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PARTIDO RENACENTISTA NACIONAL Fundado el 31 de agosto de 1987 Santo domingo, D. N. ESTATUTOS CAPITULO I DENOMINACION, NATURALEZA OBJECTIVO INTEGRACION Artículos 1: Los presentes estatutos regirán al PARTIDO RENACENTISTA NACIONAL (PRN), así como sus reglamentos y dispocisiones las que tienen carácter de obligatoriedad para sus dirigentes y militantes, para el buen funcionamiento de la organización política partidista. Articulo 2: En partido renacentista nacional (PRN) estas constituido por ciudadanos de buena voluntad con el deseo de establecer en nuestra sociedad un estado de derecho, orden judicial social, bienestar y progreso para los hijos de nuestra patria. Artículo 3: Declaración de Principio: El PARTIDO RENACENTISTA NACIONAL (PRN), se integra con los ciudadanos dominicanos que acepten sus estatutos, doctrinas filosóficas, su disciplina y tesis política, así como las dispocisiones emanadas de los organismos superiores, los principios se establecen sobre la institucionalidad de la sociedad dominicana sobre principios demócratas cristianos. Enarbolando para ello los postulados siguientes: Transformación de la sociedad Aspiración por el bien común Respeto a la dignidad humana Renovación de la familia Participación de la comunidad de la fe Igualdad de los géneros y grupos sociales Por un Estado de derechos con libertad, justicia y paz Responsabilidad de la sociedad sobre su política económica Defensa de la identidad y soberanía nacional Solidaridad internacional con los pueblos del mundo libre. CAPITULO II EMBLEMA, SÍMBOLO Y LEMA Articulo 4: El emblema del PARTIDO RENACENTISTA NACIONAL (PRN), esta compuesto por un sol naciente de una montaña y una paloma en pleno vuelo con un ramo de olivo en el pico, que quiere significar que el pueblo dominicano tendrá un nuevo amanecer Renaciente como esta escrito en San Juan 3:15.

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Page 1: Estatutos PRN

PARTIDO RENACENTISTA NACIONALFundado el 31 de agosto de 1987

Santo domingo, D. N.

ESTATUTOS

CAPITULO I

DENOMINACION, NATURALEZAOBJECTIVO INTEGRACION

Artículos 1: Los presentes estatutos regirán al PARTIDO RENACENTISTA NACIONAL(PRN), así como sus reglamentos y dispocisiones las que tienen carácter de obligatoriedad parasus dirigentes y militantes, para el buen funcionamiento de la organización política partidista.

Articulo 2: En partido renacentista nacional (PRN) estas constituido por ciudadanos de buenavoluntad con el deseo de establecer en nuestra sociedad un estado de derecho, orden judicialsocial, bienestar y progreso para los hijos de nuestra patria.

Artículo 3: Declaración de Principio: El PARTIDO RENACENTISTA NACIONAL (PRN),se integra con los ciudadanos dominicanos que acepten sus estatutos, doctrinas filosóficas, sudisciplina y tesis política, así como las dispocisiones emanadas de los organismos superiores, losprincipios se establecen sobre la institucionalidad de la sociedad dominicana sobre principiosdemócratas cristianos. Enarbolando para ello los postulados siguientes:

• Transformación de la sociedad• Aspiración por el bien común• Respeto a la dignidad humana• Renovación de la familia• Participación de la comunidad de la fe• Igualdad de los géneros y grupos sociales• Por un Estado de derechos con libertad, justicia y paz• Responsabilidad de la sociedad sobre su política económica• Defensa de la identidad y soberanía nacional• Solidaridad internacional con los pueblos del mundo libre.

CAPITULO IIEMBLEMA, SÍMBOLO Y LEMA

Articulo 4: El emblema del PARTIDO RENACENTISTA NACIONAL (PRN), estacompuesto por un sol naciente de una montaña y una paloma en pleno vuelo con un ramo deolivo en el pico, que quiere significar que el pueblo dominicano tendrá un nuevo amanecerRenaciente como esta escrito en San Juan 3:15.

Page 2: Estatutos PRN

Articulo 5: El símbolo es la figura de un sol naciente de una montaña y una paloma en plenovuelo con un ramo de olivo en el pico, dentro de una circunferencia con el lemaHONESTIDAD, PAZ Y PROGRESO. Alrededor de la circunferencia tiene el nombre dePARTIDO RENACENTISTA NACIONAL (PRN).

Articulo 6: El color de la bandera del partido es blanco y amarillo con el emblema descrito en elartículo 4 de los estatutos, grabado en el centro de dicha bandera.

DE LOS MIEMBROS

Artículo 7: Para ser miembro del PARTIDO RENACENTISTA NACIONAL (PRN), serequieren los siguientes requisitos:

a. Ser ciudadano dominicano.b. Estar en pleno ejercicios de sus derechos políticos y civiles.

DERECHO Y DEBERESDE LOS MIEMBROS Y DIRIGENTES

Artículo 8: Son deberes de los miembros del PARTIDO RENACENTISTA NACIONAL(PRN):

a. Respetar lo establecido en sus estatutos.

b. Mantener y defender su doctrina filosófica, su disciplina, sus principios y lasmodificaciones emanadas de los organismos superiores.

c. Cumplir de manera disciplinaria las orientaciones y consignas del partido. Así como elapoyo irrestricto de los candidatos a los cargos electivos.

d. Asistir con puntualidad a los actos y reuniones que realice el partido.

e. Llevar una conducta intachable en su vida publica y privada de los santos principios dehonestidad y decencia de la relación entre personas civilizadas y ordenadas.

f. Ejecutar con eficiencia y lealtad los trabajos que le sena encomendados por la direccióndel partido.

g. Fomentar y mantener un amplio espíritu de cordialidad, solidaridad y confraternidadentre los dirigentes, miembros y simpatizantes del partido.

Page 3: Estatutos PRN

h. Pagar con puntualidad las contribuciones que de acuerdo a sus posibilidades económicasle asigne la dirección del partido.

i. Cumplir con disciplina. Las directrices y resoluciones internas del partido.

j. Acatar la disciplina organizativa del partido.

k. Conocer la doctrina filosófica del partido, defenderla y difundirla.

l. Los dirigentes y miembros del partido que obtengan un cargo congresional, municipal oadministrativo esta en el deber de aportar un 10% de su sueldo para los trabajos ycompromisos del partido y no podrá mudarse de la circunscripción que lo Eligio, dehacerlo será suspendido y sustituido del cargo por el partido.

CAPITULO III

SON DERECHOS Y DEBERES DE LOSDIRIGENTES Y MIEMBROS DEL PARTIDO

Articulo 9:

a. Participar con voz y voto en las elecciones y deliberaciones de los organismos delpartido a los cuales pertenezca.

b. Ser elegido para cualquier cargo del organismo al que pertenezcan aspirar a los cargosen organismos superiores a los cuales pueden ser promovidos a solicitud del presidentedel partido, tendiendo en cuenta sus capacidad i9ntelefctual, de trabajo y sus meritosalcanzados dentro del partido.

c. Ser escogido para ser candidatos a cualquiera de los cargos públicos por elecciónpopular. Teniendo en cuanta que la Comisión Política del partido tiene derecho aescoger el 20% de las candidaturas.

d. Contribuir a la buena marcha del partido, sugiriendo las observaciones que considere delugar para la buena marcha de la organización política.

e. Ser escuchado ante la Comisión de Disciplina, cuando sea sometido ante la misma.

CAPITULO IVLA ESTRUTURA ORGÁNICA

Page 4: Estatutos PRN

Articulo 10: La estructura orgánica del Partido Renacentista Nacional (PRN), se fundamentasobre los principios del centralismo democrático y esta constituidos por organismos electos eintegrados de acuerdo a las normas estatutarias establecidas.

Artículo 11: Los organismos oficiales del Partido Renacentista Nacional (PRN)Son los siguientes:

a) Convención Nacional

b) Comité Ejecutivo Nacional.

c) Comisión Política.

d) Consejo Nacional de Disciplina.

e) Secretarias y Direcciones Nacionales.

f) Convenciones Provinciales.

g) Convenciones Municipales.

h) Comité del Distrito Nacional

i) Seccionales del Exterior.

k) Bloque parlamentario

l) Bloque municipal

m) Otros organismos aprobados por el Comité Ejecutivo Nacional.n) La convención provincial escogerá el 80% de los candidatos a los cargos congrecionales ysu órgano ejecutivo será el comité provincial y municipal.

o) La convención de Distrito Nacional escogerá el 80% de los candidatos congresionales yMunicipales y sus órgano ejecutivo será el comité del Distrito Nacional y lo núcleo deBase.

p) Los núcleos de base y sus órganos ejecutivos serán los núcleos de base, que podríanconvertirse en núcleos zonales integrados por los integrados por los dirigentes de los núcleos debase de determinada zonas mediante un reglamento de funcionamiento elaborado por la comisiónpolítica que determinara la extensión de cada zona, su competencia geográfica.

En caso de no celebrarse la convención provincial y municipal los candidatos a cargos electivosserán escogidos y ratificados en la convención Nacional.

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CAPITULO V

DE LA CONVENCIÓN NACIONAL

Artículo 12: la asamblea nacional es la que representa la universidad de los organismos delpartido y esta integrada de la siguiente manera:

a. Por lo miembro del Comité Ejecutivo Nacional

b. Por lo miembros de la Comisión Política.

c. Por los miembros del comité del Distrito nacional.

d. Por los delegados de los comités provinciales y comités municipales escogidos y laasamblea en sus respectivos organismos en el numero que determine el comité ejecutivoo la comisión política, no pudiendo ser ningún caso menos de dos delegados por cadamunicipio donde esita un núcleo municipal.

Artículo 13: LA CONVENCIÓN NACIONAL TENDRÁ A SU CARGO LOSIGUIENTES:

a. Conocer y aprobar la plancha con los nombre de los miembros del Comité EjecutivoNacional.

b. Conocer y aprobar la plancha con los nombre de los miembros de la comisión política.

c. Conocer y aprobar los estatutos del partido cuando estos se le hayan hechomodificaciones.

d. Conocer los informes del Comité Ejecutivo Nacional.

e. Aprobar las candidaturas del partido para los cargos electivos que señala el artículo 90de la Constitución.

f. La asamblea Nacional se reunirá ordinariamente cada cuatro (04) años yextraordinariamente cada dos (02) años, para escoger y aprobar las candidaturacongresuales y municipales o cuando lo disponga el Comité ejecutivo nacional.

g. La Asamblea Nacional estará presidida por el Presidente o el Secretario General, en sudefecto la presidirá a quien el presidente o el Secretario General del partido señalen enconformidad con lo que establecen los estatutos.

Page 6: Estatutos PRN

h. La Asamblea Nacional al proclamar al candidato presidencial del partido, este tendrálibertad para escoger a su compañero en la candidatura vicepresidencial, cuando lo creaoportuno y convenga al partido.

Articulo 14: La convocatoria para la Convención Nacional debe hacerse en un plazo no menorde cinco (5) días, en un periódico de circulación nacional.

ATRIBUCIONES DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL.

Artículo 15: El Comité Ejecutivo nacional estará compuesto por cien (150) o más miembrosdistribuidos de la manera siguiente:

1. El Presidente.2. Diez vice-presidentes3. el Secretario General4. Sub. Secretario General5. Secretario de Organización6. Sub. Secretario de organización7. Secretario de finanzas8. Sub. Secretario de finanzas9. Secretario de Relaciones Publicas

10. Sub. Secretario de Relaciones Publicas11. Secretario de Asuntos Agrarios12. Sub. Secretario de asuntos Agrarios13. Secretario de Asuntos Profesionales14. Sub. Secretario de Asuntos profesionales15. Secretario de Asuntos Sindicales16. Sub. Secretario de Asuntos sindicales17. Delegados políticos ante la Junta Central Electoral18. Presidente del Comité del Distrito Nacional19. Vice-presidente de l Comité del Distrito Nacional20. Secretario de la Juventud21. Sub. Secretario de la Juventud22. Secretario de Asistencia Social23. Sub. Secretario de Asistencia Social24. Secretario de Asuntos legales25. Sub. Secretario de Asuntos Legales26. Presidenta Rama Femenina27. Secretaria Rama Femenina28. Vice-Presidenta Rama Femenina29. Vice- Secretaria Rama Femenina30. Secretario de Actas y Correspondencia31. Sub. Secretario de Actas y Correspondencia32. Secretario de Asuntos Sociales

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33. Sub. Secretario de Asuntos Sociales34. Secretario de Educación y Doctrina35. Sub. Secretario de Educación y Doctrina36. Secretario de Asuntos Electorales y Técnicos37. Sub. Secretario de Asuntos Electorales y Técnicos38. Secretario de Prensa y Propaganda39. Sub. Secretario de Prensa y Propaganda40. Secretario de Asuntos Internacional41. Sub. Secretario de Asuntos Internacionales42. Director de equipos y Trasportes43. Director y Etiqueta y Protocolo44. Secretario de Asuntos Culturales45. Sub. de Asuntos Culturales46. Cincuenta y cinco miembros

Artículo 16: Para ser miembro del Comité Ejecutivo Nacional se requiere que la persona tengaun año militando en el partido por haber sido miembro de organismo de base, intermedios,organismos periféricos.

ARTÍCULO 17: Podrán ser miembros del Comité Ejecutivo Nacional sin cumplir los requisitosestablecidos por estos estatutos, aquellos dominicanos de reconocida trayectoria política,sindical, agraria, científicos, intelectuales, artísticos y que estén dispuestos a acogerse a losprincipios filosóficos y doctrinario del partido, siempre que sea previamente recomendado por lacomisión política del partido.

Articulo 18: El Comité Ejecutivo Nacional durara en sus funciones cuatros (04) años. Se reuniráordinariamente una vez cada 2 meses, y cuantas veces el mismo lo determine yextraordinariamente cuantas veces lo convoque el presidente o el secretario general del partido.

Artículo 19: Cada miembro del Comité Ejecutivo Nacional tiene derecho a un voto y su decisiónse tomara por mayoría simple, ósea la mitad más uno de los miembros presentes.

Articulo 20: Cuando un miembro del Comité Ejecutivo sin excusa debidamente justificada ycomprobada a tres reuniones consecutiva del partido, el Comité Ejecutivo Nacional podrá decidirsu amonestación con llamado a asumir su responsabilidad.

PARRAFO: En caso de que la inasistencia sea repetida o persista con carácter permanente, elcomité ejecutivo nacional, el CEN podrá decidir primero su suspensión con un llamado areintegrarse en un determinado plazo y segundo de no atender el llamado podrá decidir susustitución por otro dirigente.

Artículo 21: El Quórum del Comité Ejecutivo Nacional, se constituirá con la presencia de lamitad más uno de sus miembros.

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Artículo 22: Son atribuciones del Comité Ejecutivo Nacional:

a. Convocar a la convención nacional de delegados a sabiendo que es el único organismocon facultad para hacerlo.

b. Proponer cualquier dirigente a ocupar un cargo importante dentro del comité ejecutivosiempre que el mismo este vacante ya sea porque no se escogió en la convención o porsuspensión, excepto el presidente o el secretario general.

c. Integrar el tribunal de Disciplina si este no es escogido en la convención, con lasatribuciones que se fijan en los reglamentos que la originan y proceder a su modificacióncuando produzcan recusaciones u otro motivo estatutario que amerite su reestructuraciónpara cada caso en particular.

d. Preservar el buen nombre el historial limpio y trayectoria histórica del partido, a travésde orientaciones y recomendaciones de resoluciones que garanticen una dignarepresentación dirigencias y la mejor marcha armoniosa entre los dirigentes del partido.

e. Ningún dirigente, en posición y ejercicio de su cargo podrá ser removido a menos quesea por razones estatutarias establecidas o por decisión del tribunal disciplinarioregularmente constituido.

f. El Comité Ejecutivo escogerá un presidente en funciones, esta tendrá la mismaatribuciones y facultades del Presidente.

g. Establecer una comisión constitutiva cuyos miembros serán seleccionados de acuerdo asu capacidad de analizar la problemática nacional e internacional, y propio partidoenviando sus explicaciones y recomendaciones al comité ejecutivo nacional para losfines correspondientes.

PARRAFO UNICO: el Comité Ejecutivo Nacional queda facultado para ampliar lamatricula de sus miembros de 100 a 150, el mismo creara una comisión que escogerá lo50 miembros faltantes, esto después de escogido deben ser aprobado por el pleno de esteComité Ejecutivo Nacional.

CAPITULO VI

DE LA COMISION POLITICA

Artículo 23: La comisión Política estará constituida por quince (15) miembros:

1. El presidente del Partido.2. Dos Vice-Presidentes escogidos por el Comité Ejecutivo Nacional.3. Secretario General.4. Subsecretario General5. Secretario de Finanzas6. Secretario de Organización7. Secretario de Acta y Corres pendencia8. Secretario de Asuntos Electorales9. Presidente del Comité del Distrito

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10. Presidenta de la Rama Femenina11. Secretario de Relaciones Internacionales12. Secretario Asunto Jurídico13. Secretario de Prensa y Propaganda14. Secretario de Transporte

Artículo 24: LA COMISION POLITICA TENDRA A SU CARGO LOSSIGUIENTES:

a. La modificación del comité ejecutivo nacional y presentarla a la convención nacionalpara su aprobación

b. Resolver todo lo relacionado con la participación del partido o no en las elecciones, conla anuencia del CEN.

c. Establecer, modificar o suprimir cuanto organismos consideres necesarios para el buenfuncionamiento del partido y adoptar todas las medidas y resoluciones a un de ordenestatutario que constituyan a resolver situaciones urgentes en beneficios del partido ofacilitar negociaciones políticas positivas, después de analizar concienzudamente lasituación.

d. Estudiar y aprobar los presupuestos del partido y autorizar concertación de préstamos yerogaciones de tipo ordinario previo a justificación a favor del mejor interés del partido.

e. Conocer, aceptar o rechazar la renuncia de uno o más de sus miembros y del comitéejecutivo nacional previa convocatoria y designar el o los sustitutos correspondiente.

f. Examinar cuidadosamente de los expirantes a cargos ejecutivos a nivel nacional, seaprovincial o municipal, para determinar si se ajustan a los requisitos de moralita ylealtad.

g. Someter a la Convención Nacional de Delegados las listas de los candidatos a cargoselectivos a nivel nacional, provincial y municipal.

h. Hacer cumplir las disposiciones que establece la ley electoral.

i. Esta puede determinar cualquier firma de documento importante no importa los fines, acualquier miembro titular del Comité Ejecutivo Nacional cuando alguno de su miembrotitular se niegue a firmar el mismo.

j. suspender temporalmente aquellos miembros de organismos superiores del partido quehallan cometidos faltas graves contra los intereses del partido y contra su línea política, yapoderar el tribunal de disciplina en el termino de quince (15) para que determine si esculpable o inocente de los cargos que se le atribuyen.

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PARRAFO I: La comisión política estará compuestas por quince (15) miembros.

PARRAFO II: Las reuniones de la comisión políticas deberán celebrarse ordinariamente unavez al mes y cuantas veces sea necesario para la buena marcha del partido por convocatoria delPresidente o el Secretario General del Partido.

PARRAFO III: El Presidente, El Secretario General o el Secretario de Actas yCorrespondencias solo podrán firmar y depositar instancias ante la Junta Central Electoral ocualquier organismo oficial si son autorizados mediante resolución de la Comisión Política.

PARRAFO IV: Se constituirán el Quórum de la comisión política para celebración de la sesióncon la asistencia de la mitad más uno de sus miembros. Sin embargo, en el caso de que la horaseñalada, no se haya completado el quórum se dará inicio a la reunión con los miembrospresentes y las decisiones serán refrendada por el comité ejecutivo para que sean validad.

DEL PRESIDENTEDEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL

Articulo 25: El Presidente Representa la Institucionalidad del Partido y tiene los siguientesdeberes y obligaciones

a. Dirigir conjuntamente con el Secretario General las sesiones y debates del ComitéEjecutivo Nacional, de la Comisión Política y de la Asamblea nacional.

b. Representar oficialmente al partido Conjuntamente con el Secretario General en loseventos públicos y privados en los que se requiera su presencia.

c. Presidir conjuntamente con el Secretario General todos los actos del partido.

d. Designar comisiones con funciones específicas.

e. Firmar conjuntamente con el Secretario de finanzas o el Secretario General todas lasderogaciones de dinero tales como depósitos bancarios, cheques, recibos de cobro,recibos de pagos de caja chica que sean autorizados mediante resolución de la ComisiónPolítica.

f. Coordinar conjuntamente con el Secretario General las relaciones de todas las secretariasy velar por el correcto funcionamiento de los mismos.

g. Es el Representante Legal del Partido conjuntamente con el Secretario General

h. Ser vocero oficial del partido conjuntamente con el Secretario General.

Page 11: Estatutos PRN

i. Autorizar junto al secretario de finanzas o el Secretario General las erogacionesExtraordinarias del partido que sean autorizados mediante resolución de la ComisiónPolítica.

j. Certificar y firmar conjuntamente con el Secretario General o el Secretario de Actas yCorrespondencias todas las documentaciones del partido que deba hacerse valer antecualquier persona, Junta Central Electoral, cualquier organismo oficial o privado quesean autorizados mediante resolución de la Comisión Política.

PARRAFO UNICO: En caso de ausencia temporal o definitiva del presidente, la ComisiónPolítica escogerá dentro de los miembros del Comité Ejecutivo Nacional al sustituto.

DEL PRESIDENTE EN FUNCIONESDEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL

Articulo 26: El Presidente en Funciones Representa la Institucionalidad del Partido y tiene lossiguientes deberes y obligaciones.

PARRAFO I: Cuando no se encuentre presente el presidente titular, el Presidente enfunciones desempeñara de pleno derecho todas las atribuciones que le asignan los presenteestatutos, el articulo 42 en su letra B y el articulo 46 de la ley electoral 275-97,correspondiente al presidente titular.

SON ATRIBUCIONES DE LOS VICE-PRESIDENTES

Artículo 27: Son atribuciones de los Vicepresidentes.

Desempeñar las funciones específicas que les asignen, la Comisión Política o el ComitéEjecutivo.

DEL SECRETARIO GENERALDEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL

Artículo 28: El Secretario General es la Máxima Autoridad Ejecutiva, y tiene los siguientesdeberes y atribuciones:

a) Cumplir y hacer cumplir las decisiones de la Comisión Política, ComitéEjecutivo Nacional y la Convención Nacional Ordinaria o Extraordinaria.

b) Coordinar todas las Secretarias y demás organismos del partido, teniendo la facultad deintervenirlas y ejercer sus atribuciones durante la intervención, debiendo informar al ComitéPolítico para su aprobación o rechazo.

Page 12: Estatutos PRN

c) Firmar conjuntamente con el presidente o el Secretario de Actas y Correspondencias todas lascorrespondencias oficiales del partido y las resoluciones y decisiones emanadas de la comisiónpolítica.

d) Certificar y firmar conjuntamente con el presidente o el Secretario de Actas yCorrespondencias todas las documentaciones del partido que deba hacerse valer ante cualquierpersona, Junta Central Electoral J.C.E; organismo oficial o privado que sean autorizadosmediante resolución de la Comisión Política.

e) Recibir y despachar las correspondencias del comité Ejecutivo Nacional conjuntamente con elpresidente o el Secretario de Actas y Correspondencias

f) Ser guardián del sello y de toda documentación valiosa depositada en la secretaria deorganización y de las actas correspondientes.

g) Ser guardián del sello del comité ejecutivo nacional y de las copias de toda documentaciónvaliosa depositada en la secretaria de organización y de actas que hallan sido debidamenteentregadas.

h) Es el Representante Legal del Partido conjuntamente con el presidente

i) Es el Vocero Oficial del Partido ante cualquier Instancia

j) Firmar las Credenciales de los Delegados Ante la Convención Nacional Ordinaria oExtraordinaria que sean autorizados mediante resolución de la Comisión Política.

k) Firmar conjuntamente con el Secretario de Finanzas o el Presidente todas las derogaciones dedinero tales como depósitos bancarios, cheques, recibos de cobro, recibos de pagos de caja chicaque sean autorizados mediante resolución de la Comisión Política.

l) Autorizar junto al Secretario de Finanzas o el Presidente las Erogaciones Extraordinarias delPartido que sean autorizados mediante resolución de la Comisión Política.

DEL SUBSECRETARIO GENERAL

Articulo 29: Son atribuciones del subsecretario General.

a) Sustituir en caso de ausencia temporal o definitiva al Secretario General.

b) Desempeñar las funciones específicas que le sean asignadas por el Secretario General,la Comisión Política o el Comité Ejecutivo Nacional.

DEL SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN

Page 13: Estatutos PRN

Articulo 30: Son atribuciones del Secretario de Organización

a. Planificar la política organizativa del partido.

b. Coordinar y aprobar la formación y reestructuración de todos los comités provinciales,municipales, núcleos de base y frente de masa y las demás funciones que le asigne elComité Ejecutivo Nacional.

c. Aumentar por todos los medios el numero de afiliados del partido.

d. Organizar el partido en todos aquellos lugares del país donde el Partido no tengapredecía.

e. Llevar el registro y el control de la militancia, disponiendo al efecto los sistemas masadecuados y exigiendo a los núcleos Municipales informar periódicamente sobre sustrabajos.

f. Atender y velar por el desarrollo del partido en su jurisdicción, propiciando laformación, el buen funcionamiento y estabilidad de las organizaciones que cree ypatrocine el partido.

g. Organizar los actos públicos del partido en su localidad de común acuerdo con lassecretarias de prensa y propaganda y la de finanzas.

h. Este tendrá a su cargo la reestructuración de todos los comités provinciales ymunicipales a nivel nacional conjuntamente con el secretario general.

i. Tendrá a su cargo nombrar conjuntamente con el comité provincial o municipal eldelegado político ante la junta electoral correspondiente.

DEL SECRETARIO DE FINANZAS

Articulo 31: Corresponde al Secretario de Finanzas

a. Incrementar por todos los medios lícitos a su alcance la recaudación de fondos para elpartido

b. Llevar los libros de contabilidad, tener al día los inventarios de bienes del Partido y velarpor la buena preservación e los mismos.

Page 14: Estatutos PRN

c. Suscribir con el Presidente del Partido o el Secretario General los documentossiguientes: Cheques, Recibos de cobros, Recibos de cobros de caja chica, DepósitosBancarios, siempre que sean autorizados mediante resolución de la comisión política.

d. Elaborar anualmente en el mes de noviembre, los planes financieros y proyectos depresupuesto para el año siguiente que aplicara la dirección del partido.

e. Llevar la contabilidad de acuerdo a lo establecido en la Ley electoral.

f. Rendir informes periódicamente al presidente y al Secretario General

g. Es el único autorizado a administrar y dirigir las finanzas del partidoconjuntamente con el presidente o el secretario General.

h. Es el único autorizado a retirar los fondo del partido del cualquier institución oproveniente de la Junta Central Electoral.

DEL SECRETARIO DE RELACIONES PÚBLICAS

Artículo 32: Son atribuciones del Secretario de Relaciones Publicas:

a. Planificar la política organizativa del Partido

b. Trabajar como enlace entre los medios de comunicación y el partido.

c. Servir de enlace cuando se lo pidan entre le Partido y otras organizaciones políticas.

DEL SECRETARIO DE ASUNTOS AGRARIOS

Artículo 33: Son atribuciones del Secretario de Asuntos Agrarios las siguientes:

a. Hacer estudios evaluativos de los problemas agrarios y campesinos, y en base de dichoestudio preparar proyectos y recomendaciones que serán remitidas al Comité Nacionalpara su ponderación y tramite de lugar.

b. Propugnara por la evaluación de la calidad de vida del campesino para evitar que estetenga que emigrar a la ciudad.

c. Contribuir con la planificación de la agricultura, ayudar al campesino con esestablecimiento de cooperativas agrícolas y de ahorros.

d. Ayudar a los programas de alfabetización a favor de las familias campesinas.

Page 15: Estatutos PRN

e. Llevar un registro de los agricultores y hombres del campo inscrito en el partido.

DEL SECRETARIO DE ASUNTOS PROFESIONALES

Artículo 34: Son atribuciones del Secretario de Asuntos Profesionales las siguientes:

a. Organizar y dirigir todos los profesionales afiliados al partido.

b. Planear, dirigir y coordinar todo cuanto crea conveniente para atraer al partido la mayorcantidad posible de profesionales.

c. Organizar todos los profesionales inscritos en el partido de manera tal que pueda prestarsus servicios al organismo a que pertenezca o a cualquier otro partido que lo solicite.

d. Mantener al día el registro de profesionales inscritos en el partido.

DEL SECRETARIO DE ASUNTOS SINDICALES

Artículo 35: Son atribuciones del Secretario de Asuntos Sindicales las siguientes:

a. Velar por el mejoramiento de las condiciones de vida y trabajos de los obreros y todacuanta tienda a mejorar la calidad de vida de los obreros.

b. Patrocinar y auspiciar la constitución de sindicatos y otras asociaciones de lostrabajadores.

c. Hacer estudios sobre los problemas de los obreros y presentar informe al ComitéEjecutivo Nacional con sus observaciones y las posibles soluciones a los mismos.

DEL DELEGADO POLÍTICO ANTE LAJUNTA CENTRAL ELECTORAL

Artículo 36: este representara al partido ante la Junta Central Electoral.

a. El delegado político es el conducto entre la Junta Central Electoral y el partido.

b. Es el encargado de depositar y retirar comunicaciones de la Junta Central Electoral.

c. Este será. A su vez miembro de la Comisión Política.

Page 16: Estatutos PRN

DEL PRESIDENTE DEL DIRECTORIODEL DISTRITO NACIONAL

Artículo 37: Corresponde al Presidente del Comité del Distrito Nacional.

a. Presidir las secciones y regiones del comité del Distrito Nacional, dirigir los debates,elaborar la orden del día.

b. Suscribir las actas de las secciones juntamente con el secretario de actas.

c. Firmar las correspondencias y documentos del partido, conforme a lo establecido porestos estatutos y los reglamentos.

DEL PRSIDENTE DE LA JUVENTUD

Artículo 38: Corresponde al Presidente de la Juventud:

Organizar y presidir frente a la Juventud Renacentista, estimulando su fortalecimiento, espíritude unión y crecimiento, a si como servir de enlace entre este y la comisión política;

a. Estudiar los problemas que afecten a la juventud y recomendar las formulas necesariaspara su solución.

b. Patrocinar y sostener relaciones con organizaciones juveniles de otras institucionespolíticas o apolíticas, nacionales e internacionales, de vocación democrática.

c. Promover la integración de organizaciones juveniles adscritas al partido;

d. Servir de enlace entre la Comisión Política y los organismos juveniles de la juventud delpartido.

e. Llevar un registro de los integrantes del ¨ Frente de la juventud Renacentista ¨ y de lasorganizaciones juveniles.

f. Que se constituyan, de común acuerdo con el Secretario General y de Organización.

DEL SECRETARIO DE ASISTENCIA SOCIAL

Artículo 39: Corresponde al Secretario de Asistencia Social lo siguiente:

a. Realizar evaluación de salud de nuestra sociedad.

Page 17: Estatutos PRN

b. Preparar planes y proyectos que serán incluidos en el programa de desarrollo social quepresentara el Partido de la campaña política.

c. Ayudar a los miembros y simpatizantes del Partido con asistencia medica.

d. Organizar y dirigir operativos médicos a nivel nacional y barrial.

e. Organizar brigadas de médicos y voluntarios para cooperar y ayudar cuando ocurrancalamidades meteorológicas o de cualquier otra índole.

f. Cooperar con las comunidades en los planes de higiene y desarrollo comunitario.DEL SECRETARIO DE ASUNTOS JURIDICOS

Artículo 40: son atribuciones del secretario de Asuntos Legales:

a. Velar porque las atribuciones del Partido se ajusten con las leyes vigentes.

b. Representar y asistir al Presidente y al Secretario General del Comité EjecutivoNacional, cuando estos así lo requieran, ante los tribunales y departamentos delgobierno.

c. Redactar ante proyectos de ley y estudiar aquellos que el partido se proponga someter ala consideración de Organismos Oficiales, Autónomos o Gubernamentales.

d. Redactar y estudiar proyectos del reglamentos o modificaciones de los exigentes delpartido o cualquier de los otros organismos y organizaciones y emitir las consideracionesque considere procedentes.

e. Redactar y estudiar proyectos de modificaciones o sustitución de los presentes estatutosy emitir opciones que juzgue pertinentes cunado sea apoderado por la ComisiónEjecutiva.

f. Prestar a los distintos organismos del Partido d el asesoramiento legal requerido.

g. Revisar los expedientes sobre faltas cometidas por los miembros del partido, una vezapoderado de los mismos.

h. Prestar asistencia jurídica a los miembros del Partido.

i. Llevar un registro de los abogados miembros del partido y presidir el núcleo deabogados pertenecientes al frente de profesionales y técnicos reformistas, sirviendo deenlace entre este y los demás organismos del Partido.

DE LA PRESIDENTA DE LA RAMA FEMENINA

Page 18: Estatutos PRN

Articulo 42: Las atribuciones de la presidenta de la rama femenina serán lasSiguientes:

a. Organizar los núcleos femeninos a nivel nacional.

b. Planear, dirigir y coordinar todo lo referentes al trabajo del partido en el campofemenino con el objetivo de que el mayor numero de mujeres participen en lasactividades.

c. Orientar y dirigir a la mujer con el propósito que la misma se entreguen al trabajoproductivo en beneficio de la mujer.

d. Proponer planes y proyectos para ayudar a elevar la calidad de vida de las mujeres departido cuando sus necesidades así lo requieran.

DEL PRESIDENTE DE COMISION ELECTORAL

Artículo 43: Corresponden al presidente de la comisión electoral las siguientes:

a. Readaptar y mantener actualizados todos los datos relativos a la preparación, desarrolloy resultado de las elecciones en el ámbito nacional, provincial, municipal, decircunscripción electoral, de circunscripción de Área, de todo lo cual deberá mantenerinformado, al Presidente, al Secretario General, al Comité Ejecutivo y a la comisiónPolítica.

b. Planear, organizar y realizar, dentro de los términos de la ley Electoral y losreglamentos, campañas de empadronamiento de sus miembros en las CircunscripcionesElectorales que correspondan.

c. Prepara y coordinar, juntos a los secretarios de Educación Doctrina y asuntos electorales,los cursos de adiestramiento electoral para los miembros del Partido.

d. Asesorar en mataría electoral, a los candidatos, organismo, representantes y delegadosdel partido ante las diferentes autoridades electorales.

e. Promover el estudio de la ley electoral y promover a la comisión política lasmodificaciones pertinentes.

DEL SECRETARIO DE ACTAS Y CORRESPONDENCIA

Artículo 44: el secretario de Actas y Correspondencia tendrá las siguientes funciones:

Page 19: Estatutos PRN

a. Redactar las actas de las sesiones del comité Ejecutivo Nacional.b. Recibir, archivar y despachar las correspondencias de común acuerdo con el Secretario

General.c. Firmar las Actas de la Comisión Política, Comité Ejecutivo Nacional y de la

Convención Nacional Ordinaria o Extraordinaria conjuntamente con el Presidente o elSecretario General

d. Verificar el quórum de las sesiones del Comité Ejecutivo Nacional CEN.e. Firmar conjuntamente con el presidente o el secretario general todas las

documentaciones oficiales del partido que deba hacerse valer ante cualquier instanciaque sean aprobadas mediante resolución de la comisión política.

DEL SECRETARIO DE SALUD Y ASUNTOS SOCIALES

Artículo 45: el secretario de asuntos sociales tendrá las siguientes funciones:

a. Preparar y llevar a cabo planes de asistencia social a favor de las personas de escasosrecursos económicos.

b. Organizar acatos de carácter social, en acuerdo con la secretaria de asuntos femeninos, laSecretaria de Organización, Prensa y propaganda.

Promocionar la difusión de las ideas sociales y los principios de justicia social que sustente elpartido.

DEL SECRETARIO DE EDUCACION, DOCTRINA Y CULTO

Artículo 46: Son atribuciones del Secretario de Educación, Doctrina y cultos, las siguientes:

a. Organizar la escuela del partido donde se preparan los dirigentes en diferentes estudiospolíticos que le permitan tener un amplio conocimiento de las Ciencias Políticas, asicomo otras ramas del saber, sean estas sociales, económicas, culturales, nuestra vida ydesarrollo político, económico, etc.

b. Organizar conferencias o charlas a nivel nacional para la buena orientación yconocimiento del pueblo dominicano, en cuanto a nuestra cultura, nuestra vida ydesarrollo político y económico, etc.

Page 20: Estatutos PRN

c. Contribuir con la organización y desarrollo de instituciones culturales, deportivas,manteniendo contacto permanente con estos tanto a nivel urbanos como a nivel rural.

SECRETARIO DE ASUNTOS ELECTORALES Y TÉCNICOS

Articulo 47: El Secretario de Asuntos electorales tendrá las siguientes funciones:

a. Estudiar la ley electoral y asesorar a los miembros del Comité Ejecutivo Nacional, y a laComisión Política a este aspecto.

b. Seleccionar conjuntamente con el secretario General y el Secretario de Organización losdelegados ante las mesas electorales.

c. Seleccionar al personal que se encargara de llevar orientación a los asuntos electoralesen todos los municipios que se requiera de su accesoria, como son los cursillos depreparación para un buen desempeño de las labores en asuntos electorales.

d. Supervisar las actividades electorales del partido y ofrecer entretenimiento a losdelegados que participan en las mesas electorales.

e. Velar que los delegados a representar en el Partido en las mesas electorales sean los máspreparados.

DEL SECRETARIO DE PRENSA Y PROPAGANDA

Articulo 48: El Secretario de Prensa y Propaganda tendrá las siguientes funciones:

a. Dirigir y difundir la filosofía y principios del partido, y los programa de propaganda ypublicidad aprobadas y autorizadas pro el Comité Ejecutivo Nacional.

b. Organizar de común acuerdo con los secretarios de organización y de Finanzas los actospúblicos del Partido.

c. Invitar los medios de comunicación de masa a todos aquellos actos que organice elpartido y se le quiera dar publicidad.

d. Dirigir a nivel nacional la Propaganda del Partido.

DEL SECRETARIO DE ASUNTOS INTERNACIONALES

Articulo 49: El Secretario de Asuntos internacionales tendrá las siguientes funciones:

Page 21: Estatutos PRN

a. Establecer y mantener relaciones con partidos Políticos de otros países que ofrecennuestros principios y filosofías políticas.

b. Patrocinar y tener relaciones con instituciones de carácter internacional y conpersonalidades de reconocido prestigio internacional.

c. Estudiar los problemas internacionales que puedan afectar al Partido o su filosofía yprincipios e informar al Comité Ejecutivo Nacional la solución que a su juicio debedársele.

DIRECTOR DE EQUIPOS Y TRANSPORTE

Articulo 50: El Director de Equipos y Transporte tendrá las siguientes funciones:

a. Velar por el cuidado del equipo y los vehículos que posee el partido.

b. Asegurar que a los mismos se le de el mejor uso posible.SECRETARIO DE ASUNTOS CULTURALES

Articulo 51: El Secretario de Asuntos Culturales tendrá las siguientes funciones:

a. Incentivar a los miembros y simpatizantes del Partido a todas las actividades culturalesque se presenten en los distintos centros culturales del país, o en cualquier lugar que secelebre actividades de esa índole.

b. Contribuir de manera positiva al desarrollo del acervo cultural de los dominicanos.

c. Participar con el secretario de prensa y propaganda en todas las actividades propias desus funciones.

CAPITULO XIDEL CONSEJO NACIONAL DE DISCIPLINA

Artículo 52: El consejo Nacional de Disciplina con jurisdicción sobre toda la militancia delPartido y el Consejo Municipal de Disciplina tienen atribuciones sobre militancia de susrespectivas jurisdicciones.

Articulo 53: El Consejo Nacional de Disciplina estará integrado por cinco (5) miembros y cinco(5) suplentes escogidos por la Convecino Nacional, por un periodo de cuatro (4) años. La mismadeterminara quien será Juez Presidente, y de lo demás cargos en el Consejo, el que estarácompuesto por un Fiscal, un Secretario y dos Vocales.

Articulo 54: Las atribuciones del Consejo Disciplinario estarán establecidas en su propioreglamento.

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CAPITULO XIIDEL COMITÉ PROVINCIAL

Artículo 55: Son atribuciones de los comités provinciales:

a. Supervisar en Asamblea o en comisiones, dentro del área provincial, eldesarrollo de los trabajos políticos emanados de los organismos superiores delpartido.

b. Hacer cumplir con eficiencia y disciplina las resoluciones de los altosorganismos del Partido en toda la geografía provincial.

c. Hacer al Consejo Regional correspondiente y ala comisión política del ComitéEjecutivo Nacional recomendaciones que estimen de lugar para la buena marchade los asuntos del Partido en la provincia correspondiente.

CAPITULO XIIIDEL COMITÉ MUNICIPAL

Artículo 56: Son atribuciones de los comités municipales:

a. Supervisar en la asamblea o en comisiones, dentro del área municipal, el desarrollo delos trabajos políticos emanados de los organismos superiores del partido.

b. Hacer cumplir con eficiencia y disciplina las resoluciones de los altos organismos delpartido en toda la geografía municipal.

c. Hacer el Consejo Municipal correspondiente y a ala comisión política del comitéEjecutivo Nacional las recomendaciones que emite del lugar para la buena marcha de losasuntos del Partido en el Municipio correspondiente.

CAPITULO XIVDE LOS FRENTES DE MASAS

Articulo 57: Los frentes de masas, son instrumentos para la organización especializada delpartido y para la captación de los lideres naturales d e la comunidad.

Los frentes de masas son los siguientes.

a. Frente Sindicalb. Frente agrarioc. Frente femenino

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d. Frente de profesionales y técnicose. Frente de la juventudf. Frente magisterial

CAPITULO XVSON ATRIBUCIOENS DE LOS NUCLEOS DE BASES

Articulo 58: Son atribuciones de los núcleos de bases.

a. Escoger todos los directivos de los núcleos de bases de la jurisdicción correspondiente.b. Conocer del informe del núcleo de basec. Escoger los delegados a la Asamblea Municipal y Distrital.

Articulo 59: El Comité Provincial, así como el comité Municipal en los núcleos de base seráncompuestos por las siguientes estructuras orgánicas.

a. Un Presidenteb. Un vicepresidentec. Un secretariod. Un secretario de organizacióne. Una presidenta de la Rama Femeninaf. Un secretario de Finanzasg. Un secretario de Prensa y Propagandah. Un secretario de actas y correspondenciasi. Un secretario de asuntos electoralesj. Un presidente de la juventud

CAPITULO XVIDEL COMITÉ CONSULTIVO

Articulo 60: Habrá un comité consultivo nacional, cuyos miembros están designados por elcomité ejecutivo nacional, escogidos en consideración de los meritos partidista, su vocación deservicio a la comunidad y defensa de la dignidad humana.

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