el contrato jessy

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EL CONTRATO DE TRABAJO El contrato de trabajo es un acuerdo entre Empresario y Trabajador ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO Para que un contrato de trabajo sea valido es importante considerar los siguientes aspectos: 1.Consentimiento de ambas partes. 2.Existencia un Objeto(la prestación de un servicio) 3.Existencia una causa (la causa del empresario: obtener el resultado del trabajador, y el trabajador recibir un salario por el trabajo realizado)

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Page 1: El contrato jessy

EL CONTRATO DE TRABAJO

El contrato de trabajo es un acuerdo entre Empresario y Trabajador

ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO Para que un contrato de trabajo sea valido es importante considerar los siguientes aspectos:

1. Consentimiento de ambas partes.2. Existencia un Objeto(la prestación de un servicio)3. Existencia una causa (la causa del empresario: obtener el resultado

del trabajador, y el trabajador recibir un salario por el trabajo realizado)

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CARACTERISTICAS DE UN CONTRATO DE TRABAJO

Llegado el momento de formalizar la relación laboral con tu futura empresa, es importante que conozcas los derechos y deberes asociados al contrato de trabajo que te ofrecen.

Su duración puede ser indefinida (contrato fijo) o determinada (contrato temporal).

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FORMA Y DURACIÓN DEL CONTRATOEl contrato de trabajo puede celebrarse por escrito o de palabra.

1.Deberán constar por escrito los contratos de trabajo cuando así lo exija una disposición legal.

Los de prácticas y para la formación:

a. contratos a tiempo parcial, fijo-discontinuo y de relevo.

b. contratos de trabajo a domicilio.

c. contratos para la realización de una obra o servicio determinado.

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PERÍODO DE PRUEBAEl Período de prueba es el tiempo concertado por el trabajador y el, cualquiera de ellos puede rescindir la relación laboral por voluntad de cualquiera de las partes sin alegar causa alguna y sin preaviso, salvo pacto en contrario.

Su duración máxima se establecerá en los convenios colectivos y en su defecto la duración no podrá exceder de:

• Seis meses para los técnicos titulados.

• Dos meses para el resto de los trabajadores.

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 ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO DE TRABAJO

El empresario, cuando la relación laboral con el trabajador sea superior a cuatro semanas, deberá informarle sobre los elementos esenciales del contrato de trabajo y las principales condiciones de ejecución de la prestación laboral, de forma escrita y en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de comienzo de la relación laboral.La información incluirá, o indicará de forma precisa y concreta, la referencia legal, reglamentaria o convenio colectivo aplicable, siempre que ésta permita al trabajador la información correspondiente.Los aspectos que deben recogerse son los siguientes:• Con carácter general• En los supuestos de prestación de servicios en el extranjero

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¿QUIÉN PUEDE CONTRATAR?

• En principio pueden serlo todas aquellas personas, mayores de 16 años

• En el caso de los menores de 16 años y previa autorización de los padres o tutores y del organismo competente

¿QUIÉN PUEDE SER CONTRATADO?

• las personas mayores de edad (18 años).

• los menores de 18 años legalmente emancipados.

• personas mayores de 16 y menores de 18:

• o Si viven de forma independiente con el consentimiento expreso o tácito de sus padres o tutores

• o Si tienen autorización de los padres o de quien los tenga a su cargo

• los extranjeros de acuerdo con la legislación que les sea aplicable

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COMUNICACIÓN A LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO

• Los empresarios están obligados a comunicar a los Servicios Públicos de Empleo, en el plazo de los diez días hábiles siguientes a su concertación, el contenido de los contratos de trabajo.

• También debe remitirse a los Servicios Públicos de Empleo la copia básica de los contratos de trabajo

• Los trabajadores podrán solicitar de los Servicios Públicos de Empleo información del contenido de los contratos en los que sean parte.

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DERECHOS Y DEBERES DEL TRABAJADOR

Derechos del trabajador:

• A la ocupación efectiva durante la jornada de trabajo..

• A la promoción y formación en el trabajo (ascensos, cursos de formación y adaptación... etc.).

• A no ser discriminados para acceder a un puesto de trabajo

• A la integridad física y a la intimidad

• A percibir puntualmente la remuneración pactada

• Los demás que se establezcan en el contrato de trabajo

Deberes del trabajador:

• Cumplir las obligaciones concretas del puesto de trabajo conforme a los principios de la buena fe y diligencia.

• Cumplir las medidas de seguridad e higiene que se adopten

• Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio de su función directiva

• No realizar el mismo trabajo para otra empresa que desarrolle la misma actividad

• Contribuir a mejorar la productividad

• Los demás que se establezcan en el contrato de trabajo

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GRACIAS!!!!!