fundaciones, corporaciones y cooperativas

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Fundaciones Corporaciones Cooperativas Definición Organizaciones sin ánimo de lucro con personería jurídica y se encuentran dentro de la categoría de Organización No Gubernamental. Son entes jurídicos surgidos de la voluntad de una persona o del querer de varias, acerca de su constitución, organización, fines y medios para alcanzarlos. El sustrato de la fundación es la afectación de unos bienes o dineros preexistentes a la realización efectiva de un fin de beneficencia publica, de utilidad común o de interés social. Una corporación es un ente jurídico que surgen de un acuerdo de voluntades, vinculadas mediante aportes en dinero, especie o actividad, en orden a la realización de un fin de beneficio social, que puede contraerse a los asociados, o un gremio o grupo social en particular. Su régimen estatuario se deriva de las voluntades de sus miembros. Una cooperativa es una asociación autónoma de personas que se han unido voluntariamente para formar una organización democrática. Es la empresa asociativa sin ánimo de lucro, en la cual los trabajadores o los usuarios, según el caso, son simultáneamente los a portantes y los gestores de la empresa Marco Legal Ley 52 de 1990 Decreto 1407 de 1991 Decreto 2035 de 1991 Ley 22 de 1987 Ley 09 de 1989 Ley 388 de 1997 Ley 357 de 1997 Decreto 2391 de Ley 52 de 1990 Decreto 1407 de 1991 Decreto 2035 de 1991 Ley 22 de 1987 Ley 09 de 1989 Ley 388 de 1997 Ley 357 de 1997 Decreto 2391 de Ley 79 de 1988 Ley 79 de 1988 Ley 454 de 1998 Ley 1233 del 2008 Decreto 1333 de 1989 Decreto 4588 de 2006 Decreto 3553 de 2008

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Conceptos de Entidades sin animo de lucro.

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FundacionesCorporacionesCooperativas

Definicin

Organizaciones sin nimo de lucro con personera jurdica y se encuentran dentro de la categora de Organizacin No Gubernamental.

Son entes jurdicos surgidos de la voluntad de una persona o del querer de varias, acerca de su constitucin, organizacin, fines y medios para alcanzarlos.El sustrato de la fundacin es la afectacin de unos bienes o dineros preexistentes a la realizacin efectiva de un fin de beneficencia publica, de utilidad comn o de inters social.Una corporacin es un ente jurdico que surgen de un acuerdo de voluntades, vinculadas mediante aportes en dinero, especie o actividad, en orden a la realizacin de un fin de beneficio social, que puede contraerse a los asociados, o un gremio o grupo social en particular.Su rgimen estatuario se deriva de las voluntades de sus miembros.Una cooperativa es una asociacin autnoma de personas que se han unido voluntariamente para formar una organizacin democrtica.

Es la empresa asociativa sin nimo de lucro, en la cual los trabajadores o los usuarios, segn el caso, son simultneamente los a portantes y los gestores de la empresa

Marco Legal

Ley 52 de 1990

Decreto 1407 de 1991

Decreto 2035 de 1991

Ley 22 de 1987

Ley 09 de 1989

Ley 388 de 1997

Ley 357 de 1997

Decreto 2391 de 1989

Ley 489 de 1998

Ley 52 de 1990

Decreto 1407 de 1991

Decreto 2035 de 1991

Ley 22 de 1987

Ley 09 de 1989

Ley 388 de 1997

Ley 357 de 1997

Decreto 2391 de 1989

Ley 489 de 1998

Ley 79 de 1988

Ley 79 de 1988

Ley 454 de 1998

Ley 1233 del 2008 Decreto 1333 de 1989

Decreto 4588 de 2006

Decreto 3553 de 2008Caractersticas

Dotada con un patrimonio propio otorgado por sus fundadores. Persigue los fines que se contemplaron en su objeto social.

Debe cuidar de su patrimonio como medio para la consecucin de los fines.Se dividen en tres agrupaciones:

Entidades sujetas a la regla general de la competencia (ley 22 de 1987).

Entidades con rgimen especial.

Entidades del sector cooperativo. Fondo de empleados y asociaciones mutuales.

Un acuerdo de voluntades en virtud de cual los asociados se obligan segn los estatutos.

Una cierta permanencia que las diferencia de la simple reunin de carcter momentneo.

Un objetivo ajeno de lucro, el cual permite distinguir entre las asociaciones o corporaciones y las sociedades, entidades estas que si tienen un fin lucrativo.

Que tanto el ingreso de los asociados como su retiro sean voluntarios.

Que el nmero de asociados sea variable e ilimitado.

Que funcione de conformidad con el principio de la participacin democrtica.

Que realice de modo permanente actividades de educacin cooperativa.

Que garantice la igualdad de derechos y obligaciones de sus asociados sin consideracin a sus aportes.

Que su patrimonio sea variable e ilimitado. No obstante, los estatutos establecern un monto mnimo de aportes sociales no reducibles durante la existencia de la cooperativa.

Que establezca la irrebatibilidad de las reservas sociales y en caso de liquidacin, la del remanente.

Que tenga una duracin indefinida en los estatutos, y

Que se promueva la integracin con otras organizaciones de carcter popular que tengan por fin promover el desarrollo integral del hombre.