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El día 25 de enero de 2017 se dio a conocer lo acordado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) con respecto a la implementación de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en materia de contribuciones de seguridad social, en concordancia con lo establecido en la reforma constitucional de la desindexación del salario mínimo y de la reciente publicación de la Ley de referencia de la UMA.
Destacan los siguientes acuerdos:
• ElIMSSaplicaráelvalordelaUMAparaelpagodelascuotasobrero-patronalesreferenciadasalsalariomínimo,enloscomponentesdelacuotafijayelexcedente de tres salarios mínimos del seguro de enfermedades y maternidad.
• Loslimitesinferiorysuperiordelsalariobasedecotización(SBC),conloscualespodránquedarinscritoslostrabajadoresseránenelprimercasoel correspondiente al salario mínimo, por estar expresamente prohibido la inscripción al IMSS con un salario inferior al mínimo y en el segundo el límite máximodecotizaciónaqueserefiereelArtículo28delaLeydelSeguroSocialseráelde25UMAS,porconstituiresteunareferencia.
• LaEmisiónMensualAnticipada(EMA),correspondienteaeneroyenlospropiossistemasdelinstituto,sereflejaráelvalordeltopesalarialde25UMAS,esdecir$1,887.25,comotopemáximodecotizaciónporlocuallospatronesquehayanpresentadoavisosdemodificaciónsalarialconparámetrosdistintos(basesalariomínimo),seránajustadosenlaEMAsinqueestosrequieranpresentardenuevacuentaavisosdemodificacióndesalariosparaestoscasos.
IMSS confirma el criterio de utilización de la UMA establecido en la reforma constitucional referente a la desindexación del salario mínimo
EY TAX Flash27 de enero, 2017
Carlos de la [email protected]
Arturo Herná[email protected]
Miguel [email protected]
Zoé Gómez [email protected]
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Actualmente se encuentran en proceso los ajustes necesarios a los sistemas tanto internos del Instituto como a la herramienta informáticadelSUAparaefectosdelaincorporacióndelvalordelaUMA,conlocualseesperaqueelSUApermitiráajustarlosfactoresdecálculoendondeapliqueelvalordelaUMAensustitución del salario mínimo como unidad de referencia, estos ajustessegúnlorefierelaautoridadestaránlistosapartirdelpróximo 1° de febrero.
LovertidoenesteAcuerdodeConsejoTécnicoaúnestápendientedepublicarseenelDiarioOficialdelaFederación(DOF);sinembargo, el Instituto da una mayor certeza a los patrones al emitir su criterio acerca de la utilización de la UMA en sustitución del salario mínimo como referencia en aspectos de seguridad socialycálculodecontribuciones.