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Bolivia logra éxitos en lucha antidroga en 2014, sin EEUU SE INCAUTÓ 81 TONELADAS DE DROGA Y SE ERRADICÓ 5.377 HECTÁREAS DE COCA EXCEDENTE AGENDA PRESIDENCIAL 16-17 / SEGURIDAD 24 ‘VICE’ Autos “chutos” incautados serán para el servicio social ONU Bolivia mejora su Índice de Desarrollo Humano Contrato para Complejo Hípico en Cochabamba AGENDA PRESIDENCIAL 17 ECONOMÍA 13 ÚLTIMAS 26 Periódico del Estado Plurinacional de Bolivia • Circulación nacional • Año 4 • N°1680 • 3 cuerpos • 40 páginas Periódico del Estado Plurinacional de Bolivia • Circulación nacional • Año 6 • N° 2.007 • 2 cuerpos • 48 páginas Bs 2 VIERNES 25 DE JULIO DE 2014 Enzo De Luca Evo regala a La Paz su primer Campo Ferial APG ó La megaobra será la principal vitrina comercial de La Paz. Fue construida en la zona de Següencoma. ó Tiene 5 salas de exposición, 3 bloques para 538 stands cubiertos y 180 stands en el sector abierto. ó El presidente Evo Morales dijo que la nacionalización hace posible la entrega de obras como el Campo Ferial. Carlos Barrios Daniel Espinoza ÚLTIMAS 27

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Page 1: Edición Impresa 25-07-14

Bolivia logra éxitos en lucha antidroga en 2014, sin EEUU

SE INCAUTÓ 81 TONELADAS DE DROGA Y SE ERRADICÓ 5.377 HECTÁREAS DE COCA EXCEDENTE

AGENDA PRESIDENCIAL 16-17 / SEGURIDAD 24

‘VICE’ ’ Autos “chutos” incautados serán para el servicio social

ONU ’ Bolivia mejora su Índice de Desarrollo Humano

Contrato para Complejo Hípico en Cochabamba

AGENDA PRESIDENCIAL 17

ECO

NO

MÍA

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ÚLT

IMA

S

26

Periódico del Estado Plurinacional de Bolivia • Circulación nacional • Año 4 • N°1680 • 3 cuerpos • 40 páginasPeriódico del Estado Plurinacional de Bolivia • Circulación nacional • Año 6 • N° 2.007 • 2 cuerpos • 48 páginas Bs 2

VIERNES 25 DE JULIO DE 2014

Enzo

De

Luca

Evo regala a La Paz su primer Campo Ferial

APG

ó La megaobra será la principal vitrina comercial de La Paz. Fue construida en la zona de Següencoma.

ó Tiene 5 salas de exposición, 3 bloques para 538 stands cubiertos y 180 stands en el sector abierto.

ó El presidente Evo Morales dijo que la nacionalización hace posible la entrega de obras como el Campo Ferial.

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ÚLTIMAS 27

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viernes 25 de julio de 2014TEMA DEL DÍA2

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y Muchas de las víctimas y activistas contra la negligencia médica denunciaron amedrentamientos.La lucha contra la negligen-

cia en salud de parte de las vícti-mas y sus familiares y la Cáma-ra de Diputados avanza a paso lento, entre tanto continúa el drama dentro de los hospitales.

Con una receta de medica-mentos que bordean los mil bolivianos, el señor S.N. afir-ma que vive un tormento des-de el día que su hija entró al hospital con un cuadro de apendicitis y ahora batalla en-tre la vida y la muerte en uno de los hospitales de La Paz.

“Me han dicho que ella esta mal de su apéndice, pero luego de operarla me dijeron que no tenía nada de eso, sino que tenía neumonía. Lamentablemente cayó en terapia intensiva y ahora debo comprar medicamentos ca-ros todos los días, pese a que ella está asegurada”, dijo.

Con los ojos llorosos y toda-vía en un estado de shock, el afligido padre afirmó que no en-tiende lo que está pasando. Lo único que sabe es que hará todo lo posible para salvar a su hija.

Este drama se repite dia-riamente en los hospitales de diferente nivel del país. Algu-nos de los casos son denuncia-dos en los medios de difusión, pero muchos otros se quedan en el silencio.

LUCHA Y AMEDRENTAMIENTOPara una activista NN, que

sigue de cerca el caso de siete niños con cáncer que fueron

Un padre consuela a su hijo, quien llora mientras le atiende la enfermera.

Ley contra negligencia médica avanza lentaACTIVIDAD ó El proyecto de Ley Contra la Negligencia en Salud se socializará con los sectores interesados.

Jorg

e M

aman

ivíctimas de negligencia en el Hospital del Niño, afirmó que la lucha ahora es silenciosa, porque los familiares son ame-drentados constantemente.

Para el presidente de la Aso-ciación de Pacientes Víctimas de Negligencia Médica de Boli-via, Víctor Llanos, la situación es tan delicada que afirmó que las declaraciones en los medios de difusión deberán ser estric-tamente de forma personal. “No podemos confiar”, dijo.

En criterio de la diputada por el Movimiento Al Socia-lismo (MAS) y proyectista de la Ley Contra la Negligencia a la Salud, Betty Tejada, era de esperarse la reacción del cole-giado médico, quienes confun-den la norma con una penali-zación directa.

“Hay que aclarar que la nor-ma contiene figuras penales con delito culposo, pero no es el objetivo señalar al médico, sino nos referimos a los dife-rentes tipos de negligencia” en áreas como la de administra-ción, recepción, información, atención médica y otros.

En ese sentido, indicó que también existe negligencia del paciente o sus familiares, quienes optan por ignorar las recetas médicas.

FORTALECEN CON AUDIENCIASTejada informó que el pro-

yecto de ley será fortalecido con audiencias públicas, donde par-ticiparán los sectores sociales e instituciones que quieran apor-tar y observar la normativa.

Desde el 30 de enero la Co-misión de Salud recibirá a los interesados.

EDICTOEL GERENTE REGIONAL DE LA PAZ Lic. José Alberto Blacud Morales por el presente EDICTO hace conocer al importador MERCEDES CLAUDIA MAMANI LIMACHI con NIT Nº. 7113710011 con el ACTA DE INTERVENCIÓN CONTRAVENCIONAL N° AN-GNFGC-C – 043/2013 de fecha 20 de noviembre de 2013 --------------------------------------------ACTA DE INTERVENCIÓN CONTRAVENCIONAL -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------GERENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LUGAR: LA PAZ FECHA 20 DE NOV. 2013 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------En fecha 20 NOV.2013, de conformidad a lo establecido en el artículo 96° y último párrafo del artículo 181° del Código Tributario Boliviano, modificado por la disposición adicional Décimo Sexta de la Ley 317 de 11/12/2012, se procede a la elaboración de la presente acta de intervención. -------------------------------------------------------------------------------------------------I. IDENTIFICACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS INTERVENIENTES ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

N° FUNCIONARIO CARGO CI1 Lic. Ximena Mendoza Gorriti Investigadora - GNF 4774264 LP2 Lic. Douglas A. Calizaya Gutiérrez Investigador-GNF 3696015 PT.3 Ing. Franz Rozich Bravo Jefe del Dpto. de Inteligencia Aduanera 2697439 LP.

Sin intervención de fiscal.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------II. RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------En cumplimiento a Memorándums AN-GNFGC-DIAFC-074/13, 075/13, 076/13, 077/13, 078/13 y 079/13 de 16/09/2013, los funcionarios Oscar Calle Mendoza, Cristian Gutiérrez Palacios. Douglas Calizaya Gutiérrez, Vladimir Mendieta Alarcón, Ximena Mendoza Gorriti y Lenny Tito Hidalgo, respectivamente, supervisado por el Jefe del Dpto. de Inteligencia Aduanera Ing. Franz Rozich Bravo, conjuntamente con personal designado por la Gerencia Regional La Paz, supervisado por el Jefe de la Unidad de Fiscalización Aduanera de la Gerencia Regional La Paz Ing. Sandro Villarroel Alvarez, nos constituimos en la Administración de Aduana Zona Franca Comercial e Industrial Patacamaya, a objeto de verificar la existencia física de 300 vehículos que ingresaron a la Zona Franca Comercial e Industrial Patacamaya (ZOFRAPAT) según Formulario de Inspección Previa (Form. Nº 187) aprobado mediante R.D. 01-016-07 de 26-11-07 que establece los requisitos, formalidades y procedimientos para el desarrollo de operaciones de reacondicionamiento y recepción de vehículos, así como las formalidades para su venta y salida desde zonas francas industriales mismo que fue elaborado por el concesionario de dicha Zona Franca, descritos en el Anexo adjunto a la carta N° AN-GNFGC-DIAFC/367/13 de 10/09/2013 remitida a dicha Administración. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Los funcionarios Ximena Mendoza Gorriti y Oscar Calle Mendoza realizaron una segunda verificación física de los vehículos no identificados en la primera, en conformidad a instrucción emitida mediante memorándums N° AN-GNFGC-DIAFC-090/13 y 091/13 de 15/10/2013 respectivamente. ------------------------------------------------------------------------------------------------Resultado de la verificación física de vehículos, se emitió el informe AN-GNFGC-DIAFC-140/13 de 18/10/2013. ------------------------------------------------------------------------------------------III. RESULTADOS DE LA VERIFICACIÓN FÍSICA -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------De la verificación física realizada en instalaciones de Zona Franca Comercial e Industrial Patacamaya en fechas 18/09/2013,19/09/2013 y 16/10/2013, no se identificaron físicamente 10 vehículos, de los cuales forma parte el vehículo objeto de la presente acta de intervención que se detalla a continuación: -----------------------------------------------------------------------------------VEHÍCULO NO IDENTIFICADO EN ZOFRAPAT ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Usuario Chasis Clase MarcaMercedes Claudia Mamani Limachi JKAEXMF117DA39544 MOTOCICLETA KAWASAKI

Al respecto, el inciso D) del punto V. CONCLUSIONES del Informe AN-GNFGC-DIAFC-140/13 de 18/10/2013 indica lo siguiente: “d) 10 vehículos no fueron encontrados físicamente en el inventario realizado, tampoco se cuenta con documentación apropiada que demuestre la correcta nacionalización de los mismos, por lo que corresponde la emisión de Actas de intervención.”. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Considerando la relación circunstanciada de los hechos expuestos anteriormente, los mismos se adecúan a lo establecido en la normativa legal que se señala a continuación: --La Ley N” 2492.de 02/08/2003 Código Tributario Boliviano (CTB) en su artículo 181° indica “Contrabando”, dispone “Comete contrabando el que incurra en alguna de las conductas descritas a continuación: (...) b) Realizar tráfico de mercancías sin la documentación legal o infringiendo los requisitos esenciales exigidos por normas aduaneras o por disposiciones especiales... “.--IV. IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS PRESUNTAMENTE RESPONSABLES ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------De acuerdo a la R.D. 01-016-07 de 26-11-07 que establece los requisitos, formalidades y procedimientos para el desarrollo de operaciones de rcacondicionamiento y recepción de vehículos, así como las formalidades para su venta y salida desde zonas francas industriales, en su título cuarto (Inspección de vehículos) punto 1. Inspección previa de los vehículos por el concesionario a fin de determinar sus características; indica “...El concesionario emite el parte de recepción individualizado por cada vehículo, elabora el “Formulario de Inventario de Accesorios” e identifica y consigna manualmente las características de los vehículos en el “Formulario de Inspección Previa-Detalle de Ingreso (F-187)... Por cada uno de los vehículos recepcíonados elabora El Formulario de Inspección Previa-Detalle de Ingreso (F-187). El subrayado es propio...” y punto 5 del mismo título indica “... Registro de datos en el sistema informático de la Aduana Nacional... 5.4 El concesionario entrega al usuario a) Formulario de Inspección Previa-Detalle de Ingreso (F-187), un ejemplar...Cumplido lo anterior, el usuario dueño del vehículo puede contratar los servicios de un usuario taller para el reacondicionamiento del vehículo o realizar la cesión o transferencia entre usuarios o venta a terceros del vehículo...”. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------El D.S. Nº 27944 de 20/12/2014 que reglamenta el Régimen Especial de Zonas Francas Comerciales e Industriales en su artículo 21° (Responsabilidad del Concesionario y Usuario) indica “,..II. El concesionario y los usuarios son responsables ante la Administración Aduanera y otras autoridades competentes, del cumplimiento de las normas y procedimientos que regulan el Régimen Especial de Zonas Francas, el Artículo 22° (Obligaciones de los concesionarios) de dicha norma indica “Corresponde a los concesionarios el cumplimiento de las obligaciones que a continuación se indican: b)Asumir funciones de control de operaciones de ingreso, permanencia y todas las operaciones de los usuarios definidas en los Artículos 43, 44 y 45 de este Decreto Supremo y salida de mercancías de las zona franca, del ingreso y salida de vehículos y de personas, así como implementar los documentos de control que sean necesarios al efecto... f) Asumir la responsabilidad de la custodia y conservación de las mercancías recibidas en almacenes generales, así como ser responsable ante el Estado por las obligaciones de pago en Aduana de las mercancías sustraídas, sustituidas, perdidas o averiadas durante su permanencia en zona franca, salvo lo dispuesto en el Artículo 63 del Código Tributario...” y el artículo 33 (Obligación de los usuarios) del mismo cuerpo legal indica c) Asumir la responsabilidad por la custodia y conservación de las mercancías que se encuentren en sus almacenes y/o establecimientos industriales...”.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Por lo expresado anteriormente y al no identificarse físicamente el vehículo mencionado en el punto III. de la presente Acta de Intervención, tanto el concesionario como el usuario dueño del vehículo tienen responsabilidad en la presunción de la comisión de la contravención por contrabando de acuerdo al siguiente detalle: ---------------------------------------------------------------

Personas SindicadasNIT Persona Jurídica / Natural Dirección Situación Jurídica

7113710011 *Mercedes Claudia Mamani Limachi Patacamaya, Zona Nueva Esperanza Av. Panamericana Nº 52 Bella Vista La Paz SindicadoNIT Persona Jurídica / Natural Dirección Representante Legal Cédula de Identidad Situación Jurídica

1005057029 Zona Franca Comercial e Industrial Patacamaya

Calle Prolongación Montenegro Nº 1650 San Miguel- Zona Sur

Jorge Luis Cisneros Figueroa 2213135 Sindicado

*Usuario de Zona Franca Comercial e Industrial Patacamaya; Importador del vehículo observado ------------------------------------------------------------------------------------------------------------V. DESCRIPCIÓN DE LOS MEDIOS DE PRUEBA ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

FOJAS DOCUMENTO NÚMERO FECHA TIPO DOC. DESCRIPCIÓN22-25 Carta AN-GNFGC-DIAFC/367/13 10/09/2013 Reporte Impreso Control No Habitual14-21 Memorándums AN-GNFGC-DIAFC-74/13

AN-GNFGC-DIAFC-75/13AN-GNFGC-DIAFC-76/13AN-GNFGC-DIAFC-77/13AN-GNFGC-DIAFC-78/13AN-GNFGC-DIAFC-79/13AN-GNFGC-DIAFC-90/13AN-GNFGC-DIAFC-91/13

16/09/201316/09/201316/09/201316/09/201316/09/201316/09/201315/10/201315/10/2013

(Fotocopia legalizada)

Instrucción para la realización de control en aplicación del artículo 100º de la Ley Nº 2492.

7- 13 Informe AN-GNFGC-DIAFC-140/13 18/10/2013 (Fotocopia legalizada).6 Formularios 187 Reporte Impreso CHASIS

JKAEXMF117DA395445 Manifiesto de llegada 234/2011/312894 11/08/2011 Repone Impreso

2-4 Carta RespuestaGerencia Nacionalde Normas

AN-GNN DVANC-CI-No. 342/2013 14/11/2013 (Fotocopialegalizada)

i Planilla de Liquidación “Calculo del tributo Omitido y Deuda Tributaria”

S/N Reporte Impreso Cuadro Demostrativo Deuda Tributaria Actualizada al 15/11/2013

VI. DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÍA OBJETO DE CONTRABANDO Y/O DECOMISADA ----------------------------------------------------------------------------------------------------Tratándose de una presunta comisión del ilícito de contrabando contravencional no existen mercancías o instrumentos decomisados, sin embrago el vehículo observado se describe en el siguiente cuadro: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Información extraída del Formulario de Inspección Previa Nº 187 ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

USUARIO Chasis COLOR CLASE MARCA TIPO AÑO FAB. CILINDRADAMercedes Claudia Mamani Limachi JKAEXMF117DA39544 AZUL MOTOCICLETA KAWASAKI EX250F 2007 250

VII. VALORACIÓN PRELIMINAR DE LA MERCANCÍA Y LIQUIDACIÓN PREVIA DE TRIBUTOS -------------------------------------------------------------------------------------------Se establecen indicios de la comisión de Contravención Tributaria por Contrabando por un valor CIF de $us. 2.155,33 (Dos mil ciento cincuenta y cinco 33/100 dólares americanos) y Tributos Omitidos que ascienden a Bs 4.959,00 (Cuatro mil novecientos cincuenta y nueve 00/100 Bolivianos) equivalente a UFV 2.636,18 (Dos mil seiscientos treinta y seis 18/100 Unidades de Fomento de la Vivienda), asimismo se calcula una Deuda Tributaria de Bs22.803,00 (Veintidos mil ochocientos tres 00/100 bolivianos) equivalente a UFV 12.121,97 (Doce mil ciento veinte uno 97/100 Unidades de Fomento de la Vivienda) misma que deberá ser actualizada a la fecha del pago de acuerdo al siguiente cuadro: -------------------------------------------

CONSIGNATARIO Chasis VALOR FOB $us. VALOR CIF $us. TOTAL TRIBUTOS OMITIDOS Bs.

TOTAL TRIBUTOS OMITIDOS UFV´s

Mercedes Claudia Mamani Limachi JKAEXMF117DA39 2.014.33 2.155,33 4.950.00 2.636,18

El tipo de cambio Bs/UFV al 15/11/2013 es de 1,88113 (Banco Central de Bolivia). --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------VIII. CALIFICACIÓN DE LA PRESUNTA COMISIÓN DE CONTRABANDO CONTRAVENC1ÓNAL -------------------------------------------------------------------------------------------De la relación de los hechos descritos precedentemente se presume que los sindicados han incurrido en la comisión de contravención tributaria por contrabando de acuerdo a lo establecido en el numeral 4 del artículo 160° “Contrabando cuando se refiera al último párrafo del artículo181, y el artículo 181 inciso b) del Código Tributario Boliviano, modificado en su importe conforme la disposición adicional Décimo Sexta de la Ley 317 de 11/12/2012, que modifica el monto de los numerales I, III, IV del artículo 181 de la Ley N° 2492 de 05/08/2013 Código Tributario Boliviano de UFVs 50.000 (Cincuenta mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda) a UFVs 200.000.- (Doscientos mil 00/1000 Unidades de Fomento a la Vivienda). ---------IX. OTROS ANTECEDENTES --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------No cursan otros antecedentes. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------X. PRESENTACIÓN DE DESCARGOS ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Practicada la notificación con el Acta de Intervención por Contravención Tributaria por Contrabando, según lo establece el artículo 98º parágrafo II del Código Tributario Boliviano Ley 2492, los sindicados presentarán sus descargos en un plazo perentorio e improrrogable de tres (3) días hábiles administrativos. --------------------------------------------------------------------------Firman y sellan: Douglas A. Calizaya Gutiérrez – INVESTIGADOR, DPTO.INTELIGENCIA ADUANERA, GERENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION, ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA; Franz Pedro Rozich Bravo - JEFE DPTO.INTELIGENCIA ADUANERA, GERENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION, ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA; Ximena Cintya Mendoza Gorriti – TECNICO INVESTIGADOR, DPTO.INTELIGENCIA ADUANERA, GERENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION, ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA.Notificación que se practica al amparo de:--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DECRETO DE NOTIFICACIÓN POR EDICTO-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------En merito a la representación efectuada por el Sr. Marcos Quiroga Quispe – Técnico Aduanero 2 de la Gerencia Regional La Paz , quien establece que la Sra. Mercedes Claudia Mamani Limachi, fue buscada en su domicilio principal para su notificación, quien no pudo ser habida siendo imposible practicar la notificación personal o por cedula, corresponde que en aplicación del Art. 86 del Código Tributario se proceda a la notificación mediante edictos con ACTA DE INTERVENCION CONTRAVENCIONAL AN-GNFGC-C No. 043/2013 de fecha 20 de noviembre de 2013.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------El Alto - La Paz, 13 de mayo de 2014.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y sella: Maria Roxana Llano Navarro- GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. Aduana Nacional de Bolivia.-------------------------------------------------------------------------------------------

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viernes 25 de julio de 2014 3EDITORIAL

Los 5 fenómenos más peligrosos al 2050

Discusiones sobre qué nos aguarda en el futuro aparecen a menudo en los me-

dios de comunicación. Existen varias versio-nes sobre cuál de los fenómenos más discu-tidos resultará en la peor amenaza para el futuro de la humanidad. El portal ‘Business Insider’ ha publicado un video que resume los mayores peligros de cara al año 2050.

1. El exilio.- La mayor amenaza de cara a los próximos 36 años será el exilio. Debido a cambios del medio ambiente 600 millo-nes de personas podrían verse obligadas a dejar sus lugares de residencia.

2. Incremento del nivel del mar. El por-tal destaca que desde la segunda mitad del siglo XIX la posibilidad de mareas en Man-hattan ha crecido en un 20%. Este fenóme-no podría ocurrir cada 4 ó 5 años.

3. El hambre. Debido a los cambios cli-máticos, la producción de los cultivos cae-rá en comparación con el nivel que había a inicios de la década de 2000. Más de 20 millones de niños en Asia, África y América Latina podrían morir por el hambre.

4. Propagación de enfermedades. El cam-bio climático, precipitaciones y la creciente humedad llevarían a que los insectos porta-dores de enfermedades se movieran a nue-vos lugares. En combinación con veranos más largos y el aumento de viajes interna-cionales podrían causar nuevas pandemias.

5. La guerra. Las nuevas tecnologías elec-trónicas podrían dar un empuje al desarro-llo de las guerras cibernéticas. Esto puede armar desproporcionalmente a países a los que se considera ‘débiles’. El desajuste del armamento puede causar una guerra nu-clear regional.

RESPONSABILIDAD

La lucha antidrogas en Bolivia

El presidente Evo Morales destacó ayer los resultados logrados por Bo-livia en la lucha antidrogas los últimos años con la interdicción de cargamentos de droga y de productos químicos destinados a la fabri-cación de cocaína, además de la detención de traficantes.

Al participar en los actos de celebración del aniversario de la Fuer-za Especial de Lucha contra el Narcotráfico (Felcn), el Jefe de Estado resaltó que a esos logros se suma la disminución consensuada con los productores de los cultivos excedentarios de coca, a fin de que no sean desviados a las fábricas de cocaína.

Igualmente Bolivia ha encarado programas de prevención y de educación para evitar el consumo de drogas.

Morales ha convocado en forma reiterada a las naciones consumidoras de drogas a asumir su responsabilidad para enfrentar el problema del narcotráfico y no cargar esa obligación exclusivamente sobre las espaldas de los países afec-tados por la producción.

Para el economista más bisoño está claro que si se redujera la demanda de drogas, no habría producción de estupefacientes, por lo que se hace imperioso que Estados Unidos y otras naciones tomen cartas en el asunto y lleven adelante en sus territorios programas que eviten el elevado consumo de estos productos.

El Presidente ha destacado que los mayores resultados conseguidos por Boli-via los últimos años se produjeron sin la ayuda de Estados Unidos o de sus orga-nismos operativos como la Dirección Anti Drogas (DEA).

El Gobierno declaró en octubre de 2008 persona no grata al entonces embaja-dor de Estados Unidos, Phillip Goldberg, una vez que los organismos de seguri-dad del Estado establecieron que apoyaba movimientos conspirativos contra la democracia y para derrocar al presidente Evo Morales.

Poco tiempo después también se dispuso la salida de los agentes de la DEA que durante los gobiernos neoliberales (1985-2005) operaban como dueños y se-ñores del territorio nacional, al punto que ejercían mando hasta sobre autorida-des policiales y militares.

El Jefe de Estado subrayó que Bolivia ha demostrado que puede llevar ade-lante las tareas antidrogas mejor que cuando estaban la DEA y Estados Unidos, que, con sus acciones impositivas, de autoritarismo y de violación de la sobera-nía nacional, no contribuyeron al trabajo como correspondía contra un delito de alcance internacional.

De enero a julio de este año, la Felcn decomisó más de 81 toneladas de co-caína y marihuana, destruyó 41 laboratorios de cristalización y detuvo a 1.931 personas entre bolivianos y extranjeros.

TINTA CHINA

SOCIEDAD

Rebelion

ALEXANDER KLEIN/AFP

PRIMERA SESIÓN

CONSEJO DE LA JUVENTUD

Con la participación de representantes de las organizaciones socia-les se llevó a cabo ayer la Primera Sesión del Consejo Plurinacional

de la Juventud, organizada por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de la Presidencia, con el fin de debatir la conformación del mismo y discutir planes, programas y proyectos en beneficio de este sector de la sociedad boliviana.

“Estar reunidos aquí con las organizaciones representativas de la juventud a nivel nacional para conformar este Consejo Plurinacional de la Juventud es de suma importancia porque con ideas y debates se construyen políticas, programas y proyectos en beneficio de este sec-tor”, señaló la ministra de Justicia, Sandra Gutiérrez.

La autoridad resaltó la elaboración de la Ley N° 342 de la Juventud que fue consensuada con todos los sectores representativos del país con el objetivo de que la juventud haga uso de sus derechos, conforme lo establece la Constitución Política del Estado.

“Ustedes son las futuras autoridades de nuestro país, estos espacios sirven para debatir y demostrar que la gente joven tiene muchas ideas para crear políticas a favor de su sector y de la población boliviana y gracias a ustedes tenemos esta ley que ha costado construirla”, señaló.

En el evento participaron representantes Organizaciones de la ju-ventud, indica un reporte de prensa del Ministerio de Justicia.

La Paz - [email protected]

Periódico del Estado Plurinacional de BoliviaFundado el 22 de enero de 2009Depósito legal 4-3-8-09 P.O.Calle Potosí esquina Ayacucho NO 1220Zona central, La PazTelfs.: 2902597 - 2902266 - 2902299 - 2902587

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DISTRIBUCIÓN EN LA PAZ Y EL ALTOMiguel Herrera Calle

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viernes 25 de julio de 2014CIUDADES4

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y A la salida del Parque Urbano Central de La Paz se vio rostros de satisfacción de los compradores. “Es una maravilla”. “Se en-

cuentran productos frescos de primera necesidad”. “Es barato y no nos engañan”. “Deberían hacer con más frecuencia”, son algunas de las frases que sinte-tizan el éxito de la primera ‘Fe-ria del precio y peso justo’ en la ciudad de La Paz, organizada por el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.

Desde temprano, el Parque Urbano Central se vio abarro-tado de amas de casas y pobla-ción en general, que afanosos adquirieron verduras, papa, frutas, carne, arroz, azúcar, pescado, huevos, variedad de cereales y otros.

“Trajimos 900 kilos y has-ta las 08.30 ya no había, es-tamos trayendo otros 300 ki-los”, afirmó la directora del programa Pesca y Agricultura (PACU) del Ministerio de De-sarrollo Rural, Carmen Mo-nasterio, mientras un grupo de personas hacía fila para comprar el producto. El kilo

de trucha sin víscera se ven-dió a Bs 25 y con vísceras a 20.

El puesto de venta de car-ne de res (chuleta, bistec, hue-so rojo, costilla, pecho, carne molida cadera y filete) también tuvo mucha demanda. “Hemos traído 600 kilos de carne cru-ceña. Estamos vendiendo Bs 4 y 7 menos que en el mercado. Por ejemplo, el kilo de cadera

está a 40 Bs”, afirmó Omayra Gutiérrez, analista de precios y abastecimiento de mercados del Observatorio Agroambien-tal y Productivo del Ministerio de Desarrollo Rural.

Señaló que a media maña-na algunas hortalizas como la zanahoria, tomate y otras traí-das por los productores de Pal-ca se acabaron. La arroba de

ese producto se expendió a Bs 25. El precio de la papa oscila-ba entre Bs 28 y 40, según la variedad y el tamaño; 25 uni-dades de cebolla Bs 20; 25 uni-dades de mandarina entre Bs 10 y 15; los huevos estaban en-tre Bs 0,66 y 0,80. El kilo de po-llo a Bs 13 y la bolsa de azúcar de 5 kilos a Bs 22.5. La arroba de arroz a Bs 61.

SUCRE/ CAMBIO

Y El primer trayecto de la travesía fue Sucre-Yotala. Luego se dirigirá a los municipios de Potosí, Santa Cruz, Cochabamba, Oruro, Cobija, Beni y El Alto de La Paz. La Caravana por la Transpa-

rencia emprendió viaje ayer a 33 municipios de nueve depar-tamentos de Bolivia, con el pro-pósito de fomentar una cultura de ética e integridad y elevar la sanción social y el rechazo indi-vidual a la corrupción en el país.

Esta actividad “está ligada directamente con la población para escuchar sus demandas, pero también llevar la Ley 341 Marcelo Quiroga Santa Cruz

II Caravana de la Transparencia parte de Sucre

para que la población conoz-ca y se socialice nuestra polí-tica de transparencia y lucha contra la corrupción”, señaló la viceministra de Prevención, Promoción de Ética y Transpa-

rencia, Gabriela Veizaga, que recordó que esa travesía es por segundo año.

La autoridad explicó que tie-ne el propósito de acercar el Es-tado a la sociedad civil, a través

El puesto de carne fue uno de los más concurridos. La gente se volcó al PUC desde temprano.

La clientela destacó la variedad y calidad de los productos.

Feria de la Caravana de la Transparencia en un municipio.

RECORRIDO ó El primer punto de parada fue Yotala, de donde pasará a Potosí.

‘Feria del precio y peso justo’ en La Paz supera expectativaDEMANDA ó La Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos (Emapa) lideró la venta de los productos, que en algunos casos se agotaron a las 09.00.

de los servidores públicos, que con medios alternativos de co-municación socializarán las normas sobre la temática.

En el itinerario por los 33 municipios se realizarán ferias, juegos lúdicos, concursos y se presentará una obra de teatro cuya temática fortalece la im-portancia de impulsar en los gobiernos municipales los prin-cipios ancestrales del ama sua, ama llulla y ama qhella.

“Esta trilogía propuesta al mundo por el presidente del Es-tado Plurinacional de Bolivia, Evo Morales, es un principio que sintetiza de manera extraordi-naria la ética y la reivindicación de valores que todos y todas de-bemos practicar”, destacó la vi-ceministra Veizaga.

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En el mes aniversario de La Paz, Cambio entrega a sus lectores los 107 artículos, cuatro disposiciones transitorias y una disposición final del Estatuto Autonómico Departa-mental de La Paz.

Artículo 28. Relación entre los órganos del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz. La rela-ción entre los órganos del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz se fundamentan en la indepen-dencia, separación, coordinación y cooperación mutua.

Artículo 28. Asamblea Legislati-va Departamental de La Paz

I. La Asamblea Legislativa Depar-tamental de La Paz representa a las y los habitantes del departa-mento y es el órgano del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz con facultades deliberativa, legislativa y fiscalizadora.

II. La o el asambleísta departa-mental cumple una función pú-blica, cuyo mandato emana de la voluntad popular.

III. La o el asambleísta departa-mental no podrá beneficiar a un sector particular de la población, a través de dádivas, aportes, donati-vos u otros que distorsionen su rol.

IV. La organización y funciones de la Asamblea Legislativa Departa-mental de La Paz será regulada por su reglamento.

Artículo 30. Requisitos. Para ser asambleísta se debe cumplir con las condiciones de acceso al servicio público y los requisitos previstos en los artículos 234 y 287 de la Constitu-ción Política del Estado; y no incurrir en las prohibiciones y causales.

Estatuto Autonómico Departamental de La Paz

MEJORAN ASFALTO COROICO-YOLOSITA La Gobernación de La Paz y el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, a través de su brazo operativo, como es el Fondo Nacional de Desarrollo Alter-nativo (Fonadal), firmarán este viernes el convenio de ejecu-ción del proyecto Mejoramien-to de la Carretera Coroico-Yolo-sita-Coroico (Tramo I). Según una nota de prensa ins-titucional, el proyecto deman-dará una inversión de Bs 20 millones, apunta a mejorar las condiciones de transitabilidad del tráfico vehicular en ese im-portante tramo carretero. El proyecto comprende el me-joramiento de la capa asfáltica en una longitud de 4,5 km en su primer tramo, que benefi-ciará a 3.800 familias de Coroi-co, Coripata y otros que transi-tan por la vía.

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TIERRASSviernes 25 de julio de 2014

5

Ñuflo de Chaves: Miel de los toma tierrasCIFRASó El 40% de los avasallamientos se suscitan en esa provincia.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

De acuerdo con los registros de la Asociación de Predios Produc-tivos Avasallados (Asppa), casi el 40 por ciento de las propiedades que fueron tomadas ilegalmen-te se encuentran en la provincia Ñuflo de Chaves.

Según los datos la Chiquita-nia sería la más afectada, son cerca de 65 procesos de avasa-llamientos que se encuentran en estratos judiciales los que re-gistró Asppa.

Son alrededor de 21.790 las hectáreas (ha) afectadas por ese delito, solamente en la provin-cia mencionada.

“Lo que pasa es que Ñuflo de Chaves tiene la característica de tener muy poca población y los terrenos son más extensos. Por ello son muy apetecidas por la gente”, explicó Jorge Zam-brana, presidente de la Asppa del sector rural, en comunica-ción con Cambio.

No obstante, otra de las pro-vincias más perjudicadas con la toma de tierras resulta ser An-drés Ibáñez, que registra el 17 por ciento de procesos de ava-sallamientos desarrollados en

Una de las propiedades de la Chiquitania avasalladas.

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ella; a la que le sigue Obispo Santiesteban con 16 por ciento y Chiquitos con 10 por ciento.

CARACTERÍSTICAS DE LOS PREDIOS Aunque, estas provincias po-

seen los registros más alarman-tes, sin duda, gran parte de las propiedades pueden ser aptas para convertirse en víctimas de los avasalladores.

“Como Asppa, evidencia-mos que los predios que se encuentran mejor ubicadas, es decir, sobre las carreteras, accesibles son las más vulne-rables para la toma ilegal, así que uno debe estar alerta”, ma-nifestó Zambrana.

Del mismo modo, el Presi-dente de Asppa del sector rural señaló que son los terrenos en mejor estado, cuidados por los dueños y trabajadas son presa fácil de ser avasalladas.

“Vimos que los avasalladores huyen del trabajo, difícilmente se fijan en los terrenos que son montes y que requieren un tra-bajo grande, porque en realidad a ellos no les interesa producir la tierra, lo que buscan es ven-derla, son traficantes de tierra”, apuntó el entrevistado.

COMUNICADODIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR TÉCNICA,

TECNOLÓGICA, LINGÜÍSTICA Y ARTÍSTICA

El Ministerio de Educación del Estado Plurinacional de Bolivia informa a la población en general que, de acuerdo a las Directrices para la Gestión Institucional – Acadé-mica 2014, aprobadas con Resolución Ministerial No. 01/2014 y Resolución Ministe-rial No. 133/2014, las INSCRIPCIONES para cursar carreras técnicas en los Institutos Técnicos y Tecnológicos de carácter fiscal, fiscal de convenio y privado, correspon-dientes al segundo semestre de la presente gestión deben realizarse del 21 al 25 de julio del año en curso, impostergablemente.

Para tal efecto, los institutos Técnicos y Tecnológicos de carácter privado tienen la OBLIGACIÓN de presentar al interesado/a y/o apoderado/a, antes de realizar la ins-cripción, la Resolución Ministerial vigente que autorice su legal funcionamiento (tanto sedes centrales como subsedes), en la que deberá estar consignada la carrera y el nivel (técnico superior o técnico medio) que estén ofertando, a fin de asegurar la obtención del Título Profesional correspondiente, pudiendo contrastar la informa-ción proporcionada por el instituto en las respectivas Direcciones Departamentales de Educación.

Además deberán tener cuidado en inscribirse directamente en el instituto de su pre-ferencia, sin la intervención de terceros, ya que gente inescrupulosa oferta supues-tas becas en institutos, sin que éstos tengan conocimiento de aquello.

La Paz, julio 2014

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viernes 25 de julio de 2014REGIONES6

llo para Erradicar la Extrema Pobreza que el Gobierno ha iniciado desde noviembre del año pasado en siete comunida-des del parque.

“Hemos comprometido también la construcción de viviendas y la instalación de agua potable. Para eso, los próximos días, una empresa a cargo del señor Ricardo Bo-tega se hará presente en siete comunidades del Alto Sécu-re, desde la Asunta, Oromo-

El ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana, en la reunión con dirigentes de Oromomo y Uswe.

El Tipnis tendrá una avioneta

Estudio preliminar descarta contaminación del Pilcomayo

La autoridad gubernamental aseguró que las comunidades no consumen agua del río Pil-comayo, según verificó la Auto-ridad de Fiscalización y Control de Agua Potable y Saneamiento Básico (AAPS).

El 4 de julio, el dique de co-las, en cuyo interior se encon-traban restos de plata y estaños de la Silver&Tin, sufrió un sifo-namiento en la comunidad po-tosina Canutillos, en el munici-pio Tacopampa, lo que alarmó a las autoridades y a la pobla-ción por la posible contamina-ción del río internacional.

INFORME ó El Ministro de Medio Ambiente explicó que los residuos mineros se secaron en el camino y no llegaron al río.

El Ministro explicó que el dique de colas de la empresa minera estaba en malas condi-ciones, lo que provocó un sifo-namiento y una fuga de aproxi-madamente 3.360 mil metros cúbicos de lamas.

En las próximas horas pre-sentará un informe la comisión interinstitucional, conforma-da por personeros de los mi-nisterios de Medio Ambiente y Agua, de Minería, las goberna-ciones de Potosí y Chuquisaca, además de la Corporación Mi-nera de Bolivia (Comibol), que se desplazó a esa zona.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y Para contaminar el río, los residuos tendrían que haber avanzado 100 kilómetros.

Y La comisión interinstitucional presentará un informe final en las siguientes horas. El ministro de Medio Am-

biente y Agua, José Antonio Zamora, a partir de resultados preliminares, descartó que los desechos mineros de la empre-sa Silver&Tin hayan llegado al río Pilcomayo y lo hayan conta-minado, como se denunció.

“Según los reportes, se presu-me que los residuos avanzaron aproximadamente 13 kilóme-tros, pasando por 20 meandros (curva descrita por el curso de un río), por lo que el 70% de los residuos se fue secando en el trayecto”, afirmó la autoridad.

Para contaminar el Pilcoma-yo, los residuos deberían haber recorrido aproximadamente 100 kilómetros, lo que no ocu-rrió, sostuvo Zamora.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y La avioneta proviene de la incautación al narcotráfico.

Y Será operada por pilotos de la Fuerza Aérea Boliviana, a la que se debe llamar para pedir ayuda. El Gobierno dotará una

avioneta a las comunidades del Territorio Indígena y Par-que Nacional Isiboro Sécure (Tipnis) para casos de emer-gencia por desastres natu-rales u otras contingencias médicas, anunció ayer el mi-nistro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana.

La aeronave estará a “dispo-sición para sacar a los enfer-mos, a los picados por víbora y a las mujeres en situación de riesgo”, afirmó la autoridad gubernamental en la reunión con líderes indígenas en la co-munidad Oromomo.

La avioneta proviene de una incautación al narcotráfi-co y será de uso exclusivo en el Tipnis.

“Entonces, si hay una emer-gencia en Oromomo, Uswe, Areruta, San Juan, sólo tienen que llamar por teléfono a la Fuerza Aérea y la avioneta va a venir de inmediato para efec-tuar el transporte”, sostuvo.

La ayuda se inscribe en el marco de el Plan de Desarro-

mo, Uswe, Areruta, San Juan y otras para la perforación de pozos y dotar agua potable”, señaló Quintana.

En Oromomo y Uswe, la au-toridad inspeccionó la electri-ficación mediante 35 sistemas de paneles solares.

Oromomo es una pequeña comunidad del Tipnis, en el suroeste de Beni. El único me-dio de transporte para salir de allí a Trinidad, en tres días, es el río Alto Sécure.

ASISTENCIA ó El Ministro de la Presidencia anunció en Oromomo que la aeronave será para uso exclusivo de los habitantes del parque en casos emergencia.

El ministro José Antonio Zamora.

Gobierno impulsa Plan Patujú en Beni

Heridos en Uyuni por lío de terminal

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana, inaugu-ró ayer talleres de carpintería y metalmecánica en ambientes de la Sexta División del Ejérci-to de Trinidad como parte de los proyectos productivos financia-dos con recursos del Plan Patu-jú, que tiene un presupuesto de 476 millones de dólares.

“Estamos inaugurando dos proyectos que se agregan al Plan Patujú que el presidente Evo Morales ha impulsado para recuperar la actividad económi-ca de Beni después de las inun-daciones”, expresó.

El Ministro agradeció el apo-yo del BancoSol, cuyo gerente general, Kurt Koenigsfest, estu-vo presente en la inauguración de los talleres, así como el presi-dente de los empresarios priva-dos de Bolivia, Daniel Sánchez.

En la cárcel de Mujeres de Trinidad, el ministro Quintana entregó equipos e insumos para la instalación de una panadería, además de domos en el barrio Villa Marín.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

A los 10 días del paro cívico, gru-pos de habitantes de Uyuni, uno que bloquea la ciudad en recha-zo a la terminal turística y otro que se siente afectado por la me-dida de presión, se enfrentaron ayer violentamente utilizando palos, piedras y otros objetos. Las peleas ocasionaron varias personas heridas, según radio El Salar de la red Erbol.

Los choques comenzaron a media mañana, cuando un gru-po de vecinos de la zona Campe-ro trató de desbloquear la feria semanal que se realiza los jue-ves en la avenida Potosí, la cual estaba cerrada con alambres.

Se denunció que una mujer fue arrastrada de los cabellos.

En la zona Los Andes se pro-dujeron los mayores enfrenta-mientos con golpes de puño, armas improvisadas y palos, lo que derivó en personas con contusiones, ensangrentadas y lesionadas.

Según los reportes de pren-sa, el alcalde Froilán Condori no responde los llamados a su teléfono personal.

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35 paneles solares

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instala el Gobierno en dos comunidades del Tipnis en el marco del plan de erra-dicación de la pobreza.

visitó ayer el ministro Juan Ramón Quintana. En esos lugares, inspeccionó el avance de proyectos.

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viernes 25 de julio de 2014 SOCIEDAD 7

producción nacional y que ac-tualmente representa el 0,7 por ciento del Producto Inter-no Bruto. El año 2008 tuvo una producción récord de $us 137 millones, luego bajó a 69 mi-llones para caer a $us 25 millo-nes en 2013. “En mayo de este año, la producción textil llegó a $us 24 millones y hasta fin de año podemos llegar a $us 100 millones”, estimó.

En ese contexto, el Segun-do Mandatario destacó la esta-bilidad y el crecimiento soste-nido de la economía nacional, ya que la gente de clase media compra más alimentos, ropa y ahorra más.

Mencionó que ahora el 60 por ciento de los crédi-tos bancarios está asignado a los sectores productivos y la construcción. Los pequeños

El vicepresidente Álvaro García Linera en la inauguración de la Primera Feria Internacional Expotextil.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y El Segundo Mandatario destacó la estabilidad y el crecimiento sostenido de la economía nacional.

Y El 60% de los créditos de la banca está asignado a la producción y construcción.El Estado, los pequeños y

medianos manufactureros deben construir una alianza para que el sector textil se for-talezca en el mercado nacional e incursione en las exportacio-nes con productos de mejor ca-lidad y mayor cantidad, pro-puso ayer el vicepresidente de Bolivia, Álvaro García Linera.

“Los microempresarios de-ben cultivar su capacidad aso-ciativa para homogeneizar sus manufacturas, mejorar la calidad y aumentar la canti-dad, fortalecerse en el merca-do interno e incursionar en la exportación. El Estado apo-yará en la apertura de peque-ños mercados en el exterior”, dijo ayer en la Primera Feria Internacional Expotextil, que se realiza en la Fexpocruz de Santa Cruz de la Sierra.

COMPORTAMIENTOEl dignatario hizo un re-

cuento del sector textil en la

textileros deben tomar la ini-ciativa para mejorar la cali-dad, los diseños y aumentar la cantidad de sus productos para competir en el exterior. Allí demandan miles y mi-les de productos por medio de contratos bien estableci-dos. Sólo así, por medio de la asociación, el textil boliviano competirá en la exportación, manifestó el vicepresidente.

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SE CONVOCA AL IX CONGRESO AYMARAEl Ministerio de Educación, a través de la Unidad de Políticas Intracul-turales Interculturales Plurilingües (UPIIP) y organizaciones sociales ma-trices del país, convoca al IX Congre-so Internacional de Lengua y Cultura Aymara, que se realizará del 27 al 29 de noviembre en La Paz.El encuentro será un espacio de debate, reflexión y análisis para proponer soluciones a los proble-mas lingüísticos y culturales de los pueblos aymaras, informó el jefe de la UPIIP, Wálter Gutiérrez.“Se convoca a este congreso con el propósito de desarrollar la lengua y la cultura aymara desde el Estado Plurinacional de Bolivia”, manifestó.

FSTMB PIDE SANCIÓN A EMPRESA MINERAEl secretario ejecutivo de la Federa-ción Sindical de Trabajadores Mine-ros de Bolivia (FSTMB), Miguel Pérez, pidió ayer al Gobierno que sancione a las empresas que no cumplan con las normas de seguridad y protec-ción medioambiental, como ocurrió con la ruptura de un dique de cola de la mina Santiago Apóstol, en Potosí, que habría contaminado las aguas del río Pilcomayo. “No se tiene un control de la ex-plotación minera y más específica-mente en el caso de la contamina-ción de una empresa minera en el departamento de Potosí que llega a contaminar a Tarija y Sucre”, dijo el entrevistado. (ABI/Tarija).

SENAMHI: FRENTE FRÍO LLEGA A TARIJA

El director regional del Servi-cio Nacional de Meteorología e Hidrología (Senamhi), Víctor Carrillo, informó ayer acerca del ingreso de un frente frío, este fin de semana, con las temperatu-ras más bajas del año, a Tarija. “Este frente frío fue apoyado por una ola de aire de origen polar. Esto ha provocado que tengamos nevadas en las costas mayores a 2 mil metros sobre el nivel del mar”, explicó. Carrillo adelantó que el frente frío que ingresó el jueves a Tarija se prolongará hasta finales de la próxima semana. (ABI/Tarija)

CEUB: BS 30 MIL PARA FORMAR UN PROFESIONALSAMUEL, ACUSADO DE BOICOT POLÍTICOLas 11 universidades estatales y las cuatro de régimen especial del sistema universitario boliviano erogan cerca de 30.000 bolivianos en cinco años para formar a un profesional titulado, informó ayer el secretario ejecutivo nacional del Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana (CEUB), Eduardo Cortez Baldiviezo.

“Según datos oficiales, en pro-medio, las universidades estatales erogan 5.000 bolivianos al año en los estudios de un universitario. En cinco años, hasta su graduación, se invierten 30.000 bolivianos en un desempeño regular de las activida-des académicas”, precisó.

Al presente, prosiguió Cortez, en el sistema universitario se pro-fesionalizan 500 mil estudiantes con el trabajo académico de 15.000 docentes y el apoyo de 8.000 fun-cionarios administrativos. La uni-

versidad boliviana funciona con un presupuesto global de 3.200 millo-nes de bolivianos por año.

“Las fuentes de estos recursos son: 1.200 millones de bolivianos provienen de la coparticipación tributaria, 1.000 millones del Im-puesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) y 1.000 millones de bolivianos subvención del Tesoro General del Estado”, precisó.

Manifestó que los estudios académicos son regulares. El 90 por ciento de los bachilleres opta por la universidad estatal. Con el incremento del presupuesto, los laboratorios, infraestructura y equi-pamiento son similares a los de las universidades del exterior.

Anualmente, todo el sistema uni-versitario boliviano gradúa 30 mil nuevos profesionales con calidad y eficiencia académica para el merca-do laboral nacional.

Muy molesto, el gobernador del departamento de La Paz (foto), César Cocarico, declaró ayer “per-sona no grata” a Samuel Doria Medina, candidato de Unidad Demócrata (UD), acusándole de boicotear por intereses políticos la construcción del Ingenio Azu-carero de San Buenaventura.

“La Sociedad Boliviana de Ce-mento (Soboce), cuyo propietario es Samuel Doria Medina, redu-jo de 1.200 a 800 bolsas la entre-ga de cemento a la constructora China Camce Unión Engineering, vulnerando un contrato suscrito entre ambas empresas”, funda-mentó la autoridad.

PRODUCCIÓN DE CEMENTOEl Gobernador paceño informó que a fines del año 2013, la pro-ducción de cemento en Soboce

ascendía a 47 mil bolsas diarias, cifra que se incrementó a 50 mil bolsas en este año.

“De esta cantidad, esta empre-sa puede destinar 1.200 bolsas a San Buenaventura. Ningún argu-mento de caída de la producción tiene justificación”, manifestó in-dignado el Gobernador.

Vicepresidente pide alianza para fortalecer sector textilPRODUCCIÓN ó Los pequeños empresarios deben homogeneizar la calidad de sus manufacturas y el Estado abrirles mercados externos, dijo ayer Álvaro García Linera.

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viernes 25 de julio de 2014CULTURAS8

Identidad Boliviana. Nación mestizaje y plurinacionalidad muestra parte de la formación de la nación boliviana y las características de la indianización, además de la perspectiva de la identidad racional y alteridad de la misma, contrapuesta con el mestizaje y parte de la hegemonía histórica de la nación como tal.

Las vías de la emancipación trata sobre una aceptación irreductible del liderazgo indígena y del liderazgo de Evo Morales que abrió las puertas para la búsqueda del acompañamiento en el Gobierno del Vicepresidente mestizo.

Bolivia en los tiempos de Evo: claves para entender el proceso boliviano, un libro que nos conduce a través del complejo proceso político boliviano: la crisis del Estado, el despertar protagónico e irreversible de los excluidos, la construcción de su propio “instrumento político” en respuesta a la caducidad del sistema de partidos.

AUTOR: Álvaro García Linera, vicepresidente de Bolivia AÑO: 2014IMPRESO EN: Vicepresidencia del Estado.

AUTOR: Álvaro García Linera, Pablo Stefanoni, Franklin Ramírez y Maristella Svampa AÑO: 2008EDITORIAL: Ocean Sur

AUTOR: Hugo MoldizAÑO: 2008EDITORIAL: Ocean Sur

Las vías de la emancipación

Bolivia en tiempos de Evo

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y Una ofrenda floral se entregó para recordar a quien hizo posible la liberación de los pueblos latinos.Con motivo de la celebra-

ción de los 231 años del natali-cio del Libertador Simón Bolí-var y los 191 años de la Batalla Naval del lago de Maracaibo se colocó ayer una ofrenda flo-ral a los pies del monumento al Libertador, ubicado en la plaza Venezuela de La Paz.

Durante el acto, repre-sentantes diplomáticos ma-terializaron la ofrenda en un gesto de reconocimiento pa-triótico a la vida y obra de un gigante que supo interpretar el sentir de millones de opri-midos con su entrega total a

la causa libertaria por amor y respeto a la Patria Grande.

Mariana González, segun-da secretaria de la Embajada de Venezuela en Bolivia, re-saltó los actos de homenaje al Libertador que trascendieron en la historia de los pueblos y en las luchas sociales.

“La inmensa grandeza de Si-món Bolívar consistió en haber sabido superar su origen histó-rico de nacimiento dentro de la clase dominante, dejando de lado los egoísmos y ambiciones para dar su vida por esta reivin-dicación, por una causa Lati-noamericana soberana, unida e independiente”, manifestó.

Asimismo, González señaló que ese proyecto hoy se recon-duce con la mística y legado de Hugo Chávez, Evo Morales, Ni-

colás Maduro, y el ALBA, todos herederos del Libertador.

Esta actividad contó con la presencia de autoridades del Estado Plurinacional de Boli-via, representantes de varios cuerpos diplomáticos, como Nicaragua, Ecuador, Argenti-na, Panamá, Costa Rica, Co-lombia, Agregaduría Militar de Venezuela, oficiales de las Fuerzas Armadas de Bolivia y representantes de la misión ve-nezolana, entre otros.

Simón José Antonio de la Santísima Trinidad Bolívar y Ponte Palacios y Blanco nació en Caracas el 24 de julio de 1783. Muy joven se comprome-tió a no dar descanso a su brazo ni reposo a su alma hasta rom-per las cadenas que oprimían a los pueblos de Latinoamérica.

La Misión Diplomática de Venezuela en Bolivia junto a autoridades bolivianas.

Bolivia rinde homenaje al Libertador BolívarNATALICIO ó La Embajada de Venezuela recuerda su nacimiento.

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Y Una iniciativa que espera recordar al mundo el origen boliviano de la morenada. Con el objetivo de ingresar

a la lista de los Records Guin-ness, hoy más de dos mil dan-zarines con sus respectivas matracas se reunirán en la lo-calidad de Guaqui.

La actividad, convocada por la Organización Bolivia-na de Defensa y Difusión del Folklore (Obdefo) y la Aso-ciación de Conjuntos Folkló-ricos Apóstol Santiago de Guaqui, busca también com-

2 mil morenos para entrar a los Guinesspartir con el mundo que el origen de la morenada es ne-tamente boliviano.

Para amenizar la jornada se contará con mil músicos, que durante una hora (de 09.00 a 10.00) deberán bailar al uníso-no con la ejecución de dos pa-sos tradicionales.

En ese marco, los organiza-dores esperan que los partici-pantes vistan manillas nume-radas bajo la instrucción de que está prohibido el consumo de bebidas alcohólicas durante su desarrollo.

La música de los Andes llega a La PazREDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y Tres noches que prometen transportar al público hasta los paisajes del altiplano a través de la música.

Y Los asistentes felicitaron a los organizadores por la iniciativa de la actividad.Con el inconfundible sonido

de la zampoña, acompañado de la tarka y el característico bombo se dio inicio al Festival de Vientos de los Andes 2014, que organizó el Gobierno De-partamental de La Paz.

La música autóctona, que trasladó al público a la letanía de la pampa andina y de los imponentes nevados, retumbó vehementemente entre las pa-redes del Coliseo Cerrado Julio Borelli Viteritto.

El espectáculo, que se inició alrededor de las 20.00, estuvo acompañado de los infaltables ponchos con tejidos aymaras lucidos por artistas de renom-bre como Kala Marka, aunque también se anunció la presen-cia de los Awatiñas, Jach’a Ma-llku y Los Kjarkas, entre otros, para las siguientes noches.

“Cada día va a tener un costo de 10 bolivianos, el paquete de las tres noches de velada está en 30 bolivianos. Los ingresos están a la venta a un precio económi-co”, precisó la directora de la Se-cretaría de Turismo y Cultura de la Gobernación de La Paz, Nata-lia Quispe. Sin duda es poca in-versión para disfrutar del talen-to de los artistas bolivianos que decidieron participar en el fes-tival, en el marco de la celebra-ción del aniversario de la gesta libertaria del departamento de La Paz, y para los que no aprecia-ron la incomparable música an-dina, quedan dos días del Festi-val de Vientos de los Andes, en el mismo lugar y a la misma hora y con la promesa de espectáculos llenos de cultura y folklore.

Grupo que protagonizó el festival.

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Identidad Boliviana

El estante

Danzarín de morenada.

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viernes 25 de julio de 2014 POLÍTICA 9

“En Santa Cruz puede ganar, en Tarija no”

Campaña del MAS en 2009.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El expresidente Carlos Mesa dijo ayer que el Movimiento Al Socialismo (MAS) tiene posibi-lidades de ganar las elecciones generales del 12 de octubre y de competir muy bien en las de-partamentales de 2014.

“En Santa Cruz puede ga-nar, y diría algo más: la Gober-nación la podría competir muy bien. No sé quién será el candi-dato del MAS ¿Reymi (Ferrei-ra)?, no sé”, dijo Mesa.

Según el exmandatario, el presidente Evo Morales y el vi-cepresidente Álvaro García Li-nera han hecho “una evidente alianza estratégica con secto-res muy poderosos de la pro-ducción”.

“Hay sectores empresariales que antes eran radicalmente an-tigobierno, hoy están aliados al Gobierno”, mencionó.

Donde Mesa identifica difi-cultades de triunfo del MAS es en Tarija, por la “gestión desas-trosa” de la Gobernación, pero también en Chuquisaca.

AFP

Álvaro García Linera y Evo Morales en un acto político en Santa Cruz.

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Mesa: El proyecto histórico del MAS es muy consistente

co difícilmente rebatible”, que además tiene un gran respaldo social que se ha traducido a ni-vel político.

Este escenario, donde no se puede divisar una alternativa ‘b’, fue comparado por Mesa con 1985, cuando el entonces presi-dente de la República, Víctor Paz Estenssoro, promulgó el Decreto Supremo 21060, que tuvo un gran costo social con la relocalización de varios trabajadores mineros.

Recordó que uno de los im-pulsores de esta medida, Gui-llermo Bedregal, entonces ministro de Planeamiento, ar-gumentó ante el Congreso que el 21060 era la “única solución posible y que no había otra”.

Ante ello, ninguna de las fuer-zas políticas, incluidos los repre-

OPINIÓN ó “Dos elementos que fortalecieron al MAS: Evo Morales y la bonanza económica”.

sentantes de izquierda, tenía una respuesta alternativa porque “la lógica del 21060 y el proyecto his-tórico representaba la apertura liberal y la resolución positiva y exitosa de la hiperinflación”.

ESCENARIOEn opinión del expresidente,

tras 30 años de ese hecho, “la respuesta al 21060 es Evo Mora-les, es decir, la primera respues-ta consistente a lo que significó el 21060”.

“Cuando tú planteas un pro-yecto largo, serio, consistente, vas a estar de acuerdo o en desacuer-do, no es fácil encontrar un antí-doto o un proyecto alternativo se-ductor lo suficientemente fuerte como el que estás enfrentando”, apuntó el ex Jefe de Estado.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y Las elecciones generales polarizarán el escenario manifestó el exmandatario.

Fuerte y consistente, así de-finió el expresidente Carlos Mesa (2003-2005) al proyecto político del Movimiento Al So-cialismo (MAS), que lleva en el poder más de ocho años y que en ese tiempo se ha convertido en la respuesta al Decreto Su-premo 21060, que apuntaló el régimen neoliberal en el país.

“El proyecto histórico del Mo-vimiento Al Socialismo (MAS) es muy fuerte y consistente, tiene un conjunto de ideas serias”, in-dicó Mesa durante una ponencia que hizo en la apertura del semi-nario taller ‘La cobertura perio-

dística de procesos electorales’, organizado por la Fundación Para el Periodismo (FPP) y Kon-rad Adenauer Stiftung.

Uno de los argumentos que hacen a este proyecto apunta a la

Constitución Política del Estado (CPE), promulgada en 2009, que incluyó una serie de modificacio-nes estructurales para el país.

Según el exmandatario, éste es “un proyecto históri-

“Teleféricos Doppelmayr Bolivia S.A.”

Cierre carril de subida una vía

Alternativa Zona Central – Zona Sur

Alternativa Zona Miraflores – Zona Sur

CIERRE CARRIL DE SUBIDA DE LA AVENIDA DEL LIBERTADORContinuando con el avance en la construcción del teleférico para las ciudades de La Paz y El Alto, se realizarán trabajos de Excavación / Hormigonado para la Línea Amarilla del Teleférico, por tanto, la Empresa Teleféricos Doppelmayr Bolivia cerrará el tráfico vehicular en el carril de subida de la Avenida Del Libertador (Curva de Holguín) desde las 00:00 horas del sábado 26 de julio, hasta el domingo 10 de agosto del presente año.

A fin de evitar conflictos en la circulación vehicular, se establecen las siguientes alternativas de circulación:

De la Zona Central a la Zona Sur y Viceversa:Podrán utilizar la Avenida Kantutani, con opciones por la Calle Francisco Bedregal, Avenida Mario Mercado y Avenida Los Sargentos.

De la Zona Sur a la Zona Miraflores y Viceversa:Podrán utilizar la Avenida De los Leones y Avenida René Zabaleta.

Teleféricos Doppelmayr Bolivia S.A., agradece su gentil comprensión y colaboración en el avance de esta obra que beneficia a todos los pobladores de las ciudades de La Paz y El Alto.

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viernes 25 de julio de 2014POLÍTICA10

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y Codecam La Paz efectuará ceremonias ancestrales en sitios de El Alto y La Paz.El acto de proclamación del

binomio Evo Morales-Álvaro García Linera y de los candida-tos a senadores y diputados por el departamento de La Paz será una demostración de la fuerza y respaldo masivo que tiene la propuesta del MAS no sólo en La Paz sino a escala nacional.

Concepción Ortiz, vicepre-sidenta del Movimiento Al So-cialismo-Instrumento Político por la Soberanía de los Pue-blos (MAS-IPSP), informó que participarán delegaciones de los nueve departamentos del país liderados por autoridades y dirigentes.

Las organizaciones sociales que forman parte de la Coordi-nadora Nacional para el Cam-bio (Conalcam), campesinos, ‘Bartolinas’ e interculturales, y la Central Obrera Boliviana (COB) estarán en la plaza Vi-llarroel en la perspectiva de apuntalar la victoria del 12 de octubre, día de los comicios.

La concentración comen-zará a las 11.00. El acto está

programado en su inicio para las 15.00 con actos ri-tuales y ofrendas a la Pacha-mama. Actuarán varios con-juntos de danza y música folklórica.

Se estima que el presiden-te Evo Morales hable después de las 18.00. La Dirección

Nacional del MAS-IPSP re-comienda que los asistentes porten banderas del partido, wiphalas y la tricolor.

También la Coordinadora Departamental por el Cam-bio (Codecam) La Paz invita al pueblo paceño a que asista hoy a las 05.00 a las ceremo-

nias ancestrales de ofrendas a la Pachamama que se efectua-rán en cinco puntos: Ceja de El Alto, plaza San Francisco, parque Laikakota, Valle de las Ánimas y la Cumbre, señala la invitación firmada por Apo-linar Quito Mamani y Beatriz Nina Zegarra.

BUENOS AIRES/CAMBIO

El candidato a la presidencia de la coalición Unidad Demócrata (UD), el empresario cementero Samuel Doria Medina, visitó la ciudad de Buenos Aires, Argen-tina, para hacer campaña rum-bo a las elecciones generales y de representantes supraestata-les del 12 de octubre.

Doria Medina visitó dos ra-dios bolivianas y una gran ma-yoría de los oyentes que llama-ron a la emisora repudiaron la visita del exministro de Pla-neamiento que impulsó la pri-vatización de las empresas del Estado durante el Gobierno de Jaime Paz Zamora (1989-1992).

Acompañado de la candidata a primera senadora por La Paz,

Samuel hace campaña en Buenos Aires

la exconcejal alteña Soledad Cha-petón, el empresario ofertó a los connacionales representación le-gislativa para los migrantes, que los consulados contraten a per-sonas que residen en cada país y

la creación de fuentes de empleo para que retornen a Bolivia.

Entre una de las ofertas que formó está la construcción de los centros de innovación tec-nológica (CITE).

Anterior concentración del MAS, que contó con una masiva asistencia.

El empresario Samuel Doria Medina visitó la capital argentina.

Ciro Zabala, candidato a senador.

POSTURA ó Algunos bolivianos repudiaron la visita del empresario cementero.

MAS-IPSP proclamará hoy a candidatos rumbo a octubreELECCIONES ó El proceso electoral comenzó y la actividad proselitista arranca con esta gran concentración, que congregará a miles de personas.

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Cam

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Zabala reemplaza a MendozaREDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y El equipo del área de la salud del MAS se potencia con su incorporación.El presidente Evo Morales, a

tiempo de presentar ayer a Ciro Zabala Canedo como primer candidato a senador por Cocha-bamba, ratificó su decisión de encarar la construcción de im-portantes obras hospitalarias en beneficio de la salud del pue-blo boliviano.

Morales dijo que Zabala es un reconocido profesional, en el campo de la Gastroenterolo-gía, que se sumará al equipo de trabajo para mejorar la atención de salud no sólo en Cochabam-ba sino en todo el país.

Asimismo, el Jefe de Estado mencionó que Adolfo Mendoza, inicialmente propuesto como candidato a primer senador por ese departamento, tuvo que re-nunciar a su postulación “por si-tuaciones de carácter familiar”.

En su lugar, fue designado Zabala, y el mandatario señaló que es una demostración de que los movimientos sociales “no marginan a otros sectores, no vamos a ser discriminadores”, en esa línea se invita a persona-lidades e intelectuales honestos “para servir mejor al pueblo”.

El Presidente ratificó que se construirán cuatro hospitales de cuarto nivel (especializa-dos en cáncer) en las ciudades de Cochabamba, La Paz, Santa Cruz y Tarija. Asimismo, indicó que se construyen hospitales de segundo nivel en Cercado, Ta-rata, Capinota para mejorar la atención en salud.

El doctor Zabala, director del Gastroenterológico, con 42 años de trabajo, expresó su agradeci-miento por la nominación.

“Es un legítimo honor, orgu-llo, espero jamás defraudarlo a usted (Presidente), a Cochabam-ba y a Bolivia”, añadió.

También hizo referencia a la compra del avión presiden-cial, que en su momento él anunció que lo vendería si es que llega a la presidencia, acu-só al mandatario Evo Morales de impulsar una división en Bolivia y dijo que “está seguro de ganar en las elecciones de octubre”.

Residentes bolivianos en la capital argentina comentaron que Doria Medina llegó el miér-coles y que asistió al partido del club Bolívar contra San Lorenzo y que se tomó fotografías.

Ernesto Suárez Sattori, que aspira a la vicepresidencia, no pudo acompañar a Doria Medi-na por el arraigo que tiene. Él pidió que se le permita salir del país para hacer campaña.

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viernes 25 de julio de 2014 POLÍTICA 11

“CON EL GOBIERNO DE EVO LO QUE COMPARTO ES SER INDÍGENA, PERO NO LA FORMA CÓMO ESTÁN GOBERNANDO”.

“ESTOY ARRAIGADO DESDE EL AÑO 2010, VAMOS A PEDIR QUE ME PERMITAN EJERCER MI DERECHO DE SALIR A PEDIR EL VOTO.

“VAMOS A REESTRUCTURAR LA JUSTICIA, LE VAMOS A DAR UNA JUSTICIA SOBRE LA BASE DEL MÉRITO, LA ÉTICA Y LA TRANSPARENCIA.

Candidata a la vicepresidencia del Partido Demócrata Cristiano (PDC)

Candidato a la vicepresidencia por la coalición Unidad Demócrata (UD)

Candidata a la Vicepresidencia por el Movimiento Sin Miedo (MSM)

Tomasa Yarhui Jacome

Ernesto Suárez Sattori

Adriana Gil Moreno

Tomasa Yarhui es abogada y acompaña a Jorge Quiroga en la carrera electoral. Fue ministra de Asuntos Campesinos duran-te la gestión de Quiroga y estuvo en la dirigencia de la Confedera-ción Nacional de Mujeres Cam-pesinas Indígenas Originarias-Bartolina Sisa (CNMIO-BS).

Ernesto Suárez es ingeniero in-dustrial graduado en Estados Unidos, fue concejal en Trini-dad, prefecto y gobernador de Beni, ahora acompaña a Samuel Doria Medina en la coalición Unidad Demócrata. Además, tiene acusaciones por delitos de corrupción durante su gestión.

Adriana Gil fue diputada por Convergencia Nacional (CN) y fundadora de Fuerza Demócra-ta (FD). Antes fue aliada del Mo-vimiento Al Socialismo (MAS) en el departamento de Santa Cruz, ahora acompaña en el bi-nomio del Movimiento Sin Mie-do (MSM) a Juan Del Granado, que busca la presidencia.

¿Qué espera el PDC de las elecciones de octubre?

Estoy segura de que vamos a lle-gar a la segunda vuelta, además veo que mucha gente tiene mie-do, por eso no están aquí (acto de campaña), y el día que irán a las urnas, el 12 de octubre, es-toy segura de que con su voto

En el ámbito judicial, ¿cuál es la oferta del MSM?

Queremos una justicia impar-cial, una justicia sin manipula-ción política, para la gente, para los humildes, para todos, donde no tengan miedo a administrar y ser imparciales y objetivos, para que esas injusticias de ver funcionarios públicos, oficialis-

“Estamos seguros de que vamos a llegar a la segunda vuelta”

“No son rivales ni Tuto ni Juan, nuestro rival a vencer es Evo”

“Construiremos la gran Bolivia que queremos: la República”

Tomasa Yarhui Jacome.

Ernesto Suárez Sattori.

Adriana Gil Moreno.

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nos van a acompañar. La apues-ta es por la segunda vuelta, por-que eso sentimos de la gente, que en su mayoría no quiere es-tar en los actos públicos, pero nos dan su apoyo.

¿Cuál va a ser la estrategia para llegar a la segunda vuelta?Nuestra estrategia es hablar con la gente, hacer conocer nues-tras propuestas, nuestro progra-ma, decir lo que nosotros quere-mos para Bolivia, para nuestros hermanos del campo. Yo tengo mucha experiencia en el campo sindical, trabajé mucho y nunca voy a cambiar lo que soy, voy a seguir trabajando con mi gente. Es más, con el gobierno de Evo (Morales) lo que comparto es el ser indígena, nunca voy a hacer nada en contra de ellos, lo que no comparto es la forma cómo están gobernando y ahí, obvia-

mente, mi preocupación es que podamos retroceder los indíge-nas, unos 500 años o más, eso es lo que hay que trabajar.

¿Cómo están organizando la campaña electoral?Vamos a ir a todos los lugares, a todo lado, estamos viviendo en democracia, hay que hacer co-nocer nuestras propuestas y es el pueblo el que va a elegir, por eso estamos empezando a plani-ficar las distintas actividades y yo estoy muy feliz porque mu-cha gente del campo me invi-tó. Vamos a entrar a otros luga-res que quizá otros políticos no puedan ingresar, pero nosotros estamos firmes ahí, estamos ha-ciendo campaña y así lo vamos a seguir haciendo. Para la campa-ña la gente está colocando de sus bolsillos, no tengo un peso, pero lo que me sobra es la valentía.

tas que atropellan y matan no pasen ni un minuto detenidos, eso debe acabar, esa injusticia que sólo privilegia a los parti-dos de gobierno va a acabar, no-sotros vamos a reestructurar la justicia, le vamos a dar una jus-ticia sobre la base del mérito, sobre la base de la ética, sobre la base de la transparencia.

¿Cuáles serían las fortalezas del MSM para las elecciones?Les vamos a prometer que aquí hay coraje, que aquí no hay miedo y que a los cobardes se los combate, a los cobardes y abusivos no se los va a dejar porque no pasarán, por eso les hablo para que nos acompañen a caminar este camino de fe, de esperanza porque sin mie-do Bolivia gana, los jóvenes ga-nan, aquí están Juan sin miedo, Marcela sin miedo, nuestros candidatos sin miedo, estamos

con la cabeza erguida porque debemos ser fuertes, debemos seguir, debemos trabajar y no vamos a claudicar, nosotros va-mos a tener que poner la forta-leza y la fuerza y dar el ejemplo que hay que seguir, vamos a lu-char por todos.

¿Cómo se va a encarar la campaña electoral?Nosotros vamos a seguir trans-mitiendo la esperanza, nuestro programa, nuestro proyecto po-lítico así como este arcoíris de es-peranza, esto es lo que nosotros queremos construir para Bolivia y porque somos valientes, todos ustedes y nosotros vamos a cons-truir esa gran Bolivia, que nos espera y nos necesita; República, eso es lo que queremos, un país con poderes independientes, a resistir, a construir con noso-tros, con fe y sin miedo, con fe y coraje vamos a vencer.

¿Cuáles son las bases de la propuesta de UD?

Son $us 120.000 millones que se manejaron en este Gobierno, eso da para que cada familia de Bolivia reciba 60.000 dólares du-rante todo este tiempo. Le pre-gunto, ¿llegó?, ¿se siente eso?, ¿mejoró la salud?, ¿tenemos hos-

pitales adecuados para salvar vi-das? No, no hubo un adecuado manejo, sólo hubo un derroche en el manejo de recursos, se gas-tan 70 millones de dólares para tener una reunión de dos o tres días con amigos presidentes y se destinan 30 millones para la reconstrucción de un departa-mento que sufrió desastres natu-rales, estas cosas tienen que aca-bar, cómo es posible que estemos pensando como padres de fami-lia en comprarnos aviones, autos lujosos, por supuesto que eso hay que dejarlo de lado, tenemos que acabar con el despilfarro de los recursos del país. Para nosotros lo más importante es la gente, es Bolivia, dejemos de lado los en-frentamientos creo que es mo-mento de que el país se una.

¿Tienen pensado realizar campaña en el exterior?

Yo estoy arraigado desde al año 2010 y vamos a pedir al juez co-rrespondiente, a través de un memorial, que se me dé la posi-bilidad de ejercer mi derecho de-mocrático de salir a pedir el voto al exterior, pidiendo que se haga un desarraigo temporal hasta el 12 de octubre, día que termina el proceso electoral, esperaremos que exista un pronunciamiento lo más antes posible y poder salir a hacer la campaña en los países donde están los ciudadanos boli-vianos habilitados.

¿Qué opina de los otros candidatos en las elecciones?Yo no veo ni aliados ni conten-dientes en Juan Del Granado ni en Tuto, yo creo que nuestra meta es Evo Morales, nosotros vamos a ha-cer nuestro trabajo. No son riva-les ni Tuto ni Juan, nuestro rival a vencer es Evo.

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viernes 25 de julio de 2014PUBLICIDAD12

EL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, por el presente edicto, cita, llama y emplaza a Estación de Servicio Escoma S.R.L. con la demanda Contencioso Administrativa (Expediente Nº 553/2013) para que asuma conocimiento y -de considerar necesario- defensa, por sí o por intermedio de apoderado; al efecto, se transcriben las piezas procesales que son del tenor y contenido literal siguiente: ---------------------------Demanda de Fojas 29.- SEÑOR PRESIDENTE, MAGISTRADAS Y MAGISTRADOS DE SALA PLENA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA SE APERSONA Y PRESENTA DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. OTROSIES.- SU CONTENIDO. GERENCIA DISTRITAL LA PAZ I DEL SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES, legalmente representada por la LIC. RITA MALDONADO HINOJOSA con C.I. No. 2392448L.P., en su condición de Gerente Distrital La Paz a.i., mayor de edad y hábil por derecho, domiciliado en la Av. Montes No. 515, presentándome ante vuestras Autoridades respetuosamente expongo y pido: APERSONAMIENTO. Acompaño Resolución Administrativa emitida por el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales, por la que se establece mi designación como GERENTE DISTRITAL LA PAZ I a.i. DEL SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES, pidiendo se me tenga por apersonada, haciéndome conocer futuros actos jurídicos procesales. I. PRESENTA DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. La Administración Tributaria fue notificada el 07 de mayo de 2013 con la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0521/2013 emitida el 29 de abril de 2013, por la Directora Ejecutiva General de la Autoridad General de Impugnación Tributaria emergente del Recurso de Alzada interpuesto por el contribuyente ESTACION DE SERVICIO ESCOMA S.R.L., contra la Resolución Determinativa Nº 466/2012 de 13 de septiembre de 2012. Por lo que en virtud al Art. 2 de la Ley Nº 3092 de 07/07/05, Art. 70 de la Ley Nº 2341 de Procedimiento Administrativo de 23/04/02, Arts. 778 y 779 del Código de Procedimiento Civil y la Sentencia Constitucional No. 90/2006 de 17/11/06, presento Demanda Contencioso Administrativa en tiempo hábil y oportuno contra la mencionada Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0521/2013 de 29 de abril de 2013. 1.1 AUTORIDAD DEMANDADA. La presente demanda está dirigida contra la Dra. Julia Susana Ríos Laguna en su calidad de Representante Legal de la Autoridad General de Impugnación Tributaria quien ejerce las funciones de Directora Ejecutiva General de la Autoridad General de Impugnación Tributaria, boliviana, mayor de edad, hábil por derecho, con domicilio en la Av. Víctor Sanjinez esq. Méndez Arcos No. 2705 (Plaza España), zona de Sopocachi de la ciudad de La Paz. 1.2 ANTECEDENTES DE LA RESOLUCIÓN DE RECURSO JERÁRQUICO AGIT-RJ 0521/2013 DE 29 DE ABRIL DE 2013. En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 2492 (Código Tributario), la Administración Tributaria en fecha 29 de diciembre de 2011, notificó en forma personal a la representante legal del contribuyente ESTACIÓN DE SERVICIO ESCOMA S.R.L, la señora Wilma Guadalupe Fernandez de Silva con la Orden de Verificación Nº 0011OVE01441 de 15 de diciembre de 2011 y Requerimiento de Información Nº 00111380, emplazándosele a presentar documentación específica para determinar con objetividad, si existieron ingresos no declarados por la venta de productos (gasolina especial y diesel oil) con un alcance circunscrito al débito fiscal del Impuesto al Valor Agregado – IVA y su efecto en el Impuesto a las Transacciones – IT de los periodos fiscales correspondientes a enero, febrero, agosto y septiembre de 2008. Como resultado del proceso de verificación correspondiente a la Orden de Verificación N° 0011OVE01441, en función a la información obtenida de la base de datos corporativa del Sistema Integrado de Recaudo para la Administración Tributaria (SIRAT -2) y a la obtenida a través de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, documentación propia de los periodos fiscales enero, febrero, agosto y septiembre de 2008, mediante Informe de actuación CITE/SIN/GDLP/DF/SFVE/INF/1568/2012, se verificó que el contribuyente no determinó correctamente los impuestos conforme a ley e incurrió en Incumplimiento a Deberes Formales, estableciéndose ingresos no declarados por concepto de venta de gasolina especial y diesel oil de los referidos periodos fiscales, originando impuestos omitidos en el IVA e IT. cumplidos aquellos actos, se procedió a emitir la Vista de Cargo CITE: SIN/GDLP/DF/SFVE/VC/282/2012 de 13 de junio de 2012, notificándose mediante cédula el 27 de junio de 2012 a la ahora recurrente, para que en el plazo de treinta (30) días corridos e improrrogables, pueda formular sus descargos y presentar prueba referida al efecto; dentro de aquel lapso de tiempo, la ESTACIÓN DE SERVICIO ESCOMA S.R.L. pidió mediante memorial se declare extinguida la deuda tributaria, adjuntando fotocopias de: certificado de inscripción al padrón nacional de contribuyentes, cédula de identidad de Wilma Guadalupe Fernández de Silva, Testimonio Nº 074 de 23 de febrero de 2007, formulario de notificación por cédula, Vista de Cargo, formularios 200 y 1000, más memorial dirigido a la Fiscalía del Distrito de la ciudad de El Alto, aduciendo que conforme a los pagos realizados a través de los formularios 200 y 1000, se habría cancelado la totalidad de la deuda tributaria, solicitud a la que no se le dio curso, conforme se desprende del Informe de Conclusiones con CITE: SIN/GDLP/DF/SFVE/INF/2262/2012 de 31 de julio de 2012, por no haberse cancelado el total de la deuda tributaria, ratificándose la determinación obtenida en el proceso de verificación, tomándose como pagos a cuenta los depósitos efectuados. Posteriormente en fecha 13 de septiembre de 2012, la Administración Tributaria emitió la Resolución Determinativa número 00466/2012 con CITE:SIN/GDLP/DJCC/UJT/RD/00466/2012, documento que declaró la inexistencia de reparos en el período fiscal agosto 2008 y pagados los tributos omitidos actualizados y los intereses correspondientes a los períodos fiscales enero, febrero y septiembre 2008, correspondientes al Impuesto a las Transacciones, estableciendo las obligaciones tributarias de la ESTACIÓN DE SERVICIO ESCOMA S.R.L. en la suma total de 417.062 Unidades de Fomento de Vivienda equivalentes a 741.531 Bolivianos. Sin embargo el 13 de febrero del presente año, incongruentemente la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria emitió la Resolución del Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0102/2013 resolviendo REVOCAR PARCIALMENTE la Resolución Determinativa Nº 00466/2011 de 13 de septiembre de 2012, dejándose sin efecto 2.745 UFV´s por cancelación de la sanción por omisión de pago del Impuesto a las Transacciones respecto a los períodos fiscales enero, febrero y septiembre de 2008, así como 613 UFV´s por cancelación de la sanción por omisión de pago del IVA de enero, febrero, agosto y septiembre de 2008 y 2.000 UFV´s por el incumplimiento de deberes formales establecida en el Acta por contravenciones tributarias vinculada al procedimiento determinativo Nº 00042195. Finalmente el 05 de febrero de 2013 la Administración Tributaria interpuso Recurso Jerárquico contra la Resolución ARIT-LPZ/RA 0102/2013, por lo que la Autoridad General de Impugnación Tributaria el 29 de abril de 2013 emitió la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0521/2013 por la cual CONFIRMA la Resolución ARIT-LPZ/RA 0102/2013 revocando parcialmente la Resolución Determinativa Nº 00466/2011 de 13 de septiembre de 2012. 1.3 EXPRESA AGRAVIOS SUFRIDOS POR LA RESOLUCIÓN DE RECURSO JERÁRQUICO AGIT-RJ 0521/2013 DE 29 DE ABRIL DE 2013.La Autoridad General de Impugnación Tributaria, al CONFIRMAR la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0102/2013 de 13 de febrero de 2013, misma que resuelve REVOCAR PARCIALMENTE la Resolución Determinativa Nº 00466/2011 de 13 de septiembre de 2012, lesiona los derechos de la Administración Tributaria puesto que considera de manera errada los datos del proceso y llega a violar la Constitución Política del Estado y normativa aplicable, ello en consideración a los siguientes argumentos de hecho y de derecho: A) RESPECTO A LA OMISIÓN DE PAGO POR EL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES (IT) Y POR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA).- Consideramos que la autoridad General de Impugnación Tributaria en la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0521/2013 al confirmar la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0102/2013 realizo una aplicación errónea de las normas jurídicas tributarias vigentes al momento de la determinación de la deuda tributaria. Para empezar cabe señalar que Ésta Gerencia, para manifestar su pretensión de obtener el pago de la obligación tributaria sustantiva, contra el contribuyente, la realizó dentro los parámetros del derecho a la seguridad jurídica, aplicando objetivamente las normas jurídicas tributarias, poseyendo pleno conocimiento, el contribuyente, de cuáles eran y son sus derechos y sus obligaciones y en el marco de la garantía del debido proceso, observando el conjunto de requisitos que significan el procedimiento de determinación, cuidando que el contribuyente asuma defensa adecuadamente ante cualquier tipo de acto, que a su consideración, podría haber afectado sus derechos, ejerciendo las facultades genéricas que el ARTÍCULO 21 DE LA LEY Nº 2492 le reconoce a la Administración Tributaria, controlando, verificando, valorando, fiscalizando, liquidando y determinando, así como las facultades específicas, conferidas por el ARTÍCULO 66 del mismo cuerpo legal, controlando, comprobando, verificando, fiscalizando, investigando, determinando tributos, recaudando y calculando la deuda tributaria y haciendo uso del método de determinación fijado en el ARTÍCULO 43 PARÁGRAFO I del Código Tributario, es decir, sobre base cierta, ya que se tomó en cuenta la información y los documentos que permitieron conocer en forma directa e indubitable los hechos generadores del tributo. En ese sentido, la Administración Tributaria en base a lo actuado dentro del procedimiento determinativo, procedió a realizar el dictamen de calificación de conducta con número 00635 de 03 de diciembre de 2012, tipificando el actuar del contribuyente como OMISIÓN DE PAGO por el Impuesto a las Transacciones (IT) de los periodos fiscales enero, febrero y septiembre de 2008, porque adecuó su conducta a lo prescrito por el artículo 165 de la Ley Nº2492, sancionándoselo con el cien por ciento (100%) del monto calculado para la deuda tributaria, conforme establece la Ley Nº 2492: “ARTICULO 165°.- (OMISION DE PAGO). El que por acción u omisión no pague o pague de menos la deuda tributaria, no efectúe las retenciones a que está obligado u obtenga indebidamente beneficios y valores fiscales, será sancionado con el cien por ciento (100%) del monto calculado para la deuda tributaria.” (sic.) (las negrillas y formato son nuestros). Norma jurídica concordante con lo previsto por el Decreto Supremo Nº 27310 que dispone: ARTÍCULO 42°.- (OMISION DE PAGO). La multa por omisión de pago a que se refiere el Artículo 165 de la Ley No 2492, será calculada con base en el tributo omitido determinado a la fecha de vencimiento, expresado en Unidades de Fomento de la Vivienda. (sic.) (las negrillas y formato son nuestros). Sin embargo, la Autoridad General de Impugnación Tributaria, interpretando indebidamente las normas aplicables al caso, dejó sin efecto 2.745 UFV´s por la sanción por omisión de pago del Impuesto a las Transacciones respecto a los períodos fiscales enero, febrero y septiembre de 2008, aplicando ilegalmente la reducción de sanciones establecida en el artículo 156 de la Ley 2492 (CTB), basándose sólo en el hecho de haberse realizado aquel pago, antes de la emisión de la Resolución Determinativa, sin considerar que el pago del 20% de la sanción debe tomarse como un pago a cuenta debido a que NO CANCELÓ LA TOTALIDAD DE LA DEUDA TRIBUTARIA determinada al 13 de junio de 2012 en la Vista de Cargo, tal y como se desprende de la Ley Nº 2492: “ARTICULO 156°.- (REDUCCION DE SANCIONES). Las sanciones pecuniarias establecidas en este Código para ilícitos tributarios, con excepción de los ilícitos de contrabando se reducirán conforme a los siguientes criterios: 1. El pago de la deuda tributaria después de iniciada la fiscalización o efectuada cualquier notificación inicial o requerimiento de la Administración Tributaria y antes de la notificación con la Resolución Determinativa o Sancionatoria determinará la reducción de la sanción aplicable en el ochenta (80%) por ciento. (sic) (las negrillas y formato son nuestros)Al respecto, confirmando lo dispuesto por la norma jurídica tributaria de carácter especial, el Decreto Supremo Nº 27310 dispone: “ARTÍCULO 38.- (REDUCCION DE SANCIONES). Los porcentajes del régimen de reducción de sanciones por ilícitos tributarios, contemplados en el Artículo 156 de la Ley N° 2492, se aplicarán considerando lo siguiente: a) La reducción de sanciones en el caso de la contravención tributaria definida como omisión de pago procederá siempre que se cancele previamente la deuda tributaria incluyendo el porcentaje de sanción que pudiera corresponder, sin perjuicio del desarrollo del procedimiento sancionatorio ulterior. (sic) (las negrillas y formato son nuestros) El numeral 1 del transcrito artículo 156 de la Ley Nº 2492 dispone diáfanamente que el pago de la deuda tributaria antes de la notificación con la Resolución Determinativa determina la reducción de la sanción aplicable en ochenta por ciento 80% y a su vez el citado artículo 38 del Decreto Supremo Nº 27310, establece que éste procederá siempre que se cancele previamente la deuda tributaria y que la finalidad de los mencionados artículos es otorgar incentivos al contribuyente que paga la totalidad de la deuda tributaria, empero, al no existir el pago total de la deuda tributaria fijada por la Vista de Cargo el contribuyente no puede beneficiarse con la reducción del 80%. Es más, no es aplicable la reducción de sanciones, porque LA DEUDA NO FUE PAGADA TOTALMENTE, entendiendo por deuda tributaria, conforme se establece de la Ley Nº 2492: “ARTICULO 47°.- (COMPONENTES DE LA DEUDA TRIBUTARIA). Deuda Tributaria (DT) es el monto total que debe pagar el sujeto pasivo después de vencido el plazo para el cumplimiento de la obligación tributaria, ésta constituida por el Tributo Omitido (TO), las Multas (M) cuando correspondan, expresadas en Unidades de Fomento de la Vivienda (UFV´s) y los intereses (r)…” (sic.). Disposición jurídica que nos muestra que la deuda tributaria está compuesta por el Tributo Omitido, las multas y los intereses, por ende, es totalmente lógico que si el tributo omitido por el Impuesto al Valor Agregado, la sanción por omisión de pago, así como los intereses (como parte de la deuda tributaria) NO FUERON PAGADOS, no puede bajo ningún motivo aplicarse la reducción de sanciones. B) SOBRE EL ALCANCE DE LA ORDEN DE VERIFICACION.- Asimismo es preciso señalar que el contribuyente no canceló la totalidad de la deuda tributaria dentro del proceso de determinación del cual emergió un importe global dela deuda, esto en función de la Orden de Verificación Nº 0011OVE01441 de 15 de diciembre de 2011 y Requerimiento de Información Nº 00111380 cuyo alcance se encuentra circunscrito al débito fiscal del Impuesto al Valor Agregado – IVA y su efecto en el Impuesto a las Transacciones – IT de los periodos fiscales correspondientes a enero, febrero, agosto y septiembre de 2008. Como resultado del proceso de verificación y en función a la información obtenida de la base de datos corporativa del Sistema Integrado de Recaudo para la Administración Tributaria (SIRAT -2) y a la obtenida a través de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, documentación propia de los periodos fiscales enero, febrero, agosto y septiembre de 2008, mediante Informe de actuación CITE/SIN/GDLP/DF/SFVE/INF/1568/2012, que se verificó que el contribuyente no determinó correctamente los impuestos conforme a ley e incurrió en Incumplimiento a Deberes Formales, estableciéndose ingresos no declarados por concepto de venta de gasolina especial y diesel oil de los referidos periodos fiscales, originando impuestos omitidos en el IVA e IT. De la misma forma es preciso señalar que el contribuyente debe pagar todos los periodos en que exista deuda tributaria conforme establece la Orden de Verificación Nº 0011OVE01441 es decir la deuda tributaria correspondiente a la sanción por omisión de pago del Impuesto a las Transacciones de los períodos fiscales enero, febrero y septiembre 2008, la sanción por omisión de pago del Impuesto al Valor Agregado de los períodos fiscales enero, febrero, agosto y septiembre 2008 y la sanción por incumplimiento de deberes formales establecida en la Acta Nº 00042195 que fueron injustamente dejadas sin efecto, pues al no encontrarse ni una sola disposición jurídica valida y aplicable al caso que permita el beneficio de la reducción de sanciones, resulta plenamente infundada la decisión adoptada por la Autoridad General de Impugnación Tributaria. C) RESPECTO A LA DECISIÓN ULTRAPETITA Y FALTA AL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA.- Asimismo Cabe precisar que la Autoridad General de Impugnación Tributaria en la Resolución de Recurso Jerárquico impugnada señala que no es evidente que la Resolución de Alzada ARIT-LPZ/RA 0102/2013 se haya pronunciado de forma ultra petita señalando que el contribuyente solicito la revisión y reliquidación de la deuda tributaria, al respecto cabe recalcar que en el presente caso el recurrente no impugnó en su Recurso de Alzada de forma clara y precisa de la sanción por omisión de pago determinada por el Impuesto a las Transacciones (IT) de los periodos fiscales enero, febrero y septiembre de 2008, ni de la sanción por omisión de pago determinada por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los periodos fiscales enero, febrero, agosto y septiembre de 2008, menos el incumplimiento de deberes formales, limitándose únicamente a solicitar la nulidad de la notificación con la Resolución Determinativa, por lo que tanto la ARIT como la AGIT están fallando de forma ULTRA PETITA y de oficio, sin el respectivo análisis y fundamento, modificando aquel componente de la deuda tributaria sin haber sido solicitada, lo cual está fuera de sus facultades y atribuciones claramente establecidas. En ese entendido, su autoridad debe considerar que el principio de congruencia no es otra cosa, que la conformidad de expresión, concepto y alcance entre el fallo y las pretensiones de las partes, estipulando al respecto los artículos 198 parágrafo I, inciso e) y 211 parágrafo I de la Ley Nº 3092 que los Recursos de Alzada y Jerárquico deberán interponerse por escrito, mediante memorial o carta simple, exponiendo fundadamente los agravios que se invoquen e INDICANDO CON PRECISIÓN LO QUE SE PIDE debiendo las Resoluciones de dichos recursos, contener fundamentos, lugar y fecha de su emisión, firma de la autoridad que la dicta y la decisión expresa, positiva y precisa de las cuestiones planteadas, sustentándose en LAS CUESTIONES IMPUGNADAS, lo que no ocurrió en el presente caso. Éste defecto procesal vicia el fondo mismo de la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0102/2013 y de la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0521/2013 puesto que ambas dejaron de lado precedentes judiciales como el expresado en el AUTO SUPREMO Nº 194 de abril 12 de 2007 que dispone sobre el principio de congruencia, que: “…la resolución judicial debe ser exacta, precisa y relacionada con la pretensión oportunamente deducida en el pleito, constituyéndose en el límite de la potestad jurisdiccional del juzgador, puesto que el contenido de sus resoluciones se encuentran delimitadas de acuerdo al sentido y alcance de las peticiones de las partes, a fin de que exista identidad entre la pretensión con lo resuelto… Nada se da por sobre entendido ni se obtiene por deducción o inducción… La incongruencia, constituye un defecto procesal o error “in procedendo” que se sanciona con la anulación de obrados…”. Asimismo, no consideró precedentes administrativos como la Resolución de recurso jerárquico AGIT-RJ 0135/2011 de 28 de febrero de 2011, que determinó: “…Al respecto, en la doctrina se entiende por Ultra petita “La expresión que se

emplea para indicar que el juzgador ha concedido a la parte litigante más de lo que ella había pedido”; asimismo, se considera el principio de congruencia como la “conformidad de expresión, concepto y alcance entre el fallo y las pretensiones de las partes formuladas en el juicio. La incongruencia justifica el recurso de apelación e incluso-en su caso- el de casación” (Ossorio Manuel, Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales, págs. 767 y 154)… Por su parte, la SC 1312/2003-R, de 9 de septiembre de 2003, en el punto III.2 de los fundamentos jurídicos del fallo, establece: “Que, a fin de resolver la problemática planteada, resulta menester referirnos a los alcances del principio de congruencia, que cobra relevancia en cualquier naturaleza de proceso…… ello supone necesariamente que la acusación ha de ser precisa y clara respecto del hecho y delito por el que se formula y la sentencia ha de ser congruente con tal acusación sin introducir ningún elemento nuevo del que no hubiera existido antes posibilidad de defenderse”; en ese sentido, la SC 0471/2005-R, de 28 de abril de 2005, en el punto III.1., señala que la doctrina jurisprudencial si bien ha sido expresada en cuanto al principio de congruencia con referencia a los procesos penales, es también válida para los procesos administrativos, puesto que éstos forman parte de la potestad sancionadora del Estado a las personas (las negrillas son nuestras)… Nuestro ordenamiento jurídico, en los arts 198-I, inc. e) y 211-I de la Ley Nº 3092 (Título V del CTB), establece que los Recursos de Alzada y Jerárquico deberán interponerse por escrito, mediante memorial o carta simple, exponiendo fundadamente los agravios que se invoquen e indicando con precisión lo que se pide; y que las Resoluciones de dichos recursos, deben contener fundamentos, lugar y fecha de su emisión, firma de la autoridad que la dicta y la decisión expresa, positiva y precisa de las cuestiones planteadas. Las citadas normas legales sustentan el principio de congruencia que debe existir entre las cuestiones impugnadas en el Recurso, la Resolución de Alzada y la Resolución Jerárquica…”(sic.) Por lo que tanto la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria como la Autoridad General de Impugnación Tributaria, resolvieron de forma ultrapetita, alejándose de la expresión y alcance del recurso de alzada planteado por el contribuyente, es decir, que cercenó la congruencia entre el fallo y las pretensiones esbozadas, además de romper con la línea jurisprudencial vinculante y obligatoria establecida con la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0121/2012 de 2 de mayo de 2012 sobre el principio dispositivo: “…las partes procesales inician y conducen sus pretensiones en el marco del principio de autonomía de la voluntad, siendo este postulado el límite objetivo para la actuación del juez, quien no puede apartarse de dichas directrices establecidas en el decurso de la causa por las partes procesales…” (sic.) (las negrillas son nuestras). D) RESPECTO A LA LEGALIDAD Y BUENA FE.- Finalmente, su probidad deberá tener presente que se presume la legalidad y la buena fe de las actuaciones de la Administración Tributaria, tal y como lo dispone la Ley Nº 1178 en su artículo 28 inciso b): “Se presume la licitud de las operaciones y actividades realizadas por todo servidor público, mientras no se demuestre lo contrario¨. (sic.), normativa jurídica concordante con el artículo 65 de la Ley 2492 que establece: “(Presunción de legitimidad). Los actos de la Administración Tributaria por estar sometidos a la Ley se presumen legítimos y serán ejecutivos, salvo expresa declaración judicial en contrario emergente de los procesos que este Código establece.”(sic.), de las citadas disposiciones legales, se presume la legalidad de todas las actuaciones de los servidores públicos del Servicio de Impuestos Nacionales sometiéndose a todas las disposiciones legales y normas tributarias en vigencia. En ese marco, el Tribunal Constitucional a través de la Sentencia Constitucional Nº 0258/2007-R de 10 de abril de 2007 con referencia al principio de buena fe estableció que: “…es la confianza expresada a los actos y decisiones del Estado y el servidor público, así como a las actuaciones del particular en las relaciones con las autoridades públicas. De manera que aplicado este principio a las relaciones entre las autoridades públicas y los particulares, exige que la actividad pública se realice en un clima de mutua confianza que permita a éstos mantener una razonable certidumbre en torno a lo que hacen, según elementos de juicio obtenidos a partir de decisiones y precedentes emanados de la propia administración, asimismo certeza respecto a las decisiones o resoluciones obtenidas de las autoridades públicas…” (sic). (las negrillas son nuestras).En consonancia a ésta sentencia constitucional, la Administración Tributaria aplicó en todo momento el principio de buena fe en cada uno de los actos jurídicos administrativos que celebró. E) SOBRE LA FALTA DE MOTIVACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE RECURSO JERÁRQUICO AGIT-RJ 0521/2013 En relación a la motivación o fundamentación de una Resolución como lo es en este caso la Resolución de Recurso Jerárquico, la Sentencia Constitucional Nº 0043/2005-R de 14 de enero de 2005 al respecto, dispuso que: “La exigencia de motivación de las resoluciones judiciales se satisface cuando éstas, de modo explícito o implícito, contienen las razones o elementos de juicio que permiten conocer cuáles han sido los criterios jurídicos que fundamentan la decisión. En relación a esta exigencia el Tribunal Constitucional ha establecido en la SC 1369/2001-R, de 19 de diciembre que: “el derecho al debido proceso,(…) exige que toda Resolución sea debidamente fundamentada. Que, consecuentemente cuando un Juez omite la motivación de una Resolución, no sólo suprime una parte estructural de la misma, sino también en los hechos toma una decisión de hecho no de derecho que vulnera de manera flagrante el citado derecho que permite a las partes conocer cuáles son las razones para que se declare en tal o cual sentido; o lo que es lo mismo cuál es la ratio decidendi que llevó al Juez a tomar la decisión” (sic.) (las negrillas y formato son nuestros). Si nos remitimos a la Resolución de Recurso Jerárquico impugnada AGIT-RJ 0521/2013, aquel elemento esencial que debe poseer toda Resolución, como el de la FUNDAMENTACIÓN, no existe, ya que lo único que hace es realizar una interpretación vacía e indebida de las normas tributarias aplicables al caso, sin considerar precedentes judiciales como la citada Sentencia Nº 013/2013 de 06 de marzo de 2013, faltando de esta forma al principio de motivación. Por todo lo expuesto se demuestra que la Autoridad General de Impugnación Tributaria ha vulnerado flagrantemente lo dispuesto por la Constitución Política del Estado y la Ley Nº 2492, pues con la recaudación de impuestos se tiene como finalidad el fortalecimiento y mejoramiento del sector Educación, Salud, Vivienda, Seguridad, etc., puesto que tiende al bien común de todo el Estado y el hecho de no pagar impuestos genera un enorme daño a la economía del Estado y correlativamente a la de sus habitantes. F) OBSERVANCIA DE PRINCIPIOS Y VALORES CONSTITUCIONALES.- Finalmente, debemos hacer referencia a que el Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sentencia Constitucional Nº 1110/2002 de 16 de septiembre, definió que los valores supremos son el parámetro y el límite para la interpretación de las leyes desde y conforme a la Constitución: “al conocer y resolver un asunto sometido a su jurisdicción, los jueces interpretan la norma o disposición legal que aplicarán al caso concreto, ello con la finalidad de establecer el sentido objetivo de la misma; está claro que dicha interpretación la efectuarán tomando en cuenta, por una parte los valores supremos, como la igualdad, la libertad, la justicia o la dignidad humana, y por otra parte, los principios fundamentales como la supremacía constitucional, la seguridad jurídica o la legalidad, entre otros, que se encuentran consagrados por la Constitución.” (sic.) (el formato es nuestro) En el caso de autos, la Resolución de Recurso Jerárquico impugnada, ignoro el principio interpretativo sentado en la sentencia de carácter obligatoria y vinculante citada, no tomó en cuenta lo dispuesto por el artículo 410 parágrafo II de la Constitución Política del Estado que dispone la SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL, menos el artículo 323 de nuestra ley de leyes que señala de forma muy clara que la política fiscal se basa en los principios de capacidad económica, IGUALDAD, PROGRESIVIDAD, PROPORCIONALIDAD, transparencia, UNIVERSALIDAD, control, sencillez administrativa y capacidad recaudatoria, es decir, que primero la Autoridad General de Impugnación Tributaria no interpretó la norma aplicable al caso concreto desde y conforme a la Constitución y segundo, esa labor interpretativa desconoce muy peligrosamente los valores supremos de IGUALDAD, PROGRESIVIDAD, PROPORCIONALIDAD Y UNIVERSALIDAD, generando indebidos privilegios en favor del contribuyente ESTACIÓN DE SERVICIO ESCOMA S.R.L. excluyéndolo del resto de los contribuyentes, originándose una completa y total desigualdad que no condice con los valores ni los principios supremos consagrados en nuestra carta magna, debiendo en consecuencia dejar sin efecto la Resolución de Recurso Jerárquica impugnada, agraviante no sólo de los intereses del Estado, sino esencialmente del derecho de trato fiscal igualitario entre todos los contribuyentes y al equitativo reparto de la carga tributaria, no pudiendo ni debiendo dejar la carga tributaria que le corresponde a la Estación de Servicio Escoma S.R.L. sobre los hombros del resto de contribuyentes. PETITORIO. Por todo lo anteriormente referido y en virtud al Art. 2 de la Ley No. 3092 de Modificaciones al Código Tributario, Art. 70 de la Ley Nº. 2341 Ley de Procedimiento Administrativo, Art. 778 y sig. Del Código de Procedimiento Civil y la Sentencia Constitucional No. 90/2006 de 17 de noviembre de 2006, tengo a bien presentar DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA contra la AUTORIDAD GENERAL DE IMPUGNACION TRIBUTARIA, representada por la Dra. Julia Susana Ríos Laguna, quien ejerce las funciones de Directora Ejecutiva General de la Autoridad General de Impugnación Tributaria, boliviana, mayor de edad, hábil por derecho, con domicilio en la Av. Víctor Sanjinés esq. Méndez Arcos No. 2705 de la zona de Sopocachi de la ciudad de La Paz, a objeto de que emita SENTENCIA declarando PROBADA nuestra demanda y REVOCANDO PARCIALMENTE la RESOLUCIÓN DE RECURSO JERÁRQUICO AGIT-RJ 0521/2013 del 29 de abril de 2013, emitida por dicha Autoridad, manteniendo firme y subsistente la Resolución Determinativa Nº 466 de 13 de septiembre de 2012. OTROSI I.- Solicito a sus Autoridades se disponga la remisión al Tribunal Supremo de Justicia de los antecedentes administrativos de la Resolución Determinativa Nº 466 de 13 de septiembre de 2012, así como del expediente correspondiente a la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0521/2013 de 29 de abril de 2013, emergente del Recurso de Alzada interpuesto por la contribuyente ESTACION DE SERVICIO ESCOMA S.R.L. contra la Resolución Determinativa Nº 466/2012 de 13 de septiembre de 2012, emitida por el S.I.N., mismo que se encuentra bajo poder de la Autoridad General de Impugnación Tributaria. OTROSI II.- Adjunto a la presente, notificación original de la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0521/2013 de 29 de abril de 2013, emitida por la Autoridad General de Impugnación Tributaria. OTROSI III.- Se señala domicilio de tercero interesado, Estación de Servicio Escoma S.R.L. Avenida Mariscal Santa Cruz Nº. 1003, Edif. Casanovas, Piso 03 Depto. 306 de la Zona barrio central de la ciudad de La Paz. OTROSI IV.- No se acompañan valores de ley conforme el Art. 7 de la Ley 212. OTROSI V.- Para conocer Providencias y Resoluciones, señalo por domicilio la Secretaria del Tribunal Supremo de Justicia. La Paz, 31 de julio de 2013 “Es lo que pido en estricta justicia”. Presentado en Secretaría de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 07 de agosto de 2013 a horas 11:20 por Alejandro Castro.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Decreto de fojas 108.- Sucre, 12 de Agosto de 2013. A mérito de la Resolución Administrativa de Presidencia del Servicio de Impuestos Nacionales No. 03-0439-13 de 05 de Julio de 2013, téngase por apersonada a la Gerencia Distrital La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales, representada legalmente por la Lic. Rita Maldonado Hinojosa, a quién deberá hacerse conocer futuras providencias del proceso. En virtud a lo expuesto por memorial enviado en tiempo hábil vía Fax cursante a fojas 1 a 14 y memorial original de fojas 29 a 35, se admite la demanda contencioso administrativa en cuanto hubiere lugar en la vía ordinaria de puro derecho, TRASLADO a la Autoridad General de Impugnación Tributaria, para que responda dentro del plazo previsto por ley, más el que corresponda en razón de distancia de conformidad a lo establecido en los arts. 345 y 146 del Código de 3rocedimiento Civil. 3 tese también a la Estación de Servicio “Escoma” SRL. Como tercero interesado, en virtud a la instrucción impartida por Sala Plena No. 073/13 de 14 de Junio de 2013, a efecto de que se apersone al proceso a asumir defensa, si así considera conveniente. -ara el cumplimiento de la diligencia de citación a la autoridad demandada, y al tercero interesado, por Secretaría de Sala Plena, líbrese provisión citatoria, encomendando su cumplimiento al Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de la ciudad de La Paz. AL OTROSÍ I.- Se dispone que la entidad demandada remita los antecedentes de a Resolución impugnada a la brevedad posible. AL OTROSÍ II.- Por acompañada la documentación que refiere y arrímese a sus antecedentes con noticia contraria. AL OTROSÍ III.- Remítase a lo dispuesto en lo principal. AL OTROSÍ IV.- Se tiene presente.AL OTROSÍ V.- Las notificaciones a las partes se realizarán en Secretaría de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. Fdo. Fidel Marcos Tordoya Rivas, Magistrado; Fdo. Sandra Magaly Mendivil Bejarano, Secretaria de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Decreto de fojas 113.- Sucre, 19 de Marzo de 2014. I.- A mérito de la Resolución Administrativa de Presidencia del Servicio de Impuestos Nacionales No. 03-0080-14 de 12 de Febrero de 2014, téngase por apersonada a la Sra. Cristina Elisa Ortiz Herrera en representación de la Gerencia Distrital La Paz del Servicio de Impuestos Internos, a quién se deberá hacer conocer futuras diligencias del proceso. II. - Se tiene presente lo expuesto y a mérito de ello, póngase en conocimiento la presente demanda a la Estación de Servicio “Escoma” SRL. en calidad de tercero interesado, sea mediante publicación edictal conforme dispone el art. 78-II del Cdgo. Procesal Civil (Ley N° 439 de aplicación anticipada) en un periódico de circulación nacional, previo juramento que deberá realizarse en Secretaría de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en horario de oficina. Al Otrosí I.- Estése a lo dispuesto en lo principal.Al Otrosí II.- Se tiene presente. Al Otrosí III.- Por señalado el domicilio procesal, en Secretaría de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. Fdo. Fidel Marcos Tordoya Rivas, Magistrado; Fdo. Sandra Magaly Mendivil Bejarano, Secretaria de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO DE FOJAS 121.-En la ciudad de Sucre, capital constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia, a horas diez y dos minutos del día lunes veintiocho de abril de dos mil catorce años, en la demanda Contencioso Administrativa presentada por la GERENCIA DISTRITAL LA PAZ DEL SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES contra la DIRECTORA EJECUTIVA GENERAL A.I. DE LA AUTORIDAD GENERAL DE IMPUGNACION TRIBUTARIA, se hizo presente en Secretaría de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, previo presentación del poder especial testimonio N° 88/2014 de fecha 31 de marzo a efecto de que realice el juramento de desconocimiento de domicilio de los terceros interesados que le confiere la señora CRISTINA ELISA ORTIZ HERRERA, en su condición de Gerente Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales a favor de la señora LIZBETH XIMENA RESSINI LOPEZ, mayor de edad, soltera, con C.l. N° 1108325, expedido en el departamento de Chuquisaca; quien hábil por ley, previo el juramento de ley, dijo “MI MANDANTE DESCONOCE EL DOMICILIO DEL TERCERO INTERESADO: ESTACION DE SERVICIO ESCOMA S.R.L.”, cuya citación ha sido ordenada en el proveído de fojas ciento trece.Con lo que termino el acto, firmando en constancia, conjuntamente la suscrita Secretaria de Sala Plena que certifica.- Fdo. LIZBETH XIMENA RESSINI LOPEZ Abogada; Fdo. Sandra Magaly Mendivil Bejarano, Secretaria de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ES CUANTO SE HACE SABER A ESTACIÓN DE SERVICIO ESCOMA S.R.L. PARA LOS FINES CONSIGUIENTES DE LEY. EL PRESENTE EDICTO SE LIBRA EN LA CIUDAD DE SUCRE EL 09 DE JUNIO DE DOS MIL CATORCE. Expediente Nº 553/2013.--------------------------------------------------------------------

EDICTO

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viernes 25 de julio de 2014 ECONOMÍA 13

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y El vicepresidente Álvaro García Linera advirtió que los vehículos ilegales serán decomisados uno a uno en el corto o largo plazo.

Y La Aduana y el COA continúan los operativos de captura de vehículos indocumentados.El Gobierno informó el

jueves que aquellos vehícu-los indocumentados decomi-sados serán entregados a ins-tituciones de servicio social, dependiendo la calidad y el estado del motorizado.

La Aduana Nacional de Bolivia (ANB) y el Control Operativo Aduanero (COA) llevan adelante un operativo a nivel nacional en estacio-nes de servicio y carreteras para capturar aquellos moto-rizados ilegales y con placas de control clonadas.

“Algunos son chatarra, otros se entregan a los hospita-les, otros a la Policía, a los ins-titutos que atienden a las per-sonas con discapacidad, en fin, básicamente es para el uso de la función social”, señaló a los periodistas el vicepresidente Álvaro García Linera.

Recordó que el presidente Evo Morales reiteró que no habrá nueva nacionalización de automóviles”.

Indicó que ya hubo en el año 2011 un período de na-cionalización de carros indo-cumentados, conocidos como ‘chutos’, por lo que era el plazo

Efectivos del COA en pleno control de vehículos en La Paz.

El consumo de pollo por persona creció en 23%REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y El objetivo es garantizar carne de res a precios accesibles para evitar la especulación.En el período 2008-2013, el

consumo anual de carne de po-llo parrillero por persona en Bolivia se incrementó en 23%, mientras que la ingesta de hue- Venta de carne de pollo.

vo aumentó en 13,5%, señala un reporte del Instituto Boliviano de Comercio Exterior (IBCE).

En este marco, el consumo nacional de pollo por cada per-sona pasó de 31 kilos en 2008 a 38 kilos para 2013, mientras que el de huevo aumentó de 126 a 143 unidades en el mis-mo período señalado.

Además, en los últimos seis años la producción de pollos parrilleros alcanzó a 939 mi-llones de aves, registrando su pico más alto en el año 2013 con 180 millones.

Según los datos del IBCE, la mitad de la producción to-tal de pollos parrilleros en

Bolivia se realizó en Santa Cruz (51%), mientras que Co-chabamba representó el 42% y otras regiones el 6%.

Asimismo, la producción de carne de pollo parrillero pasó de 294 mil toneladas registra-da en el año 2008 a 396 mil to-neladas en 2013, que represen-tan un crecimiento del 35%.

Entre tanto, en la gestión 2013, la producción de huevo en el mercado nacional superó los 1.500 millones de unidades, con un crecimiento del 11% en rela-ción con el año 2012. El depar-tamento de Santa Cruz es el ma-yor productor del alimento, con una participación del 59%.

en el que se debió aprovechar para la legalización por los pro-pietarios de estos motorizados.

“Si luego mete un carro ‘chuto’, hoy, en una semana, en un mes, en seis meses, en un año, le vamos a quitar, tengan la certeza que uno por uno va-mos a ir requisando y decomi-sando esos autos”, remarcó.

De acuerdo con García Li-nera, cuando una persona ingresa ilegalmente un ve-hículo al territorio nacional incurre en el contrabando, lo que genera un daño al Estado por la evasión del pago de im-puestos, que se traduce en la

falta de una pizarra para un niño y una medicina para la atención de un enfermo.

“El contrabandista es una persona que le está hacien-do daño a los niños, a los en-fermos y a la población en su conjunto”, sostuvo.

En este sentido, remarcó que este ilícito será sanciona-do y no merece amnistía.

La Aduana anunció esta se-mana que intensificará el con-trol para la captura de los ve-hículos indocumentados con fiscalización en carreteras y surtidores de combustibles en las poblaciones rurales.

Autos ‘chutos’ incautados serán destinados al servicio socialBENEFICIO ó El Gobierno aseguró que, dependiendo de la calidad del vehículo, pasará a hospitales, la Policía, centros de atención de discapacitados y otros.

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ó García Linera dijo que aquellas personas dedica-das al contrabando ocasio-nan un daño económico al Estado porque evaden el pago de impuestos.

ó La Aduana inició esta se-mana un operativo nacio-nal en las ciudades de La Paz, Cochabamba y Santa Cruz para la captura de los vehículos indocumentados que circulan en el país.

ó El Gobierno advirtió que estos autos serán deco-misados uno a uno.

Indicadores

• PRECIO DEL DÓLAR (BS)

Venta

6,96Compra

6,86 • COTIZACIÓN DE MONEDASCambio en Bs por unidad de moneda

extranjera

Unión Europea 9,23856Japón (Yen) 0,06738Argentina (Peso) 0,83925Brasil (Real) 3,09260Chile 0,01218Colombia 0,00372Ecuador 6,86000Perú 2,46249Rep. Popular China 1,10747Venezuela 1,08889México 0,52924Paraguay 0,00158Uruguay 0,29948

• SESIÓN DEL BOLSÍNMONTO OFERTADO:

$us 120.000.000

MONTO DEMANDADO:

$us 0,00

MONTO ADJUDICADO:

$us 0,00

• UFV (UNIDAD DE FOMENTO DE VIVIENDA)

Bs 1,96725 por UFV

• COTIZACIÓN DE LA TASA LIBOR6 meses 0,33%

• ÍNDICES DE INFLACIÓNIPC (Base 2007): 152,66

• INFLACIÓNMensual 1,21%12 meses 7,33%Acumulado 3,05%

• PETRÓLEO EN BOLIVIA$us 103,12 (barril)

• GAS EN BOLIVIA$us 3,76 (btu)

• COTIZACIONES DE

MINERALES EN DÓLARES (SIN ACTUALIZAR)

Estaño (Libra fina) 10,07Zinc (Libra fina) 1,08Oro (Onza troy) 1.300,00Plomo (Libra fina) 1,00Cobre (Libra fina) 3,24Plata (Onza troy) 20,84Bismuto (Libra fina) 11,00Antimonio (TMF) 9.400

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viernes 25 de julio de 2014ECONOMÍA14

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y El nivel de inflación que registra Bolivia es relativamente moderado.

Y Al primer semestre, la inflación acumulada llegó a 3,05%, según el INE.El Banco Central de Bolivia

(BCB) retiró de la economía nacional Bs 5.000 millones de liquidez, medida orientada a mantener controlada la infla-ción en el primer semestre de la presente gestión.

El ente emisor realizó ayer en La Paz la VIII Jornada Mone-taria, que contó con la participa-ción del vicepresidente Álvaro García Linera, quien remarcó que la inflación de enero a junio (3,05% acumulado) mantiene re-lación con el nivel de crecimien-to económico del país.

“Está controlada la infla-ción (...) hay mucho circulante fruto de la bonanza económi-ca, inversión estatal y las ex-portaciones”, señaló.

Añadió que es sano que una economía con alto crecimien-to tenga una inflación relativa-mente moderada.

En ese contexto, García Li-nera recordó que en tiempos

de la Unión Democrática Popu-lar (UDP) Bolivia registraba una elevada inflación y nulo creci-miento económico, algo similar a lo ocurrido en el período de gobiernos neoliberales.

“En nuestro Gobierno tene-mos alto crecimiento y una in-flación controlada”, destacó el Vicepresidente del Estado.

Los datos del Instituto Na-cional de Estadística (INE) re-velan que la inflación acumu-lada a junio llegó a 3,05%.

Por su parte, el presiden-te del BCB, Marcelo Zabalaga, dijo que el ente emisor aplicó todas sus medidas de control.

“Hemos retirado como Bs 5.000 millones aproximada-

mente, hemos reducido la li-quidez que está alrededor de Bs 4.000 millones y desde el punto de vista monetario he-mos hecho toda labor que se debía hacer”, manifestó.

Agregó que una gran parte de la inflación acumulada se de-bió a la escasez de algunos ali-mentos, como la carne de res.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y La base central del crecimiento económico se debe a la extracción de los recursos naturales y la redistribución de la renta que genera esa actividad.El crecimiento del Produc-

to Interno Bruto (PIB) nacional será impulsado por la indus-trialización de los recursos na-turales, además de la agricul-tura en el período 2015-2020, informó ayer el vicepresidente Álvaro García Linera.

El Segundo Mandatario par-ticipó como panelista en la VIII Jornada Monetaria del Banco Central de Bolivia, cuyo tema central fue ‘El papel de los recur-sos naturales en América Latina’.

Industrialización será el motor del desarrollo

“La segunda fase de creci-miento 2015-2020 se sostendrá sobre los procesos de indus-trialización del gas, urea, amo-niaco y parte del GLP, minería y agricultura” declaró.

“La tercera fase de expansión 2020-2025 tiene que sostenerse sobre la industrialización del gas y del litio”, agregó.

De acuerdo con la planifica-ción estratégica de las autori-

El vicepresidente del Estado, Álvaro García Linera, en la VIII Jornada Monetaria del BCB.

La refinería Gualberto Villarroel, en Cochabamba.

DATO ó El Gobierno planificó el crecimiento económico con miras a 2020 y 2025.

Gobierno afirma que la inflación es moderada y está bajo controlFUNCIÓN ó El BCB retiró Bs 5.000 millones de liquidez de la economía y realizó todo lo que debía hacer para mantener controlados los precios.

dades del sector económico, se proyecta que la explotación de las materias primas no sea el principal motor de crecimien-to, para esto el Gobierno traba-ja en el desarrollo de proyec-tos de industrialización.

García Linera explicó que en los últimos años el PIB nacio-nal creció en promedio anual en 5%, mientras que en la etapa de “los gobiernos neoliberales se registró un crecimiento del 2,5%” también en promedio.

La primera fase de creci-miento económico del país se sostuvo en la nacionalización de los hidrocarburos y el in-cremento en la exportación de gas a Brasil y Argentina.

Con el nuevo modelo económi-co se redujo la extrema pobreza.

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Iniaf tiene nuevo director general

Equipo para vía a favor de Trinidad

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

La ministra de Desarrollo Ru-ral y Tierras, Nemesia Achaco-llo, posesionó al ingeniero Hans Franklin Mercado Ríos como nuevo director general ejecuti-vo del Instituto Nacional de In-novación Agropecuaria y Fores-tal (Iniaf).

Achacollo destacó la trayec-toria del profesional inicial-mente como técnico y luego como coordinador del Progra-ma Nacional de Hortalizas, con sede en el departamento de Co-chabamba.

Por su parte, Mercado sostu-vo que su trabajo se centrará en coadyuvar a “garantizar la se-guridad alimentaria con sobe-ranía” desde la institución.

El Iniaf es una entidad des-centralizada de derecho pú-blico, con personería jurídica propia, autonomía de gestión administrativa, financiera, le-gal y técnica, con patrimonio propio y está bajo la tuición del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras. Fue creada mediante Decreto 29611, en 2008.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Más de 80 equipos pesados de la empresa China Internatio-nal Water & Electric Corpora-tion (CWE) arribarán entre el sábado 26 y domingo 27 de ju-lio a la capital beniana, con la finalidad de poner en marcha la construcción y pavimentado de la carretera San Ignacio de Moxos-Puerto Ganadero, infor-mó la Administradora Bolivia-na de Carreteras (ABC).

Según Fernando Zelada, ge-rente regional de ABC Beni, la llegada de esta maquina-ria completa otra fase más del proyecto carretero.

“Se está movilizando maqui-naria en un número de 81 equi-pos de parte de la empresa con-tratada para llevar adelante los trabajos de construcción”, explicó.

La construcción y pavimen-tación de la carretera está in-cluida en la vía que vincula Trinidad con el departamento de La Paz. El tramo I, que com-prende San Ignacio-Fátima, será ejecutado con una inver-sión de más de 282 millones de bolivianos, según ABC.

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viernes 25 de julio de 2014 ECONOMÍA 15

Gasto público impulsa crecimiento económicoPROYECCIÓN ó El ministro Luis Arce señaló que será la primera vez que la inversión pública pase el 20% del PIB.

El ministro Luis Arce Catacora, en el Auditorio del BCB, ayer en La Paz.

Destacó que el 8% del Pre-supuesto General del Estado 2014 se destina al sector de educación, 5,6% a salud y 1,9% y 1,5% para las Fuerzas Arma-das y la Policía Nacional.

“Queda claro que el Gobier-no prioriza educación y salud con los ingresos que se gene-ran de los hidrocarburos”, ma-nifestó la autoridad.

Arce Catacora sostuvo que la nacionalización de los hidro-carburos, en 2006, posibilitó aumentar la producción y me-jorar los precios del gas natural que es exportado a los merca-dos de Brasil y Argentina.

“Este incremento en las ex-portaciones generó mayor ren-ta petrolera, por lo tanto (hay) mayor ingreso fiscal”, sostuvo.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y Con el nuevo modelo económico, el Estado juega un rol importante con la inversión pública en sectores estratégicos del país.El ministro de Economía y

Finanzas Públicas, Luis Arce Catacora, informó que el gas-to público es uno de los facto-res que genera mayor desarro-llo económico en el país.

La autoridad de gobierno expuso ayer, en el auditorio del Banco Central de Bolivia, La Paz, el tema denominado “La Producción de Hidrocar-buros e Impacto en el Creci-miento y Desarrollo de la Eco-nomía Boliviana”, en el marco de la VIII Jornada Monetaria.

“ Tenemos mayor gasto de capital con respecto al Pro-ducto Interno Bruto, hemos llegado casi al 16% y si vamos a la formación bruta este año será la primera vez en la his-toria del país que la inversión total rebasará el 20% del PIB y eso es lo que está sostenien-do el crecimiento de la econo-mía”, remarcó Arce Catacora.

Explicó sobre la importan-cia que tiene la inversión pú-blica en el mediano y largo plazo, “por eso es importante mantener la continuidad de las políticas económicas”.

Para el presente año, el Go-bierno prevé que la inversión pública bordeará los $us 6.000 millones, tomando en cuenta a los hidrocarburos.

Desempleo se redujo de 9% a 2%REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El vicepresidente Álvaro García Linera aseguró el jueves que la tasa de desempleo en Bolivia se redujo en términos absolutos de nueve a dos por ciento en los últimos cinco años, gracias a la progresiva expansión económi-ca que activó la nacionalización de los hidrocarburos en 2006.

“En términos de desempleo absoluto, éste ha caído de ma-nera dramática, más bien satis-factoria, de 9% a un 2% (de la Po-blación Económicamente Activa - PEA), o un poco menos, en los

últimos 5 años”, remarcó en diá-logo con la prensa, según ABI.

Según el Instituto Nacional de Estadística, la PEA (que im-plica a personas entre los 18 y 65 años) en Bolivia asciende a 2,3 millones de personas, de un total de 10 millones de habitan-tes que tiene el país.

En este sentido, García Line-ra destacó que en la actualidad el índice de desempleo en Boli-via “es uno de los más bajos de América Latina” y manifestó que el reto “ahora es debatir” proyectos que permitan gene-rar empleos de calidad.

“Ahora viene el debate de los empleos de calidad, hay que me-jorar el empleo”, subrayó.

Explicó que las políticas eco-nómicas adoptadas desde 2006, cuando el presidente Evo Mora-les asumió su primer manda-to, estimularon un crecimiento sostenido de la economía du-rante los últimos ocho años, a pesar de la crisis internacional.

“Todo está planificado, de tal manera que este ascenso de la economía que crece, que se ex-pande cinco veces más que hace cinco años, sea sostenido”, fun-damentó la autoridad.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y Las estaciones de servicio que venden gas natural vehicular (GNV) cumplen con todas las medidas de seguridad para evitar accidentes.

Y El Gobierno fomenta el cambio de matriz energética para fomentar el consumo de GNV. Técnicos de la Agencia Nacio-

nal de Hidrocarburos (ANH) des-cartaron riesgos de explosión o incendios en la estación de servi-cio Motoreco, ubicada en la ave-nida Tejada Sorzano, de La Paz, luego de verificar el estado del compresor de gas natural vehi-cular (GNV).

A horas 11.50 de la noche del jueves se activó el sistema de se-guridad del sector que regula la presión de ingreso de la red se-cundaria de gas natural al com-presor, soportando una presión de 27 bares, ocho más de lo pro-gramado (19), lo que provocó un intenso zumbido de la válvula

de venteo que alarmó a los veci-nos de la zona.

Desde la Distrital La Paz, de la ANH, se explicó que la presión superó la regulación programa-da, activando la válvula de ven-teo a los cuatro vientos que es un sistema de seguridad que se encuentra en el techo donde está ubicado el compresor, libe-rando todo el excedente del gas.

Según el regulador, las estacio-nes de servicio cumplen con nor-mas de seguridad y una de ellas es la activación de válvula de venteo, que alerta para que se cierre el in-greso de gas al compresor.

Los técnicos de la ANH expli-caron que no existen riesgos de explosiones, porque el compre-sor está dentro de un búnker, que es una construcción de hor-migón armado.

En La Paz se cuenta con 32 es-taciones de servicios que venden GNV, la mayor parte se encuen-tra en la ciudad de El Alto, según los datos de la ANH.

ANH descarta peligro en surtidor de gas Motoreco

Vehículo adaptado para gas natural.

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miércoles 2 de julio de 2014SEGURIDAD14

CONVOCATORIAJUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

EMPRESA DE LUZ Y FUERZA ELÉCTRICA DE ORURO S.A.

El Directorio de la EMPRESA DE LUZ Y FUERZA ELÉCTRICA DE ORURO S.A., convoca a los accionistas de ELFEO S.A. a la Junta General Ordinaria de Accionistas que se llevará cabo el día viernes 01 de agosto de 2014 a horas 15:30, en el domicilio legal de la sociedad, ubicado en la calle Catacora esquina 12 de octubre s/n de la ciudad de Oruro, bajo el siguiente orden del día:

1. Designación y/o Remoción de Directores y Síndicos.

2. Nombramiento de dos accionistas para la suscripción del acta.

El registro de transmisión de acciones será suspendido desde el día de la última publicación de esta convocatoria hasta el día 04 de agosto de 2014. Los apoderados o representantes legales de accionistas deberán presentar sus respectivos mandatos a tiempo de la instalación de la Junta para su correspondiente verificación.

Oruro, julio de 2014

Page 16: Edición Impresa 25-07-14

El Jefe de Estado anunció la próxima entrega del primero de seis helicópteros Super Puma a la Felcn, para apoyar en las tareas de

interdicción, además de prestar colaboración en labores de rescate humanitarias.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El presidente Evo Morales asis-tió al 27 aniversario de la Fuer-za Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (Felcn). En el even-to afirmó que Bolivia mejoró sus resultados en cuanto a la lucha antidroga, desde que el gobier-no de Estados Unidos, a través de sus agencias, se retiró del país y dejó de ejercer un domino en las decisiones políticas, económicas y sociales de Bolivia.

El Jefe de Estado aseguró que los excelentes resultados en ma-teria de lucha contra el narcotrá-fico se hicieron posibles gracias al esfuerzo del Gobierno, a través de los efectivos de la Felcn, y las tareas de prevención, interdic-ción o erradicación de cultivos de coca que realizan.

“Sin Estados Unidos, sin ba-ses militares de Estados Unidos, sin la DEA de Estados Unidos es-tamos mejor en la lucha contra el narcotráfico”, afirmó ante los miembros de este destacamen-to, parte de la Policía Nacional.

En este marco, Morales destacó el reconocimiento que realizan entidades internacionales, como la Organización de Naciones Uni-das (ONU), que destacó la reduc-ción de hectáreas ilegales de la hoja sagrada, de más de 25 mil a 23 mil, desde 2012 a 2014.

En ese marco, señaló que en anteriores gobiernos, donde el imperialismo norteamericano manejaba las tareas de erradica-ción de coca, a través de la agen-cia de Administración para el Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés), las áreas de cul-tivo de la hoja milenaria, como es el caso del Chapare, sufrían los efectos de la imposición, el autoritarismo, y la soberbia de las autoridades norteamerica-nas, quienes no dudaban en re-primir y masacrar a los produc-tores de coca, pero en los cifras “no se veían los resultados en tema de erradicación”.

Comparó la situación con las realidades que se observan en otros países de la región, donde Norteamérica cuenta con bases militares manejadas por la DEA, y con la presencia del Comando Sur o del Departamento de Es-tado de Estados Unidos, que son los que deciden los programas y políticas de lucha contra el nar-cotráfico, pero que tampoco ex-hiben resultados positivos.

El Primer Mandatario acotó que si el gobierno estadouniden-se insiste en intervenir en cier-tos países, es para someterlos política y económicamente para tomar el control sobre sus recur-sos naturales.

Morales reconoció que aún queda mucho por hacer en mate-

Presidente Evo afirma que Bolivia logró avanzar en lucha antidrogas sin EEUU

EQUIPAMIENTO

ria antidroga, especialmente en cuanto al tema de equipamiento para efectuar esta tarea. Por ello anunció que el 31 de julio próxi-mo, el Gobierno entregará a la Felcn el primero de seis helicóp-teros Super Puma, para apoyar las tareas de erradicación que reali-zan las tropas de esta entidad.

“Nos estamos equipando aun-que protesten algunos, que digan “sí, soy presidente yo lo primero que voy a vender (son) los avio-nes, los helicópteros”, ustedes sa-ben muy bien que es una necesi-dad tener helicópteros, aviones no es (un) lujo, sino es un instru-mento de trabajo”, aseguró.

El presidente Evo Morales toma revista a los efectivos policiales que participaron del acto realizado por el 27 aniversario de la Felcn.

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viernes 25 de julio de 2014 viernes 25 de julio de 2014AGENDA PRESIDENCIAL AGENDA PRESIDENCIAL16 17

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

En instalaciones de la Escue-la Militar de Sargentos, Maxi-miliano Paredes, ubicada en el municipio cochabambino de Tarata, se realizó la firma del contrato para la construcción de un complejo hípico en dicha unidad castrense, que será eje-cutado por las empresas Suárez Consultoría y Construcciones, Constructora Parental y Cons-tructora Migema.

El presidente Evo Morales asistió al evento, y afirmó que esta infraestructura deportiva, planificada con miras a los Jue-gos Deportivos Sudamericanos Odesur de 2018, se constituirá en la más grande de la región.

El Complejo Hípico de-mandará la inversión de 76 millones de bolivianos, pro-venientes del programa Bo-livia Cambia, Evo Cumple, y contará con infraestructu-ra completa para la práctica del deporte ecuestre, no solo para filas militares, sino para la población en general.

El proyecto implica la edifi-cación de 18 bloques, instala-dos en una superficie de 40.000 metros cuadrados, suficientes para instalar áreas de oficinas para el área administrativa, dormitorios; 121 caballerizas y 15 montureros.

En el acto de la firma de contratos, Morales destacó el hecho de que los recursos

El momento en que las empresas adjudicadas firman el contrato.

para la ejecución de este tipo de obras es producto del proceso de nacionalización de los recursos naturales, impulsado por su ges-tión gubernamental en 2006.

Recordó que la defensa de la riqueza natural de Bolivia es una lucha que se impulsa desde las sublevaciones indígenas, an-tes de la fundación de la república, que en esos tiempos era saqueada por los conquistadores europeos.

El Jefe de Estado también apro-vechó para anunciar que se apro-bó la construcción de las obras de ampliación de la unidad educativa Marcelo Quiroga Santa Cruz, ubi-cada en el municipio de Villa Rive-ro, en el departamento de Cocha-bamba, con una inversión de más de ocho millones de bolivianos.

Destacó que el proyecto incluye la construcción de talleres y labo-ratorios y afirmó que el Gobierno no aprobará la edificación de uni-dades educativas que no contem-plen estas infraestructuras.

Anunció también que en vís-peras del aniversario del departa-mento de Cochabamba, el 14 de septiembre, el gobierno entregará seis helicópteros al Ejército.

“Por primera vez, nuestro ejér-cito va a tener seis helicópteros llamados la Caballería Aérea. Aun-que algunos opositores dicen que cuando sean presidentes van a vender aviones (...) algunos sólo sa-ben vender a la patria, sólo saben depender de los extranjeros y no-sotros con la lucha nos hemos li-berado”, señaló.

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Se edificará la ampliación de la unidad

educativa Marcelo Quiroga Santa Cruz.

Firman contrato para construir Club

Hípico en Tarata

OBRAS

Efectivos que se dedican a tareas de lucha antidroga.

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Un can miembro de la fuerza antidroga fue condecorado.

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El Jefe de Estado anunció la próxima entrega del primero de seis helicópteros Super Puma a la Felcn, para apoyar en las tareas de

interdicción, además de prestar colaboración en labores de rescate humanitarias.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El presidente Evo Morales asis-tió al 27 aniversario de la Fuer-za Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (Felcn). En el even-to afirmó que Bolivia mejoró sus resultados en cuanto a la lucha antidroga, desde que el gobier-no de Estados Unidos, a través de sus agencias, se retiró del país y dejó de ejercer un domino en las decisiones políticas, económicas y sociales de Bolivia.

El Jefe de Estado aseguró que los excelentes resultados en ma-teria de lucha contra el narcotrá-fico se hicieron posibles gracias al esfuerzo del Gobierno, a través de los efectivos de la Felcn, y las tareas de prevención, interdic-ción o erradicación de cultivos de coca que realizan.

“Sin Estados Unidos, sin ba-ses militares de Estados Unidos, sin la DEA de Estados Unidos es-tamos mejor en la lucha contra el narcotráfico”, afirmó ante los miembros de este destacamen-to, parte de la Policía Nacional.

En este marco, Morales destacó el reconocimiento que realizan entidades internacionales, como la Organización de Naciones Uni-das (ONU), que destacó la reduc-ción de hectáreas ilegales de la hoja sagrada, de más de 25 mil a 23 mil, desde 2012 a 2014.

En ese marco, señaló que en anteriores gobiernos, donde el imperialismo norteamericano manejaba las tareas de erradica-ción de coca, a través de la agen-cia de Administración para el Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés), las áreas de cul-tivo de la hoja milenaria, como es el caso del Chapare, sufrían los efectos de la imposición, el autoritarismo, y la soberbia de las autoridades norteamerica-nas, quienes no dudaban en re-primir y masacrar a los produc-tores de coca, pero en los cifras “no se veían los resultados en tema de erradicación”.

Comparó la situación con las realidades que se observan en otros países de la región, donde Norteamérica cuenta con bases militares manejadas por la DEA, y con la presencia del Comando Sur o del Departamento de Es-tado de Estados Unidos, que son los que deciden los programas y políticas de lucha contra el nar-cotráfico, pero que tampoco ex-hiben resultados positivos.

El Primer Mandatario acotó que si el gobierno estadouniden-se insiste en intervenir en cier-tos países, es para someterlos política y económicamente para tomar el control sobre sus recur-sos naturales.

Morales reconoció que aún queda mucho por hacer en mate-

Presidente Evo afirma que Bolivia logró avanzar en lucha antidrogas sin EEUU

EQUIPAMIENTO

ria antidroga, especialmente en cuanto al tema de equipamiento para efectuar esta tarea. Por ello anunció que el 31 de julio próxi-mo, el Gobierno entregará a la Felcn el primero de seis helicóp-teros Super Puma, para apoyar las tareas de erradicación que reali-zan las tropas de esta entidad.

“Nos estamos equipando aun-que protesten algunos, que digan “sí, soy presidente yo lo primero que voy a vender (son) los avio-nes, los helicópteros”, ustedes sa-ben muy bien que es una necesi-dad tener helicópteros, aviones no es (un) lujo, sino es un instru-mento de trabajo”, aseguró.

El presidente Evo Morales toma revista a los efectivos policiales que participaron del acto realizado por el 27 aniversario de la Felcn.

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REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

En instalaciones de la Escue-la Militar de Sargentos, Maxi-miliano Paredes, ubicada en el municipio cochabambino de Tarata, se realizó la firma del contrato para la construcción de un complejo hípico en dicha unidad castrense, que será eje-cutado por las empresas Suárez Consultoría y Construcciones, Constructora Parental y Cons-tructora Migema.

El presidente Evo Morales asistió al evento, y afirmó que esta infraestructura deportiva, planificada con miras a los Jue-gos Deportivos Sudamericanos Odesur de 2018, se constituirá en la más grande de la región.

El Complejo Hípico de-mandará la inversión de 76 millones de bolivianos, pro-venientes del programa Bo-livia Cambia, Evo Cumple, y contará con infraestructu-ra completa para la práctica del deporte ecuestre, no solo para filas militares, sino para la población en general.

El proyecto implica la edifi-cación de 18 bloques, instala-dos en una superficie de 40.000 metros cuadrados, suficientes para instalar áreas de oficinas para el área administrativa, dormitorios; 121 caballerizas y 15 montureros.

En el acto de la firma de contratos, Morales destacó el hecho de que los recursos

El momento en que las empresas adjudicadas firman el contrato.

para la ejecución de este tipo de obras es producto del proceso de nacionalización de los recursos naturales, impulsado por su ges-tión gubernamental en 2006.

Recordó que la defensa de la riqueza natural de Bolivia es una lucha que se impulsa desde las sublevaciones indígenas, an-tes de la fundación de la república, que en esos tiempos era saqueada por los conquistadores europeos.

El Jefe de Estado también apro-vechó para anunciar que se apro-bó la construcción de las obras de ampliación de la unidad educativa Marcelo Quiroga Santa Cruz, ubi-cada en el municipio de Villa Rive-ro, en el departamento de Cocha-bamba, con una inversión de más de ocho millones de bolivianos.

Destacó que el proyecto incluye la construcción de talleres y labo-ratorios y afirmó que el Gobierno no aprobará la edificación de uni-dades educativas que no contem-plen estas infraestructuras.

Anunció también que en vís-peras del aniversario del departa-mento de Cochabamba, el 14 de septiembre, el gobierno entregará seis helicópteros al Ejército.

“Por primera vez, nuestro ejér-cito va a tener seis helicópteros llamados la Caballería Aérea. Aun-que algunos opositores dicen que cuando sean presidentes van a vender aviones (...) algunos sólo sa-ben vender a la patria, sólo saben depender de los extranjeros y no-sotros con la lucha nos hemos li-berado”, señaló.

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Se edificará la ampliación de la unidad

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viernes 25 de julio de 2014PUBLICIDAD18

TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIAJUZGADO QUINTO DE INSTRUCCIÓN EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL.-

******E D I C T O D E P R E N S A*****PARA LA ACUSADA VANESA AVILÉS MÉNDEZ.- La Dra. ROSARIO XIMENA FLORES PANIAGUA, JUEZ QUINTO DE INSTRUCCIÓN EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL SANTA CRUZ- BOLIVIA, hace saber que dentro de proceso penal IANUS 701199201226227 y Fis Anti: 012274 seguido por EL MINISTERIO PUBLICO, YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FISCALES BOLIVIANOS (Y.P.F.B.) REPRESENTADO LEGALMENTE POR SU PRESIDENTE EJECUTIVO a.i LIC. CARLOS VILLEGAS QUIROGA, y en calidad de Abogados y Apoderado Legales Marcelo David Canseco Fuentes, (Director Legal General) Monica Clemencia Ramirez Marquez, Luis David Veizaga Rosales, Sergio Alejandro Torrez Velasco, en contra de Gerson Richard Rojas Teran, Agustin Javier Ugarte Méndez, Vanesa Aviles Méndez, Marcelo Rafael Oña Cuellar, por la presunta comisión USO INDEBIDO DE BIENES Y SERVICIO PÚBLICOS, LEGITIMACIÓN DE GANANCIAS ILÍCITAS, ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO, FALSEDAD EN LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS, FALSEDAD MATERIAL, FALSEDAD IDEOLOGICA, USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO Y FALSEDAD EN LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTA. Previstos y sancionados en los Artículos 27, 27, 33 de la Ley Nº 004, Artículos 154, 198, 203, 185 (bis) del código penal; SE HAN PRODUCIDO LOS SIGUIENTES ACTUADOS JUDICIALES QUE A CONTINUACIÓN SE TRASCRIBEN:----------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&SEÑORA JUEZ QUINTO DE INSTRUCCIÓN PENAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, Y POR SU INTERMEDIO AL TRIBUNAL DE SENTENCIA EN MATERIA DE ANTICORRUPCIÓN.- FIS ANTI 012274:------ IANUS 701199 2012 26227:--------- PRESENTAN ACUSACIÓN FORMAL-----------OFRECEN Y ACOMPAÑAN PRUEBA DE CARGO OTROSIES.- SU CONTENIDO.-------EL MINISTERIO PUBLICO por medio de la comisión de Fiscales que conformamos los Abog. ROSE MARIA BARRIENTOS RUIZ, YOLANDA AGUILERA LIJERON, CANDIDO BLANCO CHOQUE contra GERSON RICHARD ROJAS TERAN, AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ, VANESSA AVILES MENDEZ Y OTROS (por los delitos de Uso Indebido de Bienes y Servicios Públicos, Incumplimiento de Deberes, Enriquecimiento Ilícito y otros) ante Uds., ocurrimos respetuosos, exponemos y pedimos:------I.- SUJETOS PROCESALES.----------------1.1. ACUSADOS.- -------------1.- Nombre: GERSON RICHARD ROJAS TERAN------C.I Bolivia:---------2206850 LP-------Fecha nacimiento:-------------------------17.11.1972 (40 años)--------Lugar de nacimiento:-----Dpto.: --- Oruro-----------------Nacionalidad:----------Boliviano: ---------Estado civil:---------------Casado----------Ocupación:-----------------------Ingeniero Electrónico; empresario:--------------- Domicilio real:--------Santa Cruz de la Sierra, Av. Roca y Coronado y calle Bermejo, N° 48:-----Cargos: Uso Indebido de Bienes y Servicios Públicos, Enriquecimiento Ilícito, Legitimación de Ganancias Ilícitas, Falsedad en declaración jurada de Bienes y Rentas: -------------------Status jurídico: ----Actualmente en detención preventiva en el penal de Palmasola:----------Domicilio Procesal:------Santa Cruz de la Sierra, Pasaje Beni, Edificio Dolly.----------------Abogado Defensor::------Abog. David Quilo Rocabado: ------------------------------------------------------------2.- Nombre: ---------- AGUSTÍN JAVIER UGARTE MENDEZ: ---------CI Bolivia: ----------814673 CB: --------Fecha nacimiento: -------27.08.1960 (53 años) Lugar de nacimiento: ----Dpto. Cochabamba: ----------Nacionalidad: Boliviano -------------Estado civil: ---------Divorciado: ----------Ocupación: -------Ingeniero Químico.: -----Domicilio real: ----------Santa Cruz de la Sierra, Equipetrol.:-------Cargos: Enriquecimiento Ilícito: ----------------Status jurídico: -----Actualmente en detención preventiva en el penal de “Palmasola” en Santa Cruz.: Domicilio Procesal: ----Santa Cruz de la Sierra, Pasaje Beni, Edificio Dolly: -------- Abogado Defensor: -----------Abog. David Quilo Rocabado: -------------------------------------------------------3.- Nombre: ---------MARCELO RAFAEL OÑA CUELLAR: -----------CI Bolivia: -----------------1145071 CH: --------Fecha nacimiento: -------05.11.1972 (40 años):------------------Lugar de nacimiento: Dpto.: Chuquisaca: Nacionalidad: ---------Boliviano: Estado civil: --------------Casado: ----- Ocupación: ------Abogado. -------------------------------------------------------------------Domicilio real: ------------Chuquisaca, Sucre, calle Bolívar N° 843.:-----Cargos: ------------Incumplimiento de Deberes: ------Status jurídico: -------Actualmente en detención preventiva en el penal de “San Roque” en Chuquisaca.:-------------------------------------------------Domicilio Procesal: ------------Santa Cruz de la Sierra, no especifica.:---------Abogados Defensores: --------------------------Abog. Daniel Bejarano Piccolomini:- -----------------------------4.- Nombre:-------------VANESA AVILES MENDEZ: ---------CI Bolivia: 4693787 SC.:------------Fecha nacimiento:--------17.12.1977 (35 años).:------ Lugar de nacimiento:---------Dpto. Santa Cruz.:-------Nacionalidad:-------Boliviana.:------ Estado civil: ----------- Soltera: -------------------Ocupación: Ingeniera en Administración Petrolera.:------------------------Domicilio real.:------Santa Cruz, zona Equipetrol N, calle “I” N° 175.:----------Cargos: --------------Falsedad Ideológica y Material: ---------------------Uso de Instrumento Falsificado:-------Falsedad en Declaración Jurada de Bienes y Rentas.:-------------------- Status jurídico:---------Actualmente prófuga, con paradero desconocido, declarada rebelde.------------------------------------------Domicilio Procesal:--------------Santa Cruz de la Sierra, Calle Beni prolongación Nº 20, Edificio Casanova, piso7°, Of. 8, en oficinas de Defensa Pública.:----------Abogados Defensores: Abog. De turno (Defensa Pública) --------------------------------------------------------------------------------1.1. QUERELLANTE.-----------------------Nombre: ----------YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES BOLIVIANOS:------Personería: ----- NIT: ----1020269020:-------------- Representante Legal: ------Lic. Carlos Villegas Quiroga, en su condición de Presidente Ejecutivo de YPFB.: -------Domicilio Legal:--------- ------------------------------------------------------La Paz, ciudad La Paz; Calle Bueno esq. Av. Camacho, Edif. YPFB, piso 8------------------------Mandatarios: ----------Abog. Mónica Clemencia Ramírez Márquez.:------Abog.----- ---------------Sergio Alejandro Torrez Velasco: --------Abog. Luis David Veizaga Rosales-------------------------Domicilio procesal: Santa Cruz de la Sierra, calle prolongación Beni Nº 20, casi Av. Uruguay (frente al palacio de Justicia), Edif. Casanova, piso 6, oficina 8.-----------------------------1.3.- VICTIMAS (Art. 76; L 1970).- La Sociedad, Estado Plurinacional de Bolivia: --------------Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos---------------------------------------------------------------II.- TEORIA FACTICA O RELACION DE HECHOS.-----------Primero.- (Uso indebido de Bienes y Servicios Públicos) En fecha 17.06.2012, sobre la carretera Cochabamba – Santa Cruz, Prov. Ichilo, a la altura del Km. 94, se produjo un hecho de tránsito protagonizado por el vehículo clase vagoneta marca Toyota Land Cruiser Prado blanca, placa 2841 KKL, conducido por GERSON RICHARD ROJAS TERAN, bajo influencia etílica, según la historia clínica del prenombrado glosada en la clínica INCOR, extremo corroborado por el informe preliminar del Sr. Sgto. Gustavo Osinaga Renfijo, de fecha 18.06.2012.:----El referido motorizado circulaba en sentido de orientación de Oeste a Este, e inicialmente impactó con una camioneta blanca Toyota Dina, placa 812 IUI, conducida por el Sr. Jaime Poggi Gamón; seguidamente impactó en la parte anterior lateral izquierda de un camión blanco Nissan Cóndor, placa 709 RHA, conducido por el Sr. Renán Rojas Meneses; y en seguida impacta con la parte frontal del camión Volvo, blanco, placa 2499 RAA, conducido por el Sr. Reynaldo Rojas Méndez.:---------------- A consecuencia del hecho, resultan con daños materiales de consideración los motorizados, luego del hecho, personas desconocidas habrían procedido a desmantelar el vehículo principal protagonista del hecho (vagoneta blanca Toyota Land Cruiser Prado, placa 2841 KKL) por lo que solo se pudo encontrar en el mencionado vehículo credencial de matrícula de arma de fuego a nombre del Sr. GERSON RICHARD ROJAS TERAN, que conducía el vehículo, y que luego de la triple colisión se dio a la fuga.:---------Por los antecedentes existentes, se tiene que GERSON RICHARD ROJAS TERAN, al momento del hecho era funcionario de la empresa YPFB (Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos) desde mayo de 2009, con el cargo de Gerente Nacional de la Planta de Separación de Líquidos, y que el día del hecho de tránsito fue un domingo, día no laborable, por lo que se colige que el prenombrado le estaba dando al vehículo siniestrado de propiedad de YPFB un uso distinto del institucional, al que estaba destinado de acuerdo la normativa administrativa legal vigente.:--------- Del historial clínico de Emergencias realizado por el Dr. Fredy Felix Mollo Aquino, cirujano de emergencias de la clínica INCOR, se desprende que al examen físico del paciente GERSON RICHARD ROJAS TERAN presentaba halitosis alcohólica, irritable, pupilas escorias fotoreactivas, escoriaciones en tórax y abdomen, entre otros.:-------------En fecha 28.06.2012, en presencia de la Sra. Notaria de Fe Pública Dra. Rosse Mery Uriona Almaraz se procedió al registro de las oficinas de GERSON RICHARD ROJAS TERAN y AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ, hallándose en la oficina que correspondía al Sr. GERSON RICHARD ROJAS TERAN: un monitor de pantalla plana HP con teclado; disco duro externo; dos computadoras portátiles marca “Sony”; una impresora portátil para computadora; una impresora multifuncional; un scanner para computadora portátil, entre otras cosas; asimismo se colectó los recibos de depósito por concepto de alquiler de cajas de seguridad del Banco Mercantil Santa Cruz; de igual manera se colectó el proyecto de tesis de la Sra. Vanesa Avilés Méndez.:------En fecha 04.07.2012, se solicitó mandamiento de allanamiento judicial para requisar, registrar y colectar evidencias en el área de las cajas de seguridad del Banco Mercantil Santa Cruz, agencia sita en la Av. Irala de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.:---------------- En fecha 05.07.2012, durante el allanamiento judicial de las cajas de seguridad número 69 y 298 a nombre de GERSON RICHARD ROJAS TERAN, en la caja de seguridad numero 298 se Produjo el hallazgo y la colecta de anotaciones supuestamente de montos con fechas y la existencia de $us.-90.000.-, en la caja de seguridad 69 no se constató existencia de objeto alguno, acto registrado en el acta respectiva.: En fecha 06.07.2012, El señor AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ, realiza su declaración informativa la cual establece el origen de Bs 100.000 (Cien mil Bolivianos 00/100): en el segundo semestre del 2010 se realiza la evaluación técnica y económica del contrato “Planta Rio Grande” donde y señala que GERSON ROJAS

TERAN le recomendó que se abra sobre B de la propuesta económica de la empresa AESA; que en enero del 2011 GERSON ROJAS lo llamó y le indicó que espere en el cuarto anillo de la Avenida San Martin, donde al promediar las 08:00 pm una persona que él dijo no conocer le entregó en una bolsa negra Bs. 100.000 (Cien mil Bolivianos 00/100), mismos que fueron gastados poco a poco quedando un saldo de Bs 56.000 (Cincuenta y seis Mil bolivianos 00/100) que, según dijo, fueron entregados a su primo (de AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ).:--------- GERSON ROJAS TERAN, mediante una nota pretende habilitar a Yesica Kati Rojas Cortez, para que pueda presentarse en instalaciones del Banco Mercantil Santa Cruz y acceder al uso de cajas de seguridad de mencionada entidad bancaria, para retirar el contenido de las cajas de seguridad, hecho que no se concretó.:---- En el momento del allanamiento se recibe información de la Sra. Clara J. Araujo Eizaguirre, JEFE OPERATIVO DEL BANCO MERCANTIL SANTA CRUZ, manifestando que en fecha 30 de junio del 2.012 a horas 12.55, se habría hecho presente en esa entidad Bancaria el Sr. AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ, portando UNA MOCHILA DE COLOR ROJO el mencionado ingreso al área de cajas de seguridad utilizo la caja de seguridad Nº 69. Posteriormente la entidad financiera mediante Requerimiento Fiscal proporciono el video que corrobora lo mencionado por la funcionaria del banco. Con estos elementos encontrados, información procesada el día 6 de julio de 2012, dando cumplimiento a orden Fiscal se aprehende al Sr. AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ.:----- El dinero secuestrado en primera instancia fue depositado por seguridad en la entidad bancaria, bajo la custodia y responsabilidad del representante legal del Banco Sr. JAIME ARIEL ORDOÑEZ BELTRAN, posteriormente cumpliendo las formalidades de ley, se retira el dinero del Banco Mercantil Santa Cruz y se lo deriva y entrega a la Sra. Lic. A la fecha la comisión de fiscales dispuso el depósito del dinero en el Banco Unión a una cuenta fiscal de DIRCABI.:---- Segundo.- (Incumplimiento de Deberes)----------------En fecha 06.07.2012, se amplía la denuncia en contra de MARCELO RAFAEL OÑA CUELLAR, respecto a la participación en la contratación de compra de los predios “LA ESPERANZA” para la construcción de la planta separadora de líquidos Gran Chaco, mediante contrato de fecha 16 de marzo del 2012 YPFB-VPNO-GNPSL-003/2012, entre los ciudadanos Pedro Pérez Barrientos, Teodora Paniagua de Pérez y YPFB, por la suma de 9.794.881,08 (Nueve millones setecientos noventa y cuatro mil ochocientos ochenta y uno 08/100 Bolivianos); compra de terreno efectuada por delegación, a cargo de la Gerencia Nacional de Plantas, incumpliendo la Resolución de Directorio, y sin observar el cumplimiento de requisitos formales, es decir sin la existencia de la documentación necesaria en cuanto al saneamiento del predio La Esperanza.: ----------------Un grupo de Ingenieros le propusieron comprar su terreno (Gerson Rojas, Javier Ugarte el Dr. Marcelo Oña y una secretaria), Gerson Rojas lo amenazó diciéndole que le expropiarían, le hicieron firmar a la fuerza un precontrato para no vender la tierra a otro, querían pagar lo mínimo: 1.500 $us por hectárea; no estaba de acuerdo ya que la hectárea cuesta de 5.000 $us. 8.000 $, colindantes han vendido a YPFB unas 12 hectáreas para que construya la planta de bombeo de agua Juana Azurduy, que está frente a su casa. En YPFB, hablaron del precio, pidieron 3.000 $us por hectárea; ahí GERSON ROJAS no quería de ese precio el ofrecía 1.800 $us por hectárea; ahí Gerson Rojas dijo que tenía que consultar a nivel nacional, no dijo con quién y no se quedó en nada, argumentando que el Estado no tenía recursos.: ----------------Después al mes lo llamaron a su celular el Ing. Javier Ugarte y el Dr. Marcelo Oña y le dijo que fueran nuevamente a Santa Cruz ya que ya habían consultado, es así que nuevamente fueron a Santa Cruz en esa reunión Gerson Rojas, Javier Ugarte y el Dr. Marcelo Oña, le ofrecieron 2.200 $us, pero ellos mantuvieron la oferta de 3.000 $us. Por hectárea y en esta reunión no llegaron a nada y dijeron que había que hacer avalúos, ellos se iban a encargar del avalúo, pero no vinieron a hacer el avalúo, solamente vino un hombre a tomar nota de las mejoras que hay en la casa y de los alrededores y solo tomo medidas y no entro a mediar las mejoras del fondo donde también hay mejoras. Después Gerson Rojas, Javier Ugarte y Marcelo Oña ya hablaron de un monto global en moneda Boliviana algo de nueve millones de bolivianos y más no recuerdo perfectamente y ya no se habló por hectárea. Luego se hizo la venta del terreno y les dieron 8.815.392,97 Bs. En el cheque está el monto exacto. Quedó un saldo de dinero en la suma de Bs.-979.488,11.-; que Gerson Rojas, y Marcelo Oña, les dijeron que ese dinero seria para el trámite y seguramente ya nos irían a dar nada, porque nos tenían amenazados, le dieron el cheque y el dinero lo depositaron al Banco Unión, abriendo una cuenta a su nombre.: ----------------En cualquier caso, el haber firmado el contrato de transferencia del predio “La Esperanza” sin que este hubiera estado debidamente saneado, es decir cumplir con el respectivo registro e inscripción del derecho propietario a nombre de los vendedores Esposos Pérez en el Registro de Derechos Reales es decir sin que dicho derecho propietario sea oponible a Terceros, asimismo en el contrato compromete al saneamiento y evicción de dicha propiedad a los compradores (YPFB marca la responsabilidad penal de los funcionarios firmantes; dichas personas fueron GERSON RICHARD ROJAS TERAN, AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ y MARCELO RAFAEL OÑA CUELLAR en su condición de entonces ASESOR LEGAL de la Gerencia de Plantas de Extracción y Licuables de YPFB.: ----------------Tercero.- (Enriquecimiento Ilícito).: ----------------Los hechos anteriores realizados por los imputados, han sido preparativos, conducentes y concretos respecto de la intención y finalidad de enriquecerse ilícitamente con dineros que no resultan de su trabajo legal y regular, sino de dadivas motivadas para hacer u omitir, o hacer lo debido más rápido.: ----------------Con relación al alquiler de Caja de Seguridad, Agustín Javier Ugarte Méndez indica que tiene una caja de Seguridad compartida donde el titular es el Sr. Gerson Richard Rojas Terán, esta caja la alquilo desde la gestión 2.011, asevera que en la caja No. 69, dejo la suma de 100.000 Bs., cuyo dinero en el segundo semestre del 2.010, proviene de la evaluación técnica y económica del contrato Planta Rio Grande, donde habría participado como Comisión Calificadora junto a unas 15 a 18 personas del Contrato de la Planta del Rio Grande.: ----------------Indicó que Gerson Richard Rojas Terán, les señaló a toda la comisión y a la comisión de La Paz (Martha Criales, Javier Fernández y otros), que deberían APROBAR LA EVALUACION TECNICA DE LA EMPRESA “TECNICAS REUNIDAS”, para que pueda entrar al proceso de concertación conjuntamente con la empresa Samsung y tener una estrategia de negociación con ambas y favorecer a YPFB con la adjudicación por el menor precio, es así que Técnicas Reunidas se adjudica el contrato.: ----------------Manifiesta que los 100.000 Bs. que le dio GERSON RICHARD ROJAS TERAN, están anotados en block los retiros que hacia según lo que lo iba gastando en el mini bloc con manuscritos secuestrados en su domicilio.: ----------------Ugarte Méndez participó en la parte técnica, viendo el plan de trabajo con otros dos técnicos más y el resto de la Comisión calificó otros ítems de la propuesta técnica.: ----------------En esta licitación se presentaron tres empresas: PENTECHS, AESA y UNA EMPRESA ALEMANA cuyo nombre no recuerda, la comisión calificadora de la cual era parte recomendó a la empresa AESA para que se abra el sobre B o propuesta económica.: ----------------En enero del 2.011 el Ing. Gerson Richard Rojas Terán, lo llama y le indica que lo espere en el cuarto anillo y Av. San Martin, cerca del puente Urubó en la noche al promediar las 20.00 p.m. donde le entregan una bolsa negra la cual contenía los 100.000 Bs., dicho dinero pasado unos dos días deposita en la caja de Seguridad del Banco. El dinero se lo entregaron como producto del contrato de la Planta de Rio Grande que se adjudicó la empresa AESA.: ----------------Cuando ingresó a la Gerencia de Plantas el Gerente Gerson Richard Rojas, les preguntó SI ESTABAN COMPROMETIDOS CON EL, a lo que respondieron QUE SI y les dijo “aprobemos la evaluación técnica en favor de AESA” y él en particular a cambio le ayudaría en ascender a un cargo de Director de Proyecto.: ----------------Consecuentes a su propósito, y dado que la hija de GERSON ROJAS TERAN, no pudo retirar los efectos de su padre de la caja de seguridad a su nombre, el Sr. AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ sí se apersonó ante el Banco Mercantil Santa Cruz de la Av. Irala a retirar sus efectos de la caja de seguridad que compartía con GERSON ROJAS TERAN, siendo visto registrado y filmado por las cámaras de seguridad del Banco, cuando salía a guisa de una mochila evidentemente cargada cuando momentos antes había ingresado flácida.: ----------------Cuarto.- (Falsedad en la Declaración Jurada de Bienes y Rentas).: ----------------En fecha 22.05.2012, GERSON ROJAS TERAN, habiendo omitido presentar declaración Jurada de Bienes y Rentas, correspondiente a los años 2010 y 2011; se presentó en la Contraloría el 22 de mayo de 2012, a declarar sus bienes y rentas, pero de una manera que no correspondía a la realidad pues omite declarar varias posesiones (90.000 mil dólares americanos, vehículos) que tenía hasta esa fecha.: ---------------De igual manera VANESA AVILES MENDEZ omite declarar ante la Contraloría en el formulario de ley los vehículos que en el registro de Tránsito figuran a su nombre, lo que hace que dicha declaración sea falsa, por no corresponder con la realidad.:----------------Quinto.- (Legitimación de Ganancias Ilícitas).: ----------------De acuerdo al Informe remitido por la Unidad de Investigación Financiera, mediante INFORME/UIF/ANL/25167/2012, de fecha 18 de Octubre de 2012 y lo establecido en el Técnico Final en las conclusiones y recomendaciones se tiene: ----------------TEXTUAL: “Por lo expuesto se infiere que el señor GERSON RICHARD ROJAS TERAN presumiblemente se encontraría vinculado al delito de Legitimación de ganancias ilícitas previsto y sancionado por el Código Penal en el art. 185 Bis modificado por el art. 34 de la Ley 004 de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de fortunas “Marcelo Quiroga Santa cruz”, reformado por el art. 2 de la ley No. 170 de 09 de septiembre del 2011, enmendado por la disposición adicional tercera de la ley No. 262 del 30 de julio del 2012. “----------------“Por otra parte, la empresa SERVIMAN S.R.L. Presuntamente habría sido utilizada como un medio o instrumento para la comisión del delito de Uso indebido de influencias descrito en el art. 146 del Código Penal, mismo que al ser considerado como delito de corrupción se constituye en ilícito precedente al de “Legitimación de Ganancias Ilícitas”. Hay que destacar que el señor GERSON RICHARD ROJAS TERAN desempeñó el servicio público en YPFB Refinación entre

junio del 2009 a mayo 2012 periodo en el cual también figuraba como accionista de la empresa SERVIMAN S.R.L”.: ----------------“Por ultimo en las operaciones financieras de la empresa SERVIMAN SRL., se habrían identificado operaciones sospechosas vinculadas al delito de legitimación de ganancias ilícitas.: ----------------En las recomendaciones que hace el Informe Legal de la UIF 25167/2012 señala.: ----------------“… existen los elementos necesarios y fundados que hacen presumir que el señor GERSON RICHARD ROJAS TERAN Y LA EMPRESA SERVIMAN SRL. En su accionar financiero están comprometidos con operaciones sospechosas, vinculadas al delito de Legitimación de ganancias ilícitas, previsto y sancionado por el art. 185 Bis del Código Penal, modificado por el art. 34 de la Ley 004 “Marcelo Quiroga Santa cruz” y enmendada por la disposición adicional tercera de la ley 262 del 30 de julio del 2012 y en sujeción a los arts. 18 numeral 8) recomendando remitir antecedentes a la autoridad competente, para su correspondiente persecución y posterior sanción penal, sea con los recaudos de rigor.: ----------------“Asimismo se recomienda interponer la respectiva denuncia ante la Contraloría General del Estado para que en virtud a las atribuciones descritas en el art. 3 del Decreto Supremo No. 23215 de fecha 22 de julio 1992, proceda a realizar la revisión de los procesos de contratación y contratos suscritos por la empresa SERVIMAN SRL. Con YPFB REFINACION, debido a que posiblemente existirían indicios del delito de Uso indebido de influencias, al identificarse al señor GERSON RICHARD ROJAS TERAN como socio de la empresa privada SERVIMAN SRL. y dependiente de YPFB REFINACION”.: ----------------Con esta noticia de la existencia de un posible ilícito penal nuevo del antes mencionado imputado GERSON RICHARD ROJAS TERAN, el Ministerio Público, en fecha 18 de marzo de 2012, al tratarse de nuevos hechos, remitió el informe de la UIF/ANL/ 25167/2012, de 18 de Octubre de 2012, más el informe del Investigador asignado al mencionado caso a conocimiento del señor Fiscal Departamental a objeto que disponga las acciones legales que correspondan.: ----------------III.- AUTORIA, DOLO y SUBSUNCION.- ----------------Conforme a la teoría fáctica, se tiene que.: ----------------HECHOS (Tiempo, lugar y forma).- Se han suscitado dentro el lapso de tiempo comprendido entre junio de 2009 a mayo de 2012, de manera continuada y permanente, atribuidos a los acusados; En el territorio de la competencia del Tribunal de Sentencia de la ciudad de Santa Cruz y Tarija, con el común denominador de las oficinas de la Gerencia Nacional de la Planta Separadora de Líquidos.: ----------------SUJETOS ACTIVOS DE LOS DELITOS (Señas generales y participación personalizada).- Se trata de GERSON RICHARD ROJAS TERAN, AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ, MARCELOS RAFAEL OÑA CUELLAR Y VANESSA AVILES MENDEZ, cuyas generales de ley han sido detalladas en el primer punto, indicando número de cédula de identificación y direcciones de domicilios. De cualquier manera, es necesario puntualizar la participación individual, como sigue.: ----------------1. GERSON RICHARD ROJAS TERAN (AUTOR).: ---------------- 1.1 Subsunción en los delitos acusados: ----------------“Art. 26 Ley 004.- ----------------(Uso Indebido De Bienes y Servicios Públicos) que a la letra dice: ----------------La servidora o el servidor público que en beneficio propio o de terceros otorgue un fin distinto al cual se hallaren destinados bienes, derechos y acciones pertenecientes al Estado o a sus instituciones, a las cuales tenga acceso en el ejercicio de la función pública, será sancionado con privación de libertad de uno a cuatro años.: ----------------Si por el uso indebido, el bien sufriere deterioro, destrozos o pereciere, la pena será de tres a ocho años y reparación del daño causado.” ----------------El ex funcionario público Gerson Rojas Terán en beneficio propio dió un fin completamente distinto al uso del vehículo oficial de propiedad de YPFB marca Toyota Land Cruiser, placa 2841 KKL y por ende del Estado Boliviano ya que el día en que ocurrió el accidente no contaba con una autorización expresa emitida por autoridad competente de acuerdo a la normativa administrativa legal vigente, conforme se evidencia por el informe Memorándum VPNO-037/2012 de fecha 28 de junio de 2012 librado por el Ing. Mario Salazar Gonzales Vicepresidente Nacional de Operaciones a.i. de YPFB ya que el accidente se produjo en el Km 94 de la carretera Santa Cruz Cochabamba. De lo que se infiere que el denunciado ha adecuado su conducta a lo prescrito en el artículo 26 de la Ley 004.: ----------------De acuerdo a su declaración informativa menciona que se encontraba en un viaje de comisión dentro de las tratativas para la compra de terrenos para la Planta de Urea, pero sin embargo la Comunicación Interna YPFB-GNPSL-CI-0312/2012 al presente se tiene que esta compra estaba suspendida por sus propias instrucciones lo que demuestra claramente que le dio un uso distinto a la movilidad asignada mediante activos fijos; la conducta obstaculizadora del imputable continua al manifestar no haber ingerido bebidas alcohólicas cuando contrariamente las observaciones del médico FREDDY FELIX MOLLO AQUINO de la Clínica INCOR manifiesta que tenía una fuerte halitosis alcohólica e ingesta alcohólica.: ----------------El día del accidente de fecha 17 de junio de 2012 el Ing. GERSON RICHARD ROJAS TERAN no tenía autorización de viaje, y con carácter posterior pretendió obtener autorización (VORTEX) de su viaje a través de una funcionaria, a objeto de regularizar un viaje que nunca fue autorizado, por autoridad competente.: ----------------“Art. 27 Ley 004.: ----------------(Enriquecimiento Ilícito). La servidora pública o servidor público, que “hubiere incrementado desproporcionadamente su patrimonio respecto de sus ingresos legítimos y que no pueda ser justificado, será sancionado con privación de libertad de cinco a diez años, inhabilitación para el ejercicio de la función pública y/o cargos electos, multa de doscientos hasta quinientos días y el decomiso de los bienes obtenidos ilegalmente.” ----------------En fecha 5 de julio de 2012 se ha ejecutado un mandamiento de allanamiento por orden de la Juez primero de instrucción cautelar en bóvedas del Banco Mercantil Santa Cruz más propiamente en las cajas de seguridad donde en la caja N° 298 alquilada por Gerson Richard Rojas Terán se encontró la suma de $us. 90000. (Noventa mil dólares Estadounidenses 00/100) dinero que hasta la fecha se encuentra secuestrado; asimismo, consta en la documentación aparejada por el Banco Mercantil Santa Cruz que GERSON ROJAS TERAN compartía la titularidad o manejo de la caja de seguridad Nº 69 con AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ, de la que obviamente este último había retirado dineros en su mochila, lo que está registrado en los videos de seguridad. Demostrándose de esta manera que el acusado Gerson Rojas Terán ha incrementado desproporcionadamente su patrimonio respecto de sus ingresos y que hasta el momento no los ha justificado y menos ha declarado ante la Contraloría del Estado.: ----------------Por otro lado en su misma condición de Gerente ha permitido la contratación directa de la señora Vanesa Aviles Méndez quien mediante nota interna YPFB-GNPSL-091/2010 ha solicitado se la contrate como Ingeniero en Administración Petrolera sin contar ella a la fecha de su contratación con un título expedido por una Universidad.: ----------------“Art. 33 Ley 004.- ----------------(Falsedad en la declaración de bienes y rentas).- El que falseare u omitiere insertar los datos económicos, financieros o patrimoniales, que la declaración jurada de bienes y rentas deba contener, incurrirá en privación de libertad de uno a cuatro años y multa de cincuenta a doscientos días.” ----------------Durante el allanamiento de las cajas de seguridad del Banco Mercantil a nombre de Gerson Rojas, y el posterior secuestro de $us.-90.00, monto de su propiedad que el prenombrado habría omitido declarar en la Contraloría General del Estado es bien. Con lo que su conducta se adecua al tipo penal antes mencionado.: ----------------“Art. 185 bis Código Penal.- ----------------(Legitimación de Ganancias Ilícitas).- El que a sabiendas, convierta o transfiera bienes, recursos o derechos, vinculados a delitos de: fabricación, transporte, comercialización o tráfico ilícito de sustancias controladas; contrabando; corrupción; organización criminal; asociación delictuosa; tráfico de migrantes; tráfico de armas; terrorismo; financiamiento del terrorismo; estafas y otras defraudaciones; corrupción de niña, niño y adolescente; proxenetismo; trata y tráfico de personas; receptación; receptación proveniente de delitos de corrupción; soborno; falsificación de moneda, billetes de banco, títulos al portador y documentos de crédito; falsificación de documentos en general; falsificación de sellos, papel sellado, timbres, marcas y contraseñas; delitos ambientales; asesinato; lesiones gravísimas; secuestro; reducción a la esclavitud o estado análogo; privación de libertad; coacción; vejaciones y torturas; robo; hurto; delitos tributarios; extorsión; infidencia económica; agio; uso indebido de información privilegiada; con la finalidad de ocultar o encubrir su origen ilícito o colaborar con quien estuviere involucrado en estos delitos; o el que a sabiendas oculte o disimule la verdadera naturaleza, fuente, ubicación, disposición, movimiento, titularidad o derechos de tales bienes, recursos o derechos que provienen de la comisión de los delitos citados; o el que adquiera, posea o utilice estos bienes, recursos o derechos, a sabiendas, en el momento, de su recepción, que son producto de los delitos señalados; será sancionado con privación de libertad de cinco (5) a diez (10) años, inhabilitación para el ejercido de la función pública y/o cargos electos y mulla de doscientos (200) a quinientos (500) días.” ----------------GERSON RICHARD ROJAS TERAN, en su condición de funcionario público (Gerente de la Planta de Separación de Líquidos de YPFB) tiene en activos un patrimonio mucho mayor al generado por sus salarios percibidos, sin contar hasta la fecha con un respaldo objetivo y documentado. Ello sumado al factor de los contratos vinculados, hace concluir que utilizó su cargo como servidor público para cometer el ilícito investigado.: ----------------Se cuenta con un informe de la Unidad de Investigaciones Financieras en el cual luego del análisis pertinente estableció la presunta existencia del ilícito de Legitimación de Ganancias Ilícitas recomendando su investigación.: ---------------- El ilícito precedente se suscitó cuando GERSON RICHARD ROJAS TERAN ingreso a trabajar a YPFB 2009 – 2012; cuando ya era socio de la Empresa familiar SERVIMAN la cual gozaba de la suscripción de contratos con YPFB Refinación; incrementando así su patrimonio DE MANERA ILEGAL.: ----------------1.- De acuerdo a la información esgrimida y analizada en el informe de la UIF el señor GERSON RICHARD ROJAS TERAN con CI Nº 2206856 LP de estado civil casado con la señora Martha Ruvy Cortez León, la información remitida por las entidades financieras, se tiene que Gerson Rojas Terán es de profesión Ingeniero Electrónico, trabajó durante el periodo de análisis (Julio del año 2007 a julio del año 2012) en la empresa NCD Bolivia S.A. (con actividad petrolera), luego en la empresa privada SERVIMAN y luego en

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viernes 25 de julio de 2014 PUBLICIDAD 19

Yacimientos Petroleros Fiscales Bolivianos (YPFB) a partir de fecha mayo de 2009 a junio de 2012 la cual es una entidad pública, como “dependiente”. Percibiendo ingresos mensuales entre U$. 1.201.- a U$.- 2500.- aproximadamente, no registra información de otra actividad en Impuestos Nacionales que indique que percibía ingresos de forma independiente, pero de acuerdo a la información brindada por FUNDEMPRESA es socio de SERVIMAN SRL. Con un capital aportado de Bs. 52.700.- (22.83% de participación).: ----------------2.- También se observa que el Ministerio de Economía y Finanzas Publicas reportó que el señor Gerson Richard Rojas Terán percibió ingresos del TGN por sueldos de YPFB desde mayo 2009 hasta junio del año 2012, por un total de Bs. 586.717.48 (el cual es el haber básico sin descuentos), sueldos que fueron depositados a la Caja de ahorros No. 13654395 MN del Banco Unión S.A. ; considerando además que el requerimiento Fiscal y los reportes de operaciones sospechosas (ROS) se originan a partir de una denuncia por los presuntos delitos de Uso indebido de bienes y servicios públicos, Enriquecimiento ilícito y otros en YPFB y que de ese análisis realizado se destaca en el informe que las transacciones registradas en la Caja de Ahorro No. 70150192222-2-01 ME del Banco de Crédito de Bolivia S.A., el pago anticipado del crédito No. 6010682756 del Banco Mercantil Santa cruz S.A., el depósito adicional en la Tarjeta de Crédito No. 8000045109 MN, para futuros gastos y dos depósitos realizados a la cuenta No. 4024837514 ME, operaciones que fueron identificadas durante el periodo en el que la persona analizada trabajo en YPFB.: ----------------3.- Ante las transacciones sobresalientes registradas en la Caja de ahorros NO. 701-50192222-2-01 ME del Banco de Crédito de Bolivia S.A. debido a que en la misma se efectuaron 46 depósitos en efectivo por un total de U$.- 43. 319.65 entre septiembre del año 2007 a octubre del año 2010 a un promedio de U$.- 941.73.- por transacción, los dos depósitos más elevados se efectuaron en fecha 12 de diciembre 2007 por U$.- 14.300.- realizado por la señora Ponce de León Virreira Paula quien señala como origen de fondos “ahorros de la persona” y U$.- 7.000.- del cual no tiene mayor información, el resto de los depósitos son menores a U$.- 10.000.- ----------------Las transacciones señaladas tienen relación con la señal de alerta de las tipologías de GAFISUD-2008 “AUMENTOS SUSTANCIALES EN LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO DE PERSONAS NATURALES SIN CAUSA APARENTE” asimismo, al desempeñarse la persona analizada como funcionario público, las transacciones identificadas tienen relación con las señales de alerta de las tipologías del GAFISUD-2010 MOVIMIENTOS DE DINERO NO ACORDES AL PERFIL ECONOMICO, ACCESO A INFORMACIÓN PRIVILEGIADA Y CONFLICTO DE INTERESES.: ----------------4.- En fecha 12 de marzo 2008 se desembolso el crédito No. 6010682756 ME por U$.- 13.000.- para la compra de una Vagoneta Toyota modelo New Land Cruiser Prado 2008 con placa 1943 XAH cuyo valor comercial ascendía a U$.- 42.000.- por lo que existió un aporte propio de U$.- 29.000.- mismo que no fue identificado como transacción efectuada en una de sus cuentas como fecha del desembolso, este crédito fue cancelado el 1º de marzo del año 2011 (antes de lo programado) con la amortización de U$.- 8.576.44.- el cual no fue identificado en sus otras cuentas ni en las cuentas de SERVIMAN SRL. Disminuciones de efectivo relacionadas a esta amortización que permitan conocer el origen de estos fondos. Las transacciones señaladas tienen relación con la señal de alerta de las tipologías del GAFISUD-2008 “aumentos sustanciales en los depósitos en efectivo de persona naturales sin causa aparente” y “adquisición de productos financieros sin la necesidad de adquirirlos”, asimismo al desempañarse como funcionario público, la transacción tiene relación con las señales de alerta de la tipologías del GAFISUD-2010 “Movimiento de dinero no acordes al perfil económico, acceso a la información privilegiada y conflicto de intereses”. ----------------5.- El día 10 de enero 2011 GERSON RICHARD ROJAS TERAN adquiere la Tarjeta de Crédito No. 8000045109 MN en el Banco Mercantil Santa Cruz S.A. misma que tiene un límite de compra de Bs. 5.552.- en fecha 16 de enero del 2012 se advierte un depósito en la cuenta de la tarjeta de Bs. 47.950.- lo que le permitió incrementar su crédito para consumos. Identificándose además disminución de efectivo en sus otras cuentas relaciones al importe depositado en la fecha señalada.: ----------------6.- Fundempresa identificó a GERSON RICHARD ROJAS TERAN como socio de la Empresa SERVIMAN SRL. (Constitución en el año 2003), con un capital aportado de Bs. 52.700.- equivalente al 22.83 de participación, de acuerdo a los estado financieros de esa entidad, su capital aportado se mantuvo constante entre el 2007 al 2010, durante ese periodo no se advierte en los estado financieros de SERVIMAN SRL. Información relacionada al pago de utilidades a sus socios.: --------------------------------------7.- Además se identificó en la Caja de ahorros No. 4024837514 ME del Banco Mercantil Santa Cruz SA. un depósito de U$.- 15.000.- realizado en fecha 27 de noviembre 2010 por GERSON RICHAR ROJAS TERAN indicándose en el formulario 1, como lugar de trabajo SERVIMAN y como objeto de la transacción “beneficio de acciones” de acuerdo a la información recabada del portal web de FUNDEMPRESA no se advirtió modificación al patrimonio de SERVIMAN al 31 de diciembre 2010, lo que indica que el capital de GERSON RICHARD ROJAS TERAN tampoco fue modificado, de igual forma no se identificó retiro de cuentas de SERVIMAN por el importe señalado aspecto que no tendría relación con lo señalado en el formulario 1 lo que implicaría el desconocimiento sobre el origen de los fondos señalados depositados en la cuenta No. 4024837514. La transacción señalada, según el Informe de la UIF, tiene relación con la señal de alerta de las tipologías del GAFISUD-2008 “aumentos sustanciales en los depósitos en efectivo de personales naturales sin causa aparente”; así mismo en su condición de funcionario público, la transacción tiene relación con las señales de alerta de tipologías de GAFISUD.2010 “Movimiento de dinero no acordes al perfil económico, acceso a la información privilegiada y conflicto de intereses.” ----------------8.- El día 15 de noviembre de 2010 se realizó un depósito de U$.- 5.000.- en la Cuenta No. 4024837514 ME del Banco Mercantil Santa cruz S.A.no se identificó retiros relacionados a este importe en sus otras cuentas, por la cuantía de la transacción no es posible determinar el origen de los fondos depositados. La transacción señalada tiene relación con la señal de las tipologías del GAFISD-2008 “aumentos sustanciales en los depósitos en efectivo de personales naturales sin causa aparente”.- ------------9.- En fecha 12 de enero 2011se registra en el Banco Mercantil Santa Cruz S.A. el alquiler de la Caja de seguridad No. 298 y en fecha 05 de enero del 2012 se alquila la caja de seguridad No. 69 de acuerdo al Kardex de visita, se advierte que su uso tuvo frecuencia mensual entre enero 2011 a junio 2012, por la modalidad en la cual se utiliza las cajas no es posible conocer su contenido.: ----------------10.- La Contraloría General del Estado Boliviano informo que el señor GERSON RICHARD ROJAS TERAN realizo dentro del periodo de análisis TRES DECLARACIONES JURADAS DE BIENES Y RENTAS, la primera antes de ingresar a YPFB Junio 2009; y la ultima de noviembre 2011, se advierten cambios sobresalientes, principalmente en el valor de las acciones de SERVIMAN, al 09 de junio 2009 se indica como valor de sus acciones Bs. 185.500.-, en contraposición en los estados financieros de SERVIMAN SRL. Al 31 de diciembre del 2009 reflejan como capital de los socios Bs. 230.800.- de los cuales el valor de las 527 acciones del señor Gerson Rojas Terán ascienden a Bs. 52.700.- así mismo el 17 de noviembre del 2011 se indica en la DJBR No. SC140102 que el valor de las acciones de SERVIMAN ascienden a Bs. 840.000.- llamando la atención de la UIF en sentido que el incremento del valor de las acciones no es proporcional al comportamiento de las utilidades de la empresa SERVIMAN SRL., y de haberse generado este incremento por la compra de acciones, éste no tendría concordancia con los ingresos de GERSON RICHARD ROJAS TERAN.: ----------------11.- En la Declaración Jurada de Bienes y Rentas se advierte además el incremento de bienes inmuebles de propiedad de GERSON RICHARD ROJAS TERAN producto de herencia de sus padres, al respecto de acuerdo al reporte de D.D.R.R. solo tiene registrado un inmueble. ------------------12.- De análisis además del informe de la UIF se estableció que de los tres vehículos que posee GERSON ROJAS TERAN solo uno fue declarado en la DJBR. ------------13.- Además el señor GERSON RICHARD ROJAS TERAN registra antecedentes en la Fuerza Especial de Lucha contra el crimen por USO INDEBIDO DE BIENES DEL ESTADO, de fecha 28 de junio de 2012. ---2.- AGUSTÍN JAVIER UGARTE MENDEZ (AUTOR) ----------------------2.1 Subsunción en los delitos Acusados: ----------------“Art. 27 Ley 004.: ---------------- (Enriquecimiento Ilícito). La servidora pública o servidor público, que “hubiere incrementado desproporcionadamente su patrimonio respecto de sus ingresos legítimos y que no pueda ser justificado, será sancionado con privación de libertad de cinco a diez años, inhabilitación para el ejercicio de la función pública y/o cargos electos, multa de doscientos hasta quinientos días y el decomiso de los bienes obtenidos ilegalmente.” --De la declaración informativa de AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ prestada en fecha 06 de julio de 2012 se desprende que, el día 30 de junio de 2012 el acusado a retirado de la caja de seguridad del Banco Mercantil S.A. la suma de Bs. 56.000 (Cincuenta y Seis mil Bolivianos 00/100) los cuales los habían sido entregados a su primo de nombre de Yovani Vargas Vega en esta ciudad de Santa Cruz el día 01 de junio de 2012 dinero que tenía origen en el segundo semestre del 2010, en la que se realizó la evaluación técnica y económica del Contrato Planta Rio Grande el acusado participo en la comisión calificadora junto a otras 15 o 18 personas, y que su persona participó de la parte técnica, viendo el plan de trabajo con otros dos técnicos mas y que el resto de la comisión calificó otros ítems; que en esa licitación se presentaron tres empresas PENTECHS, AESA Y UNA EMPRESA ALEMANA, la comisión calificadora de la cual era parte recomendó a la empresa AESA para que se abra el sobre 3 o propuesta económica. Después en enero del 2011 el Ing. Gerson Richard Rojas Terán llama al acusado y le dice que le espere en el cuarto anillo y Av. San Martin cerca del puente Urubó aprox. a horas 20:00 donde le entregan una bolsa negra con Bs.-100.000.- (Cien Mil bolivianos 00/100) dinero que le fue entregado producto del contrato de la planta Rio Grande que se adjudicó a la Empresa AESA.: ------------Por lo que se puede observar que el ex funcionario público Agustin Javier Ugarte Méndez ha incrementado en forma desproporcionada su patrimonio respecto de sus ingresos y que a la fecha no ha justificado de manera legal, la obtención de los dineros señalados con anterioridad. De lo que se infiere que el denunciado ha adecuado su conducta a lo prescrito por los artículos 27 de la Ley 004.: ------------Asimismo, como se tiene ya indicado, en junio de 2012, anoticiado del hecho de tránsito y consiguientemente alertado, Agustín Javier Ugarte Méndez procede a apersonarse a la agencia del Banco Mercantil Santa Cruz de la Av. Irala, a hacer uso de la caja de seguridad, entrando a Bóvedas con una mochila vacía y saliendo de la misma llena, obviamente a retirar los efectos de valor (dineros) que guardaba en la misma, puesto que en su posterior registro con orden judicial no se halló nada (y dado que las cajas de seguridad son precisamente para guardar objetos de gran valor sin que haya registro o constancia de los mismos). -----------En su declaración informativa señala haber recibido Bs.-100.000.- de los cuales, luego de algunas erogaciones le quedó un saldo de Bs.-56.000.- que habría entregado a sus familiares. No obstante, con este saldo de Bs.-56.000.- al mes de junio son coincidentes tres depósitos realizados por Agustín Javier Ugarte Méndez a una de sus cuentas, en moneda norteamericana, que al tipo de cambio del momento de sus movimientos suman aproximadamente Bs.-44.000.-, que sumados al saldo de Bs.-56.000.- totalizan los Bs.-100.000.- que declara haber recibido de parte de Gerson Richard Rojas Terán. Por lo expuesto, la conducta de Agustin Javier Ugarte Méndez también es cabalmente subsumible en el tipo penal a él atribuido. ---------------- 3.- MARCELO RAFAEL OÑA CUELLAR (AUTOR) ---------------- 3.1. Subsunción del delito Acusado. ----------------“Art. 154 Código Penal.: ---------------- (Incumplimiento de Deberes). La servidora o el servidor público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare un acto propio de sus funciones, será sancionado con privación de libertad de uno a cuatro años. ----------------La pena será agravada en un tercio, cuando el delito ocasione daño económico al Estado.” ----------El ex funcionario Abog. MARCELO RAFAEL OÑA

CUELLAR no da cumplimiento a la Resolución Administrativa de YPFB Presidencia Nº PRS 081/2012 (15.03.2012) que en su parte resolutiva, en el Artículo tercero establece: “; ni a la Resolución de Directorio N° 24/2012 (24.03.2012), que en la parte resolutiva en el Artículo Primero establece “Autorizar el proceso de contratación compra de terreno pare las plantas de Separación de Líquidos de Gran Chaco y Etileno y Polietileno, el mismo que deberá llevarse a cabo dando cumplimiento estricto a la disposiciones normativas aplicables vigentes, previa presentación de toda la documentación que acredite el derecho propietario debidamente saneado el terreno” por lo que el acusado ha permitido la celebración de un contrato de compra venta en fecha 16 de mayo cuando los títulos de propiedad todavía no estaban debidamente saneados, extremo que se demuestra por el Titulo Ejecutorial del predio denominado “La Esperanza” que fue firmado y refrendado a los 23 días del mes de mayo del año 2012”.: ---------------- 4.- VANESSA AVILES MENDEZ.- ----------------4.1.- Subsunción del delito acusado.- ----------------“Art. 198 Código Penal.- (Falsedad Material).- El que forjare en todo o en parte un documento público falso, o alterare uno verdadero, de modo que pueda resultar perjuicio, incurrirá en privación de libertad de uno a seis años” ----------------“Art. 199 Código Penal.- ---------------- (Falsedad Ideológica).- El que insertare o hiciere insertar en un instrumento público verdadero declaraciones falsa concernientes a un hecho que el documento deba probar, de modo que pueda resultar perjuicio.: ----------------En ambas Falsedades, si el autor fuere funcionario público y las cometiere en el ejercicio de sus funciones, la sanción será de privación de libertad de dos a ocho años” ----------------“Art. 203 Código Penal.- -------- (Uso de Instrumento Falsificado).- El que a sabiendas hiciere uso de un documento falso o adulterado, será sancionado como si fuera autor de la falsedad”. ----------------Al fraguar y utilizar su hoja de vida y documentación fraudulenta para ingresar a trabajar a YPFB, consistente en “Título en Provisión Nacional” Nº 1124 de 27.06.2008 hipotéticamente extendido por la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno, como Ingeniero en Administración Petrolera, documento que llevaba la firma de su Vicerrector, Dr. Julio Salek Mey, y del Secretario General y de la interesada, coincidente con la firma de la Sra. Vanessa Avilés Méndez. Mismo que según respuesta a requerimiento fiscal según oficio N° 284/2012 de 19.07.2012, emitido por la Abog. Marcia Rivero Añez, Stria Gral de la UAGRM, se constató que la Sra. VANESSA AVILES MENDEZ NO realizó el trámite de su título profesional en esa Superior Casa de Estudios, por lo que esta persona ha adecuado cabalmente su conducta en las previsiones de los Art. 198, 199 y 203 del Código Penal. Al final permanece prófuga y ausente del proceso instaurado en su contra. Definitivamente ella tenía un móvil: ingresar a trabajar a YPFB con un salario correspondiente a un profesional titulado en provisión nacional, cuya asignación salarial es mayor al de una persona sin ninguna capacitación, como era el caso de ella. Por tal motivo ella no sólo que tomó las oportunidades que se le presentaron, sino que mediante conducta manifiesta y concretada realizó los actos necesarios para la comisión de los tipos penales atribuidos, como ser: el montaje de la copia falsa, la organización de su currículo, las gestiones realizadas para ser contratada, y otras.: ----------------“Art. 33 Ley 004.-(Falsedad en la declaración jurada de Bienes y Rentas).- El que falseare u omitiere insertar los datos económicos financieros o patrimoniales, que la declaración jurada de Bienes y Rentas deba contener, incurrirá en privación de libertad de uno a cuatro años, y multa de 50 a 200 días.” ----------------Tipo penal en que se adecúa cabalmente la actividad de Vanessa Avilés Méndez, quien al tener registrados dos vehículos a su nombre (como se desprende de la certificación emitida por la División de Registro de Vehículos del Organismo Operativo de Tránsito), a saber: motorizados clase vagoneta marca Suzuki, color negro modelo 2000, con placa de control 1380 DRL y vagoneta marca Suzuki, color blanco, modelo 2011, con placa 2555 YRC.: ----------------No obstante de ello, omitió declararlos ante la Contraloría General del Estado; por lo que su declaración jurada de bienes y rentas es falsa al no contener estos vehículos, de lo que se desprende la cabal subsunción de los hechos en el tipo penal.: ----------------IV.- ACUSACION FORMAL Y PETITORIO.- ----------------Por los motivos expuestos, los Fiscales de Materia FEPDC miembros de la comisión asignada de la Fiscalía Departamental de Santa Cruz, en representación del Ministerio Público, de conformidad con el mandato del Art.323 inc. 1) de la ley 1970, ACUSA FORMALMENTE a: ---------------- 1.- Gerson Richard Rojas Terán por la comisión de los delitos de: Uso Indebido de Bienes y Servicios Públicos (Art. 26 Ley 004); Falsedad en declaración jurada de Bienes y Rentas (Art. 33 Ley 004); Enriquecimiento Ilícito (Art. 27 Ley 004); Legitimación de Ganancias Ilícitas (Art. 185 bis Código Penal). ----------------2.- Agustín Javier Ugarte Méndez por la comisión de los delitos de: Enriquecimiento Ilícito (Art. 27 Ley 004). ------- 3.- Marcelo Rafael Oña Cuéllar por la comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes (Art. 154 Código Penal) ----------------4.- Vanessa Avilés Méndez por la comisión de los delitos de: Falsedad Ideológica (Art. 199 Código Penal); Falsedad Material (Art. 198 Código Penal); Uso de Instrumento Falsificado (Art. 203 Código Penal); Falsedad en declaración jurada de bienes y rentas (Art. 33 Ley 004) ---Al haberse establecido su condición de sujetos de reproche penal, en grado de AUTORES, conforme al Art. 20 del Código Penal, conforme a la fundamentación precedente y la subsunción de sus conductas en los tipos penales atribuidos a ellos, formulada también en líneas precedentes.: ----------------Consiguientemente, cumplidos que fueran los requisitos procesales, solicito a su autoridad remitir el pliego acusatorio al Tribunal de Sentencia más próximo, incluyendo los medios probatorios que se acompañen.: ----------------El Tribunal a su vez, luego de la presentación del caso y fundamentación correspondiente en la audiencia de juicio oral se servirá declarar probada la acusación y dictar sentencia condenatoria, mas imposición de costas.: ---------------- V.- AUDIENCIA CONCLUSIVA.- ----------------A objeto de dar cumplimiento a lo establecido por el Art 325 de la ley 1970 modificado por la Ley del Ministerio Publico y la Ley 007, solicito a su autoridad señalar día y hora para la verificación de la audiencia conclusiva, con noticia de partes.: ----------------VI.- OFRECEN Y ACOMPAÑAN PRUEBA DE CARGO.- ----------------A fin de crear la convicción objetiva en la autoridad y jurisdiccional, ofrecemos y acompañamos la prueba de cargo listada como sigue: ---------------- 6.1.- ---------------1.- DOCUMENTALES.:-----1.- Documentación de la carpeta personal de Gerson Richard Rojas Teran, con Requerimiento Fiscal de fecha 10 de julio de 2012.:------ 2.- Curriculum Vitae de Agustin Javier Ugarte Méndez, con Requerimiento Fiscal de fecha 10 de julio de 2012.:--------3.- Curriculum Vitae de Agustin Javier Ugarte Méndez, con Requerimiento Fiscal de fecha 10 de julio de 2012.:----- 4.- Copia Legalizada del contrato del trabajo de Agustin Javier Ugarte Méndez, y Certificado de tiempo de trabajo en YPFB, con requerimiento fiscal de fecha 19 de noviembre de 2012.: ----5.- Memorándum VPNO-037/2012 de fecha 28 de junio de 2012, referente a envió de informe; Reglamento Interno de uso de vehículo en YPFB de julio de 2011; comunicación interna YPFB–GNPSL-0366/2012 de fecha 28 de junio de 2012, referente a envió de informe con documentación adjunta; comunicación Interna YPFB–GNPSL-CI-0365/2012, referente a informe a solicitud de requerimiento fiscal, comunicación interna YPFB–GNPSL-0368/2012, con la documentación adjunta solicitada; nota interna YPFB–GNPSL-079/2012, referente a respuesta de petición de informe de accidente de tránsito; Informe CITE: SGTT-120/2012 referente a informe de accidente; informe YPFB-GNPSL- 0524/2012, referente a envió de informe, con documentación adjunta; requerimiento fiscal de fecha 26 de junio de 2012. --------6. Informe a requerimiento fiscal del Alcalde Municipal de Entre Ríos, de fecha 27 de junio de 2012, con requerimiento fiscal de 26 de junio de 2012. ------------7.- Informe YPFB-GNPSL-ADM-0269/2013, de fecha 24 de abril de 2013, referente al avaluó de vehículo, con requerimiento fiscal de 26 de marzo de 2013. -------8.- Informe YPFB-GNAF 1687 DNA 1783 USG 518/2013, de fecha 29 de agosto de 2013, referente al valor de la Vagoneta 2841 KKL, con requerimiento correspondiente. --------- 9.- Copias legalizadas de las comisiones de viajes de Gerson Richard Rojas Terán, gestiones 2010, 2011 y 2013, con requerimiento correspondiente.:-----------10.- Historial Clínica de Gerson Richard Rojas Terán, con requerimiento correspondiente.-------------11.- Proceso de contratación directa y file personal de Vanesa Aviles Méndez, con requerimiento de fecha 12 de julio de 2012.:----------12.- Querella Criminal en contra de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 29 de junio de 2012, con requerimiento de admisión de querella de fecha 29 de junio de 2012, con su acta de notificación.:-------------13.- Querella Criminal en contra de Agustín Javier Ugarte Méndez, de fecha 06 de julio de 2012, con requerimiento de admisión de querella de fecha 06 de julio de 2012, con su acta de notificación. -------------------14.- Informe emitido por FORTALEZA Seguros y Reaseguros CITE GTSG N° 074/2012, de fecha 27 de junio de 2012, con requerimiento de fecha 26 de junio de 2012. ----------15.- Certificación del proceso de construcción de la Planta de Amoniaco y Urea, en fotocopia legalizada, con requerimiento correspondiente. ---------------16.- Memorial presentado al Juzgado 1ro de Instrucción en lo penal, referente a solicitud de allanamiento, registro, requisa y secuestro del área de cajas de seguridad fuertes correspondiente al ciudadano GERSON RICHARD ROJAS TERÁN, del Banco Mercantil Santa Cruz, de fecha 04 de julio de 2012; Auto N° 120/2012 de fecha 05 de julio de 2012; Mandamiento de fecha 05 de Julio de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 05 de julio de 2012; Acta de Deposito de 90.000 SUS secuestrados, memorial presentado al Juzgado 1ro de Instrucción en lo penal, de fecha 09 de julio de 2012, referente a informe de allanamiento; Informe elaborado por el Sgto. 2do Jaime Mamani Condori, de fecha 06 de julio de 2012. --------------17.- Acta notariada de entrega de dinero secuestrado, elaborada por la Dra. Elda A. Richter Colosetti, Notaria de Fe Pública N° 76, de fecha 19 de julio de 2012, con requerimiento correspondiente. ------------------18.- Acta de retiro de dinero secuestrado, de fecha 19 de julio de 2013. -----------------19.- Acta de entrega de dinero secuestrado en calidad de depositario, de fecha 19 de julio de 2012. ------------20.- Hojas de Miniblock encontrados dentro de las cajas de seguridad fuertes correspondiente al ciudadano GERSON RICHARD ROJAS TERÁN, del Banco Mercantil Santa Cruz. ----------21.- Memorial presentado al Juzgado referente a solicitud de allanamiento, registro y secuestro del inmueble del señor Marcelo Rafael Oña Cuellar, de fecha 20 de julio de 2012; Auto de fecha 21 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento y Registro o Requisa de fecha 21m de julio de 2012; Acta de Autorización de Ingreso Voluntario a Inmueble, de fecha 21 de Julio de 2012; Acta de Ingreso Voluntario y Secuestro, de fecha 21 de julio de 2012. ------22.- Informe CITE: SIN/GGSCZ/DRE/NOT/0001088/2013, elaborado por Impuestos Nacionales de fecha 03 de junio de 2013, con documentación adjunta a fojas 187; requerimiento de fecha 07 de junio de 2013; y requerimiento de fecha 01 de abril de 2013. ----23.- Informe URRH – 201 – 05/2013 elaborado por YPFB, de fecha 21 de mayo de 2013, con documentación adjunta a fojas 186; requerimiento de fecha 22 de mayo de 2013; a requerimiento de fecha 01 de abril de 2013.--------------- 24.- Informe BMSC/GAL/296/2013 elaborado por el Banco Mercantil Santa Cruz, de fecha 19 de abril de 2013, con documentación adjunta; y requerimiento de fecha 12 de marzo de 2012. --------25.- Informe BMSC/GAL/1122/2012 elaborado por el Banco Mercantil Santa Cruz de fecha 24 de julio de 2012, con dos fojas de documentación adjunta; y requerimiento de fecha 06 de julio de 2012. –26.- Informe BMSC/GAL/753/2013 elaborado por el Banco Mercantil Santa Cruz de fecha 20 de septiembre de 2013, con documentación adjunta; requerimiento de fecha 04 de octubre de 2013, con requerimiento correspondiente. -----27.- Informe BUN/OPC-934/2013 elaborado por el Banco Unión, de fecha 14 de mayo de 2013; requerimiento de fecha 16 de mayo de 2013, con requerimiento correspondiente. -----28.- Informe BUN/OPC-1034/2012 elaborado por el Banco Unión, de fecha 17 de julio de 2012; y requerimiento de fecha 09 de julio de 2012. ---------29.- Informe BUN/OPC-1108/2012 elaborado por el Banco Unión, de fecha 31 de julio de 2012; y requerimiento de fecha 12 de julio de 2012.

----30.- Informe BUN/OPC-990/2012 elaborado por el Banco Unión, de fecha 11 de julio de 2012; y requerimiento de fecha 26 de junio de 2012. --------31.- Informe BUN/OPC-2115/2013 elaborado por el Banco Unión, de fecha 13 de septiembre de 2013; requerimiento de fecha 30 de septiembre de 2013, con requerimiento correspondiente. -------32.- Informe BUN/OPC-1873/2012 elaborado por el Banco Unión, de fecha 06 de Noviembre de 2012; con requerimiento correspondiente. ------------33.- Certificación emitida por la División de Registro de Vehículos, de fecha 28 de junio de 2012; con requerimiento correspondiente. ---------34.- Certificación emitida por la División de Registro de Vehículos, de fecha 29 de junio de 2012; y requerimiento de fecha 29 de junio de 2012. -----------35.- Certificación emitida por la División de Registro de Vehículos, de fecha 10 de julio de 2012; y requerimiento de fecha 09 de julio de 2012. --------36.- Memorial dirigido al Juzgado Primero de Instrucción en lo penal, referente a solicitud de allanamiento, registro, requisa y secuestro del inmueble de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 11 de julio de 2012; Auto N° 135/2012 de fecha 11 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro, Requisa y Secuestro de fecha 11 de julio de 2012. ---------37.- Memorial dirigido al Juzgado Primero de Instrucción en lo penal, referente a solicitud de allanamiento, registro, requisa y secuestro del inmueble de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 11 de julio de 2012; Auto N° 136/2012 de fecha 11 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro, Requisa y Secuestro de fecha 11 de julio de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 12 de julio de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 12 de julio de 2012.----------- 38.- Memorial dirigido al Juzgado Primero de Instrucción en lo penal, referente a solicitud de allanamiento, registro, requisa y secuestro de las oficinas de Gerson Richard Rojas Terán y Agustín Javier Ugarte Méndez, ubicadas en la Gerencia Nacional de Plantas de Separación de Líquidos de YPFB, de fecha 13 de julio de 2012; Auto N° 143/2012 de fecha 13 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro, Requisa y Secuestro de fecha 13 de julio de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 13 de julio de 2012 de las oficinas de Agustín Javier Ugarte Méndez ; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 12 de julio de 2012 de las oficinas de Gerson Richard Rojas Terán. ------39.- Memorial; Auto N° 144/2012 de fecha 13 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro, Requisa y Secuestro de fecha 13 de julio de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 17 de julio de 2012. --------40.- Memorial dirigido al Juzgado Primero de Instrucción en lo penal, referente a solicitud de allanamiento, registro, requisa y secuestro del domicilio de Patricia Ramos Quispe, de fecha 18 de julio de 2012; Auto N° 149/2012 de fecha 18 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro, Requisa y Secuestro de fecha 18 de julio de 2012; Acta de Secuestro, Decomiso e Incautación de fecha 17 de julio de 2012. -------41.- Memorial; Auto de fecha 01 de octubre de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro, Requisa y Secuestro de fecha 01 de octubre de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 04 de octubre de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 04 de octubre de 2012; notificación de fecha 04 de octubre de 2012. ------- 42.- Certificación emitida por la División de Registro de Vehículos, de fecha 17 de julio de 2012; y requerimiento de fecha 12 de julio de 2012. ---------43.- Certificación del Organismo Operativo de Transito (La Paz), de fecha 20 de julio de 2012; con requerimiento correspondiente. --------------44.- Certificación del Organismo Operativo de Transito (Cochabamba), de fecha 24 de julio de 2012; y requerimiento de fecha 09 de julio de 2012. ----------45.- Requerimiento fundamentado de Aprehensión de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 26 de junio del 2012, con su respectiva notificación; Orden de Aprehensión de fecha 26 de junio de 2012, con su respectiva acta de aprehensión; Informe de Acción Directa de fecha 28 de junio de 2012. ----------46.- Requerimiento fundamentado de Aprehensión de Agustin Javier Ugarte Mendez, de fecha 06 de julio del 2012; Orden de Aprehensión de fecha 06 de julio de 201; Notificación de fecha 06 de julio de 2012; Acta de requisa a Vehículo de fecha 06 de julio de 2012; Acta de Secuestro de fecha 06 de julio de 2012; Acta de Requisa Personal de fecha 06 de julio de 2012; Autorización de Ingreso Voluntario a Inmueble de fecha 06 de julio de 2012; Informe elaborado por el Sgto. 2do Jaime Mamani Condori, de fecha 06 de julio de 2012. -------47.- Querella Criminal en contra de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 23 de julio de 2012; Requerimiento de admisión de fecha 23 de julio de 2012; Notificación. ------------48.- Contrato de venta de vehículo de propiedad de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 07 de enero de 2012; Reconocimiento de Firmas ante la notaria de fe pública N° 10, de fecha 07 de enero de 2012; Acta de legalización elaborada por el Notario de fe pública N° 10, a cargo del Dr. Fernando Molina Paredes, de fecha 23 de noviembre de 2012; Requerimiento de fecha 13 de noviembre de 2012. ------49.- Oficio UIF/LEG/25525/2012 La Paz, 19 de Octubre de 2012, emitido por la Unidad de Investigación Financiero; Informe Técnico Final, Tramite N° 2022-2023-2015-2014-2018-2039, La Paz, Octubre de 2012, emitido por la Unidad de Investigaciones Financieras, a fojas 9; Anexos Tramite N° 2022-2023-2015-2014-2018-2039, a fojas 366. -----50.- Certificado CERT-EST-JOLP-0316/13, Código de Trámite N° 698488, emitido por el Registro de Comercio de Bolivia, La Paz, 07 de febrero de 2013; requerimiento de fecha 12 de marzo de 2012. -------51.- Auto de fecha 17 de diciembre de 2013, referente a la disposición de Incautación de dinero secuestrado en el suma de 90.000 SUS; Acta de entrega de dinero, de fecha 09 de enero de 2014; Recepción y Control de Bienes Incautado – Deposito Bancario, de fecha 09 de enero de 2014. -------52.- Declaración Informativa de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 26 de marzo de 2013; Declaración Informativa de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 27 de marzo de 2013; Orden de Citación de fecha 25 de marzo de 2013. ---------53.- Declaración Informativa de Agustín Javier Ugarte Méndez, de fecha 04 de Abril de 2103; Orden de Citación de 25 de marzo de 2013; Acta de Suspensión de Declaración Informativa de fecha 03 abril de 2013. Acta de suspensión de declaración informativa, de fecha 03 de abril de 2013. -------54.- Acta de secuestro de 9 precintos, con logotipo de Banco Ganadero, de fecha 19 de julio de 2012. ---------55.- Carta BMSC/GAL/1730/2011 de fecha 18 de diciembre de 2012, emitido por el Banco Mercantil Santa Cruz, y requerimiento de fecha 13 de noviembre de 2012. -----------56.- Ampliación de Querella Criminal en contra de Marcelo Rafael Oña, de fecha 20 de julio de 2012, y requerimiento de fecha 25 de julio de 2012. ----------57.- Carta de la Contraloría General del Estado GDS/GSL/DJBR-126/2012, de fecha 18 de julio de 2012, referente a remisión de declaraciones juradas; y requerimiento de fecha 12 de julio de 2012. --------58.- Carta de la Contraloría General del Estado GDS/GSL/DJBR-1538/2012, de fecha 23 de noviembre de 2012, referente a remisión de declaraciones juradas; con requerimiento correspondiente. --------59.- Carta BMSC/GAL/588/2013 de fecha 30 de julio de 2013, emitido por el Banco Mercantil Santa Cruz, referente a remisión de certificaciones de movimientos financieros de Gerson Richard Rojas Terán, con requerimiento correspondiente. -------60.- Carta CITE: SIN/GDSCZ/DRE/COF/NOT/201/2013 de fecha 04 de marzo de 2013, emitido por Impuestos Nacionales; con requerimiento correspondiente. ----------61.- Certificación CERT-EST-JOSC-300/2012, Código de Tramite N° 618609, de fecha 11 de julio de 2012, emitido por el Registro de Comercio de Bolivia; Certificación CERT-EST-JOSC-299/2012, Código de Tramite N° 618515, de fecha 11 de julio de 2012, emitido por el Registro de Comercio de Bolivia; y requerimiento de fecha 09 de julio de 2012. -----62.- Certificación CERT-EST-JOLP-0660/2013, Código de Tramite N° 712452, de fecha 18 de marzo de 2013, emitido por el Registro de Comercio de Bolivia, con documentación adjunta a fojas 171; y requerimiento de fecha 12 de marzo de 2013. -----63.- Carta emitida de fecha 27 de noviembre de 2012, emitido por la Dra. Carol Sarabia Rojas, Notaria de Fe Publica # 78, en que se adjunta documentación legalizada a fojas 24, relativos a contrato de prestación de servicios YPFB REFINACIÓN S.A. y SERVIMAN; y 2 requerimientos de fecha 13 de noviembre de 2012. --------64.- Informe de Inicio de Investigaciones dirigido al Juzgado de Instrucción en lo Penal de Turno, de fecha 22 de marzo de 2013; Memorial de complementación e Informe de Inicio de Investigaciones, dirigido al Juzgado 6to de Instrucción en lo Penal, de fecha 22 de marzo de 2013; Imputación Formal en contra de Gerson Richard Rojas Terán por el delito de Legitimación de Ganancias Ilicitas, de fecha 01 de abril de 2013. ----------65.- Querella Criminal contra Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 24 de abril de 2013; Requerimiento de admisión de querella de fecha 26 de Abril de 2013; Memorial dirigido al Juez 6to de Instrucción en lo Penal de fecha 26 de abril de 2013, Acta de notificación de fecha 29 de abril de 2013. -----------66.- Acta circunstancia realizado por la Dra. Rosse Mery Uriona Almaraz, de fecha 28 de junio de 2012. ------67.- Memorial dirigido al Juez de Instrucción, de fecha 11 de julio de 2012, en el que se solicita orden de allanamiento, registro, requisa y secuestro; Auto N° 137/2012 de fecha 11 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro y Secuestro de fecha 11 de julio de 2012. --------68.- Oficio STRIA. GRAL. OF. 284/2012, de fecha 19 de julio de 2012, emitido por la Secretaria General de la Universidad Autónoma “Gabriel René Moreno”; requerimiento de fecha 12 de julio de 2012. ------69.- Certificado de Estudios, emitido por la Universidad UTEPSA, de fecha 17 de julio de 2012. --------70 Carta emitida por la telefonía VIVA, de fecha 20 de julio de 2012, en el que se adjunta extracto de llamadas; y requerimiento de fecha 18 de julio de 2012. ----------71.- Acta de secuestro de fecha 6 de agosto de 2012. ------72.- Detalles de viajes y viáticos autorizados de Gerson Richard Rojas Terán, correspondiente a la gestión 2009, a fojas 231. ---------73.- Resolución Suprema 05478, de fecha 05 de mayo de 2011. -------74.- Nota DDT-C-EXT N° 629/2011, emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria INRA, de fecha 04 de septiembre de 2012; Certificación CET-DDT-166/2012 emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria INRA, de fecha 04 de septiembre de 2012; Certificación CET-DDT-167/2012 emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria INRA, de fecha 04 de septiembre de 2012; Certificación CET-DDT-168/2012 emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria INRA, de fecha 04 de septiembre de 2012; Certificación CET-DDT-169/2012 emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria INRA, de fecha 04 de septiembre de 2012; requerimiento de fecha 28 de agosto de 2012.--------75.- Respuesta a requerimiento fiscal emitido por YPFB Corporación; Respuesta a requerimiento fiscal emitido por YPFB Corporación; Memorial de fecha 12 de abril de 2013; requerimiento de fecha 16 de abril de 2013; requerimiento de fecha de 26 de Marzo de 2013; requerimiento de fecha de 26 de marzo de 2013. ---------76.- Copia Legalizada de Testimonio Notarial N° 483/2012; requerimiento de fecha 25 de julio de 2012. --------77.---Copia Legalizada de Testimonio Notarial N° 648/2012; requerimiento de fecha 25 de julio de 2012. -----78.- Acta de registro del lugar del hecho, de fecha 27 de julio de 2012; Autorización de ingreso voluntario a inmueble, de fecha 27 de julio de 2012. -----79.- Requerimiento fundamentado de aprehensión en contra de Marcelo Rafael Oña Cuellar, de fecha 11 de julio 2012; Orden de aprensión de fecha 21 de julio de 2012. --------80.- Oficio UD-TIT-CER N° 9926 emitido por la Unidad de Titulación y Certificaciones del Instituto Nacional de Reforma Agraria, de fecha 06 de septiembre de 2012; Informe UTC N° 0372/2012 emitido por la Unidad de Titulación y Certificaciones del Instituto Nacional de Reforma Agraria; Certificado de emisión de titulo de fecha 06 de septiembre de 2012; requerimiento de fecha 11 de septiembre de 2012; y requerimiento de fecha 28 de agosto de 2012. ------81.- Informe Tecnico DGS-JRV-CBBA N° 178/2011 emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria de la Dirección General de Saneamiento, de fecha 18 de noviembre de 2011; con requerimiento correspondiente. ---- 82.- Informe elaborado por el Sgto. 1ro Wilmer Pedro Aguilar Cruz de fecha 15 de marzo de 2013; y requerimiento de fecha 18 de marzo de 2013. --------83.- Solicitud de Contratación de Gerson Richard Rojas Terán, NOTA INTERNA YPFB-GNPSL-091/2010 de fecha 05 de julio de 2010; Memorial de fecha 12 de abril de 2013; requerimiento de fecha 16 de abril de 2013; y requerimiento de fecha 26 de marzo

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Page 20: Edición Impresa 25-07-14

viernes 25 de julio de 2014PUBLICIDAD20

de 2013. ----------- 84.- Certificado de 22 de mayo de 2012, emitido por la Contraloría General del Estado; con requerimiento correspondiente. ---------------85.- Oficio CITE EXT/DGAJ N° 160/2012 de fecha 31 de agosto de 2012, emitido por la Autoridad de Bosques y Tierras; Informe PRS-UTI 054/2012 de fecha 20 de julio de 2012, con documentación adjunta; Requerimiento de fecha 29 de agosto de 2012. ---------86.- Memorial presentado por YPFB, referente a remisión de fotocopias legalizadas de fecha 27 de julio de 2012; Oficio YPFB-GNPSL-0639/2012 de fecha 26 de julio de 2012; Fotocopias legalizadas de la Contratación por Excepción para compra de terreno donde se construirá la planta de separación de Líquidos Gran Chazo, de fecha julio de 2012 a fojas 208, con su anexo de fojas 210 Requerimiento de fecha 25 de julio de 2012. --------87.- Comunicación Interna YPFB-GNPSL-ADM-CI-0236/2013 emitida por YPFB Corporación de fecha 05 de abril de 2013, con documentación adjunta; con requerimiento correspondiente.: --------88.- Comunicación Interna YPFB-GNPSL-GCH-CI-350/2013 emitida por YPFB Corporación de fecha 05 de abril de 2013, con documentación adjunta; requerimiento de fecha 22 de marzo de 2013. --------------89.- Oficio YPFB-GNPSL-CE-0021/2013 emitida por YPFB Corporación, de fecha 08 de abril de 2013, Comunicación Interna YPFB-GNPSL-GCH-CI-351/2013 emitida por YPFB Corporación de fecha 05 de abril de 2013, con documentación adjunta; requerimiento de fecha 10 de abril de 2013; con requerimiento correspondiente. ----------90.- Certificación de la Unidad Regional de Recursos Humanos – YPFB – Santa Cruz, de fecha 20 de noviembre de 2012; requerimiento de fecha 17 de octubre de 2012. ----------91.- Memorial de fecha 13 de agosto de 2012, en el que se adjunta documentación referente al Vehículo Vagoneta Toyota, con placa de circulación N° 2841INT; con requerimiento correspondiente. ------------92.- Documentación Relativo a la Anotación Preventiva del predio rustico La Esperanza, consistentes en memorial de fecha 08 de julio de 2013; requerimiento de fecha 09 de julio de 2013; requerimiento dirigido al Registrador de Derechos Reales de la provincia de Gran Chaco de fecha 09 de julio de 2013; memorial de fecha 28 de noviembre de 2013; requerimiento de fecha 29 de noviembre de 2013, y requerimiento dirigido al Registrador de Derechos Reales de la provincia de Gran Chaco. ------93.- Acta de declaración de Pedro Pérez Barrientos, de fecha 08 de agosto de 2012; mas formulario de declaración informativa de PEDRO PEREZ BARRIENTOS de fecha 27 de julio de 2012. ---------94.- Acta de declaración de Marcelo Rafael Oña Cuellar, de fecha 05 de noviembre de 2012. -------95.-Acta de declaración de Agustín Javier Ugarte Méndez, de fecha 06 de julio de 2012; Acta de declaración de Agustín Javier Ugarte Méndez, de fecha 18 de septiembre de 2012; Requerimiento de fecha 10 de septiembre de 2012. -----96.- Formulario de declaración informativa de GERSON RICHARD ROJAS TERAN de fecha 22 de junio de 2012; mas formulario de declaración informativa de GERSON RICHARD ROJAS TERAN de fecha 10 de julio de 2012 (11:00); mas formulario de declaración informativa de GERSON RICHARD ROJAS TERAN de fecha 10 de julio de 2012 (11:20); mas formulario de declaración informativa ampliatoria de GERSON RICHARD ROJAS TERAN de fecha 30 de octubre de 2012; mas formulario de declaración informativa ampliatoria de GERSON RICHARD ROJAS TERAN de fecha 26 de marzo de 2013; ----------97.- Formulario de declaración informativa de BRENDA XIMENA AVILES MENDEZ de fecha 12 de julio de 2012; mas formulario de declaración informativa de BRENDA XIMENA AVILES MENDEZ de fecha 12 de julio de 2012.--------------98.- Formulario de declaración informativa de CLARA JOHANNA ARAUJO EYZAGUIRRE de fecha 23 de julio de 2012---99.- Formulario de declaración informativa de ENRIQUE ARUQUIPA GUACHALLA de fecha 29 de junio de 2012; mas Formulario de declaración informativa de ESTEBAN RIVERA ARAMAYO de fecha 29 de junio de 2012; Formulario de declaración informativa de DAVID DAMIAN ZAMBRANA TORREZ de fecha 29 de junio de 2012; --------------100.- Formulario de declaración informativa de VANESSA AVILES MENDEZ de fecha 6 de julio de 2012; mas acta de notificación de fecha 5 de julio de 2012 -------101.-Acta de notificación de fecha 5 de julio de 2012; más acta de comparecencia y suspensión de audiencia de fecha 9 de julio de 2012; formulario de declaración informativa de Paola Liset Heredia Bazán de 9 de julio de 2012. -------102.- Informe – Dictamen Pericial realizado por el perito del IDIF designado, Lic. Gino Armaza Peducassé, sobre el proceso de contratación adjudicado a la empresa AESA. -----103.- Informe – Dictamen Pericial realizado por el perito del IDIF designado, Lic. Gino Armaza Peducassé, sobre el proceso de contratación adjudicado a la empresa BOLPEGAS. ----104.- Informe – Dictamen Pericial realizado por el perito del IDIF designado, Lic. Gino Armaza Peducassé, sobre el proceso de contratación adjudicado a la empresa TECNICAS REUNIDAS S.A. -----105.- Informe – Dictamen Pericial realizado por el perito del IDIF designado, Lic. Gino Armaza Peducassé, sobre el proceso de contratación adjudicado a la empresa TECNA. ---106.- Informe de conclusiones de investigaciones elaborado por los Srs. Investigadores asignados al caso, Tcnl. Rubén David Barrientos Mena.6.2.- MATERIALES.- ---------------------1.- Muestrario fotográfico. 2.- Una computadora portátil marca Sony color negro, VAIO, Serie 275260403000793, SERIE O CODIGO YPFB 078803, Con cargador y Mouse. --------3.- Una computadora portátil marca Sony color negro, VAIO, Serie 54111537 300140, SERIE O CODIGO YPFB 078802, Con cargador y Mouse. ---------4.-Una computadora portátil marca Sony color plomo, VAIO, Serie 275059493010520, SERIE O CODIGO YPFB 078760, Con cargador y Mouse. ---------5.- Una computadora portátil marca HP color blanco, Serie CNF9201011 Con cargador y Mouse. ------------6.- Una computadora portátil marca HP color plomo, Sin No. De Serie pegados al mismo un flas memory color azul marca MR y un Flas Memory inserto al puerto USB (en un sobre manila que dice: Caso, Lugar YPFB GNPS LAP TOP HP). ----------7.- Una memoria externa color azul marca Samsung, con su cable y estuche negro, serie E24LJ10Z402773 MADE IN KOREA. --------- 8.- Una computadora portátil marca HP color plomo, Sin No. De Serie sin cargador ni Mouse.---------------- 9.- Un teléfono celular marca Samsung color negro y rojo serie No. RQ5BC48891K y un CHIP TIGO, con más su cargador. --------10.- Un Flash Memory color blanco con el logotipo TECNICAS REUNIDAS, encontrado en el sobre manila con el título: Elementos secuestrados en el domicilio de Marcelo Oña de fecha 21 de julio del 2.012 YPFB. --------11.- Una cámara fotográfica marca Sony azul serie No. 4271243, serie de activo fijo YPFB078996 con batería y con chip de memoria de 4 GB. Con su respectivo estuche. ---- 12.- Una computadora negra marca Toshiba color negro serie 67446313K SATELITEA 215-S4747. (Stikers que indica CASO YPFB AGUSTIN UGARTE DOMICILIO) -------------13.- Una computadora ploma marca HP serie CND9131YXM sin cargador ni mouse. ---------- 14.- Una cámara fotográfica digital guinda marca Sony Cybershot de 16.1 MGP con batería y memoria de 1GB serie 078529. --------15.- Un Modem ENTEL CON SU CHIP 32k, un flash Memory marca Data Traveler de 512 MB, ---------------16.- Un flash Memory marca Voyager-------------17.- Un flash Memory marca HP de 4 GB------------------18.- Un flash Memory marca ilegible metálico-----------------19.- Un flash Memory marca GET SQUAT. ------------------ 20.- Un CD-R (disco compacto reutilizable) marca Sony de 200 MB en estuche color fucsia. -------------------21.- Un CD (disco compacto) marca TDK con la escritura: Documentos P/ Entrega a proponentes Fisc. (Encontrada en la carpeta Contratos Equipos Turbocompresores, Turbogeneradores. -----------22.- Un CD (disco compacto) marca Princo con la escritura: Documentos Carta Respuesta a Nota YPFB GNPSL-259-2.010. ----------------- 23.- Un CD- (disco compacto) marca EXPRINTER tamaño pequeño No. 1034506290348. -------24.- Una cámara fotográfica digital marca Sony color negro, con batería, y chip de memoria de 8 GB. Con su respectivo estuche color negro. (Sin cargador) -------------------------25.- Un Flash memory marca BTU color negro. ----------------26.- Un Flash memory marca Linde color negro. ------------27.-Un Flash memory marca HP color azul de 2 GB. -------------28.- Un Flash memory industria China color negro de 2 GB. -------------29.- Un Flash memory marca PTI color negro. -----------------30.- Un Flash memory marca CBI color blanco. ------------31.- Un Flash memory TENCHINT color Blanco (Ingeniería y Construcción). ------------------32.- Un CD (disco compacto) con la fecha 05/07/2012 video de la bóveda, acompañado con la respuesta del requerimiento en fojas 22 emitida por el Banco Mercantil. --------33.- Un CD (disco compacto) video de ingreso de Agustín Ugarte a la bóveda, acompañado con la respuesta del requerimiento y el requerimiento de fecha 6 de noviembre de 2012 emitido por el Banco Mercantil. ----------------34.- Un CD (disco compacto) que dice movimiento y extracto caso Nº S20192-201318058-153744, acompañado con la respuesta del requerimiento de fecha 24/10/2013 emitido por el Banco de Crédito. ------------35.- El vehículo siniestrado Toyota Land Cruiser Prado, tipo vagoneta, blanca, placa 2841 KKL, perteneciente a YPFB, cuando era conducido por GERSON RICHARD ROJAS TERAN.- -------------36.- Dinero secuestrado en la suma de Noventa mil dólares norteamericanos ($us.-90.000.-) de la caja de seguridad N° 298 del Banco Mercantil Santa Cruz, sito en la Av. Irala de esta ciudad, a nombre de Gerson Richard Rojas Terán. -----------------37.- Mini bloc de papel con anotaciones de sumas, montos, y fechas descritos, cuya última anotación señala “90.000”, colectado en la caja de seguridad del Banco Mercantil Santa Cruz. -----------------38.- Mini bloc de papel con anotaciones de sumas, montos, y fechas descritos, colectado en el domicilio de Agustín Javier Ugarte Méndez. -------------------39.- Nueve precintos de seguridad secuestrados en la caja de seguridad de Gerson Rojas Terán, con el logo del Bando Ganadero, de fecha 12 de julio de 2011, firmados por el cajero depurador Marbin Cuellar Parada.--------------------------------------------------------------------------------------------------------PERICIALES.- --------1.- Pericia grafotécnica sobre las grafías de los mini blocs colectados a cargo del Tcnl. Rodolfo Iporre Mostajo Perito Criminalista; con el objeto de determinar si las grafías halladas en los mini blocs, con anotaciones alfa numéricas, hallados en la caja de seguridad 268 y el domicilio de Agustin Javier Ugarte Méndez corresponden a Agustin Javier Ugarte Méndez, Gerson Richard Rojas Terán o ambos, y cuáles de las grafías. ----------2.- Pericia informática forense a cargo del perito Ing. Luis Alberto Baigorria Rodas, CI 7685547 SC, domiciliado en la calle Suarez Arana, condominio San Marino, apartamento 701, para realizar la apertura de los medios magnéticos colectados y ofrecidos como evidencias materiales, a fin de determinar cuáles documentos o correspondencia fueron librados o recibidos por alguno de los acusados, y si están relacionados con el proceso. ----TESTIFICALES.- ------------------ 1.- TCnl. Rubén David Barrientos Mena, funcionario policial, investigador asignado al caso, que declarara sobre sus investigaciones relativas a la presente causa penal, y otros extremos relativos que fueran de su conocimiento. -- --------------2.- Sgto 1° Wilmer Pedro Aguilar Mamani, funcionario policial, investigador asignado al caso, que declarara sobre sus investigaciones relativas a la presente causa penal, y otros extremos relativos que fueran de su conocimiento. ------- 3.- Sgto 1° Jaime Mamani Condori, funcionario policial, investigador asignado al caso, que declarara sobre sus investigaciones relativas a la presente causa penal, y otros extremos relativos que fueran de su conocimiento. -------------4.-Sgto Gustavo Osinaga Renfijo, funcionario policial, miembro de seguridad física asignada a GNPSL YPFB, que declarara sobre las novedades conocidas por él durante su turno de guardia entre los días 16 al 20 de junio de 2012, relativas a la presente causa penal, y otros extremos relativos que fueran de su conocimiento. ----------------5.- Sgto Sixto Cahuaya Salazar, funcionario policial, miembro de seguridad física asignada a GNPSL YPFB, que declarara sobre las novedades conocidas por él durante su turno de guardia entre los días 16 al 20 de junio de 2012, relativas a la presente causa penal, y otros extremos relativos que fueran de su conocimiento. ----------6.- Sgto Emiliano Huampo Guarachi, funcionario policial, miembro de seguridad física asignada a GNPSL YPFB, que declarara sobre las novedades conocidas por él durante su turno de guardia entre los días 16 al 20 de junio de 2012, relativas a la presente causa penal, y otros extremos relativos que fueran de su conocimiento. --------------7.- Sgto Claudio Quispe Mamani, funcionario policial, miembro de seguridad física asignada a

GNPSL YPFB, que declarara sobre las novedades conocidas por él durante su turno de guardia entre los días 16 al 20 de junio de 2012, relativas a la presente causa penal, y otros extremos relativos que fueran de su conocimiento. -------------------------8.- Lic. David Damian Zambrana Torrez, funcionario de YPFB que declarará respecto de los hechos que fueran de su conocimiento.----9.- Lic. Javier Imaña Sánchez, funcionario de YPFB que declarará respecto de los hechos que fueran de su conocimiento. ------------------10.- Téc. Esteban Rivera Aramayo, funcionario de YPFB que declarará respecto de los hechos que fueran de su conocimiento. -----------11.- Eduardo Mejia Vargas, funcionario de YPFB que declarará respecto de los hechos que fueran de su conocimiento. -----------------------12.- Edward Gutierrez Vargas, funcionario de YPFB que declarará respecto de los hechos que fueran de su conocimiento. ------------13.- Pedro Pérez Barrientos, CI 1813882 TJ, ex propietario del fundo rústico “La Esperanza”, ciudadano que declarará sobre la transferencia de dicho fundo a YPFB. ------------14.- Teodora Paniagua de Pérez, CI 14008016 TJ, ex propietaria del fundo rústico “La Esperanza”, ciudadana que declarará sobre la transferencia de dicho fundo a YPFB. ------------15.- Carlos Eduardo Bru Cavero, CI 18477396 TJ, Alcalde del municipio de Yacuiba, donde se halla el fundo rústico “La Esperanza”, ciudadano que declarará sobre la transferencia de dicho fundo a YPFB. ---------------16.- Ricardo Alpire Sánchez, sub gerente legal del Banco Mercantil Santa Cruz, quien en tal condición declarará sobre los informes realizados por dicha institución ante la comisión de la Fiscalía asignada al presente caso. ------------17.- Janina Salaues Alcázar, sub gerente legal del Banco Mercantil Santa Cruz, quien en tal condición declarará sobre los informes realizados por dicha institución ante la comisión de la Fiscalía asignada al presente caso. -----------------18.- Lic. Gino Armaza Peducassé, Auditor Forense, perito del IDIF, que declarará sobre las pericias realizadas sobre los procesos de contratación analizados. -----SE TENGA PRESENTE A LOS FINES DE JUSTICIA.----------- Otrosí 1.- Señalo domicilio procesal en la Av. Monseñor Rivero, esquina Av. Mónica Von Borries y Segundo Anillo de esta ciudad, Edificio Ministerio Público. ----------------Santa Cruz de la Sierra, 23 de enero de 2014.------- Fdo. Ilegible.- Rose Maria Barrientos Ruiz.- FISCAL DE MATERIA.- SANTA CRUZ – BOLIVIA. ---------------------------------------------------------------------------------Fdo. Ilegible.- C. Cándido Ch.- FISCAL DE MATERIA.- SANTA CRUZ – BOLIVIA. ---------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&CARGO DE RECIBIDO DEL JUZGADO 5to. DE INSTRUCCIÓN PENAL N.C.P.P.Recibido a horas 18:31 del día viernes 24 de 01 de Años 2014.- Fojas No recibida pruebas.-----Fdo. Ilegible: Vanessa Vera Orellana.- AUXILIAR.- JUZGADO 5to. DE INSTRUCCIÓN PENAL DE LA CAPITAL.- SANTA CRUZ – BOLIVIA.-----------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&AUTO: SANTA CRUZ, 27 DE ENERO DE 2014.------------------------ En atención al requerimiento conclusivo de ACUSACION FORMAL, presentada por los Sres. ROSE MARIA BARRIENTOS RUIZ, YOLANDA AGUILERA LIJERON y CANDIDO BLANCO CHOQUE contra de GERSON RICHARD ROJAS TERAN, AGUSTIN JAVIER UGARTE MÉNDEZ, VANESA AVILES MÉNDEZ, por la presunta comisión USO INDEBIDO DE BIENES Y SERVICIO PÚBLICOS, LEGITIMACIÓN DE GANANCIAS ILÍCITAS, ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO, FALSEDAD EN LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS, FALSEDAD MATERIAL, FALSEDAD IDEOLOGICA, USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO Y FALSEDAD EN LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTA. Previstos y sancionados en los Artículos 27, 27, 33 de la Ley Nº 004, Artículos 154, 198, 203, 185 (bis) del código penal; póngase a conocimiento de la parte victima de conformidad a lo nombrado por el artículo 340 de CPP., para que dentro del plazo de diez (10) días siguientes de su notificación ofrezcan sus pruebas de descargo.----------------------- Se conmina a los Srs. Fiscal a que en el plazo de 48 Hrs. De su legal notificación presente las pruebas de cargo de acuerdo a lo establecido en el Art. 325 CPP.-------------------Otrosí 1º.- Por señalado el domicilio procesal---Fdo. Ilegible: Dra. Rosario X. Flores Paniagua.- JUEZ 5º DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA CAPITAL- SANTA CRUZ - BOLIVIA.---------------------------------------------ANTE MÍ: Fdo. Ilegible.- Raúl Denis Fiengo Veliz.- Secretario – Abogado del Juzgado 5º de Instrucción en lo Penal de la Capital – Santa Cruz – Bolivia.----------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&SEÑORA JUEZ QUINTO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA CAPITAL: ------- FIS ANTI: 012274.: ----- IANUS: 701199 2012 26227----- REMITE PRUEBAS: ----EL MINISTERIO PUBLICO por medio de la comisión de Fiscales que conformamos los Abog. ROSE MARIA BARRIENTOS RUIZ, YOLANDA AGUILERA LIJERON, CANDIDO BLANCO CHOQUE contra GERSON RICHARD ROJAS TERAN, AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ, VANESSA AVILES MENDEZ Y OTROS por los delitos de Uso Indebido de Bienes y Servicios Públicos, Incumplimiento de Deberes, Enriquecimiento Ilícito y otros, ante Ud., ocurrimos respetuosos, exponemos y pedimos:------Toda vez que se ha presentado Resolución Conclusiva de Acusación, y toda vez que la etapa preparatoria se encuentra en el termino conclusivo, remito a conocimiento de su autoridad el cuadernillo de pruebas documentales, así como una caja conteniendo las pruebas materiales, del caso antes mencionado, bajo el siguiente orden.:--------- 1.- DOCUMENTALES.:-----1.- Documentación de la carpeta personal de Gerson Richard Rojas Teran, con Requerimiento Fiscal de fecha 10 de julio de 2012.:------ 2.- Curriculum Vitae de Agustin Javier Ugarte Méndez, con Requerimiento Fiscal de fecha 10 de julio de 2012.:--------3.- Curriculum Vitae de Agustin Javier Ugarte Méndez, con Requerimiento Fiscal de fecha 10 de julio de 2012.:----- 4.- Copia Legalizada del contrato del trabajo de Agustin Javier Ugarte Méndez, y Certificado de tiempo de trabajo en YPFB, con requerimiento fiscal de fecha 19 de noviembre de 2012.: ----5.- Memorándum VPNO-037/2012 de fecha 28 de junio de 2012, referente a envió de informe; Reglamento Interno de uso de vehículo en YPFB de julio de 2011; comunicación interna YPFB–GNPSL-0366/2012 de fecha 28 de junio de 2012, referente a envió de informe con documentación adjunta; comunicación Interna YPFB–GNPSL-CI-0365/2012, referente a informe a solicitud de requerimiento fiscal, comunicación interna YPFB–GNPSL-0368/2012, con la documentación adjunta solicitada; nota interna YPFB–GNPSL-079/2012, referente a respuesta de petición de informe de accidente de tránsito; Informe CITE: SGTT-120/2012 referente a informe de accidente; informe YPFB-GNPSL- 0524/2012, referente a envió de informe, con documentación adjunta; requerimiento fiscal de fecha 26 de junio de 2012. --------6. Informe a requerimiento fiscal del Alcalde Municipal de Entre Ríos, de fecha 27 de junio de 2012, con requerimiento fiscal de 26 de junio de 2012. ------------7.- Informe YPFB-GNPSL-ADM-0269/2013, de fecha 24 de abril de 2013, referente al avaluó de vehículo, con requerimiento fiscal de 26 de marzo de 2013. -------8.- Informe YPFB-GNAF 1687 DNA 1783 USG 518/2013, de fecha 29 de agosto de 2013, referente al valor de la Vagoneta 2841 KKL, con requerimiento correspondiente. --------- 9.- Copias legalizadas de las comisiones de viajes de Gerson Richard Rojas Terán, gestiones 2010, 2011 y 2013, con requerimiento correspondiente.:-----------10.- Historial Clínica de Gerson Richard Rojas Terán, con requerimiento correspondiente.-------------11.- Proceso de contratación directa y file personal de Vanesa Aviles Méndez, con requerimiento de fecha 12 de julio de 2012.:----------12.- Querella Criminal en contra de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 29 de junio de 2012, con requerimiento de admisión de querella de fecha 29 de junio de 2012, con su acta de notificación.:-------------13.- Querella Criminal en contra de Agustín Javier Ugarte Méndez, de fecha 06 de julio de 2012, con requerimiento de admisión de querella de fecha 06 de julio de 2012, con su acta de notificación. -------------------14.- Informe emitido por FORTALEZA Seguros y Reaseguros CITE GTSG N° 074/2012, de fecha 27 de junio de 2012, con requerimiento de fecha 26 de junio de 2012. ----------15.- Certificación del proceso de construcción de la Planta de Amoniaco y Urea, en fotocopia legalizada, con requerimiento correspondiente. ---------------16.- Memorial presentado al Juzgado 1ro de Instrucción en lo penal, referente a solicitud de allanamiento, registro, requisa y secuestro del área de cajas de seguridad fuertes correspondiente al ciudadano GERSON RICHARD ROJAS TERÁN, del Banco Mercantil Santa Cruz, de fecha 04 de julio de 2012; Auto N° 120/2012 de fecha 05 de julio de 2012; Mandamiento de fecha 05 de Julio de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 05 de julio de 2012; Acta de Deposito de 90.000 SUS secuestrados, memorial presentado al Juzgado 1ro de Instrucción en lo penal, de fecha 09 de julio de 2012, referente a informe de allanamiento; Informe elaborado por el Sgto. 2do Jaime Mamani Condori, de fecha 06 de julio de 2012. --------------17.- Acta notariada de entrega de dinero secuestrado, elaborada por la Dra. Elda A. Richter Colosetti, Notaria de Fe Pública N° 76, de fecha 19 de julio de 2012, con requerimiento correspondiente. ------------------18.- Acta de retiro de dinero secuestrado, de fecha 19 de julio de 2013. -----------------19.- Acta de entrega de dinero secuestrado en calidad de depositario, de fecha 19 de julio de 2012. ------------20.- Hojas de Miniblock encontrados dentro de las cajas de seguridad fuertes correspondiente al ciudadano GERSON RICHARD ROJAS TERÁN, del Banco Mercantil Santa Cruz. ----------21.- Memorial presentado al Juzgado referente a solicitud de allanamiento, registro y secuestro del inmueble del señor Marcelo Rafael Oña Cuellar, de fecha 20 de julio de 2012; Auto de fecha 21 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento y Registro o Requisa de fecha 21m de julio de 2012; Acta de Autorización de Ingreso Voluntario a Inmueble, de fecha 21 de Julio de 2012; Acta de Ingreso Voluntario y Secuestro, de fecha 21 de julio de 2012. ------22.- Informe CITE: SIN/GGSCZ/DRE/NOT/0001088/2013, elaborado por Impuestos Nacionales de fecha 03 de junio de 2013, con documentación adjunta a fojas 187; requerimiento de fecha 07 de junio de 2013; y requerimiento de fecha 01 de abril de 2013. ----23.- Informe URRH – 201 – 05/2013 elaborado por YPFB, de fecha 21 de mayo de 2013, con documentación adjunta a fojas 186; requerimiento de fecha 22 de mayo de 2013; a requerimiento de fecha 01 de abril de 2013.--------------- 24.- Informe BMSC/GAL/296/2013 elaborado por el Banco Mercantil Santa Cruz, de fecha 19 de abril de 2013, con documentación adjunta; y requerimiento de fecha 12 de marzo de 2012. --------25.- Informe BMSC/GAL/1122/2012 elaborado por el Banco Mercantil Santa Cruz de fecha 24 de julio de 2012, con dos fojas de documentación adjunta; y requerimiento de fecha 06 de julio de 2012. –26.- Informe BMSC/GAL/753/2013 elaborado por el Banco Mercantil Santa Cruz de fecha 20 de septiembre de 2013, con documentación adjunta; requerimiento de fecha 04 de octubre de 2013, con requerimiento correspondiente. -----27.- Informe BUN/OPC-934/2013 elaborado por el Banco Unión, de fecha 14 de mayo de 2013; requerimiento de fecha 16 de mayo de 2013, con requerimiento correspondiente. -----28.- Informe BUN/OPC-1034/2012 elaborado por el Banco Unión, de fecha 17 de julio de 2012; y requerimiento de fecha 09 de julio de 2012. ---------29.- Informe BUN/OPC-1108/2012 elaborado por el Banco Unión, de fecha 31 de julio de 2012; y requerimiento de fecha 12 de julio de 2012. ----30.- Informe BUN/OPC-990/2012 elaborado por el Banco Unión, de fecha 11 de julio de 2012; y requerimiento de fecha 26 de junio de 2012. --------31.- Informe BUN/OPC-2115/2013 elaborado por el Banco Unión, de fecha 13 de septiembre de 2013; requerimiento de fecha 30 de septiembre de 2013, con requerimiento correspondiente. -------32.- Informe BUN/OPC-1873/2012 elaborado por el Banco Unión, de fecha 06 de Noviembre de 2012; con requerimiento correspondiente. ------------33.- Certificación emitida por la División de Registro de Vehículos, de fecha 28 de junio de 2012; con requerimiento correspondiente. ---------34.- Certificación emitida por la División de Registro de Vehículos, de fecha 29 de junio de 2012; y requerimiento de fecha 29 de junio de 2012. -----------35.- Certificación emitida por la División de Registro de Vehículos, de fecha 10 de julio de 2012; y requerimiento de fecha 09 de julio de 2012. --------36.-

Memorial dirigido al Juzgado Primero de Instrucción en lo penal, referente a solicitud de allanamiento, registro, requisa y secuestro del inmueble de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 11 de julio de 2012; Auto N° 135/2012 de fecha 11 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro, Requisa y Secuestro de fecha 11 de julio de 2012. ---------37.- Memorial dirigido al Juzgado Primero de Instrucción en lo penal, referente a solicitud de allanamiento, registro, requisa y secuestro del inmueble de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 11 de julio de 2012; Auto N° 136/2012 de fecha 11 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro, Requisa y Secuestro de fecha 11 de julio de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 12 de julio de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 12 de julio de 2012.----------- 38.- Memorial dirigido al Juzgado Primero de Instrucción en lo penal, referente a solicitud de allanamiento, registro, requisa y secuestro de las oficinas de Gerson Richard Rojas Terán y Agustín Javier Ugarte Méndez, ubicadas en la Gerencia Nacional de Plantas de Separación de Líquidos de YPFB, de fecha 13 de julio de 2012; Auto N° 143/2012 de fecha 13 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro, Requisa y Secuestro de fecha 13 de julio de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 13 de julio de 2012 de las oficinas de Agustín Javier Ugarte Méndez ; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 12 de julio de 2012 de las oficinas de Gerson Richard Rojas Terán. ------39.- Memorial; Auto N° 144/2012 de fecha 13 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro, Requisa y Secuestro de fecha 13 de julio de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 17 de julio de 2012. --------40.- Memorial dirigido al Juzgado Primero de Instrucción en lo penal, referente a solicitud de allanamiento, registro, requisa y secuestro del domicilio de Patricia Ramos Quispe, de fecha 18 de julio de 2012; Auto N° 149/2012 de fecha 18 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro, Requisa y Secuestro de fecha 18 de julio de 2012; Acta de Secuestro, Decomiso e Incautación de fecha 17 de julio de 2012. -------41.- Memorial; Auto de fecha 01 de octubre de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro, Requisa y Secuestro de fecha 01 de octubre de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 04 de octubre de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 04 de octubre de 2012; notificación de fecha 04 de octubre de 2012. ------- 42.- Certificación emitida por la División de Registro de Vehículos, de fecha 17 de julio de 2012; y requerimiento de fecha 12 de julio de 2012. ---------43.- Certificación del Organismo Operativo de Transito (La Paz), de fecha 20 de julio de 2012; con requerimiento correspondiente. --------------44.- Certificación del Organismo Operativo de Transito (Cochabamba), de fecha 24 de julio de 2012; y requerimiento de fecha 09 de julio de 2012. ----------45.- Requerimiento fundamentado de Aprehensión de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 26 de junio del 2012, con su respectiva notificación; Orden de Aprehensión de fecha 26 de junio de 2012, con su respectiva acta de aprehensión; Informe de Acción Directa de fecha 28 de junio de 2012. ----------46.- Requerimiento fundamentado de Aprehensión de Agustin Javier Ugarte Mendez, de fecha 06 de julio del 2012; Orden de Aprehensión de fecha 06 de julio de 201; Notificación de fecha 06 de julio de 2012; Acta de requisa a Vehículo de fecha 06 de julio de 2012; Acta de Secuestro de fecha 06 de julio de 2012; Acta de Requisa Personal de fecha 06 de julio de 2012; Autorización de Ingreso Voluntario a Inmueble de fecha 06 de julio de 2012; Informe elaborado por el Sgto. 2do Jaime Mamani Condori, de fecha 06 de julio de 2012. -------47.- Querella Criminal en contra de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 23 de julio de 2012; Requerimiento de admisión de fecha 23 de julio de 2012; Notificación. ------------48.- Contrato de venta de vehículo de propiedad de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 07 de enero de 2012; Reconocimiento de Firmas ante la notaria de fe pública N° 10, de fecha 07 de enero de 2012; Acta de legalización elaborada por el Notario de fe pública N° 10, a cargo del Dr. Fernando Molina Paredes, de fecha 23 de noviembre de 2012; Requerimiento de fecha 13 de noviembre de 2012. ------49.- Oficio UIF/LEG/25525/2012 La Paz, 19 de Octubre de 2012, emitido por la Unidad de Investigación Financiero; Informe Técnico Final, Tramite N° 2022-2023-2015-2014-2018-2039, La Paz, Octubre de 2012, emitido por la Unidad de Investigaciones Financieras, a fojas 9; Anexos Tramite N° 2022-2023-2015-2014-2018-2039, a fojas 366. -----50.- Certificado CERT-EST-JOLP-0316/13, Código de Trámite N° 698488, emitido por el Registro de Comercio de Bolivia, La Paz, 07 de febrero de 2013; requerimiento de fecha 12 de marzo de 2012. -------51.- Auto de fecha 17 de diciembre de 2013, referente a la disposición de Incautación de dinero secuestrado en el suma de 90.000 SUS; Acta de entrega de dinero, de fecha 09 de enero de 2014; Recepción y Control de Bienes Incautado – Deposito Bancario, de fecha 09 de enero de 2014. -------52.- Declaración Informativa de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 26 de marzo de 2013; Declaración Informativa de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 27 de marzo de 2013; Orden de Citación de fecha 25 de marzo de 2013. ---------53.- Declaración Informativa de Agustín Javier Ugarte Méndez, de fecha 04 de Abril de 2103; Orden de Citación de 25 de marzo de 2013; Acta de Suspensión de Declaración Informativa de fecha 03 abril de 2013. Acta de suspensión de declaración informativa, de fecha 03 de abril de 2013. -------54.- Acta de secuestro de 9 precintos, con logotipo de Banco Ganadero, de fecha 19 de julio de 2012. ---------55.- Carta BMSC/GAL/1730/2011 de fecha 18 de diciembre de 2012, emitido por el Banco Mercantil Santa Cruz, y requerimiento de fecha 13 de noviembre de 2012. -----------56.- Ampliación de Querella Criminal en contra de Marcelo Rafael Oña, de fecha 20 de julio de 2012, y requerimiento de fecha 25 de julio de 2012. ----------57.- Carta de la Contraloría General del Estado GDS/GSL/DJBR-126/2012, de fecha 18 de julio de 2012, referente a remisión de declaraciones juradas; y requerimiento de fecha 12 de julio de 2012. --------58.- Carta de la Contraloría General del Estado GDS/GSL/DJBR-1538/2012, de fecha 23 de noviembre de 2012, referente a remisión de declaraciones juradas; con requerimiento correspondiente. --------59.- Carta BMSC/GAL/588/2013 de fecha 30 de julio de 2013, emitido por el Banco Mercantil Santa Cruz, referente a remisión de certificaciones de movimientos financieros de Gerson Richard Rojas Terán, con requerimiento correspondiente. -------60.- Carta CITE: SIN/GDSCZ/DRE/COF/NOT/201/2013 de fecha 04 de marzo de 2013, emitido por Impuestos Nacionales; con requerimiento correspondiente. ----------61.- Certificación CERT-EST-JOSC-300/2012, Código de Tramite N° 618609, de fecha 11 de julio de 2012, emitido por el Registro de Comercio de Bolivia; Certificación CERT-EST-JOSC-299/2012, Código de Tramite N° 618515, de fecha 11 de julio de 2012, emitido por el Registro de Comercio de Bolivia; y requerimiento de fecha 09 de julio de 2012. -----62.- Certificación CERT-EST-JOLP-0660/2013, Código de Tramite N° 712452, de fecha 18 de marzo de 2013, emitido por el Registro de Comercio de Bolivia, con documentación adjunta a fojas 171; y requerimiento de fecha 12 de marzo de 2013. -----63.- Carta emitida de fecha 27 de noviembre de 2012, emitido por la Dra. Carol Sarabia Rojas, Notaria de Fe Publica # 78, en que se adjunta documentación legalizada a fojas 24, relativos a contrato de prestación de servicios YPFB REFINACIÓN S.A. y SERVIMAN; y 2 requerimientos de fecha 13 de noviembre de 2012. --------64.- Informe de Inicio de Investigaciones dirigido al Juzgado de Instrucción en lo Penal de Turno, de fecha 22 de marzo de 2013; Memorial de complementación e Informe de Inicio de Investigaciones, dirigido al Juzgado 6to de Instrucción en lo Penal, de fecha 22 de marzo de 2013; Imputación Formal en contra de Gerson Richard Rojas Terán por el delito de Legitimación de Ganancias Ilicitas, de fecha 01 de abril de 2013. ----------65.- Querella Criminal contra Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 24 de abril de 2013; Requerimiento de admisión de querella de fecha 26 de Abril de 2013; Memorial dirigido al Juez 6to de Instrucción en lo Penal de fecha 26 de abril de 2013, Acta de notificación de fecha 29 de abril de 2013. -----------66.- Acta circunstancia realizado por la Dra. Rosse Mery Uriona Almaraz, de fecha 28 de junio de 2012. ------67.- Memorial dirigido al Juez de Instrucción, de fecha 11 de julio de 2012, en el que se solicita orden de allanamiento, registro, requisa y secuestro; Auto N° 137/2012 de fecha 11 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro y Secuestro de fecha 11 de julio de 2012. --------68.- Oficio STRIA. GRAL. OF. 284/2012, de fecha 19 de julio de 2012, emitido por la Secretaria General de la Universidad Autónoma “Gabriel René Moreno”; requerimiento de fecha 12 de julio de 2012. ------69.- Certificado de Estudios, emitido por la Universidad UTEPSA, de fecha 17 de julio de 2012. --------70 Carta emitida por la telefonía VIVA, de fecha 20 de julio de 2012, en el que se adjunta extracto de llamadas; y requerimiento de fecha 18 de julio de 2012. ----------71.- Acta de secuestro de fecha 6 de agosto de 2012. ------72.- Detalles de viajes y viáticos autorizados de Gerson Richard Rojas Terán, correspondiente a la gestión 2009, a fojas 231. ---------73.- Resolución Suprema 05478, de fecha 05 de mayo de 2011. -------74.- Nota DDT-C-EXT N° 629/2011, emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria INRA, de fecha 04 de septiembre de 2012; Certificación CET-DDT-166/2012 emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria INRA, de fecha 04 de septiembre de 2012; Certificación CET-DDT-167/2012 emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria INRA, de fecha 04 de septiembre de 2012; Certificación CET-DDT-168/2012 emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria INRA, de fecha 04 de septiembre de 2012; Certificación CET-DDT-169/2012 emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria INRA, de fecha 04 de septiembre de 2012; requerimiento de fecha 28 de agosto de 2012.--------75.- Respuesta a requerimiento fiscal emitido por YPFB Corporación; Respuesta a requerimiento fiscal emitido por YPFB Corporación; Memorial de fecha 12 de abril de 2013; requerimiento de fecha 16 de abril de 2013; requerimiento de fecha de 26 de Marzo de 2013; requerimiento de fecha de 26 de marzo de 2013. ---------76.- Copia Legalizada de Testimonio Notarial N° 483/2012; requerimiento de fecha 25 de julio de 2012. --------77.---Copia Legalizada de Testimonio Notarial N° 648/2012; requerimiento de fecha 25 de julio de 2012. -----78.- Acta de registro del lugar del hecho, de fecha 27 de julio de 2012; Autorización de ingreso voluntario a inmueble, de fecha 27 de julio de 2012. -----79.- Requerimiento fundamentado de aprehensión en contra de Marcelo Rafael Oña Cuellar, de fecha 11 de julio 2012; Orden de aprensión de fecha 21 de julio de 2012. --------80.- Oficio UD-TIT-CER N° 9926 emitido por la Unidad de Titulación y Certificaciones del Instituto Nacional de Reforma Agraria, de fecha 06 de septiembre de 2012; Informe UTC N° 0372/2012 emitido por la Unidad de Titulación y Certificaciones del Instituto Nacional de Reforma Agraria; Certificado de emisión de titulo de fecha 06 de septiembre de 2012; requerimiento de fecha 11 de septiembre de 2012; y requerimiento de fecha 28 de agosto de 2012. ------81.- Informe Tecnico DGS-JRV-CBBA N° 178/2011 emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria de la Dirección General de Saneamiento, de fecha 18 de noviembre de 2011; con requerimiento correspondiente. ---- 82.- Informe elaborado por el Sgto. 1ro Wilmer Pedro Aguilar Cruz de fecha 15 de marzo de 2013; y requerimiento de fecha 18 de marzo de 2013. --------83.- Solicitud de Contratación de Gerson Richard Rojas Terán, NOTA INTERNA YPFB-GNPSL-091/2010 de fecha 05 de julio de 2010; Memorial de fecha 12 de abril de 2013; requerimiento de fecha 16 de abril de 2013; y requerimiento de fecha 26 de marzo de 2013. ----------- 84.- Certificado de 22 de mayo de 2012, emitido por la Contraloría General del Estado; con requerimiento correspondiente. ---------------85.- Oficio CITE EXT/DGAJ N° 160/2012 de fecha 31 de agosto de 2012, emitido por la Autoridad de Bosques y Tierras; Informe PRS-UTI 054/2012 de fecha 20 de julio de 2012, con documentación adjunta; Requerimiento de fecha 29 de agosto de 2012. ---------86.- Memorial presentado por YPFB, referente a remisión de fotocopias legalizadas de fecha 27 de julio de 2012; Oficio YPFB-GNPSL-0639/2012 de fecha 26 de julio de 2012; Fotocopias legalizadas de la Contratación por Excepción para compra de terreno donde se construirá la planta de separación de Líquidos Gran Chazo, de fecha julio de 2012 a fojas 208, con su anexo de fojas 210 Requerimiento de fecha 25 de julio de 2012. --------87.- Comunicación Interna YPFB-GNPSL-ADM-CI-0236/2013 emitida por YPFB Corporación de fecha 05 de abril de

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viernes 25 de julio de 2014 PUBLICIDAD 21

2013, con documentación adjunta; con requerimiento correspondiente.: --------88.- Comunicación Interna YPFB-GNPSL-GCH-CI-350/2013 emitida por YPFB Corporación de fecha 05 de abril de 2013, con documentación adjunta; requerimiento de fecha 22 de marzo de 2013. --------------89.- Oficio YPFB-GNPSL-CE-0021/2013 emitida por YPFB Corporación, de fecha 08 de abril de 2013, Comunicación Interna YPFB-GNPSL-GCH-CI-351/2013 emitida por YPFB Corporación de fecha 05 de abril de 2013, con documentación adjunta; requerimiento de fecha 10 de abril de 2013; con requerimiento correspondiente. ----------90.- Certificación de la Unidad Regional de Recursos Humanos – YPFB – Santa Cruz, de fecha 20 de noviembre de 2012; requerimiento de fecha 17 de octubre de 2012. ----------91.- Memorial de fecha 13 de agosto de 2012, en el que se adjunta documentación referente al Vehículo Vagoneta Toyota, con placa de circulación N° 2841INT; con requerimiento correspondiente. ------------92.- Documentación Relativo a la Anotación Preventiva del predio rustico La Esperanza, consistentes en memorial de fecha 08 de julio de 2013; requerimiento de fecha 09 de julio de 2013; requerimiento dirigido al Registrador de Derechos Reales de la provincia de Gran Chaco de fecha 09 de julio de 2013; memorial de fecha 28 de noviembre de 2013; requerimiento de fecha 29 de noviembre de 2013, y requerimiento dirigido al Registrador de Derechos Reales de la provincia de Gran Chaco. ------93.- Acta de declaración de Pedro Pérez Barrientos, de fecha 08 de agosto de 2012; mas formulario de declaración informativa de PEDRO PEREZ BARRIENTOS de fecha 27 de julio de 2012. ---------94.- Acta de declaración de Marcelo Rafael Oña Cuellar, de fecha 05 de noviembre de 2012. -------95.-Acta de declaración de Agustín Javier Ugarte Méndez, de fecha 06 de julio de 2012; Acta de declaración de Agustín Javier Ugarte Méndez, de fecha 18 de septiembre de 2012; Requerimiento de fecha 10 de septiembre de 2012. -----96.- Formulario de declaración informativa de GERSON RICHARD ROJAS TERAN de fecha 22 de junio de 2012; mas formulario de declaración informativa de GERSON RICHARD ROJAS TERAN de fecha 10 de julio de 2012 (11:00); mas formulario de declaración informativa de GERSON RICHARD ROJAS TERAN de fecha 10 de julio de 2012 (11:20); mas formulario de declaración informativa ampliatoria de GERSON RICHARD ROJAS TERAN de fecha 30 de octubre de 2012; mas formulario de declaración informativa ampliatoria de GERSON RICHARD ROJAS TERAN de fecha 26 de marzo de 2013; ----------97.- Formulario de declaración informativa de BRENDA XIMENA AVILES MENDEZ de fecha 12 de julio de 2012; mas formulario de declaración informativa de BRENDA XIMENA AVILES MENDEZ de fecha 12 de julio de 2012.--------------98.- Formulario de declaración informativa de CLARA JOHANNA ARAUJO EYZAGUIRRE de fecha 23 de julio de 2012---99.- Formulario de declaración informativa de ENRIQUE ARUQUIPA GUACHALLA de fecha 29 de junio de 2012; mas Formulario de declaración informativa de ESTEBAN RIVERA ARAMAYO de fecha 29 de junio de 2012; Formulario de declaración informativa de DAVID DAMIAN ZAMBRANA TORREZ de fecha 29 de junio de 2012; --------------100.- Formulario de declaración informativa de VANESSA AVILES MENDEZ de fecha 6 de julio de 2012; mas acta de notificación de fecha 5 de julio de 2012 -------101.-Acta de notificación de fecha 5 de julio de 2012; más acta de comparecencia y suspensión de audiencia de fecha 9 de julio de 2012; formulario de declaración informativa de Paola Liset Heredia Bazán de 9 de julio de 2012. -------102.- Informe – Dictamen Pericial realizado por el perito del IDIF designado, Lic. Gino Armaza Peducassé, sobre el proceso de contratación adjudicado a la empresa AESA. -----103.- Informe – Dictamen Pericial realizado por el perito del IDIF designado, Lic. Gino Armaza Peducassé, sobre el proceso de contratación adjudicado a la empresa BOLPEGAS. ----104.- Informe – Dictamen Pericial realizado por el perito del IDIF designado, Lic. Gino Armaza Peducassé, sobre el proceso de contratación adjudicado a la empresa TECNICAS REUNIDAS S.A. -----105.- Informe – Dictamen Pericial realizado por el perito del IDIF designado, Lic. Gino Armaza Peducassé, sobre el proceso de contratación adjudicado a la empresa TECNA. ---106.- Informe de conclusiones de investigaciones elaborado por los Srs. Investigadores asignados al caso, Tcnl. Rubén David Barrientos Mena. 2.- MATERIALES.- -----1.- Muestrario fotográfico. 2.- Una computadora portátil marca Sony color negro, VAIO, Serie 275260403000793, SERIE O CODIGO YPFB 078803, Con cargador y Mouse. --------3.- Una computadora portátil marca Sony color negro, VAIO, Serie 54111537 300140, SERIE O CODIGO YPFB 078802, Con cargador y Mouse. ---------4.-Una computadora portátil marca Sony color plomo, VAIO, Serie 275059493010520, SERIE O CODIGO YPFB 078760, Con cargador y Mouse. ---------5.- Una computadora portátil marca HP color blanco, Serie CNF9201011 Con cargador y Mouse. ------------6.- Una computadora portátil marca HP color plomo, Sin No. De Serie pegados al mismo un flas memory color azul marca MR y un Flas Memory inserto al puerto USB (en un sobre manila que dice: Caso, Lugar YPFB GNPS LAP TOP HP). ----------7.- Una memoria externa color azul marca Samsung, con su cable y estuche negro, serie E24LJ10Z402773 MADE IN KOREA. --------- 8.- Una computadora portátil marca HP color plomo, Sin No. De Serie sin cargador ni Mouse.---------------- 9.- Un teléfono celular marca Samsung color negro y rojo serie No. RQ5BC48891K y un CHIP TIGO, con más su cargador. --------10.- Un Flash Memory color blanco con el logotipo TECNICAS REUNIDAS, encontrado en el sobre manila con el título: Elementos secuestrados en el domicilio de Marcelo Oña de fecha 21 de julio del 2.012 YPFB. --------11.- Una cámara fotográfica marca Sony azul serie No. 4271243, serie de activo fijo YPFB078996 con batería y con chip de memoria de 4 GB. Con su respectivo estuche. ---- 12.- Una computadora negra marca Toshiba color negro serie 67446313K SATELITEA 215-S4747. (Stikers que indica CASO YPFB AGUSTIN UGARTE DOMICILIO) -------------13.- Una computadora ploma marca HP serie CND9131YXM sin cargador ni mouse. ---------- 14.- Una cámara fotográfica digital guinda marca Sony Cybershot de 16.1 MGP con batería y memoria de 1GB serie 078529. --------15.- Un Modem ENTEL CON SU CHIP 32k, un flash Memory marca Data Traveler de 512 MB, ---------------16.- Un flash Memory marca Voyager-------------17.- Un flash Memory marca HP de 4 GB------------------18.- Un flash Memory marca ilegible metálico-----------------19.- Un flash Memory marca GET SQUAT. ------------------ 20.- Un CD-R (disco compacto reutilizable) marca Sony de 200 MB en estuche color fucsia. -------------------21.- Un CD (disco compacto) marca TDK con la escritura: Documentos P/ Entrega a proponentes Fisc. (Encontrada en la carpeta Contratos Equipos Turbocompresores, Turbogeneradores. -----------22.- Un CD (disco compacto) marca Princo con la escritura: Documentos Carta Respuesta a Nota YPFB GNPSL-259-2.010. ----------------- 23.- Un CD- (disco compacto) marca EXPRINTER tamaño pequeño No. 1034506290348. -------24.- Una cámara fotográfica digital marca Sony color negro, con batería, y chip de memoria de 8 GB. Con su respectivo estuche color negro. (Sin cargador) -------------------------25.- Un Flash memory marca BTU color negro. ----------------26.- Un Flash memory marca Linde color negro. ------------27.-Un Flash memory marca HP color azul de 2 GB. -------------28.- Un Flash memory industria China color negro de 2 GB. -------------29.- Un Flash memory marca PTI color negro. -----------------30.- Un Flash memory marca CBI color blanco. ------------31.- Un Flash memory TENCHINT color Blanco (Ingeniería y Construcción). ------------------32.- Un CD (disco compacto) con la fecha 05/07/2012 video de la bóveda, acompañado con la respuesta del requerimiento en fojas 22 emitida por el Banco Mercantil. --------33.- Un CD (disco compacto) video de ingreso de Agustín Ugarte a la bóveda, acompañado con la respuesta del requerimiento y el requerimiento de fecha 6 de noviembre de 2012 emitido por el Banco Mercantil. ----------------34.- Un CD (disco compacto) que dice movimiento y extracto caso Nº S20192-201318058-153744, acompañado con la respuesta del requerimiento de fecha 24/10/2013 emitido por el Banco de Crédito. ------------35.- El vehículo siniestrado Toyota Land Cruiser Prado, tipo vagoneta, blanca, placa 2841 KKL, perteneciente a YPFB, cuando era conducido por GERSON RICHARD ROJAS TERAN.- -------------36.- Dinero secuestrado en la suma de Noventa mil dólares norteamericanos ($us.-90.000.-) de la caja de seguridad N° 298 del Banco Mercantil Santa Cruz, sito en la Av. Irala de esta ciudad, a nombre de Gerson Richard Rojas Terán. -----------------37.- Mini bloc de papel con anotaciones de sumas, montos, y fechas descritos, cuya última anotación señala “90.000”, colectado en la caja de seguridad del Banco Mercantil Santa Cruz. -----------------38.- Mini bloc de papel con anotaciones de sumas, montos, y fechas descritos, colectado en el domicilio de Agustín Javier Ugarte Méndez. -------------------39.- Nueve precintos de seguridad secuestrados en la caja de seguridad de Gerson Rojas Terán, con el logo del Bando Ganadero, de fecha 12 de julio de 2011, firmados por el cajero depurador Marbin Cuellar Parada. ---------------------Santa Cruz de la Sierra, 23 de enero de 2014.------ Fdo. Ilegible.- Rose Maria Barrientos Ruiz.- FISCAL DE MATERIA.- SANTA CRUZ – BOLIVIA. -----------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&CARGO DE RECIBIDO DEL JUZGADO 5to. DE INSTRUCCIÓN PENAL N.C.P.P.Recibido a horas 15:30 del día Martes 04 de 02 de Años 2014.- Fojas.- 4427.-------------Fdo. Ilegible: Vanessa Vera Orellana.- AUXILIAR.- JUZGADO 5to. DE INSTRUCCIÓN PENAL DE LA CAPITAL.- SANTA CRUZ – BOLIVIA.------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&Nota.- las pruebas documentales Nº 1.- constan de 15 cuerpos anillados con el siguiente detalle: --------------------------------------------------------------------------------------------------------CUERPO I.- Desde la Fs, 1 al 340, se repiten dos veces las Fs. 189.--------------------------------CUERPO II.- Desde la Fs. 341 al 658, se repite dos veces la Fs. 447, y no consta la Fs- 533.--CUERPO III.- Desde la Fs. 659 al 927 y no consta las Fs. 717.--------------------------------------CUERPO IV.- Desde la Fs. 928 al 1122, entre Fs. 1027 y 1028, existe una Foja sin foliar.-----CUERPO V.- Desde la Fs. 1123 al 1309, entre las Fs. 1149 y 1150 existe una fojas sin foliar, Entre Fs. 1425 y 1426 existe una hoja sin foliar, entre Fs. 1500 y 1501 existe una hoja sin foliarCUERPOR VI.- Desde la Fs. 1310 al 1615, entre Fs. 1315 y 1316 existe una foja sin foliar.---CUERPO VII.- Desde la Fs. 1616 al 1846, entre Fs. 1825 y 1826 existe una foja sin foliar.---- CUERPO VIII.- Desde la Fs. 1847 al 2279, entre Fs. 2273 y 2274 existe una foja sin foliar.---CUERPO IX.- Desde la Fs. 2280 al 2604, entre Fs. 2468 y 2469 existe una foja sin foliar., entre Fs. 2555 y 2556 existe una hoja sin foliar--------------------------------------------------------CUERPO X.- Desde la Fs. 2605 al 2878, entre Fs. 2773 y 2774 existe una foja sin foliar.----CUERPO XI.- Desde la Fs. 2879 al 3128.----------------------------------------------------------------CUERPO XII.- Desde la Fs. 3129 al 3496.---------------------------------------------------------------CUERPO XIII.- Desde la Fs. 3497 al 3916.--------------------------------------------------------------CUERPO XIV.- Desde la Fs. 3917 al 4209.-------- se hace constar que en la mayoría de las foliaturas de las pruebas documentales se encuentra sobre corregidas.-------------------------------Sobre las pruebas materiales Nº 2.- Constan todas las 39 pruebas materiales, a excepción de las pruebas Nº 35 y 36.--------------- Es todo en cuento se hace notar.------------------------------------Fdo. Ilegible.- Raúl Denis Fiengo Veliz.- SECRETARIO – ABOGADO.- DEL JUZGADO 5º DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA CAPITAL.- SANTA CRUZ – BOLIVIA.—&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&Santa Cruz, 05 de Febrero del 2.014.--------------------------En atención a las pruebas de cargo, presentadas por el representante del Ministerio Publico fiscal Dra. ROSE MARIA BARRIENTOS RUIZ, YOLANDA AGUILERA LIJERON, CANDIDO BLANCO CHOQUE en contra de GERSON RICHARD ROJAS TERAN, AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ, VANESSA AVILES MENDEZ y OTROS, por la presunta comisión del ilícito de USO INDEBIDO DE BIENES y SERVICIOS PUBLICOS, INCUMPLIMIENTO DE DEBERES, ENRIQUECIMIENTO ILICITO y OTROS, póngase a conocimiento de la

parte víctima de conformidad a lo normado por el Art. 340 del CPP., para que en el plazo de los diez (10) días siguientes a su notificación ofrezcan sus pruebas de descargo.--------------------------------------------------------------------------------------------Fdo. Ilegible.- Dra. Rosario X. Flores Paniagua.- JUEZ – DEL JUZGADO 5º DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA CAPITAL.- SANTA CRUZ – BOLIVIA. ---------Ante Mi.- Fdo. Ilegible.- Raúl Denis Fiengo Veliz.- SECRETARIO – ABOGADO.- DEL JUZGADO 5º DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA CAPITAL.- SANTA CRUZ – BOLIVIA. —-------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&SEÑORA JUEZ 5° DE INSTRUCCIÓN PENAL CAUTELAR DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA (Dra. Rosario Ximena Flores Paniagua); Y POR SU INTERMEDIO AL TRIBUNAL DE SENTENCIA DE TURNO EN MATERIA DE ANTICORRUPCIÓN.----- FIS ANTI: 012274.: ----- IANUS: 701199 2012 26227-----SE APERSONA: ------------- PRESENTA ACUSACIÓN PARTICULAR: -------OFRECE Y ACOMPAÑA PRUEBA DE CARGO: ----------OTROSIES.- SU CONTENIDO.---------------YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES BOLIVIANOS, Empresa Corporativa Estatal Autárquica de antecedentes conocidos en el proceso del exordio, legalmente representada por el Lic. CARLOS VILLEGAS QUIROGA, Presidente Ejecutivo a.i., conforme al testimonio de poder notariado (que consta en antecedentes) confiere mandato de representación legal a los abogados MARCELO DAVID CANSECO FUENTES, MÓNICA RAMÍREZ MÁRQUEZ, LUIS DAVID VEIZAGA ROSALES, dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra GERSON RICHARD ROJAS TERAN, AGUSTIN UGARTE Y OTROS por los delitos de Uso Indebido de Bienes y Servicios Públicos y otros, ante Uds. Nos presentamos respetuosos, decimos y pedimos: --------------- QUE PROMOVEMOS EN LA PRESENTE ACCION PENAL ACUSACION PARTICULAR (Art. 340, 341 y 342; L. 1970) --------------- I.- SUJETOS PROCESALES.-1.1. ACUSADOS.- --------------- 1) Nombre: GERSON RICHARD ROJAS TERAN:

-- CI Bolivia: 2206850 LP: --------------- Fecha nacimiento: 17 de noviembre de 1972 (41 años).: Lugar de nacimiento: Oruro.:---------------Nacionalidad: Boliviano.: --------------- Estado civil: Casado: ---------------Ocupación: Ingeniero en Electrónica; empresario.: ---------------Domicilio real: Santa Cruz de la Sierra, Av. Roca y Coronado y calle Bermejo, N° 48. Status jurídico: Actualmente en detención preventiva en el penal de Palmasola.: ---- Domicilio Procesal: Santa Cruz de la Sierra, Pasaje Beni, Edificio Dolly. Abogado Defensor: Abog.------ David Quilo Rocabado -----------------------------------------------------------------------------------------

2) Nombre: AGUSTÍN JAVIER UGARTE MENDEZ: ----------- CI Bolivia: 814673 CBFecha nacimiento: 27.08.1960 (53 años).: Lugar de nacimiento: Dpto. Cochabamba

Nacionalidad: Boliviano.: -----------Estado civil: Divorciado: ---Ocupación: Ingeniero Químico.

Domicilio real: Santa Cruz de la Sierra, Equipetrol.: ----- Status jurídico: Actualmente en detención preventiva en el penal de “Palmasola” en Santa Cruz.: ----- Domicilio Procesal: Santa Cruz de la Sierra, Pasaje Beni, Edificio Dolly.: ---Abogado Defensor: Abog. David Quilo Rocabado ---------------------------------------------------------------------------------------------------------

3) Nombre: MARCELO RAFAEL OÑA CUELLAR.: ----CI Bolivia: 1145071 CH: ------Fecha nacimiento: 05.11.1972 (40 años).---- Lugar de nacimiento: Dpto. Chuquisaca.: --------

Nacionalidad: Boliviano Estado civil: Casado.: -------- Ocupación: - - - - A b o g a d o . : --Domicilio real: Chuquisaca, Sucre, calle Bolívar N° 843.: Status jurídico: --------Actualmente en detención preventiva en el penal de “San Roque” en Chuquisaca.: Domicilio Procesal: Santa Cruz de la Sierra, no especifica.: Abogados Defensores: Abog. Daniel Bejarano Piccolomini-----------------

4) Nombre: VANESA AVILES MENDEZ ----------CI Bolivia: 4693787 SC: ------------Fecha nacimiento: 17.12.1977 (35 años):------------------Lugar de nacimiento: Dpto. Santa Cruz

Nacionalidad: Boliviana: Estado civil: -----Soltera: ----- Ocupación: Ingeniera en Administración Petrolera.: ------------ Domicilio real: Santa Cruz, zona Equipetrol N, calle “I” N° 175: -------------- Status jurídico: Actualmente prófuga, con paradero desconocido, declarada rebelde.: Domicilio Procesal: -------- Santa Cruz de la Sierra, Calle Beni prolongación Nº 20, Edificio Casanova, piso 7°, Of. 8, oficinas de Defensa Pública.: ----Abogados Defensores: Abog. De turno (Defensa Pública).-------------------------------------------------------

1.2. QUERELLANTE Y ACUSADOR PARTICULAR.-------------Nombre: YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES BOLIVIANOS.: ----- Personería: NIT 1020269020.: Representante Legal: Lic. Carlos Villegas Quiroga, como Presidente Ejecutivo de YPFB.: ------- Domicilio Legal:--- La Paz; Calle Bueno esq. Av. Camacho, Edif. YPFB, piso 8.:-----------Domicilio procesal: Santa Cruz de la Sierra, calle prolongación Beni Nº 20, casi Av. Uruguay (frente al palacio de Justicia), Edif. Casanova, piso 6, oficina 8.-----------------------------

1.3.- VICTIMAS (Art. 76; L 1970).-----------------La Sociedad, Estado Plurinacional de Bolivia---------------------------Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos---------------------------

II.- RELACION CAUSAL DE HECHOS REPROCHABLES PENALMENTE.-------Primero.- (Uso indebido de Bienes y Servicios Públicos) ----------------------------------

-----En fecha 17 de junio de 2012, sobre la carretera Cochabamba – Santa Cruz; en inmediaciones de la localidad de Yapacani, Prov. Ichilo, a la altura del Km. 94, se produjo un hecho de tránsito protagonizado por el vehículo clase vagoneta marca Toyota Land Cruiser Prado blanca, placa 2841 KKL, conducido por GERSON RICHARD ROJAS TERAN, bajo influencia etílica, según la historia clínica del prenombrado cursante en la clínica INCOR, extremo corroborado por el informe preliminar del Sr. Sgto. Gustavo Osinaga Renfijo, de fecha 18.06.2012.----------------- Dicho vehículo transitaba en sentido de orientación de Oeste a Este, e inicialmente impactó con una camioneta blanca Toyota Dina, placa 812 IUI, conducida por el Sr. Jaime Poggi Gamón; seguidamente impactó en la parte anterior lateral izquierda de un camión blanco Nissan Cóndor, placa 709 RHA, conducido por el Sr. Renán Rojas Meneses; y en seguida impacta con la parte frontal del camión Volvo, blanco, placa 2499 RAA, conducido por el Sr. Reynaldo Rojas Méndez.-----------------Como resultado del múltiple impacto, presentan daños materiales de consideración los motorizados referidos; y luego del hecho, personas no identificadas habrían procedido a desmantelar el vehículo principal protagonista del hecho (vagoneta blanca Toyota Land Cruiser Prado, placa 2841 KKL) por lo que solo se pudo encontrar en dicho vehículo credencial de matrícula de arma de fuego a nombre del Sr. GERSON RICHARD ROJAS TERAN, conductor del vehículo, y que luego de la triple colisión se dio a la fuga. -----------------Por los antecedentes, se establece que GERSON RICHARD ROJAS TERAN, al momento del hecho era funcionario de YPFB (Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos) desde mayo de 2009, con el cargo de Gerente Nacional de la Planta de Separación de Líquidos, y que el día del hecho de tránsito (domingo por la noche), día no laborable, por lo que se infiere que el prenombrado le estaba dando al vehículo siniestrado de propiedad de YPFB, un uso distinto del institucional (dándole uso personal, de libación y disipación), al que estaba destinado de acuerdo la normativa administrativa legal vigente. ----------------- Del historial clínico de Emergencias realizado por el Dr. Fredy Felix Mollo Aquino, cirujano de emergencias de la clínica INCOR, se desprende que al examen físico del paciente GERSON RICHARD ROJAS TERAN presentaba halitosis alcohólica, irritable, pupilas escorias foto reactivas, escoriaciones en tórax y abdomen, entre otros. -----------------En fecha 28 de junio de 2012, en presencia de la Sra. Notaria de Fe Pública Dra. Rosse Mery Uriona Almaraz se procedió al registro de las oficinas de GERSON RICHARD ROJAS TERAN y AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ, hallándose en la oficina que correspondía al Sr. GERSON RICHARD ROJAS TERAN: un monitor de pantalla plana HP con teclado; disco duro externo; dos computadoras portátiles marca “Sony”; una impresora portátil para computadora; una impresora multifuncional; un scanner para computadora portátil, entre otras cosas; asimismo se colectó los recibos de depósito por concepto de alquiler de cajas de seguridad del Banco Mercantil Santa Cruz; de igual manera se colectó el proyecto de tesis de la Sra. Vanesa Avilés Méndez.----------------- En fecha 04 de julio de 2012, se solicitó mandamiento de allanamiento judicial para requisar, registrar y colectar evidencias en el área de las cajas de seguridad del Banco Mercantil Santa Cruz, agencia sita en la Av. Irala de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.----------------En fecha 05 de julio de 2012, durante el allanamiento judicial de las cajas de seguridad número 69 y 298 a nombre de GERSON RICHARD ROJAS TERAN, en la caja de seguridad numero 298 se Produjo el hallazgo y la colecta de anotaciones supuestamente de montos con fechas y la existencia de $us.-90.000.-, en la caja de seguridad 69 no se constató existencia de objeto alguno, acto registrado en el acta respectiva. ----------------- En fecha 06 de julio 2012, El señor AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ, realiza su declaración informativa la cual establece el origen de Bs 100.000 (Cien mil Bolivianos 00/100): en el segundo semestre del 2010 se realiza la evaluación técnica y económica del contrato “Planta Rio Grande” donde y señala que GERSON ROJAS TERAN le recomendó que se abra sobre B de la propuesta económica de la empresa AESA; que en enero del 2011 GERSON ROJAS lo llamó y le indicó que espere en el cuarto anillo de la Avenida San Martin, donde al promediar las 08:00 pm una persona que él dijo no conocer le entregó en una bolsa negra Bs. 100.000 (Cien mil Bolivianos 00/100), mismos que fueron gastados poco a poco quedando un saldo de Bs 56.000 (Cincuenta y seis Mil bolivianos 00/100) que, según dijo, fueron entregados a su primo (de AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ). ----------------- GERSON ROJAS TERAN, mediante una nota pretende habilitar a Yesica Kati Rojas Cortez, para que pueda presentarse en instalaciones del Banco Mercantil Santa Cruz y acceder al uso de cajas de seguridad de mencionada entidad bancaria, para retirar el contenido de las cajas de seguridad, hecho que no se concretó. ----------------- Al momento del allanamiento se recibe información de la Sra. Clara J. Araujo Eizaguirre, JEFE OPERATIVO DEL BANCO MERCANTIL SANTA CRUZ, manifestando que en fecha 30 de junio del 2.012 a horas 12.55, se habría hecho presente en esa entidad Bancaria el Sr. AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ, portando UNA MOCHILA DE COLOR ROJO el mencionado ingreso al área de cajas de seguridad utilizo la caja de seguridad Nº 69. Posteriormente la entidad financiera mediante Requerimiento Fiscal proporciono el video que corrobora lo mencionado por la funcionaria del banco. Con estos elementos encontrados, información procesada el día 6 de julio de 2012, dando cumplimiento a orden Fiscal se aprehende al Sr. AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ. -----------------El dinero secuestrado en primera instancia fue depositado por seguridad en la entidad bancaria, bajo la custodia y responsabilidad del representante legal del Banco Sr. JAIME ARIEL ORDOÑEZ BELTRAN, posteriormente cumpliendo las formalidades de ley, se retira el dinero del Banco Mercantil Santa Cruz y se lo deriva y entrega a la Sra. Lic. A la fecha la comisión de fiscales dispuso el depósito del dinero en el Banco Unión a una cuenta fiscal de DIRCABI. ----------------- Segundo.- (Incumplimiento de Deberes) -----------------En fecha 06 de julio de 2012, se amplía la denuncia en contra de MARCELO RAFAEL OÑA CUELLAR, respecto a la

participación en la contratación de compra de los predios “LA ESPERANZA” para la construcción de la planta separadora de líquidos Gran Chaco, mediante contrato de fecha 16 de marzo del 2012 YPFB-VPNO-GNPSL-003/2012, entre los ciudadanos Pedro Pérez Barrientos, Teodora Paniagua de Pérez y YPFB, por la suma de 9.794.881,08 (Nueve millones setecientos noventa y cuatro mil ochocientos ochenta y uno 08/100 Bolivianos); compra de terreno efectuada por delegación, a cargo de la Gerencia Nacional de Plantas, incumpliendo la Resolución de Directorio, y sin observar el cumplimiento de requisitos formales, es decir sin la existencia de la documentación necesaria en cuanto al saneamiento del predio La Esperanza. -----------------Un grupo de “Ingenieros” le propuso a Pedro Pérez comprar su terreno (Gerson Rojas, Javier Ugarte el Dr. Marcelo Oña y una secretaria), Gerson Rojas lo amenazó diciéndole que le expropiarían, le hicieron firmar a la fuerza un precontrato para no vender la tierra a otro, querían pagar lo mínimo: 1.500 $us por hectárea; no estaba de acuerdo ya que la hectárea cuesta de 5.000 $us a 8.000 $us, colindantes vendieron a YPFB unas 12 hectáreas para que construya la planta de bombeo de agua Juana Azurduy, que está frente a su casa. En YPFB, hablaron del precio, pidieron 3.000 $us por hectárea; ahí GERSON ROJAS no quería de ese precio el ofrecía 1.800 $us por hectárea; ahí Gerson Rojas dijo que tenía que consultar a nivel nacional, no dijo con quién y no se quedó en nada, argumentando que el Estado no tenía recursos. ----------------- Después al mes lo llamaron a su celular el Ing. Javier Ugarte y el Dr. Marcelo Oña y le dijo que fueran nuevamente a Santa Cruz ya que ya habían consultado, es así que nuevamente fueron a Santa Cruz en esa reunión Gerson Rojas, Javier Ugarte y el Dr. Marcelo Oña, le ofrecieron 2.200 $us, pero ellos mantuvieron la oferta de 3.000 $us. Por hectárea y en esta reunión no llegaron a nada y dijeron que había que hacer avalúos, ellos se iban a encargar del avalúo, pero no vinieron a hacer el avalúo, solamente vino un hombre a tomar nota de las mejoras que hay en la casa y de los alrededores y solo tomo medidas y no entro a medir las mejoras del fondo donde también hay mejoras. Después Gerson Rojas, Javier Ugarte y Marcelo Oña ya hablaron de un monto global en moneda Boliviana algo de nueve millones de bolivianos y más no recuerdo perfectamente y ya no se habló por hectárea. Luego se hizo la venta del terreno y les dieron 8.815.392,97 Bs. En el cheque está el monto exacto. Quedó un saldo de dinero en la suma de Bs.-979.488,11.-; que Gerson Rojas, y Marcelo Oña, les dijeron que ese dinero seria para el trámite y seguramente ya no les irían a dar nada, porque les tenían amenazados, le dieron el cheque y el dinero lo depositaron al Banco Unión, abriendo una cuenta a su nombre. ----------------- En cualquier caso, el haber firmado el contrato de transferencia del predio “La Esperanza” sin que este hubiera estado debidamente saneado, es decir cumplir con el respectivo registro e inscripción del derecho propietario a nombre de los vendedores Esposos Pérez en el Registro de Derechos Reales es decir sin que dicho derecho propietario sea oponible a Terceros, asimismo en el contrato compromete al saneamiento y evicción de dicha propiedad a los compradores (YPFB marca la responsabilidad penal de los funcionarios firmantes; dichas personas fueron GERSON RICHARD ROJAS TERAN, AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ y MARCELO RAFAEL OÑA CUELLAR en su condición de entonces ASESOR LEGAL de la Gerencia de Plantas de Extracción y Licuables de YPFB.:---------------------------------------Tercero.- (Enriquecimiento Ilícito) -----------------Los hechos anteriores realizados por los imputados, han sido preparativos, conducentes y concretos respecto de la intención y finalidad de enriquecerse ilícitamente con dineros que no resultan de su trabajo legal y regular, sino de dadivas motivadas para hacer u omitir, o hacer lo debido más rápido. ----------------- Con relación al alquiler de Caja de Seguridad, Agustín Javier Ugarte Méndez indica que tiene una caja de Seguridad compartida donde el titular es el Sr. Gerson Richard Rojas Terán, esta caja la alquilo desde la gestión 2.011, asevera que en la caja No. 69, dejo la suma de 100.000 Bs., cuyo dinero en el segundo semestre del 2.010, proviene de la evaluación técnica y económica del contrato Planta Rio Grande, donde habría participado como Comisión Calificadora junto a unas 15 a 18 personas del Contrato de la Planta del Rio Grande. ----------------- Indicó que Gerson Richard Rojas Terán, les señaló - a toda la comisión y a la comisión de La Paz (Martha Criales, Javier Fernández y otros)-, que deberían APROBAR LA EVALUACION TECNICA DE LA EMPRESA “TECNICAS REUNIDAS”, para que pueda entrar al proceso de concertación conjuntamente con la empresa Samsung y tener una estrategia de negociación con ambas y favorecer a YPFB con la adjudicación por el menor precio, es así que Técnicas Reunidas se adjudica el contrato. ----------------- Manifiesta que los 100.000 Bs. que le dio GERSON RICHARD ROJAS TERAN, están anotados en block los retiros que hacia según lo que lo iba gastando en el mini bloc con manuscritos secuestrados en su domicilio. ----------------Ugarte Méndez participó en la parte técnica, viendo el plan de trabajo con otros dos técnicos más y el resto de la Comisión calificó otros ítems de la propuesta técnica. ----------------- En esta licitación se presentaron tres empresas: PENTECHS, AESA y UNA EMPRESA ALEMANA cuyo nombre no recuerda, la comisión calificadora de la cual era parte recomendó a la empresa AESA para que se abra el sobre B o propuesta económica. -------------En enero del 2.011 el Ing. Gerson Richard Rojas Terán, lo llama y le indica que lo espere en el cuarto anillo y Av. San Martin, cerca del puente Urubó en la noche al promediar las 20.00 p.m. donde le entregan una bolsa negra la cual contenía los 100.000 Bs., dicho dinero pasado unos dos días deposita en la caja de Seguridad del Banco. El dinero se lo entregaron como producto del contrato de la Planta de Rio Grande que se adjudicó la empresa AESA. -----------------Cuando ingresó a la Gerencia de Plantas el Gerente Gerson Richard Rojas, les preguntó SI ESTABAN COMPROMETIDOS CON EL, a lo que respondieron QUE SI y les dijo “aprobemos la evaluación técnica en favor de AESA” y él en particular a cambio le ayudaría en ascender a un cargo de Director de Proyecto. ----------------- Consecuentes a su propósito, y dado que la hija de GERSON ROJAS TERAN, no pudo retirar los efectos de su padre de la caja de seguridad a su nombre, el Sr. AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ sí se apersonó ante el Banco Mercantil Santa Cruz de la Av. Irala a retirar sus efectos de la caja de seguridad que compartía con GERSON ROJAS TERAN, siendo visto registrado y filmado por las cámaras de seguridad del Banco, cuando salía a guisa de una mochila evidentemente cargada cuando momentos antes había ingresado flácida. ----------------- Cuarto.- (Falsedad en la Declaración Jurada de Bienes y Rentas) ----------------- En fecha 22.05.2012, GERSON ROJAS TERAN, habiendo omitido presentar declaración Jurada de Bienes y Rentas, correspondiente a los años 2010 y 2011; se presentó en la Contraloría el 22 de mayo de 2012, a declarar sus bienes y rentas, pero de una manera que no correspondía a la realidad pues omite declarar varias posesiones (90.000 mil dólares americanos, vehículos) que tenía hasta esa fecha. ----------------- De igual manera VANESA AVILES MENDEZ omite declarar ante la Contraloría en el formulario de ley los vehículos que en el registro de Tránsito figuran a su nombre, lo que hace que dicha declaración sea falsa, por no corresponder con la realidad.----Quinto.- (Legitimación de Ganancias Ilícitas) ----------------- De acuerdo al Informe remitido por la Unidad de Investigación Financiera, mediante INFORME/UIF/ANL/25167/2012, de fecha 18 de Octubre de 2012 y lo establecido en el Técnico Final en las conclusiones y recomendaciones se tiene: ----------------- TEXTUAL: “Por lo expuesto se infiere que el señor GERSON RICHARD ROJAS TERAN presumiblemente se encontraría vinculado al delito de Legitimación de ganancias ilícitas previsto y sancionado por el Código Penal en el art. 185 Bis modificado por el art. 34 de la Ley 004 de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de fortunas “Marcelo Quiroga Santa cruz”, reformado por el art. 2 de la ley No. 170 de 09 de septiembre del 2011, enmendado por la disposición adicional tercera de la ley No. 262 del 30 de julio del 2012. “----------------- “Por otra parte, la empresa SERVIMAN S.R.L. Presuntamente habría sido utilizada como un medio o instrumento para la comisión del delito de Uso indebido de influencias descrito en el art. 146 del Código Penal, mismo que al ser considerado como delito de corrupción se constituye en ilícito precedente al de “Legitimación de Ganancias Ilícitas”. Hay que destacar que el señor GERSON RICHARD ROJAS TERAN desempeñó el servicio público en YPFB Refinación entre junio del 2009 a mayo 2012 periodo en el cual también figuraba como accionista de la empresa SERVIMAN S.R.L”.------------------------“Por ultimo en las operaciones financieras de la empresa SERVIMAN SRL., se habrían identificado operaciones sospechosas vinculadas al delito de legitimación de ganancias ilícitas. ----------------- En las recomendaciones que hace el Informe Legal de la UIF 25167/2012 señala: -----------“… existen los elementos necesarios y fundados que hacen presumir que el señor GERSON RICHARD ROJAS TERAN Y LA EMPRESA SERVIMAN SRL. En su accionar financiero están comprometidos con operaciones sospechosas, vinculadas al delito de Legitimación de ganancias ilícitas, previsto y sancionado por el art. 185 Bis del Código Penal, modificado por el art. 34 de la Ley 004 “Marcelo Quiroga Santa cruz” y enmendada por la disposición adicional tercera de la ley 262 del 30 de julio del 2012 y en sujeción a los arts. 18 numeral 8) recomendando remitir antecedentes a la autoridad competente, para su correspondiente persecución y posterior sanción penal, sea con los recaudos de rigor. -----------------“Asimismo se recomienda interponer la respectiva denuncia ante la Contraloría General del Estado para que en virtud a las atribuciones descritas en el art. 3 del Decreto Supremo No. 23215 de fecha 22 de julio 1992, proceda a realizar la revisión de los procesos de contratación y contratos suscritos por la empresa SERVIMAN SRL. Con YPFB REFINACION, debido a que posiblemente existirían indicios del delito de Uso indebido de influencias, al identificarse al señor GERSON RICHARD ROJAS TERAN como socio de la empresa privada SERVIMAN SRL. y dependiente de YPFB REFINACION”. ----------------- Con esta noticia de la existencia de un posible ilícito penal nuevo del antes mencionado imputado GERSON RICHARD ROJAS TERAN, el Ministerio Público, en fecha 18 de marzo de 2012, al tratarse de nuevos hechos, remitió el informe de la UIF/ANL/ 25167/2012, de 18 de Octubre de 2012, más el informe del Investigador asignado al mencionado caso a conocimiento del señor Fiscal Departamental a objeto que disponga las acciones legales que correspondan.: --------------III.- AUTORIA, DOLO y SUBSUNCION.- ----------------- Conforme a la teoría fáctica, se tiene que: ----------------- HECHOS (Tiempo, lugar y forma).- Se han suscitado dentro el lapso de tiempo comprendido entre junio de 2009 a mayo de 2012, de manera continuada y permanente, atribuidos a los acusados; En el territorio de la competencia del Tribunal de Sentencia de la ciudad de Santa Cruz y Tarija, con el común denominador de las oficinas de la Gerencia Nacional de la Planta Separadora de Líquidos. -----------------SUJETOS ACTIVOS DE LOS DELITOS (Señas generales y participación personalizada).- Se trata de GERSON RICHARD ROJAS TERAN, AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ, MARCELOS RAFAEL OÑA CUELLAR Y VANESSA AVILES MENDEZ, cuyas generales de ley han sido detalladas en el primer punto, indicando número de cédula de identificación y direcciones de domicilios. De cualquier manera, es necesario puntualizar la participación individual, como sigue: -----------------1. GERSON RICHARD ROJAS TERAN (AUTOR) ----------------1.1 Subsunción en los delitos acusados: “Art. 26 Ley 004.- --------(Uso Indebido De Bienes y Servicios Públicos) que a la letra dice: -----------------La servidora o el servidor público que en beneficio propio o de terceros otorgue un fin distinto al cual se hallaren destinados bienes, derechos y acciones pertenecientes al Estado o a sus instituciones, a las cuales tenga acceso en el ejercicio de la función pública, será sancionado con privación de libertad de uno a cuatro años. -----------------Si por el uso indebido, el bien sufriere deterioro, destrozos o pereciere, la pena será de tres a ocho años y reparación del daño causado.” -----------------El ex funcionario público Gerson Rojas Terán en beneficio propio dió un fin completamente distinto al uso del vehículo oficial de propiedad de YPFB marca Toyota Land Cruiser, placa 2841 KKL y por ende del Estado Boliviano ya que el día en que ocurrió el accidente no contaba con una autorización expresa emitida por autoridad competente de acuerdo a la normativa administrativa legal vigente, conforme se evidencia por el informe Memorándum VPNO-037/2012 de fecha 28

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de junio de 2012 librado por el Ing. Mario Salazar Gonzales Vicepresidente Nacional de Operaciones a.i. de YPFB ya que el accidente se produjo en el Km 94 de la carretera Santa Cruz Cochabamba. De lo que se infiere que el denunciado ha adecuado su conducta a lo prescrito en el artículo 26 de la Ley 004. ----------------- De acuerdo a su declaración informativa menciona que se encontraba en un viaje de comisión dentro de las tratativas para la compra de terrenos para la Planta de Urea, pero sin embargo la Comunicación Interna YPFB-GNPSL-CI-0312/2012 al presente se tiene que esta compra estaba suspendida por sus propias instrucciones lo que demuestra claramente que le dio un uso distinto a la movilidad asignada mediante activos fijos; la conducta obstaculizadora del imputable continua al manifestar no haber ingerido bebidas alcohólicas cuando contrariamente las observaciones del médico FREDDY FELIX MOLLO AQUINO de la Clínica INCOR manifiesta que tenía una fuerte halitosis alcohólica e ingesta alcohólica. ----------------- El día del accidente de fecha 17 de junio de 2012 el Ing. GERSON RICHARD ROJAS TERAN no tenía autorización de viaje, y con carácter posterior pretendió obtener autorización (VORTEX) de su viaje a través de una funcionaria, a objeto de regularizar un viaje que nunca fue autorizado, por autoridad competente. ----------------- “Art. 27 Ley 004----------------- (Enriquecimiento Ilícito). La servidora pública o servidor público, que “hubiere incrementado desproporcionadamente su patrimonio respecto de sus ingresos legítimos y que no pueda ser justificado, será sancionado con privación de libertad de cinco a diez años, inhabilitación para el ejercicio de la función pública y/o cargos electos, multa de doscientos hasta quinientos días y el decomiso de los bienes obtenidos ilegalmente.” -----------------En fecha 5 de julio de 2012 se ha ejecutado un mandamiento de allanamiento por orden de la Juez primero de instrucción cautelar en bóvedas del Banco Mercantil Santa Cruz más propiamente en las cajas de seguridad donde en la caja N° 298 alquilada por Gerson Richard Rojas Terán se encontró la suma de $us. 90000. (Noventa mil dólares Estadounidenses 00/100) dinero que hasta la fecha se encuentra secuestrado; asimismo, consta en la documentación aparejada por el Banco Mercantil Santa Cruz que GERSON ROJAS TERAN compartía la titularidad o manejo de la caja de seguridad Nº 69 con AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ, de la que obviamente este último había retirado dineros en su mochila, lo que está registrado en los videos de seguridad. Demostrándose de esta manera que el acusado Gerson Rojas Terán ha incrementado desproporcionadamente su patrimonio respecto de sus ingresos y que hasta el momento no los ha justificado y menos ha declarado ante la Contraloría del Estado. -------------Por otro lado en su misma condición de Gerente ha permitido la contratación directa de la señora Vanesa Aviles Méndez quien mediante nota interna YPFB-GNPSL-091/2010 ha solicitado se la contrate como Ingeniero en Administración Petrolera sin contar ella a la fecha de su contratación con un título expedido por una Universidad. ----------------- “Art. 33 Ley 004.- -----------------(Falsedad en la declaración de bienes y rentas).- El que falseare u omitiere insertar los datos económicos, financieros o patrimoniales, que la declaración jurada de bienes y rentas deba contener, incurrirá en privación de libertad de uno a cuatro años y multa de cincuenta a doscientos días.” -------Durante el allanamiento de las cajas de seguridad del Banco Mercantil a nombre de Gerson Rojas, y el posterior secuestro de $us.-90.00, monto de su propiedad que el prenombrado habría omitido declarar en la Contraloría General del Estado es bien. Con lo que su conducta se adecua al tipo penal antes mencionado. ----------------- “Art. 185 bis Código Penal.- (Legitimación de Ganancias Ilícitas).- El que a sabiendas, convierta o transfiera bienes, recursos o derechos, vinculados a delitos de: fabricación, transporte, comercialización o tráfico ilícito de sustancias controladas; contrabando; corrupción; organización criminal; asociación delictuosa; tráfico de migrantes; tráfico de armas; terrorismo; financiamiento del terrorismo; estafas y otras defraudaciones; corrupción de niña, niño y adolescente; proxenetismo; trata y tráfico de personas; receptación; receptación proveniente de delitos de corrupción; soborno; falsificación de moneda, billetes de banco, títulos al portador y documentos de crédito; falsificación de documentos en general; falsificación de sellos, papel sellado, timbres, marcas y contraseñas; delitos ambientales; asesinato; lesiones gravísimas; secuestro; reducción a la esclavitud o estado análogo; privación de libertad; coacción; vejaciones y torturas; robo; hurto; delitos tributarios; extorsión; infidencia económica; agio; uso indebido de información privilegiada; con la finalidad de ocultar o encubrir su origen ilícito o colaborar con quien estuviere involucrado en estos delitos; o el que a sabiendas oculte o disimule la verdadera naturaleza, fuente, ubicación, disposición, movimiento, titularidad o derechos de tales bienes, recursos o derechos que provienen de la comisión de los delitos citados; o el que adquiera, posea o utilice estos bienes, recursos o derechos, a sabiendas, en el momento, de su recepción, que son producto de los delitos señalados; será sancionado con privación de libertad de cinco (5) a diez (10) años, inhabilitación para el ejercido de la función pública y/o cargos electos y multa de doscientos (200) a quinientos (500) días.” ----------------- GERSON RICHARD ROJAS TERAN, en su condición de funcionario público (Gerente de la Planta de Separación de Líquidos de YPFB) tiene en activos un patrimonio mucho mayor al generado por sus salarios percibidos, sin contar hasta la fecha con un respaldo objetivo y documentado. Ello sumado al factor de los contratos vinculados, hace concluir que utilizó su cargo como servidor público para cometer el ilícito investigado. ----------------- Se cuenta con un informe de la Unidad de Investigaciones Financieras en el cual luego del análisis pertinente estableció la presunta existencia del ilícito de Legitimación de Ganancias Ilícitas recomendando su investigación.---El ilícito precedente se suscitó cuando GERSON RICHARD ROJAS TERAN ingresó a trabajar a YPFB 2009 – 2012; cuando ya era socio de la Empresa familiar SERVIMAN la cual gozaba de la suscripción de contratos con YPFB Refinación; incrementando así su patrimonio DE MANERA ILEGAL. ----------------- 1.- De acuerdo a la información esgrimida y analizada en el informe de la UIF el señor GERSON RICHARD ROJAS TERAN con CI Nº 2206856 LP de estado civil casado con la señora Martha Ruvy Cortez León, la información remitida por las entidades financieras, se tiene que Gerson Rojas Terán es de profesión Ingeniero Electrónico, trabajó durante el periodo de análisis (Julio del año 2007 a julio del año 2012) en la empresa NCD Bolivia S.A. (con actividad petrolera), luego en la empresa privada SERVIMAN y luego en Yacimientos Petroleros Fiscales Bolivianos (YPFB) a partir de fecha mayo de 2009 a junio de 2012 la cual es una entidad pública, como “dependiente”. Percibiendo ingresos mensuales entre U$. 1.201.- a U$.- 2500.- aproximadamente, no registra información de otra actividad en Impuestos Nacionales que indique que percibía ingresos de forma independiente, pero de acuerdo a la información brindada por FUNDEMPRESA es socio de SERVIMAN SRL. Con un capital aportado de Bs. 52.700.- (22.83% de participación).-----2.- También se observa que el Ministerio de Economía y Finanzas Publicas reportó que el señor Gerson Richard Rojas Terán percibió ingresos del TGN por sueldos de YPFB desde mayo 2009 hasta junio del año 2012, por un total de Bs. 586.717.48 (el cual es el haber básico sin descuentos), sueldos que fueron depositados a la Caja de ahorros No. 13654395 MN del Banco Unión S.A. ; considerando además que el requerimiento Fiscal y los reportes de operaciones sospechosas (ROS) se originan a partir de una denuncia por los presuntos delitos de Uso indebido de bienes y servicios públicos, Enriquecimiento ilícito y otros en YPFB y que de ese análisis realizado se destaca en el informe que las transacciones registradas en la Caja de Ahorro No. 70150192222-2-01 ME del Banco de Crédito de Bolivia S.A., el pago anticipado del crédito No. 6010682756 del Banco Mercantil Santa cruz S.A., el depósito adicional en la Tarjeta de Crédito No. 8000045109 MN, para futuros gastos y dos depósitos realizados a la cuenta No. 4024837514 ME, operaciones que fueron identificadas durante el periodo en el que la persona analizada trabajo en YPFB. ----------------- 3.- Ante las transacciones sobresalientes registradas en la Caja de ahorros NO. 701-50192222-2-01 ME del Banco de Crédito de Bolivia S.A. debido a que en la misma se efectuaron 46 depósitos en efectivo por un total de U$.- 43. 319.65 entre septiembre del año 2007 a octubre del año 2010 a un promedio de U$.- 941.73.- por transacción, los dos depósitos más elevados se efectuaron en fecha 12 de diciembre 2007 por U$.- 14.300.- realizado por la señora Ponce de León Virreira Paula quien señala como origen de fondos “ahorros de la persona” y U$.- 7.000.- del cual no tiene mayor información, el resto de los depósitos son menores a U$.- 10.000.- -----------------Las transacciones señaladas tienen relación con la señal de alerta de las tipologías de GAFISUD-2008 “AUMENTOS SUSTANCIALES EN LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO DE PERSONAS NATURALES SIN CAUSA APARENTE” asimismo, al desempeñarse la persona analizada como funcionario público, las transacciones identificadas tienen relación con las señales de alerta de las tipologías del GAFISUD-2010 MOVIMIENTOS DE DINERO NO ACORDES AL PERFIL ECONOMICO, ACCESO A INFORMACIÓN PRIVILEGIADA Y CONFLICTO DE INTERESES. ----------------- 4.- En fecha 12 de marzo 2008 se desembolso el crédito No. 6010682756 ME por U$.- 13.000.- para la compra de una Vagoneta Toyota modelo New Land Cruiser Prado 2008 con placa 1943 XAH cuyo valor comercial ascendía a U$.- 42.000.- por lo que existió un aporte propio de U$.- 29.000.- mismo que no fue identificado como transacción efectuada en una de sus cuentas como fecha del desembolso, este crédito fue cancelado el 1º de marzo del año 2011 (antes de lo programado) con la amortización de U$.- 8.576.44.- el cual no fue identificado en sus otras cuentas ni en las cuentas de SERVIMAN SRL. Disminuciones de efectivo relacionadas a esta amortización que permitan conocer el origen de estos fondos. Las transacciones señaladas tienen relación con la señal de alerta de las tipologías del GAFISUD-2008 “aumentos sustanciales en los depósitos en efectivo de persona naturales sin causa aparente” y “adquisición de productos financieros sin la necesidad de adquirirlos”, asimismo al desempañarse como funcionario público, la transacción tiene relación con las señales de alerta de la tipologías del GAFISUD-2010 “Movimiento de dinero no acordes al perfil económico, acceso a la información privilegiada y conflicto de intereses”. ----------------- 5.- El día 10 de enero 2011 GERSON RICHARD ROJAS TERAN adquiere la Tarjeta de Crédito No. 8000045109 MN en el Banco Mercantil Santa Cruz S.A. misma que tiene un límite de compra de Bs. 5.552.- en fecha 16 de enero del 2012 se advierte un depósito en la cuenta de la tarjeta de Bs. 47.950.- lo que le permitió incrementar su crédito para consumos. Identificándose además disminución de efectivo en sus otras cuentas relaciones al importe depositado en la fecha señalada. ------------- 6.- Fundempresa identificó a GERSON RICHARD ROJAS TERAN como socio de la Empresa SERVIMAN SRL. (Constitución en el año 2003), con un capital aportado de Bs. 52.700.- equivalente al 22.83 de participación, de acuerdo a los estado financieros de esa entidad, su capital aportado se mantuvo constante entre el 2007 al 2010, durante ese periodo no se advierte en los estados financieros de SERVIMAN SRL. Información relacionada al pago de utilidades a sus socios. ----------------- 7.- Además se identificó en la Caja de ahorros No. 4024837514 ME del Banco Mercantil Santa Cruz SA. un depósito de U$.- 15.000.- realizado en fecha 27 de noviembre 2010 por GERSON RICHAR ROJAS TERAN indicándose en el formulario 1, como lugar de trabajo SERVIMAN y como objeto de la transacción “beneficio de acciones” de acuerdo a la información recabada del portal web de FUNDEMPRESA no se advirtió modificación al patrimonio de SERVIMAN al 31 de diciembre 2010, lo que indica que el capital de GERSON RICHARD ROJAS TERAN tampoco fue modificado, de igual forma no se identificó retiro de cuentas de SERVIMAN por el importe señalado aspecto que no tendría relación con lo señalado en el formulario 1 lo que implicaría el desconocimiento sobre el origen de los fondos señalados depositados en la cuenta No. 4024837514. La transacción señalada, según el Informe de la UIF, tiene relación con la señal de alerta de las tipologías del GAFISUD-2008 “aumentos sustanciales en los depósitos en efectivo de personales naturales sin causa aparente”; así mismo en su condición de funcionario público, la transacción tiene relación con las señales de alerta de tipologías de GAFISUD.2010 “Movimiento de dinero no acordes al perfil económico, acceso a la información privilegiada y

conflicto de intereses.” ----------------- 8.- El día 15 de noviembre de 2010 se realizó un depósito de U$.- 5.000.- en la Cuenta No. 4024837514 ME del Banco Mercantil Santa cruz S.A.no se identificó retiros relacionados a este importe en sus otras cuentas, por la cuantía de la transacción no es posible determinar el origen de los fondos depositados. La transacción señalada tiene relación con la señal de las tipologías del GAFISD-2008 “aumentos sustanciales en los depósitos en efectivo de personales naturales sin causa aparente”.----------- 9.- En fecha 12 de enero 2011se registra en el Banco Mercantil Santa Cruz S.A. el alquiler de la Caja de seguridad No. 298 y en fecha 05 de enero del 2012 se alquila la caja de seguridad No. 69 de acuerdo al Kardex de visita, se advierte que su uso tuvo frecuencia mensual entre enero 2011 a junio 2012, por la modalidad en la cual se utiliza las cajas no es posible conocer su contenido. ----------------- 10.- La Contraloría General del Estado Boliviano informo que el señor GERSON RICHARD ROJAS TERAN realizo dentro del periodo de análisis TRES DECLARACIONES JURADAS DE BIENES Y RENTAS, la primera antes de ingresar a YPFB Junio 2009; y la ultima de noviembre 2011, se advierten cambios sobresalientes, principalmente en el valor de las acciones de SERVIMAN, al 09 de junio 2009 se indica como valor de sus acciones Bs. 185.500.-, en contraposición en los estados financieros de SERVIMAN SRL. Al 31 de diciembre del 2009 reflejan como capital de los socios Bs. 230.800.- de los cuales el valor de las 527 acciones del señor Gerson Rojas Terán ascienden a Bs. 52.700.- así mismo el 17 de noviembre del 2011 se indica en la DJBR No. SC140102 que el valor de las acciones de SERVIMAN ascienden a Bs. 840.000.- llamando la atención de la UIF en sentido que el incremento del valor de las acciones no es proporcional al comportamiento de las utilidades de la empresa SERVIMAN SRL., y de haberse generado este incremento por la compra de acciones, éste no tendría concordancia con los ingresos de GERSON RICHARD ROJAS TERAN. -----------------11.- En la Declaración Jurada de Bienes y Rentas se advierte además el incremento de bienes inmuebles de propiedad de GERSON RICHARD ROJAS TERAN producto de herencia de sus padres, al respecto de acuerdo al reporte de D.D.R.R. solo tiene registrado un inmueble. ----------------- 12.- Del análisis además del informe de la UIF se estableció que de los tres vehículos que posee GERSON ROJAS TERAN solo uno fue declarado en la DJBR. ----------------- 13.- Además el señor GERSON RICHARD ROJAS TERAN registra antecedentes en la Fuerza Especial de Lucha contra el crimen por USO INDEBIDO DE BIENES DEL ESTADO, de fecha 28 de junio de 2012. ----------------- 2.- AGUSTÍN JAVIER UGARTE MENDEZ (AUTOR) ----------------- 2.1 Subsunción en los delitos Acusados: ----------------- “Art. 27 Ley 004-----------------(Enriquecimiento Ilícito). La servidora pública o servidor público, que “hubiere incrementado desproporcionadamente su patrimonio respecto de sus ingresos legítimos y que no pueda ser justificado, será sancionado con privación de libertad de cinco a diez años, inhabilitación para el ejercicio de la función pública y/o cargos electos, multa de doscientos hasta quinientos días y el decomiso de los bienes obtenidos ilegalmente.” -----------------De la declaración informativa de AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ prestada en fecha 06 de julio de 2012 se desprende que, el día 30 de junio de 2012 el acusado a retirado de la caja de seguridad del Banco Mercantil S.A. la suma de Bs. 56.000 (Cincuenta y Seis mil Bolivianos 00/100) los cuales los habían sido entregados a su primo de nombre de Yovani Vargas Vega en esta ciudad de Santa Cruz el día 01 de junio de 2012 dinero que tenía origen en el segundo semestre del 2010, en la que se realizó la evaluación técnica y económica del Contrato Planta Rio Grande el acusado participo en la comisión calificadora junto a otras 15 o 18 personas, y que su persona participó de la parte técnica, viendo el plan de trabajo con otros dos técnicos mas y que el resto de la comisión calificó otros ítems; que en esa licitación se presentaron tres empresas PENTECHS, AESA Y UNA EMPRESA ALEMANA, la comisión calificadora de la cual era parte recomendó a la empresa AESA para que se abra el sobre 3 o propuesta económica. Después en enero del 2011 el Ing. Gerson Richard Rojas Terán llama al acusado y le dice que le espere en el cuarto anillo y Av. San Martin cerca del puente Urubó aprox. a horas 20:00 donde le entregan una bolsa negra con Bs.-100.000.- (Cien Mil bolivianos 00/100) dinero que le fue entregado producto del contrato de la planta Rio Grande que se adjudicó a la Empresa AESA. ----------------- Por lo que se puede observar que el ex funcionario público Agustin Javier Ugarte Méndez ha incrementado en forma desproporcionada su patrimonio respecto de sus ingresos y que a la fecha no ha justificado de manera legal, la obtención de los dineros señalados con anterioridad. De lo que se infiere que el denunciado ha adecuado su conducta a lo prescrito por los artículos 27 de la Ley 004. ----------------- Asimismo, como se tiene ya indicado, en junio de 2012, anoticiado del hecho de tránsito y consiguientemente alertado, Agustín Javier Ugarte Méndez procede a apersonarse a la agencia del Banco Mercantil Santa Cruz de la Av. Irala, a hacer uso de la caja de seguridad, entrando a Bóvedas con una mochila vacía y saliendo de la misma llena, obviamente a retirar los efectos de valor (dineros) que guardaba en la misma, puesto que en su posterior registro con orden judicial no se halló nada (y dado que las cajas de seguridad son precisamente para guardar objetos de gran valor sin que haya registro o constancia de los mismos). ----------------- En su declaración informativa señala haber recibido Bs.-100.000.- de los cuales, luego de algunas erogaciones le quedó un saldo de Bs.-56.000.- que habría entregado a sus familiares. No obstante, con este saldo de Bs.-56.000.- al mes de junio son coincidentes tres depósitos realizados por Agustín Javier Ugarte Méndez a una de sus cuentas, en moneda norteamericana, que al tipo de cambio del momento de sus movimientos suman aproximadamente Bs.-44.000.-, que sumados al saldo de Bs.-56.000.- totalizan los Bs.-100.000.- que declara haber recibido de parte de Gerson Richard Rojas Terán. Por lo expuesto, la conducta de Agustin Javier Ugarte Méndez también es cabalmente subsumible en el tipo penal a él atribuido. ----------------- 3.- MARCELO RAFAEL OÑA CUELLAR (AUTOR) ----------------- 3.1. Subsunción del delito Acusado. -----------------“Art. 154 Código Penal -----------------(Incumplimiento de Deberes). La servidora o el servidor público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare un acto propio de sus funciones, será sancionado con privación de libertad de uno a cuatro años. -----------------La pena será agravada en un tercio, cuando el delito ocasione daño económico al Estado.” ----------------- El ex funcionario Abog. MARCELO RAFAEL OÑA CUELLAR no da cumplimiento a la Resolución Administrativa de YPFB Presidencia Nº PRS 081/2012 (15.03.2012) que en su parte resolutiva, en el Artículo tercero establece: “; ni a la Resolución de Directorio N° 24/2012 (24.03.2012), que en la parte resolutiva en el Artículo Primero establece “Autorizar el proceso de contratación compra de terreno pare las plantas de Separación de Líquidos de Gran Chaco y Etileno y Polietileno, el mismo que deberá llevarse a cabo dando cumplimiento estricto a la disposiciones normativas aplicables vigentes, previa presentación de toda la documentación que acredite el derecho propietario debidamente saneado el terreno” por lo que el acusado ha permitido la celebración de un contrato de compra venta en fecha 16 de mayo cuando los títulos de propiedad todavía no estaban debidamente saneados, extremo que se demuestra por el Titulo Ejecutorial del predio denominado “La Esperanza” que fue firmado y refrendado a los 23 días del mes de mayo del año 2012”. -----------------4.- VANESSA AVILES MENDEZ.- ----------------- 4.1.-Subsunción del delito acusado.- ---------“Art. 198 Código Penal.- ----------------- (Falsedad Material).- El que forjare en todo o en parte un documento público falso, o alterare uno verdadero, de modo que pueda resultar perjuicio, incurrirá en privación de libertad de uno a seis años” ----------------- “Art. 199 Código Penal.- (Falsedad Ideológica).- El que insertare o hiciere insertar en un instrumento público verdadero declaraciones falsa concernientes a un hecho que el documento deba probar, de modo que pueda resultar perjuicio.-----------En ambas Falsedades, si el autor fuere funcionario público y las cometiere en el ejercicio de sus funciones, la sanción será de privación de libertad de dos a ocho años” ----------------- “Art. 203 Código Penal.- (Uso de Instrumento Falsificado).- El que a sabiendas hiciere uso de un documento falso o adulterado, será sancionado como si fuera autor de la falsedad”. -----------------Al fraguar y utilizar su hoja de vida y documentación fraudulenta para ingresar a trabajar a YPFB, consistente en “Título en Provisión Nacional” Nº 1124 de 27.06.2008 hipotéticamente extendido por la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno, como Ingeniero en Administración Petrolera, documento que llevaba la firma de su Vicerrector, Dr. Julio Salek Mey, y del Secretario General y de la interesada, coincidente con la firma de la Sra. Vanessa Avilés Méndez. Mismo que según respuesta a requerimiento fiscal según oficio N° 284/2012 de 19.07.2012, emitido por la Abg. Marcia Rivero Añez, Stria. Gral. de la UAGRM, se constató que la Sra. VANESSA AVILES MENDEZ NO realizó el trámite de su título profesional en esa Superior Casa de Estudios, por lo que esta persona ha adecuado cabalmente su conducta en las previsiones de los Art. 198, 199 y 203 del Código Penal. Al final permanece prófuga y ausente del proceso instaurado en su contra. Definitivamente ella tenía un móvil: ingresar a trabajar a YPFB con un salario correspondiente a un profesional titulado en provisión nacional, cuya asignación salarial es mayor al de una persona sin ninguna capacitación, como era el caso de ella. Por tal motivo ella no sólo que tomó las oportunidades que se le presentaron, sino que mediante conducta manifiesta y concreta realizó los actos necesarios para la comisión de los tipos penales atribuidos, como ser: el montaje de la copia falsa, la organización de su currículo, las gestiones realizadas para ser contratada, y otras. ----------------- “Art. 33 Ley 004.- (Falsedad en la declaración jurada de Bienes y Rentas).- El que falseare u omitiere insertar los datos económicos financieros o patrimoniales, que la declaración jurada de Bienes y Rentas deba contener, incurrirá en privación de libertad de uno a cuatro años, y multa de 50 a 200 días.” ----------------- Tipo penal en que se adecúa cabalmente la actividad de Vanessa Avilés Méndez, al tener registrados dos vehículos a su nombre (como se desprende de la certificación emitida por la División de Registro de Vehículos del Organismo Operativo de Tránsito), a saber: motorizados clase vagoneta marca Suzuki, color negro modelo 2000, con placa de control 1380 DRL y vagoneta marca Suzuki, color blanco, modelo 2011, con placa 2555 YRC. ----------------- No obstante de ello, omitió declararlos ante la Contraloría General del Estado; por lo que su declaración jurada de bienes y rentas es falsa al no contener estos vehículos, de lo que se desprende la cabal subsunción de los hechos en el tipo penal. ----------------- IV.- ACUSACION FORMAL Y PETITORIO.- Por los motivos expuestos, los Fiscales de Materia FEPDC miembros de la comisión asignada de la Fiscalía Departamental de Santa Cruz, en representación del Ministerio Público, de conformidad con el mandato del Art.323 inc. 1) de la ley 1970, ACUSA FORMALMENTE a:-------- 1.- Gerson Richard Rojas Terán por la comisión de los delitos de: Uso Indebido de Bienes y Servicios Públicos (Art. 26 Ley 004); Falsedad en declaración jurada de Bienes y Rentas (Art. 33 Ley 004); Enriquecimiento Ilícito (Art. 27 Ley 004); Legitimación de Ganancias Ilícitas (Art. 185 bis Código Penal). ----------------- 2.- Agustín Javier Ugarte Méndez por la comisión de los delitos de: Enriquecimiento Ilícito (Art. 27 Ley 004). ----------------- 3.- Marcelo Rafael Oña Cuéllar por la comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes (Art. 154 Código Penal)--------------------4.- Vanessa Avilés Méndez por la comisión de los delitos de: Falsedad Ideológica (Art. 199 Código Penal); Falsedad Material (Art. 198 Código Penal); Uso de Instrumento Falsificado (Art. 203 Código Penal); Falsedad en declaración jurada de bienes y rentas (Art. 33 Ley 004) ----------------- Al haberse establecido su condición de sujetos de reproche penal, en grado de AUTORES, conforme al Art. 20 del Código Penal, conforme a la fundamentación precedente y la subsunción de sus conductas en los tipos penales atribuidos a ellos, formulada también en líneas precedentes. ----------------- Consiguientemente, cumplidos que fueran los requisitos procesales, solicito a su autoridad remitir el pliego acusatorio al Tribunal de Sentencia más próximo, incluyendo los medios probatorios que se acompañen. ----------------- El Tribunal a su vez, luego de la presentación del caso y fundamentación correspondiente en la audiencia de juicio oral se servirá declarar probada la acusación y dictar sentencia condenatoria, mas imposición de

costas-----------------V.- SEÑALAMIENTO DE AUDIENCIA CONCLUSIVA.- ----------------- Conforme a lo establecido por el Art 325 de la ley 1970 modificado por la Ley del Ministerio Publico y la Ley 007, solicito a su autoridad señalar día y hora para la verificación de la audiencia conclusiva, con noticia de partes. ----------------- VI.- OFRECIMIENTO DE PRUEBA DE CARGO.- A fin de crear convicción en el Tribunal de Sentencia por medio del juicio oral continuo, contradictorio, de nuestra parte manifestamos primero adherirnos a la prueba de cargo presentada por el Ministerio Público, resultado de las diligencias de investigación del órgano correspondiente (la hacemos nuestra, para demostrar nuestros postulados); además, ofrecemos y acompañamos la prueba de cargo listada como sigue: ----------------- 6.1.- DOCUMENTALES-----------1.- Documentación de la carpeta personal de Gerson Richard Rojas Terán, con requerimiento fiscal de fecha 10 de julio de 2012.----------2.-Curriculum Vitae de Agustín Javier Ugarte Méndez, con requerimiento fiscal de fecha 10 de julio de 2012. --------3.- Curriculum Vitae de Gerson Richard Rojas Terán, con requerimiento fiscal de fecha 10 de julio de 2012. -------------4.- Copia Legalizada del contrato de trabajo de Agustín Javier Ugarte Méndez y certificación del tiempo de trabajo en YPFB, con requerimiento de fecha 19 de noviembre de 2012. -------5.- Memorandum VPNO-037/2012 de fecha 28 de junio de 2012, referente a envió de informe; Reglamento Interno de uso de vehículo en YPFB de julio de 2011; comunicación interna YPFB–GNPSL-0366/2012 de fecha 28 de junio de 2012, referente a envió de informe con documentación adjunta; comunicación Interna YPFB–GNPSL-CI-0365/2012, referente a informe a solicitud de requerimiento fiscal, comunicación interna YPFB–GNPSL-0368/2012, con la documentación adjunta solicitada; nota interna YPFB–GNPSL-079/2012, referente a respuesta de petición de informe de accidente de tránsito; Informe CITE: SGTT-120/2012 referente a informe de accidente; informe YPFB-GNPSL- 0524/2012, referente a envió de informe, con documentación adjunta; requerimiento fiscal de fecha 26 de junio de 2012.-------- 6.-Informe a requerimiento fiscal del Alcalde Municipal de Entre Ríos, de fecha 27 de junio de 2012, con requerimiento fiscal de 26 de junio de 2012. -------------------7.-Informe YPFB-GNPSL-ADM-0269/2013, de fecha 24 de abril de 2013, referente al avaluó de vehículo, con requerimiento fiscal de 26 de marzo de 2013. ---------8.- Informe YPFB-GNAF 1687 DNA 1783 USG 518/2013, de fecha 29 de agosto de 2013, referente al valor de la Vagoneta 2841 KKL, con requerimiento correspondiente.---------- 9.- Copias legalizadas de las comisiones de viajes de Gerson Richard Rojas Terán, gestiones 2010, 2011 y 2013, con requerimiento correspondiente.-------------------------10.- Historial Clínica de Gerson Richard Rojas Terán, con requerimiento correspondiente.--------11.- Proceso de contratación directa y file personal de Vanesa Aviles Méndez, con requerimiento de fecha 12 de julio de 2012.---------12.- Querella Criminal en contra de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 29 de junio de 2012, con requerimiento de admisión de querella de fecha 29 de junio de 2012, con su acta de notificación.---------------13.- Querella Criminal en contra de Agustín Javier Ugarte Méndez, de fecha 06 de julio de 2012, con requerimiento de admisión de querella de fecha 06 de julio de 2012, con su acta de notificación.-----------------14.- Informe emitido por FORTALEZA Seguros y Reaseguros CITE GTSG N° 074/2012, de fecha 27 de junio de 2012, con requerimiento de fecha 26 de junio de 2012.------15.- Certificación del proceso de construcción de la Planta de Amoniaco y Urea, en fotocopia legalizada, con requerimiento correspondiente.-------------------------------16.- Memorial presentado al Juzgado 1ro de Instrucción en lo penal, referente a solicitud de allanamiento, registro, requisa y secuestro del área de cajas de seguridad fuertes correspondiente al ciudadano GERSON RICHARD ROJAS TERÁN, del Banco Mercantil Santa Cruz, de fecha 04 de julio de 2012; Auto N° 120/2012 de fecha 05 de julio de 2012; Mandamiento de fecha 05 de Julio de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 05 de julio de 2012; Acta de Deposito de 90.000 SUS secuestrados, memorial presentado al Juzgado 1ro de Instrucción en lo penal, de fecha 09 de julio de 2012, referente a informe de allanamiento; Informe elaborado por el Sgto. 2do Jaime Mamani Condori, de fecha 06 de julio de 2012.----------17.- Acta notariada de entrega de dinero secuestrado, elaborada por la Dra. Elda A. Richter Colosetti, Notaria de Fe Pública N° 76, de fecha 19 de julio de 2012, con requerimiento correspondiente.-----------18.- Acta de retiro de dinero secuestrado, de fecha 19 de julio de 2013.-------------19.- Acta de entrega de dinero secuestrado en calidad de depositario, de fecha 19 de julio de 2012. --------20.- Hojas de Miniblock encontrados dentro de las cajas de seguridad fuertes correspondiente al ciudadano GERSON RICHARD ROJAS TERÁN, del Banco Mercantil Santa Cruz. ----------21.- Memorial presentado al Juzgado referente a solicitud de allanamiento, registro y secuestro del inmueble del señor Marcelo Rafael Oña Cuellar, de fecha 20 de julio de 2012; Auto de fecha 21 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento y Registro o Requisa de fecha 21m de julio de 2012; Acta de Autorización de Ingreso Voluntario a Inmueble, de fecha 21 de Julio de 2012; Acta de Ingreso Voluntario y Secuestro, de fecha 21 de julio de 2012.----------22.- Informe CITE: SIN/GGSCZ/DRE/NOT/0001088/2013, elaborado por Impuestos Nacionales de fecha 03 de junio de 2013, con documentación adjunta a fojas 187; requerimiento de fecha 07 de junio de 2013; y requerimiento de fecha 01 de abril de 2013.------23.- Informe URRH – 201 – 05/2013 elaborado por YPFB, de fecha 21 de mayo de 2013, con documentación adjunta a fojas 186; requerimiento de fecha 22 de mayo de 2013; a requerimiento de fecha 01 de abril de 2013. --------------24.- Informe BMSC/GAL/296/2013 elaborado por el Banco Mercantil Santa Cruz, de fecha 19 de abril de 2013, con documentación adjunta; y requerimiento de fecha 12 de marzo de 2012. -------------25.- Informe BMSC/GAL/1122/2012 elaborado por el Banco Mercantil Santa Cruz de fecha 24 de julio de 2012, con dos fojas de documentación adjunta; y requerimiento de fecha 06 de julio de 2012. --------------26.- Informe BMSC/GAL/753/2013 elaborado por el Banco Mercantil Santa Cruz de fecha 20 de septiembre de 2013, con documentación adjunta; requerimiento de fecha 04 de octubre de 2013, con requerimiento correspondiente. -----------27.- Informe BUN/OPC-934/2013 elaborado por el Banco Unión, de fecha 14 de mayo de 2013; requerimiento de fecha 16 de mayo de 2013, con requerimiento correspondiente. ----- 28.- Informe BUN/OPC-1034/2012 elaborado por el Banco Unión, de fecha 17 de julio de 2012; y requerimiento de fecha 09 de julio de 2012. ---------------------29.- Informe BUN/OPC-1108/2012 elaborado por el Banco Unión, de fecha 31 de julio de 2012; y requerimiento de fecha 12 de julio de 2012. ----------30.- Informe BUN/OPC-990/2012 elaborado por el Banco Unión, de fecha 11 de julio de 2012; y requerimiento de fecha 26 de junio de 2012. ---------------------31.- Informe BUN/OPC-2115/2013 elaborado por el Banco Unión, de fecha 13 de septiembre de 2013; requerimiento de fecha 30 de septiembre de 2013, con requerimiento correspondiente. -------------32.- Informe BUN/OPC-1873/2012 elaborado por el Banco Unión, de fecha 06 de Noviembre de 2012; con requerimiento correspondiente. -------------33.- Certificación emitida por la División de Registro de Vehículos, de fecha 28 de junio de 2012; con requerimiento correspondiente. –34.- Certificación emitida por la División de Registro de Vehículos, de fecha 29 de junio de 2012; y requerimiento de fecha 29 de junio de 2012. ----------------------35.- Certificación emitida por la División de Registro de Vehículos, de fecha 10 de julio de 2012; y requerimiento de fecha 09 de julio de 2012. ----------------36.- Memorial dirigido al Juzgado Primero de Instrucción en lo penal, referente a solicitud de allanamiento, registro, requisa y secuestro del inmueble de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 11 de julio de 2012; Auto N° 135/2012 de fecha 11 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro, Requisa y Secuestro de fecha 11 de julio de 2012. --------- 37.- Memorial dirigido al Juzgado Primero de Instrucción en lo penal, referente a solicitud de allanamiento, registro, requisa y secuestro del inmueble de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 11 de julio de 2012; Auto N° 136/2012 de fecha 11 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro, Requisa y Secuestro de fecha 11 de julio de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 12 de julio de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 12 de julio de 2012. ------38.- Memorial dirigido al Juzgado Primero de Instrucción en lo penal, referente a solicitud de allanamiento, registro, requisa y secuestro de las oficinas de Gerson Richard Rojas Terán y Agustín Javier Ugarte Méndez, ubicadas en la Gerencia Nacional de Plantas de Separación de Líquidos de YPFB, de fecha 13 de julio de 2012; Auto N° 143/2012 de fecha 13 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro, Requisa y Secuestro de fecha 13 de julio de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 13 de julio de 2012 de las oficinas de Agustín Javier Ugarte Méndez ; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 12 de julio de 2012 de las oficinas de Gerson Richard Rojas Terán. -------------------39.- Memorial; Auto N° 144/2012 de fecha 13 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro, Requisa y Secuestro de fecha 13 de julio de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 17 de julio de 2012. ------------------------40.- Memorial dirigido al Juzgado Primero de Instrucción en lo penal, referente a solicitud de allanamiento, registro, requisa y secuestro del domicilio de Patricia Ramos Quispe, de fecha 18 de julio de 2012; Auto N° 149/2012 de fecha 18 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro, Requisa y Secuestro de fecha 18 de julio de 2012; Acta de Secuestro, Decomiso e Incautación de fecha 17 de julio de 2012. ----------41.- Memorial; Auto de fecha 01 de octubre de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro, Requisa y Secuestro de fecha 01 de octubre de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 04 de octubre de 2012; Acta de Allanamiento, Requisa y Secuestro de fecha 04 de octubre de 2012; notificación de fecha 04 de octubre de 2012. ---------------42.- Certificación emitida por la División de Registro de Vehículos, de fecha 17 de julio de 2012; y requerimiento de fecha 12 de julio de 2012. ----------------43.- Certificación del Organismo Operativo de Transito (La Paz), de fecha 20 de julio de 2012; con requerimiento correspondiente. -------------44.- Certificación del Organismo Operativo de Transito (Cochabamba), de fecha 24 de julio de 2012; y requerimiento de fecha 09 de julio de 2012. ---------45.- Requerimiento fundamentado de Aprehensión de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 26 de junio del 2012, con su respectiva notificación; Orden de Aprehensión de fecha 26 de junio de 2012, con su respectiva acta de aprehensión; Informe de Acción Directa de fecha 28 de junio de 2012. --------------46.- Requerimiento fundamentado de Aprehensión de Agustin Javier Ugarte Mendez, de fecha 06 de julio del 2012; Orden de Aprehensión de fecha 06 de julio de 201; Notificación de fecha 06 de julio de 2012; Acta de requisa a Vehículo de fecha 06 de julio de 2012; Acta de Secuestro de fecha 06 de julio de 2012; Acta de Requisa Personal de fecha 06 de julio de 2012; Autorización de Ingreso Voluntario a Inmueble de fecha 06 de julio de 2012; Informe elaborado por el Sgto. 2do Jaime Mamani Condori, de fecha 06 de julio de 2012. -------47.- Querella Criminal en contra de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 23 de julio de 2012; Requerimiento de admisión de fecha 23 de julio de 2012; Notificación. --------------48.- Contrato de venta de vehículo de propiedad de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 07 de enero de 2012; Reconocimiento de Firmas ante la notaria de fe pública N° 10, de fecha 07 de enero de 2012; Acta de legalización elaborada por el Notario de fe pública N° 10, a cargo del Dr. Fernando Molina Paredes, de fecha 23 de noviembre de 2012; Requerimiento de fecha 13 de noviembre de 2012. --------49.- Oficio UIF/LEG/25525/2012 La Paz, 19 de Octubre de 2012, emitido por la Unidad de Investigación Financiero; Informe Técnico Final, Tramite N° 2022-2023-2015-2014-2018-2039, La Paz, Octubre de 2012, emitido por la Unidad de Investigaciones Financieras, a fojas 9; Anexos Tramite N° 2022-2023-2015-2014-2018-2039, a fojas 366. -------50.- Certificado CERT-EST-JOLP-0316/13, Código de Trámite N° 698488, emitido por el Registro de Comercio de Bolivia, La Paz, 07 de febrero de 2013; requerimiento de fecha 12 de marzo de 2012. ------------------51.- Auto de fecha 17 de diciembre de 2013, referente a la disposición de Incautación de dinero secuestrado en el suma de 90.000 SUS; Acta de entrega de dinero, de fecha 09 de enero de

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viernes 25 de julio de 2014 PUBLICIDAD 23

2014; Recepción y Control de Bienes Incautado – Deposito Bancario, de fecha 09 de enero de 2014. -------------52.- Declaración Informativa de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 26 de marzo de 2013; Declaración Informativa de Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 27 de marzo de 2013; Orden de Citación de fecha 25 de marzo de 2013. ---------------53.- Declaración Informativa de Agustín Javier Ugarte Méndez, de fecha 04 de Abril de 2103; Orden de Citación de 25 de marzo de 2013; Acta de Suspensión de Declaración Informativa de fecha 03 abril de 2013. Acta de suspensión de declaración informativa, de fecha 03 de abril de 2013. -----------------54.- Acta de secuestro de 9 precintos, con logotipo de Banco Ganadero, de fecha 19 de julio de 2012. ----------------55.- Carta BMSC/GAL/1730/2011 de fecha 18 de diciembre de 2012, emitido por el Banco Mercantil Santa Cruz, y requerimiento de fecha 13 de noviembre de 2012. -----------------56.- Ampliación de Querella Criminal en contra de Marcelo Rafael Oña, de fecha 20 de julio de 2012, y requerimiento de fecha 25 de julio de 2012. --------------------57.- Carta de la Contraloría General del Estado GDS/GSL/DJBR-126/2012, de fecha 18 de julio de 2012, referente a remisión de declaraciones juradas; y requerimiento de fecha 12 de julio de 2012. ------------------58.- Carta de la Contraloría General del Estado GDS/GSL/DJBR-1538/2012, de fecha 23 de noviembre de 2012, referente a remisión de declaraciones juradas; con requerimiento correspondiente. ----------------------59.- Carta BMSC/GAL/588/2013 de fecha 30 de julio de 2013, emitido por el Banco Mercantil Santa Cruz, referente a remisión de certificaciones de movimientos financieros de Gerson Richard Rojas Terán, con requerimiento correspondiente. 60.- Carta CITE: SIN/GDSCZ/DRE/COF/NOT/201/2013 de fecha 04 de marzo de 2013, emitido por Impuestos Nacionales; con requerimiento correspondiente. ----------61.- Certificación CERT-EST-JOSC-300/2012, Código de Tramite N° 618609, de fecha 11 de julio de 2012, emitido por el Registro de Comercio de Bolivia; Certificación CERT-EST-JOSC-299/2012, Código de Tramite N° 618515, de fecha 11 de julio de 2012, emitido por el Registro de Comercio de Bolivia; y requerimiento de fecha 09 de julio de 2012. ---------62.- Certificación CERT-EST-JOLP-0660/2013, Código de Tramite N° 712452, de fecha 18 de marzo de 2013, emitido por el Registro de Comercio de Bolivia, con documentación adjunta a fojas 171; y requerimiento de fecha 12 de marzo de 2013. --------63.- Carta emitida de fecha 27 de noviembre de 2012, emitido por la Dra. Carol Sarabia Rojas, Notaria de Fe Publica # 78, en que se adjunta documentación legalizada a fojas 24, relativos a contrato de prestación de servicios YPFB REFINACIÓN S.A. y SERVIMAN; y 2 requerimientos de fecha 13 de noviembre de 2012. -----------64.- Informe de Inicio de Investigaciones dirigido al Juzgado de Instrucción en lo Penal de Turno, de fecha 22 de marzo de 2013; Memorial de complementación e Informe de Inicio de Investigaciones, dirigido al Juzgado 6to de Instrucción en lo Penal, de fecha 22 de marzo de 2013; Imputación Formal en contra de Gerson Richard Rojas Terán por el delito de Legitimación de Ganancias Ilicitas, de fecha 01 de abril de 2013. ---------------65.- Querella Criminal contra Gerson Richard Rojas Terán, de fecha 24 de abril de 2013; Requerimiento de admisión de querella de fecha 26 de Abril de 2013; Memorial dirigido al Juez 6to de Instrucción en lo Penal de fecha 26 de abril de 2013, Acta de notificación de fecha 29 de abril de 2013. -----------------66.- Acta circunstancia realizado por la Dra. Rosse Mery Uriona Almaraz, de fecha 28 de junio de 2012. -----------------67.- Memorial dirigido al Juez de Instrucción, de fecha 11 de julio de 2012, en el que se solicita orden de allanamiento, registro, requisa y secuestro; Auto N° 137/2012 de fecha 11 de julio de 2012; Mandamiento de Allanamiento de Domicilio, Registro y Secuestro de fecha 11 de julio de 2012. -------------68.- Oficio STRIA. GRAL. OF. 284/2012, de fecha 19 de julio de 2012, emitido por la Secretaria General de la Universidad Autónoma “Gabriel René Moreno”; requerimiento de fecha 12 de julio de 2012. ----------------------69.- Certificado de Estudios, emitido por la Universidad UTEPSA, de fecha 17 de julio de 2012. ----------------70.- Carta emitida por la telefonía VIVA, de fecha 20 de julio de 2012, en el que se adjunta extracto de llamadas; y requerimiento de fecha 18 de julio de 2012. --------71.- Acta de secuestro de fecha 6 de agosto de 2012. ------72.- Detalles de viajes y viáticos autorizados de Gerson Richard Rojas Terán, correspondiente a la gestión 2009, a fojas 231. ------73.- Resolución Suprema 05478, de fecha 05 de mayo de 2011. ------------74.- Nota DDT-C-EXT N° 629/2011, emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria INRA, de fecha 04 de septiembre de 2012; Certificación CET-DDT-166/2012 emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria INRA, de fecha 04 de septiembre de 2012; Certificación CET-DDT-167/2012 emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria INRA, de fecha 04 de septiembre de 2012; Certificación CET-DDT-168/2012 emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria INRA, de fecha 04 de septiembre de 2012; Certificación CET-DDT-169/2012 emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria INRA, de fecha 04 de septiembre de 2012; requerimiento de fecha 28 de agosto de 2012.---------------------------75.- Respuesta a requerimiento fiscal emitido por YPFB Corporación; Respuesta a requerimiento fiscal emitido por YPFB Corporación; Memorial de fecha 12 de abril de 2013; requerimiento de fecha 16 de abril de 2013; requerimiento de fecha de 26 de Marzo de 2013; requerimiento de fecha de 26 de marzo de 2013. --------------76.- Copia Legalizada de Testimonio Notarial N° 483/2012; requerimiento de fecha 25 de julio de 2012. ---------------------------77.- Copia Legalizada de Testimonio Notarial N° 648/2012; requerimiento de fecha 25 de julio de 2012. ------------78.- Acta de registro del lugar del hecho, de fecha 27 de julio de 2012; Autorización de ingreso voluntario a inmueble, de fecha 27 de julio de 2012. ----------79.- Requerimiento fundamentado de aprehensión en contra de Marcelo Rafael Oña Cuellar, de fecha 11 de julio 2012; Orden de aprensión de fecha 21 de julio de 2012. -------------80.- Oficio UD-TIT-CER N° 9926 emitido por la Unidad de Titulación y Certificaciones del Instituto Nacional de Reforma Agraria, de fecha 06 de septiembre de 2012; Informe UTC N° 0372/2012 emitido por la Unidad de Titulación y Certificaciones del Instituto Nacional de Reforma Agraria; Certificado de emisión de titulo de fecha 06 de septiembre de 2012; requerimiento de fecha 11 de septiembre de 2012; y requerimiento de fecha 28 de agosto de 2012. --------81.- Informe Técnico DGS-JRV-CBBA N° 178/2011 emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria de la Dirección General de Saneamiento, de fecha 18 de noviembre de 2011; con requerimiento correspondiente. -----------82.- Informe elaborado por el Sgto. 1ro Wilmer Pedro Aguilar Cruz de fecha 15 de marzo de 2013; y requerimiento de fecha 18 de marzo de 2013. ------------------83.- Solicitud de Contratación de Gerson Richard Rojas Terán, NOTA INTERNA YPFB-GNPSL-091/2010 de fecha 05 de julio de 2010; Memorial de fecha 12 de abril de 2013; requerimiento de fecha 16 de abril de 2013; y requerimiento de fecha 26 de marzo de 2013.-----------84.- Certificado de 22 de mayo de 2012, emitido por la Contraloría General del Estado; con requerimiento correspondiente. ----------------85.- Oficio CITE EXT/DGAJ N° 160/2012 de fecha 31 de agosto de 2012, emitido por la Autoridad de Bosques y Tierras; Informe PRS-UTI 054/2012 de fecha 20 de julio de 2012, con documentación adjunta; Requerimiento de fecha 29 de agosto de 2012.---------------------------86.- Memorial presentado por YPFB, referente a remisión de fotocopias legalizadas de fecha 27 de julio de 2012; Oficio YPFB-GNPSL-0639/2012 de fecha 26 de julio de 2012; Fotocopias legalizadas de la Contratación por Excepción para compra de terreno donde se construirá la planta de separación de Líquidos Gran Chazo, de fecha julio de 2012 a fojas 208, con su anexo de fojas 210 Requerimiento de fecha 25 de julio de 2012. ------------------87.- Comunicación Interna YPFB-GNPSL-ADM-CI-0236/2013 emitida por YPFB Corporación de fecha 05 de abril de 2013, con documentación adjunta; con requerimiento correspondiente. --------------88.- Comunicación Interna YPFB-GNPSL-GCH-CI-350/2013 emitida por YPFB Corporación de fecha 05 de abril de 2013, con documentación adjunta; requerimiento de fecha 22 de marzo de 2013. -----------------89.- Oficio YPFB-GNPSL-CE-0021/2013 emitida por YPFB Corporación, de fecha 08 de abril de 2013, Comunicación Interna YPFB-GNPSL-GCH-CI-351/2013 emitida por YPFB Corporación de fecha 05 de abril de 2013, con documentación adjunta; requerimiento de fecha 10 de abril de 2013; con requerimiento correspondiente. --------90.- Certificación de la Unidad Regional de Recursos Humanos – YPFB – Santa Cruz, de fecha 20 de noviembre de 2012; requerimiento de fecha 17 de octubre de 2012.--------------91.- Memorial de fecha 13 de agosto de 2012, en el que se adjunta documentación referente al Vehículo Vagoneta Toyota, con placa de circulación N° 2841INT; con requerimiento correspondiente. ---------92.- Documentación Relativo a la Anotación Preventiva del predio rustico La Esperanza, consistentes en memorial de fecha 08 de julio de 2013; requerimiento de fecha 09 de julio de 2013; requerimiento dirigido al Registrador de Derechos Reales de la provincia de Gran Chaco de fecha 09 de julio de 2013; memorial de fecha 28 de noviembre de 2013; requerimiento de fecha 29 de noviembre de 2013, y requerimiento dirigido al Registrador de Derechos Reales de la provincia de Gran Chaco. --------------93.- Acta de declaración de Pedro Pérez Barrientos, de fecha 08 de agosto de 2012; mas formulario de declaración informativa de PEDRO PEREZ BARRIENTOS de fecha 27 de julio de 2012 ------------94.- Acta de declaración de Marcelo Rafael Oña Cuellar, de fecha 05 de noviembre de 2012. ---------95.- Acta de declaración de Agustín Javier Ugarte Méndez, de fecha 06 de julio de 2012; Acta de declaración de Agustín Javier Ugarte Méndez, de fecha 18 de septiembre de 2012; Requerimiento de fecha 10 de septiembre de 2012. ----------96.- Formulario de declaración informativa de GERSON RICHARD ROJAS TERAN de fecha 22 de junio de 2012; mas formulario de declaración informativa de GERSON RICHARD ROJAS TERAN de fecha 10 de julio de 2012 (11:00); mas formulario de declaración informativa de GERSON RICHARD ROJAS TERAN de fecha 10 de julio de 2012 (11:20); mas formulario de declaración informativa ampliatoria de GERSON RICHARD ROJAS TERAN de fecha 30 de octubre de 2012; mas formulario de declaración informativa ampliatoria de GERSON RICHARD ROJAS TERAN de fecha 26 de marzo de 2013; ----------97.- Formulario de declaración informativa de BRENDA XIMENA AVILES MENDEZ de fecha 12 de julio de 2012; mas formulario de declaración informativa de BRENDA XIMENA AVILES MENDEZ de fecha 12 de julio de 2012. ---------98.-Formulario de declaración informativa de CLARA JOHANNA ARAUJO EYZAGUIRRE de fecha 23 de julio de 2012. -------------99.-Formulario de declaración informativa de ENRIQUE ARUQUIPA GUACHALLA de fecha 29 de junio de 2012; mas Formulario de declaración informativa de ESTEBAN RIVERA ARAMAYO de fecha 29 de junio de 2012; Formulario de declaración informativa de DAVID DAMIAN ZAMBRANA TORREZ de fecha 29 de junio de 2012;-----

100.- Formulario de declaración informativa de VANESSA AVILES MENDEZ de fecha 6 de julio de 2012; mas acta de notificación de fecha 5 de julio de 2012-------------------101.- Acta de notificación de fecha 5 de julio de 2012; más acta de comparecencia y suspensión de audiencia de fecha 9 de julio de 2012; formulario de declaración informativa de Paola Liset Heredia Bazán de 9 de julio de 2012. -------102.- Informe – Dictamen Pericial realizado por el perito del IDIF designado, Lic. Gino Armaza Peducassé, sobre el proceso de contratación adjudicado a la empresa AESA. -----------103.- Informe – Dictamen Pericial realizado por el perito del IDIF designado, Lic. Gino Armaza Peducassé, sobre el proceso de contratación adjudicado a la empresa BOLPEGAS. 104.- Informe – Dictamen Pericial realizado por el perito del IDIF designado, Lic. Gino Armaza Peducassé, sobre el proceso de contratación adjudicado a la empresa TECNICAS REUNIDAS S.A. -----------106.- Informe – Dictamen Pericial realizado por el perito del IDIF designado, Lic. Gino Armaza Peducassé, sobre el proceso de contratación adjudicado a la empresa TECNA. --------- 106.- Informe de conclusiones de investigaciones elaborado por los Srs. Investigadores asignados al caso, Tcnl. Rubén David Barrientos Mena. --------6.2.- MATERIALES.- ------------1.- Muestrario fotográfico. ------------2.- Una computadora portátil marca Sony color negro, VAIO, Serie 275260403000793, SERIE O CODIGO YPFB 078803, Con cargador y Mouse. ----------------------3.- Una computadora portátil marca Sony color negro, VAIO, Serie 54111537 300140, SERIE O CODIGO YPFB 078802, Con cargador y Mouse. ------------------4.- Una computadora portátil marca Sony color plomo, VAIO, Serie 275059493010520, SERIE O CODIGO YPFB 078760, Con cargador y Mouse. ----------5.- Una computadora portátil marca HP color blanco, Serie CNF9201011 Con cargador y Mouse. ---------------6.- Una computadora portátil marca HP color plomo, Sin No. De Serie pegados al mismo un flas memory color azul marca MR y un Flas Memory inserto al puerto USB (en un sobre manila que dice: Caso, Lugar YPFB GNPS LAP TOP HP). -----------7.- Una memoria externa color azul marca Samsung, con su cable y estuche negro, serie E24LJ10Z402773 MADE IN KOREA. ------------------------------8.- Una computadora portátil marca HP color plomo, Sin No. De Serie sin cargador ni Mouse. -------------------------9.- Un teléfono celular marca Samsung color negro y rojo serie No. RQ5BC48891K y un CHIP TIGO, con más su cargador. ----------------10.- Un Flash Memory color blanco con el logotipo TECNICAS REUNIDAS, encontrado en el sobre manila con el título: Elementos secuestrados en el domicilio de Marcelo Oña de fecha 21 de julio del 2.012 YPFB. --------------------11.- Una cámara fotográfica marca Sony azul serie No. 4271243, serie de activo fijo YPFB078996 con batería y con chip de memoria de 4 GB. Con su respectivo estuche. ----- 12.- Una computadora negra marca Toshiba color negro serie 67446313K SATELITEA 215-S4747. (Stikers que indica CASO YPFB AGUSTIN UGARTE DOMICILIO) ------------- 13.- Una computadora ploma marca HP serie CND9131YXM sin cargador ni mouse. ----------14.- Una cámara fotográfica digital guinda marca Sony Cybershot de 16.1 MGP con batería y memoria de 1GB serie 078529. ---------------15.- Un Modem ENTEL CON SU CHIP 32k, un flash Memory marca Data Traveler de 512 MB, --------------------- 16.- Un flash Memory marca Voyager-----------------------17.- Un flash Memory marca HP de 4 GB-----------------------------18.- Un flash Memory marca ilegible metálico--------------19.- Un flash Memory marca GET SQUAT. ---------------20.- Un CD-R (disco compacto reutilizable) marca Sony de 200 MB en estuche color fucsia.-----21.- Un CD (disco compacto) marca TDK con la escritura: Documentos P/ Entrega a proponentes Fisc. (Encontrada en la carpeta Contratos Equipos Turbocompresores, Turbogeneradores. -----------22.- Un CD (disco compacto) marca Princo con la escritura: Documentos Carta Respuesta a Nota YPFB GNPSL-259-2.010. ---------------23.- Un CD- (disco compacto) marca EXPRINTER tamaño pequeño No. 1034506290348. --------24.- Una cámara fotográfica digital marca Sony color negro, con batería, y chip de memoria de 8 GB. Con su respectivo estuche color negro. (Sin cargador) ---------------------------------25.- Un Flash memory marca BTU color negro. ----------------26.- Un Flash memory marca Linde color negro. -----------------27.- Un Flash memory marca HP color azul de 2 GB. -------------28.- Un Flash memory industria China color negro de 2 GB. -------29.- Un Flash memory marca PTI color negro. ----30.- Un Flash memory marca CBI color blanco. ---------------31.- Un Flash memory TENCHINT color Blanco (Ingeniería y Construcción). ------------------32.- Un CD (disco compacto) con la fecha 05/07/2012 video de la bóveda, acompañado con la respuesta del requerimiento en fojas 22 emitida por el Banco Mercantil. ------------------------33.- Un CD (disco compacto) video de ingreso de Agustín Ugarte a la bóveda, acompañado con la respuesta del requerimiento y el requerimiento de fecha 6 e noviembre de 2012 emitido por el Banco Mercantil. -------------34.- Un CD (disco compacto) que dice movimiento y extracto caso Nº S20192-201318058-153744, acompañado con la respuesta del requerimiento de fecha 24/10/2013 emitido por el Banco de Crédito. -----------35.- El vehículo siniestrado Toyota Land Cruiser Prado, tipo vagoneta, blanca, placa 2841 KKL, perteneciente a YPFB, cuando era conducido por GERSON RICHARD ROJAS TERAN.- --------------36.- Dinero secuestrado en la suma de Noventa mil dólares norteamericanos ($us.-90.000.-) de la caja de seguridad N° 298 del Banco Mercantil Santa Cruz, sito en la Av. Irala de esta ciudad, a nombre de Gerson Richard Rojas Terán. -------------37.- Mini bloc de papel con anotaciones de sumas, montos, y fechas descritos, cuya última anotación señala “90.000”, colectado en la caja de seguridad del Banco Mercantil Santa Cruz.-------38.- Mini bloc de papel con anotaciones de sumas, montos, y fechas descritos, colectado en el domicilio de Agustín Javier Ugarte Méndez. -------------------39.- Nueve precintos de seguridad secuestrados en la caja de seguridad de Gerson Rojas Terán, con el logo del Banco Ganadero, de fecha 12 de julio de 2011, firmados por el cajero depurador Marbin Cuellar Parada. ---------------40.- Contratos de prestación de servicios sobre asignación y uso de cajas de seguridad del Banco Mercantil Santa Cruz en favor de Gerson Richard Rojas Teran y Agustin Javier Ugarte Méndez. ------------------------------------PERICIALES.- -------------------------1.- Pericia grafo técnica sobre las grafías de los mini blocs colectados a cargo del Tcnl. Rodolfo Iporre Mostajo Perito Criminalista; con el objeto de determinar si las grafías halladas en los mini blocs, con anotaciones alfa numéricas, hallados en la caja de seguridad 268 y el domicilio de Agustin Javier Ugarte Méndez corresponden a Agustin Javier Ugarte Méndez, Gerson Richard Rojas Terán o ambos, y cuáles de las grafías. ------------------------2.- Pericia informática forense a cargo del perito Ing. Luis Alberto Baigorria Rodas, CI 7685547 SC, domiciliado en la calle Suarez Arana, condominio San Marino, apartamento 701, para realizar la apertura de los medios magnéticos colectados y ofrecidos como evidencias materiales, a fin de determinar cuáles documentos o correspondencia fueron librados o recibidos por alguno de los acusados, y si están relacionados con el proceso. ----TESTIFICALES.- ---------1.- TCnl. Rubén David Barrientos Mena, funcionario policial, investigador asignado al caso, que declarara sobre sus investigaciones relativas a la presente causa penal, y otros extremos relativos que fueran de su conocimiento. ------------2.- Sgto 1° Wilmer Pedro Aguilar Mamani, funcionario policial, investigador asignado al caso, que declarara sobre sus investigaciones relativas a la presente causa penal, y otros extremos relativos que fueran de su conocimiento. -----------------3.- Sgto 1° Jaime Mamani Condori, funcionario policial, investigador asignado al caso, que declarara sobre sus investigaciones relativas a la presente causa penal, y otros extremos relativos que fueran de su conocimiento. -4.- Sgto Gustavo Osinaga Renfijo, funcionario policial, miembro de seguridad física asignada a GNPSL YPFB, que declarara sobre las novedades conocidas por él durante su turno de guardia entre los días 16 al 20 de junio de 2012, relativas a la presente causa penal, y otros extremos relativos que fueran de su conocimiento. --------5.- Sgto Sixto Cahuaya Salazar, funcionario policial, miembro de seguridad física asignada a GNPSL YPFB, que declarara sobre las novedades conocidas por él durante su turno de guardia entre los días 16 al 20 de junio de 2012, relativas a la presente causa penal, y otros extremos relativos que fueran de su conocimiento. ----------6.- Sgto Emiliano Huampo Guarachi, funcionario policial, miembro de seguridad física asignada a GNPSL YPFB, que declarara sobre las novedades conocidas por él durante su turno de guardia entre los días 16 al 20 de junio de 2012, relativas a la presente causa penal, y otros extremos relativos que fueran de su conocimiento. ----------------------------7.- Sgto Claudio Quispe Mamani, funcionario policial, miembro de seguridad física asignada a GNPSL YPFB, que declarara sobre las novedades conocidas por él durante su turno de guardia entre los días 16 al 20 de junio de 2012, relativas a la presente causa penal, y otros extremos relativos que fueran de su conocimiento. --------------------- 8.- Lic. David Damian Zambrana Torrez, , funcionario de YPFB que declarará respecto de los hechos que fueran de su conocimiento. -------------9.- Lic. Javier Imaña Sánchez, funcionario de YPFB que declarará respecto de los hechos que fueran de su conocimiento. -------------------------10.- Téc. Esteban Rivera Aramayo, funcionario de YPFB que declarará respecto de los hechos que fueran de su conocimiento. -------------11.- Eduardo Mejia Vargas, funcionario de YPFB que declarará respecto de los hechos que fueran de su conocimiento. --------------------------------- 12.- Edward Gutierrez Vargas, funcionario de YPFB que declarará respecto de los hechos que fueran de su conocimiento. --------------13.- Pedro Pérez Barrientos, CI 1813882 TJ, ex propietario del fundo rústico “La Esperanza”, ciudadano que declarará sobre la transferencia de dicho fundo a YPFB.-----------------------------------14.- Teodora Paniagua de Pérez, CI 14008016 TJ, ex propietaria del fundo rústico “La Esperanza”, ciudadana que declarará sobre la transferencia de dicho fundo a YPFB.--------------------------15.- Carlos Eduardo Bru Cavero, CI 18477396 TJ, Alcalde del municipio de Yacuiba, donde se halla el fundo rústico “La Esperanza”, ciudadano que declarará sobre la transferencia de dicho fundo a YPFB. -----------------------------16.- Ricardo Alpire Sánchez, sub gerente legal del Banco Mercantil Santa Cruz, quien en tal condición declarará sobre los informes realizados por dicha institución ante la comisión de la Fiscalía asignada al presente caso. ----------17.- Janina Salaues Alcázar, sub gerente legal del Banco Mercantil Santa Cruz, quien en tal condición declarará sobre los informes realizados por dicha institución ante la comisión de la Fiscalía asignada al presente caso. ---------------------18.- Lic. Gino Armaza Peducassé, Auditor Forense, perito del IDIF, que declarará sobre las pericias realizadas sobre los procesos de contratación analizados.----------------19.- Mónica Clemencia Ramirez Márquez, Abogada, Asesora Legal de YPFB, ciudadana que declarará sobre

los actos procesales o investigativos que fueran de su conocimiento presencial directo. –20.- Marco Antonio Rodríguez Barrero, Abogado, ex Asesor Legal de YPFB, ciudadano que declarará sobre los actos procesales o investigativos que fueran de su conocimiento presencial directo-----------------------------21.- Dra. Rosse Mery Uriona Almaraz, Abogado, Notaria de Fe Pública, ciudadana que declarará sobre los actos procesales o investigativos que fueran de su conocimiento presencial directo. -----------22.- Marbin Cuellar Parada, Contador, ciudadano que declarará sobre los actos procesales o investigativos, o hechos que fueran de su conocimiento presencial directo. ------------------------ 23.- Sergio Rocha Méndez, Gerente Legal del Banco Mercantil Santa Cruz, ciudadano que declarará sobre los actos procesales o investigativos, o hechos que fueran de su conocimiento presencial directo. ---------------24.- Paola Lisset Heredia Bazán, ciudadano que declarará sobre los actos procesales o investigativos, o hechos que fueran de su conocimiento presencial directo--------------------------SE TENGA PRESENTE A LOS FINES DE JUSTICIA.- --------Otrosí 1.- Señalo domicilio procesal en la Calle prolongación Beni N° 20, Edificio Casanova, piso 6, oficina 8, frente al palacio de Justicia de esta ciudad. ---------------Santa Cruz de la Sierra, 27 de febrero de 2014.-Fdo. Ilegible: Abog. Monica Ramirez Marquez: ABOGADO YPFB.-------------------------------Fdo. Ilegible: Luis David Veizaga Rosales: ABOGADO- ASESOR LEGAL YPFB. – MICAC6011-MICNA 4297- SANTA CRUZ – BOLIVIA.---------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&CARGO DE RECIBIDO DEL JUZGADO 5to. DE INSTRUCCIÓN PENAL N.C.P.P.Recibido a horas 18:30 del día Miércoles 05 de 03 de Años 2014.- Fojas.----------------------------Fdo. Ilegible: Vanessa Vera Orellana.- AUXILIAR.- JUZGADO 5to. DE INSTRUCCIÓN PENAL DE LA CAPITAL.- SANTA CRUZ – BOLIVIA.-------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&AUTO: SANTA CRUZ, 06 DE MARZO DE 2014.------En atención al requerimiento conclusivo de ACUSACION FORMAL, presentada por los Sres. ROSE MARÍA BARRIENTOS RUIZ, YOLANDA AGUILERA LIJERON y CANDIDO BLANCO CHOQUE contra de GERSON RICHARD ROJAS TERAN, AGUSTIN JAVIER UGARTE MÉNDEZ, VANESA AVILES MÉNDEZ, por la presunta comisión USO INDEBIDO DE BIENES Y SERVICIO PÚBLICOS, LEGITIMACIÓN DE GANANCIAS ILÍCITAS, ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO, FALSEDAD EN LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS, FALSEDAD MATERIAL, FALSEDAD IDEOLOGICA, USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO Y FALSEDAD EN LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTA. Previstos y sancionados en los Artículos 27, 27, 33 de la Ley Nº 004, Artículos 154, 198, 203, 185 (bis) del código penal; póngase a conocimiento de la parte victima de conformidad a lo nombrado por el artículo 340 de CPP., para que dentro del plazo de diez (10) días siguientes de su notificación ofrezcan sus pruebas de descargo.----------------------- Se conmina a los Srs. Fiscal a que en el plazo de 48 Hrs. De su legal notificación presente las pruebas de cargo de acuerdo a lo establecido en el Art. 325 CPP.-------------------Otrosí 1º.- Por señalado el domicilio procesal---Fdo. Ilegible: Dra. Rosario X. Flores Paniagua.- JUEZ 5º DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA CAPITAL- SANTA CRUZ - BOLIVIA.---------------------------------------------ANTE MÍ: Fdo. Ilegible.- Raúl Denis Fiengo Veliz.- Secretario – Abogado del Juzgado 5º de Instrucción en lo Penal de la Capital – Santa Cruz – Bolivia. ---------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&SEÑOR JUEZ VI DE INSTRUCCIÓN PENAL CAUTELAR DE LA CAPITAL.-------FIS ANTI: 012-12247: ---- IANUS: 701199-201226227:-------Devuelve Exhorto: ---------Otrosí.- Notificación por Edicto.---------------Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (Y.P.F.B.), Empresa Estatal Petrolera, Autárquica de Derecho Público, representado legalmente por su Presidente Ejecutivo Lic. Carlos Villegas Quiroga, y en calidad de abogados y apoderados Marcelo David Canseco Fuentes, DIRECTOR LEGAL GENERAL, Luis David Veizaga Rosales, Sergio Alejandro Torrez Velasco, Asesor Legal de Procesos de la Vicepresidencia Nacional de Operación de YPFB, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, YPFB en contra de GERSON RICHARD ROJAS TERAN, AGUSTIN JAVIER UGARTE MENDEZ, VANESA AVILES MENDEZ, MARCELO RAFAEL OÑA CUELAR, CLIVER VILLALBA AGUIRRE, por la presunta comisión de los delitos de USO INDEBIDO DE BIENES Y SERVICIOS PUBLICOS, ENRIQUECIMIENTO ILICITO, USO INDEBIDO DE INFLUENCIAS, FALSEDAD MATERIAL IDEOLOGICA, USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO, OBSTRUCCION A LA JUSTICIA, nos apersonamos ante vuestra autoridad con el debido respeto, decimos y pedimos:--------Señor Juez, con la finalidad de dar el correspondiente impulso procesal, presento a su autoridad la notificación con la acusación fiscal, la misma que fue notificada en fecha 13 de marzo de 2014, por lo que solicito a su autoridad se tenga presente la notificación realizada al Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha contra la Corrupción, cuyo legajo hacemos presente en fojas 27.-Otrosí 1º.- (Edicto de Prensa) Toda vez que dentro del presente proceso la imputada Vanesa Aviles Méndez a la fecha se encuentra prófuga y rebelde, al amparo del Art. 24 de la Constitución Política del Estado Plurinacional, y artículo 165 del Código de Procedimiento Penal, solicito nos extienda edicto conteniendo testimonio de la acusación fiscal, acusación particular, para su correspondiente notificación en diario de prensa escrita de circulación nacional.-------------- “Iustitia est constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi”------La justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho----------Santa Cruz de la Sierra, 03 de abril de 2014. --------------------Fdo. Ilegible: Luis David Veizaga Rosales.- ABOGADO.- ASESOR LEGAL YPFB.- MICAC 6011.- MICNA 4297.- SANTA CRUZ.---------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&Cargo del Juzgado Sexto de Instrucción Penal de la Capital.-------------------RECIBIDO A HRS: 16:25 DEL DIA MARTES 08 DE ABRIL DE 2014.- ADJUNTA A FS.- 27.-------------Fdo. Ilegible.- Zulema Marca Tola.- AUXILIAR.- JUZGADO 6º DE INSTRUCCIÓN CAUTELAR- SANTA CRUZ – BOLIVIA---------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&DECRETO SANTA CRUZ DE LA SIERRA, 09 DE ABRIL DE 2014.- En atención al memorial que antecede acumúlese a sus antecedentes.- Al Otrosí 1º.- Por secretaria procédase como se solicita.-------------------------------------------------------------------------------------------------Fdo. Ilegible.- Dr. Juan José Subieta Claros.- JUEZ.- DEL JUZGADO 6º DE INSTRUCCIÓN PENAL CAUTELAR.- SANTA CRUZ – BOLIVIA-------------ANTE MÍ: Fdo. Ilegible.- Dra. Vanesa Gutierrez.- SECRETARIA – ABOGADA- JUZGADO 6º DE INSTRUCCIÓN PENAL DE LA CAPITAL.- SANTA CRUZ – BOLIVIA---------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&CONCUERDAN EL PRESENTE EDICTO DE PRENSA Y/O TESTINOMIO CON LAS PIEZAS PRINCIPALES DE SU REFERENCIA, ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, PARA SU DEBIDA PUBLICACIÓN EN UN DIARIO DE CIRCULACIÓN NACIONAL; ES FIRMADO Y SELLADO A LOS NUEVE (09) DÍAS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.-------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& D. S. O.

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viernes 25 de julio de 2014SEGURIDAD24

Erradicación superó metas establecidas

De acuerdo con los datos proporcionados por la auto-ridad nacional, desde enero los efectivos del Comando Es-tratégico Operacional (CEO) erradicaron un total de 5.377 hectáreas de hoja de coca ex-cedentaria en el país.

En esa línea, detalló que en el trópico de Cochabamba la Fuerza de Tarea Conjunta (FTC) logró la destrucción de 3.853

hectáreas, mientras que en los Yungas y norte del departa-mento de La Paz se erradicaron 1.325 hectáreas. Asimismo, en Yapacaní (Santa Cruz) se elimi-naron 163 hectáreas y en San Borja (Beni) 34 hectáreas.

“Con estos resultados tene-mos el objetivo y meta de erra-dicar más de 11.000 hectáreas y este resultado se reflejará en el monitoreo de cultivos de coca

DATOS ó Desde el mes de enero se erradicaron 5.377 hectáreas de coca.

del Programa F-51 de la Oficina de Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito (ONUDD), que en su informe de 2013 estable-ció 23.000 hectáreas”, apuntó.

En criterio de la autoridad, los resultados permitirán cumplir la próxima meta de reducir hasta 2015 al menos 20.000 hectáreas.

“De esa manera no habrá coca excedentaria que alimente al narcotráfico”, finalizó.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO Y ABI

El viceministro de Defensa So-cial y Sustancias Controladas, Fe-lipe Cáceres, reveló que la erra-dicación de cultivos ilegales de coca, durante los siete primeros meses del año, superó la meta anual, que, según la Ley 1008 de Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, debe ser de al me-nos 5.000 hectáreas por año.

Cáceres pide respetar el cato de cocaREDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO Y ABI

Y Los productores deben cuidar sus chacos de los narcotraficantes.Más de 800 cocaleros del trópi-

co de Cochabamba perdieron su cato de coca por salirse de ese lími-te consensuado para el cultivo del arbusto, informó ayer el vicemi-nistro de Defensa Social y Sustan-cias Controladas, Felipe Cáceres.

La autoridad dijo a la ABI que en el Décimo Segundo Congreso Ordinario de las Seis Federacio-nes del Trópico de Cochabamba incluso se demandó la reversión de los predios de los cocaleros reincidentes en el cultivo de coca más allá del cato permitido

En ese marco, Cáceres ex-hortó a los cocaleros respetar el cato de coca y proteger sus tierras para evitar que los nar-cotraficantes ingresen a sus parcelas a fabricar cocaína o se excedan en plantaciones por-que con el control social acor-dado por las federaciones se les quitarán sus tierras.

Comentó que en el congreso cocalero una persona de la ter-cera edad que perdió su cato se le aproximó y sollozando le manifestó: “No soy la persona que construyó la poza de ma-ceración de coca, sino que gen-te extraña ingresó a mi chaco para esa actividad y hoy no sé de qué sobrevivir”.

Por ello expresó su preocu-pación ante esos hechos, en un tema complejo como es el nar-cotráfico que avasalla tierras ajenas para elaborar cocaína.

Consideró que se requiere una alta dosis de responsabi-lidad, pero —dijo— que el Go-bierno más allá de todo posi-cionamiento ideológico-político realiza una fiscalización eficaz.

La autoridad destacó la nue-va política antidroga ejecutada mediante el control social y la participación de los verdade-ros productores de coca.

Viceministro Felipe Cáceres.

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operativos ejecutados con un promedio de 40 diarios.

“Producto de esas acciones se ha procedido al secuestro de 15 toneladas con 227 kilos de

Miembros de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico en el acto realizado ayer en la Anapol.

FELCN secuestró más de 81 toneladas de droga en 2014

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y El Gobierno imprimió una política acertada que se complementó con la eficiencia del personal.

Y La FELCN se incautó de más de 1,8 millones de dólares.El Director Nacional de

la Fuerza Especial de Lu-cha Contra el Narcotráfico (FELCN), durante un balance realizado en conmemoración de los 27 años de creación de esa instancia de la policía, in-formó que entre el 1 de enero y 22 de julio de 2014 se incau-tó un total de 81 toneladas y 702 kilos de drogas, entre co-caína y marihuana.

Esos datos, junto a otros de-talles, fueron proporcionados por el coronel Mario Centellas, director de esa entidad poli-cial, durante el acto central realizado la mañana de ayer en la Academia Nacional de Policías (Anapol), con la pre-sencia del presidente Evo Mo-rales y otras altas autoridades.

“En el marco de la naciona-lización de la lucha contra el narcotráfico, nuestro Estado ha destinado más de 54 millo-nes de bolivianos para la pre-sente gestión, de los cuales ya fueron ejecutados 32 millones en diversas actividades opera-tivas y administrativas”, dijo.

Centellas añadió que esa in-versión realizada por el Estado se refleja en los resultados ob-tenidos en lo que va del año, pues desde el 1 de enero al 22 de julio se realizaron 7.424

DETALLES ó Desde su creación, hace 27 años, los mejores logros se registraron con la nacionalización de la lucha contra el narcotráfico en el país.

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cocaína, de las cuales 12 tonela-das con 599 kilos corresponden a pasta base de cocaína y dos to-neladas con 628 kilos a clorhi-drato de cocaína”, detalló.

La autoridad dijo también que los efectivos antidroga, en las acciones desplegadas, realizaron el decomiso de 66 toneladas y 475 kilos de ma-rihuana. Con ello en total su-man 81 toneladas y 702 kilos de drogas.

Centellas agregó que ade-más se decomisaron 400 tone-ladas de sustancias químicas sólidas, a lo que se suman 956 metros cúbicos de sustancias químicas líquidas. “También se han localizado y destruido

41 laboratorios de cristaliza-ción y 3.335 fábricas de cocaí-na”, añadió.

Los operativos además lo-graron la detención de 1.931 personas involucradas en de-litos de narcotráfico, de las cuales 1.810 son de naciona-lidad boliviana y 121 extran-jeros de diferentes países, que fueron puestos a disposición del Ministerio Público.

Además dijo que se puso énfasis en el puente aéreo, y en ese marco se llegó a se-cuestrar 14 avionetas involu-cradas en narcotráfico.

Asimismo, se incautaron 1.870.000 dólares americanos, 390 vehículos y 79 inmuebles.

54 millones

32 millones

de bolivianos fueron des-tinados por el Gobierno para la lucha antidroga en la gestión 2014.

de bolivianos fueron eje-cutados en lo que va del año en las acciones opera-tivas y administrativas.

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viernes 25 de julio de 2014 INTERNACIONAL 25

Nueva reunión entre Argentina y mediador de fondos buitreCRISTINA ó Entran en default los que no pagan, y Argentina paga.

El ministro argentino de Economía en Nueva York junto con su canciller.

puede efectuar ningún pago de deuda a menos que antes cancele 1.330 millones de dó-lares exigidos por el fondo buitre NML Capital.

Cristina Fernández remar-có que detrás de las manio-bras de los fondos buitre en la justicia estadounidense se es-conden quienes “quieren ha-cer caer la reestructuración” de toda la deuda de Argenti-na para volver a la época en la que el país “pagaba con re-cursos naturales”.

Mientras, una encuesta de la firma Poliarquía muestra que una mayoría del 47 por ciento de los argentinos, fren-te al 25 por ciento, evalúa po-sitivamente la postura del Go-bierno ante el litigio creado por los fondos buitre.

tenden hacer ver esos grupos de tenedores de bonos.

“En default entran los que no pagan y Argentina pagó en tiempo y forma a los bo-nistas”, manifestó al referir-se al dinero depositado por el Gobierno en dos bancos estadounidenses para saldar los adeudos con acreedores que entraron en la reestruc-turación de la deuda de 2005 y 2010.

El 30 de julio vence el plazo para saldar a los bonistas rees-tructurados el vencimiento que debió ser cancelado el 30 de junio.

Si bien el Gobierno deposi-tó los fondos en el Banco de Nueva York, el juez Thomas Griesa los bloqueó acorde con su fallo de que Argentina no

BUENOS AIRES / TELESUR

Los representantes del Gobier-no argentino tienen prevista una nueva reunión en Nueva York con los bonistas en busca de una solución para el litigio de los fondos buitre.

El encuentro había sido aplazado y posiblemente con-tinuará en los próximos días con el fin de alcanzar un acuerdo formal que impida un problema mayor con ne-gativas repercusiones en el ámbito internacional.

La presidenta Cristina Fer-nández afirmó que no acepta-rá imposiciones por los fondos buitre ni firmará documento alguno bajo amenaza, reite-rando que su país no caerá en cesación de pagos, como pre-

750 mueren por ataques israelíes a GazaGAZA / TELESUR

Al menos tres personas han fa-llecido en una nueva jornada sangrienta israelí contra la fran-ja de Gaza en la localidad meri-dional de Jan Yunis, sumando ya 750 los muertos, muchos de ellos mujeres y niños. Además, en los 17 días de ataques han re-sultado heridas unas cuatro mil 700 personas.

El este de Jan Yunis está des-de el miércoles bajo ataques de tanques y aviones israelíes, cau-sando el éxodo de la población y la muerte de al menos 26 perso-nas, en su gran mayoría civiles, en apenas 24 horas.

La ONU, por su parte, ad-virtió que el número registra-do de desplazados internos por los bombardeos israelíes ha su-perado las 110 mil personas, el doble de lo esperado por la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados palestinos (UNRWA) en su plan de contin-gencia. En medio de la crecien-te crisis humanitaria de Pales-tina por el asedio israelí, ayer tomó posesión el nuevo presi-dente de Israel, el derechista Reuven Rivlin, electo el 10 de junio por el Parlamento.

Reuven Rivlin, de 74 años, es un ultraderechista que siempre ha expresado abiertamente sus

anhelos de un Gran Israel, cuyas fronteras sean el Mediterráneo y el río Jordán, es decir incluyendo, entre otros, el territorio palesti-no de Cisjordania.

En 2010 este antiguo oficial de inteligencia del ejército y abogado de formación, dijo que “preferiría aceptar a los palesti-nos como ciudadanos israelíes que dividir Israel y Cisjordania en dos Estados”.

Paralelamente, durante su mandato como presidente del Parlamento, también se labró una reputación de férreo defen-sor de la democracia, que le llegó a valer el apoyo de la izquierda y hasta de la minoría árabe israelí.

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2X2 B/NDIA DE PUBLICACION 25/07/14

TARIFA Bs. 600,00 (Seiscientos 00 / 100 Bolivianos)

INVITACIÓNEn cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 39 y 40 del Reglamento para el Ejercicio de las Atribuciones de la Contraloría General de la República –ac-tual Contraloría General del Estado- aprobado por Decreto Supremo Nº 23215, se invita a la siguiente persona:

DICTAMEN DE RESPONSABILIDAD CIVIL Nº CGE/DRC-059/2013DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE VIACHA

NOMBRES Y APELLIDOS CÉDULA DE IDENTIDAD

Erick Paul Strampfer Monje 2622420 LP

Apersonarse al tercer piso de la Contraloría General del Estado, en sus oficinas ubicadas en la calle Indaburo esquina Colón, en la ciudad de La Paz, a objeto de notificarse con una copia del referido Dictamen de Responsabilidad Civil.Se dispone de un término de tres días hábiles para recoger el Dictamen de Responsabilidad Civil Nº CGE/DRC-059/2013, plazo que comenzará a correr al día siguiente hábil de la presente publicación.

La Paz, 25 de julio de 2014

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viernes 25 de julio de 2014ÚLTIMAS26

El vicepresidente Álvaro García Li-nera entregará mañana un sistema de energía eléctrica para atender la demanda de la población que habi-ta el Territorio Indígena y Parque Na-cional Isiboro Sécure (Tipnis), en el

departamento amazónico de Beni.“El sábado vamos a ir al Tipnis a ha-cer la entrega de obras de energía eléctrica, además de apoyo, porque buena parte del apoyo que entre-gamos el año pasado desapareció”, señaló en una rueda de prensa.García Linera destacó que el Go-bierno ejecuta en el Tipnis una se-rie de obras de impacto social, tales como la construcción de viviendas, escuelas y centros de salud, en el marco del Plan Patujú de recons-trucción de varias regiones azota-das por las inundaciones registra-das a principios de año. (ABI)

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y Naciones Unidas reveló el Informe Mundial sobre Desarrollo Humano 2014.Bolivia ocupa el puesto 113

de 187 países en materia del Índice de Desarrollo Humano (IDH), de acuerdo con el Infor-me Mundial sobre Desarrollo Humano 2014, que gira sobre la temática de la vulnerabilidad y la resiliencia, presentado por el Programa de las Naciones Uni-das para el Desarrollo (PNUD).

Según el informe, el valor del Índice de Desarrollo Huma-no de Bolivia es de 0,667, lo que le permite al país mantenerse en el grupo de países de desa-rrollo humano medio. El IDH toma valores entre cero y uno. Cuanto mayor es el valor del índice, se considera que es me-jor el desarrollo del país. En la elaboración del Informe de este

Gobierno abre talleres técnicos en TrinidadPRODUCCIÓN ó Jóvenes especializados elaborarán pupitres, muebles y accesorios de metal en el marco del Plan Patujú.

El ministro Juan Ramón Quintana durante la inauguración de los talleres.

Sede de las Naciones Unidas.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y El ministro Quintana, en coordinación con BancoSol, abrió talleres productivos.

Y El Plan Temporal de Empleo tendrá una inversión inicial de 161.490 bolivianos.El ministro de la Presiden-

cia, Juan Ramón Quintana, inauguró ayer en Trinidad dos talleres de carpintería y metal-mecánica en instalaciones de la Sexta División del Ejército, acantonado en Trinidad, Beni.

La inauguración de esta ac-tividad forma parte del Plan Patujú, y tiene el apoyo del Programa de Responsabili-dad Social del Banco Solidario (BancoSol), con una inversión de Bs 161.490, para coadyuvar a la implementación de pro-yectos sociales y recuperación de infraestructura afectada por las inundaciones.

“Estos talleres servirán para el trabajo de los jóvenes que forman parte del Plan de Empleo Temporal (PET) y para la formación técnica de los soldados de la Sexta División. Son dos proyectos que se agre-gan al Plan Patujú. El plan gu-bernamental que el presiden-

te Evo Morales ha impulsado para contribuir a recuperar la actividad económica del de-partamento de Beni después de las inundaciones”, explicó Quintana.

BANCO SOLLa autoridad precisó que

si bien el Plan Patujú funcio-na fundamentalmente con recursos públicos del Estado, los emprendimientos produc-tivos recibieron el apoyo del BancoSol y su gerente Kurt Koenigsfest con la dotación de equipos y herramientas para la instalación e implementa-ción de los talleres de carpin-

tería y metalmecánica, y el apoyo de la Confederación de Empresarios Privados de Boli-via (CEPB) a través de su presi-dente, Daniel Sánchez.

“El sector empresarial, es un sector que también tiene responsabilidad en el desarro-llo económico de Bolivia, y éste es un sector empresarial, sensi-ble a la problemática del Beni, y el BancoSol no ha dudado en apoyar el trabajo del Gobierno en este departamento”, señaló.

La unidad productiva está conformada por un equipo de 20 jóvenes contratados para la elaboración de pupitres, mue-bles y accesorios de metal.

Bolivia sube índice de desarrollo humano

ACCIDENTE EN CARRETERA CAMARGO-TARIJA

POLICÍA APREHENDE A SUPUESTA SICARIA

‘VICE’ ENTREGARÁ MAÑANA OBRAS EN EL TIPNIS

RATIFICAN VIGENCIA DE HORARIO DE INVIERNO

El comandante del Organismo Operativo de Tránsito de Camar-go, Chuquisaca, Carlos Beyzaga, informó ayer a radio Lasser de Erbol que un bus de la empresa de transporte interdepartamental San Roque sufrió un accidente, a las 20.30 del miércoles, en la ruta Camargo-Tarija, con un saldo de 30 heridos y un fallecido.

De acuerdo con el reporte policial, que aún trabaja en la recolección de información, entre las posibles causas del accidente está el reven-tón de una de las llantas del bus, lo que ocasionó la pérdida de control del vehículo y la caída a un barran-co de 15 metros de profundidad.Identificaron a Esteban Candia Ba-rrionuevo (55) como fallecido.

El ministro de Gobierno, Jorge Pé-rez (foto), presentó a Alicia Vargas Muñoz, alias ‘La Mona’, ayer en la noche en una conferencia de pren-sa. La mujer está acusada de dirigir una banda de sicarios, sobre la cual pesan muchos crímenes que come-tió en Santa Cruz de la Sierra.La mujer es una colombiana a quien la Policía buscaba desde el año pa-sado por las acusaciones en su con-tra de haber incurrido en diferentes “ajustes de cuenta”, además de diri-gir un clan de narcotraficantes con conexiones internacionales. ‘La Mona’ fue aprehendida en un

operativo policial ejecutado en una vivienda de la avenida Francisco Mora, muy cerca de las oficinas de Diprove. Se la sorprendió junto a un sujeto cuyo nombre los policías no mencionaron.

El ministro de Educación, Rober-to Aguilar (foto), ratificó ayer que se mantiene en vigencia el hora-rio de invierno en las unidades educativas, por lo que recomen-dó a los establecimientos acatar esta medida que tiene el objetivo de precautelar la salud de los ni-ños y jóvenes. “Hasta nuevo aviso, y eso signifi-ca por lo menos esta semana y la próxima, se va a continuar con el horario de invierno”, afirmó.El horario de invierno consiste en retrasar media hora el ingreso a clases en los colegios del turno de la mañana, y adelantar en me-dia hora la salida en el turno de la tarde. En ambos horarios las tem-peraturas son más frías.Respecto de la situación de salud de los estudiantes que volvieron esta semana a las aulas, el Minis-

tro señaló que “no se ha pre-sentado ninguna situación que derive en una emergencia. Sin embargo reiteró que los padres de familia deben enviar abriga-dos a los estudiantes”.Finalmente, descartó la suspen-sión de labores escolares por el ingreso de frentes fríos o neva-dos, resalta el boletín de prensa.

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año, el Programa de las Nacio-nes Unidas para el Desarrollo adoptó cambios metodológicos para el cálculo del IDH. Como consecuencia de esa decisión, los resultados de los informes correspondientes a 2013 y 2014 no son comparables.

La aplicación de la nueva me-todología de cálculo ha deter-minado que Bolivia se situé en

el puesto 113, aparentemente cinco puestos por debajo del re-gistrado en el Informe de 2013, que era el 108. Sin embargo, esta situación se explica exclusi-vamente por la adopción de los cambios metodológicos antes descritos, y no así por un retro-ceso en el desarrollo humano en el país. De hecho, el valor del IDH de Bolivia mejoró de 0,663 a 0,667 si se aplica la nueva me-todología utilizada en el cálculo de la cifra del año pasado.

Los principales cambios me-todológicos se relacionan con la construcción del índice: la actualización de las cifras y la información utilizadas. Se ajus-taron, entre otros, los datos de población de los países, lo que modificó la información per cá-pita y los promedios de pobla-ción; dichos cambios afectaron también los datos de esperanza de vida y educación.

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viernes 25 de julio de 2014 ÚLTIMAS 27

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y El Gobierno invirtió en la construcción del Campo Ferial, más de $US 10 millones.

Y Chuquiago Marka servirá de escenario al Foro de Sao Paulo, a realizarse en breve.El presidente Evo Mora-

les entregó a La Paz su pri-mer Campo Ferial Chuquiago Marka, como justo homenaje a la efeméride de la Gesta Liber-taria del 16 de julio de 1809 y como un aporte del Gobierno Nacional al desarrollo de esta Sede Gubernamental.

La megaobra antisísmica, cuya inversión supera los 10 millones de dólares, se yergue en la zona Bajo Següencoma de la ciudad de La Paz sobre una superficie de 44.000 mt2.

“En el mes aniversario del departamento de La Paz una obra más como este campo ferial con mucho cariño y mucho respeto a este depar-tamento que merece, no sola-mente admiración y respeto, sino integración como sede de Gobierno”, manifestó el Jefe de Estado.

Impresionado por la magni-tud de la obra, por tratarse de un complejo de tres edificios, el Primer Mandatario señaló que “cuando hay crecimiento económico podemos financiar esta clase de obras”.

“Ahora que ha mejorado la economía del país, las alcal-días, las gobernaciones pue-den hacer obras, gracias a la nacionalización de los hidro-carburos, que es la lucha del pueblo boliviano”, afirmó.

Se informó que la megaobra de concepto multifuncional, convertirá a su infraestructura en la principal vitrina comer-cial de La Paz, del departamen-to y del país.

El presidente Morales des-tacó la capacidad de la in-fraestructura, construida con estándares internacionales, porque albergará eventos, con-venciones y reuniones nacio-nales e internacionales.

“Creo que se avecina el foro de Sao Paulo y pedir a nues-tro gerente que el Foro de Sao Paulo debe realizarse en nues-tro campo ferial. Nos visitarán muchos países, son los próxi-mos meses. Pero también será

La majestuosa infraestructura de desarrollo construida en la zona de Bajo Següencoma fue inaugurada anoche por el Primer Mandatario del país.

El presidente Evo Morales recibe la gratitud de la ciudadanía paceña.

Evo entrega a La Paz su primer mega campo ferial para sellar su desarrollo CRECIMIENTO ó Es una obra antisísmica que albergará a cientos de expositores y miles de visitantes.

rán pasos importantes en pro-cura de alcanzar su desarrollo, social, económico y político.

“Quiero decirles misión cumplida con el departamen-to de La Paz. Sólo quiero de-cirles ahora del campo ferial a un parque industrial para el departamento de La Paz. Esta-mos dando pasos importantes en Kallutaka –comunidad lí-mite entre los municipios de El Alto y Laja, donde además se construye la obra–“, prosiguió.

Finalmente, agradeció a La Paz por el acompañamiento a su gestión.”Nunca olvidaré esa defensa, ese cuidado que me hicieron en el departamento paceño, su pueblo”, concluyó.

“CUANDO HAY CRECIMIENTO ECONÓMICO EN EL PAÍS, PODEMOS FINANCIAR ESTA CLASE DE MEGAOBRAS

Evo MoralesPresidente de Bolivia

Características de la megaobra antisísmicaLa megaobra está en Se-güencoma, zona Sur de La Paz. Tiene cinco salas de exposición distribuidas en los tres bloques rojo, amari-llo y verde donde están 538 stands de exposición cubier-ta. Cuenta también con dos plazas con 180 stands de ex-posición abierta.

Dispone de un auditórium para 799 personas sentadas y un escenario de 200 metros cuadrados, sus vestuarios y camerinos para damas y ca-balleros. Cuenta con 172 ba-terías sanitarias para varones, damas, discapacitados y niños.

En caso de alguna emer-gencia sanitaria se cuenta con

un espacio para enfermería y salubridad, la infraestructu-ra también tiene un sistema de seguridad contra incendios con el uso de hidrantes inte-riores y exteriores, rampas de acceso para personas con capa-cidades diferentes en los tres bloques de exposición y pasa-relas de circulación interna,

para las juventudes, eventos culturales”, puntualizó.

MISIÓN CUMPLIDAPoco antes de realizar el re-

corrido por la infraestructura, Morales dijo que con esta obra cumplió con el departamento de La Paz, ya que con ella se da-

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viernes 25 de julio de 2014ÚLTIMAS28

Evo mejorará centro de rehabilitación en BeniREDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana, junto al presidente de la Asamblea Depar-tamental del Beni, Álex Ferrier, visitó ayer las instalaciones del Centro de Rehabilitación de Mu-jeres de Trinidad y evidenció las condiciones precarias de la in-fraestructura habitada por más de una veintena de internas.A tiempo de escuchar las ne-cesidades de las privadas de li-bertad, el ministro Quintana entregó equipamiento para la

instalación de una panadería, alimentos, insumos y juguetes para las niñas y niños que con-viven junto con sus madres.Frente a la desatención y aban-dono de la Gobernación de Beni, la autoridad anunció que el Gobierno central dotará en los próximos días un lote de col-chones, frazadas, telas e hilos para las mujeres artesanas, la refacción de la guardería, la re-paración de la infraestructura, la construcción de un parque infantil y un ambiente para la comercialización de artesanías.

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REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Y El Ministro de la Presidencia entregó módulos a la unidad educativa de Villa Marín. El alumnado del ciclo pri-

mario de la unidad educativa Villa Marín, en el distrito 4 del municipio de Trinidad, recibió ayer tres domos para el funcio-namiento de aulas instalados por la Agencia Nacional de Hi-drocarburos (ANH) como parte del Plan Patujú en su compo-nente de rehabilitación de espa-cios destinados a la educación, informó el ministro de la Presi-dencia, Juan Ramón Quintana.

“Tenemos el compromiso de trabajar por Villa Marín, los ba-rrios de Trinidad y el departa-mento de Beni. Hemos estado aquí en los momentos más difí-ciles de las inundaciones. Insta-lamos una motobomba en este barrio cuando la Alcaldía y la Gobernación desatendieron las necesidades de la gente. Estuvi-mos puntualmente atendiendo a la población, trabajando con la Asamblea Departamental, la ANH y Ademaf, trabajando en-tre todos, tratando de amorti-guar el impacto de las inunda-

ciones. Ahora las niñas y niños están protegidos”, aseveró.

En el acto de entrega, celebra-do en el barrio Villa Marín, uno de los vecindarios más golpeados por las lluvias e inundaciones a comienzos de año, el ministro Quintana anunció la instalación de cuatro domos adicionales has-ta el próximo mes para cubrir las necesidades del establecimiento escolar, que cuenta con aproxi-madamente 200 estudiantes, en-tre niñas y niños, la construcción de una sede social para la junta de vecinos y la construcción de un parque infantil.

En la ocasión, el vicepresi-dente de Villa Marín, Jorge Ca-rrillo, dijo que este barrio, que cuenta con aproximadamente 650 familias, situada en inme-diaciones del anillo deflector, fue una de las regiones más afectadas por las inundaciones y expresó su complacencia por la llegada del Plan Patujú a su distrito vecinal.

“Estoy muy agradecido por la instalación de estos módulos para nuestros hijos e hijas, mu-cho más por la pronta construc-ción de otros cuatro domos adi-cionales”, afirmó.

Plan Patujú potencia laeducación en Trinidad

Gobierno entregó tres módulos a la unidad educativa Villa Marín, Trinidad.

EDICTOEL GERENTE REGIONAL DE LA PAZ Lic. José Alberto Blacud Morales por el presente EDICTO hace conocer al sindicado TERÁN SEVILLA RAMIRO JESUS con Nº de NIT 6420754018, con el ACTA DE INTERVENCIÓN CONTRAVENCIONAL N° AN-GNFGC-C-047/2013 de fecha 20 de noviembre de 2013 --------------------------------------------------GERENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LUGAR: LA PAZ 20 NOV 2013 -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------En fecha 20 NOV 2013, de conformidad a lo establecido en el artículo 96° y último párrafo del artículo 181° del Código Tributario Boliviano, modificado por la disposición adicional Décimo Sexta de la Ley 317 de 11/12/2012, se procede a la elaboración de la presente acta de intervención.--------------------------------------------------------------------------------------------------I. IDENTIFICACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS INTERVINIENTES --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Nº FUNCIONARIO CARGO CI1 Lic. Cristian Gutiérrez Palacios Investigador - GNF 4316763 LP2 Lic. Oscar Calle Mendoza Investigador - GNF 5470249 LP3 Ing. Franz Rozich Bravo Jefe del Dpto. de Inteligencia Aduanera 2697439 LP

Sin intervención de fiscal. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------II. RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------En cumplimiento a Memorándums AN-GNFGC-DIAFC-074/13, 075/13, 076/13. 077/13, 078/13 y 079/13 de 16/09/2013, los funcionarios Oscar Calle Mendoza, Cristian Gutiérrez Palacios, Douglas Calizaya Gutiérrez, Vladimir Mendieta Alarcón, Ximena Mendoza Gorriti, y Lenny Tito Hidalgo, respectivamente, supervisado por el Jefe del Dpto. de Inteligencia Aduanera Ing. Franz Rozich Bravo, conjuntamente con personal designado por la Gerencia Regional La Paz, supervisado por el Jefe de la Unidad de Fiscalización Aduanera de la Gerencia Regional La Paz Ing. Sandro Villarroel Alvarez, nos constituimos en la Administración de Aduana Zona Franca Comercial e Industrial Patacamaya, a objeto de verificar la existencia física de 300 vehículos que ingresaron a la Zona Franca Comercial e Industrial Patacamaya (ZOFRAPAT) según Formulario de Inspección Previa (Form. N° 187) que fue elaborado por el concesionario de dicha Zona Franca, en conformidad a la R.D. 01-016-07 de 26-11-07 que establece los Requisitos, formalidades y procedimientos para el desarrollo de operaciones de reacondicionamiento y recepción de vehículos, así como las formalidades para su venia y salida desde zonas francas industriales, de vehículos descritos en el Anexo adjunto a la carta Nº AN-GNFGC-DIAFC/367/13 de 10/09/2013 remitida a dicha Administración. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Los funcionarios Ximena Mendoza Gorriti y Oscar Calle Mendoza realizaron una segunda verificación física de los vehículos no identificados en la primera, en conformidad a instrucción emitida mediante memorándums N° AN-GNFGC-DIAFC-090/13 y 091/13 de 15/10/2013 respectivamente. ------------------------------------------------------------------------------------------------Resultado de la verificación física de vehículos, se emitió el informe AN-GNFGC-DIAFC-140/13 de 18/10/2013.-------------------------------------------------------------------------------------------III. RESULTADOS DE LA VERIFICACIÓN FÍSICA. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------De la verificación física realizada en instalaciones de Zona Franca Comercial e Industrial Patacamaya en fechas 18/09/2013, 19/09/2013 y 16/10/2013, no se identificaron físicamente 10 vehículos, de los cuales forma parte el vehículo objeto de la presente acta de intervención que se detalla a continuación: ----------------------------------------------------------------------------------VEHÍCULO NO IDENTIFICADO EN ZOFRAPAT (FORM. Nº 187) --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Nº de la Carta CONSIGNATARIO Chasis CLASE MARCA TIPO AÑO FAB.115 RAMIRO JESUS TERAN SEVILLA 5VPXB26L783002524 MOTOCICLETA VICTORY VEGAS JACKPOT 2008

Corresponde al numero de correlativo registrado en el Anexo de la Carta AN-GNFGC-DIAFC/367/13 DE 10/09/2013. -----------------------------------------------------------------------------------Al respecto, el inciso D) del punto V. CONCLUSIONES del Informe AN-GNFGC-DIAFC-140/13 de 18/10/2013 establece lo siguiente: “D) 10 vehículos no fueron encontrados físicamente en el inventario realizado, tampoco se cuenta con documentación apropiada que demuestre la correcta nacionalización de los mismos, por lo que corresponde la emisión de Actas de Intervención”. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Considerando la relación circunstanciada de los hechos expuestos anteriormente, los mismos se adecúan a lo establecido en la normativa legal que se señala a continuación: -------------------La Ley N° 2492-de 02/08/2003 Código Tributario Boliviano (CTB) en su artículo 181° “Contrabando”, dispone “Comete contrabando el que incurra en alguna de las conducías descritas a continuación: (...) b) Realizar tráfico de mercancías sin la documentación legal o infringiendo los requisitos esenciales exigidos por normas aduaneras o por disposiciones especiales (…)”. ---IV. IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS PRESUNTAMENTE RESPONSABLES. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------De acuerdo a la R.D. 01-016-07 de 26-11-07 que establece los requisitos, formalidades y procedimientos para el desarrollo de operaciones de reacondicionamiento y recepción de vehículos, así como las formalidades para su venta y salida desde zonas francas industriales, en su título cuarto (Inspección de vehículos) punto 1, Inspección previa de los vehículos por el concesionario a fin de determinar sus características; indica “(…) El concesionario emite el parte de recepción individualizado por cada vehículo, elabora el Formulario de Inventario de Accesorios e identifica y consigna manualmente las características de los vehículos en el Formulario de Inspección Previo-Detalle de ingreso (F-187)… Por cada uno de los vehículos recepcionados elabora el Formulario de Inspección Previa-Detalle de Ingreso (F-187). (El subrayado es propio)” y punto 5 del mismo título indica “(...) Registro de datos en el sistema informático de la Aduana Nacional... 5.4 El concesionario entrega al usuario: a) Formulario de Inspección Previa-Detalle de Ingreso (F-187), un ejemplar ...Cumplido lo anterior, el usuario dueño del vehículo puede contratar los servicios de un usuario taller para el reacondicionamiento del vehículo o realizar la cesión o transferencia entre usuarios o venta a terceros del vehículo (...)”. -------------El D.S. N° 27944 de 20/12/2004 que reglamenta el Régimen Especial de Zonas Francas Comerciales e Industriales en su artículo 21° (Responsabilidad del Concesionario y Usuario) Establece: u(...) II El concesionario y los usuarios son responsables ante la Administración Aduanera y otras autoridades competentes, del cumplimiento de las normas y procedimientos que regulan el Régimen Especial de Zonas Francas, el Artículo 22° (Obligaciones de los concesionarios) de dicha norma indica “Corresponde a los concesionarios el cumplimiento de las obligaciones que a continuación se indican: b) Asumir funciones de control de operaciones de ingreso, permanencia y todas las operaciones de los usuarios definidas en los Artículos 43º, 44º y 45º de este Decreto Supremo y salida de mercancías de las zona franca, del ingreso y salida de vehículos y de personas, así como implementar los documentos de control que sean necesarios al efecto ...f) Asumir la responsabilidad de la custodia y conservación de las mercancías recibidas en almacenes generales, así como ser responsable ante el Estado por las obligaciones de pago en Aduana de las mercancías sustraídas, sustituidas, pérdidas o averiadas durante su permanencia en zona franca, salvo lo dispuesto en el Artículo 63 del Código Tributario...” y el Artículo 33° (Obligación de los usuarios) del mismo cuerpo legal indica : “c)Asumir la responsabilidad por la custodia y conservación de las mercancías que se encuentren en sus almacenes y/o establecimientos industriales...)”,-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Por lo expresado anteriormente y al no identificarse físicamente el vehículo mencionado, en el punto III., de la presente Acta de Intervención, tanto el concesionario como el usuario dueño del vehículo tienen responsabilidad en la presunción de la comisión de la contravención por contrabando de acuerdo al siguiente detalle: --------------------------------------------------------------Personas Sindicadas ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

NIT Persona Jurídica / Natural Dirección Representante Legal Cédula de Identidad Situación Juridica

6420754018 RAMIRO JESÚS TERÁN SEVILLA

Patacamaya, Zona Nueva EsperanzaAvenida Panamericana 250

RAMIRO JESÚS TERÁN SEVILLA Sindicado

1005057029 ZONA FRANCA COMERCIAL E INDUSTRIAL PATACAMAYA

Patacamaya, Zona Nueva EsperanzaAvenida Panamericana 250

JORGE LUIS CISNEROS FIGUEROA

2213135 Sindicado

V. DESCRIPCIÓN DE LOS MEDIOS DE PRUEBA ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

FOJAS DOCUMENTO NUMERO FECHA TIPO DOC. DESCRIPCIÓN022-025 Carta AN-GNFGC-DIAFC/367/13 10/09/2013 Fotocopia legalizada Control No Habitual014-021 Memorándums AN-GNFGC-DIAFC-74/13

AN-GNFGC-DIAFC-75/13 AN-GNFGC-DIAFC-76/13 AN-GNFGC-DIAFC-77/13 AN-GNFGC-DIAFC-78/13

AN-GNFGC-DIAFC-79/13 AN-GNFGC-DIAFC-90/13 AN-GNFGC-

DIAFC-91/13

16/09/2013 16/09/2013 16/09/2013 16/09/2013 16/09/2013 16/09/2013 15/10/2013 15/10/2013

Fotocopia legalizadaInstrucción para la realización del

Control No Habitual en Aplicación del articulo 100º de la Ley Nº 2492.

007-013 Informe AN-GNFGC-DIAFC-140/13 18/10/2013 Fotocopia legalizada --------------------006 Formularios 187 s/n s/f Reporte Impreso Nº CHASIS: 5VPXB26L783002524005 Manifiesto de llegada 2012 234 57392 08/02/2012 Reporte Impreso Manifiesto correspondiente al

vehículo observado003-004 Carta Gerencia Nacional

de NormasAN-GNNGC-DVANC-CI- Nº

342/201314/11/2013 Fotocopia legalizada --------------------

002 Precios Referenciales ANB s/n s/f Reporte Impreso Precios según tablas de la Aduana Nacional de Bolivia

001 Planilla de liquidación s/n s/f Reporte Impreso Calculo del tributo

VI. DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÍA OBJETO DE CONTRABANDO Y/O DECOMISADA. ----------------------------------------------------------------------------------------------------Tratándose de una presunta comisión del ilícito de contrabando contravencional no existen mercancías o instrumentos decomisados, sin embrago el vehículo observado se describe en los siguientes cuadros: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------SEGÚN FORMULARIO DE INSPECCIÓN PREVIA (FORM. Nº 187) ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

CONSIGNATARIO CHASIS COLOR CLASE MARCA TIPO AÑO FAB. CILINDRADARAMIRO JESÚS TERÁN

SEVILLA5VPXB26L783002524 BURDEO MOTOCICLETA VICTORY VEGAS

JACKPOT2008 1600

SEGÚN FICHAS TÉCNICAS EXTRAÍDAS DEL INTERNET -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

CHASIS MARCA MODELO AÑO DE FABR. CILINDRADA5VPXB26L783002524 VICTORY JACKPOT 2008 1634

http://decodethis.com VIN-Decoded/vin/5VPXB26L783002524 ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------VII. VALORACIÓN PRELIMINAR DE LA MERCANCÍA Y LIQUIDACIÓN PREVIA DE TRIBUTOS. ------------------------------------------------------------------------------------------Se establecen indicios de la comisión de contravención tributaria por contrabando por un valor CIF de $us 7.501,33 (Siete mil quinientos uno 33/100 Dólares Americanos) y tributos omitidos de Bs16.515, 00 (Dieciséis mil quinientos quince 00/100 Bolivianos) equivalentes a 8.768,76 UFV’s (Ocho mil setecientos sesenta y ocho 76/100 Unidades de Fomento de la Vivienda), de acuerdo al siguiente cuadro: --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Nº CONSIGNATARIOVALOR VALOR CIF

$usTRIBUTO OMITIDO DEUDA TRIBUTARIA

CHASIS FOB $us Bs. UFV´s Bs. UFV’s

1RAMIRO JESÚS TERAN

SEVILLA5VPXB26L783002524

7.010,597.501.33 16.515.00 8.768,76 74.037.00 39.310.50

VEHÍCULO OBSERVADO EN CONTROL NO HABITUAL (LIQUIDACIÓN)---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------VIII. CALIFICACIÓN DE LA PRESUNTA COMISIÓN DE CONTRABANDO CONTRAVENCIONAL -------------------------------------------------------------------------------------------De la relación de los hechos descritos precedentemente se presume que los sindicados han incurrido en la comisión de contravención tributaria por contrabando de acuerdo a lo establecido en el articulo 181° inciso b) del Código Tributario Boliviano que establece: “Comete contrabando el que incurra en alguna de las conductas descritas a continuación: (...) b) Realizar tráfico de mercancías sin la documentación legal o infringiendo los requisitos esenciales exigidos por normas aduaneras o par disposiciones especiales. ... “ y el numeral 4 del artículo 160° “Contrabando cuando se refiera al último párrafo del articulo 181º, modificado en su importe conforme la disposición adicional Décimo Sexta de la Ley 317 de 11/12/2012, que modifica el monto de los numerales I, III, IV del artículo 181° de la Ley N° 2492 de 05/08/2013 Código Tributario Boliviano de UFV’s 50.000 (Cincuenta mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda) a UFV’s 200.000.- (Doscientos mil 00/1000 Unidades de Fomento a la Vivienda). -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------IX. OTROS ANTECEDENTES ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------No cursan otros antecedentes. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------X. PRESENTACIÓN DE DESCARGOS ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Practicada la notificación con el Acta de Intervención por Contravención Tributaria por Contrabando, según lo establece el artículo 98° parágrafo II del Código Tributario Boliviano Ley 2492, los sindicados presentarán sus descargos en un plazo perentorio e improrrogable de tres (3) días hábiles administrativos. --------------------------------------------------------------------------Firman y sellan: Franz Pedro Rozich Bravo - JEFE DPTO.INTELIGENCIA ADUANERA, GERENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION, ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA; Lic. Oscar Calle Mendoza - INVESTIGADOR, DPTO.INTELIGENCIA ADUANERA, GERENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION, ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA; Cristian Antonio Gutiérrez Palacios - Investigador II, DPTO.INTELIGENCIA ADUANERA, GERENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION, ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA.-------------Notificación que se practica en mérito al:---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DECRETO DE NOTIFICACIÓN POR EDICTO-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------En merito a la representación efectuada por el Ing. Marcos Quiroga Quispe, dependiente de Aduana Zona Franca Industrial – Comercial Patacamaya de la Gerencia Regional La Paz, establece que el Sr. RAMIRO JESUS TERAN SEVILLA con NIT 6420754018, lote No. 21 de zona Franca Industrial Patacamaya, ya no es usuario de esta zona Franca, por lo que en aplicación del Art. 86 del Código Tributario, procédase a su notificación por Edicto con: ACTA DE INTERVENCION CONTRAVENCIONAL AN-GNFGC-C-047/2013 DE FECHA 20/11/2013.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------El Alto - La Paz, 11 de marzo de 2014------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y sella-.Lic. Jose Blacud Morales – Gerente Regional La Paz, ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA. ------------------------------------------------------------------------------------------------

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viernes 25 de julio de 2014

29LA PAZ / CAMBIO

Wilstermann vino anoche a La Paz y le ganó a The Strongest por 1-0, y dio un importante paso a la final del torneo de in-vierno de la Liga.

El equipo ‘atigrado’ jugó con juveniles y en el segundo tiem-po ingresaron algunos titulares, pero el ‘Rojo’ mantuvo su venta-ja hasta el pitazo final.

Pablo Escobar, Daniel Vaca y otros jugadores del primer plan-tel no actuaron porque siguen un trabajo físico planificado en la pretemporada.

Pese a la ventaja que dio el Tigre en ese aspecto, ‘Wilster’ sólo fue superior en el primer tiempo, en el que convirtió el gol, porque en el segundo el lo-cal se adueñó del juego, arrinco-nó al rival y sólo le faltó conver-tir para por lo menos igualar.

El tanto de la victoria lo ano-tó Rodrigo Vargas a los 41 minu-tos en un contragolpe veloz que se inició por la izquierda, con un pase a ras del piso de Augus-to Andaveris y la resolución sin problemas del delantero, que se-gundos antes había entrado por el lesionado Carlos Neumann.

Antes de romperse el marca-dor el cuadro juvenil del Tigre corrió y a ratos complicó el jue-go ‘aviador’, que tuvo en Neu-mann al hombre más peligroso.

Pero fue el ‘Rojo’ el que en el inicio estuvo más cerca del arco ‘gualdinegro’, como que a los 14 Alexis Bravo estrelló el balón en el travesaño, dando la alerta.

En el segundo tiempo cam-bió la fisonomía del partido. El Tigre se ‘reforzó’ con algunos titulares y buscó el empate.

El juego se volvió brusco, hubo varias fricciones y el arbi-traje de José Jordán fue des-acertado. Hubo muchos recla-mos del local. A los 76 minutos, Rodrigo Ramallo, que ingresó y estaba jugando bien, fue expul-sado por insultar al juez.

Pese a ello —con 10—, el ‘atigrado’ insistió en el ataque y estuvo cerca del empate, pero el ‘Rojo’ se metió atrás y se defen-dió con uñas y dientes. La revan-cha será el domingo en el valle.

El ‘Rojo’ derrota a los ‘cachorros’

Y WILSTERMANN SE ACERCA A LA FINAL DEL TORNEO DE INVIERNO

El partido entre ‘atigrados’ y ‘aviadores’ tuvo algunos roces bruscos. Wilstermann sacó ventaja de visitante.

APG

“Se ganó bien y ahora en casa podemos definir la llave. Estamos por buen camino, pero esto recién empieza.Julio Baldivieso / DT de Wilstermann

1TARJETAroja mostró el árbitro José Jordán y fue para el ‘atigrado’ Rodrigo Rama-llo, por un reclamo airado a la autoridad.

Un espectador protestónPablo Escobar vio el partido desde la tribuna de preferencia. Varias veces salió de su butaca, se acercó al alambrado y no solo reclamó, sino que insultó al juez de línea de ese sector. Protestó sobre todo porque hubo una mano ‘roja’ y un supuesto penal.

En la tribuna

El Tigre jugó con equipo juvenil y cayó 0-1 en la semifinal de ida. Rodrigo Vargas hizo el gol. La revancha se jugará el domingo en Cochabamba.

Rodrigo Vargas festeja su gol.

0 - 1Daniel VacaEnrique ParadaLuis TorricoDavid ChecaDico Roca(Jair Torrico)Marcos LeónAlejandro ChumaceroDaniel CocaMiguel Quiroga(Luis Méndez)Freddy Abastoflor(Rodrigo Ramallo)Abel Méndez

DT. Néstor Craviotto

Matías DituroCristian VargasDavid DíazJuan Pablo AponteJosé Carlos BarbaRoly SejasEdson ZentenoAlexis Bravo(Fabricio Bustamante) Augusto AndaverisOscar Díaz(Carlos Vargas)Carlos Neumann(Rodrigo Vargas)

DT. Julio Baldivieso

The Strongest Wilstermann

Regular

Ciudad: La PazEstadio: Hernando SilesÁrbitro: José Jordán (Sucre)Asistentes: Bruno Martínez y Marco PalmaPúblico: 3.000 personas aproximadamente

GOLES: R. Vargas 41’ PT

APG

GOLES:

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viernes 25 de julio de 201430

EL PLANTEL ALTERNO JUGÓ BIEN Y ESTUVO CERCA DEL GOL. LA REVANCHA SERÁ EL DOMINGO, EN LA PAZ.

SANTA CRUZ / CAMBIO Y APG

El Bolívar B sacó un punto va-lioso anoche en Santa Cruz al empatar 0-0 con Oriente Petro-lero, y puso un pie en la final del torneo de invierno.

El equipo dirigido por Oscar Villegas (DT de la preprofesio-nal) hizo un buen partido y jugó de igual a igual contra un rival que atacó más, pero se en-contró con una muralla.

El equipo A, el que perdió 0-5 el miércoles en Buenos Ai-

res con San Lorenzo, en la ida de las semifinales de la Copa Li-bertadores, volvió al país e hizo una escala en Santa Cruz.

El técnico Xabier Azkargorta y algunos jugadores se queda-ron en esa ciudad para refor-zar el plantel de Villegas. Sin embargo, el vasco vio el juego desde la tribuna de preferencia del estadio ‘Tahuichi’.

El partido fue equilibrado. A diferencia del ‘celeste’ que jugó en Argentina, el cuadro B an-duvo ordenado en la cancha y generó peligrosos ataques tam-bién en el arco ‘albiverde’.

Oriente se hizo dueño del partido desde el inicio, pero Bo-

lívar no le dio ventajas, creció en confianza y se paró de tú a tú en el terreno.

El partido revancha se ju-gará el domingo en La Paz y el ‘celeste’ tiene la oportunidad de clasificarse a la final con tan sólo una igualdad.

CON RETRASOEl cotejo comenzó con 45

minutos de retraso, debido a que persistieron los problemas en uno de los generadores eléc-tricos. Se instaló el equipo re-cién ayer y funcionó a las 21.15.

Dirigió el partido Guery Var-gas y el golero de Bolívar Gui-llermo Viscarra fue la figura.

El Bolívar B le saca un punto a Oriente

Y EMPATÓ SIN GOLES EN SANTA CRUZ

El partido fue parejo, con jugadas de peligro en los dos arcos. Bolívar vuel-ve de Santa Cruz con un punto valio-so. La revan-cha será el domingo.AF

KAAP

G

GOLES SON AMORES

Ricardo Bajo H.

EL TIGRE PIERDE CON SUS JÓVENES

The Strongest jugó con equipo alterno para dar descanso a los “titulares” y afianzar el estado físico del primer plantel que con la seguidilla de partidos de la Copa de Invierno no podía tra-bajar en este aspecto fundamen-tal para el torneo liguero que se viene en agosto. Así, Cravio-tto puso en la cancha de inicio a jugadores como Checa, Roca, Quiroga, Coca, Abastoflor y Abel Méndez en la dupla de ataque.

Con puro jugadores de la can-tera, el Tigre colocó un clásico sistema 4-4-2 con Parada y Roca por las laterales; Luis Torrico y Checa (de buen despliegue y físi-co) como marcadores centrales; Chumacero y Coca en la conten-ción; Marco León por derecha y Quiroga por la izquierda; y dos puntas (Méndez y Abastoflor).

En la segunda parte, entraron “titulares” como Ramallo, Jair To-rrico, Luis Méndez y Veizaga para crecer en juego y desaprovechar clarísimas oportunidades de gol. En el arco, por lesión de Daniel Vaca, tuvo una excelente actua-ción el exportero de Blooming, Marco Vaca. El relevo a futuro en dicho puesto en el Tigre está ase-gurado. De buen desempeño, Chu-macero ya tiene olvidada la lesión y se convierte de a poco en ese volante de contención con salida explosiva y llegada al área rival.

Craviotto, fiel a su estilo, sigue ofreciendo minutos de juego a los jugadores más jóvenes. En Cocha-bamba, el próximo domingo, ya con los llamados a ser titulares, buscará una victoria que lleve la eliminatoria a los penales. La me-dia de edad promedio de los once que saltaron a un Siles con escaso público en una noche gélida al-canzó los 24 años de edad con va-rios futbolistas por debajo de los 20 años. El capitán Pablo Escobar, ya recuperado de su lesión, estu-vo en las gradas de Preferencia y de nuevo se sintió su ausencia. En la media punta, como enganche, sigue haciendo falta un hombre que conecte a los medios con los hombres de arriba. Los ficha-jes anunciados todavía se hacen esperar en puestos claves como la zaga central, un delantero re-trasado y un número nueve que capitalice las ocasiones claras de gol que el Tigre sigue creando y continúa errando.

ANF ratifica postura Y ACEPTA 14 EQUIPOS DESDE 2015

LA PAZ / CAMBIO

La Asociación Nacional de Fút-bol (ANF) ratificó ayer su deci-sión de que la ampliación de 12 a 14 clubes en la Liga sea desde el próximo año y no desde este 2014, como desea la Liga.

La ANF sostuvo una reunión de Consejo Superior en Sucre para reconsiderar el tema.

“De acuerdo con estatutos y reglamentos, el ascenso se debe

hacer a través de competencias oficiales y eso se dará a través del Nacional de este año, por lo que la ampliación en la Liga debe darse desde el 2015”, seña-ló Pedro Zambrano,

La temporada 2014-2015 de la Liga se jugará con 12 clubes.

El dirigente Zambrano fue reelegido ayer por la ANF para el cargo de secretario general de la Federación Boliviana de Fútbol.Dirigentes de la ANF durante la reunión que se realizó ayer en Sucre.

Fabol amenaza con parar campeonatoEl presidente de Futbolistas Agre-miados de Bolivia (Fabol), Milton Melgar, reiteró que si hasta antes que se inicie el Campeonato Aper-tura de la Liga los directivos de los clubes no cumplen con sus obliga-ciones económicas con los jugado-res no se iniciará en campeonato Apertura 2014-2015 de la Liga.“Cada temporada tenemos el pro-blema de que los directivos deben sueldos. Son 10 equipos los que no cumplieron con los futbolistas, si no se soluciona en los siguientes días se parará el torneo”, dijo Melgar.

corto

Loayza: “En el fútbol pasan esas cosas”

Con la cabeza baja, pero con la premisa de dar la vuelta la derro-ta de 0-5 del partido de ida ante el argentino San Lorenzo por las semifinales de la Copa Liberta-dores, regresó anoche a La Paz la delegación de Bolívar.“En el fútbol pasan estas cosas, le pasó a otros clubes o selecciones. A nadie le gusta perder en un partido que no daba para ese re-sultado”, comentó Guido Loayza, presidente de Bolívar.El cuadro ‘celeste’ reanudará hoy sus entrenamientos en el estadio de Tembladerani.

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viernes 25 de julio de 2014 31

LA CARRERA SE DESARRO-LLARÁ EN LA REGIÓN DE LOS YUNGAS.

LA PAZ / CAMBIO

La Vuelta a La Paz de automo-vilismo se correrá el 1, 2 y 3 de agosto, competencia que reco-rrerá la región de los Yungas, válida para el Campeonato De-partamental de La Paz.

La carrera fue presentada ayer por la Asociación Depar-tamental de Automovilismo Deportivo de La Paz (Adadlp) en conferencia de prensa. Será la quinta prueba de este año.

“La carrera es una de las más especiales que se tiene en La Paz y en Bolivia. No solo se tendrá la participación de pi-lotos paceños, sino también de pilotos de Cochabamba, Oruro y Potosí”, dijo Fernando Terra-zas, presidente de la Adadlp.

“Esta prueba tiene que for-mar parte del currículum de todos los pilotos”, añadió.

La competencia se correrá en las categorías Clase 3 Coda-sur, Clase 3 Febad, R3C, R1B, R2B Libre y 8 Válvulas.

EL RECORRIDOLa carrera tendrá un recorri-

do total de 611,88 kilómetros, 358,08 de competencia y 253,80 de enlace. Consta de tres eta-

Pilotos del interior vienen a correr la Vuelta a La Paz

Y SERÁ EN AGOSTO CON EL AUSPICIO DE LA GOBERNACIÓN PACEÑA

pas, la primera el viernes 1, se hará un enlace entre La Paz y Quime, desde donde se tendrá la partida, se pasará por Irupa-na y se llegará a Chulumani.

La segunda, el sábado 2, se iniciará en Chulumani, pasará por Coripata hasta Coroico.

La tercera será el domingo 3, se hará un enlace de Coroico al puente Santa Bárbara, donde se partirá hasta la tranca de

Urujara, en la ciudad de La Paz, donde estará la meta.

La carrera es auspiciada por la Gobernación de La Paz, que premiará a los cuatro primeros de cada categoría. Los primeros recibirán 10.500 bolivianos, los segundos Bs 8.400, los terceros Bs 6.980 y los cuartos Bs 3.500.

También se competirá en cuadratraks, con premios de Bs 6.000 (1°), 4.000 (2°) y 2.500 (3°).

Fernando Terrazas (der.), presidente de la asociación paceña durante la conferencia de prensa realizada ayer.

Marco Bulacia triunfa en el Desafío Guaraní

El coche del boliviano Marco Bulacia, en la última etapa del Desafío Guaraní.

Y SE CORRIÓ EL SEGUNDO DAKAR SERIES DE LA TEMPORADA EN PARAGUAY

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COCARICOEl gobernador del depar-tamento de La Paz, César Cocarico, participará en la carrera como navegan-te del piloto y presidente de la asociación paceña, Fernando Terrazas.

LA CARRERA DE MOTOS Y CUADRATRAKS SE SUS-PENDIÓ POR LA LLUVIA.

LA PAZ / APG Y CAMBIO

El boliviano Marco Bulacia ganó ayer la categoría autos en la pri-mera versión del Desafío Guara-ní, carrera del Dakar Series.

La carrera se desarrolló en cuatro etapas, la primera en Asunción, la segunda entre Asunción y Ciudad del Este, la tercera de Ciudad del Este a Encarnación, mientras que la cuarta y última se llevó a cabo en Encarnación

En la última etapa, realiza-da en medio de lluvia y barro, Bulacia se ubicó segundo, pero

el tiempo acumulado le permi-tió ganar la prueba con un total de 12 horas, 22 minutos y 17 se-gundos. Segundo fue el argenti-no Juan Manuel Silva y tercero el paraguayo Víctor Rempel.

MOTOS Y CUADRATRAKSLa lluvia impidió ayer la lar-

gada de motos y cuadriciclos (4x4 y 4-2), como sucedió en la penúltima etapa. Luego de una reunión de pilotos y Comisión Técnica se decidió cancelar la carrera por seguridad.

La carrera del deporte motos sirvió a todo los pilotos como parte de su preparación para el Rally Dakar 2015, que pasará por Argentina, Chile y Bolivia.

Estadio valluno será en hipódromoEl gobernador de Cochabamba, Edmundo Novillo, confirmó que el nuevo estadio para la capital cocha-bambina, en ocasión de los Juegos Sudamericanos 2018, será construi-do en el sector del hipódromo, tras llegar a un acuerdo con los socios de esa entidad y con las autorida-des locales.Los dueños del hipódromo acep-taron ceder su terreno para la construcción de esta infraestructu-ra, bajo la condición de recibir un resarcimiento económico. “Los jue-ces determinarán el justo precio de este espacio”, dijo la autoridad.

corto

Coronado, octava en mundial atlético

La boliviana Stefany Coronado se ubicó octava en la prueba de marcha del Campeonato Mun-dial de Atletismo de la categoría juvenil que se realiza en la ciu-dad de Eugene, Oregon, EEUU. La prueba constó de un recorri-do de 10 mil metros y Coronado registró un tiempo de 46 minu-tos y 42 segundos. La ganadora fue la checa Anezka Drahotovà con 42’47”. Participaron en la prueba 37 marchistas, de las que 32 llegaron a la meta. La otra re-presentante nacional fue Grace Conley, lanzamiento de bala, se eliminó en primera ronda.

Coliseo de básquet y complejo hípicoEl presidente del Estado Plurinacio-nal, Evo Morales, anunció la cons-trucción de un coliseo de básquet-bol en la ciudad de Cochabamba, de cara a los Juegos Suramericanos de Cochabamba 2018.El anuncio lo hizo en ocasión de la firma de convenio para la construc-ción del Complejo Hípico en el mu-nicipio de Tarata, departamento de Cochabamba, donde se encontrará el primer escenario para el deporte ecuestre en nuestro país y también servirá para los Juegos Sudamerica-nos que organizará el país en este departamento.

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32 “Estoy preocupado por la situación en la región.Joseph Blatter / Presidente de la FIFA

viernes 25 de julio de 2014

El mexicano Aguirre es el nuevo DT de Japón

El extécnico de la selección mexi-cana Javier Aguirre fue contratado para entrenar a Japón en sustitu-ción del italiano Alberto Zacchero-ni. Aguirre, de 55 años, que estuvo encargado de la selección mexi-cana en los Mundiales de 2002 y 2010 y entrenó al Espanyol de Barcelona la pasada temporada, viajará a Japón para firmar de ma-nera oficial el contrato, según la agencia Kyodo. Los cuatro años de Zaccheroni al frente de los cam-peones asiáticos acabaron el mes pasado, con el Mundial de Brasil.

La camiseta de fútbol más fea del mundo

Ayer se conoció el nuevo mo-delo de la camiseta del equipo Cultural Loenesa, que juega en la Segunda B de España.Todos sus seguidores se sor-prendieron al ver la piel que usarán sus jugadores en esta temporada, y es que llama la atención por ser negra y en el centro del tronco poner el diseño de una camisa con una corbatita michi. Fue realmente impresionante el número de crí-ticas que recibió esta camiseta en todo el mundo.

Balotelli lee biografía de ‘Ibra’ mientras plancha

El atacante italiano Mario Balotelli volvió a generar polémica en las redes sociales. ¿Qué hizo ahora? Pues se puso a planchar y bailar leyendo la autobiografía de Zlatan Ibrahimovic, Yo Zlatan, algo que muchos han calificado como una burla al atacante sueco.El curioso video está acompañado de un mensaje en el que Mario Ba-lotelli anima a los niños a leer e ir a la escuela para continuar apren-diendo: “#ConocimientoEsPoder Leer libros divertido. #SeguidEn-LaEscuelaNiños”, escribió.

BLATTER DIJO QUE EN EL FÚTBOL “TODOS ESTAMOS UNIDOS EN LA ESPERANZA DE PAZ EN ESTA REGIÓN Y EN EL MUNDO”.

ZÚRICH / FIFA.COM

Aprovechando una reunión del COI celebrada en Lausana, Jibril M. Rajoub, presidente de la Asociación Palestina y del Comité Olímpico Palestino, rea-lizó ayer una visita de cortesía al presidente de la FIFA, Joseph S. Blatter. Tras la reunión que mantuvieron en Zúrich, ambos presidentes efectuaron las si-guientes declaraciones:

“Estoy muy preocupado por la situación en la región. Nos ha afectado mucho saber que ha muerto gente de la comu-nidad futbolística. Tanto la FIFA como yo, personalmente, condenamos esta situación y cualquier forma de violencia. La comunidad futbolística se unió en la Copa Mundial de la FIFA para enviar un mensaje de paz en los 64 partidos. Y estamos unidos en la esperan-za de paz en esta región y en todo el mundo”, manifestó el Presidente de la FIFA.

“Agradezco el compromiso del Presidente de la FIFA con el desarrollo del fútbol en Pales-tina y las consiguientes inver-siones, a pesar de las dificulta-

FIFA condena violencia contra nación palestina

Y EL DIRIGENTE PALESTINO RAJOUB SE REUNIÓ CON BLATTER EN ZÚRICH

La Asociación Nacional de Fút-bol Profesional (ANFP) de Chi-le desmintió tajantemente un episodio de indisciplina que, según la prensa local, pro-tagonizó un grupo de futbo-listas de la selección en Belo Horizonte durante el Mundial de Brasil 2014.

La ANFP emitió un comu-nicado para desmentir las versiones de los hechos que circulan por los medios de co-municación y consideró que, de ser cierto, la federación hubiese “sido la primera en denunciarlos y en proceder a aplicar sanciones, tal como ya ocurrió en una ocasión hace algunos años”.

Según el diario El Mercu-rio, al menos siete jugadores, que después de tener una tar-de libre, regresaron a Toca da Raposa, el sitio de concentra-ción del equipo en Belo Hori-zonte, pasada la medianoche y bajo los efectos del alcohol.

Desmienten indisciplina en Chile

El dirigen-te palesti-no Jibril M. Rajoub (der.) aparece dialogando con el presi-dente de la FIFA, Joseph Blatter, en Zúrich.FI

FA.c

omtu

teve

.tv

Chile jugó un buen Mundial.

Escándalo

Homenaje a Miguel Velarde en 96.9 FM

‘La noticia bajo la lupa’ le rendirá mañana un homenaje al periodista Miguel Velarde en el programa que se emi-te desde radio Kaliente, que cambió de dial, ahora sale por 96.9 FM (ya no 106.3) con una mejor calidad técnica. Velarde cumplió años hace pocos días y actualmente radica en Vene-zuela. El periodista deportivo fue el fundador de HOY De-portivo, recordado suplemen-to que marcó historia en el periodismo boliviano.

des que tenemos. Creemos que el fútbol debe seguir siendo un instrumento para tender puentes entre las personas. Me entristece mucho la pérdida de vidas palestinas en el conflic-to actual, pero sigo confiando en que la paz se imponga en Oriente Próximo y en que el pueblo palestino haga realidad su sueño de un Estado indepen-diente y soberano junto a nues-

tros vecinos, incluido el Estado de Israel, de acuerdo con la legitimidad internacional”, ex-plicó Jibril M. Rajoub.

El enfrentamiento árabe-israelí está dando la vuelta al mundo por la violencia de los últimos días. Israel atacó en la Franja de Gaza y dejó cerca de medio millar de personas muertas y miles de heridos, en-tre ellos niños y mujeres.

MENSAJESDurante el Mundial de Brasil 2014, la FIFA dispuso que a través de carteles se inste a Israel y Palestina optar por la paz. También hubo pan-cartas en las tribunas.