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  • ASPECTOS PROCESALES DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL

  • JOHN FREDY BUSTOS

    ASPECTOS PROCESALES DEL SEGURO

    DE RESPONSABILIDAD CIVIL

    EDITORIAL TEMIS S. A.Bogot - Colombia

    2015

  • Queda prohibida la reproduccin por cualquier medio fsico o digital de toda o una parte

    de esta obra sin permiso expreso de Corporacin Universitaria Republicana.

    Publicacin sometida a pares acadmicos (Peer Review Double Blinded).

    Esta publicacin est bajo la licencia Creative Commons

    Reconocimiento - NoComercial - SinObraDerivada 4.0 International

    ISBN 978-958-59427-7-6

    Fondo de Publicaciones Corporacin Universitaria Republicana, 2017. John Fredy Bustos, 2017.

    Diagramacin y correccin: Editorial TEMIS S.A.

    Calle 17, nm. 68D-46, Bogot. www.editorialtemis.com correo elec. [email protected]

    Diseos y grficos originales de Editorial TEMIS S.A.

    Hecho el depsito que exige la ley.

  • A la Trinidad, a quien todo le debo, la Gloria es para Uds!A mi padre, Alvaro Bustos (q.e.p.d.)

    A mi madre, Mercedes Lombana de Bustos.A Flor Alba Torres Rodrguez y al Maestro Jorge Enrique Crdoba Poveda.

  • NDICE GENERAL

    Pg.

    Introduccin ................................................................................................ 1

    CaPtulo I

    APROXIMACIN AL TEMA E IMPORTANCIA 5

    CaPtulo II

    CLUSULA COMPROMISORIA

    1. Efecto entre las partes de la clusula compromisoria .......................... 15 2. Clusula compromisoria frente a los terceros ...................................... 16 3. Llamamiento en garanta ...................................................................... 17 4. El proceso arbitral ................................................................................ 22

    CaPtulo III

    ACCIN DIRECTA

    1. Ley 45 de 1990 ..................................................................................... 25

    CaPtulo IV

    EL LITISCONSORCIO

    1. Litisconsorte necesario ......................................................................... 35 2. El litisconsorcio en el seguro de responsabilidad civil ........................ 36 3. Vinculacin del litisconsorcio necesario por intervencin del juez ..... 38 4. La vinculacin a los herederos como parte procesal ............................ 39 5. Caractersticas de la intervencin litisconsorcial ................................. 39 6. Accin directa contra entidades estatales. Jurisdiccin competente .... 40

    CaPtulo V

    DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EN LOS DIFERENTES PROCESOS

    1. Proceso civil ......................................................................................... 41A) Abstencin en la contestacin de la demanda ................................ 52

  • NDICE GENERALX

    Pg.

    B) Allanamiento a la demanda ............................................................ 53C) Excepciones ................................................................................... 55

    2. Proceso penal ....................................................................................... 64A) La conciliacin en materia penal.................................................... 65B) Llamamiento en garanta en el juicio penal ................................... 68C) Contencioso administrativo ............................................................ 72

    3. Acciones de naturaleza constitucional ................................................. 75A) Accin popular ............................................................................... 76B) Accin de grupo ............................................................................. 77C) Acciones de grupo, populares y el seguro de responsabilidad ....... 83

    4. Proceso de responsabilidad fiscal ......................................................... 84

    CaPtulo VI

    ACCIN EJECUTIVA EN EL CONTRATO DE SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL

    1. Direccin y gastos del proceso ............................................................. 89 2. Conciliacin y transaccin ................................................................... 90 3. Artculo 1128 del cdigo de comercio ................................................. 90 4. La defensa penal ................................................................................... 91 5. Costos de la defensa ............................................................................. 91

    CaPtulo VII

    ASPECTOS ECONMICOS DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL

    1. Aproximacin al tema .......................................................................... 93 2. Seguro en moneda extranjera ............................................................... 93 3. Indexacin, indizacin o correccin monetaria. .................................. 96

    A) Compatibilidad del inters de mora y la indexacin en el pago de la indemnizacin amparada por el contrato de seguro ................... 97

    B) Indexacin sobre el monto del valor asegurado ............................. 98C) Condena oficiosa de la indexacin ................................................. 99D) Plenitud del pago ............................................................................ 99E) Indexacin cuando opera la subrogacin (recobro) ....................... 100F) Indexacin en los procesos ejecutivos ........................................... 100

  • INTRODUCCIN

    El seguro de responsabilidad civil1 tiene como fundamento la necesidad de proteger a la vctima por la ocurrencia del dao y simultneamente, el pa-trimonio del asegurado2. En ese orden de ideas, la obligacin del asegurador, es la de mantener indemne el patrimonio del asegurado ante la ocurrencia de un siniestro, solo hasta el monto del valor de la indemnizacin contratada, por ello, la forma de mantener intacto al asegurado de los efectos patrimoniales que genera el siniestro, es extinguiendo el dbito de responsabilidad que ste ha contrado, o sea pagando al tercero damnificado (beneficiario o vctima), quien es el destinatario de la indemnizacin.

    Es preciso destacar que la aseguradora jams ostentar la calidad de vctima3, pues el pago que efecte a ttulo de indemnizacin a la afectada

    1 C. S. de J., Sala de Casacin Civil, sent. 14 diciembre 2000, rad. 5738, Ordinario del Banco Comercial Antioqueo S. A. (antes Banco Santander S. A.) vs. Cndor S. A. Compaa de Seguros Generales:

    [...] en lo que atae al seguro de responsabilidad civil, ste tiene como objeto garantizar al asegurado contra las acciones que puedan intentarse contra l por los terceros en razn de los perjuicios que han podido causarles y de los que resulta comprometida su responsabilidad. De all que el seguro en radicacin este dirigido a reparar el dao.

    2 Miguel gonzlez Agudelo, Principios bsicos del seguro de responsabilidad civil, pgs. 62 a 103.

    3 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogot, Sala Penal, rad. 110016000102201300018 01, Procedencia: Juzgado 36 Penal del Circuito de Conocimiento, Imputado: Jos Juan Rodr-guez Rico. Delito: Inters indebido en la celebracin de contratos Motivo de alzada: Apelacin auto niega reconocimiento de vctima.

    Ahora, verificada la situacin de la compaa apelante, se halla que el pago efectuado a favor del Instituto de Desarrollo Urbano IDU, se produjo en virtud de la obligacin que haba surgido para la compaa, cuyo sustento se encuentra en el contrato de seguro suscrito con Transvial, y no por causa del delito en que pudieron incurrir sus representantes.

    En efecto, el contrato de aseguramiento, suscrito por Segurexpo de Colombia S. A., con el consorcio aludido, tena como objeto asegurar los eventuales riesgos en el contrato suscrito entre el este y el IDU, el que implicaba no solo el pago de una, sino de mltiples primas que se cancelan por igual concepto y en las que no se causan los riesgos amparados, que son en definitiva, el soporte econmico que permite a la aseguradora responder y cubrir los siniestros que finalmente se generan y que resultan siendo el fin del contrato.

  • INTRODUCCIN2

    por el hecho daoso, se origina con ocasin del contrato de seguro adquiri-do por el asegurado.

    Por ello, se considera que la obligacin por la cual la compaa aseguradora se vio obligada al pago del siniestro, emana del contrato de seguros por ella suscrito con una de las partes contratantes, en donde precisamente su fin era garantizar mediante pliza, cualquier incumplimiento que se generara por el contratista.

    Resultara contrario a los fundamentos del contrato de seguros, que la compaa ase-guradora se negase a cubrir el riesgo que ha asumido en virtud de dicho negocio jurdico, alegando la ocurrencia de un suceso fuera de lo cotidiano, pues precisamente el pago de las primas por parte del asegurado, se dirige a garantizar que la sociedad aseguradora asuma los riesgos que se puedan generar durante la suscripcin, ejecucin y terminacin del convenio.

    [...] Como garante, la obligacin de Segurexpo de Colombia S. A. era salir a cubrir el siniestro

    una vez presentado, deber que surge del contrato y que lo obliga a realizar un desembolso como consecuencia del mismo, pues l se comprometi a cubrirlo en caso de generarse, lo que descarta la existencia de un dao o perjuicio causado directa o indirectamente por el ilcito, por consiguiente, no puede reclamarse dentro del trmite penal objeto de esta alzada.

    Tan es as, que en caso que la compaa aseguradora no hubiese suscrito el contrato, no se habra generado para ella una obligacin contractual de seguro, y en ese sentido, es gracias a la existencia de un contrato legal y legtimo de seguro que debi salir al saneamiento del asunto por el incumplimiento de lo que fue objeto de dicho contrato, precisamente, por parte de quien esa entidad avalaba como compaa