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ROJAS ALVAREZ NICO ANTHONNY SO2.PNP FUNCIONES DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU

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ROJAS ALVAREZ NICO ANTHONNY

SO2.PNP

FUNCIONES DE LA POLICIA NACIONAL DEL

PERU

La Policía Nacional del Perú es una institución del Estado creada para garantizar el orden interno, el libre ejercicio de los derechos fundamentales de las personas y el normal desarrollo de las actividades ciudadanas.

Es profesional y jerarquizada. Sus integrantes representan la ley, el orden y la seguridad en toda la república y tienen competencia para intervenir en todos los asuntos que se relacionan con el cumplimiento de su finalidad fundamental.

POLICIA NACIONAL DEL PERU

MARCO LEGAL

CONSTITUCION POLITICA DEL PERU DE

1993

Artículo 166.° - Finalidad de la Policía Nacional

La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras.

CONSTITUCION POLITICA DEL PERU DE 1993

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LEY GENERAL DE TRANSPORTE Y

TRANSITO

LEY N° 27181

AUTORIDADES COMPETENTES

COMPETENCIA DE LA PNP, SEGÚN LA LEY N° 27181

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Artículo 15.- De las autoridades competentes

Son autoridades competentes en materia de transporte y tránsito terrestre, según corresponda:

a) El Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

b) Los Gobiernos Regionales;

c) Las Municipalidades Provinciales;

d) Las Municipalidades Distritales;

e) La Policía Nacional del Perú; y

f) El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI.

TEXTO UNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO

NACIONAL DE TRANSITO CODIGO DE TRANSITO

D.S. N° 016-2009-MTC

Artículo 3º.- Son autoridades competentes en materia de tránsito terrestre:

1. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones

2. Las Municipalidades Provinciales;

3. Las Municipalidades Distritales;

4. La Policía Nacional del Perú; y

5. El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI).

AUTORIDADES COMPETENTES D.S. N° 016-2009-MTC

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COMPETENCIA MUNICIPALIDADES

PROVINCIALES

Artículo 5º.- En materia de tránsito terrestre, las Municipalidades Provinciales en su respectiva jurisdicción y de conformidad con el presente Reglamento tienen las siguientes competencias:

1) Competencias normativas

Emitir normas y disposiciones complementarias necesarias para la aplicación del presente Reglamento dentro de su respectivo ámbito territorial.

COMPETENCIA DE MUNICIPALIDADES PROVINCIALES – D.S. N° 016-2009-MTC

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2) Competencias de gestión

a) Administrar el tránsito de acuerdo al presente Reglamento y las normas nacionales complementarias;

b) Implementar y administrar los registros que el presente Reglamento establece.

c) Recaudar y administrar los recursos provenientes del pago de multas por infracciones de tránsito.

d) Instalar, mantener y renovar los sistemas de señalización de tránsito en su jurisdicción, conforme al presente Reglamento.

COMPETENCIA DE MUNICIPALIDADES PROVINCIALES – D.S. N° 016-2009-MTC

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3) Competencia de fiscalización

a) Supervisar, detectar infracciones e imponer sanciones por el incumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento y sus normas complementarias.

b) Mantener actualizado el Registro Nacional de Sanciones por Infracciones al Tránsito Terrestre, en el ámbito de su competencia, conforme a lo dispuesto en el presente Reglamento.

COMPETENCIA DE MUNICIPALIDADES PROVINCIALES – D.S. N° 016-2009-MTC

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COMPETENCIA MUNICIPALIDADES

DISTRITALES

Artículo 6º.- Las Municipalidades Distritales en materia de tránsito terrestre, ejercen funciones de gestión y fiscalización, en el ámbito de su jurisdicción, en concordancia con las disposiciones que emita la Municipalidad Provincial respectiva y las previstas en el presente Reglamento.

En materia de vialidad, la instalación, mantenimiento y renovación de los sistemas de señalización de tránsito en su jurisdicción, conforme al Reglamento correspondiente.

COMPETENCIA DE MUNICIPALIDADES DISTRITALES – D.S. N° 016-2009-MTC

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COMPETENCIA POLICIA NACIONAL

La Policía Nacional del Perú, a través de sus órganos competentes. Art. 7

- Garantiza y controla la libre circulación en las vías públicas,

- Fiscalizando el cumplimiento de las normas de tránsito y seguridad vial,

- Brindando el apoyo de la fuerza pública que requieren las Autoridades.

COMPETENCIA DE LA POLICIA NACIONAL – D.S. N° 016-2009-MTC

La Policía Nacional del Perú, a través de

sus órganos competentes. (continua)

- Ejerce funciones de control, dirigiendo

y vigilando el normal desarrollo del

tránsito.

- Previene, investiga y denuncia ante las

autoridades que corresponda, las

infracciones previstas en el presente

Reglamento y los accidentes de

tránsito.

COMPETENCIA DE LA POLICIA NACIONAL – D.S. N° 016-2009-MTC