acta nº 43

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ACTA Nº 43-10 Sesión celebrada el 13 de diciembre del 2010 Acta de la Sesión Ordinaria número cuarenta y tres de la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica, celebrada en sus oficinas centrales, ubicadas en la Ciudad de San José, Costa Rica, a las dieciocho horas con cuarenta y seis minutos del trece de diciembre del dos mil diez. Miembros presentes: Dra. Erika Hernández Sandoval, Presidenta; MSc. Christian E. Campos Monge, Vicepresidente; Dr. Enrique Rojas Solís, Tesorero; Lic. Ronald Eduardo Segura Mena, Secretario; MSc. Jeannette Arias Meza, Vocal I; MSc. Fabio Vincenzi Guilá, Vocal II; MSc. Juan Carlos Granados Vargas, Vocal IV; Licda. Vivian Wyllins Soto, Fiscal. Miembros ausentes con justificación: Licda. Stella Santamaría Jiménez, Prosecretaria; Licda. Jenny Hernández Solís Vocal III. Licda. Ana Lorena Castro Corrales, Vocal V; Funcionarios Asistentes: Lic. José Luis Meneses Rímola, Director Ejecutivo, Sra. Zeidy Ballestero Marín. Secretaria de Actas a.i. ARTICULO 1) COMPROBACIÓN DE QUÓRUM E INICIO DE SESIÓN. La Dra. Erika Hernández Sandoval, Presidenta, comprobado el quórum de ley da inicio a la sesión ordinaria Nº 43-10, del 13 de diciembre del 2010. ARTICULO 2) LECTURA Y APROBACIÓN DE LA AGENDA DE PRESIDENCIA. La Dra. Erika Hernández Sandoval, somete a consideración de los señores (as) Directivos la agenda de Presidencia, 1-Comprobación de quórum e inicio de sesión; 2-Aprobación de Agenda Presidencia; 3- Lectura y Aprobación del Acta No 42-2010; 4-Asuntos Breves y de Fondo de Fiscalía: Licda Vivian Wyllins Soto e instructores; 5-Informe Dirección Ejecutiva – Lic. José Luis Meneses Rímola; 6-Informe de Presidencia; 7-Acuerdo Tribunal Electoral; 8-Informe de Directores y Directoras; 9-Correspondencia. SE ACUERDA 2010-43-001 Aprobar la Agenda de Presidencia presentada por la Dra. Erika Hernández Sandoval. Se modifica la agenda para conocer en el punto 4 los Informes de la Dirección Ejecutiva. Cinco votos. 1 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 2

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Page 1: Acta Nº 43

ACTA Nº 43-10

Sesión celebrada el 13 de diciembre del 2010

Acta de la Sesión Ordinaria número cuarenta y tres de la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica, celebrada en sus oficinas centrales, ubicadas en la Ciudad de San José, Costa Rica, a las dieciocho horas con cuarenta y seis minutos del trece de diciembre del dos mil diez.

Miembros presentes: Dra. Erika Hernández Sandoval, Presidenta; MSc. Christian E. Campos Monge, Vicepresidente; Dr. Enrique Rojas Solís, Tesorero; Lic. Ronald Eduardo Segura Mena, Secretario; MSc. Jeannette Arias Meza, Vocal I; MSc. Fabio Vincenzi Guilá, Vocal II; MSc. Juan Carlos Granados Vargas, Vocal IV; Licda. Vivian Wyllins Soto, Fiscal.

Miembros ausentes con justificación: Licda. Stella Santamaría Jiménez, Prosecretaria; Licda. Jenny Hernández Solís Vocal III. Licda. Ana Lorena Castro Corrales, Vocal V;

Funcionarios Asistentes: Lic. José Luis Meneses Rímola, Director Ejecutivo, Sra. Zeidy Ballestero Marín. Secretaria de Actas a.i.

ARTICULO 1) COMPROBACIÓN DE QUÓRUM E INICIO DE SESIÓN.

La Dra. Erika Hernández Sandoval, Presidenta, comprobado el quórum de ley da inicio a la sesión ordinaria Nº 43-10, del 13 de diciembre del 2010. ARTICULO 2) LECTURA Y APROBACIÓN DE LA AGENDA DE PRESIDENCIA.

La Dra. Erika Hernández Sandoval, somete a consideración de los señores (as) Directivos la agenda de Presidencia, 1-Comprobación de quórum e inicio de sesión; 2-Aprobación de Agenda Presidencia; 3-Lectura y Aprobación del Acta No 42-2010; 4-Asuntos Breves y de Fondo de Fiscalía: Licda Vivian Wyllins Soto e instructores; 5-Informe Dirección Ejecutiva – Lic. José Luis Meneses Rímola; 6-Informe de Presidencia; 7-Acuerdo Tribunal Electoral; 8-Informe de Directores y Directoras; 9-Correspondencia.

SE ACUERDA 2010-43-001 Aprobar la Agenda de Presidencia presentada por la Dra. Erika Hernández Sandoval. Se modifica la agenda para conocer en el punto 4 los Informes de la Dirección Ejecutiva. Cinco votos.

LOS DOCUMENTOS FORMAN PARTE DE LOS ATESTADOS DEL ACTA.

ARTICULO 3) LECTURA Y APROBACION DEL ACTA No. 42-10, DEL 29 DE NOVIEMBRE DE 2010.

Revisada el acta 42-10 del 29 de noviembre 2010 por los señores Directores y realizadas las observaciones pertinentes, proceden a aprobarla.

SE ACUERDA 2010-43-002 Aprobar el acta 42-10 celebrada el 29 de noviembre 2010, con las observaciones realizadas por los señores Directores. Cinco votos.

ARTICULO 4) INFORMES DE DIRECCIÓN EJECUTIVA

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4.1 El Lic. José Luis Meneses Rímola, menciona retomar el tema del Convenio suscrito con la Universidad Estatal a Distancia. La Dra. Erika Hernández Sandoval, informa que la Licda Jeannette Arias Meza y su persona se reunieron con el nuevo Rector de la UNED, retomando el tema del Convenio Marco de Cooperación entre el Colegio de Abogados y Abogadas y la Universidad Estatal a Distancia, en los mismos términos que existía. Además, que se firmará una Carta de Entendimiento entre el colegi UNED y podr judicial para compartir todo el material existente entre ambas instituciones, equilibrado por Poder Judicial.

SE ACUERDA 2010-43-003 Autorizar a la Dra. Erika Hernández Sandoval, a firmar el Convenio, Marco de Cooperación Académico entre El Colegio de Abogados Abogadas y la Universidad Estatal a Distancia en los mismos términos del que estuvo vigente, con el fin de fomentar la cooperación académica entre amabas instituciones. Cinco votos. Responsables Departamento Legal y Presidencia.

Se acuerda 2010-43-004. Autorizar a la Dra. Erika Hernández Sandoval a firmar una Carta de Entendimiento entre El Colegio de Abogados y Abogadas, el Poder Judicial y la Universidad Estatal a Distancia, sobre puntos específicos de cooperación en capacitación, cuyo objetivo será la implementación de la Política de Equidad de Género. Con el fin de desarrollar la Política de Equidad de Genero del Colegio. Cinco votos. Responsables Departamento Legal y Presidencia.

4.2. El Lic. José Luis Meneses Rímola, informa que la partida de los veinte millones del Proceso Nº 041039-163, del año 2005, ya ingresó a las arcas del Colegio el 30 de noviembre, mediante depósito Nº 570001, se entrega copia del depósito, dejando constancia que dicho dinero se entregó, ya que él fue autorizado a recoger dicho dinero. En cuanto a los intereses indica que el 06 de diciembre se giró la orden de pago por parte del Juzgado al Departamento Financiero de la Corte, tienen que hacer los cálculos, se está en ese proceso tardando más o menos una semana para ejecutarla, se le está dando seguimiento. La Dra. Erika Hernández Sandoval, pregunta que cuál es el monto de los intereses. El Lic. José Luis Meneses Rímola, indica que el Poder Judicial no le ha dado el monto exacto.

4.3 El Lic. José Luis Meneses Rímola, informa que de la partida de ¢ 2.485,439.00, de los reclamos a Tributación Directa, el día 10 de diciembre el Ministerio de Hacienda la depositó en la cuenta Nº 16872-4, del Colegio, por medio de la transferencia Nº 73903992. Para el mes de enero del 2011, queda pendiente de entregar la suma ¢ 5. 199, 196,00.

4.4 El Lic. José Luis Meneses Rímola, indica que con relación al informe de timbres, por primera vez en mucho tiempo, se dan dos meses consecutivos sostenibles, solamente en la parte de enteros, ya que se venia en sube y baja, agregando el Lic. Meneses Rimola, que el mes de diciembre, tiene un comportamiento de venta, parecido a noviembre, pronosticando una leve recuperación. Se están tomando las medidas del caso para hacerle frente a la venta de timbres en los días de vacaciones del Poder Judicial y del Registro Nacional, ya que el Colegio tendrá las oficinas abiertas a partir del tres de enero del 2011.

4.5 El Lic. José Luis Meneses Rímola, indica con relación a la fiesta de los funcionarios, la Comisión ya hizo la distribución en diferentes actividades conforme a la suma autorizada por la Junta Directiva para dicha actividad el próximo viernes 17 de 8 de la mañana a las 5 de la tarde. Se extiende una invitación a los directores (as) de Junta Directiva, que puedan asistir.

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Se tienen programadas actividades deportivas, juegos tradicionales, almuerzo y un baile en la tarde.

4.6 El Lic. José Luis Meneses Rímola, presenta nota enviada por el MSc. Francisco Obando León , Director de la Revista de Derecho Publico y Administrativo, en la cual solicita el aporte económico de ¢500.000.00, como patrocinio del Colegio, para la publicación de la Revista Iberoamericana de Derecho Público y Administrativo, como se ha venido dando en los últimos años. Se acuerda 2010-43-005 Se aprueba el aporte de ¢500.000.00, como patrocinio del Colegio para la publicación de la Revista Iberoamericana de Derecho Público y Administrativo, solicitada por el MSc. Francisco Obando León, director de la revista. Lo anterior con el objeto de cumplir lo establecido en la Ley Orgánica del Colegio de Abogados. Se tomará la Partida del Fondo de Editorial. Cinco votos. Responsable Dirección Ejecutiva. Departamento Contabilidad.

Al ser la dieciocho horas con cuarenta y cinco minutos ingresa el Dr. Enrique Rojas Solís

4.7 El Lic. José Luis Meneses Rímola, informa sobre la reunión sostenida por su persona y el MSc Cristian Campos Monge, con los personeros de Editorama S. A. con respecto a la Revista El Foro No 10, el pasado lunes 06 de diciembre, con el Director Financiero Eduardo Cisneros Sánchez y la encargada de enlace con El Colegio de Abogados Lic. Karen Cardosa. Se les explicó ampliamente que no se va a continuar con la edición de las revistas hasta que se realice un nuevo concurso. Los representantes de Editorama S. A., entregarán todo el material finiquitando el contrato. El MSc. Christian E. Campos Monge, indica al Director Ejecutivo, solicitar a Editorama S.A., la nota del representante del Colegio que solicitó el avance de la realización de la Edición Nº 11.

El MSc. Juan Carlos Granados, indica que la revista debe ser digital y quien desee la versión impresa deberá cancelar el monto de la misma.

La Dra. Erika Hernández Sandoval, indica que para la próxima edición de la revista se hará un concurso nuevo, aplicando los procedimientos de Contratación indicados por la Ley. Se da por recibido el informe presentado por el Director Ejecutivo, de la Revista El Foro Nº 10.

Se acuerda 2010-43-006 Se aprueba a) Que la próxima edición de la revista del Colegio sea Digital y en forma semestral b) Aquellas personas que deseen la Revista El Foro, impresa deberán cancelar el costo de la misma. Seis votos. Responsable. Departamento de Comunicación y Consejo Editorial.

Al ser las dieciocho horas con cincuenta minutos ingresa la Licda. Vivian Wyllins Soto. Al ser las diecinueve horas con tres minutos ingresa el Lic. Ronald Eduardo Segura Mena.

4.8 El Lic. José Luis Meneses Rímola, indica que referente al acuerdo que se tomó a raíz de lo que sucedió con el caso en Guapiles, “SE ACUERDA 2010-39-007 inciso 7.- Respecto a la

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Proveeduría del Colegio se le recomienda  no abrir procedimiento de licitación ni mucho menos adjudicar una construcción, sin haber verificado de previo que se cuenta con todos los permisos necesarios. Instruir a la Proveeduría para que vigile las recomendaciones que hace a la Junta Directiva y sus responsabilidades en caso de omisiones.  Además debe abrirse el respectivo procedimiento administrativo  para determinar la responsabilidad de la Proveedora.”. A raíz de de los tramites de los permisos para la remodelación de la oficina del RAC, para obtener dichos permisos de construcción, se debe indicar el número de póliza de riesgos profesionales. Debe estar adjudicada la obra para que la persona adjudicada tramite la póliza de riesgos. Se ha indicado además que se debe contar con un Director y un Inspector Técnico, mas la figura del constructor. Se sugiere modificar el acuerdo 2010-39-007, en el sentido de que se indique, que no se inicie la obra hasta que se cuenten con los permisos respectivos y enviar la consulta al Departamento Legal con relación al Director e Inspector Técnico y el Constructor para que emitan un criterio al respecto.

La Dra. Erika Hernández Sandoval, solicita que el Lic. Lic. Arnoldo Segura Santiesteban, del Departamento Legal visite el Colegio de Ingenieros y Topógrafos, para que investigue sobre este tema. La Licenciada Vivian Wyllins Soto, solicita se haga acompañar por el Lic, Juan Carlos Campos Sanabria, quién conoce muy bien el manual de construcción.

Se acuerda 2010-43-007 a) Modificar el acuerdo “2010-39-007, inciso 7, del acta Nº 39, del día 25 de octubre del 2010, que dice:”. 7.- Respecto a la Proveeduría del Colegio se le recomienda  no abrir procedimiento de licitación ni mucho menos adjudicar una construcción, sin haber verificado de previo que se cuenta con todos los permisos necesarios. Instruir a la Proveeduría para que vigile las recomendaciones que hace a la Junta Directiva y sus responsabilidades en caso de omisiones.  Además debe abrirse el respectivo procedimiento administrativo  para determinar la responsabilidad de la Proveedora”. Quedando de la siguiente manera: 7.- “Respecto a la Proveeduría del Colegio se le recomienda  que no se debe iniciar una obra hasta que se cuente con los respectivos permisos de construcción. Instruir a la Proveeduría para que vigile las recomendaciones que hace a la Junta Directiva y sus responsabilidades en caso de omisiones.  Además debe abrirse el respectivo procedimiento administrativo  para determinar la responsabilidad de la Proveedora. b) solicitar al Lic. Arnoldo Segura Santiesteban del Departamento Legal, y al Lic. Juan Carlos Campos Sanabria, visitar el Colegio de Ingenieros Topógrafos para que investigue sobre este tema. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Dirección Ejecutiva. Departamento Legal, Lic Juan Carlos Campos Sanabria.

5.9 El Lic. José Luis Meneses Rímola, indica que se está presentando la Modificación Presupuestaria 12-2010, por ¢ 3.500.000,00, del Fondo Común, con el propósito de cubrir dos publicaciones y los pasajes, fletes y viáticos necesarios, para la apertura de las doce Sedes Regionales, en las elecciones del próximo 18 de diciembre de 2010, conforme a la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo. Agrega el Lic. Meneses Rimola que se tomaría de la partida presupuestaria de Mantenimiento de Edificios, porque las partidas de Publicaciones y Pasajes, Fletes y Viáticos, tienen fondos insuficientes para cubrir dichos gastos para cubrir los gastos del Proceso Electoral.

Se acuerda 2010-43-008 Se autoriza la Modificación Presupuestaria Nº 12-2010, por

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¢3.500.000,00, del Fondo Común, con el propósito de cubrir dos publicaciones y los pasajes fletes y viáticos necesarios, para la apertura de las doce Sedes Regionales, en las elecciones del próximo 18 de diciembre de 2010, conforme a la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo y así garantizar un normal desarrollo del proceso. Tomar los fondos de la Partida Presupuestaria Mantenimiento de Edificios. Ocho votos. Acuerdo en Firme. Responsable, Dirección Ejecutiva, Departamento de Contabilidad.

ARTÍCULO 5) ASUNTOS BREVES Y FONDO DE FISCALÍA.

Al ser las diecinueve horas con cinco minutos ingresan: Licda. Lissette Bogantes Vindas; Licda. Maryoni Pérez Castro, Lic. Jurgen Mojica Sanabria, Lic. Juan Carlos Campos Sanabria Lic. Gary Hernández Santana, Lic. Antonio José Lacayo Vega.

5.1 ASUNTOS DE FONDO:

Expone la Licda. Lissette Bogantes Vindas,

5.1.1.- Expediente Nº: 643-08. Denunciado: Lic. Santiago Araya Marín. Denunciante: Yordi Magin Sotomayor Mora.

SE ACUERDA 2010-43-009 Declarar con lugar la denuncia e imponer tres meses de suspensión. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.2.- Expediente Nº: 292-09. Denunciado: Lic. Yashin Castrillo Fernández. Denunciante: De Oficio (Tribunal de Juicio de Puntarenas

SE ACUERDA 2010-43-010 Declarar con lugar la denuncia en contra del Lic. Castrillo Fernández e imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la profesión. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.3.- Expediente Nº: 407-09. Denunciado: Lic. Federico Campos Calderón. Denunciante: De oficio (Tribunal Penal de Heredia).

 COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA

RICA    PRESUPUESTO 2010    FONDO COMUN DEL COLEGIO    MODIFICACION # 12 -2010      AUMENTAR REBAJAR

 ADMINISTRACION GENERAL    

500108020 Psajes fletes y viáticos 2.000.000,00  500108022 Publicación de avisos 1.500.000,00   500106004 Mantenimiento Edificios 3.500.000,00  TOTAL MODIFICACION 3.500.000,00 3.500.000,00

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SE ACUERDA 2010-43-011 Declarar con lugar el recurso de revocatoria, una vez analizada la prueba aportada por el licenciado Campos, por declarándose sin lugar la denuncia y ordenándose el archivo del expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía 5.1.4.- Expediente Nº: 338-09. Denunciado: Lic. Manuel Tuckler Quirós. Denunciante: Rodrigo Vargas Brenes.

SE ACUERDA 2010-43-012 Declarar con lugar la denuncia e imponer la sanción disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio profesional. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.5.- Expediente Nº: 168-09. Denunciado: Lic. Carlos Hernández Aguiar. Denunciante: Morris Augene Walker.

SE ACUERDA 2010-43-013 Declarar con lugar el recurso de apelación y archivar el expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.6.- Expediente Nº: 140-09. Denunciado: Lic. Luis Gerardo Brenes Solano. Denunciante: De Oficio Juzgado Civil del I Circuito Judicial de Alajuela. Recurso de Revocatoria contra la Resolución Final.

SE ACUERDA 2010-43-014 Declarar sin lugar el recurso de revocatoria. Se da por agotada la vía administrativa. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.7.- Expediente Nº: 308-09. Denunciada: Licda. Silvia Garbanzo Corrales. Denunciante: Víctor Hugo Mena Carballo.

SE ACUERDA 2010-43-015 Declarar sin lugar la denuncia en aplicación del principio del in dubio pro administrado y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.8.- Expediente Nº: 055-07. Denunciado: Lic. Moisés Vicenzi Zúñiga. Denunciantes: Mariette Rutter y otro.

SE ACUERDA 2010-43-016 Declarar sin lugar la denuncia en aplicación del principio in dubio pro administrado y ordenar el archivo del expediente. Siete votos. El MSc. Fabio Vincenzi Guilá, se encontraba fuera de la sala de sesiones. Responsable Fiscalía.

Expone el Licda. Maryoni Pérez Castro:

5.1.9.- Expediente Nº: 098-10. Denunciado: Lic. Juan Antonio Rescia Chinchilla. De Oficio (Centro Nivel Institucional de San José, Adaptación Social) y Xinia Borbón Vásquez.

SE ACUERDA 2010-43-017 Declarar sin lugar la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.10.- Expediente Nº: 420-09. Denunciada: Licda. Jamileth Narvaez Valverde. Denunciante: Alfons Kweton.

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SE ACUERDA 2010-43-018 Declarar sin lugar la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía5.1.11.- Expediente Nº: 348-08. Denunciado: Lic. Osvaldo Antonio Villalta Campos. Denunciante: Victorino Morales Jiménez.

SE ACUERDA 2010-43-019 Declarar sin lugar el recurso de revocatoria, manteniendo incólume el acto recurrido, dando por agotada la vía administrativa. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.12.- Expediente Nº: 502-09. Denunciada: Licda. Marta Eugenia Benavides Rodríguez. De Oficio (Juzgado Penal Segundo Circuito Judicial de San José).

SE ACUERDA 2010-43-020 Declarar sin lugar el recurso de revocatoria, manteniendo incólume el acto recurrido. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.13.- Expediente Nº: 512-09. Denunciada. Licda. Marlen Sibaja Fonseca. Denunciante: De Oficio: y Licda. Criss González Ugalde (Fiscalía Adjunta de Delitos Económicos, Corrupción y Tributarios).

SE ACUERDA 2010-43-021 Declarar sin lugar la denuncia y ordenar el archivo del expediente, sin perjuicio que en caso que se revoque el beneficio otorgado se proceda de forma inmediata con la suspensión en el ejercicio profesional de la denunciada. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.14.- Expediente Nº: 318-09. Denunciado: Lic. Luis Antonio Cubillo Pacheco. Denunciante: Gerardo Santana Alvarado.

SE ACUERDA 2010-43-022 Declarar con lugar al denuncia e imponer al licenciado Luis Antonio Cubillo Pacheco la sanción disciplinaria de tres meses de suspensión y prevenirle la devolución de ¢5 000 000 al denunciante en el plazo de un mes, en caso de incumplimiento la sanción será aumentada a dos años y un mes. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.15.- Expediente Nº: 080-09. Denunciado: Lic. José Fabian Cubero Campos. Denunciante: Delfín Méndez Alfaro.

SE ACUERDA 2010-43-023 Declarar sin lugar el recurso de revocatoria, manteniendo incólume la resolución recurrida y dar por agotada la vía administrativa. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.16.- Expediente Nº: 060-10. Denunciado: Lic. Johnny Jiménez Oconitrillo. Denunciante: Olga Chaves Quirós.

SE ACUERDA 2010-43-024 Declarar con lugar la denuncia e imponer la sanción disciplinaria de cuatro meses de suspensión al licenciado Johnny Jiménez Oconitrillo y se le previene la devolución de ¢120 000 a la denunciante en el plazo de un mes. En

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caso de incumplimiento la sanción será aumentada a seis meses de suspensión en el ejercicio profesional. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.17.- Expediente Nº: 725-09. Denunciado: Lic. Luis Alexander Rojas Fallas. Denunciante: Eduardo Eliecer Miranda Madrigal.

SE ACUERDA 2010-43-025 Declarar con lugar al denuncia e imponer la sanción disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de la profesión y se le previene al denunciado la devolución de ¢225 000 al denunciante en el plazo de un mes, en caso de incumplimiento la sanción será aumentada a cuatro meses de suspensión en el ejercicio profesional. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.18.- Expediente Nº: 652-09. Denunciado: Lic. Yeudi Aguirre Aguirre. De Oficio (Juzgado Penal Segundo Circuito Judicial de San José).

SE ACUERDA 2010-43-026 Declarar sin lugar el recurso de revocatoria, dando por agotada la vía administrativa. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

Expone el Lic. Jurgen Mojica Sanabria.

5.1.19.- Expediente Nº: 555-10. Denunciado: Lic. Wilson Vega Elizondo. Denunciantes: Licda. Katia Jiménez Pochet y Licda. Andrea Azuola Quirós.

SE ACUERDA 2010-43-027 Declararse incompetente por razón de la materia, ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.20.- Expediente Nº: 148-09. Denunciado: Lic. Charles Weeden Gamboa Denunciante: Yamileth Madrigal Ramírez

SE ACUERDA 2010-43-028 Declarar sin lugar el recurso de revocatoria presentado por el Licenciado Charles Weeden Gamboa y otorgar el beneficio de ejecución condicional de la sanción, suspendiéndose la ejecución del acuerdo 2010-17-035. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.21.- Expediente Nº: 226-07. Denunciado: Lic. Álvaro Sojo Mendieta. Denunciante: De oficio (Juzgado Penal de Alajuela).

SE ACUERDA 2010-43-029 Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por el señor Álvaro Sojo Mendieta en contra del acuerdo 2010-23-028 tomado en la Sesión Ordinaria numero 23-10 por la Junta Directiva del Colegio de Abogados. Se declara caduco el presente procedimiento al haber sido erróneo el rechazo de la excepción de caducidad interpuesta por el denunciado, realizado en el acto final. Déjese sin efecto el acuerdo 2010-23-028 tomado en la Sesión Ordinaria número 23-10 por la Junta Directiva del Colegio de Abogados. Archívese el presente expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.22.- Expediente Nº: 437-09. Denunciado: Lic. Arnoldo Segura Santiesteban. Denunciante: Juan Ferraro Dobles

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SE ACUERDA 2010-43-030 Declarar sin lugar el recurso de revocatoria presentado por el señor Juan Ferraro Dobles, manteniéndose firme el rechazo de plano y el archivo del presente expediente sin que el presente rechazo de plano sea impida al denunciante presentar nuevamente la denuncia por los mismos hechos Licda Vivian Wyllins Soto, no vota este caso, se encontraba fuera de la sala de sesiones. Siete votos. Responsable Fiscalía.

5.1.23.- Expediente Nº: 815-07. Denunciado: Lic. Adrián Fernández Rodríguez Denunciante: De oficio (Juzgado Penal I Circuito Judicial).

SE ACUERDA 2010-43-031 Declarar con lugar el recurso de revisión presentado por el Licenciado Adrián Fernández Rodríguez y se ordena revocar el acuerdo 2009-33-025 tomado en la Sesión Ordinaria 33-09 de la Junta Directiva del Colegio de Abogados, dejando sin efecto la sanción disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la profesión impuesta al Licenciado Adrián Fernández Rodríguez. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.24.- Expediente Nº: 427-07. Denunciada: Licda. Marlen Moreno Vallejos. Denunciante: Santos Nemecio Angulo Chavarria.

SE ACUERDA 2010-43-032 Declarar sin lugar la denuncia y ordenar el archivo del presente expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.25.- Expediente Nº: 602-06. Denunciado: Lic. Luis Fernando Sancho Mora. Denunciante Caria Inés Chavarría Polini  y otros.

SE ACUERDA 2010-43-033 Declarar con lugar la presente denuncia e imponer al Licenciado Luis Fernando Sancho Mora la sanción de cinco meses de suspensión en el ejercicio de la profesión y en caso de que devuelva a la denunciante la suma de seiscientos dieciséis mil seiscientos sesenta y siete colones en el plazo de un mes, dicha sanción se disminuirá a tres meses de suspensión. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.26.- Expediente Nº: 537-07. Denunciado: Lic. William Gerardo Rodríguez Acuña. Denunciante: De oficio (Juzgado Civil de Trabajo II Circuito Judicial de Alajuela). SOLICITUD DE PERITAJE GRAFOSCOPICO.

SE ACUERDA 2010-43-034 Como prueba para mejor resolver solicitar al Juzgado Civil y de Trabajo del segundo circuito judicial de Alajuela que envíe dicho folio para que se contrate un perito quien realice un examen grafoscópico de dicha firma para así determinar si corresponde o no al Licenciado Rodríguez Acuña y dictar el acto final correspondiente al resultado de dicho examen. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.27.- Expediente Nº: 535-08. Denunciado: Lic. Christian Nole Quesada. Denunciante: De oficio (Tribunal de Puntarenas).

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SE ACUERDA 2010-43-035 Declarar con lugar la denuncia e imponer la sanción de un mes de suspensión en el ejercicio profesional. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía5.1.28.- Expediente Nº: 677-07. Denunciados: Lic. Miguel Zamora Azofeifa y Lic. Miguel Jiménez Cerros. Denunciante: Elmer Campos Herrera.

SE ACUERDA 2010-43-036 Declarar sin lugar la denuncia y ordenar el archivo del presente expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.29.- Expediente Nº: 671-10. Denunciados: Lic. Marvin Abarca Chaves y Licda. Carol Monge Arce. Denunciante: Julio César Sevilla Vargas.

SE ACUERDA 2010-43-037 Declararse incompetente por razón de la materia, ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

Expone el Lic. Juan Carlos Campos Sanabria.

5.1.30.- Expediente Nº: 026-10. Denunciada: Licda. Patricia Guillen Campos. Denunciante: Alejandra López Rodríguez.

SE ACUERDA 2010-43-038 Declarar sin lugar la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.31.- Expediente Nº: 470-09. Denunciado: Lic. José Luis Jiménez Castrillo. Denunciante: De oficio (Juzgado Penal del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón).

SE ACUERDA 2010-43-039 Debido a que es la primera vez que se le sancionan al denunciado y que los hechos no son tan graves, se le impone la sanción de un mes de suspensión. En cuanto a la aplicación del 87 bis, deberá el denunciado presentar dicha solicitud quince días después de la firmeza del presente acto. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.32.- Expediente N°: 804-07. Denunciados: Lic. Leonel Villalobos Salazar Denunciante: De oficio (Juzgado Penal de Puntarenas.

SE ACUERDA 2010-43-040 Declarar sin lugar el recurso de revocatoria y confirmar la resolución recurrida en grado. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.33.- Expediente Nº: 430-09. Denunciada: Licda. Adriana Astúa Quesada. Denunciante: Rosa Ferreto Hidalgo.

SE ACUERDA 2010-43-041 Declarar sin lugar la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Rechazar la solicitud de cambio de fecha de la comparencia e iniciar un proceso disciplinario en contra del licenciado Carlos Luis Marin Barrantes, por posible infracción al artículo 16 Código de Deberes Jurídicos Morales y Éticos del Profesional en Derecho. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

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5.1.34.- Expediente N°: 654-07. Denunciados: Lic. Arturo Galera Lippi. Denunciante: Nora Esther Valle Guerra.

SE ACUERDA 2010-43-042 Declarar sin lugar el recurso presentando y confirmar la resolución recurrida en grado y dar por agotada la vía administrativa. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.35.- Expediente Nº: 719-06. Denunciado: Lic. Leyman Muñoz Aguirre. Denunciante: Ricardo Ruiz Solís. Informe de Fiscalía:

SE ACUERDA 2010-43-043 Dejar sin efecto lo indicado en el acto final en cuanto a como se ejecutara la sanción y proceder a su ejecución junto a la sanción de suspensión por morosidad. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.36.- Expediente Nº: 213-08. Denunciado: Lic. José Antonio Corea Ocampo. Denunciante: Jeannette Alvarado de la O.

SE ACUERDA 2010-43-044 Que la sanción impuesta al denunciado debe aumentarse en tres meses mas los treinta días ya impuestos para un total de cuatro meses de suspensión. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.37.- Expediente Nº: 468-08. Denunciado: Lic. Melvin Acedo Cantón. Denunciante: Belén Margarita Ramírez Solano.

SE ACUERDA 2010-43-045 Al no haberse probado los hechos denunciados que podrían constituir falta, lo procedente es declarar sin lugar la demanda y ordenar el archivo del expediente., Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.38.- Expediente Nº: 271-08. Denunciad: Lic. Hugo Eduardo Peña Zúñiga. Denunciante: Jorge Sáenz Lobo.

SE ACUERDA 2010-43-046 Declarar sin lugar la queja y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.39.- Expediente N°: 062-10. Denunciados: Lic. Jorge Murillo Chaves. Denunciante: Álvaro Murillo Chaves. Revocatoria Rechazo de plano.

SE ACUERDA 2010-43-047 Confirmar la resolución recurrida en grado y dar por agotada la vía administrativa. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

Expone el Lic. Gary Hernández Santana.

5.1.40.- Expediente Nº: 621-09. Denunciada: Licda. Floribeth Portilla Fonseca. Denunciante: William Godínez Picado.

SE ACUERDA 2010-43-048 Declarar con lugar la denuncia de imponerle tres meses de suspensión. Asimismo prevenirle para que le reintegre al señor William Godínez Picado, la suma de ¢325.000 en el plazo de un mes. En caso de incumplimiento se le

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impondrá cuatro meses de suspensión. Se le informa del beneficio de ejecución condicional de la sanción (Art. 87 bis del Código de Deberes). Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.41.- Expediente Nº: 609-06. Denunciado: Lic. Guillermo Mojica Chang. Denunciantes: Lic. Henry Vega Salazar y Lic. Alfonso Ruiz Ugalde (Apoderados de la Sociedad Feinzilber Sucesores S.A).

SE ACUERDA 2010-43-049 Declarar con lugar la denuncia e imponerle la sanción de un año y tres meses. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.42.- Expediente Nº: 129-09. Denunciada: Liccda. Maureen Masis Mora. Denunciante: Aura del Carmen Juárez Jirón.

SE ACUERDA 2010-43-050 Rechazar las excepciones planteadas. Declarar sin lugar la denuncia y archivar el expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.43.- Expediente Nº: 296-09. Denunciado: Lic. Cristian Vinicio Castro Marín. Denunciante: Juan Rafael Navarro Guzmán, Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Seguros. Causa:

SE ACUERDA 2010-43-051 Declarar con lugar la denuncia e imponerle tres meses de suspensión. Se le informa del beneficio de ejecución condicional de la sanción (Art. 87 bis del Código de Deberes). Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.44.- Expediente Nº: 256-08. Denunciado: Lic. Edwin Alfonso Salazar Serrano. Denunciante: De Oficio (Fiscalía de Puntarenas).

SE ACUERDA 2010-43-052 Rechazar de plano la denuncia y archivar el expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.45.- Expediente Nº: 023-09. Denunciado: Lic. Olman Alvarado Cervantes. Denunciante: German Arrieta Vargas.

SE ACUERDA 2010-43-053 Declarar con lugar el recurso de revocatoria establecido por el denunciante en contra del acuerdo 2010-22-060, de la sesión 22-2010 del 07/06/10 y en su defecto se procede a imponer al Lic. Olman Alvarado Cervantes tres meses de suspensión. Se da por agotada la vía administrativa. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.46.- Expediente Nº: 250-09. (Acumulado el 401-09). Denunciado: Lic. Olman Alvarado Cervantes. Denunciante: Martín Leandro Candelo Mina.

SE ACUERDA 2010-43-054 Declarar con lugar la denuncia e imponerle la sanción de doce meses de suspensión y prevenirle que devuelva la suma de ¢1.900.000 colones en el plazo de un mes calendario. En caso de devolver la suma indicada, la sanción a imponer sería de tres meses, bajo pena de mantener la sanción de doce meses de suspensión. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

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5.1.47.- Expediente Nº: 556-08. Denunciado: Lic. Manuel Alberto Sánchez Mora. Denunciante: De Oficio (Juzgado Penal Juvenil de Cartago).

SE ACUERDA 2010-43-055 Declarar con lugar el recurso y dejar sin efecto el acuerdo número 2010-32-044, adoptado en la sesión ordinaria número 32-2010, consecuentemente declarar sin lugar la denuncia en contra del Lic. Manuel Alberto Sánchez Mora y ordenar el archivo del expediente. Se da por agotada la vía administrativa. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía.

5.1.48.- Expediente Nº: 252-09. Denunciado: Lic. Víctor Rodríguez de Sárraga. Denunciante: De Oficio (Juzgado Penal Juvenil Primer Circuito Judicial de San José).

SE ACUERDA 2010-43-056 Declarar sin lugar la denuncia y archivar el expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.49.- Expediente Nº: 205-10 (6). Denunciado: Lic. Henry Barrantes Rojas. Denunciante: Javier Hidalgo Freyre.

SE ACUERDA 2010-43-057 Declarar con lugar la excepción de prescripción y archivar el expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

Expone el Lic. Antonio José Lacayo Vega.

5.1.50.- Expediente Nº: 646-09. Denunciado: Lic. Christian Nole Quesada. Denunciante: De oficio (Juzgado Penal de Puntarenas).

SE ACUERDA 2010-43-058 Declarar con lugar la denuncia e imponer un mes de suspensión. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.51.- Expediente Nº: 261-08. Denunciado: Lic. Roy Thompson Chacón. Denunciante: Donald Wingate Blair.

SE ACUERDA 2010-43-059 Declarar sin lugar la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.52.- Expediente Nº: 405-05. Denunciado: Lic. César Gerardo Azofeifa Anchía. Denunciante: Oficiales de la Policía de Proximidad de Cartago, Esteban Quesada Navarro y José Luis Fernández Martínez. Causa

SE ACUERDA 2010-43-060 Declarar sin lugar la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.53.- Expediente Nº: 708-09. Denunciado: Lic. Edwin Villalobos Salazar. Denunciante: De oficio (Juzgado Penal de San Ramón.

SE ACUERDA 2010-43-061, Declarar con lugar la denuncia e imponer un mes de suspensión. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

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5.1.54.- Expediente Nº: 699-09. Denunciado: Lic. Greivin Ureña Fuentes. Denunciante: De oficio (Juzgado Penal de Heredia).

SE ACUERDA 2010-43-062, Declarar con lugar la denuncia e imponer amonestación.

5.1.55.- Expediente Nº: 074-10. Denunciado: Lic. Alexander Gutiérrez Mena. Denunciante: De oficio (Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José).

SE ACUERDA 2010-43-063, Declarar con lugar la denuncia e imponer amonestación. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.56.- Expediente Nº: 039-10. Denunciado: Lic. Eric Quesada Arce. Denunciante: De oficio (Juzgado Penal de La Unión).

SE ACUERDA 2010-43-064 Declarar con lugar la denuncia e imponer apercibimiento. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.57.- Expediente Nº: 117-10. Denunciada: Licda. Ana María Rivas Quesada. Denunciante: De oficio (Juzgado Penal de Liberia).

SE ACUERDA 2010-43-065, Declarar sin lugar la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.58.- Expediente Nº: 122-10. Denunciado: Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández. Denunciante: De oficio (Juzgado Penal de Alajuela

SE ACUERDA 2010-43-066 Declarar con lugar la denuncia e imponer un mes de suspensión. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.59.- Expediente Nº: 218-07. Denunciado: Lic. Juan Carlos Alvarado Miranda. Denunciante: Carlos Webb Flores.

SE ACUERDA 2010-43-067 Declarar sin lugar la denuncia y ordenar el archivo del expediente.

5.1.60.- Expediente Nº: 676-06. Denunciado: Lic. José Luis Jiménez Castrillo. Denunciante: Gerardo Ramírez Torres

SE ACUERDA 2010-43-068 Declarar sin lugar la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.61.- Expediente Nº: 544-08. Denunciado: Lic. Luis Guillermo Barrantes Rivera. Denunciante: Roland Fronteau Herrillard.

SE ACUERDA 2010-43-069 Declarar sin lugar la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.62.- Expediente Nº: 387-09. Denunciado: Lic. Víctor Ramón Rodríguez de Sárraga.

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Denunciante: De oficio (Juzgado Penal de Hatillo).

SE ACUERDA 2010-43-070 Declarar sin lugar el recurso de revocatoria y dar por agotada la vía administrativa.5.1.63.- Expediente Nº: 530-05. Denunciada: Licda. Berenice Martínez Fernández. Denunciantes: Franco Marangoni y Mara Busso.

SE ACUERDA 2010-43-071 Rechazar la gestión de adición y aclaración presentada al estimar que no hay nada que deba ser adicionado o aclarado en la resolución; y declarar sin lugar la revocatoria dando por agotada la vía administrativa . Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.1.64.- Expediente Nº: 271-09. Denunciado: Lic. Christian Nole Quesada.

ACUERDA 2010-43-072 Declarar sin lugar el recurso de revocatoria y dar por agotada la vía administrativa. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

ASUNTOS DE FISCALÍA, BREVES Y NUEVOS (PARA DAR TRÁMITE).

5.2.- ASUNTOS BREVES:

5.2.1.- Expediente N°: 141-10 (1). Denunciada: Lic. Marco Porras Araya. Denunciante: Jaime López Arias. Conciliación

SE ACUERDA 2010-43-073 Homologar el acuerdo conciliatorio y ordenar el archivo del expediente Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.2.2.- Expediente N°: 145-08 (1). Denunciados: Lic. Jorge Luis Sáenz Yglesias y Lic. Juan Luis Calderón Castillo. Denunciante: Felipe Paulino Blanco Rodero. Adición y aclaración de acto final.

SE ACUERDA 2010-43-074 Declarar con lugar la gestión de adición y aclaración, modificar el POR TANTO, de la resolución recurrida en el cual se debe consignar que la sanción impuesta es por la actuación de lo denunciados en los procesos 05-1769-169-CI y 05-001772-0169-CI, otorgándose nuevamente a los denunciados plazo para recurrir el acto final Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.2.3.- Expediente N°: 259-10 (1). Denunciado: Lic. Eduardo Newton Cruickshank Smith. Denunciante: Juan Acuña Pérez. Rechazo de plano:

SE ACUERDA 2010-43-075 Rechazar de plano la queja Testimoniar piezas al Ministerio Público Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

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5.2.4.- Expediente N°: 294-10 (1). Denunciada: Licda. Susana Chaves Sell. Denunciante: Tomas Gutiérrez Gutiérrez. Prescripción

SE ACUERDA 2010-43-076 Declarar prescrita la presente queja y ordenar el archivo del expediente Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.2.5.- Expediente Nº: 689-10 (1). Denunciado: Lic. Rodolfo Solís Rodríguez. Denunciante: Lic. Hiro Yatabe Gutiérrez. Rechazo de plano.

SE ACUERDA 2010-43-077 Rechazar de plano la denuncia y ordenar el archivo del expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.2.6.- Expediente Nº: 517-10 (1). Denunciado: Lic. Milton Gamboa Sanabria. Denunciante: Luis Fernando Morales Chaves.

SE ACUERDA 2010-43-078 Rechazar de plano la denuncia y testimoniar piezas al Ministerio Público a fin de que se investigue la posible comisión del delito de ejercicio ilegal de la profesión. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.2.7.- Expediente Nº: 378-09 (2). Denunciada: Licda. Esther Ramírez Rojas. Denunciante: Paola Lombana Tovar

SE ACUERDA 2010-43-079 Rechazar el recurso de apelación presentado por la licenciada Esther Ramírez Rojas. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.2.8.- Expediente Nº: 591-09 (2). Denunciada: Licda. Jeannette Acuña Montero. Denunciante: De oficio (Juzgado de Pensiones Alimentarias II Circuito Judicial de San José).

SE ACUERDA 2010-43-080 Decretar la caducidad del presente procedimiento administrativo por haber transcurrido mas de seis meses sin que la señora Astua Ulloa cumpliese con la prevención realizada, lo cual no obsta para que la señora Astua Ulloa presente una nueva denuncia por los mismos hechos. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.2.9.- Expediente Nº: 622-10 (2). Denunciado: Lic. Danilo Segura Mata. Denunciante: De oficio (Juzgado de Violencia Domestica del Primer Circuito Judicial). Incompetencia.

SE ACUERDA 2010-43-081 Declararse incompetente por razón de la materia, ordenar el archivo del expediente Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.2.10.- Expediente Nº 130-10 (3). Denunciada: Licda. Lisbeth Arias Sánchez. Denunciante: De oficio, Juzgado Penal Juvenil y de Familia del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Rechazo de plano.

SE ACUERDA 2010-43-082 Rechazar de plano la denuncia y archivar el expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

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5.2.11.- Expediente Nº: 829-07 (4). Denunciada: Licda. Olga María Valerio Segura. Denunciantes: Miriam Segura Monge y Arturo Cordero Elizondo.

SE ACUERDA 2010-43-083 Se recomienda rechazar por extemporáneos los recursos planteados y ordenar de forma oficiosa la reposición de los expedientes 06-001760-504-CI, 07-003324-0504-CI y el Proceso Civil de nombramiento de representante legal de ausente, así como la demás prueba que fue ofrecida, previo a que la parte denunciada ofrezca más datos que permitan ubicar dicha prueba. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.2.12.- Expediente N°: 596-10 (4). Denunciado: Lic. Miguel Antonio Arias Maduro. Denunciante: Edwar Antonio León Vasquez.

SE ACUERDA 2010-43-084 rechazar de plano la denuncia y ordenar el archivo del expediente.

5.2.13.- Expediente N°: 572-09 (4). Denunciado: Lic. Lauro Velazquez De León. De oficio (Juzgado de Pensiones Alimentarias del Segundo Circuito Judicial de San José).

SE ACUERDA 2010-43-085 Rechazar el recurso por extemporáneo y continuar con el procedimiento Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.2.14.- Expediente N°: 320-08 (4). Denunciada: Licda. Cristina Roper Williams. Denunciante: Alejandro Fonseca Sandoval.

SE ACUERDA 2010-43-086 Otorgar el beneficio de ejecución condicional a la denunciada. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.2.15.- Expediente Nº: 425-08 (6). Denunciada: Licda. Lizeth Álvarez Salas. Denunciante: CSE Seguridad Sociedad Anónima (Representante Selin Ramos Torres

SE ACUERDA 2010-43-087 Confirmar la resolución que se conoce en grado y continuar con el desarrollo normal del procedimiento. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.2.16.- Expediente Nº: 226-04 (6). Denunciada: Licda. Juliana Romo Robles. Denunciante: Rafael Fernández Leiva. Recurso de reposición y revisión:

SE ACUERDA 2010-43-088 Por improcedente se rechaza el recurso de reposición y sin lugar la revisión. Procédase a ejecutar la sanción impuesta. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía5.2.17.- Expediente Nº: 495-06 (6). Denunciado: Lic. William Mora Guevara. Denunciante: De Oficio (Tribunal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela).

SE ACUERDA 2010-43-089 Rechazar la solicitud que se hace y proceder a ejecutar la sanción impuesta. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.2.18.- Expediente Nº: 516-10 (6). Denunciados: Lic. José Gazel Briceño y Lic. José Enrique

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Porras Thames. Denunciante: Lic. Rolando Oreamuno Pérez

SE ACUERDA 2010-43-090 Rechazar de plano contra el Lic. Gazel y archivar el expediente contra él. Remitir el presente asunto a la Fiscalía para que inicie procedimiento contra el Lic. José Porras Thames por: “Que en el proceso abreviado de José Jesús Gazel Briceño contra la Universidad Magíster S.A y Vivian González Trejos, tramitado ante el Juzgado de Mayor Cuantía del II Circuito Judicial de San José, expediente 10-000020-0164-CI, en el que figuró como abogado director de los demandados, en fecha 09/08/10 recibió notificación mediante el cual se da por terminado el proceso conforme lo solicitado por ambas partes, lo cual fue sorpresiva pues no tenía conocimiento de ningún arreglo entre las partes, así como que no fue parte de ninguna negociación para dar por terminado el proceso. Que se comunicó con su cliente quien le manifestó que se había reunido con el demandante, Gazel Briceño, y su abogado Porras Thames y habían llegado a varios acuerdos entre los cuales se daba por terminado el proceso citado. Para lo anterior se firmó un documento por las partes el cual es autenticado por el Lic. Porras Thames. La intromisión del denunciado le causó gran molestia y frustración por cuanto desconociendo de las negociaciones y en forma desleal e inescrupulosa contacta a su cliente, se reúne con ella y toman acuerdos que afectan el desarrollo del proceso sin importarle las normas éticas y morales que regulan el ejercicio de la profesión”. Anterior conducta que se encuentra debidamente tipificada en el Código de Deberes Jurídicos Morales y Éticos del Profesional, en sus ordinales 17, 65 y 69 en relación con el artículo 83 inciso a) y 85 inciso b), sin perjuicio de la calificación legal que se haga en el acto final que se dicte en el presente asunto . Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.2.19.- Expediente Nº: 263-10 (6). Denunciada: Licda. Chandy Mora Umaña. Denunciante: David Salazar Montero.

SE ACUERDA 2010-43-091 Rechazar de plano la denuncia y archivar el expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.2.20.- Expediente Nº: 105-10 (6). Denunciado: Lic. Gilberto Villalobos Zamora. Denunciante: María Emilia Castro Porras.

SE ACUERDA 2010-43-092 Rechazar de plano la denuncia y archivar el expediente. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.2.21.- Expediente Nº: 007-10. Denunciados: Lic. Douglas Wilfredo Hernández Flores y Lic. Claudio Henríquez Guerrero. Denunciante: Licda. María Lourdes Delgado Jiménez.

SE ACUERDA 2010-43-093 Rechazar el recurso que se conoce en grado y continuar con el desarrollo normal del procedimiento. En cuanto al resto de excepciones se reservan para el fondo del asunto. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.2.22.- Expediente N°: 566-08 (6). Denunciado: Lic. Víctor Villalobos Corrales. Denunciante: Jaime Perera Mondragón. Adición y Aclaración.

SE ACUERDA 2010-43-094 Se declara inadmisible la solicitud de adición y aclaración

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del beneficio de ejecución condicional de la sanción presentado por el quejoso. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.3.- ASUNTOS NUEVOS (PARA DAR TRÁMITE):

En los siguientes doce (12) expedientes se recomienda el inicio del procedimiento.

5.3.1.- Expediente Nº: 642-10 (2). Denunciado: Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero. Denunciante: José Fabio Valenciano Artavia. Se denuncia: haber sido contratado para realizar una ejecución de sentencia de proceso de transito y no haberla realizado.

SE ACUERDA 2010-43-095 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía.

5.3.2.- Expediente Nº: 654-10 (2). Denunciado: Lic. Carlos Rodríguez Rescia. Denunciante: Roxana Maria Largaespada Aguirre. Se denuncia: que el Licenciado Rodríguez Rescia autenticó la firma de la denunciante, en un escrito en el que solicitaba el levantamiento del apremio corporal en contra de su ex esposo. Indica la denunciante que ella no firmo dicho escrito.

SE ACUERDA 2010-43-096 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.3.3.- Expediente Nº: 659-10 (2). Denunciado: Lic. Nelson Navarro González Denunciante: De Oficio (INS). Se denuncia: que el denunciado Navarro González autentico una firma falsa puesta en un visto bueno de reparación.

SE ACUERDA 2010-43-097 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.3.5.- Expediente N°: 588-10 (3). Denunciada: Licda. Jockseline Zúñiga Varela. Denunciante: Oscar Benavides Segura. Se denuncia que el quejoso a solicitud de su cliente inició un proceso penal 09-406-612-PE,y que fue su apoderado especial judicial para presentar la querella y la acción civil resarcitoria. Que buscando un mejor interés para su cliente desde diciembre del 2009, hasta julio del 2010, inició un proceso de conciliación con la parte contraria y su abogado. Que en fecha 11 de julio del 2010, él le comunicó a su cliente el señor Rodrigo Sibaja, que sustituiría el poder especial judicial que a él le había otorgado, en el Lic. Juan Carlos Armijo Matarrita quien continuaría con la tramitación del proceso en caso de que fuera necesario, y así se hizo. En fecha 14 de julio del 2010, después de haber intentado varias figuras legales el Lic. Aguirre y él llegaron a la conclusión de que la mejor forma de garantizar los intereses de su cliente era realizando un fideicomiso de garantía. Que en fecha 17 de agosto del 2010 después de que él había realizado el proceso de investigación, la gestoría procesal y agraria y haber liderado el proceso de conciliación junto con el Lic. Aguirre en donde su cliente obtuvo el 100% de sus pretensiones la Licda. Zúñiga Varela autentica los documentos presentados en el Juzgado Agrario de Santa Cruz, en el cual su cliente solicita dejar sin efecto la demanda y ordena el archivo definitivo del expediente.

SE ACUERDA 2010-43-098 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar

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procedimiento. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.3.5.- Expediente N° 666-10 (3). Denunciado: Lic. Daniel Tencio Sánchez. Denunciante: De oficio (Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal). Que el Lic. Tencio Sánchez figura como apoderado especial judicial en la causa número 09-300094-197-LA de Geovanni Hernández Barahona contra Comandos de Seguridad Delta S.A., dentro de la cual se citó para confesión, declaración de parte y reconocimiento de documentos para las 8:30 del 15 de octubre del 2010, misma a la cual no se hizo presente, aportando en fecha 14 de octubre del 2010 incapacidad médica, sin embargo dentro del expediente existe una constancia en la cual se indica que el Lic. Tencio Sánchez el día 15 de octubre se encontraba trabajando.

SE ACUERDA 2010-43-099 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.3.6.- Expediente N°: 691-10 (3). Denunciado: Lic. Bernal Ramírez Ulate. Denunciante: Osvaldo Fonseca Araya. Denuncia el quejoso que en fecha 24 de octubre del 2006, fue demandado por el señor Ernesto De León Fresneda en un proceso ejecutivo que se tramitó ante el juzgado Civil de Grecia bajo el número de expediente 06-100526-295-CI, que al señor Fresneda lo representaban los licenciados Willian Elizondo y Bernal Ramírez Ulate. Que en dicho expediente las fechas de los escritos que autenticaba el Lic. Ramírez Ulate datan del año 2009. Que dicho señor Fresneda también lo demandó en diciembre del 2006 mediante un proceso ordinario tramitado bajo el número de expediente 06-100624-295-CI, en el cual solicita la resolución contractual por la no cancelación del monto fijado en el proceso ejecutivo mencionado y que en este proceso se apersona como su abogado el Lic. Bernal Ulate Ramírez según el poder que le otorgó al licenciado en fecha 15 de febrero del 2007. Que los escritos que este autenticó fueron durante al año 2009, y que la representación que le dio el Lic. Ulate fue en el año 2007, ambos procesos tienen una relación directa lo que constituye un conflicto de intereses ya que fue su abogado y actuó luego en su contra en otro proceso relacionado con el anterior.

SE ACUERDA 2010-43-100 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.3.7.- Expediente N°: 705-10 (3). Denunciado: Lic. Carlos Marín Barrantes. Denunciante: Marisol Chacón Fernández. Que contrató al Lic. Marín Barrantes para que le tramitara una impugnación de paternidad para quitarle los apellidos a su hijo con una prueba de ADN. Indica que le cancela al Lic. Marín la suma de ¢75.000. Indica que el licenciado no se ha presentado a ninguna audiencia, y que en diferentes ocasiones se ha presentado a la oficina del licenciado y este no le ha dado respuesta del caso. Que por ello se presentó al Juzgado de Familia y que ahí le dijeron que el caso ya estaba perdido ya que el licenciado no dio respuesta en el tiempo estipulado. Que se enteró que como el caso se perdió en los Tribunales de Pérez Zeledón el licenciado decidió presentar los documentos en el Juzgado de Buenos Aires donde ninguno de los interesados reside.

SE ACUERDA 2010-43-101 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

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5.3.8.- Expediente N° 716-10 (3). Denunciada: Licda. Yamileth Pérez Jiménez. Denunciante: Marcial Gerardo Retana Jiménez. Denuncia la quejosa que contrató a la Licda. Pérez para que le interpusiera un proceso de impugnación de paternidad, el cual se presentó ante el Juzgado II de Familia del I Circuito, bajo el número de expediente 09-000724-187-FA, el cual mediante resolución del 02 de diciembre del 2009, se declaró inadmisible la demanda por que no se concretó su pretensión y por que la demanda no se debía presentar como una impugnación sino una investigación, que ante el reclamo que sobre esto le hizo a la licenciada ésta le dijo que presentaría de nuevo el proceso pero ante otra instancia para ver si topaban con más suerte. Fue así como el 11 de marzo del 2010, interpuso de nuevo el proceso ante el Juzgado I de Familia de San José, bajo el número de expediente 10-310-186-FA, el juez hizo una prevención, la cual la licenciada no cumplió y por ello se declaró inadmisible la demanda. Que la licenciada le recomendó hacerse pruebas de ADN y aportarlas al expediente, pero ya como el mismo se encontraba archivado solamente lo agregaron a sus antecedentes. Aún, así la refiere que la licenciada le manifestó que volvería a presentar el proceso ante el Juzgado II de Familia, lo cual hizo en fecha 19 de julio del 2010, al cual se le asignó el expediente 10-795-187-FA, pero que ante la falta de confianza por la poca diligencia y falta de asesoría decidió desistir del proceso. Que por la interposición de los anteriores procesos le pagó a la licenciada ¢150.000.

5.3.9.- Expediente N°: 687-10. (4) Denunciado: Lic. Jorge Rodríguez Rodríguez. De Oficio (Juzgado Civil Mayor Cuantía Segundo Circuito Judicial de San José). Inasistencia del denunciado en su calidad de abogado director a la Junta de Herederos e interesados señalada por el despacho judicial.

SE ACUERDA 2010-43-102 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.3.10.- Expediente N°: 706-10. (4) Denunciado: Lic. Rodolfo Price Chinchilla. Denunciante: José Espinoza Mata. Causa: Contratar al denunciado para que presentara proceso en contra de una abogada por difamación, le canceló ¢450 000 y no realizó la labor, al contrario le dio mala asesoría.

SE ACUERDA 2010-43-103 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.3.11.- Expediente N°: 668-10. (4) Denunciado: Lic. Randall Segura Gutiérrez. De Oficio (Ministerio de Obras Públicas y Transportes) Causa: Autenticar firma escaneada.SE ACUERDA 2010-36-104 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

5.3.12.- Expediente: N°: 674-10 (4). Denunciada: Licda. Karla Chaves Mejía. Denunciante: Mary Marston. Causa: Haber sido contratada para tramitar acción civil resarcitoria y querella a favor de la denunciante y no le ha dado el seguimiento al proceso, así como tampoco ha informado a la denunciante del avance del mismo, pese a que le ha cancelado todos los honorarios.

SE ACUERDA 2010-43-105 Trasladar el expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. Ocho votos. Acuerdo en firme. Responsable Fiscalía

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Al ser las veinte horas con diez minutos se retiran, Licda. Lissette Bogantes Vindas; Licda.

Maryoni Pérez Castro, Lic. Jurgen Mojica Sanabria, Lic. Juan Carlos Campos Sanabria Lic. Gary Hernández Santana, 5.4 INFORMES DE LA FISCAL

5.4.1 La Licda Vivian Wyllins Soto, presenta reglamento 87 bis. Presentación del texto del reglamento para su estudio y posterior votación. La aprobación del texto presupone a su vez la modificación de los acuerdos de Junta Directiva que ahí se consignan. La Dra. Erika Hernández Sandoval, solicita a la Fiscalía presentar este proyecto a los Directores en una próxima sesión con detalle de las propuestas. El Dr. Enrique Rojas Solís, solicita que el Departamento de Sedes Regionales, Filiales y Responsabilidad Social Corporativa prepare un proyecto, donde se pueda tener un convenio con Instituciones Públicas el cual se pueda trabajar y a la vez la institución se responsabilice de mantener un mecanismo de control.

Se da por recibido el informe del Reglamento 87 bis presentado por la Fiscalía.

SE ACUERDA 2010-43-106 Solicitarle al Lic. Rodolfo Golfín Leandro, Director del Departamento de Sedes, Filiales y Responsabilidad Social Corporativa preparar un proyecto de convenios con Instituciones Públicas y presentarlo a la Junta Directiva con el fin de aplicar el Artículo 87 Bis, del Código de Deberes Jurídicos Morales y Éticos del Profesional en Derecho . Ocho votos. Responsable. Departamento de Sedes Regionales, Filiales y Responsabilidad Social Corporativa.

Al ser las veinte horas con cuarenta minutos se retira el Lic, Antonio José Lacayo Vega

ARTICULO 6) INFORME DE PRESIDENCIA.

6.1 La Dra. Erika Hernández Sandoval, indica que el Tribunal Electoral, le solicitó que a raíz de la renuncia de un titular de los integrantes del Tribunal y de tres suplentes, se proceda al nombramiento como Titular al Lic. Diego Moya Meza, y como suplentes a los (as) Licenciados (as) Ginny Melissa Funes Blanco, Eduardo José Incer Sevilla y David Guzmán Guzmán.

SE ACUERDA 2010-43-107. A solicitud del Tribunal Electoral y por renuncia de un Titular y tres suplentes se acuerda nombrar como Titular al Lic. Diego Moya Meza, y como suplentes a los Licenciados (as) Ginny Melissa Funes Blanco, Eduardo José Incer Sevilla y David Guzmán Guzmán. Ocho votos. Acuerdo firme. Responsable Dirección Ejecutiva.

La Dra. Erika Hernández Sandoval, informa sobre la nota del acta Nº 09-2010, enviada por el Tribunal Electoral reiterando la solicitud a la Dirección Ejecutiva del apoyo para las elecciones.

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SE ACUERDA 2010-43-108 Dar por recibida la nota del acta Nº 09-2010, remitida por el Tribunal Electoral y solicitar a la Dirección Ejecutiva que se brinden todos los recursos materiales, apoyo administrativo, humano y financiero, tomando todas las medidas necesarias, para garantizar la efectiva participación de los agremiados y agremiadas a las elecciones. Ocho votos. Acuerdo en Firme Responsable Director Ejecutivo.

6.2 La Dra. Erika Hernández Sandoval, informa de Nota enviada por CEFCCA. Los días 16, 17 y 18 de febrero de 2011 se llevarán a cabo en ésta ciudad las XV Jornadas de Derecho Constitucional, dentro de las actividades del Centro de Estudios y Formación Constitucional de Centroamérica y el Caribe (CEFCCA), la cual señala que es conveniente que ese Colegio co auspicie dicha actividad, de modo que incluiríamos su logo dentro de la papelería que utilizaremos, así como que podrían designar Ustedes a diez abogados (directivos, de alguna comisión especializada, o de libre ejercicio) que se inscriban como participantes. A la vez que lo anterior es importante, desearíamos que la Junta Directiva de la entidad apruebe el pago de una cena (día 16 o 17) para 35-40 personas, ya que vendrán delegados de Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Panamá, República Dominicana y Puerto Rico, junto a Magistrados de nuestra Sala Constitucional.

SE ACUERDA 2010-43-109 Se acuerda con relación a la nota enviada por la Magistrada Ana Virginia Calzada Miranda, pedirles que se informe cuál es el presupuesto que se requiere para la actividad XV Jornadas de Derecho Constitucional. Ocho votos. Acuerdo Firme. Responsable Dirección Ejecutiva. ARTÍCULO 7) INFORME DE DIRECTORES Y DIRECTORAS.

7.1 El Lic. Ronald Eduardo Segura Mena, informa que la actividad de la Comisión de Propiedad Intelectual, de la Cámara de Comercio se realizará en el mes de enero del 2011.

7.2 La Lic. Jeannette Arias Meza, informa de la visita que se realizó el pasado jueves 09 de diciembre, a la Fundación Obras del Espíritu Santo indicando que el próximo miércoles 15 de diciembre se reunirá con los miembros de la Defensoría Social.

7.3 La Licda Vivian Wyllins Soto, indica que recientemente tuvo conocimiento que el Poder Judicial no pudo notificar a unos abogados que luego resultaron ser denunciados ante la Fiscalía del Colegio, y este caso los notificadores de esta oficina si pudieron notificar a esos abogados, habiendo otros tres casos de abogados difíciles de notificar en que se hizo necesario llegar hasta la notificación por publicación. Este esfuerzo de los notificadores ahorro al Colegio en año 2010 una suma que ronda los cuatro millones y medio de colones por concepto de publicaciones y notificaciones por edictos. Este esfuerzo de los notificadores considero que debe ser de su conocimiento y debe ser reconocido en cuanto las circunstancias lo permitan. Esto lo informe ya al lado de esfuerzo que se comentó, en uno de los casos a raíz de la prontitud que exigía uno de los casos al Notificador Jorge Cerdas se le puso la multa por ¢ 150.000.00.

El Lic. Ronald Eduardo Segura Mena, indica que se debe formar un órgano investigador, para establecer responsabilidades, ya que la motocicleta es un bien del Colegio.

7.4 La Licda Vivian Wyllins Soto indica que se debe realizar una campaña para hacer una

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actualización de notificaciones. La Dra. Erika Hernández Sandoval, indica que ya se está haciendo.

SE ACUERDA 2010-43-110 Se acuerda solicitar al Consejo Superior Notarial facilitar la base de datos al Colegio, a efectos que la Fiscalía pueda notificar procesos. Ocho votos. Responsable Fiscal.

7.5 La Dra. Erika Hernández Sandoval, lee, y el informe titulado, “Conformación de Órganos del Debido Proceso, “Caso Construcción Sede Del Colegio de Abogados en Guápiles, presentado por la Licda Vivian Wyllins Soto,

Se acuerda 2010-43-111. Que según el acuerdo 2010-39-007, de sesión 39 2010 del 25 de octubre del 2010, y el informe “Conformación de Órganos del Debido Proceso antes referido, conformar los siguientes Órganos Directores para Debido Proceso: a) Para los puntos 2-3-y 4 y ejecutar las garantías de cumplimiento de Macroestructuras y del Ingeniero Filiberto Gutiérrez de conformidad con el artículo 41 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, nombrar a Lic. Edwin García Alfaro. Dra. Rosita Abdelnour Granados y al Lic. Giovanni Peraza, sujeto a la aceptación del licenciado. b) Para el punto 5, para presentar la respectiva denuncia ante el Colegio de Ingenieros y Arquitectos, para que investigue su actuación como ingeniero en la construcción de la Sede del Colegio de Abogados en las Sede de Guápiles y establecer demanda civil contra dicho ingeniero por los perjuicios producidos al Colegio de Abogados, al permitir construir sin los respectivos permisos de construcción de la Municipalidad de Pococí, la Sede el Colegio de Abogados de ese cantón, nombrar a Licda. Maryoni Pérez Castro, al Ing Topógrafo. Andrés Meza y al Lic. Rodolfo Golfin Leandro. c) Para el punto 7, para determinar la responsabilidad de la proveedora en la adjudicación de la construcción de la Sede de Guápiles, nombrar a Departamento Legal. (ver artículo 51 del Reglamento Autónomo del Colegio)Director Ejecutivo, Licda. Maryoni Pérez Castro. d) Para el punto 8, instruir a la Dirección Ejecutiva para que, conforme el manual de puestos existente, elabore la directriz que determine las funciones y obligaciones especificas del Departamento Legal y de Proveeduría en relación a las contrataciones, licitaciones y adjudicaciones. E) Para el punto 9, para investigar la compra del lote de Guápiles, por cuanto no aparece el visado original del plano, y la responsabilidad notarial que pudiera existir se nombra a Licdo Rodolfo Golfin Leandro, Dra. Rosita Abdelnour y Licdo. Gerardo Jiménez. F) Para el punto 12, instruir a la Dirección Ejecutiva, para la ejecución de los contratos, la verificación de los mismos y su fiscalización, el Colegio no debe permitir el uso de notas o informes con hechos a mano, notas o informes con tachaduras, entrerrenglonaduras, enmiendas y demás con hechura a mano y mucho menos permitir consignar notas o vistos buenos sin que se indique el autor del visto bueno y el nombre y número de identificación a quien pertenece el visto bueno y la firma correspondiente. g) Para el punto 13 Delegar en el Director de Sedes Regionales, Filiales y Responsabilidad Social Corporativa, Lic. Rodolfo Golfin Leandro el seguimiento en la Municipalidad del presente caso, para establecer cuales son los pasos necesarios siguientes, de ser legalmente procedentes, para enderezar los procedimientos de la construcción de la Sede de Guápiles evitando su demolición. h) Para el caso del Auditor interno se sustituye al Lic. Antonio Lacayo Vega por el Lic, Juan Carlos Campos Sanabria. Ocho voto. Acuerdo Firme. Responsable Dirección Ejecutiva.

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7.4 La Licda Vivian Wyllins Soto, indica que sobre el expediente 772-03, contra el Lic. Reynaldo Vosman Roldán. De la revisión del inventario se ha encontrado el anterior expediente sin movimiento desde hace más de un año. En sesión 13-09 del 13 de abril del 2009 en el aparte 5.1.8., se conoció del recurso de revocatoria contra el acto final que impuso al denunciado seis años de suspensión. Sobre éste asunto se acordó mediante acuerdo número 2009-13-014 Comisionar a la Licda. Jenny Hernández Solís para la redacción y el análisis de la resolución, pues luego de deliberar sobre el caso la Junta Directiva formó su criterio de mayoría, criterio que era contrario al contenido en el informe de la Fiscalía. En éste criterio de mayoría se estimó en esencia que era válido el cobro de la cuota litis más las costas, pese a la restricción del arancel a éste respecto. Por la anterior diferencia de criterio se realizó la comisión indicada. No obstante, no se tiene el texto de la resolución correspondiente sino únicamente lo que es el texto correspondiente a la minuta del asunto.

SE ACUERDA 2010-43-112 Se modifica el acuerdo 2009-13-014, del Acta Nº 13-09Sesión celebrada el 13 de Abril del 2009 y se remite el expediente 772-03 contra el Lic. Reynaldo Vosman Roldán a la Fiscal para su debido proceso. Ocho votos. Acuerdo Firme. Responsable Fiscalía.

ARTICULO 8) CORRESPONDENCIA.

1 Nota UI-887-2010 enviada por la Dirección Académica donde se eleva a conocimiento y valoración la posibilidad de que éstas personas se incluyan en el listado remitido mediante oficio UI-878-2010 y se aprueben, de ser posible, en firme en la sesión del lunes 13 de diciembre del 2010 a fin de que puedan participar en el acto de incorporación que se realizará el martes 14 de diciembre a las 10:00 a.m. Christopher Eduardo Chaves Zúñiga, Univ. de Costa Rica; José Miguel Espinoza Mora, Univ. Federada de Costa Rica y Jorge Luis Quesada Jiménez, Univ. de Costa Rica.

SE ACUERDA 2010-43-113 Aprobar la solicitud en nota remitida UI-887-2010 enviada por la Dirección Académica para que puedan participar en el acto de incorporación que se realizará el martes 14 de diciembre a las 10:00 a.m. Christopher Eduardo Chaves Zúñiga, Univ. de Costa Rica; José Miguel Espinoza Mora, Univ. Federada de Costa Rica y Jorge Luis Quesada Jiménez, Univ. de Costa Rica. Ocho votos. Acuerdo Firme. Responsable Dirección Académica.

2 Nota UI-892-2010 suscrita por la Dra. Rosa María Abdelnour Granados, Directora Académica y de Incorporaciones, mediante la cual eleva la solicitud de incorporación extraordinaria del Lic. Ronny Villalobos Hidalgo, egresado de la Univ. de Costa Rica. El 05 de noviembre del 2010 se reciben los documentos para el proceso de incorporación, una vez estudiado el expediente y siendo que el 09 de diciembre presenta documentación que subsana la prevención hecha mediante oficio UI-856-2010 del 18 de noviembre, se constata que cumple a cabalidad con los requisitos de incorporación. Así mismo presenta nota suscrita por el MBA. Jorge Arturo Hernández Castañeda, Auditor Interno de la C.C.S.S., en la que indica: “(…) Consciente del trámite administrativo definido por esa institución, para la gestión de incorporación, requiero de sus buenos oficios para que se conceda al Sr. Villalobos Hidalgo, la posibilidad de incorporarse de manera extraordinaria, en virtud que se le ha

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brindado la oportunidad para desempeñar el cargo profesional en labores de Asesoría Legal dentro de ésta Auditoría, para lo que requiere obligatoriamente estar colegiado. Los servicios que prestará el Sr. Villalobos, constituyen un recurso de valiosa importancia para el desarrollo de las funciones de control y fiscalización, que realiza ésta unidad administrativa dentro de tan importante institución como lo es la Caja Costarricense de Seguro Social. En caso de aprobarse dicha solicitud; agradezco indicar fecha y hora de la incorporación.

SE ACUERDA 2010-43-114 Se aprueba la solicitud remitida en nota UI-892-2010 suscrita por la Dra. Rosa María Abdelnour Granados, Directora Académica y de Incorporaciones, de la incorporación extraordinaria del Lic. Ronny Villalobos Hidalgo, egresado de la Univ. de Costa Rica. La señora Presidenta indicará la fecha y hora de la incorporación. Ocho votos. Responsable Presidencia, Dirección Académica.

3 Nota UI-893-2010 suscrita por la Rosa María Abdelnour Granados, Directora Académica y de Incorporaciones, mediante la cual eleva la solicitud de incorporación extraordinaria del Lic. Jeffrey Gabriel Gonzaga Flory, egresado de la Univ. de Costa Rica, Lic. José Pablo León Vásquez, egresado de la Univ. Hispanoamericana y Lic. José Pablo Venegas Hall, egresado de la Univ. Fidélitas. Lo anterior por cuanto estas tres personas han presentado la solicitud y según establece el Manual de Incorporaciones, el procedimiento es elevarlo a decisión de la Junta Directiva. En caso de aprobarse dicha solicitud; agradezco indicar fecha y hora de la incorporación,

SE ACUERDA 2010-43-115 Se aprueba la solicitud remitida en nota UI-893-2010 suscrita por la Dra. Rosa María Abdelnour Granados, Directora Académica y de Incorporaciones, de la incorporación extraordinaria del Lic. Jeffrey Gabriel Gonzaga Flory, egresado de la Univ. de Costa Rica, Lic. José Pablo León Vásquez, egresado de la Univ. Hispanoamericana y Lic. José Pablo Venegas Hall, egresado de la Univ. Fidélitas. Ocho votos. La señora Presidenta indicará la fecha y hora de la incorporación Responsable Presidencia y Dirección Académica

4 El Lic. José Luis Meneses Rímola, informa sobre la solicitud de ampliación del convenio con PACT, por un monto de $ 24.977.85, en donaciones en especie de equipo de cómputo para la Defensoría Laboral.

SE ACUERDA 2010-43-116 a) Autorizar a la Dra. Erika Hernández Sandoval, a firmar la ampliación del convenio con el PACT, en donaciones en especie de equipo de cómputo y capacitación por un monto de $ 24.977.50. b) Solicitar al Director de Sedes Regionales, Filiales y Responsabilidad Social Corporativa Lic. Rodolfo Golfín Leandro, dar seguimiento a estas donaciones. Ocho votos. Acuerdo Firme. Responsable, Sedes, Filiales y Responsabilidad Social Corporativa

5 La Dra. Erika Hernández Sandoval, somete a revisión el acuerdo “SE ACUERDA 2009-12-029 Solicitar a la Dirección Académica, comunicar a los agremiados que realizan cursos de Educación Jurídica Continua, que únicamente serán extendidos los títulos de participación, a solicitud del interesado y que se procederá a la destrucción de los mismos cuando transcurridos quince días de la actividad, no hayan sido retirados. Seis votos. Responsable: Dirección Académica, a raíz de quejas de personas que han hecho el curso y se les pasa el tiempo para retirarlo. La Dra. Erika Hernández Sandoval, indica que la Dirección Académica

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debe mantener un control de asistencia de los participantes a los cursos y solicitar la información completa en el momento de inscripción del mismo en una base de datos y que se mantenga un archivo permanente del estado por curso, de manera digital, como una buena practica a seguir.

SE ACUERDA 2010-43-117 a) Solicitar a la Dirección Académica, emitir los certificados de los cursos Educación Jurídica Continua para que el último día de clases por parte del profesor respectivo sean entregados a los participantes. El departamento Académico deberá verificar las horas de participación con el registro de asistencia, anotando en el certificado las horas de participación, b) Informar a los agremiados (as) que realizan cursos Educación Jurídica Continua que cuentan con un plazo de seis meses para el retiro de los certificados, c) Registrar la información completa del participante en el momento de la inscripción, almacenándola en una base de datos y que se mantenga un archivo permanente del estado por curso, de manera digital, como una buena práctica a seguir, con el fin de poder otorgar una constancia de quien lo solicite, al haber participado en algunos de los cursos, Siete votos. El Lic. Ronald Eduardo Segura Mena, vota en contra indicando que debe ser un plazo de tres meses, además no existe una base de datos para ese acuerdo.

SE ACUERDA 2010-43-118 Solicitar a la Dirección Académica contactar al Lic. Marvin Carvajal, de la Escuela Judicial, para que se analice la posibilidad de que se le done o facilite al Colegio de Abogados el Software, la base o programa que ellos utilizan para registrar los datos de manera permanente de los participantes a los cursos. La Licda Jeannette Arias Meza, solicita que se consigne que es para mejorar la calidad en el servicio al cliente que debe brindarse y además el orden que debe establecerse en el Colegio. Ocho votos. Acuerdo firme. Responsable: Dirección Académica. 6 Nota enviada por Abogados y Funcionarios Públicos destacados en el Tribunal Fiscal Administrativo. Asunto: Impugnación a las Reglas de Negocios y Decreto de Reestructuración del Tribunal Fiscal Administrativo, dirigida al Lic. Fernando Herrero, Ministro de Hacienda, sobre la petitoria “A. se sirva suspender la aprobación del Decreto de Reestructuración de TFA, y en su lugar se proceda a nombrar una comisión con miembros externos al Tribunal, para que se elabore un nuevo proyecto de la estructura organizativa y funcional del Tribunal Fiscal Administrativo, donde se consideren las observaciones y recomendaciones efectuadas y se logre establecer formas organizativas y procedimientos de trabajo, que respeten las condiciones jurídico laborales actuales y se plasme una nueva organización, acorde con las modernas técnicas y principios de sana administración, que permitan alcanzar los objetivos institucionales, en forman eficaz al menor costo posible, con una organización simple y con el menor rasgo de duplicidad de los procesos. B. dado el manejo unilateral de las reglas de negocios, aprobadas por la Presidencia de este Tribunal, se revisen las mismas y se proceda a su reelaboración con participación amplia, responsable y transparente, de todas las partes interesadas. C. Que en forma inmediata se nombre una comisión con personal ajeno al Tribunal Fiscal Administrativo, para que en plazo máximo de dos meses, analice el clima organizacional imperante en el Tribunal Fiscal Administrativo, establezca resultados, tome acciones concretas, y emita conclusiones y recomendaciones, con el objetivo de rescatar la motivación, el compromiso y la productividad del recurso humano, actor principal en toda esta problemática. D. Que el Departamento de Recursos Humanos de este Ministerio, tome nota de la presente queja, a

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efecto de que a futuro no se produzca algún tipo de acción de carácter laboral, en contra de alguno de los aquí firmantes.”

SE ACUERDA 2010-43-119 Remitir el Informe del Departamento Legal con relación a la Impugnación a las Reglas de Negocios y Decreto de Reestructuración del Tribunal Fiscal Administrativo, al Director General del Ministerio de Hacienda, Lic. Fernando Herrero, sobre la posición del Colegio de Abogados con el fin de que no abogados aspiren a ser jueces. Ocho votos. Acuerdo firme. Responsable Secretaria de Actas.

7. Nota CAT-C-001-2010 enviada por la Comisión de Asuntos Tributarios. Acuerdos tomados en la Sesión Ordinaria nº 02-2010 1) “ Se acuerda 201O-O2-OO3: Se acuerda solicitar a la Junta Directiva del Colegio de Abogados realizar un pronunciamiento público en contra de la eliminación de la figura del Juez dentro del proceso de apertura del secreto bancario según lo dispone el Proyecto. Se propone la siguiente redacción: Ante la reciente aprobación en primer debate el día 3 de noviembre del Expediente 1 7677 denominado Proyecto de Ley para el Cumplimiento del Estándar de Transparencia Fiscal", el Colegio de Abogados ve con preocupación la eliminación de la figura del Juez como requisito previo de la apertura del secreto bancario para asuntos tributarios. La participación de un Juez debe mantenerse no solo por su función de garante de legalidad sino porque la propia OCDE manifestó expresamente que su participación respeta los estándares Internacionales de transparencia fiscal requeridos para nuestro país. Asimismo miramos con preocupación la vaguedad en las definiciones legales incluidas en dicha Ley, que faculta a cualquier funcionario a solicitar la información bancaria de cualquier contribuyente en cualquier momento aún en ausencia de un proceso de fiscalización. El Colegio de Abogados respalda y promueve toda iniciativa que permita una mayor contribución y cumplimiento tributario, pero siempre que se respeten los derechos y las garantías del contribuyente”. Se adjunta el Proyecto de Ley, así como el Acta que modificó el Texto Original.

SE ACUERDA 2010-43-120 a) Realizar un pronunciamiento público en contra de la eliminación de la figura del Juez dentro del proceso de apertura del secreto bancario según lo dispone el Expediente número 17677 denominado Proyecto de Ley para el Cumplimiento del Estándar de Transparencia Fiscal". El Colegio de Abogados y Abogadas ve con preocupación la eliminación de la figura del Juez como requisito previo de la apertura del secreto bancario para asuntos tributarios. La participación de un Juez debe mantenerse no solo por su función de garante de legalidad sino porque la propia OESD manifestó expresamente que su participación respeta los estándares Internacionales de transparencia fiscal requeridos para nuestro país. Asimismo es motivo de preocupación la vaguedad en las definiciones legales incluidas en dicha Ley, que faculta a cualquier funcionario a solicitar la información bancaria de cualquier contribuyente en todo momento aún en ausencia de un proceso de fiscalización.El Colegio de Abogados respalda y promueve toda iniciativa que permita una mayor contribución y cumplimiento tributario, pero siempre que se respeten los derechos y las garantías del contribuyente”. b) Solicitar al Lic. Arnoldo Segura Santiesteban, Departamento Legal, emitir un criterio con relación al artículo del Proyecto de Ley de Transparencia Fiscal, Expediente 17.677, “ que hay una pretensión de eliminar el deber de sigilo profesional que los asesores que tengan en relación con su conocimiento de temas de la intimidad de relaciones económicas, financieras legales y de manera directa las tributarias que le lleguen a solicitar a la Administración Tributaria”, esto con

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el fin de remitirlo a la Comisión de Asuntos Tributarios. Siete votos. El Lic. Ronald Eduardo Segura Mena, vota en contra justificando su voto de la siguiente manera: 1- no está de acuerdo que Costa Rica se encuentra en una lista negra ante la OESD, se ponen trabas al acceso a la información bancaria, ya que solamente debe ser un juez quién pueda levantar el secreto Bancario, 2- países como Francia, tienen catalogado a Costa Rica como un paraísos Fiscales, por este tipo de medidas, 3- Es un gran obstáculo en la lucha contra el crimen organizado y el narcotráfico, donde se necesita la figura de un juez para solicitar el levantamiento del secreto bancario, donde a nivel mundial todos los países han permitido que tanto autoridades administrativas, háblese de autoridades Fiscales como Policiales tengan acceso a esa información sin necesidad de solicitarla a un Juez. Mantener esa posición es privilegiar el ingreso de capitales no deseados a Costa Rica, privilegiar el lavado de dinero y privilegiar que Costa Rica siga manteniéndose en lista negra de la OESD y de algunos países Europeos que han tenido un gran responsabilidad de tratar de limpiar las finanzas de dineros provenientes de narcotráfico y de actividades ilícitas, como Francia. No estoy de acuerdo con la posición de la Comisión de Asuntos Tributarios, sino que estoy a favor del Proyecto que pretende la eliminación de la existencia del juez para lo que es el levantamiento del secreto bancario. Igualmente hay ya algunas disposiciones administrativas que permiten la revisión de datos a entes como la Contraloría General de la Republica, y no veo porque esto no puede extenderse a las autoridades Tributarias, sobre todo si estamos en una lucha abierta contra el crimen organizado en Costa Rica, con una reciente aprobación de un Proyecto de Ley contra el Crimen Organizado. Responsable Presidencia, Departamento de Comunicación, Departamento Legal, Comisión de Tributario.

8 Nota CCPA-318-10, remitida por el Dr. Carlos Alberto Ramírez Cordero, Director de la Unidad de Cuidados Paliativos de Alajuela, Institución de bien social sin fines de lucro. Recurrimos a ustedes para solicitarles una donación de dinero para equipar un módulo de Albergue para personas que no cuentan con apoyo familiar ni social para su atención en la fase final de su enfermedad.

SE ACUERDA 2010-43-121 Remitir la nota CCPA-318-10 del Dr. Carlos Alberto Ramírez Cordero, Director de la Unidad de Cuidados Paliativos de Alajuela a la Junta Administradora, con el fin de que se realice propuesta a la Junta Directiva. Ocho votos. Acuerdo Firme Responsable Junta Administradora.

9 La Dra. Erika Hernández Sandoval, informa sobre la nota enviada al Gerente Alejandro Acón Ulloa, Dirección Empresarial e Institucional del Banco de Costa referente a la solicitud de rebajo de la comisión que cobra el Banco de Costa Rica al Colegio de Abogados por concepto de custodia de Timbres, así como con la forma de cobro de ésta Comisión, la cual fue denegada.

Con respecto a la nota indicada se recibe respuesta del Gerente Alejandro Acón Ulloa, Dirección Empresarial e Institucional del Banco de Costa. En atención a la gestión planteada por su estimable persona, mediante Oficio DE-C-275-2Q1Q de fecha 14 de Septiembre del año en curso, referente a la solicitud de rebajo de la comisión que cobra el Banco de Costa Rica al Colegio de Abogados por concepto de custodia de Timbres, así como con la forma de cobro de ésta Comisión. Dadas las consideraciones expuestas, y

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tomando en consideración que el tema resulta fuera de la disposición negocial del Banco, en virtud de que no se trata de una estipulación contractual pactada, sino a una disposición normada por ley, el Banco de Costa Rica no tiene ninguna capacidad para modificarte, por lo que no es factible atender de forma positiva la gestión por ustedes presentada.

El Lic. Ronald Eduardo Segura Mena, solicita que se haga un estudio para saber si las comisiones se están rebajando del monto percibido o el monto total.

SE ACUERDA 2010-43-122 Que el Director Ejecutivo prepare una nota al Gerente Alejandro Acón Ulloa, de la Dirección Empresarial e Institucional del Banco de Costa Rica, solicitando aclarar, si las comisiones se están rebajando del monto total o del monto percibido, pues debe ser del monto percibido. Ocho votos. Acuerdo firme.

Al ser las veintiún horas con tres minutos se retira la Licda. Vivian Wyllins Soto

10 Nota remitida por el señor Parrish Barquero. “Os dirijo la presente a raíz de que hace aproximadamente 15 días me he percatado de que en vuestros registros aparezco como deudor de cuotas colegiales y por esa razón se me ha dado de baja por morosidad. Ésta situación se debe a un error involuntario toda vez que en su momento no curse la respectiva baja de actividad en el ejercicio de la abogacía por residir fuera de Costa Rica y por no ejercer la actividad en el país aproximadamente 16 años atrás. Por lo expuesto, y visto los motivos expresados en la presente, solicito respetuosamente la condonación del pago de las cuotas colegiales que constan en el correspondiente registro de morosos en el Colegio de Abogados de Costa Rica y que de oficio se me dé de baja como Abogado por el no ejercicio de la profesión en activo en el país es que pido en Sevilla a 10 de Noviembre del 2010”. Se adjunta nota de Luis Diego Baldares. Encargado de Gestión de Cobro.

El Lic. José Luis Meneses Rímola, menciona que el señor Parrish Barquero López, está suspendido por morosidad y que el señala que tiene mas de 16 años de vivir fuera de Costa Rica y hasta ahora esta solicitando la suspensión voluntaria. El Lic. José Luis Meneses Rímola, que primero se debe conocer la suspensión por morosidad, indicando que la Junta Directiva no puede condonar deudas por cuotas, y que las dos opciones en este caso es 1- que el Licenciado Barquero López cancele lo adeudado y 2- que demuestre que ha estado fuera durante estos 16 años, es importante aclarar que no existe información laboral, pero si registra como Representante en diferentes sociedades, en los años 2008-2009.

La Dra. Erika Hernández Sandoval, solicita al Lic. José Luis Meneses Rímola, preparar una nota informándole al Lic. Parrish Barquero López, que la Junta Directiva no puede condonar deudas por cuotas

SE ACUERDA 2010-43-123 a) Dar por recibida la nota del señor Parrish Barquero López, b) solicitar al Lic. José Luis Meneses Rímola, preparar una nota indicándole al Licenciado Barquero López que la Junta Directiva no puede condonar cuotas por deudas. Siete votos. Responsable Dirección Ejecutiva.

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11. Nota 4356, Remitida por el Instituto Latinoamericano de los Derechos Humanos y la Paz Social. Oposición al proceso disciplinario sin fundamento ordenado del Tribunal Contencioso Administrativo ante el Colegio de Abogados, caso Crucitas.

12 Nota 4357, Remitida por el Instituto Latinoamericano de los Derechos Humanos y la Paz Social. En defensa del Respeto a los Derechos Humanos de los Costarricenses y en defensa de la Soberanía de Costa Rica.

SE ACUERDA 2010-43-124 Se tienen por recibidas las notas 4356 y 4357, remitidas por el Instituto Latinoamericano de los Derechos Humanos y la Paz Social . Se les sugiere que en caso de existir alguna disconformidad con respecto a los abogados que estuvieron en el proceso, puede acudir a las instancias disciplinarias pertinentes, y a la Fiscalía del Colegio, si fuera un caso de orden disciplinario. Siete votos. Responsable Secretaria de Actas.

13 Nota PRV-023-2010, suscrita por la Licda. Merari Herrera Campos, de Proveeduría, referente al acuerdo: “SE ACUERDA 2010-14-012 Que en adelante el ejercicio fiscal del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, se ordene de la siguiente manera: en el mes de noviembre se conozca el presupuesto del año siguiente, en el mes de diciembre se cierra el ejercicio fiscal. La auditoría externa se realice y en el mes de marzo en Asamblea Extraordinaria, se conozcan y aprueban los estados financieros auditados. Ocho votos. ACUERDO FIRME. Departamento de Contabilidad”. Con fundamento en el anterior acuerdo, ésta Dependencia procede a hacer del conocimiento de ustedes las cláusulas del contrato, las cuales fueron utilizadas en la contratación del servicio de auditoría financiera externa para el año 2009, con el fin de que las mismas sean revisadas y analizadas a efector de determinar si hay que agregar algún requisito adicional para así poder dar inicio con la confección del cartel de licitación. La razón de ésta solicitud es cumplir con los tiempos estipulados en el acuerdo mencionado. Los servicios profesionales de la auditoría deberían iniciar a principios del 2011, por lo que se debe procurar que el cartel y las invitaciones se ejecuten durante el próximo mes.

El Dr. Enrique Rojas Solís, indica que la solicitud de la Licda Merari Herrera Campos, es referente a que se contrate la Auditoria Externa en el mes de enero del 2011, para el periodo que finalizó al 31 diciembre del 2010, presentando las conclusiones y recomendaciones en marzo 2011.

SE ACUERDA 2010-43-125 a) Aceptar la solicitud de la Licda Merari Herrera Campos, indicándole que se puede dar inicio con el procedimiento de la contratación de la Auditoría Externa para el periodo que finalizó al 31 diciembre del 2010. b) Que se solicite en el cartel de licitación el Estado de Resultado Consolidado, y además se incluyan los Estados de Resultados separados para el Fondo Común y Fondo de Mutualidad. c) Enviar un comunicado al Colegio de Contadores Públicos, solicitando pasar la invitación de participación en la licitación a través de la base de datos. Siete votos. Responsable Proveeduría.

14 Nota CA AUI-050-10, suscrita por el Lic. Guillermo Silesky Mata, Auditor Interno, en atención al acuerdo tomado en la sesión ordinaria 41-10, celebrada el 8 de noviembre de 2010, “SE ACUERDA 2010-41-003 Con respecto al informe CA AUI-027-10, solicitar al Lic. Guillermo Silesky Mata, Auditor Interno, informar si él verificó la existencia de un

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acuerdo de Junta Directiva, (indicar el numero),  donde se haya autorizado el pago de viáticos al señor José Ramón Antón, para asistir a una charla sobre el Proyecto “Defensoría Social”, así como los viajes que ahí se mencionan. Cinco votos. Responsable: Auditor Interno. Plazo: 8 días a partir de la firmeza del acuerdo.” El Dr. Enrique Rojas Solís, indica que se debe solicitar al Lic. Silesky Mata ampliar los informes en el sentido de que indique si se ajustaron a las normativas internas del Colegio.

SE ACUERDA 2010-43-126 Con referencia a la nota CA AUI-050-10 solicitar al Lic. Guillermo Silesky Mata, Auditor Interno ampliar este informe indicando si este proceso se ajustó a la normativa interna del Colegio y de no ser así, que indique quienes serian los presuntos responsables y cuales serían las posibles sanciones por aplicar,. Siete votos, Responsable Auditor Interno.

15 Nota CA AUI-051-10, suscrita por el Lic. Guillermo Silesky Mata, Auditor Interno, en atención al acuerdo tomado en la sesión ordinaria 41-10, celebrada el 8 de noviembre de 2010, “SE ACUERDA 2010-41-004 Con respecto al informe CA AUI-027-10, sobre Defensoría Social, solicitar al Lic. Guillermo Silesky Mata, Auditor Interno, indicar el monto de las facturas que se detallan en dicho informe. Lo anterior con la finalidad de poder determinar si el monto recuperado de 1500 euros, alcanzó para cubrir los gastos respectivos por concepto de las capacitaciones de Eurosocial. Siete votos. Responsable: Auditor Interno. Plazo: 8 días a partir de la firmeza del acuerdo”.

SE ACUERDA 2010-43-127 Con referencia a la nota CA AUI-051-10 solicitarle al Lic. Guillermo Silesky Mata, Auditor Interno ampliar este informe indicando si este proceso se ajustó a la normativa interna del Colegio, y de no ser así, que indique quienes serian los presuntos responsables y cuales serían las posibles sanciones por aplicar, Siete votos. Responsable Auditor Interno. Plazo: 8 días a partir de la firmeza del acuerdo.”

16CA AUI-052-10 suscrita por el Lic. Guillermo Silesky Mata, Auditor Interno, en atención al acuerdo tomado en la sesión ordinaria 41-10, celebrada el 8 de noviembre de 2010, “SE ACUERDA 2010-41-005 Con respecto al informe CA AUI-012-10, sobre Defensoría Social, solicitar al Lic. Guillermo Silesky Mata, Auditor Interno: Con respecto al punto e) del informe, aclarar si existe acuerdo de Junta Directiva, sobre la compra de tiquetes aéreos a Buenos Aires, para el defensor social,  de no contar con acuerdo de Junta Directiva, indicar quién lo autorizó y a qué se refiere con que se pagó el tiquete para que dicho Licenciado atendiera asuntos personales. c) Asimismo revisar si los viajes mencionados en los demás informes que elaboró de la Defensoría Social, cuentan con el acuerdo de la Junta Directiva o quién dio la autorización respectiva, de qué fondos fueron tomados y su justificación. Cinco votos. Responsable: Auditor Interno.  Plazo: 8 días a partir de la firmeza del acuerdo.”

SE ACUERDA 2010-43-128 Con referencia a la nota CA AUI-052-10 solicitar al Lic. Guillermo Silesky Mata, Auditor Interno ampliar este informe indicando si este proceso se ajustó a la normativa interna del Colegio y de no ser así, que indique quienes serian los presuntos responsables y cuales serían las posibles sanciones

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por aplicar. Siete votos Responsable Auditor Interno. Plazo: 8 días a partir de la firmeza del acuerdo.”

17 Nota JA-C-201-2010. Remitida por Junta Administradora. Me permito transcribirle el acuerdo tomado por la Junta Administradora en la sesión ordinaria nº41-2010 del 18 de noviembre de 2010, que dice textualmente: 5.2 Se recibe correo electrónico del señor Carlos Solano donde informa lo siguiente: “El próximo 9 de Diciembre nos estarán visitando, aproximadamente, 24 abogados de Guatemala con el fin de devolvernos la visita que realizamos en el mes de Junio pasado en la celebración de las actividades deportivas y sociales por un aniversario más de la institución. Hemos formado una comisión, sobre todos con abogados que viajaron en esa oportunidad para la atención de ellos. La presente es con el fin de solicitar, si ha bien lo tienen, el transporte de dichos amigos, los cuales estarán en Costa Rica, del 9 al 12 inclusive. Dentro de los planes está el viaje a Orotina y Jaco donde serán atendidos por los abogados de esos lugares y acompañados de muchos de nosotros. La buseta también, para los traslados del aeropuerto a San José y viceversa así como la traída a nuestro Colegio. Consultando el costo sería de un aproximado de 370.000.00 colones, a tiempo completo. Revisando la partida, en el presupuesto de áreas deportivas, en el rubro  artículos deportivos hasta el mes de noviembre, con un saldo de 1.015.306.60  se podría aplicar, si a bien lo tienen, el gasto correspondiente.”

SE ACUERDA 2010-43-129 Se aprueba solicitud remitida en nota JA-C-201-2010 por la Junta Administradora, sobre el pago de ¢370.000.00 colones, para el transporte de los abogados visitantes de Guatemala. Se toma de la partida de Pasajes, fletes y Viáticos. Siete votos. Responsable Departamento Contabilidad.

18 El Lic. José Luis Meneses Rímola, indica que el Gobierno decreto un incremento de los salarios mínimos para el sector privado de 2.63 %, para el primer semestre del año 2011.La Comisión de Finanzas estimó en el Presupuesto 2011, para los funcionarios del Colegio de Abogados (as) un 2.63% de aumento para el primer semestre y un 6% para el segundo.

SE ACUERDA 2010-43-130. Se aprueba el aumento salarial para los funcionarios del Colegio de Abogados(as) en un 2.63% para el primer semestre del año 2011. Siete votos. Responsable Dirección Financiera. Recursos Humanos.

19 La Dra. Erika Hernández Sandoval, informa sobre los avances del nuevo diseño de la página Web del Colegio.

20 La Dra. Erika Hernández Sandoval, somete a votación la autorización para solicitar al Consejo Superior de la Corte la donación del Software que usa la Corte internamente para enviar correos en Web Master. SE ACUERDA 2010-43-131 Autorizar a la Dra. Erika Hernández Sandoval solicitar al Consejo Superior de la Corte la donación del Software que usa la Corte internamente para enviar correos en Intranet. Siete votos. Responsable Presidencia

21 Nota CN-017-2010, enviada por la Dra. Roxana Sánchez Boza, Coordinadora de la Comisión de Notariado, comunica el siguiente acuerdo: “SE ACUERDA. Presentar para

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conocimiento de los miembros de Junta Directiva, el Proyecto de Ley de Creación del Colegio Notarial, elaborado por los miembros de la Subcomisión de Reformas, la cual pertenece a la Comisión del Notariado. Se tiene por recibo el proyecto para estudio de los Directores.

22 El MSc. Juan Carlos Granados, en su informe de cierre: En la Comisión de Cultura, se realizaron algunos eventos, el faltante de recursos y presupuesto, no permitió realizar algunos que se tenían proyectados, ya que las actividades de danza música o teatro, necesitan muchos recursos económico. Recomienda el MSc. Juan Carlos Granados, para el próximo año, sustituir los eventos de Cultura de tipo artístico por eventos de tipo cultural. En relación a la comisión de Notariado, se contó con una Comisión y una Subcomisión, se enfoco en el Proyecto de Ley del Colegio de Notario. El trabajo de la Comisión fue muy fructífero, ya que se logró la recolección de mucha documentación. La subcomisión se enfocó básicamente en la Ley de Notariado. Recomienda crear una subcomisión para analizar el Proyecto Ley de Creación del Colegio Notarial y posteriormente presentarlo a la Junta Directiva. Se recomienda a los MSc. Christian E. Campos Monge, MSc. Fabio Vincenzi Guilá y al MSc. Juan Carlos Granados Vargas, para formar dicha comisión.

SE ACUERDA 2010-43-132 Aceptar la recomendación del MSc. Juan Carlos Granados Vargas, miembro de la Comisión de Notariado, de crear una Subcomisión para estudiar el Proyecto Ley de Creación del Colegio Notarial, conformada por MSc. Christian E. Campos Monge, MSc. Fabio Vincenzi Guilá y al MSc. Juan Carlos Granados Vargas. Siete Votos. Responsable Subcomisión de Notariado. Plazo un mes después de la firmeza del acuerdo.

23 La Dra. Erika Hernández Sandoval, indica que en una reunión que sostuvo con la Integrante Lupita Chaves Cervantes del Consejo Superior del Poder Judicial, se le solicitó los números de fax de los diferentes despachos o circuitos judiciales en donde se pueden enviar los escritos por parte de los abogados (as), igualmente el nombre de los Despachos en los cuales se puede dar el número de celular por parte de los abogados (as). Acuerdo que fue aprobado por el Consejo Superior y se lo delego al Director Ejecutivo del Poder Judicial Lic Alfredo Jones León, La señora Presidenta, solicita al Lic. José Luis Meneses Rímola, enviar una nota al Director Ejecutivo Lic. Alfredo Jones León, del Consejo solicitándole dicha información, y que el Departamento de Comunicación prepare el comunicado informando que ya tenemos la base de datos y al Encargado de tecnología subir la información a la página Web.

SE ACUERDA 2010-43-133 a) Solicitar al Lic. José Luis Meneses Rímola, enviar una nota al Director Ejecutivo, del Poder Judicial Lic Alfredo Jones León pidiendo todos los números de fax de los diferentes despachos o circuitos judiciales del país, a donde se pueden enviar los escritos por parte de los abogados (as), igualmente el nombre de los Despachos en los cuales se puede dar el número de celular por parte de los abogados (as) para recibir SMS, de notificación. B) Solicitar al Departamento de Comunicación preparar un comunicado para los agremiados c) Encargar al Departamento de Tecnología subir la información a la página Web. Siete votos. Responsable Dirección Ejecutiva, Departamento de Comunicación y Departamento de Tecnología.

24 La Dra. Erika Hernández Sandoval, informa sobre el acuerdo del Consejo Superior del

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Poder Judicial con relación a la consulta realizada por esta Junta Directiva con relación a la queja presentada por el licenciado Ronald Deleón Sandoval, en el Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica quien manifiesta descontento con el trato que se le da a los abogados en este Despacho, debido a que existe un control numérico con ficha para atender al usuario, mismo que es utilizado para atender a los abogados y en muchas ocasiones solo es para entregar un escrito o ver un expediente, teniendo que esperar hasta casi una hora para ser atendido, por una única persona. En cumplimiento con lo anterior, el Licenciado Pablo Sánchez Valverde, Juez Coordinador del Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, en correo electrónico del 12 de octubre en curso, informó que de conformidad con el artículo 44 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y por tratarse de un asunto de interés institucional, conceder permiso con goce de salario y sustitución a dos auxiliares judiciales del Juzgado en mención correspondiente a las plazas números 103164 y 99700, a partir del 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre del año en curso, para que procedan a realizar las labores que se indican y con ello coadyuven en la disminución del circulante del despacho.

SE ACUERDA 2010-43-134 Informar al Licenciado Ronald Deleón Sandoval, que con relación a la queja que remitió a esta Junta Directiva, por el descontento con el trato que se le da a los abogados (as) en el Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, el Consejo Superior acordó lo siguiente “ Tener por rendido el informe anterior y hacerlo de conocimiento de la Licenciada Erika Hernández Sandoval, Presidenta del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, con la indicación de que este Consejo no encuentra que en la forma de atención que brinda el Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, exista discriminación alguna en perjuicio de los ahogados y ahogadas. 2.) De conformidad con el artículo 44 de La Ley Orgánica del Poder Judicial y por tratarse de un asunto de interés institucional, conceder permiso con goce de salario y sustitución a dos auxiliares judiciales del Juzgado en mención correspondiente a las plazas números 103164 y 99700, a partir del 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre del año en curso, para que procedan a realizar las labores que se indican y con ello coadyuven en la disminución del circulante del despacho. 3.) Solicitar al Departamento de Planificación que analice el modelo de organización del citado Juzgado”. Siete votos. Responsable Secretaria de Actas

25 La Dra. Erika Hernández Sandoval, sobre la consulta al Consejo Superior del Poder Judicial, con relación a la queja de los abogados y abogadas de Pérez Zeledón, en los casos que asume la Defensa Pública en temas de Derecho de Familia ya que según indican algunos agremiados a raíz de eso, están percibiendo una baja en sus ingresos.

SE ACUERDA 2010-43-135. Informar a los abogados y abogadas de Pérez Zeledón que hicieron la consulta a esta Junta Directiva con respecto a los casos que asume la Defensa Pública en temas de Derecho de Familia, el Consejo Superior acordó lo siguiente 1,) Comunicar a la Defensa Pública que deberán hacer los esfuerzos necesarios para presupuestar la creación de plazas de defensor público o bien organizarse de tal manera que pueda dar cumplimiento a lo ordenado por la Sala Constitucional”. Siete votos. Responsable Secretaria

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26 La Dra. Erika Hernández Sandoval, indica que se recibió el informe del Lic. Arnoldo Segura Santiesteban del Departamento Legal sobre la solicitud de las señoras Ivette Faerron Ramírez v Lelicia Faerron Ramírez para que se les otorgue en calidad de beneficiarías lo que corresponde a la póliza de su hermano Lic. Rafael Ángel Faerron

ACUERDA 2010-43-136 a) Se tiene por recibido el informe del Lic. Lic. Arnoldo Segura Santiesteban del Departamento Legal en relación con la solicitud de las Señoras Ivette Faerron Ramírez v Lelicia Faerron Ramírez para que se les otorgue en calidad de beneficiarías lo que corresponde a la póliza de su hermano Rafael Ángel Faerron Ramírez b) informarles a las Señoras Faerron Ramírez que con base en el criterio del Departamento Legal, no son las beneficiaras de dicha póliza y siendo que los que figuraban como tales fallecieron, debe procederse en este caso, a abrir el proceso sucesorio respectivo. Este Colegio no puede entregar los dineros a quienes, por decisión expresa del profesional fallecido, no le pertenecen. En ese caso es al juez respectivo o al notario Público si se tratara en Sede Notarial a quien le corresponde decidir, conforme a derecho, a quien tiene el Colegio que entregarlos, lo cual sucede una vez planteado el sucesorio de cita por parte de los interesados. Dicho proceso puede ser realizado en Sede Notarial o Sede Judicial. Siete votos. Responsable Secretaria de Actas.

27 La Dra. Erika Hernández Sandoval, indica sobre nota PRV- 026 remitida por la Licda. Merari Herrera Campos, con relación a la consulta realizada sobre el por qué se está llevando a cabo el trámite de inscripción del lote de San Carlos que se encuentra a nombre del Colegio, le comentó que el mismo está compuesto por dos fincas: 289746-000 y 212370-1994 dónde el primero se le tuvieron que rectificar las medidas y el segundo es por información posesoria, lo cual ya se realizó y ahora nos encontramos en la etapa de la inscripción de los lotes, los mismos se deben inscribir antes de que se cumpla el plazo de un año con el fin de que quede en firme la información de la inscripción en el Registro de la Propiedad y evitar que la misma sea anulada, de ésta forma también se da cumplimiento al acuerdo 2010-24-017 tomado en la sesión ordinaria 24 del 21 de junio de 2010. El MSc. Juan Carlos Granados Vargas, indica que el futuro se debe comprar propiedades que se encuentren debidamente inscritas,

ACUERDA 2010-43-137 Se autoriza a la Dra. Erika Hernández Sandoval, a firmar la escritura de inscripción del lote de San Carlos del cual se realizó información posesoria y autorizarla a firmar escritura de rectificación de medidas, lo anterior referente según las fincas 289746-000 y 212370-1994, rectificar que se encuentra a nombre del Colegio. Siete votos. Responsable Presidencia. Proveeduría.

La Dra. Erika Hernández Sandoval, agradece a los directores MSc. Fabio Vincenzi Guilá, Vocal II; MSc. Juan Carlos Granados Vargas, Vocal IV; Licda. Vivian Wyllins Soto. Fiscal, y a los demas miembro de junta que terminan funciones por toda la labor que han realizado durante el año 2010, el cual ha sido un gran apoyo para ésta Junta Directiva, en los diferentes proyectos que se han venido realizando y en las comisiones que tiene el Colegio a las cuales pertenecen. De igual manera se les invita a seguir colaborando desde las comisiones.

Al ser las veintidós horas con dieciséis minutos se da por finalizada la sesión.

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Dra. Erika Hernández Sandoval Lic. Ronald Eduardo Segura Mena Presidenta Secretario

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