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PMP CATALOGO UNICO DE CUENTAS ELEMENTO GRUPO CUENTAS USUARIOS B I M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C 1 ACTIVO 16 CUENTAS POR COBRAR X X X X X X X X X X X X X X X CUENTAS 1601 Intereses por cobrar operaciones interbancarias X X X X X X X X X X X X X X X 1602 Intereses por cobrar inversiones X X X X X X X X X X X X X X X 1603 Intereses por cobrar cartera de créditos X X X X X X X X X X X X - - - 1604 Otros intereses por cobrar X X X X X X X X X X X X X X X 1605 Comisiones por cobrar X X X X X X - X X X X X - X - 1606 Rendimientos por cobrar de fideicomisos mercantiles X X X X X X X X X X X X - X X 1607 Facturas por cobrar - - - - - - - - - - - - - X - 1608 Deudores por disposición de mercaderías - - - - - - - - - - - - - X - 1609 Garantías pagadas pendientes de recuperación - - - - - - - - - - - - - - X 1610 Tarifa periódica por cobrar - - - - - - - - - - - - - - X 1611 Anticipo para adquisición de acciones X X X X X X X X X X X - X X - 1612 Inversiones vencidas X X X X X X X X X X X X X X X 1613 Dividendos pagados por anticipado X X - X - X - - - - - - X X - 1614 Pagos por cuenta de clientes X X X X X X X X - X X X X X - 1615 Intereses reestructurados por cobrar X X X X X X X X X X X X - - - 1617 Compensaciones por cobrar - - - - - - - X X X X X - - - 1690 Cuentas por cobrar varias X X X X X X X X X X X X X X X 1699 (Provisión para cuentas por cobrar) X X X X X X X X X X X X X X X DESCRIPCION Registra los valores de cobro inmediato provenientes del giro normal del negocio comprende principalmente los intereses y comisiones ganados, rendimientos por cobrar de fideicomisos mercantiles, pagos por cuenta de clientes, facturas por cobrar, deudores por disposición de mercaderías, garantías pagadas a las instituciones financieras elegibles por el sistema de garantía crediticia pendientes de cobro, anticipo para la adquisición de acciones, inversiones vencidas, dividendos pagados por anticipado, cuentas por cobrar entregadas en fideicomiso mercantil, compensaciones por cobrar por las instituciones financieras públicas al gobierno nacional, cuentas por cobrar varias y la provisión para cuentas por cobrar incobrables. Dentro de las cuentas de intereses por cobrar se incluyen los intereses devengados (causados) por operaciones interbancarias, inversiones y créditos otorgados. Adicionalmente, se incluyen las comisiones por cobrar que se originan en las distintas operaciones efectuadas por la entidad, diferentes a las operaciones de crédito. El débito de las acumulaciones de intereses y comisiones devengadas se hará con crédito simultáneo a las correspondientes cuentas de resultados 51 Intereses y descuentos ganados y 52 Comisiones ganadas, respectivamente. Los intereses y otros ingresos devengados por las partidas registradas en la cuenta 11 “Fondos disponibles” se registran directamente en la cuenta 5101 Intereses y descuentos ganados - Depósitos. Se castigarán los intereses y comisiones por cobrar que no hubieren sido recaudados hasta 3 años posteriores a su exigibilidad de cobro o que estén debidamente autorizados por la Superintendencia de Bancos y Seguros, excepto los intereses provenientes de operaciones de cartera de créditos. DINAMICA DEBITOS CREDITOS DISPOSICIONES LEGALES: Resolución No. JB-99-175 de octubre 14 de 1999 Decreto Ejecutivo No. 1492 de noviembre 10 de 1999. Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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PMP

CATALOGO UNICO DE CUENTAS ELEMENTO GRUPO CUENTAS USUARIOS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

1 ACTIVO

16 CUENTAS POR COBRAR

X X X X X X X X X X X X X X X CUENTAS 1601 Intereses por cobrar operaciones

interbancarias X X X X X X X X X X X X X X X

1602 Intereses por cobrar inversiones X X X X X X X X X X X X X X X 1603 Intereses por cobrar cartera de créditos X X X X X X X X X X X X - - - 1604 Otros intereses por cobrar X X X X X X X X X X X X X X X 1605 Comisiones por cobrar X X X X X X - X X X X X - X - 1606 Rendimientos por cobrar de fideicomisos

mercantiles X X X X X X X X X X X X - X X

1607 Facturas por cobrar - - - - - - - - - - - - - X - 1608 Deudores por disposición de mercaderías - - - - - - - - - - - - - X - 1609 Garantías pagadas pendientes de

recuperación - - - - - - - - - - - - - - X

1610 Tarifa periódica por cobrar - - - - - - - - - - - - - - X 1611 Anticipo para adquisición de acciones X X X X X X X X X X X - X X - 1612 Inversiones vencidas X X X X X X X X X X X X X X X 1613 Dividendos pagados por anticipado X X - X - X - - - - - - X X - 1614 Pagos por cuenta de clientes X X X X X X X X - X X X X X - 1615 Intereses reestructurados por cobrar X X X X X X X X X X X X - - - 1617 Compensaciones por cobrar - - - - - - - X X X X X - - - 1690 Cuentas por cobrar varias X X X X X X X X X X X X X X X 1699 (Provisión para cuentas por cobrar) X X X X X X X X X X X X X X X

DESCRIPCION

Registra los valores de cobro inmediato provenientes del giro normal del negocio comprende principalmente los intereses y comisiones ganados, rendimientos por cobrar de fideicomisos mercantiles, pagos por cuenta de clientes, facturas por cobrar, deudores por disposición de mercaderías, garantías pagadas a las instituciones financieras elegibles por el sistema de garantía crediticia pendientes de cobro, anticipo para la adquisición de acciones, inversiones vencidas, dividendos pagados por anticipado, cuentas por cobrar entregadas en fideicomiso mercantil, compensaciones por cobrar por las instituciones financieras públicas al gobierno nacional, cuentas por cobrar varias y la provisión para cuentas por cobrar incobrables. Dentro de las cuentas de intereses por cobrar se incluyen los intereses devengados (causados) por operaciones interbancarias, inversiones y créditos otorgados. Adicionalmente, se incluyen las comisiones por cobrar que se originan en las distintas operaciones efectuadas por la entidad, diferentes a las operaciones de crédito. El débito de las acumulaciones de intereses y comisiones devengadas se hará con crédito simultáneo a las correspondientes cuentas de resultados 51 Intereses y descuentos ganados y 52 Comisiones ganadas, respectivamente. Los intereses y otros ingresos devengados por las partidas registradas en la cuenta 11 “Fondos disponibles” se registran directamente en la cuenta 5101 Intereses y descuentos ganados - Depósitos. Se castigarán los intereses y comisiones por cobrar que no hubieren sido recaudados hasta 3 años posteriores a su exigibilidad de cobro o que estén debidamente autorizados por la Superintendencia de Bancos y Seguros, excepto los intereses provenientes de operaciones de cartera de créditos.

DINAMICA

DEBITOS

CREDITOS

DISPOSICIONES LEGALES: Resolución No. JB-99-175 de octubre 14 de 1999 Decreto Ejecutivo No. 1492 de noviembre 10 de 1999.

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G

1 ACTIVO

16 CUENTAS POR COBRAR

1605 COMISIONES POR COBRAR

P F T C O M H N V E F E C M C

SUBCUENTAS 160505 Cartera de créditos X X X X X X - X - - X - - - - 160510 Deudores por aceptación X X X - - - - - - - - - - - - 160515 Operaciones contingentes X X X X X X - X X X X X - X - 160590 Otras X X X X X X - X X X X X - X -

DESCRIPCION

Registra la acumulación de las comisiones devengadas, originadas en la concesión de operaciones de cartera de créditos (comercial, consumo, vivienda y reestructurada) contratadas antes del 26 de julio del 2007, aceptaciones y operaciones contingentes cuyo cobro se ha pactado al inicio de la operación o a una fecha de pago determinada según un cronograma de pagos. El débito de las acumulaciones se hará con crédito simultáneo a las correspondientes cuentas de resultados del grupo 52 “Comisiones ganadas”. Las comisiones ganadas y no recaudadas luego de 30 días de ser exigibles, se reversarán en un 100% con cargo a las correspondientes cuentas de ingresos 52 Comisiones ganadas, si el vencimiento se produce dentro del mismo ejercicio económico. Si las comisiones hubieren sido devengadas en dos ejercicios, la parte correspondiente al ejercicio inmediato anterior se cargará a la cuenta 4703 Intereses y comisiones devengados en ejercicios anteriores. El saldo de la subcuenta 160505 “Comisiones por cobrar - Cartera de créditos”, no puede incrementarse a partir del 26 de julio del 2007, fecha en que se publicó en el suplemento del Registro Oficial No. 135, la “Ley de Regulación del Costo Máximo Efectivo del Crédito”, que sustituyó el artículo 201 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, en cuyo inciso sexto se prohibe a todo acreedor cobrar cualquier tipo de comisión en las operaciones de crédito.

DINAMICA

DEBITOS 1. Por el valor proporcional de las comisiones devengadas

sobre las operaciones efectuadas por la institución.

CREDITOS

1. Por la recuperación efectiva de las comisiones. 2. Por el valor de las reversiones de las comisiones que no

hubieren sido recaudadas dentro de los 30 días posteriores a su exigibilidad de cobro.

DISPOSICIONES LEGALES: Artículo 201 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, reformado por el artículo 9 de la Ley de Regulación del Costo Máximo Efectivo del Crédito, suplemento del Registro Oficial No. 135 de 26 de julio del 2007.

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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ELEMENTO GRUPO CUENTAS USUARIOS B I

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1 ACTIVO

16 CUENTAS POR COBRAR

1606 RENDIMIENTOS POR COBRAR DE FIDEICOMISOS MERCANTILES

X X X X X X - X X X X X - X X

DESCRIPCION

Registra la acumulación mensual de los rendimientos devengados que se originan por los bienes entregados en fideicomiso mercantil y los rendimientos de las inversiones en participación en fideicomisos cuyo cobro se ha pactado al vencimiento del plazo o a una fecha de pago determinada. El débito de las acumulaciones se hará con crédito simultáneo a las correspondientes cuentas de resultados 5304 Utilidades Financieras - Rendimientos por fideicomiso mercantil Los rendimientos ganados y no recaudados luego de 30 días de ser exigibles, se reversarán en un 100% con cargo a las correspondientes cuentas de ingresos 53 Utilidades Financieras, si el vencimiento se produce dentro del mismo ejercicio económico. Si los rendimientos hubieren sido devengados en dos ejercicios, la parte correspondiente al ejercicio inmediato anterior se cargará a la cuenta 4703 - Intereses y comisiones devengados en ejercicios anteriores. Los rendimientos reversados de acuerdo a lo mencionado en el párrafo anterior se registrarán para efectos de control, en la cuenta de orden 7109 - Intereses, comisiones e ingresos en suspenso.

DINAMICA

DEBITOS 1. Por el valor de los rendimientos por cobrar sobre los

derechos fiduciarios que posee la institución.

CREDITOS

1. Por la recuperación efectiva de los rendimientos de los

fideicomisos. 2. Por el valor de las reversiones de los rendimientos que no

hubieren sido recaudados dentro de los 30 días posteriores a su exigibilidad de cobro.

DISPOSICIONES LEGALES:

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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1 ACTIVO

16 CUENTAS POR COBRAR

1609 GARANTIAS PAGADAS PENDIENTES DE RECUPERACIÓN

- - - - - - - - - - - - - - X

SUBCUENTAS

160905 Créditos comerciales - - - - - - - - - - - - - - X 160910 Créditos para la microempresa - - - - - - - - - - - - - - X 160990 Contingentes - - - - - - - - - - - - - - X

DESCRIPCIÓN Registra el valor de las garantías pagadas por las instituciones que conforman el sistema de garantía crediticia a las instituciones financieras participantes, pendiente de recuperación, una vez que el crédito o el contingente haya vencido o haya sido declarado de plazo vencido y se han iniciado las acciones judiciales de cobro por parte de la institución financiera beneficiaria de la garantía. Las instituciones del sistema de garantía crediticia deberán llevar, a nivel de auxiliares contables de cada una de las subcuentas la identificación de cada una de las instituciones financieras subrogantes, de cada uno de los deudores garantizados y la porción del crédito cubierto. Este registro se realizará el momento del desembolso de la porción cubierta por la garantía, por parte de la entidad del sistema de garantía crediticia.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por la suma desembolsada por la entidad del sistema de garantía crediticia en cumplimiento de la fianza otorgada.

CREDITOS

1. Por la entrega de los recursos que le correspondan a la entidad del sistema de garantía crediticia por la distribución de las recuperaciones, producto de la cobranza realizadas por la institución financiera de las operaciones de financiamiento afianzadas.

2. Por los castigos de las garantías pendientes de

cobro que hubieren cumplido 3 años de morosidad o que estén debidamente autorizados por la Superintendencia de Bancos.

3. Por el valor de los activos transferidos a la

cuenta 190245 “Derechos fiduciarios - Cuentas por cobrar”.

DISPOSICIONES LEGALES: Ley del Sistema de Garantía Crediticia, publicada en el Registro Oficial No. 483 de 2 de mayo de 1983

Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria título I “De la constitución”, capítulo XI “Normas para la constitución, organización y funcionamiento de las entidades del sistema de garantía crediticia”

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

1 ACTIVO

16 CUENTAS POR COBRAR

1610 TARIFA PERIÓDICA POR COBRAR

- - - - - - - - - - - - - - X

SUBCUENTAS

DESCRIPCIÓN Registra el valor de las tarifas periódicas anuales, una vez que se conozca el valor cierto del saldo insoluto de capital afianzado a través del reporte de actualización que entreguen las instituciones financieras participantes a la entidad del sistema de garantía crediticia, por operaciones crediticias con plazo superior a un año y que están pendientes de cobro por parte de las instituciones que conforman el sistema de garantía crediticia. La tarifa periódica anual se calculará multiplicando el porcentaje de tarifa periódica pactado, por el saldo insoluto de capital afianzado a la fecha de cobro, monto que deberá ser calculado y reportado por la institución financiera participante a la entidad del sistema de garantía crediticia. El pago de esta tarifa deberá realizarse en el mismo mes de actualización de la fianza. Las tarifas registradas en esta cuenta podrán revertirse por suspensión o cancelación de la garantía, ya sea por pedido del cliente de que se deje sin efecto la fianza otorgada por la entidad del sistema de garantía crediticia, o por incumplimiento de la obligación por parte del cliente o de la institución financiera elegible, conforme las políticas establecidas por el organismo competente de la entidad del sistema de garantía crediticia.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por el valor de la tarifa periódica pendiente de cobro, con crédito a la subcuenta 290125 “Tarifa periódica recibida”.

CREDITOS 1. Por la recuperación efectiva de las tarifas

periódicas.

2. Por la reversión de las tarifas devengadas, con débito a la subcuenta 290125 “Tarifa periódica recibida”.

DISPOSICIONES LEGALES: Ley del Sistema de Garantía Crediticia, publicada en el Registro Oficial No. 483 de 2 de mayo de 1983

Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria título I “De la constitución”, capítulo XI “Normas para la constitución, organización y funcionamiento de las entidades del sistema de garantía crediticia”

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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ELEMENTO GRUPO CUENTAS USUARIOS B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

1 ACTIVO

16 CUENTAS POR COBRAR

1614 PAGOS POR CUENTA DE CLIENTES

X X X X X X X X X X X X X X - SUBCUENTAS 161405 Intereses X X X X X X X X - X X X X X - 161410 Comisiones X X X X X X X X - X X X X X - 161415 Gastos por operaciones contingentes X X X X X X X X - X X X X X - 161420 Seguros X X X X X X X X - X X X X X - 161425 Impuestos X X X X X X X X - X X X X X - 161430 Gastos judiciales X X X X X X X X X X X X X X - 161490 Otros X X X X X X X X X X X X X X -

DESCRIPCION

Registra los valores pagados por la institución por cuenta de sus clientes siempre y cuando exista la probabilidad razonable de que serán recuperados caso contrario deben ser contabilizadas directamente en la cuenta de gastos correspondiente. En esta cuenta se incluyen los intereses, comisiones y gastos por operaciones contingentes, seguros, impuestos, gastos judiciales y otros. La calificación para esta cuenta se hará de acuerdo a la misma base con la que se calificó el crédito que dio lugar al pago por parte de la institución.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por el valor de los pagos efectuados por la institución

por cuenta de sus clientes, que estén pendientes de recuperación.

CREDITOS

1. Por el valor de la recuperación efectiva de los valores. 2. Por los castigos de los pagos realizados que hubieren

cumplido 3 años de morosidad o que estén debidamente autorizados por la Superintendencia de Bancos.

3. Por el valor de los activos transferidos a la cuenta 190245

Derechos fiduciarios - Cuentas por cobrar.

DISPOSICIONES LEGALES:

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G

1 ACTIVO

16 CUENTAS POR COBRAR

1615 INTERESES REESTRUCTURADOS POR COBRAR

P F T C O M H N V E F E C M C

SUBCUENTAS

161505 Intereses de cartera de créditos comercial X X X - X X - X X X X - - - - 161510 Intereses de cartera de créditos de consumo X X X X X X - - - - X X - - - 161515 Intereses de cartera de créditos de vivienda X X X - X - X - X - - - - - - 161520 Intereses de cartera de créditos para la

microempresa X X X - X - - - - - X - - - -

DESCRIPCION

Registra el valor de los intereses corrientes y de mora, reestructurados por las entidades financieras, los que deberán estar respaldados por los respectivos pagares. El débito de las acumulaciones se hará con crédito paralelo a las correspondientes cuentas de resultados 5104 “Intereses de cartera de créditos”, debiendo simultáneamente constituirse provisiones en un 100%, con crédito a la subcuenta de activo 169905 “Provisión para intereses descuentos y comisiones” y cargo a la cuenta de gasto 4403 “Provisiones – Cuentas por cobrar”. Los intereses cobrados por anticipado deben contabilizarse en la subcuenta 290105 “Intereses recibidos por anticipado”.

DINAMICA

DEBITOS 1. Por el valor proporcional de los intereses vencidos

corrientes y/o de mora que han sido reestructurados, que tienen como respaldo pagares suscritos por los clientes.

CREDITOS

1. Por abono o cancelación de los intereses, según la

respectiva tabla de amortización o al vencimiento final.

DISPOSICIONES LEGALES:

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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1 ACTIVO

16 CUENTAS POR COBRAR

1690 CUENTAS POR COBRAR VARIAS

X X X X X X X X X X X X X X X SUBCUENTAS 169005 Anticipos al personal X X X X X X X X X X X X X X X 169010 Préstamos fondo de reserva X X X X X X X X X X X X X X X 169015 Cheques protestados y rechazados - - - - - - - - - - - - X - - 169020 Arrendamientos X X X X X X X X X X X X X X X 169025 Establecimientos afiliados X X X X - - - - - - - - - - - 169030 Por venta de bienes y acciones X X X X X X X X X X X X X X X 169035 Juicios ejecutivos en proceso X X X X X X X X X X X X X X - 169040 Emisión y renovación de tarjetas de crédito X X X X - - - - - - - - - - - 169090 Otras X X X X X X X X X X X X X X X

DESCRIPCION

Registra los valores pendientes de cobro originados en anticipos al personal, préstamos del fondo de reserva de los empleados, cheques protestados y rechazados, arrendamientos, establecimientos afiliados, venta de bienes, cuotas por emisión o renovación de tarjetas de crédito, tarjetas de pago o de cargo o tarjetas de afinidad y otros conceptos que no hayan sido especificados en las categorías anteriores. El cargo de los préstamos otorgados a los servidores de la entidad será de la cuenta 2904 - Fondos de reserva empleados, de conformidad con las disposiciones del Código del trabajo y las demás disposiciones legales y reglamentarias. Esta cuenta no podrá incrementarse en el futuro, será susceptible únicamente de disminución, por haberse trasladado la administración del fondo de reserva de los empleados del sistema financiero al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Se incluye los valores entregados en exceso a los establecimientos afiliados de las compañías de tarjetas de crédito.

DINAMICA

DEBITOS 1. Por los anticipos a la remuneración mensual del personal. 2. Por el valor de los cheques devueltos por los bancos

girados por insuficiencia de fondos u otros defectos. 3. Por el arrendamiento de los locales propios y adjudicados

que se encuentre pendiente de cobro. 4. Por los valores entregados en exceso a los

establecimientos afiliados de las compañías de tarjetas de crédito.

5. Por el valor no cobrado de los bienes y acciones vendidos

por la institución. 6. Por la transferencia del grupo 14 “Cartera de créditos” del

valor impago en el remate de los bienes embargados a los deudores, dentro del proceso del juicio ejecutivo, hasta que el mismo tenga un fallo definitivo.

7. Por el valor de las cuotas de emisión o renovación de

tarjetas de crédito, de pago o de cargo y de afinidad, emitidas por las compañías administradoras y/o emisoras de tarjetas de crédito, que estén pendientes de cobro.

CREDITOS

1. Por los abonos o cancelaciones de los valores que la entidad

concedió a su personal para descontarles en sus remuneraciones.

2. Por los abonos o cancelaciones de los préstamos concedidos

con crédito a la cuenta 2904 - Fondos de reserva empleados.

3. Por abonos o cancelaciones de cheques protestados y

rechazados. 4. Por los abonos o cancelaciones de los valores pendientes

de cobro por arrendamiento de locales propios y adjudicados, pagos en exceso a establecimientos afiliados, venta de bienes, dividendos por cobrar y otros valores reclamados por la institución.

5. Por el valor de los activos transferidos a la cuenta 190245

Derechos fiduciarios - Cuentas por cobrar.

6. Por la recuperación o castigo de los saldos impagos de

cartera que está en proceso de juicio ejecutivo, cuando exista el fallo definitivo.

7. Por los abonos o cancelaciones de las cuotas de emisión o

renovación de tarjetas de crédito, de pago o de cargo y de afinidad, emitidas por las compañías administradoras y/o emisoras de tarjetas de crédito.

DISPOSICIONES LEGALES:

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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B I

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1 ACTIVO

16 CUENTAS POR COBRAR

1699 (PROVISION PARA CUENTAS POR COBRAR)

- - - - - - - - - - - - - - X SUBCUENTAS

SUBCUENTAS

169905 (Provisión para intereses, descuentos y comisiones) X X X X X X X X X X X X X X X 169910 (Provisión para otras cuentas por cobrar) X X X X X X X X X X X X X X X 169915 (Provisiones para garantías pagadas) - - - - - - - - - - - - - - X

DESCRIPCION

Es una cuenta de valuación del activo (acreedora) que registra los valores que periódicamente se van acumulando, con cargo a la cuenta de resultados 4403 Provisiones - Cuentas por cobrar, con el fin de cubrir eventuales pérdidas de las cuentas que integran el grupo de cuentas por cobrar. La provisión para intereses, descuentos y comisiones será registrada de acuerdo a las disposiciones emitidas por la Superintendencia de Bancos.

DINAMICA

DEBITOS 1. Por el monto de las partidas castigadas, debidamente

autorizadas 2. Por las reversiones de los saldos de las cuentas de

resultados cuando se determine exceso en las provisiones

CREDITOS

1. Por el valor de provisión determinada en la calificación de activos

de riesgo 2. Por los valores adicionales determinados en cualquier tiempo por la

institución, auditorías externas o la Superintendencia de Bancos 1. Por el valor de las provisiones de intereses de operaciones

interbancarias, inversiones y otros intereses, ganados y no recaudados después de ser exigibles.

DISPOSICIONES LEGALES: Ley del Sistema de Garantía Crediticia, publicada en el Registro Oficial No. 483 de 2 de mayo de 1983

Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria título I “De la constitución”, capítulo XI “Normas para la constitución, organización y funcionamiento de las entidades del sistema de garantía crediticia”

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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1 ACTIVO

17 BIENES REALIZABLES, ADJUDICADOS POR PAGO DE ARRENDAMIENTO MERCANTIL Y BIENES NO UTILIZADOS POR LA INSTITUCION

1799 (PROVISIONES PARA BIENES REALIZABLES ADJUDICADOS POR PAGO Y RECUPERADOS) X X X X X X X X X X X X X X -

SUBCUENTAS 179905 (Provisión para bienes realizables) - - X - - - - - X - - - - - - 179910 (Provisión para bienes adjudicados) X X X X X X X X X X X X X X - 179915 (Provisión para bienes recuperados) X X X - - X - X - - - - - - - 179920 (Provisión para bienes por acuerdos

concordatarios) X X X - - - - - - - - - - - -

DESCRIPCION Es una cuenta de valuación del activo (acreedora), que incluye la provisión para cubrir la desvalorización de los bienes realizables, adjudicados o recuperados, sea por el uso, obsolescencia, desmedro, mermas, disminución del precio de mercado o disposiciones de la Superintendencia de Bancos, la cual será constituida con cargo a gastos. Es una cuenta de valuación del activo (acreedora), que incluye la provisión para cubrir la desvalorización de los bienes realizables, adjudicados o recuperados, sea por el uso, obsolescencia, desmedro, mermas, disminución del precio d mercado o disposiciones de la Superintendencia de Bancos, la cual será constituida con cargo a gastos.

DINAMICA DEBITOS

1. Por el monto de las partidas castigadas, debidamente autorizadas.

2. Por las reversiones de saldos a cuentas de resultados

cuando se determine exceso en las provisiones. 3. Por el valor de la reversión de las provisiones de los

intereses de operaciones de crédito canceladas con la emisión de obligaciones de sociedades anónimas, cuando estos han sido recuperados; con contrapartida a la cuenta 4401 Provisiones - Inversiones cuando corresponda al mismo ejercicio económico o la subcuenta 560410 Otros ingresos - Reversión de provisiones cuando la provisión fue constituida en ejercicios anteriores.

CREDITOS 1. Por la porción mensual de las provisiones determinadas

por la entidad o por obsolescencia, desmedro, mermas de los bienes.

2. Por los valores adicionales que requiere la entidad,

determinadas por las auditorías externas o por la Superintendencia de Bancos.

3. Por el valor de la provisión correspondiente al valor de los

intereses de operaciones de crédito canceladas con la emisión de obligaciones de sociedades anónimas de conformidad con el Decreto Ejecutivo No. 1490 de noviembre 10 de 1999.

DISPOSICIONES LEGALES: Decreto Ejecutivo No. 1490 de noviembre 10 de 1999

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

CATALOGO UNICO DE CUENTAS ELEMENTO GRUPO CUENTAS USUARIOS

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PMP

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

1 ACTIVO

18 PROPIEDADES Y EQUIPO

X X X X X X X X X X X X X X X CUENTAS 1801 Terrenos X X X X X X X X X X X X X X X 1802 Edificios X X X X X X X X X X X X X X X 1803 Construcciones y remodelaciones en curso X X X X X X X X X X X X X X X 1804 Otros locales - - X - X - - - X - X - - X - 1805 Muebles, enseres y equipos de oficina X X X X X X X X X X X X X X X 1806 Equipos de computación X X X X X X X X X X X X X X X 1807 Unidades de transporte X X X X X X X X X X X X X X X 1808 Equipos de construcción X X X X X X X X X X X X X X - 1809 Equipo de ensilaje X X X X X X X X X X X X X X - 1890 Otros X X X X X X X X X X X X X X X 1899 (Depreciación acumulada) X X X X X X X X X X X X X X X

DINAMICA DEBITOS

1. Por el valor de adquisición incluidos gastos legales y de

escrituras o por los desembolsos que efectúe la institución destinados a las construcciones, ampliaciones y remodelaciones de los edificios y locales para uso de la misma.

2. Por el valor de obras permanentes y mejoras que valoricen

la propiedad.

CREDITOS 1. Por el saldo en libros del inmueble enajenado. 2. Por el valor del bien por destrucción total o parcial

ocasionada por un siniestro producido. 3. Por el valor de los activos transferidos a la cuenta 190270

Derechos fiduciarios - Propiedades y equipo

DISPOSICIONES LEGALES: Codificación de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, Art. 173, Facultad 24ta., Literal a) Decreto 2959 de 31 de diciembre de 1991. Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y de la Junta Bancaria, Títulos VIII, Subtítulo I, Capítulo VII, Sección I y II

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1 18 1899 B I

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PMP

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

ACTIVO PROPIEDADES Y EQUIPO

(DEPRECIACION ACUMULADA)

X X X X X X X X X X X X X X X SUBCUENTAS 189905 (Edificios) X X X X X X X X X X X X X X X 189910 (Otros locales) - - X - X - - - X - X - - X - 189915 (Muebles, enseres y equipo de oficina) X X X X X X X X X X X X X X X 189920 (Equipos de computación) X X X X X X X X X X X X X X X 189925 (Unidades de transporte) X X X X X X X X X X X X X X X 189930 (Equipos de construcción) X X X X X X X X X X X X X X - 189935 (Equipos de ensilaje) X X X X X X X X X X X X X X - 189940 (Otros) X X X X X X X X X X X X X X X

DESCRIPCION Esta cuenta registra los valores de las provisiones destinadas a cubrir la pérdida de valor de los activos fijos por efecto de desgaste, uso, deficiencias producidas por su utilización, funcionamiento y obsolescencia técnica, con excepción de terrenos, biblioteca y pinacoteca. La depreciación se calculará a partir de la fecha en que entre a servicio el activo correspondiente y cesará cuando éste sea retirado de servicio, dejando un valor residual de un dólar para efectos de control. La depreciación se calculará por el sistema de línea recta sobre el costo de adquisición, más las mejoras de carácter permanente.

DINAMICA DEBITOS

1. Por el valor de la depreciación acumulada del bien

enajenado. 2. Por el valor de la depreciación acumulada del bien dado de

baja. 3. Por los ajustes que requiere la entidad, determinados por

las auditorías externas o por la Superintendencia de Bancos.

CREDITOS

1. Por el valor de la acumulación mensual.

2. Por los valores adicionales que requiere la entidad, determinados por las auditorías externas o por la Superintendencia de Bancos.

DISPOSICIONES LEGALES: Decreto 2959 de 31 de diciembre de 1991. Ley de régimen tributario interno y su reglamento. Resolución N° SB-JB-96-0058 de 11 de junio de 1996

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B I 1 ACTIVO

19 OTROS

M C C B E B E A S

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PMP

B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

ACTIVOS

X X X X X X X X X X X X X X X CUENTAS 1901 Inversiones en acciones X X X - X - X X X X - - - - - 1902 Derechos fiduciarios X X X X X X X X X X X - X X X 1903 Otras inversiones en participaciones - - X - - - - - - - - - - - - 1904 Pagos anticipados X X X X X X X X X X X X X X X 1905 Gastos diferidos X X X X X X X X X X X X X X X 1906 Materiales, mercaderías e insumos X X X X X X X X X X X X X X X 1907 Fondo de seguro de depósitos e hipotecas - - - - - - - - X - - - - - - 1908 Transferencias internas X X X X X X X X X X X X X X - 1909 Derechos fiduciarios recibidos por resolución

bancaria X X X - X - - - - - - - - - -

1910 Divisas X X X X X X X X X X X X X X - 1990 Otros X X X X X X X X X X X X X X X 1999 (Provisión para otros activos irrecuperables) X X X X X X X X X X X X X X X

DESCRIPCION En este grupo se registran las Inversiones en acciones, Inversiones en participaciones, Pagos anticipados, Gastos diferidos; Materiales, mercaderías e insumos, Transferencias internas entre las oficinas, sucursales, agencias de las entidades, Fondo de seguro de depósito e hipotecas y Otros, adicionalmente incluye las amortizaciones y provisiones para cubrir eventuales pérdidas de los activos registrados en este grupo. Aquellas cuentas que son de naturaleza transitoria deben ser objeto de regularización permanente, transfiriéndolas a las cuentas correspondientes. La institución debe efectuar una evaluación de la cobrabilidad de las partidas registradas en este grupo y deben contabilizarse las provisiones necesarias, de conformidad con las disposiciones emitidas al respecto por la Superintendencia de Bancos y Seguros. Si existen saldos registrados dentro de este grupo correspondientes a deudores vinculados a la entidad por propiedad, dirección, gestión o control de la institución, dichos saldos no deberán castigarse, de acuerdo a lo establecido por la Superintendencia de Bancos y Seguros.

DINAMICA DEBITOS

CREDITOS

DISPOSICIONES LEGALES: Decreto 2959 de 31 de diciembre de 1991. Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento.

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B I

M C C B E B E A S

1 ACTIVO

19 OTROS ACTIVOS

1902 DERECHOS FIDUCIARIOS B S U T O A T F E D N C C L G

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PMP

P F T C O M H N V E F E C M C X X X X X X X X X X X - X X X

SUBCUENTAS 190205 Inversiones X X X X X X X X X X X - X X X 190210 Cartera de créditos por vencer X X X X X X X X X X X - X X - 190215 Cartera de créditos que no devenga

intereses X X X X X X X X X X X - X X -

190220 Cartera de créditos vencida X X X X X X X X X X X - X X - 190225 Cartera de créditos reestructurada por

vencer X X X X X X X X X X X - X X -

190230 Cartera de créditos reestructurada que no devenga intereses

X X X X X X X X X X X - X X -

190235 Cartera de créditos reestructurada vencida X X X X X X X X X X X - X X - 190240 Deudores por aceptación X X X X X X X X X X X - X X - 190245 Cuentas por cobrar X X X X X X X X X X X - X X X 190250 Bienes realizables X X X X X X X X X X X - X X - 190255 Bienes adjudicados por pago X X X X X X X X X X X - X X - 190260 Bienes recuperados X X X X X X X X X X X - X X - 190265 Bienes no utilizados por la institución X X X X X X X X X X X - X X X 190270 Propiedades y equipo X X X X X X X X X X X - X X X 190275 Otros activos X X X X X X X X X X X - X X X 190280 Inversiones en acciones y participaciones X X X - X - X X X X X - - - - 190285 Fondos disponibles X X X X X X X X X X X - X X X 190286 Fondos de liquidez X X X - - - - - - - - - - - -

DESCRIPCION Registra los derechos fiduciarios representativos de los activos entregados en fideicomiso mercantil, contratados de conformidad con lo establecido en la Ley de Mercado de Valores y sus respectivos reglamentos; así como las cuotas de participación en el fideicomiso mercantil del “Fondo de liquidez del sistema financiero ecuatoriano”. La transferencia de activos a un fideicomiso mercantil se efectuará con el objetivo de obtener liquidez en el corto plazo, para lo cual se podrá utilizar el mecanismo de titularización. Las provisiones no son susceptibles de transferencia, por lo que de acuerdo con las normas de calificación de activos de riesgo, la constitución del fideicomiso no altere bajo ninguna circunstancia el valor neto de riesgo que la entidad mantenía con anterioridad a la operación fiduciaria. Por lo tanto, no es permisible la reversión de la provisión hasta que la evaluación del riesgo determine la restitución de las condiciones de recuperabilidad de la operación o su cobro se haya hecho efectivo. El contrato de fideicomiso deberá incorporar un detalle desglosado del valor de los activos fideicomitidos, de manera que se identifique plenamente el valor nominal, los intereses, descuentos y cualquier otro concepto que sea transferido al fideicomiso, en caso de ser aplicable. Los saldos de los derechos fiduciarios se reducirán conforme estos sean realizados o transferidos a otras cuentas de acuerdo a las disposiciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros. Conforme se deberá especificar en el contrato de fideicomiso, el fiduciario deberá entregar mensualmente al beneficiario un detalle desglosado y pormenorizado de los movimientos que hubiere tenido el patrimonio autónomo, en sus activos, pasivos, cuentas patrimoniales y cuentas de resultados con la especificación de los rubros y valores que generaron tales modificaciones. Cuando la institución del sistema financiero constituya un fideicomiso y defina como beneficiario a otra persona natural o jurídica, no se efectuará registro alguno en esta cuenta y se deberá cargar el valor de los activos entregados en fideicomiso a los resultados del ejercicio en la cuenta 4690 Otras pérdidas operacionales - Otras, considerando las provisiones constituidas para estos activos. Aquellos fideicomisos constituidos en garantía, cuyo contrato contenga una cláusula de devolución al constituyente en caso de no haberse cumplido las causales para la efectivización de la garantía, se registrarán en la respectiva subcuenta de la cuenta 1902. Adicionalmente con el propósito de castigar dichos activos, la institución deberá considerar las disposiciones establecidas por la Superintendencia de Bancos y Seguros en el título IX, capítulo I. DISPOSICIONES LEGALES: Ley General de Instituciones del Sistema Financiero Ley de Compañías Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria

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B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G

1 ACTIVO

19 OTROS ACTIVOS

1902 DERECHOS FIDUCIARIOS

P F T C O M H N V E F E C M C

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PMP

X X X X X X X X X X X - X X X

DESCRIPCION Las comisiones y costos que se generen en el ejercicio por efecto del fideicomiso se registrarán en la cuenta 4205 “Servicios fiduciarios”. El fideicomitente está obligado a transferir los activos previa verificación de que el fiduciario llevará la contabilidad rigiéndose por los principios contables y de valoración dispuestos por la Superintendencia de Bancos y Seguros, de forma que el activo se registre en las mismas condiciones que en la institución financiera. La institución financiera constituyente se encuentra en la obligación de realizar la evaluación de los derechos fiduciarios, para lo cual se procederá a evaluar los activos que representan el patrimonio autónomo del fideicomiso constituido, considerando los criterios establecidos en la norma para calificación de activos de riesgo expedida por la Superintendencia de Bancos y Seguros. Los rendimientos o pérdidas con anterioridad a la titularización (emisión de los títulos por parte del fideicomiso) deben ser reconocidos por la institución constituyente del fideicomiso afectando al saldo de los derechos fiduciarios con contrapartida a las respectivas cuentas de ingresos o gastos. Cuando en el contrato de fideicomiso se establezca la opción de reintegrar anticipadamente los rendimientos, estos se reconocerán afectando al saldo de los derechos fiduciarios con contrapartida a una cuenta de ingresos recibidos por anticipado. Para el caso de fideicomisos mercantiles inmobiliarios constituidos por las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda y el Banco Ecuatoriano de la Vivienda, los administradores fiduciarios deberán llevar la contabilidad de cada uno de los proyectos inmobiliarios en proceso de desarrollo, de conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad No. 11 “Contratos de construcción” y la Norma Internacional de Información Financiera No. 8 “Segmentos operativos”, en lo que sea aplicable, debiendo remitir mensualmente al beneficiario del fideicomiso un informe económico y financiero del proyecto inmobiliario, los que deberán estar a disposición de la Superintendencia de Bancos y Seguros, particular que deberá estar contenido en el contrato de fideicomiso que suscriban las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda y el Banco Ecuatoriano para la Vivienda. El saldo registrado en la subcuenta 190250 “Bienes realizables” se computará para el cupo establecido en el artículo 195 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero.

DINAMICA DEBITOS

1. Por el valor de los derechos fiduciarios representativos de

los activos transferidos a fideicomiso mercantil 2. Por el registro de los rendimientos reportados por el

fideicomiso y las actualizaciones de su valor, con contrapartida a la cuenta 5304 “Utilidades financieras - Rendimientos por fideicomiso mercantil”

3. Por el registro de los rendimientos anticipados entregados

por el fideicomiso, cuando el contrato establezca esta opción con cargo a la cuenta 290190 “Ingresos recibidos por anticipado - Otros”.

4. Por los aportes realizados por la institución al fideicomiso

mercantil “Fondo de liquidez del sistema financiero ecuatoriano”.

CREDITOS

1. Por el cumplimiento o recuperación de los derechos fiduciarios

2. Por el registro de las pérdidas reportadas por el fideicomiso,

con contrapartida a la cuenta 4304 “Pérdidas financieras – Pérdidas por fideicomiso mercantil“

3. Por la venta a través de cesión ordinaria de los derechos

fiduciarios, que deberán incluir, el principal y los rubros accesorios del activo fideicomitido. La utilidad que se genere en la venta de los derechos fiduciarios, se acreditará a la cuenta 5304 “Utilidades financieras - Rendimientos por fideicomiso mercantil”, en tanto que las pérdidas se debitarán a la subcuenta 4304 “Pérdidas financieras - Pérdidas por fideicomiso mercantil”

Para determinar la utilidad o pérdida respectiva de la operación, se deberá considerar el valor pagado respecto del valor en libros de los derechos fiduciarios.

DISPOSICIONES LEGALES: Codificación de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero Ley de Mercado de Valores Reglamento sobre negocios fiduciarios Reglamento de contratación de negocios fiduciarios públicos Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria Ley de Creación de la Red de Seguridad Financiera

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B I

M C C B E B E A S

1 ACTIVO

19 OTROS ACTIVOS

1902 DERECHOS FIDUCIARIOS B S U T O A T F E D N C C L G

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PMP

P F T C O M H N V E F E C M C X X X X X X X X X X X - X X X

DESCRIPCION

DINAMICA DEBITOS

CREDITOS

4. Por las liquidaciones parciales o definitivas del fideicomiso o por el reparto periódico de beneficios, sin que éstos provengan de rendimientos prefijados. Para determinar las utilidades o pérdidas derivadas de la operación se considerarán todos los rubros conexos con el activo fideicomitido.

5. Por el valor correspondiente y proporcional de los derechos

fiduciarios cuando se liquide el fideicomiso o a su vencimiento. Para la determinación de la utilidad o pérdida de la operación, se deberá incluir todos los rubros relacionados con los activos fideicomitidos.

DISPOSICIONES LEGALES: Codificación de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero Ley de Mercado de Valores Reglamento sobre negocios fiduciarios Reglamento de contratación de negocios fiduciarios públicos Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria Ley de Creación de la Red de Seguridad Financiera

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

CATALOGO UNICO DE CUENTAS ELEMENTO GRUPO CUENTA USUARIOS

B I

M C C B E B E A S

1 ACTIVO

19 OTROS ACTIVOS

1910 DIVISAS

B S U T O A T F E D N C C L G

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PMP

P F T C O M H N V E F E C M C X X X X X X X X X X X X X X X

DESCRIPCION Registra el contravalor en dólares de las compras y ventas de divisas distintas al dólar de los Estados Unidos de América y los ajustes derivados de la liquidación diaria de utilidades en venta de moneda extranjera. El saldo de esta cuenta se liquidará diariamente con el saldo de la cuenta 2910 “Otros pasivos – Posición” convertida a dólares al consolidar la información contable.

DINAMICA DEBITOS

1. Por el valor en dólares pagados por la compra de divisas. 2. Por el monto de la utilidad en la venta de divisas

liquidadas al fin de cada día.

CREDITOS

1. Por el valor en dólares recibido por la venta de divisas. 2. Por las pérdidas en las ventas de divisas, liquidadas al fin

de cada día.

DISPOSICIONES LEGALES:

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B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

1 ACTIVO

19 OTROS ACTIVOS

1999 (PROVISION PARA OTROS ACTIVOS)

X X X X X X X X X X X X X X X

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PMP

SUBCUENTAS 199905 (Provisión para valuación de inversiones en

acciones y participaciones) X X X X X X X X X X X - X X -

199910 (Provisión para valuación de derechos fiduciarios)

X X X X X X X X X X X - X X X

199990 (Provisión para otros activos) X X X X X X X X X X X X X X X

DESCRIPCION Es una cuenta de valuación de activo (acreedora) que registra el monto de los valores determinados por el equipo especializado encargado para calificar otros activos, de conformidad con las disposiciones de la Superintendencia de Bancos, que servirá para cubrir eventuales pérdidas provenientes del rubro indicado. Estas provisiones se acumularán mensualmente con cargo a la subcuenta 4405 Provisiones - Otros activos. La utilización de estas provisiones para el castigo de otros activos irrecuperables se hará de acuerdo con lo dispuesto en la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y de la Junta Bancaria.

DINAMICA DEBITOS

1. Por el monto de las partidas castigadas, debidamente

autorizadas. 2. Por las reversiones de saldos a cuentas de resultados

cuando se determine exceso en las provisiones. 3. Por el valor de la reversión de las provisiones de los

intereses de operaciones de crédito canceladas con la emisión de obligaciones de sociedades anónimas, cuando estos han sido recuperados; con contrapartida a la cuenta 4401 Provisiones - Inversiones cuando corresponda al mismo ejercicio económico o la subcuenta 560410 Otros Ingresos - Reversión de provisiones cuando la provisión fue constituida en ejercicios anteriores.

CREDITOS 1. Por la porción mensual de las provisiones determinadas

por la entidad 2. Por los valores adicionales que requiere la entidad,

determinadas por las auditorías externas o por la Superintendencia de Bancos.

3. Por el valor de la provisión correspondiente al valor de los

intereses de operaciones de crédito canceladas con la emisión de obligaciones de sociedades anónimas de conformidad con el Decreto Ejecutivo No. 1490 de noviembre 10 de 1999.

4. Por la constitución de provisiones cuando la

Superintendencia de Bancos y Seguros considere que el patrimonio de la participada no refleja el valor patrimonial real de la empresa en la que se ha invertido.

DISPOSICIONES LEGALES: CRSBYJB – capítulo I, subtítulo I, título VII. Resolución JB-2010-1768 de 28 de julio del 2010

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CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G

2 PASIVO

22 OPERACIONES INTERBANCARIAS

P F T C O M H N V E F E C M C

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PMP

X X X X X X - X X X X - - - X CUENTAS 2201 Fondos interbancarios comprados X X X X X X - X X X X - - - - 2202 Operaciones de reporto con instituciones

financieras X X X X X X - X X X X - - - X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra los fondos obtenidos por la institución de las entidades que integran el sistema financiero nacional, para atender problemas transitorios de liquidez a plazos no mayores a 30 días.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

CCRREEDDIITTOOSS

.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

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CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

2 PASIVO

25 CUENTAS POR PAGAR

2501 INTERESES POR PAGAR

X X X X X X X X X X X X X X X

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PMP

SUBCUENTAS 250105 Depósitos a la vista X X X X X - - - X - X - - - - 250110 Operaciones de reporto X X X X X - - X - - X - - - - 250115 Depósitos a plazo X X X X X X - - X X X - - - - 250120 Depósitos en garantía X - X - X X - - X X X - - - - 250125 Fondos interbancarios comprados X X X X X X - X X X X - - - - 250130 Operaciones de reporto con instituciones

financieras X X X X X X - X X X X - - - X

250135 Obligaciones financieras X X X X X X X X X X X X X X X 250140 Bonos X X X - X - X X X X X - - - - 250145 Obligaciones X X X X - X X X X X X - X X - 250150 Otros títulos valores X X X - X X - X - - X - - - - 250155 Fondo de reserva empleados X X X X X X X X X X X X X X - 250190 Otros X X X X X X X X X X X X X X X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra el valor de los intereses causados pendientes de pago, que deben ser satisfechos al vencimiento de las obligaciones o de las respectivas cuotas. La provisión de los intereses se realizará de manera diaria. Los créditos a esta cuenta se efectuarán con débito simultáneo a cuentas de resultados deudoras. En el caso de las instituciones que administren el fondo de reserva de los servidores y capitalicen mensualmente estos valores, tal procedimiento implicará afectar a la cuenta 2904 Fondo de reserva empleados.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por el valor de los intereses pagados o capitalizados

CCRREEDDIITTOOSS

1. Por el valor de los intereses devengados.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G

2 PASIVO

25 CUENTAS POR PAGAR

2590 CUENTAS POR PAGAR VARIAS

P F T C O M H N V E F E C M C

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PMP

X X X X X X X X X X X X X X X SUBCUENTAS 259005 Dividendos por pagar X X - X - X X - - - - - X X - 259010 Excedentes por pagar - - - - X - - - - - - - - - X 259015 Cheques girados no cobrados X X X X X X X X X X X X X X X 259020 Acreedores por disposición de mercaderías - - - - - - - - - - - - - X - 259090 Otras cuentas por pagar X X X X X X X X X X X X X X X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra el valor de los dividendos y excedentes decretados en efectivo, que han sido previamente aprobados por la Asamblea General de Accionistas o Junta de Socios; los cheques girados para el pago de obligaciones y que no hubieren sido presentados para su cobro; las obligaciones a favor del beneficiario del certificado de depósito, por el monto del faltante de mercaderías y otras cuentas por pagar con un vencimiento no mayor a un año. El valor de los cheques girados y no cobrados registrados en esta cuenta se determinará en base a las conciliaciones bancarias al final de cada mes.

DDIINNAAMMIICCAA DEBITOS

1. Por el pago a los socios de los dividendos y excedentes. 2. Por abono o cancelación de la obligación. 3. Por transferencia a la cuenta del Instituto Nacional del

Niño y la Familia.

CREDITOS

1. Por el valor de los dividendos y excedentes aprobados por la Asamblea General de Accionistas o Junta de Socios.

2. Por el valor de los cheques girados y que no hubieren sido

presentados para su pago dentro de los trece meses posteriores a la fecha de su emisión.

3. Por el valor del faltante de mercaderías. 4. Por el valor de otras cuentas por pagar

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS:: Ley de Cheques y su Reglamento Art. 58

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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B I

M C C B E B E A S

2 PASIVO

26 OBLIGACIONES FINANCIERAS

B S U T O A T F E D N C C L G

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PMP

P F T C O M H N V E F E C M C X X X X X X X X X X X X X X X

CUENTAS 2601 Sobregiros X X X X X X X X X - X X X X X 2602 Obligaciones con instituciones financieras

del país X X X X X X X X X - X X X X X

2603 Obligaciones con instituciones financieras del exterior

X X X X X X X X X X X - X - X

2604 Obligaciones con entidades del grupo financiero en el país

X X - X - X - - - - - - - X -

2605 Obligaciones con entidades del grupo financiero en el exterior

X X - X - X - - - - - - - X -

2606 Obligaciones con entidades financieras del sector público

X X X - X - X X X X X - - - X

2607 Obligaciones con organismos multilaterales X X X - X - X X X X X - - - X 2608 Préstamo subordinado X X X - X - - X X - X X - - - 2609 Obligaciones con entidades del sector

público X X - - - - - - - - - - - - -

2610 Obligaciones con el fondo de liquidez sistema financiero ecuatoriano

X X X - - - - - - - - - - - -

2690 Otras obligaciones X X X X X X X X X - X X X X X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra el valor de las obligaciones contraídas por la Entidad mediante la obtención de recursos provenientes de bancos y otras entidades del país o del exterior y con otras entidades públicas o privadas, bajo la modalidad de créditos directos y utilización de líneas de crédito. Las transacciones concertadas a través de medios de comunicación inmediata deberán registrarse el mismo día que se producen debiendo estar respaldadas por los contratos celebrados entre las partes. Las efectuadas telefónicamente serán confirmadas vía telex o por cualquier otro medio que deje constancia escrita autorizada de la operación y que contenga en cada caso la firma del funcionario competente; las concertadas mediante notas de débito o crédito deberán ser registradas el momento en que se produzca la transacción o en el día de recepción de las mismas. No se registrarán en esta cuenta los fondos interbancarios comprados y operaciones de reporto con instituciones financieras, mientras permanezcan vigentes y sean de plazos menores a 30 días.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

CCRREEDDIITTOOSS

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS:: Ley General de Instituciones del Sistema Financiero - Art. 51

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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B I

M C C B E B E A S

2 PASIVO

26 OBLIGACIONES FINANCIERAS

2606 OPERACIONES CON ENTIDADES B S U T O A T F E D N C C L G

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PMP

P F T C O M H N V E F E C M C FINANCIERAS DEL SECTOR PUBLICO X X X - X - X X X X X - - - X

SUBCUENTAS 260605 De 1 a 30 días X X X - X - X X X X X - - - X 260610 De 31 a 90 días X X X - X - X X X X X - - - X 260615 De 91 a 180 días X X X - X - X X X X X - - - X 260620 De 181 a 360 días X X X - X - X X X X X - - - X 260625 De más de 360 días X X X - X - X X X X X - - - X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN En esta cuenta se registrará el saldo de las obligaciones pendientes de pago a entidades financieras del sector público de acuerdo a las disposiciones incluidas en la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos del Ecuador. Registra además el valor de los documentos por su valor nominal, descontados y redescontados por las instituciones en la Corporación Financiera Nacional y el Banco Ecuatoriano de la Vivienda, así como los valores que las instituciones financieras en saneamiento tienen pendiente de pago a la Corporación Financiera Nacional por operaciones reestructuradas, realizadas conforme a la Ley de Reordenamiento Económico.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por los abonos o cancelaciones. 2. Por la devolución de los dividendos recuperados por las

Mutualistas de la cartera cedida al Banco Ecuatoriano de la Vivienda.

CCRREEDDIITTOOSS

1. Por el monto del crédito recibido. 2. Por el monto de los dividendos recuperados por las

Mutualistas de la cartera cedida al Banco Ecuatoriano de la Vivienda.

3. Por el valor de los documentos descontados o

redescontados.

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B I

M C C B E B E A S

2 PASIVO

26 OBLIGACIONES FINANCIERAS

2607 OBLIGACIONES CON ORGANISMOS B S U T O A T F E D N C C L G

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PMP

P F T C O M H N V E F E C M C MULTILATERALES X X X - X - X X X X X - - - X

SUBCUENTAS 260705 De 1 a 30 días X X X - X - X X X X X - - - X 260710 De 31 a 60 días X X X - X - X X X X X - - - X 260715 De 91 a 180 días X X X - X - X X X X X - - - X 260720 De 181 a 360 días X X X - X - X X X X X - - - X 260725 De más de 360 días X X X - X - X X X X X - - - X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN En esta cuenta se registrará el saldo de las obligaciones pendientes de pago a organismos multilaterales, tales como la Corporación Andina de Fomento - CAF, Banco Interamericano de Desarrollo BID, Banco Mundial, entre otros.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por el valor de los abonos y cancelaciones de los

préstamos recibidos

CCRREEDDIITTOOSS

1. Por el monto de los créditos recibidos.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS:: Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria - Título VII, Subtítulo VI, Capítulo III

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B I

M C C B E B E A S

2 PASIVO

26 OBLIGACIONES FINANCIERAS

2609 OBLIGACIONES CON ENTIDADES DEL B S U T O A T F E D N C C L G

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PMP

P F T C O M H N V E F E C M C SECTOR PUBLICO X X - - - - - - - - - - - - X

SUBCUENTAS 260905 De 1 a 30 días X X - - - - - - - - - - - - X 260910 De 31 a 90 días X X - - - - - - - - - - - - X 260915 De 91 a 180 días X X - - - - - - - - - - - - X 260920 De 181 a 360 días X X - - - - - - - - - - - - X 260925 De más de 360 días X X - - - - - - - - - - - - X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra las obligaciones de las instituciones financieras y el Fondo de Solidaridad con el Gobierno Nacional.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por los pagos que se realicen, conforme los vencimientos

pactados

CCRREEDDIITTOOSS

1. Por el valor recibido por el Fondo de Solidaridad.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS:: Ley No.92 del 8 de agosto de 1995 publicada en el Registro Oficial No. 764 del 22 de agosto de 1995.

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CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS ELEMENTO GRUPO CUENTAS USUARIOS

B I M C C B E B E A S

2 PASIVO

29 OTROS PASIVOS

2901 INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO B S U T O A T F E D N C C L G

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PMP

P F T C O M H N V E F E C M C - - - - - - - - - - - - - - X

SUBCUENTAS 290105 Intereses recibidos por anticipado X X X - X - - - - - X - - - - 290110 Comisiones recibidas por anticipado - - - - - - - - - - X - - - - 290115 Rentas recibidas por anticipado X X X X X X X X X X X - X X X 290120 Afiliaciones y renovaciones X X X X X X X X X X X - X X X 290125 Tarifa periódica recibida - - - - - - - - - - - - - - X 290190 Otros X X X X X X X X X X X - X X X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra los beneficios obtenidos en las distintas operaciones que realiza la entidad, cobrados anticipadamente y que serán aplicados a cuentas de resultados mensualmente por el valor realizado.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por el valor de los ingresos realizados mensualmente. 22.. Por las utilidades en venta de activos a plazo, devengadas

mensualmente.

CCRREEDDIITTOOSS

1. Por el importe de los intereses cobrados por anticipado de la cartera de créditos.

2. Por el valor de arrendamiento de bienes muebles e

inmuebles, cobrados por anticipado.

3. Por las utilidades obtenidas en la venta de activos a plazo cobrados anticipadamente.

44.. Por el valor de la tarifa periódica anual recibida por las entidades del sistema de garantía crediticia, calculada sobre el monto del saldo insoluto de capital garantizado.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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B I

M C C B E B E A S

2 PASIVO

29 OTROS PASIVOS

2903 FONDOS EN ADMINISTRACION B S U T O A T F E D N C C L G

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PMP

P F T C O M H N V E F E C M C - - - - X - - X X X X X - - -

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra el valor de los fondos entregados a la entidad por otras instituciones para que sean concedidos en préstamos o para el desarrollo de programas específicos bajo su administración, de conformidad con los decretos, convenios o contratos respectivos.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por las entregas a los beneficiarios de acuerdo a los

respectivos convenios. 2. Por la devolución de los fondos en administración más el

beneficio obtenido, de así disponerlo el convenio respectivo.

CCRREEDDIITTOOSS

1. Por el importe de los fondos recibidos en administración. 2. Por las recuperaciones de entregas de fondos, cuando se

trate de operaciones reembolsables. 3. Por los beneficios obtenidos en la utilización de los fondos,

de así disponerlo el convenio respectivo.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I 2 PASIVO

29 OTROS

2904 FONDO DE RESERVA M C C B E B E A S

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PMP

B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

PASIVOS EMPLEADOS

X X X X X X X X X X X X X X -

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra el monto que adeuda la institución a sus empleados por concepto de fondo de reserva, el cual de acuerdo a disposiciones legales le permiten tener en su poder para administrarlo.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por la devolución del fondo de reserva a los servidores.

CCRREEDDIITTOOSS

1. Por la transferencia anual de los valores acumulados en la subcuenta analítica 250155 Fondo de reserva empleados.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS:: Ley General de Instituciones del Sistema Financiero - Art. 210

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2 29 2910 B I

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PMP

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

PASIVO OTROS PASIVOS

POSICIÓN

X X X X X X X X X X X X X X X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra el valor en moneda extranjera de la compra y venta de divisas. El saldo acreedor de esta cuenta, al final de cada día, deberá convertirse a dólares utilizando para el efecto el costo de compra del mercado libre de cambios del Banco Central del Ecuador. Diariamente el saldo de esta cuenta, convertida a moneda local al costo promedio de compra, se liquidará con el saldo de la cuenta 1910 “Otros activos. Divisas”, al momento de consolidar la información.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por la venta de divisas en moneda extranjera, distinta del

dólar de los Estados Unidos de América.

CCRREEDDIITTOOSS

1. Por la compra de divisas en moneda extranjera, distinta del dólar de los Estados Unidos de América.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

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B I 2 PASIVO

29 OTROS

2990 OTROS M C C B E B E A S

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PMP

B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

PASIVOS

X X X X X X X X X X X X X X X SUBCUENTAS 299005 Sobrantes de caja X X X X X X X X X X X X X X X 299010 Excedente de mercaderías para devolución - - - - - - - - - - - - - X - 299090 Varios X X X X X X X X X X X X X X X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra el valor de los sobrantes que se produzcan al cierre de las cajas. Este valor será transferido a la cuenta del Instituto del Niño y la Familia de acuerdo a lo establecido en el Art. 198 de la Codificación de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, considerada con carácter de Orgánica. Adicionalmente, se registrará los excedentes de mercadería para devolución que los almacenes generales de depósito, detectaren entre vaciado y vaciado del silo, hasta su devolución proporcional a los depositantes que correspondan.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por reversión o ajuste de los excedentes de mercaderías

establecidos en los almacenes generales de depósito. 2. Por la devolución proporcional a los depositantes de los

excedentes que se produjeren entre vaciado y vaciado del silo, en los almacenes generales de depósito.

CREDITOS

1. Por el valor de los excedentes de mercaderías depositadas, establecidos entre vaciado y vaciado del silo, en los almacenes generales de depósito.

2. Por el valor de los sobrantes de caja. 3. Por el valor de otros pasivos que no pueden ser

clasificados en otras cuentas.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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3 31 B I

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PMP

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

PATRIMONIO CAPITAL SOCIAL

X X - X X X X X X X X X X X - CUENTAS 3101 Capital pagado X X - X - X X X X X X X X X - 3102 (Acciones en tesorería) X X - X - X X - - X - - X X - 3103 Aportes de socios - - - - X - - - - - - - - - -

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra el valor de las acciones suscritas y pagadas por los accionistas, los aportes del Estado en las entidades financieras públicas, el valor de los certificados de aportación suscritos y pagados en el caso de cooperativas y el valor de los fondos que reciba el sistema de garantía crediticia. Adicionalmente registrará el valor de las acciones o certificados de aportación que se originen por la capitalización de reservas, utilidades y excedentes. La cuenta 3102 “(Acciones en tesorería)” es una cuenta de valuación, que registra las acciones propias adquiridas por la institución, por decisión de la junta general de accionistas, siempre que estas acciones estén liberadas totalmente y se empleen fondos tomados únicamente de las utilidades líquidas.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

CCRREEDDIITTOOSS

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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3 33 B I

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PMP

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

PATRIMONIO RESERVAS

X X X X X X X X X X X X X X X CUENTAS 3301 Legales X X - X X X X - X X X - X X X 3302 Generales - - X - - - - X - - - - - - X 3303 Especiales X X X X X X X X X X X - X X X 33330044 Reserva para readquisición de acciones

propias X X - X - X X - - - - - X X -

33330055 Revalorización del patrimonio X X X X X X X X X X X X X X - 33331100 Por resultados no operativos X X X X X X X X X X X X X X -

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN

Registra los valores que por decisión de la asamblea general de accionistas o socios, de acuerdo con sus estatutos o por disposición legal, se han apropiado de las utilidades operativas líquidas con el objeto de incrementar el patrimonio, constituir reservas de carácter especial o facultativas, o con fines específicos. Registra además las utilidades netas obtenidas por la Corporación Financiera Nacional pendientes de capitalización, así como las utilidades netas acumuladas de las mutualistas (reservas generales). Registra también las reservas que se originaron en las utilidades no operativas de años anteriores, obtenidas por la entidad como resultado de los ajustes por corrección monetaria de los activos y pasivos no monetarios, así como el patrimonio y de las cuentas de resultado; de los ajustes por valuación de los activos y pasivos no monetarios en moneda extranjera y en unidades de valor constante; y, en los activos y pasivos con reajuste pactado. Para el caso del sistema de garantía crediticia, aquellas instituciones que se constituyan bajo la figura jurídica de fideicomisos mercantiles, no deben segregar el fondo de reserva legal del que trata el artículo 40 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por la capitalización de las reservas facultativas, legales y

generales de acuerdo con las normas expedidas sobre la materia.

2. Por la compensación, a nivel de cuentas patrimoniales de

las pérdidas del ejercicio o de ejercicios anteriores tomadas al valor reexpresado.

3. La cuenta 3305 Reservas - Revalorización del patrimonio,

se debitará por la devolución a los socios o accionistas, en caso de liquidación de la entidad.

4. Por el ajuste del saldo de la cuenta 3304 Reserva para readquisición de acciones propias, por el valor efectivamente pagado.

5. Por la reversión de la cuenta 3304 Reserva para readquisición de acciones propias, cuando se negocien las acciones en tesorería.

CCRREEDDIITTOOSS

11.. PPoorr llooss vvaalloorreess sseeggrreeggaaddooss ddee llas utilidades operativas líquidas o excedentes netos de conformidad con disposiciones legales, estatutarias, por acuerdo de los accionistas o por disposición de la autoridad competente.

2. La reserva por resultados no operativos se constituirá con

las utilidades obtenidas de los resultados no operativos netos cuando existan utilidades operativas, y con el saldo remanente luego de absorber las pérdidas operativas.

3. Por el valor que la entidad presupueste para la readquisición

de acciones propias, previa autorización de la Superintendencia de Bancos, para la constitución de la reserva respectiva.

4. Por el ajuste del saldo de la cuenta 3304 Reserva para readquisición de acciones propias, por el valor efectivamente pagado.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS:: D.E. No. 354 de 28-07-2005 Art. 40 Ley General de Instituciones del Sistema Financiero

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

4 41 B I

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PMP

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

GASTOS INTERESES CAUSADOS X X X X X X X X X X X X X X X

CUENTAS 4101 Obligaciones con el público X X X X X - - X X X X - - - - 4102 Operaciones interbancarias X X X X X X - X X X X - - - X 4103 Obligaciones financieras X X X X X X X X X X X X X X X 4104 Valores en circulación y obligaciones

convertibles en acciones X X X X X X X X X X X - X X -

4105 Otros intereses X X X X X X X X X X X X X X X

PPrreesseennttaacciióónn:: GGaassttooss ffiinnaanncciieerrooss DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN

Registra el valor de los intereses causados en que incurre la entidad por el uso de los recursos recibidos del público bajo las distintas modalidades, los intereses causados en préstamos recibidos de instituciones financieras y otras entidades públicas o privadas, los intereses causados por valores en circulación y obligaciones convertible en acciones emitidas por la institución y otros intereses.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

CCRREEDDIITTOOSS

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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PMP

CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

4 GASTOS

41 INTERESES CAUSADOS

4102 OPERACIONES INTERBANCARIAS

X X X X X X - X X X X - - - X SUBCUENTAS 410205 Fondos interbancarios comprados X X X X X X - X X X X - - - - 410210 Operaciones de reporto con instituciones

financieras X X X X X X - X X X X - - - X

PPrreesseennttaacciióónn:: GGaassttooss ffiinnaanncciieerrooss DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN

Registra los intereses causados a favor de bancos o instituciones financieras que hayan suministrado recursos para atender situaciones momentáneas de iliquidez. Adicionalmente registra el valor de los intereses y descuentos causados en las operaciones de reporto.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

11.. Por el valor de los intereses causados por los fondos

interbancarios comprados con contrapartida a la subcuenta 250125 Intereses por pagar - Fondos interbancarios comprados.

2. Por el valor correspondiente a intereses y descuentos

pactados en operaciones de reporto cuando se devenga o vence el contrato de recompra, que se acreditan a la subcuenta 250130 Intereses por pagar - Operaciones de reporto con instituciones financieras.

3. Por el valor correspondiente a intereses y descuentos

pactados en venta de títulos valores adquiridos con acuerdo de reventa, que se acreditan a la subcuenta 250130 Intereses por pagar - Operaciones de reporto con instituciones financieras.

CCRREEDDIITTOOSS

1. Por ajustes de provisiones efectuadas en exceso. 2. Por cierre del ejercicio.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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PMP

CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

4 GASTOS

41 INTERESES CAUSADOS

4103 OBLIGACIONES FINANCIERAS

X X X X X X X X X X X X X X X SUBCUENTAS 410305 Sobregiros X X X X X X X X X - X X X X X 410310 Obligaciones con instituciones financieras

del país X X X X X X X X X - X X X X X

410315 Obligaciones con instituciones financieras del exterior

X X X X X X X X X X X - X - X

410320 Obligaciones con entidades del grupo financiero en el país

X X - X - X - - - - - - - X -

410325 Obligaciones con entidades del grupo financiero en el exterior

X X - X - X - - - - - - - X -

410330 Obligaciones con entidades financieras del sector público

X X X - X - X X X X X - - - X

410335 Obligaciones con organismos multilaterales X X X - X - X X X X X - - - X 410340 Préstamo subordinado X X X - X - - X X - X X - - - 410345 Obligaciones con entidades del sector

público X X - X - X - - - - - - - - X

410350 Otras obligaciones X X X X X X X X X X X X X X X

PPrreesseennttaacciióónn:: GGaassttooss ffiinnaanncciieerrooss DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN

Registra los intereses causados por créditos recibidos de instituciones financieras del país o del exterior y de entidades del sector público, como también los intereses causados de préstamos subordinados recibidos de otras instituciones financieras.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por el importe de los intereses causados originados por

obligaciones financieras que se acreditan a la subcuenta 250135 Intereses por pagar - Obligaciones financieras.

CCRREEDDIITTOOSS

1. Por ajustes de provisiones efectuadas en exceso. 2. Por cierre del ejercicio.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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CATALOGO UNICO DE CUENTAS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CUENTA USUARIOS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

4 GASTOS

41 INTERESES CAUSADOS

4105 OTROS INTERESES

X X X X X X X X X X X X X X X SUBCUENTAS 410505 Fondos de reserva empleados X X X X X X X X X X X X X X - 410590 Otros X X X X X X X X X X X X X X X

Presentación: Gastos financieros DESCRIPCION

Registra los intereses causados por el fondo de reserva de empleados e intereses causados por otras obligaciones.

DINAMICA DEBITOS

1. Por el valor de los intereses causados, que se acreditan a

las subcuentas 250155 Intereses por pagar - Fondo de reserva empleados y 250190 Intereses por pagar - Otros.

CREDITOS

1. Por ajustes de provisiones efectuadas en exceso. 2. Por cierre del ejercicio.

DISPOSICIONES LEGALES:

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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CATALOGO UNICO DE CUENTAS ELEMENTO GRUPO CUENTA USUARIOS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

4 GASTOS

42 COMISIONES CAUSADAS

X X X X X X X X X X X X X X X CUENTAS 4201 Obligaciones financieras X X X X X X X X X X X X X X X 4202 Operaciones contingentes X X X - X - - X - - X - - - X 4203 Cobranzas X X X X X - X X X X X X X X - 4204 Por operaciones de permuta financiera X X X - X - - - - - - - - - - 4205 Servicios fiduciarios X X X X X X X X X X X X X X X 4290 Varias X X X X X X X X X X X X X X X

Presentación: Gastos financieros DESCRIPCION

Registra el valor de las comisiones causadas por la obtención de recursos, líneas de crédito, utilización de servicios, operaciones contingentes que realicen las instituciones financieras, u operaciones de permuta financiera pactadas con la Corporación Financiera Nacional.

DINAMICA DEBITOS

1. Por el valor de las comisiones devengadas.

CREDITOS

1. Por cierre del ejercicio. 2. Por ajustes de provisiones efectuadas en exceso.

DISPOSICIONES LEGALES:

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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CATALOGO UNICO DE CUENTAS

ELEMENTO GRUPO CUENTA USUARIOS B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

4 GASTOS

43 PERDIDAS FINANCIERAS

X X X X X X X X X X X X X X X CUENTAS 4301 Pérdida en cambio X X X X X X X X X X X X X X X 4302 En valuación de inversiones X X X X X X X X X X X X X X X 4303 En venta de activos productivos X X X X X X X X X X X X X X X 4304 Pérdidas por fideicomiso mercantil X X X X X X X X X X X X X X X 4305 Prima de inversiones en títulos valores X X X X X X X X X X X X X X X 4306 Primas en cartera comprada X X X - X - X X - - X - - - -

Presentación: Gastos financieros DESCRIPCION

Registra las pérdidas originadas en la actualización diaria de los pasivos contratados en moneda extranjera, distintos del dólar de los Estados Unidos de América, que se producen por efecto de la variación de su cotización, actualización que se efectuará considerando la tabla de cotización de moneda extranjera proporcionada diariamente por el Banco Central del Ecuador, también registrará las pérdidas generadas por el proceso de intermediación que realizan las instituciones a través de la mesa de cambios. Para la presentación de los estados financieros la institución presentará en la cuenta 4301 - Pérdida en cambio, el efecto neto de la actualización de los activos y pasivos en moneda extranjera distintos al dólar de los Estados Unidos de América, registrados en las cuentas 4301 - Pérdida en cambio y 5301 - Ganancia en cambio, en el caso que dicho efecto neto sea deudor. Registra además las pérdidas determinadas en la fluctuación del valor razonable de los instrumentos financieros clasificados como a valor razonable con cambios en el estado de resultados; así como la prima y los costos incurridos en la transacción, los que deben ser amortizados durante el plazo remanente del instrumento. El valor de las pérdidas imputables al ejercicio en curso por la venta de cartera de créditos e inversiones, excepto de acciones y participaciones, bienes en arrendamiento mercantil, negociación de consumos que realizan las compañías emisoras o administradoras de tarjetas de crédito, acuerdos de pago, entre otros. Registrará también la amortización de las primas pagadas en compra de cartera y las pérdidas generadas por fideicomiso mercantil constituidos o que sea partícipe la institución.

DINAMICA DEBITOS

1. Por las pérdidas originadas en la actualización de los

pasivos en moneda extranjera que se producen por efecto de la variación de su cotización.

2. Por las pérdidas operativas generadas por el proceso de

intermediación que realiza la entidad a través de la mesa de cambios.

3. Por la pérdida originada por la fluctuación del valor

razonable de las inversiones en instrumentos financieros. 4. Por la transferencia de la pérdida determinada en la

valoración, cuando se determina un deterioro del valor de los instrumentos financieros clasificados como “Disponibles para la venta” o de “Disponibilidad restringida”, con débito a la cuenta de resultados 4302 “Pérdidas financieras –En valuación de inversiones”, aunque dichos instrumentos de inversión no hayan sido vendidos o dispuestos.

5. Por la parte proporcional de la prima en la adquisición de

los instrumentos financieros.

CREDITOS

1. Por la transferencia a la cuenta 5301 “Ganancia en cambio”, siempre y cuando el efecto neto de la actualización de los activos y pasivos no monetarios en moneda extranjera presente saldo deudor.

2. Por cierre del ejercicio.

DISPOSICIONES LEGALES: Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, títulos IX, capítulo II, artículo 5, numeral 2

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

4 GASTOS

43 PERDIDAS FINANCIERAS

X X X X X X X X X X X X X X X CUENTAS 4301 Pérdida en cambio X X X X X X X X X X X X X X X 4302 En valuación de inversiones X X X X X X X X X X X X X X X 4303 En venta de activos productivos X X X X X X X X X X X X X X X 4304 Pérdidas por fideicomiso mercantil X X X X X X X X X X X X X X X 4305 Prima de inversiones en títulos valores X X X X X X X X X X X X X X X 4306 Primas en cartera comprada X X X - X - X X - - X - - - -

Presentación: Gastos financieros DINAMICA

DEBITOS 6. Por la parte proporcional de los costos de transacción

incurridos en la adquisición de los instrumentos financieros.

7. Por la diferencia entre el valor de adquisición y el de venta de cartera de créditos, inversiones excepto acciones y participaciones, bienes de arrendamiento mercantil y negociación de consumos que realizan las compañías emisoras y/o administradoras de tarjetas de crédito, a la fecha de enajenación.

8. Por la diferencia entre el valor de la obligación original y el

de la recuperación, por efecto de los acuerdos de pago que efectúe el Banco Ecuatoriano de la Vivienda con las personas naturales, a fin de incrementar las recuperaciones, fomentar la cultura de pago puntual y reducir su carga operativa.

9. Las pérdidas generadas en los fideicomisos en

administración constituidos por la institución o en los derechos fiduciarios comprados por ésta, de acuerdo a la variación del patrimonio autónomo.

10. Por la transferencia del saldo de la cuenta 5301 –

Ganancia en cambio, siempre y cuando el efecto neto de la actualización de los activos y pasivos en moneda extranjera presente saldo deudor.

11. Por la porción de las primas devengadas en inversiones o

en cartera comprada.

12. Por la transferencia de la pérdida en valuación de los instrumentos financieros, desde la cuenta 3504 “Superávit por valuaciones - Valuación de inversiones en instrumentos financieros”, cuando éstos son vendidos o dispuestos.

CREDITOS

DISPOSICIONES LEGALES: Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, títulos IX, capítulo II, artículo 5, numeral 2

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

4 GASTOS

44 PROVISIONES

X X X X X X X X X X X X X X X CUENTAS 4401 Inversiones X X X X X X X X X X X X X X X 4402 Cartera de créditos X X X X X X X X X X X X - - - 4403 Cuentas por cobrar X X X X X X X X X X X X X X X 4404 Bienes realizables, adjudicados por pago y

de arrendamiento mercantil X X X X X X X X X X X X X X -

4405 Otros activos X X X X X X X X X X X X X X X 4406 Operaciones contingentes X X X X X - - X - - X - - X X 4407 Operaciones interbancarias y de reporto X X X X X X X X X X X X X X X

Presentación: Gastos financieros DESCRIPCION

Este grupo registra los valores provisionados por la Institución para la protección de sus activos. Las provisiones deberán estar de acuerdo con las necesidades de la institución, al amparo de las disposiciones contenidas en el Reglamento para evaluación y calificación de los activos de riesgo y constitución de provisiones, expedido por la Superintendencia de Bancos. Registra también las provisiones correspondientes al valor de los intereses capitalizados o cancelados con certificados de depósitos reprogramados o con emisión de obligaciones de sociedades anónimas, así como la provisión de los intereses de operaciones interbancarias, inversiones y otros intereses ganados y no recaudadas después de ser exigibles.

DINAMICA DEBITOS

1. Por la provisión calculada sobre el valor del activo, con

abono a las correspondientes cuentas de valuación. 2. Por la provisión correspondiente al valor de intereses

capitalizados en el caso de operaciones refinanciadas o al valor de intereses cancelados con certificados de depósitos reprogramados o emisión de obligaciones de sociedades anónimas.

3. Por el valor de las provisiones de intereses de

operaciones interbancarias, inversiones y otros intereses, ganados y no recaudados después de ser exigibles.

CREDITOS 1. Por el ajuste de las provisiones realizadas en exceso. 2. Por cierre del ejercicio.

DISPOSICIONES LEGALES: Codificación de Regulaciones del Directorio del Banco Central del Ecuador. Ley de Régimen Tributario Interno Reglamento general de aplicación del impuesto a la renta Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria

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B I

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4 GASTOS

45 GASTOS DE OPERACION

4505 DEPRECIACIONES

X X X X X X X X X X X X X X X SUBCUENTAS 450505 Bienes arrendados X X X - - X - X - - - - - - - 450510 Bienes no utilizados por la institución X X X X X X X X X X X X X X X 450515 Edificios X X X X X X X X X X X X X X X 450520 Otros locales X X X X X X X X X X X X X X - 450525 Muebles, enseres y equipos de oficina X X X X X X X X X X X X X X X 450530 Equipos de computación X X X X X X X X X X X X X X X 450535 Unidades de transporte X X X X X X X X X X X X X X X 450540 Equipos de construcción X X X X X X X X X X X X X X - 450545 Equipo de ensilaje X X X X X X X X X X X X X X - 450590 Otros X X X X X X X X X X X X X X X

Presentación: Gastos de operación DESCRIPCION

Registra la pérdida de valor estimado por el desgaste, uso, deficiencias producidas por su utilización, funcionamiento, obsolescencia técnica y el tiempo a que están sujetos los bienes de la institución.

DINAMICA DEBITOS

1. Por el valor de la cuota mensual de la depreciación

calculada sobre el valor de los bienes arrendados, bienes no utilizados por la institución y propiedades y equipo, con abono a la subcuenta de valuación respectiva del activo.

CREDITOS 1. Por reversión de las cuotas de depreciaciones excesivas o

indebidamente realizadas. 2. Por cierre del ejercicio.

DISPOSICIONES LEGALES: Resolución N° SB-181 de 5 de enero de 1968 Decreto 2959 de 31 de diciembre de 1991

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

4 GASTOS

47 OTROS GASTOS Y PERDIDAS

X X X X X X X X X X X X X X X CUENTAS 4701 Pérdida en venta de bienes X X X X X X X X X X X X X X X 4702 Pérdida en venta de acciones y

participaciones X X X X X X X X X X X - X X -

4703 Intereses, comisiones y tarifas devengados en ejercicios anteriores

X X X X X X X X X X X X X X X

4790 Otros X X X X X X X X X X X X X X X

Presentación: Gastos no operacionales DESCRIPCION

Constituyen las pérdidas obtenidas por circunstancias ajenas al giro normal de los negocios o por circunstancias especiales que siendo propias de la actividad, han influidos en los activos de la entidad. Registra las pérdidas generadas en la venta de bienes, acciones y participaciones y los intereses y comisiones de operaciones activas de crédito e inversiones devengados y reconocidos como ingresos en ejercicios anteriores y que pasan a situación de vencidos en el presente ejercicio. Registra también la devolución de tarifas periódicas anuales receptadas e ingresada, ya sea por suspensión o cancelación de la garantía; por pedido del cliente de que se deje sin efecto la fianza otorgada por la entidad del sistema de garantía crediticia; o, por incumplimiento de la obligación por parte del cliente o de la institución financiera elegible, conforme las políticas establecidas por el organismo competente de la entidad del sistema de garantía crediticia,

DINAMICA DEBITOS

1. Por la diferencia entre el precio de venta y el saldo del

bien vendido.

2. Por la pérdida en que incurra la entidad por efecto del proceso de enajenación de las inversiones en acciones y participaciones.

3. Por el importe de los intereses, comisiones devengados en ejercicios anteriores y reversados en el presente ejercicio.

4. Por el importe de las tarifas anuales periódicas

devengadas en ejercicios anteriores y devueltas en el presente ejercicio.

CREDITOS

1. Por la recuperación efectiva de los intereses y comisiones, debitados a esta cuenta en el ejercicio en curso.

2. Por cierre del ejercicio.

DISPOSICIONES LEGALES:

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1 ACTIVO

51 INTERESES Y DESCUENTOS GANADOS

5104 INTERÉSES Y DESCUENTOS DE CARTERA DE CRÉDITOS

X X X X X X X X X X X X - - X

SUBCUENTAS

510405 Cartera de créditos comercial X X X X X X - X X X X - - - - 510410 Cartera de créditos de consumo X X X X X X - - - - X X - - X 510415 Cartera de créditos de vivienda X X X - X - X X X - - - - - - 510420 Cartera de créditos para la microempresa X X X X X - - X - - X - - - X 510421 Cartera de crédito educativo X X - - X - - - - - - X - - - 510425 Cartera de créditos de inversión pública - - - - - - - - - X - - - - - 510430 Cartera de créditos refinanciada X X X X X X X X X X X X - - - 510435 Cartera de créditos reestructurada X X X X X X X X X X X X - - - 510450 De mora X X X X X X X X X X X X - - X 510455 Descuentos en cartera comprada X X X X X X X X X X X - - - -

Presentación: Ingresos financieros DESCRIPCION

Registra los intereses corrientes y los intereses cobrados por mora, de acuerdo con las tasas establecidas por el Directorio del Banco Central del Ecuador para las operaciones vigentes y vencidas en sus diferentes modalidades, ganados por las instituciones financieras, provenientes de las operaciones de crédito concedidas en sus diversas modalidades. Se incluirán los intereses ganados por la institución, provenientes de arrendamiento financiero, cartera permutada, cartera comprada y de las operaciones de redescuento que se realizan con la Corporación Financiera Nacional.

DINAMICA DEBITOS

1. Por el valor de los ajustes.

2. Por el valor de la reversión de los intereses ganados y no recaudados luego de haberse cumplido el plazo de ser exigibles, conforme lo determinado en la normativa legal vigente.

3. Por cierre del ejercicio.

CREDITOS 1. Por el valor de los intereses devengados que se debitan a

la cuenta 1603 “Intereses por cobrar de cartera de créditos”. 2. Por la porción mensual de los intereses cobrados por

anticipado en préstamos concedidos con cargo a la subcuenta 290105 “Intereses recibidos por anticipado”.

3. Por el valor de los descuentos devengados por las

operaciones de cartera comprada.

DISPOSICIONES LEGALES: Codificación de Regulaciones del Directorio del Banco Central del Ecuador Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria - título XI, capítulo II “Prácticas contables para operaciones que no se cancelan a su vencimiento”

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5 INGRESOS

52 COMISIONES GANADAS

X X X X X X X X X X X X - - - CUENTAS

5201 Cartera de créditos X X X X X X X X X X X X - - - 5202 Deudores por aceptación X X X - X - - X - - X - - - - 5203 Avales X X X - X - - X - - X - - - - 5204 Fianzas X X X - X - - X - - X - - - - 5205 Cartas de Crédito X X X - X - - X - - X - - - - 5290 Otras X X X X X X X X X X X X - - -

Presentación: Ingresos financieros DESCRIPCION

Registra los valores cobrados por las instituciones por concepto de comisiones, de conformidad con la ley. Para el caso de registros por ingresos de comisiones de operaciones de crédito, serán exclusivamente de aquellas pactadas antes del 26 de julio del 2007 y que fueron incluidas en tablas de amortización. Incluye las comisiones ganadas por consumos de los tarjetahabientes y por pago de facturas a los establecimientos afiliados, en las compras con pago diferido, los ingresos efectivos por concepto de los cánones de arrendamiento mercantil, los ingresos por concepto de comisiones provenientes de aceptaciones bancarias y operaciones contingentes tales como avales, fianzas, cartas de crédito, líneas de crédito no utilizadas y opciones de compra - venta de divisas, así como de garantías y retrogarantías concedidas por el sistema de garantía crediticia. Registra también las comisiones cobradas por la Corporación Financiera Nacional al efectuar las operaciones de permuta financiera con las instituciones financieras.

DINAMICA DEBITOS

1. Por el valor de la reversión de las comisiones ganadas y

no recaudadas, luego de ser exigibles, conforme el plazo determinado en la normativa vigente.

2. Por cierre del ejercicio.

CREDITOS 1. Por la apropiación mensual de las comisiones sobre

operaciones de crédito pactadas antes del 26 de julio del 2007, aceptaciones bancarias y operaciones contingentes con cargo a la cuenta 1604 Comisiones por cobrar.

2. Por el valor cobrado o ganado de las comisiones.

DISPOSICIONES LEGALES:

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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5 INGRESOS

53 UTILIDADES FINANCIERAS

X X X X X X X X X X X X X X X CUENTAS 5301 Ganancia en cambio X X X X X X X X X X X X X X - 5302 En valuación de inversiones X X X X X X X X X X X X X X X 5303 En venta de activos productivos X X X X X X X X X X X X X X X 5304 Rendimientos por fideicomiso mercantil X X X X X X X X X X X - X X X 5305 Arrendamiento financiero X X X - - X - X - - X - - - -

Presentación: Ingresos financieros DESCRIPCION

Registra las utilidades originadas en la actualización diaria de los activos contratados en moneda extranjera, distintos del dólar de los Estados Unidos de América, que se producen por efecto de la variación de su cotización, actualización que se efectuará considerando la tabla de cotización de moneda extranjera proporcionada diariamente por el Banco Central del Ecuador, también registrará las utilidades generadas por el proceso de intermediación que realizan las instituciones a través de la mesa de cambios. Para la presentación de los estados financieros la institución presentará en la cuenta 5301 Ganancia en cambio, el efecto neto de la actualización de los activos y pasivos en moneda extranjera distintos al dólar de los Estados Unidos de América, registrados en las cuentas 4301 Pérdida en cambio y 5301 Ganancia en cambio, en el caso que dicho efecto neto sea acreedor. Registra además la ganancia originada por la fluctuación del valor razonable del instrumento de inversión clasificado como a valor razonable con cambios en el estado de resultados; así como la transferencia directamente del patrimonio, cuando el instrumento clasificado como disponible para la venta sea vendido o dispuesto. Registra también las diferencias a causa de variaciones en el tipo de cambio surgidas en una partida monetaria que forme parte de la inversión neta en un negocio en el extranjero, provenientes de la cuenta 3502 “Superávit por valuación - Valuación inversión neta en un negocio en el extranjero”, cuando se enajene el negocio en el extranjero. El valor de las utilidades imputables al ejercicio en curso por la venta de cartera de créditos e inversiones, excepto de acciones y participaciones, bienes de arrendamiento mercantil, negociación de consumos que realizan las compañías emisoras o administradoras de tarjetas de crédito, acuerdos de pago, entre otros. Registrará también las utilidades generadas por fideicomiso mercantil constituido por la institución, así como, los ingresos que percibe por concepto de los cánones de arrendamiento mercantil financiero.

DINAMICA DEBITOS

1. Por la transferencia a la cuenta 4301 - Pérdida en cambio,

siempre y cuando el efecto neto de la actualización de los activos y pasivos en moneda extranjera presente saldo deudor.

2. Por cierre del ejercicio.

CREDITOS 1. Por las utilidades originadas en la actualización de los activos

en moneda extranjera que se producen por efecto de la variación de su cotización.

2. Por las utilidades operativas generadas por el proceso de

intermediación que realiza la entidad a través de la mesa de cambios.

3. Por las utilidades generadas por la fluctuación a valor

razonable de las inversiones en instrumentos financieros. 3. Por la diferencia entre el valor de adquisición y el de venta de

cartera de créditos, inversiones excepto acciones y participaciones, bienes de arrendamiento mercantil y negociación de consumos que realizan las compañías emisoras y/o administradoras de tarjetas de crédito, a la fecha de enajenación.

DISPOSICIONES LEGALES: Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, títulos IX, capítulo II, artículo 5, numeral 2

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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PMP

CATALOGO UNICO DE CUENTAS ELEMENTO GRUPO CUENTA USUARIOS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

5 INGRESOS

53 UTILIDADES FINANCIERAS

X X X X X X X X X X X X X X X CUENTAS 5301 Ganancia en cambio X X X X X X X X X X X X X X - 5302 En valuación de inversiones X X X X X X X X X X X X X X X 5303 En venta de activos productivos X X X X X X X X X X X X X X X 5304 Rendimientos por fideicomiso mercantil X X X X X X X X X X X - X X X 5305 Arrendamiento financiero X X X - - X - X - - X - - - -

Presentación: Ingresos financieros DESCRIPCION

DINAMICA

DEBITOS

CREDITOS

5. Por las diferencias a causa de variaciones en el tipo de cambio surgidas en una partida monetaria que forme parte de la inversión neta en un negocio en el extranjero provenientes de la cuenta 3502 “Valuación inversión neta en un negocio en el extranjero”, cuando se enajene el negocio en el extranjero.

6. Por las utilidades generadas en los fideicomisos en administración constituidos por la institución, de acuerdo a la variación del patrimonio autónomo.

7. Por la transferencia del saldo de la cuenta 4301 - Pérdida en

cambio, siempre y cuando el efecto neto de la actualización de los activos y pasivos en moneda extranjera presente saldo deudor.

8. Por la transferencia de la ganancia en valuación de los

instrumentos financieros, desde la cuenta 3504 “Superávit por valuaciones - Valuación de inversiones en instrumentos financieros”, cuando éstos son vendidos o dispuestos.

9. Por los ingresos de los cánones de arrendamiento mercantil

financiero y de la opción de compra.

DISPOSICIONES LEGALES: Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, títulos IX, capítulo II, artículo 5, numeral 2

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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PMP

CATALOGO UNICO DE CUENTAS

ELEMENTO GRUPO CUENTA USUARIOS B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

5 INGRESOS

54 INGRESOS POR SERVICIOS

X X X X X X X X X X X X - X - CUENTAS 5401 Servicios fiduciarios - - - - - - X X - - - - - - - 5402 Servicios especiales - - - - - - - - - - - - - X - 5404 Manejo y cobranzas X X X X X - X - - - - - - - - 5405 Garantías crediticias - - - - - - - - - - - - - - X 5490 Otros servicios X X X X X X X X X X X X - X -

Presentación: Ingresos operacionales

DESCRIPCIÓN Comprende los ingresos que perciben las entidades financieras por concepto de servicios prestados con sujeción a los contratos pertinentes.

DINÁMICA DEBITOS

CRÉDITOS

DISPOSICIONES LEGALES: Capítulo I, título XIV, libro I, Codificación de Resoluciones de la SBS y de la JB

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CATALOGO UNICO DE CUENTAS ELEMENTO GRUPO CUENTA USUARIOS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

5 INGRESOS

54 INGRESOS POR SERVICIOS

5405 GARANTÍAS CREDITICIAS

- - - - - - - - - - - - - - X CUENTAS 540505 Tarifa fija - - - - - - - - - - - - - - X 540510 Tarifa periódica - - - - - - - - - - - - - - X Presentación: Ingresos operacionales

DESCRIPCIÓN Registra los ingresos devengados por concepto del cobro de la tarifa fija y tarifa periódica por parte de las entidades que conforman el Sistema de Garantía Crediticia, como contraprestación del servicio de garantía de las operaciones de financiamiento.

DINÁMICA DEBITOS

1. Por devolución del valor cobrado por anticipado de la tarifa

periódica no devengada por precancelación total anticipada del financiamiento.

2. Por cierre del ejercicio.

CRÉDITOS

1. Por la porción mensual del ingreso realizado del valor cobrado por concepto de tarifa periódica por parte de las entidades de Garantía Crediticia.

2. Por el valor cobrado por concepto de la tarifa fija.

3. Por el valor de la tarifa periódica no devengado a la fecha una vez se ha efectivizado la garantía

DISPOSICIONES LEGALES: Ley del Sistema de Garantía Crediticia, publicada en el Registro Oficial No. 483 de 2 de mayo de 1983

Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria título I “De la constitución”, capítulo XI “Normas para la constitución, organización y funcionamiento de las entidades del sistema de garantía crediticia”

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CATALOGO UNICO DE CUENTAS

ELEMENTO GRUPO CUENTA USUARIOS B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

5 INGRESOS

55 OTROS INGRESOS OPERACIONALES

X X X X X X X X X X X X X X X CUENTAS 5501 Utilidades en acciones y participaciones X X X - X - X X X X X - - - - 5502 Utilidad en venta de bienes realizables y

recuperados X X X X X - X X X X X X - - -

5503 Dividendos por certificados de aportación - - - - X - - - - - - - - - - 5504 Convenios - - - - - - - - - - - - - - - 5505 Ingresos por subsidios realizados - - - - - - - X X X X X - - - 5506 Ingresos por subsidios recuperados - - - - - - - X X X X X - - - 5507 Ingresos por demora en transferencias - - - - - - - - - - - - - - X 5590 Otros X X X X X X X X X X X X X X X Presentación: Ingresos operacionales

DESCRIPCION En este grupo se contabilizarán los ingresos provenientes de otras actividades operacionales de la entidad que no pueden ser ubicadas en otro grupo específico. Registra las utilidades originadas por la modificación del valor patrimonial proporcional de las acciones y participaciones que posee la institución, las utilidades generadas por la actualización de las inversiones en acciones y participaciones en moneda extranjera que se producen por efecto de la variación de su cotización y la utilidad que se genere en la venta de bienes realizables y recuperados. Registra también los dividendos en efectivo recibidos por la institución como producto de su participación en el capital social de las cooperativas de ahorro y crédito. Como también las transferencias que realice el sistema de garantía crediticia de los recursos entregados por organismos financieros nacionales o internacionales, en cumplimiento de los convenios de apoyo técnico, de fortalecimiento institucional u otros que se hubieren suscrito. Registra además la apropiación de los subsidios recibidos por anticipado y los abonos o cancelaciones de los subsidios recuperados en efectivo del gobierno nacional, destinados a los proyectos crediticios de desarrollo productivo e inclusión social y las reestructuraciones instrumentadas, que realizan las instituciones financieras públicas. Registra los ingresos por multas impuestas a la institución financiera participante y/o deudor que haya incumplido la obligación de entregar en el período pactado a la entidad del sistema de garantía crediticia, los requerimientos convenidos entre las partes, de conformidad con las políticas establecidas por el organismo correspondiente en cada entidad del sistema de garantía crediticia.

DINAMICA DEBITOS

1. Por cierre del ejercicio.

CREDITOS 1. Por las utilidades originadas por la modificación del valor

patrimonial proporcional de las acciones y participaciones que posee la institución.

2. Por las utilidades generadas en la actualización de las

inversiones en acciones y participaciones en moneda extranjera que se producen por efecto de la variación de su cotización.

3. Por la utilidad en que incurra la entidad por efecto del proceso de enajenación de bienes realizables y recuperados.

4. Por el valor de los dividendos en efectivo ganados en cada ejercicio económico en las cooperativas en las cuales la institución mantenga certificados de aportación.

5. Por las transferencias que realice la Sociedad de Garantía Crediticia de la cuenta 2903 - Otros pasivos - Fondos en administración, por cada uno de los egresos que la entidad vaya a realizar.

DISPOSICIONES LEGALES:

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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CATALOGO UNICO DE CUENTAS

ELEMENTO GRUPO CUENTA USUARIOS B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

5 INGRESOS

55 OTROS INGRESOS OPERACIONALES

5507 INGRESOS POR DEMORA EN TRANSFERENCIAS

- - - - - - - - - - - - - - X CUENTAS Presentación: Ingresos operacionales

DESCRIPCIÓN Registra los ingresos por las multas impuestas a la institución financiera participante que haya incumplido la obligación de entregar a la entidad del sistema de garantía crediticia, a más tardar en el mes siguiente del cobro o vencimiento respectivo, los montos recaudados por tarifas fijas o periódicas, según lo estipulado en el respectivo contrato.

DINÁMICA DEBITOS

1. Por cierre del ejercicio.

CRÉDITOS

1. Por el valor cobrado por multas a la institución financiera participante.

DISPOSICIONES LEGALES: Art. 37, Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria título I “De la constitución”, capítulo XI “Normas para la constitución, organización y funcionamiento de las entidades del sistema de garantía crediticia”

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CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS

EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

6 CONTINGENTES

X X X X X X X X X X X X X X X GRUPO 61 Deudoras X X X X X X X X X X X X - - - 62 Deudoras por contra X X X X X X X X X X X X - - - 63 Acreedoras por contra X X X X X - X X X X X X - X X 64 Acreedoras X X X X X - X X X X X X X X X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN La cuentas contingentes registran condiciones o situaciones presentes que implican varios grados de incertidumbre y pueden a través de un hecho futuro resultar en la pérdida de un activo y en que se incurra en un pasivo. Los eventos contingentes pueden afectar significativamente la estructura financiera de la entidad y su no revelación conduce a la presentación de estados financieros no acordes con la realidad económica de la entidad.

Registra aquellas operaciones mediante las cuales la Entidad adquiere o asume una obligación cuyo surgimiento está condicionado a que un hecho se produzca o no, dependiendo de factores futuros probables, posibles o remotos.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

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PMP

CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

6 CONTINGENTES

61 DEUDORAS

X X X X X X X X X X X X - - - CUENTAS 6101 Compras a futuro de moneda extranjera X X - - - - - X - - - - - - - 6102 Ventas a futuro en moneda local X X - - - - - X - - - - - - - 6103 Derechos en opciones X X - - - - - X - - - - - - - 6104 Derechos por operaciones swap X X - - - - - X - - - - - - - 6105 Otras operaciones a futuro X X - - - - - X - - - - - - - 6190 Otras cuentas contingentes deudoras X X X X X X X X X X X X - - -

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Representa aquellos contratos suscritos por la Entidad que pueden derivar en posibles derechos, cuyo surgimiento está condicionado a que un hecho se produzca o no, dependiendo de factores eventuales o remotos. Comprende contratos de compras a futuro de divisas, en moneda extranjera y del contravalor en moneda local producto de las ventas futuras de divisas, así como de otras operaciones a futuro. Los registros contables se efectuarán por los valores constantes en los contratos de compra o venta de divisas a futuro, conforme a las diferentes modalidades; en consecuencia, no procederán los ajustes por diferencial cambiario en función de las cotizaciones fijadas por el Banco Central del Ecuador. DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

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PMP

CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS

EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

6 CONTINGENTES

61 DEUDORAS

6190 OTRAS CUENTAS CONTINGENTES DEUDORAS

X X X X X X X X X X X X - - -

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN En este grupo se contabilizarán las operaciones contingentes de otras actividades desarrolladas por la entidad que no pueden ser ubicadas en otro grupo específico.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

CCRREEDDIITTOOSS

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

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PMP

CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS

EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

6 CONTINGENTES

62 DEUDORAS POR CONTRA

X X X X X X X X X X X X - - - CUENTAS 6201 Compras a futuro en moneda extranjera X X - - - - - X - - - - - - - 6202 Ventas a futuro en moneda local X X - - - - - X - - - - - - - 6203 Derechos en opciones X X - - - - - X - - - - - - - 6204 Derechos por operaciones swap X X - - - - - X - - - - - - - 6205 Otras operaciones a futuro X X - - - - - X - - - - - - - 6290 Otras cuentas contingentes deudoras X X X X X X X X X X X X - - -

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra la contrapartida acreedora de las cuentas contingentes deudoras.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por la cancelación de las operaciones.

CCRREEDDIITTOOSS

1. Por la contrapartida de las cuentas contingentes deudoras.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

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CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

6 CONTINGENTES

63 ACREEDORAS POR CONTRA

X X X X X - X X X X X X X X X CUENTAS 6301 Avales X X X - X - - X - - X - - - - 6302 Fianzas y garantías X X X - X - - X - - X - - - - 6303 Cartas de crédito X X X - X - - X - - - - - - - 6304 Créditos aprobados no desembolsados X X X - X - - X X X X X - - - 6305 Compromisos futuros X X X X X - X X X X X X X X X 6306 Títulos y documentos emitidos - - - - - - - - - - - - - X - 6307 Compras a futuro en moneda local X X - - - - - X - - - - - - - 6308 Ventas a futuro en moneda extranjera X X - - - - - X - - - - - - - 6309 Obligaciones en opciones X X - - - - - X - - - - - - - 6310 Obligaciones por operaciones swap X X - - - - - X - - - - - - - 6311 Otras operaciones a futuro X X - - - - - X - - - - - - - 6312 Garantías concedidas por el sistema de

garantía crediticia - - - - - - - - - - - - - - X

6390 Otras Cuentas contingentes acreedoras X X X - - - - X - - - - - - X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra la contrapartida deudora de las operaciones contingentes acreedoras.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. PPoorr llaa ccoonnttrraappaarrttiiddaa ddee llaass ccuueennttaass ccoonnttiinnggeenntteess

aaccrreeeeddoorraass

CCRREEDDIITTOOSS

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

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CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS

EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

6 CONTINGENTES

64 ACREEDORAS

X X X X X - X X X X X X X X X CUENTAS 6401 Avales X X X - X - - X - - X - - - - 6402 Fianzas y garantías X X X - X - - X - - X - - - - 6403 Cartas de Crédito X X X - X - - X - - - - - - - 6404 Créditos aprobados no desembolsados X X X X X - - X X X X X - - - 6405 Compromisos futuros X X X X X - X X X X X X X X X 6406 Títulos y documentos emitidos por

mercaderías recibidas - - - - - - - - - - - - - X -

6407 Compras a futuro en moneda local X X - - - - - X - - - - - - - 6408 Ventas a futuro en moneda extranjera X X - - - - - X - - - - - - - 6409 Obligaciones en opciones X X - - - - - X - - - - - - - 6410 Obligaciones por operaciones swap X X - - - - - X - - - - - - - 6411 Otras operaciones a futuro X X - - - - - X - - - - - - - 6412 Garantías concedidas por el Sistema de

Garantía Crediticia - - - - - - - - - - - - - - X

6490 Otras cuentas contingentes acreedoras X X - - - - - X - - - - - - X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra los valores de condiciones o situaciones presentes que implican varios grados de incertidumbre y pueden a través de un hecho futuro resultar en la pérdida de un activo o en que se incurra en un pasivo. Los eventos contingentes pueden afectar significativamente la estructura financiera de la entidad y su no revelación conduce a la presentación de estados financieros no acordes con la realidad económica de la entidad. En este grupo de cuentas se registran aquellas operaciones mediante las cuales la entidad adquiere riesgos crediticios, compromisos futuros, líneas de crédito no utilizadas, que dependiendo de hechos futuros, pueden convertirse en créditos directos y generar obligaciones frente a terceros, afectando a la situación económica financiera de la entidad. Adicionalmente incluye los valores resultantes de los contratos de las ventas a futuro de divisas, en moneda extranjera y del contravalor en moneda local producto de las compras futuras de divisas. Los registros contables en este grupo se efectuarán por los valores constantes en los contratos de compra o venta de divisas a futuro; en consecuencia, no procederán los ajustes por diferencial cambiario en función de las cotizaciones fijadas por el Banco Central del Ecuador. DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

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CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

6 CONTINGENTES

64 ACREEDORAS

6402 FIANZAS Y GARANTÍAS

X X X - X - - X - - X - - - - SUBCUENTAS 640205 Garantías aduaneras X X X - X - - X - - X - - - - 640210 Garantías Corporación Financiera Nacional X X X - X - - - - - X - - - - 640215 Fianzas con garantía de instituciones

financieras del exterior X X X - X - - X - - X - - - -

640290 Otras X X X - X - - X - - X - - - -

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Se registran las garantías aduaneras emitidas por la institución exclusivamente a favor de las aduanas para responder por las obligaciones que los clientes han contraído por el pago de derechos, multas, intereses y cualquier otro recargo por la desaduanización de las mercaderías que el cliente este importando. Se registran además las garantías emitidas por la institución a favor de la Corporación Financiera Nacional Las garantías de instituciones financieras del exterior emitidas a favor de la banca nacional en respaldo de sus fianzas concedidas, deberán ser extendidas por bancos de primer orden del exterior certificados por la Superintendencia de Bancos. Adicionalmente en esta cuenta se registrará el monto de los intereses y comisiones pagaderos al vencimiento de la obligación principal, que le correspondería satisfacer a la institución en el caso de que no lo hiciera el deudor.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por la expiración o extinción de la responsabilidad de la

entidad a la cancelación o vencimiento de las garantías otorgadas.

2. Por el valor acumulado de intereses devengados a la

fecha de cancelación por parte del deudor principal o de la entidad.

CCRREEDDIITTOOSS

1. Por la emisión y otorgamiento de garantías aduaneras. 2. Por la emisión y otorgamiento de garantías concedidas a

favor de la Corporación Financiera Nacional. 3. Por el valor de las fianzas concedidas por las instituciones

financieras, con respaldo de entidades del exterior. 4. Por el porcentaje de riesgo que asume la entidad al

suscribir la garantía. 55.. Por el valor mensual devengado de intereses a favor de

los bancos e instituciones financieras acreedoras, calculado a la tasa de interés contratada.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

6 CONTINGENTES

64 ACREEDORAS

6412 GARANTÍAS CONCEDIDAS POR EL SISTEMA DE GARANTÍA CREDITICIA - - - - - - - - - - - - - - X

SUBCUENTAS 641205 Por operaciones vigentes - - - - - - - - - - - - - - X 641210 Por operaciones pendientes de reclamo - - - - - - - - - - - - - - X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra el valor de las fianzas otorgadas por las entidades del sistema de garantía crediticia, a las personas naturales, personas jurídicas y entes dotados de personalidad jurídica que, además de cumplir con los requisitos establecidos y exigidos tanto por la respectiva entidad del sistema de garantía crediticia como por las instituciones financieras participantes, reúnan al momento de solicitar la correspondiente operación de financiamiento, los requisitos establecidos en la normativa expedida por la Superintendencia de Bancos y Seguros.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por la expiración o extinción parcial o total de la

responsabilidad de la entidad a la cancelación, levantamiento por incumplimiento normativo o vencimiento de las garantías otorgadas.

CCRREEDDIITTOOSS

11.. Por el porcentaje de riesgo que asume la entidad del

sistema de garantía crediticia por las operaciones garantizadas a las instituciones financieras participantes.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS:: Ley del Sistema de Garantía Crediticia, publicada en el Registro Oficial No. 483 de 2 de mayo de 1983

Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria título I “De la constitución”, capítulo XI “Normas para la constitución, organización y funcionamiento de las entidades del sistema de garantía crediticia”

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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PMP

CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

6 CONTINGENTES

64 DEUDORAS

6490 OTRAS CUENTAS CONTINGENTES ACREEDORAS

X X - - - - - X - - - - - - X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN En este grupo se contabilizarán las operaciones contingentes de otras actividades desarrolladas por la entidad que no pueden ser ubicadas en otro grupo específico.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

CCRREEDDIITTOOSS

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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PMP

CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

7 CUENTAS DE

ORDEN

71 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS

X X X X X X X X X X X X X X X

CUENTAS

7101 Valores y bienes propios en poder de terceros

X X X X X X X X X X X X X X X

7102 Activos propios en poder de terceros entregados en garantía

X X X X X X X X X X X X X X X

7103 Activos castigados X X X X X X X X X X X X X X X 7104 Líneas de crédito no utilizadas X X X X X X X X X X X X X X X 7105 Operaciones activas con empresas

vinculadas X X X X X X X - - - - - X X -

7106 Operaciones activas con entidades del grupo financiero

X X X X X X X - - - - - X X X

7107 Cartera de créditos en demanda judicial X X X X X X X X X X X X X X X 7109 Intereses, comisiones e ingresos en

suspenso X X X X X X X X X X X X - - X

7110 Contratos de arrendamiento mercantil financiero

X X X X X X X X X X X - - - X

7111 Activos adquiridos X X - X - - - - - - - - - - - 7112 Obligaciones extinguidas por acuerdos

concordatarios X X X X X X - - - - - - - - -

7113 Inversiones por vencimiento X X X X X X X X X X X X X X X 7114 Obligaciones extinguidas por otros contratos X X X X X X - - - - - - - - - 7115 Derechos de garantía asignados - - - - - - - - - - - - - - X 7190 Otras cuentas de orden deudoras X X X X X X X X X X X X X X X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra las operaciones que no inciden ni en la situación financiera ni en los resultados de la institución financiera durante el período.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

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PMP

CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

7 CUENTAS DE

ORDEN

71 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS

7103 ACTIVOS CASTIGADOS

X X X X X X X X X X X X X X X

SUBCUENTAS

710305 Inversiones X X X X X X X X X X X X X X X 710310 Cartera de créditos X X X X X X X X X X X X - - - 710315 Deudores por aceptación X X X - X - - X - - X - - - - 710320 Cuentas por cobrar X X X X X X X X X X X X X X X 710325 Bienes realizables, adjudicados por pago y

en arrendamiento mercantil X X X X X X X X X X X X X X -

710330 Otros activos X X X X X X X X X X X X X X X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra los activos castigados por la entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 70 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero; así como aquellos que por haber permanecido vencidos han sido calificados de incobrables y de acuerdo a lo establecido en las disposiciones legales vigentes se castigan, previa notificación a la Superintendencia de Bancos y Seguros.

Cuando se declara la prescripción de la acción judicial, deben incinerarse los documentos con la presencia de un delegado de la Superintendencia de Bancos y Seguros, dejando un detalle en actas de los valores incinerados.

DDIINNAAMMIICCAA

DDEEBBIITTOOSS 1. Por el importe de los activos castigados.

CCRREEDDIITTOOSS

1. Por la recuperación del valor de los activos castigados. 2. Por el monto de los documentos y accesorios que de

conformidad con las disposiciones legales haya prescrito su acción judicial.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

7 CUENTAS DE

ORDEN

71 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS

7105 OPERACIONES ACTIVAS CON EMPRESAS VINCULADAS

X X X X X X X - - - - - X X - SUBCUENTAS

710505 Inversiones X X X X X X X - - - - - X X - 710510 Cartera de créditos X X X X X X X - - - - - X X - 710515 Deudores por aceptación X X X X X X X - - - - - X X - 710520 Cuentas por cobrar X X X X X X X - - - - - X X - 710525 Bienes realizables, adjudicados por pago y

arrendamiento mercantil X X X X X X X - - - - - X X -

710530 Otros activos X X X X X X X - - - - - X X - 710535 Operaciones contingentes X X X X X X X - - - - - X X -

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra el valor de las operaciones activas y operaciones contingentes con empresas consideradas como vinculadas según lo establecido por la Superintendencia de Bancos en la determinación de vinculación de las personas naturales y jurídicas por propiedad, administración o presunción.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por las operaciones activas que se han concedido a las

personas consideradas como vinculadas, según lo establecido.

2. Por el financiamiento concedido directa o indirectamente a

las empresas vinculadas.

CCRREEDDIITTOOSS

1. Por los abonos y cancelaciones por los créditos,

aceptaciones bancarias, operaciones contingentes y otras obligaciones accesorias que mantengan las empresas vinculadas a la entidad.

2. Por venta o transferencia de las acciones, participaciones u obligaciones en empresas vinculadas.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS:: Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria.- subtítulo III, capítulo I

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B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

7 CUENTAS DE

ORDEN

71 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS

7107 CARTERA DE CREDITOS Y OTROS ACTIVOS EN DEMANDA JUDICIAL

X X X X X X X X X X X X X X X SUBCUENTAS

710705 Comercial X X X X X X - X X X X - - - - 710710 Consumo X X X X X X - - - - X X - - - 710715 Vivienda X X X - X X X X X - - - - - - 710720 Para la microempresa X X X X X X - X - - X - - - - 710725 Reestructurada X X X X X X - X X X X X - - - 771100773300 IInnvveerrssiioonneess X X X X X X X X X X X X X X X

771100773355 CCuueennttaass ppoorr ccoobbrraarr X X X X X X X X X X X X X X X

771100779900 OOttrrooss aaccttiivvooss X X X X X X X X X X X X X X X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra el valor de los diferentes tipos de créditos, dividendos o cuotas de préstamos, así como los títulos y cupones de inversiones vencidas, los documentos de cuentas por cobrar y otros activos no cubiertos en la fecha de exigibilidad, que hayan sido entregados para la cobranza por vía judicial. En este grupo de cuentas se incluirá el monto total de los créditos clasificados de acuerdo con su destino original. Las instituciones financieras deberán preparar informes, cuando menos mensualmente, sobre el estado de los trámites judiciales a su cargo, y a su vez la unidad de auditoría interna de la entidad revisará y presentará los informes respectivos a la administración y al directorio o el organismo que haga sus veces. La entidad deberá mantener en sus archivos los recibos suscritos por los abogados encargados del cobro, en los mismos que constará la fecha de entrega.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por los valores de las inversiones, préstamos, cuentas por cobrar y otros activos entregados para incoar la demanda judicial.

CCRREEDDIITTOOSS

11.. PPoorr aabboonnoo oo ccaanncceellaacciióónn ppoorr ppaarrttee ddeell cclliieennttee.. 22.. PPoorr ssuussppeennssiióónn ddeell pprroocceessoo jjuuddiicciiaall,, ppoorr aaccuueerrddoo eennttrree llaass ppaarrtteess.. 33.. PPoorr eell mmoonnttoo ddee llooss ddooccuummeennttooss yy aacccceessoorriiooss qquuee ddee ccoonnffoorrmmiiddaadd ccoonn llaass ddiissppoossiicciioonneess lleeggaalleess hhaayyaa pprreessccrriittoo ssuu aacccciióónn jjuuddiicciiaall..

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

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CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I M C C B E B E A S

B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

7 CUENTAS DE ORDEN

71 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS

7109 INTERESES, COMISIONES E INGRESOS EN SUSPENSO

X X X X X X X X X X X X - - X

SUBCUENTAS

710905 Cartera de créditos comercial X X X X X X - X X - X - - - - 710910 Cartera de créditos de consumo X X X X X X - X X X X - - - - 710915 Cartera de créditos de vivienda X X X - X - X - X - - - - - - 710920 Cartera de créditos para la microempresa X X X X X - - X - - X - - - - 710925 Cartera de crédito educativo X X - - X - - - - - - X - - - 710930 Cartera de créditos de inversión pública - - - - - - - - - X - - - - - 710945 Cartera de créditos refinanciada X X X X X X X X X X X X - - - 710950 Cartera de créditos reestructurada X X X X X X X X X X X X - - - 710960 Garantías pagadas y subrogadas - - - - - - - - - - - - - - X 710990 Otros X X X X X X X X X X X X - - X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra los intereses, comisiones e ingresos generados en operaciones concedidas por la entidad, que hayan sido reversados del estado de resultados por no haberse recaudado, en aplicación de las disposiciones expedidas por la Superintendencia de Bancos y Seguros. Adicionalmente, registra la acumulación de intereses de las operaciones de cartera de créditos vencidas, así como la acumulación de intereses de aquellas operaciones clasificadas como cartera de créditos que no devenga intereses y, los intereses de mora de estas operaciones, que han sido revertidos de los estados financieros y que ya no se acumulan en el activo.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por el valor de los intereses, comisiones e ingresos

reversados del estado de resultados por no haberse recaudado.

2. Por el valor de la acumulación periódica de los intereses

generados por operaciones vencidas y de aquellas clasificadas como cartera de créditos que no devenga intereses.

CREDITOS 1. Por la recuperación de los intereses. 2. Por el valor de los intereses castigados de acuerdo a lo

establecido en las disposiciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

7 CUENTAS DE ORDEN

71 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS

7115 DERECHOS DE GARANTÍA ASIGNADOS

- - - - - - - - - - - - - - X

SUBCUENTAS 711505 Bancos - - - - - - - - - - - - - - X 711510 Sociedades financieras - - - - - - - - - - - - - - X 711515 Cooperativas - - - - - - - - - - - - - - X 711520 Mutualistas - - - - - - - - - - - - - - X 711525 Instituciones financieras públicas - - - - - - - - - - - - - - X 711590 Otras entidades - - - - - - - - - - - - - - X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra los derechos de garantía asignados a las instituciones participantes del sistema financiero y otras instituciones, ya sea directamente a solicitud de éstas por escrito; o, mediante licitación pública o privada, en cuyo caso las instituciones del sistema financiero interesadas deberán participar en un proceso competitivo para la adjudicación de los derechos de garantía que requieran, según establezca la respectiva entidad de garantía crediticia, en cada oportunidad. La difusión del programa periódico de asignación y/o licitación de derechos de garantía, su asignación y operatividad se cumplirá conforme las disposiciones expedidas por la Superintendencia de Bancos y Seguros.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por el valor de derechos de garantía adjudicados a las

instituciones participantes del sistema financiero y otras entidades.

CREDITOS

1. Por la expiración o extinción del contrato y/o acta de adjudicación de derechos de garantía.

2. Por el otorgamiento de garantías a los sujetos participantes beneficiarios del financiamiento imputables al monto de derechos de garantía adjudicados.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS:: Ley del Sistema de Garantía Crediticia, publicada en el Registro Oficial No. 483 de 2 de mayo de 1983

Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria título I “De la constitución”, capítulo XI “Normas para la constitución, organización y funcionamiento de las entidades del sistema de garantía crediticia”

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

7 CUENTAS DE ORDEN

72 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS POR CONTRA

X X X X X X X X X X X X X X X

SUBCUENTAS 7201 Valores y bienes propios en poder de

terceros X X X X X X X X X X X X X X X

7202 Activos propios en poder de terceros entregados en garantía

X X X X X X X X X X X X X X X

7203 Activos castigados X X X X X X - X X X X X X X X 7204 Líneas de crédito no utilizadas X X X X X X X X X X X X X X X 7205 Operaciones activas con empresas

vinculadas X X X X X X X - - - - - X X -

7206 Operaciones activas con entidades del grupo financiero

X X X X X X X - - - - - X X X

7207 Cartera de créditos y otros activos en demanda judicial

X X X X X X X X X X X X X X X

7209 Intereses en suspenso X X X X X X X X X X X X - - X 7210 Contratos de arrendamiento mercantil X X X X X X X X X X X - - - X 7211 Activos adquiridos X X - X - - - X X - - - - - - 7212 Obligaciones extinguidas por acuerdos

concordatorios X X X X X X - - - - - - - - -

7213 Inversiones por vencimiento X X X X X X X X X X X X X X X 7214 Obligaciones extinguidas por otros contratos X X X X X X - - - - - - - - - 7215 Derechos de garantía asignados - - - - - - - - - - - - - - X 7290 Otras cuentas de orden deudoras X X X X X X X X X X X X X X X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra la contrapartida acreedora de las cuentas de orden deudoras.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

CCRREEDDIITTOOSS

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CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

7 CUENTAS DE ORDEN

73 ACREEDORAS POR CONTRA

X X X X X X X X X X X X X X X SUBCUENTAS 7301 Valores y bienes recibidos de terceros X X X X X X X X X X X X X X - 7302 Operaciones pasivas con empresas

vinculadas X X X - X X X - - - - - X X -

7303 Operaciones pasivas con empresas subsidiarias y afiliadas

X X X - X X X - - - - - X X X

7304 Depósitos y otras captaciones no cubiertas por la AGD

X X X - X - - - - - - - - - -

7305 Mercaderías recibidas - - - - - - - - - - - - - X - 7306 Deficiencia de provisiones X X X X X X - X X X X X X X X 7307 Depósitos de entidades del sector público X X X X X X - X X X X - - - - 7308 Origen del capital X X - X - X X X X X X X X X - 7309 Valores y bienes recibidos en fideicomiso

mercantil - - - - - - X X - - - - - - -

7310 Capital suscrito no pagado X X - X - X X X X X X X X X - 7311 Pasivos adquiridos X X - X - - - X X - - - - - - 7312 Orden de prelación X X X X X X X X X X X X X X X 7313 Control de pasivos de entidades en

saneamiento X X - - - - - - - - - - - - -

7314 Provisiones constituidas X X X X X X X X X X X X - - - 7315 Depósitos o captaciones constituidos como

garantía de préstamos X X X X X X - X X X X - - - -

7316 Intereses pagados por depósitos o captaciones constituidos como garantía de préstamos

X X X X X X - - X X X - - - -

7390 Otras cuentas de orden acreedores X X X X X X - X X X X X X X X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra la contrapartida deudora de las cuentas de orden acreedoras.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

CCRREEDDIITTOOSS

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B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

7 CUENTAS DE ORDEN

74 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS

X X X X X X X X X X X X X X X SUBCUENTAS

7401 Valores y bienes recibidos de terceros X X X X X X X X X X X X X X X 7402 Operaciones pasivas con empresas

vinculadas X X X - X X X - - - - - X X -

7403 Operaciones pasivas con empresas subsidiarias y afiliadas

X X X - X X X - - - - - X X X

7404 Depósitos y otras captaciones no cubiertas por la AGD

X X X - X - - - - - - - - - -

7405 Mercaderías recibidas - - - - - - - - - - - - - X - 7406 Deficiencia de provisiones X X X X X X - X X X X X X X X 7407 Depósitos de entidades del sector público X X X X X X - X X X X - - - - 7408 Origen del capital X X - X - X X X X X X X X X - 7409 Valores y bienes recibidos en fideicomiso

mercantil - - - - - - X X - - - - - - -

7410 Capital suscrito no pagado X X - X - X X X X X X X X X -

7411 Pasivos adquiridos X X - X - - - - - - - - - - -

7412 Orden de prelación X X X X X X X X X X X X X X X

7413 Control de pasivos de entidades en saneamiento

X X - - - - - - - - - - - - -

7414 Provisiones constituidas X X X X X X X X X X X X - - -

7415 Depósitos o captaciones constituidos como garantía de préstamos

X X X X X X - X X X X - - - -

7416 Intereses pagados por depósitos o captaciones constituidos como garantía de préstamos

X X X X X X - X X X X - - - -

7490 Otras cuentas de orden acreedoras X X X X X X - X X X X X X X X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Agrupa las cuentas que registran los valores y bienes recibidos de terceros, entre otros, por ejemplo: el origen del capital pagado de la entidad; el registro de la responsabilidad que tengan los almacenes generales de depósito por la emisión de certificados de depósito, matrículas de almacenamiento, la orden de prelación de pagos de los pasivos de las entidades en liquidación, los pasivos de las entidades en saneamiento y cualquier otra responsabilidad no contemplada en las cuentas de orden que anteceden.

DDEEBBIITTOOSS

CCRREEDDIITTOOSS

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

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B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

7 CUENTAS DE ORDEN

74 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS

7401 VALORES Y BIENES RECIBIDOS DE TERCEROS

X X X X X X X X X X X X X X X SUBCUENTAS

740105 En cobranza X X X - X - - - - - X - - - X 740110 Documentos en garantía X X X X X X X X X X X X X X - 740115 Valores fiduciarios en garantía X X X X X X X X X X X X X X - 740120 Bienes inmuebles en garantía X X X X X X X X X X X X X X - 740125 Otros bienes en garantía X X X X X X X X X X X X X X - 740130 En custodia X X X X X X X X - - X - X X X 740135 En administración X X X X X X X - - - X - X X X 740140 En comodato X X X X X X X - - - X - - X X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra los documentos y bienes recibidos de terceros en cobranza, en trámite de reembolso, en garantía de las operaciones concedidas o recibidas por cualquier otro concepto, en custodia, administración o comodato. Las entidades deberán mantener identificados los bienes y valores recibidos de terceros incluyendo la descripción, características y el nombre del depositante.

DDEEBBIITTOOSS 1. Por la liquidación de la cobranza o la devolución de los

documentos. 2. Por el importe de las garantías devueltas y por el monto

de garantías hechas efectivas por incumplimiento de las operaciones por parte de los clientes.

3. Por la devolución de los valores y/o bienes recibidos de

terceros y los títulos valores reportados. 4. Por los valores y bienes devueltos a sus titulares al expirar

el contrato de administración respectivo. 5. Por la entrega de los bienes recibidos por orden judicial. 6. Por el valor de los bienes en comodato devueltos.

CCRREEDDIITTOOSS

1. Por el valor nominal de los documentos recibidos para

efectuar la cobranza. 2. Por el valor nominal de los documentos y bienes recibidos

en garantía. 3. Por el valor nominal o importe asignado a los bienes

recibidos de terceros para custodia. 4. Por el valor de adquisición de los títulos valores comprados

con acuerdo de reventa recibidos en custodia conforme al contrato de reporto.

5. Por el valor del avalúo de los bienes muebles e inmuebles

recibidos en administración. 6. Por el valor de los bienes recibidos por mandato judicial. 7. Por el valor de los bienes recibidos en comodato.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS::

Resolución No. SBS-2012-1045 23 de octubre del 2012

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PMP

CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

7 CUENTAS DE ORDEN

74 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS

7402 OPERACIONES PASIVAS CON EMPRESAS VINCULADAS

X X X - X X X - - - - - X X - SUBCUENTAS

740205 Obligaciones con el público X X X - X X - - - - - - X X - 740210 Obligaciones interbancarias X X X - X X - - - - - - X X - 740215 Obligaciones inmediatas X X X - X X - - - - - - X X - 740220 Aceptaciones en circulación X X X - X X X - - - - - X X - 740225 Cuentas por pagar X X X - X X X - - - - - X X - 740230 Obligaciones financieras X X X - X X X - - - - - X X - 740235 Valores en circulación X X X - X X X - - - - - X X - 740240 Obligaciones convertibles en acciones y

aportes para futura capitalización X X X - X X X - - - - - X X -

740245 Otros pasivos X X X - X X X - - - - - X X -

740250 Contingentes X X X - X X X - - - - - X X -

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra el valor de las captaciones y operaciones pasivas que se recepten de empresas consideradas como vinculadas según lo establecido por la Superintendencia de Bancos en la determinación de vinculación de las personas naturales y jurídicas por propiedad, administración o presunción.

DDIINNAAMMIICCAA

DDEEBBIITTOOSS 11.. Por la cancelación de operaciones que se recepten de

personas consideradas como vinculadas..

CCRREEDDIITTOOSS 1. Por las operaciones pasivas que se recepten de personas

consideradas como vinculadas, según lo establecido. 2. Por las obligaciones que por cualquier naturaleza

mantenga la institución con sus empresas vinculadas.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS:: Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria.- subtítulo III, capítulo I

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PMP

CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

7 CUENTAS DE ORDEN

74 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS

7406 DEFICIENCIA DE PROVISIÓNES

X X X X X X X X X X X X X X X SUBCUENTAS

740605 Inversiones X X X X X X - X X X X X X X X 740610 Cartera de créditos X X X X X X X X X X X X X X - 740615 Deudores por aceptación X X X - X - - - - - X - - - - 740620 Cuentas por cobrar X X X X X X - X X X X X - X X 740625 Bienes realizables, adjudicados por pago y

arrendamiento mercantil X X X X X X - X X X X X - X -

740630 Otros activos X X X X X X - X X X X X - X X 740635 Operaciones contingentes X X X X X X - - - - X - - - X

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra la deficiencia de provisiones que registraron las instituciones del sistema financiero, de acuerdo con los nuevos requerimientos de la Superintendencia de Bancos y Seguros, siempre que se establezca un cronograma de aproximación en las disposiciones emitidas.

DDIINNAAMMIICCAA DDEEBBIITTOOSS

1. Por el registro del gasto en el período, de acuerdo a lo

determinado en el cronograma establecido por la Superintendencia de Bancos.

CCRREEDDIITTOOSS 1. Por la deficiencia de provisiones determinada por la

institución financiera.

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PMP

CCAATTAALLOOGGOO UUNNIICCOO DDEE CCUUEENNTTAASS EELLEEMMEENNTTOO GGRRUUPPOO CCUUEENNTTAA UUSSUUAARRIIOOSS

B I

M C C B E B E A S B S U T O A T F E D N C C L G P F T C O M H N V E F E C M C

7 CUENTAS DE ORDEN

74 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS

7412 ORDEN DE PRELACIÓN

X X X X X X X X X X X X X X X

SUBCUENTAS

741205 Pasivos garantizados conforme a la ley X X X - X - - - - - - - - - - 741210 Costas judiciales causada en interés común

de los acreedores X X X X X X X X X X X X X X X

741215 Deudas con trabajadores e IESS X X X X X X X X X X X X X X X 741220 Impuestos, tasas y contribuciones X X X X X X X X X X X X X X X 741225 Obligaciones por depósitos y captaciones

del público X X X X X X - X X X X - - - -

741230 Otros créditos de acuerdo al orden y forma determinados en el Código Civil

X X X X X X X X X X X X X X X

741235 Accionistas, administradores y vinculados X X X X X X X X X X X X X X -

DDEESSCCRRIIPPCCIIOONN Registra los valores correspondientes a los pasivos de las entidades en liquidación, clasificados por orden de prelación.

DDIINNAAMMIICCAA

DDEEBBIITTOOSS 1. Por la cancelación de los pasivos.

CCRREEDDIITTOOSS

1. Por el valor correspondiente a los pasivos clasificados por orden de prelación.

DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS LLEEGGAALLEESS:: Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, artículo 167. Código Civil

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