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LA ESTIGMATIZACIÓN DE LOS DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS
LÍDERES DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS, COMO FUNDAMENTO DE LOS
OBSTÁCULOS PARA EL ACCESO A LA JUSTICIA DE LOS MISMOS, A
PARTIR DE LA LEY 1448 DE 2011.
WILLIAM FERNEY GALLO NUMPAQUE
DOCENTE
LUZ ANGELA TABARES
METODOLOGÍA VIII (ANTEPROYECTO TRABAJO DE GRADO)
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS DE COLOMBIA- BOGOTA
FACULTAD DE SOCIOLOGÍA- BOGOTA 25 DE NOVIEMBRE 2015
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TABLA DE CONTENIDO Pág.
Introducción…………………………………………………………………………….2
Planteamiento del Problema………………………………………………………….....3
Justificación……………………………………………………………………………..7
Pregunta de Investigación…………………………………………………………….....8
Objetivos………………………………………………………………………………...9
Estado del Arte…………………………………………………………………………..9
Marco Teórico………………………………………………………………………….14
Diseño Metodológico…………………………………………………………………..20
Bibliografía……………………………………………………………………………..23
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Introducción
Los Derechos Humanos actualmente se han visto desdibujados en el contexto actual; los
conflictos armados, los intereses individuales, las dinámicas mundiales y las condiciones
geopolíticas a nivel nacional e internacional, han conllevado a supeditar la protección y
promoción de esas garantías mínimas sobre el individuo en su condición de ser humano.
De esta manera, los Derechos Humanos día a día van quedando opacados en un idealismo,
especialmente cuando estos son vulnerados por las lógicas dominantes y resultado de
estas prácticas surgen personas fuera del ente institucional que en voz de lucha y protesta,
buscan por medio de acciones legales trabajar por revindicar dichos Derechos.
Con esto en mente, la figura del Defensor de Derechos Humanos va jugar un papel clave,
en la construcción de otras formas de percibir y actuar en la sociedad ajena a la violencia.
Por ello, el presente trabajo pretende determinar la continua estigmatización sobre esta
población, tomando como base el ejercicio de los medios de comunicación,
particularmente, los medios escritos que a través de sus prácticas discursivas, pueden
influir directa o indirectamente, en la representación social de los Defensores de Derechos
Humanos.
Igualmente, los antecedentes históricos de la problemática, el análisis normativo de la
Ley 1448 de 2011, ley de víctimas y restitución de tierras y la revisión documental de la
prensa escrita de los medios de comunicación sobre el caso del asesinato de la líder de
restitución Ana Fabricia Córdoba, van hacer insumos de gran relevancia para llevar a
cabo esta investigación y profundizar en el tema objeto de estudio. Por tanto, es imperante
reflexionar acerca de este tema en particular en el contexto local, como también analizar
las implicaciones (positivas o negativas) que genera el ejercicio de esta labor social de
defensor de derechos humanos, aún más en un país que actualmente adelanta un proceso
de paz para mitigar el conflicto armado al interior de su territorio.
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Planteamiento del problema
Para abordar dicha temática, es necesario, el contexto socio – histórico del proceso de
persecución y estigmatización de los y las defensores de derechos humanos líderes de
restitución de tierras, a partir de la vigencia e implementación de la Ley 1448/2011. Con
fundamento en lo anterior, es pertinente establecer que como consecuencia del accionar
tanto de miembros de los grupos guerrilleros, como de grupos paramilitares y del ejército,
“en los últimos 30 años (…) se han forzado a más de 4,8 millones de colombianos a
abandonar sus hogares, y se ha generado así la población de desplazados internos más
numerosa del mundo” (Human Righs Watch, 2013).
Paralelamente surge la Ley victimas de restitución de tierras -ley 1448 de 2011, por la
cual se dicta por disposiciones legales y constitucionales, donde “se establecen medidas
de reparación, asistencia y atención a las víctimas del conflicto armado” (Ley 1448/2011.
Art. 72 Inciso 2). Esta ley fue sancionada en el año 2011 por el congreso de la república
de Colombia durante el gobierno de Juan Manuel Santos Calderón como garantía
normativa frente a la reivindicación de las victimas inmersas en el conflicto armado, la
ley establece medidas tanto administrativas como jurídicas para que las víctimas del
conflicto armado puedan acceder a un proceso de restitución de tierras.
De esta manera, la Ley 1448 de 2011 plantea el diseño e implementación de una política
mixta de reparaciones, con una vertiente dirigida a la restitución de tierras por vía judicial,
y otra dirigida al diseño y reparación integral a las víctimas por vía administrativa, que
comprenderá el otorgamiento de una indemnización, medidas de rehabilitación, de
satisfacción y garantías de no repetición. Es así que el documento contiene mecanismos
jurídico-administrativos de corte cualitativo donde enfoca algunos aspectos sobre el
ejercicio de reparación y el enfoque diferencial sobre víctimas del conflicto armado, el
diseño de políticas y las sanciones correspondientes.
Actualmente en el País, el proceso de restitución ha sido paulatino, debido a las
condiciones sociales del momento. Si bien es cierto la ley plantea las estrategias de forma
efectiva en materia de reparación y restitución. Es importante considerar que la ley 1448,
plasma los elementos para que se ejecute de manera eficaz la restitución de las víctimas
y la reivindicación de derechos.
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Es así, que esta investigación se centra, en la continua estigmatización y persecución de
los defensores de derechos humanos, líderes de restitución de tierras en Colombia y los
obstáculos existentes para su acceso efectivo a la justicia; específicamente a partir de la
Ley 1448 del 2011, Ley de Víctimas y Restitución de tierras.
El fenómeno del desplazamiento forzado, se ha configurado como una de las principales
problemáticas derivadas a raíz del conflicto armado colombiano, el cual se caracteriza
por constituir “el aumento de flujos migratorios Campo- Ciudad principalmente (…)”
(Silva, A.& Guataqui, J. 2008), en donde la Población víctima de este flagelo, se ve
obligada a salir de sus sitios de origen, por situaciones de orden público primordialmente.
El desplazamiento forzado interno, surge como una categoría dentro del sistema global
de migraciones, en respuesta a aquella movilización que no cruza fronteras; es decir, es
una movilización interna (Posada, 2009). Podría decirse, que las personas se ven
obligadas a migrar a un lugar donde no sean vulnerados sus derechos; donde no arriesguen
su integridad física. Particularmente en Colombia, tenemos una situación bastante
compleja de analizar y de abordar, debido al conflicto armado de larga duración que
hemos afrontado. La población víctima de conflicto, “se ha visto obligada a abandonar
cerca de 6 millones de hectáreas de tierra (…) gran parte de las cuales fueron usurpadas
por grupos armados, sus aliados y otros terceros.” (Human Righs Watch, 2013)
Como consecuencia del crecimiento paulatino de la problemática y en el marco de una
“justicia transnacional”, la cual se ve en principio materializada por la Ley 975 del 2005
y de manera posterior por otros referentes normativos (Centro Internacional de Justicia
Transicional, 2013), se crea en el primer gobierno de Juan Manuel Santos, la ley de
víctimas y restitución de tierras (Ley 1448/2011). Esta ley, nos define el desplazamiento
forzado como la migración de un individuo, dentro del territorio colombiano, el cual debe
abandonar “su localidad de residencia o actividades económicas habituales, porque su
vida, su integridad física, su seguridad o libertad personales han sido vulneradas o
directamente amenazadas (…)” (Ley 448/2011. Art. 60 Parágrafo 2), todo lo anterior ha
causa directa del conflicto armado. Es importante comprender, que las víctimas de
“desplazamiento forzado” no solo sufrieron la vulneración de sus derechos al verse
obligadas a dejar sus territorios. Estas personas, se encuentran envueltas en otra
problemática más compleja, al tratar ubicarse en sus nuevos sitios de vivienda o en un
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nuevo territorio, ya que este no corresponde a su “espacio geográfico originario, ni a sus
mismas condiciones y niveles de vida”; razón por la cual, se ven sometidas y obligadas a
vivir y constituir “nuevas formas de vida” en los centros urbanos (Gallego, 2009).
Los daños que sufren las víctimas del desplazamiento forzado en Colombia, traen grandes
implicaciones para su cotidianidad y sus relaciones sociales, familiares, laborales,
económicas entre otras. Es por esto que el debate se centra en un primer momento, en los
derechos a la reparación integral, a la verdad y la justicia de las mismas; y en una segunda
fase, a la restitución de tierras. El cuestionamiento y la reflexión en torno a la ley radican
en la efectividad o eficacia de esa respuesta estatal frente a esta problemática. Entonces:
“La tensión entre atender a las víctimas de desplazamiento y a la población
vulnerable, sumada al hecho de que el número de víctimas sigue aumentando, ha
puesto en primer plano el debate sobre cómo ajustar y reformular las políticas de
prevención y atención de los desplazados y sobre cómo evitar o mitigar sus efectos
sobre el desarrollo económico y social del país” (Bohada, M. 2010).
Frente al aspecto específico de la restitución de tierras, la Ley 1448 plantea una serie de
principios, instrumentos y procedimientos tanto administrativos como judiciales,
mediante los cuales se pretende garantizar “la restitución jurídica y material del inmueble
despojado, o en subsidio, la restitución por equivalente o el reconocimiento de una
compensación” (Ley 1448/2011. Art. 72 Inciso 2) a las víctimas de desplazamiento
forzado y despojo. A pesar de que con la ley se genera un logro importante en el
reconocimiento de los derechos de las víctimas, se evidencian una serie de factores que
obstaculizan la materialización de los efectos y objetivos de la misma, impidiendo así el
acceso efectivo a la justicia de las víctimas de desplazamiento forzado y de despojo.
(Corporación Viva la Ciudadanía, 2012)
Algunos de estos obstáculos, corresponden a varios factores como el desconocimiento de
la Ley 1448/2011 por parte de las víctimas, acompañado en algunos casos de amenazas y
hostigamientos por parte de los actores armados, quienes se acogen a esta normativa
“muchos de los desplazados que hasta el momento han intentado recuperar tierras a través
de la ley de víctimas y otros mecanismos de restitución, han sufrido abusos generalizados
vinculados con estos reclamos, incluidos asesinatos, nuevos incidentes de desplazamiento
forzado y amenazas de muerte”. (Human Righs Watch, 2013)
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Esta clara muestra de persecución y hostigamiento a los reclamantes de tierras, se
constituye como uno de los mayores factores que influyen en que el proceso de restitución
avance de forma progresiva. Por otro lado, se puede identificar una desconfianza en la
administración de justicia por parte de las víctimas y de los líderes de restitución de
tierras, existiendo a su vez condiciones socio-económicas precarias que impiden acudir
al aparato de administración de justicia. (Corporación Viva la Ciudadanía, 2012). Frente
a la institucionalidad, se determina que existen trabas administrativas que impiden el
acceso a los beneficios de la ley, hay poco presupuesto destinado a respaldar la ejecución
de la misma, y hay una insuficiencia en el contenido de dicho precepto jurídico, relativo
a la cobertura y alcance frente a las víctimas del desplazamiento forzado. (Fundación
social, CODHES. 2011)
Frente a la eficacia de los mecanismos creados por la ley 1448/ 2011, con el fin de
adelantar el proceso de restitución de tierras, según el II Informe de la Comisión
Colombiana de Juristas, se puede decir que, aunque se ha generado un avance mínimo
con la implementación de la ley, en la práctica los recursos con que se cuentan son
insuficientes para que la restitución sea efectiva. “El fondo de la Unidad de Restitución
de Tierras, no dispone de predios para restituir en equivalencia ni de recursos para cubrir
las compensaciones, lo cual implica que las víctimas cuentan con mínimas posibilidades
de reasentamiento” (CCJ, 2013)
Es por esta razón, que emerge la figura de los “defensores y defensoras reclamantes de
tierra”, como consecuencia o efecto directo de la ineficacia del proceso de restitución de
tierras y por la insatisfacción de los derechos y garantías fundamentales de las víctimas
de desplazamiento forzado y despojo, a raíz del conflicto armado (Human Righs Watch,
2013). El “derecho a la tierra”, comienza a configurarse como una de las principales
reivindicaciones de las víctimas del conflicto y de los defensores de derechos humanos.
De manera casi simultánea, comienzan estas personas a ser el blanco de atentados,
hostigamientos y persecuciones. “La lucha por la tierra ahora está estrechamente ligada
con la vindicación de los derechos a la verdad y la reparación (…) De acuerdo a los
registros de diferentes organizaciones no gubernamentales, en el año 2011 fueron
asesinados al menos 28 personas, todas líderes campesinos, víctimas del desplazamiento
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y despojo, vinculados a procesos de restitución de tierras” (Campaña por el derecho a
defender los Derechos Humanos en Colombia. 2011)
Es así que el fenómeno de la estigmatización se ha configurado contra estas personas a
nivel social y a su vez desde la relación con las conductas delictivas que se producen
contra este tipo de población. A partir del momento que empezó a regir la Ley 1448 y el
proceso de restitución de tierras, para el año 2011 fueron asesinados 53 líderes de
restitución, de los cuales 9 de ellos perdieron su humanidad, en el Urabá antioqueño
(Revista Semana, 2012. Párr.: 1).
Bien pareciera, por todo lo anterior, que este fenómeno al no mitigarse ni tener medidas
correspondientes por parte del estado colombiano, va seguir escalando de manera
significativa, y como resultado de ello, una continua vulneración de derechos humanos,
tanto a las personas que ejercen esta labor, como a las mismas víctimas del conflicto
armado que no han podido retornar a sus lugares de origen, dada la lógica de la violencia
y los intereses particulares de quienes participan en ella.
Por tanto, es probable que la implementación de la ley 1448 de 2011, genera mayor
actividad social por parte de los líderes de restitución debido a los diferentes obstáculos
que se presente del mismo proceso, lo cual para el caso de Fabricia Córdoba en Medellín.,
su labor le produjo a grupos ilegales y al mismo Estado inconformidad por el trabajo que
venía realizando en materia de restitución de tierras, lo anterior desencadeno una
persecución sistemática a ella y su familia, dando como resultado la muerte de manera
fulminante de esta líder social.
Justificación
La persecución y estigmatización hacia los defensores de derechos humanos, genera una
des-legitimidad hacia su labor social, frente a la sociedad. El componente de violencia
hacia esta población es cada vez más reacia, especialmente cuando estamos inmersos en
la lógica de un conflicto armado.
De este modo, es importante rescatar la figura del defensor líder, en el ejercicio de su
labor y en las condiciones de vulnerabilidad que se pueda encontrar, debido a las lógicas
dominantes de algunos sectores legales e ilegales que imperan en el contexto actual y que
obstaculizan el desarrollo de las actividades de la población objeto de estudio.
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Cabe señalar la relevancia de analizar la situación de los defensores de derechos humanos,
puesto que estas personas se esfuerzan por promover y proteger los derechos civiles y
políticos como también la promoción de los derechos culturales, sociales y económicos,
especialmente en el marco del conflicto armado apoyando a las víctimas del mismo. Otra
labor de gran importancia es la de “(…) crear un espacio en el que se pueda ejercer y
proteger el derecho a disentir específicamente y a la libertad de expresión.“ (Amnistía
Internacional, 1999), ya que este derecho ha sido vulnerado de múltiples formas ya sea
por diversidad de pensamiento, afinidad política, etc.
Igualmente, este estudio puede ser utilizado como insumo académico sobre el tema de los
y las Defensores de derechos humanos, haciendo hincapié en el caso de Ana Fabricia
Córdoba como Defensora líder, en situación especial de riesgo, teniendo en cuenta que
su actividad como líder causo de manera fulminante su muerte y la de su familia de forma
sistemática y continua.
Por tanto, esta investigación puede contribuir a profundizar más en la problemática de
estudio, evidenciando las condiciones sociales, políticas y culturales en las cuales se
encuentra esta población, como también el grado de vulnerabilidad al cual están expuestos
por su labor como defensor, situándolo en una condición de riesgo inminente a este y a
su círculo más cercano.
Pregunta de investigación
¿Cómo influye el proceso de estigmatización en el asesinato de la líder de restitución de
tierras del Urabá antioqueño Ana Fabricia Córdoba en la generación de obstáculos para
el acceso a la justicia de la misma a partir de la ley 1448 del 2011?
Objetivo general
Comprender el proceso de estigmatización en el asesinato de la líder de restitución
de tierras Ana Fabricia Córdoba a partir de la vigencia e implementación de la
ley 1448 de 2011.
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Objetivos específicos
Identificar el contexto socio – histórico y los principales obstáculos para el acceso
a la justicia del proceso estigmatización de la líder de tierras Ana Fabricia
Córdoba.
Determinar los medios o mecanismos de reproducción del estigma, frente a la
criminalización y muerte de la líder Ana Fabricia Córdoba.
Establecer los efectos producidos como consecuencia del proceso de
estigmatización de los defensores de derechos humanos. Caso de Ana Fabricia
Córdoba.
Estado del Arte
La continua violación sistemática a los Derechos Humanos, la represión por parte de
algunos actores (legales/ilegales) a quienes piense u opinen diferente se ha configurado
como una acción sistemática en diferentes partes del mundo. Sin embargo Colombia no
es la excepción frente a estos hechos, es por ello que a continuación se evidenciaran
estudios realizados previamente acerca del conflicto armado, desplazamiento forzado y
defensores de derechos humanos, quien por su labor social, son o han sido los más
afectados por esta lógica de la violencia.
Como antecedente, es importante resaltar las diferentes dinámicas violentas que han
devenido históricamente en algunos países, en materia de derechos humanos. Por ejemplo
Chile, bajo el régimen militar de Augusto Pinochet (1973-1990).
Según el Informe de Derechos Humanos de Chile (2015), asegura que bajo esta dictadura,
fueron desaparecidos 3000 personas, en el lapso de tiempo que el gobierno se mantuvo
en el poder. Personas que eran líderes sindicales, líderes políticos de izquierda y algunos
que fueron exiliados de su país.
“Durante la dictadura militar bajo el general Pinochet miles de personas fueron torturadas,
asesinadas, desaparecidas y exiliadas. Aunque la democracia ha vuelto al país, la
impunidad siguió imperando y la lucha por la verdad y justicia continúa” (Equipo Nizkor.
2015. Párr.:1). Por ende, a pesar de los esfuerzos realizados por revindicar a las víctimas
de esta dictadura, contemporáneamente todavía quedan secuelas de algunos hechos como
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también la impunidad de los victimarios, autores materiales que en su mayoría
pertenecían a las Fuerzas Armadas Chilenas.
Aunque la coyuntura no se ha subsanado de fondo, todavía hay cierta polémica con el
cuerpo Armado de Chile, “los familiares de las víctimas de la represión piden que los
militares condenados sean degradados (…) “Estos tipos han abusado de la más absoluta
impunidad en estos 25 años” (Equipo Nizkor. 2015. Párr.:1).
Es así, que este informe de Derechos Humanos, está construido desde una perspectiva
histórica con base en algunos casos de la dictadura chilena, como también el recuento
mismo de este fenómeno, que permite detallar las causas e implicaciones sociales de la
dictadura militar y como se entiende actualmente en el ejercicio reivindicativo de
derechos y las exigencias por parte de la población chilena que todavía se siente afectada.
En el contexto colombiano se encuentra la investigación de la Economista María del
Pilar Bohada (2010), que pretende evaluar los efectos producidos por el desplazamiento
forzado en la ciudad de Pasto, especialmente en zonas de estrato 1 y 2, es por ello que el
análisis de este fenómeno es de suma importancia para poder comprender la situación de
vulnerabilidad en la que se encuentran las víctimas del conflicto armado colombiano.
Para el caso de la ciudad de Pasto, metodológicamente involucra dos aspectos: primero
sus condiciones geográficas y ubicación de la ciudad, donde cuenta con 382.610
habitantes y también concentra gran cantidad de víctimas del conflicto armado
(Bohada,2010).También se tuvo en cuenta las coyunturas que acaecía este territorio en
términos de acceso a recursos, protección, y ayuda a la población vulnerable, en esa lógica
era más factible acceder a los asentamientos de desplazados y víctimas.
Los hallazgos de mayor relevancia en Pasto se resumen de la siguiente forma: en
seguridad, se evidencia que la llegada de población desplazada a este tipo de lugares,
genera inseguridad asociándolos, con la delincuencia y con grupos al margen de la ley.
Por otra parte respecto a gastos alimentarios, es probable que la gente desplazada dependa
más de la ayuda alimentaria, dado que sus recursos económicos no alcanzan para subsistir
y el poco acceso a la moneda lo invierte en gran cantidad en recursos alimentarios, por
tanto son más vulnerables a este aspecto en su lugar de destino o asentamiento.
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En infraestructura social, Bohada (2010) plantea que la lógica del conflicto y el
desplazamiento han generado una mirada positiva en este punto, “dado que las
condiciones sociales de los territorios en el caso de Pasto, potencializa la inversión de
recursos estatales, en la salud y en la educación, traducido en construcción de escuelas,
hospitales y casas”.
Frente al criterio sobre a confianza en las instituciones y la comunidad, la investigación
arroja que en primera medida el estado debe reconocer las víctimas del conflicto y darles
la reparación pertinente. Por otro lado las relaciones con la comunidad y la población
asentada es algo complejo dado sus condiciones de vulnerabilidad, sin embargo se trabaja
paulatinamente en algunos sectores de la región para lograr una total inclusión y
aceptación de los más vulnerados por parte de la población en general.
Por último, los aportes a esta investigación, se pueden abordar de la siguiente manera: en
primera medida se identifica un continuo rechazo y marginación hacia las víctimas del
conflicto armado colombiano, por ende es posible que esta situación también la vivan los
líderes de tierras y más aún dada su labor social en la defensa de los Derechos Humanos.
Ahora, este estudio también visibiliza las dinámicas que vive el desplazamiento forzado
en términos de la fragmentación de relaciones sociales, condiciones de vida y aspectos
culturales, la victimización constante por partes de grupos armados legales e ilegales, y
una continua persecución y al acceso efectivo al sistema institucional para revindicar sus
derechos.
Paralelamente está el informe sobre la situación de defensores de derechos humanos que
data acerca de la continua persecución a esta población entre los años de 1992 y 1999.
Situación por la cual muchas de estas personas han sido exterminadas o exiliadas del país.
Este informe se basa en el observatorio para la protección de los Defensores de Derechos
Humanos (1999), donde manifiesta que organizaciones de defensores de derechos
humanos y líderes vienen siendo víctimas del flagelo de la violencia y de la persecución
de actores del conflicto como: Fuerzas Armadas, Guerrilla y paramilitares.
Es así como la violencia reacia viene atentando con quienes promueven y garantizan los
derechos fundamentales de las personas, con base en este informe para 1997 las
acusaciones a miembros y organizaciones se hallan en directa relación con las amenazas,
persecuciones y la apertura de investigaciones judiciales y procesos por parte de la justicia
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regional, “el allanamiento de las oficinas de diversas organizaciones, entre ellas la
Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos (CREDHOS), la
Comisión Intercongregacional de Justicia y Paz (CIJYP) y la Corporación Minga”
(Mejía,2000.Párr.:17).
Metodológicamente, este informe se diseña con la recolección de información de los
comunicados expedidos por el Observatorio para la Protección de los Defensores de los
Derechos Humanos, programa conjunto de la Federación Internacional para los Derechos
Humanos (FIDH) y de la Organización Mundial Contra la Tortura
(OMCT)”(Mejía,2000.Párr.:1). Así mismo almacena información de Fernando Mejía,
del año 1999 sobre la situación de Defensores de Derechos Humanos.
En ese orden de ideas, se le “recomienda al estado investigar y penalizar a los máximos
responsables de estos hechos, como también castigar a sus propios agentes estatales
quienes han cometido infracciones al derecho internacional humanitario y a los derechos
humanos” (Mejía,2000. Inciso No II), también reconocer la legitimidad de las
organizaciones su labor y el respaldo hacia las mismas en materia de defensa y promoción
de los derecho humanos.
Ahora bien, para el año 2011, La Comisión Interamericana de Derechos Humanos,
presenta su informe, de la situación de los y las defensores de derechos humanos, en el
continente americano. Para el caso colombiano se puede rescatar lo siguiente: es necesario
dar un reconocimiento internacional del derecho a defender los derechos humanos, por
ende a partir de la declaración universal de los derechos humanos, es más que suficiente
para definir de manera oficial la defensa de los derechos humanos como un derecho en sí
mismo. Además “el sistema interamericano reconoce la labor de la defensa de los
derechos humanos debe ser un ejercicio que no debe tener ningún tipo de restricción
geográfica, política o social y que esta labor debe ser efectiva, reconocida e indiscutible”
(CIDH, 2011. Pág.: 6).
Además los defensores y defensoras de derechos humanos, enfrenta una serie de
obstáculos que intimidad y bloquean el ejercicio de su labor social en pro de la defensa
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de los derechos humanos, de acuerdo al informe de la CIDH. (2011), lo más predominante
es: Asesinatos, desapariciones forzadas, agresiones, hostigamientos, actividades de
inteligencia e injerencias ilegales y criminalización de los defensores. Sin embargo es
visible que en algunos casos son los mismos agentes estatales quien atentan contra estas
personas quedando en total vulnerabilidad frente al sistema jurídico interno, recurriendo
así al derecho internacional para revindicar sus derechos vulnerados.
Este informe fue construido desde un enfoque cualitativo, con base en las visitas que
realizo las diferentes delegaciones de la CIDH y de naciones unidas a los países del
continente. 1 . Por tanto este informe sobre los y las defensores derechos humanos
evidencia la situación por la cual atraviesa este tipo de población, en cada uno de los
estados, su estado de vulnerabilidad y las acciones para la protección de los mismos.
En Colombia, es necesario destacar a los defensores de derechos humanos en especial
situación de riesgo; dichos grupos son: “líderes sindicales, líderes campesinos y
comunitarios, líderes indígenas y afro, operadores y operadoras de justicia, mujeres
defensoras de derechos humanos (CIDH, 2011, Pág.:102). Es así que los defensores son
víctima significativamente de violación al derecho a la vida, recomendando a los estados
adoptar medidas para la protección de dicho derecho.
Cabe señalar, que en el informe (CIDH, 2011) sobre la situaciones de vulnerabilidad de
derechos a los defensores son alarmantes, para el periodo 2006-2010 se presentaron 68
violaciones al derecho a la vida, de las cuales se encuentra 5 desapariciones forzadas, en
ese orden de ideas para el 2011 el primer trimestre la situación aumentada de manera
exacerbada con 96 casos de agresión a defensores de derechos humanos de los cuales 9
habían sido asesinados y 4 desaparecidos. Estos hechos acaecidos se concentran en el
Urabá Antioqueño, Cauca y Sucre principalmente con líderes y lideresas de desplazados,
delitos atribuidos en gran parte de agentes estatales, paramilitares desmovilizados,
seguidos de las FARC-EP y el ELN.
De esta manera, los aportes de este informe son de gran relevancia, dado que abre un
panorama al contexto colombiano sobre la vulnerabilidad de derechos que tienen los
defensores de derechos humanos. También se puede rescatar que el informe discrimina
1 Guatemala, Colombia, Brasil, Bolivia, Chile, Honduras, México, Salvador, Ecuador, Perú
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por regiones particulares del país donde se concentra en gran parte el conflicto armado y
las victimas del mismo, en este caso con la población objeto de estudio.
Lo anterior, permite hacer una análisis documental de lo que ha sucedido en los últimos
años, en materia de derechos humanos en Colombia, y reafirmar la posibilidad que el
conflicto armado interno no ha permitido garantizar de manera eficaz los derechos de las
personas que han sido afectados por este fenómeno de gran impacto.
Por otro lado, está la ley victimas de restitución de tierras -ley 1448 de 2011, por la cual
se dicta por disposiciones legales y constitucionales, donde “se establecen medidas de
reparación, asistencia y atención a las víctimas del conflicto armado” (Ley 1448/2011.
Art. 72 Inciso 2). Esta ley fue sancionada en el año 2011 por el congreso de la república
de Colombia durante el gobierno de Juan Manuel Santos Calderón como garantía
normativa frente a la reivindicación de las victimas inmersas en el conflicto armado, la
ley establece medidas tanto administrativas como jurídicas para que las víctimas del
conflicto armado puedan acceder a un proceso de restitución de tierras.
Marco Teórico
Una aproximación a los Derechos Humanos
Esta investigación, se fundamenta desde la teoría de la acción de Pierre Bourdieu,
entendiendo que los Derechos Humanos, son un campo históricamente constituido que
denota un conjunto de relaciones sociales y conflicto en las mismas, como también
reivindicaciones sociales, políticas, culturales y económicas en el tiempo. “Es por tanto
un espacio de lucha y relaciones simbólicas” (Araneda, 2012 Cita a Bourdieu,
2005.Pág.:11). Es así que “Los derechos humanos son un producto de la historia siempre
que esta sea entendida como acción humana. Esfuerzo y lucha por el reconocimiento de
individuos, grupo, clases y pueblos” (Papacchini, 2003. Pág.: 44).
De esta manera, los Derechos Humanos conllevan a ese grado de emancipación, donde,
empieza a emerger un sujeto reflexivo y constructivo de su realidad, que lucha por una
reivindicación constante de aquello que le fue vulnerado en sus derechos perse como
persona, basado en “hacer valer” el cumplimiento de obligaciones hacia él y la
transformación social de su entorno.
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Con todo y lo anterior “hoy existe, una fuerte discrepancia entre principios y prácticas
de los Derechos Humanos” (Araneda, 2012 cita a Sousa Santos, 2006.P.186). “Esta
distancia se expresa hoy en la desigualdad, exclusión social y consecuente disminución
de vida para la mayoría” (Araneda, 2012. Pár.: 4). Por tanto los Derechos Humanos como
derechos inalienables contemporáneamente se manifiestan en Derecho, positivizado, en
la norma jurídica mas no en el ejercicio de la praxis.
Con base en lo precedente, los Derechos Humanos, han pasado por unas fases históricas
que le han permitido constituirse como actualmente se conocen. Hechos como la
Declaración de independencia de los Estados Unidos en 1776, “filosóficamente, la
declaración hace énfasis en dos temas: derechos individuales y el derecho de revolución.
Estas ideas llegaron a ser ampliamente aceptadas por los estadounidenses y también
influenció en particular a la Revolución Francesa en 1789” (Human Right Watch. 2008.
Párr.: 5)
Por otro lado se encuentra la carta de derechos de 1791, le sigue la declaración de
derechos del hombre y del ciudadano, declaración que surge por hechos históricos como
la revolución francesa y por último se encuentra la declaración universal de los Derechos
Humanos. Este documento es que el actualmente rige todo el ejercicio de los derechos
humanos y es vinculable al Derecho internacional de los Derechos Humanos.
Llegado este punto los Derechos Humanos se han interpretado de múltiples manera, por
ejemplo según Papachini, (2003) plantea que:
“Los Derechos Humanos son reivindicaciones de unos bienes primarios
considerados de vital importancia para todo ser humano, que concretan en cada
época histórica de las demandas de libertad y de dignidad. Estas reivindicaciones
van dirigidas en primera instancia al Estado, y están legitimadas por un sistema
normativo o simplemente por el reconocimiento de la comunidad internacional”
(Pág. 43)
Interpretando lo precedente, es necesario comprender que esos bienes primarios que
señala el autor son derechos inherentes al individuo como el respeto a la vida, la libertad
y la dignidad Humana. Es así que la definición más global de los Derechos Humanos que
hace una aproximación hacia todas estas reflexiones expuestas anteriormente, obedece a
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la propuesta de la ONU (2013) la cual define estos derechos “como las garantías
esenciales para que podamos vivir como seres humanos. Sin ellos no podemos cultivar ni
ejercer plenamente nuestras cualidades, nuestra inteligencia, talento y espiritualidad”
(Párr.:1).
Por tanto el ejercicio de los Derechos Humanos y la garantía de los mismos se
materializan en acciones concretas que ejecutan algunas personas como los defensores
de derechos humanos, que en su labor, trabajan por revindicar esas garantías que han sido
vulneradas de varias formas sea en el ámbito de la legalidad o la ilegalidad.
¿Quién es un defensor de derechos humanos?
Entiéndase por Defensor o defensora de derechos humanos “toda persona que de
cualquier forma promueva o procure la realización de los derechos humanos y las
libertades fundamentales reconocidos a nivel nacional e internacional” (CIDH,
2011.Pág:4). Los defensores de derechos humanos son aquellos que simbolizan la
protección y garantía de los derechos fundamentales de los ciudadanos, principalmente
cuando estos son anulados por la lógica dominante.
Es importante analizar la situación de los defensores de derechos humanos puesto que
estas personas se esfuerzan por promover y proteger los derechos civiles y políticos como
también la promoción de los derechos culturales, sociales y económicos, especialmente
en el marco del conflicto armado apoyando a las víctimas del mismo. Otra labor de gran
importancia es la de “(…) crear un espacio en el que se pueda ejercer y proteger el derecho
a disentir específicamente y a la libertad de expresión.“ (Amnistía Internacional, 1999),
ya que este derecho ha sido vulnerado de múltiples formas ya sea por diversidad de
pensamiento, afinidad política, especialmente en la población objeto de estudio.
En un primer momento, es necesario establecer la importancia del papel desarrollado por
los defensores de derechos humanos en una sociedad en conflicto interno como lo es
Colombia. “el papel de los defensores de los derechos humanos es también fundamental
en los países que atraviesan un periodo de importantes reformas o de transición.”
(Amnistía Internacional, 1999). A lo largo del devenir histórico de Colombia, hemos
presenciado la creación y desarrollo de grupos al margen de la ley que en su modus
operandi se han servido de violaciones de derechos humanos con el fin de satisfacer
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intereses de todo tipo (económico, político y militar).
Es así, que ciertos particulares, bien sea de manera individual, en grupos o reunidos en
organizaciones, asumen la defensa de estos derechos, surgiendo la figura del defensor de
derechos humanos. (Sentencia T590 de 1998) El recrudecimiento del conflicto, la
sistematización y generalización de las acciones delictivas inherentes a la confrontación
armada y la victimización de gran parte de la población civil, manifiesta una agudización
progresiva de la violencia en Colombia. Es así, como en Colombia se concretó “Un
conflicto donde predominan las agresiones a civiles indefensos y el desplazamiento
forzado de la población rural (…)” (Mejía, F .2000)
En un ámbito más concreto, los defensores de derechos humanos comprendiendo a Pierre
Bourdieu (1979) son sujetos que están inmersos en un sistema de enclasamiento de sus
acciones, donde se les configura de una manera particular, al apropiarse de unas prácticas
y propiedades ya establecidas. Además estas persona ssimbolizan protección y garantía
de los derechos fundamentales de los ciudadanos, principalmente cuando estos son
vulnerados por la lógica del conflicto armado. Es imperioso resaltar que a menudo el
desafío que asume el defensor, implica poner en riesgo su propia integridad y la de su
círculo cercano, llegando a padecer una situación similar a la sufrida por las victimas a
las cuales reivindica. Es así como se generan “reacciones desproporcionadas, violentas e
injustificadas contra los defensores y sus organizaciones.” (Mejía, F .2000)
La Estigmatización en los Defensores de Derechos Humanos
Para dar un análisis a la problemática planteada, desde una perspectiva teórico conceptual
nos enfocaremos en el concepto de estigma propuesto por Erving Goffman, desde el
interaccionismo simbólico. Es importante aclarar, que lo que se pretende es hacer una
abstracción conceptual (concepto de estigma), con el fin de contrastarlo con la realidad
en estudio y sus implicaciones contemporáneamente.
De este modo, Erving Goffman, determina el estigma como “el proceso en el cual la
reacción de los demás estropea la identidad normal” (Goffman, E. 2008).En palabras más
simples y haciendo una interpretación de lo precedente, se puede entender el Estigma
como un atributo o efecto totalmente desacreditador. En el marco del conflicto armado,
se genera así un grave contexto de vulnerabilidad de estas personas, “Situación en la que
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han cobrado vigencia la estigmatización, amenaza, persecución, judicialización y
exterminio de promotores y defensores de los derechos humanos y, en general, de toda
persona que opine o manifieste alguna actitud frente al conflicto(...)”(Mejía, F .2000)
Desde Goffman este tipo de estigma, estaría basado en creencias falsas, específicamente
desde los conceptos de desacreditado y desacreditable. El primero, es donde el estigma
se puede visibilizar, de manera inmediata, en el caso de los defensores se reproduce por
medio de la violencia física, discursos oficiales, medios de comunicación, etc. (Goffman,
E. 2008) En el segundo caso, es decir de manera desacreditable se entiende donde
“Aquella persona en la cual su diferencia no se revela de manera inmediata y no se tiene
de ella un conocimiento previo” (Goffman, E. 2008)
Por consiguiente, la estigmatización que ha permeado a los defensores de derechos
humanos, también provoca consecuencias para revindicar sus derechos como personas.
La obstaculización para acceder al sistema jurídico y la lentitud de los proceso legales
son algunas de esas falencias que viven día a día estas personas en el ejercicio de su labor.
El acceso a la justicia en el marco de los Derechos Humanos
El acceso a la justicia desde una visión teórico conceptual, será abordado desde el marco
de la sociología jurídica, teniendo en cuenta los planteamientos de Boaventura de Sousa
Santos. Dicho autor, cita a Cappelletti (jurista italiano), definiendo el derecho al acceso
de la justicia como “El sistema por el cual la gente puede hacer valer sus derechos y/o
resolver sus controversias bajo los auspicios generales del Estado. Primero el sistema
debe ser igualmente accesible para todos y segundo debe conducir a resultados que sean
individual y socialmente justos....” (Sousa Santos, B. 1998)
De acuerdo con la anterior definición, el derecho al acceso de la justicia, se puede
entender en palabras más sencillas como la forma de hacer valer los derechos legalmente
reconocidos y a ser tratados de forma igualitaria, como también el poder acceder a los
mecanismos que permitan el ejercicio de los derechos, ante el sistema de justicia. (Sousa
Santos, B. 1998).
Para Boaventura de Sousa Santos, existen tres clases de obstáculos para acceder a la
justicia, los cuales son de tipo económico, social y político. Los Económicos, se refieren
a los costos del litigio, a la capacidad económica de las partes, a la lentitud del proceso,
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especialmente frente al acceso a la justicia de las clases bajas. Existen condiciones socio
económicas, que influyen en este fenómeno. (Sousa Santos, B. 1998) “… los ciudadanos
de menores recursos tienden a conocer muy poco sus derechos y, en consecuencia a tener
más dificultades para reconocer un problema que los afecta como un problema jurídico”
(Sousa Santos, B. 1998). Los sociales, se refieren más a la desconfianza en el aparato de
administración de justicia, y los políticos, al desconocimiento de derechos, y el acceso
recursos o mecanismos para reivindicarlos o repararlos. .
Por lo anterior, es imperante comprender como los campos simbólicos, a partir de los
medios de comunicación, influyen en las dinámicas de un Habitus establecido, en este
caso el de los defensores de derechos humanos. Habitus que se puede entender como “una
estructura estructurante (…) que produce acciones, al tiempo que es producido por el
condicionamiento histórico-social (...) y engendra conductas objetivamente adaptadas”
(Chauvirè, Christiane & Fontaine, Oliver, 2008. Pàg.68).
De la misma manera hay que tener en cuenta, que estos campos, “imponen una visión,
una división” del mundo a aquellos que son parte interesada y que están involucrados en
sus juegos y sus desafíos” Christiane & Fontaine, Oliver, 2008. Pàg.:17). Interpretando a
Pierre Bourdieu, el campo son espacios históricamente constituidos, que plantean sus
reglas y su funcionamiento propio. Para el caso de los medios de comunicación, se debe
entender que esto se vale de diferentes capitales que construyen el campo, capitales
basados en lo intelectual y en lo social, donde de alguna forma, la comunicación que
manifiestan los diarios de prensa, conllevan de manera implícita a relacionarse con los
demás, trasmitiendo una idea de algo en particular.
Para el análisis de esta investigación, también es relevante mencionar el ejercicio de la
representación de la realidad, que pueden ejercer los medios de comunicación a través de
unas dinámicas de lucha o violencia simbólica. Esas dinámicas se encuentran inmersas
en un sistema de enclasamiento donde las “propiedades mejor enclasadas son las que
están expresamente designadas para funcionar como signos de distinción o marcas de
infamia, estigmas” (Bourdieu, 1979).
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Diseño Metodológico
El enfoque metodológico de esta investigación tiende hacer de carácter cualitativo y se
fundamenta en el análisis de discurso, siendo este el más relevante, debido a que responde
a la pregunta de investigación y hace mayor uso de las técnicas que orienta a este tipo de
metodología, particularmente el análisis de contenido y la revisión documental. El
ejercicio del discurso, comprendiendo a Van Dijk (1996) es un suceso de comunicación,
es una caracterización que incorpora algunos de estos aspectos funcionales (Quien utiliza
el lenguaje, como, cuando y para que). Es decir, las personas utilizan el lenguaje para
comunicar ideas o creencias.
Igualmente hay que tener en cuenta que la noticia como discurso se sustenta “como una
forma particular de práctica social, institucional. Esta práctica discursiva de la producción
o de la recepción de la noticia puede analizarse teóricamente en dos componentes
principales: un componente textual y un componente contextual. El componente textual
analiza sistemáticamente las diferentes estructuras del discurso periodístico en diferentes
niveles. El componente contextual analiza los factores cognitivos .y sociales, las
condiciones, los límites o las consecuencias de estas estructuras textuales e,
indirectamente, su contexto económico, cultural e histórico” (Van Dijk, 2005. Pág.:250)
De este modo el análisis del discurso y de contenido se va centrar principalmente en los
diarios de prensa, es imperante resaltar el ejercicio del discurso desde los medios de
comunicación especialmente la prensa periodística basado en dos periódicos; El Tiempo
2como periódico nacional y El Colombiano 3de Medellín como medio regional, teniendo
2 El Tiempo, es un periódico Colombiano fundado en 1911 por Alfonso Villegas Restrepo, que en sus inicios empieza
publicar con un tinte ideológico conservador sacando a la luz pública las realidades del país bajo esta tendencia política.
Hacia 1913, Eduardo Santos hace compra de este diario dando así un vuelco político, debido a que Santos estaba
inclinado por la corriente liberal. De igual forma el ascenso al poder de Enrrique Olaya Herrera, fueron respaldadas
por El Tiempo fruto de la campaña electoral y claro esta como Jefe de debate Eduardo Santos.
Para 1946, El Tiempo jugo un papel fundamental en la esfera política, por un lado, Gabriel Turbay candidato apoyado
por Eduardo Santos y la disidencia a cargo de Jorge Eliecer Gaitán y Mariano Ospina Pérez, desencadenaron la
violencia política entre Liberales y Conservadores, consecuencia final la muerte de Gaitán conocida actualmente como
el Bogotazo.
Finalmente estos hechos produjeron el cierre del periódico por tres días, posterior en el gobierno de Rojas Pinilla la
censura de la prensa y el control de la hegemonía liberal que tenía el diario y que actualmente se revela todavía con
tendencias políticas particulares frente a las elites que gobiernan el país.
3 El colombiano es el principal diario de la ciudad de Medellín, se fundó en 1912 y quien duro por 22 años al mando
de la dirección fue la hija de uno de los fundadores Ana Mercedes Gómez, que actualmente ya no se encuentra en el
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en cuenta que en este territorio fue donde acaecieron los hechos de la líder Ana Fabricia
Córdoba.
Es así, que la revisión de estos documentos va ser de gran importancia puesto que los
medios de comunicación en sus discursos establecen una “comprensión del discurso
como texto y como acto de habla que dependen de varios factores cognoscitivos
importantes, que incluyen los conocimientos, las creencias, los deseos, los intereses, los
objetivos, las actitudes, las normas y los valores de los usuarios de la lengua” (Van Dijk,
1997. Pág.:98). Para este caso en particular el ejercicio discursivo que manejan ambos
periódicos va permitir entender como de acuerdo al lenguaje, se comprende el mismo
fenómeno en dos dimensiones y las intenciones que trasmiten allí como medios de
comunicación tanto nacional como regional
En ese orden de ideas, la investigación pretende determinar los medios o mecanismos de
reproducción del estigma, frente a la labor de los líderes de restitución de tierras,
particularmente frente al caso del homicidio de la líder Ana Fabricia Córdoba. Lo cual
exige hacer un análisis detallado de la información recaudada, con la finalidad de observar
los elementos anteriormente mencionados y obtener una perspectiva sobre el escenario
de los defensores de derechos humanos en Colombia y sus implicaciones sociales en el
contexto actual.
Para ello, es importante mencionar que en un primer momento, se realizara un análisis
socio-histórico de la ciudad de Bogotá y Medellín ubicando en contexto también el Urabá
Antioqueño. Es de mencionar que Bogotá se incluye en el análisis, fundamentándola
como plaza política, porque es allí donde se discute, diseña y se implementa la ley de
víctimas y de igual forma se pone en marcha desde la directriz gubernamental el ejercicio
de la norma jurídica. Entonces este análisis más que Bogotá como ciudad, es Bogotá
como detonante de las decisiones políticas y jurídicas.
diario. Este periódico es distintivo por evidenciar noticias de corte político en la región paisa y además de apoyar
significativamente las campañas del Expresidente Álvaro Uribe Vélez.
El diario forma parte de los Periódicos Asociados Latinoamericanos, donde pertenecen grandes casas editoriales del
país, además el periódico tiene marcada una división entre las familias Gómez Martínez y Los Hernández dueñas del
mismo, como al interior del diario por tensiones políticas, particularmente por la defensa del senador Uribe Vélez y el
rechazo constante al gobierno de Juan Manuel Santos. Por tanto el periódico a pesar de tener buena imagen en esta
región las fricciones ideológicas y políticas han generado que la prensa se polarice o se posiciones en una sola
perspectiva.
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Ahora bien, Medellín y el Urabá Antioqueño se toman como referencia, teniendo en
cuenta que fue allí en esta ciudad donde se desencadeno el crimen de Ana Fabricia
Córdoba y los hechos de persecución de manera sistemática a los miembros de su familia.
De igual forma el departamento de Antioquia pertenece a la región del Urabá Antioqueño,
región en la cual Ana Fabricia realizaba su labor como líder social, en materia de
restitución de tierras y en donde las dinámicas del conflicto armado son muy marcadas
debido a la presencia de grupos armados en la zona, legales e ilegales, lo cual de alguna
forma incidió en las labores de Fabricia Córdoba y su desplazamiento de esta zona del
país, resultado de la violencia que está presente en la actualidad.
En un segundo momento, se pondrá en marcha la revisión y análisis documental, los
cuales se centraran en fuentes secundarias como lo son; notas de prensa informativa
acerca de los sucesos que acaecieron el 7 de junio de 2011, y la labor de esta líder social.
Así mismo, el periodo de tiempo seleccionado, es el mes de junio de 2011. Lo anterior,
debido a que en lapso de tiempo mes fue el crimen de Ana Fabricia, como también hay
que tener en cuenta que en el 2011 se implementa y empieza ejecutar la Ley 1448 de
2011, ley de víctimas y restitución de tierras y por ende es importante analizar esas
dinámicas entre la labor de una líder de tierras con base en una norma jurídica que orienta
dicho ejercicio reivindicativo.
Por tanto el caso de Ana Fabricia Córdoba se fundamenta en que “esta líder comunitaria
(…) huyo de las múltiples amenazas y matanzas de las que fueron víctimas varios de sus
familiares en la región del Urabá” (Comisión Intereclesial de Justicia y Paz. 2011, Párr.:
1). Como también el ejercicio de su labor le propicio esta condición de vulnerabilidad,
inmiscuyéndola en la lógica de la violencia y la obstaculización de sus acciones como
líder de tierras
Llegado a este punto, el discurso analizado desde los medios de comunicación va
comprender de qué manera se abordan los hechos y más aún en victimas que cumplen
una labor social en el país como es el caso de Ana Fabricia Córdoba y que su persecución
ha sido sistemática desplegando otras víctimas del círculo social más allegado a ella,
especialmente su familia que actualmente, la gran mayoría fue asesinada.
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