egresos … · web viewsanta ana, sonora, a 08 de noviembre del 2008. c.c. diputados secretarios,...

520
Santa Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en los Artículos 53, fracción IV, 64, fracción XXIV y 139 ultimo párrafo de la Constitución Política del Estado de Sonora y 61 fracción IV, inciso a), 180 y 181, de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, nos permitimos someter a la consideración de esa H. Legislatura, la presente. INICIATIVA DE LEY De Ingresos y Presupuesto de Ingresos del H. Ayuntamiento del Municipio de Santa Ana, Sonora, para el ejercicio fiscal de 2009. TÍTULO PRIMERO Articulo 1º. – Durante el ejercicio fiscal del 2009, el Ayuntamiento del Municipio de Santa ana, Sonora, recaudará los ingresos por los conceptos de Impuestos, Derechos, Contribuciones Especiales por Mejoras, Productos y Aprovechamientos que a continuación se mencionan: TÍTULO SEGUNDO DE LAS CONTRIBUCIONES MUNICIPALES 1

Upload: others

Post on 10-Apr-2020

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Santa Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008.

C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS,DEL H. CONGRESO DEL ESTADO,P R E S E N T E.

De conformidad con lo establecido en los Artículos 53, fracción IV, 64, fracción XXIV y 139 ultimo párrafo de la Constitución Política del Estado de Sonora y 61 fracción IV, inciso a), 180 y 181, de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, nos permitimos someter a la consideración de esa H. Legislatura, la presente.

INICIATIVADE LEY

De Ingresos y Presupuesto de Ingresos del H. Ayuntamiento del Municipio de Santa Ana, Sonora, para el ejercicio fiscal de 2009.

TÍTULO PRIMERO

Articulo 1º. – Durante el ejercicio fiscal del 2009, el Ayuntamiento del Municipio de Santa ana, Sonora, recaudará los ingresos por los conceptos de Impuestos, Derechos, Contribuciones Especiales por Mejoras, Productos y Aprovechamientos que a continuación se mencionan:

TÍTULO SEGUNDODE LAS CONTRIBUCIONES MUNICIPALES

DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 2°.- Regirán en todo caso las disposiciones contenidas en la Ley de Hacienda Municipal, relativas al objeto, sujeto, base, y demás elementos y requisitos de los ingresos municipales.

Articulo 3°.- En todo lo no previsto por la presente Ley, para su interpretación se aplicaran supletoriamente las disposiciones de la Ley de Hacienda Municipal, Código Fiscal del Estado o en su defecto las Normas de Derecho Común, cuando su aplicación en este ultimo caso no sea contrario a la naturaleza propia del derecho fiscal.

1

Page 2: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 4º.- El presente capítulo tiene por objeto establecer las contribuciones derivadas de las competencias otorgadas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado de Sonora al Municipio.

Artículo 5º.- Para la estipulación del objeto de las contribuciones, los sujetos y sus derechos y obligaciones en relación con las contribuciones, la base y la forma de pago del impuesto se determinarán en la Ley de Hacienda Municipal.

CAPITULO PRIMERODE LOS IMPUESTOS

SECCIÓN IDEL IMPUESTO PREDIAL

Artículo 6º.-El Impuesto Predial se causara conforme a las disposiciones previstas en el artículo 139 penúltimo párrafo de la Constitución Política del Estado de Sonora, que a la letra dice:

“Los Ayuntamientos en el ámbito de su competencia, propondrán al Congreso del Estado las cuotas, tasa y tarifas aplicables a Impuestos, Derechos, Contribuciones Especiales por Mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre propiedad inmobiliaria”

Articulo 7º.- Este impuesto se causará y pagará en los siguientes términos:

I.- Sobre el valor catastral de los predios edificados conforme a la siguiente tabla:

TARIFA

Valor Catastral Cuota Fija Tasa para AplicarseLimite inferior Límite superior Sobre el excedente

Del Limite Inferior al Millar

$ 0.01 a $38,000.00 $40.14 0.0000$ 38,000.01 a $76,000.00 $ 40.14 1.7337$76,000.01 a $144,400.00 $ 106.03 1.7347$144,400.01 a $259,920.00 $ 224.68 1.7358$259,920.01 a $441,864.00 $425.19 1.7368$441,864.01 a $706,982.00 $741.20 1.7378$706,982.01 a $1,060,473.00 $1,201.93 1.7389$1,060,473.01 a $1,484,662.00 $1,816.61 1.7399$1,484,662.01 a $1,930,060.00 $2,554.67 1.7410$1,930,060.01 a $2,316,072.00 $3,330.09 3.8043$2,316,072.01 a En adelante $4,798.60 3.8054

2

Page 3: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

El monto anual del impuesto a pagar por los predios edificados, será el resultado de sumar a la cuota fija que corresponda de la tarifa, el producto de multiplicar la tasa prevista para cada rango por la diferencia que exista entre el valor catastral del inmueble de que se trate y el valor catastral que se indica en el limite inferior del rango en el que se ubique el inmueble

II.- Sobre el valor catastral de los predios no edificados conforme a lo siguiente:

TARIFA

Valor Catastral Tasa

Limite inferior Límite Superior

$0.01 a $10,851.00 $40.14 Cuota Mínima$10,851.01 a $13,243.00 3.7055 Al millar$13,243.01 a En adelante 4.7726 Al millar

Tratándose de predios NO Edificados, las sobretasas existentes para cada predio, se reducirán en un 46%.

III.- Sobre El valor catastral de cada hectárea de los predios rurales, conforme a lo siguiente:

TARIFA

Categoría Valor por Hectárea Tasa al Millar

Riego de gravedad1: Terrenos dentrodel Distrito de Riego con derecho a agua de presa regularmente. $ 30,000.00 0.8482Riego de gravedad 2: terrenos con derecho a agua de presa o río irregularmente aún dentro del Distritode Riego. $ 15,000.00 1.4906Riego de Bombeo 1: Terrenos con riego mecánico con pozo de poca profundidad (100 pies máximo) $ 12,000.00 1.4837Riego de Bombeo 2: Terrenos con riego mecánico con poza profundo(mas de 100 pies) $ 8,000.00 1.5066Riego de temporal única: Terrenosque dependan para su irrigación dela eventualidad de precipitaciones. $ 1,500.00 2.2602Agostadero 1: Terrenos con praderasnaturales. $ 1,200.00 1.1613Agostadero 2: Terrenos que fueron mejorados para pastoreo en base a

3

Page 4: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

técnicas. $ 600.00 1.4733Agostadero 3: Terrenos que seencuentran en zonas semidesérticasde bajo rendimiento. $ 300.00 0.2322 IV.- Sobre el valor catastral de las edificaciones de los predios rurales, conforme a lo siguiente:

TARIFA

Valor Catastral TasaLímite inferior Límite superior

$ 0.01 a $ 38,000.00 $40.14 Cuota Mínima$38,000.01 a $ 101,250.00 1.768 Al Millar$101,250.01 a $ 202,500.00 1.820 Al Millar$202,500.01 a $ 506,250.00 1.872 Al Millar$506,250.01 a $ 1,012,500.00 2.132 Al Millar$1,012,500.01 a $ 1,518,750.00 2.246 Al Millar$1,518,750.01 a $ 2,025,000.00 2.392 Al Millar$2,025,000.01 a En adelante 2.548 Al Millar

En ningún caso el impuesto será menor a la cuota mínima de $ 40.14 (cuarenta pesos con catorce centavos).

Artículo 8º.- Para los efectos de este impuesto, se estará además, a las disposiciones que sobre diversos conceptos previene la Ley Catastral y Registral del Estado de Sonora.

SECCIÓN IIDEL IMPUESTO SOBRE TRASLACIÓN DE DOMINIO

DE BIENES INMUEBLES

Artículo 9º.- La tasa del impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles en el Municipio será la del 2.5_% sobre la base determinada conforme a lo dispuesto por la Ley de Hacienda Municipal.

SECCIÓN IIIDEL IMPUESTO SOBRE DIVERSIONES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

Artículo 10º.- Es objeto de este impuesto la explotación de diversiones y espectáculos públicos.

Por diversión y espectáculo público debe entenderse toda función de esparcimiento, sea teatral, cinematográfica, deportiva o de cualquier naturaleza semejante que se verifique en salones, teatros, calles, plazas, locales abiertos o

4

Page 5: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

cerrados, en donde se reúna un grupo de personas, pagando por ello cierta suma de dinero.

No se consideran espectáculos públicos los presentados en restaurantes, bares, cabaret, salones de fiesta o de baile y centros nocturnos, así como funciones de cine.

Artículo 11º.- El impuesto a que se refiere esta sección, se pagará, en el Municipio, conforme a la siguiente tasa:

Articulo 12°.- Quienes perciban ingresos por la explotación de las actividades a que se refiere el artículo anterior, pagarán el 8% sobre el total de los ingresos recaudados por concepto de venta de boletos o cuotas de admisión.

Tratándose de funciones de teatro y circo, la tasa que se aplique no deberá sobrepasar el 8%.

SECCIÓN IVIMPUESTOS ADICIONALES

___ __

Articulo 13º.-El Ayuntamiento, conforme a los Artículos 100 al 103 de la Ley de Hacienda Municipal, recaudará por concepto de Impuestos Adicionales los siguientes:I.- Obras y acciones de interés general 20%II.- Mejoramiento en la prestación de los servicios públicos 15%III.- Fomento deportivo 15%

Será objeto de este impuesto la realización de pagos por concepto de los impuestos y derechos que establece la Ley de Hacienda Municipal, a excepción de los impuestos predial, sobre traslación de dominio de bienes inmuebles, sobre diversiones y espectáculos públicos, tratándose de obras de teatro y funciones de circo, cine o cinematógrafos ambulantes, y derechos de estacionamientos de vehículos en la vía pública, donde se hayan instalado sistemas de control de tiempo y espacio.

Las tasas de estos impuestos, las que en su totalidad en ningún caso podrán exceder del 50% sobre la base determinada (dicha base corresponderá al total del costo de la legalización de firmas, incluyendo los adicionales).

SECCION VDEL IMPUESTO POR LA PRESTACION DE SERVICIO DE HOSPEDAJE

Articulo 14º.- Para los efectos de este impuesto, se consideran servicios de hospedaje, la prestación de alojamiento o albergue temporal de personas a cambio de una contraprestación, dentro de los que quedan comprendidos los servicios prestados por hoteles, hostales, moteles, campamentos, paraderos de

5

Page 6: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

casa rodantes, tiempo compartido y departamentos amueblados de hospedaje para fines turísticos.

No se consideran servicios de hospedaje, el albergue o alojamiento prestados por hospitales, clínicas, asilos, conventos, seminarios o internados.

La tasa de este impuesto será del 2% , sobre servicio de hospedaje, mismo que será recaudado en primer termino por parte del hotelero a prestador de servicio.

SECCION VIDEL IMPUESTO PREDIAL EJIDAL

Articulo 15º.- Tratándose del impuesto predial sobre predios rústicos ejidales o comunales hasta tanto los ayuntamientos envíen a este Poder Legislativo la propuesta de tasa o tarifa respectiva, la tasa aplicable será la del 2% sobre el valor de la producción comercializada.

SECCION VIIIMPUESTO MUNICIPAL SOBRE TENENCIA Y USO DE VEHICULOS

Articulo 16º.- Están obligados al pago de este impuesto, las personas físicas y las morales, tenedoras o usuarios de vehículos de mas de diez años de fabricación anteriores al de aplicación de esta ley.

Para los efectos de este impuesto, se presume que el propietario es tenedor o usuario del vehiculo.

Los contribuyentes pagaran el impuesto por año de calendario durante los tres primeros meses ante la Tesorería Municipal respectiva, no estando obligados a presentar por este impuesto la solicitud de inscripción en el registro de empadronamiento de la Tesorería Municipal respectiva.

Para los efectos de este impuesto, también se consideraran automóviles a los omnibuses, camiones y tractores no agrícolas tipo quinta rueda.

Tratándose del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos se pagaran conforme a la siguiente tarifa:

TIPO DE VEHICULO AUTOMOVILES CUOTAS4 Cilindros $ 79.006 Cilindros $150.008 Cilindros $182.00Camiones pick up $ 79.00Vehículos con peso vehicular y con capacidad de carga hasta 8 toneladas $ 94.00Vehículos con peso vehicular y con capacidad de carga mayor a 8 toneladas

$131.00

Tractores no agrícolas tipo quinta rueda incluyendo minibuses, microbuses autobuses y demás vehículos destinados al transporte de carga y pasaje

$223.00

Motocicletas hasta 250 cm3 $ 3.00De 251 a 500 cm3 $ 19.00

6

Page 7: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

De 500 a 750 cm3 $ 37.00De 751 a 1000 cm3 $ 70.00De 1001 cm3 en adelante $107.00

CAPÍTULO SEGUNDODE LOS DERECHOS

SECCIÓN I

POR SERVICIOS DE AGUA POTABLE ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO.

(Para los efectos de este capitulo, se entendera por ley,La Ley No. 249 de Agua del Estado de Sonora)

Artículo 17°.- Las cuotas por pago de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, que se presten a los usuarios de estos servicios en el Municipio de Santa Ana, Sonora, son las siguientes:

Para Uso DomésticoRangos de Consumo Valor

RANGO IMPORTE(M3) ($/M3)

0 a 20 $ 86.39 21 a 30 $ 4.68 31 a 40 $ 5.09 41 a 70 $ 6.01 71 a 200 $ 6.82 201 a 500 $ 7.73 501 a 600 $ 8.53

601 $ 8.53

Para Uso Comercial, Servicios a Gobierno y Organizaciones Públicas Rangos de Consumo Valor:

RANGO IMPORTE(M3) ($/M3)

0 a 20 $ 148.44 21 a 30 $ 6.89 31 a 40 $ 7.43 41 a 70 $ 8.37 71 a 200 $ 9.33 201 a 500 $ 10.57 501 a 600 $ 11.49

601 $ 11.49

7

Page 8: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Para Uso Industrial. Rangos de Consumo Valor:RANGO IMPORTE

(M3) ($/M3)0 a 20 $ 159.25 21 a 30 $ 7.31 31 a 40 $ 8.00 41 a 70 $ 8.99 71 a 200 $ 9.99 201 a 500 $ 11.32 501 a 600 $ 12.33

Tarifa SocialSe aplicará un descuento del 10, 20 y 30 por ciento (10, 20, 30%) sobre las tarifas domésticasregulares a quienes reúnan los siguientes requisitos:

1. Ser pensionados o jubilados. 2. Ser personas con problemas de tipo económico que sea un determinante para no estar en condiciones de pagar la tarifa regular por los servicios públicos a cargos del Organismo Operador.3. El poseer este beneficio lo obliga a estar al corriente en su cuenta, de tal manera que si el pronto pago no se realiza dentro de la fecha de vencimiento el descuento no será realizado. Los requisitos contenidos en el presente acuerdo deberán ser acreditados a satisfacción propia por un estudio socioeconómico realizado por el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora. En ningún caso, el número de personas que se acojan a este beneficio deberá ser superior al siete por ciento (7%) del padrón de usuarios del Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora. Los rangos de consumo se deberán deducir por meses naturales y el importe se calculará multiplicando los metros cúbicos consumidos en el mes de que se trate, por el precio fijado para cada metro cúbico en el rango de consumo correspondiente.

Ingresos por CooperaciónPor iniciativa del Gobernador del Estado y amparado en el Art. 165, Fraccion I, Inciso A,de la Ley De Agua Potable del Estado, que puntualiza que pueden obtener ingresos por cooperación, se propone cobrar en forma adicional:

$ 1.00 (Un pesos 00/100 M.N.) Por cada toma domestica $ 2.00 (Dos pesos 00/100 M.N.) Por cada toma comercial y $ 3.00 (Tres pesos 00/100 M.N.) Por cada toma industrial

8

Page 9: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

El importe de dichos ingresos se trasladaran al patronato municipal de Bomberos de Santa Ana, a través de un convenio de coordinación entre el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora y el H.Cuerpo de Bomberos del municipio, la Unidad de Protección Civil del Estado y la Comisión Estatal del Agua. Dicho convenio se suscribirá una vez que se publique las modificaciones a la ley de Ingresos con la inclusión de este concepto.

REVISION PERIODICA DE LA TARIFACon el objeto de mantener un control mas estricto en la aplicación de la tarifa, ésta deberá de revisarse y analizarse periódicamente, cuyo período no deberá exceder de 12 meses calendario, para tal revisión deberá de acordarse en términos de su aplicación con una reunión previa con todos los miembros del Consejo Consultivo y Cabildo con el fin de obtener un panorama mas estricto y verídico de la situación apoyándose en todos los escenarios y elementos posibles incluyendo variables económicas.

SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTOEl servicio de alcantarillado sanitario se cobrará a razón de 35 % (Treinta y cinco) por ciento y el servicio de Saneamiento a razón del 15%(quince)por ciento del importe del consumo de agua potable en cada mes.

Las cuotas por pago de otros conceptos solicitado por los usuarios a este Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora se aplicarán de la siguiente manera:

a) Carta de no adeudo: 2 (dos) veces el salario diario mínimo general vigente.b) Cambio de nombre: 2 (dos) veces el salario diario mínimo general vigente.c) Cambio de razón social: 2 (dos) veces el salario diario mínimo general vigente.d) Cambio de toma: de acuerdo a Presupuesto.e) Instalación de medidor: precio según diámetro.

Los usuarios solicitantes de cartas de no adeudo, deberán hacer su pago correspondiente y le será entregada cuanto antes siempre y cuando no cuenten con adeudos pendientes.

Para los usuarios que requieran un comprobante de no adeudo y que aun no cuentan con el servicio, deberá hacer su pago correspondiente y se les podrá otorgar uno de ellos aclarando que no existe un contrato

9

Page 10: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

entre la parte solicitante y el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora.

En la ciudad de Santa Ana, el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, a los usuarios domésticos y comerciales que disponen de un diámetro mayor en sus instalaciones para satisfacer sus demandas de Agua Potable y por tanto obtienen instantáneamente mayor caudal de agua, la cuota mínima básica se multiplicará por los siguientes factores.

Diámetro en Veces de cuota Pulgadas en cobro mínimo ¾ 2.5 (dos punto cinco) 1” 4 (cuatro) 11/2 9 (nueve)

2 16 (dieciséis)21/2 25 (veinticinco)

Artículo 18°.- El Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, podrá determinar presuntamente el consumo de agua potable, de conformidad con las disposiciones contenidas en los Artículos 166 y 167 de la Ley 249 de Agua del Estado de Sonora, considerando las variables que incidan en dichos consumos, tales como:

a) El número de personas que se sirven de la toma.b) La magnitud de las instalaciones y áreas servidas.

Artículo 19°.- Los propietarios de los predios e inmuebles, serán responsables solidarios con el usuario, para el pago de los servicios y adeudos a favor del Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, decualquier otro concepto para la prestación de los servicios. El comprador de un predio o inmueble que tenga adeudo con el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana , Sonora, adquiere la obligación solidaria paracon el usuario, en el pago de los mismos conforme a los, Artículos 152 y 169 de la Ley 249.

Los Notarios Públicos y jueces, no autorizarán o certificarán los actos traslativos de dominio de bienes inmuebles urbanos, cuando no se acrediten estar al corriente en el pago de las cuotas o tarifas por el servicio de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales, de acuerdo al art. 170 de la mima ley 249.

10

Page 11: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 20°.- Las cuotas por concepto de instalación de tomas de agua potable y de conexión al servicio de alcantarillado sanitario para uso doméstico, se integrarán de la siguiente manera:

I.- La cantidad que arroje el presupuesto de materiales y la mano de obra que utilicen para la instalación de la toma o la descarga según sea el caso; y

II.- Una cuota de contratación que variará de acuerdo al diámetro de la toma o la descarga de la siguiente manera:

A).- Para tomas de agua potable de 1/2" de diámetro: $ 385.00. (Trescientos ochenta y cinco pesos 00/100M.N.)B).- Para tomas de agua potable de 3/4" de diámetro: $ 865.00 (Ochocientos sesenta y cinco Pesos 00/100 M.N.).C).- Para las tomas de diámetro mayores a los especificados, anteriormente en los incisos A y B, se considerará para su cobro base la suma del diámetro de 1/2:D).- Para descargas de drenaje de 6” de diámetro: $ 360.00 (Trescientos Sesenta Pesos 00/100 M.N.).

E).- Para descargas de drenaje de 8” de diámetro: $ 865.00 (Ochocientos sesenta y cinco Pesos 00/100 M.N.).F).- Para descargas de drenaje para uso comercial e industrial: $ 1,735.00 (mil setecientos treinta y cinco pesos 00/100 M.N.)

Artículo 21°.- En el caso de nuevos fraccionamientos de predios, edificaciones comerciales e industriales, cuyos servicios de agua potable y alcantarillado se vayan a conectar a las redes existentes, los fraccionadores deberán cubrir las siguientes cuotas:

I.- Para conexión de agua potable:

A).- Para fraccionamientos de viviendas de interés social: $39,725.00 (Treinta y nueve mil setecientos veinticinco Pesos 00/100 M.N.), por litro por segundo del gasto máximo diario.

B).- Para los fraccionamientos de Vivienda Progresiva se cobrará el 50% de la tarifa para la de los fraccionamientos de vivienda de Interés Social.

C).- Para fraccionamiento residencial: $ 49,450.00 (Cuarenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) por litro por segundo del gasto máximo diario.

D).- Para fraccionamientos industriales y comerciales $ 63,505.00 (Sesenta y tres mil quinientos cinco pesos 00/100 M.N.) por litro por segundo del gasto máximo diario.

11

Page 12: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Los promotores de viviendas y contratistas de obra civil deberán contemplar entre los componentes de la infraestructura hidráulica de los nuevos conjuntos habitacionales o en el desarrollo de cualquier trabajo que involucre la rehabilitación o construcción de tomas de agua potable, la instalación de tinacos, el suministro y la instalación de medidores, la instalación válvulas limitadoras de servicio en el cuadro o columpio de cada toma; de acuerdo a las especificaciones y características que para el efecto emita el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora. El incumplimiento de esta disposición será causa suficiente para negar la autorización de factibilidad de servicios o entrega-recepción de nuevos fraccionamientos, desarrollos habitacionales u obra civil.

El gasto máximo diario equivale a 1.3 veces el gasto medio diario, y éste se calcula con base a una dotación de 300 litros por habitante por día.

II.- Para conexión al sistema de alcantarillado sanitario

A).- Para fraccionamiento de interés social: $ 2.50 (dos pesos 50/100 M.N.) por cada metro cuadrado del área total vendible.

B).- Para los fraccionamientos de Vivienda Progresiva se cobrará el 50% de la tarifa para los fraccionamientos de vivienda de Interés Social.

C).- Para fraccionamiento Residencial: $ 3.00 (Tres pesos 00/100 M.N.) por cada metro cuadrado del área total vendible.

D).- Para fraccionamientos industriales y comerciales: $ 4.10 (Cuatro Pesos 10/100 M.N.) por cada metro cuadrado del área total vendible.

III.-Por obras de cabeza:

A).- Agua potable: $ 77,545.00 (Setenta y siete mil quinientos cuarenta y cinco Pesos 00/100 M.N.), por litro por segundo que resulte del 80% del gasto máximo diario.B).- Alcantarillado: $ 70,850.00 (Setenta y mil ochocientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) por litro por segundo que resulte del 80% del gasto máximo diario.C).- Para los fraccionamientos de vivienda progresiva se cobrara el 50% de los incisos A y BD).- El gasto máximo equivale a 1.3 veces el gasto medio diario, y éste se calcula con base a una dotación de 300 litros por habitante por día.

IV.- Por concepto de supervisión de los trabajos de construcción de las redes de agua potable y alcantarillado en los nuevos fraccionamientos, los desarrolladores pagarán un 20% calculado sobre las cuotas de conexión a las redes existentes.

12

Page 13: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 22°.- Por el agua que se utilice en construcciones, los fraccionadores deberán cubrir la cantidad de $ 28.75 (Veintiocho Pesos 75/100 M.N.), por metro cuadrado del áreade construcción medida en planta.

Artículo 23°.- La venta de agua en pipas deberá cubrirse de la siguiente manera:I).-Tambo de 200 litros $ 63.00 II).-Agua en garzas $ 140.00 por cada m3.

Artículo 24°.- El consumo de agua potable en cualquier otra forma diversa a las consideradas anteriormente, deberá cubrirse conforme a los costos correspondientes para la prestación del servicio, calculado por el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora.

Artículo 25°.- Cuando el servicio de agua potable sea limitado por el Organismo Operador conforme al Artículo 168 y sea suspendida la descarga de drenaje conforme al Artículo 133 de la Ley 249 de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sonora, el usuario deberá pagar por el retiro del limitador, una cuota especial equivalente a 2 veces el salario mínimo diario vigente y el costo de reparación de los daños causados para la limitación o suspensión de la descarga de drenaje conforme al Artículo 181 de la Ley 249.

– La auto-reconexión no autorizada por el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, será sancionada con unamulta que va desde los dos salarios mínimos generales vigentes, hasta al máximo permitido, dependiendo de la gravedad del asunto, establecidos en los Artículos 177 fracción IX,178 y 179 de la Ley 249.

Artículo 26°.- Cuando algún usuario del servicio no pague el importe de su recibo por la cantidad especificada en el período de consumo correspondiente dentro de la fecha límite para efectuar dicho pago, éste se hará acreedor a un cargo adicional equivalente al 10% del total de su adeudo, mismo que se cargará en el siguiente recibo.

Artículo 27°.- Los propietarios y/o poseedores de predios no edificados, frente a los cuales se encuentren localizadas redes de distribución de agua potable y atarjeas de alcantarillado, pagarán al Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, una cuota equivalente al consumo mínimomensual, en tanto no hagan uso de tales servicios, cuando hagan uso de estos servicios deberán de cumplir con los requisitos de contratación,

13

Page 14: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

establecido en el Artículo 117 y demás relativos y aplicables de la Ley 249.En el caso en que las instalaciones de tomas de agua y descarga de drenaje sean solicitadas en zonas de calles pavimentadas, se deberá recabar el permiso expedido por el Ayuntamiento, mediante su departamento de Desarrollo Urbano Ecología y Obras Públicas, que determinarán quien se encargará de la reposición de pavimento y/o asfalto, de la calle y su costo, según el Reglamento para Construcciones, con fundamento en la Ley de Hacienda Municipal.

Artículo 28°.- Los usuarios que cuenten con alberca dentro de su instalación, y esta no tenga equipo de purificación, pagarán un importe mensual por cada metro cúbico de capacidad de la misma, el costo de la tarifa doméstica en su rango mas alto.

Artículo 29°.- Los usuarios comerciales que se dediquen al lavado de carros, lavanderías, baños públicos y similares, que no cuenten con equipos para reciclar el agua, pagarán un 30% adicional al importe de su recibo por consumo de agua, de la misma manera cuando las condiciones del servicio así lo requieran, podrá el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana,Sonora determinar la cantidad de agua máxima a dotar diariamente a estos usuarios. Así también el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora podrá:

a) Emitir opinión en contra de la autorización para que sean establecidos nuevos servicios de lavado de unidades móviles o carros, lavanderías, baños públicos y similares, si no cuentan con un sistema adecuado de reciclado de agua.

b) Se dará la misma opinión y será aplicada a las fábricas de hielo, agua purificada, tortillerías, bares, cantinas, expendios de cerveza y similares.

c) En todos los casos de los incisos a y b será el Administrador del Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, quien emitirá el juicio correspondiente mediante estudio presentado por el Director Técnico y se emitirá por escrito al usuario.

Artículo 30°.- En las poblaciones donde se contraten créditos, para ampliaciones y mejoramiento de las redes de agua potable y alcantarillado, los usuarios beneficiados con estas obras deberán cubrir las amortizaciones de dichos créditos de acuerdo a las condiciones que se pacten con el banco; para ello, a la cuota mensual normal que paguen dichos usuarios, se adicionará la parte proporcional correspondiente para el pago de estas amortizaciones.

14

Page 15: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 31°.- Las cuotas y tarifas para el cobro de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, saneamiento, tratamiento y disposición de aguas residuales deberán mantenerse actualizadas anualmente respecto de los efectos inflacionarios y los incrementos en los costos asociados a la prestación de dichos servicios, preferentemente conforme a la siguiente fórmula para la actualización de tarifas:

CALCULO DE ACTUALIZACIÓN EN EL PERÍODO

F = {(S ) x (SMZ i/SMZ i -1)-1} + {(EE) x (Tee i/Tee i -1)-1} + {(MC) x

(IPMC i/IPMC i -1)-1} + {(CYL) x (GAS i/GAS i -1)-1} + {(CFI) x(INPC i/INPC i -1)-

1}

+ 1

En donde:

F = Factor de ajuste para actualizar las cuotas en el período según

corresponda.

S = Porcentaje que representa el pago de los sueldos y prestaciones sobre los costos totales.

(SMZ(i))/(SMZ(i-1)) -1 = Relación entre el gasto en pesos de los sueldos y prestaciones de un período y los del período anterior inmediato correspondiente.

EE = Porcentaje que representa el pago por consumo de energía eléctrica sobre los costos totales.

(Tee i)/(Tee i -1) -1 = Relación entre el precio en pesos de la tarifa de

energía eléctrica de un período y el anterior inmediato

correspondiente.

MC = Porcentaje que representa los materiales y químicos sobre los

costos totales. (IPMC i/IPMC i -1) -1= Relación entre el gasto (en pesos)

de los materiales y químicos de un período y los del anterior

inmediato correspondiente.

15

Page 16: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Materiales que se utilizan en la prestación del servicio (productos químicos, tuberías, herramientas, etc.)

CYL = Porcentaje que representa el gasto en combustibles y lubricantes sobre los costos totales.

(IGAS i/IGAS i -1) -1 = Relación entre el gasto en pesos efectuado en combustibles de un período y los del anterior inmediato correspondiente.

CFI = Porcentaje que representa la depreciación y amortización, fondos de inversión costos financieros y otros en el gasto total del organismo.

(INPC i/INPC i -1) -1 = Relación entre el índice nacional de precios al

consumidor de un período y el del anterior inmediato correspondiente.

Artículo 32°.- Para todos los usuarios que paguen su recibo antes de la fecha de su vencimiento tendrá un descuento de 5% sobre el importe total de su consumo mensual por servicios, siempre y cuando este al corriente en sus pagos.

Artículo 33°.- Las cuotas que actualmente cubre la Secretaría de Educación y Cultura del Gobierno del Estado, correspondiente al consumo de los servicios de agua potable y alcantarillado en los establecimientos educativos de nivel preescolar, primaria y secundaria, así como los establecimientos administrativos a su cargo en el Estado de Sonora tendrán un incremento del 15% y que serán cubiertos mensualmente en forma directa al Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, en los términos de los convenios o tratados que se celebren entre ambas partes.

Artículo 34°.- Con el objeto de prever la contaminación de las redes sanitarias, derivadas de las actividades productivas de los usuarios comparadas con los valores correspondientes a los límites máximos permisibles contemplados en la Norma Oficial Mexicana 002, de acuerdo a los Artículos, 10 y 11 fracción I, II, III, IV y Artículo 84 fracción primera inciso e, f, fracción segunda inciso i, y Artículo 174 de la Ley 249 de Agua del Estado de Sonora, los usuarios que puedan ser susceptibles de generar algún tipo de contaminante deberá tener un permiso por el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, para la descarga deagua residual, documentando la ubicación de la misma, entregar análisis periódicos de sus aguas residuales según se acuerde con el

16

Page 17: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, conforme a manual que opera y rige y pagar una cuota anual de $ 2,530.00 (Dos mil quinientos treinta Pesos 00/100 M.N.) por seguimiento y supervisión.

Artículo 35°.- Todos los usuarios, se obligan a permitir que personal debidamente autorizado realice visitas periódicas de inspección a las instalaciones hidráulicas y sanitarias, de conformidad con los Artículos 172, 173 y 174, fracción I, II, III, IV, V, VI, VII y todos aquellos Artículos aplicables para esta diligencia, contemplados en la Ley 249 de Agua del Estado de Sonora.

Artículo 36°.- El usuario que utilice los servicios de agua potable y drenaje sanitario en forma clandestina, será sancionado conforme al Artículo 177; para efectos de su regularización ante el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora en relación a los éste podrá calcularpresuntivamente el consumo para el pago correspondiente conforme al 166 y 167 de la Ley 249 de Agua del Estado de Sonora.

Los usuarios que hagan o permitan hacer mal uso de las descargas de drenaje sanitario arrojando desperdicios industriales insalubres o que por negligencia ocasionen obstrucción en las líneas principales, se harán acreedores a pagar los gastos que ocasione la limpieza de las líneas y descargas mas una multa conforme a la sanción de los Artículos 117 al 81 de la Ley 249 de Agua del Estado de Sonora.

Artículo 37°.- Considerando que el agua es un líquido vital y escaso en nuestro Municipio, toda aquella persona física o moral que haga mal uso del agua en cualquier forma o diferente para lo que fue contratada será sancionada conforme a los Artículos 117 al 81 de la Ley 249 de Agua del Estado de Sonora.

Ningún usuario podrá disponer de su toma de agua y/o descarga de aguas residuales para surtir de agua o desalojar las aguas residuales de terceros.

Así también el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora podrá:

a) Con el fin de fortalecer la Política tendiente a inducir una reducción de los consumos de agua excesivos o inadecuados se establecen limitaciones al riego de áreas verdes (particulares y públicos), de tal forma que si se usa agua potable, solo podrá efectuarse durante la noche (de las 10:00 p.m. y las 04:00 a.m. del día siguiente), para en épocas de sequía, solo se permitirá el riego por la noche de los fines de semana (de las 11:00 horas p.m. del sábado a las 03:00 horas a.m. del domingo).

17

Page 18: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

b) Siendo el agua en las ciudades del Estado un recurso escaso, para la eficiente prestación del servicio, todos los usuarios deberán contar con contenedores de agua que sea suficiente para satisfacer la necesidad familiar considerando este el beneficio de cuatro miembros, calculando la dotación de 300 litros por habitante por día.

c) A los usuarios comerciales e industriales que tengan en uso equipo para reciclar el agua, tendrán un descuento del 5% sobre el importe de su recibo por consumo de agua potable siempre y cuando, estos se encuentren al corriente en sus pagos.

d) En los predios donde exista subdivisiones o mas de una casa habitación; local comercial o predios para disponer de los servicios por cada uno, se deberá solicitar y contratar en forma independiente los servicios de agua y drenaje.

Artículo 38°.- En los domicilios en donde la toma de agua y la descarga de drenaje sanitario sea necesario cambiarla por que la vida útil de los mismos a vencido, el usuario deberá solicitar la rehabilitación de una o ambas con costo al mismo usuario, derivado éste del presupuesto respectivo, sin necesidad de volver hacer contrato, de acuerdo al Artículo 165, incisos b), c), d), g), h), de la Ley 249 de Agua del Estado de Sonora.

Artículo 39°.- A partir de la entrada en vigor del presente acuerdo, dejarán de cobrarse las tarifas y derechos de conexión por los servicios de Agua Potable y Alcantarillado, anteriormente publicadas en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, permaneciendo vigentes los cobros por cualquier otros conceptos distintos a los aquí expresados.

SECCIÓN IIPOR EL SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO

__¢¡^ÿ

Articulo 40º.- Por la prestación del servicio de alumbrado público los usuarios pagarán un derecho en base al costo total del servicio que se hubiere generado con motivo de su prestación, más los gastos inherentes al costo del servicio, entre el número de usuarios registrados en la Comisión Federal Electricidad, más el número de los propietarios o poseedores de predios construidos o de predios no edificados o baldíos, que cuenten con dicho servicio, en los términos de la Ley de

18

Page 19: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Hacienda Municipal, resultando los importes que a continuación se detallan en la siguiente tabla:

La cuota de los derechos del servicio de alumbrado público, tratándose de predios baldíos urbanos y suburbanos, pagarán un derecho que estará en función del valor catastral de cada predio, conforme a las tarifas siguientes:

Valor Catastral Cuota

menor a $ 10,851. $__40.00 $ 10,852. a $ 13,243. ___0.5__ % sobre el valor catastral$ 13,244_ a $100,000. ___0.5__ % sobre el valor catastralmayores a $100,001. ___0.8__ % sobre el valor catastral

SECCION IIIPOR SERVICIO DE LIMPIA

Artículo 41º.- Por la prestación de servicio público de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos, se causaran derechos a cargo de los propietarios o poseedores de predio urbanos conforme a las siguientes cuotas por los conceptos de:

I.- Limpieza de lotes baldíos y casas abandonadas, por metro cuadrado. $ 5.00

II.- Prestación del servicio especial de limpia a los comercios, industrias Prestadores de servicios, particulares o dependencias y entidades pu- blicas que generen volúmenes extraordinarios de basura, desperdicios

19

Page 20: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

o residuos sólidos, que requieran atención especial o fuera de las horas o periodicidad normal de trabajo. (Tarifa mensual) $ 4,000.00

III.- Barrido de calles, frente a los comercios, negocios u oficinas asentadas Por metro cuadrado $ 5.00

SECCIÓN IVPOR SERVICIO DE PANTEONES

Articulo 42º.-.- Por los servicios que se presten en materia de panteones, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimogeneral vigente en el Municipio

I.-Por la inhumación, exhumación o reinhumación De cadáveres:

a) En gavetas: 1.- Doble 24.0 2.- Sencilla 12.0

Articulo 43º.- La inhumación en la fosa común de cadáveres y restos humanos de personas desconocidas, que remitan las autoridades competentes, así como aquellas otras inhumaciones que, de conformidad con las disposiciones administrativas que emitan los ayuntamientos, sean a título gratuito, no causarán los derechos a que se refiere este Capítulo.

Asimismo, cuando alguna autoridad en cumplimiento de sus atribuciones determine la exhumación, reinhumación o cremación de cadáveres, restos humanos o restos humanos áridos, dichas actividades se realizarán en forma gratuita.

Articulo 44º.- Cuando el servicio público de panteones se preste fuera del horario de trabajo, se causarán el doble de los derechos correspondientes (100%).

SECCIÓN VPOR SERVICIO DE RASTROS

Articulo 45º.- Por los servicios que preste el Ayuntamiento en materia de rastros se causarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimogeneral vigente en el Municipio

I.- El sacrificio de:

a).-Novillos, toros y bueyes: 2.50b).- Vacas: 2.50c).- Vaquillas: 2.50

20

Page 21: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

d).- Ganado porcino: 1.00e).- Utilización de corrales por cabeza diaria 1.00f).- Ganado caballar 2.50

SECCIÓN VIPOR SERVICIOS DE SEGURIDAD PÚBLICA

Articulo 46º.- Por las labores de vigilancia en lugares específicas, que desarrolle el personal auxiliar de la policía preventiva, se causarán los siguientes derechos:

Número de veces el salario mínimogeneral vigente en el Municipio

Por cada policía auxiliar, diariamente: 6.60

SECCIÓN VIITRÁNSITO

Artículo 47º.- Por los servicios que en materia de tránsito presten los ayuntamientos, se pagarán derechos conformes a las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimogeneral vigente en el Municipio

I. Por la presentación de los exámenes que serealicen ante la autoridad de tránsito para laobtención de:

a) licencias de operador de servicio público detransporte: 1.10 b) Licencia de motociclista: 1.10

c) Permiso para manejar automóviles de servicioparticular para personas mayores de 16 años ymenores de 18: 2.20

II.- Por el almacenaje de vehículos en los lugares designados por el departamento de transito:a).- Vehículos ligeros, hasta 3,500 kilogramos, diariamente por los primeros treinta días $ 40.00b).- Vehículos pesados, con mas de 3,500 kilogramos, diariamente, por los primeros treinta días $ 70.00

21

Page 22: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

IV. Por la autorización para que determinado espacio de la vía pública sea destinado al estacionamiento exclusivo de vehículos, por metro cuadrado, mensualmente: $ 40.00V. Por la expedición anual de placas de circulación de vehículos que se accionen por medio de la energía humana o animal o de propulsión sin motor, anualmente: $ 100.00

Articulo 48º.- Para hacer efectiva la recaudación por concepto de Derecho deestacionamiento de vehículos en la vía publica, deberá ajustarse a lo establecido por el Articulo 6° fracciona II, en relación al Articulo 128 de la Ley de Hacienda Municipal, debiendo acordar por el H. Cabildo, disposiciones de observancia general, en donde se establezcan formas y plazos de pagos diferentes a lo señalado en el propio Articulo 128, de la Ley de referencia, en el supuesto de no contar con sistemas de control de tiempo y espacio.

SECCIÓN VIIIPOR SERVICIOS DE DESARROLLO URBANO

Articulo 49º.- Por los servicios que se presten en materia de Desarrollo Urbano, se causaran los siguientes derechos:

I.- Por la autorización para la fusión, subdivisión o relotificacion de terrenos:a).- Por la fusión de lotes, por lote fusionado: $ 300.00b).- Por la subdivisión de predios, por cada lote resultante de la subdivisión: $ 300.00c).- Por relotificacion, por cada lote: $ 300.00

II.- Por la expedición de constancia de zonificacion 5.0 numero de veces el salario mínimo general vigente en el municipio.

Por la expedición de licencias de construcción, modificación o reconstrucción, se causarán derechos conforme a las siguientes cuotas, debiendo considerar el valor de la obra y los siguientes rubros:

Articulo 50º.- Por la expedición de licencias de construcción, modificación o reconstrucción, se causarán los siguientes derechos:

I.- En licencias de tipo habitacional:

a).- Hasta por 60 días, para obras cuyo volumen no exceda de 30 metros cuadrados, 5.0 salarios mínimo general vigente en el municipio.

b).- Hasta por 180 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 30 metros cuadrados y hasta 70 metros cuadrados, el 3.5% sobre el valor de la obra;

c).- Hasta por 270 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 70 metros cuadrados y hasta 200 metros cuadrados, el 5% sobre el valor de la obra;

22

Page 23: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

d).- Hasta por 360 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 200 metros cuadrados y hasta 400 metros cuadrados, el 7% sobre el valor de la obra:

e).- Hasta por 540 días, para obras cuyo volumen exceda de 400 metros cuadrados, el 7 % sobre el valor de la obra.

II.- En licencias de tipo comercial, industrial y de servicios:

a).- Hasta por 60 días, para obras cuyo volumen no exceda de 30 metros cuadrados, el 4.5 veces del salario mínimo general vigente en el municipio;

b).- Hasta por 180 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 30 metros cuadrados y hasta 70 metros cuadrados, el 5 % sobre el valor de la obra;

c).- Hasta por 270 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 70 metros cuadrados y hasta 200 metros cuadrados, el 7 % sobre el valor de la obra;

d).- Hasta por 360 días, para obras cuyo volumen se comprenda en más de 200 metros cuadrados y hasta 400 metros cuadrados, el 8 % sobre el valor de la obra; y

e).- Hasta por 540 días, para obras cuyo volumen exceda de 400 metros cuadrados, el 9 % sobre el valor de la obra.

En caso de que la obra autorizada conforme a este artículo, no se concluya en el tiempo previsto en la licencia respectiva, se otorgará una prórroga de la misma, por la cual se pagará el 50% del importe inicial, hasta la conclusión de la obra de que se trate.

Articulo 51º.- En materia de fraccionamientos, se causarán los siguientes derechos:I- Por la expedición de licencias de uso de suelo, el 1% del salario mínimo general vigente en el municipio, por metro cuadrado. Tratándose de fraccionamientos habitacionales o comerciales bajo el régimen de condominio, el 1% del salario mínimo general vigente en el municipio, por metro cuadrado, durante los primeros 250 metros cuadrados del área vendible y el .50% de dicho salario, por cada metro cuadrado adicional; y

II.- Por la autorización para el cambio de uso del suelo o para el cambio en la clasificación de un fraccionamiento que se efectúe de conformidad con el artículo 98, segundo párrafo de la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Sonora, 30 veces el salario mínimo general vigente en el municipio.

Articulo 52º.- Por la expedición del documento que contenga la enajenación de inmuebles que realicen los ayuntamientos, en los términos del Capítulo Cuarto del

23

Page 24: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Título Séptimo de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, se causará un derecho del 5 % sobre el precio de la operación.

Articulo 53º.- Por los servicios catastrales prestados por el Ayuntamiento, se pagarán los derechos conforme a la siguiente base:I.- Por expedición de certificados catastrales simples $ 125.00II.- Por certificación de copias de cartografía catastral, por cada Hoja $ 125.00III. Por expedición de copias simples de cartografía catastral, por cada predio:

$ 200.00IV. Por asignación de clave catastral a lotes de terreno de fraccionamientos, por cada clave: $ 50.00V. Por certificación del valor catastral en la manifestación de traslación de dominio, por cada certificación: $ 200.00VI. Por expedición de certificados de no inscripción de bienes inmuebles: $ 150.00VII. Por expedición de certificados de no propiedad y otros, por cada uno: $ 150.00VIII. Por expedición de certificados catastrales c/ medidas y colindancias: $ 200.00

Articulo 54º.- Por los servicios que se presten en materia de protección civil y bomberos, se causarán los derechos conforme a la siguiente base:

Veces elSMGV en el Municipio

a) Por la revisión de por metro cuadrado de construcciones:1.- Casa habitación. 1 a 10_2.- Edificios públicos y salas de espectáculos. ___2__3.- Comercios. _ 3__4.- Almacenes y bodegas. ___4___5.- Industrias. ___5___

b) Por la revisión de por metro cuadrado de ampliación deconstrucciones:1.- Casa habitación. ___1___2.- Edificios públicos y salas de espectáculos. ___2___3.- Comercios. ___3__4.- Almacenes y bodegas. ___4___5.- Industrias. ___5___

c) Por la revisión y regularización de sistemas contraincendios por metro cuadrado de construcción en:1.- Casa habitación. _1 a 10_2.- Edificios públicos y salas de espectáculos. _1 a 20_

24

Page 25: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

3.- Comercios. _1 a 30_4.- Almacenes y bodegas. _1 a 40_5.- Industrias. _1 a 50_

d) Por peritajes en la revisión de incendios en inmuebles y lavalorización de daños en:1.- Casa habitación. _1 a 20_2.- Edificios públicos y salas de espectáculos. _1 a 30_3.- Comercios. _1 a 40_4.- Almacenes y bodegas. _1 a 50_5.- Industrias. _1 a 100_

Por el concepto mencionado en este inciso y por todos los apartados que lo componen, el número de veces que se señala como salario mínimo general, se cubrirá por cada $1,000.00 (Mil pesos 00/100 M.N.), de la suma asegurada.

e) Por servicios especiales de cobertura de seguridad: _1 a 50_

Los salarios mínimos generales que se mencionan en este inciso, como pago de los servicios, comprende una unidad bombera y cinco elementos, adicionándose un salario mínimo general al establecido por cada bombero adicional.

f) Por la instrucción a personal de seguridad y trabajadores por un tiempo mínimo de 4 horas por:

Veces elSMGV en elMunicipio

1.- 10 Personas. __5____2.- 20 Personas. __10___3.- 30 Personas. __20___

g) Formación de brigadas contra incendios en:1.- Comercio. ___5___2.- Industrias. ___15__

h) Por la revisión de proyectos para factibilidad deservicios en fraccionamientos por:1.- Iniciación, (por hectárea). _1 a 50_2.- Aumento de lo ya fraccionado,(por vivienda en construcción) .1 a 50_

i) Por servicio de entrega de agua en auto tanque fuera del perímetrodel Municipio, hasta de 10 kilómetros _1 a 25_j) Por traslados en servicios de ambulancias:1.- Dentro de la ciudad. _1 a 20_2.- Fuera de la ciudad. _1 a 50_

k) Por la expedición de certificaciones de número oficial: _1 a 5__

25

Page 26: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

l) Por la expedición de certificados de seguridad, en los términos delos Artículos 35, inciso g) y 38, inciso e) del Reglamento de la LeyFederal de Armas de Fuego y Explosivos _1 a 50_

SECCIÓN IXOTROS SERVICIOS

Articulo 55º.- Las actividades señaladas en el presente artículo causarán las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimogeneral vigente en el Municipio

I.- Por la expedición de:

a) Certificados: 2.20

b) Legalizaciones de firmas: 2.20

c) Certificación de no adeudo a créditos fiscales 2.20 d) Certificados de documentos por hoja 2.20

e) Ley de transparencia -Por copia certificada de la información 0.38-Información en disco flexible 3 1/2 0.53-Información en disco compacto 0.66

f) Anuencias (Uso de piso) de 2.5 a 250

g) Cuotas por servicios en Unidad Básica de Rehabilitación (Dif Municipal) 0.50

h) Cuotas por servicios consulta psicológicas yJurídicas (Dif Municipal) 0.65

i) Servicios Funerarios (Embalsamamientos) de 20.0 a 50.0

j) Venta de Ataúdes de 120.0 a 250.0

SECCIÓN XLICENCIAS PARA LA COLOCACIÓN DE ANUNCIOS O PUBLICIDAD

Articulo 56º.- Por el otorgamiento de licencias o permisos o autorizaciones para la colocación de anuncios y carteles o cualquier tipo de publicidad, excepto la que se realice por medio de televisión, radio, periódicos, revistas e internet, se pagarán los derechos conforme a la siguiente tarifa:

26

Page 27: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Número de veces el salario mínimo general vigente en el Municipio.

I.- Anuncios y carteles luminosos, hasta 10m2 20.0

II.- Anuncios y carteles no luminosos, hasta 10m2: 15.0

Artículo 57º.- Los pagos a que se refiere el artículo anterior, así como sus refrendos, serán cubiertos por las personas físicas o morales que fijen o coloquen los anuncios o carteles o realicen cualquier tipo de publicidad en los términos señalados en este Capítulo.

Serán responsables solidarios los propietarios de los predios, fincas o vehículos en donde se fijen o coloquen los anuncios o carteles o se lleve a cabo la publicidad, así como las personas físicas o morales cuyos productos, servicios o actividades sean objeto de los anuncios, carteles o publicidad.

Articulo 58º.- Estarán exentos del pago de estos derechos, los anuncios, carteles o cualquier tipo de publicidad que realicen las entidades gubernamentales en sus funciones de derecho público, los partidos políticos, las instituciones de asistencia o beneficencia pública, las asociaciones religiosas y las de carácter cultural.

SECCIÓN XI

ANUENCIAS, AUTORIZACIONES Y GUÍAS DE TRANSPORTACIÓN ENMATERIA DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO

Artículo 59º.- Los servicios de expedición de anuencias municipales para tramitar licencias para la venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico, expedición de autorizaciones eventuales y expedición de guías de transportación de bebidas con contenido alcohólico, causarán derechos atendiendo a la ubicación y al tipo de giro del establecimiento o evento de que se trate, conforme a las siguientes cuotas:

I.- Por la expedición de anuencias municipales:

Numero de veces el salario mínimo general vigente en el Municipio.

1.- Expendio 3,300.002.- Tienda de Autoservicio 3,300.003.- Cantina, billar o boliche 2,205.004.- Cabaret o centro nocturno 3,300.005.- Discoteca 3,300.006.- Restaurante 551.007.- Fonda, taquería, pizzería y similares 551.008.- Supermercado 3,300.009.- Salón de baile y salón social 3,300.00

27

Page 28: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

10.- Hotel o motel 1,102.0011.- Tienda de Abarrotes 2,205.00

Tratándose de la expedición de anuencias municipales por cambio de domicilio se aplicaran las cuotas anteriores reducidas en un 70%.

II.- Para la expedición de autorizaciones eventuales, por día, si se trata de:

Numero de veces el salario mínimo general vigente en el Municipio.

1. Fiestas sociales o familiares: 11.00

2.- Kermes 11.00

3. Bailes, graduaciones, bailes tradicionales: 11.00

4. Carreras de caballos, rodeo, jaripeo y eventospúblicos similares: 22.00

5. Box, lucha, béisbol y eventos públicos similares: 22.00

6. Ferias o exposiciones ganaderas, comerciales y eventos públicos similares: 33.00 7. Palenques: 33.00

8. Presentaciones artísticas: 33.00

CAPÍTULO TERCEROPRODUCTOS

SECCIÓN UNICA

Artículo 60º.-Los productos causaran cuotas y podrán provenir, enunciativamente, de las siguientes actividades:

1.-Placas con número para la nomenclatura de las edificaciones de los centros de población de los Municipios: $ 100.00

2.- Formas impresas $ 6.00

3.-Por mensura, remensura, deslinde o localización de lotes: $ 100.00

4.- Otorgamiento de financiamiento y rendimiento de capitales

5.- Enajenación onerosa de bienes inmuebles

28

Page 29: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

6.- Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles

Artículo 61º.- Los ingresos provenientes de los conceptos a los que se refiere el artículo anterior, en los cuales no se establece el cobro, se recaudaran de acuerdo a lo establecido en los contratos o convenios que los originen.

Artículo 62º.- El monto de los productos por la enajenación de lotes en los panteones Municipales se establecerá anualmente por los Ayuntamientos, en tarifas que se publicarán en los tableros de avisos del propio Ayuntamiento y en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, y regirán del día primero de enero al treinta y uno de diciembre de cada año.

Articulo 63º.- El monto de los productos por cuotas de admisión en eventos de peleas de gallos y carreras de caballos, estará regido por las cuotas y tarifas establecidas por las autoridades de Dif Municipal

CAPÍTULO CUARTODE LOS APROVECHAMIENTOS

SECCIÓN ÚNICAMULTAS

Articulo 64º.-De las multas impuestas por la autoridad municipal por violación a las disposiciones de las Leyes de Tránsito para el Estado de Sonora, de Seguridad Pública para el Estado de Sonora, de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora y de la presente Ley, así como los Bandos de Policía y Gobierno, de los reglamentos, de las circulares y de las demás disposiciones de observancia general en la jurisdicción territorial del municipio y de cualquier otro ordenamiento jurídico cuyas normas faculten a la autoridad municipal a imponer multas, de acuerdo a las leyes y normatividades que de ellas emanen.

MULTAS DE TRÁNSITO

Articulo 65º.- Se impondrá multa equivalente de 15 a 25 veces el salario mínimo diario vigente en cabecera del Municipio:

a).- Por transportar en los vehículos, explosivos o productos altamente inflamables sin el permiso correspondiente. 66 veces el salario mínimo diario vigente.

b).- Por prestar servicio publico de transporte sin estar concesionado, por cada ocasión. En este caso, además se detendrá hasta por 72 horas el vehículo, impidiendo que continúe circulando y se remitirá al Departamento de Transito. A la vez, se comunicara tal situación a la Dirección de Transporte del Estado.

29

Page 30: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

c).- Por prestar el servicio publico de transporte con las unidades de emergencia simultáneamente con las autorizadas, independientemente de la sanción de cancelación que establece la Ley de Transporte del Estado de Sonora.

Artículo 66º.- Se impondrá multa equivalente de 25 a 100 veces de salarios mínimos diario vigente en la cabecera del municipio por los siguientes conceptos:

a).- Por conducir vehículos en estado de ebriedad o bajo el influjo de enervantes o estupefacientes y arresto hasta por 36 horas, siempre que no constituya delito, procediendo conforme al artículo 223, fracción VII de la Ley de Transito para el Estado de Sonora.

b).- Por circular con un vehículo al que le falten las dos placas de circulación, con placas alteradas, vencidas o que no le correspondan, procediéndose además a impedir la circulación del vehículo y debiéndose remitir al Departamento de Tránsito.

c).- Por permitir el propietario o poseedor de un vehículo que lo conduzcan por personas menores de 18 años o que carezcan éstos de permiso respectivo, debiéndose además impedir la circulación del vehículo.

Si el automóvil es propiedad de un menor de 18 años y éste es quien lo conduce sin el permiso correspondiente, la multa se aplicará a los padres, tutores como responsables solidarios o quienes ejerzan la patria potestad.

d).- Por hacer sitio los automóviles de alquiler en lugar no autorizado.

Artículo 67º.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 20 veces de salarios mínimos diario vigente en la cabecera municipal, cuando se incurra en las siguientes infracciones:

a).- Realizar competencias de velocidades o aceleración de vehículo, en las vías públicas. b).- Por circular en sentido contrario.

c).- Por no respetar la preferencia de paso de los vehículos considerados como de emergencia.

d).- Por exceder los limites de velocidad establecidos.

e).- Por efectuar reparaciones que no sean de urgencia, así como lavado de vehículos en las vías publicas.

f).- Todo conductor de motocicleta de cualquier tipo que esta sea que no use para su protección el casco reglamentario

30

Page 31: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

g).- Al conductor de motocicleta de cualquier tipo que esta sea que entable competencia de velocidad con otro vehículo y/o que lleve a mas de dos personas o que transgreda los limites de velocidad establecidos

h).- Al que conduzca una motocicleta de cualquier tipo que esta sea que no cuente con disponibilidad audible, luminosos o dispositivos o dispositivos de emergencia.

Artículo 68º.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 10 veces de salario mínimo diario vigente en la cabecera municipal, cuando se incurra en las siguientes infracciones:

a) Por exceder el límite de velocidad en zona escolar. Así como no dar preferencia de paso a los peatones en las áreas respectivas.

b).- Por circular cualquier vehículo con el escape abierto, o produciendo por acondicionamiento, defecto o desperfecto o malas condiciones, humo excesivo o ruidos inmoderados, (así como no tener colocado verticalmente los escapes los vehículos que consumen diesel). Además, deberá impedirse que continúe circulando y deberán remitirse al Departamento de Transito.

c) Por circular con vehículos que excedan los límites reglamentarios autorizados en el largo, ancho y alto de la unidad. Así como por trasportar carga de gran tamaño o gran peso que por sus características esta sea inamisible y que además no cuente con el señalamiento correspondiente.

d) Por frenar intempestivamente, sin causa justificada, provocando con ello un accidente o conato del mismo.

e).- Por no conservar una distancia lateral de seguridad con otros vehículos o pasar tan cerca de las personas o vehículos que constituyen un riesgo.

Artículo 69º.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 15 veces de salario mínimo diario vigente en la cabecera del Municipio, al que incurra en las siguientes infracciones:

a) Cambiar intempestivamente de un carril a otro, cruzando la trayectoria de otro vehículo y provocando ya sea, un accidente, una frenada brusca o la desviación de otro vehículo.

b) Salir intempestivamente y sin precaución del lugar de establecimiento.

c) Estacionarse en entrada de vehículos, lugares prohibidos o peligrosos, en sentido contrario o en doble fila; independientemente de que la autoridad proceda a movilizar el vehículo.

d).- Estacionar habitualmente por la noche los vehículos en la vía publica, siempre que perjudique o incomode ostensiblemente. Si una vez requerido el propietario o conductor del vehículo persiste, la autoridad procederá a movilizarlo.

31

Page 32: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

e) Circular faltándole al vehículo una o varias de las luces reglamentarias o teniendo estas deficiencias.

f) Circular los vehículos con personas fuera de la cabina o en el lugar distinto a la carga.

g) No disminuir la velocidad en intersecciones, puentes y lugares de gran afluencia de peatones.

h) Dar vuelta a la izquierda, sin respetar el derecho de paso de los vehículos que circulen en sentido opuesto, efectuando esta maniobra sin tomar las precauciones debidas. i) Falta de calcomanía de revisado y calcomanía de placas fuera de los calendarios para su obtención.

j) Dar vuelta lateralmente o en “U” cuando esté prohibido mediante señalamiento expreso, o dar vuelta en “U” a mitad de cuadra.

k) Falta señalamiento de la razón social, nombre del propietario o de la institución en los vehículos destinados al servicio particular sea de persona o cosas.

l) Circular careciendo de tarjeta de circulación o con una que no corresponda al vehículo o a sus características.

Artículo 70º.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 20 veces de salario mínimo diario vigente en la cabecera municipal, cuando se incurra en las siguientes infracciones:

a) Conducir vehículos careciendo de licencia, por olvido, sin justificación o careciendo esta de los requisitos necesarios o que no corresponda a la clase de vehículo para lo cual fue expedida.

b) Conducir en zigzag, con falta de precaución o rebasar por la derecha.

c) Circular faltando una de las placas o no colocarlas en el lugar destinado al efecto.

d) Dar vuelta a la izquierda o derecha sin hacer la señal correspondiente con la mano o con el indicador mecánico, así como indicar la maniobra y no realizarla.

Artículo 71º.- Se aplicara multa equivalente a 20.0 veces de salario mínimo diario vigente en a cabecera municipal, cuando se incurra en las siguientes infracciones:

a). Por ocupar zonas de estacionamiento exclusivo para personas con discapacidad.

32

Page 33: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Articulo 72º.- Las infracciones a esta Ley en que incurran los conductores o personas ocupantes o no de un vehículo, se sancionaran de la siguiente manera:

I.- Multa equivalente a 33 veces el salario mínimo diario vigente en la cabecera del Municipio.

a).- Basura: por arrojar basura en las vías públicas.

II.- Multa equivalente a 6.50 veces el salario mínimo diario vigente en la cabecera del Municipio.

a).- Animales Caninos: Por la captura de animales caninos que deambulen por las calles del Municipio, 4.0 veces el salario mínimo general vigente en el Municipio.b).- Ganado vacuno, caballar, porcino y asnal: Por la captura de este tipo de animales que anden deambulando por las calles del municipio.

Articulo 73º.- El monto de los aprovechamientos por recargos, remates y venta de ganado mostrenco, indemnizaciones, donativos (al Ayuntamiento y al Dif Municipal) y reintegros, estarán determinados de acuerdo a lo señalado en el artículo 166 de la Ley de Hacienda Municipal.

TÍTULO TERCERO

Artículo 74º.- Durante el ejercicio fiscal del año 2008, el H. Ayuntamiento delMunicipio de Santa Ana, Sonora, recaudará ingresos por los conceptos mencionados en el Título Segundo, por las cantidades que a continuación se enumeran:1000 Impuestos: $ 4’072,271.00

1001 Impuesto sobre diversiones y espectáculos públicos $ 20,000.00

1003 Impuestos adicionales: $ 918,957.00 - Para obras y acciones de interés general 20% $ 367,583.00 - Mejoramiento en la prestación de servicio públicos 15% $ 275,687.00 - Para fomento deportivo 15% $ 275,687.00 1004 Impuesto predial $ 1’879,977.00 - Recaudación anual $ 1’078,066.00 - Recuperación rezagos $ 687,136.00 - Rustico $ 114,775.00

1005 Impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles $ 320,000.00

1006 Impuesto sobre la prestación del

33

Page 34: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Servicio de hospedaje $ 235,000.00

1010 Impuesto predial ejidal $ 45,500.00

1008 Impuesto Mpal S/Tenencia o uso De vehículos $ 652,837.00

2000 Derechos: $ 2’422,757.00

2001 Alumbrado público $ 1’237,680.00

2004 Panteones $ 18,800.00 - Por la inhumación, exhumación o reinhumacion de cadáveres $ 18,800.00

2005 Rastros $ 214,740.00 - Sacrificio por cabeza $ 204,340.00 - Utilización uso corrales 10,400.00

2007 Seguridad pública $ 4,000.00 - Por policía auxiliar $ 4,000.00

2008 Tránsito $ 20,500.00 - Examen obtención licencia $ 10,000.00 - Autorización estacionamiento exclusivo de vehículos $ 5,000.00 - Solicitud placas bicicletas y motos $ 2,000.00 - Almacenaje de vehículos (corralón)$ 3,500.00

2010 Desarrollo urbano $ 248,700.00 - Expedición licencias de construcción modificación o reconstrucción $ 130,800.00 - Por la expedición del documento que contenga la enajenación de inmuebles que realicen los ayuntamientos (títulos de propiedad) $ 40,000.00 - Expedición de constancias de zonificacion $ 1,400.00 - Autorización para la fusión, subdivisión, o relotificacion de terrenos $ 2,000.00 - Por servicios catastrales $ 60,000.00 - Exp. Lic. uso de suelo en materia de fraccionamientos $ 3,000.00 - Aut. Cambio de uso de suelo en materia de fraccionamientos $ 1,500.00 -Servicios en materia de protección civil Y bomberos voluntarios $ 10,000.00

34

Page 35: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

2012 Otros servicios (desglosar) $ 611,877.00

- Expedición de certificados $ 13,500.00- Legalización de firmas $ 246,757.00

-Certificacion traslado dominioVehiculos $ 36,600.00-Certificacion traslado dominio $ 8,200.00- Exp. Certificados no adeudo $ 2,700.00

de créditos fiscales - Certificación de documentos por hoja $ 1,200.00

- Ley de Transparencia -Por copia certificada de la información $ 1,440.00-Información en disco flexible 3 1/2 $ 2,000.00-Información en disco compacto $ 2,480.00

-Anuencias (Uso de Piso) $ 297,000.00 2013 Licencias para la colocación de

anuncios y publicidad $ 7,380.00 - Anuncios y carteles luminosos hasta 10 m2 $ 5,510.00 - Anuncios y carteles no luminosos - hasta 10 m2 $ 1,870.00

2014 Anuencias municipales para trámite de licencia para la venta y consumo de bebidas alcohólicas $ 15,000.00 - Expendios $ 2,000.00 - Ultramarino o tienda servicio $ 1,500.00 - Cantina, bar o cervecería$ 1,500.00 - Cabaret o centro nocturno $ 1,500.00 - Discoteca $ 1,500.00 - Restaurant $ 2,000.00 - Fonda, taquería, pizzería y similares $ 1,000.00 - Supermercado $ 2,000.00 - Salón de baile y salón social $ 500.00 - Hotel o motel $ 1,000.00 - Abarrotes $ 500.00

2015 Por la expedición de autorizaciones eventuales, por día (eventos soc.) $ 36,560.00

-Fiestas sociales o familiares $ 24,000.00 -Kermes $ 1,000.00

-Bailes tradicionales $ 5,060.00 - Carreras de caballos, rodeo, jaripeo o eventos $ 1,000.00 -Box, lucha, béisbol y eventos públicos

35

Page 36: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

similares $ 1,000.00-Ferias o exposiciones ganaderas

Comerciales $ 1,500.00 - Palenques $ 1,500.00 - Presentaciones artísticas $ 1,500.00

2017 Por expedición de anuencia por cambio de domicilio (Alcoholes) $ 5,920.00

2018 Servicio limpieza de lotes $ 1,600.00 - Limpieza lotes baldíos $ 500.00 -Limpia a comercios, industrias Y particulares $ 650.00 -Barrido de calles $ 450.00

3000 Productos: $ 198,080.00

1. Por servicios que se presten en Funciones de derecho privado.-

3003 Otorgamiento de financiamiento y rendimiento de capitales $ 5,100.00 3004 Venta de placas con número $ 2,500.00 para nomenclatura

3008 Venta de formas impresas $ 400.00

3013 Mensura, remensura, deslinde o localización de lotes $ 13,000.00

2. Por el uso, aprovechamiento o enajenación de sus bienes de derecho privado.-

3001 Enajenación onerosa de bienes muebles $ 14,500.00

3002 Enajenación onerosa de bienes $ 100,000.00 inmuebles

3016 Venta de lotes en el Panteón $ 28,000.00

3017 Arrendamiento de bienes

36

Page 37: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

muebles e inmuebles $ 34,580.00 - Motoconformadora $ 19,400.00 - Recolectores $ 3,480.00 - Materiales pétreos $ 8,100.00 - Venta de agua $ 3,600.00

4000 Aprovechamientos: $ 881,881.00

4001 Multas $ 490,801.00

4002 Recargos $ 176,180.00

4005 Donativos $ 176,200.00

4007 Aprovechamientos Diversos (desglosar) $ 19,750.00

-Baños Públicos $ 19,750.00

4008 Honorarios de cobranza $ 18,950.00

5000 Participaciones: $ 19,490,560.00

5001 Fondo general de participaciones $ 12’502,436.00

5003 Fondo de fomento municipal $ 1,901,432.00

5004 Multas federales no fiscales $ 12,000.00

5005 Participaciones estatales $ 305,967.00

5007 Impuesto federal sobre tenencia y uso de vehículos $ 646,292.00

5010 Fondo de impuesto especial $ 266,068.00 (sobre alcohol y tabaco)

5011 Fondo de impuesto de autos Nuevos $ 147,110.00

37

Page 38: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

5012 Participación de premios y loterías $ 46,285.00

5024 Fondo de compensación para resarcimiento por disminución del impuesto sobre automóviles nuevos. $ 44,530.00

5025 Fondo de Fiscalizacion $ 3’481,093.00

5026 IEPS a gasolinas y diesel $ 137,347.00

6000 Aportaciones Federales Ramo 33: $ 7’147,203.00

6001 Fondo para el fortalecimiento Municipal $ 5’159,521.00

6002 Fondo de aportaciones para la infraestructura social $ 1’987,682.00

Total Presupuestado: $ 34’212,752.00

Artículo 75º.- Para el ejercicio fiscal del año 2009, se aprueba la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del H. Ayuntamiento del municipio de Santa Ana, Sonora, con un importe total de: $ 34’212,752.00 (Treinta y cuatro millones doscientos doce mil setecientos cincuenta y dos pesos 00/100 m.n.)

Articulo 76º.- El presupuesto de ingresos del Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento (OOMAPAS) de Santa Ana, Sonora aplicable para el ejercicio fiscal del año 2009, importa la cantidad de $8’129,416.65 (Ocho millones ciento veintinueve mil cuatrocientos diez y seis pesos 65/100 m.n.).

Articulo 77º.- El presupuesto de ingresos del Dif Municipal de Santa Ana, Sonora, aplicable para el ejercicio fiscal del año 2009, importa la cantidad de $858,883.00 (Ochocientos cincuenta y ocho mil ochocientos ochenta y tres pesos 00/100 m.n.).

Articulo 78º.- Para el ejercicio fiscal del año 2009, la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos de la Administración Publica Directa y del Sector Paramunicipal del Ayuntamiento del Municipio de Santa Ana, Sonora, asciende a un importe de $ 43’201,051..65 (Cuarenta y tres millones doscientos un mil cincuenta y un pesos 65/100 m.n.).

38

Page 39: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 79º.- En los casos de otorgamiento de prorrogas para el pago de créditos fiscales, se causara un interés del 2% mensual, sobre saldos insolutos, durante el año 2009.

Artículo 80º.- En los términos del Artículo 33 de la Ley de Hacienda Municipal, el pago extemporáneo de los créditos fiscales, dará lugar al cobro de recargos, siendo la tasa de los mismos de un 50% mayor a la señalada en el Artículo que antecede.

Artículo 81º.- El H. Ayuntamiento del municipio de Santa Ana, Sonora enviara al H. Congreso del Estado, trimestralmente, dentro de los treinta días siguientes al trimestre vencido, la información y documentación señalada en la fracción XXIII del Artículo 136 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora.

T R A N S I T O R I O

Artículo único.-La presente Ley entrará en vigor el día primero de enero del año2009, previa su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado.

SALA DE COMISIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO“CONSTITUYENTES SONORENSES DE 1917”

Hermosillo, Sonora, a 08 de Noviembre del año 2008

39

Page 40: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Santa Ana, Sonora, a 11 de Noviembre del 2008.

C.C. DIPUTADOS SECRETARIOSH. CONGRESO DEL ESTADOPALACIO LEGISLATIVOHERMOSILLO, SONORA.

En cumplimiento a lo establecido en el Artículo 136, Fracción XXI y Articulo 139 inciso D), segundo párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora y en la Fracción IV inciso A) del Articulo 61 y Artículos 180 y 181 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, nos permitimos someter a su consideración la siguiente documentación:

El anteproyecto de Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos, que deberá regir del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009 y que asciende a la cantidad de: $43’201,051.65 (Cuarenta y tres millones doscientos un mil cincuenta y un pesos 65/100 m.n.).

Se envía lo anterior una vez celebrada la sesión extraordinaria de Ayuntamiento constando en Acta No.56 y Acuerdo No.193, el día 10 de noviembre de 2008, en la cual se aprobó por unanimidad en todas sus partes el mencionado proyecto, en espera del análisis y en su caso aprobación del citado documento, a fin de contar con el sustento legal para su aplicación en el próximo ejercicio fiscal.

ATENTAMENTESUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCION

EL PRESIDENTE MUNICIPAL

C. EDUARDO GARCIA JIMENEZ

40

Page 41: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO

C. MARTIN LUGO FELIX

LEY

DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SANTA ANA, SONORA, PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2010.

TITULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º. – Durante el ejercicio fiscal del 2010, la Hacienda Pública del Municipio de Santa Ana, Sonora, percibirá los ingresos conforme a las bases, tarifas, tasas o cuotas que en esta Ley se señalan.

Artículo 2°.- Regirán en todo caso las disposiciones contenidas en la Ley de Hacienda Municipal, relativas al objeto, sujeto, base, y demás elementos y requisitos de los ingresos municipales.

Artículo 3°.- En todo lo no previsto por la presente Ley, para su interpretación se aplicaran supletoriamente las disposiciones de la Ley de Hacienda Municipal, Código Fiscal del Estado o en su defecto las normas de derecho común, cuando su aplicación en este ultimo caso no sea contrario a la naturaleza propia del derecho fiscal.

41

Page 42: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

TITULO SEGUNDODE LAS CONTRIBUCIONES MUNICIPALES

Artículo 4º.- El presente capítulo tiene por objeto establecer las contribuciones derivadas de las facultades otorgadas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado de Sonora al Municipio de Santa Ana, Sonora.

CAPITULO PRIMERODE LOS IMPUESTOS

SECCIÓN IDEL IMPUESTO PREDIAL

Artículo 5º.- El impuesto Predial se causará y pagará en los siguientes términos:

I.- Sobre el valor catastral de los predios edificados conforme a la siguiente.

TARIFA

Valor Catastral Cuota Fija Tasa para AplicarseLímite inferior Límite superior Sobre el excedente

Del Límite Inferior al Millar

$ 0.01 a $38,000.00 $ 41.95 0.0000$ 38,000.01 a $76,000.00 $ 41.95 1.7337$76,000.01 a $144,400.00 $ 106.03 1.7347$144,400.01 a $259,920.00 $ 224.68 1.7358$259,920.01 a $441,864.00 $ 425.19 1.7368

42

Page 43: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

$441,864.01 a $706,982.00 $ 741.20 1.7378$706,982.01 a $1,060,473.00 $1,201.93 1.7389$1,060,473.01 a $1,484,662.00 $1,816.61 1.7399$1,484,662.01 a $1,930,060.00 $2,554.67 1.7410$1,930,060.01 a $2,316,072.00 $3,330.09 3.8043$2,316,072.01 a En adelante $4,798.60 3.8054

El monto anual del impuesto a pagar por los predios edificados, será el resultado de sumar a la cuota fija que corresponda de la tarifa, el producto de multiplicar la tasa prevista para cada rango por la diferencia que exista entre el valor catastral del inmueble de que se trate y el valor catastral que se indica en el limite inferior del rango en el que se ubique el inmueble

II.- Sobre el valor catastral de los predios no edificados conforme a lo siguiente:

TARIFA

Valor Catastral Tasa

Límite inferior Límite Superior

$0.01 a $10,851.00 $41.95 Cuota Mínima$10,851.01 a $13,243.00 3.7055 Al millar$13,243.01 a En adelante 4.7726 Al millar

Tratándose de predios No Edificados, las sobretasas existentes, serán las mismas que resultaron de la autorización para el ejercicio presupuestal 2002.

III.- Sobre el valor catastral de cada hectárea de los predios rurales, conforme a lo siguiente:

43

Page 44: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

TARIFA

Categoría Tasa al Millar

Riego de gravedad1: Terrenos dentrodel Distrito de Riego con derecho a agua de presa regularmente. 0.8482

Riego de gravedad 2: terrenos con derecho a agua de presa o río irregularmente aún dentro del Distritode Riego. 1.4906

Riego de Bombeo 1: Terrenos con riego mecánico con pozo de poca profundidad (100 pies máximo) 1.4837

Riego de Bombeo 2: Terrenos con riego mecánico con poza profundo(mas de 100 pies) 1.5066

Riego de temporal única: Terrenosque dependan para su irrigación dela eventualidad de precipitaciones. 2.2602

Agostadero 1: Terrenos con praderasnaturales. 1.1613

Agostadero 2: Terrenos que fueron mejorados para pastoreo en base a técnicas. 1.4733

44

Page 45: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Agostadero 3: Terrenos que seencuentran en zonas semidesérticasde bajo rendimiento. 0.2322 IV.- Sobre el valor catastral de las edificaciones de los predios rurales, conforme a lo siguiente:

TARIFA

Valor Catastral TasaLímite inferior Límite superior

$ 0.01 a $ 38,000.00 $41.95 Cuota Mínima$38,000.01 a $ 101,250.00 1.768 Al Millar$101,250.01 a $ 202,500.00 1.820 Al Millar$202,500.01 a $ 506,250.00 1.872 Al Millar$506,250.01 a $ 1,012,500.00 2.132 Al Millar$1,012,500.01 a $ 1,518,750.00 2.246 Al Millar$1,518,750.01 a $ 2,025,000.00 2.392 Al Millar$2,025,000.01 a En adelante 2.548 Al Millar

En ningún caso el impuesto será menor a la cuota mínima de $ 41.95 (cuarenta y un pesos con noventa y cinco centavos).

Artículo 6º.- Para los efectos de este impuesto, se estará además, a las disposiciones que sobre diversos conceptos previene la Ley Catastral y Registral del Estado de Sonora.

45

Page 46: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

SECCION IIDEL IMPUESTO PREDIAL EJIDAL

Artículo 7º.- Tratándose del impuesto predial sobre predios rústicos ejidales o comunales la tasa aplicable será la del 2% sobre el valor de la producción comercializada.

SECCION IIIDEL IMPUESTO SOBRE TRASLACIÓN DE DOMINIO

DE BIENES INMUEBLES

Artículo 8º.- La tasa del impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles en el Municipio será la del 2.5% aplicado sobre la base determinada conforme a lo dispuesto por el Artículo 74 la Ley de Hacienda Municipal.

SECCION IVDEL IMPUESTO SOBRE DIVERSIONES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

Artículo 9º.- Es objeto de este impuesto la explotación de diversiones y espectáculos públicos.

Por diversión y espectáculo público debe entenderse toda función de esparcimiento, sea teatral, cinematográfica, deportiva o de cualquier naturaleza semejante que se verifique en salones, teatros, calles, plazas, locales abiertos o cerrados, en donde se reúna un grupo de personas, pagando por ello cierta suma de dinero.

No se consideran espectáculos públicos los presentados en restaurantes, bares, cabaret, salones de fiesta o de baile y centros nocturnos, así como funciones de cine.

Artículo 10.- Quienes perciban ingresos por la explotación de las actividades a que se refiere el artículo anterior, pagarán el 8% sobre el total de los ingresos recaudados por concepto de venta de boletos o cuotas de admisión.

Tratándose de funciones de teatro y circo, la tasa que se aplique no deberá sobrepasar el 8%.

46

Page 47: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

SECCION VIMPUESTOS ADICIONALES

Artículo 11.- El Ayuntamiento, conforme al Artículos 100 de la Ley de Hacienda Municipal, recaudará por concepto de Impuestos Adicionales los siguientes:

I.- Obras y acciones de interés general 20%II.- Mejoramiento en la prestación de los servicios públicos 15%III.- Fomento deportivo 15%

Será objeto de este impuesto la realización de pagos por concepto de los impuestos y derechos que establece la Ley de Hacienda Municipal, a excepción de los impuestos predial, sobre traslación de dominio de bienes inmuebles, sobre diversiones y espectáculos públicos, tratándose de obras de teatro y funciones de circo, cine o cinematógrafos ambulantes, y derechos de estacionamientos de vehículos en la vía pública, donde se hayan instalado sistemas de control de tiempo y espacio.

Las tasas de estos impuestos, las que en su totalidad en ningún caso podrán exceder del 50% sobre la base determinada.

SECCION VIDEL IMPUESTO POR LA PRESTACION DE SERVICIO DE HOSPEDAJE

Artículo 12.- Para los efectos de este impuesto, se consideran servicios de hospedaje, la prestación de alojamiento o albergue temporal de personas a cambio de una contraprestación, dentro de los que quedan comprendidos los servicios prestados por hoteles, hostales, moteles, campamentos, paraderos de casa rodantes, tiempo compartido y departamentos amueblados de hospedaje para fines turísticos.

No se consideran servicios de hospedaje, el albergue o alojamiento prestados por hospitales, clínicas, asilos, conventos, seminarios o internados.

47

Page 48: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

La tasa de este impuesto será del 2%, sobre servicio de hospedaje, mismo que será recaudado en primer termino por parte del hotelero a prestador de servicio.

SECCION VIIIMPUESTO MUNICIPAL SOBRE TENENCIA Y USO DE VEHICULOS

Artículo 13.- Están obligados al pago de este impuesto, las personas físicas y las morales, tenedoras o usuarios de vehículos de más de diez años de fabricación anteriores al de aplicación de esta Ley.

Para los efectos de este impuesto, se presume que el propietario es tenedor o usuario del vehículo.

Los contribuyentes pagaran el impuesto por año de calendario durante los tres primeros meses ante la Tesorería Municipal, no estando obligados a presentar por este impuesto la solicitud de inscripción en el registro de empadronamiento de la Tesorería Municipal.

Para los efectos de este impuesto, también se considerarán automóviles a los omnibuses, camiones y tractores no agrícolas tipo quinta rueda.

Tratándose del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos se pagaran conforme a la siguiente tarifa:

TIPO DE VEHICULO AUTOMOVILES CUOTAS4 Cilindros $ 100.006 Cilindros $180.008 Cilindros $200.00Camiones pick up $ 100.00Vehículos con peso vehicular y con capacidad de carga hasta 8 toneladas

$ 200.00

Vehículos con peso vehicular y con capacidad de carga mayor a 8 toneladas

$250.00

Tractores no agrícolas tipo quinta rueda incluyendo minibuses, $223.00

48

Page 49: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

microbuses autobuses y demás vehículos destinados al transporte de carga y pasajeMotocicletas hasta 250 cm3 $ 3.00De 251 a 500 cm3 $ 19.00De 500 a 750 cm3 $ 37.00De 751 a 1000 cm3 $ 70.00De 1001 cm3 en adelante $107.00

CAPITULO SEGUNDODE LOS DERECHOS

SECCION I

POR SERVICIOS DE AGUA POTABLEY ALCANTARILLADO

Artículo 14.- Las cuotas por pago de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, que se presten a los usuarios de estos servicios en el Municipio de Santa Ana, Sonora, son las siguientes:

Para Uso DomésticoRangos de Consumo Valor

RANGO IMPORTE(M3) ($/M3)

0 a 20 $ 90.28 21 a 30 $ 4.89 31 a 40 $ 5.32 41 a 70 $ 6.28 71 a 200 $ 7.13 201 a 500 $ 8.08

49

Page 50: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

501 a 600 $ 8.91 601 $ 8.91

Para Uso Comercial, Servicios a Gobierno y Organizaciones Públicas Rangos de Consumo Valor:

RANGO IMPORTE(M3) ($/M3)

0 a 20 $ 155.12 21 a 30 $ 7.20 31 a 40 $ 7.76 41 a 70 $ 8.75 71 a 200 $ 9.75 201 a 500 $ 11.05 501 a 600 $ 12.01

601 $ 12.01

50

Page 51: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Para Uso Industrial. Rangos de Consumo Valor:RANGO IMPORTE

(M3) ($/M3)0 a 20 $ 166.42 21 a 30 $ 7.64 31 a 40 $ 8.36 41 a 70 $ 9.39 71 a 200 $ 10.44 201 a 500 $ 11.83 501 a 600 $ 12.88

Tarifa SocialSe aplicará un descuento del 10, 20 y 30 por ciento sobre las tarifas domésticas

regulares a quienes reúnan los siguientes requisitos:

1.- Ser pensionados o jubilados.

2.- Ser personas con problemas de tipo económico que sea un determinante para no estar en condiciones de pagar la tarifa regular por los servicios públicos a cargos del Organismo Operador.

3.- El poseer este beneficio lo obliga a estar al corriente en su cuenta, de tal manera que si el pronto pago no se realiza dentro de la fecha de vencimiento el descuento no será realizado.

Los requisitos contenidos en el presente acuerdo deberán ser acreditados a satisfacción propia por un estudio socioeconómico realizado por el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora.

51

Page 52: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

En ningún caso, el número de personas que se acojan a este beneficio deberá ser superior al 7% del padrón de usuarios del Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora. Los rangos de consumo se deberán deducir por meses naturales y el importe se calculará multiplicando los metros cúbicos consumidos en el mes de que se trate, por el precio fijado para cada metro cúbico en el rango de consumo correspondiente Ingresos por Cooperación.

$ 1.00 (Son: Un pesos 00/100 M.N.) Por cada toma domestica

$ 2.00 (Son: Dos pesos 00/100 M.N.) Por cada toma comercial y

$ 3.00 (Son: Tres pesos 00/100 M.N.) Por cada toma industrial

El importe de dichos ingresos se trasladaran al patronato municipal de Bomberos de Santa Ana, a través de un convenio de coordinación entre el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora y el H.Cuerpo de Bomberos del municipio, la Unidad de Protección Civil del Estado y la Comisión Estatal del Agua.

Además se cobraran:$ 1.00 (Son: Un pesos 00/100 M.N.) Por cada toma domestica

$ 2.00 (Son: Dos pesos 00/100 M.N.) Por cada toma comercial y

$ 3.00 (Son: Tres pesos 00/100 M.N.) Por cada toma industrial

el cual se trasladara al patronato municipal de cruz roja, a través de un convenio de coordinación entre el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora y Cruz Roja del municipio de Santa Ana.

52

Page 53: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

REVISION PERIODICA DE LA TARIFACon el objeto de mantener un control más estricto en la aplicación de la tarifa, ésta deberá de revisarse y analizarse periódicamente, cuyo período no deberá exceder de 12 meses calendario, para tal revisión deberá de acordarse en términos de su aplicación con una reunión previa con todos los miembros del Consejo Consultivo y Cabildo con el fin de obtener un panorama más estricto y verídico de la situación apoyándose en todos los escenarios y elementos posibles incluyendo variables económicas.

SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTOEl servicio de alcantarillado sanitario se cobrará a razón de 35 % y el servicio de Saneamiento a razón del 15%(quince) por ciento del importe del consumo de agua potable en cada mes.

Las cuotas por pago de otros conceptos solicitado por los usuarios a este Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y

Saneamiento de Santa Ana, Sonora se aplicarán de la siguiente manera:

f) Carta de no adeudo: 2 veces el salario diario mínimo general vigente.g) Cambio de nombre: 2 veces el salario diario mínimo general vigente.h) Cambio de razón social: 2 veces el salario diario mínimo general vigente.i) Cambio de toma: de acuerdo a Presupuesto.j) Instalación de medidor: precio según diámetro.

Los usuarios solicitantes de cartas de no adeudo, deberán hacer su pago correspondiente y le será entregada cuanto antes siempre y cuando no cuenten con adeudos pendientes.

Para los usuarios que requieran un comprobante de no adeudo y que aun no cuentan con el servicio, deberá hacer su pago correspondiente y se les podrá otorgar uno de ellos aclarando que no existe un contrato entre la parte solicitante y el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora.

53

Page 54: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

En la ciudad de Santa Ana, el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, a los usuarios domésticos y comerciales que disponen de un diámetro mayor en sus instalaciones para satisfacer sus demandas de Agua Potable y por tanto obtienen instantáneamente mayor caudal de agua, la cuota mínima básica se multiplicará por los siguientes factores.

Diámetro en Veces de cuotaPulgadas en cobro mínimo

¾ 2.5 (dos punto cinco)1 4 (cuatro)1 ½ 9 (nueve)3 16 (dieciséis)2 ½ 25 (veinticinco)

Artículo 15.- El Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, podrá determinar presuntamente el consumo de agua potable, de conformidad con las disposiciones contenidas en los Artículos 166 y 167 de la Ley de Agua del Estado de Sonora, considerando las variables que incidan en dichos consumos, tales como:

c) El número de personas que se sirven de la toma.d) La magnitud de las instalaciones y áreas servidas.

Artículo 16.- Los propietarios de los predios e inmuebles, serán responsables solidarios con el usuario, para el pago de los servicios y adeudos a favor del Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, de cualquier otro concepto para la prestación de los servicios. El comprador de un predio o inmueble que tenga adeudo con el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana , Sonora, Adquiere la obligación solidaria para con el usuario, en el pago de los mismos conforme a los, Artículos 152 y 169 de la Ley de Agua para el Estado de Sonora.

54

Page 55: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Los Notarios Públicos y jueces, no autorizarán o certificarán los actos traslativos de dominio de bienes inmuebles urbanos, cuando no se acrediten estar al corriente en el pago de las cuotas o tarifas por el servicio de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales, de acuerdo al Artículo. 170 de la mima ley de Agua para el Estado de Sonora.

Artículo 17.- Las cuotas por concepto de instalación de tomas de agua potable y de conexión al servicio de alcantarillado sanitario para uso doméstico, se integrarán de la siguiente manera:

III.- La cantidad que arroje el presupuesto de materiales y la mano de obra que utilicen para la instalación de la toma o la descarga según sea el caso; y

IV.- Una cuota de contratación que variará de acuerdo al diámetro de la toma o la descarga de la siguiente manera:a) Para tomas de agua potable de 1/2" de diámetro: $402.00. (Son: cuatrocientos. dos pesos 00/100M.N.). b) Para tomas de agua potable de 3/4" de diámetro: $904.00 (Son: novecientos cuatro Pesos 00/100 M.N.).c) Para las tomas de diámetros mayores a los especificados, anteriormente en los incisos a y b, se considerará para su cobro base la suma del diámetro de 1/2:

d) Para descargas de drenaje de 6” de diámetro: $376.00 (Son: Trescientos setenta y seis Pesos 00/100 M.N.).

e) Para descargas de drenaje de 8” de diámetro: $904.00 (Son: novecientos cuatro Pesos 00/100 M.N.).

k) Para descargas de drenaje para uso comercial e industrial: $1,813.00 (Son: mil ochocientos trece pesos 00/100 M.N.)

Artículo 18.- En el caso de nuevos fraccionamientos de predios, edificaciones comerciales e industriales, cuyos servicios de agua potable y alcantarillado se vayan a conectar a las redes existentes, los fraccionadores deberán cubrir las siguientes cuotas:

55

Page 56: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

I.- Para conexión de agua potable:

a) Para fraccionamientos de viviendas de interés social $41,512.00 (cuarenta y un mil quinientos doce Pesos 00/100 M.N.), por litro por segundo del gasto máximo diario.

b) Para los fraccionamientos de Vivienda Progresiva se cobrará el 50% de la tarifa para la de los fraccionamientos de vivienda de Interés Social.

c) Para fraccionamiento residencial: $51,675.00 (cincuenta y un seiscientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.) por litro por segundo del gasto máximo diario.

d) Para fraccionamientos industriales y comerciales $66,363.00 (Sesenta y seis mil trescientos sesenta y tres pesos 00/100 M.N.) por litro por segundo del gasto máximo diario.

Los promotores de viviendas y contratistas de obra civil deberán contemplar entre los componentes de la infraestructura hidráulica de los nuevos conjuntos habitacionales o en el desarrollo de cualquier trabajo que involucre la rehabilitación o construcción de tomas de agua potable, la instalación de tinacos, el suministro y la instalación de medidores, la instalación válvulas limitadoras de servicio en el cuadro o columpio de cada toma; de acuerdo a las especificaciones y características que para el efecto emita el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora. El incumplimiento de esta disposición será causa suficiente para negar la autorización de factibilidad de servicios o entrega-recepción de nuevos fraccionamientos, desarrollos habitacionales u obra civil.

El gasto máximo diario equivale a 1.3 veces el gasto medio diario, y éste se calcula con base a una dotación de 300 litros por habitante por día.

III.- Para conexión al sistema de alcantarillado sanitario

a) Para fraccionamiento de interés social: $2.60 (dos pesos 60/100 M.N.) por cada metro cuadrado del área total vendible.

b) Para los fraccionamientos de Vivienda Progresiva se cobrará el 50% de la tarifa para los

56

Page 57: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

fraccionamientos de vivienda de Interés Social.

e) Para fraccionamiento Residencial: $3.15 (Tres pesos 15/100 M.N.) por cada metro cuadrado del área total vendible.

f) Para fraccionamientos industriales y comerciales: $ 4.25 (Cuatro Pesos 25/100 M.N.) por cada metro cuadrado del área total vendible.

IV.- Por obras de cabeza:

a) Agua potable: $ 81,030.00 (ochenta y un mil treinta Pesos 00/100 M.N.), por litro por segundo que resulte del 80% del gasto máximo diario.b) Alcantarillado: $ 74,030.00 (Setenta y cuatro mil treinta pesos 00/100 M.N.) por litro por segundo que resulte del 80% del gasto máximo diario.c) Para los fraccionamientos de vivienda progresiva se cobrará el 50% de los incisos a y bd) El gasto máximo equivale a 1.3 veces el gasto medio diario, y éste se calcula con base a una dotación de 300 litros por habitante por día.

IV.- Por concepto de supervisión de los trabajos de construcción de las redes de agua potable y alcantarillado en los nuevos fraccionamientos, los desarrolladores pagarán un 20% calculado sobre las cuotas de conexión a las redes existentes.

Artículo 19.- Por el agua que se utilice en construcciones, los fraccionadores deberán cubrir la cantidad de $30.00 (Treinta Pesos 00/100 M.N.), por metro cuadrado del área de construcción medida en planta.

Artículo 20.- La venta de agua en pipas deberá cubrirse de la siguiente manera:

I.- Tambo de 200 litros $ 65.00 II.-Agua en garzas $ 146.00 por cada m3.

57

Page 58: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 21.- El consumo de agua potable en cualquier otra forma diversa a las consideradas anteriormente, deberá cubrirse conforme a los costos correspondientes para la prestación del servicio, calculado por el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora.

Artículo 22.- Cuando el servicio de agua potable sea limitado por el Organismo Operador y sea suspendida la descarga de drenaje conforme a los artículos 133 y 168 de la Ley de Agua Potable y del Estado de Sonora, el usuario deberá pagar por el retiro del limitador, una cuota especial equivalente a 2 veces el salario mínimo diario vigente y el costo de reparación de los daños causados para la limitación o suspensión de la descarga de drenaje.

La auto-reconexión no autorizada por el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, será sancionada con una multa que va desde los dos salarios mínimos generales vigentes, hasta al máximo permitido, dependiendo de la gravedad del asunto, establecidos en los Artículos 177 fracción IX,178 y 179 de la Ley de Agua Potable y del Estado de Sonora,

Artículo 23.- Cuando algún usuario del servicio no pague el importe de su recibo por la cantidad especificada en el período de consumo correspondiente dentro de la fecha límite para efectuar dicho pago, éste se hará acreedor a un cargo adicional equivalente al 10% del total de su adeudo, mismo que se cargará en el siguiente recibo.

Artículo 24.- Los propietarios y/o poseedores de predios no edificados, frente a los cuales se encuentren localizadas redes de distribución de agua potable y atarjeas de alcantarillado, pagarán al Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, una cuota equivalente al consumo mínimo mensual, en tanto no hagan uso de tales servicios, cuando hagan uso de estos servicios deberán de cumplir con los requisitos de contratación, establecido en el Artículo 117 y demás relativos y aplicables de la Ley de Agua para el Estado de Sonora.

En el caso en que las instalaciones de tomas de agua y descarga de drenaje sean solicitadas en zonas de calles pavimentadas, se deberá recabar el permiso expedido por el Ayuntamiento, mediante su

58

Page 59: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

departamento de Desarrollo Urbano Ecología y Obras Públicas, que determinarán quien se encargará de la reposición de pavimento y/o asfalto, de la calle y su costo, según el Reglamento para Construcciones, con fundamento en la Ley de Hacienda Municipal.

Artículo 25.- Los usuarios que cuenten con alberca dentro de su instalación, y esta no tenga equipo de purificación, pagarán un importe mensual por cada metro cúbico de capacidad de la misma, el costo de la tarifa doméstica en su rango más alto.

Artículo 26.- Los usuarios comerciales que se dediquen al lavado de carros, lavanderías, baños públicos y similares, que no cuenten con equipos para reciclar el agua, pagarán un 30% adicional al importe de su recibo por consumo de agua, de la misma manera cuando las condiciones del servicio así lo requieran, podrá el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora determinar la cantidad de agua máxima a dotar diariamente a estos usuarios. Así también el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora podrá:

d) Emitir opinión en contra de la autorización para que sean establecidos nuevos servicios de lavado de unidades móviles o carros, lavanderías, baños públicos y similares, si no cuentan con un sistema adecuado de reciclado de agua.

e) Se dará la misma opinión y será aplicada a las fábricas de hielo, agua purificada, tortillerías, bares, cantinas, expendios de cerveza y similares.

f) En todos los casos de los incisos a y b será el Administrador del Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, quien emitirá el juicio correspondiente mediante estudio presentado por el Director Técnico y se emitirá por escrito al usuario.

Artículo 27.- En las poblaciones donde se contraten créditos, para ampliaciones y mejoramiento de las redes de agua potable y alcantarillado, los usuarios beneficiados con estas obras deberán cubrir las amortizaciones de dichos créditos de acuerdo a las condiciones que se pacten con el banco; para ello, a la cuota mensual normal que paguen dichos usuarios, se adicionará la parte proporcional correspondiente para el pago de estas amortizaciones.

59

Page 60: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 28.- Las cuotas y tarifas para el cobro de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, saneamiento, tratamiento y disposición de aguas residuales deberán mantenerse actualizadas anualmente respecto de los efectos inflacionarios y los incrementos en los costos asociados a la prestación de dichos servicios, preferentemente conforme a la siguiente fórmula para la actualización de tarifas:

CALCULO DE ACTUALIZACIÓN EN EL PERÍODO

F = {(S ) x (SMZ i/SMZ i -1)-1} + {(EE) x (Tee i/Tee i -1)-1} + {(MC) x (IPMC i/IPMC i -1)-1} + {(CYL) x (GAS i/GAS i -1)-

1} + {(CFI) x(INPC i/INPC i -1)-1}

+ 1

En donde:

F = Factor de ajuste para actualizar las cuotas en el período según corresponda.

S = Porcentaje que representa el pago de los sueldos y prestaciones sobre los costos totales.

(SMZ(i))/(SMZ(i-1)) -1 = Relación entre el gasto en pesos de los sueldos y prestaciones de un período y los del período anterior inmediato correspondiente.

EE = Porcentaje que representa el pago por consumo de energía eléctrica sobre los costos totales.

(Tee i)/(Tee i -1) -1 = Relación entre el precio en pesos de la tarifa de energía eléctrica de un período y el

anterior inmediato correspondiente.

MC = Porcentaje que representa los materiales y químicos sobre los costos totales. (IPMC i/IPMC i -1) -1=

Relación entre el gasto (en pesos) de los materiales y químicos de un período y los del anterior inmediato

correspondiente.

60

Page 61: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Materiales que se utilizan en la prestación del servicio (productos químicos, tuberías, herramientas, etc.)

CYL = Porcentaje que representa el gasto en combustibles y lubricantes sobre los costos totales.

(IGAS i/IGAS i -1) -1 = Relación entre el gasto en pesos efectuado en combustibles de un período y los del anterior inmediato correspondiente.

CFI = Porcentaje que representa la depreciación y amortización, fondos de inversión costos financieros y otros en el gasto total del organismo.

(INPC i/INPC i -1) -1 = Relación entre el índice nacional de precios al consumidor de un período y el del

anterior inmediato correspondiente.

Artículo 29.- Para todos los usuarios que paguen su recibo antes de la fecha de su vencimiento tendrá un descuento de 5% sobre el importe total de su consumo mensual por servicios, siempre y cuando este al corriente en sus pagos.

Artículo 30.- Las cuotas que actualmente cubre la Secretaría de Educación y Cultura del Gobierno del Estado, correspondiente al consumo de los servicios de agua potable y alcantarillado en los establecimientos educativos de nivel preescolar, primaria y secundaria, así como los establecimientos administrativos a su cargo en el Estado de Sonora tendrán un incremento del 15% y que serán cubiertos mensualmente en forma directa al Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, en los términos de los convenios o tratados que se celebren entre ambas partes.

Artículo 31.- Con el objeto de prever la contaminación de las redes sanitarias, derivadas de las actividades productivas de los usuarios comparadas con los valores correspondientes a los límites máximos permisibles contemplados en la Norma Oficial Mexicana 002, de acuerdo a los Artículos, 177 fracción VII y 178 fracción II de la Ley de Agua del Estado de Sonora, los usuarios que puedan ser susceptibles de generar algún tipo de contaminante deberá tener un permiso por el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, para la descarga de agua

61

Page 62: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

residual, documentando la ubicación de la misma, entregar análisis periódicos de sus aguas residuales según se acuerde con el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, conforme a manual que opera y rige y pagar una cuota anual de $ 2,645.00 (Son: dos mil seiscientos cuarenta y cinco Pesos 00/100 M.N.) por seguimiento y supervisión.

Artículo 32.- Todos los usuarios, se obligan a permitir que personal debidamente autorizado realice visitas periódicas de inspección a las instalaciones hidráulicas y sanitarias, de conformidad con los Artículos 172, 173 y 174, fracción I, II, III, IV, V, VI, VII y todos aquellos Artículos aplicables para esta diligencia, contemplados en la Ley de Agua del Estado de Sonora.

Artículo 33.- El usuario que utilice los servicios de agua potable y drenaje sanitario en forma clandestina, será sancionado conforme al Artículo 177 fracción X y 178 fracción II de la Ley de Agua para el Estado de Sonora, para efectos de su regularización ante el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora en relación a los éste podrá calcular presuntivamente el consumo para el pago correspondiente conforme al 166 y 167 de la Ley de Agua del Estado de Sonora.

Los usuarios que hagan o permitan hacer mal uso de las descargas de drenaje sanitario arrojando desperdicios industriales insalubres o que por negligencia ocasionen obstrucción en las líneas principales, se harán acreedores a pagar los gastos que ocasione la limpieza de las líneas y descargas mas una multa conforme a la sanción de los Artículos 177 fracción X y 178 fracción II de la Ley de Agua del Estado de Sonora.

Artículo 34.- Considerando que el agua es un líquido vital y escaso en nuestro Municipio, toda aquella persona física o moral que haga mal uso del agua en cualquier forma o diferente para lo que fue contratada será sancionada conforme a los Artículos 177 fracción X y 178 fracción II de la Ley de Agua del Estado de Sonora.

Ningún usuario podrá disponer de su toma de agua y/o descarga de aguas residuales para surtir de agua o desalojar las aguas residuales de terceros.

62

Page 63: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Así también el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, podrá:

c) Con el fin de fortalecer la Política tendiente a inducir una reducción de los consumos de agua excesivos o inadecuados se establecen limitaciones al riego de áreas verdes (particulares y públicos), de tal forma que si se usa agua potable, solo podrá efectuarse durante la noche (de las 10:00 p.m. y las 04:00 a.m. del día siguiente), para en épocas de sequía, solo se permitirá el riego por la noche de los fines de semana (de las 11:00 horas p.m. del sábado a las 03:00 horas a.m. del domingo).

d) Siendo el agua en las ciudades del Estado un recurso escaso, para la eficiente prestación del servicio, todos los usuarios deberán contar con contenedores de agua que sea suficiente para satisfacer la necesidad familiar considerando este el beneficio de cuatro miembros, calculando la dotación de 300 litros por habitante por día.

e) A los usuarios comerciales e industriales que tengan en uso equipo para reciclar el agua, tendrán un descuento del 5% sobre el importe de su recibo por consumo de agua potable siempre y cuando, estos se encuentren al corriente en sus pagos.

f) En los predios donde exista subdivisiones o más de una casa habitación; local comercial o predios para disponer de los servicios por cada uno, se deberá solicitar y contratar en forma independiente los servicios de agua y drenaje.

Artículo 35.- En los domicilios en donde la toma de agua y la descarga de drenaje sanitario sea necesario cambiarla por que la vida útil de los mismos a vencido, el usuario deberá solicitar la rehabilitación de una o ambas con costo al mismo usuario, derivado éste del presupuesto respectivo, sin necesidad de volver hacer contrato, de acuerdo al Artículo 165,fracción I incisos b), c), d), g), h), de la Ley de Agua del Estado de Sonora.

Artículo 36.- A partir de la entrada en vigor del presente acuerdo, dejarán de cobrarse las tarifas y derechos de conexión por los servicios de Agua Potable y Alcantarillado, anteriormente publicadas en el

63

Page 64: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Boletín Oficial del Gobierno del Estado, permaneciendo vigentes los cobros por cualquier otros conceptos distintos a los aquí expresados.

SECCION IIPOR EL SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO

Artículo 37.- Por la prestación del servicio de Alumbrado Público los propietarios y poseedores de predios construidos o de predios no edificados o baldíos ubicados en las zonas urbanas o suburbanas de las poblaciones municipales, pagarán un derecho en base al costo total del servicio que se hubieran ocasionado con motivo de su prestación, entre el número de usuarios registrados en la Comisión Federal de Electricidad, mas el número de los propietarios y poseedores de predios construidos o de predios no edificados o baldíos que no cuenten con dicho servicio en los términos de la Ley de Hacienda Municipal.

En el ejercicio 2010, será una cuota mensual de $39.39 (Son: Treinta y nueve pesos 39/100 M.N.) como tarifa general misma que se pagará bimestralmente en los servicios de febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre de cada año, pudiéndose hacerse por anualidad anticipada y se incluirán en los recibos correspondientes al pago del impuesto predial. En estos casos, el pago deberá realizarse en las oficinas recaudadoras de la Tesorería Municipal o en las instituciones autorizadas para el efecto.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, el Ayuntamiento podrá celebrar convenios con la Comisión Federal de Electricidad, o con la institución que estime pertinente, para el efecto que el importe respectivo se pague en las fechas que señalen los recibos que expida la Comisión Federal de Electricidad o la institución con la que haya celebrado el convenio de referencia.

Con la finalidad de no afectar a las clases menos favorecidas, se establece la siguiente tarifa social mensual de $5.00 (Son: Cinco pesos 00/100 M.N.) la cual se pagará en los mismos términos del párrafo segundo de este artículo.

64

Page 65: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

SECCION IIIPOR SERVICIO DE LIMPIA

Artículo 38.- Por la prestación de servicio público de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos, se causará derechos a cargo de los propietarios o poseedores de predio urbanos conforme a las siguientes cuotas por los conceptos de:

I.- Limpieza de lotes baldíos y casas abandonadas, por metro cuadrado. $ 5.00

II.- Prestación del servicio especial de limpia a los comercios, industrias Prestadores de servicios, particulares o dependencias y entidades Públicasque generen volúmenes extraordinarios de basura, desperdicios o residuos sólidos, que requieran atención especial o fuera de las horas o periodicidad normal de trabajo. (Tarifa mensual) $4,000.00

III.- Barrido de calles, frente a los comercios, negocios u oficinas asentadas Por metro cuadrado $5.00

SECCIÓN IVPOR SERVICIO DE PANTEONES

Artículo 39.-.- Por los servicios que se presten en materia de panteones, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

65

Page 66: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

I.-Por la inhumación, exhumación o reinhumación de cadáveres:

a) En gavetas: 1.- Doble 24.0 2.- Sencilla 12.0

Artículo 40.- La inhumación en la fosa común de cadáveres y restos humanos de personas desconocidas, que remitan las autoridades competentes, así como aquellas otras inhumaciones que, de conformidad con las disposiciones administrativas que emita el ayuntamiento, sean a título gratuito, no causarán los derechos a que se refiere este Capítulo.

Asimismo, cuando alguna autoridad en cumplimiento de sus atribuciones determine la exhumación, reinhumación o cremación de cadáveres, restos humanos o restos humanos áridos, dichas actividades se realizarán en forma gratuita.

Artículo 41.- Cuando el servicio público de panteones se preste fuera del horario de trabajo, se causarán el doble de los derechos correspondientes.

SECCION VPOR SERVICIO DE RASTROS

Artículo 42.- Por los servicios que preste el Ayuntamiento en materia de rastros se causarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el MunicipioI.- El sacrificio de:

a) Novillos, toros y bueyes: 2.50

66

Page 67: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

b) Vacas: 2.50c) Vaquillas: 2.50d) Ganado porcino: 1.00e) Utilización de corrales por cabeza diaria 1.00f) Ganado caballar 2.50

SECCIÓN VIPOR SERVICIOS DE SEGURIDAD PÚBLICA

Artículo 43.- Por las labores de vigilancia en lugares específicos, que desarrolle el personal auxiliar de la policía preventiva, se causarán los siguientes derechos:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

Por cada policía auxiliar, diariamente: 6.60

67

Page 68: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

SECCION VIITRÁNSITO

Artículo 44.- Por los servicios que en materia de tránsito presten los ayuntamientos, se pagarán derechos conformes a las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

I.- Por la presentación de los exámenes que serealicen ante la autoridad de tránsito para laobtención de:

a) licencias de operador de servicio público detransporte: 1.10b) Licencia de motociclista: 1.10c) Permiso para manejar automóviles de servicioparticular para personas mayores de 16 años ymenores de 18: 2.20

II.- Por el almacenaje de vehículos en los lugares designados por el departamento de transito:

a) Vehículos ligeros, hasta 3,500 kilogramos, diariamente por los primeros treinta días $ 40.00b) Vehículos pesados, con mas de 3,500 kilogramos, diariamente, por los primeros treinta días $ 70.00

III.- Por la autorización para que determinado espacio de la vía pública sea destinado

68

Page 69: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

al estacionamiento exclusivo de vehículos, por metro cuadrado, mensualmente:

a) Por metro cuadrado mensualmente $40.00b) Por metro cuadrado mensualmente para

Servicios especiales de transporte $ 60.00

IV.- Por la expedición anual de placas de circulación de vehículos que se accionen por medio de la energía humana o animal o de propulsión sin motor, anualmente: $ 100.00

Artículo 45.- Para hacer efectiva la recaudación por concepto de Derecho de estacionamiento de vehículos en la vía pública, deberá ajustarse a lo establecido por el Artículo 6° fracciona II, en relación al Artículo 128 de la Ley de Hacienda Municipal, debiendo acordar por el Ayuntamiento, disposiciones de observancia general, en donde se establezcan formas y plazos de pagos diferentes a lo señalado en el propio Artículo 128, de la Ley de referencia, en el supuesto de no contar con sistemas de control de tiempo y espacio.

SECCION VIIIPOR SERVICIOS DE DESARROLLO URBANO

Artículo 46.- Por los servicios que se presten en materia de Desarrollo Urbano, se causaran los siguientes derechos:

I.- Por la autorización para la fusión, subdivisión o relotificación de terrenos:

a) Por la fusión de lotes, por lote fusionado: $ 315.00b) Por la subdivisión de predios, por cada lote resultante de la subdivisión: $ 315.00c) Por relotificación, por cada lote: $ 315.00

69

Page 70: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

II.- Por la expedición de constancia de zonificación 5.0 de veces el salario mínimo general vigente en el municipio.

Por la expedición de licencias de construcción, modificación o reconstrucción, se causarán derechos conforme a las siguientes cuotas, debiendo considerar el valor de la obra y los siguientes rubros:

Artículo 47.- Por la expedición de licencias de construcción, modificación o reconstrucción, se causarán los siguientes derechos:

I.- En licencias de tipo habitacional:

a) Hasta por 60 días, para obras cuyo volumen no exceda de 30 metros cuadrados, 5.0 salarios mínimo general vigente en el municipio.

b) Hasta por 180 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 30 metros cuadrados y hasta 70 metros cuadrados, el 3.5% sobre el valor de la obra;

c) Hasta por 270 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 70 metros cuadrados y hasta 200 metros cuadrados, el 5% sobre el valor de la obra;

d) Hasta por 360 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 200 metros cuadrados y hasta 400 metros cuadrados, el 7% sobre el valor de la obra:

e) Hasta por 540 días, para obras cuyo volumen exceda de 400 metros cuadrados, el 7 % sobre el valor de la obra.

II.- En licencias de tipo comercial, industrial y de servicios:

a) Hasta por 60 días, para obras cuyo volumen no exceda de 30 metros cuadrados, el 4.5 veces del salario mínimo general vigente en el municipio;

b) Hasta por 180 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 30 metros cuadrados y hasta 70 metros cuadrados, el 5 % sobre el valor de la obra;

70

Page 71: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

c) Hasta por 270 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 70 metros cuadrados y hasta 200 metros cuadrados, el 7 % sobre el valor de la obra;

d) Hasta por 360 días, para obras cuyo volumen se comprenda en más de 200 metros cuadrados y hasta 400 metros cuadrados, el 8 % sobre el valor de la obra; y

e) Hasta por 540 días, para obras cuyo volumen exceda de 400 metros cuadrados, el 9 % sobre el valor de la obra.

En caso de que la obra autorizada conforme a este artículo, no se concluya en el tiempo previsto en la licencia respectiva, se otorgará una prórroga de la misma, por la cual se pagará el 50% del importe inicial, hasta la conclusión de la obra de que se trate.

Artículo 48.- En materia de fraccionamientos, se causarán los siguientes derechos:

I- Por la expedición de licencias de uso de suelo, el 1% del salario mínimo general vigente en el municipio, por metro cuadrado. Tratándose de fraccionamientos habitacionales o comerciales bajo el régimen de condominio, el 1% del salario mínimo general vigente en el municipio, por metro cuadrado, durante los primeros 250 metros cuadrados del área vendible y el .50% de dicho salario, por cada metro cuadrado adicional; y

II.- Por la autorización para el cambio de uso del suelo o para el cambio en la clasificación de un fraccionamiento que se efectúe de conformidad con el artículo 98, segundo párrafo de la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Sonora, 30 veces el salario mínimo general vigente en el municipio.

Artículo 49.- Por la expedición del documento que contenga la enajenación de inmuebles que realicen los ayuntamientos, en los términos del Capítulo Cuarto del Título Séptimo de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, se causará un derecho del 5 % sobre el precio de la operación.

Artículo 50.- Por los servicios catastrales prestados por el Ayuntamiento, se pagarán los derechos conforme a la siguiente base:

71

Page 72: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

I.- Por expedición de certificados catastrales simples $ 130.00II.- Por certificación de copias de cartografía catastral, por cada Hoja $ 130.00III.- Por expedición de copias simples de cartografía catastral, por cada predio: $ 200.00IV.- Por asignación de clave catastral a lotes de terreno de fraccionamientos, por cada clave: $ 50.00V.- Por certificación del valor catastral en la manifestación de traslación de dominio, por cada certificación: $ 200.00VI.- Por expedición de certificados de no inscripción de bienes inmuebles: $ 150.00VII.- Por expedición de certificados de no propiedad y otros, por cada uno: $ 150.00VIII.- Por expedición de certificados catastrales c/ medidas y colindancias: $ 200.00

Artículo 51.- Por los servicios que se presten en materia de protección civil y bomberos, se causarán los derechos conforme a la siguiente base:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

a) Por la revisión de por metro cuadrado de construcciones:1.- Casa habitación. 1 a 102.- Edificios públicos y salas de espectáculos. 1 a 103.- Comercios. 1 a 104.- Almacenes y bodegas. 1 a 105.- Industrias. 1 a 10

72

Page 73: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

b) Por la revisión de por metro cuadrado de ampliación deconstrucciones:1.- Casa habitación. 1 a 102.- Edificios públicos y salas de espectáculos. 1 a 103.- Comercios. 1 a 104.- Almacenes y bodegas. 1 a 105.- Industrias. 1 a 10

c) Por la revisión y regularización de sistemas contraincendios por metro cuadrado de construcción en:1.- Casa habitación. 1 a 102.- Edificios públicos y salas de espectáculos. 1 a 203.- Comercios. 1 a 304.- Almacenes y bodegas. 1 a 405.- Industrias. 1 a 50

d) Por peritajes en la revisión de incendios en inmuebles y lavalorización de daños en:1.- Casa habitación. 1 a 202.- Edificios públicos y salas de espectáculos. 1 a 303.- Comercios. 1 a 404.- Almacenes y bodegas. 1 a 505.- Industrias. 1 a 100

Por el concepto mencionado en este inciso y por todos los apartados que lo componen, el número de veces que se señala como salario mínimo general, se cubrirá por cada $1,000.00 (Mil pesos 00/100 M.N.), de la suma asegurada.

e) Por servicios especiales de cobertura de seguridad: 1 a 50

Los salarios mínimos generales que se mencionan en este inciso, como pago de los servicios, comprende una unidad bombera y cinco elementos, adicionándose un salario mínimo general al establecido por cada bombero adicional.

73

Page 74: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

f) Por la instrucción a personal de seguridad y trabajadores por un tiempo mínimo de 4 horas por:Número de veces el salario

mínimo general vigente en el Municipio

1.- 10 Personas. 52.- 20 Personas. 103.- 30 Personas. 20

g) Formación de brigadas contra incendios en:1.- Comercio. 52.- Industrias. 15

h) Por la revisión de proyectos para factibilidad deservicios en fraccionamientos por:1.- Iniciación, (por hectárea). 1 a 502.- Aumento de lo ya fraccionado,(por vivienda en construcción) 1 a 50

i) Por servicio de entrega de agua en auto tanque fuera del perímetro del Municipio, hasta de 10 kilómetros 1 a 25

j) Por traslados en servicios de ambulancias:1.- Dentro de la ciudad. 1 a 202.- Fuera de la ciudad. 1 a 50

k) Por la expedición de certificaciones de número oficial: 1 a 5

l) Por la expedición de certificados de seguridad, en los términos de los Artículos 35, inciso g) y 38, inciso e) del Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos 1 a 50

SECCION IX

74

Page 75: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

OTROS SERVICIOS

Artículo 52.- Las actividades señaladas en el presente artículo causarán las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el MunicipioI.- Por la expedición de:

a) Certificados: 2.20

b) Legalizaciones de firmas: 2.20

c) Certificación de no adeudo a créditos fiscales 2.20

d) Certificados de documentos por hoja 2.20

e) Ley de transparencia -Por copia certificada de la información 2.00-Información en disco flexible 3 1/2 0.53-Información en disco compacto 2.00

f) Licencias y Permisos Especiales Anuencias (Uso de piso) de 2.5 a 250

g) Cuotas por servicios en Unidad Básica de Rehabilitación (DIF Municipal) 1.00

h) Cuotas por servicios consulta psicológicas yJurídicas (DIF Municipal) 1.00

i) Servicios Funerarios (Embalsamamientos) e 20.0 a 50.00

75

Page 76: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

j) Venta de Ataúdes de 120.0 a 250.00

l) Construcción de gavetas:- Dobles 141.00- Sencillas 85.00

Por el concepto de traslado en carroza, se cobrara de acuerdo a la distancia recorrida.

SECCION X

LICENCIAS PARA LA COLOCACION DE ANUNCIOS O PUBLICIDAD

Artículo 53.- Por el otorgamiento de licencias o permisos o autorizaciones para la colocación de anuncios y carteles o cualquier tipo de publicidad, excepto la que se realice por medio de televisión, radio, periódicos, revistas e internet, se pagarán los derechos conforme a la siguiente tarifa:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

I.- Anuncios y carteles luminosos, hasta 10m2 20.0II.- Anuncios y carteles no luminosos, hasta 10m2: 15.0

Artículo 54.- Los pagos a que se refiere el artículo anterior, así como sus refrendos, serán cubiertos por las personas físicas o morales que fijen o coloquen los anuncios o carteles o realicen cualquier tipo de publicidad en los términos señalados en esta sección.

Serán responsables solidarios los propietarios de los predios, fincas o vehículos en donde se fijen o coloquen los anuncios o carteles o se lleve a cabo la publicidad, así como las personas físicas o morales cuyos productos, servicios o actividades sean objeto de los anuncios, carteles o publicidad.

76

Page 77: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 55- Estarán exentos del pago de estos derechos, los anuncios, carteles o cualquier tipo de publicidad que realicen las entidades gubernamentales en sus funciones de derecho público, los partidos políticos, las instituciones de asistencia o beneficencia pública, las asociaciones religiosas y las de carácter cultural.

SECCION XI

ANUENCIAS, AUTORIZACIONES Y GUIAS DE TRANSPORTACION ENMATERIA DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO

Artículo 56.- Los servicios de expedición de anuencias municipales para tramitar licencias para la venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico, expedición de autorizaciones eventuales y expedición de guías de transportación de bebidas con contenido alcohólico, causarán derechos atendiendo a la ubicación y al tipo de giro del establecimiento o evento de que se trate, conforme a las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

I.- Por la expedición de anuencias municipales:

1.- Expendio 3,3002.- Tienda de Autoservicio 3,3003.- Cantina, billar o boliche 2,2054.- Centro nocturno 3,3005.- Restaurante 5516.- Centro de Eventos y Salón de Baile 3,3007.- Hotel o motel 1,1028.- Tienda de Abarrotes 2,205

Tratándose de la expedición de anuencias municipales por cambio de domicilio se aplicaran las cuotas anteriores reducidas en un 70%.

77

Page 78: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

II.- Para la expedición de autorizaciones eventuales, por día, si se trata de:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

1.- Fiestas sociales o familiares 11.00 2.- Kermes 11.00

3.- Bailes, graduaciones, bailes tradicionales 11.00

4.- Carreras de caballos, rodeo, jaripeo y eventospúblicos similares 22.00

5.- Box, lucha, béisbol y eventos públicos similares 22.00

6.- Ferias o exposiciones ganaderas, comerciales y eventos públicos similares 33.00

7.- Palenques 33.00

8.- Presentaciones artísticas 33.00

CAPÍTULO TERCEROPRODUCTOS

78

Page 79: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

SECCIÓN UNICA

Artículo 57.-Los productos causaran cuotas y podrán provenir, enunciativamente, de las siguientes actividades:

1.-Placas con número para la nomenclatura de las edificaciones de los centros de población de los Municipios: $ 100.00

2.- Formas impresas $ 6.00

3.-Por mensura, remensura, deslinde o localización de lotes: $ 100.00

4.- Otorgamiento de financiamiento y rendimiento de capitales

5.- Enajenación onerosa de bienes inmuebles

6.- Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles

Artículo 58.- Los ingresos provenientes de los conceptos a los que se refiere el artículo anterior, en los cuales no se establece el cobro, se recaudaran de acuerdo a lo establecido en los contratos o convenios que los originen.

Artículo 59.- El monto de los productos por la enajenación de lotes en los panteones Municipales se establecerá anualmente por los Ayuntamientos, en tarifas que se publicarán en los tableros de avisos del propio Ayuntamiento y en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, y regirán del día primero de enero al treinta y uno de diciembre de cada año.

Artículo 60.- El monto de los productos por cuotas de admisión en eventos de peleas de gallos y carreras de caballos, estará regido por las cuotas y tarifas establecidas por las autoridades de DIF Municipal

CAPITULO CUARTODE LOS APROVECHAMIENTOS

SECCION I

79

Page 80: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 61.-De las multas impuestas por la autoridad municipal por violación a las disposiciones de las Leyes de Tránsito para el Estado de Sonora, de Seguridad Pública para el Estado de Sonora, de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora y de la presente Ley, así como los Bandos de Policía y Gobierno, de los reglamentos, de las circulares y de las demás disposiciones de observancia general en la jurisdicción territorial del municipio y de cualquier otro ordenamiento jurídico cuyas normas faculten a la autoridad municipal a imponer multas, de acuerdo a las leyes y normatividades que de ellas emanen.

SECCION IIMULTAS DE TRANSITO

Artículo 62.- Se impondrá multa equivalente de 15 a 25 veces el salario mínimo diario vigente en cabecera del Municipio:

a) Por transportar en los vehículos, explosivos o productos altamente inflamables sin el permiso correspondiente.

b) Por prestar servicio publico de transporte sin estar concesionado, por cada ocasión. En este caso, además se detendrá hasta por 72 horas el vehículo, impidiendo que continúe circulando y se remitirá al Departamento de Tránsito. A la vez, se comunicará tal situación a la Dirección de Transporte del Estado.

c) Por prestar el servicio público de transporte con las unidades de emergencia simultáneamente con las autorizadas, independientemente de la sanción de cancelación que establece la Ley de Transporte del Estado de Sonora.

Artículo 63.- Se impondrá multa equivalente de 25 a 100 veces de salarios mínimos diario vigente en la cabecera del municipio por los siguientes conceptos:

a) Por conducir vehículos en estado de ebriedad o bajo el influjo de enervantes o estupefacientes y arresto hasta por 36 horas, siempre que no constituya delito, procediendo conforme al artículo 223, fracción VII de la Ley de Tránsito para el Estado de Sonora.

80

Page 81: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

b) Por circular con un vehículo al que le falten las dos placas de circulación, con placas alteradas, vencidas o que no le correspondan, procediéndose además a impedir la circulación del vehículo y debiéndose remitir al Departamento de Tránsito.

c) Por permitir el propietario o poseedor de un vehículo que lo conduzcan por personas menores de 18 años o que carezcan éstos de permiso respectivo, debiéndose además impedir la circulación del vehículo.

Si el automóvil es propiedad de un menor de 18 años y éste es quien lo conduce sin el permiso correspondiente, la multa se aplicará a los padres, tutores como responsables solidarios o quienes ejerzan la patria potestad.

d) Por hacer sitio los automóviles de alquiler en lugar no autorizado.

Artículo 64.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 20 veces de salarios mínimos diario vigente en la cabecera municipal, cuando se incurra en las siguientes infracciones:

a) Realizar competencias de velocidades o aceleración de vehículo, en las vías públicas.

b) Por circular en sentido contrario.

c) Por no respetar la preferencia de paso de los vehículos considerados como de emergencia.

d) Por exceder los limites de velocidad establecidos.

e) Por efectuar reparaciones que no sean de urgencia, así como lavado de vehículos en las vías publicas.

f) Todo conductor de motocicleta de cualquier tipo que esta sea que no use para su protección el casco reglamentario

g) Al conductor de motocicleta de cualquier tipo que esta sea que entable competencia de velocidad con otro vehículo y/o que lleve a mas de dos personas o que transgreda los limites de velocidad establecidos

h) Al que conduzca una motocicleta de cualquier tipo que esta sea que no cuente con disponibilidad audible, luminosos o dispositivos o dispositivos de emergencia.

81

Page 82: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 65.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 10 veces de salario mínimo diario vigente en la cabecera municipal, cuando se incurra en las siguientes infracciones:

a) Por exceder el límite de velocidad en zona escolar. Así como no dar preferencia de paso a los peatones en las áreas respectivas.

b) Por circular cualquier vehículo con el escape abierto, o produciendo por acondicionamiento, defecto o desperfecto o malas condiciones, humo excesivo o ruidos inmoderados, (así como no tener colocado verticalmente los escapes los vehículos que consumen diesel). Además, deberá impedirse que continúe circulando y deberán remitirse al Departamento de Tránsito.

c) Por circular con vehículos que excedan los límites reglamentarios autorizados en el largo, ancho y alto de la unidad. Así como por trasportar carga de gran tamaño o gran peso que por sus características esta sea inamisible y que además no cuente con el señalamiento correspondiente.

d) Por frenar intempestivamente, sin causa justificada, provocando con ello un accidente o conato del mismo.

e) Por no conservar una distancia lateral de seguridad con otros vehículos o pasar tan cerca de las personas o vehículos que constituyen un riesgo.

Artículo 66.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 15 veces de salario mínimo diario vigente en la cabecera del Municipio, al que incurra en las siguientes infracciones:

a) Cambiar intempestivamente de un carril a otro, cruzando la trayectoria de otro vehículo y provocando ya sea, un accidente, una frenada brusca o la desviación de otro vehículo.

b) Salir intempestivamente y sin precaución del lugar de establecimiento.

c) Estacionarse en entrada de vehículos, lugares prohibidos o peligrosos, en sentido contrario o en doble fila; independientemente de que la autoridad proceda a movilizar el vehículo.

82

Page 83: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

d) Estacionar habitualmente por la noche los vehículos en la vía pública, siempre que perjudique o incomode ostensiblemente. Si una vez requerido el propietario o conductor del vehículo persiste, la autoridad procederá a movilizarlo.

e) Circular faltándole al vehículo una o varias de las luces reglamentarias o teniendo estas deficiencias.

f) Circular los vehículos con personas fuera de la cabina o en el lugar distinto a la carga.

g) No disminuir la velocidad en intersecciones, puentes y lugares de gran afluencia de peatones.

h) Dar vuelta a la izquierda, sin respetar el derecho de paso de los vehículos que circulen en sentido opuesto, efectuando esta maniobra sin tomar las precauciones debidas.

i) Falta de calcomanía de revisado y calcomanía de placas fuera de los calendarios para su obtención.

j) Dar vuelta lateralmente o en “U” cuando esté prohibido mediante señalamiento expreso, o dar vuelta en “U” a mitad de cuadra.

k) Falta señalamiento de la razón social, nombre del propietario o de la institución en los vehículos destinados al servicio particular sea de persona o cosas.

l) Circular careciendo de tarjeta de circulación o con una que no corresponda al vehículo o a sus características.

Artículo 67.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 20 veces de salario mínimo diario vigente en la cabecera municipal, cuando se incurra en las siguientes infracciones:

a) Conducir vehículos careciendo de licencia, por olvido, sin justificación o careciendo esta de los requisitos necesarios o que no corresponda a la clase de vehículo para lo cual fue expedida.

b) Conducir en zigzag, con falta de precaución o rebasar por la derecha.

c) Circular faltando una de las placas o no colocarlas en el lugar destinado al efecto.

83

Page 84: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

d) Dar vuelta a la izquierda o derecha sin hacer la señal correspondiente con la mano o con el indicador mecánico, así como indicar la maniobra y no realizarla.

Artículo 68.- Se aplicara multa equivalente de 18 a 20 veces de salario mínimo diario vigente en a cabecera municipal, cuando se incurra en las siguientes infracciones:

a) Por ocupar zonas de estacionamiento exclusivo para personas con discapacidad.

Artículo 69.- Las infracciones a esta Ley en que incurran los conductores o personas ocupantes o no de un vehículo, se sancionaran de la siguiente manera:

I.- Multa equivalente a 33 veces el salario mínimo diario vigente en la cabecera del Municipio.

a) Basura: por arrojar basura en las vías públicas.

II.- Multa equivalente de 5 a 6.50 veces el salario mínimo diario vigente en la cabecera del Municipio.

a) Animales Caninos: Por la captura de animales caninos que deambulen por las calles del Municipio.

b) Ganado vacuno, caballar, porcino y asnal: Por la captura de este tipo de animales que anden deambulando por las calles del municipio.

Artículo 70.- El monto de los aprovechamientos por recargos, remates y venta de ganado mostrenco, indemnizaciones, donativos (al Ayuntamiento y al DIF Municipal) y reintegros, estarán determinados de acuerdo a lo señalado en el artículo 166 de la Ley de Hacienda Municipal.

84

Page 85: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

TÍTULO TERCERODEL PRESUPUESTO

Artículo 71.- Durante el ejercicio fiscal del año 2010, el Ayuntamiento delMunicipio de Santa Ana, Sonora, recaudará ingresos por los conceptos mencionados en el Título Segundo, por las cantidades que a continuación se enumeran:

I.- IMPUESTOS $4,002,983a) Impuesto sobre diversiones y

espectáculos públicos $100b) Impuestos adicionales 892,192

1.- Para obras y acciones de interés general 20% $356,8782.- Para el mejoramiento en la prestación de servicio públicos 15% 267,6573.- Para fomento deportivo 15% 267,657

c) Impuesto predial 1,827,9631.- Recaudación anual 884,5352.- Recuperación de rezagos 561,6023.- Predial rústico 381,826

d) Impuesto sobre traslación dedominio de bienes inmuebles 970,957

e) Impuesto por la prestación delservicio de hospedaje 75,855

f) Impuesto predial ejidal 36,896g) Impuesto municipal sobre tenencia o uso

de vehículos 199,020

II.- DERECHOS 2,205,203a) Alumbrado público 612,356b) Panteones 100

85

Page 86: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

1.- Por la inhumación, exhumación o reinhumación de cadáveres 100

c) Rastros 89,0591.- Sacrificio por cabeza 88,9592.- Utilización de áreas de corrales 100.d) Seguridad pública 3,4981.- Por policía auxiliar 3,498e) Tránsito 2,8081.- Examen para obtención de licencias 1002.- Autorización para estacionamiento exclusivo de vehículos 2,5083.- Solicitud de placas para bicicletas y motocicletas 1004.- Almacenaje de vehículos (corralón) 100f) Desarrollo urbano 1,083,9421.- Expedición licencias de construcción modificación o reconstrucción 961,9392.- Por la expedición del documento que contenga la enajenación de inmuebles que realicen los ayuntamientos (títulosde propiedad) 64,3253.- Expedición de constancias de zonificación 1004.- Autorización para la fusión, subdivisión, o relotificación de terrenos 4,0315.- Por servicios catastrales 41,1866.- Expedición licencias uso de suelo en materia de fraccionamientos 3,3447.- Autorización de cambio de uso de suelo en materia de fraccionamientos 1008.-Servicios en materia de protección 8,917

86

Page 87: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

civil y bomberos voluntariosg) Otros servicios 361,729

1.- Expedición de certificados 5,7592.- Legalización de firmas 165,1473.- Expedición certificados no adeudo de créditos fiscales 2,1364.- Certificación de documentos por hoja 26,7425.-Por copia certificada de la información 1006.-Información en disco flexible 3 ½ 1007.-Información en disco compacto 1008.- Licencias y Permisos Especiales Anuencias (Uso de Piso) 161,645

h) Licencias para la colocación de anuncios o publicidad 2001. - Anuncios y carteles luminosos hasta 10 m2 1002.- Anuncios y carteles no luminosos hasta 10 m2 100

i) Por la expedición de anuencias municipales para tramitar licencias para la venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico 38,1561.- Expendios 37,1562.- Tienda de Autoservicio 2003.- Cantina, billar o boliche 1004.- Centro nocturno 2005.- Restaurant 2006.- Centro de eventos y salón de baile 1007.- Hotel o motel 1008.- Tienda de abarrotes 100

87

Page 88: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

j) Por la expedición de autorizaciones eventuales, por día (eventos sociales) 10,268 1.-Fiestas sociales o familiares 9,5682.-Kermés 1003.-Bailes graduaciones, bailes tradicionales 1004.- Carreras de caballos, rodeo, jaripeo y eventos públicos similares 1005.-Box, lucha, béisbol y eventos públicos Similares 1006.-Ferias o exposiciones ganaderas Comerciales y eventos públicos similares 1007.- Palenques 1008.- Presentaciones artísticas 100

k) Por expedición de anuencias por cambio de domicilio (Alcoholes) 100

l) Servicio de limpia 2,9871.- Limpieza lotes baldíos 2,7872.-Limpia a comercios, industrias y particulares 1003.-Barrido de calles 100

III.- PRODUCTOS 1,656,522a) Enajenación onerosa de bienes muebles 11,146b) Enajenación onerosa de bienes inmuebles 1,615,848 c) Otorgamiento de financiamiento y rendimiento de capitales 2,835d) Venta de placas con número para nomenclatura 8,986e) Venta de formas impresas 100

88

Page 89: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

f) Mensura, remensura, deslinde o localización de lotes 8,499g) Venta de lotes en el Panteón 100h) Arrendamiento de bienesmuebles e inmuebles 9,008

IV.- APROVECHAMIENTOS 316,682a) Multas 114,303b) Recargos 87,642c) Donativos 114,537d) Aprovechamientos diversos 100

1.-Baños públicos 100e) Honorarios de cobranza 100

V.- PARTICIPACIONES 18,458,229a) Fondo general de participaciones 11,185,376b) Fondo de fomento municipal 1,809,175c) Participaciones estatales 88,995d) Impuesto federal sobre tenencia y uso de

vehículos 482,934

e) Fondo de impuesto especial(sobre alcohol y tabaco) 332,896

f) Fondo de impuesto de autos nuevos 102,271g) Participación de premios y loterías 31,354h) Fondo de compensación para

resarcimiento por disminución del impuesto sobre automóviles nuevos

47,851

i) Fondo de fiscalización 3,651,641j) IEPS a gasolinas y diesel 725,736

VI.- APORTACIONES FEDERALES RAMO 33 8,015,312

89

Page 90: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

a) Fondo para el fortalecimiento municipal 6,036,594

b) Fondo de aportaciones para la infraestructura social 1,978,718

TOTAL PRESUPUESTADO $34,654,931

Artículo 72.- Para el ejercicio fiscal del año 2010, se aprueba la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Ayuntamiento del municipio de Santa Ana, Sonora, con un importe total de: $34,654,931.00 (SON: TREINTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.)

Artículo 73.- El presupuesto de ingresos del Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento (OOMAPAS) de Santa Ana, Sonora aplicable para el ejercicio fiscal del año 2010, importa la cantidad de $7,340,068.00 (SON: SIETE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL SESENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.).

Artículo 74.- El presupuesto de ingresos del DIF Municipal de Santa Ana, Sonora, aplicable para el ejercicio fiscal del año 2010, importa la cantidad de $1,232,220.00 (SON: UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTE PESOS 00/100 M.N.).

Artículo 75.- Para el ejercicio fiscal del año 2010, la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos de la Administración Publica Directa y del Sector Paramunicipal del Ayuntamiento del Municipio de Santa Ana, Sonora, asciende a un importe de $43,227,219.00 (SON: CUARENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE PESOS 00/100 M. N.).

Artículo 76.- En los casos de otorgamiento de prorrogas para el pago de créditos fiscales, se causara un interés del 2% mensual, sobre saldos insolutos, durante el año 2010.

Artículo 77.- En los términos del Artículo 33 de la Ley de Hacienda Municipal, el pago extemporáneo de los créditos fiscales, dará lugar al cobro de recargos, siendo la tasa de los mismos de un 50% mayor a la señalada en el Artículo que antecede.

90

Page 91: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 78.- El Ayuntamiento del Municipio de Santa Ana, Sonora, deberá remitir al Congreso del Estado para la entrega al Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización, la calendarización anual de los ingresos aprobados en la presente Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos, a mas tardar el 31 de enero de 2010.

Artículo 79.- El Ayuntamiento del municipio de Santa Ana, Sonora enviara al Congreso del Estado, trimestralmente, dentro de los cuarenta y cinco días siguientes al trimestre vencido, la información y documentación señalada en la fracción XXIII del Artículo 136 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora.

Artículo 80.- El ejercicio de todo ingreso adicional o excedente que reciba el Ayuntamiento, deberá ser informado al Congreso del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 136, fracción XXI, ultima parte de la Constitución Política del Estado de Sonora, y artículo 61, fracción IV, inciso B) de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.

Artículo 81.- Las sanciones pecuniarias o restitutorias que en su caso pudieran cuantificar la Contraloría Municipal o el Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización, se equipararán a créditos fiscales, teniendo la obligación la Tesorería Municipal de hacerlas efectivas.

T R A N S I T O R I O

Artículo Primero.- La presente ley entrará en vigor el día primero de enero del año 2010, previa su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado.

Artículo Segundo.- El Ayuntamiento del Municipio de Santa Ana, remitirá a la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado, por conducto de Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización, la información correspondientes a su recaudación de impuesto predial, así como de los derechos por servicios de agua potable y alcantarillado que recaude el organismo municipal o intermunicipal que preste dicho servicio, incluyendo conceptos accesorios, en los plazos, desglose y términos que sean definidos de conformidad con la reglamentación federal aplicable, a fin de que sea remitida a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su validación y determinación de los coeficientes de distribución de participaciones del Estado y Municipios correspondientes al Fondo General y al Fondo de Fomento Municipal, en los términos de la Ley de Coordinación Fiscal.

91

Page 92: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

92

Page 93: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

1102 DIETAS   540,000.00

  5 Regidores a 9,000.00 c/u.45,000.0

0                

1306 PRIMA VACACIONAL   11,250.00

  5 Regidores a 2,250.00 c/u.11,250.0

0                

1307 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   75,000.00

  5 Regidores a 15,000 c/u75,000.0

0  

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: AY. AYUNTAMIENTO.

PROGRAMA: AR. ACCIÓN REGLAMENTARIA.SUB-PROGRAMA: 01. ADMINISTRACIÓN.

93

Page 94: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

       2601 COMBUSTIBLES   6,000.00

 Consumo de combustibles vehículos de Ayuntamiento. 500.00  

              

2701 VESTUARIOS, UNIFORMES Y BLANCOS   2,400.00  Uniformes para los Regidores. 200.00                

3702 VIATICOS   2,400.00  Viáticos de Ayuntamiento. 200.00                                                                                                                                  TOTAL DE PRESUPUESTO AYUNTAMIENTO:   $637,050.00

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3PROGRAMA: BA. APOYO A LA ADMON Y REG. TEN TIERRA.SUB-PROGRAMA: 01. CONDUCCION Y COORDINACION.

94

Page 95: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

1101 SUELDOS29,075.0

0 348,900.00

  1 Sindica Municipal14,400.0

0    1 Auxiliar de Sindicatura 9,461.00    1 Secretaria de la Sindica 5,214.00         

1301 PRIMA QUINQUENAL AL PERSONAL BUROCRATICO   33,520.00  1 Auxiliar de Sindicatura 1,960.00  

  1 Auxiliar de Sindicatura10,000.0

0         

1305 ESTIMULO AL PERSONAL 350.00 4,200.00  1 Secretaria de la Sindica 350.00         

1306 PRIMA VACACIONAL   6,762.00  1 Sindica Municipal 2,400.00    1 Auxiliar de Sindicatura 3,493.00    1 Secretaria de la Sindica 869.00         

1307 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   59,235.00

  1 Sindica Municipal24,000.0

0  

  1 Auxiliar de Sindicatura26,545.0

0  

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: SIN. SINDICATURA

95

Page 96: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  1 Secretaria de la Sindica 8,690.00         

1308 COMP ADIC SERV ESP PERS CARACT PERMANENTE15,848.0

0 190,176.00  1 Sindica Municipal 9,600.00    1 Auxiliar de Sindicatura 4,510.00    1 Secretaria de la Sindica 1,738.00         

1310 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA   74,052.00  1 Sindica Municipal 6,171.00         

1327 BONO POR DESPENSA   4,356.00  1 Auxiliar de Sindicatura 363.00         

2101 MATERIAL DE OFICINA   2,400.00  Materiales de oficina para Sindicatura 200.00         

2104 ÚTILES DE IMPRESIÓN   4,800.00

 Consumo de materiales de impresión para Sindicatura. 400.00  

       2302 REFACCIONES, ACCESORIOS Y HTAS MENORES   1,200.00

 Consumo de accesorios y herramientas de Sindicatura 100.00  

       

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: SIN. SINDICATURA

PROGRAMA: BA. APOYO A LA ADMON Y REG. TEN TIERRA.SUB-PROGRAMA: 01. CONDUCCION Y COORDINACION.

96

Page 97: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

2601 COMBUSTIBLES   12,000.00

 Consumo de combustibles para vehículos sindicatura. 1,000.00  

       2701 VESTUARIO, UNIFORMES Y BLANCOS   6,000.00

  Uniformes para los empleados de Sindicatura. 500.00         

3103 SERVICIO TELEFÓNICO   18,000.00  Servicio telefónico para sindicatura. 1,500.00         

3505 MTTO Y CONSERV DE EQUIPO DE TRANSPORTE   2,400.00  Asignación para el pago de mtto de equipo de 200.00    transporte de sindicatura.           

3513 CONSERVACION DE SEÑALES DE TRANSITO   1,200.00  Asignación para pago de señales de transito 100.00         

3702 VIÁTICOS   12,000.00  Viáticos de la sindicatura. 1,000.00         

5101 MOBILIARIO DE ADMINISTRACIÓN   2,400.00

 Asignación para mtto de mob y equipo de sindicatura. 200.00  

       5206 EQUIPO DE COMPUTACION ELECTRONICA   18,000.00

97

Page 98: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

 Asignación para equipo de computo de Sindicatura. 1,500.00  

                                                                                                           TOTAL DEL PRESUPUESTO SINDICATURA:   $801,601.00

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

1101 SUELDOS32,666.0

0 391,992.00  1 Presidente Municipal 19,105.0  

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: PM. PRESIDENCIA MUNICIPAL.

PROGRAMA: CA. ACCIÓN PRESIDENCIAL.SUB-PROGRAMA: 01. ASUNTOS DEL PRESIDENTE M.

98

Page 99: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

0  1 Secretaria de Presidencia 5,214.00    1 Secretario Particular del Presidente 4,000.00    1 Asesor Legal 4,347.00         

1305 ESTIMULO AL PERSONAL   4,200.00  1 Secretaria de Presidencia 350.00         

1306 PRIMA VACACIONAL   4,720.00  1 Presidente Municipal 3,184.00    1 Secretaria de Presidencia 869.00    1 Secretario Particular del Presidente 667.00         

1307 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   49,531.00

  1 Presidente Municipal31,841.0

0    1 Secretaria de Presidencia 8,690.00    1 Secretario Particular del Presidente 9,000.00         

1308COMP ADIC POR SERV ESP PERS CARACT PERMANENTE

19,957.00 239,484.00

  1 Presidente Municipal13,019.0

0    1 Secretaria de Presidencia 1,738.00    1 Secretario Particular del Presidente 2,000.00    1 Asesor Legal 3,200.00         

1310 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA17,809.0

0 213,708.00

  1 Presidente Municipal13,661.0

0    1 Secretario Particular del Presidente 1,668.00    1 Asesor Legal 2,480.00         

2101 MATERIAL DE OFICINA   6,000.00

99

Page 100: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  Materiales de oficina para presidencia. 500.00         

2104 MATERIALES Y UTILES DE IMPRESIÓN   6,000.00  Materiales de impresión para presidencia 500.00         

2201PRODUCTOS ALIMENTICIOS PERSONAL INSTALACIONES   12,000.00

  Alimentos para personal en instalaciones 1,000.00         

2304 REFACC. Y ACCES. PARA EL EQPO DE COMPUTO   3,600.00  Refacciones para equipo de Presidencia 300.00                

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

2601 COMBUSTIBLES   48,000.00

 Consumo de combustibles para vehículos Presidencia. 4,000.00  

       2602 LUBRICANTES Y ADITIVOS   12,000.00

  Consumo lub y adit para vehículos de Presidencia 1,000.00  

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: PM. PRESIDENCIA MUNICIPAL.

PROGRAMA: CA. ACCIÓN PRESIDENCIAL.SUB-PROGRAMA: 01. ASUNTOS DEL PRESIDENTE M.

100

Page 101: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

       2701 VESTUARIOS, UNIFORMES Y BLANCOS   6,000.00

  Uniformes para Presidencia. 500.00         

3103 SERVICIO TELEFÓNICO   48,000.00  Servicio telefónico para Presidencia. 4,000.00         

3203 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE   74,400.00  Renta de vehiculo para Presidencia. 6,200.00         

3403 SEGUROS Y FIANZAS   12,000.00  Pago de seguros y fianzas para Presidencia. 1,000.00         

3406 OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS   1,200.00  Para pago de placas y tenencias de Presidencia. 100.00         

3501 MTTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO   1,200.00  Asignación para mantenimiento de mobiliario 100.00         

3505 MTTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE   6,000.00  Asignación para el pago de mtto de equipo de 500.00    transporte de presidencia.           

3602 GASTOS DE DIFUSION E IMAGEN INSTITUCIONAL   12,000.00  Para cubrir costos de servicios de difusión 1,000.00         

3702 VIÁTICOS   36,000.00  Viáticos de la presidencia. 3,000.00         

3801 GASTOS CEREMONIALES Y DE ORDEN SOCIAL   300,000.00

 Gastos ceremoniales y de orden social de presidencia.

25,000.00  

       3907 AYUDAS DIVERSAS   18,000.00

101

Page 102: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  Para ayudas a personas escasos recursos 1,500.00         

3908 BECAS EDUCATIVAS   24,000.00  Ayuda a estudiantes de distintos niveles educativos 2,000.00                

  TOTAL DE PRESUPUESTO PRESIDENCIA:  $1,530,035.

00

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

1101 SUELDOS25,063.0

0 300,756.00

  1 Secretario del Ayuntamiento13,200.0

0    1 Dir. Comunicación Social 4,800.00    1 Dir. Casa de la Cultura 4,800.00    1 Auxiliar Casa de la Cultura 2,263.00         

1202 REMUNERACIONES DIVERSAS 7,630.00 91,560.00  1 Cronista 4,000.00    1 auxiliar accion civica 3,630.00         

1305 ESTÍMULOS AL PERSONAL   12,600.00  1 Auxiliar Casa de la Cultura 1,050.00         

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: SA. SECRETARÍA DEL AYTO.

PROGRAMA: DA. POLÍTICA Y GOBIERNO MUNICIPALSUB-PROGRAMA: 01. CONDUCCIÓN DEL GOBIERNO.

102

Page 103: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

1306 PRIMA VACACIONAL   6,370.00  1 Secretario del Ayuntamiento 2,200.00    1 Dir. Comunicación Social 800.00    1 Dir. Casa de la Cultura 800.00    1 Auxiliar Casa de la Cultura 377.00    1 Encargada de Biblioteca 500.00    2 Maestras Manualidades a razón de 446 c/u 892.00    1 Auxiliar de Biblioteca 468.00    1 Maestro de Dibujo y Teatro 333.00         

1307 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   63,363.00

  1 Secretario del Ayuntamiento22,000.0

0    1 Dir. Comunicación Social 8,000.00    1 Dir. Casa de la Cultura 8,000.00    1 Auxiliar Casa de la Cultura 3,772.00    1 Encargada de Biblioteca 4,666.00  

 2 Maestras Manualidades a razón de 1,337 quincenales 8,912.00  

  1 Auxiliar de Biblioteca 4,680.00    1 Maestro de Dibujo y Teatro 3,333.00         

1308 COMP ADIC SERV ESP PERS CARACT PERMANENTE15,419.0

0 185,028.00  1 Secretario del Ayuntamiento 8,800.00    1 Dir. Comunicación Social 3,200.00    1 Dir. Casa de la Cultura 3,200.00    1 Auxiliar Casa de la Cultura 219.00         

1309 COMP ADIC SERV ESP PERS CARACT EVENTUAL13,156.0

0 157,872.00  1 Encargada de Biblioteca 3,000.00  

 2 Maestras Manualidades a razón de 1,337 quincenales 5,348.00  

  1 Auxiliar de Biblioteca 2,808.00  

103

Page 104: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  1 Maestro de Dibujo y Teatro 2,000.00  

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

1310 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA 8,242.00 98,904.00  1 Secretario del Ayuntamiento 4,088.00    1 Dir. Comunicación Social 4,154.00         

1401 CUOTAS SERVICIO MEDICO ISSSTESON   2,820,000.00

  Aportación de cuotas de todas las dependencias235,000.

00         

1410 CUOTAS FONDO PENSIONES Y JUB ISSSTESON   276,000.00

  Directamente de nuestras participaciones.23,000.0

0         

2101 MATERIAL DE OFICINA   6,000.00  Materiales de oficina para Secretaría. 500.00         

2104 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN   12,000.00

 Consumo de materiales de impresión para Secretaría. 1,000.00  

       

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: SA. SECRETARÍA DEL AYTO. PROGRAMA: DA. POLÍTICA Y GOBIERNO MUNICIPAL

SUB-PROGRAMA: 01. CONDUCCIÓN DEL GOBIERNO.

104

Page 105: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

2601 COMBUSTIBLES   12,000.00

 Consumo de combustibles para vehículos Secretaría. 1,000.00  

       2602 LUBRICANTES Y ADITIVOS   2,400.00

  Lubricantes y aditivos para Secretaría. 200.00         

2701 VESTUARIO, UNIFORMES Y BLANCOS   6,000.00  Uniformes para la dependencia de Secretaría. 500.00         

3101 SERVICIO POSTAL   1,200.00  Pago de servicios de envío de documentación. 100.00         

3103 SERVICIO TELEFÓNICO   48,000.00  Servicio telefónico para secretaría. 4,000.00         

3501 MTTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO   6,000.00  Gastos destinados al pago de servicios de mtto. 500.00         

3505 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE   6,000.00  Mtto de los vehiculos de Secretaría. 500.00         

3604 IMPRESIONES Y PUBLICACIONES OFICIALES   72,000.00  Para publicaciones oficiales de la secretaría. 6,000.00         

3702 VIÁTICOS   6,000.00  Viáticos de la Secretaría. 500.00         

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: SA. SECRETARÍA DEL AYTO.

105

Page 106: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

3903 CUOTAS 3,000.00

 Asignación para suscripciones a revistas y periodicos. 250.00  

     

4101 APOYO PRESUPUESTARIO A ORGANISMOS E INST.53,100.0

0 637,200.00  Bomberos 6,000.00    Secretaría de Salud 4,600.00  

  DIF Municipal36,000.0

0    ISAPAF 5,500.00    Otras Instituciones 1,000.00       

4103 ACCIONES SOCIALES BASICAS 312,000.00

  Pago de desayunos y despensas 26,000.0

0       

5206 EQUIPO DE COMPUTACION ELECTRONICA   15,000.00  Asignación para equipo de computo de Secretaría. 1,250.00                                      

PROGRAMA: DA. POLÍTICA Y GOBIERNO MUNICIPALSUB-PROGRAMA: 01. CONDUCCIÓN DEL GOBIERNO.

106

Page 107: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

                                                                                  

  TOTAL DE PRESUPUESTO SECRETARÍA:  $5,157,253.

00

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

1101 SUELDOS46,994.0

0 563,928.00

  1 Tesorero Municipal13,200.0

0    1 Contador 6,665.00  

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: TM. TESORERÍA MUNICIPAL.

PROGRAMA: EY. ADMON DE POLÍTICA DE INGRESOS.SUB-PROGRAMA: 01. REGLAM. ADMON. TRIBUTARIA.

107

Page 108: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  1 Auxiliar en Tesorería 4,368.00    1 Auxiliar de ICRESON 4,674.00    1 Auxiliar Contable 7,132.00    1 Cajera 5,214.00    1 Auxiliar de Tesorería 5,741.00         

1201 HONORARIOS Y COMISIONES   78,000.00  Pago de Servicio Asesor Contable 6,000.00         

1301 PRIMA QUINQUENAL AL PERSONAL BUROCRATICO 9,705.00 116,460.00  1 Auxiliar de ICRESON 437.00    1 Auxiliar Contable 1,444.00    1 Auxiliar Contable 6,000.00    1 Auxiliar de Tesorería 1,824.00         

1305 ESTÍMULOS AL PERSONAL 6,717.00 80,604.00  1 Auxiliar en Tesorería 3,095.00    1 Auxiliar de ICRESON 2,798.00    1 Auxiliar Contable 474.00    1 Cajera 350.00         

1306 PRIMA VACACIONAL   9,058.00  1 Tesorero Municipal 2,200.00    1 Contador 1,111.00    1 Auxiliar en Tesorería 728.00    1 Auxiliar de ICRESON 1,575.00    1 Auxiliar Contable 2,575.00    1 Cajera 869.00         

1307 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   88,678.00

  1 Tesorero Municipal22,000.0

0  

  1 Contador10,000.0

0    1 Auxiliar en Tesorería 7,280.00  

108

Page 109: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  1 Auxiliar de ICRESON 3,813.00  

  1 Auxiliar Contable19,575.0

0    1 Cajera 8,690.00  

  1 Auxiliar de Tesorería17,320.0

0         

1308 COMP ADIC SERV ESP PERS CARACT PERMANENTE25,106.0

0 301,272.00  1 Tesorero Municipal 8,800.00    1 Contador 3,000.00    1 Auxiliar en Tesorería 2,426.00    1 Auxiliar de ICRESON 2,596.00    1 Auxiliar Contable 3,171.00    1 Cajera 1,738.00    1 Auxiliar de Tesorería 3,375.00  

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

1310 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA 7,709.00 92,508.00  1 Tesorero Municipal 4,088.00    1 Contador 3,621.00       

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: TM. TESORERÍA MUNICIPAL.

PROGRAMA: EY. ADMON DE POLÍTICA DE INGRESOS.SUB-PROGRAMA: 01. REGLAM. ADMON. TRIBUTARIA.

109

Page 110: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

1327 BONO PARA DESPENSA 1,560.00 18,720.00  1 Auxiliar de ICRESON 367.00    1 Auxiliar Contable 557.00    1 Auxiliar de Tesorería 636.00  

       2101 MATERIAL DE OFICINA   12,000.00

  Materiales de oficina para Tesorería Mpal. 1,000.00       

2104 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN   18,000.00  Consumo de mat. de impresión para Tesorería Mpal. 1,500.00       

2201PRODUCT. ALIMENTICIOS P/PERS.EN INSTALACIONES   12,000.00

  Alimentos para personal de Tesorería. 1,000.00       

2304 REFACCIONES Y ACCS PARA EQUIPO DE COMPUTO   6,000.00  Costo de refacciones para equipo de computo. 500.00       

2503 MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS   6,000.00  Adquisicion de medicamentos. 500.00       

2601 COMBUSTIBLES   36,000.00  Consumo de combustibles para vehículos Tesorería. 3,000.00       

2602 LUBRICANTES Y ADITIVOS   3,000.00  Lubricantes y aditivos para Tesorería. 250.00       

2701 VESTUARIO, UNIFORMES Y BLANCOS   6,000.00  Uniformes para personal de Tesorería. 500.00         

3103 SERVICIO TELEFÓNICO   54,000.00  Servicio telefónico para Tesorería. 4,500.00       

3301 ASESORIA Y CAPACITACIÓN   1,200.00

110

Page 111: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  Pago a terceros por servicios profesionales. 100.00       

3402 GASTOS FINANCIEROS   24,000.00  Para cubrir diversos gastos financieros. 2,000.00       

3404 IMPUESTOS DE IMPORTACION   1,200.00

 Pago de impuestos de bienes adquiridos en el extranj. 100.00  

     3501 MTTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO   12,000.00

  Costo de mtto y cons de mob y equipo de Tesorería 1,000.00       

3601 IMPRESIÓN DE DOCUMENTOS OFICIALES   6,000.00  Asignación para impresión de docs oficiales de Tes. 500.00  

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

3702 VIÁTICOS   12,000.00  Viáticos de la Tesorería Mpal. 1,000.00       

3909 SERVICIOS DE ADMON DEL IMPUESTO PREDIAL   48,000.00

 Para cubrir porcentaje de la elaboración de la boleta. 4,000.00  

     

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: TM. TESORERÍA MUNICIPAL.

PROGRAMA: EY. ADMON DE POLÍTICA DE INGRESOS.SUB-PROGRAMA: 01. REGLAM. ADMON. TRIBUTARIA.

111

Page 112: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

5102 EQUIPO DE ADMINISTRACION   12,000.00   Adquisición de equipo para Tesorería. 1,000.00  

     

9101 AMORTIZACION DEL PASIVO198,855.

00 2,086,260.00

  Para pago de aguinaldos Secretaria de Hacienda150,000.

00  

  FAPES16,000.0

0  

  Contrato Agua Potable32,855.0

0       

9102 PAGO DE INTERESES63,910.0

0 736,920.00

  Intereses del prestamo para aguinaldo15,000.0

0  

  Intereses FAPES11,500.0

0  

  Intereses Agua Potable37,410.0

0                                                    

  TOTAL DE PRESUPUESTO TESORERÍA:  $4,441,808.

00

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DOP. DIR. OBRAS PUBLICAS

PROGRAMA: HW. PROM. Y EJEC. DE OBRAS PUB.SUB-PROGRAMA: 03. EJECUCION DE OBRAS P.

112

Page 113: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

1101 SUELDOS94,591.0

0 1,135,092.00

  1 Director de Obras Públicas12,369.0

0    1 Auxiliar Obras Públicas 7,226.00    1 Supervisor 7,732.00    1 Responsable de Taller y Maquinaria 4,200.00  

  2 Operadores de Maq. pesada a razón de 7,307 c/u14,614.0

0    1 Operador de Maquinaria Pesada 5,350.00    1 Operador de Maquinaria Pesada 7,307.00    1 Operador de Maquinaria Pesada 4,905.00  

  2 Choferes a razón de 5,014 c/u10,028.0

0    1 Jornalero 2,999.00    2 albañiles a razón de 4,412 c/u 8,824.00    1 Albañil 3,883.00    1 Topografo 5,154.00         

1205 SALARIO AL PERSONAL EVENTUAL 500.00 6,000.00       

1301 PRIMA QUINQUENAL AL PERSONAL BUROCRATICO 7,466.00 109,592.00  1 Supervisor 1,655.00    2 Operadores de Maq. Pesada a razón de 1,013 c/u 2,026.00    1 Operador de Maquinaria Pesada 758.00    1 Operador de Maquinaria Pesada 1,512.00  

113

Page 114: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  1 Operador de Maquinaria Pesada 286.00    1 Chofer 761.00    2 albañiles a razón de 234 c/u 468.00    1 Operador de Maquinaria Pesada 4,000.00    1 Operador de Maquinaria Pesada 4,000.00    1 Operador de Maquinaria Pesada 4,000.00    1 Albañil 4,000.00    1 Topografo 4,000.00         

1305 ESTÍMULOS AL PERSONAL 3,482.00 41,784.00  1 chofer 2,482.00    1 Responsable de Taller y Maquinaria 1,000.00         

1306 PRIMA VACACIONAL   25,825.00  1 Director de Obras Públicas 2,061.00    1 Auxiliar Obras Públicas 1,204.00    1 Supervisor 2,948.00    1 Responsable de Taller y Maquinaria 700.00  

 2 Operadores de Maq. Pesada a razón de 2,348.00 c/u 4,696.00  

  1 Operador de Maquinaria Pesada 2,755.00    1 Operador de Maquinaria Pesada 2,338.00    1 Operador de Maquinaria Pesada 1,558.00    1 Chofer 1,354.00    1 Chofer 836.00    1 Jornalero 500.00  

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DOP. DIR. OBRAS PUBLICAS

PROGRAMA: HW. PROM. Y EJEC. DE OBRAS PUB.SUB-PROGRAMA: 03. EJECUCION DE OBRAS P.

114

Page 115: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL         1 Albañil 1,243.00    1 Albañil 1,077.00    1 Albañil 934.00    1 Topografo 1,621.00         

1307 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   222,924.00

  1 Director de Obras Públicas20,615.0

0  

  1 Auxiliar Obras Públicas12,043.0

0  

  1 Supervisor22,405.0

0  

  1 Responsable de Taller y Maquinaria11,453.0

0  

 2 Operadores de Maq. Pesada a razón de 20,590 c/u

41,180.00  

  1 Operador de Maquinaria Pesada14,695.0

0  

  1 Operador de Maquinaria Pesada20,505.0

0  

  1 Operador de Maquinaria Pesada13,667.0

0  

  1 Chofer10,290.0

0    1 Chofer 9,027.00    1 Jornalero 5,618.00  

  2 albañiles a razón de 9,510 c/u19,020.0

0    1 Albañil 8,191.00    1 Topografo 14,215.0  

115

Page 116: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

0       

1308COMP ADIC POR SERV ESPEC AL PERS CARACT PERM.

37,878.00 454,536.00

  1 Director de Obras Públicas 5,811.00    1 Auxiliar Obras Públicas 5,136.00    1 Supervisor 4,060.00    1 Responsable de Taller y Maquinaria 2,672.00    2 Operadores de Maq. Pesada a razón de 3,530 c/u 7,060.00    1 Operador de Maquinaria Pesada 2,384.00    1 Operador de Maquinaria Pesada 3,485.00    1 Operador de Maquinaria Pesada 2,288.00    2 Choferes a razón de 402 c/u 804.00    1 jornalero 300.00    2 albañiles a razón de 561 c/u 1,122.00    1 Albañil 428.00    1 Topografo 2,328.00         

1310 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA   56,112.00  1 Director de Obras Públicas 4,676.00         

1327 BONO PARA DESPENSA 3,610.00 43,320.00  1 Supervisor 378.00  

 2 Operadores Maquinaria pesada a razón de 434 c/u 868.00  

  1 Operador de Maquinaria Pesada 355.00    1 Operador de Maquinaria Pesada 269.00    1 Operador de Maquinaria Pesada 367.00    1 Chofer 355.00  

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DOP. DIR. OBRAS PUBLICAS

PROGRAMA: HW. PROM. Y EJEC. DE OBRAS PUB.SUB-PROGRAMA: 03. EJECUCION DE OBRAS P.

116

Page 117: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL         1 Albañil 154.00    2 Albañiles a razon de 355 c/u 710.00    1 Topografo 154.00         

2101 MATERIAL DE OFICINA   6,000.00  Materiales de oficina para Obras Públicas 500.00         

2104 MATERIALES Y UTILES DE IMPRESIÓN   12,000.00  Materiales y utiles para Obras Públicas. 1,000.00         

2201PRODUCT. ALIMENTICIOS P/PERS.EN INSTALACIONES   2,400.00

  Alimentos para personal de Obras Públicas 200.00       

2302 REFACCIONES, ACCS Y HERRAMIENTAS MENORES   12,000.00  Herramientas menores para Obras Públicas 1,000.00         

2601 COMBUSTIBLES   600,000.00

 Consumo de combustibles para vehículos Obras Púb.

50,000.00  

       2602 LUBRICANTES Y ADITIVOS   84,000.00

  Consumo lub y adit para vehiculos de Obras Pub. 7,000.00         

2701 VESTUARIO, UNIFORMES Y BLANCOS   6,000.00  Uniformes para personal de Obras Públicas 500.00  

117

Page 118: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

       2702 PRENDAS DE PROTECCIÓN   2,400.00

  Prendas de protección para trabajadores de Obras 200.00         

3103 SERVICIO TELEFÓNICO   9,600.00  Servicio telefónico para Dir de Obras Publicas. 800.00         

3401 ALMACENAJE, FLETES Y MANIOBRAS   6,000.00  De materiales de la Dirección de Obras Publicas. 500.00         

3502 MTTO Y CONS DE MAQUINARIA Y EQUIPO   360,000.00

  Maq y equipo de la Dir de Obras Publicas.30,000.0

0         

3505 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE   60,000.00

 Mtto y Cons de Eq de Transporte de la Dir Obras Pub. 5,000.00  

       3702 VIÁTICOS   9,600.00

  Viáticos de la Dirección de Obras Publicas. 800.00         

5101 MOBILIARIO DE ADMINISTRACION   6,000.00  Asignación para compra de mobiliario de oficina 500.00         

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DOP. DIR. OBRAS PUBLICAS

PROGRAMA: HW. PROM. Y EJEC. DE OBRAS PUB.SUB-PROGRAMA: 03. EJECUCION DE OBRAS P.

118

Page 119: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

5203 MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCION   12,000.00  Compra de retroexcavadora y motoconformadora 1,000.00         

5206 EQUIPO DE COMPUTACION ELECTRONICA   36,420.00  Asignación para compra de equipo de computo 3,035.00         

5301 VEHICULOS Y EQUIPO TERRESTRE   1,200.00  Asignación para compra de vehiculos en Obras P. 100.00         

6107FDO APORT P/INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL   2,365,934.00

  Ejecución de obras de Inf. Social Municipal.236,593.

40         

6206 OBRAS PUBLICAS POR ADMINISTRACIÓN 100.00 1,200.00  Ejecución de obras con recursos propios                                                                                                      

119

Page 120: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

                                   

  TOTAL PRESUPUESTO DIR. OBRAS PUBLICAS:  $5,687,939.

00

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

1101 SUELDOS177,949.

00 2,135,388.00

  1 Director de Servicios Públicos12,369.0

0    1 Director Rastro Municipal 5,102.00    1 Auxiliar Contable 3,883.00    1 Electricista 8,510.00  

 2 Supervisor de Serv. Públicos a razón de 7,038 c/u

14,076.00  

  1 Supervisor de Servicios Públicos 7,578.00    1 Responsable de Maquinaria 4,200.00    1 Operador de Maquinaria Pesada 7,307.00  

  5 Choferes a razón de 3,812.00 c/u19,060.0

0    1 Chofer 3,354.00  

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DSP. DIR. SERVICIOS PUB.

PROGRAMA: IB. ADMON DE LOS SERV. PÚB.SUB-PROGRAMA: 01. ADMINISTRACIÓN.

120

Page 121: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  22 Jornaleros a razón de 3,071 c/u67,562.0

0    1 jornalero 3,671.00    1 jornalero 2,634.00    2 veladores a razón de 4,708 c/u 9,416.00    1 Encargada de Intendencia 2,870.00    1 Encargada de Intendencia 3,074.00    1 Encargada de Intendencia 3,283.00         

1301 PRIMA QUINQUENAL AL PERSONAL BUROCRATICO48,615.0

0 583,380.00  1 Auxiliar Contable 298.00    1 Electricista 455.00    1 Supervisor de Servicios Públicos 192.00    1 Supervisor de Servicios Públicos 1,043.00    1 Operador de Maquinaria Pesada 1,440.00    2 Choferes a razón de 432 c/u 864.00    1 Chofer 214.00    1 Chofer 648.00    1 Chofer 340.00    2 Jornaleros a razón de 144 c/u 288.00    1 Jornalero 287.00    3 Jornaleros a razón de 429 c/u 1,287.00    1 Jornalero 425.00    1 Jornalero 286.00    1 Jornalero 172.00  

  5 Jornaleros a razón de 4,000 c/u20,000.0

0  

  3 Choferes a razón de 4,000 c/u12,000.0

0    4 Jornaleros a razón de 2,000 c/u 8,000.00    1 Encargada de Intendencia 180.00    1 Encargada de Intendencia 196.00         

1305 ESTÍMULOS AL PERSONAL 5,554.00 66,648.00

121

Page 122: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  1 Supervisor de Servicios Publicos 1,180.00    1 Jornalero 1,116.00    1 Jornalero 580.00    1 Jornalero 278.00  

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL         1 Encargada de Intendencia 584.00    1 Electricista 1,816.00         

1306 PRIMA VACACIONAL   42,023.00  1 Director de Servicios Públicos 2,061.00    1 Director Rastro Municipal 850.00    1 Auxiliar Contable 1,067.00    1 Electricista 2,128.00    1 Supervisor 1,686.00    1 Supervisor 1,813.00    1 Supervisor 2,419.00    1 Responsable de Maquinaria 700.00    1 Operador de Maquinaria Pesada 2,698.00    3 Choferes a razón de 1,001.00 c/u 3,003.00    1 Chofer 1,156.00  

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DSP. DIR. SERVICIOS PUB.

PROGRAMA: IB. ADMON DE LOS SERV. PÚB.SUB-PROGRAMA: 01. ADMINISTRACIÓN.

122

Page 123: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  1 Chofer 1,257.00    1 Chofer 787.00  

  17 Jornaleros a razón de 665 c/u11,305.0

0    5 jornaleros a razón de 768.00c/u 3,840.00    1 jornalero 795.00    1 jornalero 439.00    2 veladores a razón de 1,020.000 c/u 2,040.00    1 Encargada de Intendencia 478.00    1 Encargada de Intendencia 732.00    1 Encargada de Intendencia 769.00         

1307 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   537,541.00

  1 Director de Servicios Públicos20,615.0

0  

  1 Director Rastro Municipal12,136.0

0  

  1 Auxiliar Contable12,162.0

0  

  1 Electricista16,168.0

0  

  1 Supervisor de Serv. Públicos14,785.0

0  

  1 Supervisor de Serv. Públicos15,898.0

0  

  1 Supervisor21,215.0

0  

  1 Responsable de Maquinaria11,453.0

0    1 Operador de Maquinaria Pesada 6,622.00  

  4 Choferes a razón de 8,781 c/u35,124.0

0  

  1 chofer11,023.0

0    1 Chofer 6,896.00    22 Jornaleros a razón de 5,834 c/u 128,348.  

123

Page 124: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

00  1 jornalero 6,974.00    1 jornalero 5,124.00  

  2 veladores a razón de 8,945 c/u17,890.0

0    1 Encargada de Intendencia 5,263.00    1 Encargada de Intendencia 6,240.00    1 Encargada de Intendencia 6,743.00  

  25 Pensionados176,862.

00  

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

1308COMP ADIC POR SERV ESPEC AL PERS CARACT PERM.

28,832.00 345,984.00

  1 Director de Servicios Publicos 5,811.00    1 Director Rastro Municipal 2,179.00    1 Auxiliar Contable 2,518.00    1 Supervisor de Servicios Públicos 744.00    1 Supervisor de Servicios Públicos 1,330.00    1 Supervisor de Servicios Públicos 3,587.00    1 Responsable de Maquinaria 2,672.00    1 Operador de Maquinaria Pesada 3,485.00  

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DSP. DIR. SERVICIOS PUB.

PROGRAMA: IB. ADMON DE LOS SERV. PÚB.SUB-PROGRAMA: 01. ADMINISTRACIÓN.

124

Page 125: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  4 Choferes a razón de 810 c/u 3,240.00    1 Chofer 1,989.00    1 Chofer 276.00    1 Encargada de Intendencia 430.00    1 Encargada de Intendencia 305.00    1 Encargada de Intendencia 266.00         

1309COMP ADIC POR SERV ESP PERS CARACT EVENTUAL 1,000.00 12,000.00

       1310 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA   56,112.00

  1 Director de Servicios Publicos 4,676.00         

1327 BONO PARA DESPENSA13,121.0

0 157,452.00  1 Dir. Rastro Municipal 213.00    1 Auxiliar Contable 621.00    1 Electricista 351.00  

 2 Supervisores Servicios Publicos a razon de 355 c/u 710.00  

  1 Supervisor de Servicios Públicos 413.00    6 Choferes a razon de 355 c/u 2,130.00    9 Jornaleros a razon de 355 c/u 3,195.00    13 jornaleros a razón de 359 c/u 4,667.00    2 Veladores a razón de 154 c/u 308.00    1 Encargada de Intendencia 359.00    1 Encargada de Intendencia 154.00         

1313 REMUNERACION POR HORAS EXTRAS   36,000.00  Remuneración para personal que tenga derechos 3,000.00         

1342 PENSIONES Y JUBILACIONES93,086.0

0 1,117,032.00  1 Pensionada a razón de 2,392 quincenales 4,784.00    2 Pensionadas a razón de 1,614 quincenales 6,456.00  

125

Page 126: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  4 Pensionados a razón de 1,687 quincenales13,496.0

0    1 Pensionado a razón de 1,122 quincenales 2,244.00    1 Pensionado a razón de 940 quincenales 1,880.00    3 pensionadas a razón de 1,540 quincenales 9,240.00    1 Pensionado a razón de 3,288 quincenales 6,576.00    2 Pensionados a razón de 1,152 quincenales 4,608.00  

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL         1 Pensionado a razón de 1,317 quincenales 2,634.00    1 Pensionado a razón de 1,417 quincenales 2,834.00    1 Pensionada a razón de 4,125 quincenales 8,250.00    1 Pensionado a razón de 2,513 quincenales 5,026.00    1 Pensionado a razón de 4,455 quincenales 8,910.00    1 Pensionado a razón de 1,864 quincenales 3,728.00    1 Pensionada a razón de 1,303 quincenales 2,606.00    1 Pensionado a razón de 1,557 quincenales 3,114.00    1 Pensionado a razón de 1,775 quincenales 3,550.00    1 Pensionado a razón de 1,575 quincenales 3,150.00         

2101 MATERIAL DE OFICINA   2,400.00

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DSP. DIR. SERVICIOS PUB.

PROGRAMA: IB. ADMON DE LOS SERV. PÚB.SUB-PROGRAMA: 01. ADMINISTRACIÓN.

126

Page 127: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  Materiales de oficina para Servicios Públicos 200.00         

2102 MATERIAL DE LIMPIEZA   24,000.00  Materiales de limpieza para Servicios Públicos 2,000.00         

2302 REFACCIONES, ACCS Y HERRAMIENTAS MENORES   12,000.00  Para adquisición de herramientas en Serv. Púb. 1,000.00         

2404 MATERIAL ELECTRICO   60,000.00

 Material para Servicios Públicos, cables, interruptores 5,000.00  

       2601 COMBUSTIBLES   540,000.00

 Consumo de combustibles para vehículos de Serv. P.

45,000.00  

       2602 LUBRICANTES Y ADITIVOS   84,000.00

 Consumo lub y adit para vehiculos de Serv. Públicos 7,000.00  

       2701 VESTUARIO, UNIFORMES Y BLANCOS   6,000.00

  Uniformes para personal de Servicios Públicos 500.00         

2702 PRENDAS DE PROTECCIÓN   36,000.00

 Prendas de protección para trabajadores de Serv. P. 3,000.00  

       3103 SERVICIO TELEFONICO   8,400.00

  Servicio telefonico para la dependencia de Serv. P. 700.00         

3104 SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA   180,000.00

  Energia Electrica de las instalaciones del Ayto.15,000.0

0         

3105 SERVICIO DE ALUMBRADO PUBLICO   2,400,000.00

127

Page 128: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  Costo del alumbrado Público del municipio.200,000.

00         

3401 ALMACENAJE, FLETES Y MANIOBRAS   3,600.00  De materiales de la Dirección de Servicios Públicos 300.00  

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

3501MANTENIMIENTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO   1,200.00

  Mtto del equipo de computo de esta dependencia 100.00         

3502 MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO   300,000.00

 Costo del mantenimiento de la maq y eq de serv. Púb.

25,000.00  

       

3503MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE INMUEBLES   60,000.00

  Costo del mantenimiento de inmuebles del Ayto. 5,000.00         

3505 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE   360,000.00

  Mtto y Cons de Eq de Transporte de Servicios Púb.30,000.0

0  

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DSP. DIR. SERVICIOS PUB.

PROGRAMA: IB. ADMON DE LOS SERV. PÚB.SUB-PROGRAMA: 01. ADMINISTRACIÓN.

128

Page 129: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

       3509 MTTO Y CONSERVACION DE PARQUES Y JARDINES   120,000.00

  Conservación de parques y jardines del municipio.10,000.0

0         

3510 MTTO Y CONSERVACION DE PANTEONES   2,400.00  Conservación de panteones del municipio. 200.00         

3511 CONSERVACIÓN DEL ALUMBRADO PUBLICO   120,000.00

  Conservación del alumbrado publico.10,000.0

0         

3513 CONSERVACION DE SEÑALES DE TRANSITO   6,000.00

 Costo de la conservación de las señales de transito 500.00  

       3702 VIÁTICOS   1,200.00

  Viáticos de la Dirección de Servicios Públicos 100.00         

5208 EQUIPO DE LIMPIEZA Y RECOLECCION   1,200.00  Adquisición de contenedor de basura 100.00                                                                                      

 TOTAL PRESUPUESTO DIR. SERVICIOS

PUBLICOS:  $9,417,960.

00

129

Page 130: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

1101 SUELDOS183,326.

00 2,199,912.00

  1 Dir. De Seguridad Pública10,500.0

0  

  1 Dir. Transito10,500.0

0    1 Oficial Administrativo 3,566.00  

  6 Oficiales Primeros a razon de 4,149 c/u24,894.0

0    1 Oficial Segundo 3,654.00  

  4 suboficiales a razón de 3,295 c/u13,180.0

0    1 Secretaria 4,118.00  

  21 Policias Preventivos a razon de 4,022 c/u84,462.0

0    1 Policia Preventivo 3,295.00    1 Policia Preventivo 3,593.00    2 Policias Preventivos a razón de 3,849 c/u 7,698.00    1 Policia Preventivo 4,112.00    1 Encargada de Intendencia 2,754.00    1 Dir. Proteccion Civil 7,000.00         

1202 REMUNERACIONES DIVERSAS 28,880.0 346,560.00

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DSPM. DIR. DE SEG. PUBLICA MUNICIPAL

PROGRAMA: J9. CONTROL Y EVALUACION DE LA SEG. PUBLICASUB-PROGRAMA: 01. DIRECCION Y COORDINACION.

130

Page 131: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

0  1 Inspector de Protección Civil 5,100.00    1 Auxiliar de Protección Civil 3,700.00    4 Delegados de Policia a razón de 2,340 9,360.00    2 Delegados de Policia a razón de 3,260 6,520.00    1 Medico 4,200.00         

1301 PRIMA QUINQUENAL AL PERSONAL BUROCRATICO   4,632.00  1 Encargada de Intendencia 386.00         

1306 PRIMA VACACIONAL   30,986.00  1 Dir. De Seguridad Pública 1,750.00    1 Dir. Transito 1,750.00    1 Oficial Administrativo 594.00    6 Oficiales Primeros a razon de 692.00c/u 4,152.00    1 Oficial Segundo 609.00    4 suboficiales a razón de 549 c/u 2,196.00    1 Secretaria 892.00  

  21 Policias Preventivos a razon de 670.00 c/u14,070.0

0    1 Policia Preventivo 549.00    1 Policia Preventivo 599.00    2 Policias Preventivos a razón de 642 c/u 1,284.00    1 Policia Preventivo 685.00    1 Encargada de Intendencia 689.00    1 Dir. Proteccion Civil 1,167.00         

1307 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   311,848.00

  1 Dir. De Seguridad Pública17,500.0

0  

  1 Dir. Transito17,500.0

0    1 Oficial Administrativo 5,943.00  

  6 Oficiales Primeros a razon de 6,915 c/u41,490.0

0  

131

Page 132: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL         1 Oficial Segundo 6,090.00  

  4 suboficiales a razón de 5,492 c/u21,968.0

0    1 Secretaria 7,826.00  

  21 Policias Preventivos a razon de 6,703 c/u140,763.

00    1 Policia Preventivo 5,492.00    1 Policia Preventivo 5,988.00  

  2 Policias Preventivos a razón de 6,415 c/u12,830.0

0    1 Policia Preventivo 6,853.00    1 Policia Preventivo 4,705.00    1 Encargada de Intendencia 5,233.00  

  1 Dir. Proteccion Civil11,667.0

0         

1308COMP ADIC POR SERV ESPEC AL PERS CARACT PERM.

33,316.00 399,792.00

  1 Dir. De Seguridad Pública 7,090.00    1 Dir. Transito 7,090.00    1 Oficial Administrativo 2,377.00  

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DSPM. DIR. DE SEG. PUBLICA MUNICIPAL

PROGRAMA: J9. CONTROL Y EVALUACION DE LA SEG. PUBLICASUB-PROGRAMA: 01. DIRECCION Y COORDINACION.

132

Page 133: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  6 Oficiales Primeros a razon de 1,097 c/u 6,582.00    1 Oficial Segundo 1,232.00    4 suboficiales a razón de 789 c/u 3,156.00    1 Policia Preventivo 789.00    1 Dir. Proteccion Civil 5,000.00         

1310 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA15,987.0

0 191,844.00  1 Dir. De Seguridad Pública 4,553.00    1 Dir. Transito 4,553.00    1 Oficial Administrativo 1,000.00    1 Policia Preventivo 590.00    1 Policia Preventivo 217.00    1 Policia Preventivo 202.00    2 Policias Preventivos a razón de 496 c/u 992.00    4 suboficiales a razón de 970 c/u 3,880.00         

1327 BONO PARA DESPENSA 3,718.00 44,616.00  1 Oficial Administrativo 192.00    6 Oficiales Primeros a razon de 219 c/u 1,314.00    1 Policia Preventivo 201.00    4 Policias Preventivos a razón de 213 c/u 852.00    4 suboficiales a razón de 201 c/u 804.00    1 Encargada de Intendencia 355.00         

2101 MATERIAL DE OFICINA   12,000.00  Materiales de oficina para DSPTM. 1,000.00         

2102 MATERIAL DE LIMPIEZA   1,200.00  Material de limpieza para DSPTM. 100.00         

133

Page 134: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

2104 ÚTILES DE IMPRESIÓN   12,000.00  Consumo de materiales de impresión para DSPTM. 1,000.00         

2202 ALIMENTACION DE RECLUSOS   3,600.00  Costo mensual para la alimentación de reclusos 300.00         

2503 MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS   6,000.00  Medicinas para el personal de Seguridad Pública 500.00         

2601 COMBUSTIBLES   538,471.00

  Consumo de combustibles para vehículos DSPTM.44,872.5

8         

2602 LUBRICANTES Y ADITIVOS   6,000.00  Consumo lub y adit para vehículos de DSPTM. 500.00         

2701 VESTUARIO, UNIFORMES Y BLANCOS   6,000.00  Uniformes para agentes de la DSPTM. 500.00         

2702 PRENDAS DE PROTECCION   1,200.00

 Adquisición de prendas de protección como chalecos 100.00  

       

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DSPM. DIR. DE SEG. PUBLICA MUNICIPAL

PROGRAMA: J9. CONTROL Y EVALUACION DE LA SEG. PUBLICASUB-PROGRAMA: 01. DIRECCION Y COORDINACION.

134

Page 135: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

2802 MATERIALES DE SEGURIDAD PUBLICA   3,600.00  Materiales para la DSPTM. 300.00         

3103 SERVICIO TELEFÓNICO   36,000.00  Servicio telefónico para DSPTM. 3,000.00         

3403 SEGUROS Y FIANZAS   36,000.00  Asignación para seguros y fianzas de DSPTM 3,000.00         

3203 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE   1,200.00  Pago Arrendamiento Patrulla 100.00         

3501 MTTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO   4,800.00  Mtto del mobiliario y equipo de DSPTM 400.00         

3503 MTTO Y CONSERVACION DE INMUEBLES   1,200.00  Mtto y conservación de los inmuebles de DSPTM 100.00         

3505 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE   120,000.00

  Mtto y Cons de Eq de Transporte de la DSPTM.10,000.0

0         

3702 VIÁTICOS   12,000.00  Viáticos de la DSPTM. 1,000.00                       

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DSPM. DIR. DE SEG. PUBLICA MUNICIPAL

PROGRAMA: J9. CONTROL Y EVALUACION DE LA SEG. PUBLICASUB-PROGRAMA: 01. DIRECCION Y COORDINACION.

135

Page 136: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

5101 MOBILIARIO DE ADMINISTRACIÓN   6,000.00

 Asignación para mtto de mob y equipo para DSPTM 500.00  

       5206 EQUIPO DE COMPUTACION ELECTRONICA   18,000.00

  Asignación para equipo de computo de DSPTM 1,500.00         

5802 VEHICULOS PARA SEGURIDAD PUBLICA   12,000.00

 Asignación para vehiculos y motocicletas de DSPTM 1,000.00  

                                                                                                                              

136

Page 137: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  TOTAL PPTO DIR SEGURIDAD PUBLICA MPAL:  $4,367,461.

00

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

1101 SUELDOS25,021.

00 300,252.00

  1 Contralor 12,369.

00  

  1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub.5,213.0

0  

  1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub.7,439.0

0         

1301 PRIMA QUINQUENAL AL PERSONAL BUROCRATICO   4,188.00  1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub. 349.00         

1305 ESTÍMULOS AL PERSONAL 828.00 9,936.00  1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub. 351.00    1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub. 477.00         

1306 PRIMA VACACIONAL   4,790.00

  1 Contralor 2,061.0

0    1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub. 869.00    1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub. 1,860.0  

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: OCE. ORGANO DE CONTROL Y EVAL. GUB.

PROGRAMA: GU CONTROL Y EVAL. DE LA GESTION GUBERNAM.SUB-PROGRAMA: 03 EVALUACION DE LA GESTION PUB.

137

Page 138: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

0       

1307 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   43,439.00

  1 Contralor 20,615.

00  

  1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub.8,689.0

0  

  1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub.14,135.

00         

1308 COMP ADIC SERV ESP PERS CARACT PERMANENTE7,549.0

0 90,588.00

  1 Contralor 5,811.0

0  

  1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub.1,738.0

0         

1310 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA   56,112.00

  1 Contralor4,676.0

0         

1327 BONO DE DESPENSA   4,404.00  1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub. 367.00         

2101 MATERIAL DE OFICINA   12,000.00

  Materiales de oficina para Contraloría Municipal.1,000.0

0         

2104 MATERIALES Y UTILES DE IMPRESIÓN   18,000.00

  Utiles de impresión para Contraloría Municipal.1,500.0

0         

2601 COMBUSTIBLES   6,000.00

 Consumo de combustibles vehículos Contraloría Mpal. 500.00  

       

138

Page 139: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

2602 LUBRICANTES Y ADITIVOS   1,200.00  Aceites para vehiculos de Contraloría Municipal. 100.00         

2701 VESTUARIO, UNIFORMES Y BLANCOS   6,000.00  Uniformes para personal de Contraloría Municipal. 500.00  

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

3103 SERVICIO TELEFÓNICO   12,000.00

  Servicio telefónico para Contraloría Municipal.1,000.0

0         

3501 MTTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO   3,600.00  Mtto de mobiliario y equipo de Contraloría Municipal. 300.00         

3505 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE   1,200.00  Mtto de equipo de transporte de Contraloría Mpal. 100.00         

3702 VIÁTICOS   1,200.00  Viáticos de Contraloría Municipal. 100.00         

5101 MOBILIARIO DE ADMINISTRACIÓN   3,600.00

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: OCE. ORGANO DE CONTROL Y EVAL. GUB.

PROGRAMA: GU CONTROL Y EVAL. DE LA GESTION GUBERNAM.SUB-PROGRAMA: 03 EVALUACION DE LA GESTION PUB.

139

Page 140: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

 Asignación para mtto de mob y equipo para Contraloría 300.00  

       5206 EQUIPO DE COMPUTACION ELECTRONICA   6,000.00

  Asignación para equipo de computo de Contraloría 500.00                                                                                                           

 TOTAL PRESUPUESTO ORGANO DE CONTROL Y

EVALUACION G:  $584,509.0

0

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DDS. DIR. DESARROLLO SOCIAL.

PROGRAMA: AB APOYO ADMINISTRATIVOSUB-PROGRAMA: 01 APOYO ADMINISTRATIVO

140

Page 141: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

1101 SUELDOS32,811.0

0 393,732.00

  1 Dir. Desarrollo Social12,369.0

0    1 Auxiliar Administrativo 4,803.00  

  2 Auxiliares Desarrollo Social a razon de 5,213 c/u10,426.0

0    1 Secretaria 5,213.00         

1301 PRIMA QUINQUENAL AL PERSONAL BUROCRATICO   13,692.00  1 Auxiliar Administrativo 1,141.00         

1305 ESTÍMULOS AL PERSONAL 3,911.00 46,932.00  1 Auxiliar Administrativo 1,340.00    1 Auxiliar Desarrollo Social 1,800.00    1 Auxiliar Desarrollo Social 421.00    1 Secretaria 350.00         

1306 PRIMA VACACIONAL   6,334.00  1 Dir. Desarrollo Social 2,061.00    1 Auxiliar Administrativo 1,666.00  

 2 Auxiliares Desarrollo Social a razon de 869.00 c/u 1,738.00  

  1 Secretaria 869.00         

1307 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   59,340.00

  1 Dir. Desarrollo Social20,615.0

0  

  1 Auxiliar Administrativo12,659.0

0  

  2 Auxiliares Desarrollo Social a razon de 8,688 c/u17,376.0

0    1 Secretaria 8,690.00         

1308 COMP ADIC SERV ESP PERS CARACT PERMANENTE12,885.0

0 154,620.00

141

Page 142: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  1 Dir. Desarrollo Social 5,811.00    1 Auxiliar Administrativo 1,860.00    2 Auxiliares Desarrollo Social a razon de 1,738 c/u 3,476.00    1 Secretaria 1,738.00         

1310 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA   56,112.00  1 Dir. Desarrollo Social 4,676.00         

1327 BONO DE DESPENSA   3,960.00  1 Auxiliar Administrativo 330.00         

2101 MATERIAL DE OFICINA   2,400.00  Materiales de oficina para Desarrollo Social. 200.00         

2104 MATERIALES Y UTILES DE IMPRESIÓN   2,400.00  Utiles de impresión para Desarrollo Social 200.00         

2601 COMBUSTIBLES   24,000.00  Consumo de combustibles para Desarrollo Social. 2,000.00  

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DDS. DIR. DESARROLLO SOCIAL.

PROGRAMA: AB APOYO ADMINISTRATIVOSUB-PROGRAMA: 01 APOYO ADMINISTRATIVO

142

Page 143: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

2701 VESTUARIO, UNIFORMES Y BLANCOS   6,000.00  Uniformes para el personal de Desarrollo social 500.00         

3103 SERVICIO TELEFÓNICO   18,000.00  Servicio telefónico para Desarrollo Social. 1,500.00         

3501 MTTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO   1,200.00  Mtto de mobiliario y equipo de Desarrollo Social. 100.00         

3505 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE   1,200.00  Mtto de equipo de transporte de Desarrollo Social. 100.00         

3603DIFUSION DE SERV. PUBLICOS Y CAMPAÑAS DE INF.   60,000.00

 Promoción, Publicidad y difusión de campañas de infor. 5,000.00  

       3702 VIÁTICOS   12,000.00

  Viáticos de Desarrollo Social. 1,000.00         

5101 MOBILIARIO DE ADMINISTRACIÓN   6,000.00

 Asignación para mtto de mob y equipo para D. Social 500.00  

       5206 EQUIPO DE COMPUTACION ELECTRONICA   12,000.00

  Asignación para equipo de computo de D. Social 1,000.00                                                   

 TOTAL DE PRESUPUESTO DESARROLLO

SOCIAL:   $879,922.00

143

Page 144: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

1101 SUELDOS15,398.0

0 184,776.00

  1 Dir. Inst. del Deporte12,369.0

0    1 Secretaria del Dir. Inst. del Deporte 3,029.00         

1202 REMUNERACIONES DIVERSAS10,290.0

0 123,480.00  7 delegados del deporte 7,000.00    1 Encargado de mantenimiento estadios Soft bol 3,290.00         

1301 PRIMA QUINQUENAL AL PERSONAL BUROCRATICO   2,100.00  1 Secretaria del Dir. Inst. del Deporte 175.00         

1305 ESTÍMULOS AL PERSONAL   8,064.00  1 Secretaria del Dir. Inst. del Deporte 672.00         

1306 PRIMA VACACIONAL   2,717.00  1 Dir. Inst. del Deporte 2,061.00    1 Secretaria del Dir. Inst. del Deporte 656.00         

1307 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   26,371.00  1 Dir. Inst. del Deporte 20,615.0  

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: INSTITUTO MPAL DEL DEPORTE

PROGRAMA: RM RECREACION, DEPORTE Y ESPARCIMIENTOSUB-PROGRAMA: 01. DESARROLLO DEL DEPORTE

144

Page 145: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

0  1 Secretaria del Dir. Inst. del Deporte 5,756.00         

1308 COMP ADIC SERV ESP PERS CARACT PERMANENTE   69,732.00  1 Dir. Inst. del Deporte 5,811.00         

1310 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA   44,112.00  1 Dir. Inst. del Deporte 3,676.00         

1327 BONO DE DESPENSA   1,848.00  1 Secretaria del Dir. Inst. del Deporte 154.00         

2101 MATERIAL DE OFICINA   6,000.00  Materiales de oficina para Instituto del Deporte 500.00         

2104 MATERIALES Y UTILES DE IMPRESIÓN   6,000.00  Utiles de Impresión para Instituto del Deporte 500.00         

2201 PRODUCTOS ALIM P PERSONAL EN LAS INSTALAC.   1,200.00  Productos alimenticios para personal de Deporte 100.00         

2601 COMBUSTIBLES   12,000.00  Consumo de combustibles para vehículos Deporte 1,000.00         

2602 LUBRICANTES Y ADITIVOS   6,000.00  Aceites para vehiculos de Instituto del Deporte 500.00         

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2010

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: INSTITUTO MPAL DEL DEPORTE

PROGRAMA: SUB-PROGRAMA:

145

Page 146: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

CLAVE DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

      ANUAL       

2701 VESTUARIO, UNIFORMES Y BLANCOS   1,200.00  Uniformes para personal del Instituto del Deporte 100.00         

2703 ARTICULOS DEPORTIVOS   18,000.00  Artículos Deportivos para el Instituto del Deporte 1,500.00         

3103 SERVICIO TELEFÓNICO   14,400.00  Servicio telefónico para Instituto del Deporte 1,200.00         

3406 OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS   1,200.00  Placas y tenencias de vehiculos del Deporte 100.00         

3501 MTTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO   1,200.00

 Mtto de mobiliario y equipo de Instituto del Deporte. 100.00  

       3505 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE   6,000.00

 Mtto de equipo de transporte de Instituto del Deporte. 500.00  

       3702 VIÁTICOS   12,000.00

  Viáticos de Instituto del Deporte 1,000.00         

3906 FOMENTO DEPORTIVO   60,000.00  Ayudas para adquirir materiales deportivos 5,000.00         

5101 MOBILIARIO DE ADMINISTRACIÓN   3,600.00

146

Page 147: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

 Asignación para mtto de mob y equipo para Deporte 300.00  

       5206 EQUIPO DE COMPUTACION ELECTRONICA   6,000.00

  Asignación para equipo de computo de Deporte 500.00         

5301 VEHICULOS Y EQUIPO TERRESTRE   132,000.00

  Vehiculos para Instituto del Deporte11,000.0

0         

 TOTAL PRESUPUESTO INSTITUTO DEL

DEPORTE   $750,000.00

147

Page 148: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

LEY

DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SANTA ANA, SONORA, PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2011.

TITULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES

148

Page 149: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 1º. – Durante el ejercicio fiscal del 2011, la Hacienda Pública del Municipio de Santa Ana, Sonora, percibirá los ingresos conforme a las bases, tarifas, tasas o cuotas que en esta Ley se señalan.

Artículo 2°.- Regirán en todo caso las disposiciones contenidas en la Ley de Hacienda Municipal, relativas al objeto, sujeto, base, y demás elementos y requisitos de los ingresos municipales.

Artículo 3°.- En todo lo no previsto por la presente Ley, para su interpretación se aplicaran supletoriamente las disposiciones de la Ley de Hacienda Municipal, Código Fiscal del Estado o en su defecto las normas de derecho común, cuando su aplicación en este ultimo caso no sea contrario a la naturaleza propia del derecho fiscal.

TITULO SEGUNDODE LAS CONTRIBUCIONES MUNICIPALES

Artículo 4º.- El presente capítulo tiene por objeto establecer las contribuciones derivadas de las facultades otorgadas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado de Sonora al Municipio de Santa Ana, Sonora.

CAPITULO PRIMERODE LOS IMPUESTOS

SECCIÓN IDEL IMPUESTO PREDIAL

Artículo 5º.- El impuesto Predial se causará y pagará en los siguientes términos:

I.- Sobre el valor catastral de los predios edificados conforme a la siguiente.

T A R I F A

Valor Catastral Tasa para Aplicarse Sobre el Excedente del Límite Inferior al Límite Inferior Límite Superior Cuota Fija

149

Page 150: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Millar$ 0.01 A $ 38,000.00 $ 40.14 0.00000$ 38,000.01 A $ 76,000.00 $ 40.14 0.88910$ 76,000.01 A $ 144,400.00 $ 88.36 0.88960$ 144,400.01 A $ 259,920.00 $ 187.23 0.89010$ 259,920.01 A $ 441,864.00 $ 354.33 0.89070$ 441,864.01 A $ 706,982.00 $ 617.66 0.89120$ 706,982.01 A $ 1,060,473.00 $ 1,001.61 0.89170$ 1,060,473.01 A $ 1,484,662.00 $ 1,513.84 0.89230$ 1,484,662.01 A $ 1,930,060.00 $ 2,128.89 0.89280$ 1,930,060.01 A $ 2,316,072.00 $ 2,775.08 1.95090$ 2,316,072.01 A En adelante $ 3,998.83 1.95150

El monto anual del impuesto a pagar por los predios edificados, será el resultado de sumar a la cuota fija que corresponda de la tarifa, el producto de multiplicar la tasa prevista para cada rango por la diferencia que exista entre el valor catastral del inmueble de que se trate y el valor catastral que se indica en el límite inferior del rango en que se ubique el inmueble.

II.- Sobre el valor catastral de los predios no edificados conforme a lo siguiente:

T A R I F AValor Catastral

Límite Inferior Límite Superior Tasa

$ 0.01 A $ 11,321.01 $ 41.95 Cuota Mínima

$ 11,321.02 A $ 13,243.00 3.7055 Al Millar$ 13,243.01 en adelante 4.7726 Al Millar

Tratándose de Predios No Edificados, las sobretasas existentes serán las mismas que resultaron de la autorización para el ejercicio presupuestal 2002.

III.- Sobre el valor catastral de cada hectárea de los predios rurales, conforme a lo siguiente:

T A R I F A

150

Page 151: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Categorìa Tasa al MillarRiego de Gravedad 1: Terrenos dentro delDistrito de Riego con derecho a agua depresa regularmente.

0.8482Riego de Gravedad 2: Terrenos conderecho a agua de presa o ríoirregularmente aún dentro del Distrito deRiego 1.4906Riego de Bombeo 1: Terrenos con riegomecánico con pozo de poca profundidad(100 pies máximo) 1.4837Riego de Bombeo 2: Terrenos con riegomecánico con pozo profundo (más de 100pies) 1.5066Riego de temporal única: Terrenos quedependen para su irrigación de laeventualidad de precipitaciones.

2.2602Agostadero 1: Terrenos con praderasnaturales. 1.1613Agostadero 2: Terrenos que fueronmejorados para pastoreo en base atécnicas. 1.4733Agostadero 3: Terrenos que se encuentranen zonas semidesérticas de bajorendimiento. 0.2322

IV.- Sobre el valor catastral de las edificaciones de los predios rurales, conforme a lo siguiente:

T A R I F A

151

Page 152: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Valor Catastral TasaLímite inferior Límite Superior

De $0.01 a $38,000.00 $ 40.14 Cuota Mínima$38,000.01 a $101,250.0

01.768 Al Millar

$101,250.01

a $202,500.00

1.820 Al Millar$202,500.01

a $506,250.00

1.872 Al Millar$506,250.01

a $1,012,500.00 2.132 Al Millar$1,012,500.01 a $1,518,750.00 2.246 Al Millar$1,518,750.01 a $2,025,000.00 2.392 Al Millar$2,025,000.01 a En adelante 2.548 Al Millar

En ningún caso el impuesto será menor a la cuota mínima de $40.14 (cuarenta pesos catorce centavos M.N.).

Así mismo, y con la finalidad de cuidar la economía familiar, se aplicará la reducción correspondiente en el impuesto predial del ejercicio 2011 en aquellos casos en que como consecuencia de la actualización de los valores catastrales el importe a cargo resultara mayor al 10% del causado en el ejercicio 2010.

Artículo 6º.- Para los efectos de este impuesto, se estará además, a las disposiciones que sobre diversos conceptos previene la Ley Catastral y Registral del Estado de Sonora.

SECCION IIDEL IMPUESTO PREDIAL EJIDAL

Artículo 7º.- Tratándose del impuesto predial sobre predios rústicos ejidales o comunales la tasa aplicable será la del 2% sobre el valor de la producción comercializada.

SECCION IIIDEL IMPUESTO SOBRE TRASLACIÓN DE DOMINIO

DE BIENES INMUEBLES

152

Page 153: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 8º.- La tasa del impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles en el Municipio será la del 2.5% aplicado sobre la base determinada conforme a lo dispuesto por el Artículo 74 la Ley de Hacienda Municipal.

SECCION IVDEL IMPUESTO SOBRE DIVERSIONES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

Artículo 9º.- Es objeto de este impuesto la explotación de diversiones y espectáculos públicos.

Por diversión y espectáculo público debe entenderse toda función de esparcimiento, sea teatral, cinematográfica, deportiva o de cualquier naturaleza semejante que se verifique en salones, teatros, calles, plazas, locales abiertos o cerrados, en donde se reúna un grupo de personas, pagando por ello cierta suma de dinero.

No se consideran espectáculos públicos los presentados en restaurantes, bares, cabaret, salones de fiesta o de baile y centros nocturnos, así como funciones de cine.

Artículo 10.- Quienes perciban ingresos por la explotación de las actividades a que se refiere el artículo anterior, pagarán el 8% sobre el total de los ingresos recaudados por concepto de venta de boletos o cuotas de admisión.

Tratándose de funciones de teatro y circo, la tasa que se aplique no deberá sobrepasar el 8%.

SECCION VIMPUESTOS ADICIONALES

Artículo 11.- El Ayuntamiento, conforme al Artículos 100 de la Ley de Hacienda Municipal, recaudará por concepto de Impuestos Adicionales los siguientes:

I.- Obras y acciones de interés general 20%II.- Mejoramiento en la prestación de los servicios públicos 15%III.- Fomento deportivo 15%

153

Page 154: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Será objeto de este impuesto la realización de pagos por concepto de los impuestos y derechos que establece la Ley de Hacienda Municipal, a excepción de los impuestos predial, sobre traslación de dominio de bienes inmuebles, sobre diversiones y espectáculos públicos, tratándose de obras de teatro y funciones de circo, cine o cinematógrafos ambulantes, impuesto sobre hospedaje, derecho de alumbrado público y derechos de estacionamientos de vehículos en la vía pública, donde se hayan instalado sistemas de control de tiempo y espacio.

Las tasas de estos impuestos, las que en su totalidad en ningún caso podrán exceder del 50% sobre la base determinada.

SECCION VIDEL IMPUESTO POR LA PRESTACION DE SERVICIO DE HOSPEDAJE

Artículo 12.- Para los efectos de este impuesto, se consideran servicios de hospedaje, la prestación de alojamiento o albergue temporal de personas a cambio de una contraprestación, dentro de los que quedan comprendidos los servicios prestados por hoteles, hostales, moteles, campamentos, paraderos de casa rodantes, tiempo compartido y departamentos amueblados de hospedaje para fines turísticos.

No se consideran servicios de hospedaje, el albergue o alojamiento prestados por hospitales, clínicas, asilos, conventos, seminarios o internados.

La tasa de este impuesto será del 2%, sobre servicio de hospedaje, mismo que será recaudado en primer termino por parte del hotelero a prestador de servicio.

SECCION VIIIMPUESTO MUNICIPAL SOBRE TENENCIA Y USO DE VEHICULOS

Artículo 13.- Están obligados al pago de este impuesto, las personas físicas y las morales, tenedoras o usuarios de vehículos de más de diez años de fabricación anteriores al de aplicación de esta Ley.

Para los efectos de este impuesto, se presume que el propietario es tenedor o usuario del vehículo.

154

Page 155: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Los contribuyentes pagaran el impuesto por año de calendario durante los tres primeros meses ante la Tesorería Municipal, no estando obligados a presentar por este impuesto la solicitud de inscripción en el registro de empadronamiento de la Tesorería Municipal.

Para los efectos de este impuesto, también se considerarán automóviles a los omnibuses, camiones y tractores no agrícolas tipo quinta rueda.

Tratándose del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos se pagaran conforme a la siguiente tarifa:

TIPO DE VEHICULO AUTOMOVILES CUOTAS4 Cilindros $106.006 Cilindros $190.008 Cilindros $212.00Camiones pick up $ 106.00Vehículos con peso vehicular y con capacidad de carga hasta 8 toneladas

$ 212.00

Vehículos con peso vehicular y con capacidad de carga mayor a 8 toneladas

$265.00

Tractores no agrícolas tipo quinta rueda incluyendo minibuses, microbuses autobuses y demás vehículos destinados al transporte de carga y pasaje

$236.00

Motocicletas hasta 250 cm3 $ 3.00De 251 a 500 cm3 $ 20.00De 500 a 750 cm3 $ 39.00De 751 a 1000 cm3 $ 74.00De 1001 cm3 en adelante $113.00

CAPITULO SEGUNDO

155

Page 156: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

DE LOS DERECHOS

SECCION I

POR SERVICIOS DE AGUA POTABLEY ALCANTARILLADO

Artículo 14.- Las cuotas por pago de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, que se presten a los usuarios de estos servicios en el Municipio de Santa Ana, Sonora, son las siguientes:

Para Uso DomésticoRangos de Consumo Valor

RANGO IMPORTE(M3) ($/M3)

0 a 20 $ 90.28 21 a 30 $ 4.89 31 a 40 $ 5.32 41 a 70 $ 6.28 71 a 200 $ 7.13 201 a 500 $ 8.08 501 a 600 $ 8.91

601 $ 8.91

Para Uso Comercial, Servicios a Gobierno y Organizaciones Públicas Rangos de Consumo Valor:

RANGO IMPORTE(M3) ($/M3)

0 a 20 $ 155.12 21 a 30 $ 7.20

156

Page 157: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

31 a 40 $ 7.76 41 a 70 $ 8.75 71 a 200 $ 9.75 201 a 500 $ 11.05 501 a 600 $ 12.01

601 $ 12.01

Para Uso Industrial. Rangos de Consumo Valor:RANGO IMPORTE

(M3) ($/M3)0 a 20 $ 166.42 21 a 30 $ 7.64 31 a 40 $ 8.36 41 a 70 $ 9.39 71 a 200 $ 10.44 201 a 500 $ 11.83 501 a 600 $ 12.88

Tarifa SocialSe aplicará un descuento del 10, 20 y 30 por ciento sobre las tarifas domésticas regulares a quienes reúnan los siguientes requisitos:

1.- Ser pensionados o jubilados.

2.- Ser personas con problemas de tipo económico que sea un determinante para no estar en condiciones de pagar la tarifa regular por los servicios públicos a cargos del Organismo Operador.

157

Page 158: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

3.- El poseer este beneficio lo obliga a estar al corriente en su cuenta, de tal manera que si el pronto pago no se realiza dentro de la fecha de vencimiento el descuento no será realizado.

Los requisitos contenidos en el presente acuerdo deberán ser acreditados a satisfacción propia por un estudio socioeconómico realizado por el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora.

En ningún caso, el número de personas que se acojan a este beneficio deberá ser superior al 7% del padrón de usuarios del Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora. Los rangos de consumo se deberán deducir por meses naturales y el importe se calculará multiplicando los metros cúbicos consumidos en el mes de que se trate, por el precio fijado para cada metro cúbico en el rango de consumo correspondiente.

Ingresos por Cooperación.Por iniciativa del Gobernador del Estado y amparado en el Art, 165, Fracción I, Inciso A, de la Ley de Agua del Estado de Sonora, que puntualiza que pueden obtener ingresos por cooperación, se propone cobrar en forma adicional:

$ 1.00 (Son: Un pesos 00/100 M.N.) Por cada toma domestica $ 2.00 (Son: Dos pesos 00/100 M.N.) Por cada toma comercial y$3.00 (Son: Tres pesos 00/100 M.N.) Por cada toma industrial

El importe de dichos ingresos se trasladaran al patronato municipal de Bomberos de Santa Ana, a través de un convenio de coordinación entre el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora y el H. Cuerpo de Bomberos del municipio, la Unidad de Protección Civil del Estado y la Comisión Estatal del Agua.

Además se cobraran:$1.00 (Son: Un pesos 00/100 M.N.) Por cada toma domestica$2.00 (Son: Dos pesos 00/100 M.N.) Por cada toma comercial y

158

Page 159: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

$3.00 (Son: Tres pesos 00/100 M.N.) Por cada toma industrial

El cual se trasladara al patronato municipal de cruz roja, a través de un convenio de coordinación entre el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora y Cruz Roja del municipio de Santa Ana.

REVISION PERIODICA DE LA TARIFACon el objeto de mantener un control más estricto en la aplicación de la tarifa, ésta deberá de revisarse y analizarse periódicamente, cuyo período no deberá exceder de 12 meses calendario, para tal revisión deberá de acordarse en términos de su aplicación con una reunión previa con todos los miembros del Consejo Consultivo y Cabildo con el fin de obtener un panorama más estricto y verídico de la situación apoyándose en todos los escenarios y elementos posibles incluyendo variables económicas.

SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTOEl servicio de alcantarillado sanitario se cobrará a razón de 35 % y el servicio de Saneamiento a razón del 15%(quince) por ciento del importe del consumo de agua potable en cada mes.

Las cuotas por pago de otros conceptos solicitado por los usuarios a este Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y

Saneamiento de Santa Ana, Sonora se aplicarán de la siguiente manera:

m) Carta de no adeudo: 2 veces el salario diario mínimo general vigente.n) Cambio de nombre: 2 veces el salario diario mínimo general vigente.o) Cambio de razón social: 2 veces el salario diario mínimo general vigente.p) Cambio de toma: de acuerdo a Presupuesto.q) Instalación de medidor: precio según diámetro.

Los usuarios solicitantes de cartas de no adeudo, deberán hacer su pago correspondiente y le será entregada cuanto antes siempre y cuando no cuenten con adeudos pendientes.

159

Page 160: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Para los usuarios que requieran un comprobante de no adeudo y que aun no cuentan con el servicio, deberá hacer su pago correspondiente y se les podrá otorgar uno de ellos aclarando que no existe un contrato entre la parte solicitante y el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora.

En la ciudad de Santa Ana, el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, a los usuarios domésticos y comerciales que disponen de un diámetro mayor en sus instalaciones para satisfacer sus demandas de Agua Potable y por tanto obtienen instantáneamente mayor caudal de agua, la cuota mínima básica se multiplicará por los siguientes factores.

Diámetro en Veces de cuotaPulgadas en cobro mínimo

¾ 2.5 (dos punto cinco)1 4 (cuatro)1 ½ 9 (nueve)4 16 (dieciséis)2 ½ 25 (veinticinco)

Artículo 15.- El Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, podrá determinar presuntamente el consumo de agua potable, de conformidad con las disposiciones contenidas en los Artículos 166 y 167 de la Ley 249 de Agua del Estado de Sonora, considerando las variables que incidan en dichos consumos, tales como:

e) El número de personas que se sirven de la toma.f) La magnitud de las instalaciones y áreas servidas.

Artículo 16.- Los propietarios de los predios e inmuebles, serán responsables solidarios con el usuario, para el pago de los servicios y adeudos a favor del Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, de cualquier otro concepto para la prestación de los servicios. El comprador de un predio o inmueble que tenga adeudo con el Organismo Operador

160

Page 161: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana , Sonora, Adquiere la obligación solidaria para con el usuario, en el pago de los mismos conforme a los, Artículos 152 y 169 de la Ley 249 de Agua para el Estado de Sonora.

Los Notarios Públicos y jueces, no autorizarán o certificarán los actos traslativos de dominio de bienes inmuebles urbanos, cuando no se acrediten estar al corriente en el pago de las cuotas o tarifas por el servicio de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales, de acuerdo al Artículo. 170 de la misma ley 249 de Agua para el Estado de Sonora.

Artículo 17.- Las cuotas por concepto de instalación de tomas de agua potable y de conexión al servicio de alcantarillado sanitario para uso doméstico, se integrarán de la siguiente manera:

V.-La cantidad que arroje el presupuesto de materiales y la mano de obra que utilicen para la instalación de la toma o la descarga según sea el caso; y

VI.- Una cuota de contratación que variará de acuerdo al diámetro de la toma o la descarga de la siguiente manera:a) Para tomas de agua potable de 1/2" de diámetro: $402.00. (Son: cuatrocientos. dos pesos 00/100M.N.). b) Para tomas de agua potable de 3/4" de diámetro: $904.00 (Son: novecientos cuatro Pesos 00/100 M.N.).c) Para las tomas de diámetros mayores a los especificados, anteriormente en los incisos a y b, se considerará para su cobro base la suma del diámetro de 1/2:

d) Para descargas de drenaje de 6” de diámetro: $376.00 (Son: Trescientos setenta y seis Pesos 00/100 M.N.).

e) Para descargas de drenaje de 8” de diámetro: $904.00 (Son: novecientos cuatro Pesos 00/100 M.N.).

r) Para descargas de drenaje para uso comercial e industrial: $1,813.00 (Son: mil ochocientos trece pesos 00/100 M.N.)

161

Page 162: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 18.- En el caso de nuevos fraccionamientos de predios, edificaciones comerciales e industriales, cuyos servicios de agua potable y alcantarillado se vayan a conectar a las redes existentes, los fraccionadores deberán cubrir las siguientes cuotas:

I.- Para conexión de agua potable:

a) Para fraccionamientos de viviendas de interés social $41,512.00 (cuarenta y un mil quinientos doce Pesos 00/100 M.N.), por litro por segundo del gasto máximo diario.

b) Para los fraccionamientos de Vivienda Progresiva se cobrará el 50% de la tarifa para la de los fraccionamientos de vivienda de Interés Social.

c) Para fraccionamiento residencial: $51,675.00 (cincuenta y un seiscientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.) por litro por segundo del gasto máximo diario.

d) Para fraccionamientos industriales y comerciales $66,363.00 (Sesenta y seis mil trescientos sesenta y tres pesos 00/100 M.N.) por litro por segundo del gasto máximo diario.

e)Los promotores de viviendas y contratistas de obra civil deberán contemplar entre los componentes de la infraestructura hidráulica de los nuevos conjuntos habitacionales o en el desarrollo de cualquier trabajo que involucre la rehabilitación o construcción de tomas de agua potable, la instalación de tinacos, el suministro y la instalación de medidores, la instalación válvulas limitadoras de servicio en el cuadro o columpio de cada toma; de acuerdo a las especificaciones y características que para el efecto emita el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora. El incumplimiento de esta disposición será causa suficiente para negar la autorización de factibilidad de servicios o entrega-recepción de nuevos fraccionamientos, desarrollos habitacionales u obra civil.

El gasto máximo diario equivale a 1.3 veces el gasto medio diario, y éste se calcula con base a una dotación de 300 litros por habitante por día.

IV.- Para conexión al sistema de alcantarillado sanitario

162

Page 163: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

a) Para fraccionamiento de interés social: $2.60 (dos pesos 60/100 M.N.) por cada metro cuadrado del área total vendible.

b) Para los fraccionamientos de Vivienda Progresiva se cobrará el 50% de la tarifa para los fraccionamientos de vivienda de Interés Social.

g) Para fraccionamiento Residencial: $3.15 (Tres pesos 15/100 M.N.) por cada metro cuadrado del área total vendible.

h) Para fraccionamientos industriales y comerciales: $ 4.25 (Cuatro Pesos 25/100 M.N.) por cada metro cuadrado del área total vendible.

V.- Por obras de cabeza:

a) Agua potable: $ 81,030.00 (ochenta y un mil treinta Pesos 00/100 M.N.), por litro por segundo que resulte del 80% del gasto máximo diario.i) Alcantarillado: $ 74,030.00 (Setenta y cuatro mil treinta pesos 00/100 M.N.) por litro por segundo que resulte del 80% del gasto máximo diario.j) Para los fraccionamientos de vivienda progresiva se cobrará el 50% de los incisos a y bk) El gasto máximo equivale a 1.3 veces el gasto medio diario, y éste se calcula con base a una dotación de 300 litros por habitante por día.

IV.- Por concepto de supervisión de los trabajos de construcción de las redes de agua potable y alcantarillado en los nuevos fraccionamientos, los desarrolladores pagarán un 20% calculado sobre las cuotas de conexión a las redes existentes.

Artículo 19.- Por el agua que se utilice en construcciones, los fraccionadores deberán cubrir la cantidad de $30.00 (Treinta Pesos 00/100 M.N.), por metro cuadrado del área de construcción medida en planta.

Artículo 20.- La venta de agua en pipas deberá cubrirse de la siguiente manera:

163

Page 164: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

I.- Tambo de 200 litros $ 65.00 II.-Agua en garzas $ 146.00 por cada m3.

Artículo 21.- El consumo de agua potable en cualquier otra forma diversa a las consideradas anteriormente, deberá cubrirse conforme a los costos correspondientes para la prestación del servicio, calculado por el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora.

Artículo 22.- Cuando el servicio de agua potable sea limitado por el Organismo Operador conforme al Articulo 168 y sea suspendida la descarga de drenaje conforme a los artículos 133 de la Ley 249 de Agua del Estado de Sonora, el usuario deberá pagar por el retiro del limitador, una cuota especial equivalente a 2 veces el salario mínimo diario vigente y el costo de reparación de los daños causados para la limitación o suspensión de la descarga de drenaje conforme al articulo 181 de la Ley 249.

La auto-reconexión no autorizada por el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, será sancionada con una multa que va desde los dos salarios mínimos generales vigentes, hasta al máximo permitido, dependiendo de la gravedad del asunto, establecidos en los Artículos 177 fracción IX,178 y 179 de la Ley 249 .

Artículo 23.- Cuando algún usuario del servicio no pague el importe de su recibo por la cantidad especificada en el período de consumo correspondiente dentro de la fecha límite para efectuar dicho pago, éste se hará acreedor a un cargo adicional equivalente al 10% del total de su adeudo, mismo que se cargará en el siguiente recibo.

Artículo 24.- Los propietarios y/o poseedores de predios no edificados, frente a los cuales se encuentren localizadas redes de distribución de agua potable y atarjeas de alcantarillado, pagarán al Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, una cuota equivalente al consumo mínimo mensual, en tanto no hagan uso de tales servicios, cuando hagan uso de estos servicios deberán de cumplir con los requisitos de contratación, establecido en el Artículo 117 y demás relativos y aplicables de la Ley 249.

164

Page 165: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

En el caso en que las instalaciones de tomas de agua y descarga de drenaje sean solicitadas en zonas de calles pavimentadas, se deberá recabar el permiso expedido por el Ayuntamiento, mediante su departamento de Desarrollo Urbano Ecología y Obras Públicas, que determinarán quien se encargará de la reposición de pavimento y/o asfalto, de la calle y su costo, según el Reglamento para Construcciones, con fundamento en la Ley de Hacienda Municipal.

Artículo 25.- Los usuarios que cuenten con alberca dentro de su instalación, y esta no tenga equipo de purificación, pagarán un importe mensual por cada metro cúbico de capacidad de la misma, el costo de la tarifa doméstica en su rango más alto.

Artículo 26.- Los usuarios comerciales que se dediquen al lavado de carros, lavanderías, baños públicos y similares, que no cuenten con equipos para reciclar el agua, pagarán un 30% adicional al importe de su recibo por consumo de agua, de la misma manera cuando las condiciones del servicio así lo requieran, podrá el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora determinar la cantidad de agua máxima a dotar diariamente a estos usuarios. Así también el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora podrá:

g) Emitir opinión en contra de la autorización para que sean establecidos nuevos servicios de lavado de unidades móviles o carros, lavanderías, baños públicos y similares, si no cuentan con un sistema adecuado de reciclado de agua.

h) Se dará la misma opinión y será aplicada a las fábricas de hielo, agua purificada, tortillerías, bares, cantinas, expendios de cerveza y similares.

i) En todos los casos de los incisos a y b será el Administrador del Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, quien emitirá el juicio correspondiente mediante estudio presentado por el Director Técnico y se emitirá por escrito al usuario.

Artículo 27.- En las poblaciones donde se contraten créditos, para ampliaciones y mejoramiento de las redes de agua potable y alcantarillado, los usuarios beneficiados con estas obras deberán cubrir las

165

Page 166: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

amortizaciones de dichos créditos de acuerdo a las condiciones que se pacten con el banco; para ello, a la cuota mensual normal que paguen dichos usuarios, se adicionará la parte proporcional correspondiente para el pago de estas amortizaciones.

Artículo 28.- Las cuotas y tarifas para el cobro de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, saneamiento, tratamiento y disposición de aguas residuales deberán mantenerse actualizadas anualmente respecto de los efectos inflacionarios y los incrementos en los costos asociados a la prestación de dichos servicios, preferentemente conforme a la siguiente fórmula para la actualización de tarifas:

CALCULO DE ACTUALIZACIÓN EN EL PERÍODO

F = {(S ) x (SMZ i/SMZ i -1)-1} + {(EE) x (Tee i/Tee i -1)-1} + {(MC) x (IPMC i/IPMC i -1)-1} + {(CYL) x (GAS i/GAS i -1)-

1} + {(CFI) x(INPC i/INPC i -1)-1} + 1

En donde:

F = Factor de ajuste para actualizar las cuotas en el período según corresponda.

S = Porcentaje que representa el pago de los sueldos y prestaciones sobre los costos totales.

(SMZ(i))/(SMZ(i-1)) -1 = Relación entre el gasto en pesos de los sueldos y prestaciones de un período y los del período anterior inmediato correspondiente.

EE = Porcentaje que representa el pago por consumo de energía eléctrica sobre los costos totales.

(Tee i)/(Tee i -1) -1 = Relación entre el precio en pesos de la tarifa de energía eléctrica de un período y el

anterior inmediato correspondiente.

166

Page 167: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

MC = Porcentaje que representa los materiales y químicos sobre los costos totales. (IPMC i/IPMC i -1) -1=

Relación entre el gasto (en pesos) de los materiales y químicos de un período y los del anterior inmediato

correspondiente.

Materiales que se utilizan en la prestación del servicio (productos químicos, tuberías, herramientas, etc.)

CYL = Porcentaje que representa el gasto en combustibles y lubricantes sobre los costos totales.

(IGAS i/IGAS i -1) -1 = Relación entre el gasto en pesos efectuado en combustibles de un período y los del anterior inmediato correspondiente.

CFI = Porcentaje que representa la depreciación y amortización, fondos de inversión costos financieros y otros en el gasto total del organismo.

(INPC i/INPC i -1) -1 = Relación entre el índice nacional de precios al consumidor de un período y el del

anterior inmediato correspondiente.

Artículo 29.- Para todos los usuarios que paguen su recibo antes de la fecha de su vencimiento tendrá un descuento de 5% sobre el importe total de su consumo mensual por servicios, siempre y cuando este al corriente en sus pagos.

Artículo 30.- Las cuotas que actualmente cubre la Secretaría de Educación y Cultura del Gobierno del Estado, correspondiente al consumo de los servicios de agua potable y alcantarillado en los establecimientos educativos de nivel preescolar, primaria y secundaria, así como los establecimientos administrativos a su cargo en el Estado de Sonora tendrán un incremento del 15% y que serán cubiertos mensualmente en forma directa al Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, en los términos de los convenios o tratados que se celebren entre ambas partes.

167

Page 168: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 31.- Con el objeto de prever la contaminación de las redes sanitarias, derivadas de las actividades productivas de los usuarios comparadas con los valores correspondientes a los límites máximos permisibles contemplados en la Norma Oficial Mexicana 002, de acuerdo a los Artículos, 177 fracción VII y 178 fracción II de la Ley 249 de Agua del Estado de Sonora, los usuarios que puedan ser susceptibles de generar algún tipo de contaminante deberá tener un permiso por el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, para la descarga de agua residual, documentando la ubicación de la misma, entregar análisis periódicos de sus aguas residuales según se acuerde con el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, conforme a manual que opera y rige y pagar una cuota anual de $ 2,645.00 (Son: dos mil seiscientos cuarenta y cinco Pesos 00/100 M.N.) por seguimiento y supervisión.

Artículo 32.- Todos los usuarios, se obligan a permitir que personal debidamente autorizado realice visitas periódicas de inspección a las instalaciones hidráulicas y sanitarias, de conformidad con los Artículos 172, 173 y 174, fracción I, II, III, IV, V, VI, VII y todos aquellos Artículos aplicables para esta diligencia, contemplados en la Ley de Agua del Estado de Sonora.

Artículo 33.- El usuario que utilice los servicios de agua potable y drenaje sanitario en forma clandestina, será sancionado conforme al Artículo 177 fracción X y 178 fracción II de la Ley de Agua para el Estado de Sonora, para efectos de su regularización ante el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora en relación a los éste podrá calcular presuntivamente el consumo para el pago correspondiente conforme al 166 y 167 de la Ley 249 de Agua del Estado de Sonora.

Los usuarios que hagan o permitan hacer mal uso de las descargas de drenaje sanitario arrojando desperdicios industriales insalubres o que por negligencia ocasionen obstrucción en las líneas principales, se harán acreedores a pagar los gastos que ocasione la limpieza de las líneas y descargas mas una multa conforme a la sanción de los Artículos 177 fracción X y 178 fracción II de la Ley 249 de Agua del Estado de Sonora.

Artículo 34.- Considerando que el agua es un líquido vital y escaso en nuestro Municipio, toda aquella persona física o moral que haga mal uso del agua en cualquier forma o diferente para lo que fue

168

Page 169: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

contratada será sancionada conforme a los Artículos 177 fracción X y 178 fracción II de la Ley 249 de Agua del Estado de Sonora.

Ningún usuario podrá disponer de su toma de agua y/o descarga de aguas residuales para surtir de agua o desalojar las aguas residuales de terceros.

Así también el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, podrá:

e) Con el fin de fortalecer la Política tendiente a inducir una reducción de los consumos de agua excesivos o inadecuados se establecen limitaciones al riego de áreas verdes (particulares y públicos), de tal forma que si se usa agua potable, solo podrá efectuarse durante la noche (de las 10:00 p.m. y las 04:00 a.m. del día siguiente), para en épocas de sequía, solo se permitirá el riego por la noche de los fines de semana (de las 11:00 horas p.m. del sábado a las 03:00 horas a.m. del domingo).

f) Siendo el agua en las ciudades del Estado un recurso escaso, para la eficiente prestación del servicio, todos los usuarios deberán contar con contenedores de agua que sea suficiente para satisfacer la necesidad familiar considerando este el beneficio de cuatro miembros, calculando la dotación de 300 litros por habitante por día.

g) A los usuarios comerciales e industriales que tengan en uso equipo para reciclar el agua, tendrán un descuento del 5% sobre el importe de su recibo por consumo de agua potable siempre y cuando, estos se encuentren al corriente en sus pagos.

h) En los predios donde exista subdivisiones o más de una casa habitación; local comercial o predios para disponer de los servicios por cada uno, se deberá solicitar y contratar en forma independiente los servicios de agua y drenaje.

Artículo 35.- En los domicilios en donde la toma de agua y la descarga de drenaje sanitario sea necesario cambiarla por que la vida útil de los mismos a vencido, el usuario deberá solicitar la

169

Page 170: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

rehabilitación de una o ambas con costo al mismo usuario, derivado éste del presupuesto respectivo, sin necesidad de volver hacer contrato, de acuerdo al Artículo 165,fracción I incisos b), c), d), g), h), de la Ley 249 de Agua del Estado de Sonora.

Artículo 36.- A partir de la entrada en vigor del presente acuerdo, dejarán de cobrarse las tarifas y derechos de conexión por los servicios de Agua Potable y Alcantarillado, anteriormente publicadas en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, permaneciendo vigentes los cobros por cualquier otros conceptos distintos a los aquí expresados.

170

Page 171: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

SECCION IIPOR EL SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO

Artículo 37.- Por la prestación del servicio de Alumbrado Público los propietarios y poseedores de predios construidos o de predios no edificados o baldíos ubicados en las zonas urbanas o suburbanas de las poblaciones municipales, pagarán un derecho en base al costo total del servicio que se hubieran ocasionado con motivo de su prestación, entre el número de usuarios registrados en la Comisión Federal de Electricidad, mas el número de los propietarios y poseedores de predios construidos o de predios no edificados o baldíos que no cuenten con dicho servicio en los términos de la Ley de Hacienda Municipal.

En el ejercicio 2011, será una cuota mensual de $41.75 (Son: cuarenta y un pesos 75/100 M.N.) como tarifa general misma que se pagará bimestralmente en los servicios de febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre de cada año, pudiéndose hacerse por anualidad anticipada y se incluirán en los recibos correspondientes al pago del impuesto predial. En estos casos, el pago deberá realizarse en las oficinas recaudadoras de la Tesorería Municipal o en las instituciones autorizadas para el efecto.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, el Ayuntamiento podrá celebrar convenios con la Comisión Federal de Electricidad, o con la institución que estime pertinente, para el efecto que el importe respectivo se pague en las fechas que señalen los recibos que expida la Comisión Federal de Electricidad o la institución con la que haya celebrado el convenio de referencia.

Con la finalidad de no afectar a las clases menos favorecidas, se establece la siguiente tarifa social mensual de $5.30 (Son: Cinco pesos 30/100 M.N.) la cual se pagará en los mismos términos del párrafo segundo de este artículo.

SECCION IIIPOR SERVICIO DE LIMPIA

Artículo 38.- Por la prestación de servicio público de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos, se causará derechos a cargo de los propietarios o poseedores de predio urbanos conforme a las siguientes cuotas por los conceptos de:

171

Page 172: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

I.- Limpieza de lotes baldíos y casas abandonadas, por metro cuadrado. $ 5.30

II.- Prestación del servicio especial de limpia a los comercios, industrias Prestadores de servicios, particulares o dependencias y entidades Públicasque generen volúmenes extraordinarios de basura, desperdicios o residuos sólidos, que requieran atención especial o fuera de las horas o periodicidad normal de trabajo. (Tarifa mensual) $4,240.00

III.- Barrido de calles, frente a los comercios, negocios u oficinas asentadas Por metro cuadrado $5.30

SECCIÓN IVPOR SERVICIO DE PANTEONES

Artículo 39.-.- Por los servicios que se presten en materia de panteones, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

I.-Por la inhumación, exhumación o reinhumación de cadáveres:

a) En gavetas: 1.- Doble 24.0 2.- Sencilla 12.0 II.- Por la venta de lotes en panteón:

172

Page 173: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

a) : En gavetas:1. Doble 141.02. Sencilla 85.0

Artículo 40.- La inhumación en la fosa común de cadáveres y restos humanos de personas desconocidas, que remitan las autoridades competentes, así como aquellas otras inhumaciones que, de conformidad con las disposiciones administrativas que emita el ayuntamiento, sean a título gratuito, no causarán los derechos a que se refiere este Capítulo.

Asimismo, cuando alguna autoridad en cumplimiento de sus atribuciones determine la exhumación, reinhumación o cremación de cadáveres, restos humanos o restos humanos áridos, dichas actividades se realizarán en forma gratuita.

Artículo 41.- Cuando el servicio público de panteones se preste fuera del horario de trabajo, se causarán el doble de los derechos correspondientes.

SECCION VPOR SERVICIO DE RASTROS

Artículo 42.- Por los servicios que preste el Ayuntamiento en materia de rastros se causarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el MunicipioI.- El sacrificio de:

a) Novillos, toros y bueyes: 2.50b) Vacas: 2.50c) Vaquillas: 2.50d) Ganado porcino: 1.00

173

Page 174: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

e) Ganado caballar 2.50

II.-Utilización de corrales por cabeza 1.00

SECCIÓN VIPOR SERVICIOS DE SEGURIDAD PÚBLICA

Artículo 43.- Por las labores de vigilancia en lugares específicos, que desarrolle el personal auxiliar de la policía preventiva, se causarán los siguientes derechos:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

Por cada policía auxiliar, diariamente: 6.60

SECCION VIITRÁNSITO

Artículo 44.- Por los servicios que en materia de tránsito presten los ayuntamientos, se pagarán derechos conformes a las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

I.- Por la presentación de los exámenes que serealicen ante la autoridad de tránsito para laobtención de:

174

Page 175: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

a) licencias de operador de servicio público detransporte: 1.10b) Licencia de motociclista: 1.10c) Permiso para manejar automóviles de servicioparticular para personas mayores de 16 años ymenores de 18: 2.20

II.- Por la autorización para que determinado espacio de la vía pública sea destinado al estacionamiento exclusivo de vehículos, por metro cuadrado, mensualmente:

c) Por metro cuadrado mensualmente $42.00d) Por metro cuadrado mensualmente para

Servicios especiales de transporte $ 63.00III.- Por el estacionamiento de Vehículos pesados de transporte publico de carga autorizados pararealizar maniobras de carga y descarga dentro de laciudad, se pagaran derechos por maniobra de la formasiguiente:

a) Rabón o tonelada $ 80.00b) Tórton $116.00c) Tracto camión y remolque $174.00d) Equipo especial movible (grúas) $400.00

IV.- Por la expedición anual de placas de circulación de vehículos que se accionen por medio de la energía humana o animal o de propulsión sin motor, anualmente: $ 106.00

175

Page 176: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 45.- Para hacer efectiva la recaudación por concepto de Derecho de estacionamiento de vehículos en la vía pública, deberá ajustarse a lo establecido por el Artículo 6° fracciona II, en relación al Artículo 128 de la Ley de Hacienda Municipal, debiendo acordar por el Ayuntamiento, disposiciones de observancia general, en donde se establezcan formas y plazos de pagos diferentes a lo señalado en el propio Artículo 128, de la Ley de referencia, en el supuesto de no contar con sistemas de control de tiempo y espacio.

SECCION VIIIPOR SERVICIOS DE DESARROLLO URBANO

Artículo 46.- Por los servicios que se presten en materia de Desarrollo Urbano, se causaran los siguientes derechos:

I.- Por la autorización para la fusión, subdivisión o relotificación de terrenos:

a) Por la fusión de lotes, por lote fusionado: $ 333.00b) Por la subdivisión de predios, por cada lote resultante de la subdivisión: $ 333.00c) Por relotificación, por cada lote: $ 333.00

Por la expedición de licencias de construcción, modificación o reconstrucción, se causarán derechos conforme a las siguientes cuotas, debiendo considerar el valor de la obra y los siguientes rubros:

Artículo 47.- Por la expedición de licencias de construcción, modificación o reconstrucción, se causarán los siguientes derechos:

I.- En licencias de tipo habitacional:

a) Hasta por 60 días, para obras cuyo volumen no exceda de 30 metros cuadrados, 5.0 salarios mínimo general vigente en el municipio.

b) Hasta por 180 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 30 metros cuadrados y hasta 70 metros cuadrados, el 3.5% sobre el valor de la obra;

176

Page 177: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

c) Hasta por 270 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 70 metros cuadrados y hasta 200 metros cuadrados, el 5% sobre el valor de la obra;

d) Hasta por 360 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 200 metros cuadrados y hasta 400 metros cuadrados, el 7% sobre el valor de la obra:

e) Hasta por 540 días, para obras cuyo volumen exceda de 400 metros cuadrados, el 7 % sobre el valor de la obra.

II.- En licencias de tipo comercial, industrial y de servicios:

a) Hasta por 60 días, para obras cuyo volumen no exceda de 30 metros cuadrados, el 4.5 veces del salario mínimo general vigente en el municipio;

b) Hasta por 180 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 30 metros cuadrados y hasta 70 metros cuadrados, el 5 % sobre el valor de la obra;

c) Hasta por 270 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 70 metros cuadrados y hasta 200 metros cuadrados, el 7 % sobre el valor de la obra;

d) Hasta por 360 días, para obras cuyo volumen se comprenda en más de 200 metros cuadrados y hasta 400 metros cuadrados, el 8 % sobre el valor de la obra; y

e) Hasta por 540 días, para obras cuyo volumen exceda de 400 metros cuadrados, el 9 % sobre el valor de la obra.

En caso de que la obra autorizada conforme a este artículo, no se concluya en el tiempo previsto en la licencia respectiva, se otorgará una prórroga de la misma, por la cual se pagará el 50% del importe inicial, hasta la conclusión de la obra de que se trate.

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

177

Page 178: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

III.- Otras licenciasa) Por autorización para realizar obras de modificación, rotura o corte de pavimento o concreto en calles,

guarniciones o banquetas para llevar a cabo obras o instalaciones subterráneas de agua potable, drenaje, telefonía, transmisión de datos, de señales de televisión por cable, distribución de gas y otras similares, así como para reparación de estos servicios, se causaran y se pagaran por cada metro cuadrado de la vía publica afectada

un salario minino diario y además una tarifa por metro cuadrado por la reposición de pavimento de la siguiente forma:

1.- Pavimento asfáltico; 4.002.- Pavimento de concreto hidráulico; y 15.003.- Pavimento empedrado 3.00b) Por la expedición de permisos para demolición de cualquier tipo de construcción, se cobrara por metro cuadrado según la zona donde se encuentre la construcción a demoler con vigencia de 30 días, de la siguiente manera:1.- Zonas residenciales; 0.112.- Zonas y corredores comerciales e industriales 0.103.- Zonas habitacionales medias 0.094.- Zonas habitacionales de interés social 0.085.- Zonas habitacionales populares; y 0.076.- Zonas suburbanas y rurales 0.06

Artículo 48.- En materia de fraccionamientos, se causarán los siguientes derechos:

I- Por la expedición de licencias de uso de suelo, el 1% del salario mínimo general vigente en el municipio, por metro cuadrado. Tratándose de fraccionamientos habitacionales o comerciales bajo el régimen de condominio, el 1% del salario mínimo general vigente en el municipio, por metro cuadrado, durante los primeros 250 metros cuadrados del área vendible y el .50% de dicho salario, por cada metro cuadrado adicional; y

II.- Por la autorización para el cambio de uso del suelo o para el cambio en la clasificación de un fraccionamiento que se efectúe de conformidad con el artículo 98, segundo párrafo de la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Sonora, 30 veces el salario mínimo general vigente en el municipio.

178

Page 179: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 49.- Por la expedición del documento que contenga la enajenación de inmuebles que realicen los ayuntamientos, en los términos del Capítulo Cuarto del Título Séptimo de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, se causará un derecho del 5 % sobre el precio de la operación.

Artículo 50.- Por los servicios catastrales prestados por el Ayuntamiento, se pagarán los derechos conforme a la siguiente base:

I.- Por expedición de certificados catastrales simples $ 137.00II.- Por certificación de copias de cartografía catastral, por cada Hoja $ 137.00III.- Por expedición de copias simples de cartografía catastral, por cada predio: $ 212.00IV.- Por asignación de clave catastral a lotes de terreno de fraccionamientos, por cada clave: $ 53.00V.- Por certificación del valor catastral en la manifestación de traslación de dominio, por cada certificación: $ 212.00VI.- Por expedición de certificados de no inscripción de bienes inmuebles: $ 159.00VII.- Por expedición de certificados de no propiedad y otros, por cada uno: $ 159.00VIII.- Por expedición de certificados catastrales c/ medidas y colindancias: $ 212.00

Artículo 51.- Por los servicios que se presten en materia de protección civil y bomberos, se causarán los derechos conforme a la siguiente base:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

179

Page 180: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

a) Por la revisión de por metro cuadrado de construcciones:1.- Casa habitación. 1 a 102.- Edificios públicos y salas de espectáculos. 1 a 103.- Comercios. 1 a 204.- Almacenes y bodegas. 1 a 305.- Industrias. 1 a 40

b) Por la revisión de por metro cuadrado de ampliación deconstrucciones:1.- Casa habitación. 1 a 102.- Edificios públicos y salas de espectáculos. 1 a 103.- Comercios. 1 a 204.- Almacenes y bodegas. 1 a 305.- Industrias. 1 a 40

c) Por la revisión y regularización de sistemas contraincendios por metro cuadrado de construcción en:1.- Casa habitación. 1 a 102.- Edificios públicos y salas de espectáculos. 1 a 203.- Comercios. 1 a 304.- Almacenes y bodegas. 1 a 405.- Industrias. 1 a 50

d) Por peritajes en la revisión de incendios en inmuebles y lavalorización de daños en:1.- Casa habitación. 1 a 202.- Edificios públicos y salas de espectáculos. 1 a 303.- Comercios. 1 a 404.- Almacenes y bodegas. 1 a 705.- Industrias. 1 a 100

180

Page 181: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Por el concepto mencionado en este inciso y por todos los apartados que lo componen, el número de veces que se señala como salario mínimo general, se cubrirá por cada $1,000.00 (Mil pesos 00/100 M.N.), de la suma asegurada.

e) Por servicios especiales de cobertura de seguridad: 1 a 100

Los salarios mínimos generales que se mencionan en este inciso, como pago de los servicios, comprende una unidad bombera y cinco elementos, adicionándose un salario mínimo general al establecido por cada bombero adicional.

f) Por la instrucción a personal de seguridad y trabajadores por un tiempo mínimo de 4 horas por:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

1.- 10 Personas. 202.- 20 Personas. 303.- 30 Personas. 40

g) Formación de brigadas contra incendios en:1.- Comercio. 52.- Industrias. 15

h) Por la revisión de proyectos para factibilidad deservicios en fraccionamientos por:1.- Iniciación, (por hectárea). 1 a 502.- Aumento de lo ya fraccionado,(por vivienda en construcción) 1 a 50

ii) Por servicio de entrega de agua en auto tanque fuera del perímetro del Municipio, hasta de 10 kilómetros 1 a 25

j) Por traslados en servicios de ambulancias:1.- Dentro de la ciudad. 1 a 502.- Fuera de la ciudad. 1 a 100

181

Page 182: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

k) Por la expedición de certificaciones de número oficial: 1 a 20

l) Por la expedición de certificados de seguridad, en los términos de los Artículos 35, inciso g) y 38, inciso e) del Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos 1 a 100

SECCION IXOTROS SERVICIOS

Artículo 52.- Las actividades señaladas en el presente artículo causarán las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el MunicipioI.- Por la expedición de:

a) Certificados: 2.20

b) Legalizaciones de firmas: 2.20

c) Certificación de no adeudo a créditos fiscales 2.20

d) Certificados de documentos por hoja 2.20

e) Ley de transparencia -Por copia certificada de la información 2.00-Información en disco flexible 3 1/2 0.53-Información en disco compacto 2.00

182

Page 183: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

f) Licencias y Permisos Especiales Anuencias (Uso de piso) de 2.5 a 250

g) Cuotas por servicios en Unidad Básica de Rehabilitación (DIF Municipal) 1.00

h) Cuotas por servicios consulta psicológicas yJurídicas (DIF Municipal) 1.00

i) Servicios Funerarios (Embalsamamientos) e 20.0 a 50.00

j) Venta de Ataúdes de 120.0 a 250.00

s) Construcción de gavetas:- Dobles 141.00- Sencillas 85.00

Por el concepto de traslado en carroza, se cobrara de acuerdo a la distancia recorrida.

SECCION X

LICENCIAS PARA LA COLOCACION DE ANUNCIOS O PUBLICIDAD

Artículo 53.- Por el otorgamiento de licencias o permisos o autorizaciones para la colocación de anuncios y carteles o cualquier tipo de publicidad, excepto la que se realice por medio de televisión, radio, periódicos, revistas e internet, se pagarán los derechos conforme a la siguiente tarifa:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

183

Page 184: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

I.- Anuncios y carteles luminosos, hasta 10m2 20.0II.- Anuncios y carteles no luminosos, hasta 10m2: 15.0

Artículo 54.- Los pagos a que se refiere el artículo anterior, así como sus refrendos, serán cubiertos por las personas físicas o morales que fijen o coloquen los anuncios o carteles o realicen cualquier tipo de publicidad en los términos señalados en esta sección.

Serán responsables solidarios los propietarios de los predios, fincas o vehículos en donde se fijen o coloquen los anuncios o carteles o se lleve a cabo la publicidad, así como las personas físicas o morales cuyos productos, servicios o actividades sean objeto de los anuncios, carteles o publicidad.

Artículo 55- Estarán exentos del pago de estos derechos, los anuncios, carteles o cualquier tipo de publicidad que realicen las entidades gubernamentales en sus funciones de derecho público, los partidos políticos, las instituciones de asistencia o beneficencia pública, las asociaciones religiosas y las de carácter cultural.

SECCION XI

ANUENCIAS, AUTORIZACIONES Y GUIAS DE TRANSPORTACION ENMATERIA DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO

Artículo 56.- Los servicios de expedición de anuencias municipales para tramitar licencias para la venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico, expedición de autorizaciones eventuales y expedición de guías de transportación de bebidas con contenido alcohólico, causarán derechos atendiendo a la ubicación y al tipo de giro del establecimiento o evento de que se trate, conforme a las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

I.- Por la expedición de anuencias municipales:

184

Page 185: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

1.- Expendio 3,3002.- Tienda de Autoservicio 3,3003.- Cantina, billar o boliche 2,2054.- Centro nocturno 3,3005.- Restaurante 5516.- Centro de Eventos y Salón de Baile 3,3007.- Hotel o motel 1,1028.- Tienda de Abarrotes 2,205

Tratándose de la expedición de anuencias municipales por cambio de domicilio se aplicaran las cuotas anteriores reducidas en un 70%.

II.- Para la expedición de autorizaciones eventuales, por día, si se trata de:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

1.- Fiestas sociales o familiares 11.00 2.- Kermes 11.00

3.- Bailes, graduaciones, bailes tradicionales 11.00

4.- Carreras de caballos, rodeo, jaripeo y eventospúblicos similares 22.00

5.- Box, lucha, béisbol y eventos públicos similares 22.00

6.- Ferias o exposiciones ganaderas, comerciales y eventos públicos similares 33.00

185

Page 186: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

7.- Palenques 33.00

8.- Presentaciones artísticas 33.00

CAPÍTULO TERCEROPRODUCTOS

SECCIÓN UNICA

Artículo 57.-Los productos causaran cuotas y podrán provenir, enunciativamente, de las siguientes actividades:

1.-Placas con número para la nomenclatura de las edificaciones de los centros de población de los Municipios: $ 106.00

2.-Por mensura, remensura, deslinde o localización de lotes: $ 106.00

3.- Otorgamiento de financiamiento y rendimiento de capitales

4.- Enajenación onerosa de bienes muebles e inmuebles

5.- Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles

Artículo 58.- Los ingresos provenientes de los conceptos a los que se refiere el artículo anterior, en los cuales no se establece el cobro, se recaudaran de acuerdo a lo establecido en los contratos o convenios que los originen.

Artículo 59.- El monto de los productos por la enajenación de lotes en los panteones Municipales se establecerá anualmente por los Ayuntamientos, en tarifas que se publicarán en los tableros de avisos del propio Ayuntamiento y en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, y regirán del día primero de enero al treinta y uno de diciembre de cada año.

186

Page 187: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 60.- El monto de los productos por cuotas de admisión en eventos de peleas de gallos y carreras de caballos, estará regido por las cuotas y tarifas establecidas por las autoridades de DIF Municipal

CAPITULO CUARTODE LOS APROVECHAMIENTOS

SECCION I

Artículo 61.-De las multas impuestas por la autoridad municipal por violación a las disposiciones de las Leyes de Tránsito para el Estado de Sonora, de Seguridad Pública para el Estado de Sonora, de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora y de la presente Ley, así como los Bandos de Policía y Gobierno, de los reglamentos, de las circulares y de las demás disposiciones de observancia general en la jurisdicción territorial del municipio y de cualquier otro ordenamiento jurídico cuyas normas faculten a la autoridad municipal a imponer multas, de acuerdo a las leyes y normatividades que de ellas emanen.

SECCION IIMULTAS DE TRANSITO

Artículo 62.- Se impondrá multa equivalente de 15 a 25 veces el salario mínimo diario vigente en cabecera del Municipio:

a) Por transportar en los vehículos, explosivos o productos altamente inflamables sin el permiso correspondiente.

b) Por prestar servicio publico de transporte sin estar concesionado, por cada ocasión. En este caso, además se detendrá hasta por 72 horas el vehículo, impidiendo que continúe circulando y se remitirá al Departamento de Tránsito. A la vez, se comunicará tal situación a la Dirección de Transporte del Estado.

c) Por prestar el servicio público de transporte con las unidades de emergencia simultáneamente con las autorizadas, independientemente de la sanción de cancelación que establece la Ley de Transporte del Estado de Sonora.

187

Page 188: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 63.- Se impondrá multa equivalente de 25 a 100 veces de salarios mínimos diario vigente en la cabecera del municipio por los siguientes conceptos:

a) Por conducir vehículos en estado de ebriedad o bajo el influjo de enervantes o estupefacientes y arresto hasta por 36 horas, siempre que no constituya delito, procediendo conforme al artículo 223, fracción VII de la Ley de Tránsito para el Estado de Sonora.

b) Por circular con un vehículo al que le falten las dos placas de circulación, con placas alteradas, vencidas o que no le correspondan, procediéndose además a impedir la circulación del vehículo y debiéndose remitir al Departamento de Tránsito.

c) Por permitir el propietario o poseedor de un vehículo que lo conduzcan por personas menores de 18 años o que carezcan éstos de permiso respectivo, debiéndose además impedir la circulación del vehículo.

Si el automóvil es propiedad de un menor de 18 años y éste es quien lo conduce sin el permiso correspondiente, la multa se aplicará a los padres, tutores como responsables solidarios o quienes ejerzan la patria potestad.

d) Por hacer sitio los automóviles de alquiler en lugar no autorizado.

Artículo 64.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 20 veces de salarios mínimos diario vigente en la cabecera municipal, cuando se incurra en las siguientes infracciones:

a) Realizar competencias de velocidades o aceleración de vehículo, en las vías públicas.

b) Por circular en sentido contrario.

c) Por no respetar la preferencia de paso de los vehículos considerados como de emergencia.

d) Por exceder los limites de velocidad establecidos.

e) Por efectuar reparaciones que no sean de urgencia, así como lavado de vehículos en las vías publicas.

188

Page 189: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

f) Todo conductor de motocicleta de cualquier tipo que esta sea que no use para su protección el casco reglamentario

g) Al conductor de motocicleta de cualquier tipo que esta sea que entable competencia de velocidad con otro vehículo y/o que lleve a mas de dos personas o que transgreda los limites de velocidad establecidos

h) Al que conduzca una motocicleta de cualquier tipo que esta sea que no cuente con disponibilidad audible, luminosos o dispositivos o dispositivos de emergencia.

Artículo 65.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 10 veces de salario mínimo diario vigente en la cabecera municipal, cuando se incurra en las siguientes infracciones:

a) Por exceder el límite de velocidad en zona escolar. Así como no dar preferencia de paso a los peatones en las áreas respectivas.

b) Por circular cualquier vehículo con el escape abierto, o produciendo por acondicionamiento, defecto o desperfecto o malas condiciones, humo excesivo o ruidos inmoderados, (así como no tener colocado verticalmente los escapes los vehículos que consumen diesel). Además, deberá impedirse que continúe circulando y deberán remitirse al Departamento de Tránsito.

c) Por circular con vehículos que excedan los límites reglamentarios autorizados en el largo, ancho y alto de la unidad. Así como por trasportar carga de gran tamaño o gran peso que por sus características esta sea inamisible y que además no cuente con el señalamiento correspondiente.

d) Por frenar intempestivamente, sin causa justificada, provocando con ello un accidente o conato del mismo.

e) Por no conservar una distancia lateral de seguridad con otros vehículos o pasar tan cerca de las personas o vehículos que constituyen un riesgo.

Artículo 66.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 15 veces de salario mínimo diario vigente en la cabecera del Municipio, al que incurra en las siguientes infracciones:

189

Page 190: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

a) Cambiar intempestivamente de un carril a otro, cruzando la trayectoria de otro vehículo y provocando ya sea, un accidente, una frenada brusca o la desviación de otro vehículo.

b) Salir intempestivamente y sin precaución del lugar de establecimiento.

c) Estacionarse en entrada de vehículos, lugares prohibidos o peligrosos, en sentido contrario o en doble fila; independientemente de que la autoridad proceda a movilizar el vehículo.

d) Estacionar habitualmente por la noche los vehículos en la vía pública, siempre que perjudique o incomode ostensiblemente. Si una vez requerido el propietario o conductor del vehículo persiste, la autoridad procederá a movilizarlo.

e) Circular faltándole al vehículo una o varias de las luces reglamentarias o teniendo estas deficiencias.

f) Circular los vehículos con personas fuera de la cabina o en el lugar distinto a la carga.

g) No disminuir la velocidad en intersecciones, puentes y lugares de gran afluencia de peatones.

h) Dar vuelta a la izquierda, sin respetar el derecho de paso de los vehículos que circulen en sentido opuesto, efectuando esta maniobra sin tomar las precauciones debidas.

i) Falta de calcomanía de revisado y calcomanía de placas fuera de los calendarios para su obtención.

j) Dar vuelta lateralmente o en “U” cuando esté prohibido mediante señalamiento expreso, o dar vuelta en “U” a mitad de cuadra.

k) Falta señalamiento de la razón social, nombre del propietario o de la institución en los vehículos destinados al servicio particular sea de persona o cosas.

l) Circular careciendo de tarjeta de circulación o con una que no corresponda al vehículo o a sus características.

190

Page 191: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 67.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 20 veces de salario mínimo diario vigente en la cabecera municipal, cuando se incurra en las siguientes infracciones:

a) Conducir vehículos careciendo de licencia, por olvido, sin justificación o careciendo esta de los requisitos necesarios o que no corresponda a la clase de vehículo para lo cual fue expedida.

b) Conducir en zigzag, con falta de precaución o rebasar por la derecha.

c) Circular faltando una de las placas o no colocarlas en el lugar destinado al efecto.

d) Dar vuelta a la izquierda o derecha sin hacer la señal correspondiente con la mano o con el indicador mecánico, así como indicar la maniobra y no realizarla.

Artículo 68.- Se aplicara multa equivalente de 18 a 20 veces de salario mínimo diario vigente en a cabecera municipal, cuando se incurra en las siguientes infracciones:

a) Por ocupar zonas de estacionamiento exclusivo para personas con discapacidad.

Artículo 69.- Las infracciones a esta Ley en que incurran los conductores o personas ocupantes o no de un vehículo, se sancionaran de la siguiente manera:

I.- Multa equivalente a 33 veces el salario mínimo diario vigente en la cabecera del Municipio.

a) Basura: por arrojar basura en las vías públicas.

II.- Multa equivalente de 5 a 6.50 veces el salario mínimo diario vigente en la cabecera del Municipio.

a) Animales Caninos: Por la captura de animales caninos que deambulen por las calles del Municipio.

e) Ganado vacuno, caballar, porcino y asnal: Por la captura de este tipo de animales que anden deambulando por las calles del municipio.

191

Page 192: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

SECCION IIISANCIONES EN MATERIA DE REGULACION ECOLOGICA

Articulo 70.- A quienes en sitios públicos arrojen basura, residuos de la construcción generen ruido, produzcan polvo y demás acciones que se contrapongan con la ley de equilibrio ecológico y la protección al ambiente del estado de sonora se les sancionara con una multa de 20 a 50 salarios mínimos.

Articulo 71.- A los propietarios de lotes abandonados, sin uso aparente y los cuales presenten un aspecto que contraríe la buena imagen, además que sean utilizados como basureros y que tengan o estén cubiertos con hierba que sea foco de infección y de fauna nociva, se les sancionara con una multa de 5 a 20 salarios mínimos, además de que la limpieza que dentro del lote o predio se realice, les será cobrado vía predial al infractor,

Artículo 72.- El monto de los aprovechamientos por donativos, estarán determinados de acuerdo a lo señalado en el artículo 166 de la Ley de Hacienda Municipal.

TÍTULO TERCERODEL PRESUPUESTO

Artículo 73.- Durante el ejercicio fiscal del año 2011 el Ayuntamiento del Municipio de Santa Ana, Sonora, recaudará ingresos por los conceptos mencionados en el Título Segundo, por las cantidades que a continuación se enumeran:

1000 IMPUESTOS $3,677,4891100 Impuestos Sobre los Ingresos  1101 IMPUESTO POR LA PRESTACIÓN DEL

SERVICIO DE HOSPEDAJE $34,678  1102 IMPUESTO SOBRE DIVERSIONES Y

ESPECTÁCULOS PÚBLICOS 100  1200 Impuesto Sobre el Patrimonio  1201 IMPUESTO PREDIAL 1,955,628    1.-Recaudación anual $1,298,055  

192

Page 193: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  2.-Recuperación de rezagos 657,573  1202 IMPUESTO SOBRE TRASLACIÓN DE DOMINIO

DE BIENES INMUEBLES 953,099  1203 IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE TENENCIA Y

USO DE VEHÍCULOS 181,194  1300 Impuestos Sobre la Producción, el Consumo

y las Transacciones  1301 IMPUESTO PREDIAL EJIDAL 26,390  1700 Accesorios 1701 RECARGOS 89,319

1.-Por Impuesto Predial de Ejercicios Anteriores 89,3191704 HONORARIOS DE COBRANZA 6,888

1.-Por Impuesto Predial de Ejercicios Anteriores 6,8881800 Otros Impuestos  1801 IMPUESTOS ADICIONALES 430,193    1.-Para obras y acciones de interés general 20% 172,077    2.-Para el mejoramiento en la prestación de

servicios públicos 15% 129,058    3.-Para fomento deportivo 15% 129,058  4000 DERECHOS $1,284,4374300 Derechos por Prestación de Servicios  4301 ALUMBRADO PUBLICO 554,529  4304 PANTEONES 47,442    1.-Por la inhumación, exhumación o re

inhumación de cadáveres 100    2.-Venta de Lotes en el panteón 47,342  4305 RASTROS 127,786    1.-Sacrificio por cabeza 127,686    2.-utilización de aéreas de corrales 100  4307 SEGURIDAD PUBLICA 100    1.-Por policía auxiliar 100  4308 TRANSITO 29,462    1.-Examen para obtención de licencia 100    2.-Autorización para estacionamiento exclusivo

de vehículos 24,262  

193

Page 194: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  3.-Autorización para estacionamiento de vehículos de carga 5,000  

  4.-Solicitud de placas para bicicletas y motocicletas 100  

4310 DESARROLLO URBANO 183,980    1.-Expedición de licencias de construcción

modificación o reconstrucción 34,711    2.-Autorización para el cambio de uso de suelo

en materia de Fraccionamientos 100    3.-Por la expedición de licencias de uso de suelo

materia de fraccionamiento 3,957    4.-Por la expedición del documento que contenga

la enajenación de inmuebles que realicen los Ayuntamientos (títulos de propiedad) 92,305  

  5.-Autorización para fusión, subdivisión o relotificación de terrenos 3,203  

  6.-Otras licencias 100    7.-Por servicios catastrales y cartografías 37,873    8.-Servicios en materia de protección civil y

bomberos voluntarios 11,731  4312 LICENCIAS PARA LA COLOCACIÓN DE

ANUNCIOS O PUBLICIDAD 665    1.-Anuncios y carteles luminosos hasta 10 m2 100    2.-Anuncios y carteles no luminosos hasta 10 m2 565  4313 POR LA EXPEDICIÓN DE ANUENCIAS PARA

TRAMITAR LICENCIAS PARA LA VENTA Y CONSUMO DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO 800  

  1.-Expendio 100    2.-Tienda de Autoservicio 100    3.-Cantina, billar o boliche 100    4.-Centro nocturno 100    5.-Restaurante 100    6.-Centro de eventos y salón de baile 100    7.-Hotel o motel 100    8.-Tienda de abarrotes 100  4314 POR LA EXPEDICIÓN DE AUTORIZACIONES 9,240  

194

Page 195: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

EVENTUALES POR DIA (Eventos Sociales)  1.Fiestas Sociales o Familiares 8,540    2.-Kermesse 100    3.-Bailes, Graduaciones, Bailes Tradicionales 100    4.-carreras de caballos, Rodeo, Jaripeo y

Eventos Públicos Similares 100    5.-Box, lucha, béisbol y eventos públicos

similares 100    6.-Ferias o Exposiciones ganaderas, Comerciales

y Eventos Públicos Similares 100    7.-Palenques 100    8.-Presentaciones artísticas 100  4316 POR LA EXPEDICIÓN DE ANUENCIAS

POR CAMBI0 DE D0MICILIO (ALCOHOLES) 100  4317 SERVICIO DE LIMPIA 300    1.-Barrido de calles 100    2.-Servicio especial de limpia 100    3.-Limpieza para lotes baldíos 100  4318 OTROS SERVICIOS 330,033    1.-Expedición de certificados 6,407    2.-Legalización de firmas 198,914    3.-Expedición de certificados de no adeudo de

créditos fiscales 94    4.-Certificación de documentos por hoja 11,748    5.-Por copia certificada de la información 100    6.-Información en disco flexible 100    7.-Información en disco compacto 100    8.-Certificación traslado de vehículos 2,790    9.-Licencias y Permisos especiales Anuencias

(uso de piso) 109,780  5000 PRODUCTOS $131,707 5100 Productos de Tipo Corriente  5101 ENAJENACIÓN ONEROSA DE BIENES

MUEBLES NO SUJETOS A RÉGIMEN DE DOMINIO PUBLICO 100  

5102 ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES E 7,420  

195

Page 196: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

INMUEBLES NO SUJETOS A RÉGIMEN DE DOMINIO PUBLICO

5103 UTILIDADES, DIVIDENDOS E INTERESES 100    Otorgamientos de Financiamiento y Rendimiento

de Capitales 100  5200 Otros Productos de Tipo Corriente  5201 VENTA DE PLACAS CON NÚMERO PARA

NOMENCLATURA 8,551  5210 MENSURA, REMENSURA, DESLINDE O

LOCALIZACIÓN DE LOTES 10,558  5300 Productos de Capital  5301 ENAJENACIÓN ONEROSA DE BIENES

INMUEBLES NO SUJETOS A RÉGIMEN 104,978    DE DOMINIO PUBLICO  6000 APROVECHAMIENTOS $751,471 6100 Aprovechamientos de Tipo Corriente  6101 MULTAS 500,916  6105 DONATIVOS 209,035  6114 APROVECHAMIENTOS DIVERSOS 41,520    1.-Baños públicos 28,800    2.-Bases para licitación 12,720  7000 INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y

SERVICIOS (PARAMUNICIPALES) $9,076,5627200 Ingresos de Operación de Entidades

Paramunicipales 7201 ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL DE

AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO. 7,770,442

7202 SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA (DIF) 1,306,120

8000 PARTICIPACIONES Y APORTACIONES $29,401,966 8100 Participaciones  8101 FONDO GENERAL DE PARTICIPACIONES 12,318,172  8102 FONDO DE FOMENTO MUNICIPAL 2,254,895  8103 PARTICIPACIONES ESTATALES 312,503  8104 IMPUESTO FEDERAL SOBRE TENENCIA Y 507,620  

196

Page 197: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

USO DE VEHÍCULOS8105 FONDO DE IMPUESTO ESPECIAL (Sobre

Alcohol, Cerveza y Tabaco) 376,755  8106 FONDO DE IMPUESTO DE AUTOS NUEVOS 121,941  8107 PARTICIPACIÓN DE PREMIOS Y LOTERÍAS 33,577  8108 FONDO DE COMPENSACIÓN PARA

RESARCIMIENTO POR DISMINUCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS 49,617  

8109 FONDO DE FISCALIZACIÓN 3,673,417  8110 IEPS A LAS GASOLINAS Y DIESEL 763,577  8200 Aportaciones  8201 FONDO DE APORTACIONES PARA EL

FORTALECIMIENTO 6,778,601  8202 FONDO DE APORTACIONES PARA LA

INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL 2,211,291  9000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES,

SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS $1,200,000 9400 Ayudas sociales  9401 Apoyos Extraordinarios del Gobierno del Estado 1,200,000    TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS $45,523,632

Artículo 73.- Para el ejercicio fiscal del año 2011, se aprueba la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Ayuntamiento del Municipio de Santa Ana, Sonora, con un importe total de: $45,523,632.00 (SON: CUARENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS 00/100 M. N.).

Artículo 74.- En los casos de otorgamiento de prorrogas para el pago de créditos fiscales, se causara un interés del 2% mensual, sobre saldos insolutos, durante el año 2011.

Artículo 75.- En los términos del Artículo 33 de la Ley de Hacienda Municipal, el pago extemporáneo de los créditos fiscales, dará lugar al cobro de recargos, siendo la tasa de los mismos de un 50% mayor a la señalada en el Artículo que antecede.

197

Page 198: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 76.- El Ayuntamiento del Municipio de Santa Ana, Sonora, deberá remitir al Congreso del Estado para la entrega al Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización, la calendarización anual de los ingresos aprobados en la presente Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos, a mas tardar el 31 de enero de 2011.

Artículo 77.- El Ayuntamiento del municipio de Santa Ana, Sonora enviara al Congreso del Estado, trimestralmente, dentro de los cuarenta y cinco días siguientes al trimestre vencido, la información y documentación señalada en la fracción XXIII del Artículo 136 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora.

Artículo 78.- El ejercicio de todo ingreso adicional o excedente que reciba el Ayuntamiento, deberá ser informado al Congreso del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 136, fracción XXI, ultima parte de la Constitución Política del Estado de Sonora, y artículo 61, fracción IV, inciso B) de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.

Artículo 79.- Las sanciones pecuniarias o restitutorias que en su caso pudieran cuantificar la Contraloría Municipal o el Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización, se equipararán a créditos fiscales, teniendo la obligación la Tesorería Municipal de hacerlas efectivas.

T R A N S I T O R I O

Artículo Primero.- La presente ley entrará en vigor el día primero de enero del año 2011, previa su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado.

Artículo Segundo.- El Ayuntamiento del Municipio de Santa Ana, remitirá a la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado, por conducto de Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización, la información correspondientes a su recaudación de impuesto predial, así como de los derechos por servicios de agua potable y alcantarillado que recaude el organismo municipal o intermunicipal que preste dicho servicio, incluyendo conceptos accesorios, en los plazos, desglose y términos que sean definidos de conformidad con la reglamentación federal aplicable, a fin de que sea remitida a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su validación y determinación de los coeficientes de distribución de participaciones del Estado y Municipios correspondientes al Fondo General y al Fondo de Fomento Municipal, en los términos de la Ley de Coordinación Fiscal.

198

Page 199: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2011HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDA DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

   GEN/ ESP     ANUAL

           1000     SERVICIOS PERSONALES   615,000.00

  1100   REMUNERACIONES DIVERSAS        111 DIETAS        11101 DIETAS   540,000.00

      5 Regidores a 9,000.00 c/u.45,000.

00               1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES    

    132PRIMAS DE VACAC., DOMINICAL Y GRAT. FIN DE AÑO    

    13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   75,000.00

      5 Regidores a 15,000 c/u75,000.

00             

2000     MATERIALES Y SIMINISTROS   3,600.00  2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS    

    261COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS    

    26101 COMBUSTIBLES   1,200.00

     Consumo de combustibles vehículos de Ayuntamiento. 100.00  

             2700   VEST., BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCION Y    

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: AY. AYUNTAMIENTO.

PROGRAMA: AR. ACCIÓN REGLAMENTARIA.SUB-PROGRAMA: 01. ADMINISTRACIÓN.

199

Page 200: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

ART. DEP.    271 VESTUARIO Y UNIFORMES        27101 VESTUARIO Y UNIFORMES   2,400.00      Uniformes para los Regidores. 200.00             

3000     SERVICIOS GENERALES   2,400.00  3700   SERVICIOS DE TRASLADO Y VIATICOS        375 VIATICOS        37501 VIATICOS   2,400.00      Viáticos de Ayuntamiento. 200.00                                                                                                                                                                                                        

     TOTAL DE PRESUPUESTO

AYUNTAMIENTO:  $621,000.0

0

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2011

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3PROGRAMA: BA. APOYO A LA ADMON Y REG. TEN TIERRA.SUB-PROGRAMA: 01. CONDUCCION Y COORDINACION.

200

Page 201: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

CAPITULOCONCEPT

OPARTID

A DENOMINACIÓN DE PARTIDA MENSUALPRESUPUEST

O

   GEN/ ESP     ANUAL

1000     SERVICIOS PERSONALES   973,757.00

  1100  REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARAC. PERM    

    113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE        11301 SUELDOS 38,456.00 461,472.00      1 Sindica Municipal 14,976.00        1 Auxiliar de Sindicatura 10,028.00        1 Secretaria de la Sindica 5,420.00        1 Supervisor de sindicatura 8,032.00               1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES    

    131PRIMAS POR AÑOS DE SERV. EFECT. PRESTADOS    

    13101PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. EFECTIVO 3,910.00 46,920.00

      PRESTADOS AL PERSONAL          1 Auxiliar de Sindicatura 2,794.00        1 Supervisor de sindicatura 1,116.00             

    132PRIMAS DE VACACIONES, DOM. Y GRAT. FIN DE AÑO    

    13201 PRIMA VACACIONAL   25,967.00      1 Auxiliar de Sindicatura 14,808.00        1 Secretaria de la Sindica 903.00        1 Supervisor de sindicatura 10,256.00             

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: SIN. SINDICATURA

201

Page 202: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   104,262.00      1 Sindica Municipal 41,600.00        1 Auxiliar de Sindicatura 28,135.00        1 Secretaria de la Sindica 12,043.00        1 Supervisor de sindicatura 22,484.00                 134 COMPENSACIONES        13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA   76,992.00      1 Sindica Municipal 6,416.00                 13404 BONO DE PRODUCTIVIDAD 10,388.00 124,656.00      1 Auxiliar Administrativo 4,780.00        1 Supervisor de sindicatura 3,802.00        1 Secretaria de la Sindica 1,806.00             

  1500  OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    

    154 PRESTACIONES CONTRACTUALES        15409 BONO POR DESPENSA 776.00 9,312.00      1 Auxiliar de Sindicatura 363.00        1 Supervisor de sindicatura 413.00             

    159OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    

    15901 OTRAS PRESTACIONES   119,808.00      1 Sindica Municipal 9,984.00               1700   PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS        171 ESTIMULOS        17102 ESTIMULO AL PERSONAL   4,368.00      1 Secretaria de la Sindica 364.00             

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS   56,400.00

  2100  MATER. DE ADMON, EMISION DE DOC. Y ART. OFIC.    

202

Page 203: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    211MAT., UTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA    

    21101MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA   6,000.00

      Materiales de oficina para Sindicatura 500.00  

    212MAT. Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION    

    21201 MAT. Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION   12,000.00

     Consumo de materiales de impresión para Sindicatura. 1,000.00  

             2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS        261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS        26101 COMBUSTIBLES   24,000.00

     Consumo de combustibles para vehículos sindicatura. 2,000.00  

           

  2700  VEST., BLANCOS, PRENDAS DE PROT. Y ART. DEPORT.    

    271 VESTUARIO Y UNIFORMES        27101 VESTUARIO Y UNIFORMES   2,400.00      Uniformes para los empleados de Sindicatura. 200.00             

  2900  HERRAMIENTAS, REFAC. Y ACCESORIOS MENORES    

    291 HERRAMIENTAS MENORES        29101 HERRAMIENTAS MENORES   12,000.00

     Consumo de accesorios y herramientas de Sindicatura 1,000.00  

           3000     SERVICIOS GENERALES   38,400.00

  3100   SERVICIOS BASICOS        314 TELEFONIA TRADICIONAL        31401 TELEFONIA TRADICIONAL   9,600.00      Servicio telefónico para Presidencia. 800.00             

203

Page 204: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    315 TELEFONI CELULAR          TELEFONIA CELULAR   9,600.00    31501 Telefonia celular para presidencia 800.00             

  3500  SERV. DE INST., REP., MANT. Y CONSERVACION    

    351CONSRVACION Y MANTTO MENOR DE INMUEBLES    

    35101MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE INMUEBLES   3,600.00

      Asignación para pago de señales de transito 300.00             

    355REPARACION Y MTTO DE EQ. DE TRANSPORTE    

    35501 MTTO Y CONSERV DE EQUIPO DE TRANSPORTE   3,600.00      Asignación para el pago de mtto de equipo de 300.00        transporte de sindicatura.                 3700   SERVICIO DE TRASLADO Y VIATICOS        375 VIATICOS        37501 VIÁTICOS   12,000.00      Viáticos de la sindicatura. 1,000.00             

5000    BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES   301,200.00

  5100   MOBILIATIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION        511 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA        51101 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA   1,200.00

     Asignación para mtto de mob y equipo de sindicatura. 100.00  

           

    515EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOIGIAS DE LA INF.    

    51501EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOIGIAS DE LA INF.   1,200.00

      Asignación para equipo de computo de 100.00  

204

Page 205: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Sindicatura.               581 TERRENOS   298,800.00    58101 Terrenos 24,900.00  

      TOTAL DEL PRESUPUESTO SINDICATURA:  $1,369,757.

00PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2011

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDA DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

   GEN/ ESP     ANUAL

           1000     SERVICIOS PERSONALES   837,844.00

  1100  REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER PERM.    

    113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE    

    11301 SUELDOS29,449.

00 353,388.00

      1 Presidente Municipal19,869.

00  

      1 Secretaria de Presidencia5,420.0

0  

      1 Secretario Particular del Presidente4,160.0

0               1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES    

    132PRIMAS DE VACAC., DOMINICAL Y GRAT. FIN DE AÑO    

    13201 PRIMA VACACIONAL   1,596.00

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: PM. PRESIDENCIA MUNICIPAL.

PROGRAMA: CA. ACCIÓN PRESIDENCIAL.SUB-PROGRAMA: 01. ASUNTOS DEL PRESIDENTE M.

205

Page 206: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Secretaria de Presidencia 903.00        1 Secretario Particular del Presidente 693.00                 13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   78,124.00

      1 Presidente Municipal55,679.

00  

      1 Secretaria de Presidencia12,045.

00  

      1 Secretario Particular del Presidente10,400.

00                 134 COMPENSACIONES    

    13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA15,940.

00 191,280.00

      1 Presidente Municipal14,206.

00  

      1 Secretario Particular del Presidente1,734.0

0               1500   OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    

    159OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    

    15901 OTRAS PRESTACIONES17,424.

00 209,088.00

      1 Presidente Municipal13,538.

00  

      1 Secretaria de Presidencia1,806.0

0  

      1 Secretario Particular del Presidente2,080.0

0               1700   PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS        171 ESTIMULOS        17102 ESTIMULO AL PERSONAL   4,368.00      1 Secretaria de Presidencia 364.00  

206

Page 207: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

           2000     MATERIALES Y SUMINISTROS   108,000.00

  2100  MAT. DE ADMON., EMISION DE DOC. Y ART. OFICIALES    

    211 MAT. , UTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA    

    21101MATERIAlES, UTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA   6,000.00

      Materiales de oficina para presidencia. 500.00             

    212MATERIALES Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPROD.    

    21201MATERIALES Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION   12,000.00

      Materiales de impresión para presidencia1,000.0

0               2200   ALIMENTOS Y UTENSILIOS        221 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS    

    22101PRODUCTOS ALIMENTICIOS PERSONAL INSTALACIONES   24,000.00

      Alimentos para personal en instalaciones2,000.0

0               2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS        261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS        26101 COMBUSTIBLES   60,000.00

     Consumo de combustibles para vehículos Presidencia.

5,000.00  

                                     26102 LUBRICANTES Y ADITIVOS   1,200.00      Consumo lub y adit para vehículos de Presidencia 100.00             

207

Page 208: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  2700  VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROT. Y ART. DEP.    

    271 VESTUARIO Y UNIFORMES        27101 VESTUARIOS Y UNIFORMES   2,400.00      Uniformes para Presidencia. 200.00               2900   HERRAMIENTAS, REFAC. Y ACCESORIOS MENORES    

    294REF. Y ACCE. MEN. DE EQ COMP. Y TEC. DE LA INF.    

    29401REFACC. Y ACCES. MENORES P/ EL EQPO DE COMPUTO   2,400.00

      Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION          Refacciones para equipo de Presidencia 200.00             

3000     SERVICIOS GENERALES   338,400.00  3100   SERVICIOS BASICOS        314 TELEFONIA TRADICIONAL   9,600.00    31401 TELEFONIA TRADICIONAL          Servicio telefónico para Presidencia. 800.00                 315 TELEFONIA CELULAR        31501 TELEFONIA CELULAR   43,200.00

      Telefonia celular para presidencia3,600.0

0               3200   SERVICIO DE ARRENDAMIENTO        325 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE        32501 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE   74,400.00

      Renta de vehiculo para Presidencia.6,200.0

0             

  3400  SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES    

208

Page 209: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    344SEGUROS DE RESPONSA. PATRIMONIAL Y FIANZAS    

    34401 SEGUROS DE RESPONSAB. PATRIMONIAL Y FIANZAS   12,000.00

      Asignación para seguros y fianzas de Presidencia1,000.0

0             

  3500  SERVICIOS DE INSTALACION, REP., MANT. Y CONSERV.    

    352INST., REP. Y MATTO DE MOB. Y EQ. DE ADMON, EDUC Y REC.    

    35201 MTTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO   1,200.00      Asignación para mantenimiento de mobiliario 100.00                 355 REP. Y MANTTO DE EQ. DE TRANSPORTE    

    35501MTTO Y CONSERVACIOIN DE EQUIPO DE TRANSPORTE   12,000.00

      Asignación para el pago de mtto de equipo de 1,000.0

0        transporte de presidencia.                 3700   SERVICIO DE TRASLADO Y VIATICOS        375 VIATICOS        37501 VIÁTICOS   60,000.00

      Viáticos de la presidencia.5,000.0

0               3800   SERVICIOS OFICIALES        382 GASTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL        38201 GASTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL   120,000.00

      Gastos de orden social y cultural de presidencia.10,000.

00                                   

209

Page 210: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

                        3900   OTROS SERVICIOS GENERALES        392 OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS        39201 OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS   6,000.00      Para pago de placas y tenencias de Presidencia. 500.00             

4000    TRANSF., ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS   72,000.00

  4400   AYUDAS SOCIALES        441 AYUDAS SOCIALES A PERSONAS        44101 AYUDAS SOCIALES A PERSONAS   12,000.00

      Para ayudas a personas escasos recursos1,000.0

0             

    442BECAS Y OTRAS AYUDAS PARA PROG. DE CAPACITAC.    

    44201 BECAS EDUCATIVAS   60,000.00

      Ayuda a estudiantes de distintos niveles educativos5,000.0

0             

      TOTAL DE PRESUPUESTO PRESIDENCIA:  $1,356,244

.00

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2011HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

210

Page 211: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

CAPITULO CONCEPTOPARTID

A DENOMINACIÓN DE PARTIDA

   GEN/ ESP  

1000     SERVICIOS PERSONALES  1100   REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARAC. PERM    113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE    11301 SUELDOS      1 Secretario del Ayuntamiento      1 Dir. Comunicación Social      1 Dir. Casa de la Cultura      1 Auxiliar Casa de la Cultura           11303 REMUNERACIONES DIVERSAS      1 Cronista      1 auxiliar accion civica      1 auxiliar de comunicación social         1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES    132 PRIMAS DE VACAC., DOMIN. Y GRAT. FIN DE AÑO    13201 PRIMA VACACIONAL      1 Dir. Comunicación Social      1 Dir. Casa de la Cultura      1 Auxiliar Casa de la Cultura      1 Encargada de Biblioteca      1 Maestra Manualidades       1 Maestro de musica

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: SA. SECRETARÍA DEL AYTO.

PROGRAMA: DA. POLÍTICA Y GOBIERNO MUNICIPALSUB-PROGRAMA: 01. CONDUCCIÓN DEL GOBIERNO.

211

Page 212: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Maestro de Dibujo y Teatro      1 Maestra de ingles           13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO      1 Secretario del Ayuntamiento      1 Dir. Comunicación Social      1 Dir. Casa de la Cultura      1 Auxiliar Casa de la Cultura      1 Encargada de Biblioteca      1 Maestra Manualidades       1 Maestro de musica      1 Maestro de Dibujo y Teatro      1 Maestra de ingles      1 Maestro de musicales           134 COMPENSACIONES    13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA      1 Secretario del Ayuntamiento      1 Dir. Comunicación Social      1 Dir. Casa de la Cultura         1400   APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL    141 APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL    14101 CUOTAS POR SERVICIO MEDICO DEL ISSSTESON      Aportación de cuotas de todas las dependencias           14103 CUOTAS POR SEGURO DE RETIRO AL ISSSTESON      Directamente de nuestras participaciones.         1500   OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    159 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    15901 OTRAS PRESTACIONES

212

Page 213: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Secretario Municipal      1 Dir. Comunicación Social      1 Dir. Casa de la Cultura         1700   PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS    171 ESTIMULOS    17102 ESTIMULO AL PERSONAL       1 Encargada de Biblioteca      1 Maestra Manualidades       1 Maestro de musica      1 Maestro de Dibujo y Teatro      1 Maestra de ingles      1 Maestro de musicales       

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS  2100   MAT. DE ADMON, EMISION DE DOC. Y ART. OFICIALES    211 MATERIALES, UTILES Y EQ. MENORES DE OFICINA    21101 MATERIAL, UTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA      Materiales de oficina para Secretaría.           212 MAT. Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION    21201 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUC.      Consumo de materiales de impresión para Secretaría.         2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS    261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS    26101 COMBUSTIBLES      Consumo de combustibles para vehículos Secretaría.           26102 LUBRICANTES Y ADITIVOS      Lubricantes y aditivos para Secretaría.

213

Page 214: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

         2700   VEST., BLANCOS, PRENDAS DE PROT. Y ART. DEP.    271 VESTUARIO Y UNIFORMES     27101 VESTUARIO Y UNIFORMES       Uniformes para la dependencia de Secretaría.       

3000     SERICIOS GENERALES  3100   SERVICIOS BASICOS    314 TELEFONIA TRADICIONAL    31401 TELEFONIA TRADICIONAL      Servicio telefónico para Presidencia.           315 TELEFONIA CELULAR    31501 TELEFONIA CELULAR      Telefonia celular para presidencia           318 SERVICIOS POSTALES Y TELEGRAFICOS    31811 SERVICIO POSTAL      Pago de servicios de envío de documentación.         3300   SERV. PROF., CIENTIFICOS, TECN. Y OTROS SERV.    336 SERV. DE APOYO ADMVO, TRADUC., FOTOC. E IMP.    33603 IMPRESIONES Y PUBLICACIONES OFICIALES      Para publicaciones oficiales de la secretaría.         3500   SERVICIOS DE INSTALACION, REP., MANT. Y CONSER.    352 INST. REP. Y MTTO DE EQ. DE ADMON, EDUC. Y REC.    35201 MTTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO      Gastos destinados al pago de servicios de mtto.               

214

Page 215: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

                  355 REPARACION Y MATTO DE EQ. DE TRANSPORTE    35501 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE      Mtto de los vehiculos de Secretaría.         3600   SERVICIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y PUBLICIDAD

      361 DIF. POR RADIO TV Y OTROS MEDIOS DE MENSAJES     36101 DIFUSION POR RADIO TV Y OTROS MEDIOS DE MENSAJES       S/PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES      Para cubrir costos de servicios de difusión           369 OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN    36901 OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN      Asignación para suscripciones a revistas y periodicos.         3700   SERVICIOS DE TRASLADO Y VIATICOS    375 VIATICOS    37501 VIÁTICOS      Viáticos de la Secretaría.       

4000     TRANSF. ASIG., SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS.  4100   TRASNF. INTERNAS Y ASIGNACIONES AL SECTOR PUB.    415 TRANS. INT. OTOR. A ENT. PARAEST. NO EMP. Y NO FIN.    41501 TRANSFERENCIAS PARA SERVICIOS PERSONALES      Bomberos      Secretaría de Salud      DIF Municipal         4400   AYUDAS SOCIALES    443 AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA

215

Page 216: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    44301 AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA      ISAPAF      Otras Instituciones Educativas           44302 ACCIONES SOCIALES BASICAS      Pago de desayunos y despensas        

5000     BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES  5100   MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION    515 EQUIPO DE COMPUTO Y TEC. DE LA INFORMACION.    51501 EQUIPO DE COMPUTO Y TECNOLOGIAS DE LA INF.      Asignación para equipo de computo de Secretaría.         5200   MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO    523 CAMARAS FOTOGRAFICAS Y DE VIDEO    52301 CAMARAS FOTOGRAFICAS Y DE VIDEO      Asignación para camara fotografica y video.                                          

      TOTAL DE PRESUPUESTO SECRETARÍA:

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2011

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: TM. TESORERÍA MUNICIPAL.

PROGRAMA: EY. ADMON DE POLÍTICA DE INGRESOS.SUB-PROGRAMA: 01. REGLAM. ADMON. TRIBUTARIA.

216

Page 217: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

CAPITULO CONCEPTO PARTIDA DENOMINACIÓN DE PARTIDA

   GEN/ ESP  

1000     SERVICIOS PERSONALES  1100   REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARAC. PERM.    113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE    11301 SUELDOS      1 Tesorero Municipal      1 Contador      1 Auxiliar en Tesorería      1 Auxiliar de ICRESON      1 Auxiliar Contable      1 Cajero      1 Auxiliar en Tesorería         1200   REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACT. TRANS.    121 HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS    12101 HONORARIOS       Pago de Servicio Asesor Contable         1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES    131 PRIMAS Y ACRE. POR AÑOS DE SERV. EFECTIVO    13101 PRIMAS Y ACRE. POR AÑOS DE SERV. EFECTIVO      PRESTADOS AL PERSONAL      1 Auxiliar de ICRESON      1 Auxiliar Contable      1 Auxiliar De tesoreria       

217

Page 218: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    132 PRIMAS DE VAC. DOMINICAL Y GRAT FIN DE AÑO    13201 PRIMA VACACIONAL      1 Contador      1 Auxiliar en Tesorería      1 Auxiliar de ICRESON      1 Auxiliar Contable      1 Cajero           13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO      1 Tesorero Municipal      1 Contador      1 Auxiliar en Tesorería      1 Auxiliar de ICRESON      1 Auxiliar Contable      1 Cajero      1 Auxiliar en Tesorería           134 COMPENSACIONES    13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA      1 Tesorero Municipal      1 Contador       1500   OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS  154 PRESTACIONES CONTRACTUALES  15409 BONO PARA DESPENSA    1 Auxiliar de ICRESON    1 Auxiliar Contable    1 Auxiliar de Tesorería                    

218

Page 219: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

            159 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    15901 OTRAS PRESTACIONES      1 Tesorero Municipal      1 Contador      1 Auxiliar en Tesorería      1 Auxiliar de ICRESON      1 Auxiliar Contable      1 Cajero       1700   PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS  171 ESTIMULOS AL PERSONAL    17102 ESTIMULO AL PERSONAL       1 Auxiliar en Tesorería      1 Auxiliar de ICRESON      1 Auxiliar Contable      1 Cajero

      1 Auxiliar en Tesorería         

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS  2100   MATER. DE ADMON, EMISION DE DOC. Y ART. OFIC.    211 MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA

    21101 MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA    Materiales de oficina para Tesorería Mpal.       212 MAT. Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION    21201 MAT. Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION    Consumo de mat. de impresión para Tesorería Mpal.       2200   ALIMENTOS Y UTENSILIOS  221 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS

219

Page 220: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  22101 PRODUCT. ALIMENTICIOS P/PERS.EN INSTALACIONES    Alimentos para personal de Tesorería.       22106 ADQUISICION DE AGUA POTABLE    Adquisicion de agua potable, para oficinas y eventos       2500   PRODUCTOS QUIMICOS, FARMACEUTICOS Y DE LAB.    253 MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS  25301 MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS    Adquisicion de medicamentos.       2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS  261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS  26101 COMBUSTIBLES    Consumo de combustibles para vehículos Tesorería.         26102 LUBRICANTES Y ADITIVOS    Lubricantes y aditivos para Tesorería.       2700   VEST., BLANCOS, PRENDAS DE PROT. Y ART DEP.  271 VESTUARIO Y UNIFORMES     27401 VESTUARIO Y UNIFORMES       Uniformes para personal de Tesorería.                                     2900   HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS MEN.    294 REFACC. Y ACCES. MENORES P/ EL EQPO DE COMPUTO    29401 REFACC. Y ACCES. MENORES P/ EL EQPO DE COMPUTO      Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION

220

Page 221: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      Refacciones para equipo de Tesoreria       

3000     SERVICIOS GENERALES  3100   SERVICIOS BASICOS    314 TELEFONIA TRADICIONAL    31401 TELEFONIA TRADICIONAL    Servicio telefónico para Tesorería.       315 TELEFONIA CELULAR    31501 TELEFONIA CELULAR      Telefonia celular para presidencia         3300   SERVICIOS PROF., CIENT. TECNIC. Y OTROS SERV.    331 SERV. LEGALES, DE CONTABILIDAD, AUDITORIAS  33101 SERVICIOS LEGALES, DE CONTABILIDAD, AUDITORIAS    Y RELACIONADOS    Pago a terceros por servicios profesionales.       3300   SERV. PROFES., CIENTIFICOS, TEC. Y OTROS SERV.    336 SERV. DE APOYO ADTVO, TRADUCCION, FOTO. E IMP.    33603 IMPRESIONES Y PUBLICACIONES OFICIALES      Para publicaciones oficiales de la Tesorería.       3400   SERV., FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES  341 SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS  34101 SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS    Para cubrir diversos gastos financieros.       3500   SERVICIOS DE INST. REP., MANT. Y CONSERV.

  352INST. REP. Y MATTO DE MOB. Y EQ. DE ADMON, EDUC. Y REC.

  35201 MTTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO

221

Page 222: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    Costo de mtto y cons de mob y equipo de Tesorería         3700   SERVICIO DE TRASLADO Y VIATICOS    375 VIATICOS    37501 VIÁTICOS    Viáticos de la Tesorería Mpal.       3900   OTROS SERVICIOS GENERALES  393 IMPUESTOS Y DERECHOS DE IMPORTACION  39301 IMPUESTOS Y DERECHOS DE IMPORTACION    Pago de impuestos de bienes adquiridos en el extranj.       399 OTROS SERVICIOS GENERALES  39902 SERVICIOS DE ADMON DEL IMPUESTO PREDIAL    Para cubrir porcentaje de la elaboración de la boleta.     

5000   BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES  5100   MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMON    515 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOIGIAS DE LA INF.    51501 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOIGIAS DE LA INF.    Adquisición de equipo para Tesorería.          

9000   DEUDA PUBLICA  9100   AMORTIZACION DE LA DEUDA PUBLICA

  911 AMORTIZACION DE LA DEUDA PUBLICA  91102 AMORTIZACION DE CAPITAL CORTO PLAZO    Para pago de aguinaldos Secretaria de Hacienda               

222

Page 223: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

                                                            

      TOTAL DE PRESUPUESTO TESORERÍA:

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2011

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CAPITULO CONCEPTOPARTID

A DENOMINACIÓN DE PARTIDA

   GEN/ ESP  

1000     SERVICIOS PERSONALES         1100   REMUNERACIONES AL PERS. DE CARAC. PERMANEN.    113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE    11301 SUELDOS      1 Director de Obras Públicas

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DOP. DIR. OBRAS PUBLICAS

PROGRAMA: HW. PROM. Y EJEC. DE OBRAS PUB.SUB-PROGRAMA: 03. EJECUCION DE OBRAS P.

223

Page 224: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Auxiliar Obras Públicas      1 Secretaria de Obras Publicas      1 Supervisor      1 Responsable de Taller y Maquinaria      2 Operadores de Maq. pesada a razón de 7,744 c/u      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Chofer       2 albañiles a razón de 4,676 c/u      1 Albañil         1200   REMUNER. AL PERSONAL DE CARAC TRANSITORIO    122 SUELDO BASE AL PERSONAL EVENTUAL    12201 SUELDO BASE AL PERSONAL EVENTUAL         1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES    131 PRIMAS POR AÑOS DE SERV. EFECT PRESTADIS    13101 PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. EFECTIVO      PRESTADOS AL PERSONAL      1 Supervisor      2 Operadores de Maq. Pesada a razón de 542 c/u      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Chofer      2 albañiles a razón de 746 c/u      1 Albañil           132 PRIMAS DE VACAC. DOMINICAL Y GRAT. FIN DE AÑO    13201 PRIMA VACACIONAL      1 Auxiliar Obras Públicas      1 Secretaria de Obras Publicas      1 Supervisor

224

Page 225: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Responsable de Taller y Maquinaria      2 Operadores de Maq. Pesada a razón de 9,953.00 c/u      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Chofer      1 Albañil      1 Albañil      1 Albañil                                                            13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO      1 Director de Obras Públicas      1 Auxiliar Obras Públicas      1 Secretaria de Obras Publicas      1 Supervisor      1 Responsable de Taller y Maquinaria      2 Operadores de Maq. Pesada a razón de 21,819.00      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Chofer      2 albañiles a razón de 10,016.00 c/u      1 Albañil           134 COMPENSACIONES    13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA      1 Director de Obras Públicas

225

Page 226: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

         13404 BONO DE PRODUCTIVIDAD      1 Auxiliar Obras Públicas      1 Secretaria de Obras Publicas      1 Responsable de Taller y Maquinaria      2 Operadores de Maq. Pesada a razón de 3,740 c/u      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Chofer      2 albañiles a razón de 595 c/u      1 Albañil         1500   OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y E CONOMICAS    154 PRESTACIONES CONTRACTUALES    15409 BONO PARA DESPENSA      1 Supervisor      2 Operadores Maquinaria pesada a razón de 434 c/u      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Chofer      1 Albañil      2 Albañiles a razon de 355 c/u      1 Topografo           159 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y E CONOMICAS    15901 OTRAS PRESTACIONES      1 Director de Obras Públicas         1700   PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS    171 ESTIMULOS    17102 ESTÍMULOS AL PERSONAL      1 Auxiliar Obras Públicas

226

Page 227: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Secretaria de Obras Publicas      1 chofer      1 Responsable de Taller y Maquinaria      1 Supervisor       

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS  2100   MAT. DE ADMON , EMISION DE DOC. Y ART. OFIC.    211 MAT. , UTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA    21101 MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA      Materiales de oficina para Obras Públicas           212 MAT. Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION    21201 MATERIALES Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REP.      Materiales y utiles para Obras Públicas.         2200   ALIMENTOS Y UTENSILIOS    221 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS    22101 PRODUCT. ALIMENTICIOS P/PERS.EN INSTALACIONES    Alimentos para personal de Obras Públicas       2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS  261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS    26101 COMBUSTIBLES      Consumo de combustibles para vehículos Obras Púb.           26102 LUBRICANTES Y ADITIVOS       Consumo lub y adit para vehiculos de Obras Pub.         2700   VEST., BLANCOS, PRENDAS DE PROT. Y ART. DEP.    271 VESTUARIO Y UNIFORMES     27101 VESTUARIO Y UNIFORMES       Uniformes para personal de Obras Públicas           272 PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN PERSONAL

227

Page 228: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    27201 PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN PERSONAL      Prendas de protección para trabajadores de Obras         2900   HERRAMIENTAS, REFAC., Y ACCESORIOS MENORES    291 HERRAMIENTAS MENORES  29101 HERRAMIENTAS MENORES      Herramientas menores para Obras Públicas       

3000     SERVICIOS GENERALES  3100   SERVICIOS BASICOS    314 TELEFONIA TRADICIONAL    31401 TELEFONIA TRADICIONAL    Servicio telefónico para Tesorería.       315 TELEFONIA CELULAR    31501 TELEFONIA CELULAR      Telefonia celular para presidencia         3400   SERV. FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES    347 FLETES Y MANIOBRAS    34701 FLETES Y MANIOBRAS      De materiales de la Dirección de Obras Publicas.                                     3500   SERVICIOS DE INST., REP., MANT. Y CONSERVACION    355 REP. Y MATTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE    35501 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE      Mtto y Cons de Eq de Transporte de la Dir Obras Pub.           357 INST. REP. Y MATTO DE MAQ, OTROS EQ. Y HTAS    35701 MTTO Y CONS DE MAQUINARIA Y EQUIPO

228

Page 229: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      Maq y equipo de la Dir de Obras Publicas.         3700   SERVICIOS DE TRASLADO Y VIATICOS    375 VIATICOS    37501 VIÁTICOS      Viáticos de la Dirección de Obras Publicas.              

5000     BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES  5100   MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMON    511 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA    51101 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA      Asignación para compra de mobiliario de oficina           515 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.    51501 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.      Asignación para compra de equipo de computo         5600   MAQUINARIA, Y EQUIPO INDUSTRIAL    563 MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCION    56301 MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCION      Compra de retroexcavadora y motoconformadora       

6000     INVERSION PUBLICA  6100    

    614 DIVISION DE TERRENOS Y CONSTRUCCION DE OBRAS DE URBANIZACION    61416 CECOP       

    623 CONSTRUCCION DE OBRAS PARA EL ABASTECIMIENTO DE AGUA, PETROLEO, GAS, ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES    62301 REHABILITACIÓN DE SISTEMAS DE ABASTECIMIENTO      DE AGUA POTABLE

229

Page 230: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

              

   624 DIVISION DE TERRENOS Y CONSTRUCCION DE OBRAS DE URBANIZACION

    62417 PLAZAS CIVICAS Y JARDINES              

8000     PARTICIPACIONES Y APORTACIONES  8300   APORTACIONES    832 APORTACIONES DE LA FEDERACION A MUNICIPIOS    83202 FDO APORT P/INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL      Ejecución de obras de Inf. Social Municipal.              

     

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2011

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CAPITULO CONCEPTOPARTID

A DENOMINACIÓN DE PARTIDA MENSUAL

   GEN/ ESP    

1000     SERVICIOS PERSONALES    1100   REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARAC. PERM.      113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE        SUELDOS 178,797.00

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DSP. DIR. SERVICIOS PUB.

PROGRAMA: IB. ADMON DE LOS SERV. PÚB.SUB-PROGRAMA: 01. ADMINISTRACIÓN.

230

Page 231: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Director de Servicios Públicos 12,863.00      1 Director Rastro Municipal 5,306.00      1 Secretaria de servicios publicos 5,420.00      1 Electricista 8,851.00      1 Supervisor de Serv. Públicos 7,460.00      1 Supervisor de Servicios Públicos 8,032.00      1 Responsable de Maquinaria 4,368.00      1 Operador de Maquinaria Pesada 7,752.00      5 Choferes a razón de 4041.00 c/u 20,205.00      1 Chofer 3,555.00      22 Jornaleros a razón de 3,255 c/u 71,610.00      1 jornalero 3,671.00      2 veladores a razón de 4,990.00 c/u 9,980.00      1 Encargada de Intendencia 3,480.00      1 Encargada de Intendencia 3,259.00      1 Encargada de Intendencia 2,985.00           1200   REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARAC. TRANS.      122 SUELDO BASE AL PERSONAL EVENTUAL      12201 SUELDO BASE AL PERSONAL EVENTUAL 60,000.00           1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES  

    131PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. EFVO.  

    13101 PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. EFVO. 14,783.00      PRESTADOS AL PERSONAL        1 Auxiliar Contable 298.00      1 Electricista 926.00      1 Supervisor de Servicios Públicos 418.00      1 Supervisor de Servicios Públicos 896.00      1 Operador de Maquinaria Pesada 2,158.00      2 Choferes a razón de 432 c/u 864.00

231

Page 232: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Chofer 231.00      1 Chofer 693.00      1 Chofer 319.00      1 Chofer 200.00      5 Jornaleros a razón de 308c/u 1,540.00      1 Jornalero 184.00      3 Jornaleros a razón de 307 c/u 2,763.00      1 Jornalero 461.00      4 Jornaleros a razon de $614.00 c/u 2,456.00      1 Encargada de Intendencia 180.00      1 Encargada de Intendencia 196.00      1 Supervisor de Servicios Públicos 4,000.00      1 Electricista 6,000.00      2 Chofer 8,000.00         

    132PRIMAS DE VACAC., DOMIN. Y GRAT. FIN DE AÑO  

    13201 PRIMA VACACIONAL        1 Director Rastro Municipal 884.00      1 Secretaria de servicios publicos 1,205.00      1 Electricista 5,900.00      1 Supervisor 7,687.00      1 Supervisor 7,985.00      1 Responsable de Maquinaria 728.00      1 Operador de Maquinaria Pesada 11,446.00      4 Choferes a razón de 4,246.00 c/u 16,984.00      1 Chofer 3,335.00      1 Chofer 5,329.00      17 Jornaleros a razón de 2,821.00c/u 47,957.00      5 jornaleros a razón de 3,255.00c/u 16,275.00      1 jornalero 3,373.00      2 veladores a razón de 4,325.00 c/u 8,650.00

232

Page 233: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Encargada de Intendencia 3,260.00      1 Encargada de Intendencia 3,104.00      1 Encargada de Intendencia 497.00             13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO        1 Director de Servicios Públicos 31,512.00      1 Director Rastro Municipal 12,620.00      1 Secretaria de servicios publicos 12,048.00      1 Electricista 16,815.00      1 Supervisor de Serv. Públicos 16,853.00      1 Supervisor de Serv. Públicos 17,507.00      1 Responsable de Maquinaria 15,378.00      1 Operador de Maquinaria Pesada 21,747.00      4 Choferes a razón de 9,309.00 c/u 37,236.00      1 Chofer 11,683.00      1 Chofer 7,311.00      22 Jornaleros a razón de 6,185.00 c/u 136,070.00      1 jornalero 7,394.00      2 veladores a razón de 9,481.00 c/u 18,962.00      1 Encargada de Intendencia 7,147.00      1 Encargada de Intendencia 6,805.00      1 Encargada de Intendencia 5,720.00      25 Pensionados 176,862.00             133 HORAS ESTRAORDINARIAS      13301 REMUNERACIONES POR HORAS EXTRAORDINARIAS        Remuneración para personal que tenga derechos 1,000.00             134 COMPENSACIONES      13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA        1 Director de Servicios Publicos 4,676.00         

233

Page 234: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  13404 BONO DE PRODUCTIVIDAD 22,106.00      1 Director Rastro Municipal 2,266.00      1 Secretaria de servicios publicos 1,807.00      1 Supervisor de Servicios Públicos 1,410.00      1 Supervisor de Servicios Públicos 1,182.00      1 Responsable de Maquinaria 4,858.00      1 Operador de Maquinaria Pesada 3,694.00      4 Choferes a razón de 859.00c/u 3,436.00      1 Chofer 2,108.00      1 Chofer 293.00      1 Encargada de Intendencia 282.00      1 Encargada de Intendencia 323.00      1 Encargada de Intendencia 447.00           1400   APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL      143 APORTACIONES AL SISTEMA PARA EL RETIRO      14301 PAGO DE DEFUNSION PENSIONES Y JUBILACIONES 99,275.00      1 Pensionada a razón de 2,,466 quincenales 4,932.00      1 Pensionada a razón de 1,679 quincenales 3,358.00      4 Pensionados a razón de 1,747 quincenales 13,976.00      1 Pensionado a razón de 1,601 quincenales 3,202.00      1 Pensionado a razón de 1,166 quincenales 2,332.00      2 pensionados a razón de 1,597 quincenales 6,389.00      1 Pensionado a razón de 3,416 quincenales 6,832.00      2 Pensionados a razón de 1,194 quincenales 4,776.00      1 Pensionado a razón de 1,370 quincenales 2,740.00      1 Pensionado a razón de 2,603 quincenales 5,206.00      1 Pensionado a razón de 1,473 quincenales 2,946.00      1 Pensionado a razón de 4,905 quincenales 9,810.00      1 Pensionado a razón de 1,953 quincenales 3,906.00      1 Pensionado a razón de 1,931 quincenales 3,862.00

234

Page 235: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Pensionada a razón de 1,351 quincenales 2,702.00      1 Pensionado a razón de 1,616 quincenales 3,232.00      1 Pensionado a razón de 1,674 quincenales 3,348.00      1 Pensionado a razón de 1,736 quincenales 3,472.00      1 Pensionado a razón de 1,638 quincenales 3,276.00      1 Pensionado a razón de 4,489 quincenales 8,978.00           1500   OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS      154 PRESTACIONES CONTRACTUALES      15409 BONO PARA DESPENSA 12,776.00      1 Dir. Rastro Municipal 213.00      1 Auxiliar Contable 621.00      1 Electricista 351.00      1 Supervisores Servicios Publicos 154.00      1 Supervisor de Servicios Públicos 355.00      6 Choferes a razon de 355 c/u 2,130.00      9 Jornaleros a razon de 355 c/u 3,195.00      13 jornaleros a razón de 359 c/u 4,667.00      2 Veladores a razón de 154 c/u 308.00      1 Encargada de Intendencia 359.00      1 Encargada de Intendencia 154.00      1 Operador de Maquinaria Pesada 269.00         

    159OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS  

    15901 OTRAS PRESTACIONES        1 Director de Servicios Públicos 6,042.00           1700   PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS      171 ESTIMULOS      17102 ESTÍMULOS AL PERSONAL 7,866.00      1 Secretaria de servicios publicos 364.00

235

Page 236: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Supervisor de Servicios Publicos 2,900.00      1 Jornalero 1,183.00      1 Jornalero 615.00      1 Jornalero 295.00      1 Encargada de Intendencia 620.00      1 Electricista 1,889.00                  

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS    2100   MAT. DE ADMON, EMISION DE DOC. Y ART. OFICIALES      211 MAT., UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA      21101 MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA        Materiales de oficina para Servicios Públicos 500.00             216 MATERIAL DE LIMPIEZA      21601 MATERIAL DE LIMPIEZA        Materiales de limpieza para Servicios Públicos 2,500.00           2900   HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCES. MENORES      291 HERRAMIENTAS MENORES      29101 HERRAMIENTAS MENORES        Para adquisición de herramientas en Serv. Púb. 2,000.00           2400   MATERIALES Y ART. DE CONSTRUCCION Y REPARAC.      246 MATERIAL ELECTRICO Y ELECTRONICO      24601 MATERIAL ELECTRICO Y ELECTRONICO        Material para Servicios Públicos, cables, interruptores 2,000.00           2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS      261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS      26101 COMBUSTIBLES  

236

Page 237: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      Consumo de combustibles para vehículos de Serv. P. 40,000.00             26102 LUBRICANTES Y ADITIVOS        Consumo lub y adit para vehiculos de Serv. Públicos 5,000.00           2700   VEST. BLANCOS, PRENDAS DE PROT. Y ART. DEPORT.      271 VESTUARIO Y UNIFORMES      27101 VESTUARIO Y UNIFORMES        Uniformes para personal de Servicios Públicos 1,000.00         

    272PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN PERSONAL  

    27201 PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN PERSONAL        Prendas de protección para trabajadores de Serv. P. 1,000.00         

3000     SERVICIOS GENERALES    3100   SERVICIOS BASICOS      311 ENERGIA ELECTRICA      31101 ENERGIA ELECTRICA        Energia Electrica de las instalaciones del Ayto. 15,000.00             31104 SERVICIO DE ALUMBRADO PUBLICO        Costo del alumbrado Público del municipio. 128,869.00             314 TELEFONIA TRADICIONAL      31401 TELEFONIA TRADICIONAL        Servicio telefonico para la dependencia de Serv. P. 800.00             315 TELEFONIA CELULAR      31501 TELEFONIA CELULAR        Telefonia celular para presidencia 1,000.00         

237

Page 238: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

                    3400   SERV. FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES      347 FLETES Y MANIOBRAS      34701 FLETES Y MANIOBRAS        De materiales de la Dirección de Servicios Públicos 100.00           3500   SERVICIOS DE INSTALACION, REP., MANT Y CONSERV.      351 MATTO Y CONSERVACION DE INMUEBLES      35101 MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE INMUEBLES        Costo del mantenimiento de inmuebles del Ayto. 10,000.00             35104 MTTO Y CONSERVACION DE PANTEONES        Conservación de panteones del municipio. 100.00             352 INST., REP. Y MTTO DE MOB. Y EQ. DE ADMON.      35201 MANTENIMIENTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO        Mtto del mob. Y eq. de computo de esta dependencia 1,000.00         

    355REPARACION Y MTTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE  

    35501 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE        Mtto y Cons de Eq de Transporte de Servicios Púb. 5,000.00         

    357INST. REP. Y MTTO DE MAQ., OTROS EQ. Y HERTAS.  

    35701 MANTENIMIENTO Y CONS DE MAQUINARIA Y EQUIPO        Costo del mantenimiento de Maq. Y eq. del Ayto. 10,000.00             359 SERVICIOS DE JARDINERIA Y FUMIGACION      35901 SERVICIOS DE JARDINERIA Y FUMIGACION        Conservación de parques y jardines del municipio. 1,000.00

238

Page 239: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

                    3700   SERVICIO DE TRASLADO Y VIATICOS      375 VIATICOS      37501 VIÁTICOS        Viáticos de la Dirección de Servicios Públicos 200.00         

5000     BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES    5400   VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE      549 OTROS EQUIPOS DE TRANSPORTE      54901 OTROS EQUIPOS DE TRANSPORTE 17,856.25      Adquisición de contenedor de basura 6,000.00      Adquisición de dompe 6,000.00      Adquisición de pipa 5,856.25                                                                                          

     TOTAL PRESUPUESTO DIR. SERVICIOS

PUBLICOS:  PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2011

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DSPM. DIR. DE SEG. PUBLICA MUNICIPAL

PROGRAMA: J9. CONTROL Y EVALUACION DE LA SEG. PUBLICASUB-PROGRAMA: 01. DIRECCION Y COORDINACION.

239

Page 240: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

CAPITULO CONCEPTOPARTID

A DENOMINACIÓN DE PARTIDA MENSUALPRESUPUEST

O

   GEN/ ESP     ANUAL

           1000     SERVICIOS PERSONALES   3,742,280.00

  1100   REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARAC. PERM.        113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE        11301 SUELDOS 207,052.00 2,484,624.00      1 Dir. De Seguridad Pública 10,920.00        1 Oficial Administrativo 4,365.00        5 Oficiales Primeros a razon de 4,316 c/u 21,580.00        1 Oficial Segundo 3,800.00        4 suboficiales a razón de 3,428 c/u 13,712.00        1 Secretaria 2,500.00        29 Policias Preventivos a razon de 4,182 c/u 121,278.00        1 Policia Preventivo 3,295.00        1 Policia Preventivo 3,593.00        2 Policias Preventivos a razón de 3,849 c/u 7,698.00        1 Policia Preventivo 4,112.00        1 Encargada de Intendencia 2,919.00        1 Dir. Proteccion Civil 7,280.00                 11303 REMUNERACIONES DIVERSAS 28,444.00 341,328.00      1 Inspector de Protección Civil 5,304.00        5 Delegados de Policia a razón de 2,432 12,160.00        2 Delegados de Policia a razón de 3,390 6,780.00        1 Medico 4,200.00               1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES        131 PRIMAS Y ACRE. POR AÑOS DE SEV. EFEC.    

240

Page 241: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

PDOS.

    13101PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. EFECTIVO   6,612.00

      PRESTADOS AL PERSONAL          1 Encargada de Intendencia 551.00             

    132PRIMAS DE VAC, DOMINICAL Y GRAT. FIN DE AÑO    

    13201 PRIMA VACACIONAL   36,531.00      1 Oficial Administrativo 1,050.00        5 Oficiales Primeros a razon de 719.00c/u 3,595.00        1 Oficial Segundo 847.00        4 suboficiales a razón de 686 c/u 2,744.00        1 Secretaria 833.00        29 Policias Preventivos a razon de 697.00 c/u 20,213.00        1 Policia Preventivo 549.00        1 Policia Preventivo 599.00        2 Policias Preventivos a razón de 642 c/u 1,284.00        1 Policia Preventivo 685.00        1 Encargada de Intendencia 2,919.00        1 Dir. Proteccion Civil 1,213.00                 13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   386,477.00      1 Dir. De Seguridad Pública 30,486.00        1 Oficial Administrativo 10,597.00        5 Oficiales Primeros a razon de 9,097.00 c/u 45,485.00        1 Oficial Segundo 8,470.00        4 suboficiales a razón de 6,857 c/u 27,428.00        1 Secretaria 8,333.00        29 Policias Preventivos a razon de 6,970 c/u 202,130.00        1 Policia Preventivo 5,492.00             

241

Page 242: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

                                       1 Policia Preventivo 5,988.00        2 Policias Preventivos a razón de 6,415 c/u 12,830.00        1 Policia Preventivo 6,853.00        1 Policia Preventivo 4,705.00        1 Encargada de Intendencia 5,547.00        1 Dir. Proteccion Civil 12,133.00                 134 COMPENSACIONES        13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA 10,705.00 128,460.00      1 Dir. De Seguridad Pública 4,734.00        1 Oficial Administrativo 1,060.00        1 Policia Preventivo 590.00        1 Policia Preventivo 217.00        1 Policia Preventivo 202.00        2 Policias Preventivos a razón de 496 c/u 992.00        3 suboficiales a razón de 970 c/u 2,910.00               13404 BONO DE PRODUCTIVIDAD 12,996.00 155,952.00      1 Oficial Administrativo 1,935.00        5 Oficiales Primeros a razon de 1,142 c/u 5,710.00        1 Oficial Segundo 1,282.00        4 suboficiales a razón de 820 c/u 3,280.00        1 Policia Preventivo 789.00               1500   OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS        154 PRESTACIONES CONTRACTUALES        15409 BONO PARA DESPENSA 3,286.00 39,432.00      1 Oficial Administrativo 192.00  

242

Page 243: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      5 Oficiales Primeros a razon de 219 c/u 1,095.00        1 Policia Preventivo 201.00        3 Policias Preventivos a razón de 213 c/u 639.00        4 suboficiales a razón de 201 c/u 804.00        1 Encargada de Intendencia 355.00             

    159OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECOOMICAS    

    15901 OTRAS PRESTACIONES 12,572.00 150,864.00      1 Director de Seguridad Pública 7,372.00        1 Dir. Proteccion Civil 5,200.00                          1700   PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS        171 ESTIMULOS        17102 ESTIMULO AL PERSONAL   12,000.00      1 Secretaria 1,000.00             

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS   554,400.00  2100   MAT. DE ADMON, EMISION DE DOC. Y ART. OFIC.    

    211MAT, UTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA    

    21101MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA   12,000.00

      Materiales de oficina para DSPTM. 1,000.00             

    212MAT. Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION    

    21201 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUC.   12,000.00      Consumo de materiales de impresión para DSPTM. 1,000.00                                   

243

Page 244: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

             2200   ALIMENTOS Y UTENSILIOS        221 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS        22102 ALIMENTACION DE RECLUSOS   1,200.00      Costo mensual para la alimentación de reclusos 100.00             

  2500  PRODUCTOS, QUIMICOS, FARMACEUTICOS Y DE LAB.    

    253 MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS        25301 MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS   12,000.00      Medicinas para el personal de Seguridad Pública 1,000.00               2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS        261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS        26101 COMBUSTIBLES   480,000.00      Consumo de combustibles para vehículos DSPTM. 40,000.00                 26102 LUBRICANTES Y ADITIVOS   6,000.00      Consumo lub y adit para vehículos de DSPTM. 500.00             

  2700  VEST., BLANCOS, PRENDAS DE PROT. Y ART. DEPORT.    

    271 VESTUARIO Y UNIFORMES        27101 VESTUARIO Y UNIFORMES   18,000.00      Uniformes para agentes de la DSPTM. 1,500.00             

    272PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCION PERSONAL    

    27201PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCION PERSONAL   1,200.00

     Adquisición de prendas de protección como chalecos 100.00  

           

244

Page 245: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  2800   MATERIALES Y SUMINISTROS PARA SEGURIDAD        282 MATERIALES DE SEGURIDAD PUBLICA        28201 MATERIALES DE SEGURIDAD PUBLICA   12,000.00      Materiales para la DSPTM. 1,000.00             

3000     SERVICIOS GENERALES   1,386,000.00  3100   SERVICIOS BASICOS        311 ENERGIA ELECTRICA        31104 SERVICIO DE ALUMBRADO PUBLICO   1,200,000.00      Costo del alumbrado Público del municipio. 100,000.00                 314 ELEFONIA TRADICIONAL        31401 TELEFONIA TRADICIONAL   18,000.00      Servicio telefónico para DSPTM. 1,500.00               3400   SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERC.    

    344SEGUROS DE RESPONSAB. PATRIMONIAL Y FIANZAS    

    34401 SEGUROS DE RESPONSAB. PATRIMONIAL Y FIANZAS   12,000.00      Asignación para seguros y fianzas de DSPTM 1,000.00             

  3500  SERVICIOS DE INSTALACION, REP., MANT Y CONSERV.    

    351CONSERVACION Y MATTO MENOR DE INMUEBLES    

    35101 MTTO Y CONSERVACION DE INMUEBLES   12,000.00      Mtto y conservación de los inmuebles de DSPTM 1,000.00                 352 INST., REP. Y MANT DE MOB. Y EQ. DE ADMON        35201 MANTENIMIENTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO   12,000.00      Mtto del mobiliario y equipo de DSPTM 1,000.00             

245

Page 246: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

               355 REPARACION Y MTTO DE EQ. DE TRANSPORTE        35501 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE   120,000.00      Mtto y Cons de Eq de Transporte de la DSPTM. 10,000.00               3700   SERVICIO DE TRASLADO Y VIATICOS        375 VIATICOS        37501 VIÁTICOS   12,000.00      Viáticos de la DSPTM. 1,000.00             

5000     BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES   51,600.00  5100   MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMON        511 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA        51101 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA   24,000.00      Asignación para mtto de mob y equipo para DSPTM 2,000.00             

    515EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.    

    51501EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.   12,000.00

      Asignación para equipo de computo de DSPTM 1,000.00               5400   VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE        549 OTROS EQUIPOS DE TRANSPORTE        54901 OTROS EQUIPOS DE TRANSPORTE   3,600.00      Asignación para vehiculos y motocicletas de DSPTM 300.00               5600   MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS    

    564SISTEMAS DE AIRE ACOND., CALEFACCION Y REF.    

    56401 SISTEMAS DE AIRE ACOND., CALEFACCION Y REF.   12,000.00      DE REFRIGERACION INDUSTRIAL Y COMERCIAL 1,000.00  

246

Page 247: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

           9000     DEUDA PUBLICA   784,920.00

  9100   AMORTIZACION DE LA DEUDA PUBLICA        911 AMORTIZACION DE LA DEUDA INTERNA      91101 AMORTIZACION DE CAPITAL LARGO PLAZO 50,855.00 216,000.00    FAPES 18,000.00      Contrato Agua Potable 32,855.00             9200   INTERESES DE LA DEUDA PBLICA      921 INTERESES DE LA DEUDA INTERNA      92101 PAGO DE INTERESES A LARGO PLAZO 47,410.00 568,920.00    Intereses FAPES 10,000.00      Intereses Agua Potable 37,410.00                                                                                                TOTAL PPTO DIR SEGURIDAD PUBLICA MPAL:   $6,519,200.00

PEM3APRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2011

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CAPITULO CONCEPTOPARTID

A DENOMINACIÓN DE PARTIDA MENSUALPRESUPUEST

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: OCE. ORGANO DE CONTROL Y EVAL. GUB.

PROGRAMA: GU CONTROL Y EVAL. DE LA GESTION GUBERNAM.SUB-PROGRAMA: 03 EVALUACION DE LA GESTION PUB.

247

Page 248: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

   GEN/ ESP     ANUAL

1000     SERVICIOS PERSONALES   365,170.00  1100   REMUNERACIONES AL PERS. DE CARÁC. PERM.      113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE      11301 SUELDOS 20,747.00 248,964.00      1 Contralor 12,862.00      1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub. 7,885.00           1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES      131 PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. EFEC.      13101 PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. EFECTIVO   4,188.00      PRESTADOS AL PERSONAL        1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub. 349.00             132 PRIMAS DE VACAC., DOMINICAL Y GRAT. FIN DE AÑO      13201 PRIMA VACACIONAL   2,785.00      1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub. 2,785.00             13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   46,485.00      1 Contralor 31,506.00      1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub. 14,979.00             134 COMPENSACIONES      13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA   58,344.00      1 Contralor 4,862.00           1500   OTRAS PRESACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS      154 PRESTACIONES CONTRACTUALES      15409 BONO DE DESPENSA   4,404.00      1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub. 367.00         

248

Page 249: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS   32,400.00  2100   MAT. DE ADMON, EMISION DE DOC.Y ART. OFICIALES      211 MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA      21101 MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA   6,000.00      Materiales de oficina para Contraloría Municipal. 500.00             212 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUC.      21201 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUC.   12,000.00      Utiles de impresión para Contraloría Municipal. 1,000.00           2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS      261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS      26101 COMBUSTIBLES   12,000.00      Consumo de combustibles vehículos Contraloría Mpal. 1,000.00           2700   VEST., BLANCOS, PRENDAS DE PROT. Y ART. DEPORT.      271 VESTUARIO Y UNIFORMES      27101 VESTUARIO Y UNIFORMES   2,400.00      Uniformes para personal de Contraloría Municipal. 200.00         

3000     SERVICIOS GENERALES   18,000.00  3100   SERVICIOS BASICOS      314 TELEFONIA TRADICIONAL      31401 TELEFONIA TRADICIONAL   9,600.00      Servicio telefónico para Contraloría Municipal. 800.00           3500   SERV. DE INST., REP., MANT.Y CONSEVACION  

    352INST. REP. Y MATTO DE MOB. Y EQ. DE ADMON, EDU. Y REC.  

    35201 MANTENIMIENTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO   1,200.00      Mtto de mobiliario y equipo de Contraloría Municipal. 100.00         

249

Page 250: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  3700   SERVICIO DE TRASLADO Y VIATICOS      375 VIATICOS      37501 VIÁTICOS   7,200.00      Viáticos de Contraloría Municipal. 600.00         

5000     BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES   2,400.00  5100   MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION      511 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA      51101 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA   1,200.00      Asignación para mtto de mob y equipo para Contraloría 100.00             515 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.      51501 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.   1,200.00      Asignación para equipo de computo de Contraloría 100.00         

     TOTAL PRESUPUESTO ORGANO DE CONTROL Y

EVALUACION G:   $417,970.00PEM3A

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2011HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CAPITULO CONCEPTOPARTID

A DENOMINACIÓN DE PARTIDA MENSUALPRESUPUEST

O

   GEN/ ESP     ANUAL

           1000     SERVICIOS PERSONALES   776,836.00

  1100   REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CAR. PERM.    

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DDS. DIR. DESARROLLO SOCIAL.

PROGRAMA: AB APOYO ADMINISTRATIVOSUB-PROGRAMA: 01 APOYO ADMINISTRATIVO

250

Page 251: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE        11301 SUELDOS 34,213.00 410,556.00      1 Dir. Desarrollo Social 12,863.00        1 Auxiliar Administrativo 5,090.00        3 Auxiliares Desarrollo Social a razon de 2,710 c/u 16,260.00               1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES    

    131PRIMAS POR AÑOS DE SERV. EFECT. PRESTADOS    

    13101PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. EFECTIVO   13,692.00

      PRESTADOS AL PERSONAL          1 Auxiliar Administrativo 1,141.00             

    132PRIMAS DE VACAC., DOMIN. Y GRAT. FIN DE AÑO    

    13201 PRIMA VACACIONAL   8,865.00      1 Auxiliar Administrativo 7,059.00        2 Auxiliares Desarrollo Social a razon de 903.00 c/u 1,806.00                            13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   72,019.00      1 Dir. Desarrollo Social 31,506.00        1 Auxiliar Administrativo 13,413.00        3 Auxiliares Desarrollo Social a razon de 9,033 c/u 27,100.00                 134 COMPENSACIONES        13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA   58,344.00      1 Dir. Desarrollo Social 4,862.00                 13404 BONO DE PRODUCTIVIDAD 7,388.00 88,656.00      1 Auxiliar Administrativo 1,970.00  

251

Page 252: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      3 Auxiliares Desarrollo Social a razon de 903 c/u 5,418.00               1500   OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS        154 PRESTACIONES CONTRACTUALES        15409 BONO DE DESPENSA   3,960.00      1 Auxiliar Administrativo 330.00                        

    159OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    

    15901 OTRAS PRESTACIONES   72,504.00      1 Dir. Desarrollo Social 6,042.00               1700   PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS        171 ESTIMULOS        17102 ESTÍMULOS AL PERSONAL 4,020.00 48,240.00      1 Auxiliar Administrativo 1,420.00        1 Auxiliar Desarrollo Social 1,872.00        2 Auxiliar Desarrollo Social 728.00             

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS   38,400.00

  2100  MAT. DE ADMON, EMISION DE DOC. Y ART. OFICIALES    

    211MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA    

    21101MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA   6,000.00

      Materiales de oficina para Desarrollo Social. 500.00             

    212MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUC.    

    21201 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUC.   12,000.00      Utiles de impresión para Desarrollo Social 1,000.00  

252

Page 253: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

                                              2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS        261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS        26101 COMBUSTIBLES   18,000.00      Consumo de combustibles para Desarrollo Social. 1,500.00             

  2700  VEST., BLANCOS, PRENDAS DE PROT. Y ART. DEPORT.    

    271 VESTUARIO Y UNIFORMES        27101 VESTUARIO Y UNIFORMES   2,400.00      Uniformes para el personal de Desarrollo social 200.00             

3000     SERVICIOS GENERALES   37,200.00  3100   SERVICIOS BASICOS        314 TELEFONIA TRADICIONAL        31401 TELEFONIA TRADICIONAL   9,600.00      Servicio telefónico para Desarrollo Social. 800.00                 315 TELEFONIA CELULAR        31501 TELEFONIA CELULAR   7,200.00      Telefonia celular para presidencia 600.00               3500   SERVICIOS DE INST., REP., MANT. Y CONSERVACION    

    352INST., REP. Y MTTO DE MOB. Y EQ. DE ADMON, E Y R.    

    35201 MTTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO   1,200.00      Mtto de mobiliario y equipo de Desarrollo Social. 100.00                 355 REPARACION Y MTTO DE EQUIPO DE    

253

Page 254: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

TRANSPORTE    35501 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE   1,200.00      Mtto de equipo de transporte de Desarrollo Social. 100.00               3700   SERVICIO DE TRASLADO Y VIATICOS        375 VIATICOS        37501 VIÁTICOS   18,000.00      Viáticos de Desarrollo Social. 1,500.00             

5000     BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES   7,200.00  5100   MOBILIARIOY EQUIPO DE ADMINISTRACION        511 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA        51101 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA   1,200.00

     Asignación para mtto de mob y equipo para D. Social 100.00  

           

    515EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.    

    51501EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.   6,000.00

      Asignación para equipo de computo de D. Social 500.00                                                                               

     TOTAL DE PRESUPUESTO DESARROLLO

SOCIAL:   $859,636.00PEM3A

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2011HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

254

Page 255: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDA DENOMINACIÓN DE PARTIDA MENSUAL

PRESUPUESTO

   GEN/ ESP     ANUAL

           1000     SERVICIOS PERSONALES   579,163.00

  1100  REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CAR. PERMANEN.    

    113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE        11301 SUELDOS 16,072.00 192,864.00      1 Dir. Inst. del Deporte 12,862.00        1 Secretaria del Dir. Inst. del Deporte 3,210.00                 11303 REMUNERACIONES DIVERSAS 17,920.00 215,040.00      7 delegados del deporte 14,500.00        1 Encargado de mantenimiento estadios Soft bol 3,420.00               1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES    

    131PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. EFECTIVO    

    13101 PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. EFECTIVO   2,100.00      PRESTADOS AL PERSONAL          1 Secretaria del Dir. Inst. del Deporte 175.00             

    132PRIMAS DE VAC. DOMINICAL Y GRAT. FIN DE AÑO    

    13201 PRIMA VACACIONAL   2,782.00      1 Secretaria del Dir. Inst. del Deporte 2,782.00  

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: INSTITUTO MPAL DEL DEPORTE

PROGRAMA: RM RECREACION, DEPORTE Y ESPARCIMIENTOSUB-PROGRAMA: 01. DESARROLLO DEL DEPORTE

255

Page 256: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

               13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   37,605.00      1 Dir. Inst. del Deporte 31,506.00        1 Secretaria del Dir. Inst. del Deporte 6,099.00                 134 COMPENSACIONES        13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA   45,876.00      1 Dir. Inst. del Deporte 3,823.00               1500   OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS        154 PRESTACIONES CONTRACTUALES        15409 BONO DE DESPENSA   1,848.00      1 Secretaria del Dir. Inst. del Deporte 154.00             

    159OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    

    15901 OTRAS PRESTACIONES   72,504.00      1 Dir. Inst. del Deporte 6,042.00               1700   PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS        171 ESTIMULO        17102 ESTIMULO AL PERSONAL   8,544.00      1 Secretaria del Dir. Inst. del Deporte 712.00             

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS   72,000.00  2100   MAT. DE ADMON, EMISION DE DOC. Y ART. OFICIALES    

    211MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA    

    21101 MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA   6,000.00      Materiales de oficina para Instituto del Deporte 500.00                 212 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y    

256

Page 257: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

REPRODUC.    21201 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUC.   9,600.00      Utiles de Impresión para Instituto del Deporte 800.00                                                2200   ALIMENTOS Y UTENSILIOS        221 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS        22101 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PERSONAL INSTALACIONES   1,200.00      Productos alimenticios para personal de Deporte 100.00               2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS        261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS        26101 COMBUSTIBLES   24,000.00      Consumo de combustibles para vehículos Deporte 2,000.00                 26102 LUBRICANTES Y ADITIVOS   1,200.00      Aceites para vehiculos de Instituto del Deporte 100.00             

  2700  VEST. BLANCOS, PRENDAS DE PROTEC. Y ART. DEPOR.    

    271 VESTUARIO Y UNIFORMES        27101 VESTUARIO Y UNIFORMES   6,000.00      Uniformes para personal del Instituto del Deporte 500.00                 273 ARTICULOS DEPORTIVOS        27301 ARTICULOS DEPORTIVOS   24,000.00      Artículos Deportivos para el Instituto del Deporte 2,000.00             

3000     SERVICIOS GENERALES   40,200.00  3100   SERVICIOS BASICOS    

257

Page 258: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    314 TELEFONIA TRADICIONAL        31401 TELEFONIA TRADICIONAL   9,600.00      Servicio telefónico para Institutoi drl Deporte. 800.00                 315 TELEFONIA CELULAR        31501 TELEFONIA CELULAR   5,400.00      Telefonia celular para Instituto del Deporte. 450.00               3500   SERVICIOS DE INST., REP., MANT. Y CONSERVACION    

    352INST. REP. Y MTTO DE MOB.Y EQ. DE ADMON E Y R.    

    35201 MTTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO   1,200.00      Mtto de mobiliario y equipo de Instituto del Deporte. 100.00                 355 REPARACION Y MTTO DE EQ. DE TRANSPORTE        35501 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE   12,000.00

     Mtto de equipo de transporte de Instituto del Deporte. 1,000.00  

             3700   SERVICIO DE TRASLADO Y VIATICOS        375 VIATICOS        37501 VIÁTICOS   12,000.00      Viáticos de Instituto del Deporte 1,000.00             

4000    TRANSF., ASIGNACIONES, SUBSIDIOSY OTRAS AYUDAS   120,000.00

  4400   AYUDAS SOCIALES    

    442BECAS Y OTRAS AYUDAS PARA PROG. DE CAPACI.    

    44204 FOMENTO DEPORTIVO   120,000.00      Ayudas para adquirir materiales deportivos 10,000.00                        

258

Page 259: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

                                 

5000     BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES   128,400.00  5100   MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION        511 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA        21101 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA   1,200.00      Asignación para mtto de mob y equipo para Deporte 100.00             

    515EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.    

    51501 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.   7,200.00      Asignación para equipo de computo de Deporte 600.00               5400   VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE        541 AUTOMOVILES Y CAMIONES        54101 AUTOMOVILES Y CAMIONES   120,000.00      Vehiculos para Instituto del Deporte 10,000.00                   TOTAL PRESUPUESTO INSTITUTO DEL DEPORTE   $939,763.00

MUNICIPIO DE SANTA ANA, SONORACONCENTRADO DEL GASTO POR CAPITULO Y DEPENDENCIA

AYUNTAMIENTO DE: SANTA ANA, SONORA

    TOTAL 1000 2000 3000 4000CLAVE DEPENDENCIA PRESUPUESTADO SERVICIOS MATERIALES SERVICIOS TRANSFE-

    DEPENDENCIA PERSONALES Y SUMINIST. GENERALES RENCIAS             AYUNTAMIENTO 621,000 615,000 3,600 2,400               SINDICATURA 1,369,757 973,757 56,400 38,400             

259

Page 260: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  PRESIDENCIA 1,356,244 837,844 108,000 338,400 72,000             SECRETARIA 6,411,805 4,735,021 74,400 284,400 1,305,984             TESORERIA 3,787,504 1,631,532 88,800 155,172               OBRAS PUBLICAS 5,614,967 2,209,676 655,200 235,200               SERVICIOS PUBLICOS 8,549,224 5,610,121 648,000 2,076,828               SEGURIDAD PUBLICA 6,519,200 3,742,280 554,400 1,386,000               ORGANO DE CONTROL 417,970 365,170 32,400 18,000               DESARROLLO SOCIAL 859,636 776,836 38,400 37,200               DEPORTE 939,763 579,163 72,000 40,200 120,000                        

  TOTAL 36,447,070 22,076,400 2,331,600 4,612,200 1,497,984

LEY

260

Page 261: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL H. AYUNTAMIENTO DELMUNICIPIO DE SANTA ANA, SONORA, PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2012.

TITULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º.- Durante el ejercicio fiscal del 2012, la Hacienda Pública del Municipio deSanta Ana, Sonora, percibirá los ingresos conforme a las bases, tarifas, tasas o cuotas queen esta Ley se señalan.Artículo 2°.- Regirán en todo caso las disposiciones contenidas en la Ley deHacienda Municipal, relativas al objeto, sujeto, base, y demás elementos y requisitos de losingresos municipales.Artículo 3°.- En todo lo no previsto por la presente Ley, para su interpretación seaplicaran supletoriamente las disposiciones de la Ley de Hacienda Municipal, Código Fiscaldel Estado o en su defecto las normas de derecho común, cuando su aplicación en esteultimo caso no sea contrario a la naturaleza propia del derecho fiscal.TITULO SEGUNDODE LAS CONTRIBUCIONES MUNICIPALESArtículo 4º.- El presente capítulo tiene por objeto establecer las contribucionesderivadas de las facultades otorgadas por la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos y la Constitución Política del Estado de Sonora al Municipio de Santa Ana,Sonora.CAPITULO PRIMERODE LOS IMPUESTOS2SECCIÓN IDEL IMPUESTO PREDIALArtículo 5º.- El impuesto Predial se causará y pagará en los siguientes términos:I.- Sobre el valor catastral de los predios edificados conforme a la siguiente.T A R I F AValor Catastral Tasa para AplicarseSobre el Excedentedel Límite Inferior al

261

Page 262: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Límite Inferior Límite Superior Cuota Fija Millar$ 0.01 A $ 38,000.00 $ 58.13 0.00000$ 38,000.01 A $ 76,000.00 $ 58.13 0.88910$ 76,000.01 A $ 144,400.00 $ 88.36 0.88960$ 144,400.01 A $ 259,920.00 $ 187.23 0.89010$ 259,920.01 A $ 441,864.00 $ 354.33 0.89070$ 441,864.01 A $ 706,982.00 $ 617.66 0.89120$ 706,982.01 A $ 1,060,473.00 $ 1,001.61 0.89170$ 1,060,473.01 A $ 1,484,662.00 $ 1,513.84 0.89230$ 1,484,662.01 A $ 1,930,060.00 $ 2,128.89 0.89280$ 1,930,060.01 A $ 2,316,072.00 $ 2,775.08 1.95090$ 2,316,072.01 A En adelante $ 3,998.83 1.95150El monto anual del impuesto a pagar por los predios edificados, será el resultado de sumar ala cuota fija que corresponda de la tarifa, el producto de multiplicar la tasa prevista para cadarango por la diferencia que exista entre el valor catastral del inmueble de que se trate y elvalor catastral que se indica en el límite inferior del rango en que se ubique el inmueble.II.- Sobre el valor catastral de los predios no edificados conforme a lo siguiente:T A R I F AValor CatastralLímite Inferior Límite Superior Tasa$0.01 A $12,179.94. $ 58.13 CuotaMínima$ en adelante 4.7726 Al Millar312,179.95Tratándose de Predios No Edificados, las sobretasas existentes serán las mismas queresultaron de la autorización para el ejercicio presupuestal 2002.III.- Sobre el valor catastral de cada hectárea de los predios rurales, conforme a lo siguiente:T A R I F ACategorìa Tasa al MillarRiego de Gravedad 1: Terrenos dentro delDistrito de Riego con derecho a agua depresa regularmente. 0.8482

262

Page 263: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Riego de Gravedad 2: Terrenos conderecho a agua de presa o ríoirregularmente aún dentro del Distrito deRiego 1.4906Riego de Bombeo 1: Terrenos con riegomecánico con pozo de poca profundidad(100 pies máximo) 1.4837Riego de Bombeo 2: Terrenos con riegomecánico con pozo profundo (más de 100pies) 1.5066Riego de temporal única: Terrenos quedependen para su irrigación de laeventualidad de precipitaciones. 2.2602Agostadero 1: Terrenos con praderasnaturales. 1.1613Agostadero 2: Terrenos que fueronmejorados para pastoreo en base atécnicas. 1.4733Agostadero 3: Terrenos que se encuentranen zonas semidesérticas de bajorendimiento. 0.23224IV.- Sobre el valor catastral de las edificaciones de los predios rurales, conforme a losiguiente:T A R I F AEn ningún caso el impuesto será menor a la cuota mínima de $58.13 (cincuenta y ochopesos trece centavos M.N.).Artículo 6º.- Para los efectos de este impuesto, se estará además, a las disposicionesque sobre diversos conceptos previene la Ley Catastral y Registral del Estado de Sonora.SECCION IIDEL IMPUESTO PREDIAL EJIDALArtículo 7º.- Tratándose del impuesto predial sobre predios rústicos ejidales ocomunales la tasa aplicable será la del 2% sobre el valor de la producción comercializada.Artículo 8º.- Para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 61 Bis, segundopárrafo de la Ley de Hacienda Municipal, la entrega del 50% del impuesto predial ejidalpagado, se sujetará a la presentación de los siguientes requisitos:Valor Catastral Tasa

263

Page 264: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Límite inferior Límite SuperiorDe $0.01 a $38,000.00 $ 58.13 Cuota Mínima$38,000.01 a $101,250.00 1.768 Al Millar$101,250.01 a $202,500.00 1.820 Al Millar$202,500.01 a $506,250.00 1.872 Al Millar$506,250.01 a $1,012,500.00 2.132 Al Millar$1,012,500.01 a $1,518,750.00 2.246 Al Millar$1,518,750.01 a $2,025,000.00 2.392 Al Millar$2,025,000.01 a En adelante 2.548 Al Millar51.- Los núcleos deben solicitar el retiro de fondos mediante acuerdo tomado en la asambleade ejidatarios.2.- Las asambleas deberán ser ordinarias o en su caso extraordinarias, como lo establece laLey Agraria.3.- Deberá anexarse el proyecto y presupuesto que indique el sentido que se le dará a losfondos.4.- Deberá anexar recibo original del pago del impuesto predial ejidal por el que se solicita laretiro de fondos.SECCION IIIDEL IMPUESTO SOBRE TRASLACIÓN DE DOMINIODE BIENES INMUEBLESArtículo 9º.- La tasa del impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles enel Municipio será la del 2.5% aplicado sobre la base determinada conforme a lo dispuesto porel Artículo 74 la Ley de Hacienda Municipal.SECCION IVDEL IMPUESTO SOBRE DIVERSIONES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOSArtículo 10º.- Es objeto de este impuesto la explotación de diversiones y espectáculospúblicos.Por diversión y espectáculo público debe entenderse toda función de esparcimiento, seateatral, cinematográfica, deportiva o de cualquier naturaleza semejante que se verifique ensalones, teatros, calles, plazas, locales abiertos o cerrados, en donde se reúna un grupo depersonas, pagando por ello cierta suma de dinero.No se consideran espectáculos públicos los presentados en restaurantes, bares, cabaret,salones de fiesta o de baile y centros nocturnos, así como funciones de cine.

264

Page 265: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

6Artículo 11.- Quienes perciban ingresos por la explotación de las actividades a que serefiere el artículo anterior, pagarán el 8% sobre el total de los ingresos recaudados porconcepto de venta de boletos o cuotas de admisión.Tratándose de funciones de teatro y circo, la tasa que se aplique no deberá sobrepasar el8%.SECCION VIMPUESTOS ADICIONALESArtículo 12.- El Ayuntamiento, conforme al Artículos 100 de la Ley de HaciendaMunicipal, recaudará por concepto de Impuestos Adicionales los siguientes:I.- Obras y acciones de interés general 20%II.- Mejoramiento en la prestación de los servicios públicos 15%III.- Fomento deportivo 15%Será objeto de este impuesto la realización de pagos por concepto de los impuestos yderechos que establece la Ley de Hacienda Municipal, a excepción de los impuestos predial,sobre traslación de dominio de bienes inmuebles, sobre diversiones y espectáculos públicos,tratándose de obras de teatro y funciones de circo, cine o cinematógrafos ambulantes,impuesto sobre hospedaje, derecho de alumbrado público y derechos de estacionamientosde vehículos en la vía pública, donde se hayan instalado sistemas de control de tiempo yespacio.Las tasas de estos impuestos, las que en su totalidad en ningún caso podrán exceder del50% sobre la base determinada.SECCION VIIMPUESTO MUNICIPAL SOBRE TENENCIA Y USO DE VEHICULOSArtículo 13.- Están obligados al pago de este impuesto, las personas físicas y lasmorales, tenedoras o usuarios de vehículos de más de diez años de fabricación anteriores alde aplicación de esta Ley.7Para los efectos de este impuesto, se presume que el propietario es tenedor o usuario delvehículo.Los contribuyentes pagaran el impuesto por año de calendario durante los tres primerosmeses ante la Tesorería Municipal, no estando obligados a presentar por este impuesto la

265

Page 266: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

solicitud de inscripción en el registro de empadronamiento de la Tesorería Municipal.Para los efectos de este impuesto, también se considerarán automóviles a los omnibuses,camiones y tractores no agrícolas tipo quinta rueda.Tratándose del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos se pagaran conforme a lasiguiente tarifa:TIPO DE VEHICULO AUTOMOVILES CUOTAS4 Cilindros$106.006 Cilindros $190.008 Cilindros $212.00Camiones pick up $106.00Vehículos con peso vehicular y con capacidad de carga hasta8 toneladas$212.00Vehículos con peso vehicular y con capacidad de carga mayora 8 toneladas$265.00Tractores no agrícolas tipo quinta rueda incluyendo minibuses,microbuses autobuses y demás vehículos destinados altransporte de carga y pasaje$236.00Motocicletas hasta 250 cm3 $3.00De 251 a 500 cm3 $20.00De 500 a 750 cm3 $39.00De 751 a 1000 cm3 $74.00De 1001 cm3 en adelante $113.00CAPITULO SEGUNDODE LOS DERECHOSSECCION I8POR SERVICIOS DE AGUA POTABLEY ALCANTARILLADO

266

Page 267: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 14.- Las cuotas por pago de los servicios de agua potable,alcantarillado y saneamiento, que se presten a los usuarios de estos servicios enel Municipio de Santa Ana, Sonora, son las siguientes:Para Uso DomésticoRangos de Consumo ValorRANGO IMPORTE(M3) ($/M3)0 a 20 $ 90.2821 a 30 $ 4.8931 a 40 $ 5.3241 a 70 $ 6.2871 a 200 $ 7.13201 a 500 $ 8.08501 a 600 $ 8.91601 $ 8.91Para Uso Comercial, Servicios a Gobierno y OrganizacionesPúblicas Rangos de Consumo Valor:RANGO IMPORTE(M3) ($/M3)0 a 20 $ 155.1221 a 30 $ 7.2031 a 40 $ 7.7641 a 70 $ 8.7571 a 200 $ 9.75201 a 500 $ 11.05501 a 600 $ 12.01601 $ 12.01Para Uso Industrial. Rangos de Consumo Valor:RANGO IMPORTE(M3) ($/M3)90 a 20 $166.42

267

Page 268: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

21 a 30 $7.6431 a 40 $8.3641 a 70 $9.3971 a 200 $10.44201 a 500 $11.83501 a 600 $12.88Tarifa SocialSe aplicará un descuento del 10, 20 y 30 por ciento sobre las tarifas domésticasregulares a quienes reúnan los siguientes requisitos:1.- Ser pensionados o jubilados.2.- Ser personas con problemas de tipo económico que sea un determinantepara no estar en condiciones de pagar la tarifa regular por los servicios públicosa cargos del Organismo Operador.3.- El poseer este beneficio lo obliga a estar al corriente en su cuenta, de talmanera que si el pronto pago no se realiza dentro de la fecha de vencimiento eldescuento no será realizado.Los requisitos contenidos en el presente acuerdo deberán ser acreditados asatisfacción propia por un estudio socioeconómico realizado por el OrganismoOperador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana,Sonora.En ningún caso, el número de personas que se acojan a este beneficio deberáser superior al 7% del padrón de usuarios del Organismo Operador Municipal deAgua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora. Los rangosde consumo se deberán deducir por meses naturales y el importe se calcularámultiplicando los metros cúbicos consumidos en el mes de que se trate, por elprecio fijado para cada metro cúbico en el rango de consumo correspondiente.Ingresos por Cooperación.10Por iniciativa del Gobernador del Estado y amparado en el Art, 165, Fracción I,Inciso A, de la Ley de Agua del Estado de Sonora, que puntualiza que puedenobtener ingresos por cooperación, se propone cobrar en forma adicional:$ 1.00 (Son: Un pesos 00/100 M.N.) Por cada toma doméstica

268

Page 269: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

$ 2.00 (Son: Dos pesos 00/100 M.N.) Por cada toma comercial y$3.00 (Son: Tres pesos 00/100 M.N.) Por cada toma industrialEl importe de dichos ingresos se trasladaran al patronato municipal de Bomberosde Santa Ana, a través de un convenio de coordinación entre el OrganismoOperador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de SantaAna, Sonora y el H. Cuerpo de Bomberos del municipio, la Unidad de ProtecciónCivil del Estado y la Comisión Estatal del Agua.Además se cobraran:$1.00 (Son: Un pesos 00/100 M.N.) Por cada toma doméstica$2.00 (Son: Dos pesos 00/100 M.N.) Por cada toma comercial y$3.00 (Son: Tres pesos 00/100 M.N.) Por cada toma industrialEl cual se trasladara al patronato municipal de cruz roja, a través de un conveniode coordinación entre el Organismo Operador Municipal de Agua Potable,Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora y Cruz Roja del municipio deSanta Ana.Dicho convenio se suscribirá una vez que se publiquen las modificaciones a laLey de Ingresos y Presupuesto de Ingresos con la inclusión de este concepto.SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTOEl servicio de alcantarillado sanitario se cobrará a razón de 35 %(treinta y cinco)por ciento y el servicio de Saneamiento a razón del 15%(quince) por ciento delimporte del consumo de agua potable en cada mes.11Las cuotas por pago de otros conceptos solicitado por los usuarios a esteOrganismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado ySaneamiento deSanta Ana, Sonora se aplicarán de la siguiente manera:a) Carta de no adeudo: 2 veces el salario diario mínimo general vigente.b) Cambio de nombre: 2 veces el salario diario mínimo general vigente.c) Cambio de razón social: 2 veces el salario diario mínimo general vigente.d) Cambio de toma: de acuerdo a Presupuesto.e) Instalación de medidor: precio según diámetro.Artículo 15.- El Organismo Operador Municipal de Agua PotableAlcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, podrá determinar

269

Page 270: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

presuntamente el consumo de agua potable, de conformidad con lasdisposiciones contenidas en los Artículos 166 y 167 de la Ley 249 de Agua delEstado de Sonora, considerando las variables que incidan en dichos consumos,tales como:a) El número de personas que se sirven de la toma.b) La magnitud de las instalaciones y áreas servidas.Artículo 16.- Las cuotas por concepto de instalación de tomas de aguapotable y de conexión al servicio de alcantarillado sanitario para uso doméstico,se integrarán de la siguiente manera:a) Contrato de agua potable $355.00b) Contrato de drenaje $330.00Artículo 17.- Cuando algún usuario del servicio no pague el importe de surecibo por la cantidad especificada en el período de consumo correspondientedentro de la fecha límite para efectuar dicho pago, éste se hará acreedor a uncargo adicional equivalente al 10% del total de su adeudo, mismo que se cargaráen el siguiente recibo.Artículo 18.- Para todos los usuarios que paguen su recibo antes de lafecha de su vencimiento tendrá un descuento de 50% sobre el importe total de su12consumo mensual por servicios, siempre y cuando este al corriente en sus pagoslos primeros tres meses, aplicando el descuento al cuarto mes.Artículo 19.- El usuario que utilice los servicios de agua potable y drenajesanitario en forma clandestina, será sancionado conforme al Artículo 177, paraefectos de su regularización ante el Organismo Operador Municipal de AguaPotable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora en relación a los éstepodrá calcular presuntivamente el consumo para el pago correspondienteconforme al 166 y 167 de la Ley 249 de Agua del Estado de Sonora.SECCION IIPOR EL SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICOArtículo 20.- Por la prestación del servicio de Alumbrado Público los propietarios yposeedores de predios construidos o de predios no edificados o baldíos ubicados en laszonas urbanas o suburbanas de las poblaciones municipales, pagarán un derecho en base al

270

Page 271: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

costo total del servicio que se hubieran ocasionado con motivo de su prestación, entre elnúmero de usuarios registrados en la Comisión Federal de Electricidad, mas el número delos propietarios y poseedores de predios construidos o de predios no edificados o baldíosque no cuenten con dicho servicio en los términos de la Ley de Hacienda Municipal.En el ejercicio 2012, será una cuota mensual de $41.75 (Son: cuarenta y un pesos 75/100M.N.) como tarifa general misma que se pagará bimestralmente en los servicios de febrero,abril, junio, agosto, octubre y diciembre de cada año, pudiéndose hacerse por anualidadanticipada y se incluirán en los recibos correspondientes al pago del impuesto predial. Enestos casos, el pago deberá realizarse en las oficinas recaudadoras de la TesoreríaMunicipal o en las instituciones autorizadas para el efecto.Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, el Ayuntamiento podrá celebrarconvenios con la Comisión Federal de Electricidad, o con la institución que estime pertinente,para el efecto que el importe respectivo se pague en las fechas que señalen los recibos queexpida la Comisión Federal de Electricidad o la institución con la que haya celebrado elconvenio de referencia.Con la finalidad de no afectar a las clases menos favorecidas, se establece la siguiente tarifasocial mensual de $5.30 (Son: Cinco pesos 30/100 M.N.) la cual se pagará en los mismostérminos del párrafo segundo de este artículo.13SECCION IIIPOR SERVICIO DE LIMPIAArtículo 21.- Por la prestación de servicio público de limpia, recolección, traslado,tratamiento y disposición final de residuos, se causará derechos a cargo de los propietarios oposeedores de predio urbanos conforme a las siguientes cuotas por los conceptos de:I.- Limpieza de lotes baldíos y casas abandonadas,por metro cuadrado. $ 5.30II.- Prestación del servicio especial de limpia a loscomercios, industrias Prestadores de servicios,particulares o dependencias y entidades Públicasque generen volúmenes extraordinarios de basura,desperdicios o residuos sólidos, que requieranatención especial o fuera de las horas o periodicidad

271

Page 272: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

normal de trabajo. (Tarifa mensual) $4,240.00III.- Barrido de calles, frente a los comercios, negociosu oficinas asentadas Por metro cuadrado $5.30SECCIÓN IVPOR SERVICIO DE PANTEONESArtículo 22.-.- Por los servicios que se presten en materia de panteones, se pagaránderechos conforme a las siguientes cuotas:Número de veces el salariomínimo general vigenteen el MunicipioI.-Por la inhumación, exhumación o reinhumaciónde cadáveres:a) En gavetas:1.- Doble 24.0142.- Sencilla 12.0II.- Por la venta de lotes en panteón:a) : En gavetas:1. Doble 141.02. Sencilla 85.0Artículo 23.- La inhumación en la fosa común de cadáveres y restos humanos depersonas desconocidas, que remitan las autoridades competentes, así como aquellas otrasinhumaciones que, de conformidad con las disposiciones administrativas que emita elayuntamiento, sean a título gratuito, no causarán los derechos a que se refiere este Capítulo.Asimismo, cuando alguna autoridad en cumplimiento de sus atribuciones determine laexhumación, reinhumación o cremación de cadáveres, restos humanos o restos humanosáridos, dichas actividades se realizarán en forma gratuita.Artículo 24.- Cuando el servicio público de panteones se preste fuera del horario detrabajo, se causarán el doble de los derechos correspondientes.SECCION VPOR SERVICIO DE RASTROSArtículo 25.- Por los servicios que preste el Ayuntamiento en materia de rastros se

272

Page 273: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

causarán derechos conforme a las siguientes cuotas:Número de veces el salariomínimo general vigenteen el MunicipioI.- El sacrificio de:a) Novillos, toros y bueyes: 2.50b) Vacas: 2.50c) Vaquillas: 2.5015d) Ganado porcino: 1.00e) Ganado caballar 2.50II.-Utilización de corrales por cabeza 1.00SECCIÓN VIPOR SERVICIOS DE SEGURIDAD PÚBLICAArtículo 26.- Por las labores de vigilancia en lugares específicos, que desarrolle elpersonal auxiliar de la policía preventiva, se causarán los siguientes derechos:Número de veces el salariomínimo general vigenteen el MunicipioPor cada policía auxiliar, diariamente: 6.60SECCION VIITRÁNSITOArtículo 27.- Por los servicios que en materia de tránsito presten los ayuntamientos,se pagarán derechos conformes a las siguientes cuotas:Número de veces el salariomínimo general vigenteen el MunicipioI.- Por la presentación de los exámenes que serealicen ante la autoridad de tránsito para laobtención de:a) licencias de operador de servicio público de16

273

Page 274: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

transporte: 1.10b) Licencia de motociclista: 1.10c) Permiso para manejar automóviles de servicioparticular para personas mayores de 16 años ymenores de 18: 2.20II.- Por la autorización para que determinadoespacio de la vía pública sea destinadoal estacionamiento exclusivo de vehículos,por metro cuadrado, mensualmente:a) Por metro cuadrado mensualmente $ 63.00b) Por metro cuadrado mensualmente paraServicios especiales de transporte $ 63.00III.- Por el estacionamiento de Vehículos pesadosde transporte publico de carga autorizados pararealizar maniobras de carga y descarga dentro de laciudad, se pagaran derechos por maniobra de la formasiguiente:a) Rabón o tonelada $ 80.00b) Tórton $116.00c) Tracto camión y remolque $174.00d) Equipo especial movible (grúas) $400.00IV.- Por la expedición anual de placas decirculación de vehículos que se accionenpor medio de la energía humana o animalo de propulsión sin motor, anualmente: $106.00Artículo 28.- Para hacer efectiva la recaudación por concepto de Derecho deestacionamiento de vehículos en la vía pública, deberá ajustarse a lo establecido por elArtículo 6° fracciona II, en relación al Artículo 128 de la Ley de Hacienda Municipal, debiendoacordar por el Ayuntamiento, disposiciones de observancia general, en donde se establezcanformas y plazos de pagos diferentes a lo señalado en el propio Artículo 128, de la Ley dereferencia, en el supuesto de no contar con sistemas de control de tiempo y espacio.17

274

Page 275: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

SECCION VIIIPOR SERVICIOS DE DESARROLLO URBANOArtículo 29.- Por los servicios que se presten en materia de Desarrollo Urbano, secausarán los siguientes derechos:I.- Por la autorización para la fusión, subdivisión o relotificación de terrenos:a) Por la fusión de lotes, por lote fusionado: $ 333.00b) Por la subdivisión de predios, por cada lote resultantede la subdivisión: $ 333.00c) Por relotificación, por cada lote: $ 333.00Artículo 30.- Por la expedición de licencias de construcción, modificación oreconstrucción, se causarán los siguientes derechos:I.- En licencias de tipo habitacional:a) Hasta por 60 días, para obras cuyo volumen no exceda de 30 metros cuadrados, 5.0salarios mínimo general vigente en el municipio.b) Hasta por 180 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 30 metroscuadrados y hasta 70 metros cuadrados, el 3.5 al millar sobre el valor de la obra;c) Hasta por 270 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 70 metroscuadrados y hasta 200 metros cuadrados, el 5 al millar sobre el valor de la obra;d) Hasta por 360 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 200 metroscuadrados y hasta 400 metros cuadrados, el 7 al millar sobre el valor de la obra:e) Hasta por 540 días, para obras cuyo volumen exceda de 400 metros cuadrados, el 7 almillar sobre el valor de la obra.II.- En licencias de tipo comercial, industrial y de servicios:a) Hasta por 60 días, para obras cuyo volumen no exceda de 30 metros cuadrados, el 4.5veces del salario mínimo general vigente en el municipio;18b) Hasta por 180 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 30 metroscuadrados y hasta 70 metros cuadrados, el 5 al millar sobre el valor de la obra;c) Hasta por 270 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 70 metroscuadrados y hasta 200 metros cuadrados, el 7 al millar sobre el valor de la obra;d) Hasta por 360 días, para obras cuyo volumen se comprenda en más de 200 metroscuadrados y hasta 400 metros cuadrados, el 8 al millar sobre el valor de la obra; y

275

Page 276: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

e) Hasta por 540 días, para obras cuyo volumen exceda de 400 metros cuadrados, el 9 almillar sobre el valor de la obra.En caso de que la obra autorizada conforme a este artículo, no se concluya en el tiempoprevisto en la licencia respectiva, se otorgará una prórroga de la misma, por la cual sepagará el 50% del importe inicial, hasta la conclusión de la obra de que se trate.Número de veces el salariomínimo general vigenteen el MunicipioIII.- Otras licenciasa) Por autorización para realizar obras de modificación, rotura o corte de pavimento oconcreto en calles, guarniciones o banquetas para llevar a cabo obras oinstalaciones subterráneas de agua potable, drenaje, telefonía, transmisión dedatos, de señales de televisión por cable, distribución de gas y otras similares, asícomo para reparación de estos servicios, se causaran y se pagaran por cada metrocuadrado de la vía publica afectada un salario minino diario y además una tarifa pormetro cuadrado por la reposición de pavimento de la siguiente forma:1.- Pavimento asfáltico; 4.002.- Pavimento de concreto hidráulico; y 15.003.- Pavimento empedrado 3.00b) Por la expedición de permisos para demolición de cualquier tipo de construcción, secobrara por metro cuadrado según la zona donde se encuentre la construcción a demolercon vigencia de 30 días, de la siguiente manera:1.- Zonas residenciales; 0.112.- Zonas y corredores comerciales e industriales 0.103.- Zonas habitacionales medias 0.09194.- Zonas habitacionales de interés social 0.085.- Zonas habitacionales populares; y 0.076.- Zonas suburbanas y rurales 0.06Artículo 31.- En materia de fraccionamientos, se causarán los siguientes derechos:I- Por la expedición de licencias de uso de suelo, el 1% del salario mínimo general vigente enel municipio, por metro cuadrado. Tratándose de fraccionamientos habitacionales o

276

Page 277: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

comerciales bajo el régimen de condominio, el 1% del salario mínimo general vigente en elmunicipio, por metro cuadrado, durante los primeros 250 metros cuadrados del área vendibley el .50% de dicho salario, por cada metro cuadrado adicional; yII.- Por la autorización para el cambio de uso del suelo o para el cambio en la clasificación deun fraccionamiento que se efectúe de conformidad con el artículo 98, segundo párrafo de laLey de Desarrollo Urbano para el Estado de Sonora, 30 veces el salario mínimo generalvigente en el municipio.Artículo 32.- Por la expedición del documento que contenga la enajenación deinmuebles que realicen los ayuntamientos, en los términos del Capítulo Cuarto del TítuloSéptimo de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, se causará un derecho del 5 %sobre el precio de la operación.Artículo 33.- Por los servicios catastrales prestados por el Ayuntamiento, se pagaránlos derechos conforme a la siguiente base:I.- Por expedición de certificados catastrales simples $ 137.00II.- Por certificación de copias de cartografía catastral, por cadaHoja $ 137.00III.- Por expedición de copias simples de cartografíacatastral, por cada predio: $ 212.00IV.- Por asignación de clave catastral a lotes de terreno defraccionamientos, por cada clave: $ 53.00V.- Por certificación del valor catastral en la manifestaciónde traslación de dominio, por cada certificación: $ 212.00VI.- Por expedición de certificados de no inscripción de bienesinmuebles: $ 159.00VII.- Por expedición de certificados de no propiedad y otros, por20cada uno: $ 159.00VIII.- Por expedición de certificados catastrales c/ medidas ycolindancias: $ 212.00Artículo 34.- Por los servicios que se presten en materia de protección civil ybomberos, se causarán los derechos conforme a la siguiente base:Número de veces el salario

277

Page 278: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

mínimo general vigenteen el Municipioa) Por la revisión de por metro cuadrado de construcciones:1.- Casa habitación. 1 a 102.- Edificios públicos y salas de espectáculos. 1 a 103.- Comercios. 1 a 404.- Almacenes y bodegas. 1 a 505.- Industrias. 1 a 100b) Por la revisión de por metro cuadrado de ampliación deconstrucciones:1.- Casa habitación. 1 a 102.- Edificios públicos y salas de espectáculos. 1 a 103.- Comercios. 1 a 404.- Almacenes y bodegas. 1 a 505.- Industrias. 1 a 100c) Por la revisión y regularización de sistemas contraincendios por metro cuadrado de construcción en:1.- Casa habitación. 1 a 102.- Edificios públicos y salas de espectáculos. 1 a 403.- Comercios. 1 a 404.- Almacenes y bodegas. 1 a 505.- Industrias. 1 a 100d) Por peritajes en la revisión de incendios en inmuebles y lavalorización de daños en:211.- Casa habitación. 1 a 202.- Edificios públicos y salas de espectáculos. 1 a 303.- Comercios. 1 a 404.- Almacenes y bodegas. 1 a 705.- Industrias. 1 a 100Por el concepto mencionado en este inciso y por todos los apartados que lo componen, elnúmero de veces que se señala como salario mínimo general, se cubrirá por cada $1,000.00

278

Page 279: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

(Mil pesos 00/100 M.N.), de la suma asegurada.e) Por servicios especiales de cobertura de seguridad: 1 a 200Los salarios mínimos generales que se mencionan en este inciso, como pago de losservicios, comprende una unidad bombera y cinco elementos, adicionándose un salariomínimo general al establecido por cada bombero adicional.f) Por la instrucción a personal de seguridad y trabajadores por un tiempo mínimo de 4 horaspor:Número de veces el salariomínimo general vigenteen el Municipio1.- 10 Personas. 302.- 20 Personas. 403.- 30 Personas. 50g) Formación de brigadas contra incendios en:1.- Comercio. 252.- Industrias. 50h) Por la revisión de proyectos para factibilidad deservicios en fraccionamientos por:1.- Iniciación, (por hectárea). 1 a 1002.- Aumento de lo ya fraccionado,(por vivienda en construcción) 1 a 100i) Por servicio de entrega de agua en auto tanquefuera del perímetro del Municipio, hasta de 10 kilómetros 1 a 20022j) Por traslados en servicios de ambulancias:1.- Dentro de la ciudad. 1 a 502.- Fuera de la ciudad. 1 a 100k) Por la expedición de certificaciones de número oficial: 1 a 20l) Por la expedición de certificados de seguridad,en los términos de los Artículos 35, inciso g) y 38,inciso e) del Reglamento de la Ley Federal deArmas de Fuego y Explosivos 1 a 100SECCION IX

279

Page 280: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

OTROS SERVICIOSArtículo 35.- Las actividades señaladas en el presente artículo causarán lassiguientes cuotas:Número de veces el salariomínimo general vigenteen el MunicipioI.- Por la expedición de:a) Certificados: 2.20b) Legalizaciones de firmas: 2.20c) Certificación de no adeudo a créditos fiscales 2.20d) Certificados de documentos por hoja 2.20e) Ley de transparencia-Por copia certificada de la información 2.00-Información en disco flexible 3 1/2 0.53-Información en disco compacto 2.0023f) Licencias y Permisos Especiales Anuencias(Uso de piso) de 2.5 a 250g) Cuotas por servicios en Unidad Básicade Rehabilitación (DIF Municipal) 1.00h) Cuotas por servicios consulta psicológicas yJurídicas (DIF Municipal) 1.00i) Servicios Funerarios (Embalsamamientos) e 20.0 a 50.00(DIF Municipal)j) Venta de Ataúdes (DIF Municipal de 120.0 a 250.00k) Construcción de gavetas:- Dobles 141.00- Sencillas 85.00Por el concepto de traslado en carroza, se cobrará de acuerdo a la distancia recorrida.SECCION XLICENCIAS PARA LA COLOCACION DE ANUNCIOS O PUBLICIDADArtículo 36.- Por el otorgamiento de licencias o permisos o autorizaciones para la

280

Page 281: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

colocación de anuncios y carteles o cualquier tipo de publicidad, excepto la que se realice pormedio de televisión, radio, periódicos, revistas e internet, se pagarán los derechos conformea la siguiente tarifa:Número de veces el salariomínimo general vigenteen el MunicipioI.- Anuncios y carteles luminosos, hasta 10m2 20.024II.- Anuncios y carteles no luminosos, hasta 10m2: 15.0Artículo 37.- Los pagos a que se refiere el artículo anterior, así como sus refrendos,serán cubiertos por las personas físicas o morales que fijen o coloquen los anuncios ocarteles o realicen cualquier tipo de publicidad en los términos señalados en esta sección.Serán responsables solidarios los propietarios de los predios, fincas o vehículos en donde sefijen o coloquen los anuncios o carteles o se lleve a cabo la publicidad, así como laspersonas físicas o morales cuyos productos, servicios o actividades sean objeto de losanuncios, carteles o publicidad.Artículo 38.- Estarán exentos del pago de estos derechos, los anuncios, carteles ocualquier tipo de publicidad que realicen las entidades gubernamentales en sus funciones dederecho público, los partidos políticos, las instituciones de asistencia o beneficencia pública,las asociaciones religiosas y las de carácter cultural.SECCION XIANUENCIAS, AUTORIZACIONES Y GUIAS DE TRANSPORTACION ENMATERIA DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICOArtículo 39.- Los servicios de expedición de anuencias municipales para tramitarlicencias para la venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico, expedición deautorizaciones eventuales y expedición de guías de transportación de bebidas con contenidoalcohólico, causarán derechos atendiendo a la ubicación y al tipo de giro del establecimientoo evento de que se trate, conforme a las siguientes cuotas:Número de veces el salariomínimo general vigenteen el MunicipioI.- Por la expedición de anuencias municipales:

281

Page 282: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

1.- Expendio 3,3002.- Tienda de Autoservicio 3,300253.- Cantina, billar o boliche 2,2054.- Centro nocturno 3,3005.- Restaurante 5516.- Centro de Eventos y Salón de Baile 3,3007.- Hotel o motel 1,1028.- Tienda de Abarrotes 2,205Tratándose de la expedición de anuencias municipales por cambio de domicilio se aplicaranlas cuotas anteriores reducidas en un 70%.II.- Para la expedición de autorizaciones eventuales, por día, si se trata de:Número de veces el salariomínimo general vigenteen el Municipio1.- Fiestas sociales o familiares 11.002.- Kermés 11.003.- Bailes, graduaciones, bailes tradicionales 11.004.- Carreras de caballos, rodeo, jaripeo y eventospúblicos similares 22.005.- Box, lucha, béisbol y eventos públicos similares 22.006.- Ferias o exposiciones ganaderas, comerciales yeventos públicos similares 33.007.- Palenques 33.008.- Presentaciones artísticas 33.00CAPÍTULO TERCEROPRODUCTOSSECCIÓN UNICA26Artículo 40.- Los productos causarán cuotas y podrán provenir, enunciativamente, delas siguientes actividades:1.-Placas con número para la nomenclatura de las edificaciones de los centros de población

282

Page 283: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

de los Municipios: $ 106.002.-Por mensura, remensura, deslinde o localización de lotes: $ 106.003.- Otorgamiento de financiamiento y rendimiento de capitales4.- Enajenación onerosa de bienes muebles e inmuebles5.- Arrendamiento de bienes muebles e inmueblesArtículo 41.- Los ingresos provenientes de los conceptos a los que se refiere elartículo anterior, en los cuales no se establece el cobro, se recaudaran de acuerdo a loestablecido en los contratos o convenios que los originen.Artículo 42.- El monto de los productos por la enajenación de lotes en los panteonesMunicipales se establecerá anualmente por los Ayuntamientos, en tarifas que se publicaránen los tableros de avisos del propio Ayuntamiento y en el Boletín Oficial del Gobierno delEstado, y regirán del día primero de enero al treinta y uno de diciembre de cada año.Artículo 43.- El monto de los productos por cuotas de admisión en eventos de peleasde gallos y carreras de caballos, estará regido por las cuotas y tarifas establecidas por lasautoridades de DIF MunicipalCAPITULO CUARTODE LOS APROVECHAMIENTOSSECCION IArtículo 44.-De las multas impuestas por la autoridad municipal por violación a lasdisposiciones de las Leyes de Tránsito para el Estado de Sonora, de Seguridad Pública parael Estado de Sonora, de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonoray de la presente Ley, así como los Bandos de Policía y Gobierno, de los reglamentos, de lascirculares y de las demás disposiciones de observancia general en la jurisdicción territorial27del municipio y de cualquier otro ordenamiento jurídico cuyas normas faculten a la autoridadmunicipal a imponer multas, de acuerdo a las leyes y normatividades que de ellas emanen.SECCION IIMULTAS DE TRANSITOArtículo 45.- Se impondrá multa equivalente de 15 a 25 veces el salario mínimo diariovigente en cabecera del Municipio:a) Por transportar en los vehículos, explosivos o productos altamente inflamables sin elpermiso correspondiente.

283

Page 284: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

b) Por prestar servicio publico de transporte sin estar concesionado, por cada ocasión. Eneste caso, además se detendrá hasta por 72 horas el vehículo, impidiendo que continúecirculando y se remitirá al Departamento de Tránsito. A la vez, se comunicará tal situación ala Dirección de Transporte del Estado.c) Por prestar el servicio público de transporte con las unidades de emergenciasimultáneamente con las autorizadas, independientemente de la sanción de cancelación queestablece la Ley de Transporte del Estado de Sonora.Artículo 46.- Se impondrá multa equivalente de 25 a 100 veces de salarios mínimosdiario vigente en la cabecera del municipio por los siguientes conceptos:a) Por conducir vehículos en estado de ebriedad o bajo el influjo de enervantes oestupefacientes y arresto hasta por 36 horas, siempre que no constituya delito, procediendoconforme al artículo 223, fracción VII de la Ley de Tránsito para el Estado de Sonora.b) Por circular con un vehículo al que le falten las dos placas de circulación, con placasalteradas, vencidas o que no le correspondan, procediéndose además a impedir lacirculación del vehículo y debiéndose remitir al Departamento de Tránsito.c) Por permitir el propietario o poseedor de un vehículo que lo conduzcan por personasmenores de 18 años o que carezcan éstos de permiso respectivo, debiéndose ademásimpedir la circulación del vehículo.28Si el automóvil es propiedad de un menor de 18 años y éste es quien lo conduce sin elpermiso correspondiente, la multa se aplicará a los padres, tutores como responsablessolidarios o quienes ejerzan la patria potestad.d) Por hacer sitio los automóviles de alquiler en lugar no autorizado.Artículo 47.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 20 veces de salarios mínimos diariovigente en la cabecera municipal, cuando se incurra en las siguientes infracciones:a) Realizar competencias de velocidades o aceleración de vehículo, en las vías públicas.b) Por circular en sentido contrario.c) Por no respetar la preferencia de paso de los vehículos considerados como deemergencia.d) Por exceder los limites de velocidad establecidos.e) Por efectuar reparaciones que no sean de urgencia, así como lavado de vehículos en lasvías publicas.

284

Page 285: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

f) Todo conductor de motocicleta de cualquier tipo que esta sea que no use para suprotección el casco reglamentariog) Al conductor de motocicleta de cualquier tipo que esta sea que entable competencia develocidad con otro vehículo y/o que lleve a mas de dos personas o que transgreda los limitesde velocidad establecidosArtículo 48.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 10 veces de salario mínimo diariovigente en la cabecera municipal, cuando se incurra en las siguientes infracciones:a) Por exceder el límite de velocidad en zona escolar. Así como no dar preferencia de paso alos peatones en las áreas respectivas.b) Por circular cualquier vehículo con el escape abierto, o produciendo poracondicionamiento, defecto o desperfecto o malas condiciones, humo excesivo o ruidosinmoderados, (así como no tener colocado verticalmente los escapes los vehículos que29consumen diesel). Además, deberá impedirse que continúe circulando y deberán remitirse alDepartamento de Tránsito.c) Por circular con vehículos que excedan los límites reglamentarios autorizados en el largo,ancho y alto de la unidad. Así como por trasportar carga de gran tamaño o gran peso que porsus características esta sea inamisible y que además no cuente con el señalamientocorrespondiente.d) Por frenar intempestivamente, sin causa justificada, provocando con ello un accidente oconato del mismo.e) Por no conservar una distancia lateral de seguridad con otros vehículos o pasar tan cercade las personas o vehículos que constituyen un riesgo.Artículo 49.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 15 veces de salario mínimo diariovigente en la cabecera del Municipio, al que incurra en las siguientes infracciones:a) Cambiar intempestivamente de un carril a otro, cruzando la trayectoria de otro vehículo yprovocando ya sea, un accidente, una frenada brusca o la desviación de otro vehículo.b) Salir intempestivamente y sin precaución del lugar de establecimiento.c) Estacionarse en entrada de vehículos, lugares prohibidos o peligrosos, en sentidocontrario o en doble fila; independientemente de que la autoridad proceda a movilizar elvehículo.d) Estacionar habitualmente por la noche los vehículos en la vía pública, siempre que

285

Page 286: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

perjudique o incomode ostensiblemente. Si una vez requerido el propietario o conductor delvehículo persiste, la autoridad procederá a movilizarlo.e) Circular faltándole al vehículo una o varias de las luces reglamentarias o teniendo estasdeficiencias.f) Circular los vehículos con personas fuera de la cabina o en el lugar distinto a la carga.g) No disminuir la velocidad en intersecciones, puentes y lugares de gran afluencia depeatones.30h) Dar vuelta a la izquierda, sin respetar el derecho de paso de los vehículos que circulen ensentido opuesto, efectuando esta maniobra sin tomar las precauciones debidas.i) Falta de calcomanía de revisado y calcomanía de placas fuera de los calendarios para suobtención.j) Dar vuelta lateralmente o en “U” cuando esté prohibido mediante señalamiento expreso, odar vuelta en “U” a mitad de cuadra.k) Falta señalamiento de la razón social, nombre del propietario o de la institución en losvehículos destinados al servicio particular sea de persona o cosas.l) Circular careciendo de tarjeta de circulación o con una que no corresponda al vehículo o asus características.Artículo 50.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 20 veces de salario mínimo diariovigente en la cabecera municipal, cuando se incurra en las siguientes infracciones:a) Conducir vehículos careciendo de licencia, por olvido, sin justificación o careciendo estade los requisitos necesarios o que no corresponda a la clase de vehículo para lo cual fueexpedida.b) Conducir en zigzag, con falta de precaución o rebasar por la derecha.c) Circular faltando una de las placas o no colocarlas en el lugar destinado al efecto.d) Dar vuelta a la izquierda o derecha sin hacer la señal correspondiente con la mano o conel indicador mecánico, así como indicar la maniobra y no realizarla.Artículo 51.- Las infracciones a esta Ley en que incurran los conductores o personasocupantes o no de un vehículo, se sancionaran de la siguiente manera:I.- Multa equivalente a 33 veces el salario mínimo diario vigente en la cabecera del Municipio.a) Basura: por arrojar basura en las vías públicas.II.- Multa equivalente de 5 a 6.50 veces el salario mínimo diario vigente en la cabecera del

286

Page 287: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Municipio.31a) Animales Caninos: Por la captura de animales caninos que deambulen por las calles delMunicipio.b) Ganado vacuno, caballar, porcino y asnal: Por la captura de este tipo de animales queanden deambulando por las calles del municipio.SECCION IIISANCIONES EN MATERIA DE REGULACION ECOLOGICAArticulo 52.- A quienes en sitios públicos arrojen basura, residuos de la construccióngeneren ruido, produzcan polvo y demás acciones que se contrapongan con la ley deequilibrio ecológico y la protección al ambiente del estado de sonora se les sancionara conuna multa de 20 a 50 salarios mínimos.Articulo 53.- A los propietarios de lotes abandonados, sin uso aparente y los cualespresenten un aspecto que contraríe la buena imagen, además que sean utilizados comobasureros y que tengan o estén cubiertos con hierba que sea foco de infección y de faunanociva, se les sancionara con una multa de 5 a 20 salarios mínimos, además de que lalimpieza que dentro del lote o predio se realice, les será cobrado vía predial al infractor,Artículo 54.- El monto de los aprovechamientos por recargos, donativos yaprovechamientos, estarán determinados de acuerdo a lo señalado en el artículo 166 de laLey de Hacienda Municipal.TÍTULO TERCERODEL PRESUPUESTOArtículo 55.- Durante el ejercicio fiscal del año 2012 el Ayuntamiento del Municipio deSanta Ana, Sonora, recaudará ingresos por los conceptos mencionados en el TítuloSegundo, por las cantidades que a continuación se enumeran:321000 IMPUESTOS $3,626,7081100 Impuestos Sobre los Ingresos1102 Impuesto Sobre Diversiones y EspectáculosPúblicos1201200 Impuesto Sobre el Patrimonio1201 Impuesto Predial 2,011,265

287

Page 288: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

1.-Recaudación Anual $1,388,1592.-Recuperación de Rezagos 623,1061202 Impuesto Sobre Traslación de Dominio de BienesInmuebles988,1041203 Impuesto Municipal Sobre Tenencia y Uso deVehículos127,4381300 Impuestos Sobre la Producción, el Consumoy las Transacciones1301 Impuesto Predial Ejidal 28,8141700 Accesorios1701 Recargos 125,4771.-Por Impuesto Predial de Ejercicios Anteriores 123,4672.-Recargos de Tenencia 2,0101704 Honorarios de Cobranza 1201.-Por Impuesto Predial de Ejercicios Anteriores 1201800 Otros Impuestos1801 Impuestos Adicionales 345,3701.-Para Obras y Acciones de Interés General20%138,1482.-Para el Mejoramiento en la Pestación deServicios Públicos 15%103,6113.-Para Fomento Deportivo 15% 103,6114000 DERECHOS $1,386,4774300 Derechos por Prestación de Servicios4301 Alumbrado Público 796,9224304 Panteones 36,2671.-Por la Inhumación, Exhumación o Reinhumación de Cadáveres15,4592.-Venta de Lotes en el Panteón 20,8084305 Rastros 102,4461.-Sacrificio por Cabeza 102,3262.-Utilización de Áreas de Corrales 1204307 Seguridad Pública 120

288

Page 289: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

1.-Por Policía Auxiliar 1204308 Tránsito 26,8591.-Examen Para Obtención de Licencia 120332.-Autorización Para Estacionamiento Exclusivode Vehículos26,4993.-Autorización Para Estacionamiento deVehículos de Carga1204.-Solicitud de Placas Para Bicicletas yMotocicletas1204310 Desarrollo Urbano 164,1961.-Expedición de Licencias de ConstrucciónModificación o Reconstrucción28,2402.-Autorización Para el Cambio de Uso de Sueloen Materia de Fraccionamientos1203.-Por la Expedición de Licencias de Uso deSuelo Materia de Fraccionamiento3,4864.-Por la Expedición del Documento queContenga la Enajenación de Inmuebles queRealicen los Ayuntamientos (Títulos dePropiedad)60,4155.-Autorización Para Fusión, Subdivisión oRelotificación de Terrenos7,6316.-Otras Licencias 1207.-Por Servicios Catastrales y Cartografías 45,9268.-Servicios en Materia de Protección Civil yBomberos Voluntarios18,2584312 Licencias Para la Colocación de Anuncios oPublicidad

289

Page 290: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

2,4311.-Anuncios y Carteles Luminosos Hasta 10 m2 1202.-Anuncios y Carteles No Luminosos Hasta 10m22,3114313 Por la Expedición de Anuencias Para TramitarLicencias Para la Venta y Consumo de BebidasCon Contenido Alcohólico56,1871.-Expendio 55,3472.-Tienda de Autoservicio 1203.-Cantina, Billar o Boliche 1204.-Centro Nocturno 1205.-Restaurante 1206.-Centro de Eventos o Salón de Baile 1207.-Hotel o Motel 1208.-Tienda de Abarrotes 1204314 Por la Expedición de Autorizaciones EventualesPor Día (Eventos Sociales)11,1011.Fiestas Sociales o Familiares 10,2612.-Kermesse 1203.-Bailes, Graduaciones, Bailes Tradicionales 120344.-Carreras de Caballos, Rodeo, Jaripeo yEventos Públicos Similares1205.-Box, Lucha, Béisbol y Eventos PúblicosSimilares1206.-Ferias o Exposiciones Ganaderas,Comerciales y Eventos Públicos Similares1207.-Palenques 1208.-Presentaciones Artísticas 1204316 Por la Expedición de Anuenciaspor Cambio de Domicilio (Alcoholes)120

290

Page 291: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

4317 Servicio de Limpia 4431.-Barrido de Calles 1202.-Servicio Especial de Limpia 1203.-Limpieza de Lotes Baldíos 2034318 Otros Servicios 189,3851.-Expedición de Certificados 3,9982.-Legalización de Firmas 82,9353.-Expedición de Certificados de No Adeudo deCréditos Fiscales1854.-Certificación de Documentos Por Hoja 1205.-Por Copia Certificada de la Información 1206.-Información en Disco Flexible 1207.-Información en Disco Compacto 1208.-Certificación Traslado de Vehículos 4629.-Licencias y Permisos Especiales Anuencias(uso de piso)101,3255000 PRODUCTOS $144,1355100 Productos de Tipo Corriente5101 Enajenación Onerosa de Bienes Muebles noSujetos a Régimen de Dominio Público1205102 Arrendamiento de Bienes muebles e inmueblesno sujetos a régimen de Dominio Público4,5075103 Utilidades, Dividendos e Intereses 120Otorgamientos de Financiamiento y Rendimientode Capitales1205200 Otros Productos de Tipo Corriente5201 Venta de Placas con Número Para Nomenclatura 14,7685210 Mensura, Remensura, Deslinde o Localización deLotes8,6675300 Productos de Capital5301 Enajenación Onerosa de Bienes Inmuebles NoSujetos a Régimen de Dominio Público

291

Page 292: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

115,9536000 APROVECHAMIENTOS $809,850356100 Aprovechamientos de Tipo Corriente6101 Multas 243,6006105 Donativos 553,5816114 Aprovechamientos Diversos 12,6691.-Baños Públicos 12,5492.-Bases Para Licitación 1207000 INGRESOS POR VENTA DE BIENES YSERVICIOS (PARAMUNICIPALES)$8,899,7247200 Ingresos de Operación de EntidadesParamunicipales7201 Organismo Operador Municipal de Agua Potable,Alcantarillado y Saneamiento.7,571,8047202 Sistema Para el Desarrollo Integral de la Familia(DIF)1,327,9208000 PARTICIPACIONES Y APORTACIONES $20,555,6638100 Participaciones8101 Fondo General de Participaciones 12,746,8438102 Fondo de Fomento Municipal 2,248,3638103 Participaciones Estatales 745,2868104 Impuesto Federal Sobre Tenencia y Uso deVehículos1,0008105 Fondo de Impuesto Especial (Sobre Alcohol,Cerveza y Tabaco)382,6798106 Fondo de Impuesto de Autos Nuevos 135,9278107 Participación de Premios y Loterías 27,7608108 Fondo de Compensación para Resarcimiento porDisminución del Impuesto Sobre AutomóvilesNuevos51,3988109 Fondo de Fiscalización 3,259,577

292

Page 293: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

8110 IEPS a las Gasolinas y Diesel 956,8308200 Aportaciones8201 Fondo de Aportaciones Para el FortalecimientoMunicipal7,131,8388202 Fondo de Aportaciones Para la InfraestructuraSocial Municipal2´295,2519000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES,SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS$3,000,0009400 Ayudas sociales9401 Apoyos Extraordinarios del Gobierno del Estado 3´000,000TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS $38,422,55736Artículo 56.- Para el ejercicio fiscal del año 2012, se aprueba la Ley de Ingresos yPresupuesto de Ingresos del Ayuntamiento del Municipio de Santa Ana, Sonora, con unimporte total de: $38,422,557.00 (SON: TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOSVEINTE DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.).TITULO CUARTODISPOSICIONES FINALESArtículo 57.- En los casos de otorgamiento de prorrogas para el pago de créditosfiscales, se causara un interés del 2% mensual, sobre saldos insolutos, durante el año 2012.Artículo 58.- En los términos del Artículo 33 de la Ley de Hacienda Municipal, el pagoextemporáneo de los créditos fiscales, dará lugar al cobro de recargos, siendo la tasa de losmismos de un 50% mayor a la señalada en el Artículo que antecede.Artículo 59.- El Ayuntamiento del Municipio de Santa Ana, Sonora, deberá remitir alCongreso del Estado para la entrega al Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización, lacalendarización anual de los ingresos aprobados en la presente Ley de Ingresos yPresupuesto de Ingresos, a mas tardar el 31 de enero del año 2012.Artículo 60.- El Ayuntamiento del municipio de Santa Ana, Sonora enviará alCongreso del Estado, para la entrega al Instituto Superior de Auditoría y Fiscalizacióntrimestralmente, dentro de los cuarenta y cinco días naturales siguientes al trimestre vencido,la información y documentación señalada en la fracción XXIII de los Artículos 136 de la

293

Page 294: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Constitución Política del Estado de Sonora y 7º de la Ley de Fiscalización superior para el Estadode Sonora.Artículo 61.- El ejercicio de todo ingreso adicional o excedente que reciba elAyuntamiento, deberá ser informado al Congreso del Estado, de acuerdo con lo dispuesto enlos artículos 136, fracción XXI, ultima parte de la Constitución Política del Estado de Sonora y61, fracción IV, inciso B) de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.Artículo 62.- Las sanciones pecuniarias o restitutorias que en su caso pudierancuantificar el Órgano de Control y Evaluación Municipal o el Instituto Superior de Auditoría yFiscalización, se equipararán a créditos fiscales, teniendo la obligación la Tesorería Municipalde hacerlas efectivas.37Artículo 63.- Los recursos que sean recaudados por las autoridades municipales pormandato expreso de las disposiciones de esta Ley y del Presupuesto de Egresos, estaránsujetos a la presentación de un informe trimestral por parte de los beneficiarios ante laTesorería Municipal y el Órgano de Control y Evaluación Municipal dentro de los 15 díassiguientes a la conclusión de cada trimestre, obligación que iniciará simultáneamente con elejercicio fiscal, independientemente de la fecha en la que los recursos sean entregados. Lasautoridades municipales tendrán la obligación de retener los montos recaudados si dichoinforme no es presentado en los términos aquí previstos, hasta que el informe o los informessean presentados.Artículo 64.- Con la finalidad de cuidar la economía familiar, se aplicará la reduccióncorrespondiente en el impuesto predial del ejercicio 2012 en aquellos casos en que comoconsecuencia de la actualización de los valores catastrales el importe a cargo resultaramayor al 10% del causado en el ejercicio 2011.T R A N S I T O R I O SArtículo Primero.- La presente Ley entrará en vigor el día primero de enero de 2012,previa su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado.Artículo Segundo.- El Ayuntamiento del Municipio de Santa Ana, remitirá a laSecretaría de Hacienda del Gobierno del Estado, por conducto del Instituto Superior deAuditoría y Fiscalización, la información correspondientes a su recaudación de impuestopredial, así como de los derechos por servicios de agua potable y alcantarillado recaudadospor el organismo municipal o intermunicipal que preste dichos servicios, incluyendo

294

Page 295: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

conceptos accesorios.Dicha información deberá ser entregada a mas tardar en la fecha límite para hacer llegar alCongreso del Estado el Informe del Cuarto Trimestre del ejercicio fiscal inmediato anterior,con el desglose de términos que sean definidos de conformidad con la reglamentaciónfederal aplicable, a fin de que sea remitida a la Secretaría de Hacienda y Crédito Públicopara su validación y determinación de los coeficientes al Fondo General y al Fondo deFomento Municipal, en los términos de la Ley de Coordinación Fiscal.

LEY

DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SANTA ANA, SONORA, PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2013.

295

Page 296: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

TITULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º. – Durante el ejercicio fiscal del 2013, la Hacienda Pública del Municipio de Santa Ana, Sonora, percibirá los ingresos conforme a las bases, tarifas, tasas o cuotas que en esta Ley se señalan.

Artículo 2°.- Regirán en todo caso las disposiciones contenidas en la Ley de Hacienda Municipal, relativas al objeto, sujeto, base, y demás elementos y requisitos de los ingresos municipales.

Artículo 3°.- En todo lo no previsto por la presente Ley, para su interpretación se aplicaran supletoriamente las disposiciones de la Ley de Hacienda Municipal, Código Fiscal del Estado o en su defecto las normas de derecho común, cuando su aplicación en este ultimo caso no sea contrario a la naturaleza propia del derecho fiscal.

TITULO SEGUNDODE LAS CONTRIBUCIONES MUNICIPALES

Artículo 4º.- El presente capítulo tiene por objeto establecer las contribuciones derivadas de las facultades otorgadas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado de Sonora al Municipio de Santa Ana, Sonora.

CAPITULO PRIMERODE LOS IMPUESTOS

SECCIÓN IDEL IMPUESTO PREDIAL

Artículo 5º.- El impuesto Predial se causará y pagará en los siguientes términos:

I.- Sobre el valor catastral de los predios edificados conforme a la siguiente.

T A R I F AValor Catastral Tasa para Aplicarse

296

Page 297: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Sobre el Excedente del Límite Inferior al

MillarLímite Inferior Límite Superior Cuota Fija$ 0.01 A $ 38,000.00 $ 60.57 0.00000$ 38,000.01 A $ 76,000.00 $ 60.57 0.9247$ 76,000.01 A $ 144,400.00 $ 91.89 0.9252$ 144,400.01 A $ 259,920.00 $ 194.72 0.9257$ 259,920.01 A $ 441,864.00 $ 368.5 0.9263$ 441,864.01 A $ 706,982.00 $ 642.37 0.9268$ 706,982.01 A $ 1,060,473.00 $ 1041.67 0.9274$ 1,060,473.01 A $ 1,484,662.00 $ 1574.39 0.9280$ 1,484,662.01 A $ 1,930,060.00 $ 2214.05 0.9285$ 1,930,060.01 A $ 2,316,072.00 $ 2886.08 2.0289$ 2,316,072.01 A En adelante $ 4158.78 2.0296

El monto anual del impuesto a pagar por los predios edificados, será el resultado de sumar a la cuota fija que corresponda de la tarifa, el producto de multiplicar la tasa prevista para cada rango por la diferencia que exista entre el valor catastral del inmueble de que se trate y el valor catastral que se indica en el límite inferior del rango en que se ubique el inmueble.

II.- Sobre el valor catastral de los predios no edificados conforme a lo siguiente:

T A R I F AValor Catastral

Límite Inferior Límite Superior Tasa$ 0.01 A $ 12,203.07 $ 60.57 Cuota Mínima$ 12,203.08 en adelante 4.9635 Al Millar

Tratándose de Predios No Edificados, las sobretasas existentes serán las mismas que resultaron de la autorización para el ejercicio presupuestal 2002.

III.- Sobre el valor catastral de cada hectárea de los predios rurales, conforme a lo siguiente:

T A R I F A

297

Page 298: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Categorìa Tasa al MillarRiego de Gravedad 1: Terrenos dentro delDistrito de Riego con derecho a agua depresa regularmente.

0.8821Riego de Gravedad 2: Terrenos conderecho a agua de presa o ríoirregularmente aún dentro del Distrito deRiego 1.5502Riego de Bombeo 1: Terrenos con riegomecánico con pozo de poca profundidad(100 pies máximo) 1.5430Riego de Bombeo 2: Terrenos con riegomecánico con pozo profundo (más de 100pies) 1.5669Riego de temporal única: Terrenos quedependen para su irrigación de laeventualidad de precipitaciones.

2.3506Agostadero 1: Terrenos con praderasnaturales. 1.2078Agostadero 2: Terrenos que fueronmejorados para pastoreo en base atécnicas. 1.5322Agostadero 3: Terrenos que se encuentranen zonas semidesérticas de bajorendimiento. 0.2415

IV.- Sobre el valor catastral de las edificaciones de los predios rurales, conforme a lo siguiente:

T A R I F A

298

Page 299: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Valor Catastral TasaLímite inferior Límite Superior

De $0.01 a $38,000.00 60.57 Cuota Mínima$38,000.01 a $101,250.0

01.8387 Al Millar

$101,250.01

a $202,500.00

1.8928 Al Millar$202,500.01

a $506,250.00

1.9469 Al Millar$506,250.01

a $1,012,500.00 2.2173 Al Millar$1,012,500.01 a $1,518,750.00 2.3358 Al Millar$1,518,750.01 a $2,025,000.00 2.4877 Al Millar$2,025,000.01 a En adelante 2.6499 Al Millar

En ningún caso el impuesto será menor a la cuota mínima de $60.57 (sesenta pesos cicuenta siete centavos M:N: ).

Artículo 6º.- Para los efectos de este impuesto, se estará además, a las disposiciones que sobre diversos conceptos previene la Ley Catastral y Registral del Estado de Sonora.

SECCION IIDEL IMPUESTO PREDIAL EJIDAL

Artículo 7º.- Tratándose del impuesto predial sobre predios rústicos ejidales o comunales la tasa aplicable será la del 2% sobre el valor de la producción comercializada.

Artículo 8º.- Para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 61 Bis, segundo párrafo de la Ley de Hacienda Municipal, la entrega del 50% del impuesto predial ejidal pagado, se sujetará a la presentación de los siguientes requisitos:

1.- Los núcleos deben solicitar el retiro de fondos mediante acuerdo tomado en la asamblea de ejidatarios.

2.- Las asambleas deberán ser ordinarias o en su caso extraordinarias, como lo establece la Ley Agraria.

299

Page 300: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

3.- Deberá anexarse el proyecto y presupuesto que indique el sentido que se le dará a los fondos.

4.- Deberá anexar recibo original del pago del impuesto predial ejidal por el que se solicita la retiro de fondos.

SECCION IIIDEL IMPUESTO SOBRE TRASLACIÓN DE DOMINIO

DE BIENES INMUEBLES

Artículo 9º.- La tasa del impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles en el Municipio será la del 2.5% aplicado sobre la base determinada conforme a lo dispuesto por el Artículo 74 la Ley de Hacienda Municipal.

SECCION IVDEL IMPUESTO SOBRE DIVERSIONES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

Artículo 10º.- Es objeto de este impuesto la explotación de diversiones y espectáculos públicos.

Por diversión y espectáculo público debe entenderse toda función de esparcimiento, sea teatral, cinematográfica, deportiva o de cualquier naturaleza semejante que se verifique en salones, teatros, calles, plazas, locales abiertos o cerrados, en donde se reúna un grupo de personas, pagando por ello cierta suma de dinero.

No se consideran espectáculos públicos los presentados en restaurantes, bares, cabaret, salones de fiesta o de baile y centros nocturnos, así como funciones de cine.

Artículo 11.- Quienes perciban ingresos por la explotación de las actividades a que se refiere el artículo anterior, pagarán el 8% sobre el total de los ingresos recaudados por concepto de venta de boletos o cuotas de admisión.

Tratándose de funciones de teatro y circo, la tasa que se aplique no deberá sobrepasar el 8%.

SECCION V

300

Page 301: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

IMPUESTOS ADICIONALES

Artículo 12.- El Ayuntamiento, conforme al Artículos 100 de la Ley de Hacienda Municipal, recaudará por concepto de Impuestos Adicionales los siguientes:

I.- Obras y acciones de interés general 20%II.- Mejoramiento en la prestación de los servicios públicos 15%III.- Fomento deportivo 15%

Será objeto de este impuesto la realización de pagos por concepto de los impuestos y derechos que establece la Ley de Hacienda Municipal, a excepción de los impuestos predial, sobre traslación de dominio de bienes inmuebles, sobre diversiones y espectáculos públicos, tratándose de obras de teatro y funciones de circo, cine o cinematógrafos ambulantes, derecho de alumbrado público y derechos de estacionamientos de vehículos en la vía pública, donde se hayan instalado sistemas de control de tiempo y espacio.

Las tasas de estos impuestos, las que en su totalidad en ningún caso podrán exceder del 50% sobre la base determinada.

SECCION VIIMPUESTO MUNICIPAL SOBRE TENENCIA Y USO DE VEHICULOS

Artículo 13.- Están obligados al pago de este impuesto, las personas físicas y las morales, tenedoras o usuarios de vehículos de más de diez años de fabricación anteriores al de aplicación de esta Ley.

Para los efectos de este impuesto, se presume que el propietario es tenedor o usuario del vehículo.

Los contribuyentes pagaran el impuesto por año de calendario durante los tres primeros meses ante la Tesorería Municipal, no estando obligados a presentar por este impuesto la solicitud de inscripción en el registro de empadronamiento de la Tesorería Municipal.

301

Page 302: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Para los efectos de este impuesto, también se considerarán automóviles a los omnibuses, camiones y tractores no agrícolas tipo quinta rueda.

Tratándose del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos se pagaran conforme a la siguiente tarifa:

TIPO DE VEHICULO AUTOMOVILES CUOTAS4 Cilindros $110.00 .6 Cilindros $197.008 Cilindros $220.00Camiones pick up $110.00 Vehículos con peso vehicular y con capacidad de carga hasta 8 toneladas

$220.00

Vehículos con peso vehicular y con capacidad de carga mayor a 8 toneladas

$275.00

Tractores no agrícolas tipo quinta rueda incluyendo minibuses, microbuses autobuses y demás vehículos destinados al transporte de carga y pasaje

$245.00

Motocicletas hasta 250 cm3 $3.00De 251 a 500 cm3 $21.00De 500 a 750 cm3 $40.00De 751 a 1000 cm3 $77.00 De 1001 cm3 en adelante $117.00

CAPITULO SEGUNDODE LOS DERECHOS

302

Page 303: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

SECCION I

POR SERVICIOS DE AGUA POTABLEY ALCANTARILLADO

Artículo 14.- Las cuotas por pago de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, que se presten a los usuarios de estos servicios en el Municipio de Santa Ana, Sonora, son las siguientes:

Para Uso DomésticoRangos de Consumo Valor

RANGO IMPORTE(M3) ($/M3)

0 a 20 $ 90.28 21 a 30 $ 4.89 31 a 40 $ 5.32 41 a 70 $ 6.28

71 a 200 $ 7.13 201 a 500 $ 8.08 501 a 600 $ 8.91

601 $ 8.91

Para Uso Comercial, Servicios a Gobierno y Organizaciones Públicas Rangos de Consumo Valor:

RANGO IMPORTE(M3) ($/M3)

0 a 20 $ 155.12 21 a 30 $ 7.20 31 a 40 $ 7.76

303

Page 304: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

41 a 70 $ 8.75 71 a 200 $ 9.75 201 a 500 $ 11.05 501 a 600 $ 12.01

601 $ 12.01

Para Uso Industrial. Rangos de Consumo Valor:RANGO IMPORTE

(M3) ($/M3)0 a 20 $166.42 21 a 30 $7.64 31 a 40 $8.36 41 a 70 $9.39

71 a 200 $10.44 201 a 500 $11.83 501 a 600 $12.88

Tarifa SocialSe aplicará un descuento del 10, 20 y 30 por ciento sobre las tarifas domésticas regulares a quienes reúnan los siguientes requisitos:

1.- Ser pensionados o jubilados.

2.- Ser personas con problemas de tipo económico que sea un determinante para no estar en condiciones de pagar la tarifa regular por los servicios públicos a cargos del Organismo Operador.

304

Page 305: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

El poseer este beneficio lo obliga a estar al corriente en su cuenta, de tal manera que si el pronto pago no se realiza dentro de la fecha de vencimiento el descuento no será realizado.

Los requisitos contenidos en el presente acuerdo deberán ser acreditados a satisfacción propia por un estudio socioeconómico realizado por el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora.

En ningún caso, el número de personas que se acojan a este beneficio deberá ser superior al 7% del padrón de usuarios del Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora.

A todos los usuarios morosos que no sean pensionados,jubilados o personas con problemas de tipo económico, que adeuden mas de cinco meses de servicio se le podrá condonar el monto total de los recargos y aplicar únicamente un decuento del 10 % al total de su adeudo, siempre y cuando el pago se realice en una sola exhibición.

Los rangos de consumo se deberán deducir por meses naturales y el importe se calculará multiplicando los metros cúbicos consumidos en el mes de que se trate, por el precio fijado para cada metro cúbico en el rango de consumo correspondiente.

Ingresos por Cooperación.Por iniciativa del Gobernador del Estado y amparado en el Art, 165, Fracción I, Inciso A, de la Ley de Agua del Estado de Sonora, que puntualiza que pueden obtener ingresos por cooperación, se propone cobrar en forma adicional:

$ 1.00 (Son: Un pesos 00/100 M.N.) Por cada toma doméstica $ 2.00 (Son: Dos pesos 00/100 M.N.) Por cada toma comercial y$3.00 (Son: Tres pesos 00/100 M.N.) Por cada toma industrial

El importe de dichos ingresos se trasladaran al patronato municipal de Bomberos de Santa Ana, a través de un convenio de coordinación entre el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y

305

Page 306: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Saneamiento de Santa Ana, Sonora y el H. Cuerpo de Bomberos del municipio, la Unidad de Protección Civil del Estado y la Comisión Estatal del Agua.

Además se cobraran:$1.00 (Son: Un pesos 00/100 M.N.) Por cada toma doméstica$2.00 (Son: Dos pesos 00/100 M.N.) Por cada toma comercial y$3.00 (Son: Tres pesos 00/100 M.N.) Por cada toma industrial

El cual se trasladara al patronato municipal de cruz roja, a través de un convenio de coordinación entre el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora y Cruz Roja del municipio de Santa Ana.

Dicho convenio se suscribirá una vez que se publiquen las modificaciones a la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos con la inclusión de este concepto.

SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTOEl servicio de alcantarillado sanitario se cobrará a razón de 35 %(treinta y cinco) por ciento y el servicio de Saneamiento a razón del 15%(quince) por ciento del importe del consumo de agua potable en cada mes.

Las cuotas por pago de otros conceptos solicitado por los usuarios a este Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado ySaneamiento de Santa Ana, Sonora se aplicarán de la siguiente manera:

t) Carta de no adeudo: 2 veces el salario diario mínimo general vigente.u) Cambio de nombre: 2 veces el salario diario mínimo general vigente.v) Cambio de razón social: 2 veces el salario diario mínimo general vigente.w)Cambio de toma: de acuerdo a Presupuesto.x) Instalación de medidor: precio según diámetro.

306

Page 307: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 15.- El Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora, podrá determinar presuntamente el consumo de agua potable, de conformidad con las disposiciones contenidas en los Artículos 166 y 167 de la Ley 249 de Agua del Estado de Sonora, considerando las variables que incidan en dichos consumos, tales como:

l) El número de personas que se sirven de la toma.m) La magnitud de las instalaciones y áreas servidas.

Artículo 16.- Las cuotas por concepto de instalación de tomas de agua potable y de conexión al servicio de alcantarillado sanitario para uso doméstico, se integrarán de la siguiente manera:

a) Contrato de agua potable $355.00b) Contrato de drenaje $330.00

Artículo 17.- Cuando algún usuario del servicio no pague el importe de su recibo por la cantidad especificada en el período de consumo correspondiente dentro de la fecha límite para efectuar dicho pago, éste se hará acreedor a un cargo adicional equivalente al 10% del total de su adeudo, mismo que se cargará en el siguiente recibo.

Artículo 18.- Para todos los usuarios que paguen su recibo antes de la fecha de su vencimiento tendrá un descuento de 50% sobre el importe total de su consumo mensual por servicios, siempre y cuando este al corriente en sus pagos los primeros tres meses, aplicando el descuento al cuarto mes.

Artículo 19.- El usuario que utilice los servicios de agua potable y drenaje sanitario en forma clandestina, será sancionado conforme al Artículo 177 , para efectos de su regularización ante el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Santa Ana, Sonora en relación a los éste podrá calcular presuntivamente el consumo para el pago correspondiente conforme al 166 y 167 de la Ley 249 de Agua del Estado de Sonora.

307

Page 308: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

SECCION IIPOR EL SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO

Artículo 20.- Por la prestación del servicio de Alumbrado Público los propietarios y poseedores de predios construidos o de predios no edificados o baldíos ubicados en las zonas urbanas o suburbanas de las poblaciones municipales, pagarán un derecho en base al costo total del servicio que se hubieran ocasionado con motivo de su prestación, entre el número de usuarios registrados en la Comisión Federal de Electricidad, mas el número de los propietarios y poseedores de predios construidos o de predios no edificados o baldíos que no cuenten con dicho servicio en los términos de la Ley de Hacienda Municipal.

En el ejercicio 2013, será una cuota mensual de $43.42 (Son: cuarenta y tres pesos 42/100 M.N.) como tarifa general misma que se pagará bimestralmente en los servicios de febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre de cada año, pudiéndose hacerse por anualidad anticipada y se incluirán en los recibos correspondientes al pago del impuesto predial. En estos casos, el pago deberá realizarse en las oficinas recaudadoras de la Tesorería Municipal o en las instituciones autorizadas para el efecto.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, el Ayuntamiento podrá celebrar convenios con la Comisión Federal de Electricidad, o con la institución que estime pertinente, para el efecto que el importe respectivo se pague en las fechas que señalen los recibos que expida la Comisión Federal de Electricidad o la institución con la que haya celebrado el convenio de referencia.

Con la finalidad de no afectar a las clases menos favorecidas, se establece la siguiente tarifa social mensual de $5.50 (Son: Cinco pesos 50/100 M.N.) la cual se pagará en los mismos términos del párrafo segundo de este artículo.

SECCION IIIPOR SERVICIO DE LIMPIA

308

Page 309: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 21.- Por la prestación de servicio público de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos, se causará derechos a cargo de los propietarios o poseedores de predio urbanos conforme a las siguientes cuotas por los conceptos de:

I.- Limpieza de lotes baldíos y casas abandonadas, por metro cuadrado. $ 5.50

II.- Prestación del servicio especial de limpia a los comercios, industrias Prestadores de servicios, particulares o dependencias y entidades Públicasque generen volúmenes extraordinarios de basura, desperdicios o residuos sólidos, que requieran atención especial o fuera de las horas o periodicidad normal de trabajo. (Tarifa mensual) $4,409.00

III.- Barrido de calles, frente a los comercios, negocios u oficinas asentadas Por metro cuadrado $5.50

SECCIÓN IVPOR SERVICIO DE PANTEONES

Artículo 22.-.- Por los servicios que se presten en materia de panteones, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

I.-Por la inhumación, exhumación o reinhumación de cadáveres:

a) En gavetas:

309

Page 310: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

1.- Doble 24.0 2.- Sencilla 12.0

II.- Por la venta de lotes en panteón:b) : En gavetas:3. Doble 141.04. Sencilla 85.0

Artículo 23.- La inhumación en la fosa común de cadáveres y restos humanos de personas desconocidas, que remitan las autoridades competentes, así como aquellas otras inhumaciones que, de conformidad con las disposiciones administrativas que emita el ayuntamiento, sean a título gratuito, no causarán los derechos a que se refiere este Capítulo.

Asimismo, cuando alguna autoridad en cumplimiento de sus atribuciones determine la exhumación, reinhumación o cremación de cadáveres, restos humanos o restos humanos áridos, dichas actividades se realizarán en forma gratuita.

Artículo 24.- Cuando el servicio público de panteones se preste fuera del horario de trabajo, se causarán el doble de los derechos correspondientes.

SECCION VPOR SERVICIO DE RASTROS

Artículo 25.- Por los servicios que preste el Ayuntamiento en materia de rastros se causarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

310

Page 311: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

I.- El sacrificio de:

a) Novillos, toros y bueyes: 2.50b) Vacas: 2.50c) Vaquillas: 2.50d) Ganado porcino: 1.00e) Ganado caballar 2.50

II.-Utilización de corrales por cabeza 1.00

SECCIÓN VIPOR SERVICIOS DE SEGURIDAD PÚBLICA

Artículo 26.- Por las labores de vigilancia en lugares específicos, que desarrolle el personal auxiliar de la policía preventiva, se causarán los siguientes derechos:

311

Page 312: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

Por cada policía auxiliar, diariamente: 6.60

SECCION VIITRÁNSITO

Artículo 27.- Por los servicios que en materia de tránsito presten los ayuntamientos, se pagarán derechos conformes a las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

I.- Por la presentación de los exámenes que serealicen ante la autoridad de tránsito para laobtención de:

a) licencias de operador de servicio público detransporte: 1.10b) Licencia de motociclista: 1.10c) Permiso para manejar automóviles de servicioparticular para personas mayores de 16 años ymenores de 18: 2.20

II.- Por la autorización para que determinado espacio de la vía pública sea destinado

312

Page 313: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

al estacionamiento exclusivo de vehículos, por metro cuadrado, mensualmente:

f) Por metro cuadrado mensualmente $ 65.00g) Por metro cuadrado mensualmente para

Servicios especiales de transporte $ 65.00III.- Por el estacionamiento de Vehículos pesados de transporte publico de carga autorizados pararealizar maniobras de carga y descarga dentro de laciudad, se pagaran derechos por maniobra de la formasiguiente:

e) Rabón o tonelada $ 83.00f) Tórton $120.00g) Tracto camión y remolque $180.00h) Equipo especial movible (grúas) $416.00

IV.- Por la expedición anual de placas de circulación de vehículos que se accionen por medio de la energía humana o animal o de propulsión sin motor, anualmente: $110.00

Artículo 28.- Para hacer efectiva la recaudación por concepto de Derecho de estacionamiento de vehículos en la vía pública, deberá ajustarse a lo establecido por el Artículo 6° fracciona II, en relación al Artículo 128 de la Ley de Hacienda Municipal, debiendo acordar por el Ayuntamiento, disposiciones de observancia general, en donde se establezcan formas y plazos de pagos diferentes a lo señalado en el propio Artículo 128, de la Ley de referencia, en el supuesto de no contar con sistemas de control de tiempo y espacio.

SECCION VIII

313

Page 314: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

POR SERVICIOS DE DESARROLLO URBANO

Artículo 29.- Por los servicios que se presten en materia de Desarrollo Urbano, se causarán los siguientes derechos:

I.- Por la autorización para la fusión, subdivisión o relotificación de terrenos:

a) Por la fusión de lotes, por lote fusionado: $ 346.00b) Por la subdivisión de predios, por cada lote resultante de la subdivisión: $ 346.00c) Por relotificación, por cada lote: $ 346.00

Artículo 30.- Por la expedición de licencias de construcción, modificación o reconstrucción, se causarán los siguientes derechos:

I.- En licencias de tipo habitacional:

a) Hasta por 60 días, para obras cuyo volumen no exceda de 30 metros cuadrados, 5.0 salarios mínimo general vigente en el municipio.

b) Hasta por 180 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 30 metros cuadrados y hasta 70 metros cuadrados, el 3.5 al millar sobre el valor de la obra;

c) Hasta por 270 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 70 metros cuadrados y hasta 200 metros cuadrados, el 5 al millar sobre el valor de la obra;

d) Hasta por 360 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 200 metros cuadrados y hasta 400 metros cuadrados, el 7 al millar sobre el valor de la obra:

e) Hasta por 540 días, para obras cuyo volumen exceda de 400 metros cuadrados, el 7 al millar sobre el valor de la obra.

314

Page 315: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

II.- En licencias de tipo comercial, industrial y de servicios:

a) Hasta por 60 días, para obras cuyo volumen no exceda de 30 metros cuadrados, el 4.5 veces del salario mínimo general vigente en el municipio;

b) Hasta por 180 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 30 metros cuadrados y hasta 70 metros cuadrados, el 5 al millar sobre el valor de la obra;

c) Hasta por 270 días, para obras cuyo volumen esté comprendido en más de 70 metros cuadrados y hasta 200 metros cuadrados, el 7 al millar sobre el valor de la obra;

d) Hasta por 360 días, para obras cuyo volumen se comprenda en más de 200 metros cuadrados y hasta 400 metros cuadrados, el 8 al millar sobre el valor de la obra; y

e) Hasta por 540 días, para obras cuyo volumen exceda de 400 metros cuadrados, el 9 al millar sobre el valor de la obra.

En caso de que la obra autorizada conforme a este artículo, no se concluya en el tiempo previsto en la licencia respectiva, se otorgará una prórroga de la misma, por la cual se pagará el 50% del importe inicial, hasta la conclusión de la obra de que se trate.

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el MunicipioIII.- Otras licencias

b) Por autorización para realizar obras de modificación, rotura o corte de pavimento o concreto en calles, guarniciones o banquetas para llevar a cabo obras o instalaciones subterráneas de agua potable, drenaje, telefonía, transmisión de datos, de señales de televisión por cable, distribución de gas y otras similares, así como para reparación de estos servicios, se causaran y se pagaran por cada metro cuadrado de la vía publica afectada un salario minino diario y además una tarifa por metro cuadrado por la reposición de pavimento de la siguiente forma:

1.- Pavimento asfáltico; 4.002.- Pavimento de concreto hidráulico; y 15.00

315

Page 316: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

3.- Pavimento empedrado 3.00b) Por la expedición de permisos para demolición de cualquier tipo de construcción, se cobrara por metro cuadrado según la zona donde se encuentre la construcción a demoler con vigencia de 30 días, de la siguiente manera:1.- Zonas residenciales; 0.112.- Zonas y corredores comerciales e industriales 0.103.- Zonas habitacionales medias 0.094.- Zonas habitacionales de interés social 0.085.- Zonas habitacionales populares; y 0.076.- Zonas suburbanas y rurales 0.06

Artículo 31.- En materia de fraccionamientos, se causarán los siguientes derechos:

I- Por la expedición de licencias de uso de suelo, el 1% del salario mínimo general vigente en el municipio, por metro cuadrado. Tratándose de fraccionamientos habitacionales o comerciales bajo el régimen de condominio, el 1% del salario mínimo general vigente en el municipio, por metro cuadrado, durante los primeros 250 metros cuadrados del área vendible y el .50% de dicho salario, por cada metro cuadrado adicional; y

II.- Por la autorización para el cambio de uso del suelo o para el cambio en la clasificación de un fraccionamiento que se efectúe de conformidad con el artículo 98, segundo párrafo de la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Sonora, 30 veces el salario mínimo general vigente en el municipio.

Artículo 32.- Por la expedición del documento que contenga la enajenación de inmuebles que realicen los ayuntamientos, en los términos del Capítulo Cuarto del Título Séptimo de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, se causará un derecho del 5 % sobre el precio de la operación.

Artículo 33.- Por los servicios catastrales prestados por el Ayuntamiento, se pagarán los derechos conforme a la siguiente base:

I.- Por expedición de certificados catastrales simples $ 142.00

316

Page 317: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

II.- Por certificación de copias de cartografía catastral, por cada Hoja $ 142.00III.- Por expedición de copias simples de cartografía catastral, por cada predio: $ 220.00IV.- Por asignación de clave catastral a lotes de terreno de fraccionamientos, por cada clave: $ 55.00V.- Por certificación del valor catastral en la manifestación de traslación de dominio, por cada certificación: $ 220.00VI.- Por expedición de certificados de no inscripción de bienes inmuebles: $ 165.00VII.- Por expedición de certificados de no propiedad y otros, por cada uno: $ 165.00VIII.- Por expedición de certificados catastrales c/ medidas y colindancias: $ 220.00

Artículo 34.- Por los servicios que se presten en materia de protección civil y bomberos, se causarán los derechos conforme a la siguiente base:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

a) Por la revisión de por metro cuadrado de construcciones:1.- Casa habitación. 1 a 102.- Edificios públicos y salas de espectáculos. 1 a 103.- Comercios. 1 a 404.- Almacenes y bodegas. 1 a 505.- Industrias. 1 a 100

b) Por la revisión de por metro cuadrado de ampliación deconstrucciones:

317

Page 318: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

1.- Casa habitación. 1 a 102.- Edificios públicos y salas de espectáculos. 1 a 103.- Comercios. 1 a 404.- Almacenes y bodegas. 1 a 505.- Industrias. 1 a 100

c) Por la revisión y regularización de sistemas contraincendios por metro cuadrado de construcción en:1.- Casa habitación. 1 a 102.- Edificios públicos y salas de espectáculos. 1 a 403.- Comercios. 1 a 404.- Almacenes y bodegas. 1 a 505.- Industrias. 1 a 100

d) Por peritajes en la revisión de incendios en inmuebles y lavalorización de daños en:1.- Casa habitación. 1 a 202.- Edificios públicos y salas de espectáculos. 1 a 303.- Comercios. 1 a 404.- Almacenes y bodegas. 1 a 705.- Industrias. 1 a 100

Por el concepto mencionado en este inciso y por todos los apartados que lo componen, el número de veces que se señala como salario mínimo general, se cubrirá por cada $1,000.00 (Mil pesos 00/100 M.N.), de la suma asegurada.

e) Por servicios especiales de cobertura de seguridad: 1 a 200

Los salarios mínimos generales que se mencionan en este inciso, como pago de los servicios, comprende una unidad bombera y cinco elementos, adicionándose un salario mínimo general al establecido por cada bombero adicional.

f) Por la instrucción a personal de seguridad y trabajadores por un tiempo mínimo de 4 horas por:

318

Page 319: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

1.- 10 Personas. 302.- 20 Personas. 403.- 30 Personas. 50

g) Formación de brigadas contra incendios en:

1.- Comercio. 252.- Industrias. 50

h) Por la revisión de proyectos para factibilidad deservicios en fraccionamientos por:1.- Iniciación, (por hectárea). 1 a 1002.- Aumento de lo ya fraccionado,(por vivienda en construcción) 1 a 100

iii) Por servicio de entrega de agua en auto tanque fuera del perímetro del Municipio, hasta de 10 kilómetros 1 a 200

j) Por traslados en servicios de ambulancias:1.- Dentro de la ciudad. 1 a 502.- Fuera de la ciudad. 1 a 100

k) Por la expedición de certificaciones de número oficial: 1 a 20

l) Por la expedición de certificados de seguridad, en los términos de los Artículos 35, inciso g) y 38,inciso e) del Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos 1 a 100

319

Page 320: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

SECCION IXOTROS SERVICIOS

Artículo 35.- Las actividades señaladas en el presente artículo causarán las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el MunicipioI.- Por la expedición de:

a) Certificados: 2.20

b) Legalizaciones de firmas: 2.20

c) Certificación de no adeudo a créditos fiscales 2.20

d) Certificados de documentos por hoja 2.20

e) Ley de transparencia -Por copia certificada de la información 2.00-Información en disco flexible 3 1/2 0.53-Información en disco compacto 2.00

f) Licencias y Permisos Especiales Anuencias (Uso de piso) de 2.5 a 250

g) Cuotas por servicios en Unidad Básica de Rehabilitación (DIF Municipal) 1.00

320

Page 321: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

h) Cuotas por servicios consulta psicológicas yJurídicas (DIF Municipal) 1.00

i) Servicios Funerarios (Embalsamamientos) e 20.0 a 50.00(DIF Municipal)

j) Venta de Ataúdes (DIF Municipal de 120.0 a 250.00

k) Construcción de gavetas:- Dobles 141.00- Sencillas 85.00

Por el concepto de traslado en carroza, se cobrará de acuerdo a la distancia recorrida.

SECCION X

LICENCIAS PARA LA COLOCACION DE ANUNCIOS O PUBLICIDAD

Artículo 36.- Por el otorgamiento de licencias o permisos o autorizaciones para la colocación de anuncios y carteles o cualquier tipo de publicidad, excepto la que se realice por medio de televisión, radio, periódicos, revistas e internet, se pagarán los derechos conforme a la siguiente tarifa:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

I.- Anuncios y carteles luminosos, hasta 10m2 20.0II.- Anuncios y carteles no luminosos, hasta 10m2: 15.0

321

Page 322: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 37.- Los pagos a que se refiere el artículo anterior, así como sus refrendos, serán cubiertos por las personas físicas o morales que fijen o coloquen los anuncios o carteles o realicen cualquier tipo de publicidad en los términos señalados en esta sección.

Serán responsables solidarios los propietarios de los predios, fincas o vehículos en donde se fijen o coloquen los anuncios o carteles o se lleve a cabo la publicidad, así como las personas físicas o morales cuyos productos, servicios o actividades sean objeto de los anuncios, carteles o publicidad.

Artículo 38.- Estarán exentos del pago de estos derechos, los anuncios, carteles o cualquier tipo de publicidad que realicen las entidades gubernamentales en sus funciones de derecho público, los partidos políticos, las instituciones de asistencia o beneficencia pública, las asociaciones religiosas y las de carácter cultural.SECCION XI

ANUENCIAS, AUTORIZACIONES Y GUIAS DE TRANSPORTACION ENMATERIA DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO

Artículo 39.- Los servicios de expedición de anuencias municipales para tramitar licencias para la venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico, expedición de autorizaciones eventuales y expedición de guías de transportación de bebidas con contenido alcohólico, causarán derechos atendiendo a la ubicación y al tipo de giro del establecimiento o evento de que se trate, conforme a las siguientes cuotas:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

I.- Por la expedición de anuencias municipales:

1.- Expendio 3,3002.- Tienda de Autoservicio 3,3003.- Cantina, billar o boliche 2,2054.- Centro nocturno 3,3005.- Restaurante 551

322

Page 323: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

6.- Centro de Eventos y Salón de Baile 3,3007.- Hotel o motel 1,1028.- Tienda de Abarrotes 2,205

Tratándose de la expedición de anuencias municipales por cambio de domicilio se aplicaran las cuotas anteriores reducidas en un 70%.

II.- Para la expedición de autorizaciones eventuales, por día, si se trata de:

Número de veces el salario mínimo general vigente

en el Municipio

1.- Fiestas sociales o familiares 11.002.- Kermés 11.003.- Bailes, graduaciones, bailes tradicionales 11.004.- Carreras de caballos, rodeo, jaripeo y eventospúblicos similares 22.005.- Box, lucha, béisbol y eventos públicos similares 22.006.- Ferias o exposiciones ganaderas, comerciales y eventos públicos similares 33.007.- Palenques 33.008.- Presentaciones artísticas 33.00

CAPÍTULO TERCEROPRODUCTOS

323

Page 324: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

SECCIÓN UNICA

Artículo 40.-Los productos causarán cuotas y podrán provenir, enunciativamente, de las siguientes actividades:

1.-Placas con número para la nomenclatura de las edificaciones de los centros de población de los Municipios: $110.00

2.-Por mensura, remensura, deslinde o localización de lotes: $110.00

3.- Otorgamiento de financiamiento y rendimiento de capitales

4.- Enajenación onerosa de bienes muebles e inmuebles

5.- Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles

Artículo 41.- Los ingresos provenientes de los conceptos a los que se refiere el artículo anterior, en los cuales no se establece el cobro, se recaudaran de acuerdo a lo establecido en los contratos o convenios que los originen.

Artículo 42.- El monto de los productos por la enajenación de lotes en los panteones Municipales se establecerá anualmente por los Ayuntamientos, en tarifas que se publicarán en los tableros de avisos del propio Ayuntamiento y en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, y regirán del día primero de enero al treinta y uno de diciembre de cada año.

Artículo 43.- El monto de los productos por cuotas de admisión en eventos de peleas de gallos y carreras de caballos, estará regido por las cuotas y tarifas establecidas por las autoridades de DIF Municipal

CAPITULO CUARTODE LOS APROVECHAMIENTOS

SECCION I

324

Page 325: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 44.-De las multas impuestas por la autoridad municipal por violación a las disposiciones de las Leyes de Tránsito para el Estado de Sonora, de Seguridad Pública para el Estado de Sonora, de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora y de la presente Ley, así como los Bandos de Policía y Gobierno, de los reglamentos, de las circulares y de las demás disposiciones de observancia general en la jurisdicción territorial del municipio y de cualquier otro ordenamiento jurídico cuyas normas faculten a la autoridad municipal a imponer multas, de acuerdo a las leyes y normatividades que de ellas emanen.

SECCION IIMULTAS DE TRANSITO

Artículo 45.- Se impondrá multa equivalente de 15 a 25 veces el salario mínimo diario vigente en cabecera del Municipio:

a) Por transportar en los vehículos, explosivos o productos altamente inflamables sin el permiso correspondiente.

b) Por prestar servicio publico de transporte sin estar concesionado, por cada ocasión. En este caso, además se detendrá hasta por 72 horas el vehículo, impidiendo que continúe circulando y se remitirá al Departamento de Tránsito. A la vez, se comunicará tal situación a la Dirección de Transporte del Estado.

c) Por prestar el servicio público de transporte con las unidades de emergencia simultáneamente con las autorizadas, independientemente de la sanción de cancelación que establece la Ley de Transporte del Estado de Sonora.

Artículo 46.- Se impondrá multa equivalente de 25 a 100 veces de salarios mínimos diario vigente en la cabecera del municipio por los siguientes conceptos:

a) Por conducir vehículos en estado de ebriedad o bajo el influjo de enervantes o estupefacientes y arresto hasta por 36 horas, siempre que no constituya delito, procediendo conforme al artículo 223, fracción VII de la Ley de Tránsito para el Estado de Sonora.

b) Por circular con un vehículo al que le falten las dos placas de circulación, con placas alteradas, vencidas o que no le correspondan, procediéndose además a impedir la circulación del vehículo y debiéndose remitir al Departamento de Tránsito.

325

Page 326: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

c) Por permitir el propietario o poseedor de un vehículo que lo conduzcan por personas menores de 18 años o que carezcan éstos de permiso respectivo, debiéndose además impedir la circulación del vehículo.

Si el automóvil es propiedad de un menor de 18 años y éste es quien lo conduce sin el permiso correspondiente, la multa se aplicará a los padres, tutores como responsables solidarios o quienes ejerzan la patria potestad.

d) Por hacer sitio los automóviles de alquiler en lugar no autorizado.

Artículo 47.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 20 veces de salarios mínimos diario vigente en la cabecera municipal, cuando se incurra en las siguientes infracciones:

a) Realizar competencias de velocidades o aceleración de vehículo, en las vías públicas.

b) Por circular en sentido contrario.

c) Por no respetar la preferencia de paso de los vehículos considerados como de emergencia.

d) Por exceder los limites de velocidad establecidos.

e) Por efectuar reparaciones que no sean de urgencia, así como lavado de vehículos en las vías publicas.

f) Todo conductor de motocicleta de cualquier tipo que esta sea que no use para su protección el casco reglamentario

g) Al conductor de motocicleta de cualquier tipo que esta sea que entable competencia de velocidad con otro vehículo y/o que lleve a mas de dos personas o que transgreda los limites de velocidad establecidos

Artículo 48.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 10 veces de salario mínimo diario vigente en la cabecera municipal, cuando se incurra en las siguientes infracciones:

a) Por exceder el límite de velocidad en zona escolar. Así como no dar preferencia de paso a los peatones en las áreas respectivas.

326

Page 327: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

b) Por circular cualquier vehículo con el escape abierto, o produciendo por acondicionamiento, defecto o desperfecto o malas condiciones, humo excesivo o ruidos inmoderados, (así como no tener colocado verticalmente los escapes los vehículos que consumen diesel). Además, deberá impedirse que continúe circulando y deberán remitirse al Departamento de Tránsito.

c) Por circular con vehículos que excedan los límites reglamentarios autorizados en el largo, ancho y alto de la unidad. Así como por trasportar carga de gran tamaño o gran peso que por sus características esta sea inamisible y que además no cuente con el señalamiento correspondiente.

d) Por frenar intempestivamente, sin causa justificada, provocando con ello un accidente o conato del mismo.

e) Por no conservar una distancia lateral de seguridad con otros vehículos o pasar tan cerca de las personas o vehículos que constituyen un riesgo.

Artículo 49.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 15 veces de salario mínimo diario vigente en la cabecera del Municipio, al que incurra en las siguientes infracciones:

a) Cambiar intempestivamente de un carril a otro, cruzando la trayectoria de otro vehículo y provocando ya sea, un accidente, una frenada brusca o la desviación de otro vehículo.

b) Salir intempestivamente y sin precaución del lugar de establecimiento.

c) Estacionarse en entrada de vehículos, lugares prohibidos o peligrosos, en sentido contrario o en doble fila; independientemente de que la autoridad proceda a movilizar el vehículo.

d) Estacionar habitualmente por la noche los vehículos en la vía pública, siempre que perjudique o incomode ostensiblemente. Si una vez requerido el propietario o conductor del vehículo persiste, la autoridad procederá a movilizarlo.

e) Circular faltándole al vehículo una o varias de las luces reglamentarias o teniendo estas deficiencias.

327

Page 328: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

f) Circular los vehículos con personas fuera de la cabina o en el lugar distinto a la carga.

g) No disminuir la velocidad en intersecciones, puentes y lugares de gran afluencia de peatones.

h) Dar vuelta a la izquierda, sin respetar el derecho de paso de los vehículos que circulen en sentido opuesto, efectuando esta maniobra sin tomar las precauciones debidas.

i) Falta de calcomanía de revisado y calcomanía de placas fuera de los calendarios para su obtención.

j) Dar vuelta lateralmente o en “U” cuando esté prohibido mediante señalamiento expreso, o dar vuelta en “U” a mitad de cuadra.

k) Falta señalamiento de la razón social, nombre del propietario o de la institución en los vehículos destinados al servicio particular sea de persona o cosas.

l) Circular careciendo de tarjeta de circulación o con una que no corresponda al vehículo o a sus características.

Artículo 50.- Se aplicará multa equivalente de 5 a 20 veces de salario mínimo diario vigente en la cabecera municipal, cuando se incurra en las siguientes infracciones:

a) Conducir vehículos careciendo de licencia, por olvido, sin justificación o careciendo esta de los requisitos necesarios o que no corresponda a la clase de vehículo para lo cual fue expedida.

b) Conducir en zigzag, con falta de precaución o rebasar por la derecha.

c) Circular faltando una de las placas o no colocarlas en el lugar destinado al efecto.

d) Dar vuelta a la izquierda o derecha sin hacer la señal correspondiente con la mano o con el indicador mecánico, así como indicar la maniobra y no realizarla.

Artículo 51.- Las infracciones a esta Ley en que incurran los conductores o personas ocupantes o no de un vehículo, se sancionaran de la siguiente manera:

328

Page 329: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

I.- Multa equivalente a 33 veces el salario mínimo diario vigente en la cabecera del Municipio.

a) Basura: por arrojar basura en las vías públicas.

II.- Multa equivalente de 5 a 6.50 veces el salario mínimo diario vigente en la cabecera del Municipio.

a) Animales Caninos: Por la captura de animales caninos que deambulen por las calles del Municipio.

b) Ganado vacuno, caballar, porcino y asnal: Por la captura de este tipo de animales que anden deambulando por las calles del municipio.

SECCION IIISANCIONES EN MATERIA DE REGULACION ECOLOGICA

Articulo 52.- A quienes en sitios públicos arrojen basura, residuos de la construcción generen ruido, produzcan polvo y demás acciones que se contrapongan con la ley de equilibrio ecológico y la protección al ambiente del estado de sonora se les sancionara con una multa de 20 a 50 salarios mínimos.

Articulo 53.- A los propietarios de lotes abandonados, sin uso aparente y los cuales presenten un aspecto que contraríe la buena imagen, además que sean utilizados como basureros y que tengan o estén cubiertos con hierba que sea foco de infección y de fauna nociva, se les sancionara con una multa de 5 a 20 salarios mínimos, además de que la limpieza que dentro del lote o predio se realice, les será cobrado vía predial al infractor,

Artículo 54.- El monto de los aprovechamientos por recargos, donativos y aprovechamientos, estarán determinados de acuerdo a lo señalado en el artículo 166 de la Ley de Hacienda Municipal.

TÍTULO TERCERODEL PRESUPUESTO

329

Page 330: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

Artículo 55.- Durante el ejercicio fiscal del año 2013 el Ayuntamiento del Municipio de Santa Ana, Sonora, recaudará ingresos por los conceptos mencionados en el Título Segundo, por las cantidades que a continuación se enumeran:

1000 IMPUESTOS $3,714,198 1100 Impuestos Sobre los Ingresos  1102 Impuesto Sobre Diversiones y Espectáculos

Públicos120  

1200 Impuesto Sobre el Patrimonio  1201 Impuesto Predial 1,802,084    1.-Recaudación Anual $1,351273    2.-Recuperación de Rezagos $450811  1202 Impuesto Sobre Traslación de Dominio de

Bienes Inmuebles1,166,328  

1203 Impuesto Municipal Sobre Tenencia y Uso de Vehículos

120,866  

1300 Impuestos Sobre la Producción, el Consumo y las Transacciones

 

1301 Impuesto Predial Ejidal 25,397  1700 Accesorios 1701 Recargos 73324

1.-Por Impuesto Predial de Ejercicios Anteriores

73,204

2.-Recargos de Tenencia 1201704 Honorarios de Cobranza 3356

1.-Por Impuesto Predial de Ejercicios Anteriores

3356

1800 Otros Impuestos  1801 Impuestos Adicionales 522,723    1.-Para Obras y Acciones de Interés General

20%209,089  

  2.-Para el Mejoramiento en la Pestación de Servicios Públicos 15%

156,817  

330

Page 331: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  3.-Para Fomento Deportivo 15% 156,817  4000 DERECHOS $1,839,5604300 Derechos por Prestación de Servicios  4301 Alumbrado Público 866,122  4304 Panteones 78,315    1.-Por la Inhumación, Exhumación o Re

inhumación de Cadáveres40,241  

  2.-Venta de Lotes en el Panteón 38,074  4305 Rastros 68574    1.-Sacrificio por Cabeza 68,454    2.-Utilización de Áreas de Corrales 120  4307 Seguridad Pública 120    1.-Por Policía Auxiliar 120  4308 Tránsito $17,064    1.-Examen Para Obtención de Licencia 120    2.-Autorización Para Estacionamiento

Exclusivo de Vehículos5176  

  3.-Autorización Para Estacionamiento de Vehículos de Carga

11,648  

  4.-Solicitud de Placas Para Bicicletas y Motocicletas

120  

4310 Desarrollo Urbano $313,297    1.-Expedición de Licencias de Construcción

Modificación o Reconstrucción136,201  

  2.-Autorización Para el Cambio de Uso de Suelo en Materia de Fraccionamientos

120  

  3.-Por la Expedición de Licencias de Uso de Suelo Materia de Fraccionamiento

6,122  

  4.-Por la Expedición del Documento que Contenga la Enajenación de Inmuebles que Realicen los Ayuntamientos (Títulos de Propiedad)

90,387  

  5.-Autorización Para Fusión, Subdivisión o Relotificación de Terrenos

32,050  

  6.-Otras Licencias 120    7.-Por Servicios Catastrales y Cartografías 31,737  

331

Page 332: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  8.-Servicios en Materia de Protección Civil y Bomberos Voluntarios

16,560  

4312 Licencias Para la Colocación de Anuncios o Publicidad

$6,657  

  1.-Anuncios y Carteles Luminosos Hasta 10 m2

120  

  2.-Anuncios y Carteles No Luminosos Hasta 10 m2

6,537  

4313 Por la Expedición de Anuencias Para Tramitar Licencias Para la Venta y Consumo de Bebidas Con Contenido Alcohólico

$960  

  1.-Expendio 120    2.-Tienda de Autoservicio 120    3.-Cantina, Billar o Boliche 120    4.-Centro Nocturno 120    5.-Restaurante 120    6.-Centro de Eventos o Salón de Baile 120    7.-Hotel o Motel 120    8.-Tienda de Abarrotes 120  4314 Por la Expedición de Autorizaciones

Eventuales Por Día (Eventos Sociales)67,187  

  1.Fiestas Sociales o Familiares 14,237    2.-Kermesse 120    3.-Bailes, Graduaciones, Bailes Tradicionales 120    4.-Carreras de Caballos, Rodeo, Jaripeo y

Eventos Públicos Similares120  

  5.-Box, Lucha, Béisbol y Eventos Públicos Similares

120  

  6.-Ferias o Exposiciones Ganaderas, Comerciales y Eventos Públicos Similares

52,230  

  7.-Palenques 120    8.-Presentaciones Artísticas 120  4316 Por la Expedición de Anuencias

por Cambio de Domicilio (Alcoholes)120  

4317 Servicio de Limpia 360    1.-Barrido de Calles 120  

332

Page 333: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  2.-Servicio Especial de Limpia 120    3.-Limpieza de Lotes Baldíos 120  4318 Otros Servicios 420,784    1.-Expedición de Certificados 2912    2.-Legalización de Firmas 320,216    3.-Expedición de Certificados de No Adeudo de

Créditos Fiscales139  

  4.-Certificación de Documentos Por Hoja 120    5.-Por Copia Certificada de la Información 120    6.-Información en Disco Flexible 120    7.-Información en Disco Compacto 120    8.-Certificación Traslado de Vehículos 120    9.-Licencias y Permisos Especiales Anuencias

(uso de piso)96,917  

5000 PRODUCTOS $499,758 5100 Productos de Tipo Corriente $172,816  5101 Enajenación Onerosa de Bienes Muebles no

Sujetos a Régimen de Dominio Público159,883  

5102 Arrendamiento de Bienes muebles e inmuebles no sujetos a régimen de Dominio Público

12,896  

5103 Utilidades, Dividendos e Intereses 37    Otorgamientos de Financiamiento y

Rendimiento de Capitales37  

5200 Otros Productos de Tipo Corriente  5201 Venta de Placas con Número Para

Nomenclatura 13,451  

5210 Mensura, Remensura, Deslinde o Localización de Lotes

11,020  

5300 Productos de Capital  5301 Enajenación Onerosa de Bienes Inmuebles No

Sujetos a Régimen de Dominio Público302,471  

6000 APROVECHAMIENTOS $293,121 6100 Aprovechamientos de Tipo Corriente  6101 Multas 41,011  6105 Donativos 251,870  6114 Aprovechamientos Diversos 240  

333

Page 334: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  1.-Baños Públicos 120    2.-Bases Para Licitación 120  7000 INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y

SERVICIOS (PARAMUNICIPALES)$8,604,242

7200 Ingresos de Operación de Entidades Paramunicipales

7201 Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento.

7,276,322

7202 Sistema Para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF)

1,327,920

8000 PARTICIPACIONES Y APORTACIONES $31,891,4329,982,752

8100 Participaciones  8101 Fondo General de Participaciones 13,801,499  8102 Fondo de Fomento Municipal 2,609,095  8103 Participaciones Estatales 325,451  8104 Impuesto Federal Sobre Tenencia y Uso de

Vehículos51,027  

8105 Fondo de Impuesto Especial (Sobre Alcohol, Cerveza y Tabaco)

364,691  

8106 Fondo de Impuesto de Autos Nuevos 161,882  8107 Participación de Premios y Loterías 59,286  8108 Fondo de Compensación para Resarcimiento

por Disminución del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos

53,105  

8109 Fondo de Fiscalización 4,307,184  8110 IEPS a las Gasolinas y Diesel 986,685  8200 Aportaciones  8201 Fondo de Aportaciones Para el Fortalecimiento

Municipal7,513,359  

8202 Fondo de Aportaciones Para la Infraestructura Social Municipal

1,658,168  

9000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS

$6,011,465

9400 Ayudas sociales  

334

Page 335: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

9401 Apoyos Extraordinarios del Gobierno del Estado

6,011,465  

  TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS $52,853,776

Artículo 56.- Para el ejercicio fiscal del año 2013, se aprueba la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Ayuntamiento del Municipio de Santa Ana, Sonora, con un importe total de: $52,853,776.00 (SON: CINCUENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.) TITULO CUARTO

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 57.- En los casos de otorgamiento de prorrogas para el pago de créditos fiscales, se causara un interés del 2% mensual, sobre saldos insolutos, durante el año 2013.

Artículo 58.- En los términos del Artículo 33 de la Ley de Hacienda Municipal, el pago extemporáneo de los créditos fiscales, dará lugar al cobro de recargos, siendo la tasa de los mismos de un 50% mayor a la señalada en el Artículo que antecede.

Artículo 59.- El Ayuntamiento del Municipio de Santa Ana, Sonora, deberá remitir al Congreso del Estado para la entrega al Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización, la calendarización anual de los ingresos aprobados en la presente Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos, a mas tardar el 31 de enero del año 2013.

Artículo 60.- El Ayuntamiento del municipio de Santa Ana, Sonora enviará al Congreso del Estado, para la entrega al Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización trimestralmente, dentro de los cuarenta y cinco días naturales siguientes al

335

Page 336: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

trimestre vencido, la información y documentación señalada en la fracción XXIII de los Artículos 136 de la Constitución Política del Estado de Sonora y 7º de la Ley de Fiscalización superior para el Estado de Sonora.

Artículo 61.- El ejercicio de todo ingreso adicional o excedente que reciba el Ayuntamiento, deberá ser informado al Congreso del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 136, fracción XXI, ultima parte de la Constitución Política del Estado de Sonora y 61, fracción IV, inciso B) de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.

Artículo 62.- Las sanciones pecuniarias o restitutorias que en su caso pudieran cuantificar el Órgano de Control y Evaluación Municipal o el Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización, se equipararán a créditos fiscales, teniendo la obligación la Tesorería Municipal de hacerlas efectivas.

Artículo 63.- Los recursos que sean recaudados por las autoridades municipales por mandato expreso de las disposiciones de esta Ley y del Presupuesto de Egresos, estarán sujetos a la presentación de un informe trimestral por parte de los beneficiarios ante la Tesorería Municipal y el Órgano de Control y Evaluación Municipal dentro de los 15 días siguientes a la conclusión de cada trimestre, obligación que iniciará simultáneamente con el ejercicio fiscal, independientemente de la fecha en la que los recursos sean entregados. Las autoridades municipales tendrán la obligación de retener los montos recaudados si dicho informe no es presentado en los términos aquí previstos, hasta que el informe o los informes sean presentados.

Artículo 64.- Con la finalidad de cuidar la economía familiar, se aplicará la reducción correspondiente en el impuesto predial del ejercicio 2013 en aquellos casos en que como consecuencia de la actualización de los valores catastrales el importe a cargo resultara mayor al 10% del causado en el ejercicio 2012.

336

Page 337: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

T R A N S I T O R I O

Artículo Primero.- La presente Ley entrará en vigor el día primero de enero de 2013 , previa su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado.

Artículo Segundo.- El Ayuntamiento del Municipio de Santa Ana, remitirá a la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado, por conducto del Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización, la información correspondientes a su recaudación de impuesto predial, así como de los derechos por servicios de agua potable y alcantarillado recaudados por el organismo municipal o intermunicipal que preste dichos servicios, incluyendo conceptos accesorios.

Dicha información deberá ser entregada a mas tardar en la fecha límite para hacer llegar al Congreso del Estado el Informe del Cuarto Trimestre del ejercicio fiscal inmediato anterior, con el desglose de términos que sean definidos de conformidad con la reglamentación federal aplicable, a fin de que sea remitida a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su validación y determinación de los coeficientes al Fondo General y al Fondo de Fomento Municipal, en los términos de la Ley de Coordinación Fiscal.

337

Page 338: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2013HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDA DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

   GEN/ ESP     ANUAL

           1000     SERVICIOS PERSONALES   676,500.00

  1100  REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARAC. PERM    

    111 DIETAS        11101 DIETAS   594,000.00

      5 Regidores a 9,900.00 c/u49,500.

00               1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES    

    132PRIMAS DE VACAC., DOMINICAL Y GRAT. FIN DE AÑO    

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: AY. AYUNTAMIENTO.

PROGRAMA: AR. ACCIÓN REGLAMENTARIA.SUB-PROGRAMA: 01. ADMINISTRACIÓN.

338

Page 339: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   82,500.00

      5 Regidores a 16,500 c/u 82,500.

00             

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS   4,800.00  2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS    

    261COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS    

    26101 COMBUSTIBLES   1,200.00

     Consumo de combustibles vehículos de Ayuntamiento. 100.00  

           

  2700  VEST., BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCION Y ART. DEP.    

    271 VESTUARIO Y UNIFORMES        27101 VESTUARIO Y UNIFORMES   3,600.00      Uniformes para los Regidores. 300.00             

3000     SERVICIOS GENERALES   1,200.00  3700   SERVICIOS DE TRASLADO Y VIATICOS        375 VIATICOS        37501 VIATICOS   1,200.00      Viáticos de Ayuntamiento. 100.00                                                                                                                                      

339

Page 340: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

                                                                                                                         

     TOTAL DE PRESUPUESTO

AYUNTAMIENTO:  $682,500.0

0

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2013

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CAPITULO CONCEPTOPARTID

A DENOMINACIÓN DE PARTIDA

   GEN/ ESP  

       1000     SERVICIOS PERSONALES

  1100   REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARAC. PERM    113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE    11301 SUELDOS      1 Sindico Municipal       1 Inspector de Sindicatura      1 Secretaria del Sindico

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: SIN. SINDICATURA

PROGRAMA: BA. APOYO A LA ADMON Y REG. TEN TIERRA.SUB-PROGRAMA: 01. CONDUCCION Y COORDINACION.

340

Page 341: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Encargado de Nomenclatura         1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES    131 PRIMAS POR AÑOS DE SERV. EFECT. PRESTADOS    13101 PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV.       PRESTADOS AL PERSONAL      1 Inspector de Sindicatura       1 Encargado de Nomenclatura           132 PRIMAS DE VACACIONES, DOM. Y GRAT.     13201 PRIMA VACACIONAL      1 Inspector de Sindicatura      1 Secretaria del Sindico      1 Encargado de Nomenclatura           13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO      1 Sindico Municipal      1 Inspector de Sindicatura      1 Secretaria del Sindico      1 Encargado de Nomenclatura           134 COMPENSACIONES    13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA      1 Sindico Municipal           13404 BONO DE PRODUCTIVIDAD      1 Inspector de Sindicatura      1 Secretaria del Sindico      1 Encargado de Nomenclatura         1500   OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    154 PRESTACIONES CONTRACTUALES    15409 BONO POR DESPENSA      1 Inspector de Sindicatura

341

Page 342: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Encargado de Nomenclatura           159 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    15901 OTRAS PRESTACIONES      1 Sindico Municipal         1700   PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS    171 ESTIMULOS    17102 ESTIMULO AL PERSONAL       1 Secretaria del Sindico              

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS  2100   MATER. DE ADMON, EMISION DE DOC. Y ART. OFIC.    211 MAT., UTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA    21101 MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA      Materiales de oficina para Sindicatura           212 MAT. Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION    21201 MAT. Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION      Consumo de materiales de impresión para Sindicatura.         2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS    261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS    26101 COMBUSTIBLES      Consumo de combustibles para vehículos Sindicatura.           26102 LUBRICANTES Y ADITIVOS      Consumo lub y adit para vehículos de Sindicatura.         2700   VEST., BLANCOS, PRENDAS DE PROT. Y ART. DEPORT.    271 VESTUARIO Y UNIFORMES     27101 VESTUARIO Y UNIFORMES       Uniformes para los empleados de Sindicatura.

342

Page 343: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

         2900   HERRAMIENTAS, REFAC. Y ACCESORIOS MENORES    291 HERRAMIENTAS MENORES    29101 HERRAMIENTAS MENORES      Consumo de accesorios y herramientas de Sindicatura       

3000     SERVICIOS GENERALES  3100   SERVICIOS BASICOS    314 TELEFONIA TRADICIONAL    31401 TELEFONIA TRADICIONAL      Servicio telefónico para Sindicatura.           315 TELEFONIA CELULAR      TELEFONIA CELULAR    31501 Telefonia celular para Sindicatura         3300   SERV. PROFES., CIENTIFICOS, TEC. Y OTROS SERV.    331 SERVICIOS LEGALES, DE CONTABILIDAD, AUDITORIAS Y      RELACIONADOS    33101 SERVICIOS LEGALES, DE CONTABILIDAD, AUDITORIAS Y      RELACIONADOS      Pago de Servicio Asesor Legal para Sindicatura         3500   SERV. DE INST., REP., MANT. Y CONSERVACION    351 CONSERVACION Y MANTTO MENOR DE INMUEBLES    35101 MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE INMUEBLES      Asignación para pago de señales de transito           355 REPARACION Y MTTO DE EQ. DE TRANSPORTE    35501 MTTO Y CONSERV DE EQUIPO DE TRANSPORTE      Asignación para el pago de mtto de equipo de       transporte de Sindicatura.  3700   SERVICIO DE TRASLADO Y VIATICOS    375 VIATICOS

343

Page 344: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    37501 VIÁTICOS      Viáticos de Sindicatura.       

5000     BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES  5100   MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION    511 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA    51101 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA      Asignación para mtto de mob y equipo de Sindicatura.           515 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOIGIAS DE LA INF.    51501 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOIGIAS DE LA INF.      Asignación para equipo de computo de Sindicatura.           581 TERRENOS    58101 Terrenos                                                                                                                                     

344

Page 345: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

                                                                                                         

      TOTAL DEL PRESUPUESTO SINDICATURA:PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2013

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CAPITULO CONCEPTOPARTID

A DENOMINACIÓN DE PARTIDA

   GEN/ ESP  

1000     SERVICIOS PERSONALES  1100   REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARAC. PERM    113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE    11301 SUELDOS      1 Secretario del Ayuntamiento       1 Dir. Comunicación Social

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: SA. SECRETARÍA DEL AYTO.

PROGRAMA: DA. POLÍTICA Y GOBIERNO MUNICIPALSUB-PROGRAMA: 01. CONDUCCIÓN DEL GOBIERNO.

345

Page 346: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Dir. Casa de la Cultura       1 Auxiliar Casa de la Cultura           11303 REMUNERACIONES DIVERSAS      1 Cronista      1 Auxiliar Accion Civica      1 Encargada de Biblioteca      1 Maestra Manualidades       1 Maestro de musica      1 Maestro de Dibujo y Teatro      1 Maestra de ingles      1 Maestro de Cocina      1 Aux. Comunicación Social      3 Aux. Comunicación Social a razón de $2,000 c/u      1 Auxiliar Secretaría de Salud         1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES    132 PRIMAS DE VACAC., DOMIN. Y GRAT. FIN DE AÑO    13201 PRIMA VACACIONAL      1 Auxiliar Casa de la Cultura      1 Encargada de Biblioteca      1 Maestra Manualidades       1 Maestro de musica      1 Maestro de Dibujo y Teatro      1 Maestra de ingles      1 Maestro de cocina           13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO      1 Secretario del Ayuntamiento      1 Dir. Comunicación Social      1 Dir. Casa de la Cultura      1 Auxiliar Casa de la Cultura

346

Page 347: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Encargada de Biblioteca      1 Maestra Manualidades       1 Maestro de musica      1 Maestro de Dibujo y Teatro      1 Maestra de ingles      1 Maestro de cocina      1 Auxiliar accion civica      1 Auxiliar de comunicación social      3 Auxiliares de comunicación social a razon de $3,333 c/u      1 Aux. Secretaría de Salud      1 Cronista           134 COMPENSACIONES    13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA      1 Secretario del Ayuntamiento      1 Dir. Comunicación Social      1 Dir. Casa de la Cultura         1400   APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL    141 APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL    14101 CUOTAS POR SERVICIO MEDICO DEL ISSSTESON      Aportación de cuotas de todas las dependencias           14103 CUOTAS POR SEGURO DE RETIRO AL ISSSTESON      Directamente de nuestras participaciones.         1500   OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    159 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    15901 OTRAS PRESTACIONES      1 Secretario Municipal      1 Dir. Comunicación Social

347

Page 348: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Dir. Casa de la Cultura       

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS  2100   MAT. DE ADMON, EMISION DE DOC. Y ART. OFICIALES    211 MATERIALES, UTILES Y EQ. MENORES DE OFICINA    21101 MATERIAL, UTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA      Materiales de oficina para Secretaría.           212 MAT. Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION    21201 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUC.      Consumo de materiales de impresión para Secretaría.         2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS    261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS    26101 COMBUSTIBLES      Consumo de combustibles para vehículos Secretaría.           26102 LUBRICANTES Y ADITIVOS      Lubricantes y aditivos para Secretaría.         2700   VEST., BLANCOS, PRENDAS DE PROT. Y ART. DEP.    271 VESTUARIO Y UNIFORMES     27101 VESTUARIO Y UNIFORMES       Uniformes para la dependencia de Secretaría.       

3000     SERICIOS GENERALES  3100   SERVICIOS BASICOS    314 TELEFONIA TRADICIONAL    31401 TELEFONIA TRADICIONAL      Servicio telefónico para Secretaría           315 TELEFONIA CELULAR

348

Page 349: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    31501 TELEFONIA CELULAR      Telefonia celular para Secretaría           318 SERVICIOS POSTALES Y TELEGRAFICOS    31811 SERVICIO POSTAL      Pago de servicios de envío de documentación.         3300   SERV. PROF., CIENTIFICOS, TECN. Y OTROS SERV.    336 SERV. DE APOYO ADMVO, TRADUC., FOTOC. E IMP.    33603 IMPRESIONES Y PUBLICACIONES OFICIALES      Para publicaciones oficiales de la Secretaría.         3500   SERVICIOS DE INSTALACION, REP., MANT. Y CONSER.    352 INST. REP. Y MTTO DE EQ. DE ADMON, EDUC. Y REC.    35201 MTTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO      Gastos destinados al pago de servicios de mtto.            355 REPARACION Y MATTO DE EQ. DE TRANSPORTE    35501 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE      Mtto de los vehiculos de Secretaría.         3600   SERVICIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y PUBLICIDAD

      361 DIF. POR RADIO TV Y OTROS MEDIOS DE MENSAJES     36101 DIFUSION POR RADIO TV Y OTROS MEDIOS DE MENSAJES       S/PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES      Para cubrir costos de servicios de difusión           369 OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN    36901 OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN      Asignación para suscripciones a revistas y periodicos.       

349

Page 350: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  3700   SERVICIOS DE TRASLADO Y VIATICOS    375 VIATICOS    37501 VIÁTICOS      Viáticos de Secretaría.       

4000     TRANSF. ASIG., SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS.  4100   TRASNF. INTERNAS Y ASIGNACIONES AL SECTOR PUB.    415 TRANS. INT. OTOR. A ENT. PARAEST. NO EMP. Y NO FIN.    41501 TRANSFERENCIAS PARA SERVICIOS PERSONALES      Bomberos      DIF Municipal           41502 TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE OPERACIÓN      DIF Municipal         4400   AYUDAS SOCIALES    443 AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA    44301 AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA      Otras Instituciones Educativas      Instituto de seguridad publica           44302 ACCIONES SOCIALES BASICAS      Pago de desayunos y despensas        

5000     BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES  5100   MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION    511 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA    51101 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA      Asignación para compra de mobiliario de oficina           515 EQUIPO DE COMPUTO Y TEC. DE LA INFORMACION.    51501 EQUIPO DE COMPUTO Y TECNOLOGIAS DE LA INF.

350

Page 351: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      Asignación para equipo de computo de Secretaría.         5200   MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO    523 CAMARAS FOTOGRAFICAS Y DE VIDEO    52301 CAMARAS FOTOGRAFICAS Y DE VIDEO      Asignación para camara fotografica y video.                                                                                                                                                                               

351

Page 352: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

                                                                                                                                                                TOTAL DE PRESUPUESTO SECRETARÍA:

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2013HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CAPITULO CONCEPTOPARTID

A DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: PM. PRESIDENCIA MUNICIPAL.

PROGRAMA: CA. ACCIÓN PRESIDENCIAL.SUB-PROGRAMA: 01. ASUNTOS DEL PRESIDENTE M.

352

Page 353: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

   GEN/ ESP  

       1000     SERVICIOS PERSONALES

  1100   REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER PERM.    113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE    11301 SUELDOS      1 Presidente Municipal      1 Secretaria de Presidencia      1 Secretario Particular del Presidente         1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES    132 PRIMAS DE VACAC., DOMINICAL Y GRAT. FIN DE AÑO    13201 PRIMA VACACIONAL      1 Secretaria de Presidencia      1 Secretario Particular del Presidente           13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO      1 Presidente Municipal      1 Secretaria de Presidencia      1 Secretario Particular del Presidente           134 COMPENSACIONES    13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA      1 Presidente Municipal      1 Secretario Particular del Presidente         1500   OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    159 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    15901 OTRAS PRESTACIONES      1 Presidente Municipal      1 Secretario Particular del Presidente

353

Page 354: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

       2000     MATERIALES Y SUMINISTROS

  2100   MAT. DE ADMON., EMISION DE DOC. Y ART. OFICIALES    211 MAT. , UTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA    21101 MATERIALES, UTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA      Materiales de oficina para Presidencia.           212 MATERIALES Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPROD.    21201 MATERIALES Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION      Materiales de impresión para Presidencia         2200   ALIMENTOS Y UTENSILIOS    221 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS    22101 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PERSONAL INSTALACIONES      Alimentos para personal en instalaciones         2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS    261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS    26101 COMBUSTIBLES      Consumo de combustibles para vehículos Presidencia.           26102 LUBRICANTES Y ADITIVOS      Consumo lub y adit para vehículos de Presidencia                2700   VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROT. Y ART. DEP.    271 VESTUARIO Y UNIFORMES    27101 VESTUARIOS Y UNIFORMES       Uniformes para Presidencia.         2900   HERRAMIENTAS, REFAC. Y ACCESORIOS MENORES

354

Page 355: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    294 REF. Y ACCE. MEN. DE EQ COMP. Y TEC. DE LA INF.    29401 REFACC. Y ACCES. MENORES P/ EL EQPO DE COMPUTO      Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION      Refacciones para equipo de Presidencia       

3000     SERVICIOS GENERALES  3100   SERVICIOS BASICOS    314 TELEFONIA TRADICIONAL    31401 TELEFONIA TRADICIONAL      Servicio telefónico para Presidencia.           315 TELEFONIA CELULAR    31501 TELEFONIA CELULAR      Telefonia celular para Presidencia         3200   SERVICIO DE ARRENDAMIENTO    325 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE    32501 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE      Renta de vehículo para Presidencia.         3400   SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES    344 SEGUROS DE RESPONSA. PATRIMONIAL Y FIANZAS    34401 SEGUROS DE RESPONSAB. PATRIMONIAL Y FIANZAS      Asignación para seguros y fianzas de Presidencia         3500   SERVICIOS DE INSTALACION, REP., MANT. Y CONSERV.    352 INST., REP. Y MATTO DE MOB. Y EQ. DE ADMON, EDUC Y REC.    35201 MTTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO      Asignación para mantenimiento de mobiliario           355 REP. Y MANTTO DE EQ. DE TRANSPORTE    35501 MTTO Y CONSERVACION DE EQUIPO DE TRANSPORTE

355

Page 356: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      Asignación para el pago de mtto de equipo de       transporte de Presidencia.         3700   SERVICIO DE TRASLADO Y VIATICOS    375 VIATICOS    37501 VIÁTICOS      Viáticos de la Presidencia.         3800   SERVICIOS OFICIALES    382 GASTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL    38201 GASTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL      Gastos de orden social y cultural de Presidencia.         3900   OTROS SERVICIOS GENERALES    392 OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS    39201 OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS      Para pago de placas y tenencias de Presidencia.       

4000     TRANSF., ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS  4400   AYUDAS SOCIALES    441 AYUDAS SOCIALES A PERSONAS    44101 AYUDAS SOCIALES A PERSONAS      Para ayudas a personas escasos recursos           442 BECAS Y OTRAS AYUDAS PARA PROG. DE CAPACITAC.    44201 BECAS EDUCATIVAS      Ayuda a estudiantes de distintos niveles educativos       

5000     BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES  5400   VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE    541 AUTOMOVILES Y EQUIPO TERRESTRE

356

Page 357: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    54101 AUTOMOVILES Y CAMIONES      Adquisición de vehículo para Presidencia                                                                                                                                                                                                                  

357

Page 358: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

                                          

      TOTAL DE PRESUPUESTO PRESIDENCIA:PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2013

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CAPITULO CONCEPTOPARTID

A DENOMINACIÓN DE PARTIDA

   GEN/ ESP  

1000     SERVICIOS PERSONALES         1100   REMUNERACIONES AL PERS. DE CARAC. PERMANEN.    113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE    11301 SUELDOS      1 Director de Obras Públicas       1 Auxiliar de Diseño Obras Públicas      1 Auxiliar de Obras Publicas      1 Supervisor de Obras Publicas      1 Responsable de Taller y Maquinaria      3 Operadores de Maq. pesada a razón de 8,132 c/u      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DOP. DIR. OBRAS PUBLICAS

PROGRAMA: HW. PROM. Y EJEC. DE OBRAS PUB.SUB-PROGRAMA: 03. EJECUCION DE OBRAS P.

358

Page 359: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      2 albañiles a razón de 5,156 c/u       1 Albañil      1 Topografo      1 Auxiliar Obras Públicas          1200   REMUNER. AL PERSONAL DE CARAC TRANSITORIO    122 SUELDO BASE AL PERSONAL EVENTUAL    12201 SUELDO BASE AL PERSONAL EVENTUAL         1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES    131 PRIMAS POR AÑOS DE SERV. EFECT PRESTADIS    13101 PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. EFECTIVO      PRESTADOS AL PERSONAL      2 Operadores de Maq. Pesada a razón de 1,312 c/u      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      2 albañiles a razon de $928 c/u      1 Albañil      1 Auxiliar Obras Publicas      1 Topografo      2 Bonos en efectivo a razon de $4,000 c/u           132 PRIMAS DE VACAC. DOMINICAL Y GRAT. FIN DE AÑO    13201 PRIMA VACACIONAL      1 Auxiliar de Diseño Obras Públicas      1 Auxiliar de Obras Publicas      1 Supervisor de Obras Publicas      1 Responsable de Taller y Maquinaria      2 Operadores de Maq. Pesada a razon de $10,976 c/u      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada

359

Page 360: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Operador de Maquinaria Pesada      2 Albañiles a razon de $5,812 c/u      1 Albañil      1 Topografo      1 Auxiliar Obras Públicas           13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO      1 Director de Obras Públicas      1 Auxiliar de Diseño Obras Públicas      1 Auxiliar de Obras Publicas      1 Supervisor de Obras Publicas      1 Responsable de Taller y Maquinaria      2 Operadores de Maq. Pesada a razón de 24,063.00      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      2 Albañiles a razón de 11,042.00 c/u      1 Albañil      1 Topografo      1 Auxiliar Obras Públicas           133 HORAS EXTRAORDINARIAS    13301 REMUNERACIONES POR HORAS EXTRAORDINARIAS      Remuneración para personal que tenga derechos           134 COMPENSACIONES    13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA      1 Director de Obras Públicas         13404 BONO DE PRODUCTIVIDAD      1 Auxiliar de Diseño Obras Públicas

360

Page 361: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Responsable de Taller y Maquinaria      2 Operadores de Maq. Pesada a razón de 4,125 c/u      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      2 albañiles a razón de 656 c/u      1 Albañil      1 Topografo      1 Auxiliar Obras Públicas      1 Supervisor de Obras Publicas         1500   OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y E CONOMICAS    154 PRESTACIONES CONTRACTUALES    15409 BONO PARA DESPENSA      1 Supervisor de Obras Publicas      2 Operadores Maquinaria pesada a razón de 456 c/u      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Operador de Maquinaria Pesada      1 Albañil      2 Albañiles a razon de 373 c/u      1 Topografo      1 Auxiliar Obras Publicas           159 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y E CONOMICAS    15901 OTRAS PRESTACIONES      1 Director de Obras Públicas      1 Auxiliar de Obras Publicas         1700   PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS    171 ESTIMULOS

361

Page 362: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    17102 ESTÍMULOS AL PERSONAL      1 Auxiliar de Diseño Obras Públicas      1 Responsable de Taller y Maquinaria      1 Auxiliar de Obras Publicas       

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS  2100   MAT. DE ADMON , EMISION DE DOC. Y ART. OFIC.    211 MAT. , UTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA    21101 MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA      Materiales de oficina para Obras Públicas           212 MAT. Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION    21201 MATERIALES Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REP.      Materiales y utiles para Obras Públicas.         2200   ALIMENTOS Y UTENSILIOS    221 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS    22101 PRODUCT. ALIMENTICIOS P/PERS.EN INSTALACIONES    Alimentos para personal de Obras Públicas       2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS  261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS    26101 COMBUSTIBLES      Consumo de combustibles para vehículos Obras Púb.           26102 LUBRICANTES Y ADITIVOS       Consumo lub y adit para vehiculos de Obras Pub.         2700   VEST., BLANCOS, PRENDAS DE PROT. Y ART. DEP.    271 VESTUARIO Y UNIFORMES     27101 VESTUARIO Y UNIFORMES

362

Page 363: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      Uniformes para personal de Obras Públicas           272 PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN PERSONAL    27201 PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN PERSONAL      Prendas de protección para trabajadores de Obras         2900   HERRAMIENTAS, REFAC., Y ACCESORIOS MENORES    291 HERRAMIENTAS MENORES  29101 HERRAMIENTAS MENORES      Herramientas menores para Obras Públicas       

3000     SERVICIOS GENERALES  3100   SERVICIOS BASICOS    314 TELEFONIA TRADICIONAL    31401 TELEFONIA TRADICIONAL    Servicio telefónico para Obras publicas.       315 TELEFONIA CELULAR    31501 TELEFONIA CELULAR      Telefonia celular para obras publicas         3400   SERV. FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES    347 FLETES Y MANIOBRAS    34701 FLETES Y MANIOBRAS      De materiales de la Dirección de Obras Publicas.         3500   SERVICIOS DE INST., REP., MANT. Y CONSERVACION    355 REP. Y MATTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE    35501 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE      Mtto y Cons de Eq de Transporte de la Dir Obras Pub.       

363

Page 364: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    357 INST. REP. Y MATTO DE MAQ, OTROS EQ. Y HTAS    35701 MTTO Y CONS DE MAQUINARIA Y EQUIPO      Maq y equipo de la Dirección de Obras Publicas.         3700   SERVICIOS DE TRASLADO Y VIATICOS    375 VIATICOS    37501 VIÁTICOS      Viáticos de la Dirección de Obras Publicas.       

5000     BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES  5100   MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMON    511 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA    51101 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA      Asignación para compra de mobiliario de oficina           515 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.    51501 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.      Asignación para compra de equipo de computo         5600   MAQUINARIA, Y EQUIPO INDUSTRIAL    563 MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCION    56301 MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCION      Compra de retroexcavadora y motoconformadora       

6000     INVERSION PUBLICA  6100   RECURSO ESTATAL DIRECTO PARA INVERSION EN OBRA PUBLICA

    614 DIVISION DE TERRENOS Y CONSTRUCCION DE OBRAS DE URBANIZACION    61416 CECOP       

   614 DIVISION DE TERRENOS Y CONSTRUCCION DE OBRAS DE URBANIZACION

364

Page 365: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

           61403 Rehabilitacion de DIF Municipal         6200   RECURSO FEDERAL TRANSFERIDO Y CONVENIDO CON EL ESTADO    624 DIVISION DE TERRENOS Y CONST DE OBRAS DE URBANIZACION    62401 CONSTRUCCION      FDO APORT P/INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL      Ejecución de obras de Inf. Social Municipal.              

              

      TOTAL PRESUPUESTO DIR. OBRAS PUBLICAS:PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2013

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CAPITULO CONCEPTO PARTIDA DENOMINACIÓN DE PARTIDA

   GEN/ ESP  

1000     SERVICIOS PERSONALES  1100   REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARAC. PERM.    113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE    11301 SUELDOS      1 Tesorero Municipal      1 Contador       1 Auxiliar en Tesorería (Pensionada)

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: TM. TESORERÍA MUNICIPAL.

PROGRAMA: EY. ADMON DE POLÍTICA DE INGRESOS.SUB-PROGRAMA: 01. REGLAM. ADMON. TRIBUTARIA.

365

Page 366: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Auxiliar Contable       1 Auxiliar de ICRESON       1 Cajero       1 Encargada de nomina         1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES    131 PRIMAS Y ACRE. POR AÑOS DE SERV. EFECTIVO    13101 PRIMAS Y ACRE. POR AÑOS DE SERV. EFECTIVO      PRESTADOS AL PERSONAL      1 Auxiliar Contable      1 Auxiliar De tesoreria           132 PRIMAS DE VAC. DOMINICAL Y GRAT FIN DE AÑO    13201 PRIMA VACACIONAL      1 Contador      1 Encargada de nomina      1 Auxiliar Contable      1 Auxiliar de ICRESON      1 Cajero           13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO      1 Tesorero Municipal      1 Contador      1 Auxiliar en Tesorería      1 Auxiliar Contable      1 Auxiliar de ICRESON      1 Encargada de nomina      1 Cajero           134 COMPENSACIONES    13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA      1 Tesorero Municipal

366

Page 367: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

       1500   OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS  154 PRESTACIONES CONTRACTUALES  15409 BONO PARA DESPENSA    1 Auxiliar Contable    1 Auxiliar de Tesorería       159 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    15901 OTRAS PRESTACIONES      1 Tesorero Municipal      1 Contador      1 Auxiliar en Tesorería      1 Auxiliar Contable      1 Auxiliar de ICRESON    1 Encargada de Nomina              1700   PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS  171 ESTIMULOS AL PERSONAL    17102 ESTIMULO AL PERSONAL       1 Auxiliar Contable      1 Auxiliar de ICRESON

      1 Contador         

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS  2100   MATER. DE ADMON, EMISION DE DOC. Y ART. OFIC.    211 MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA

    21101 MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA    Materiales de oficina para Tesorería Mpal.       212 MAT. Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION

367

Page 368: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    21201 MAT. Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION    Consumo de mat. de impresión para Tesorería Mpal.       2200   ALIMENTOS Y UTENSILIOS  221 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS  22101 PRODUCT. ALIMENTICIOS P/PERS.EN INSTALACIONES    Alimentos para personal de Tesorería.       22106 ADQUISICION DE AGUA POTABLE    Adquisicion de agua potable, para oficinas y eventos       2500   PRODUCTOS QUIMICOS, FARMACEUTICOS Y DE LAB.    253 MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS  25301 MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS    Adquisicion de medicamentos.       2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS  261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS  26101 COMBUSTIBLES    Consumo de combustibles para vehículos Tesorería.         26102 LUBRICANTES Y ADITIVOS    Lubricantes y aditivos para Tesorería.       2700   VEST., BLANCOS, PRENDAS DE PROT. Y ART DEP.  271 VESTUARIO Y UNIFORMES     27401 VESTUARIO Y UNIFORMES       Uniformes para personal de Tesorería.         2900   HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS MEN.    294 REFACC. Y ACCES. MENORES P/ EL EQPO DE COMPUTO    29401 REFACC. Y ACCES. MENORES P/ EL EQPO DE COMPUTO

368

Page 369: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION      Refacciones para equipo de Tesorería       

3000     SERVICIOS GENERALES  3100   SERVICIOS BASICOS    314 TELEFONIA TRADICIONAL    31401 TELEFONIA TRADICIONAL    Servicio telefónico para Tesorería.         315 TELEFONIA CELULAR    31501 TELEFONIA CELULAR      Telefonia celular para Tesorería.         3300   SERVICIOS PROF., CIENT. TECNIC. Y OTROS SERV.    331 SERV. LEGALES, DE CONTABILIDAD, AUDITORIAS  33101 SERVICIOS LEGALES, DE CONTABILIDAD, AUDITORIAS    Y RELACIONADOS    Pago a terceros por servicios profesionales.       3300   SERV. PROFES., CIENTIFICOS, TEC. Y OTROS SERV.    336 SERV. DE APOYO ADTVO, TRADUCCION, FOTO. E IMP.    33603 IMPRESIONES Y PUBLICACIONES OFICIALES      Para publicaciones oficiales de la Tesorería.       3400   SERV., FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES  341 SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS  34101 SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS    Para cubrir diversos gastos financieros.       3500   SERVICIOS DE INST. REP., MANT. Y CONSERV.  352 INST. REP. Y MATTO DE MOB. Y EQ. DE ADMON, EDUC. Y REC.

369

Page 370: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  35201 MTTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO    Costo de mtto y cons de mob y equipo de Tesorería           355 REP Y MTTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE    35501 Mtto y Conserv. Equipo de Transporte         3700   SERVICIO DE TRASLADO Y VIATICOS    375 VIATICOS    37501 VIÁTICOS    Viáticos de la Tesorería Mpal.       3900   OTROS SERVICIOS GENERALES  393 IMPUESTOS Y DERECHOS DE IMPORTACION  39301 IMPUESTOS Y DERECHOS DE IMPORTACION    Pago de impuestos de bienes adquiridos en el extranj.       399 OTROS SERVICIOS GENERALES  39902 SERVICIOS DE ADMON DEL IMPUESTO PREDIAL    Para cubrir porcentaje de la elaboración de la boleta.     

5000   BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES  5100   MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMON    515 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOIGIAS DE LA INF.    51501 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOIGIAS DE LA INF.    Adquisición de equipo para Tesorería.     

9000   DEUDA PUBLICA  9100   AMORTIZACION DE LA DEUDA PUBLICA

    911 AMORTIZACION DE LA DEUDA PUBLICA  91102 AMORTIZACION DE CAPITAL CORTO PLAZO    Para pago de aguinaldos Secretaria de Hacienda     

370

Page 371: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      TOTAL DE PRESUPUESTO TESORERÍA:PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2013

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CAPITULO CONCEPTOPARTID

A DENOMINACIÓN DE PARTIDA MENSUAL PRESUPUESTO

   GEN/ ESP    

1000     SERVICIOS PERSONALES   5,354,329.00  1100   REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARAC. PERM.      113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE        SUELDOS 206,534.00 2,478,408.00      1 Director de Servicios Públicos 13,121.00      1 Director Rastro Municipal 5,518.00      1 Secretaria de Servicios Publicos 5,638.00      1 Electricista 9,381.00      2 Supervisores de Serv. Públicos a razon de $8,225 16,450.00      1 Supervisor de Serv. Publicos 4,543.00      1 Operador de Maquinaria Pesada 7,552.00      4 Choferes a razón de 4,455.00 c/u 17,820.00      1 Chofer 5,859.00      1 Chofer 3,466.00      1 Chofer 4,176.00      18 Jornaleros a razón de 3,589 c/u 64,602.00      1 Jornalero 4,290.00      2 Jornaleros a razón de $3,365 c/u 6,730.00      1 Velador 5,158.00

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DSP. DIR. SERVICIOS PUB.

PROGRAMA: IB. ADMON DE LOS SERV. PÚB.SUB-PROGRAMA: 01. ADMINISTRACIÓN.

371

Page 372: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Delegada de INAPAM 3,837.00      1 Afanadora 3,593.00      2 Jornaleros a razón de $3,000 c/u 6,000.00      1 Afanadora 3,000.00      1 Jornalero 3,400.00      1 Albañil 7,000.00      1 Jornalero 5,400.00           1200   REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARAC. TRANS.      122 SUELDO BASE AL PERSONAL EVENTUAL   1,200,000.00    12201 SUELDO BASE AL PERSONAL EVENTUAL 100,000.00           1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES      131 PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. EFVO.      13101 PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. EFVO. 14,716.00      PRESTADOS AL PERSONAL        1 Supervisor 1,309.00      1 Supervisor 994.00      2 Choferes a razón de 577 c/u 1,154.00      1 Chofer 1,416.00      1 Chofer 715.00      1 Chofer 866.00      5 Jornaleros a razón de 396 c/u 1,980.00      5 Jornaleros a razón de $198 c/u 990.00      1 Jornalero 466.00      1 Jornalero 489.00      1 Jornalero 232.00      4 Jornaleros a razon de $594 c/u 2,376.00      1 Jornalero 187.00      1 Jornalero 610.00      1 Delegada de INAPAM 431.00      1 Afanadora 501.00

372

Page 373: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      7 Bonos en Efectivo a razón de $4,000 c/u 28,000.00      2 Bonos a razón de $2,000 c/u 4,000.00         

    132 PRIMAS DE VACAC., DOMIN. Y GRAT. FIN DE AÑO        13201 PRIMA VACACIONAL        1 Director Rastro Municipal 8,492.00      1 Secretaria de Servicios Publicos 1,003.00      1 Electricista 1,897.00      1 Supervisor de Serv. Publicos 11,028.00      1 Supervisor de Serv. Publicos 8,475.00      1 Supervisor de Serv. Publicos 1,224.00      1 Operador de Maquinaria Pesada 1,899.00      2 Choferes a razon de 4,681 c/u 9,362.00      1 Chofer 9,065.00      1 Chofer 628.00      1 Chofer 5,876.00      1 Chofer 4,440.00      1 Chofer 5,401.00      12 Jornaleros a razón de 3,110.00c/u 37,320.00      1 jornalero 4,240.00      1 jornalero 3,718.00      1 jornalero 2,916.00      1 jornalero 3,698.00      4 jornaleros a razon de $3,589 c/u 14,356.00      1 jornalero 3,514.00      1 Velador 4,470.00      1 Delegada de INAPAM 3,594.00      1 Afanadora 4,014.00      2 Jornaleros a razón de $2,600 c/u 5,200.00      1 Afanadora (Maria Dolores) 2,600.00      1 Jornalero(Jesús Maria) 2,947.00

373

Page 374: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Albañil (José Librado) 6,067.00      1 Jornalero (Edgardo) 4,680.00             13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO        1 Director de Servicios Públicos 32,142.00      1 Director Rastro Municipal 16,135.00      1 Secretaria de Servicios Publicos 13,064.00      1 Electricista 18,972.00      1 Supervisor de Serv. Públicos 18,103.00      1 Supervisor de Serv. Públicos 18,581.00      1 Supervisor de Serv. Públicos 12,238.00      1 Operador de Maquinaria Pesada 18,990.00      3 Choferes a razón de 10,263 c/u 30,789.00      1 Chofer 12,025.00      1 Chofer 6,285.00      1 Chofer 12,881.00      1 Chofer 9,734.00      17 Jornaleros a razón de 6,819.00 c/u 115,923.00      1 Jornalero 8,151.00      1 Jornalero 8,107.00      2 jornaleros a razón de $6,393 c/u 12,786.00      1 velador 9,800.00      1 Delegada de INAPAM 7,880.00      1 Afanadora 7,503.00      2 Jornaleros a razón de $5,700 c/u 11,400.00      1 Afanadora (Maria Dolores) 5,700.00    1 Jornalero(Jesús Maria) 6,460.00      1 Albañil (José Librado) 13,300.00      1 Jornalero (Edgardo) 10,260.00      24 Pensionados 151,364.00         

374

Page 375: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    133 HORAS EXTRAORDINARIAS      13301 REMUNERACIONES POR HORAS EXTRAORDINARIAS        Remuneración para personal que tenga derechos 1,000.00             134 COMPENSACIONES      13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA        1 Director de Servicios Publicos 4,960.00           13404 BONO DE PRODUCTIVIDAD 23,289.00      1 Director Rastro Municipal 2,357.00      1 Secretaria de servicios publicos 3,880.00      1 Supervisor de Servicios Públicos 1,303.00      1 Supervisor de Servicios Públicos 1,554.00      1 Supervisor de Servicios Públicos 2,800.00      1 Operador de Maquinaria Pesada 3,842.00      4 Choferes a razón de 947 c/u 3,788.00      1 Chofer 470.00      1 Chofer 304.00      1 Chofer 2,324.00      1 Delegada de INAPAM 311.00      1 Afanadora 356.00           1500   OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS      154 PRESTACIONES CONTRACTUALES      15409 BONO PARA DESPENSA 12,170.00      1 Dir. Rastro Municipal 213.00      1 Electricista 351.00      1 Supervisores Servicios Publicos 373.00      1 Supervisor de Servicios Públicos 162.00      6 Choferes a razon de 373 c/u 2,238.00      1 Chofer 355.00      12 Jornaleros a razon de 377 c/u 4,524.00

375

Page 376: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      8 jornaleros a razón de 373 c/u 2,984.00      1 Velador 162.00      1 Delegada de INAPAM 162.00      1 Afanadora 377.00      1 Operador de Maquinaria Pesada 269.00             159 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS      15901 OTRAS PRESTACIONES        1 Director de Servicios Públicos 6,164.00           1700   PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS      171 ESTIMULOS      17102 ESTÍMULOS AL PERSONAL 11,303.00      1 Secretaria de Servicios Publicos 379.00      1 Supervisor de Servicios Publicos 3,197.00      1 Jornalero 1,304.00      1 Jornalero 678.00    1 Jornalero 325.00      1 Electricista 2,002.00      1 Chofer 2,736.00      1 Afanador 682.00         

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS    2100   MAT. DE ADMON, EMISION DE DOC. Y ART. OFICIALES      211 MAT., UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA      21101 MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA        Materiales de oficina para Servicios Públicos 800.00             212 MAT. Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION      21201 MAT. Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION        Consumo de mat. de impresión para Servicios Publicos 350.00

376

Page 377: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

             216 MATERIAL DE LIMPIEZA      21601 MATERIAL DE LIMPIEZA        Materiales de limpieza para Servicios Públicos 2,500.00           2400   MATERIALES Y ART. DE CONSTRUCCION Y REPARAC.      246 MATERIAL ELECTRICO Y ELECTRONICO      24601 MATERIAL ELECTRICO Y ELECTRONICO        Material para Servicios Públicos, cables, interruptores 3,000.00           2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS      261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS      26101 COMBUSTIBLES        Consumo de combustibles para vehículos de Serv. P. 48,000.00             26102 LUBRICANTES Y ADITIVOS        Consumo lub y adit para vehiculos de Serv. Públicos 11,000.00           2700   VEST. BLANCOS, PRENDAS DE PROT. Y ART. DEPORT.      271 VESTUARIO Y UNIFORMES      27101 VESTUARIO Y UNIFORMES        Uniformes para personal de Servicios Públicos 7,000.00             272 PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN PERSONAL      27201 PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN PERSONAL        Prendas de protección para trabajadores de Serv. P. 1,000.00           2900   HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCES. MENORES      291 HERRAMIENTAS MENORES      29101 HERRAMIENTAS MENORES        Para adquisición de herramientas en Serv. Púb. 1,500.00         

377

Page 378: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

3000     SERVICIOS GENERALES   2,742,000.00  3100   SERVICIOS BASICOS      311 ENERGIA ELECTRICA      31101 ENERGIA ELECTRICA        Energia Electrica de las instalaciones del Ayto. 27,000.00             31104 SERVICIO DE ALUMBRADO PUBLICO   2,040,000.00      Costo del alumbrado Público del municipio. 170,000.00           314 TELEFONIA TRADICIONAL      31401 TELEFONIA TRADICIONAL        Servicio telefonico para la dependencia de Serv. P. 700.00             315 TELEFONIA CELULAR      31501 TELEFONIA CELULAR        Telefonia celular para presidencia 100.00           3400   SERV. FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES      347 FLETES Y MANIOBRAS      34701 FLETES Y MANIOBRAS        De materiales de la Dirección de Servicios Públicos 100.00           3500   SERVICIOS DE INSTALACION, REP., MANT Y CONSERV.      351 MTTO Y CONSERVACION DE INMUEBLES      35101 MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE INMUEBLES        Costo del mantenimiento de inmuebles del Ayto. 12,000.00             35104 MTTO Y CONSERVACION DE PANTEONES        Conservación de panteones del municipio. 100.00             352 INST., REP. Y MTTO DE MOB. Y EQ. DE ADMON.  

378

Page 379: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    35201 MANTENIMIENTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO        Mtto del mob. Y eq. de computo de esta dependencia 100.00             355 REPARACION Y MTTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE      35501 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE        Mtto y Cons de Eq de Transporte de Servicios Púb. 5,000.00             357 INST. REP. Y MTTO DE MAQ., OTROS EQ. Y HERTAS.      35701 MANTENIMIENTO Y CONS DE MAQUINARIA Y EQUIPO        Costo del mantenimiento de Maq. Y eq. del Ayto. 12,000.00             359 SERVICIOS DE JARDINERIA Y FUMIGACION      35901 SERVICIOS DE JARDINERIA Y FUMIGACION        Conservación de parques y jardines del municipio. 900.00           3700   SERVICIO DE TRASLADO Y VIATICOS      375 VIATICOS      37501 VIÁTICOS        Viáticos de la Dirección de Servicios Públicos 500.00         

4000     TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS   1,089,684.00      Y OTRAS AYUDAS    4500   PENSIONES Y JUBILACIONES      451 PENSIONES   1,089,684.00    45101 Pensiones de Personal de Servicios Publicos 90,807.00      1 Pensionada 5,378.00      1 Pensionada 3,492.00      1 Pensionado 3,331.00      1 Pensionado 2,571.00      1 Pensionado 3,832.00      1 Pensionado 7,525.00

379

Page 380: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Pensionado 3,831.00      1 Pensionado 3,799.00      1 Pensionado 2,280.00      1 Pensionado 2,849.00      2 Pensionadas a razón de 3,313 c/u 6,626.00      1 Pensionado 5,686.00      1 Pensionado 3,248.00      1 Pensionado 10,740.00      1 Pensionado 2,017.00      1 Pensionado 4,238.00      1 Pensionado 2,474.00      1 Pensionada 2,801.00      1 Pensionada 3,355.00      1 Pensionada 3,474.00      1 Pensionado 3,822.00      1 Pensionada 3,438.00         

5000     BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES    5100   MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMON  

    515EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOIGIAS DE LA INF.  

    51501 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOIGIAS DE LA INF.        Adquisición de equipo para Tesorería. 700.00           5200   MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO      523 CAMARAS FOTOGRAFICAS Y DE VIDEO      52301 Camaras Fotograficas y de video 100.00           5400   VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE      549 OTROS EQUIPOS DE TRANSPORTE      54901 OTROS EQUIPOS DE TRANSPORTE 200.00      Adquisición de contenedor de basura 100.00

380

Page 381: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      Adquisición de dompe 100.00                                                                                                                                                                           

      TOTAL PRESUPUESTO DIR. SERVICIOS PUBLICOS:  $10,099,813.0

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2013HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CAPITULO CONCEPTOPARTID

A DENOMINACIÓN DE PARTIDA MENSUAL PRESUPUESTO    GEN/     ANUAL

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DSPM. DIR. DE SEG. PUBLICA MUNICIPAL

PROGRAMA: J9. CONTROL Y EVALUACION DE LA SEG. PUBLICASUB-PROGRAMA: 01. DIRECCION Y COORDINACION.

381

Page 382: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

ESP           

1000     SERVICIOS PERSONALES   4,473,903.00  1100   REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARAC. PERM.        113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE        11301 SUELDOS 244,040.00 2,928,480.00      1 Dir. De Seguridad Pública 11,138.00        1 Dir. Protección Civil 11,138.00        1 Secretaria 4,767.00        1 Secretaria 5,828.00        7 Oficiales Primeros a razon de 6,596 c/u 46,172.00        3 Suboficiales a razón de $4,131 c/u 12,393.00        1 Oficial Segundo 4,131.00        1 Oficial Administrativo 6,490.00        29 Policias Preventivos a razon de 4,785 c/u 138,765.00        1 Afanadora 3,218.00               11303 REMUNERACIONES DIVERSAS 33,126.00 397,512.00      1 Inspector de Protección Civil 6,410.00        5 Delegados de Policia a razón de 2,480 12,400.00        2 Delegados de Policia a razón de 3,458 6,916.00        1 Medico 4,200.00        1 Auxiliar en Proteccion Civil 3,200.00               1200   REMUNER. AL PERSONAL DE CARAC TRANSITORIO        122 SUELDO BASE AL PERSONAL EVENTUAL   57,000.00    12201 SUELDO BASE AL PERSONAL EVENTUAL 4,750.00               1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES    

    131PRIMAS Y ACRE. POR AÑOS DE SEV. EFEC. PDOS.    

    13101 PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. 951.00 13,412.00

382

Page 383: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

EFECTIVO      PRESTADOS AL PERSONAL          1 Afanadora 539.00        1 Secretaria 412.00        1 Bono en efectivo 2,000.00             

    132PRIMAS DE VAC, DOMINICAL Y GRAT. FIN DE AÑO    

    13201 PRIMA VACACIONAL   48,851.00      3 Oficiales Primeros a razon de 1,297 c/u 3,891.00        3 Oficiales Primeros a razon de 1,099 c/u 3,297.00        1 Oficial Primero 1,241.00        1Oficial Administrativo 1,082.00        1 Oficial Segundo 831.00        2 Suboficiales a razón de $831 c/u 1,662.00        1 Suboficial 798.00        1 Secretaria 6,965.00        1 Secretaria 1,152.00        29 Policias Preventivos a razon de 797 c/u 23,113.00        1 Afanadora 3,218.00        1 Inspector de Protección Civil 1,068.00        1 Auxiliar de Protección Civil 533.00                 13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   509,600.00      1 Dir. De Seguridad Pública 31,099.00        1 Dir. Proteccion Civil 31,099.00        1 Secretaria 15,270.00        1 Secretaria 11,516.00        3 Oficiales Primeros a razon de 12,971 c/u 38,913.00        3 Oficiales Primero a razón de 10,993 c/u 32,979.00        1 Oficial Primero 12,415.00        2 Suboficiales a razón de $8,307 c/u 16,614.00  

383

Page 384: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Suboficial 7,975.00        1 Oficial Segundo 8,307.00        1 Oficial Administrativo 10,817.00        29 Policias Preventivos a razon de 7,975 c/u 231,275.00        1 Afanadora 6,114.00        1 Inspector de Protección Civil 10,683.00        5 Delegados de Policia a razón de 4,133 20,665.00        2 Delegados de Policia a razón de 5,763 11,526.00        1 Medico 7,000.00        1 Auxilar de Protección Civil 5,333.00                 134 COMPENSACIONES        13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA 11,758.00 141,096.00      1 Dir. De Seguridad Pública 4,830.00        1 Dir. De Protección Civil 4,830.00        1 Oficial Segundo 1,049.00        1 Suboficial 1,049.00               13404 BONO DE PRODUCTIVIDAD 11,752.00 141,024.00    1 Secretaria 2,112.00        1 Oficial Administrativo 2,013.00        3 Oficiales Primeros a razón de 1,187 c/u 3,561.00        1 Oficial Segundo 853.00        2 Suboficiales a razón de 853 c/u 1,706.00        1 Suboficial 654.00        1 Oficial Primero 853.00               1500   OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS        154 PRESTACIONES CONTRACTUALES        15409 BONO PARA DESPENSA 2,463.00 29,556.00      4 Oficiales Primeros a razon de 218 c/u 872.00        1 Secretaria 202.00  

384

Page 385: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Oficial Segundo 201.00        2 Suboficiales a razón de 201 c/u 402.00        1 Oficial Primero 201.00        1 Oficial Primero 212.00        1 Afanadora 373.00                 159 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECOOMICAS        15901 OTRAS PRESTACIONES 15,042.00 180,504.00      1 Director de Seguridad Pública 7,521.00        1 Dir. Proteccion Civil 7,521.00               1700   PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS        171 ESTIMULOS        17102 ESTIMULO AL PERSONAL 2,239.00 26,868.00      1 Secretaria 1,157.00        1 Secretaria 1,082.00             

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS   135,600.00  2100   MAT. DE ADMON, EMISION DE DOC. Y ART. OFIC.        211 MAT, UTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA        21101 MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA   6,000.00      Materiales de oficina para DSPTM. 500.00             

    212MAT. Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION    

    21201 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUC.   2,400.00      Consumo de materiales de impresión para DSPTM. 200.00               2200   ALIMENTOS Y UTENSILIOS        221 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS        22102 ALIMENTACION DE RECLUSOS   600.00      Costo mensual para la alimentación de reclusos 50.00  

385

Page 386: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

             2500   PRODUCTOS, QUIMICOS, FARMACEUTICOS Y DE LAB.        253 MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS        25301 MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS   1,200.00      Medicinas para el personal de Seguridad Pública 100.00               2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS        261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS        26101 COMBUSTIBLES   120,000.00      Consumo de combustibles para vehículos DSPTM. 10,000.00                 26102 LUBRICANTES Y ADITIVOS   2,400.00      Consumo lub y adit para vehículos de DSPTM. 200.00             

  2700  VEST., BLANCOS, PRENDAS DE PROT. Y ART. DEPORT.    

    271 VESTUARIO Y UNIFORMES        27101 VESTUARIO Y UNIFORMES   1,200.00      Uniformes para agentes de la DSPTM. 100.00             

    272PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCION PERSONAL    

    27201 PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCION PERSONAL   600.00      Adquisición de prendas de protección como chalecos 50.00               2800   MATERIALES Y SUMINISTROS PARA SEGURIDAD        282 MATERIALES DE SEGURIDAD PUBLICA        28201 MATERIALES DE SEGURIDAD PUBLICA   1,200.00      Materiales para la DSPTM. 100.00             

3000     SERVICIOS GENERALES   2,124,765.00  3100   SERVICIOS BASICOS    

386

Page 387: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    311 ENERGIA ELECTRICA        31104 SERVICIO DE ALUMBRADO PUBLICO   2,019,165.00      Costo del alumbrado Público del municipio. 168,263.75                 314 ELEFONIA TRADICIONAL        31401 TELEFONIA TRADICIONAL   24,000.00      Servicio telefónico para DSPTM. 2,000.00                 315 TELEFONIA CELULAR        31501 TELEFONIA CELULAR   1,200.00      Telefonia celular para Seguridad Publica 100.00               3400   SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERC.    

    344SEGUROS DE RESPONSAB. PATRIMONIAL Y FIANZAS    

    34401 SEGUROS DE RESPONSAB. PATRIMONIAL Y FIANZAS   36,000.00      Asignación para seguros y fianzas de DSPTM 3,000.00             

  3500  SERVICIOS DE INSTALACION, REP., MANT Y CONSERV.    

    351CONSERVACION Y MATTO MENOR DE INMUEBLES    

    35101 MTTO Y CONSERVACION DE INMUEBLES   1,200.00      Mtto y conservación de los inmuebles de DSPTM 100.00                 352 INST., REP. Y MANT DE MOB. Y EQ. DE ADMON        35201 MANTENIMIENTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO   1,200.00      Mtto del mobiliario y equipo de DSPTM 100.00                 355 REPARACION Y MTTO DE EQ. DE TRANSPORTE        35501 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE   36,000.00      Mtto y Cons de Eq de Transporte de la DSPTM. 3,000.00  

387

Page 388: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

             3700   SERVICIO DE TRASLADO Y VIATICOS        375 VIATICOS        37501 VIÁTICOS   6,000.00      Viáticos de la DSPTM. 500.00             

5000     BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES   4,800.00  5100   MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMON        511 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA        51101 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA   1,200.00      Asignación para mtto de mob y equipo para DSPTM 100.00             

    515EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.    

    51501 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.   1,200.00      Asignación para equipo de computo de DSPTM 100.00               5400   VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE        549 OTROS EQUIPOS DE TRANSPORTE        54901 OTROS EQUIPOS DE TRANSPORTE   1,200.00      Asignación para vehiculos y motocicletas de DSPTM 100.00               5600   MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS    

    564SISTEMAS DE AIRE ACOND., CALEFACCION Y REF.    

    56401 SISTEMAS DE AIRE ACOND., CALEFACCION Y REF.   1,200.00      DE REFRIGERACION INDUSTRIAL Y COMERCIAL 100.00             

9000     DEUDA PUBLICA   982,416.00  9100   AMORTIZACION DE LA DEUDA PUBLICA        911 AMORTIZACION DE LA DEUDA INTERNA      91101 AMORTIZACION DE CAPITAL LARGO PLAZO 53,596.00 643,152.00

388

Page 389: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    FAPES 20,740.00      Contrato Agua Potable 32,856.00             9200   INTERESES DE LA DEUDA PBLICA      921 INTERESES DE LA DEUDA INTERNA      92101 PAGO DE INTERESES A LARGO PLAZO 28,272.00 339,264.00    Intereses FAPES 8,731.00      Intereses Agua Potable 19,541.00                                                                                                                                                                                                                                                               

389

Page 390: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

                                                                                                                                                                                                                                                                              TOTAL PPTO DIR SEGURIDAD PUBLICA MPAL:   $7,721,484.00

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2013HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: DDS. DIR. DESARROLLO SOCIAL.

PROGRAMA: AB APOYO ADMINISTRATIVOSUB-PROGRAMA: 01 APOYO ADMINISTRATIVO

390

Page 391: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

CAPITULO CONCEPTOPARTID

A DENOMINACIÓN DE PARTIDA MENSUAL PRESUPUESTO

   GEN/ ESP     ANUAL

           1000     SERVICIOS PERSONALES   643,049.00

  1100   REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CAR. PERM.        113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE        11301 SUELDOS 18,734.00 224,808.00      1 Dir. Desarrollo Social 13,121.00        1 Auxiliar Administrativo (Adscrito a DIF Municipal) 5,613.00                 11303 REMUNERACIONES DIVERSAS 11,000.00 132,000.00      1 Auxiliar Desarrollo Social 3,000.00        1 Auxiliar Desarrollo Social 8,000.00               1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES    

    131PRIMAS POR AÑOS DE SERV. EFECT. PRESTADOS    

    13101 PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. EFECTIVO   19,260.00      PRESTADOS AL PERSONAL          1 Auxiliar Administrativo 1,605.00             

    132PRIMAS DE VACAC., DOMIN. Y GRAT. FIN DE AÑO    

    13201 PRIMA VACACIONAL   7,179.00      1 Auxiliar Administrativo 7,179.00                 13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   65,270.00      1 Dir. Desarrollo Social 32,142.00        1 Auxiliar Administrativo 14,795.00        1 Auxiliar Desarrollo Social 5,000.00        1 Auxiliar Desarrollo Social 13,333.00  

391

Page 392: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

               134 COMPENSACIONES        13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA   59,520.00      1 Dir. Desarrollo Social 4,960.00                 13404 BONO DE PRODUCTIVIDAD   26,088.00      1 Auxiliar Administrativo 2,174.00               1500   OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS        154 PRESTACIONES CONTRACTUALES        15409 BONO DE DESPENSA   4,164.00      1 Auxiliar Administrativo 347.00             

    159OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    

    15901 OTRAS PRESTACIONES   73,968.00      1 Dir. Desarrollo Social 6,164.00               1700   PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS        171 ESTIMULOS        17102 ESTÍMULOS AL PERSONAL   30,792.00      1 Auxiliar Administrativo 2,566.00             

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS   40,200.00  2100   MAT. DE ADMON, EMISION DE DOC. Y ART. OFICIALES    

    211MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA    

    21101 MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA   8,400.00      Materiales de oficina para Desarrollo Social. 700.00             

    212MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUC.    

392

Page 393: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    21201 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUC.   10,800.00      Utiles de impresión para Desarrollo Social 900.00               2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS        261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS        26101 COMBUSTIBLES   18,000.00      Consumo de combustibles para Desarrollo Social. 1,500.00               2700   VEST., BLANCOS, PRENDAS DE PROT. Y ART. DEPORT.        271 VESTUARIO Y UNIFORMES        27101 VESTUARIO Y UNIFORMES   3,000.00      Uniformes para el personal de Desarrollo Social 250.00             

3000     SERVICIOS GENERALES   24,000.00  3100   SERVICIOS BASICOS        314 TELEFONIA TRADICIONAL        31401 TELEFONIA TRADICIONAL   8,400.00      Servicio telefónico para Desarrollo Social. 700.00                 315 TELEFONIA CELULAR        31501 TELEFONIA CELULAR   1,200.00      Telefonia celular para Desarrollo Social 100.00               3500   SERVICIOS DE INST., REP., MANT. Y CONSERVACION    

    352INST., REP. Y MTTO DE MOB. Y EQ. DE ADMON, E Y R.    

    35201 MTTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO   1,200.00      Mtto de mobiliario y equipo de Desarrollo Social. 100.00             

    355REPARACION Y MTTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE    

    35501 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE   7,200.00

393

Page 394: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      Mtto de equipo de transporte de Desarrollo Social. 600.00               3700   SERVICIO DE TRASLADO Y VIATICOS        375 VIATICOS        37501 VIÁTICOS   6,000.00      Viáticos de Desarrollo Social. 500.00             

5000     BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES   10,800.00  5100   MOBILIARIOY EQUIPO DE ADMINISTRACION        511 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA        51101 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA   2,400.00      Asignación para mtto de mob y equipo para D. Social 200.00             

    515EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.    

    51501 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.   8,400.00      Asignación para equipo de computo de D. Social 700.00                                                                                                                                 TOTAL DE PRESUPUESTO DESARROLLO SOCIAL:   $718,049.00

PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2013HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: OCE. ORGANO DE CONTROL Y EVAL. GUB.

PROGRAMA: GU CONTROL Y EVAL. DE LA GESTION GUBERNAM.SUB-PROGRAMA: 03 EVALUACION DE LA GESTION PUB.

394

Page 395: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDA DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MENSUAL

PRESUPUESTO

   GEN/ ESP     ANUAL

1000     SERVICIOS PERSONALES   2,632,627.00  1100   REMUNERACIONES AL PERS. DE CARÁC. PERM.        113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE    

    11301 SUELDOS27,542.0

0 330,504.00

      1 Contralor 13,121.0

0        1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub. 8,694.00        1 Secretaria (Pensionada) 5,727.00                 11303 REMUNERACIONES DIVERSAS   36,000.00      1 Auxiliar Recursos Humanos 3,000.00               1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES        131 PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. EFEC.        13101 PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. EFECTIVO   30,448.00      PRESTADOS AL PERSONAL 2,204.00        1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub. 964.00        1 Secretaria 1,240.00        1 Bono en efectivo 4,000.00                 132 PRIMAS DE VACAC., DOMINICAL Y GRAT. FIN DE AÑO        13201 PRIMA VACACIONAL   9,251.00      1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub. 9,251.00             

395

Page 396: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO   69,724.00

      1 Contralor 32,142.0

0  

      1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub.17,577.0

0  

      1 Secretaria 15,005.0

0        1 Auxiliar Recursos Humanos 5,000.00                 134 COMPENSACIONES        13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA   59,520.00      1 Contralor 4,960.00               1500   OTRAS PRESACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS        152 INDEMNIZACIONES   1,981,392.00

    15202 Pago de liquidaciones165,116.

00                 154 PRESTACIONES CONTRACTUALES        15409 BONO DE DESPENSA 758.00 9,096.00      1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub. 385.00        1 Secretaria 373.00                 159 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS        15901 OTRAS PRESTACIONES   73,968.00      1 Contralor 6,164.00               1700   PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS        171 ESTIMULO        17102 ESTIMULO AL PERSONAL 2,727.00 32,724.00      1 Auxiliar Org. De Control y Eval. Gub. 557.00        1 Secretaria 2,170.00             

396

Page 397: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS   30,600.00  2100   MAT. DE ADMON, EMISION DE DOC.Y ART. OFICIALES        211 MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA        21101 MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA   9,600.00      Materiales de oficina para Contraloría Municipal. 800.00                 212 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUC.        21201 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUC.   6,000.00      Utiles de impresión para Contraloría Municipal. 500.00               2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS        261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS        26101 COMBUSTIBLES   12,000.00      Consumo de combustibles vehículos Contraloría Mpal. 1,000.00               2700   VEST., BLANCOS, PRENDAS DE PROT. Y ART. DEPORT.        271 VESTUARIO Y UNIFORMES        27101 VESTUARIO Y UNIFORMES   3,000.00      Uniformes para personal de Contraloría Municipal. 250.00             

3000     SERVICIOS GENERALES   20,400.00  3100   SERVICIOS BASICOS        314 TELEFONIA TRADICIONAL        31401 TELEFONIA TRADICIONAL   8,400.00      Servicio telefónico para Contraloría Municipal. 700.00               3500   SERV. DE INST., REP., MANT.Y CONSEVACION    

    352INST. REP. Y MATTO DE MOB. Y EQ. DE ADMON, EDU. Y REC.    

    35201 MANTENIMIENTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO   1,200.00      Mtto de mobiliario y equipo de Contraloría Municipal. 100.00             

397

Page 398: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  3700   SERVICIO DE TRASLADO Y VIATICOS        375 VIATICOS        37501 VIÁTICOS   10,800.00      Viáticos de Contraloría Municipal. 900.00             

5000     BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES   8,400.00  5100   MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION        515 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.        51501 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.   8,400.00      Asignación para equipo de computo de Contraloría 700.00                                                                                                                                      

     TOTAL PRESUPUESTO ORGANO DE CONTROL Y

EVALUACION G:  $2,692,027.0

0PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL 2013

HOJA DE TRABAJO DE P.E.M.3

CAPITULO CONCEPTO PARTIDA DENOMINACIÓN DE PARTIDA

MUNICIPIO: SANTA ANA, SONORADEPENDENCIA: INSTITUTO MPAL DEL DEPORTE

PROGRAMA: RM RECREACION, DEPORTE Y ESPARCIMIENTOSUB-PROGRAMA: 01. DESARROLLO DEL DEPORTE

398

Page 399: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

    GEN/ ESP         

1000     SERVICIOS PERSONALES  1100   REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CAR. PERMANEN.    113 SUELDO BASE AL PERSONAL PERMANENTE    11301 SUELDOS      1 Dir. Inst. del Deporte       1 Secretaria del Dir. Inst. del Deporte            11303 REMUNERACIONES DIVERSAS      7 delegados del deporte         1300   RETRIBUCIONES ADICIONALES Y ESPECIALES    131 PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. EFECTIVO    13101 PRIMAS Y ACREDITAC. POR AÑOS DE SERV. EFECTIVO      PRESTADOS AL PERSONAL      1 Secretaria del Dir. Inst. del Deporte           132 PRIMAS DE VAC. DOMINICAL Y GRAT. FIN DE AÑO    13201 PRIMA VACACIONAL      1 Secretaria del Dir. Inst. del Deporte           13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO      1 Dir. Inst. del Deporte      1 Secretaria del Dir. Inst. del Deporte      7 delegados del deporte           134 COMPENSACIONES    13403 ESTÍMULOS AL PERSONAL DE CONFIANZA      1 Dir. Inst. del Deporte         1500   OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    154 PRESTACIONES CONTRACTUALES    15409 BONO DE DESPENSA

399

Page 400: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

      1 Secretaria del Dir. Inst. del Deporte           159 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS    15901 OTRAS PRESTACIONES      1 Dir. Inst. del Deporte         1700   PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS    171 ESTIMULO     17102 ESTIMULO AL PERSONAL       1 Secretaria del Dir. Inst. del Deporte       

2000     MATERIALES Y SUMINISTROS  2100   MAT. DE ADMON, EMISION DE DOC. Y ART. OFICIALES    211 MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA    21101 MATERIAL, UTILES, Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA      Materiales de oficina para Instituto del Deporte           212 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUC.    21201 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUC.      Utiles de Impresión para Instituto del Deporte         2200   ALIMENTOS Y UTENSILIOS    221 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS    22101 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PERSONAL INSTALACIONES      Productos alimenticios para personal de Deporte         2600   COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS    261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS    26101 COMBUSTIBLES      Consumo de combustibles para vehículos Deporte           26102 LUBRICANTES Y ADITIVOS      Aceites para vehiculos de Instituto del Deporte       

400

Page 401: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  2700   VEST. BLANCOS, PRENDAS DE PROTEC. Y ART. DEPOR.    271 VESTUARIO Y UNIFORMES     27101 VESTUARIO Y UNIFORMES       Uniformes para personal del Instituto del Deporte           273 ARTICULOS DEPORTIVOS    27301 ARTICULOS DEPORTIVOS      Artículos Deportivos para el Instituto del Deporte       

3000     SERVICIOS GENERALES  3100   SERVICIOS BASICOS    314 TELEFONIA TRADICIONAL    31401 TELEFONIA TRADICIONAL      Servicio telefónico para Institutoi del Deporte.           315 TELEFONIA CELULAR    31501 TELEFONIA CELULAR      Telefonia celular para Instituto del Deporte.         3500   SERVICIOS DE INST., REP., MANT. Y CONSERVACION    352 INST. REP. Y MTTO DE MOB.Y EQ. DE ADMON E Y R.    35201 MTTO Y CONS DE MOBILIARIO Y EQUIPO      Mtto de mobiliario y equipo de Instituto del Deporte.           355 REPARACION Y MTTO DE EQ. DE TRANSPORTE    35501 MTTO Y CONS DE EQUIPO DE TRANSPORTE      Mtto de equipo de transporte de Instituto del Deporte.         3700   SERVICIO DE TRASLADO Y VIATICOS    375 VIATICOS    37501 VIÁTICOS      Viáticos de Instituto del Deporte       

4000     TRANSF., ASIGNACIONES, SUBSIDIOSY OTRAS AYUDAS

401

Page 402: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

  4400   AYUDAS SOCIALES    442 BECAS Y OTRAS AYUDAS PARA PROG. DE CAPACI.    44204 FOMENTO DEPORTIVO      Ayudas para adquirir materiales deportivos       

5000     BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES  5100   MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION    511 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA    21101 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA      Asignación para mtto de mob y equipo para Deporte           515 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.    51501 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INF.      Asignación para equipo de computo de Deporte                                                                                                                                            

402

Page 403: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

                                                                                                                                                                              TOTAL PRESUPUESTO INSTITUTO DEL DEPORTE

MUNICIPIO DE SANTA ANA SONORAINFORME SOBRE LA SITUACION DE LA DEUDA PUBLICA MUNICIPAL 2013

MUNICIPIO DE SANTA ANA SONORA

PERIODO: 3er. Trimestre del 1º de Julio al 30 de Septiembre del 2013.      ANEXO

EMPRESTITOS Y CREDITOS CONTRATADOS A NOMBRE DEL AYUNTAMIENTO TRIMESTRE  

FECHA DE IMPORTE SALDO DEL CREDITOS AMORTIZACI SALDOS AL

403

Page 404: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

CONCEPTO CONTRATACION TOTAL TRIMESTRE

ANTERIORCONTRATAD

OS EN EL TRIMESTRE

ON DE ADEUDOS EN

EL TRIMESTRE

30-SEPTIEMBRE

-2013             

SERVICIOS PERSONALES POR PAGAR A CORTO  

5,503,734.13

1,885,626.63

3,618,107.50

4,093,200.81

1,410,533.32

NOMINAS POR PAGAR 

5,503,734.13

1,885,626.63

3,618,107.50

4,093,200.81

1,410,533.32

SUELDOS PENDIENTESVarias

5,094,164.13

1,476,056.63

3,618,107.50

4,089,128.81

1,005,035.32

AGUINALDOS PENDIENTES 31/12/2010 409,570.00 409,570.00 0.00 4,072.00 405,498.00PROVEEDORES

 3,264,550.

171,303,938.

121,960,612.

051,944,996.

831,319,553.

34EMMA ARMIDA FELIX LOUSTAUNAU Varias 160,847.59 160,847.59 0.00 0.00 160,847.59LLANTAS Y ACCESORIOS SA DE CV Varias 55,862.08 55,862.08 0.00 0.00 55,862.08IEC INDUSTRIAL SA DE CV Varias 9,139.94 409.67 8,730.27 8,810.31 329.63TELEFONOS DE MEXICO SAB DE CV Varias 78,242.48 22,819.60 55,422.88 41,050.05 37,192.43SILVIA ROMERO ARTEAGA Varias 18,991.08 18,991.08 0.00 0.00 18,991.08MARTIN ANTONIO VASQUEZ LOPEZ Varias 26,022.40 11,916.20 14,106.20 0.00 26,022.40COMISION FEDERAL ELECTRICIDAD

Varias1,237,335.0

0309,831.00 927,504.00 955,432.00

281,903.00GPO RADIOFONICO DE HILLO SA DE CV Varias 125,291.19 7,000.00 118,291.19 125,291.19 0.00JUAN ALVAREZ VAZQUEZ Varias 2,473.47 0.00 2,473.47 2,473.47 0.00FRANCISCO SUAREZ TANORI Varias 6,279.99 730.00 5,549.99 4,479.99 1,800.00TALLER JIMENEZ SA CV Varias 13,931.60 13,931.60 0.00 0.00 13,931.60MADERAS LA POPULAR SA DE CV Varias 1,377.50 1,377.50 0.00 1,377.50 0.00RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Varias 982.00 982.00 0.00 982.00 0.00ISABEL VASQUEZ TAPIA Varias 6,960.00 6,960.00 0.00 0.00 6,960.00VISION XXI STG SA DE CV Varias 215,931.57 185,217.99 30,713.58 28,129.58 187,801.99MANUEL DE JESUS ROMERO VAZQUEZ Varias 13,940.00 13,940.00 0.00 4,706.00 9,234.00EFRAIN RODRIGUEZ HOPKINS Varias 7,599.10 7,599.10 0.00 0.00 7,599.10ALMA STEPHANY MURRIETA BEJARANO Varias 137,504.98 137,504.98 0.00 0.00 137,504.98DEPORTES NAVARRO SA DE CV Varias 1,200.14 1,200.14 0.00 0.00 1,200.14JORGE ESTEBAN YANEZ VASQUEZ Varias 6,842.84 3,478.84 3,364.00 0.00 6,842.84MARIA TERESA SANCHEZ ENCINAS Varias 51,449.30 51,449.30 0.00 0.00 51,449.30

404

Page 405: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

IGNACIO AYALA GALINDO Varias 105,617.06 19,452.53 86,164.53 100,817.97 4,799.09JOSE ALFREDO CONTRERAS VIDAL Varias 9,419.20 0.00 9,419.20 7,853.20 1,566.00ELIZABETH ANA LOPEZ RODRIGUEZ Varias 1,740.00 1,740.00 0.00 0.00 1,740.00HECTOR ALBERTO SALAZAR MENDOZA Varias 385.00 0.00 385.00 385.00 0.00NS MAQUILEROS SA DE CV Varias 4,060.00 4,060.00 0.00 0.00 4,060.00SONORA AUTOMOTRIZ DE NOGALES SA DE CV Varias 5,104.79

5,104.79 0.00 0.005,104.79

JOSE MANUEL MENDOZA CHAVEZ Varias 2,296.00 2,296.00 0.00 0.00 2,296.00FIMBRES ARRENDAMIENTO Y EQUIPOS SA DE CV Varias 8,212.80

8,212.80 0.00 0.008,212.80

MARIA ISABEL TRASLAVIÑA DAVILA Varias 4,464.04 4,464.04 0.00 0.00 4,464.04LUIS RENE AMEZQUITA LOPEZ Varias 4,899.84 1,380.40 3,519.44 4,899.84 0.00SAMUEL DANIEL MURRIETA REINA Varias 22,260.00 22,260.00 0.00 0.00 22,260.00ELVIA IRENE LOPEZ YESCAS 24/02/2011 10,115.50 0.00 10,115.50 10,115.50 0.00VICTOR MANUEL QUINTANA PALOMINO 31/01/2011 5,858.00 0.00 5,858.00 5,858.00 0.00FAUSTO RENE JIMENEZ MUÑOZ 31/03/2011 6,190.92 3,594.84 2,596.08 6,190.92 0.00RAMONA BERTA MENDOZA BARCENA 22/06/2011 8,550.00 0.00 8,550.00 8,550.00 0.00MARIO ANTONIO TORREZ ACUÑA 07/07/2011 5,562.50 0.00 5,562.50 5,562.50 0.00GERMAN AELLO GARCIA 05/09/2011 20,000.00 20,000.00 0.00 0.00 20,000.00FAUSTO MANUEL ORTIZ JIMENEZ 31/12/2011 2,035.00 2,035.00 0.00 0.00 2,035.00JULIO CESAR ESPINOZA URIAS 31/12/2011 3,850.00 3,850.00 0.00 0.00 3,850.00MARTIN ALFONSO GONZALEZ LOPEZ 30/03/2012 1,757.40 1,757.40 0.00 0.00 1,757.40JESUS MATIAS YESCAS MUÑOZ 30/04/2012 1,856.00 1,856.00 0.00 0.00 1,856.00MACLOVIO OSORIO GONZALEZ 30/04/2012 7,540.00 2,900.00 4,640.00 7,540.00 0.00ALVA FLERIDA PALAZUELOS RAMIREZ 21/06/2012 1,240.00 590.00 650.00 1,240.00 0.00SERVICIOS Y DISTRIBUCIONES AYALA SA DE CV 21/06/2012 5,142.98

5,142.98 0.00 0.005,142.98

GUILLERMO ANDRES SALAZAR MENDIVIL 30/06/2012 1,632.79 1,632.79 0.00 0.00 1,632.79ODIN CORTES SANCHEZ 13/08/2012 1,000.00 1,000.00 0.00 1,000.00 0.00ALEJANDRO FEDERICO ROCHA 16/10/2012 66,471.23 20,431.20 46,040.03 52,589.58 13,881.65JOSE GUTIERREZ ORTEGA 30/11/2012 25,000.00 25,000.00 0.00 25,000.00 0.00JOEL RAMOS RODRIGUEZ 31/12/2012 106,000.00 42,400.00 63,600.00 63,600.00 42,400.00KARLA PATRICIA HERNANDEZ RIVERA 28/02/2013 13,363.34 3,573.60 9,789.74 10,974.73 2,388.61CRISOFORO TRINIDAD CARDENAS 21/03/2013 50,466.96 0.00 50,466.96 50,466.96 0.00MARTIN JESUS ORCI DOMINGUEZ 21/03/2013 33,296.94 10,384.99 22,911.95 25,804.96 7,491.98

405

Page 406: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

OSCAR ISMAEL PACHECO FLORES 21/03/2013 464.00 0.00 464.00 0.00 464.00IGNACIO GARCIA FIERROS 30/04/2013 352,300.64 57,800.09 294,500.55 233,400.40 118,900.24ROBERTO CASTILLO CASTILLO 08/04/2013 33,669.59 0.00 33,669.59 21,819.78 11,849.81CARLOS ROBERTO MACIAS AGUIÑAGA 30/04/2013 4,640.00 2,320.00 2,320.00 4,640.00 0.00PERIODICOS NUEVO DIA SA DE CV 30/04/2013 66,600.00 16,650.00 49,950.00 66,600.00 0.00EDUARDO GARICIA JIMENEZ 31/07/2013 1,392.00 0.00 1,392.00 1,392.00 0.00COMUNICACIONES LARSA SA DE CV 31/07/2013 11,600.00 0.00 11,600.00 11,600.00 0.00ENRIQUE TAMAYO PADRES 19/08/2013 10,300.00 0.00 10,300.00 10,300.00 0.00RAFAEL HUMBERTO VASQUEZ SOTOMAYOR 28/08/2013 38,744.00

0.00 38,744.00 16,008.0022,736.00

GUILLERMO OMAR GIL BURRUEL 30/08/2013 3,555.40 0.00 3,555.40 3,555.40 0.00ADRIAN ERNESTO ARIAS GRACIA 02/09/2013 14,500.00 0.00 14,500.00 14,500.00 0.00ARTURO GERLACH PORTILLO 30/09/2013 1,800.00 0.00 1,800.00 0.00 1,800.00RAMON HEBERTO MARTINEZ DURAN 30/09/2013 1,392.00 0.00 1,392.00 0.00 1,392.00CONTRATISTAS POR OBRAS PUBLICAS POR PAGAR A CORTO PLAZO  

257,966.68 257,966.68 0.00 0.00 257,966.68

CONTRATISTAS   257,966.68 257,966.68 0.00 0.00 257,966.68Tepason SA de CV 31/12/2011 117,123.54 117,123.54 0.00 0.00 117,123.54Berfam Desarrollos SA de CV 31/12/2011 49,778.55 49,778.55 0.00 0.00 49,778.55G y S Constructores SA de CV 10/11/2011 91,064.59 91,064.59 0.00 0.00 91,064.59             RETENCIONES

 2,430,188.

881,833,515.

43596,673.4

5325,385.2

22,104,803.

66ISPT por Pagar

varias1,556,304.3

51,294,159.2

6262,145.09 30,257.68 1,526,046.6

7ISR Honorarios por Pagar varias 47,087.87 39,591.64 7,496.23 0.00 47,087.87SEGURO DE VIDA varias 14,681.34 0.06 14,681.28 14,681.28 0.06CUOTAS SINDICALES varias 44,118.88 34,053.46 10,065.42 11,614.55 32,504.33RETENCIONES FONACOT varias 113,987.57 29,333.69 84,653.88 60,347.05 53,640.52DEDUCCION GENERAL varias 58,629.50 46,259.50 12,370.00 26,519.50 32,110.00LENTES varias 9,260.00 9,260.00 0.00 0.00 9,260.00CAJA DE AHORRO varias 178,350.00 49,500.00 128,850.00 142,650.00 35,700.00IMPULSORA PROMOBIEN SA DE CV (Descto Famsa) varias 1,167.78

0.00 1,167.78 1,167.780.00

406

Page 407: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

OTRAS DEDUCCIONES varias 382,257.82 307,917.88 74,339.94 38,147.38 344,110.44.20 % ICIC varias 10,842.27 10,440.57 401.70 0.00 10,842.27.20 % INPSECCION Y VIGILANCIA varias 13,501.50 12,999.37 502.13 0.00 13,501.50                          ACREEDORES   318,495.41 315,633.81 2,861.60 18,790.19 299,705.22JESUS MARTIN TERAN GASTELUM 31/12/2009 36,300.00 36,300.00 0.00 0.00 36,300.00LUIS ALFREDO BERNAL AINZA 31/08/2010 54,914.01 54,914.01 0.00 0.00 54,914.01CARLOS MEDINA ESTRELLA 31/12/2010 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00LUIS ALBERTO VALENCIA MEDINA 31/12/2010 39,351.80 39,351.80 0.00 0.00 39,351.80LUIS ANTONIO ESTRELLA MEZA 31/12/2010 14,145.18 14,145.18 0.00 0.00 14,145.18GABRIELA MARTINEZ DE LA CRUZ 31/12/2010 15,310.13 15,310.13 0.00 0.00 15,310.13RAFAEL OSCAR MACHADO LUQUE 31/12/2010 2,744.42 2,744.42 0.00 0.00 2,744.42SABEL TORRES VASQUEZ 31/12/2010 23,300.15 23,300.15 0.00 0.00 23,300.15ANA MARIZA SALAZAR ORTIZ 31/12/2010 822.93 822.93 0.00 0.00 822.93IGNACIO SESMA SANCHEZ 31/12/2010 64,104.13 64,104.13 0.00 0.00 64,104.13FCA ISABEL OCHOA ORTIZ 31/12/2011 2,776.00 2,776.00 0.00 0.00 2,776.00FCA DENIA MUNGARRO ROSAS 31/12/2011 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00LUIS ARMANDO ESTRELLA VALENZUELA 31/12/2011 40,832.22 40,832.22 0.00 0.00 40,832.22EDUARDO VASQUEZ BADILLA 31/12/2011 360.38 360.38 0.00 0.00 360.38LUCIA NUBES VICTORIA 13/09/2012 1,255.16 1,255.16 0.00 0.00 1,255.16SEGUROS BANORTE GENERALI SA DE CV 30/11/2012 7,278.90 4,417.30 2,861.60 3,790.19 3,488.71JOSEFINA MEDINA PAREDES 26/06/2013 15,000.00 15,000.00 0.00 15,000.00 0.00

GOBIERNO DEL ESTADO  2,256,906.

011,756,906.

01500,000.0

01,121,298.

151,135,607.

86SUB-AGENCIA FISCAL 31/12/2009 -338,146.82 -338,146.82 0.00 0.00 -338,146.82ANTICIPO A PARTICIPACIONES

Varias2,135,497.7

01,635,497.7

0500,000.00 1,121,298.1

51,014,199.5

5ANTICIPO PART 2006 31/12/2010 459,077.53 459,077.53 0.00 0.00 459,077.53% MULTAS FEDERALES NO FISCALES 31/12/2010 477.60 477.60 0.00 0.00 477.60             FONDOS AJENOS   388,757.78 386,373.28 2,384.50 0.00 388,757.78EJ EL CLARO PREDIAL EJIDAL Varias 60,807.30 60,807.30 0.00 0.00 60,807.30EJIDO STA MARTHA PREDIAL EJIDAL Varias 23,529.45 22,899.95 629.50 0.00 23,529.45

407

Page 408: EGRESOS … · Web viewSanta Ana, Sonora, a 08 de Noviembre del 2008. C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS, DEL H. CONGRESO DEL ESTADO, P R E S E N T E. De conformidad con lo establecido en

EJ PANTANITO/GALERA PREDIAL EJIDAL Varias 7,718.75 7,576.25 142.50 0.00 7,718.75EJ. SANTA ANA, VIEJO PREDIAL EJIDAL Varias 5,921.95 5,921.95 0.00 0.00 5,921.95EJ. SANTA ANA PREDIAL EJIDAL Varias 15,876.50 15,876.50 0.00 0.00 15,876.50EJ EL COYOTILLO PREDIAL EJIDAL 08/01/2008 32,592.65 30,980.15 1,612.50 0.00 32,592.65EJ. JESUS GARCIA PREDIAL EJIDAL Varias 922.50 922.50 0.00 0.00 922.50CONSTRUCC PUENTE COLGANTE PEATONAL EJ COYOTILLO Varias 15,724.10 15,724.10 0.00 0.00

15,724.10REHABILITACION DE RASTRO MUNICIPAL Varias 1,000.00 1,000.00 0.00 0.00 1,000.00REHABILITACION DE PANTEON MPAL. 01/01/2011 43,692.00 43,692.00 0.00 0.00 43,692.00CONSTRUCCION DE ALBERGUE AVANSA EN HILLO 10/08/2011 0.03 0.03 0.00 0.00

0.03PROGR AHORRO Y SUBS. P/VIVIENDA TU CASA 05/10/2011 180,972.55 180,972.55 0.00 0.00

180,972.55CONSTR CUBIERTA PATIO CIVICO ESC PRIM F G BOCANEGRA 07/11/2012 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00CONSTR CUBIERTA PATIO CIVICO ESC PRIM S ALVARADO 07/11/2012 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00CONSTR CUBIERTA PATIO CIVICO ESC PRIM V GUERRERO 07/11/2012 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00PISO, COCINA, CERCO KINDER REAL DE MINAS 07/11/2012 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00DOC. COMERCIALES POR PAGAR A LARGO PLAZO  

4,978,193.79

4,975,911.88 2,281.91

176,383.50

4,801,810.29

Fapes (Udis) 25/08/1997 739,848.00 737,566.09 2,281.91 77,817.33 662,030.67Contrato FFRES-0010-08 Mpio Sta Ana

03/04/20094,238,345.7

94,238,345.7

90.00 98,566.17 4,139,779.6

2                          

   19,398,792

.8512,715,871

.846,682,921.

017,680,054.

7011,718,738

.15

408