aclaracion y observaciones a la defensoria del pueblo

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ACLARACIÓN Y OBSERVACIONES AL “INFORME DE VISITA IN SITU A LA PLAYA EL OSTIONAL – PROVINCIA DE ESMERALDAS” (TRAMITE DEFENSORIAL No 57856 – 2012) Realizado por: Olga Andrea Torres Analista 3 (Ingeniero Industrial) y Rodrigo Fernando Varela (Abogado 1); de la Dirección Nacional de Protección DPE, dispuesto mediante providencia No 0977 DPE-DINAPROT-CNDNA-57856-2012-RVT, para verificar la observancia de los derechos de la naturaleza en la actividad de extracción de arena negra en dicha playa. 1.- Antecedentes.- Con fecha 21 de Noviembre 2012 el señor Guillermo Varela Acurio, recibe vía correo EMS ECUADOR, la providencia No 01034 DPE-DINAPROT-CNDNA-57856-2012-RVT, emitida por la DEFENSORÍA DEL PUEBLO.- DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y DE LA NATURALEZA; y copia del Informe visita in situ a la Playa El Ostional, elaborado por Rodrigo Fernando Varela Torres (Abogado) y Olga Andrea Torres (Ingeniero Industrial), dispuesta mediante providencia No 0977 DPE-DINAPROT-CNDNA-57856- 2012-RVT, mediante la cual se dispone en el capítulo 3, numeral 1: que el señor Guillermo Varela Acurio, emita su pronunciamiento; y en el numeral 3: que remita copias certificadas de la documentación relacionada con el proceso de consulta, así como la resolución de aprobación de la misma; copias certificadas del estudio de impacto ambiental presentado; y copias certificadas de la resolución con la que se otorga la licencia ambiental al señor Guillermo Varela para explotar la arena negra de la playa Ostional, cantón Muisne, provincia de Esmeraldas. 2.- Pronunciamiento a la Providencia 01034 e “Informe visita in situ a la Playa El Ostional”

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ACLARACIÓN Y OBSERVACIONES AL“INFORME DE VISITA IN SITU A LA PLAYA EL OSTIONAL –

PROVINCIA DE ESMERALDAS”(TRAMITE DEFENSORIAL No 57856 – 2012)

Realizado por: Olga Andrea Torres Analista 3 (Ingeniero Industrial) y Rodrigo Fernando Varela (Abogado 1); de la Dirección Nacional de Protección DPE, dispuesto mediante providencia No 0977 DPE-DINAPROT-CNDNA-57856-2012-RVT, para verificar la observancia de los derechos de la naturaleza en la actividad de extracción de arena negra en dicha playa.

1.- Antecedentes.- Con fecha 21 de Noviembre 2012 el señor Guillermo Varela Acurio, recibe vía correo EMS ECUADOR, la providencia No 01034 DPE-DINAPROT-CNDNA-57856-2012-RVT, emitida por la DEFENSORÍA DEL PUEBLO.- DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y DE LA NATURALEZA; y copia del Informe visita in situ a la Playa El Ostional, elaborado por Rodrigo Fernando Varela Torres (Abogado) y Olga Andrea Torres (Ingeniero Industrial), dispuesta mediante providencia No 0977 DPE-DINAPROT-CNDNA-57856-2012-RVT, mediante la cual se dispone en el capítulo 3, numeral 1: que el señor Guillermo Varela Acurio, emita su pronunciamiento; y en el numeral 3: que remita copias certificadas de la documentación relacionada con el proceso de consulta, así como la resolución de aprobación de la misma; copias certificadas del estudio de impacto ambiental presentado; y copias certificadas de la resolución con la que se otorga la licencia ambiental al señor Guillermo Varela para explotar la arena negra de la playa Ostional, cantón Muisne, provincia de Esmeraldas.

2.- Pronunciamiento a la Providencia 01034 e “Informe visita in situ a la Playa El Ostional”

Una vez que se ha leído y analizado detalladamente la providencia 01034 y el informe visita in situ a la playa el Ostional, de parte del Titular Minero, el Asesor Técnico y Asesor Legal, se desprende las siguientes observaciones y aclaraciones:

La Dirección Nacional de Protección de Derechos Humanos y de la Naturaleza, dispuso la “investigación de oficio” en base a un reportaje de LA TELEVISIÓN “Mompiche Arena Negra” de fecha 6 de Mayo 2012, otro reportaje de ECUAVISA “Extracción de arena negra en Mompiche causa malestar a moradores”, de fecha 28 de Marzo 2012; y de un artículo de prensa publicado por EL COMERCIO “Una minera quiere la arena negra de Mompiche” de fecha 23 de Septiembre del 2012. Videos y artículos a los

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cuales la Defensoría del Pueblo toma de antemano como VERDADEROS en todo su contenido, sin verificar previamente la veracidad de los mismos.

A este respecto se adjunta en el Anexo No 1, las aclaraciones a cada una de las publicaciones como son LA TELEVISIÓN, ECUAVISA y EL COMERCIO. Consideramos que previo a la disposición de la investigación de oficio, se debió verificar la veracidad de estos reportajes.

En el capítulo II ANTECEDENTES, se indica que la Dirección de Protección consideró admisible el caso mediante providencia No 0977 DPE-DINAPROT-CNDNA-57856-2012-RTV por los artículos 1 y 2 de la Resolución Defensorial No 0039-DPE-DNJ-2012, del 16 de Marzo de 2012, dando inicio a la investigación defensorial de oficio pero sin comunicar al principal afectado como es el Titular Minero.

Igualmente se dispone la visita in situ a la playa Ostional sin que se entere el Titular Minero.

Se aclara que la concesión minera para extraer arena negra en la playa El Ostional, no es otorgada por el Ministerio del Ambiente, todas las concesiones mineras a nivel nacional son otorgadas por el Ministerio de Recursos Naturales No Renovables, Subsecretaria de Minas.

Para verificar la observancia de los derechos de la naturaleza se nombra varios artículos de la Constitución como son:

Capítulo sexto1

Derechos de libertadArt. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas:

1. El derecho a la inviolabilidad de la vida. No habrá pena de muerte.2. El derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, vivienda, saneamiento ambiental, educación, trabajo, empleo, descanso y ocio, cultura física, vestido, seguridad social y otros servicios sociales necesarios.3. El derecho a la integridad…7. El derecho de toda persona agraviada por informaciones sin pruebas o inexactas, emitidas por medios de comunicación social, a la correspondiente rectificación, réplica o respuesta, en forma inmediata, obligatoria y gratuita, en el mismo espacio u horario . 15. El derecho a desarrollar actividades económicas, en forma individual o colectiva, conforme a los principios de solidaridad, responsabilidad social y ambiental.17. EI derecho a la libertad de trabajo. Nadie será obligado a realizar un trabajo gratuito o forzoso, salvo los casos que determine la ley.25. EI derecho a acceder a bienes y servicios públicos y privados de calidad, con eficiencia, eficacia y buen trato, así como a recibir información adecuada y veraz sobre su contenido y características.

1 Tomado textualmente de la Constitución de la República del Ecuador

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27. El derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la naturaleza.

Art. 398.- Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente. El sujeto consultante será el Estado. La ley regulará la consulta previa, la participación ciudadana, los plazos, el sujeto consultado y los criterios de valoración y de objeción sobre la actividad sometida a consulta.

El Estado valorará la opinión de la comunidad según los criterios establecidos en la ley y los instrumentos internacionales de derechos humanos.Si del referido proceso de consulta resulta una oposición mayoritaria de la comunidad respectiva, la decisión de ejecutar o no el proyecto será adoptada por resolución debidamente motivada de la instancia administrativa superior correspondiente de acuerdo con la ley.

Capítulo séptimo - Derechos de la naturalezaArt. 71.- La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.

Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observaran los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda.

El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema.

Además de los artículos de la Constitución indicados por la Defensoría del Pueblo, adicionalmente indicamos los siguientes:

Capítulo noveno - ResponsabilidadesArt. 83.- Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la Constitución y la ley:1. Acatar y cumplir la Constitución, la ley y las decisiones legítimas de autoridad competente. ……. Respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible.

TÍTULO VI - RÉGIMEN DE DESARROLLOCapítulo primero - Principios generales

Art. 277.-Para la consecución del buen vivir, serán deberes generales del Estado:1. Garantizar los derechos de las personas, las colectividades y la naturaleza . 4. Producir bienes, crear y mantener infraestructura y proveer servicios públicos.5. Impulsar el desarrollo de las actividades económicas mediante un orden jurídico e instituciones políticas que las promuevan, fomenten y defiendan mediante el cumplimiento de la Constitución y la ley.6. Promover e impulsar la ciencia, la tecnología, las artes, los saberes ancestrales y en general las actividades de la iniciativa creativa comunitaria, asociativa, cooperativa y privada.En relación a los contenidos del informe se indica lo siguiente:

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Que la visita al área minera OSTIONAL BLOQUE 1, código 400204.A1, fue realizada los días 18, 19 y 20 de Octubre 2012, sin un contacto previo con el Titular Minero, cuya dirección y teléfono se encuentran en la página web del Ministerio de Recursos Naturales No Renovables y es de carácter Público, tal como se muestra en la figura siguiente y en donde se puede observar la dirección y teléfono del Titular Minero.

Fig. 1: Datos catastrales de carácter Público tomado de ARCOM

Fuente: ARCOM Agencia de Regulación y Control Minero http://www.arcom.gob.ec/index.php/servicios/base-de-datos

De acuerdo al Capítulo 1 INTRODUCCIÓN del informe de la visita in situ a la playa Ostional, se abre la “investigación de oficio” en base de los reportajes de LA TELEVISIÓN y ECUAVISA además del reportaje del periódico EL

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COMERCIO, lo cual es erróneo, ya que primero se debió verificar la veracidad de estos reportajes. Ver Anexo No 1.

Por ejemplo indican que: “la nota de prensa informa que existe una concesión minera en la Playa del Ostional, Mompiche otorgada a favor de Guillermo Varela el 09 de febrero de 2012”

Lo cual no es verdad, la concesión minera existe desde el año 1999 y fue otorgada por el Ministerio de Minas de ese entonces con fecha 30 de Noviembre de 1999; se ratifica la concesión minera luego del Mandato número 6 y se sustituye el Título Minero con fecha 22 de Febrero de 2001; incluso con estudio ambiental aprobado para explotación con fecha 13 de Noviembre de 2002, y con licencia ambiental otorgada el 9 de Febrero del 2012. Ver Anexo 2 Documentos legales del área Ostional Bloque 1.

En base a los antecedentes indicados se dispone la diligencia de parte de la Dirección Nacional de Protección para el 18, 19 y 20 de Octubre, mediante memorando No DPE-DNPDHN-2012-0523 de fecha 10 de octubre 2012, es decir 8 días antes de realizar la visita a la playa Ostional, tiempo suficiente para dar a conocer a las partes involucradas, en este caso al Titular Minero, señor Guillermo Varela actor principal de la diligencia, el cual no fue invitado.

Dentro de las actividades planificadas en la visita in situ a la playa Ostional, se describen las siguientes aclaraciones a varios párrafos:

Primera actividad: Visita a la playa OstionalObjetivo: Verificar los trabajos de extracción de arena de 16:00 a 22:00

Al respecto se debe aclarar que el horario de trabajo no es continuo, debido a que los horarios de marea baja cambian permanentemente y se tiene que cotejar con los datos del INOCAR. Está establecido que se puede trabajar de lunes a viernes, menos los días sábados y domingos así como días feriados. Se trabaja solo cuando la marea esta baja, es decir aproximadamente se puede trabajar 6 horas en el día y seis horas en la noche si es necesario; este horario se implementa a efectos de que coexista la minería verde y el turismo. No es verdad lo que indica El Comercio y los otros reportajes respecto de un horario de 16:00 a 22:00.

Respecto del carretero de acceso al área minera y de la caseta con cadena, se debe hacer conocer que es para control de entrada y salida de los camiones que transportan la arena negra, carretero que es para vehículos de

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triple transmisión (6x6) y en este tipo de pista no pueden acceder vehículos livianos, justamente para evitar accidentes.

La caseta se encuentra con guardia de seguridad y cuenta con chalecos fosforescentes y cascos, para entregar a los visitantes y poder mostrar la metodología de la minería verde que se implementa en el área OSTIONAL BLOQUE 1. Se lleva un registro de visitantes.

Los días 18, 19 y 20 de Octubre de acuerdo al reporte diario de producción se registra que no se explota durante toda la semana de Octubre (Lunes 16 al Viernes 19) por descanso del personal. Ver tabla siguiente:

Tabla 1

MES FECHA DIA TON OBSERVACIONES01/10/2012 LUNES No se explota02/10/2012 MARTES No se explota03/10/2012 MIÉRCOLES No se trabaja Mantenimiento de Carros04/10/2012 JUEVES Salida trabajadores05/10/2012 VIERNES Día libre trabajadores06/10/2012 SÁBADO Fin de semana07/10/2012 DOMINGO Fin de semana08/10/2012 LUNES Viaje trabajadores a Ibarra09/10/2012 MARTES Viaje trabajadores a Ibarra10/10/2012 MIÉRCOLES Viaje trabajadores a Esmeraldas11/10/2012 JUEVES Mantenimiento de carros12/10/2012 VIERNES Feriado13/10/2012 SÁBADO Fin de semana14/10/2012 DOMINGO Fin de semana15/10/2012 LUNES 5616/10/2012 MARTES 6417/10/2012 MIÉRCOLES 15218/10/2012 JUEVES 11219/10/2012 VIERNES No se explota20/10/2012 SÁBADO Fin de semana21/10/2012 DOMINGO Fin de semana22/10/2012 LUNES 14423/10/2012 MARTES 11224/10/2012 MIÉRCOLES 12825/10/2012 JUEVES 8026/10/2012 VIERNES No se explota27/10/2012 SÁBADO Fin de semana28/10/2012 DOMINGO Fin de semana29/10/2012 LUNES No se explota30/10/2012 MARTES 104 No se explota31/10/2012 MIÉRCOLES 112 No se explota

Responsable: 1064Ing. Edgar Pillajo

AREA MINERA OSTIONAL BLOQUE 1 - CODIGO 400204 A1RECOLECCION DE ARENAS NEGRAS DE PLAYA

REGISTRO DE PRODUCCION MINA (PLAYA NEGRA)

OC

TUB

RE

2012

12/11/2012

Ton. aproximadas. Cubicadas en terreno. El valor exacto se presentará en Informe de

producción a la ARCOM IBARRA

Fuente: Informe de producción presentado al MAEConcesiones diferentes:

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En referencia a las áreas mineras OSTIONAL BLOQUE 1 (Guillermo Varela) y el área MOMPICHE (Empresa Gran Nacional Minera), está claro que se trata de dos concesiones diferentes, incluso en la fase minera, ya que la primera está en la fase de explotación y la segunda en exploración; los Titulares son persona natural la primera y persona jurídica la segunda, la primera se otorga el Titulo Minero en el año 2000 es decir hace 10 años, y la segunda se otorga en el año 2011 es decir hace un año.

Existencia de controles a la explotación:

Se indica que “no se evidencia que exista un control de parte de alguna entidad estatal, para verificar cómo se realizan los trabajos, en que hora y cuánto se está extrayendo”.

Al respecto se debe indicar que se cuenta con registros diarios de la recolección de arena negra y las cantidades expresadas en toneladas, los mismos que han sido entregados al Ministerio del Ambiente. Ver Anexo 3: Copia de los informes de producción entregados al Ministerio del Ambiente.

A la ARCOM Agencia de Regulación y Control Minero de Ibarra por Ley se tiene que presentar el informe de producción AUDITADO, lo cual se realiza en forma semestral en los meses de Enero y Junio, para este caso como se inició la explotación de arenas negras en el mes de Febrero 2012, se ha presentado el respectivo informe auditado, en el mes de Julio 2012. Ver Anexo No 4: Informe de producción Auditado primer semestre 2012.

También durante el año 2012 se han realizado dos MONITOREOS AMBIENTALES, invitando a las principales autoridades y población local, para verificar in situ si existen afectaciones al ambiente. Ver Anexo No 5: Informes de Monitoreo Ambiental.

Cada año se tiene que presentar una AUDITORIA AMBIENTAL al Ministerio del Ambiente, pero como el inicio de la explotación es en Febrero 2012, dicha auditoría ambiental va a ser presentada en el mes de Enero 2013.

Si el Titular Minero estaba presente en esta diligencia, como debería haber sido, se habría informado sobre la MINERÍA VERDE que se realiza en la Playa Ostional, así como entregar toda la información requerida, por ejemplo el folleto informativo. Ver Anexo No 6: MINERÍA VERDE EN MOMPICHE.

Técnica que se utiliza para extraer la arena:

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La explotación de arenas negras, es bajo el régimen de PEQUEÑA MINERÍA, el procedimiento es ingresar a la playa, cargar las arenas negras tal como se encuentran en el sitio, en forma manual o con una excavadora tipo gallineta o pala, recogiendo una fina capa de arena a lo largo de la franja planificada, acumulando en el filo de la playa, luego entra el camión 6x6 para el cargado y se transporta con el cajón debidamente protegido hasta el centro de acopio.

Fig. 2: DIAGRAMA DE LA EXPLOTACIÓN DE ARENAS NEGRAS ÁREA OSTIONAL

SOLO SE TRABAJA CUANDO LA MAREA ESTA BAJA, NO SE LABORA SÁBADOS Y DOMINGOS NI FERIADOS.

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Acumulación de la arena negra cerca a la

orilla de la playa

Se utiliza la gallineta recogiendo una capa delgada de arena y

siguiendo las franjas, para evitar huecos en

la playa.

Entra el volquete de 8 toneladas de

capacidad

Cargado con gallineta (excavadora chica)

Se carga al volquete utilizando

la gallineta

Sale el camión bien protegido al centro de

acopio

Mineral listo para ser

comercializado

Se limpia con escoba y protege el camión para

evitar fugas

Se entrega pedidos. Se lleva

registros de ventas

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En este tipo de minería no se necesita talar el bosque, retirar la capa de suelo, hacer huecos o túneles, no se utiliza explosivos, tampoco es necesario una planta de beneficio por lo tanto no se utiliza agua ni energía, ningún tipo de reactivos químicos, no genera desechos (relaves o escombreras) incluso no es necesario construir campamentos, la maquinaria entra cuando la marea esta baja y luego tiene que salir es decir no es permanente.

El diseño de explotación aplicado, no deja huellas de la extracción y si usted visita la playa, puede bañarse y surfear sin notar que hay una mina activa en el lugar; esto ocurre gracias a las corrientes marinas y el sube y baja de las mareas y los aguajes, que continuamente reponen en forma natural material nuevo a la playa para ser aprovechado.

Color de la arena: En general es de color negro, pero por efecto de los aguajes en ciertas partes de la playa se pone de color gris verdoso, el aporte de arena negra a la playa es intermitente y depende de la fuerza de los aguajes, que ya son conocidos los más fuertes en los meses de invierno es decir Enero a Abril, en donde se espera exista un gran aporte de arena negra.

Pocas especies marinas en la playa. No hay presencia de invertebrados que son propios de la zona en la parte intermareal:

De acuerdo al informe “PROYECTO ESTRATEGIA REGIONAL DE BIODIVERSIDAD PARA LOS PAÍSES DEL TRÓPICO ANDINO2” y en relación a los ECOSISTEMAS MARINOS Y COSTEROS, elaborado por Dra. Patricia Majluf en Enero 2002, manifiesta que en la franja costera de Ecuador se registran playas, costas rocosas, acantilados, bahías, estuarios, lagunas costeras, islas de barrera, planicies intermareales, deltas, dunas y planicies costeras. En estos sectores el tipo de hábitat que se relaciona con las playas de arenas textualmente indica lo siguiente: “Una playa es un lugar en la orilla del mar donde se depositan y acumulan partículas de arena, grava no consolidad y fango. Cada playa recibe sus arenas principalmente de fuentes cercanas (Morelock, 1978). Las playas de arena usualmente poseen perfiles relativamente uniforme y suaves (Tal como en la Playa Ostional). En este sentido no ofrecen la diversidad topográfica del arrecife de coral o la costa rocosa. Sin embargo este tipo de hábitat es considerado como poco favorable para la vida (Hedgpeth, 1957). Esto se aplica principalmente a las playas que presentan más movimiento de sus arenas sobre el fondo. Esas playas de mucha energía pueden considerarse DESIERTOS BIOLÓGICOS en las zonas afectadas por el oleaje. Por otro lado, las playas con arenas de tamaño medio a fino, pueden estar densamente pobladas.” 2 Los Ecosistemas Marinos y Costeros, Majluf Patricia, 2002.

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Razón por la cual no existe presencia de invertebrados que son propios de la zona en la parte intermareal, no es por la recolección de arena, se debe considerar por otro lado que en la playa junto a acantilados no se forma la BERMA por cuanto no hay espacio, que son los sitios donde existe arena seca; en este sector la arena siempre va a estar húmeda por el efecto de las olas y el aporte permanente de salpicadura de agua, por lo cual la arena es floja y al recibir un peso se hunde.

Esta es la razón por la cual no hay abundante fauna de invertebrados, como crustáceos (piojos de mar) y moluscos (berberechos, almejas o caracoles) propios de esta zona en la parte intermareal. Otro factor es el movimiento de las partículas de arena negra en movimiento, que funcionan como agentes ABRASIVOS, con el potencial de dañar las estructuras delicadas de los microorganismos, por lo cual para sobrevivir en este ambiente, tienen que poseer fuertes y gruesas conchas para proteger las partes blandas de sus cuerpos.

La montaña del sector evidencia afectaciones por cuanto las raíces de los árboles están a la vista:

El tipo de costa en este sector es la denominada COSTA DE EROSIÓN es decir costas con playas junto a acantilados, a diferencia de las costas de sedimentación que forman extensas playas y arenales.

Se entiende por acantilados, las paredes verticales que caen sobre el mar, su evolución está determinada por el oleaje; en el caso de la Playa Ostional se trata de un ACANTILADO INACTIVO por estar sobre plataformas arenosas, se sitúan fuera del alcance del oleaje y están retirados respecto a la línea de costa aunque sea unos pocos metros

Los acantilados son ambientes poco acogedores para retener vegetación, y sólo se desarrolla en las grietas y taludes menos pronunciados, la vegetación de acantilado muestra un grado alto de especialización, al estar sometida a condiciones ambientales rigurosas: exposición al viento, salinidad, escaso desarrollo edáfico y escasa disponibilidad hídrica3.

3 Tomado de Ecosistemas litorales. Biblioteca AMBIENTAL de FUNGEOMINE

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Se debe aclarar que la explotación de arena negra durante los meses de Febrero a Noviembre 2012, se ha llevado únicamente en la PLAYA SECTOR NORTE, las fotos que se indican en el reporte de la Defensoría son de la parte sur, y son las mismas fotos presentadas en la Auditoría Ambiental Ex – Post aprobada por el MAE el 13 de Diciembre de 2011, es decir siete meses antes del inicio de la explotación autorizada por el MAE y MRNNR.

En este estudio ambiental ya se reporta que si no se saca la arena negra el mismo mar se encarga de llevarse nuevamente. Las fotos referidas son las siguientes:

FOTO 1: PLAYA CON ARENAS Y RESTOS DE MADERAS PRODUCIDOS LUEGO DE AGUAJES

Fuente: Auditoria Ambiental Ex – Post Junio 2011.

FOTO 2: RODADOS DE ACANTILADO POR EROSIÓN MARINA NORTE CONCESIÓN PUNTA OSTIONAL

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Fuente: Auditoria Ambiental Ex – Post Junio 2011.

Se observa que la arena permanece húmeda porque ha perdido la capa más superficial, además la contextura actualmente es floja ya que se hunde al recibir un peso:

La arena siempre estará húmeda por estar localizada junto a un acantilado, y entre las puntas Ostional al norte y El Suspiro al sur, por lo tanto no existe BERMA para tener arena seca. Este sitio se convierte en estratégico para la acumulación de arenas pesadas que son acumuladas por efecto de las corrientes marinas, los aguajes y el sube y baja de las mareas. Ver fotografía tomada en Marzo 2011 (11 meses antes de iniciar la explotación) cuando se realizaba el estudio ambiental para ser presentado al MAE, en donde se muestra las huellas que queda al caminar, con esta foto se demuestra que la arena de la playa Ostional siempre ha tenido esta contextura.

Foto No 3: Arena húmeda de contextura floja, foto tomada en Junio 2011,

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8 meses antes de iniciar la explotación

Fuente: Auditoria Ambiental Ex – Post Junio 2011.

La actividad de extracción de la arena negra ha afectado a la ruta o rambla que se encuentra sumamente extraída, por lo que la vegetación en los puntos duros está cayéndose por la exposición de las raíces:

La extracción de arena se ha realizado exclusivamente en la playa, NO SE TOPA EL PERFIL COSTANERO (No hay razón para toparlo), el mismo que se encuentra con vegetación secundaria; además los sitios de explotación se han llevado a cabo en la parte norte de la playa Ostional sobre una longitud de 200 metros. En los sitios que se nombra en el informe no se ha realizado explotación de arena negra.

La playa Ostional no cuenta con la playa mediolitoral que es la que aporta los sedimentos:

La playa siempre está recibiendo sedimentos por efecto de las corrientes marinas, aguajes y mareas, un balance de entrada y salida de arenas se realizará desde Febrero 2012 a Abril 2013, que comprende desde el inicio de

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la explotación a un año después para tener datos de verificación, para lo cual se está realizando levantamientos topográficas en referencia a un punto fijo, con estos datos se puede demostrar que el aporte es mucho mayor a recolección de arena negra.

El sitio de la Playa Ostional siempre ha sido estratégico para recibir sedimentos pesados (Arena negra) que proviene por efecto de las corrientes marinas, las olas y las mareas, debido a su posición geográfica al estar situado en sotavento entre las puntas del Suspiro al Sur y Ostional al Norte.

Esta zona ha sido afectada directamente por la actividad extractiva de arena:

Se necesita pruebas bien argumentadas para ratificar lo dicho.

Se ha producido un desbalance entre la reposición de arena y la que se extrae de la playa:

Pruebas, si se está pidiendo que haga el INOCAR cómo se puede aseverar antes de realizar una investigación al respecto.

Este desbalance provoca el cambio del equilibrio de energía del oleaje y provoca también el golpe directo con la costa:

Se comprobará con la investigación para definir si verdaderamente hay desbalance o no, no se puede afirmar lo dicho sin realizar una investigación previa.

Posibles causas de inundaciones en el sector y provoca una alteración importante en la dinámica natural de oscilación del perfil transversal de las playas:

Las inundaciones y aguajes sufridos meses atrás fueron en toda la costa ecuatoriana y no tiene nada que ver con algo puntual como la Playa Ostional. Se debe probar lo dicho.

La arena extraída de la playa el Ostional es superior a la posible reposición que naturalmente lo hace el mar, provocando pérdida de la condición de defensa costera y hábitat:

Se necesita terminar las investigaciones para demostrar lo dicho, no se puede aseverar sin fundamento.

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Apropiación de la vía pública:

Es carretero privado, construido solo para transportar la recolección de arena negra y por donde pueden circular solo carros 6 x 6 triple tracción. La prohibición es para evitar accidentes ya que se cuenta con tres volquetes que transportan la arena y no hay espacio para rebasar, es PELIGROSO y se pueden producir accidentes fatales si se permite el libre ingreso de vehículos.

Ya existió un carretero de acceso que la Defensoría puede exigir que se reabra, carretero mas plano y de fácil acceso a 150 metros al sur.

Que las autoridades competentes realicen inspecciones y verificaciones para que trabajen en los horarios permitidos:No existe control de parte de las autoridades públicas:

Ya se demuestra que los controles son muy exigentes y periódicos, por lo cual se adjunta los reportes presentados. Ver Anexos.

Las autoridades realizan el control de acuerdo a lo que determina la Ley.

Verificar el grado de afectación al ambiente terrestre y biótico de la playa el Ostional para determinar la existencia de daño:

No hay daño ambiental, será demostrado en el informe anual de explotación a presentar en Enero a la ARCOM IBARRA y en la Auditoría Ambiental del año 2012 a presentar el próximo Enero al MAE.

Procesos de socialización:

Se adjunta copia del proceso de participación social llevado a cabo antes de presentar la Auditoría Ambiental Ex – Post, tal como determina el Reglamento Ambiental para actividades mineras en el Ecuador.

Competencia del Municipio de Muisne para libre acceso a las playas y al mar:

Que el Municipio habrá el carretero de acceso antiguo que está más arriba a 200 metros sería los más correcto.

FOTO NO 4: ANTIGUO CARRETERO DE ACCESO A LA PLAYA PARA LIBRE ACCESO

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Fuente: Auditoria Ambiental Ex – Post 2011.

3.- Entrega de documentos solicitados

De conformidad con el artículo 21 primer inciso de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, en lo relativo a la obligación de colaboración de toda persona particular relacionada con las investigaciones defensoriales, se entrega las siguientes copias que están a cargo de Guillermo Varela Acurio en calidad de Titular Minero, aclarando que algunos de los documentos entregados solo pueden ser certificados por los Ministerios del Ambiente o de Recursos Naturales No Renovables.

Los documentos que se entregan se presentan en los Anexos a este informe.

Responsabilidad del presente reporte

Guillermo Varela AcurioTITULAR MINERO

ÁREA OSTIONAL BLOQUE 1

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ACLARACIÓN Y OBSERVACIONESTRAMITE DEFENSORIAL No 57856 – 2012

DICIEMBRE 2012

Dr. Hernán CazarASESOR LEGAL

MBA Ing. Edgar Pillajo GavidiaASESOR TÉCNICO

ÁREA OSTIONAL BLOQUE 1

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Anexo No 1Aclaración al reportaje de LA TELEVISIÓN

Aclaración al reportaje de ECUAVISAAclaración al reportaje de EL COMERCIO

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DICIEMBRE 2012

Anexo 2Documentos legales del área Ostional Bloque 1.

- Título de Concesión Minera Área Ostional Bloque 1- Oficio Aprobación Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental.- Oficio Aprobación Auditoría Ambiental.- Resolución N° 177 Otorgamiento Licencia Ambiental Área Ostional

Bloque 1.

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DICIEMBRE 2012

Anexo 3Copia de los informes de producción de Enero a Octubre entregados al

Ministerio del Ambiente

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DICIEMBRE 2012

Anexo No 4Informe de producción Auditado primer semestre 2012.

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DICIEMBRE 2012

Anexo No 5Informes de Monitoreo Ambiental Mayo y Noviembre 2012

En ejecución monitoreo ambiental para el 13 de Diciembre 2012

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DICIEMBRE 2012

Anexo N° 6

FOLLETO INFORMATIVO SOBRE MINERÍA VERDE EN MOMPICHE

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