como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

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Maria Mirabet [email protected] Barcelona Activa Parc Tecnològic Barcelona Nord Martes, 5 abril de 2011 ¿Cómo puede su empresa beneficiarse de los incentivos fiscales por actividades de I + D + i?

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Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales I+D+I - ponencia de Maria Mirabet en Barcelona Activa del 05/04/2011

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Page 1: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Maria Mirabet

[email protected]

Barcelona Activa

Parc Tecnològic Barcelona Nord

Martes, 5 abril de 2011

¿Cómo puede su empresa beneficiarse

de los incentivos fiscales por

actividades de I + D + i?

Page 2: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

1. ¿Dónde estamos?N I+D+i?

2. ¿Cómo financiar la inversión en I+D+i?

3. Breve historia de los incentivos fiscales

4. ¿Qué se entiende por I+D o iT según ley?

5. Los incentivos fiscales

6. Ejemplo

7. Patent box

8. Seguridad jurídica en la aplicación de los incentivos fiscales

9. Los informes motivados

10. Agencias acreditadas por ENAC

11. Ventajas de la innovación en diferentes sectores

12. Normas UNE: Sistemas de gestión y vigilancia tecnológica

ÍNDICE

Page 3: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

1¿DONDE ESTAMOS?

Page 4: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

EMPRESAS EN UN MUNDO

GLOBAL

OBJETIVO:

DIFERENCIARSE DE LAS DEMÁS

Page 5: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Producto

Proceso

EMPRESABuscar elementos

diferenciadores

Mejor y más rápido

Oportunidad de un

MERCADO

MUNDIAL

Clientes exigentes:

Nuevas prestaciones,

Mejores servicios,

precios más bajos,

soluciones adaptadas

a las particularidades,

PROVEEDORES

Fuerte

COMPETENCIA

En costes

UNIVERSIDADES

CENTROS

TECNOLO-

GICOS

Avances

tecnológicos

ADMINISTRA-

CIÓN

Difícil protección de

la propiedad

intelectual

Capital intelectual

Talento

Conocimiento

(aspectos críticos)

LA EMPRESA Y SU ENTORNO

Page 6: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

¿QUE NOS DIFERENCIARÁ?

planificación

Comercialización

calidad vs precio de nuestros productos

NUESTRO PROCESO DE INNOVACIÓN!!!!

Page 7: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Toda empresa ha innovado alguna vez.

El reto es innovar de forma sistemática

y continuada, haciendo de la

innovación parte de la práctica diaria

Page 8: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

REPRESENTACIÓN DE OPEN INNOVATION (2003)

Antes…..

Page 9: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

PRODUCTOS (QUE)

CLIENTES (QUIEN)

PROCESOS (COMO)

CANALES (DONDE)

I+D

networking

logística/cadena

de suministramiento

cadena de valor modelo de ingresos

experiencia del cliente

Soluciones

plataformas

IncrementalSubst.

radical

LAS DOCE DIRECCIONES DE LA INNOVACIÓN

Fuente: Mohan Sawhney

¿Ahora…?

Page 11: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Embudo de la innovación

Selección de ideas

Estudios de plan de viabilidad:

Técnica, económica, legal, social de la idea

Idea 2

Idea 1

SELECCIÓN DE IDEAS

Page 12: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

TÉCNICAS ESPECÍFICAS:

MATRICES DE DOS Y TRES DIMENSIONES

Matriz Valor esperado x

probabilidad de éxito

Page 13: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

SELECCIÓN DE IDEAS

Escenarios de evolución

Los recursos necesarios

Las principales tareas

Impactos en términos de coste,

contribución objetivos y

posición en el mercado

Factores de riesgo

Probabilidad de éxito

Beneficios esperables

Page 14: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Vigilancia

tecnológica

Generación

de ideas

Inteligencia

competitiva

Selección

Plan de

viabilidad

Especifica-

ciones

Selección

de

proyectos

Planificación

Ejecución

Diseño

Prueba piloto

Rediseño

Cierre y

revisión

Comercialización

Producto

Proceso

Proyectos de investigación

Cuerpo de conocimientos

científico-técnico existentes

ACTIVIDADES PROCESO DE INNOVACIÓN

Page 15: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

2¿CÓMO FINANCIAR LA INVERSIÓN

EN I+D+i?

Page 16: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Inversión en I+D+i

POLÍTICA DE I+D+I

DEFINIMOS Y PLANIFICAMOS LOS PROYECTOS DE I+D+I

PLAN DE NEGOCIO DE CADA PROYECTO

FINANCIACIÓN DE LOS PROYECTOS DE I+D+I

AYUDAS Y

PRESTAMOS

CAPITAL

RIESGO

INCENTIVOS

FISCALES

FINANCIACIÓN

PROPIA

Page 17: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Financiación proyectos I+D+i: Incentivos fiscales

INVERSIÓN O GASTOS DE PROYECTOS DE I+D+I

PERSONAL

COLABORACIONES EXTERNAS

ACTIVOS

FUNGIBLES

OTROS

POSIBILIDADES¿TENEMOS BENEFICIOS?

¿BASE IMPONIBLE? ¿DISMINUCIÓN GASTOS?

BONIFICACIONES A LA

SEGURIDAD SOCIAL DEL

PERSONAL DEDICADO A I+D+I

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

INGRESOS

-GASTOS

RESULTADO: ¿Beneficios?

- Compensación b.i. negativos

ejercicios anteriores

- Impuestos

- % deducción fiscal por I+D o iT

= Beneficio neto

SEGURIDAD SOCIAL

-40% SS Personal Investigador

SS A PAGAR

PATENT BOX

Reducción del 50% del cómputo

de los ingresos derivados de la

Cesión de determinados

activos intangibles

Page 18: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

3BREVE HISTORIA DE LOS

INCENTIVOS FISCALES

EN I+D+i

Page 19: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Evolución de los incentivos fiscales a la I+D+i

AÑO 1995Ley del Impuesto sobre Sociedades (43/1995)

Reconocimiento expreso de las deducciones fiscales por I+D.

AÑO 1999Ley 55/1999

Mejoras de las cuantías en la deducción por I+D.

Se incluye el concepto de innovación tecnológica.

Aumenta la controversia de las partes en los conceptos deducibles: problemas de aplicabilidad

debidos a la inseguridad jurídica a la que se enfrentan las empresas al demostrar la naturaleza

técnica de sus proyectos.

Real Decreto 2060/1999

Modificación en el reglamento del Impuesto sobre Sociedades en materia de inscripción al

índice de actividades, pagos a cuenta y valoración previa de los gastos correspondientes a

proyectos de I+D+i.

Proyecto de Ley de la Sociedad Limitada de Nueva Empresa.

Modificación del apartado 4 del artículo 33 de la Ley 43/1995

Posibilidad de aportar un informe motivado vinculante frente a la

Administración Tributaria: “Los sujetos pasivos podrán aportar un informe motivado

emitido por el Ministerio de Ciencia y Tecnología, o por un organismo adscrito al mismo,

relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos (…) Este informe tendrá

carácter vinculante frente a la Administración Tributaria”.

Page 20: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

I+D % deducción

año 1995

personal 30%

personal dedicado

exclusivamente a I+D50%

Colaboraciones externas 30%

colaboraciones externas Univ,

OTRIS españolas50%

Activos 30%

Fungibles 30%

Otros 30%

Deducción por proyectos de I+D

Page 21: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Evolución de los incentivos fiscales a la I+D+i

AÑO 2001-2002Inicio del interés en el sistema de certificación del Gobierno de España.

Formación de Comités de normalización de la I+D+i

AÑO 2003Real Decreto 1432/2003

Se regula el circuito administrativo para que las empresas puedan acceder con seguridad jurídica a los

incentivos fiscales.

Se regula la emisión del informe motivado por parte del Ministerio de IndustriaTurismo y Comercio, a efectos de la aplicación e interpretación de las deducciones fiscales por I+D+i.

AÑO 2004Real Decreto 4/2004

Se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades: deducciones por I+D+i: artículo

35.

Inicio de emisión de informes motivados por el Ministerio de Industria, Turismo y

Comercio.

AÑO 2005Ley 23/2005

Reformas en materia tributaria para impulsar la productividad.

Se introducen los muestrarios del textil y calzado como concepto deducible como

innovación tecnológica.

Page 22: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

iT % deducción

año 2003

personal 15%

Colaboraciones externas 15%

Activos 15%

Fungibles 15%

Otros 15%

Deducción por proyectos de iT

Page 23: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

AÑO 2007Real Decreto 0278/2007

Se desarrolla el régimen normativo de las bonificaciones en la cotización a la

Seguridad Social.Orden ITC/1469/2007

Se añade un nuevo anexo II al Real Decreto 1432/2005, de 21 de noviembre, que regula la

emisión de informes motivados relativos al cumplimiento de los requisitos científicos y

tecnológicos, a efectos de la aplicación e interpretación de deducciones fiscales por actividades

de I+D+i.

Ley 16/2007

La reducción de ingresos procedentes de determinados intangibles está recogido en el artículo

23 de la Ley 16/2007. El “patent box” o “deducción por activos intangibles” permite

reducir, en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, “el 50 % de los ingresos

obtenidos por la cesión del derecho de uso o explotación de

patentes, dibujos o modelos, planos, fórmulas o procedimientos secretos”. También “la

cesión de derechos sobre informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o

científicas”, de forma que las empresas que tengan un conocimiento que sea novedoso respecto

al sector, si lo ceden a otra, dejará de tributar un 50% por los ingresos obtenidos por esta

operación.

Evolución de los incentivos fiscales a la I+D+i

Page 24: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Evolución de los incentivos fiscales a la I+D+i

AÑO 2008Ley 4/2008

Se elimina la deducción adicional del 20% por la subcontratación

de Universidades, Organismos Públicos de Investigación y Centros Tecnológicos adscritos

al Real Decreto.

Se mantiene la deducción adicional del 20% del importe de los gastos de personal de la entidad

correspondiente a investigadores cualificados adscritos en exclusiva a actividades de I+D.

Se excluyen de la base de la deducción las actividades de I+D+i realizadas fuera del ámbito

europeo.

Se introducen los muestrarios de la marroquinería, de los adobadores,

del juguete, de la madera y del mueble dentro del concepto de

innovación tecnológica.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Comunidades Europeas de 13 de marzo

Se suprime el requisito de que la actividad principal se desarrolle en España, y que el gasto en

el exterior no supere el 25% de la inversión total.Se da derecho a la deducción del gasto por I+D+i realizado en España, o en cualquier Estado de

la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

Page 25: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Evolución de los incentivos fiscales a la I+D+i

AÑO 2009Real Decreto Ley 3/2009 de 27 de marzo

Se elimina el límite temporal en las deducciones fiscales por I+D+i en el

Impuesto sobre Sociedades, permitiendo su aplicación más allá de 2011.

AÑO 2010Ley de Presupuestos Generales

Amplia la fecha límite del gravamen del pago del 10% de cánones a multinacionales europeas con

filial en España al 1 de julio, obedeciendo a las cantidades que una filial debe abonar a la matriz por

cesión de derechos de Propiedad Industrial e Intelectual (patentes y marcas, habituales en franquicias y

software).

AÑO 2011Proyecto de Ley de Economía Sostenible

El artículo 66 mejora las deducciones en el Impuesto sobre Sociedades por actividades de I+D+i,

aumentando al 12% la deducción por concepto de innovación tecnológica con

efectos para los periodos impositivos iniciados a partir de la entrada en vigor de la Ley.

Se eleva el límite del importe de las deducciones previstas aplicadas en el periodo impositivo al 60%

cuando el importe de las mismas exceda del 10% de la cuota íntegra, minorada en las deducciones.

En el Impuesto sobre Sociedades, aparece la posibilidad de anexar el número de tramitador del informe

motivado para deducciones fiscales por actividades de I+D+i mayores de 50.000 €.

Page 26: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

I+D % deducción

año 1995 año 2011

personal 30% 25%

personal dedicado exclusivamente a

I+D50% 42%

Colaboraciones externas 30%25% (solo UE)colaboraciones externas Univ, OTRIS

españolas50%

Activos 30% 25%

Fungibles 30% 25%

Otros 30% 25%

iT % deducción

año 2003 año 2011 año 2012

personal 15% 8% 12%

Colaboraciones externas 15% 8% 12%

Activos 15% 8% 12%

Fungibles 15% 8% 12%

Otros 15% 8% 12%

En resumen

Page 27: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

4¿Qué se entiende por I+D+i según ley?

Page 28: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

MEJORA TECNOLÓGICA SIGNIFICATIVA

NOVEDAD OBJETIVA NOVEDAD SUBJETIVA

¿Qué se entiende por I+D y por iT según ley?

ComercializaciónIdeas INVESTIGACIÓN DESARROLLOINNOVACIÓN

TECNOLOGICA

Page 29: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

INVESTIGACIÓN DESARROLLO INNOVACIÓN TECNOLÓGICA

INDAGACIÓN ORIGINAL Y PLANIFICADA

QUE PERSIGA DESCUBRIR NUEVOS

CONOCIMIENTOS Y UNA SUPERIOR

COMPRENSIÓN EN EL ÁMBITO

CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO.

ART. 35.1.A) TRLIS

APLICACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LA

INVESTIGACIÓN (…) PARA LA

FABRICACIÓN DE NUEVOS MATERIALES O

PRODUCTOS, O PARA EL DISEÑO DE

NUEVOS PROCESOS O SISTEMAS DE

PRODUCCIÓN, ASÍ COMO PARA LA

MEJORA TECNOLÓGICA SUSTANCIAL DE

MATERIALES, PRODUCTOS, PROCESOS Y

SISTEMAS PREEXISTENTES.

ART. 35.1.A) TRLIS

ACTIVIDAD CUYO RESULTADO SEA UN AVANCE

TECNOLÓGICO EN LA OBTENCIÓN DE NUEVOS

PRODUCTOS O PROCESOS DE PRODUCCIÓN O

MEJORAS SUSTANCIALES DE LOS YA EXISTENTES. SE

CONSIDERARÁN NUEVOS AQUELLOS PRODUCTOS O

PROCESOS CUYAS CARACTERÍSTICAS O

APLICACIONES, DESDE UN PUNTO DE VISTA

TECNOLÓGICO, DIFIERAN SUSTANCIALMENTE DE LAS

EXISTENTES CON ANTERIORIDAD.

ART. 35.2.A) TRLIS

ESTA ACTIVIDAD INCLUIRÁ (…) LOS MUESTRARIOS

TEXTILES, DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO, DEL

CURTIDO, DE LA MARROQUINERÍA, DEL JUGUETE,

DEL MUEBLE Y DE LA MADERA, SIEMPRE QUE NO

PUEDAN CONVERTIRSE O UTILIZARSE PARA

APLICACIONES INDUSTRIALES O PARA SU

EXPLOTACIÓN COMERCIAL.

LEY 4/2008

MEJORA TECNOLÓGICA SIGNIFICATIVA

NOVEDAD OBJETIVA NOVEDAD SUBJETIVA

¿Qué se entiende por I+D y por iT?

CONCEPCIÓN DE SOFTWARE

AVANZADO: SIEMPRE QUE SUPONGA UN

PROGRESO CIENTÍFICO O TECNOLÓGICO

MEDIANTE EL DESARROLLO DE

TEOREMAS Y ALGORITMOS O MEDIANTE

LA CREACIÓN DE SISTEMAS OPERATIVOS

Y LENGUAJES NUEVOS O DESTINADO A

PERSONAS DISCAPACITADAS

Page 30: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

¿Qué se entiende por I+D y por iT?

INVESTIGACIÓN DESARROLLO INNOVACIÓN TECNOLÓGICA

SECTOR TEXTIL

SECTOR AUTOMOCIÓN

SECTOR FARMACÉUTICO

LA DETERMINACIÓN DE LA SÍNTESIS

DE UN POLÍMERO SINTÉTICO QUE

TENGA LAS MISMAS PROPIEDADES

FÍSICO-QUÍMICAS QUE LA SEDA

NATURAL

LA APLICACIÓN DE LOS

CONOCIMIENTOS ADQUIRIDOS PARA

LA PUESTA A PUNTO, A NIVEL

INDUSTRIAL, DEL MÉTODO DE

FABRICACIÓN DE UN NUEVO TEJIDO

DE SEDA ARTIFICIAL Y DE TODAS SUS

VARIANTES

LA COMPRA DE UNA PATENTE Y LA

ADQUISICIÓN DEL KNOW-HOW SOBRE

EL PROCESO DE TRATAMIENTO

QUÍMICO DE LA SEDA ARTIFICIAL Y

SU ADAPTACIÓN A LOS REQUISITOS

DE LA EMPRESA

EL DISEÑO DE UN TAPÓN QUE

MEJORE LAS CONDICIONES DE

SEGURIDAD Y QUE, POR EJEMPLO,

SE REALICE POR PRIMERA VEZ EN

UNA SOLA PIEZA EN LUGAR DE DOS

PIEZAS QUE ERAN NECESARIAS PARA

ESTE TIPO DE PRODUCTO

LA DETERMINACIÓN DE LA CADENA

DE AMINOÁCIDOS DE UNA MOLÉCULA

DE ANTICUERPOS Y LA

DIFERENCIACIÓN DE LOS

ANTICUERPOS DE DIFERENTES

ENFERMEDADES

LA PUESTA EN MARCHA DE UN

MÉTODO QUE PERMITA LA SÍNTESIS

DE UN ANTICUERPO Y LA

REALIZACIÓN DE ENSAYOS CLÍNICOS

CON EL PROPÓSITO DE VERIFICAR LA

EFICACIA DEL ANTICUERPO DE

SÍNTESIS EN ENFERMOS QUE DEN SU

AUTORIZACIÓN PARA PROBAR EL

TRATAMIENTO.

EL ESTUDIO DE LAS REGLAS DE

PENETRACIÓN DE LOS VOLÚMENES

EN AIRE, LA DEFINICIÓN DE

MODELOS MATEMÁTICOS QUE LOS

REPRESENTAN Y LA PUESTA EN

FUNCIONAMIENTO DE LAS

GEOMETRÍAS QUE SIGAN ESTOS

NUEVOS REQUISITOS

EL DISEÑO Y PUESTA A PUNTO DE

UN NUEVO PROCESO DE EXTRUSIÓN

DE ALUMINIO CON MOLDES O

MATRICES QUE OFRECEN MEJORES

CARACTERÍSTICAS DE DUREZA Y

RESISTENCIA.

LA CONTRATACIÓN DE LOS

SERVICIOS DE UN GRUPO DE

MECÁNICA DE FLUIDOS DE UNA

UNIVERSIDAD PARA LA

REMODELACIÓN Y LA

MODERNIZACIÓN DE UN TÚNEL DE

VIENTO PARA REALIZAR ENSAYOS

AERODINÁMICOS.

Incentivos fiscales para innovar. 5ª Ed.

Generalitat de Catalunya, 2004

Page 31: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

5INCENTIVOS FISCALES

EN I+D+i

Page 32: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Proyecto I+D o IT:

- dictamen de si el

proyecto es I+D o iT

- auditoria de gastos

deducibles

Personal

investigador:

se dedica de forma

exclusiva a actividades

de I+D+i

Entidad acreditada

por ENAC certifica:

Emisión del Informe

Motivado vinculante

para Hacienda

Empresa realiza proyecto de I+D o iT

Informe

motivado tipo a

Informe motivado

tipo d

2 opciones

excluyentes

Seguridad jurídica en los incentivos fiscales a la I+D+i

Page 33: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Posibilidades anuales

año fiscal 2010

deducciones

fiscales per proyectos de I+D+i

Aplicación en l’IS de 2010

o en los próximos 15 años

año fiscal 2012

2 opciones excluyentes

Por CIF y año fiscal

deducciones

fiscales per proyectos de I+D+i

Aplicación en l’IS de 2012

o en los próximos 15 años

Bonificación en la cuota

a la seguridad Social

Bonificación mensual

durante todo 2012

año fiscal 2011

deducciones

fiscales per proyectos de I+D+i

Aplicación en l’IS de 2011

o en los próximos 15 años

Page 34: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

DEDUCCIONES FISCALES DE LOS

PROYECTOS I+D+i EN EL

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Page 35: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Son el tipo de instrumento de fomento de Investigación, Desarrollo

e Innovación tecnológica (I+D+i) más cercano a las necesidades

empresariales.

Su principal objetivo es promover las actividades de I+D+i y premiar

el incremento de esfuerzo económico.

Efectos económicos equiparables a la subvención, pero no tributa.

La deducción fiscal es proporcional a las actividades de I+D+i

desarrolladas. Además, cabe su utilización en ejercicios posteriores.

Tienen efectos financieros inmediatos y se adaptan a cualquier tipo

de empresa.

Opción 1. Incentivos fiscales por I+D+i

Page 36: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Impuesto sobre sociedades

Page 37: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

gastos proyectoI+D

% deducción

iT

% deducción

iT

% deducción

(año 2012)

personal 25% 8% 12%

personal dedicado

exclusivamente a I+D=25%+17%=42 % 8% 12%

Colaboraciones externas

(solo de UE)25% 8% 12%

Activos 25% 8% 12%

Fungibles 25% 8% 12%

Otros 25% 8% 12%

La ley 2/2011 de 4 de marzo, de Economía

Sostenible en el Art. 65 dice:

"La deducción en IT se eleva al 12% en los períodos

impositivos que se inicien a partir de la entrada en

vigor de la Ley de Economía Sostenible".

I+D

+ 17% del exceso

de la media de los

dos años anteriores

15 años para su

aplicación

Page 38: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Incentivos fiscales La base de la deducción estará constituida por el importe de los gastos de I+D, y en su caso,

por las inversiones en elementos de inmovilizado material e intangible excluidos los

inmuebles y terrenos.

Se consideran gastos de I+D los realizados por el sujeto pasivo, incluidas amortizaciones de

bienes afectos a las actividades mencionadas.

La base de deducción se aminorará en el 65% de las subvenciones recibidas por el fomento

de estas actividades e imputables como ingreso en el periodo impositivo.

Las gastos de I+D que integran la base de la deducción deben corresponder a actividades

efectuadas en España o en cualquier estado miembro de la Unión Europea.

Igualmente tendrán consideración de gastos de I+D las cantidades pagadas para la realización

de dichas actividades en España o la UE, por encargo del sujeto pasivo, individualmente o en

colaboración con otras actividades.

Las inversiones se entenderán realizadas cuando los elementos patrimoniales sean puestos en

condiciones de funcionamiento.

Page 39: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Entorno de aplicación

La cantidad máxima para el conjunto de actividades deducibles es el 35% de la cuota

íntegra ajustada.

Para favorecer a las empresas con el elevado gasto I+D y iT, el límite de deducción se

incrementa hasta el 50% de la cuota íntegra ajustada, cuando el conjunto del gasto

por actividades de I+D+i y la adquisición de TIC supera el 10% de la cuota integra.

Las empresas no pueden aplicarse la deducción si presentan resultado negativos o

exceden de la cantidad deducible al porcentaje legislado. Pero pueden diferir la

aplicación de la deducción hasta 15 años.

Las deducciones fiscales son compatibles con las subvenciones de programas públicos

y, a diferencia de estos, se aplican por igual a los diferentes sectores empresariales,

áreas de conocimiento tecnológico y ubicación geográfica.

Page 40: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

BONIFICACIONES DEL 40%

DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Page 41: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

La bonificación establecida por Real Decreto podrá aplicarse en la cotización

relativa de los trabajadores incluidos en:

Grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social

Contratación de carácter indefinido, en prácticas, o de carácter temporal por obra o servicio

determinado (duración mínima de 3 meses)

Con carácter exclusivo

Por la totalidad de su tiempo de trabajo en la empresa

Dedicado a actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica

Opción 2. Bonificación en la cuota a la SS

40%

La certificación del personal investigador permite aplicar el 40 %

de bonificación en la cotización a la Seguridad Social al personal

que se dedica en exclusiva a actividades de I+D+i, de los grupos 1,

2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social.

Page 42: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Exclusiones

El régimen de bonificaciones no será de aplicación en los siguientes casos:

− Respecto de aquellos empleados que destinen únicamente parte de su jornada laboral a la

realización de actividades de investigación, de desarrollo o de innovación tecnológica.

− Respecto de aquellos empleados que trabajen para empresas que llevan a cabo proyectos de

investigación, de desarrollo o de innovación tecnológica, cuya labor consista en actividades

distintas a la señaladas en el artículo segundo, como son las de administración, gestión de

recursos, marketing, servicios generales y dirección, entre otras.

− Respecto de aquellos empleados contratados por la Administración General del Estado y los

Organismos regulados en el título II y en las disposiciones adicionales novena y décima de la Ley

6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, las Administraciones autonómicas o las corporaciones locales y sus organismos públicos,

así como por otros entes públicos que estén totalmente exentos del Impuesto sobre Sociedades.

− Relaciones laborales de carácter especial previstas en el artículo 2 del texto refundido de la Ley

del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de

marzo, u otras disposiciones legales.

− Respecto del personal contratado por empresas u organismos cuya contratación para

actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica esté explícitamente

subvencionada o financiada con fondos públicos, siempre que dicha financiación incluya

también las cuotas empresariales a la Seguridad Social.

Page 43: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Incompatibilidades

1. Las bonificaciones podrán ser compatibles con aquellas a las que se pudiera acceder o

estar disfrutando por aplicación del Programa de Fomento de Empleo, sin que en

ningún caso la suma de las bonificaciones aplicables pueda superar el cien por cien

de la cuota empresarial a la Seguridad Social.

2. Asimismo no podrán, en concurrencia con otras medidas de apoyo público establecidas

para la misma finalidad, superar el 60% del coste salarial anual correspondiente al

contrato que se bonifica.

3. El ejercicio de la opción a que se refiere el artículo siguiente será incompatible con la

aplicación del régimen de deducción por actividades de investigación y desarrollo,

e innovación tecnológica establecido en el artículo 35 del texto refundido de la Ley

del Impuesto de Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de

marzo.

Page 44: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Un mes antes del año impositivo a

aplicar las bonificaciones se ha de

notificar a la Agencia Tributaria con

el siguiente formulario:

X opción…..

Page 45: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

6EJEMPLO

Page 46: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Inversión en I+D+i

EMPRESA A (NO REALIZA PROYECTO DE I+D+I)

BENEFICIO EMPRESA 500.000 €

CUOTA INTEGRA AJUSTADA=

BASE IMPONIBLE X IMPOSITIVO=500.000 X 30%= 150.000 €

GASTO PROYECTO 0 €

BASE IMPONIBLE=B-G 500.000 €

Page 47: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Inversión en I+D+i

GASTO PROYECTO DE 200.000 €

EMPRESA B

BASE IMPONIBLE=B-G= 500.000 – 200.000 = 300.000€

Cuota integra ajustada 300.000 X 30%= 90.000 €

Deducciones por I+D=gasto proyecto x deducción fiscal=

200.000 x 42%=84.000 €

Puede aplicarse sobre la cuota integra 50%= 45.000 €

Cuando el importe de la deducción por

inversiones en TIC supere el 10% de dicha cuota,

el limite será el 50%, por lo que es posible

llegar a pagar la mitad del Impuesto sobre sociedades

A pagar 90.000 -45.000 = 45.000 €

Dispone de 15 años para aplicar la deducción restante de:

84.000 – 45.000 = 39.000 €

Ya que no puede aplicar en este ejercicio fiscal

Page 48: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

empresa B

GASTO PROYECTO DE 200.000 €

EMPRESA B

La empresa B sin proyecto pagaría 150.000 €

Sin deducciones por I+D pagaría 90.000 €

Tiene una reducción de 150.000-90.000=60.000 €

Se deduce 45.000 €

60.000 +45.000 =105.000 €

Efecto reductor del gasto en el beneficio=

200.000 x 30%=60.000 €

La diferencia de gasto es de =

200.000 -60.000 – 84.000=56.000 €

Deducciones por I+D=gasto proyecto x deducción fiscal=

200.000 x 42%=84.000 €

Por lo que ha recuperado el 72% de su inversión

- 84.000 € a través de las deducciones fiscales

- 200.000 € a través de la base imponible

Page 49: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Inversión en I+D+i

GASTO PROYECTO DE 200.000 €

EMPRESA A EMPRESA B

BENEFICIO EMPRESA 500.000 €

CUOTA INTEGRA AJUSTADA=

BASE IMPONIBLE X IMPOSITIVO=500.000 X 30%= 150.000 €

BASE IMPONIBLE=B-G= 500.000 – 200.000 = 300.000€

Cuota integra ajustada 300.000 X 30%= 90.000 €

Deducciones por I+D=gasto proyecto x deducción fiscal=

200.000 x 42%=84.000 €

Limite a pagar 50%= 45.000 €

A pagar 90.000 -45.000 = 45.000 €

84.000 – 45.000 = 39.000 a deducir en 15 años

La empresa B sin proyecto pagaba 150.000 €

Sin deducciones pagaría 90.000 €

Tiene una reducción de 150.000-90.000=60.000 €

Se deduce 45.000 €

60.000 +45.000 =105.000 €

Por lo que ha recuperado el 72% de su inversión

EMPRESA C

5 PERSONAS PI

AHORRO CUOTA SS= 12.830 €

GASTO PROYECTO 0

BASE IMPONIBLE=B-G 500.000 €

Defecto reductor del gasto en el beneficio=

200.000 x 30%=60.000 €

La diferencia de gastor es de =

200.000 -60.000 – 84.000=56.000 €

Page 50: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Inversión en I+D+i

PROYECTO DE 200.000 €

EMPRESA B

BENEFICIO EMPRESA 500.000 – 200.000 = 300.000€

Cuota integra ajustada 300.000 X 30%= 90.000 €

Deducciones por I+D+i 200.000 x 42%=84.000 €

Limite a pagar 50%= 45.000 €

A pagar 90.000 -45.000 = 45.000 €

84.000 – 45.000 = 39.000 a deducir en 15 años

La empresa B sin proyecto pagaba 150.000 €

Sin deducciones pagaría 90.000 €

Tiene una reducción de 150.000-90.000=60.000 €

Se deduce 45.000 €

60.000 +45.000 =105.000 €

Por lo que ha recuperado el 72% de su inversión

RECIBE UNA SUBVENCIÓN A

FONDO PERDIDO DEL 30%

FINANCIACIÓN DE LA

EMPRESA:140.000 €

AYUDA

60.000 €

AMINORAMIENTO DEL

65%

21.000 €

APLICACIÓN DE LAS DEDUCCIONES FISCALES

SOBRE: 161.000 €

Page 51: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Cuestión que se plantea

Una cuestión que se plantea es ¿Podríamos evitar pagar el Impuesto

de sociedades en un ejercicio concreto?

Respuesta: NO

Existe un límite conjunto para todas las deducciones de un 35 % de

la cuota íntegra ajustada.

Si el importe de la deducción por I+D+i sumada a la deducción por

inversiones en tecnologías de la información superen el 10% de

dicha cuota, el límite ascenderá al 50%. Por lo que podemos

afirmar que es posible llegar a pagar la mitad del impuesto de un

ejercicio.

Además, recordar que la empresa tiene 15 años para poder

aplicarse les deduccions por I+D+i.

Page 52: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Conclusiones

La empresa B ha recuperado un 72% de su inversión en I+D+i

– 84.000 € a través de deducciones fiscales

– 200.000 € a través de la base imponible

La empresa B obtendrá ventaja competitiva sobre sus competidores,

derivada de la aplicación de la I+D+i utilizada.

Además, la empresa B podrá optar a programas de subvenciones y/o

préstamos para actividades de I+D+i compatibles con las deducciones

fiscales.

Page 53: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Casos prácticos de bonificaciones

Personas

dedicadas a I+D+i

Base

cotización a

la SS

Cuota SS

Ahorro

mensual por

persona

Ahorro total

mensual (40%

cuota)

Ahorro total

anual (40%

cuota)

5 personas 2.264,57 € 534,44 € 213,78 € 1.068,90 € 12.826,80 €

17 personas 3.062,89 € 722,84 € 289,17 € 4.915,38 € 58.984,56 €

28 personas 3.006,58 € 709,55 € 283,82 € 7.946,96 € 95.363,52 €

Disponemos de 3 empresas, con distinto numero de personas

dedicadas 100% de su tiempo a tareas de I+D+i, son:

Page 54: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

7PATENT BOX

Page 55: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Incentivo fiscal para la comercialización (mediante cesión) de los resultados de

aquellos proyectos de I+D+i que se han culminado con éxito.

Permite reducir, en la base imponible del IS, el 50% de los ingresos obtenidos por:

• La cesión del derecho de uso o explotación de patentes, dibujos o modelos,

planos, fórmulas o procedimientos secretos.

• La cesión de derechos sobre informaciones relativas a experiencias industriales,

comerciales o científicas.

Patent box

Empresa

CEDENTE

Cede patente

Empresa

CESIONARIA

paga

50%

exención

La Patente debe ser

creada por la entidad

cedente.

Registros contables

necesarios para

determinar ingresos y

gastos de las patentes.

Diferencias prestaciones

Accesorias.

Debe utilizar los derechos

de uso o explotación en

el desarrollo de una

actividad económica

No debe residir en

paraíso fiscal o territorio

de nula tributación.

Incluso entre empresas del

mismo grupo

Page 56: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Requisitos para el Patent Box.

Que la entidad Cedente haya creado los activos.

Que el Cesionario los utilice en una actividad económica.

Que en cesionario no resida en un paraíso fiscal.

Que el resultado de la cesión no genere nuevos beneficios fiscales para el cedente

(cuando exista vinculación con el cesionario).

Disponer de los requisitos contables necesarios.

El contrato de cesión debe diferenciarse de cualquier otra prestación.

No es requisito que la operación de cesión se realice entre empresas independientes. En consecuencia, Cedente y Cesionario

pueden ser empresas vinculadas entre sí o pertenecientes a un mismo Grupo.

Límite de aplicación del Patent Box.

Dejará de aplicarse a partir del período impositivo siguiente a aquél en que los

ingresos procedentes de la cesión del activo superen el coste de creación del mismo

multiplicado por seis.

(Nota: es un límite cuantitativo, pero esencialmente temporal).

Page 57: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Activos admitidos y excluidos al Patent Box.

Activos intangibles admitidos a la aplicación del Patent Box:

- Patentes (patentes y modelos de utilidad).

- Dibujos o modelos, planos, fórmulas o procedimientos secretos (Diseño Industrial).

- Derechos sobre informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o

científicas (Know - how).

Activos intangibles excluidos de la aplicación del Patent Box:

- Marcas.

- Obras literárias, artísticas o científicas.

- Derechos personales susceptibles de cesión, como los de imagen.

- Software(*).

- Equipos industriales, comerciales o científicos.

- Cualquier otro no recogido expresamente por la norma.

(*) En relación al software, podrá generar Patent Box la parte del gasto directamente vinculada a la creación de los algoritmos de

funcionamiento, nunca los gastos asociados a la materialización del código fuente ni de las máquinas donde se implemente.

Otras cuestiones relativas al Patent Box.Estructuras societarias eficientes (en operaciones entre empresas vinculadas).

Determinación del coste de desarrollo (y, por ende, del límite de aplicación del incentivo) en activos dinámicos

(cuya generación y perfeccionamiento son progresivas en el tiempo).

Page 58: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Compatibilidad del Patent Box con otras formas de Financiación Pública

Este incentivo fiscal es totalmente compatible con:

- AYUDAS PÚBLICAS (Subvenciones a Fondo Perdido y Créditos)

-DEDUCCIONES FISCALES por I+D+i.

Page 59: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

8SEGURIDAD JURÍDICA EN LA APLICACIÓN

DE LOS INCENTIVOS FISCALES

Page 60: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Instrumentos de reducción del riesgo fiscal

Deducciones según criterio propios de la empresa

Consulta vinculante o valoraciones previas

Certificación T

Certificación + “Informe Motivado” del Ministerio Economía y

hacienda

Riesgo Instrumentos

Page 61: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Proyecto I+D o IT:

- dictamen de si el

proyecto es I+D o iT

- auditoria de gastos

deducibles

Personal

investigador:

se dedica de forma

exclusiva a actividades

de I+D+i

Entidad acreditada

por ENAC certifica:

Emisión del Informe

Motivado vinculante

para Hacienda

Empresa realiza proyecto de I+D o iT

Informe

motivado tipo a

Informe motivado

tipo d

2 opciones

excluyentes

Seguridad jurídica en los incentivos fiscales a la I+D+i

Page 62: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

PROYECTOS I+D+i

Page 63: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Proyecto I+D o IT:

- dictamen de si el

proyecto es I+D o iT

- auditoria de gastos

deducibles

Entidad acreditada

por ENAC certifica: TIPOS DE CERTIFICADOS

Emisión del Informe

Motivado vinculante

para Hacienda

Empresa realiza proyecto de I+D o iT

Informe

motivado tipo a

Seguridad jurídica en los incentivos fiscales a la I+D+i

Page 64: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

C CONTENIDO

Certifica el contenido técnico global en I+D+i y la coherencia de los gastos presupuestados para la

realización de las actividades previstas en el proyecto.

Tipos de certificación de proyectos

C+E CONTENIDO Y PRIMERA EJECUCIÓN

Certifica el contenido global en I+D+i, así como los gastos incurridos y las actividades ejecutadas

durante el ejercicio impositivo correspondiente.

S SEGUIMIENTO

Evaluación de la ejecución anual de un proyecto previamente certificado. Se comprueban el

desarrollo del contenido técnico y los gastos incurridos en el último periodo impositivo.

Page 65: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

EMPRESA: MEMORIA TÉCNICA Y CONTABLE

ENTIDAD ACREDITADA POR ENAC:

DICTAMEN TÉCNICO: CLASIFICACIÓN DEL PROYECTO EN I+D O IT

AUDITORIA DE GASTOS INCURRIDOS

EMISIÓN CERTIFICADO

TRAMITACIÓN DEL INFORME MOTIVADO

SEGURIDAD JURÍDICA EN LA APLICACIÓN DE LAS DEDUCCIONES FISCALES EN EL IMPUESTO SOBRE

SOCIEDADES

Pasos a seguir

Page 66: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA 8230

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 126 Lunes 24 de mayo de 2010 Sec. I. Pág. 45137

“Esta información adicional se solicitará, única y exclusivamente cuando se haya consignado un importe

igual o superior a 50.000 euros en los apartados de la declaración referentes a «otras correcciones al

resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias» o en las relativas a las siguientes deducciones generadas

en el ejercicio al que se refiere la declaración y que están recogidas en los siguientes artículos del texto

refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades: deducción por reinversión de beneficios extraordinarios

(artículo 42); deducción por inversiones medioambientales (artículo 39); deducción por actividades de

investigación y desarrollo e innovación tecnológica (artículo 35); deducción por actividades de exportación

(artículo 37)”

DEDUCCIÓN POR GASTOS EN INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA

Deberá cumplimentarse este apartado del formulario cuando el importe de la casilla 798, deducción

generada en 2009 por gastos en investigación y desarrollo e innovación tecnológica, sea superior a

50.000 euros. Para identificar las inversiones y gastos que han generado el derecho a la deducción,

deberá incluirse de forma individualizada, la denominación genérica de los proyectos y la fecha de

expedición o solicitud, si no se ha expedido todavía, del informe emitido por el Ministerio de Ciencia e

Innovación u organismo adscrito a éste, relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y

tecnológicos exigidos por el art. 35 del T.R.L.I.S. En caso de no haberse solicitado el informe , se incluirá

únicamente la identificación de los proyectos.

cve: BOE-A-2010-8230

Impuesto sobre Sociedades

Page 67: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i
Page 68: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

PERSONAL INVESTIGADOR

Page 69: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Personal

investigador:

se dedica de forma

exclusiva a actividades

de I+D+i

Entidad acreditada

por ENAC certifica:

Emisión del Informe

Motivado vinculante

para Hacienda

Empresa realiza proyecto de I+D o iT

Informe motivado

tipo d

2 opciones

excluyentes

Seguridad jurídica en los incentivos fiscales a la I+D+i

Page 70: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

9LOS INFORMES MOTIVADOS

Page 71: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

LOS INFORMES MOTIVADOS

El Ministerio de Ciencia e Innovación, de conformidad con lo previsto en el

artículo 33.4 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre

Sociedades, emitirá informes motivados relativos al cumplimiento de los

requisitos científicos y tecnológicos exigidos en el:

− apartado 1.a) de dicho artículo para calificar las actividades del sujeto pasivo como

investigación y desarrollo, o en su

− apartado 2.a) para calificarlas como innovación, teniendo en cuenta en ambos casos las

exclusiones establecidas en el apartado 3.

Objetivo− Superar la incertidumbre y la inseguridad.

¿Cómo conseguirlo?− Mediante la calificación de las actividades de I+D o i y sus gastos asociados de forma segura.

¿Qué medio se puede utilizar?− Los informes motivados vinculantes para la Administración Tributaria

Page 72: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

TIPOS DE INFORMES MOTIVADOS

Tipo a− Relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos, a los efectos de aplicar la deducción

fiscal por actividades de I+D+i.

− De conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 43/1995 del Impuesto sobre Sociedades.

Tipo b− Relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos, a los efectos de calificar las

actividades del sujeto pasivo como I+D o iT.

− Con el objeto de ser aportado en las consultas sobre interpretación y aplicación de normas previstas en el

artículo 107 de la Ley 230/1963 General Tributaria.

− De conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 43/1995 del Impuesto sobre Sociedades.

Tipo c− Relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos, a los efectos de calificar las

actividades del sujeto pasivo como I+D o iT, así como para identificar los gastos e inversiones que puedan

ser imputados a dichas actividades

− Con el objeto de ser aportado para la adopción de los acuerdos previos de valoración que, a solicitud de

interesado, la Administración tributaria deberá realizar de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la

Ley 1/1998 de Derechos y Garantías de los Contribuyentes.

−Todo ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 43/1995 del Impuesto sobre Sociedades.

Tipo d− Relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos del personal investigador, a los efectos

de aplicar las correspondientes bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social que regula la

disposición adicional vigésima de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de

modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre

el Patrimonio.

Page 73: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

MÉTODO OPERACIONAL

Solicita informe motivado vinculante

Recibe informe motivado vinculante

CONTENIDO Y PRIMERA EJECUCIÓN

Informe técnico del experto

Auditoría de gastos

Informe técnico

Informe motivado

EMPRESA

SEGUIMIENTO

Informe técnico del experto

Auditoría de gastos

CONTENIDO EX-ANTE

Informe técnico del experto

PERSONAL INVESTIGADOR

Relación de personas

Actividades desarrolladas

Tipo a

Tipo b

Tipo d

Page 74: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Fuente: Dirección General de Transferencia de Tecnología y Desarrollo Empresarial

Evolución de los informes motivados

Tienen AMPLIA ACEPTACIÓN territorial y sectorial (Crecimientos

anuales del 40%).

Page 75: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

10AGENCIAS ACREDITADAS POR ENAC

Page 77: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

agencias acreditadas por ENAC C C+E SeguimientoPersonal

investigador

líneas

acreditadas

AIDIT Agencia de Acreditación FGUPM - UPC de proyectos de I+D+i ,

S. L. 72

AENOR Asociación Española de Normalización y Certificación 58

ACIE Agencia de certificación en innovación española, S. L. 52

EQA European Quality Assurance, S. L. 50

Cámara de Comercio de Madrid 28

IMPIVA Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalitat

Valenciana 12

CERTIMAR, S.L. 13

Global certification Spain, S. L. 14

Ziurtek Certificación S.L. 3

¿Cómo seleccionar con quien certifico?

Page 78: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Las consultas vinculantes ante hacienda

Las consultas vinculantes ante hacienda:

Se han de realizar antes de iniciar el proyecto

Son vinculantes

Tardan tiempo a contestar.

En caso de resolución negativa para la empresza no hay otra opción.

Los informes motivados:

Si a la empresa no esta de acuerdo con el resultado de la certificación, puede

reclamar a la entidad certificadora.

Si la empresa ha certificado pero no desea realizar el informe motivado, guarda

el resultado de la certificación y Hacienda no tiene ninguna información respecta

a la certificación

Page 79: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

11Ventajas de la Innovación en

diferentes sectores

Page 80: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Las ventajas de la innovación en los sectores:

textil, calzado, marroquinería,

curtidores, juguetes,

mueble y madera

Page 81: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Antecedentes

La Ley 23/2005 de 18 de noviembre, en su artículoprimero, determina la posibilidad de incluir losmuestrarios dentro del concepto de InnovaciónTecnológica (B.O.E. de 19 de noviembre de 2005).

Muestrario- Resultado de las actividades realizadas por el desarrollo de un conjunto

de prototipos potencialmente convertibles en un nuevo producto.

- Cada proyecto de muestrario engloba un conjunto de colecciones quese agrupan temporalmente, generalmente en dos periodos anuales:primavera/verano y otoño/invierno.

- El sujeto pasivo puede presentar tantos proyectos como considereoportuno dentro de un mismo año fiscal.

Page 82: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Fases de un muestrario

1. Concepción y captación de tendencias.

2. Diseño y definición.

3. Materialización de los prototipos

4. Preserie, marketing y distribución

Page 83: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Exclusiones

De las 4 fases que constituyen un muestrario, solamente seránobjeto del Informe Motivado y deducibles los gastos de las Fases 2y Fase 3

- Fase 2. Diseño y definición

- Fase 3. Materialización del prototipo

Se considerará fiscalmente deducible el gasto asociado a lainmortalización del proyecto, entendida como el fotografiado de lacolección y los trabajos de diseño gráfico.

En caso que durante un ejercicio fiscal no se haya finalizado unproyecto, la empresa podrá deducirse las actividades ejecutadassiempr que demuestre su realización.

Page 84: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Las ventajas de la certificación

en el sector de la construcción

Page 85: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

El Ministerio de Fomento fomenta la I+D+i en el sector al aprobar el Plan

Estratégico de Infraestructuras y Transporte (PEIT).

En el nuevo pliego de cláusulas administrativas para la concesión de obras por el

sistema de concurso, la evaluación de las ofertas técnicas, incluye una quinta

dimensión sobre la tecnología e I+D+i, que puede llegar a suponer el 10% o el 25%

de la puntuación total, según la importancia tecnológica de la obra.

Ventajas en el sector de la construcción

Page 86: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Novedad

“Se valorarán en particular la utilización en la obra de

tecnologías que hayan sido desarrolladas en el marco de

proyectos de I+D+i que supongan una mejora de la calidad y

valor técnico de la obra, y cuya justificación pueda ser

debidamente documentada. Dicha justificación podrá

realizarse mediante la acreditación, según la serie de

normas UNE 166.000”

Plan Estratégico de Infraestructuras y Transporte

Ventajas en el sector de la construcción

Page 87: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Evaluación de la oferta técnica

El desarrollo de actividades de I+D+i en el sector puede otorgarlos últimos decimales necesarios para poderoptar a adjudicaciones de contratos.

Ventajas en el sector de la construcción

Memoria y programa de

trabajo60%

Tecnología15%

Adecuaciones medioambientale

s15%

Calidad10%

Page 88: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Las ventajas en el sector TIC

Page 89: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

En el Pliego de cláusulas administrativas particulares que regula el Acuerdo marco de servicios TIC

para los departamentos de la Administración de la Generalitat y entidades adheridas (Exp. 2010/3)

(pág.. 59 y 60) se comenta:

I+D+i

(5 puntos)

con el objetivo de garantizar la innovación en los servicios TIC objeto del Acuerdo marco y impulsar la

implantación eficaz de estas innovaciones en las prestaciones contenidas en el sublote y especialmente en

el entorno de e–Administración, e–Gobierno, y despliegue de las nuevas leyes se valoraran en la empresa o

el grupo empresarial:

proyectos realizados en cooperación de investigación tecnológica

(4 puntos)

Se valoraran hasta a 4 puntos los proyectos de investigación en el ámbito de este sublote con la siguiente

puntuación:

1 punto para cada proyecto realizado en cooperación con un centro de investigación tecnológica en

Catalunya.

0,6 puntos para cada proyecto realizado en cooperación con un centro de investigación tecnológica fuera

del ámbito de Catalunya.

0,5 puntos para cada proyecto realizado con fondos de investigación (FEDER, ACC1Ó, etc.)

0,3 puntos para cada proyecto realizado con recursos internos dedicados a I+D+I en el balance.

Se podrán declarar hasta un máximo de 5 proyectos de los últimos 5 años.

Únicamente se podrán declarar los proyectos realizados por la empresa licitadora o empresas del grupo

empresarial, sin tener en cuenta los realizados por las empresas con las que se han realizado alianzas

(medios ajenos).

Ventajas en el sector tic

Page 90: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Certificación en el ámbito de I+D+i

(1 punto)Se valoraran hasta 1 punto el hecho de que la empresa licitadora disponga de proyectos, personal o de un sistema

de gestión de I+D+I certificados, de acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo 35 del Real Decreto

Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del impuesto sobre

sociedades y la norma UNE166.002:2006, por una entidad debidamente acreditada per ENAC.

Se valorará de la siguiente manera:

1 punto para a las empresas que dispongan de algún tipo de certificación I+D+i

0,5 puntos para las empresas que estén en proceso de certificación I+D+I

0,2 puntos para las empresas que hayan realizado algún acto relacionado con certificaciones I+D+I

Les empresas licitadoras tendrán que acreditar estos proyectos y certificaciones según declaración responsable

del anexo núm. 17.

Ventajas en el sector tic

Page 91: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

11Normas UNE 166.000

Page 92: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

¿Por qué normas para sistematizar laInnovación?

- La idea de la elaboración de este grupo de normas sobre I+D+i surgedesde el reconocimiento de la importancia de este tipo de actividadespara mantener la competitividad empresarial y entendiéndolas, además,como un factor básico para el desarrollo económico y social de lospaíses.

- Con la elaboración de estas normas se pretende tener unosdocumentos que ayuden a realizar con éxito y eficacia las actividadesde I+D+i, de acuerdo con las necesidades propias de una organización.Para ello ha sido necesaria la constitución de un nuevo Comité Técnicode Normalización en AENOR, el AEN/CTN 166, y sus correspondientesgrupos de trabajo.

NORMAS UNE 166.000

Page 93: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Las norma UNE 166.000:2006 sobre actividades de Investigación,

Desarrollo Tecnológico e Innovación (I+D+i), está compuesta por

cinco partes de las cuales a día de hoy sólo están disponibles las

siguientes:

– UNE 166.000:2006: “Gestión de la I+D+i: Terminología y definiciones de las

actividades de I+D+i”

– UNE 166.001:2006: “Gestión de la I+D+i: Requisitos de un proyecto de

I+D+i”

– UNE 166.002:2006: “Gestión de la I+D+i: Requisitos del Sistema de Gestión

de la I+D+i”

– UNE 166.006:2011: “Gestión de la I+D+i: Sistema de vigilancia tecnológica

e inteligencia competitiva.”

FAMILIA DE NORMAS UNE 166.000

Page 94: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

Modelo Lineal (proceso secuencial con origen en resultados científicos)

Modelo Mixto (viabilidad técnica y de demanda, con contacto permanente entre departamentos)

Modelo de Kline (introduce la complejidad del proceso)

UNE 166.002

MODELOS DEL PROCESO DE I+D+i

Page 95: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

PROCESOS ESTRATEGICOS

PROCESOS DE SOPORTE

COMERCIALI-

ZACIÓNPRODUCCIÓN POST-VENTA

PROCESOS DE LA EMPRESA

Page 96: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

PROCESOS ESTRATEGICOS: Responsabilidad de dirección

PROCESOS DE SOPORTE

COMERCIALI-

ZACIÓNPRODUCCIÓN POST-VENTA

COMPROMISO

DE LA

DIRECCIÓN

ENFOQUE A

LAS PARTES

INTERESADAS

POLÍTICA DE

I+D+i

COMPRAS

RESULTADOS

DEL PROCESO

DE I+D+i

MEDICIÓN,

ANALISIS Y

MEJORA

ISO 9000 VS UNE 166.002

UNE 166.002 ISO 9000

Page 97: Como puede su empresa beneficiarse de incentivos fiscales i+d+i

UNE

166.006

Vigilancia

tecnológica

Generación

de ideas

Inteligencia

competitiva

Selección

Plan de

viabilidad

Especifica-

ciones

Selección

de

proyectos

Planificación

Ejecución

Diseño

Prueba piloto

Rediseño

Cierre y

revisión

Comercialización

Producto

Proceso

Proyectos de investigación

Cuerpo de conocimientos

científico-técnico existentes

ACTIVIDADES PROCESO DE INNOVACIÓN

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¿PREGUNTAS…………?

Maria Mirabet

667550611

MM [email protected]

Muchas gracias por

vuestra atención