluación usada se fundamenta en el seguimiento a cinco componentes claves de la gestión pública

6 Véase por ejemplo “Resultados de la encuesta de evaluación del SISBEN a nivel municipal, 2003”, señalada en la

bibliografía de este trabajo. 7 Íbid. Página 27.

8 Los resultados del último estudio se encuentran en el informe denominado “Evaluación del Desempeño Integral

de los Municipios. Informe de resultados vigencia 2012”, identificado en la bibliografía de este trabajo.

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territorial: (1) Eficacia, (2) Eficiencia, (3) Cumplimiento de Requisitos Legales, (4) Gestión Administrativa y, (5) Gestión Fiscal.9 Los resultados de la evaluación señalada son extensos y se presentan tanto a nivel agregado para todo el país, como también a nivel específico para cada municipio. Solo a título ilustrativo se señalan a continuación algunos de los resultados más importantes que dan una idea del grado de desarrollo de la gestión pública municipal en el país: 10

El promedio del indicador de desempeño integral para la vigencia 2012 para los municipios evaluados fue de 71,04 puntos, lo que los ubica en un rango de calificación satisfactorio (≥70 y <80).

En la vigencia 2012, el componente de Requisitos Legales, con un puntaje de 76,54 fue el componente que en promedio logró el puntaje más alto en el índice integral.

Por su parte, el componente de Gestión Administrativa y Fiscal obtuvo un puntaje de 72,71 que lo clasifica en un rango de calificación Satisfactorio (≥70 y <80), el componente de Eficacia obtuvo un puntaje promedio de 68,22 que lo ubica en un rango de calificación Medio (≥60 y <70), y el componente de Eficiencia obtuvo un puntaje promedio de 56,17 que corresponde a un rango de calificación Bajo (≥40 y <60), hecho que muestra las deficiencias de los municipios para lograr una relación de producción óptima entre insumos y productos.

El primer lugar del desempeño integral de los municipios lo ocupa el municipio de Mosquera (Departamento de Cundinamarca) con un puntaje de 90,03. Le siguen en orden la ciudad de Barranquilla (Atlántico) con un puntaje de 88,41; Fusagasugá (Cundinamarca) con 86,55 puntos, Pasto (Nariño) con un puntaje de 86,48 y Facatativá (Cundinamarca) con un puntaje de 86,42. Se observa que los primeros lugares los obtienen municipios del centro del país y ciudades muy consolidadas en estas materias, que en mediciones anteriores ocuparon puestos similares. Cabe destacar que las calificaciones cercanas a 100 corresponden a los municipios de mejor desempeño integral, por ser los municipios que cumplen lo establecido en sus planes de desarrollo, consiguen la mayor cantidad de

9 Al respecto, la metodología de evaluación señala: “La eficacia mide el grado de cumplimiento de las metas

establecidas en los planes de desarrollo y mide los logros alcanzados por el municipio en términos de productos. Por su parte, la eficiencia busca determinar si el municipio está optimizando la dotación de recursos humanos, financieros y físicos que tiene disponibles para producir los servicios de salud, educación y agua potable, entre otros. El componente de requisitos legales examina el grado en que los municipios dan cumplimiento a los requisitos y condiciones establecidas por las normas legales para la gestión local en los sectores básicos (educación, salud, agua potable, etc.) en el marco de la descentralización y en la destinación de los recursos, principalmente el correspondiente al Sistema General de Participaciones (Leyes 715 de 2001, 1176 de 2007 y decreto 028 de 2008). Por último, el componente de gestión administrativa y fiscal cuantifica el impacto que las variables administrativas y financieras sobre la gestión pública territorial” 10

La información específica puede encontrase en: “Evaluación del Desempeño Integral de los Municipios. Informe de resultados vigencia 2012”, DNP, señalado en la bibliografía.

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bienes y servicios en relación con los insumos que utilizan, cumplen a cabalidad lo estipulado en las normas municipales en cuanto a la ejecución de los recursos del Sistema General de Participaciones y tienen una alta capacidad de gestión administrativa y fiscal.

El análisis de los datos por Departamento muestra que unos pocos logran los puntajes más altos: Cundinamarca, Antioquia, Huila, Atlántico, Caldas y Quindío. Corresponde a las zonas centrales del país y a los departamentos del llamado “eje cafetero” que tradicionalmente muestran mejores datos en las distintas variables objeto de análisis. (Los departamentos de Quindío, Risaralda, Cundinamarca, Atlántico, Huila, Nariño, Caldas y Meta, obtuvieron una calificación satisfactorio (≥70 y <80)11

Los promedios departamentales más bajos se encuentran en Arauca, Sucre, Vaupés, Putumayo y Magdalena, correspondiente a departamentos costeros y zonas tradicionalmente más rezagadas en materia de desarrollo económico y social.

Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones: Este derecho de los municipios se ha cumplido sin mayores inconvenientes desde su promulgación. Los municipios en Colombia combinan los recursos propios (los que obtienen de los tributos locales a la propiedad y al comercio e industria, fundamentalmente) y los que reciben como producto de la transferencia que el Gobierno Nacional hace a través de diversos mecanismos.12 La mayor dificultad que se observa en este campo corresponde básicamente a la calidad de las inversiones que hacen los municipios. Son frecuentes los casos de corrupción y de uso inapropiado de sus recursos, la mayor parte de las veces por debilidad en la formulación, ejecución y seguimiento de los proyectos que permiten ejecutar estos recursos. Se observan entonces muchos casos de malas inversiones, obras inconclusas, trabajos de mala calidad y desviación de recursos a fines no previstos. Participar en las rentas nacionales: Este derecho constitucional se ha cumplido, en línea con lo ya señalado en el punto anterior. Cabe precisar que en Colombia el mecanismo para definir y hacer llegar esos recursos se denomina “Sistema General de Participaciones”, que está constituido por los recursos que la Nación transfiere por mandato de los artículos 356 y 357 de la Constitución Política a las Entidades Territoriales para la financiación de los servicios

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Ibid. Página 104. 12

Entre las disposiciones más recientes en esta materia se encuentra la Ley 1530 de 2012 que establece un nuevo esquema para la organización y funcionamiento del Sistema General de Regalías, correspondiente a la distribución y uso de los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables, generando más equidad en la distribución a todos los entes territoriales.

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de: Educación, Salud, Agua potable, Saneamiento Básico y Propósito General (libre destinación).13 En síntesis, Colombia ha avanzado de forma importante en la consolidación de la organización y funcionamiento de sus municipios, pero aún quedan retos muy importantes por trabajar, especialmente en los campos de la infraestructura, la salud, la educación y el desarrollo económico atrás señalados. 1.2. Expectativas en el desarrollo del país. Existen algunos elementos claves que tienen gran importancia para nuestros gobernantes, como bien pueden ser el crecimiento del Producto Bruto Interno (PBI), el control de la inflación, la apreciación de la moneda, el incremento de exportaciones, el mejoramiento de los índices de seguridad para la inversión extranjera, entre otros. No obstante, el momento actual exige también el desarrollo de nuevas perspectivas que evalúen el desarrollo tomando en consideración al ser humano y con un enfoque más integral e inclusivo que fomente el desarrollo de lo local. Esta perspectiva se gesta desde los ámbitos locales como elemento clave para lograr un desarrollo sostenido y debe ser producto de un proceso participativo, democrático e incluyente. En Colombia se observan grandes disparidades entre los grados de desarrollo económico y social alcanzado por algunos municipios (y algunas ciudades principales) y el resto de los municipios. A modo de ejemplo, y de acuerdo con datos publicados por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)14, con ocasión de la entrega de la información sobre el Índice de Desarrollo Humano 2011, se observa que Colombia ocupa el puesto 91 entre 186 países analizados. En este caso, el informe evalúa los logros en materia de educación, salud y la disponibilidad de recursos para ofrecer a los habitantes un nivel de vida digno. Para el caso específico de América Latina (Índice de Desarrollo Humano (IDH) en América Latina), Colombia se ubica en el puesto número 12, por debajo de países como Chile, Argentina, Uruguay y Cuba. Sólo supera a naciones como El Salvador, Guatemala y Bolivia. A modo de ejemplo, en Colombia los niños estudian en promedio 7,3 años, mientras el “período esperado de escolaridad” es de 13,6. En el mencionado informe se encuentra también que al analizar los resultados para Colombia, se observa que el desarrollo humano es sumamente desigual en el territorio. Así por ejemplo, la ciudad de Bogotá obtiene el índice más alto (0,90 en 2010), mientras que departamentos como La Guajira y el Chocó apenas alcanzan registros de 0,69 y 0,73 respectivamente. Lo anterior significa que se encuentran simultáneamente municipios donde el IDH es elevado (lo cual favorece el desarrollo de las capacidades y potencialidades individuales), y municipios cuyos índices son muy similares a los de países del África.

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Para este punto en concreto véase la Ley 715 de 2001. 14

Datos tomados de la página: http://www.pnud.org.co/

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Los datos señalados, y muchos más que no se exponen en este documento, muestran que el crecimiento alcanzado no se manifiesta en forma homogénea en todo el país. La mayor parte de la población (especialmente de la costa pacífica, caribe y zonas rurales en general) continúa viviendo en condiciones de exclusión y de pobreza, con escasas posibilidades de desarrollo. En síntesis, es necesario trabajar en la ejecución de políticas lideradas por los diversos agentes que participan en la gestión de los asuntos públicos, encaminadas a consolidar unas bases sólidas y sostenibles de progreso y riqueza, a través de una adecuada y creativa utilización de los recursos disponibles. En este marco, las propuestas de este documento buscan recalcar que el Desarrollo Local debe tener en cuenta la realidad interna de cada municipio, así como las tendencias que se presentan en su entorno, y con ello establecer estrategias de actuación que permitan mejorar la calidad de vida y bienestar de la población, así como crear capacidades competitivas para el ente territorial, que lo diferencien y lo impulsen al mejoramiento de sus índices de desarrollo económico y social en general. PLANEACIÓN Y DESARROLLO LOCAL Uno de los aspectos que más se promueven desde las distintas instancias de gobierno en el país consiste en hacer un uso cada vez mayor de la planeación como instrumento para el mejoramiento de la gestión local. Así por ejemplo, a los municipios se les exige contar con un plan cuatrienal de desarrollo, planes de ordenamiento del uso del suelo, plan anual de inversiones, plan anual de adquisiciones, plan de bienestar del personal, entre otros más. Lastimosamente se observa que los planes no pasan de ser un documento físico que pocas veces se convierten en realidad. Muchas razones pueden esgrimirse para justificar esta situación, pero quizá entre las más importantes se encuentran que no se ha consolidado una verdadera cultura de planeación y seguimiento a lo planeado en nuestros municipios y que hace falta un mejor ejercicio de evaluación a la gestión territorial. Resulta oportuno preguntarse si los ejercicios de planeación contribuyen en verdad al desarrollo local de nuestros municipios. Lo anterior, considerando que la preocupación principal de nuestras autoridades no siempre es afianzar las bases de una visión de futuro, sino más bien ejecutar acciones específicas que mitiguen las demandas más urgentes de la sociedad, actuando más por reacción que como producto de una acción verdaderamente planificada. CONCLUSIÓN A modo de conclusión puede anotarse que aunque los entes territoriales en Colombia han avanzado en la consolidación de sus derechos constitucionales, las cifras del desarrollo económico y social todavía muestran rezagos muy importantes en la

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verdadera implementación de dichos derechos. Quizá una labor más juiciosa en materia de planeación y seguimiento a la ejecución a cargo de los entes territoriales pueda ser parte de la respuesta para alcanzar entes territoriales con mayor capacidad de ejecución y orientados al logro del bienestar de sus habitantes. BIBLIOGRAFÍA Departamento Nacional de Planeación (DNP). Evaluación del Desempeño Integral de los Municipios, Informe de resultados vigencia 2012. Bogotá. 290 páginas. Departamento Nacional de Planeación (DNP) y otros. Resultados de la encuesta de evaluación del SISBEN a nivel municipal. 2003. Bogotá. 105 páginas. ROCHA, Ricardo. Las Nuevas Dimensiones del Narcotráfico en Colombia. Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) y Ministerio de Justicia y el Derecho. Bogotá, 2011. El autor: Omar Urrea Romero es Administrador Público de la Escuela Superior de Administración Pública de Colombia. Cuenta con estudios de especialización en Gobierno, Gerencia y Asuntos Públicos de la Universidad Externado de Colombia, en asocio con la Universidad de Columbia de Nueva York. Igualmente, es especialista en Alta Gerencia en Economía Pública de la Escuela Superior de Administración Pública. Sus estudios más recientes corresponden a la Maestría en Gobierno de las Organizaciones del Instituto de Empresa y Humanismo de la Universidad de Navarra en España, así como la Maestría en Gestión Pública Local de la Unión Iberoamericana de Municipalistas, en asocio con la Universidad Internacional Menéndez Pelayo de España.

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Normas internacionales de información financiera.

Breve repaso del camino normativo recorrido en

Colombia

Gerson Didier Gaona Espitia

Con la expedición de la Ley 1314 de 2009 se dio inicio al proceso de convergencia de las normas de contabilidad generalmente aceptadas en Colombia a los estándares internacionales de información financiera, en este punto vale la pena aclarar que las NIIF no son normas de contabilidad, como su nombre lo indica son normas de información financiera de aceptación internacional. Estas normas buscan brindar mayor fiabilidad, transparencia y eficiencia a la información contenida en los estados financieros que se encuentren a disposición de propios y terceros interesados en el desempeño económico de las entidades. El camino recorrido principalmente por contadores, administradores y demás funcionarios de las entidades desde la expedición de dicha ley se ha visto truncado principalmente por la constante modificación de la reglamentación contable y fiscal. Inicialmente se expidieron los Decretos 2706 y 2784 de diciembre de 2012, los cuales clasificaban y reglamentaban la aplicación de los estándares aquí analizados para las entidades pertenecientes a los grupos 3 y 1 respectivamente. Luego, a través de los Decretos 1851, 3019, 3023 y 3024 de 2013 se modificaron los requisitos para la clasificación de las entidades en cada uno de los grupos antes mencionados y se modificó considerablemente el contenido del anexo técnico para la aplicación de NIIF para las entidades del grupo 1. Adicionalmente, con la incorporación del impuesto a la riqueza a través de la reforma tributaria llevada a cabo el año pasado (Ley 1739 del 23 de diciembre de 2014) se pretende realizar la salvedad temporal en la aplicación de uno de los preceptos fundamentales para la implementación de las NIIF “…la adopción de las NIF debe ser realizada en forma integral y aplicada de manera retroactiva en su totalidad…”*. Ya que de acuerdo con el párrafo 14 de la NIC 37, aplicable para las entidades del grupo 1, y la sección 21 de las NIIF para pymes, aplicables a las entidades del grupo 2, se establecen los criterios para el reconocimiento de las provisiones y, ya que dicho impuesto cumple con los criterios para ser catalogado como tal, se debería aplicar la norma, pero de reconocerlo en el presente periodo puede llevar a causal de liquidación a muchas organizaciones que se encuentren sujetas a dicho impuesto. Ahora bien, es preciso hacer manifiesta la falta de importancia dada en la mayoría de los casos por parte de las personas involucradas en este proceso, pues se han tenido

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casi seis años para la preparación, entendiendo esta como la capacitación, los diagnósticos, divulgación, entre otras que se consideran relevantes en este proceso. Sin embargo, también vale la pena resaltar la disposición y compromiso demostrado de tiempo acá por las entidades para llevar a cabo este proceso en sus organizaciones, ya se dio inicio a la capacitación del personal directamente relacionado y se le está brindando también la orientación a las áreas de operación y apoyo para que entiendan y contribuyan a los cambios que demanda la aplicación de estas normas. Por su parte, en las entidades del sector público se deben aplicar las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP o IPSAS por sus siglas en inglés) que están bajo la regulación emitida por la Contaduría General de la Nación. Las NICSP o IPSAS tienen como base las NIC emitidas para el sector privado y se adicionan normas específicas para las transacciones, propiedades y contratos específicos para las entidades de este sector, hasta el 04 de diciembre del 2014 se tenían 32 NICSP de las cuales 25 se fundamentan en NIC**, 4 en las NIIF*** y 1 en las IFRIC (Legis Editores S.A., 2015). En futuras ediciones analizaremos la aplicación de las NICSP y el impacto que generan en las entidades del sector público. *Texto tomado de: Guía de Orientación para la aplicación por primera vez del Marco Técnico Normativo para Preparadores de información financiera pertenecientes al Grupo 1 de la página web de la Superintendencia de Industria y comercio. http://www.sic.gov.co/drupal/recursos_user/documentos/Guia_de_aplicacion_NIIF.pdf **En principio son 27, pero debido a los cambios realizados por el IASB en 2006 y 2011 dos de estas se sustituyeron

por NIIF.

***Se incluye la NIIF 10, la cual se complementa con la NIC 27 para la NICSP 6 sobre estados financieros

consolidados y separados.

Bibliografía

http://www.sic.gov.co/drupal/recursos_user/documentos/Guia_de_aplicacion_NIIF.pdf. (2008). SIC. Recuperado el

06 de Febrero de 2015, de http://www.sic.gov.co/drupal/recursos_user/documentos/Guia_de_aplicacion_NIIF.pdf

Legis Editores S.A. (2015). NIF Básico Grupos 2 y 3 2015. Bogotá: Legis Editores S.A.

El autor: Gerson Gaona es Contador Público de la Universidad Nacional de Colombia, actualmente es estudiante de últimos semestres de Administración de Empresas en la misma Universidad. En su haber tiene también asistencia a seminarios de actualización en NIIF, así como diplomados en IFRS. Su experiencia laboral se ha desempeñado en las áreas Administrativas y Financieras por más de 2 años en Administración. Actualmente se desempeña como Staff II en GEDES S.A.S. y contador General del proceso de actualización en NIIF en ISMET COLOMBIA S.A.S.

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Entrevista

Evolución del Control Interno en Colombia

Guillermo Alba Cárdenas En esta edición nos resulta muy interesante realizar un análisis de la evolución del Control Interno en Colombia desde la expedición de la Constitución Política de 1991 hasta la fecha. Para ello, a continuación se presenta la entrevista realizada al Dr. Guillermo Alba Cárdenas, experto nacional en los temas del control interno. Al final de la entrevista se observa un resumen de su hoja de vida. Pregunta: Dr. Guillermo, hace ya 22 años que se expidió la Ley 87 de Control Interno en el país y resulta necesario preguntarse cómo se encuentran hoy nuestras instituciones públicas en esta materia y cuáles son las perspectivas para los próximos años. ¿Cree Usted que en los últimos veintidós años la Administración Pública Colombiana ha mostrado cambios interesantes en el desarrollo de su Control Interno? Respuesta: Considero que para dar respuesta a esa pregunta es importante dividir el desarrollo del control interno en cuatro grandes etapas: La primera etapa, la del control interno antes de la Constitución de 1991. Puede decirse que explícitamente no existía el control interno. El control estaba basado fundamentalmente en la actividad que ejercía la Contraloría General de la República, en donde la base fundamental estaba en el ejercicio del control previo. La segunda etapa, una vez expedida la Constitución de 1991. Esta etapa se consolida con la expedición de la ley 87 del año 1993, lo cual fue un hito fundamental en el desarrollo del control interno porque se crea y se independiza de las funciones del control que ejerce la Contraloría y se otorgan herramientas para su desarrollo en las instituciones. La tercera etapa se da con la implementación del MECI15. La primera versión que se estableció por el Decreto 1599 del año 2005 fue una instrumentación del modelo lógico

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MECI: Modelo Estándar de Control Interno.

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de implementación de control, donde a través de esa reglamentación, complementada con la NTCGP 100016 se fusionan y se consolidan en una sola normatividad. Por último, el MECI 2014, que fue anunciado desde el año 2011 y tuvo tres años de maduración. Esos, creo, son los 4 hitos fundamentales en el desarrollo del control interno en el país. Pregunta: Hay quienes afirman que la Ley 87 de 1993 puede considerarse como un hito muy importante en la historia de la Administración Pública colombiana y que de hecho se trata de una norma con una filosofía del control muy avanzada para la época en que fue expedida. ¿Qué opina Usted respecto a esta afirmación? Respuesta: Mi opinión es que la Ley 87 sí genera un hito muy importante en el desarrollo del control interno, lo que no considero es que sea una norma muy avanzada. Si recordamos, cuando aparece la norma a través de la ley 87 del año 1993, ya desde el año 92 se había expedido el modelo COSO17, modelo que fundamentalmente desarrolla el tema del control y que ya llevaba un año de expedido. Este modelo contiene los elementos fundamentales que son la base de la ley 87. Este modelo fue expedido para ejercer control sobre los aspectos financieros, y no de gestión propiamente; pero es un modelo de control ya existente, modelo que fue complementado desde el año 90 con el balanced score card que hoy en día sigue vigente, pero es un modelo de los años 80, total no es nada novedoso. El modelo COSO en el año 2004 brinda una guía y aparece el modelo COSO 2 que hace mucho énfasis en el tema de riesgos, elemento fundamental para el control. En el 2013 aparece el modelo COSO 3 que se fundamenta en el tema de la medición como eje fundamental del control, seguimiento y la evaluación, solamente con un énfasis cuantitativo. Me parece que la ley 87 no ha sido una norma de filosofía avanzada para la época, únicamente cumplió con colocar a Colombia dentro del marco institucional de los modelos de control imperantes en el mundo. Me parece importante acotar que la ley 87 sí le aportó unos elementos básicos al tema de control que no se aplicaban hasta ese momento en Colombia: El control interno se ve como un proceso integrado a los demás procesos de la organización, valga la redundancia, a los procesos y no centrado en las personas. De ahí que los elementos fundamentales de nuestros sistemas de control interno sean la auditoría de procesos y no de personas y es posible independizar el control interno del control interno disciplinario. Se busca a través de este seguimiento y evaluación del control a los procesos, organizar la eficacia en los mismos; entonces se empiezan a introducir elementos de medición, el control interno es un medio que está establecido para alcanzar un fin y no como estaba anteriormente, como un fin para lograr unos medios, se lleva a cabo con todos en la organización y se le da la

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NTCGP 1000: Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública. 17

Modelo establecido a partir de las recomendaciones del “Committee of Sponsoring Organizations of the Treadway Commission (COSO)”

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importancia al papel que juega la alta dirección en el control, al tomar dentro de la especificidad de la norma que la alta dirección es la responsable del control interno. Por último, la ley 87 visualiza el control no como una dependencia ni como una oficina, sino como un sistema, un modelo sistemático que permea absolutamente toda la organización. Pregunta: El año anterior el Gobierno Nacional expidió el Decreto 943 de 2015 con el objeto de actualizar el Modelo Estándar de Control Interno. ¿Qué opinión le merecen los cambios que se introdujeron en dicho modelo? Respuesta: Como lo manifesté anteriormente, el tan anhelado y esperado nuevo modelo MECI 2014, nueve años después de la expedición de la primera versión, sigue igualmente fundamentado en el modelo COSO. El análisis del modelo MECI 2014 puede dividirse en dos aspectos: El primero, sus modificaciones de forma; y el segundo, sus modificaciones de fondo. Comenzando por el tema de forma, hubo un cambio visual muy importante. Comparado con el anterior, el MECI 2005, que tenía tres grandes subsistemas, nueve componentes y veintinueve elementos; solamente con su visualización gráfica expresaba gran tamaño y dificultad de tener que cumplir con tantos componentes y elementos. El nuevo MECI se simplifica, se reduce a dos módulos, esos dos módulos tienen seis componentes, y estos componentes únicamente tienen trece elementos cruzados por un eje transversal que es el famoso “eje de comunicación e información”. Al menos de forma visual es un esquema mucho más sencillo y aparentemente muy fácil de implementar. Refiriéndome a las modificaciones de fondo, que son en mi concepto, y con todo el respeto que merecen quienes diseñaron y establecieron el modelo, muy similares, ya que el modelo de fondo no cambia en lo absoluto y cuando se comparan los esquemas del MECI 2005 y del MECI 2014, se encuentran similitudes. A título de ejemplo, en el MECI 2005 está el tema de ambiente de control, donde hay unos acuerdos, compromisos y protocolos éticos, un desarrollo del talento humano y un estilo de dirección que pasa a ser exactamente igual al del nuevo MECI, donde dentro del componente denominado “Talento Humano”, aparecen los acuerdos y el desarrollo del mismo, lo único que se elimina es el estilo de dirección donde cada organización es libre de implementar, de acuerdo a quien la dirija en ese momento, su propio estilo. Tomo otro ejemplo, en el segundo componente del MECI 2005, se habla del direccionamiento estratégico y se ponían tres elementos: planes y programas, modelo de operación por procesos y estructura organizacional; en el nuevo modelo MECI sucede exactamente lo mismo, no hay ningún cambio. En este orden de ideas, el único elemento que en mi concepto visualiza un cambio de fondo fue el tema de administración del riesgo, donde ese componente en el MECI 2005 tenía cinco elementos a desarrollar: un desarrollo estratégico, identificación del riesgo, análisis y valoración de riesgos, y una política de administración del riesgo. En el

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nuevo modelo el contexto estratégico desaparece porque en el direccionamiento estratégico hay unos componentes iniciales en los que está incluido y siguen estando las políticas de administración del riesgo, las políticas de identificación y el análisis valoración; los cinco mismos elementos. También quiero resaltar que en el nuevo modelo fue agregada una nueva palabra, que en mi concepto es muy importante; diferente del modelo MECI 2005, en el que se habla de la administración del riesgo de matera amplia y vaga. En el modelo del 2104 se hace énfasis en que la administración del riesgo es de los procesos, es decir, que las organizaciones están obligadas a montar todo el sistema de administración del riesgo sobre los procesos, el eje fundamental de la organización se mantiene coherente en el sentido en que vemos que el sistema de calidad, la organización estratégica y el modelo MECI armonizan totalmente. Pregunta: ¿Cuáles cree Usted que deben ser los principales ajustes y cambios que debe tener el Sistema de Control Interno Nacional en los próximos años? Por ejemplo, en materia de dirección del sistema o en su regulación, etc. Respuesta: Basado en mi experiencia, sobre todo con la oportunidad que tuve durante dos años consecutivos en los que pertenecí al Comité Interinstitucional de Control Interno, y por ende fui parte del Concejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de control interno, opino que hay algunas tareas pendientes por desarrollar, que ahora, cuando volví a retomar como miembro dicho comité, quiero impulsar. Considero que una de las primeras tareas que debemos desarrollar los miembros de las unidades y oficinas de control interno es promover el establecimiento de un Estatuto Único de Control Interno. Así como tenemos posibilidad de tener un estatuto único financiero que es la guía fundamental de ese sector, el control interno amerita tener un estatuto único. Me parece claro que a nivel del establecimiento del sector público colombiano se limiten las responsabilidades asignadas a las oficinas de control interno, porque a medida que se crean nuevas normas, se agregan responsabilidades a estas oficinas, lo cual se desborda y no permite tener claridad. También se debe restablecer la independencia de las oficinas del control interno y precisar lo referente a la jerarquía y dependencia que tienen las oficinas. Por último, después de la expedición del MECI 2014 y creo entender que en razón a los condicionamientos para el ingreso de Colombia a la OCDE18 se vino la famosa evaluación de los jefes de control interno, evaluación que me parece interesante y sobre la cual no estoy en desacuerdo, pero la forma en que se está desarrollando no es apropiada debido a que no hay equidad, pues todos los cargos de mismo nivel directivo en la organización deberían ser evaluados también. Pregunta: De acuerdo con su experiencia en el sector público, ¿dónde cree que pueden realizarse ajustes que permitan que el Control Interno sea una verdadera

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Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)

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herramienta para el mejoramiento de la gestión pública? Quiero decir, ¿cómo hacer para que nuestras entidades realmente practiquen y apliquen el control interno? Respuesta: Sobre este punto tengo varios comentarios. Primero, llamaría a los colegas que participan como jefes de las oficinas de control interno y en general a todas las organizaciones, directivas y de alta gerencia que son las responsables de este sistema, para que trabajemos en la cultura del control. Pero cambiando el sentido, no queremos establecer en las organizaciones un cambio de cultura complejo; dar la vuelta y trabajar la “cultura del cambio”, saber diferenciar las actividades y tratar de permear la realización de todas las cosas que se pueden mejorar. Decía el profesor Edward Deming “no hay nada tan bien inventado que no pueda ser mejorado”. Segundo, hay un elemento que parte del MECI 2014 y del modelo COSO que es muy importante señalar y es el autocontrol, recuerde que el MECI 2005 habla de tres ejes fundamentales: autocontrol, autogestión y autorregulación. El control interno no funcionaría si no está basado en el autocontrol. Tercero, concientizar a la alta dirección de la importancia del control interno, todas las capacitaciones y el desarrollo del tema por parte de la Función Pública está orientado a las oficinas de control interno, y jamás a la alta dirección. Creo que ahí se debe comenzar, implementando las primeras capacitaciones para la alta dirección quien es la responsable del control interno. Por último, tomar los apoyos que brinda el MECI 2014 en el tema de la difusión y la capacitación del control interno para que todos vean los beneficios que ofrece el mismo, y así se decidan a implementarlo. Perfil del Entrevistado: Guillermo Alba Cárdenas es Economista de la Universidad Jorge Tadeo Lozano, Especializado en Finanzas de la Universidad del Rosario, Diplomado en Gestión Total de la Calidad (Norma ISO 9000) de la Universidad del Rosario, Diplomado en Docencia Universitaria de la Universidad Sergio Arboleda y actualmente candidato a Maestría en Calidad y Gestión Integral en la Universidad Santo Tomas e Icontec. Ha realizado estudios de actualización en Estadística Matemática en la Universidad de Chile, Formulación de Políticas en Ciencia y Tecnología e Innovación en KOICA Seoul – Korea, Auditoria Interna en QSI International en Orlando-USA, Gestión y Planeación Estratégica en la Universidad de los Andes, Gerencia y Calidad Total en la Universidad EAFIT, Indicadores de Gestión en la Universidad de los Andes y Reingeniería del Trabajo para la Competitividad en la Universidad de los Andes. Cuenta con experiencia en la implementación de procesos de Direccionamiento Estratégico y Habilidades Directivas en entidades tanto del sector público como privado

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a través del desarrollo y puesta en marcha de Sistemas de Presupuesto, Planeación Estratégica, Control Interno, Administración del Riesgo, Gestión de Calidad, Indicadores de Gestión y Resultado, Levantamiento y Mejoramiento de Procesos y amplia experiencia como conferencista en programas de capacitación en temas de Direccionamiento Estratégico y Habilidades Directivas en instituciones universitarias de primer orden y en entidades y empresas públicas y privadas. Laboralmente se ha desempeñado como Jefe de Control Interno de COLCIENCIAS, Jefe de Control Interno y Asesor en Planeación Estratégica en la Superintendencia Financiera, Jefe Oficina de Planeación Estratégica de INGEOMINAS, Consultor en Control e Indicadores en USAID y GTZ, Asesor en Sistemas de Control, Riesgos e Indicadores en PANAMERICANA, FEDEGAN, Almacenes ÉXITO y Profesor Universitario de postgrado en las Universidades del Rosario, Militar, Santo Tomas, Sergio Arboleda y Externado de Colombia. Ha sido miembro del Consejo Asesor del Gobierno Nacional en Materia de Control Interno y Presidente del Comité Interinstitucional de Control Interno a Nivel Nacional CICINAL Ha publicado el libro “INDICADORES DE GESTION Y RESULTADOS COMO HERRAMIENTA GERENCIAL” y la Metodología “COMO DESARROLLAR E IMPLEMENTAR SISTEMAS DE ADMINISTRACION DEL RIESGO”

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Preguntas y Respuestas Frecuentes

Fabián Alexander Cañas En esta sección daremos respuesta a una serie de preguntas que han llegado a nuestra página web y a nuestros correos institucionales sobre los diferentes temas de los cursos. A continuación se copian las respuestas de orientación que nuestros docentes han entregado a cada requerimiento. Estas preguntas y respuestas se publican con el ánimo de que sirvan como orientación para las personas interesadas en estos temas. Las respuestas no comprometen la posición de GEDES SAS frente a cada asunto y en todos los casos se solicita a quienes las leen a que corroboren los aspectos normativos específicos que les apliquen y a que eleven las consultas formalmente ante las Entidades gubernamentales pertinentes, cuando así lo requieran. Se agradece especialmente a los profesores Helbert Rojas, Ruby Caldas y Omar Urrea Romero por su apoyo en la orientación a estas consultas.

Pregunta: ¿Qué debe hacer Control Interno frente al informe de Control Interno Contable? ¿Es el mismo de Austeridad en el gasto? Respuesta: 1) El informe de Control Interno Contable y el Informe de Austeridad del Gasto son diferentes. 2) El Informe de Evaluación del Sistema de Control Interno Contable se hace en cumplimiento de las siguientes normas:

- Resolución 357 de 2008 de la Contaduría General de la Nación. - Resolución 248 de 2007 de la misma entidad. - Instructivo 003 de 2014 de la misma entidad.

Ese informe se envía a la Contaduría a través del CHIP que maneja el Contador de su entidad. Adicionalmente, se entrega en la cuenta anual que la entidad le reporta a la Contraloría a través del SIRECI o del sistema que tenga la Contraloría que los audita a Ustedes. 3) El Informe de Austeridad en el Gasto se hace en cumplimiento de las siguientes normas:

- Decreto 26 y 1737 de 1998.

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- Decreto 030 de 1999. - Decreto 984 de 2012.

Este informe se hace cada 4 meses y se entrega al Representante Legal de la Entidad. Pregunta: El Municipio nos hará entrega de los servicios de saneamiento básico, los cuales venía prestando de manera directa hace más de un año y los cuales por la mala prestación no se le han facturado a los usuarios. Nosotros somos la entidad que presta el servicio de energía eléctrica, y pasaremos a prestar los servicios de saneamiento básico.

1) ¿Hay que hacer contrato con cada uno de los usuarios?

Respuesta: Los contratos de servicios públicos no se firman con cada usuario, se trata de contratos de adhesión y cumplen con características de ser contratos uniformes para la prestación del servicio. Simplemente lo que se debe hacer es informar a los usuarios y se puede seguir un modelo estándar que define la CRA en la Resolución CRA 376 de 2006. Pregunta:

2) ¿los servicios de saneamiento básico se pueden facturar solo aseo y alcantarillado? Puesto que el servicio de agua por ser de mala calidad no tener y ningún tipo de tratamiento, mala conducción y presión, no se facturara, o ¿se requiere la adecuación del servicio de agua y así facturar los tres componentes?

Respuesta: Si se podrían facturar los dos servicios, aunque es importante tener en cuenta que para facturar el servicio de alcantarillado se requiere la medición de los consumos de acueducto de cada usuario o se deberá hacer un aforo para estimar el consumo con el cual se debe facturar el servicio de alcantarillado, por ello existe una relación entre la facturación de acueducto con la de alcantarillado. Se debe analizar bien el por parte del prestador y el municipio este punto. En cuanto a aseo, este servicio se debe facturar en conjunto con otros servicios públicos para evitar su no pago, que puede ser con el servicio de acueducto o incluso con el servicio de energía.

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Pregunta:

3) ¿La ley 142, dice que el servicio de aseo debe ser prestado mínimo dos (2) veces por semana a cada usuario?

Respuesta: El Decreto 2981 de 2013 definen las frecuencias de recolección y transporte mínimas (Parágrafo del Artículo 33: 2 veces por semana) y para barrido y limpieza de áreas públicas (Artículo 54: 2 veces por semana para municipios de primera categoría y 1 para las demás categorías). Anexo se remite copia del Decreto. Pregunta:

4) Para efectos de la nueva prestación a través de esta entidad ¿se requiere realizar el estudio tarifario?

Respuesta: La metodología tarifaria vigente está definida en la Resolución CRA 351 de 2005 el cual establece una metodología de precios techo básicamente, sin embargo, el prestador debe realizar su estudio de costos para analizar si su costo de operación es cubierto por las tarifas establecidas o adecuarlos si es necesario a los precios techo definidos. Adicionalmente, de acuerdo con la disposición de residuos que se hagan mensualmente al relleno sanitario, se calculas las facturas que deben pagar los usuarios, por lo que debe contar con un modelo o sistema de facturación mediante el cual incorpore las variables de residuos llevados al relleno sanitario y en conjunto con las tarifas del prestador obtenga las facturas a cobrar. La recomendación es realizar el estudio puesto que se trata de un nuevo prestador y debe tener en cuenta sus costos de operación y condiciones de prestación del servicio. Pregunta:

5) “Los excedentes financieros de que reporta una ESE, en el aplicativo siho 2193 el ministerio de salud, deben ser transferidos al ente territorial, en nuestro caso a la alcaldia. Ya que el asesor financiero, asesoro al alcalde y nos remitió un oficio donde dice que debemos transferirle a la alcaldía dichos excedentes.

Respuesta: En cuanto al tema relacionado con los excedentes financieros, el Decreto 111 de 1996 señala lo siguiente:

“Artículo 3. Cobertura del Estatuto. Consta de dos (2) niveles: …

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Un segundo nivel, que incluye la fijación de metas financieras a todo el sector público y la distribución de los excedentes financieros de las Empresas industriales y Comerciales del Estado, y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquéllas, sin perjuicio de la autonomía que la Constitución y la ley les otorga. A las Empresas Industriales y Comerciales del estado y las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquéllas se les aplicarán las normas que expresamente las mencione. (…)”. “Artículo 14. Anualidad. El año fiscal comienza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre de cada año. Después del 31 de diciembre no podrán asumirse compromisos con cargo a las apropiaciones del año fiscal que se cierra en esa fecha y los saldos de apropiación no afectados por compromisos caducarán sin excepción.”. “Artículo 85. El Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público – Dirección General del Presupuesto Nacional, elaborarán conjuntamente para su presentación al CONPES la distribución de los excedentes financieros de los Establecimientos Públicos del orden Nacional y de lasa Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquéllas. (…)”. “Artículo 91. Los establecimientos públicos, las Empresas industriales y Comerciales del estado y la sociedades de economía mixta deberán enviar al Departamento Nacional de Planeación y a la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda la totalidad de los estados financieros definitivos con corte a 31 de diciembre del año anterior, a más tardar el 31 de marzo de cada año. (…)”. “Artículo 97. Los excedentes financieros de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado del orden nacional no societarias, son de propiedad de la Nación. El Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES, determinará la cuantía que hará parte de los recursos de capital del presupuesto nacional, fijará la fecha de su consignación en la Dirección del tesoro Nacional y asignará, por lo menos, el 20% a la empresa que haya generado dicho excedente. Las utilidades de las empresas industriales y comerciales societarias del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta del orden nacional, son de propiedad de la Nación en la cuantía que corresponda a las entidades estatales nacionales por su participación en el capital de la Empresa. El CONPES impartirá instrucciones a los representantes de la Nación y sus entidades en las juntas de socios o Asambleas de accionistas sobre las

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utilidades que se capitalizarán o reservarán y las que se repartirán a los accionistas como dividendos. El consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES, al adoptar las determinaciones previstas en este artículo, tendrá en cuenta el concepto del representante legal acerca de las implicaciones de la asignación de los excedentes financieros y de las utilidades, según el caso, sobre los programas y proyectos de la entidad. Esta concepto no tiene carácter obligatorio para el CONPES, organismo que podrá adoptar las decisiones previstas en este artículo aún en ausencia del mismo.”.

Así mismo, el artículo 13 del Decreto 630 de 1996, determina:

“Artículo 13. Los excedentes financieros del ejercicio fiscal anterior de los establecimientos públicos del orden nacional y de las empresas industriales y comerciales del estado y sociedades de economía mixta con el régimen de aquéllas, deberán ser consignados a nombre de la Dirección del Tesoro Nacional, en la cuantía y fecha establecida por el CONPES. El incumplimiento en dicho plazo, generará intereses de mora a la tasa máxima legal permitida, certificada por la Superintendencia Bancaria, liquidados sobre el saldo insoluto de la obligación.”

Adicionalmente, en la página 120 del libro titulado “ASPECTOS GENERALES DEL PROCESO PRESUPUESTAL COLOMBIANO” de la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se establece:

“3.4. Otros Ingresos de Capital Son los recursos de capital distintos a los enunciados anteriormente. (…) los excedentes y utilidades de las empresas correspondientes al monto de recursos que cada año el CONPES determina que entrarán a hacer parte de los recursos de capital de las empresas. El excedente corresponde al patrimonio menos el capital social y las reservas legales; este concepto se aplica a las empresas industriales y comerciales del estado no societarias. En su liquidación se considera además la situación de liquidez de la respectiva empresa, que resulta de comparar los activos corrientes disponibles con los pasivos corrientes exigibles, así como una proyección de caja de la vigencia siguiente, a fin de establecer los efectos que la decisión pueda tener sobre los demás activos de la entidad o sobre sus exigencias de endeudamiento. En todo caso la decisión no puede llevar a la entidad a su liquidación. Se debe excluir del análisis los recursos que estando registrados como activos, se encuentran financiando gastos de la siguiente vigencia fiscal. (…)”.

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A la luz de las normas anteriores, se observa que el concepto aplicable para los Establecimientos Públicos, Empresas Industriales y Comerciales del Estado no societarias y las empresas sociales del estado, es el de excedentes financieros, el cual corresponde al monto de recursos que cada año el CONPES a nivel nacional, determina que entrarán a hacer parte de los Recursos de Capital del Presupuesto Nacional, con base en la información generada al 31 de diciembre del ejercicio de la vigencia fiscal anterior. Los excedentes financieros del ejercicio fiscal anterior, de los Establecimientos Públicos del orden nacional, empresas industriales y comerciales del Estado no societarias y las empresas sociales del estado, deberán ser consignados a nombre de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, en la cuantía y fecha establecida por el CONPES. Se debe tener en cuenta que a nivel de cada departamento y municipio debe estar constituido el consejo territorial de política económica y social que se asimile al CONPES del nivel nacional. De tal forma que los excedentes financieros de las Entidades Públicas del Estado, verificados al cierre de la vigencia, pueden ser incorporados al presupuesto del correspondiente municipio como recursos de capital, sin que tengan una destinación específica para sector alguno. Se debe revisar el Estatuto de Presupuesto del Ente Territorial Municipio, donde debe estar contemplado claramente cómo se debe realizar la distribución de excedentes. En la mayoría de las entidades se estila como procedimiento, enviar un oficio a la Secretaría de Salud del Municipio y a Hacienda del Municipio (Presupuesto) con un planteamiento de distribución de excedentes los cuales serán aprobados por el CONFIS. Casi siempre se reinvierten en temas de la Empresa Social del Estado (Hospital). Pregunta:

6) ¿En qué Ley o norma se basa para sustentar que nosotros como Empresa Social del Estado debamos presentar Plan Anticorrupción y un Plan de Adquisiciones ante el Secop antes del 31 de Enero?

Respuesta: En el tema del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, observamos que el Artículo 73 de la Ley 1474 de 2011 señala que todas las entidades de todos los órdenes deben formular anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción, la cual incluye un plan de esta naturaleza.

En cuanto tiene que ver con Contratación, la Ley 1438 en su artículo 76 al primer inciso, señaló que las entidades de salud acogerían su propio reglamento de contratación siguiendo las directrices sobre la materia, trazadas por el Ministerio de Salud y Protección, lo cual se hizo a través de la Resolución 5185 de 2013 que estableció un

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modelo tipo de manual de contratación de acuerdo con las modalidades recomendadas, haciendo que este manejo sea más ágil y de mejor utilización.

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ZONA DE REFLEXIÓN En esta sección dejaremos constancia de algunas ideas que llaman a la reflexión. Todas han sido encontradas por el camino, en los momentos menos esperados. “Un grupo de investigadores anglo-germanos acaba de descubrir la existencia de una zona denominada “factor general de inteligencia” y situada en la corteza lateral. Esta zona específica del cerebro sería particularmente estimulada cuando se realizan tareas que requieren una actitud inteligente. ¿Quién sabe si no nos encontramos frente a uno de los descubrimientos científicos más importantes del siglo que se inaugura? Pues si basta un escáner o una radiografía para determinar la existencia de la zona de inteligencia en el cerebro, lógicamente el mismo procedimiento servirá para demostrar su inexistencia. El imbécil, el cretino, el capullo, pues más vale llamar a las cosas por su nombre, será detectado inmediatamente: “Atención, respire hondo… No se mueva… Respire… ¡Oh! Mire por dónde, en la zona de inteligencia tiene usted un agujero…” El escáner cerebral será la condición previa de cualquier contratación y de cualquier selección.”

Jean Amadou Journal d’un bouffon

Citado por Lucien Jerphagnon en ¿La Estupidez?, Paidós, Página 90.

“Si uno diluye un buen poema en un litro de agua consigue un cuento regular. Si uno diluye ese cuento en diez litros de agua, consigue una novela innecesaria”

Pedro Mairal, Buenos Aires, 1970 Tomado de la revista El Malpensante, Número 159, Página 45

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HE ANDADO MUCHOS CAMINOS

Antonio Machado Sevilla 1875, Collioure 1939

He andado muchos caminos, he abierto muchas veredas; he navegado en cien mares y atracado en cien riberas. En todas partes he visto caravanas de tristeza, soberbios y melancólicos borrachos de sombra negra, y pedantones al paño que miran, callan y piensan que saben, porque no beben el vino de las tabernas. Mala gente que camina y va apestando la tierra… Y en todas partes he visto gentes que danzan o juegan, cuando pueden, y laboran sus cuatro palmos de tierra. Nunca, si llegan a un sitio, preguntan adónde llegan. Cuando caminan, cabalgan a lomos de mula vieja. y no conocen la prisa ni aun en los días de fiesta. Donde hay vino, beben vino; donde no hay vino, agua fresca. Son buenas gentes que viven, laboran, pasan y sueñan, y en un día como tantos descansan bajo la tierra.

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Álbum de Eventos

Momentos de 2014

Nuestros seminarios presenciales:

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NIIF, Medellín, Noviembre 2014.

Contratación Pública Estatal. Bogotá, Enero 2015.

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Contratación Pública. Manizales, Septiembre 2014.

Contratación Pública, Medellín, Noviembre 2014.

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Contactos e Información

Requisitos de los artículos: Puede enviar sus artículos y colaboraciones a nuestra revista. Para el caso de artículos, por favor tener en cuenta que deben ser producciones originales, contar con las citas de fuentes y bibliografía requeridas y no sobrepasar las ocho (8) cuartillas. Contactos: Para enviar sus preguntas, inscripciones a cursos y sugerencias, puede contactarse por cualquiera de los siguientes medios: www.gedes.co Teléfono: 317 45 47 Celulares: Movistar: 317 641 61 80, 317 657 98 62, 317 675 65 87 Comcel: 310 558 83 34, 312 513 07 54 Correos: [email protected] - [email protected] - [email protected] - [email protected] - [email protected]