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11 " I - SUBSECRETARIA I MINISTERIO I iSlj DE ASUNTOS y DE COOPERACION - . CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CONTRATO DE , SUMINISTRO E INSTALACION DE , EQUIPO DE REFRIGERACION DE , PRECISION, PARA EL CENTRO DE PROCESO DE DATOS (CPD) DEL , COMPLEJO DE TORRES AGORA, CI SERRANO GALVACHE, 26, MADRID PROCEDIMIENTO NEGOCIADO

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SUBSECRETARIA

I ~ ~ MINISTERIO ~~~SCU~~~~R~~i5~IORE I iSlj ~ DE ASUNTOS EXT~RIORES

y DE COOPERACION - .

CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES

CONTRATO DE ,

SUMINISTRO E INSTALACION DE ,

EQUIPO DE REFRIGERACION DE , PRECISION, PARA EL CENTRO DE PROCESO DE DATOS (CPD) DEL ,

COMPLEJO DE TORRES AGORA, CI SERRANO GALVACHE, 26, MADRID

PROCEDIMIENTO NEGOCIADO

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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

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SUB-SEe-.qE=F-AFHA-DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION

Redactado de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de

noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de

Contratos del Sector Público y conforme al Reglamento general de la

Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real

Decreto 1098/2001 de 12 de octubre y el Real Decreto 817/2009, de 8

mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, modificado por el

RD 300/2011, de 4 de marzo.

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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

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PLIEGO-TIPO CO '1~ E SUMINISTRO PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD

PERFIL DE CONTRATANTE

Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, de acuerdo con el artículo 53. 1 del TRLCSP, cualquier interesado podrá tener acceso al perfil del contratante de este órgano de contratación en la página www.maec.es yen la Plataforma de Contratación del Estado, conforme a lo dispuesto en el artículo 334 del TRLCSP.

0.- NÚMERO DE EXPEDIENTE

2017.12.014.C.

1.- IDENTIFICACIÓN Y ANTECEDENTES DEL CONTRATO

1.1.- OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del presente contrato es el suministro e instalación de equipo de refrigeración de precisión, para el centro de proceso de datos ' (CPD) del complejo de Torres Ágora, CI Serrano Galvache, 26, Madrid, sede del MAEC.

1.1.1.- Descripción y necesidades administrativas a satisfacer

La Dirección General del Servicio Exterior para el cumplimiento de sus fines, tiene planteada la siguiente necesidad : mejorar la instalación de refrigeración existente en el centro de proceso de datos (CPD) en el edificio Torres Ágora, tanto para dar respaldo a la instalación actual, como para, llegado el momento de la previsible ampliación de racks y equipamiento, poder asumir junto con los equipos existentes, la carga térmica que se pueda generar.

Para ello se ha optado por instalar un nuevo equipo de refrigeración de precisión que en los momentos de menor demanda de frío se alternará con los equipos actuales y que cuando las circunstancias lo requieran, trabajará conjuntamente con ellos. Este nuevo equipo, por su diseño, con un compresor que permite modificar la potencia frigorífica según la carga térmica efectiva y por su mejor conducción del aire, permitirá mejorar la eficiencia en cargas parciales y una más rápida variación frigorífica, con el consiguiente ahorro energético.

El detalle y características del suminist ro e instalación del equipo de refrigeración de precisión debe prestarse se establecen en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

1.1.2.- Codificación

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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

La codificación correspondiente a la (CPV-2008) es 42513200-7 Equipo de de equipos técnicos de refrigeración.

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SUBSECRE-TAR-IA-DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION

bulario Común de contratos 31-4 Trabajos de instalación

1.1.3.- Comienzo del suministro y duración del contrato

La prestación del suministro objeto del procedimiento de licitación se iniciará en la fecha de la firma del contrato objeto del presente pliego.

El plazo de duración máxima del contrato será de 4 semanas a partir de la firma del contrato.

1.1.4.- Estructura del suministro a prestar

En un solo lote.

1.1.5.- Lugar de entrega

En Madrid, complejo Torres Ágora, calle Serrano Galvache, 26.

1.1.6.- Órgano de contratación

En desarrollo del artículo 316.4 del TRLCSP y en virtud de lo dispuesto en la Orden AEXj1001j2003, de 23 de marzo, de delegación de competencias en materia de personal, contratación y gestión presupuestaria y del gasto público, el órgano de contratación es el Director General del Servicio Exterior. Su dirección de correo postal es Plaza de la Provincia, nO 1 28012 MADRID, Y su dirección electrónica se encuentra en la página web www.maec.es.

Conforme al artículo 52 del TRLCSP, el responsable del contrato, al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada será el Jefe de Área de obras de la Oficialía Mayor.

1.2.- RÉGIMEN ECONÓMICO-PRESUPUESTARIO DEL CONTRATO

1.2.1.- Presupuesto de licitación:

33.180,77 Euros, IVA excluido.

Esta cifra representa el presupuesto máximo, que determinará la exclusión de cualquier oferta por importe superior.

En esta cifra se incluye cualquier impuesto o gasto, distinto del IVA, que grave o se devengue por razón de la celebración o ejecución del contrato, al tipo impositivo general vigente en el momento de la licitación. Cuando, por cualquier motivo, se reconociera la exención de los impuestos o la reducción de los tipos impositivos, se entenderá minorado en el importe correspondiente el presupuesto y, proporcionalmente,

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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

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SüB-8ECRETARI DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION

De acuerdo con lo previsto en el artículo 88 del TRLCSP el valor est imado del contrato se fija en 33 .180,77 Euros.

El IVA que ha de soportar la Administración, al tipo imposit ivo del 21 %, vigente en el momento de la licitación, asciende a 6.967,96 Euros.

De conformidad con lo previsto en el artículo 302 del TRLCSP el presupuesto del contrato se ha determinado según los precios habituales del mercado al día de la fecha.

1.2.2.- Distribución en anualidades del gasto derivado del contrato

Ejercicio 2017 40.148,73 euros

1.2.3.- Aplicación presupuestaria

En las aplicaciones presupuestarias 12.01.12.141M.620 con cargo al que se atenderán estos gastos, existe el crédito preciso para atender las obligaciones que se deriven del cumplimiento del contrato hasta su conclusión .

1.2.4.- Ejercicio con cargo al cual se tramita

Corriente.

1.3.- TRAMITACIÓN

Ordinaria.

1.4.- NATURALEZA DEL CONTRATO Y RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE

El contrato que se suscriba tendrá carácter administrativo y se regirá por el pliego de cláusulas administrativas particulares, por el pliego de prescripciones técnicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por el RD 817/ 2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/ 2007, modificado por el RD 300/ 2011, de 4 de marzo y, en cuanto no se encuentre derogado, por el RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), tal y como establecen los artículos 19.2 y 305.1 del TRLCSP; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. En todo caso será de aplicación respecto de ambos pliegos lo establecido en el artículo 68.3 del citado RGLCAP.

Las cuestiones litigiosas que surjan serán resueltas por el órgano de contratación cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa pudiendo ser impugnados mediante recurso contencioso administrativo, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la

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Sü8SECRETARil-l:

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

2.- REOUISITOS DE LOS LICITADORES INTERESADOS

2.1.- REQUISITOS GENERALES

2.1.1.- De carácter jurídico

Podrán presentar ofertas para la adjudicación del contrato, en base a la previa invitación de la Administración, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en agrupación o unión temporal, con plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en ninguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el arto 60 del TRLCSP y cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.

Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.

La comprobación de estos requisitos se efectuará al examinar la documentación administrativa requerida, sin perjuicio del derecho de la Administración a hacerlo en cualquier otro momento previo o posterior a la adjudicación del contrato.

2.1.2.- De la personalidad jurídica y la capacidad de obrar del contratista

Los candidatos o los licitadores deberán acreditar su personalidad jurídica y capacidad de obrar. Cuando fueran personas jurídicas deberán justificar que el objeto social de la entidad comprende el desarrollo de todas las actividades que constituyen el objeto del contrato al que concurren. La acreditación se realizará mediante la presentación de los estatutos sociales inscritos en el Registro mercantil o en aquel otro registro oficial que corresponda en función del tipo de entidad social.

2.1.3.- De la capacidad económica y financiera y técnica o profesional

La admisión a la licitación requerirá la previa acreditación de la capacidad de obrar y la solvencia económica y financiera y profesional o técnica necesaria para la ejecución del contrato, lo que se acreditará mediante la presentación de los documentos exigidos en el apartado 4.1 del presente pliego.

Los criterios de selección de las empresas estarán basados en los medios para acreditar la solvencia económica, financiera y técnica conforme a los artículos 62, 75, 76, 77 Y 78 del TRLCSP.

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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

a) Solvencia económica V financiera

DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACION

Las empresas invitadas acreditarán su solvencia económica y financiera mediante la presentación de la siguiente documentación :

• Declaración sobre el volumen global de negocio en los t res últimos ejercicios. Para cada ejercicio la cuantía debe ser superior en al menos cinco veces el presupuesto de licitación del contrato (nO 23 del Anexo 1).

La documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera se presentará en el sobre nO 1 de documentación administrativa

b) Solvencia técnica v profesional

Las empresas invitadas deberán presentar:

• Relación de los principales suministros efectuados a la Administración o a particulares en los últimos cinco años, incluyendo fechas y destinatario, el importe total de todos los suministros deberá ser al menos el triple del presupuesto base del contrato anual, pudiendo limitarse a presentar un máximo de tres por cada ejercicio y acreditándolo, de conformidad con lo señalado en el artículo 77.1 a) del TRLCSP, mediante certificado o visado del órgano competente cuando el destinatario haya sido una entidad del sector público; si el destinatario es una entidad privada se acreditará mediante certificado expedido por el destinatario del servicio o declaración del empresario. (nO 26 del Anexo 1).

La documentación acreditativa de la solvencia técnica se presentará en el sobre nO 1 de documentación administrativa

De acuerdo con lo establecido en el artículo 63 del TRLCSP para acreditar los criterios de solvencia señalados anteriormente, los licitadores podrán basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.

La no acreditación de la solvencia dará lugar a la exclusión del licitador del procedimiento de contratación, mediante resolución motivada del órgano de contratación.

2.1.4.- Prohibición de contratar

Los candidatos o los licitadores no deberán estar incursos en ninguna de las causas de prohibición de contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP en la fecha de conclusión del plazo de presentación de solicitudes de participación. Tampoco deberán estar incursos en tal situación cuando se proceda a la adjudicación del contrato.

Para acreditar tal circunstancia deberán aportar la correspondiente declaración responsable en la que el empresario, su representante o apoderado, en su caso, deje

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DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACION

constancia de tal requisito. La declaración, necesariamente firmada, podrá ajustarse al modelo incluido en el Anexo I del presente pliego.

2.2.- CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA PROVISIONAL

No se requerirá la constitución de una garantía provisional para concurrir a la licitación del contrato (art. 103 .1 del TRLCSP) .

3.- FORMA DE ADJUDICACIÓN, CRITERIOS DE SELECCIÓN Y DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109.4 del TRLCSP en el expediente se justificará adecuadamente la elección del procedimiento y de los criterios que se tendrán en consideración para adjudicar el contrato.

3.1.- FORMA DE ADJUDICACIÓN

El contrato se adjudicará mediante procedimiento negociado, de acuerdo con lo previsto en los artículos 138.2, 169 Y 173.f) del TRLCSP.

3.2.- CRITERIOS DE SELECCIÓN

Las empresas invitadas a participar en el procedimiento que podrán acceder a la adjudicación del contrato deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional y técnica, conforme a los artículos 62, 75, 76, 77 Y 78 del TRLCSP. Este requisito será sustituido por el de clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en el artículo 65.1 del Texto Refundido.

Los licitadores o candidatos manifestarán haber tenido en cuenta en la elaboración de sus ofertas las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección de empleo, condiciones de trabajO y prevención de riesgos laborales y protección del medio ambiente (art. 119 del TRLCSP).

3.3.- VALORACIÓN DE LAS OFERTAS - Documentación a incluir en el SOBRE 2

Los aspectos económicos y técnicos que, en su caso, hayan de ser objeto de negociación con las empresas se determinarán en este pliego (art 176 TRLCSP).

El órgano de contratación negociará con los licitadores las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los requisitos indicados en el pliego de cláusulas administrativas particulares y en el anuncio de licitación, en su caso, y en los posibles documentos complementarios, con el fin de identificar la oferta económicamente más ventajosa (art 178.4 TRLCSP).

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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACION

Los aspectos económicos serán presupuesto de licitación.

hasta el límite fijado como

Para valorar las proposiciones y determinar la oferta más ventajosa se tendrá en cuenta un único criterio de adjudicación : el precio ofertado.

11 Aspectos Económicos 11 100 puntos 1I

3.3.1.-0ferta económica

El importe del suministro y la instalación de equipo de refrigeración de precisión para el CPD no podrán superar la cantidad de 33.180,77 euros, IVA no incluido.

El precio ofertado incluirá todos los gastos generales, desplazamientos, trabajos complementarios, equipos y medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución del objeto del contrato de esta licitación, así como los tributos y gastos de cualquier índole (incluidos gastos generales, beneficio industrial y gastos de visado, en su caso) que sean de aplicación (excepto el IVA).

La mayor puntuación, 100 puntos, se asignará a la oferta más baja entre las admitidas, distribuyendo la puntuación a las restantes ofertas de acuerdo a la siguiente función :

Puntos. = (P.m I P.of) x 100

Siendo: P.m = precio de la oferta más baja admitida a licitación P .of = precio de la oferta cuya puntuación se calcula

3.3.2.- Proposiciones temerarias o desproporcionadas

Con carácter previo a la determinación de la puntuación económica se determinará qué proposiciones no pueden ser cumplidas por ser consideradas anormalmente bajas o desproporcionadas.

Se valorará, para determinar que una proposlclon no puede ser cumplida por considerarse anormal o desproporcionada, aquellas que supongan una baja superior al 20 % del precio medio de las ofertas, y se estará a lo dispuesto en el artículo 152 del TRLCSP.

En el caso de presentarse un único licitador se considerará que la oferta es de carácter desproporcionado o anormal, si la misma es inferior al presupuesto base de licitación en más de veinticinco unidades porcentuales.

3.3.5.- Resolución de supuestos de igualdad de puntuación:

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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

En caso de empate entre dos o más proposi propuesta de adjudicación se hará a favor de la empresa que tenga en su plantilla mayor número de minusválidos, siempre que el mismo no sea inferior al 2% de los trabajadores y haya incluido en el sobre nO 1 el documento señalado con el número 37 (del Anexo 1). Si aún continuase el empate, y ambas ofertas fueran iguales, mediante sorteo.

4.- PRESENTACIÓN DE OFERTA Y DOCUMENTACIÓN

La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas del presente pliego (art. 145.1 y 2 del TRLCSP).

Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 147 y 148 del TRLCSP. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.

El oferente, al formular su propuesta económica, deberá consignar como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.

En cuanto a la forma de presentación se estará a lo dispuesto en el arto 80 del RGLCAP, debiendo los interesados presentar sus proposiciones en dos sobres, cerrados y firmados por el propio candidato o persona que lo represente, haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y, en todos, el nombre del empresario, el objeto del contrato y el nombre o razón social de la empresa. Se añadirá además, en cada sobre y en hoja independiente, su contenido enunciado numéricamente.

SOBRE 1: Contendrá la documentación administrativa

4.1.- DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA (art. 146 TRLCSP)

Los licitadores incluirán los documentos que seguidamente se relacionan :

4.1.1 Índice numerado, de documentos presentados en este sobre, con indicación de la persona de contacto, teléfono, fax y dirección de correo electrónico, en relación con la licitación convocada.

4.1.2 Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de aptitud para contratar con la Administración. Los licitadores, deberán presentar la declaración responsable a que se refiere el artículo 146.4 del TRLCSP, como prueba preliminar de que cumplen los requisitos legalmente establecidos para contratar con la Administración a que se refiere el artículo 146.1 del TRLCSP, y que se enumeran a continuación; sin perjuicio de que el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, pueda recabarles, en cualquier momento anterior a la

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SUS-8E-eRE-T-A-RIA-DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION

adopción de la propuesta de adjudicación, la aportación de la documentación acreditativa del cumplimiento de tales condiciones.

4.1.3- La documentación a aportar a requerimiento del órgano de contratación será la siguiente, según los casos:

A) Si las empresas se hallan inscritas en un Registro oficial de licitadores pOdrán presentar la siguiente documentación:

• Certificación de la inscripción en el Registro Civil de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o Certificado comunitario de clasificación, en su caso.

• Declaración responsable del licitador en el que manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación.

• Documentación acreditativa de constitución de garantía provisional, cuando se exija este requisito.

• Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, con renuncia, en su caso al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

B) Si las empresas no se hallan inscritas en un Registro oficial de Licitadores deberán presentar la siguiente documentación especificada en el Anexo 1:

Documentación acreditativa de personalidad física o jurídica: comprenderá los documentos que se indican en cada caso, de los relacionados, con carácter general, en el Anexo 1 del presente pliego ("Documentación Administrativa''), números del 1 al 17.

Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional de la empresa: comprenderá los documentos que se indican en cada caso, de los relacionados, con carácter general, en el Anexo 1 del presente pliego, números 23 (solvencia económica) y 26 (solvencia técnica).

Exoedientes en los que no se bava exigido clasificadJ5n:

4.1.1. Persona física española: Documentos señalados con los números: 1, -0 12, 15, 23 Y 26. 4.1.2. Persona jurídica española: Documentos señalados con los números: 2, -0 13, 16,23 Y 26. 4.1.3. Persona física de los demás países de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo: Documentos señalados con los números: 3, -0 8, 14, 15, 23 Y 26. 4.1.4. Persona jurídica de los demás países de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo: Documentos señalados con los números: 4, 5, -0 8, 13, 16,23 Y 26. 4.1.5. Persona física de otro país/ signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio Documentos señalados con los números: ~ 0 -0 8, lO, 14, 15, 23 Y 26. 4.1.6. Persona jurídica de otro país/ signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio

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6-tlB-SEeRE-T-ARIA-

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

Documentos señalados con los números: 4, 6, .0 16, 23 Y 26. 4.1.7. Persona física de país no comprendido en los números anteriores: Documentos señalados con los números: 3, 6, .0 8, 9, 14, 15, 23 Y 26. 4.1.8. Persona jurídica de país no comprendido en los números anteriores: Documentos señalados con los números: 4, 6, .0 8, 9, 13, 16, 23 Y 26. 4.1.9. Uniones de empresas Las uniones de empresas deberán presentar respecto a cada una de las empresas integrantes de la agrupación, además de la documentación que para cada una de ellas sea exigible según los números anteiiores, la declaración prevista en el número 36.

Dichos Documentos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas.

SOBRE 2: Contendrá la proposición económica

4.2.- PROPOSICiÓN ECONÓMICA

La oferta económica, necesariamente firmada, podrá ajustarse al modelo incluido como Anexo II de este pliego.

Su importe se expresará en número y letra, y el precio total de la oferta comprenderá toda clase de gastos derivados del contrato.

Como documento adjunto al modelo de oferta económica, se presentará el correspondiente desglose de precios unitarios y totales de Ejecución Material por partidas, el cual se realizará ajustándose rigurosamente al orden de los puntos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El precio final obtenido antes de IVA coincidirá con el de la Oferta económica (Anexo II).

5.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES

5.1.- LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

La documentación podrá ser presentada en mano en el Registro General del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, CI El Salvador nO 1, 28012 Madrid, contra recibo de la oficina receptora.

Salvo que el escrito de invitación indique lo contrario, la oferta también podrá ser remitida por correo al Registro General del MAEC, CI El Salvador nO 1, 28012 Madrid . Cuando se utilice este medio deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y el mismo día, anunciar al órgano de contratación mediante telex, telegrama que se cursará a la Dirección General del Servicio Exterior, Oficialía Mayor, Plaza de la Provincia nO 1, 28012 Madrid, o fax al número 91 394 86 57, de la mencionada unidad, la remisión de la oferta. También podrá efectuarse el anuncio por correo electrónico (om.contratació[email protected]), que será válido si existe constancia de transmisión y recepción, de sus fechas, contenido e identificación fidedigna de remitente y destinatario.

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iIi MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

5.2.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

La oferta o, en su caso, el anuncio de su envío por correo deberá encontrarse en poder de la oficina receptora en la fecha indicada en la invitación.

6 .- VIGENCIA DE LA OFERTA

El plazo en el que queda obligado el contratista, por la oferta que presenta, se fija en tres meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación.

7 .- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN (ART 151 TRLCSPl

7.1.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS.

Finalizado el plazo de presentación de ofertas, el órgano gestor calificará los documentos presentados en tiempo y forma. A tal efecto procederá a abrir y examinar el sobre nO 1 de las ofertas presentadas en plazo y no incursas en la duplicidad a que se refiere el arto 145.3 del TRLCSP.

Si se observan defectos materiales en la documentación presentada o se precisan aclaraciones, se concederá el plazo que se considere conveniente, nunca inferior a un día ni superior a tres hábiles, para que las empresas completen la documentación o subsanen los defectos que la misma contenga.

El órgano de contratación, una vez calificada la documentación y subsanados los defectos u omisiones, procederá a clasificar las proposiciones presentadas, por orden decreciente, para determinar la oferta económicamente más ventajosa (apartado 3.3. del presente pliego).

7.2.- RENUNCIA O DESISTIMIENTO

Corresponde al órgano de contratación por razones de interés público debidamente justificadas renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir del procedimiento antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

En ambos casos el órgano de contratación compensará a los candidatos o licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido hasta un máximo de 200,00 euros.

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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

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SüBSECRETp;RiÁ-DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION

El órgano de contratación podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes, en el caso de que deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios de adjudicación, y adjudicará el contrato al licitador que haya presentado la proposición que resulte económicamente más ventajosa de acuerdo con los aspectos técnicos y económicos objeto de negociación en el presente contrato.

El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.

El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al arto 64.2, y de haber constituido la garantía definitiva procedente.

El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en el párrafo anterior.

7.4.- NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN

La adjudicación del contrato se acordará por el órgano de contratación mediante resolución motivada conforme al arto 151.4 TRLCSP y se notificará a los candidatos o licitadores por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. La comunicación al adjudicatario indicará el lugar, día y hora en que su representante debe comparecer para proceder a la formalización del contrato, de acuerdo con lo previsto en el apartado 9.3 siguiente.

Simultáneamente a la notificación a los candidatos o licitadores, la adjudicación de los contratos se publicará en el perfil del contratante del órgano de contratación.

8 .- RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN

No procede el recurso especial en materia de contratación de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.1 del TRLCSP.

9.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

9.1.- CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA (art. 95 TRLCSP)

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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

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&U8&E0RE-TARIM ~

DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACION

El que presente la oferta ventajosa deberá constitui r a disposición del órgano de contratación una garantía de un 5 por ciento del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP, con los requisitos exigidos en los artículos 55 a 61 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre y de acuerdo con los modelos establecidos en los anexos III a VI del citado Real Decreto . La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 100 del TRLCSP.

De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración entenderá que el licitador ha retirado su oferta, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 151.2 del TRLCSP.

Será de aplicación lo dispuesto en los artículos 99.2 y 99.3 del TRLCSP, relativos al reajuste de garantías; así como lo mencionado en los artículos 101 y 102 del TRLCSP en relación con la ejecución de garantías y la devolución y cancelación de las mismas.

Cuando la cuantía del contrato se determine en función de precios unitarios, el importe de la garantía a constituir se fijará atendiendo al presupuesto base de licitación.

9 .2.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA COMPLEMENTARIA

No prevista.

9.3.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO (art. 156 TRLCSP)

El contrato deberá formalizarse en documento administrativo no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el art 151.4 del TRLCSP, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.

Cuando no pueda formalizarse el contrato en el plazo indicado, por causas imputables al contratista o a la Administración, se estará a lo previsto en el artículo 156.4 del TRLCSP.

La formalización de los contratos se publicará en el perfil del contratante del órgano de contratación y en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Unión Europea, cuando así proceda conforme al arto 154 TRLCSP.

9.4.- ABONO DE GASTOS DECLARADOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO

Serán por cuenta del contratista todos los gastos necesarios para la realización del cumplimiento del objeto del contrato y cualesquiera impuestos o tasas que puedan gravar la operación que no se encuentren expresamente excluidos en el presente pliego.

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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

9.5.- REALIZACIÓN DEL OBJETO DEL rn1~Ht~'n

9.5.1.- Ejecución y modificación del contrato

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SU BSE€RE-TARIA-DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION

El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.

El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación de acuerdo con lo previsto en el artículo 305 del TRLCSP.

Conforme al artículo 52 del TRLCSP, el responsable del contrato, al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada será la Oficialía Mayor del MAEC.

Los contratos administrativos sólo podrán ser modificados por razones de interés público en los casos y en la forma previstos en el título V del libro 1 del TRLCSP, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 219, 220 Y 306 del TRLCSP, y deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 156 TRLCSP, según establece el artículo 219.2 TRLCSP.

9.5.2.- Reglas especiales respecto del personal laboral de la empresa contratista

1.- Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos (en los casos en que se establezcan requisitos específicos de titulación y experiencia), formará parte del equipo de trabaja adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la "entidad contratante" del cumplimiento de aquellos requisitos.

La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio (cuando existan razones que justifiquen esta exigencia), informando en todo momento a la "entidad contratante".

2.- La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustitución de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.

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MINISTERIO ~ DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACiÓN

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SUBSEGRéTARIA-DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION

4.- La empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones salvo que, excepcionalmente, sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias de los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público. En este caso, el personal de la empresa contratista ocupará espacios de trabajo diferenciados del que ocupan los empleados públicos. Corresponde también a la empresa contratista velar por el cumplimiento de esta obligación. En el pliego deberá hacerse constar motivadamente la necesidad de que, para la ejecución del contrato, los trabajos se presten en las dependencias de los Departamentos, agencias, entes, organismos y entidades que forman parte del sector público.

5.- La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable (según las características del trabajo externalizado pueden establecerse distintos sistemas de organización en este punto), integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:

a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la "entidad contratante", canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato de un lado, y la "entidad contratante", de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.

b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del trabajo contratado

c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.

d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con la "entidad contratante", a efectos de no alterar el buen funcionamiento del trabajo.

e) Informar a la "entidad contratante" acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.

9.5.3.- Limitación y autorización previa de las subcontrataciones

Las subcontrataciones estarán sometidas a los requisitos establecidos en los artículos 227 y 228 del TRLCSP. No pudiendo exceder del 60 % del importe de adjudicación, el total de prestaciones susceptibles de ser subcontratadas por el contratista.

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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

El adjudicatario deberá

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SüBSECREiARi1\ DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION

Para los contratos de carácter secreto o reservado, o cuando su ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales, de acuerdo con disposiciones legales o reglamentarias o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado, la subcontratación requerirá siempre autorización expresa del órgano de Contratación.

El personal del subcontratista quedará sujeto en idénticas condiciones que el del contratista a las comprobaciones que la Administración establezca en el ejercicio de las facultades que le corresponden de inspección y dirección.

9 .6.- RESPONSABILIDAD Y PENALIDADES POR DEFECTOS EN LA EJECUCIÓN

Sin perjuicio de lo establecido en el art 305 del TRLCSP y de las indemnizaciones que procedan según el art 214 del TRLCSP, serán de aplicación al contratista, en el caso de ejecución defectuosa, demora o incumplimiento de las condiciones especiales establecidas en el presente pliego, las siguientes penalidades conforme al artículo 212 del TRLCSP.

En el supuesto de que por parte del responsable del contrato se apreciase que las prestaciones acordadas se están desarrollando defectuosamente, lo comunicará por escrito al adjudicatario con objeto de corregir los defectos observados. En el caso de que dichos defectos no se corrigiesen, el órgano de contratación podrá imponer una penalidad equivalente al 5% del importe del contrato (lVA no incluido). En todo caso se dará audiencia al interesado.

El importe de la penalización, acordada por el órgano de contratación, se hará efectiva mediante deducción de las cantidades que en concepto de pago deban abonarse al contratista, respondiendo en todo caso la garantía definitiva en el supuesto que no pudiese deducirse la penalización en la forma señalada anteriormente.

Respecto de los daños y perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de las operaciones que requieran la ejecución del contrato, se estará a lo previsto en el artículo 214 del TRLCSP.

9.7.- GARANTÍA DEL SERVICIO

Por la naturaleza y características del objeto del contrato, y de acuerdo con lo dispuesto en el arto 222.3. del TRLCSP, no se establece plazo de garantía, una vez agotado el plazo de ejecución.

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J Y DE COOPERACiÓN

9.8.- CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN

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SU BSECRE-TAR:A-DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION

El contratista tendrá obligación de guardar sigilo sobre el contenido del contrato adjudicado, así como los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.

Esta obligación de confidencialidad se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de la información.

9.9.- PRESENTACIÓN DE LA FACTURA EN EL REGISTRO ADMINISTRATIVO CORRESPONDIENTE

La empresa adjudicataria tendrá derecho al abono del precio de la prestación efectivamente realizada con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato y a los precios contenidos en su oferta, siendo el contenido de la misma vinculante en caso de aceptación.

La empresa adjudicataria deberá presentar su facturación en el formato de factura electrónica en el plazo de treinta días desde la fecha de prestación del trabajo objeto del contrato.

Conforme a lo previsto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, éstas deberán ajustarse al formato vigente establecido por el Ministerio de Hacienda y Función Pública; que deberá estar actualizado en función de la normativa vigente en cada momento; descrito mediante el esquema XSD (XML Schema Definition) y publicado en la página web http://www.facturae.es. La factura deberá firmarse electrónicamente con un certificado electrónico reconocido.

Las facturas deberán remitirse al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas del Estado (FACe) https:llface.gob.es/es/.

En dicha factura deberá identificarse el órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, el órgano de contratación y el destinatario (órgano gestor) .

La factura deberá identificar los siguientes datos del MAEC:

Órgano de Contratación : Director General del Servicio Exterior

• Órgano gestor: E04609801 Dirección General del Servicio Exterior • Unidad t ramitadora : E04610001 Oficialía Mayor • Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública :

E03063604 Oficina de Contabilidad de la Intervención

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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

10.1.- ABONO DEL PRECIO Y PAGOS A CUENTA

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SUB&ECR-E=r-ARIA-DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION

La Administración viene obligada al abono de la prestación del trabajo efectivamente prestado, con arreglo al precio convenido.

El abono del precio por parte de la Administración se hará una vez finalizado el objeto del suministro y verificado que se cumplen todos los requisitos de la instalación solicitados en el Pliego Técnico.

El pago se hará efectivo en un unlco plazo, una vez recibida y facturada la totalidad del suministro. Los plazos previstos en el artículo 216 del TRLCSP, se computarán a partir de la entrega por el contratista de la respectiva factura .

El contratista no tendrá derecho a la percepción de abonos a cuenta, por operaciones preparatorias de la ejecución del contrato.

10.2.- REVISIÓN DE PRECIOS

Los precios resultantes de la adjudicación no serán revisables por ningún concepto (conforme al artículo 89.2 del TRLCSP).

10.3.- RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO

Finalizada la prestación del suministro e instalación del equipo de refrigeración de precisión, objeto del contrato, la Administración viene obligada a dar por recibida la misma, cuando se haya ejecutado según las instrucciones dispuestas por el órgano contratante y éste haya declarado su conformidad, según lo dispuesto en los artículos 222 y 307 del TRLCSP.

En el momento de la recepción se realizaran las siguientes comprobaciones, con el objeto de comprobar la calidad del trabajo realizado.

10.4.- DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS CONSTITUIDAS

Las garantías constituidas, una vez liquidadas las eventuales responsabilidades con cargo a la misma, serán devueltas de oficio por la Administración de acuerdo con lo previsto en el artículo 102 del TRLCSP y 65 .2 Y 3 del RGLCAP.

La progresiva ejecución y facturación del t rabajo no facultarán al contratista para solicitar el reintegro o cancelación proporcional de la garantía definitiva, incluida la complementaria, en su caso.

11.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN

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SUS&E&RE-TARiA-DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION

Durante la vigencia del contrato la Administración ostentará respecto al mismo las prerrogativas de interpretación, dirección, modificación y resolución, previstas en los artículos 210, 211, 305.1, 306, 307 Y 308 del TRLCSP.

La facultad de dirección, inspección y control será ejercida, previa comunicación e identificación ante el contratista, por los servicios técnicos propios de la Administración o los expresamente concertados al efecto, que podrán dictar las instrucciones oportunas para el fiel cumplimiento de lo convenido.

12.- CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

El contrato se resolverá por las causas previstas para los contratos administrativos en el artículo 223 del TRLCSP y por las específicamente indicadas para este tipo de contrato en el artículo 308 de la citada Ley, con los efectos previstos en los artículos 225 y 309 del TRLCSP y 109 a 113 del RGLCAP.

Al amparo de los apartados f) y h) del artículo 223 del TRLCSP, se consideran causa de resolución por incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales las siguientes:

12.1. PÉRDIDA SOBREVENIDA DE LOS REQUISITOS PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN.

12.2. INCUMPLIMIENTO DE LAS LIMITACIONES ESTABLECIDAS EN MATERIA DE SUBCONTRATACIÓN.

12.3. INCUMPLIMIENTO REITERADO DE LAS PRESCRIPCIONES TÉCNICAS. 13.4. INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE GUARDAR SIGILO.

13.5. OBSTRUCCIÓN A LAS FACULTADES DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN.

13.6 EL INCUMPLIMIENTO DE LAS RESTANTES OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES ESTABLECIDAS EN EL PLIEGO (ART 223.fTRLCSP).

La suspensión del inicio del suministro por causa imputable a la Administración y el desistimiento o suspensión por la misma, serán causa de resolución por el transcurso de los plazos previstos respectivamente en los apartados a y b) del artículo 308 del TRLCSP y con los efectos previstos en el artículo 309 del TRLCSP.

Madrid, a 3 1 OC1I017 APROBADO

El Ministro PO. OAEX 23-03-03 .

Al

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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

ANEXO DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

DECLARACIÓN RESPONSABLE (art.146.4 TRLCSP)

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üS-BceRéTAR¡ DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION

D/Da .............................................................................. , con NIF .... ............... .. ... , actuando en nombre y representación de la empresa ...................... ..... .. .. .... .. .......... , con CIF ........................ , enterado de las condiciones y requisitos para concurrir al procedimiento negociado para la contratación del SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE EQUIPO DE REFRIGERACIÓN DE PRECISIÓN PARA EL CENTRO DE PROCESO DE DATOS (CPD) DEL COMPLEJO TORRES ÁGORA, CI SERRANO GALVACHE, 26, MADRID, SEDE DEL MAEC con nO de expediente 2017.12.014.C, atendiendo a lo dispuesto en la cláusula 4.1.1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige esta contratación, declara que, a fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones:

La empresa .... .................. .............. ........ ......... posee personalidad jurídica y capacidad de obrar para acudir a la presente licitación, D/Da ... .... .......... .......................................... .. ............. , con NIF ..................... ... , posee

representación suficiente para actuar en nombre de la empresa licitante a la presente licitación, La empresa .................................................. cuenta con la solvencia económica/financiera y técnica/profesional o clasificación requeridas para concurrir a la presente licitación, La empresa .................................................... no está incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP y está al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

La empresa .................................. ............ ...... se compromete, en caso de resultar adjudicataria, a acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.

Asimismo, se compromete a aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, ante cualquier requerimiento del órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento.

En ...... ... ............. . , a ......... de ...... .......... .. .. ............ de 20 .. .

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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

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SU8SEGRI:::1-AR:A--DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION

Documentación acreditativa de la personalidad y capacidad de obrar (Art. 72 del TRLCSP)

1.- D.N .!. del empresario individual o cualquier otro documento que reglamentariamente lo sustituya. 2.- Escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica que corresponda 3.- Documento equivalente a D.N.!. o pasaporte. 4.- Documento de constitución. 5.- Empresarios no españoles nacionales de estados UE: Acreditación de inscripción en el Registro prevista para el país respectivo en el Anexo 1 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezca reglamentariamente (art. 72.2 TRLCSP). 6.- Demás empresarios extranjeros: Informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa (art. 72.3) 7.- Declaración responsable del licitador de no estar incurso en la prohibición de contratar conforme al artículo 60 del TRLCSP. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (art. 146.1.c TRLCSP).

Modelo de declaración

D ....... .. .. .... con DNI ............ y domicilio en ........ ....... , calle .... nO .... , actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la empresa ................. con NIF ....... a la cual represento en calidad de .... ....

Declaro responsablemente

Que ni el firmante de la declaración ni la persona fíSica/jurídica a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hayan incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar que se definen en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, no concurriendo, en consecuencia, circunstancia alguna de las descritas en la indicada referencia legal.

Asimismo y de forma, se hace constar que la persona física/jurídica a la que represento se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y se la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

y para que conste y surta los efectos oportunos, se expide y firma la presente declaración en ............ .. , a ........ de .. .. .. .. de 20 .....

Firma y sello del licitador

8.- Declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante (art. 146.1.e))

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SU8-8-ECRI:::1ARI

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

9.- Empresas no comunitarias: Informe de la Misión Diplomática Permanente española de reciprocidad de trato, previsto en el artículo 55.1 del TRLCSP. 10.- Certificado de la Misión Diplomática Permanente o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía de la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio (se exigirá conforme al artículo lO, párrafo segundo, del RD 1098/2001, siempre que su cuantía sea igualo superior a la establecida en el art 15 del TRLCSP para los contratos de suministros sujetos a una regulación armonizada). 11.- Certificado de inscripción de la empresa en el Registro Mercantil.

Documentación acreditativa de la representación

12.- D.N.l. o pasaporte del firmante de la proposición, cuando la proposición no sea presentada por el propio empresario individual. 13.- D.N.l., documento equivalente al D.N.!. o pasaporte del firmante de la proposición. 14.- D.N.l., documento equivalente al D.N.!. o pasaporte del firmante de la proposición, cuando no sea presentada por el propio empresario individual. 15.- Poder bastante del firmante de la proposición, cuando no sea presentada por el propio empresario individual. 16.- Poder bastante del firmante de la proposición. 17.- Identificación de sucursal abierta en España.

Documentación acreditativa de la clasificación (Art. 65 del TRLCSP)

18.- Certificado de clasificación, suficiente y en vigor, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado. 19.- Certificado de clasificación expedido por otro Estado de la Unión Europea a favor de empresas de su país.

Documentación acreditativa de la solvencia económica V financiera (Art. 75 del TRLCSP)

20.- Declaraciones apropiadas de entidades financieras. 21.- Justificante de seguro de indemnización por riesgos profesionales 22.- Cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. 23.- Declaración relativa a la cifra de negocios global y de los suministros realizados por la empresa en los tres últimos ejercicios. 24.- Si por razones justificadas un empresario no puede facilitar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquier otra documentación que se considere apropiado por el órgano de contratación.

Documentación acreditativa de la solvencia técnica o profesional (Art. 77 del TRLCSP)

La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad:

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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

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SUBSECRE-T-ARIA-DE ASUNTOS EXTERIORES

Y DE COOPERACION

25.- Titulaciones académicas y profesionales del e resario y del personal de dirección de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. 26.- Relación de los principales suministros o trabajos realizados en los cinco últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. 27.- Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. 28.- Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente. 29.- Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente. 30.- Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. 31.- Cuando se trate de suministros o trabajos complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el órgano de contratación o en nombre de éste por un organismo oficial u homologado competente del Estado en el que esté establecido el empresario, con el acuerdo de dicho organismo sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad. 32.- En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato. 33.- Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar. 34.- Declaración en la que conste que en la elaboración de sus ofertas han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales y protección del medio ambiente (art 119.2 TRLCSP)

Documentación acreditativa de constitución de la garantía provisional

35.- Resguardo de la Caja General de Depósitos o de sus sucursales, encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda cuando se trate de garantías en efectivo. Certificado de inmovilización de valores públicos o valores privados anotados, aval prestado por banco, caja de ahorros, cooperativa de crédito o sociedad de garantía recíproca autorizados para operar en España o certificado de seguro de caución con entidad autorizada para operar en el ramo.

Documentación acreditativa de unión de empresarios

36.- Declaración firmada por el representante de cada una de las empresas, en la que se indiquen los nombres y circunstancias de los que las constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal caso de resultar adjudicatarios.

Modelo de declaración

D ............ ... con DNI ............ y domicilio en ............... , calle .... nO .... , actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la empresa ....... con NIF ....... a la cual represento en calidad de ........ y

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- -==:-H----I-c"'"l S-8Ee-RE-T-ARIA-

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACION

D ......... .... .. con DNI ............ Y domicilio en ............. '" calle .. " nO .. '" actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la empresa .... . " con NIF ..... " a la cual represento en calidad de ...... y (se recogerán todos los empresarios que concurran agrupados).

Declaran responsablemente

Que en caso de resultar adjudicatarios, se obligan solidariamente en nombre de las empresas que representan, a ejecutar el contrato en régimen de Unión Temporal de Empresas conforme a lo previsto en el art 59 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con una participación cada una de ellas de:

Se designa como representante o apoderado único de la unión de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta su extinción a D .......... ... .. con DNI ............ Y domicilio en .. ............. , calle .... nO .. ..

Asimismo asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.

y para que conste y surta los efectos oportunos, se expide y firman la presente declaración en .............. , a ........ de ........ de 20 ....

Firma y sello de todos los integrantes de la unión temporal

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SUBSECRETARIA

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORE y DE COOPERACION

DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACiÓN

ANEXO II

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE Expediente N°, (1) Contratación de: (2) PRESUPUESTO DE LICITACIÓN: (3) IVA: (3) Total presupuesto de licitación + IVA: Centro Directivo o Unidad Orgánica que anuncia la contratación o solicita las ofertas: (4)

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL FIRMANTE DE LA PROPOSICIÓN Y DEL LICITADOR Apellidos y nombre del firmante de la proposición: ______________ _

DNI o equivalente del firmante de la proposición: _______________ _ Relación que une al firmante con el licitador: (5). _______________ _ Razón Social del licitador: ________________________ _ NIF del Licitador: ____ _ Domicilio del Licitador:, ________________ _ Teléfono: Fax: -------

PROPOSICIÓN ECONÓMICA

El abajo firmante, en virtud de la representación que ostenta, se compromete en nombre de su representado a la ejecución del contrato / lote nO _ del contrato, en la cifra de € (. _____ ~-:-=-_=__-

EUROS), IVA excluido, lo que representa una baja sobre el presupuesto de licitación del contrato / lote nO del contrato de __ , __ %. El importe del IVA que ha de ser soportado por la Administración asciende a _________ euros.

En _________ a ___ de _________ de 20_

Firmado:

(1) Se incluirá el n [ti reflejado en el apartado 0,- de este pliego (2) Se incluirá un extracto del objeto reflejado en el apartado 1.1.1./0 descripción del Lote NO _ reflejado en el apartado 1.1.4 de este pliego (utilizar un Anexo IV para cada lote). (3) Se incluirán las cifras reflejadas en el apartado 1.2.1 de este pliego (4) Se incluirá el Centro reflejado en el apartado 1.1.1 de este pliego (5) A cumplimentar por el licitador: "apoderado, gerente o administrador". Si el ofertante actúa en su propio nombre, dejará en blanco este apartado.