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VIGILANCIA DEL PROCESO DE DESCENTRALIZACIÓN Boletín de Vigilancia Nº 3 El Consejo de Coordinación Regional Gobierno Regional de Arequipa Arequipa, octubre 2009 CEDER El Boletín de Vigilancia Nº 3 El Consejo de Coordinación Regional Gobierno Regional de Arequipa (Vigila Perú) es una publicación del Centro de Estudios para el Desarrollo Regional – CEDER, como miembro del Grupo Propuesta Ciudadana. Elaborado por: Equipo Regional Vigila Perú en Arequipa: Noel Abarca Begazo – Coordinador de Vigila Perú Arequipa (CEDER) Carmen Mamani Huertas - Colaboradora CEDER Urb. Aurora F-13, Arequipa Telf. 289405 E-mail: [email protected]

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INDICE El Consejo de Coordinación Regional

Presentación 3

I. Bases Legales 4

1.1. Ley de Bases de la Descentralización 4

1.2. Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales 5

1.3. El Consejo de Coordinación Regional -CCR 5

1.4. Funciones Específicas de los Gobiernos Regionales 6

1.5. Conclusiones 6

II. Elección de los Miembros del CCR, período 2007 - 2009 7

2.1. Convocatoria 7

2.2. Proceso Electoral 7

2.3. Instalación del CCR 8

III. Gestión del CCR 2007 - 2009 10

3.1 Funciones del CCR 10

3.2 Actividades del CCR 10

IV. Conclusiones 14

4.1. Sobre las Funciones Básicas 14

4.2. Sobre la Participación de los Alcaldes Provinciales 15

4.3. Sobre la Participación de la Sociedad Civil 15

4.4. Sobre la Gestión del Gobierno Regional 16

4.5. Conclusión General 16

Anexo - Organizaciones de la Sociedad Civil 17

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PRESENTACIÓN

En estas oportunidad y continuando con la secuencia de los reportes regionales de VIGILA PERÚ, sobre el avance del proceso de descentralización en la región Arequipa, se presenta el Boletín N 3 dedicado a la experiencia del Consejo de Coordinación Regional- CCR. Como producto de un cambio en la política institucional del grupo Propuesta Ciudadana para la definición de los temas a tratarse en nuestra labor de vigilancia ciudadana, para la elaboración del presente boletín se dejó en libertad a cada equipo regional para seleccionar el tema a tratar. En nuestro caso se optó por la experiencia del Consejo de Coordinación Regional CCR , teniendo en consideración que a través de los informes presentados en los meses y años anteriores, los resultados de este proceso participativo fueron desalentadores en la perspectiva de llegar a construir un espacio de concertación social, que fuera dando paso a un proceso de democracia participativa en la gestión pública regional, con la inclusión de nuevos actores sociales representativos de la sociedad civil, practicando un nuevo tipo de relaciones sociales y políticas que vayan poniendo término a la exclusión social con todas sus implicancia negativas en el desarrollo humano. A fin de llegar a este propósito se ha solicitado información al gobierno regional, se ha sostenido entrevistas con miembros del CCR y se ha revisado las evaluaciones periódicas que sobre el tema se desarrollaron en los reportes de Vigila Perú. Es indudable, que poner en marcha los mecanismos participativos propuestos y amparados por sendos dispositivos legales, no resulta nada fácil por la presencia de factores de carácter político, social y económico, tanto estructurales como de coyuntura y las propias actitudes de los actores principales, que al final se convierten en amenazas para el desenvolvimiento de estas reformas que trae el proceso de descentralización en el país. Surge siempre la pregunta del que hacer ante esta situación y para ello se debe hacer un esfuerzo de análisis y sistematización de la experiencia, que nos permita identificar alternativas que ayuden a reforzar esta propuesta de cambio. Es el propósito de este documento y para ello se han desarrollado 4 capítulos que tienen que ver con el aspecto legal, el proceso electoral, la gestión del CCR y las conclusiones sobre la experiencia del CCR 2007-2009. Esperamos que este aporte, sea lo suficientemente motivador para que se asuman nuevas propuestas que permitan superar las dificultades presentadas y encontrar las estrategias y voluntades indispensables para cumplir y superar el rol que se le asigna al CCR.

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CAPÍTULO I : B ASES L EGALES

Desde el inicio de la elaboración del marco legal, con la reforma constitucional que establece el Consejo de Coordinación Regional, y la Ley de Bases de la Descentralización, quedó corroborado como principio fundamental, la asociación entre el proceso de descentralización y la participación ciudadana.

Sin embargo en el debate sobre la Ley Orgánica de las regiones en el Congreso, en su primera versión, esta propuesta no fue incorporada al no alcanzar unanimidad, lo que motivó un nuevo debate con presión de la sociedad civil, que logró el reconocimiento del CCR como espacio de consulta y coordinación, y que más adelante fue ampliado a los gobiernos locales.

Con el propósito de poner en evidencia, la importancia que las principales normas legales que rigen el proceso de descentralización, otorgan a la participación de los ciudadanos organizados en la gestión pública de los nuevos gobiernos regionales, a continuación se desarrollan sus principales dispositivos. PRINCIPIOS Dentro de los 7 principios en los que se sustenta la descentralización, resaltamos el principio que sostiene que la descentralización debe ser democrática, promoviendo la igualdad de oportunidades para el acceso a mayores niveles de desarrollo humano y que la relación Estado y Sociedad debe basarse en la participación y concertación en la gestión de gobierno. OBJETIVOS

En el nivel político, un objetivo importante es la “participación y fiscalización de los ciudadanos en la gestión en los asuntos públicos de cada región y localidad”.

En el nivel social se reitera el objetivo de “lograr la participación ciudadana en todas sus formas de organización y control social”. LAS COMPETENCIAS En el artículo 10, sobre las competencias exclusivas y compartidas del gobierno regional, la ley le reconoce a la sociedad civil la formulación y aprobación del plan de desarrollo regional concertado y su participación en la concertación entre los intereses públicos y privados. PARTICIPACIÓN CIUDADANA En el Capítulo IV que se refiere a la Participación Ciudadana, el artículo 17.1 establece que “los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación de sus planes de desarrollo y presupuestos,” y el artículo 17.2 establece que “la participación de los ciudadanos se canaliza a través de los espacios de consulta, coordinación, concertación y vigilancia, existentes.”

Queda claro que el proceso de descentralización democrática en el país, tiene una base fundamental, que es el de la participación ciudadana en la gestión pública, en términos de planificación y vigilancia, para lo cual se crean espacios de concertación como es el CCR.

1.1. Ley de bases de la Descentralización

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El Consejo de Coordinación Regional

PRINCIPIOS RECTORES

Se especifican 14 principios, de los cuales destacamos el primero y el tercero que se refieren a la participación y a la rendición de cuentas.

Sobre la participación, determina que “la gestión regional hará uso de instancias y estrategias concretas de participación ciudadana, en las fases de formulación, seguimiento, fiscalización y evaluación de la gestión de gobierno y de la ejecución de los planes, presupuestos y proyectos regionales.”

Sobre la gestión moderna y rendición de cuentas, determina que “incorporen a sus programas de acción, mecanismos para la rendición de cuentas a la ciudadanía, sobre los avances, logros, dificultades y perspectivas de su gestión.” ESTRUCTURA BÁSICA Los Gobiernos Regionales tienen como estructura orgánica básica, 3 órganos: el Consejo Regional (normativo y fiscalizador), la Presidencia Regional (ejecutivo) y el Consejo de Coordinación Regional (consultivo y de coordinación).

La propia ley orgánica, a través de sus principios y estructura orgánica, consolida la propuesta de la participación ciudadana en la gestión de gobierno, para lo cual implementa un mecanismo participativo, como lo es el CCR.

El Consejo de Coordinación Regional aprobado en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N 27867, con su modificatoria ley 27902, es reconocido como un órgano consultivo y de coordinación del Gobierno Regional con las municipalidades y la sociedad civil.

Está conformado por el Presidente Regional, los Alcaldes Provinciales de la Región y los representantes de las organizaciones de la sociedad civil.

Se reúne ordinariamente 2 veces al año y en forma extraordinaria cuando lo convoque el Presidente Regional.

El CCR tiene 2 funciones principales, la primera, emitir opinión sobre el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual y la segunda, el Plan de Desarrollo Regional Concertado.

Sobre estas normas específicas, se ha llegado al proceso real, que como veremos a lo largo de este trabajo, ha tenido diferentes resultados.

1.2. Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales

1.3. El Consejo de Coordinación Regional - CCR

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En el capítulo II de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sobre las funciones específicas de los gobiernos regionales en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, destaca la referida a la promoción de la participación ciudadana en la planificación, administración y vigilancia de los programas de desarrollo e inversión social en sus diversas modalidades, brindando la asesoría y apoyo que requieran las organizaciones de base involucradas.

• En síntesis, por el contenido del marco legal básico, como la Ley de Bases de la Descentralización y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se desprende la decisión política del Gobierno Nacional, de emprender un proceso de descentralización, que no se queda en lo técnico y administrativo, sino más bien busca llegar a un cambio sustancial en el ejercicio de las decisiones políticas, económicas y sociales, que se toman en las instituciones del estado, promoviendo la participación democrática de las organizaciones sociales, en este caso a través del Consejo de Coordinación Regional.

Esto se observa en la declaración de principios y en los objetivos que se han formulado y que inciden fundamentalmente en la participación ciudadana, no solamente en la gestión pública referida a planes y presupuestos, sino en toda la gestión de gobierno.

También se reitera en forma específica que este ejercicio democrático debe llegar a labores de fiscalización y de rendición de cuentas

• Al revisar las funciones específicas de los gobiernos regionales, y concretamente el tema referido al desarrollo social, se les responsabiliza de promover la participación ciudadana en programas de desarrollo e inversión social en sus diversas modalidades, lo que debe interpretarse en el sentido de que este ejercicio democrático no debe limitarse al presupuesto participativo, sino ampliarse a otros espacios de concertación e iniciativas de la sociedad civil organizada que tienen que ver con el desarrollo social, económico y cultural de la región.

• Es indudable que estos mandatos legales que buscan la apertura de un proceso democrático real y no solamente formal, requieren de una fuerte dosis de voluntad y decisión, tanto de las autoridades responsables como de la propia ciudadanía, que permitan avanzar superando contradicciones, en un clima de cordura y respeto ante la diferencia de opiniones y reconociendo que esta reforma requiere de nuevos actores sociales con el derecho de plantear sus problemas y sus propuestas y ser considerados en las decisiones.

1.5. Conclusiones

El Consejo de Coordinación Regional

1.4. Funciones específicas de los Gobiernos Regiona les

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Conforme a lo normado por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el CCR es un órgano que forma parte de la estructura orgánica básica de los gobiernos regionales y está conformado por el Presidente Regional, los Alcaldes Provinciales de la región y los representantes de las organizaciones de la sociedad civil. También establece que los representantes de la sociedad civil serán elegidos democráticamente por un periodo de 2 años, por los delegados legalmente acreditados y que se encuentren inscritos en el registro oficial del gobierno regional. El CCR correspondiente al periodo 2005-2007, luego de una gestión, que en general se limitó a cumplir formalmente con la emisión de opiniones sobre el Plan de Desarrollo Regional Concertado y el Presupuesto Participativo, sin mayores iniciativas, cumplió su mandato por lo que se procedió a convocar para la elección de los nuevos representantes de la sociedad civil.

De acuerdo a lo establecido por el Reglamento para la inscripción, registro y elección de los representantes de la sociedad civil ante el CCR, con fecha 8 de mayo del 2007 y a través de tres diarios de circulación regional, se publicó la convocatoria a la inscripción de las organizaciones en el Libro de Registro Regional de Organizaciones de la Sociedad Civil. En esta norma se define con precisión el concepto de las organizaciones de la sociedad civil y el reconocimiento de la asamblea de delegados. Destaca también el artículo 15 que dispone, que en la lista de de candidatos, se respetará la cuota de participación de mujeres, en un 30% del total de candidatos. Subsiste un nivel de ambigüedad sobre la representatividad regional de las organizaciones sociales, en un espacio de concertación que es de alcance regional, lo que afecta el cumplimiento de sus funciones básicas y capacidad de propuestas de visión e impacto regional.

Culminada la etapa de levantamiento de observaciones de las organizaciones inscritas, con fecha 30 de mayo se publicó el Padrón Electoral Final, conformado por 30 organizaciones debidamente acreditadas para participar en la elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional, periodo 2007-2009 (Ver Anexo).

La participación de la sociedad civil, en cuanto a su representación social, mantuvo un equilibrio distribuido entre los segmentos de organizaciones sociales y gremiales, de organizaciones de productores y de las universidades colegios profesionales y organizaciones no gubernamentales de desarrollo. Destacan organizaciones como la Junta de Usuarios de Riego, la Sociedad Agrícola de Arequipa, microempresarios, empresas industriales, la Federación Departamental de Trabajadores de Arequipa, Sindicato de Construcción Civil, Federación de Mujeres, Frente de Defensa de los Intereses del Cono Norte, la Universidad Nacional de San Agustín, la Universidad Católica Santa María, Colegio de Arquitectos y Colegio de Abogados, que por su institucionalidad garantizaban mejores condiciones para optimizar este proceso democrático. El lunes 4 de junio del 2007se eligió a los miembros del Comité Electoral, quedando conformado por los señores Pedro Lajo Enciso, representante del Consejo Nacional de la Juventud, Carlos Palacios Guillén, representante del Sindicato de Trabajadores de Construcción Civil y como miembro nato el Ing. Miguel Ángel Ocharán Pichu, Gerente de Planificación del Gobierno Regional, en su calidad de Secretario Técnico del CCR.

2.2. Proceso Electoral

CAPÍTULO I I : ELECCIÓN DE LOS M IEMBROS DEL CAPÍTULO I I : ELECCIÓN DE LOS M IEMBROS DEL CCR PERÍODO 2007 - 2009

2.1. Convocatoria

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El miércoles 6 de junio del 2007, el Comité Electoral convocó a los representantes acreditados para la conformación de listas de candidatos. La asamblea optó por la conformación de una lista de consenso. El domingo 10 de junio, se llevó a cabo el acto electoral, con la presencia de la representante de la Oficina de Procesos Electorales – ONPE. Concluido el escrutinio se dio como ganador a la lista única con 16 votos válidos, 4 votos en blanco y 1 voto nulo, participando 21 electores de un total de 30 que fueron reconocidos.

En sesión realizada el 24 de julio del 2007 se procedió a la instalación del Consejo de Coordinación Regional, periodo 2007-2009, que quedó conformada de la siguiente manera:

INTEGRANTES DEL CONSEJO DE COORDINACION REGIONAL 2007-2009

NOMBRE ORGANIZACIÓN A LA QUE REPRESENTA

SOCIEDAD CIVIL

Representante 1 Abogado Juan Wálther Velásquez Flores

Asociación de Adjudicatarios de la Irrigación Majes Secciones D y E

Representante 2 Sr. Apolinar Cruz Quispe Confederación Nacional de Gremios de la Micro y Pequeña Empresa del Perú

Representante 3 Ing. Elisa Castañeda Huamán Universidad Nacional de San Agustín

Representante 4 Sra. Rita Macedo Guillén Federación Regional de Mujeres de Arequipa

Representante 5 Abogado. José Alvaro Cárdenas Chamaná

Colegio de Abogados de Arequipa

AUTORIDADES

Representante 1 Dr. Juan Manuel Guillén Benavides

Presidente del Gobierno Regional de Arequipa

Representante 2 Sr. Simón Balbuena Marroquín

Alcalde de la Provincia de Arequipa

Representante 3 Sr. Sergio Dávila Vizcarra Alcalde de la Provincia de Camaná

Representante 4 Sr. Jorge Modesto Cueva Tejada

Alcalde de la Provincia de Caylloma

Representante 5 Sr. Gilder Edy Medina Collado Alcalde de la Provincia de Castilla

Representante 6 Sr. Miguel Angel Manchego Llerena

Alcalde de la Provincia de Condesuyos

Representante 7 CPC. Miguel Román Valdivia Alcalde de la Provincia de Islay

Representante 8 Sr. Julio Pastor Totocayo Gárate

Alcalde de la Provincia de La Unión

Representante 9 Sr. Camilo José Carcomo Mattos

Alcalde de la Provincia de Caravelí

2.3. Instalación del CCR

El Consejo de Coordinación Regional

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Esta conformación, de parte de la sociedad civil, muestra la presencia de importantes instituciones como la Universidad Nacional de San Agustín y el Colegio de Abogados, sumándose la representación de la Federación Regional de Mujeres. Por el lado de los productores y empresarios fueron elegidos representantes de los adjudicatarios de la Irrigación Majes y la Confederación de Gremios de la Micro y Pequeña Empresa del Perú, que también tienen reconocida representatividad en sus sectores. En esta sesión de instalación resalta la solicitud presentada por los representantes de la sociedad civil, sobre la convocatoria a una reunión de todas las organizaciones sociales reconocidas a fin de establecer una agenda para el desarrollo regional y la inclusión de los representantes de la sociedad civil en la Mesa de Diálogo con representantes del Gobierno Nacional, para lograr el cumplimiento de compromisos contraídos con la región Arequipa. También se tomaron los primeros acuerdos, comprometiendo a la Presidencia para la conformación de grupos de trabajo con el apoyo de la Secretaría Técnica, para cumplir con sus funciones principales y la solicitud de declaratoria de inconstitucionalidad del Decreto Legislativo 982 que prohibe la participación de las autoridades regionales y locales, en las movilizaciones de sectores sociales que se encuentran en conflicto. Estas peticiones que se dan en la sesión de instalación, expresan la voluntad de los ciudadanos elegidos como representantes de la sociedad civil, de ampliar las funciones de este espacio de concertación, buscando un escenario de mayor alcance político y democrático.

El Consejo de Coordinación Regional

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Para analizar la gestión del Consejo de Coordinación Regional (CCR), se debe tomar como base las funciones que se les reconoce en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y que ha continuación se transcriben.

• El Plan de Desarrollo Regional Concertado, con referencia especial a la visión general y a los lineamientos estratégicos de sus programas.

• El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual

La misma ley delimita el alcance de la participación de los miembros del CCR, en el cumplimiento de sus funciones, disponiendo que debe limitarse a emitir opinión consultiva y que no ejerce funciones ni actos de gobierno.

Se observará más adelante, en el propio proceso, y siendo reiterativos, que desde el inicio de su gestión los representantes de la sociedad civil presentaron iniciativas a fin de asumir nuevas responsabilidades acordes con su representatividad social y sus propios puntos de vista sobre los proyectos estratégicos para el desarrollo de la región, los que no tuvieron mayor receptividad de las autoridades regionales.

Para efectos de este trabajo se tomará en cuenta la gestión realizada por el CCR periodo 2007-2009, que luego del proceso electoral fue instalado el 24 de julio del 2007.

Para dar cuenta de las actividades desarrolladas por el CCR, teniendo en consideración las funciones de su competencia, nos remitiremos formalmente a las actas de las sesiones realizadas durante su gestión, que han sido identificadas en el portal del gobierno regional, donde constan las agendas tratadas, los debates producidos y los acuerdos a los que se llegaron.

A ello hay que agregarle las iniciativas que surgieron especialmente de los alcaldes provinciales y los representantes de la sociedad civil, en la preocupación de darle una nueva perspectiva a la gestión del desarrollo regional, con participación de la sociedad civil. A fin de permitir tener un horizonte más amplio de este proceso participativo, que nos ayude a entenderlo mejor, es conveniente procesarlo desde el inicio de su gestión hasta el presente año 2009, en que culminan sus funciones.

AÑO 2007

Actas de las sesiones

En este periodo se realizaron dos sesiones extraordinarias, con fechas 10 y 21 de setiembre, la primera y 21 de noviembre, la segunda, las mismas que tuvieron como agenda 2 puntos específicos, el primero referido a la solicitud de opinión sobre proyectos de inversión privada y el segundo, sobre el Presupuesto Participativo 2008.

La inclusión en la agenda, del punto referido a proyectos de inversión privada, obedeció al cumplimiento de la Ordenanza 19, que ordena que el CCR debe emitir opinión sobre iniciativas privadas de inversión sobre recursos y activos estatales.

3.2. Actividades del CCR

E L P R E S U P U E S T O P A R T I C I P A T I V O D E L G O B I E R N O R E G I O N A L D E A R E Q U I P A CAPÍTULO I I I : GESTIÓN DEL CCR 2007 - 2009

3.1. Funciones del CCR

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Sobre los 2 proyectos puestos a consideración del CCR, el primero, referido a la instalación de establos para la crianza de ganado vacuno en terrenos del Proyecto Majes I, tuvo opinión favorable, tomando en cuenta el informe técnico y económico favorable emitido por la Oficina de Promoción de la Inversión Privada, que declaró su viabilidad. El segundo, referido a la adquisición de tierras eriazas para la plantación de tunas, tuvo opinión desfavorable, tomando en cuenta que existía la figura de legalizar actos de usurpación de tierras, producidos anteriormente.

En la segunda sesión extraordinaria, que tenía como agenda el Presupuesto Participativo, luego de recibir el informe respectivo y observaciones de los representantes de la sociedad civil, como el predominio de obras de infraestructura, la ausencia de proyectos sobre la micro y pequeña empresa y la promoción de programas sociales, se dio la opinión favorable.

Participación de los Alcaldes Provinciales

Son 8 los Alcaldes Provinciales que deben participar en las sesiones del CCR y que representan a las provincias de Arequipa, Camaná, Caylloma, Castilla, Condesuyos, Islay, la Unión y Caravelí. En la primera sesión solo participaron 3 Alcaldes, de las provincias de Arequipa, Castilla y Caylloma. Sobre la inasistencia de los otros alcaldes no se dio ninguna justificación. En la segunda sesión solo participó el Alcalde Provincial de Arequipa. Sobre las intervenciones de los Alcaldes en las sesiones, consta la intervención del Alcalde de la provincia de Castilla, quien manifestó su preocupación por la ejecución del proyecto del puente de Punta Colorada, que no registra avance en el Presupuesto Participativo 2008. También la intervención del Alcalde Provincial de Arequipa, quien solicitó conste en acta su preocupación por la utilización del recurso hídrico en el proyecto privado de instalación de establos para la crianza de ganado vacuno, así como por el número de asociados que conforman la Asociación de Agricultores y Ganaderos los Pinos de Majes, responsables del proyecto. Consta además otra propuesta suya, donde sugiere que el CCR debiera tener reuniones mensuales, con la presencia de todos los alcaldes provinciales y el presidente del gobierno regional.

Participación de la Sociedad Civil

Sobre la participación de los cinco representantes de la sociedad civil en el CCR, que al margen de la emisión formal de su opinión sobre el Presupuesto Participativo, plantearon propuestas o sugerencias con el interés de superar y ampliar cualitativamente su participación y lograr mejores resultados en la solución de la problemática regional. Aquí algunas de las iniciativas que consideramos de mayor trascendencia.

• Tres integrantes de la sociedad civil en el CCR, representantes de la Universidad Nacional de San Agustín, del Colegio de Abogados y la Asociación de Adjudicatarios de la Irrigación Majes, conformaron una Comisión Especial encargada de revisar el expediente de un proyecto de inversión privada, y en base a su informe, emitir opinión.

El Consejo de Coordinació n Regional

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• El representante del Colegio de Abogados de Arequipa, informó sobre la iniciativa de realizar una reunión con las organizaciones de la Sociedad Civil reconocidas por el GRA, así como la importancia de formar grupos de trabajo para asumir sus responsabilidades y la elaboración de una Agenda Regional.

Solicitó además que en CCR deben también tratarse proyectos macroregionales y políticas regionales.

• Solicitud de información a la Oficina de Promoción de la Inversión, sobre las iniciativas de inversión privada presentadas al GRA, a fin de tener en forma oportuna una opinión al respecto.

• Propuesta del representante de la sociedad civil en el Comité Técnico del Presupuesto Participativo, sobre la elaboración de un Plan de Reordenamiento Territorial de cada una de las provincias con la perspectiva de lograr un desarrollo equilibrado de la región Arequipa.

Estas propuestas no tuvieron el tratamiento que hubiera permitido su implementación, y que se explica, por una parte, por la ausencia de vida orgánica permanente de este espacio de concertación, limitada a 2 reuniones anuales y también porqué no se logró constituir la Asamblea de la Sociedad civil que hubiera sido el soporte de la representación social y la garantía para viabilizar sus propuestas, a pesar de que llevaron a cabo 2 reuniones convocadas por los representantes de la sociedad civil en el CCR.

AÑO 2008

Actas de las sesiones

En este periodo solo se realizó una sesión ordinaria con fecha 15 de diciembre y que tuvo como agenda la opinión sobre el Presupuesto Participativo 2009. Luego de las deliberaciones correspondientes, donde constaron recomendaciones como el cumplimiento de los plazos establecidos para la elaboración del Presupuesto y la priorización de proyectos de saneamiento, los miembros del CCR dieron su opinión favorable sobre el Presupuesto Participativo 2009.

Participación de los Alcaldes Provinciales

Los alcaldes provinciales de Camaná, Caravelí, Castilla y la Unión, que estuvieron presentes, coincidieron en plantear que se tomara en cuenta como políticas de inversión regional, las propuestas de los municipios como criterio de descentralización del presupuesto regional. Finalizando la sesión, el Dr. Juan Manuel Guillén Benavides, Presidente Regional, informó que se mantenía una política de equilibrio en las inversiones, fortaleciendo las relaciones con los gobiernos locales y propuso que los alcaldes presentaran sus propuestas de proyectos, como recomendaciones al Presupuesto Participativo. Se presentaron un total de 12 proyectos, al margen de las fases cumplidas en la programación del Presupuesto Participativo. La provincia de la Unión presentó 3 proyectos, con una inversión de S/. 15 millones; la provincia de Castilla presentó 3 Proyectos por S/. 8 millones; la provincia de Camaná presentó 5 Proyectos por S/. 7 millones; y la provincia de Caravelí, presentó 1 Proyecto por S/. 3 millones.

Participación de la Sociedad Civil

En esta sesión solo participaron 3 representantes de la sociedad civil, de las organizaciones de la Federación de Mujeres, de la Universidad Nacional de San Agustín y de la Micro y Pequeña Empresa, quienes se limitaron a dar su opinión favorable sobre el Presupuesto Participativo, sin mayores iniciativas.

El Consejo de Coordinación Regional

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AÑO 2009

Actas de las sesiones

Sólo se ha realizado una sesión extraordinaria con fecha 4 de febrero del 2009, que tuvo como agenda la Demanda Competencial contra el Ministerio de la Producción por parte del Gobierno Regional de Arequipa, sobre autorización otorgada a empresas pesqueras en la provincia de Camaná. Luego de los informes y de las intervenciones del Presidente Regional, alcaldes provinciales y los representantes de la sociedad civil, por unanimidad se acordó aprobar la demanda competencial interpuesta por el Gobierno Regional de Arequipa a consecuencia de las autorizaciones concedidas a las empresas pesqueras para que se trasladen a la región Arequipa. También se acordó que el CCR emita un pronunciamiento y se recomiende a la Municipalidad Provincial de Camaná que revise las licencias concedidas y eventualmente se dicte la nulidad de oficio. Esta sesión es la única que se ha realizado en el año 2009, quedando pendiente la convocatoria a una nueva sesión que debe realizarse para recibir opinión sobre el Presupuesto Participativo 2010.

Participación de los Alcaldes Provinciales.

En esta sesión Extraordinaria participaron 4 Alcaldes, representantes de las provincias de Arequipa, Camaná, Condesuyos, y la Unión. El Alcalde de la provincia de Camaná, donde está localizado el problema planteado, consideró muy necesario que el Consejo de Coordinación Regional a través de la emisión de su opinión, diera mayor fuerza a la demanda competencial contra el Ministerio de la Producción. Asimismo informó que se había firmado un convenio con la Universidad Nacional de San Agustín para la elaboración de un estudio de impacto ambiental a partir de la actividad de dichas empresas.

Participación de la Sociedad Civil

Participaron en esta sesión los representantes de la sociedad civil, de la Asociación de Adjudicatarios del proyecto Majes, de la Universidad Nacional de San Agustín, del Colegio de Abogados y de la Federación Regional de Mujeres. El representante del Colegio de Abogados, emitió su opinión respaldando la demanda competencial, planteando recomendaciones sobre la necesidad de que el CCR esté informado permanentemente sobre el estado y evolución de esta demanda. También solicitó que se respete la representatividad del CCR, dando respuesta a pedidos presentados en sesiones anteriores y que especialmente se retome el acuerdo de fortalecer este espacio de concertación.

El Consejo de Coordinación Regional

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Con los elementos recogidos en la breve sistematización de la gestión del Consejo de Coordinación Regional –CCR, formularemos las conclusiones de nuestra labor de vigilancia ciudadana. Previamente es necesario hacer una breve referencia introductoria. El comportamiento institucional de los principales actores que dan vida al CCR, como son el gobierno regional, los alcaldes provinciales y la sociedad civil y el cumplimiento del encargo que les da la ley, en búsqueda de la democratización de la gestión pública regional con la participación de la ciudadanía organizada (CCR), ha tenido diferentes reacciones, que si bien es cierto han logrado cumplir con las formalidades de las consultas, no han logrado ponerse de acuerdo para fortalecer este mecanismo de concertación y darle una perspectiva mayor, que alcanzara un trabajo más organizado en términos institucionales y con una agenda de desarrollo más amplia que logre ir perfilando estrategias y políticas de consenso con amplios sectores de la población. Se confirma una vez más que en este tipo de procesos que buscan cambios sustanciales en términos sociopolíticos, son imprescindibles la conjugación de voluntades firmes y transparentes para lograr sus objetivos. A continuación presentamos nuestras conclusiones, tomando en cuenta la actuación de los principales actores del proceso vivido por el CCR.

Aquí nos referimos a las 2 funciones básicas que le reconoce la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

El Plan de Desarrollo Regional Concertado

• El tema del Plan de Desarrollo Regional Concertado, al estar incluido en una de las fases para la elaboración del presupuesto participativo, y donde participan básicamente solo los representantes de la sociedad civil que integran el CCR, le ha restado su capacidad de propuesta orgánica.

Por esta razón, el cumplimiento de esta función específica, no ha logrado ser incorporado dentro de este espacio de concertación, que puede tener un trabajo más sostenido y con mayor nivel de propuesta, invitando a otras instituciones especializadas de la sociedad civil.

• Como resultado del proceso del presupuesto participativo y sobre el Plan de Desarrollo Regional Concertado, han surgido dos corrientes de opinión, que van desde el balance realizado por el gobierno regional el año 2008, donde se concluye que técnica y metodológicamente no debe abrirse la posibilidad de cambiar, actualizar y modificar la visión y los objetivos estratégicos, anualmente; y el informe presentado por el Comité de Vigilancia 2008, donde se solicita se actualice el Plan de Desarrollo Regional Concertado; corroborado por el Comité de Vigilancia 2009, que agrega que no se pueden obviar amenazas como los efectos del crisis económica, el cambio climático y el impacto de los Tratados de Libre Comercio, en el proceso de actualización del PDCR 2003-2011.

• En consecuencia, la función del CCR sobre el Plan de Desarrollo Regional Concertado, tiene una situación contradictoria que requiere de una definición más clara, que tome en cuenta las propuestas de los Comités de Vigilancia, sobre la consideración oportuna de la evolución de los procesos sociales, políticos y económicos en el país y que tienen impacto en la planificación del desarrollo regional, y no quedando en un enfoque burocrático administrativo estático.

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4.1. Sobre las Funciones Básicas

CAPÍTULO IV: CONCLUSIONES

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15 Vigila Perú – Arequipa Boletín Nº 03

El Presupuesto Participativo

• El CCR participa formalmente en la convocatoria al proceso del presupuesto participativo y además participa en todas las fases de este proceso, con la debilidad de que son los representantes de la sociedad civil quienes tienen una información actualizada sobre el proceso y sus resultados, lo que no sucede con la mayoría de los alcaldes provinciales por su ausencia en el proceso, así como del propio presidente del CCR que igualmente no participa de este proceso.

Por estas circunstancias, no se ha logrado consolidar este órgano de concertación y coordinación, como un espacio con un mínimo de vida orgánica y productiva, que responda al rol que se le ha asignado y perfeccione su funcionamiento, construyendo un espacio de concertación ciudadana, con bases democráticas.

• La asistencia de los alcaldes de las 8 provincias a las sesiones del CCR realizadas en el periodo 2007-2009, solo llega al 50%, lo que indica la falta de motivación de estas autoridades, tanto en las agendas como en las soluciones a las que se llegan en este espacio de concertación.

• El interés central de los alcaldes gira en torno a la aprobación de las inversiones vía la ejecución de proyectos de desarrollo favorables a sus provincias, que no los encuentran en las sesiones del CCR, sino en otros espacios como es el Presupuesto Participativo o por otros canales de comunicación más directos con la autoridad regional.

• Otros temas de agenda del CCR, como fueron la aprobación de proyectos de inversión privada en la zona del proyecto Majes I, ó el conflicto suscitado en la provincia de Camaná por la instalación de fábricas harineras que han llevado a un conflicto de competencias entre el gobierno regional y el gobierno central, tampoco merecieron una mayor participación de los alcaldes.

• Su participación para dar opinión sobre el Presupuesto Participativo, solo constituye una formalidad que no alcanza mayor trascendencia en un proceso que busca llegar a decisiones democráticas participativas.

• La asistencia de los 5 representantes de la sociedad civil a las sesiones del CCR, ha llegado a un mejor promedio de 80%, que expresa el compromiso y expectativa que mantienen, ejerciendo la representación que se les ha conferido.

• El tema de la inversión privada en la región, puesta a consulta, mereció su interés y opinión, y es más, solicitaron mayor información sobre este tema por su importancia en el desarrollo de la región y también emitir opinión en forma más sostenida. Esta iniciativa no tuvo respuesta del gobierno regional.

• Se mantuvo una propuesta permanente sobre la organización de la Asamblea de Agentes Participantes a fin de construir un espacio democrático de la sociedad civil, que diera mayor legitimidad y autonomía a su participación. Esta y otras recomendaciones, como la conformación de grupos de trabajo para el cumplimiento de sus funciones y atención a diferentes propuestas operativas para fortalecer la gestión del CCR, no alcanzaron mayor respaldo del gobierno regional.

• La opinión favorable que el CCR emitió sobre el Presupuesto Participativo, solo se limitó a una formalidad sin mayor trascendencia.

El Consejo de Coordinación Regional

4.2. Sobre la Participación de los Alcaldes Provinc iales

4.3. Sobre la participación de la Sociedad Civil

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16 Vigila Perú – Arequipa Boletín Nº 03

• Aparte de cumplir con la convocatoria al CCR de acuerdo a la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales para efectos del presupuesto participativo, se convocó a dos sesiones extraordinarias con agendas referidas a recibir la opinión sobre proyectos de inversión privada y la defensa de competencias del gobierno regional sobre recursos naturales regionales, que aparte de cumplir con leyes específicas, es una muestra de que la consulta democrática es conveniente para definir temas sustanciales para el futuro de la región.

• En concordancia con dispositivos emanados del gobierno central, sobre el proceso del presupuesto participativo, las funciones del CCR sobre el Plan de Desarrollo Regional Concertado y el Presupuesto Participativo, quedaron debilitadas, restándole representatividad y competencias a este órgano de consulta y coordinación.

• La gestión del gobierno regional se ha limitado a cumplir con las obligaciones que le confiere la ley, sin llegar a una política de mayor apertura democrática, que hubiera significado acoger las iniciativas y propuestas que llegaron de los representantes de la sociedad civil en el CCR, que buscaban iniciar un proceso de construcción social más representativo, favorable a una gestión pública transparente y en consulta permanente con las organizaciones sociales de la sociedad civil.

Teniendo en cuenta las funciones que debe cumplir el CCR y los resultados a los que se ha llegado, en principio se puede concluir que no se ha logrado institucionalizar este espacio de concertación, lo que le ha restado representatividad y capacidad para cumplir con sus funciones básicas. Los alcaldes provinciales que conforman el CCR, al no encontrar un espacio de coordinación de carácter vinculante que asegure el financiamiento y ejecución de sus proyectos, optan por otros mecanismos de coordinación que les responda con mayor efectividad, en las gestiones que realizan para el desarrollo de sus pueblos. Los representantes de la sociedad civil en el CCR, ante los procedimientos establecidos para la formulación del presupuesto participativo con los agentes participantes, perdieron ubicación como órgano consultivo dentro de la estructura orgánica del gobierno regional Por otra parte, la voluntad y los intentos de organizar la Asamblea de Agentes Participantes, como mecanismo democrático para llevar la voz de todas las organizaciones sociales al CCR, quedó postergada al no alcanzar el apoyo y reconocimiento del gobierno regional Para alcanzar la institucionalidad que se requiere, es necesario introducir importantes modificaciones que incidan en la necesidad de que en este espacio, se evalúen proyectos de impacto regional, con lo cual estarían de acuerdo los alcaldes provinciales y que la representatividad de la sociedad civil trabaje una nueva organización más democrática y con mayor representatividad regional, que logre construir mejores propuestas y que puedan ampliarlas a otros espacios de concertación con diferente temática, siempre orientados al desarrollo social y económico de la región.

El Consejo de Coordinación Regional

4.4. Sobre la Gestión del Gobierno Regional

4.5. Conclusión General

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17 Vigila Perú – Arequipa Boletín Nº 03

A NEXO

Nº ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL – ELECTORES CCR 2007-2009

1. Asociación de Productores Agropecuarios, Agroindustriales y Afines; HAWAY – CAMANA

2. Módulos de Producción Asociada AGROMAJES S.A.C.

3. Junta de Usuarios del Distrito de Riego Chili – Zona No Regulada

4. Asociación de adjudicatarios de la Irrigación Majes secciones D y E

5. Sociedad Agrícola de Arequipa - SADA

6. Junta de Usuarios del Distrito de Riego Chili – Zona Regulada

7. Asociación Regional de Criadores de alpacas Registradas – SPAR

8. Asociación de Pequeñas y Medianas Empresas de Curtiembres, Fábricas de Cola y

Derivados del Cuero – APYMECO

9. Asociación Consorcio Parque Industrial de la Micro y Pequeña Empresa Señor del Gran Poder

10. Asociación de Empresas Industriales de Arequipa – ASEMIN

11. CONAMYPE Arequipa

12. Fundación de Investigación Científica Ciencia y Tecnología Arequipa

13. Federación Regional de Mujeres – FEREMA

14. Comité Regional Interinstitucional de Trabajo y Organización para el Desarrollo Integral de la Infancia – CORITO

15. Federación de Trabajadores Administrativos del Sector Educación – FENTASE

16. Consejo Nacional de la Juventud – CONAJU

17. Aldeas Infantiles SOS – Arequipa

18. Universidad Nacional de San Agustín

19. Consejo Regional de Decanos – CONREDE

20. Colegio Arquitectos de Arequipa

21. Centro de Estudios y Promoción del Desarrollo – DESCO

22. ONG – ASDES

23. Colegio de Abogados - Arequipa

24. Federación Departamental de Trabajadores de Arequipa – FDTA

25. Sindicato de Trabajadores en Construcción Civil

26. Universidad Católica Santa María

27. Instituto Nacional de Estadística e Informática INEI – Arequipa

28. Universidad Alas Peruanas

29. Frente de Defensa e Integración y Desarrollo del Cono Norte – FREDICON

30. Asociación Educativa del Comité Magisterial de Apoyo Cívico Social “COMACIS AREQUIPA”


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