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1 * Colegio de Abogados de San Isidro.‐DEPARTAMENTO DE PUBLICACIONESAPORTES EMPÍRICOS Y TEÓRICOS A PARTIR DE UN ESTUDIO DE CASO Los abogados y el acceso a la justicia de poblaciones en condiciones de vulnerabilidad Por la Dra. Diana Graciela Fiorini Reflexiones acerca del quehacer de los abogados que sirven en poblaciones desaventajadas, tomando como ejemplo la praxis en un Partido Judicial del conurbano bonaerense. Se ha realizado un recorte focalizando ciertos datos que emergieran en un estudio de caso. El mismo versa sobre las características del acceso a la justicia y el carácter de la asistencia profesional a poblaciones en situaciones de vulnerabilidad en el Departamento Judicial de San Isidro. La investigación originaria cuenta con recomendación del CIJUSO, y el apoyo del Colegio de Abogados de San Isidro. Se arguye que el acceso a la justicia es un concepto complejo cuya comprensión depende de la perspectiva teórica y cuya extensión supera y la actuación en tribunales. Por esta razón, es interesante considerar las formas de asistencia jurídica con que se resuelven conflictos de corte jurídico en la comunidad. Se considera al acceso a la justicia como un proceso formado por varias etapas, en donde cada uno de sus pasos exige el ejercicio de ciertas competencias. La pobreza legal resultante de la ausencia de éstas habilidades influye en la respuesta profesional. Es por esto que merece interrogar especialmente cómo es la labor del abogado con éstos clientes. La guía inicial para definir la población en estudio, fueron las “100 Reglas de Brasilia de Acceso a la Justicia de poblaciones en condiciones de vulnerabilidad”. La investigación, de carácter cualitativo, se inició en el año 2013. Se combinó la búsqueda bibliográfica, con técnicas de observación e intercambios con abogados en contacto con servicios de asistencia jurídica gratuita. El carácter de las entrevistas osciló entre semi estructuradas, conforme ejes temáticos derivados de las Reglas de Brasilia y no estructuradas, a fin de recolectar narrativas institucionales de los mismos actores. Surgieron de las mismas aspectos relevantes del quehacer profesional local, sobre los cuales se realizó una selección, cuyo resultado es el presente trabajo. El Departamento Judicial de San Isidro El Departamento Judicial de San Isidro se encuentra en el conurbano bonaerense y fue creado por ley 5827 1 . Su cabecera está en la ciudad de San Isidro y tiene competencia territorial sobre 5 comunas: San Isidro, Vicente López, Tigre, San Fernando y Pilar. Su extensión total es de 1723 km. Su población total se estimaba en Censo del año 2010 en 1.400.996 habitantes. Es imposible conocer la pertenencia de los profesionales que actúan en el Partido Judicial, ya que los inscriptos en cualquiera de los 19 colegios                                                            1 Ley 5827/55 y modif. Provincia de Buenos Aires. “Ley Orgánica del Poder Judicial”, art. 20.

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1*ColegiodeAbogadosdeSanIsidro.‐DEPARTAMENTODEPUBLICACIONES‐

APORTESEMPÍRICOSYTEÓRICOSAPARTIRDEUNESTUDIODECASO

Losabogadosyelaccesoalajusticiadepoblacionesencondicionesdevulnerabilidad

PorlaDra.DianaGracielaFiorini

Reflexiones acerca del quehacer de los abogados que sirven en poblaciones

desaventajadas, tomando como ejemplo la praxis en un Partido Judicial del conurbanobonaerense.

Seharealizadounrecortefocalizandociertosdatosqueemergieranenunestudiodecaso. Elmismoversa sobre las características del acceso a la justicia y el carácter de laasistenciaprofesionalapoblacionesensituacionesdevulnerabilidadenelDepartamentoJudicialdeSanIsidro.

La investigación originaria cuenta con recomendación del CIJUSO, y el apoyo delColegiodeAbogadosdeSanIsidro.

Se arguye que el acceso a la justicia es un concepto complejo cuya comprensión

dependedelaperspectivateóricaycuyaextensiónsuperaylaactuaciónentribunales.Porestarazón,esinteresanteconsiderarlasformasdeasistenciajurídicaconqueseresuelvenconflictosdecortejurídicoenlacomunidad.Seconsideraalaccesoalajusticiacomounprocesoformadoporvariasetapas,endondecadaunodesuspasosexigeelejerciciodeciertas competencias. La pobreza legal resultante de la ausencia de éstas habilidadesinfluyeenlarespuestaprofesional.Esporestoquemereceinterrogarespecialmentecómoeslalabordelabogadoconéstosclientes.

Laguíainicialparadefinirlapoblaciónenestudio,fueronlas“100ReglasdeBrasiliadeAccesoalaJusticiadepoblacionesencondicionesdevulnerabilidad”.

La investigación, de carácter cualitativo, se inició en el año 2013. Se combinó la

búsqueda bibliográfica, con técnicas de observación e intercambios con abogados encontactoconserviciosdeasistencia jurídicagratuita.Elcarácterdelasentrevistasoscilóentresemiestructuradas,conformeejestemáticosderivadosdelasReglasdeBrasiliaynoestructuradas, a fin de recolectar narrativas institucionales de los mismos actores.Surgieron de las mismas aspectos relevantes del quehacer profesional local, sobre loscualesserealizóunaselección,cuyoresultadoeselpresentetrabajo.

ElDepartamentoJudicialdeSanIsidroElDepartamento JudicialdeSan Isidro se encuentra en el conurbanobonaerense y

fuecreadoporley58271.SucabeceraestáenlaciudaddeSanIsidroytienecompetenciaterritorial sobre 5 comunas: San Isidro, Vicente López, Tigre, San Fernando y Pilar. Suextensióntotalesde1723km.SupoblacióntotalseestimabaenCensodelaño2010en1.400.996habitantes.Esimposibleconocerlapertenenciadelosprofesionalesqueactúanen el Partido Judicial, ya que los inscriptos en cualquiera de los 19 colegios

                                                            1Ley5827/55ymodif.ProvinciadeBuenosAires.“LeyOrgánicadelPoderJudicial”,art.20.

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departamentalestienenderechoalitigarenelmismo.Afindedarunaideaaproximadadelalaborprofesionalquesedesarrolla,sereseñalaestadísticadecausasporfueroduranteelaño20122.

DepartamentoJudicialdeSanIsidro Causasiniciadas2012

FueroCivilyComercial 20.844FueroPenal:JuzgadosdeGarantías 4.589FueroPenal:JuzgadosCriminales 1.472FueroPenal:JuzgadodeEjecuciónPenal 2.629FueroPenalJuvenil:JuzgadosdeGarantía 1.031FueroPenalJuvenil:JuzgadosdeGarantíaSedePilar 396FueroPenalJuvenil:JuzgadosdeResponsabilidadPenalJuvenil 176FueroPenalJuvenil:JuzgadosdeRespon‐sabilidadPenalJuvenil.SedePilar 108FueroPenalJuvenil:CausaselevadasaJuicioconIPP 168FueroPenalJuvenil:CausaselevadasaJuicioconIPP.SedePilar 35FueroLaboral 7.443FueroLaboral.SedePilar 957FuerodeFamilia 10.059JuzgadosdePaz 8.051FueroContenciosoAdministrativo 2.026Lascausascivilesestándistribuidasen14juzgados.Los2TribunalesdeFamiliaque

existieronhastaelaño2012hoyhansidotransformadosenjuzgadosunipersonales.Pilarse ha constituido en sede de tribunales de varios fueros por razones demográficas ygeográficas. El fuero de familia dentro del Partido Judicial se ha descentralizado eincrementadoelnúmerodejuzgados.TambiénlohahechoelMinisteriodelaDefensa,atravésdeDefensoríasdeInstrucciónPenal,deJuicio,delFueroCorreccional,deEjecuciónPenal, Penal Juvenil, Civil y de Familia. La Asesoría de Incapaces está subdivididatemáticamente en: Secretarías de Capacidad e Internaciones, de Asuntos Civiles y deFamiliaydeMedidasEspecialesdeProteccióndeDerechos.

ReglasdeBrasiliaEl movimiento de reconocimiento de necesidades jurídicas especiales para ciertos

grupos está en proceso de desarrollo. Las Reglas de Brasilia han ido más allá de lacaracterización de minorías que hiciera previamente Naciones Unidas3, definiéndolascomo un grupo numéricamente menor, de posición no dominante y cuyos miembros“poseen características étnicas, religiosas o lingüísticas diferenciadas”. Las Reglas4establecen un criterio flexible para la concreta determinación de las personas encondición de vulnerabilidad, estableciendo que esta condición dependerá de lascaracterísticas, y nivel de desarrollo social y económico de cada país. No comprenden,comoejemplo,gruposconorientaciónoidentidadsexualparticular.

LasReglassediseñaronparapersonasfísicas.Estetambiénhasidoelcriteriolaley5177 de la Prov. de Bs.As, la cual instituye el patrocinio gratuito de los abogados de lamatrículasoloaindividuoscarentesderecursos.Enigualsentidohanlegisladoelrestode

                                                            2SCBA.Estadísticasenhttp://www.scba.gov.ar/(consultado1/10/13).3ONU.Sub‐ComisióndelasNacionesUnidasdePromociónyProteccióndelosDerechosHumanos(1977):E/CN.4/Sub.2/384/Rev.1,párr.568.4Cfr.100 Reglas de Brasilia.Sección 2ª.‐ Beneficiarios de las Reglas Regla1.‐ Concepto de las personas ensituacióndevulnerabilidad(4a).

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3*ColegiodeAbogadosdeSanIsidro.‐DEPARTAMENTODEPUBLICACIONES‐

leyesdelaColegiatura,trayéndoseamencióncomomeroejemplolacordobesa5de1975olamásrecientedeCorrientes,delaño20016.

Sinembargo,haysistemasqueincluyenapersonasjurídicas.Laleyespañolafacilitala asistencia jurídica gratuita a fundaciones o asociaciones de utilidad pública7 que nocuentenconsuficientesfondosparalitigar.

En Argentina, el programa Pro Bono, impulsado por el Colegio de Abogados de laCiudad de Buenos Aires asesora a ONGs. En la Prov. de Bs. As, hubo una iniciativa enCámara de Diputados en el 2011, 8proponiendo que los Consultorios Jurídicos de losColegios de Abogados representaran Asociaciones Civiles, Cooperadoras, Mutuales,Cooperativasuotrasentidadesdereducidacapacidadeconómica.

La reglageneralesqueel trabajodeunabogadoseapagadoporel cliente.Cuandoestonoocurre,esporqueelabogadoesremuneradoporalguienmás(Ej.:elEstado,enelcasodelaDefensaOficial)orindesusserviciosgratuitamente.Encualquierdeloscasos,estas son situaciones excepcionales, donde posiblemente la situación del cliente exijamayor asistencia o atención diferenciada. Considerar a una población específica comobeneficiariadeuntratoespecialtieneconsecuenciasjurídicasquealteranelprincipiodeigualdad.

RobertAlexy9diceque…“quiendeseecrearigualdaddehechotienequeaceptarunadesigualdaddeiure”.Consecuentemente,ladecisióndecrearundesequilibriodebeestarsometida,conformeaAlexy,aunvigorosoestándarjurídico.Suaplicaciónexigeelpasajeporuncuádrupletest:a)quelaigualdaddehechoseadetalidentidadqueestéamparadaporpreceptos,valoresyprincipiosconstitucionales,b)quelasconsecuenciaslegalesseanproporcionalesaltratodesigual,c)queelfinsearazonable,yd)hayacoherenciaentreelobjetivobuscadoylamedidaelegida.

TambiénnuestraCorteSupremahafijadoestándaresderazonabilidad,paraseñalarlos extremos por los cuales es aceptable normativamente un desequilibrio en pos deigualdad.SeñalaTreacy,10sedebecontemplara)finescompatiblesconlaConstitución;b)mediosquesean:b1)adecuados:esdecir,aptosoidóneosparaelfin(sinevaluarmediosalternativos)yb2)proporcionales:esdecir,quenodesnaturalicenelderecho.

En la práctica, esto significa buscar constantemente el equilibrio entre intereses

contrapuestos.A lo largodeéste trabajose reflejará lapreocupaciónde losabogadosalrespecto.

En marzo de 2008 la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana con representación deinstitucionesde23paísesaprobólas“100ReglasdeBrasiliasobreaccesoalajusticiadelas personas en condición de vulnerabilidad”. Lasmismas estándirigidas a quienes porrazóndepobreza,edad,género,discapacidadfísicaomental,victimización,porpertenecera comunidades indígenas o minorías, ser migrantes o desplazados internamente, oprivadosdelibertad,puedantenerdificultadesenelaccesoalajusticia.

El otro grupo de destinatarios son los integrantes del sistemade la justicia. Si quebien no son vinculantes, las Reglas se han ido popularizando a través de redes,

                                                            5Córdoba.Ley5805ymodif.“ProfesióndeAbogadoyColegiación”.PublicadaenelB.Oel3/02/75.Art.19.1.y2.6Corrientes.“DecretoLeyNº119/2001ColegiodeAbogadosdeCorrientes.ColegiaciónLegal”.PublicadoenelB.Oel12/03/01.Art.6.7Cfr. España. Ley 1/1996 “Asistencia Jurídica Gratuita”, en BOE‐A‐1996, Cap. I.art.2,c) 1y 2. En//www.boe.es/.(consultado15/09/13).8ProvinciadeBuenosAires.CámaradeDiputadosD‐1704/11‐12‐0“ModificacióndelosArts.delaley5177,ReglamentandoelejerciciodelaprofesióndeabogadoyProcuradorenlaProv.deBs.AsdelosartículosdelaLey 5177 ,reglamentando el ejercicio de la profesión de abogado y procurador en la Provincia de BuenosAires”,Art.29Cf.AlexyRobert.(2002).“TeoríadelosDerechosFundamentales”CEPC.Madrid,pág.415.10Treacy,Guillermo(2011)“Categoríassospechosasycontroldeconstitucionalidad”enLeccionesyEnsayos,nro.89,pág.190

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4*ColegiodeAbogadosdeSanIsidro.‐DEPARTAMENTODEPUBLICACIONES‐

principalmente integradasporórganos jurisdiccionales.LaSCJN11sehaadheridoaellas,asícomolaProcuraciónGeneraldeRíoNegro(16‐4‐09),elPoderJudicialdelChaco(30‐4‐09), la Corte Suprema de Catamarca (27‐5‐09), la Suprema Corte de Mendoza(Ac.6/02/2012),y laCorteSupremade laProv.deSantaFe(CircularNº23/2011).LasReglas tienen un criterio inclusivo, ya que no solo se dirigen a los protagonistas depolíticaspúblicasyfuncionariosjudiciales,sinoqueseextienden“…altrabajocotidianodetodoslosservidoresyoperadoresdelsistemajudicialyquienesintervienendeunauotraformaensufuncionamiento”12,abarcandoaquienescomponenlapoblaciónsobrelacualse interrogaéstetrabajo:…“losAbogadosyotrosprofesionalesdelDerecho,asícomolosColegiosyAgrupacionesdeAbogados”13.

PerspectivasinterpretativasdelaccesoalajusticiaLa concepción liberal clásica de igualdad fue sostenida a través de las reformas

constitucionalesprovincialesdesdeelS.XIXhasta1994,comolodemuestraelenunciadoinalterabledelprecepto:“LoshabitantesdelaProvinciasonigualesantelaley,yéstadebeserunamismaparatodosytenerunaacciónyfuerzauniformes”14.

Fucito15señalaquedentrodelaideologíaliberal“pura”elaccesoala justicianoesconsideradacuestióndelEstado,sinoresponsabilidaddel individuo.Sinembargo,aclaraqueexistenformasdeliberalismomitigado,quereconocenatenuantescomoelbeneficiode litigar sin pagar tasas judiciales. Subraya, no obstante, la contradicción entre lasexpectativasigualitariasquesurgendelaleyylarealidad.

Las reformas del ´94 cambiaron la perspectiva constitucional sobre la igualdad. Elartículo11delaConstitucióndelaProvinciadeBs.As,garantizatantolaigualdadformalcomolamaterial,aldeclararcomodeberdelaProvincia“…promovereldesarrollointegralde laspersonasgarantizando la igualdaddeoportunidadesy laefectivaparticipación…”,queseligaconsuArt.36,quedisponelaremocióndeobstáculosqueafectenoimpidanelejerciciodelosderechosygarantíasconstitucionales.Estepreceptohacemenciónespecialdeciertoscolectivos(ej.:niños,mujer,discapacidadeindígenas),todosellosenunciadosporlasReglasdeBrasilia.

Alexyseñalaqueexistennumerososprincipiosqueseoponenalreconocimientodeigualdadesdehechoperoquehayocasionesdondeestasdesigualdadessondetalcalibrequedesplazana todootro tipoderazón.Esenestoscasosdondese justificaotorgarunderecho definitivo concreto para la genuina creación de una igualdad de hechodeterminada.

Berizonceentiende16queenlasúltimasdécadasdelS.XXsedifundióenArgentinaelmovimiento universal del acceso a la justicia, que hoy se ha transformado en elfundamentalderechoalatutelajudicialeficienteyefectiva17,o“garantíadelasgarantías”.

El autor apunta la importancia que ha tenido para interpretar éstos cambios eltrabajo del italiano Mauro Cappelletti, que planteara las tres “olas”o períodos de

                                                            11SCJNResolución5/09.AdhesiónReglasdeBrasilia,seadhirióalasmismas,24/02/209.12XIVCumbreJudicialIberoamericana(2008).“100ReglasdeBrasiliasobreaccesoalajusticiadelaspersonasencondicióndevulnerabilidad”.ExposicióndeMotivos.13100ReglasdeBrasiliasobreaccesoalajusticiadelaspersonasencondicióndevulnerabilidad.Cap.I.Sec.III.Destinatarios:actoresdelSistemadeJusticia.Regla24c). 14ConstitucióndelaProvinciadeBuenosAires(1877)LoshabitantesdelaProvinciasonigualesantelaley,yéstadebeserunamismaparatodosytenerunaacciónyfuerzauniformes.Art.9°.SeconservacomoArt.10°en las reformas de 1889 y 1934 y comoArt.14 de la reforma del año 1949 en Cámara deDiputados de laProvinciadeBuenosAires.ConstituciónProvincial.http://www.hcdiputados‐ba.gov.ar(consultado16/09/13).15Fucito,Felipe(1993)“Sociologíadelderecho:elordenjurídicoysuscondicionantessociales.BuenosAires:EditorialUniversidad”,Págs.328‐30.16Cf.Berizonce,Roberto(2012)“Virtualidadyproyeccionesdelmovimientodelaccesoalajusticia“enRevistaDerecho y Ciencias Sociales. Abril 2012. Nº6 (Acceso a la Justicia). Pág.27. Instituto de Cultura Jurídica yMaestríaenSociologíaJurídica.FCJyS.UNLP17Cf.BelicenseRoberto(2012)id.Pág.32.

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desarrollo: la primera, centrada en la asistencia jurídica a los pobres, la segunda enintereses difusos, como los de usuarios y consumidores, y finalmente la última,proponiendoreformasparareducirlasbarrerasenel"accesoalajusticia”.

Los trabajos de Cappelletti se han transformado en referentes en la materia. HantenidoespecialimpactoenlaProv.deBs.As.Primero,porsurecordadapresenciaenelXICongresoNacionaldeDerechoProcesalcelebradoenlaUniversidaddeLaPlata,en1981yporpublicacionestalescomoladelColegiodeAbogadosdelaPlata18.Supropuestabásicaeslahumanizacióndelproceso,parapoderlograrunaigualdadnosoloformalsinorealyefectiva.

Una justificación posible para aceptar que hay tratos legalmente diferenciados quebuscanfacilitarelaccesoalajusticiaesconsiderarquecontribuyenaconsolidarderechosy garantías y enúltima instancia fortalecer el lazo social. La base de esta posición es elprincipio de solidaridad, sobre el cual se erige nuestra sociedad como han mantenidosociólogosdesdeDurkheimenadelante.

Un enfoque distinto lo ve como una forma de empoderamiento, y adquisición decompetenciasohabilidadesconunadimensióndederechoshumanos

Otrosponenelacentoenlarelaciónentreaccesoalajusticiayformasdeexpresióndel control social. Nader19señala que existen obstáculos y desigualdades tangibles,cotidianasquedificultanelaccesoalajusticiayquevanmásalládelasleyes.

Fucitoha estudiado empíricamente las formasde expresiónde éstasdificultades anivel local.Sedistinguenentre losejemplosquecita: ignoranciadelderecho,"alienacióndel mundo jurídico", temor a represalias y dificultades funcionales en el acceso. Susconclusionescoincidenconloshallazgosdelainvestigación.Explicabaunentrevistado,alcual se le preguntara sobre la distribución geográfica de los consultantes, que el bajonúmerodeconsultantesprovenientesdeciertosbarriossedebíanosoloaladistanciay/oobstáculos económicos, sino al temor a la institución judicial, la cual es vista como decontrolynodeprotección.

Otra posición justifica un trato preferencial para algunos en el acceso a la justicia,argumentandoqueelsistemalegalrespondeamacroestructurasdepoderydominación,por lo cual selecciona su respuesta conforme a políticas de perpetuación hegemónica.Desdeéste lugar, losconflictosnopuedentenersolorespuestaatravésde la judicatura.Esteplanteooriginódesdelos¨70senpaísestanvariadoscomoBrasiloItalialapropuestadeunUsoAlternativodelDerecho.

Una posición opuesta considera el acceso a la justicia como un tema exclusivo delmundo jurídico, y se concentra solamente en cuestiones procesales y en mejorasinstitucionalesyorganizacionalesamejorar.

Un sector doctrinario da importancia al acceso a la justicia por su influencia enindicadoreseconómicos,ylaeconomíademercado,yaquereconoceydefiendelasreglasque enmarcan el ámbito contractual de las relaciones humanas y en última instancia elderechoalapropiedad.

Otraperspectiva,quetambiénrelacionaelaccesoalajusticiaconlaeconomía,abogaporsuinfluenciaeneldesarrollo.ElPNUD,órganodeNacionesUnidasparaelDesarrolloreadaptóensumanuallahipótesisdeCappellettirespectoalastresolas20.Señalaquelaprimera ola, preocupada por facilitar el acceso gratuito a justiciables pobres, comogarantíadeigualdad,esunpresupuestoparaeladecuadofuncionamientodelaeconomíademercado.Lasegundaolareflejaríalabúsquedadelaoptimizacióndelfuncionamientodelsistemadejusticia.ConformealPNUD,estohaservidocomoestabilizadordelentornodel mercado. A su vez, el tercer estadio funcionaría también como acelerador del

                                                            18 Cf,Cappelletti Mauro(1981) “Acceso a la justicia como programa de reformas y como método depensamiento”Revistadel.ColegiodeAbogadosdeLaPlata,1981,vol.23N°41,Págs.153‐170.19Cfr.Nader,Laura.(1965),TheAnthropologicalStudyofLaw.AmericanAnthropologist,Vol67N°6.Págs17‐820PNUD. (2005) Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo “Manual de Políticas Públicas para elAccesoalaJusticia.AméricaLatinayelCaribe”EdicionesdelInstituto.Bs.As,págs.12y13,

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desarrolloeconómico,alhabilitardemandassocialesdeproteccióndeinteresescolectivos,sin respuesta hasta ese momento en los sistemas de representación individual, con lacreacióndemecanismostalescomolasaccionesdeclase,o litigiosde interéspúblico.Eldesarrollo de ésta “ola”, tal como lo caracteriza el PNUD, concuerda con la tendenciadoctrinaria en nuestro medio, de extender la tutela a los derechos transindividuales ycolectivosconstitucionalizados.

Existenvocesqueponenendudalaefectividadciertadelaactualpreocupaciónporelacceso a la justicia de poblaciones en situación de desigualdad. Comaroff‐Comaroff,21antropólogoslegales,señalancomoenlospaísesdelhemisferiosurseestándesarrollandoprocesosquedenominande“fetichismo legaldelsujeto titulardederechos”.Consideranque éste fenómeno, junto con la explosión de servicios legales tiene caracteresquizofrénico,siseconsideralarealidaddeesemismosujeto.Denuncianqueenverdad,no representamás que la judicialización de la política, por temas que tendrían que serresueltos en el parlamento,mientras se siguen construyendo cercosmás altos entre losquetienenylosquenotienen.

AlcancedelconceptoElaccesoalajusticiaesunconceptocomplejoqueincluyecomponentesdelderecho

a la tutela judicialefectivaenderechoscivilesysociales, individualesycolectivos.Sehaido construyendo a través de un cuerpo de derechos humanos de relevanciaconstitucional,22alcualseintegranlospreceptosespecíficosparacadagrupoenparticular(víctimas,migrantes,etc.).

Es un hecho aceptado, tal como ha señalado el Secretario de Justicia de la NaciónJuliánÁlvarez,23quesuefectivizaciónesunaobligaciónestatal.Ladiscusiónnoestáenlaverificacióndeéstaresponsabilidad,sinoensuextensiónyenelconjuntodevariablesquela condicionan. Sobre todo considerando que las mismas pueden ser económicas,arquitectónicas, geográficas, comunicacionales o institucionales. Se considera que losorganismos involucrados son todos “..los poderes del Estado, instituciones u órganos”24conlacapacidadlegaldesatisfacernecesidadesjurídicas.Estoabarcanosololaactividadjurisdiccional, sino también la administrativay losmedios alternativosde resolucióndeconflictos.

LaCorteIDHentendióen“BaenaRicardoyOtros”25,queel Art.8de laConvenciónAmericananosecircunscribeagarantíasjudiciales,sinoqueseextiende“…alconjuntoderequisitos que deben observarse en las instancias procesales…”, “…a efectos de que laspersonas estén en condicionesdedefender adecuadamente susderechosante cualquiertipo de acto del Estado.” La Corte subrayó que los órganos estatales deben respetar eldebido proceso, sea su carácter administrativo o jurisdiccional. En elmismo sentido seexpidióenuncasodesacerdotesexpulsadosdeMéjico,alafirmarquelosmismosteníanelderechoaserasistidosporunabogado26duranteelprocedimientoadministrativo.                                                            21ComaroffJeanyComaroffJohn(2013)“TeoríadesdeelSur.OcomolospaísescentralesevolucionanhaciaAfrica”.Ed.Siglo XXI. Bs.As, pág 223. También Jean Comaroff,Comaroff, J. and Comaroff, J. (2006) “Law anddisorderinthepostcolony”UniversityofChicagoPress,pág.22.22 Declaración Universal de los Derechos Humanos (Artículo 8), Pacto Internacional de Derechos Civiles yPolíticos(Artículos2(3)y9(5)),ConvencióncontralaTorturayotrosTratosoPenasCrueles,InhumanosoDegradantes (Artículos 13 y 14), la Convención Internacional sobre la Eliminación deTodas las Formas deDiscriminaciónRacial(Artículo6),ConvenciónAmericanasobreDerechosHumanos(Artículo25).23Cfr.Álvarez, Julián (2012) “ElAccesoa la Justicia comoPolíticaPúblicadeAlcanceUniversal.Accesoa laJusticiaparatodos”.DirecciónNacionaldePromociónyFortalecimientoparaelAccesoalaJusticia.MinisteriodeJusticiayDerechosHumanosPág.18enhttp://www.infojus.gov.ar/.(consultado15/09/13)24 Cfr.Boueiri, Sonia: (2003) “Una aproximación socio‐jurídica del acceso a la justicia”. Universidad de losAndes,RevistaCENIPEC.SecciónCriminología,pág.223.25CorteIDH,Caso“BaenaRicardoyotrosvs.Panamá”.Sentenciade2defebrerode2001,párrs.124y125.26ComisiónIDH,Caso“LaroyeRiebeStar,JorgeBarónGuttleinyRodolfoIzalElorzvsvs.Mejico”13deabrilde1999,párr.70y71.

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Este criterio se corresponde con preceptos constitucionales bonaerenses. LaConstitución de la Provincia de Buenos Aires establece que se debe asegurar la “tutelajudicialcontinuayefectiva,elaccesoirrestrictoalajusticia,lagratuidaddelostrámitesyla asistencia letrada a quienes carezcan de recursos suficientes y la inviolabilidad de ladefensadelapersonaydelosderechosentodoprocedimientoadministrativoojudicial”(Art.15).

Laampliacióndelconceptoaórganosadministrativos,sobreelcualsevolveráeneldesarrollo de este trabajo es doblemente importante: primero por la prevención dejudicializacióndeconflictosysegundo,porserlaarenaprivilegiadadeconflictos,dadasuestrecharelaciónconlasatisfaccióndelosderechoseconómicos,socialesyculturalesdegruposdesaventajados.

Dentro de éste campo prejudicial, corresponde también rastrear el uso demediosalternativos (mediación, arbitraje, etc.) ya que, conforme a las Reglas27 “…puedencontribuir amejorar las condiciones de acceso a la justicia de determinados grupos depersonasencondicióndevulnerabilidad,asícomoadescongestionarelfuncionamientodelosserviciosformalesdejusticia”.

ModelosyÓrganosLossistemasdeprovisióndeserviciosrelacionadosconelaccesoalajusticiavarían

conforme al desarrollo de las prácticas jurídicas del lugar de origen. Monticelli28 losclasificaentres:a)SistemaJudicial(Judicare)omodelodeservicio,b)deDefensaOficialomodeloestratégicodeserviciosocial,yc)modelosmixtos.Enelprimero,elbeneficiarioeligelibrementealabogado,querecibeunaretribuciónestatal.EjemplosdelmismosonelsistemadeLegalAidanglo,oelsistemadeseguridadsocialestatalfrancés,queseextiendea pobres y personas con escasos recursos. El autor da como ejemplo del sistema dedefensa oficial el tipo de defensorías que están sostenidas estatalmente. Señala comoSuecia tiene un sistema compuesto, donde se tiene la opción de recurrir a abogadosparticulares,odefensoríasoficialesespecializadasyquecombinalagratuidaddelservicioestatal,consegurosprivados.

Argentinatieneunatradicióndedefensacivilypenalestatalgratuitaqueladiferenciadeotrossistemas29.Enalgunospaíses latinoamericanos, ladefensaoficialserestringealfueropenal(Ej.,Bolivia,Chile)olacompetenciadelacivilesacotada(Ej.:solotutelasenCosta Rica). El criterio restrictivo ocurre también en otras jurisdicciones. En Europa, laCorteEDHhadebidoseñalarqueelefectivoaccesoalajusticia,comprendelaprovisióndeasistenciajurídicagratuitatantoenmateriapenalcomocivil30.

Sonejemplosdeórganosno jurisdiccionalesquebrindanasesoramiento/patrociniogratuitoenlaArgentina losColegiosdeAbogados,consultorios/clínicasdependientesdeuniversidades, organismos públicos o privados promotores de derechos que asisten apoblaciones determinadas (ej.: víctimas de violencia o niñez), sistemas Pro Bono,dispositivosdejusticiarestaurativaymecanismosdeasesoramientocomunitario.

EnlaProv.deBs.Aselasesoramiento/patrocinioseextiendeavariosórganosdentrodelsistemadejusticiaestatal:Defensores,AsesoresdeIncapaces,serviciosdeAtenciónala Víctima, tutores, curadores ad litem, etc. Estos últimos son producto de un sistemamixtoyaqueresultandelaincorporaciónalsistemaestataldeabogadosdelamatrículaa

                                                            27100ReglasdeBrasilia.Sección5ª.‐Mediosalternativosderesolucióndeconflictos1.‐Formasalternativasypersonasencondicióndevulnerabilidad(43)28Cfr.MonticelliFernando(2000)“AccesoalaJusticiadelosCarentesdeRecursosEconómicos”enRevistadelColegiodeAbogadosdelaPlata.Año40,Nº61.Enero/Febreroaño2000.Ed.ColegiodeAbogadosdelaPlataPágs.27‐30.29 Cfr. Asociación Interamericana de Defensorías Públicas (2012) “Diagnóstico de la Defensoría Pública enAmérica”.enwww.aidef.org/(consultado15/09/13).30TribunalEuropeoDH,Aireyvs.Irlanda/10/79(Pub.TEDH,SerieA,No.32).

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8*ColegiodeAbogadosdeSanIsidro.‐DEPARTAMENTODEPUBLICACIONES‐

través de un listado voluntario. A esto se agregan mecanismos procesales, como es elbeneficiodelitigarsingastos.

Entre otros órganos estatales no pertenecientes al Poder Judicial se destaca elDefensor del Pueblo, creado por la reforma constitucional del ´94. La Prov. de Bs.As,cuentaconelDefensordelPuebloprovincial,ydentrodelPartido JudicialdeSanIsidro,VicenteLópezcuentaconunoanivelmunicipal.

PatrocinioObligatorioHaypaísesdondeesaceptablelaautorepresentación.Ennuestromedioelpatrocinio

esobligatorio31.Seconsideraqueeselaseguramientodelaeficazdefensaenjuicio“…aúncontralapretensióndelpropiointeresadodedefenderseporsímismo”…32.ParalaSCBA33 se justifica no solo como tutela del debido proceso, sino también para la adecuadaadministraciónde litigios y eficienteprestacióndel serviciode justicia. Las leyes reglanalgunasexcepciones.Porejemplo,lainformalidadenlapresentaciónenunHabeasCorpuso la denuncia de violencia doméstica ante la justicia, que no exige acompañamientoletrado.

LosAbogadosI. PatrocinioJurídicoGratuitoLaleyreguladoradelejercicioprofesionalenlaProv.deBs.Asestablece34“eldeberde

losabogadosderepresentaralospobresenloscasosquelaleydeterminayatenderenlosconsultorios gratuitos”. La ley arancelaria exceptúa de pago35 “..a los profesionales queejerzanelpatrocinioolarepresentaciónJurídicagratuita,discernidosporlosconsultoriosjurídicosdelosColegiosdeAbogados”.

Existen programas conjuntos entre Colegios de Abogados, y órganos del PoderJudicialodelMinisterioPúblico.UnejemplodefórmulamixtaeselConveniodePatrocinioLetrado para querellantes entre la Defensoría General de la Nación y el Colegio deAbogados de Capital Federal. DichaDefensoría General utiliza un criterio de evaluacióncomplejo donde a la falta de recursos económicos agrega otros requisitos, como36“condicionesdevulnerabilidadparaaccederalajusticia”.

Otra fórmula mixta deviene del Acuerdo Marco entre el Ministerio de Justicia ySeguridad y el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires firmado en el año2008,parabrindarpatrocinio jurídicogratuitoavíctimasdedelitos.Porelmismo37, losabogados reciben un arancel reducido pagado por el Poder Ejecutivo, a cambio de larepresentación de las víctimas en calidad de particular damnificado. Su reglamentaciónpide38quesusbeneficiariosseanatendidosenelCentrodeProteccióndelosDerechosdelaVictima.

                                                            31CódigodeProcedimientosdelaProvinciadeBuenosAires.Art.56.32Cfr.CarbajoOscarVictorinoc/MarchettiJuanCarlosyotros/EjecuciónhipotecariaCC0002SI53542RSI‐591‐90I9‐10‐1990B17502333Cfr.SCBA,C73725S200734Ley5.177/80.“DelosAbogados”.ProvinciadeBs.As.Art.58.(2)35Ley8480“LeyArancelariaparaAbogadosyProcuradores”.ProvinciadeBs.As.Art.336 Defensoría General de la Nación. (2008) Convenio de colaboración entre Colegio Público de Abogados yDefensoríaGeneralde laNación.Res.DGNNº540“ReglasyRequisitospara laprocedenciadeSolicitudesdePatrocinioLetradoparaconstituirsecomoquerellanteencausaspenales”Apartado5°.37AcuerdoMarco entre el Ministerio de Justicia y el Colegio de Abogados de la Prov. de Buenos Aires/08.Claús.5°.www.mseg.gba.gov.ar(consultado15/09/13).38 AcuerdoMarco entre elMinisterio de Justicia y el Colegio de Abogados de la Prov. de Buenos Aires/08.Servicio de Patrocinio Jurídico Gratuito para víctimas de hechos delictivos. Guía de aplicación para sedesdistritalesdescentralizadas(2)enwww.mseg.gba.gov.ar(consultado15/09/13)

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9*ColegiodeAbogadosdeSanIsidro.‐DEPARTAMENTODEPUBLICACIONES‐

II. La formación del abogado en la asistencia técnico‐ jurídica a poblacionesvulnerables.

Algunas universidades ofrecen asistencia y patrocinio jurídico para quienes nopuedenpagaraunabogado,ysimultáneamenteformanprácticamentealosestudiantes.

Lacurriculauniversitariadetodas las facultadesabundaentemasrelacionadosconderechoshumanos.Elaccesoa la justiciaseconsideraunderechohumanoygarantíadeotros derechos. Más aún, las poblaciones en situación de vulnerabilidad cuentan coninstrumentosdederechoshumanospropios. Sinembargo, losdatos recogidosmuestranalguna contradicción con la práctica real. Llama la atención como solo relacionaronespontáneamente su quehacer con derechos humanos los abogados que trabajan enserviciosespecializados(Mujer,Niñez,Salud,etc.).Másimportanteaún,hubounacuerdogeneralizadoenque laFacultadno lospreparópara ladefensa técnico jurídicadeestosgrupos, razón por la cual reivindicaron su experiencia en los servicios gratuitos, comoremedioaestadeficiencia.

Weber39 planteaba que hay dos formas de adquirir un aprendizaje jurídico decarácterprofesional.Unaesempíricamente,atravésdeprácticos,ylaotraatravésdelaelaboración sistemática y racional de la Academia. Dio gran importancia a la formaciónprofesional,proponiendounaeducacióntécnicalógicaformalporsergarantíadeigualdady equidad. Específicamente ejemplificó la asistencia jurídica a los sectores másdesfavorecidos comouna consideraciónmaterialista ypor lo tantounadesviaciónde laposiciónracional‐formal.

En la otra punta del espectro, Duncan Kennedy40 critica la racionalidad idealistadetrásdelaeducaciónjurídicaprioritariamenteformalydenuncialaaparenteneutralidady abstracción de la realidad de los estudios jurídicos. Desde éste lugar, propone unaenseñanzaqueseaproximeenlapraxisalderechomaterial.

La inclinaciónhaciaunmodelouotro esnotable también ennuestra realidad.Hayuniversidadesdondelaaproximaciónessoloacadémicayteórica.ComoejemploopuestoenlaProv.deBs.As,laUniversidadNacionaldelaPlataesunamuestradelaexpansiónyespecialización de servicios de asesoramiento y patrocinio imbricados con cuestionespolíticas y sociales : Clínicas Jurídicas, Consultorios Jurídicos Gratuitos, Unidad deAtenciónJuvenil,SaludMental;Niñez,DerechosHumanosyPolíticasPúblicas,CentrodeAtenciónparaProductoresAgropecuariosFamiliares,FacilitadoresJurídicosdeInclusión,EspacioMigranteyelCentrodeAtenciónaVíctimasdeViolenciadeGénero.

IniciativasdentrodelasociedadcivilI. ElsistemaProBonoenArgentina.Consisteenunesquemaderepresentacióngratuitavoluntariaporpartedeestudios

de abogados. Algunos de ellos han firmado la Declaración de Trabajo Pro Bono para elContinente Americano (2008), comprometiéndose a donar cierta cantidad de horas detrabajo, y se encuentran adheridos a capítulos de organizaciones profesionalesinternacionales(Ej.:RedProBonoInternacional).Localmente,elesquemaesimpulsadoanivel profesional por el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires41, queseleccionaloscasosatravésdeunaComisiónuórganodedistribuciónycontrol.

II. ClínicasqueprestanservicioslegalesinnovadoresTiendenaelegircasosenloscualesseencuentraninvolucrados“interesescolectivos’.

                                                            39 Cfr.Weber Max (2005) “Economía y Sociedad”. Esbozo de sociología contemporánea “Fondo de CulturaEconómica.Méjico.Pág.58840Cfr.KennedyDuncan(2012).“LaenseñanzadelDerechocomoformadeacciónpolítica”.SigloXXI.BuenosAiresAño.Págs.17yccs.41 Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires. Comisión Pro Bono “Normas de funcionamiento” enhttp://www.probono.org.ar(consultado1/10/13)

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Sonlitigiosde“derechodeinteréspúblico”.Esunaformadeactivismoquebuscalareivindicacióndederechosointeresesdeungrupoatravésdedecisoriosjurisdiccionales.Seleccionansuscasosbuscandoincidirenlaagendapúblicaopolítica,porlocualtiendenaaccionescolectivascomolasAccionesdeClase,olosHabeasCorpus.Lasclínicashansidocreadaspororganizacionesnogubernamentales,agrupacionesdeabogadoso facultadesdederecho.SonejemplosennuestromediolosprogramasdelaUBA,CELSylaUP.

III. Dispositivoscomunitarios

a) FacilitadoresEntreestosseencuentraunprogramaimpulsadopor laOEAatravésdelPrograma

Interamericano de Facilitadores Judiciales. Los mismos son voluntarios dentro de lacomunidad. Son capacitados desde la Justicia, y auxilian a la población en trámitesorientativos ( citaciones,etc.).Asimismodifunden informacióncívico jurídica.Enciertaszonastrabajanjuntoconlosreferentesdejusticiadepueblosoriginarios.EnArgentinasefirmóunacuerdoenelaño2011deCooperaciónentre laOEAyelSuperiorTribunaldeJusticia de la Provincia de Corrientes para organizar dicho programa, que se extendiódurante el año 2012 a Misiones. En Mendoza FAVIMAcción Ciudadana de Mendozaimpulsaelextensionismojurídicovecinalformandolíderessocialesdeestratosmediosybajosentemáticasjurídicas,información,asesoramientoyseguimientoaindividuos.

La Universidad de La Plata, desarrolla un programa de facilitadores jurídicos deinclusión. Los estudiantes adquieren conocimientos sobre sistemas de protección dederechos, competencias, circuitos y procedimientos administrativos, y orientan yacompañanapersonasygruposantelaadministraciónpública.

b) RecursosdeApoyoAlgunos informantes apuntaron que hay individuos que sufren directamente

condiciones estructurales de desigualdad de tal magnitud que los inconvenientes deacceso a la justicia parecen periféricos. En esas instancias, el reconocer instancias deprotección, e información sobre derechos, y recursos disponibles constituyen solo unaparte de un cuerpo de estrategias de carácter social/asistencial de carácterinterdisciplinario.LaverificaciónrealizadaenSanIsidroarrojóunacantidad importantede organizaciones que entran dentro de ésta categoría: estatales, religiosas (Ej.:parroquias)yOngs.

c) Canalesextrajurídicosdereclamosdederechos.Enciertascircunstancias,sobretodoenloscasosdeimpactopúblico,aparecencomo

fenómeno paralelo o simultáneo con el reclamo judicial la utilización de recursosextrajudiciales y canales informales. Un ejemplo es la actuación de asociaciones deindividuosinteresados(Ej.:víctimas),lasmanifestacionesenelespaciopúblicocercanoalosTribunalesdeSanIsidroencasosdenota, ladistribucióndepanfletos , lapromocióndelaatenciónenlosmediosylasconvocatoriasvíaredes.

Un fenómeno especial es la denuncia a través de los medios en reemplazo delaccionarde la justicia ,e inclusoelusodeunaespeciedepatrociniomediáticodondeseacusaysedefiendeenlanuevaAgoravirtual.

Lapobrezacomocausadevulnerabilidad.PobrezaLegalEn la Provincia de Buenos Aires, y por ende en el Distrito de San Isidro hay una

tradiciónconsolidadatantonormativa,comoinstitucionalmentedeasistirjurídicamenteaindividuoseconómicamentedesaventajados.

LaDireccióndeEstadísticadelaProvinciadeBuenosAiresdistingueentre“líneadepobreza”,osealacapacidaddepoderadquirirbienesyserviciosconsideradosesenciales(vestimenta, transporte, salud, vivienda, educación, etc.) y "línea de indigencia",

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11*ColegiodeAbogadosdeSanIsidro.‐DEPARTAMENTODEPUBLICACIONES‐

concentrada exclusivamente en las necesidades alimentarias. Conforme al cálculo delprimersemestredelaño201142enelGranBuenosAires,queincluyeaSanIsidro,10%delapoblaciónestababajolalíneadepobreza,yelporcentajedeindividuosindigenteseradel3.0%.

Los más conocidos remedios para ésta población son el patrocinio gratuito y elbeneficiodelitigarsingastos.Esteúltimoesotorgadovíajudicial,explicandolasrazones(pocacapacidadlaboral,cargaspersonales,etc.).Freedman43arguyequeloscriteriosparasuotorgamientosonrestrictivosyaquenocubrenaunafranjadepoblaciónqueexcedelosparámetrosexigidos,peroparaquieneslesesmuyonerososoportarlascargasdeunjuicio. Propone que en esos casos se las considere en proporción con la capacidadcontributiva,especialmenteaaquelloscasosenbeneficioalasociedad.

EnelDepartamento Judicialpuedenaccederaserviciosgratuitosaquellaspersonascuyacapacidadeconómicaestépordebajodelsalariomínimo.EstecriterioescompartidotantoporelColegiodeAbogadoscomoporlaDefensaOficial.

Elmontolímitefueuntemaqueapareciócomopreocupaciónentrelosprofesionalesconsultados, considerando que el límite pecuniario fijado divide a quienes deberánremuneraraunprofesionalporsusservicios,delosquepuedanaccedergratuitamenteaunabogado.

Un letrado observaba que los requisitos exigidos precluyen a individuos quecircunstancialmentenopodíanpagaraunprofesional,considerandoquelapobrezapuedeno ser un estado permanente. También apareció preocupación por casos que exigeninterpretar flexiblemente el criterio económico (Ej., progenitor consultante que excedemarginalmente lasexigencias, conmuchoshijosoniños conaltogradodediscapacidad,etc.). En el caso del Colegio de Abogados de San Isidro, los casos excepcionales sonrevisadosporladireccióndelservicio.

La proporcionalidad y la razonabilidad en el trato desigual a fin de superarimpedimentoseconómicoshasidoobjetodepreocupacióndelaCorteInteramericanadeDerechosHumanos.LaCorteIDHhadichoque44"…siunapersonaquebuscalaprotecciónde la ley para hacer valer los derechos que la Convención Americana le garantiza,encuentra que su posición económica (en este caso, su indigencia) le impide hacerloporquenopuedepagarlaasistencialegalnecesaria…quedadiscriminadapormotivodesuposicióneconómicaycolocadaencondicionesdedesigualdadantelaley". Sin embargo,la ComisiónIDH también ha señalado límites para éstas acciones positivas. En un casocontra Nicaragua se alegó que el Estado negó el patrocinio a 8.288 personas contra laempresa Coca Cola por el cobro de un premio. En el informe de inadmisibilidad laComisiónfijódosestándares45.Elprimero,esquenobastaelmeroalegatodeindigencia,sinoquedebesercorroboradoconpruebas.Elsegundo,esquedebeprobarselasituacióneconómicadecadapeticionante.

Es imposiblenomencionarcomo lacomplejizacióndelconceptodepobreza influyeenlaspolíticasdeaccesoa la justicia.LacreacióndeCasasdeJusticiaenlaProvinciadeBuenosAiresprovinodeunprogramaimpulsadodesdelaDefensoríadeCasaciónentreelaños2000/1comorespuestaalasituacióndelpaís.Elresolutorioexplicaquesetomóencuenta la diferencia entre el capital simbólico de los pobres estructurales y los “nuevospobres” pertenecientes a sectores culturales medios, ya que esta característica “afectacualitativamente sus reclamos, las formas de peticionarlos, y la manera de cómo sonvisualizados”46.

                                                            42 Dirección Provincial de Estadística .Prov. de Bs. As. Encuesta Permanente de Hogares del Indec, enhttp://www.ec.gba.gov.ar/estadistica/social/pobreza/pobre.html.(consultado1/10/13)43Cfr. Freedman, Diego, (2005) “Tasa de Justicia, igualdad y acceso a la Justicia”, Documento de PolíticasPúblicas,CIPPEC,BuenosAires,Diciembre2005.44CorteIDHOpiniónConsultivaOC‐11/90,"Excepcionesalagotamientodelosrecursosinternos"párrafo22.45ComisiónIDH,InformeNº101/00,Caso11.630,RosaMargaritaAráuzyotros,Nicaragua,16deoctubrede2000,párrafos55,57.46DefensoríadeCasacióndelaProvinciadeBuenosAires.Res.92/00yPrograma

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La disposición insinúa un cambio en la comprensión de la pobreza, al reconocercondiciones que exceden el criterio económico. Esta distinción sugiere el pasaje delconceptodepobrezaporrazonessoloeconómicas,alconceptodepobrezalegal.

Loshallazgosenlainvestigaciónpermitenconjeturarqueexistepobrezalegalcuandono se goza de las competencias necesarias para cada fase del proceso de acceso a lajusticia,cuyoefectoesloqueBegala‐Lista47handenominadomarginaciónlegal.

El primer nivel de éste proceso es ajeno al conflicto en sí e incluso anterior. Unaabogada perteneciente a una entidad religiosa que trabaja en barriosmuy carenciados,señalaba obstáculos en el caso de poblaciones sumergidas, que superan la simpleinformacióndederechos.Citabacomoejemploladificultaddepoderaccederaderechoseconómicosysocialescuandopadresyniñoscarecendedocumentaciónydesconfíandelainstitucionalidad.Auyero‐Berti48arguyenquepartedelproblemaenzonasmarginalesnoes el “vacío estatal” respecto a la ley, sino que su aplicación es simultáneamente“intermitente,selectivaycontradictoria”.

Elsegundonivelespoderconocernosololanorma,sinotambiénpoderentenderlosprocedimientosnecesariosparaefectivizarelderecho, talcomo lorecomiendan laRegla26y27deBrasilia.

El tercernivel espoderpagaraccederal asesoramientoy/opatrocinio jurídicoporpartedeunabogado.

El cuarto, es tener un rol proactivo en la decisión del propio caso. Para esto esnecesariocontarconlascompetenciasnecesariasparapodercomunicarseconelabogado,entender las alternativas legales que le plantee, y las consecuencias posibles de laestrategiaelegida.LaCorteSupremaAmericana,ensuprecedenteDusky49señalócomotest de competencia junto con la suficiente habilidad para consultar con el abogado, unrazonableniveldecomprensiónracionalyfácticadelprocesoysusconsecuencias.

Lapobreza legalproduce impedimentospara satisfacer cadaunadeéstasetapas, yestaeslarazónpararecurriraaccionesparapodersuperarlos.

Finalmente, ymás allá de los niveles de competencia personal de los sujetos, debereconocerse su mayor vulnerabilidad social, que puede derivar en victimizaciónsecundaria. Es por esto que se considera parte del acceso a la justicia la posibilidad deminimizarrespuestasviolentas.

LaRepresentaciónGratuitadelosPobresylosAbogadosUn estudio realizado en todo el continente 50 calcula que Argentina tendría 353

abogados cada 100.000 habitantes, solo superado porVenezuela con 385 abogados por100.000yEstadosUnidosconlamismacifra.

La preocupación entre la rendición de un servicio solidario, y el derecho a unaremuneración justa es histórica. Es así como se han levantado voces en la colegiaturabuscandounasoluciónremunerativaparaelprofesionalquebrindaelservicio.Morello–Berizonce51 propugnaban en 1982 ampliar el ámbito de beneficiarios, con liberación decargasfiscales,ylacreacióndeunFondodeAsistencia,administradoporlosColegiosdeAbogados,enbaseaunaportedelaspartesentodoslosjuicios.Otroejemplosonartículos

                                                            47Cfr.BegalaSilvina‐ListaCarlos.(2001)“MarginalidadyAccesoalaJusticia.UnestudioempíricoenlaciudaddeCórdoba”en“Vulnerables”,CuadernosdeFundejus.Pág.15.48Cfr.AuyeroJavier‐BertiMaríaFernanda(2013)“Laviolenciaenlosmárgenes.Unamaestrayunsociólogoenelconurbanobonaerense”.Ed.Katz.Bs.A.Págs.120‐149CorteSupremadelosEstadosUnidosDuskyvs.UnitedStates(1960).362.US.402.50Centro de Estudios de las Américas (CEJA)(2005) Revista nº 9 –Abogacía y educación legal .Dossier. “LaabogacíadelasAméricasennúmeros“Págs.82/7y91..EdicionesdelInstituto.Bs.As.51Cfr.MorelloAugusto‐BerizonceRoberto(1982).“Abogacíaycolegiación”.Ed.Hammurabi.Bs.As.Págs.125‐127.

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13*ColegiodeAbogadosdeSanIsidro.‐DEPARTAMENTODEPUBLICACIONES‐

aparecidosenpublicacionesdelColegiodeAbogadosdeBahíaBlancaenlosaños199852y200253.TambiénaquíGiraudonocuestiona lagratuidaddelservicioalconsultante, sinoqueproponelacreacióndefondosespecialesparapaliarlafaltaderetribuciónalletrado,dadoelcarácteralimentariodelservicio.

La Abogacía española tiene un régimen de asistencia jurídica gratuita, conremuneraciónparaelprofesionalactuante.SuCartadeDeberesyDerechosenlaJusticiaGratuita54, tal como el sistema argentino, regula la atención por carencias económicasconforme a ciertos estándares objetivos (nivel de sueldo y características del grupofamiliar). Se distingue de nuestro régimen por agregarmedidas especiales para ciertoscolectivos. Como ejemplo: régimen de guardias de 24 horas para víctimas de violenciafamiliar en todos los Colegios de abogados; asistencia gratuita en el orden social paraTrabajadoresybeneficiariosde laSeguridadSocial,efectividaddesuscréditos laboralesenelordenmercantilydefensaespecializadaparamenoresdeedad.

LospuntosdelOrdendelDíaenunarecientereunióndelaComisióndeConsultoriosJurídicosdelaFederaciónArgentinadeColegiosdeAbogados,55reflejaqueesuntemadepreocupación continua en la abogacía argentina. Losmismos fueron “1°)Defensa de lasIncumbenciasProfesionales;EquilibrioentrelaprestacióndelServicioJurídicoGratuitoylaCompetenciadelAbogadoParticularyMontosy2°)ParámetrosdeAdmisión”.

Bergoglio56 en una investigación comparativa entre Argentina y otros paíseslatinoamericanos señala que en las sociedades industriales avanzadas, los cambiosocurridoshacenqueelejercicioindependientedelaprofesiónhayadejadodeserelmododominantedeinserciónocupacional.Altradicionalestudiojurídicoindividual,odepocosabogados,queatiendenconflictosdepersonasypequeñasempresas,secontraponenhoypor un lado, los grandes estudios organizados en forma de empresa ;y por el otro, elabogado asalariado, especialmente debido a la expansión en los servicios deadministración de justicia. Esto habría conducido a una mayor estratificación de laprofesión,conclaradiferenciaciónenlosgradosdeespecializaciónynivelesdeingresos.

Las características del abogado bonaerense parecen sugerir que su trabajo esindividual, con clientes particulares con relativa capacidad económica. Años previos altrabajo de Bergoglio,publicado en 2005, el Dr. Felipe Fucito dirigió una investigacióntitulada “El Perfil delAbogadode la ProvinciadeBuenosAires”, realizada entre1995 y1996.Enéstaconcluía57queel55%delosabogadosconsultadosvivíandesuprofesión,yque gran parte (34%) trabajaba solo o con un socio (19%). El 72% atendía clientesparticulares,conunporcentualmuchomáspequeñoclientesempresariales.

Las conclusiones de aquella investigación respecto a la situación económica de losabogados parecenmantenerse hoy en día. Sobre todo con respecto a la abundancia deprofesionalesenelmercado,ylabajacapacidadeconómicadelosclientesparacostearunjuicio,odelosdeudoresparapagar.

                                                            52Cfr. Giraudo Carlos Alberto(1998) “Retribución por el Trabajo Profesional.(en la Asistencia JurídicaGratuita)”enCostaSud2,ColegiodeAbogados,DepartamentoJudicialdeBahíaBlanca.pág.5153Cfr. Giraudo Carlos Alberto(2002) “El contenido de los asuntos a atender por los consultorios jurídicosgratuitos “en Costa Sud 8, Colegio de Abogados, Departamento Judicial de Bahía Blanca. Año V‐Octubre de2002,pág.25.54ConsejoGeneraldelaAbogacíaEspañola.:JusticiaGratuita.CartadeDeberesyDerechos.Art.10.55Comisión Consultorios Jurídicos Gratuitos, FACA. “Reunión de la Comisión de Consultorios JurídicosGratuitos de la Federación Argentina de Colegios de Abogados” del 7/06/13.En www.camoron.org.ar/(consultado1/10/13)56BergoglioMaríaInés(2009)“Diversidadydesigualdadenlaprofesiónjurídica:consecuenciassobreelpapeldel Derecho en América Latina “en Revista Via Iuris Número 6 Enero‐Junio .Págs. 12‐30. Enhttp://dialnet.unirioja.es(consultado1/10/13).57Cfr.ColegiodeAbogadosdelaProvinciadeBs.As.(1996).“ElPerfildelAbogadoBonaerense”.DirectordelaInvestigaciónDr.FelipeFucito.Ed.UniversidadNacionaldelaPlata.Págs.24‐33.

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14*ColegiodeAbogadosdeSanIsidro.‐DEPARTAMENTODEPUBLICACIONES‐

Asistencia legal y características de las poblaciones en situación devulnerabilidadenelDepartamentoJudicialdeSanIsidro.

LacomparaciónentrelalistadepoblacionesconsideradasporlasReglasdeBrasiliay

losserviciosqueexistenenelPartidoJudicialdemuestranunadistribucióndesigual.I. SobrelaspoblacionesLaDefensa Oficial acapara prácticamente la defensa penal, con la excepción de los

casosquetomalaComisióndePrácticaPenaldelaUBA.Enelcasodelarepresentacióngratuitadelparticulardamnificado,másalláde losserviciosdeatencióna lavíctimadelMinisterioPúblico, solo funcionaelprogramadeServiciodePatrocinio jurídicogratuitoparavíctimasdehechosdelictivos,resultadodeunAcuerdoMarcoentreelMinisteriodeJusticia de la Provincia, y COLPROBA. Esta organizado localmente entre el Colegio deAbogadosdeSanIsidro,ylaSedeDistritalDescentralizadaministerial,conasientoenSanFernando.Conformelainformaciónrecibida,sufrelimitaciones,porlocualladesignacióndecasosesrestringida.

Uno de los grupos más visibilizados para el asesoramiento son las víctimas deviolencia familiar. El Partido Judicial cuenta con recursos de ONGs, jurisdiccionales yadministrativos(CentrosdeMujer,ÓrganosLocalesdeProteccióndeDerechosdeNiñas,NiñosyAdolescentes,equiposdesalud,escolares,etc.).Eldiseñodelcircuitodeaccesoalajusticiadelavíctimaesparticularmenteinteresanteporquepuedehacerladenunciasinpatrocinio letrado y se nota prácticamente diferencias teóricas sobre la mujer víctima.Durán distingue 58 dos tendencias. La primera pone el foco en el género, tal como loentiendelaleyNacionalNº26.48559.Elmismocriteriodistintivoesseguidoporórganosmunicipalesdeatencióna lamujer,comoelCentroMunicipaldelaMujer“DianaStaubli”deVicente López o laDirecciónde laMujerde San Isidro.Otraposición caracteriza laviolencia por el ámbito en que ocurre, con lo cual hay un tratamiento único para lasvíctimas, sean mujeres, niños o adultos mayores. Esta es la tendencia tanto en la Ley12.569deviolencia familiarcomoen lacompetenciade los JuzgadosdeFamiliayen lasComisarías de laMujer y la Familia. En el caso de San Isidro es significativo apuntar lainfluenciaqueenelcitadocircuitotienelapolíticadedescentralizaciónyespecializacióndel Ministerio Público local. (Ej.: Fiscalía especializada de investigaciones en delitosconexos al de trata de personas y violencia de género de San Isidro, o las FiscalíasdescentralizadasdeGénerodeTigreyVicenteLópez).

Sin embargo, hay diferencias no solo entre las diversas poblaciones, sino tambiéndentrodeunmismogrupo.Unentrevistadoexpresópreocupaciónpor la invisibilizaciónde las formas de violencia que sufren losmayores de edad ( negligencia en el cuidado,encierro,etc.),yladificultadquedenuncien,anteeltemorquelosdesarraiguendelhogar.Unahipótesisposibleesquela invisibilizaciónnosoloocurreencasosdeviolencia,sinoquesecorrespondeconelprocesoendesarrollodelreconocimientodelavejezcomounacategoríalegal.Esteeselcasodondeunhechoobjetivo,talcomolaprolongacióndelavidatiene influencia en la categorización de un grupo vulnerable a nivel legal. Esto aparececomo emergente en derechos humanos, donde resalta algún instrumento como elProtocolodeSanSalvador60sobrederechoalaseguridadsocialyalaprotecciónespecial.A pesar de la aparente indiferencia legal, el tema es importante. De hecho, el conflictofamiliar por el cuidado de los mayores se considera específicamente dentro de la

                                                            58 Cfr. Durán Josefina, (2012) .“Derecho a una vida libre de violencia” en “II. Derecho y género ante lostribunalesde justicia”,publicadoen“LaJusticiaenconstrucción:derechosygéneroantelostribunalesy losmediosdecomunicacióndeAméricaLatina” dirigidoporNataliaGherardi,Bs.AsEquipoLatinoamericanodeJusticiayGénero‐ELA.Ed.TriñanesGráfica.Pág.43.59LeyNacionalNº26485(2009)“Paraprevenir,sancionaryerradicarlaViolenciahacialamujerenlosdistintosámbitosdeinterrelación”.60ProtocolodeSanSalvador(1988)“ProtocoloAdicionalalaConvenciónAmericanasobreDerechosHumanosenmateriadeDerechosEconómicos,SocialesyCulturales”,arts.9y17.

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competenciavoluntariadelCentrodeMediacióndelCASI.Estosugierelaadaptabilidaddelosmecanismosderesoluciónalternativadeconflictosparadarrespuestaaunanecesidadjurídicadetectadaenlapráctica.

Otras poblaciones no gozan de igual exposición. Los migrantes son un ejemplo.Conforme la Organización Internacional para lasMigraciones(OIM)61en Argentina viven1.800.000migrantes,oseael4,5%denuestrapoblacióntotal.El84,6%provienedepaíseslimítrofes,yel73%viveenCapital,yPvcia.deBs.As.

Se preguntó puntualmente sobre las necesidades jurídicas de éste grupo. Lasrespuestas reflejaron conocimiento de la existencia de inmigración particularmentelimítrofeenelPartidoensituación irregular.Binstein62señalaquemuchosmigrantessetrasladananuestropaís,sonindocumentados,conlocualseencuentranenunaespecialsituación de vulnerabilidad. Sin embargo, las entrevistas con los abogados demostraronque el abordaje y conocimiento de sus necesidades era el resultado de estrategiasindividualesynoproductodeformaciónespecíficasobrecuestioneslegalesenambientespluriculturales. Tampoco existiría hoy localmente una representación especializada, yaquelaComisiónCatólicaArgentinadeMigracioneshabríainterrumpidosusserviciosenelDistrito.

Se señalaron como obstáculo la aplicación del derecho de familia ante familiaspartidas, con niños en un país, a cuidado de terceros, y progenitores trabajandolocalmente;lasvíasparacobraralimentosparalosniños,cuandosupadreseencuentraenelpaísdeorigeno losproblemasparaobtenerpartidasdenacimiento,odematrimonionecesariospara iniciaracciones legales.Hubovarias referencias sobredificultadesen latarea profesional por diferencias en los patrones comunicacionales. Otros articularonextranjeridad, pobreza y pertenencia a pueblos originarios. Una abogada agregócuestiones de género, evaluando como señal de integración positiva, que las mujeresvíctimas de violencia doméstica pudieran superar los patrones patriarcales de suscomunidadesdeorigen,yseatrevieranarealizarlaconsulta.

Nader63señala que los estudios empíricos legales deben tomar en consideración elcarácter local del control social. La investigación reflejó respuestas desparejas conrespectoalasnecesidadesespecialesdelaspoblacionesenestudio.Nader64explicaquesedebe a que ciertas hegemonías (edad, género, clase, etnia, etc.) son poderosas, porqueestánnaturalizadasculturalysocialmente.Arguyesobrelanecesidaddereconocerlas,yaque la ley es central para delinear paradigmas de cambio, por lo cual la cantidad deindividuos que acudan a los servicios es significativa, porque su aumento es índice decambioentérminoshegemónicos.

II. Estrategias de resolución de conflictos dentro del Partido Judicial de San

Isidro.Apenasseemprendióelestudiodecamposurgióununiversodeformasderesolución

de conflictos.Enel área informal se comprobó la intervenciónde individuosdevariadoorigen y capacitación, (instituciones formales como escuelas u hospitales,Ongs,parroquias,etc.)quesinserabogadoscumplenfunciones“paralegales”deasesoramiento,acompañamiento y gestión. Se evidenció también que estructuras comunitarias, sin finjurídico actúan como agentes accesibles e informales de prevención o resolución de

                                                            61 Organización Internacional para las Migraciones (2012) “Perfil migratorio de la Argentina 2012”.Bs.As.pág.6.62BinsteinGabrielyOtros.(2011)“Notassobrelasituaciónylaproteccióndelostrabajadoresmigrantes”en“Vulnerables”,Fundejus.BuenosAires.Ed.Lajouane.Págs.108/9.63Cfr.Nader,Laura.(1965),TheAnthropologicalStudyofLaw.AmericanAnthropologist,Vol67N°6.Págs.17‐864Cfr.NaderLaura(2002)“Thelifeofthelaw.AnthropologicalProjects“UniversityofCaliforniaPress.Cap.3HegemonicProcessinLaw.Págs.111/119/156

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conflictos.Unaabogadaquehabíacolaboradoenunequipointerdisciplinariodeviolenciaporañosreflexionabaqueunmismocasopodíaterminarenelámbitodelajusticia,odelasalud.Reivindicabaensuexperiencialospactosvoluntariostrabajadosdesdeelámbitodela salud por el equipo de violencia del hospital local ,por ser menos traumáticos yestigmatizantesquelaordenjudicialdeexclusión.

Alcomenzar la investigación inmediatamentesedividieron lasaguasentreaquellasformasderesolverconflictosconsustento legal,yotrosalternativos.Elpluralismo legaltiene diversas interpretaciones. Una de ellas es entenderlo como una normatividademergente de sectores populares, tal como Cárcova 65 ejemplifica con el movimientobrasileño de derecho alternativo. Si bien en los relatos aparecieron referenciastangenciales respecto a mecanismos de resolución de conflictos con intervención delíderesconalgunasignificaciónpolíticaoreligiosa(semencionaronpunterosypastores),los informantes los consideraron como estrategias de supervivencia más que comoprácticaslegalesalternativas.

III. Órganosadministrativos.

Emergióclaramenteenlatarealaimportanciaqueparalapoblaciónencondiciones

devulnerabilidadtieneeltrámiteadministrativo,yaqueallísedirimenlamayoríadelasadjudicacionesdelasprestacionessociales.

Engeneral,elasesoramientolegaldelosórganosadministrativosestálimitadomarcode política para la población que se trate (niños, víctimas de violencia familiar,discapacidad, salud etc.). Hay órganos que excepcionalmente tienen funciones que vanmásalládel simpleasesoramiento, comoelCentrodeMediaciónde laMunicipalidaddePilar, que realiza mediaciones por comunitarias, desvinculación y/o abandono delhogaretc.ElMunicipiodeVicenteLópezcuentaconunDefensordelPueblo

Los testimonios demostraron como puede afectar en un caso en particular ladiversidad de políticas y procedimientos internos de órganos ymecanismos del Estadoqueinterpretanytrasmitenlaley.

Una entrevistada especialista en el derecho a la salud y capacidades especialesplanteóquesuespecialidadatraviesatransversalmentealderecho.Latransversalidadestambién común al ejercicio de derechosde otras poblaciones. En la práctica se observóque tanto en los organismos administrativos como hasta en las especialidades jurídicasparecen funcionar paralelamente, con discursos homogéneos para cada población, concualsedificultanlosnivelesdeintersecciónposibles.Ilustrativamente,bastaimaginarseelasesoramientolegalydiseñodeestrategiasparasatisfacer losderechosdeunaniñaconcarenciaseconómicas,pertenecienteaunpueblooriginario,migrante,víctimadeviolenciafamiliar,discriminadayconcapacidadesespeciales.

Seobservómuyclaramenteenelcampolatensiónentrelahistóricatradicióndeligarel otorgamiento de beneficios a criterios asistencialistas y políticos, y la lógica deconsiderarlosreclamoscomoexpresióndelejerciciodederechoseconómicos,socialesoculturales.Laconsecuenciasemanifestóenciertalaxitudconrespectoaldebidoprocesoadministrativo. Textualmente, un entrevistado decía, refiriéndose a un pedido dereconsideraciónconcernienteaderechossociales“…prefieroqueelrequerimientovayaaLegales,antesquepermanezcaenelsector”.Otroexplicabaqueaunquealgunasnormasloindiquen,noescomúnlanotificaciónsobrelaposibilidadderecurriraasistencialetradaeinclusoexistedesconfianzadelórganoadministrativorespectodelabogado.

Los entrevistados subrayaron diferencias entre los órganos administrativos enrelación al trato con el profesional, valorando la mayor o menor posibilidad de lograrbuena comunicación mediante contacto personal o telefónico, y calificando deautoritarismolasprácticascontrarias.Engeneral,seejemplificóconestilospersonalesdedirección,másqueconlíneaspolíticas“macro”.

                                                            65Cfr.CárcovaCarlosMaría,(2006)“Laopacidaddelderecho”.Ed.Trotta.Madrid.Págs.106.

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Sin embargo, la tensión entre un órgano administrativo y el ejercicio profesionalpuede ocurrir como resultado de una política institucional. Un ejemplo, es el conflictocontemporáneo con este trabajo entre ANSES y los Colegios de Abogados, respecto arestricciones y consideraciones sobre la labor profesional del abogado en las sedes delorganismo, que derivó en un pedido de amparo resuelto positivamente por la JusticiaFederal66.

IV. Servicioseinstitucionesorientadasalaresolucióndeproblemasjurídicosen

elDepartamentoJudicialdeSanIsidro EnéstasecciónsebuscaanalizarlasvíasalternativasalaDefensaOficialydemás

órganosdelsistemadejusticia,paraaccedergratuitamenteaunabogado.DentrodelasociedadcivilhayONGsquecumplentareasdeasesoramientojurídico.

Excepcionalmente ofrecen patrocinio junto con el asesoramiento, como es el caso delCEDEM en San Fernando, una ONG que impulsa políticas de género. Otra fuente, es elconsultoriojurídicogratuitodependientedelaUBA.ElObispadodeSanIsidrocuentaconlaReddeApoyo JurídicoDiocesano, conatenciónenalgunasparroquias,yelCuerpodeAbogadosPatrocinantes,resultadodelConvenioquehaceañossemantieneconelColegiode Abogados de San Isidro. Conforme la información recabada la organización habríallegado a contar con 26 consultorios jurídicos en parroquias, con un gran número deabogados,locualsehaidoreduciendoenrazóndelascrisiseconómicasvividasenelpaís.

V. ConsultoriojurídicodelaUBA.EnSanIsidrofuncionauncentroexternodelaUniversidaddeBuenosAires,consede

enelColegiodeAbogadosdeSan Isidro,quecuentaconcomisionesdeDerechoPenalyCivil,dosdíascadauna.DependedelDepartamentodePrácticaProfesionaldelaFacultadde Derecho de Buenos Aires. Cumple simultáneamente con una instancia de formaciónprofesional,yconelmandatodefunciónsocialestablecidoenelEstatutouniversitario67.Si bien los alumnos asisten en las consultas, el patrocinio es efectuado bajo laresponsabilidad de sus docentes. Las Comisiones escogen los casos, con criteriosprioritariamentepedagógicos.Losalumnossiguenelcasoduranteelperíodoquecumplenconelpráctico,queescontinuadoporlanuevacomisión.LaUBAcuentaensusedecentralcon Comisiones de Derecho Civil, Penal, Administrativo, laboral e incluso, debido a loespecíficode ciertos temas,hay comisionesdedicadas soloaPenal Juvenil, ciudadaníaynaturalización,etc.

ExistendentrodelDepartamentoJudicialuniversidades,conFacultadesdeDerecho,ypolíticasdiversasdeenseñanzaprácticade laprofesión (resolucióndecasos,métodoclínico, o estudios de antecedentes). La UBA es la única que brinda un programa deformaciónprofesionalincluidoensucurrículaconproyeccióncomunitaria.Elrestodelosuniversidades, de carácter privado, no cuentan con consultorios jurídicos gratuitos,aunqueunodelosentrevistadosrelataunaexperienciadecaráctersolidarioasistemáticodelosalumnosdelgrupoMarínenunaparroquia.

VI. ColegiodeAbogadosdeSanIsidro(CASI)Cuentaactualmentecon10.642matriculados,númeroquevaenaumento,conforme

lasestadísticasdelosúltimos5años.

                                                            66 JuzgadoCivil,Com.yCont.Adm.Federalde laPlataNº4“ColegiodeAbogadosDepartamento Judicialde laPlatayOtroc/Ansess/Amparo”.Expte.N°FLP2244/2013.

67Confr.ScioscioliSebastián“AlgunasnotassobreelPatrocinioJurídicoGratuitoyelCursodePrácticaProfesionalde la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires “ en Academia. Revista sobre Enseñanza delDerecho.UBAAño2–Número4‐Primavera2004.Pág.151

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Períodos68 Altas Bajas2011‐2012 495 3052010‐2011 744 2422009‐2010 599 3772008‐2009 847 3822007‐2008 747 513

Cumplevariasfuncionesrelacionadasconelaccesoa la justicia. Impulsa losmedios

alternativos de resolución de conflictos a través del arbitraje y el Centro deMediación.Poseeunabibliotecaespecializadaabiertaalpúblico,queproveeinformaciónlegalaquienlo solicite y regularmente organiza cursos de capacitación abiertos a la comunidad. Supágina web también provee información legal actualizada de libre acceso. Su Area deGestiónSocialhasidoespecíficamentediseñadaparaproveerserviciosgratuitosdentrodelacomunidaddeasesoramiento,patrocinioymediación .EsteÁreadependedelConsejoDirectivo, y está compuesto por el aporte voluntario de alrededor de 100 profesionalesque formanparte del Consultorio JurídicoGratuito, laDefensoría delNiño, y elÁrea deMediación.

Se atiende gratuitamente a quienes puedan acreditar los requisitos exigidos.Básicamente se requiere ganar un monto por debajo del salario mínimo, y no poseerpropiedad que exceda una muy baja valuación .La entidad cuenta con un consultoriojurídico gratuito en su sedeprincipal, compuestopor abogados y asistente social y otrocon 6 abogados en la sede de Pilar. La función del Consultorio es el asesoramiento, yeventualmente la redacción de un convenio entre las partes. También deriva casos aDefensoríadelNiño,yaMediación.

Conformelamemoriadelosaños2011‐12eláreaatendió:

GESTIÓNSOCIAL:

CARÁCTERDELAATENCIÓN

CASOS

ConsultorioJurídicoGratuitoSedeSanIsidrocasosnuevos

Cuestiones de Familia‐ cuota alimentaria. Régimen de vi‐sitas,tenencia,ViolenciaFamiliar.Divorciocontradictorioporviolencia familiarconmedidacautelarvigente. ImpugnacióndeFiliación,ReconocimientoyFiliación

1503

ConsultorioJurídicoGratuitoSedePilarcasosnuevos

404

CentrodeMediación.Mediacionesgratuitas

Derivaciones de Consultorio Jurídico gratuito, Defensoría yjuzgado.Casoscomunes:Régimen de Visitas y Comunicación entre padres, hijos,abuelos etc. Tenencia, alimentos. Fijación, reducción,aumentoocesacióndecuotaalimentaria.filiación.Asistenciaycuidadofamiliardelosmayores

130

DefensoríadelNiñoconsultas Promociona, asiste y patrocina niñas, niños y adolescentesmenoresde18añosconderechosvulnerados.(484consultas)

90

VII. LaDefensoríadelNiño

LaDefensoríadelNiñosefundóen1998.Asistejurídicamenteaniñosmenoresde18

años.CumpletambiéntareasdepromocióndederechosdelNiñodentrolacomunidad,yorganizacapacitaciones.Asimismopatrocina,yhapresentadoAmicusCuriaeencalidaddeórganoespecializado.Unodesusobjetivoseseldesarrollodelaincumbenciadelabogado

                                                            68ColegiodeAbogadosdeSanIsidro:Memoria2011‐2012.DepartamentodePublicaciones.Pág.127;Memoria2010‐2011. Departamento de Publicaciones. Pág.88; Memoria 2009‐2010. Departamento de Publicaciones.Pág.124;Memoria 2008‐2009. Departamento de Publicaciones .Pág. 123/4 y Colegio de Abogados de SanIsidroyMemoria2007‐2008.DepartamentodePublicaciones.Pág.153.

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del niño desde la práctica. Cuenta con un equipo interdisciplinario de abogados,psicólogos,trabajadoressocialesypsiquiatraquecolaboranenlaescuchadelniño.

VIII. CentrodeMediación.

ELCentrodeMediaciónFuncionaenelCASIdesdeelaño2000.LaleydeMediación

de la Provincia de Bs. As no prevé casos donde el requirente o el requerido puedansolicitar la gratuidad en la mediación, como lo hace, por Ej. la ley de mediaciónsantafecina69. Sin embargo, el Centro ha servido doblemente desde su creación comocentrodealtacapacitación,yatencióngratuitademediacionesvoluntariasderivadasdelConsultorioJurídicoGratuitoylaDefensoríadelNiño.

Lostresserviciosconstanconun“núcleoduro”deprofesionalesdeexperiencia,quehace años prestan sus servicios, junto con profesionales jóvenes. Las entrevistasrealizadas,yreportajespublicadosenórganoscolegialesentreelaño1998y201070dancuenta del fundamento del voluntariado. La razón más extendida es consistente conprincipios de asistencia y solidaridad. En ese caso se utilizaron verbos como “dar”,“devolver”y“ayudar”.Otraperspectivaloconsideracomo“escuela”delabogado,porque“alaFacultadlefaltalacalle”.Enéstecaso,selovesimultáneamentecomounservicioalacomunidad, yuna formade transmisiónde conocimientos.Una terceravisiónvincula laatenciónenelservicio,coneldesarrollodeunaincumbencia,talcomoladelabogadodelniño,enlaDefensoríadelNiño,olademediadorenelCentrodeMediación.Enéstoscasos,junto con la atención al consultante se conjuga la formación en la especialidad. Ambosórganostienencarácterdepioneros.ElCentrodeMediaciónfuecreadomuchoantesqueseregularalaactividadenlaProvincia,yfueapoyadoporunapolíticacolegialdeapoyodelaincumbencia.Delmismomodo,lafiguradelAbogadodelNiñofuereconocidoporelArt.27delaley26061delaño2005,muchodespuésdelacreacióndelaDefensoría.

Surgieron así de la investigación distintos “modelos de intervención”, coexistentesdentro de la misma institución, caracterizados por diversos niveles de complejidad, yespecialización.

Incluso dentro de unmismo servicio, tal como el Consultorio Jurídico Gratuito fueposible percibir dos posiciones. En una, la labor del abogado se extendería también aaspectossociales.Unasentrevistadasexplicabanque,juntoconlarespuestalegal,setratade solucionar otros problemas y se da contención. Consideraban importante tenercondicionespersonalescomunicacionalesyempáticas.Enlasegundaperspectiva,lavisióndelalaborseconcentramásenloscontenidosjurídicosylacapacitacióndelabogado.

El CASI tiene como política la formación continua en el Area, que se traduce en laposibilidad de asistencia a la actividad académica del CASI, entrenamientos internos ycursosespecialesenelcasodemediadoresymiembrosdelaDefensoríadelNiño.

Cuando no es posible el acercamiento entre las partes en el consultorio, o en lamediaciónyhaynecesidaddepatrocinioantelajusticia,sedesinsaculaunabogadodelamatrículaporsorteo.Hayunacantidadimportantedepedidosdeexcusación.Algunosdeellosserefierenalimitacionesenlasituaciónprofesional.Esnotablecomoladesazónquemanifiestan los abogados sanisidrenses con escaso caudal laboral por cumplir con elmandato de defensa de los pobres tiene su paralelo con los hallazgos de Levin 71 enEstadosUnidos respectoa losabogadosde ingresos limitadosyel trabajoProBono .El

                                                            69Prov.deSantaFe.“LeydeMediación13151/10”.Art.3270ColegiodeAbogadosdeSanIsidro.(1998)“Unaprendizajepermanente”,publicadoen“DosPrimeras”.AñoIV.N°11.Mayode1998.págs.5/6.También“LosAbogadosy laFunciónSocial”(2001),SíntesisForense‐Revistadel Colegio de Abogados de San Isidro, Año 2001.N°93. Págs.36‐40 y “Asesoramiento Legal al Servicio delNecesitado”(2010).SíntesisForense‐RevistadelColegiodeAbogadosdeSanIsidroAño2010.N°131.Págs26‐30.71Cfr.Levin Leslie (2009) “Pro Bono and Low Bono in the Solo and Small Law Firm Context ” en “PrivateLawyersandthePublicInterestTheevolvingroleofprobonointhelegalprofession”.Ed.GranfieldRobert–MatherLynn:OxfordUniversityPress.Págs155‐183.

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autor describe como el trabajo gratuito significa una carga extra significativa paraprofesionalescuyacompensacióneconómicaestámuy ligadaalesfuerzoexclusivamenteindividual.

EltrabajodeLevinseñalatodavíaotrasemejanzaconlospareslocales.Másalládelasquejas,abundaroneneldiálogoconlosletradosejemplosdecasosdondelagratuidadfueofrecida voluntariamentepor elpropioprofesional, ya seadebidoa vínculospersonalescon el consultante, relaciones familiares, clientes que circunstancialmente no pudieronresponderoconloscualeslarelaciónesfrecuente.

Lasentrevistasmostraronalgunosproblemasenladesignacióndeabogados.Porunlado, el malestar entre los profesionales designados, al descubrir con el inicio de lasacciones patrimonio no declaradode suparte, en excesode losmáximos fijados. Por elotro, la existencia de profesionales renuentes en su tarea. Periódicamente se elevaninformes al Consejo Directico por aquellos que incumplen el deber legal de patrociniogratuito.

Larelaciónabogado‐clienteensituacióndevulnerabilidadLaleydeejercicioprofesionalregulalarelaciónabogado‐cliente.Laleycompensala

desigualdad de quienes no pueden sufragar los gastos causídicos y los honorariosprofesionales, regulando el servicio gratuito, y requiere del abogado el juramento derepresentargratuitamentealospobres.

Situación de vulnerabilidad y pobreza no son sinónimos. Tal como se apuntarapreviamente,lapobrezalegalesunconceptocompuesto.

La relación abogado‐consultante debe respetar ciertos parámetros básicos. En uncasodondesediscutiólaconductadelabogadoenunaapelación,elmagistradovotante72utilizó como pautas: la existencia cierta de una consulta, de un asesoramiento sobreventajasydesventajasconformelasposiblesalternativas,yelcumplimientodelosdeseosdel cliente. La capacidad de comunicación y comprensión por parte del consultante esimportante. Álvarez‐Fiorini73 evaluaron en una investigación realizada con adolescentesprivadosdelibertad,elcarácterdelacompetenciaenladefensamaterial,ylarelacióndeljovenconsudefensor.Surgierondelamismapautasapropiadascomoguíaentreabogado‐cliente: lahabilidadpara comunicarse conel letrado; la conductaproactivaen lapropiadefensa;elentendimientobásicodelanaturalezayobjetodelprocesoencadaunadesusfasesafindepermitirletomardecisiones,ycomprensiónnosolodelasestrategiaslegalespropuestas,sinotambiéndelasposiblesconsecuencias.

Paraqueestosestándaressecumplan, laactividadprofesionaldebeadecuarsea lasnecesidades específicas de la población que se trate. Villaverde74 plantea elreconocimientodel derechohumano a la capacidad jurídica, al referirse a personas condiscapacidad,principioqueesposibleextenderaotraspoblaciones.

En el caso de algunos colectivos, esto significa un plus de especialización para elabogado. La ley 12.569 (Violencia Familiar) propone una “asistencia jurídicapreferentementeespecializada”.75Laley26378/0876reglaelaseguramientoparaquelaspersonasdediscapacidadaccedanalajusticiaencondicionesdeigualdad,ypromuevelacapacitación adecuada de los que trabajan en la administración de justicia. La

                                                            72Cfr.TribunaldeCasaciónTC0003LP34289RSD‐298‐12.B3317609.VotodelDr.Borinsky.73Cfr.ÁlvarezLiliana‐FioriniDiana(2012)“TheAssessmentofYoungOffenderswithinaRights–basedPolicycontext”.RevistaArgentinadeEstudiosCanadienses.Ed.LaLey.Pvcia.Bs.As.Vol.5‐11.pág1474Villaverde,MaríaSilvia(2011)“Unanuevamiradasobreladiscapacidad.ConvenciónsobrelosDerechosdelasPersonascondiscapacidad”,en“Vulnerables”,Fundejus.BuenosAires.Ed.Lajouane.Págs.108/9.75Prov.deBs.As(2001).Ley12569.“ViolenciaFamiliar”.Art.6bis.76Ley 26378 (2008)– “Apruébase la Convención sobre losDerechos de las Personas conDiscapacidad y suprotocolofacultativo,aprobadosmedianteresolucióndelaAsambleaGeneraldelasNacionesUnidasdel13dediciembrede2006”Art.13

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reglamentacióndelaLeydeSaludMental77reiteralaintervencióndeabogadosdelniñoencasodeinternacióndejóvenes.

La Asociación de Abogados americana ha desarrollado reglas modelo decomportamiento78paraelcasodeclientes(minoridad,afecciónmentaluotrarazón)concapacidaddisminuidaparatomaradecuadamentedecisiones.Seesperaenestoscasosqueelabogadomantengaunarelaciónnormaldentrodelorazonable.Elinciso(b)delamismaRegla recomienda que en el caso que el abogado crea que en razón de la capacidaddisminuidaelclientecorrapeligrodesufriralgúntipodedañoamenosquesetomeunaacciónadecuada,elprofesionalpodrárealizarunaacciónrazonablementeprotectora.Lamismapuedeimplicarconsultascontercerosquepuedanprotegerasucliente,conlocualse permite el quebrantamiento mínimo posible de la regla de confidencialidad, y en elcaso,lasolicituddeunguardianadlitem.

LaverificaciónennuestromedioarrojóquelaLeydeEjercicioProfesionalyCódigode Ética no consideran específicamente la relación profesional con un cliente encondiciones de vulnerabilidad. Se trató de averiguar la existencia de actuacionesdisciplinarias en San Isidro por inconducta profesional con clientes identificados comovulnerablesporlasReglasdeBrasilia.Lapesquisaarrojócasiinexistenciadedenuncias,apesardelasencillezdesutrámiteycontadassanciones.(Ej.:uncasodecircunvencióndeincapaces). Se encontró, sin embargo la preocupación de la abogacía organizada en laProvinciacontraabogados“caranchos”.Enelaño2012,COLPROBAfirmóunConvenioconelgobiernobonaerensea finderesguardar losderechosde lasvíctimasdeaccidentes,atravésdepublicidadenlugaresclaves,yfacilitacióndedenuncias.

Derechos involucrados en la comunicación entre el abogado y el cliente en

situacióndevulnerabilidadLa Corte Interamericana ha manifestado que el derecho a la información es tal

importancia,queesimportanteque“…lacomunidad,alahoradeejercersusopcionesestésuficientementeinformada.Porende,esposibleafirmarqueunasociedadquenoestábieninformadanoesplenamentelibre79

La Regla 26 de Brasilia impulsa la promoción de “actuaciones destinadas aproporcionar información básica sobre sus derechos, así como los procedimientos yrequisitosparagarantizarunefectivoaccesoalajusticiadelaspersonasencondicióndevulnerabilidad”.LaRegladistingueentreelderechoalainformaciónsobrederechos,ylainformaciónsobreprocedimientosyrequisitosparapoderaccederalajusticiaeimpulsanlapromocióndemedidasyprocedimientosalrespecto.

Lapremisaquelaleyesconocidaportodosescentralanuestrosistema.Sinembargo,pareceríaexistir loqueCárcova80hadenominadola“opacidaddelderecho”.Losmismosabogados loexpresaron,solicitandocampañasde“alfabetizaciónoeducación jurídica”,yquejándosesobreeldifícillenguajedelaley.Suconocimientopondríaenunaposicióndepoder al abogado. En términos de Foucault81, representaría otra de las formas dedistribución de poder según individualidades diferenciadas. Los abogados lo saben, ymuchos de ellos resaltaron la importancia de la acción comunicativa en términos deigualdad.

A travésde la investigación sedelinearondos estilos comunicativos, queoscilaronentredostipos“puros”,quepodríandenominarsetradicionalyparticipativo.

El tradicional tiene una tendencia prescriptiva y paternalista, que pareceríavincularseconunavisiónde“protecciónotutela”deincapacesdentrodenuestroderecho.

                                                            77LeyNº26657.SaludPública.Decreto603/2013“Apruébasereglamentación”.Art.26infine.78Cfr.AmericanBarAssociation“ModelRulesofProfessional conduct.Client‐LawyerRelationship”CapacityRule1.14.ClientwithDiminishedCapacity.79CorteI.D.H.,CasoIvcherBronstein.Sentenciade6defebrerodel2001.SerieCNo.74,párr.149.80CárcovaCarlosMaría,“Laopacidaddelderecho”.Ed.Trotta.Madrid2006.Pág.18,81Foucault,Michel(2000)“LosAnormales”.FondodeCulturaEconómica.Bs.As.Pág55.

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Elparticipativoimpulsaelplenousodecapacidadesdeljusticiable.Así,lafacultaddeconocer sus derechos, o la capacidad entender las alternativas para poder tomardecisionesenelproceso.

Brasilia resalta la importancia de la comunicación. Humboldt 82distingue tresfunciones del lenguaje: la función cognitiva de producir pensamientos y representarhechos; la función expresiva de exteriorizar sentimientos y la función comunicativa dehacersaberalgo,formularobjecionesygeneraracuerdos.

Esestaúltimafunciónlaquesepresentócomoespecialmenteproblemática.Nohubodiscusiónenlasrespuestassobrelanecesidaddeadaptarsealasnecesidadesdelclienteylograr su comprensión.Al interrogante sobre la formadeadquisiciónde lashabilidadescomunicativas necesarias, aparecieron dos posiciones contrapuestas entre quienesconsiderabanquelamismasedaenrazóndeunacaracterísticacomunicacionalpersonal,y los que consideraban a la entrevista como un fenómeno complejo, que requiereaprendizaje.Esepuntodevista fue aparente en ladocentedeUBAque lo incluyó comoparte de su capacitación, y lo ligó a Derechos Humanos, o en la publicación de laDefensoría del Niño83que reivindica el derecho a ser oído de los niños y caracterizanaspectosdelaconsultaespecializada.

Varios informantes señalaron la importancia de diferenciar entre conocimiento ycomprensióndelderechoalmomentodeacordarunaestrategialegal.Resaltaroncomolafaltadecomprensióndisminuyelavoluntariedaddeladecisióndentrodelprocesoycreafalsas creencias sobre el actuar de la justicia. El Director del Consultorio del Obispadoexplicaba los buenos resultados que obtuviera con “mini cursitos” explicativos de lospasosenelprocesopenalparaparientesdedetenidos.

Losdatosrecabadosdemostraronunatendenciaendesarrolloenelusoderecursosvirtualesdifícildemensurarentodasudimensión.

Enunaentrevistaserelatabacomoresponsablesdepersonascondiscapacidadgraveusaban la internetpara encontrar recursos legaleshabitualmente. El relevamiento en elsector administrativo del Colegio de Abogados demostró que la enormemayoría de losque acuden al mismo tienen teléfono celular, y que el sector recibe consultas para elConsultorio JurídicoGratuito, a travésdelmail, Facebooky twitter institucional.ElCASItiene una política de educación legal pública, a través de su biblioteca pública, cursosabiertosa lacomunidadysusdiversosmediosdepublicación.Sibiensus Institutoshanvolcado virtualmente información especializada, y servicios útiles para el justiciable, elconsenso general es que no son usadas por el ciudadano común. Una revisión sobreinformaciónlocalenlawebrespectoaserviciosrelacionadosconelaccesoalajusticiaypersonas en situación de vulnerabilidad arrojó abundancia de ellos, pero organizadosconforme a la institución de pertenencia, y redactados con un lenguajemuy formal. Loexpuesto abre la presunción que estos recursos también pueden ser elementosecualizadoresenelaccesoalajusticia.

                                                            82HumboldtWcitadoporHabermasJürgenen“VerdadyJustificación”EnsayosFilosóficos.Ed.TrottaMadrid2002Pág.6783ColegiodeAbogadosdeSanIsidro(2008)“LaDefensoríadelMenordelC.A.S.Icelebrasus10años(1998‐2008)”.ImprentaCASI.Págs.15‐16.

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Conclusiones:Alolargodeéstetrabajosehanidodescribiendoestrategiastantoindividualescomo

político‐institucionalesenlafacilitacióndeaccesoalajusticiadentrodelámbitoacotado

delDepartamentoJudicialdeSanIsidro.Ciertostemasqueaparecieronconmayorfuerza

durantelainvestigaciónquizáseconstituyanenlabasefácticadeposiblesdebates.

Un ejemplo es el corte ideológico de las distintas interpretaciones que dominan la

conceptualización del acceso a la justicia de poblaciones vulnerables, y el rol de la

abogacía. Otro sería las dificultades en el acceso a la justicia resultantes tanto de

mecanismospropiosdelquehacerjurídico,comodedesigualdadesestructurales.

Otro tema que resultó aparente son las dificultades en la práctica de remediar las

necesidadesjurídicasdelosindividuosquecomponenlasdiversaspoblaciones,yfaltade

homogeneidadenelreconocimientooinvisibilizacióndesusnecesidadesjurídicas.

Otro punto que sobresaliera ha sido la abundancia de individuos que cumplen

funciones“paralegales”ofreciendoinformaciónoasistencialegalsinserabogados.

Unhallazgohasidoelcrecienteusoderecursosvirtuales,queauguraunanuevaera

entérminosdeinformaciónlegal,yacercamientodelmundojurídicoalacomunidad.

La propuesta principal de este estudio fue explorar una actividad que dentro del

quehacer profesional e institucional del abogado es en general periférica. Los hallazgos

sugieren la necesidad de considerar su real dimensión de derecho humano. Una

consecuenciadeéstaresignificaciónseríainstalarelpatrocinioyasistenciaapoblaciones

en situación de vulnerabilidad no solo como una forma de adhesión a derechos

fundamentalesoresponsabilidadsocial,sinocomounaincumbenciaprofesional.

Simultáneamente, esto impulsaría el reconocimiento de la especialización del

abogado en casos de pobreza legal. Esto también aportaría al histórico debate sobre el

Estado, larepresentacióngratuitay ladesigualdadque importaconrespectoa intereses

sociales y profesionales. En el caso de éstos últimos, el carácter alimentario de la

retribuciónprofesionalesuntemacentral.

Hayqueconsiderarenestoellugarprivilegiadodelaabogacíaorganizadaparaéstos

desarrollos, ya que tiene la capacidad de identificar nuevas necesidades jurídicas en la

práctica,eimpulsarnuevasincumbencias.Simultáneamentesucarácterdescentralizadoy

su presencia en cada Departamento Judicial hacen que tenga un rol importante en la

capacitaciónydiseminaciónde la información jurídicaenórganosque intervienenen la

resolucióndeconflictosanivellocal.

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24*ColegiodeAbogadosdeSanIsidro.‐DEPARTAMENTODEPUBLICACIONES‐

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