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SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL NORMA TECNICA AMBIENTAL Clasificación, almacenamiento y segregación de residuos NTA- 405 1 de 27 ELABORADO POR Unidad de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible Original firmado por: Magda Patricia Díaz Firma y fecha: 2007-11-29 REVISADO POR: Comité Técnico Ambiental Original firmado por: Alonso Acosta Q. Firma y fecha: 2007-11-29 APROBADO POR: Gerencia de Distribución. Original firmado por: Margarita Olano Olano Firma y fecha: 2007-11-29 CLASIFICACION, ALMACENAMIENTO Y SEGREGACIÓN DE RESIDUOS TABLA DE CONTENIDO 1. OBJETO____________________________________________________________3 2. ALCANCE __________________________________________________________3 3. REFERENCIAS Y LEGISLACION APLICABLE _____________________________3 3.1 REFERENCIAS___________________________________________________3 3.2 LEGISLACIÓN APLICABLE ________________________________________3 4. DEFINICIONES ______________________________________________________5 5. DEFINICION DE RESIDUOS SEGÚN SU ORIGEN __________________________8 5.1 RESIDUOS INSTITUCIONALES _____________________________________8 5.2 RESIDUOS INDUSTRIALES ________________________________________8 5.3 DETALLE DE LOS RESIDUOS GENERADOS EN CODENSA ____________11 6. GENERACION DE RESIDUOS _________________________________________11 7. ANALISIS INTEGRAL DEL CICLO DE VIDA DEL PRODUCTO _______________11 8. TRANSPORTE DE RESIDUOS _________________________________________11 9. REUTILIZACION, RECICLAJE Y/O DISPOSICION FINAL ___________________12 10. ALMACENAMIENTO Y SEGREGACIÓN DE RESIDUOS INDUSTRIALES ______12 10.1 DEPÓSITOS DE ALMACENAMIENTO –TIPOLOGÍA CONSTRUCTIVA ___13 10.2 CRITERIOS PARA SEGREGACIÓN _______________________________14 10.3 IDENTIFICACIÓN DE PCBS______________________________________14 10.4 CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LOS ENVASES _______________14 10.5 ROTULADO Y ETIQUETADO DE ENVASES Y CONTENEDORES _______15 10.6 MANIPULACIÓN_______________________________________________17 11. SEPARACIÓN EN LA FUENTE DE RESIDUOS INSTITUCIONALES ___________17 11.1 SALUD OCUPACIONAL_________________________________________18 12. CONTROL DE RESIDUOS Y CERTIFICACION DE DISPOSICION FINAL _______18 12.1 RESIDUOS INDUSTRIALES _____________________________________18 12.2 RESIDUOS INSTITUCIONALES __________________________________18

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Clasificación, almacenamiento y segregación de residuos

NTA- 405

1 de 27

ELABORADO POR Unidad de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible

Original firmado por: Magda Patricia Díaz

Firma y fecha: 2007-11-29

REVISADO POR: Comité Técnico Ambiental

Original firmado por: Alonso Acosta Q.

Firma y fecha: 2007-11-29

APROBADO POR: Gerencia de Distribución.

Original firmado por:

Margarita Olano Olano Firma y fecha: 2007-11-29

CLASIFICACION, ALMACENAMIENTO Y SEGREGACIÓN DE RESIDUOS

TABLA DE CONTENIDO

1. OBJETO____________________________________________________________3 2. ALCANCE __________________________________________________________3 3. REFERENCIAS Y LEGISLACION APLICABLE _____________________________3

3.1 REFERENCIAS___________________________________________________3 3.2 LEGISLACIÓN APLICABLE ________________________________________3

4. DEFINICIONES ______________________________________________________5 5. DEFINICION DE RESIDUOS SEGÚN SU ORIGEN __________________________8

5.1 RESIDUOS INSTITUCIONALES _____________________________________8 5.2 RESIDUOS INDUSTRIALES ________________________________________8 5.3 DETALLE DE LOS RESIDUOS GENERADOS EN CODENSA ____________11

6. GENERACION DE RESIDUOS _________________________________________11 7. ANALISIS INTEGRAL DEL CICLO DE VIDA DEL PRODUCTO _______________11 8. TRANSPORTE DE RESIDUOS_________________________________________11 9. REUTILIZACION, RECICLAJE Y/O DISPOSICION FINAL ___________________12 10. ALMACENAMIENTO Y SEGREGACIÓN DE RESIDUOS INDUSTRIALES ______12

10.1 DEPÓSITOS DE ALMACENAMIENTO –TIPOLOGÍA CONSTRUCTIVA ___13 10.2 CRITERIOS PARA SEGREGACIÓN _______________________________14 10.3 IDENTIFICACIÓN DE PCBS______________________________________14 10.4 CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LOS ENVASES _______________14 10.5 ROTULADO Y ETIQUETADO DE ENVASES Y CONTENEDORES _______15 10.6 MANIPULACIÓN_______________________________________________17

11. SEPARACIÓN EN LA FUENTE DE RESIDUOS INSTITUCIONALES ___________17 11.1 SALUD OCUPACIONAL_________________________________________18

12. CONTROL DE RESIDUOS Y CERTIFICACION DE DISPOSICION FINAL _______18 12.1 RESIDUOS INDUSTRIALES _____________________________________18 12.2 RESIDUOS INSTITUCIONALES __________________________________18

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13. RESPONSABILIDADES ______________________________________________19 13.1 Gerencia Financiera y Administración y Gerencia de Distribución ___19 13.2 Gerencia de Comunicación____________________________________19 13.3 Unidad del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible _______________19

14. LISTADO DE DOCUMENTOS RELACIONADOS___________________________19 15. CONTROL DE REVISIONES___________________________________________27

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1. OBJETO

El objeto de este documento es establecer las condiciones de almacenamiento, manipulación, segregación y disposición de los residuos sólidos, semisólidos y líquidos generados en la Empresa, conforme a la legislación vigente.

2. ALCANCE Este procedimiento se aplica a todo tipo de residuos generados por las actividades propias de CODENSA, ya sean del tipo industrial o institucional y que se produzcan dentro de sus instalaciones o fuera de ellas. El presente procedimiento aplica a todo el personal propio, proveedores y empresas colaboradoras que realizan tareas para CODENSA. 3. REFERENCIAS Y LEGISLACION APLICABLE 3.1 Referencias • Norma Técnica Ambiental NTA-404 “Transporte y Almacenamiento de

Transformadores y Otros Equipos en Aceite”. • Norma Técnica Ambiental NTA-406 “Prevención y Remediación de Derrames de

Aceite”. • Norma Técnica Ambiental NTA-401 “Guía de identificación de PCBs” • Norma Técnica Ambiental NTA-402 “Almacenamiento y manipulación PCBs” • Norma Técnica Ambiental NTA-403 “Embalaje y transporte de equipos con PCBs” 3.2 Legislación Aplicable Resolución 2309 de 1986 del Ministerio de Salud Indica los residuos especiales, los criterios para su identificación, su tratamiento y su registro. Establece planes de cumplimiento, vigilancia y seguridad. Decreto 948 del 5 de 1995 del Ministerio del Medio Ambiente “Prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire". Ley 253 de 1996 “El Convenio de Basilea” Por medio de la cual se aprueba el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación, hecho en Basilea el 22 de marzo de 1989.

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Decreto 357 de 1997 de la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá Por el cual se regula el manejo, transporte y disposición final de escombros y materiales de construcción. Política para la gestión de residuos de Agosto de 1997 del Ministerio de Medio Ambiente Este documento tiene dos grandes componentes. El primero relacionado con el saneamiento ambiental como obligación a cargo del Estado, y que se orienta a establecer un marco de acción para las entidades públicas con responsabilidades en cuanto a la gestión de residuos sólidos, de manera especial a los municipios, involucrando las diferentes estrategias e instrumentos para fortalecer la acción del Estado en esta materia. El segundo referido a la vinculación que el sector privado tiene en cuanto a la generación de residuos. Ley 430 de 1998 del Ministerio de Medio Ambiente Por la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental, referentes a los desechos y se dictan otras disposiciones. Resolución 415 de 1998 del Ministerio de Medio Ambiente Por la cual se establecen los casos en los cuales se permite la combustión de los aceites de desecho y las condiciones técnicas para realizar la misma. Decreto 1713 de 2002 de la Presidencia de la República de Colombia Por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994, la Ley 632 de 2000 y la Ley 689 de 2001, en relación con la prestación del servicio público de aseo, y el Decreto Ley 2811 de 1974 y la Ley 99 de 1993 en relación con la Gestión Integral de Residuos Sólidos. Deroga parcialmente el decreto 605 de 1996. Decreto 1609 del 31 de julio de 2002 Por el cual se reglamenta el manejo y transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera. Resolución 1188 de 2003 del DAMA. Por la cual se adopta en todas sus partes el Manual de Normas y Procedimientos para la Gestión de Aceites Usados en el Distrito Capital. Resolución 1073 de 2003 de la CAR. Por la cual se adopta en todas sus partes el Manual de Normas y Procedimientos para la Gestión de Aceites Usados en el área de jurisdicción de la CAR. Decreto 1220 de 2005 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre la Licencia Ambiental.

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Ley 994 de 2005 de 2005 Por medio de la cual se aprueba el “Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes”. Decreto 4741 de 2005 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y manejó de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral. Guía Técnica Colombiana GTC 24 “Gestión Ambiental. Residuos Sólido. Guía para la separación en la Fuente”. 1998 4. DEFINICIONES Generador Cualquier persona cuya actividad produzca residuos o desechos peligrosos. Si la persona es desconocida será la persona que está en posesión de estos residuos. El fabricante o importador de un producto o sustancia química con propiedad peligrosa, para los efectos del presente decreto se equipara a un generador, en cuanto a la responsabilidad por el manejo de los embalajes y residuos del producto o sustancia. (Dec 4741 de 25005) Disposición Final Es el proceso de aislar y confinar los residuos o desechos peligrosos, en especial los no aprovechables, en lugares especialmente seleccionados, diseñados y debidamente autorizados, para evitar la contaminación y los daños o riesgos a la salud humana y al ambiente. (Dec 4741 de 25005) Residuo o desecho Es cualquier objeto, material, sustancia, elemento o producto que se encuentra en estado sólido o semisólido, o es un líquido o gas contenido en recipientes o depósitos, cuyo generador descarta, rechaza o entrega porque sus propiedades no permiten usarlo nuevamente en la actividad que lo generó ó porque la legislación o la normatividad vigente así lo estipula. Residuo o Desecho Peligroso. Es aquel residuo o desecho que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas puede causar riesgo o daño para la salud humana y el ambiente. Así mismo, se considera residuo o desecho peligroso los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos.

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Reutilización Es la acción por la cual el residuo, previa adecuación, es utilizado directamente para su función original o para alguna relacionada, sin adicionarle procesos de transformación. Reciclaje Es el proceso mediante el cual los residuos son transformados en nuevos productos o en materias primas básicas y puede incluir las operaciones de separación en la fuente, recolección, selección, acondicionamiento, procesamiento y comercialización. Residuo infeccioso (H6) Se considera residuo infeccioso aquél que contiene microorganismos tales como: bacterias, protozoarios, virus, ricketsias, hongos y recombinantes híbridos y mutantes, y sus toxinas, con la suficiente virulencia y concentraciones tales, que pueda producir una enfermedad infecciosa o toxi-infecciosa, puede causar daño a la salud humana o animal por ser reservorio o vehículo de infección. Residuo combustible Se entiende por residuo combustible, aquél que puede arder por acción de un agente exterior, como chispa o cualquier fuente de ignición y que contiene sustancias, elementos o compuestos que, al combinarse con el oxígeno son capaces de generar energía en forma de calor, luz, dióxido de carbono y agua, y tienen un punto de inflamación igual o superior a 60°C, e inferior a 93°C. Residuo inflamable (H3-H4.1) Se entiende por residuo inflamable, aquél que puede arder en presencia de una llama o una chispa bajo ciertas condiciones de presión y temperatura. Residuo explosivo (H1) Se entiende por residuo explosivo las sustancias o mezcla de ellas que son capaces por sí mismas y mediante una reacción química, de emitir un gas a una presión que pueda ocasionar daño a la salud humana y al ambiente. Residuo radioactivo Se entiende por residuo radioactivo, cualquier material que contenga compuestos, elementos o isótopos, con una actividad radiactiva por unidad de masa superior a 70 kBq/Kg (setenta kilo becquerelios por kilogramo) o 2nCi/g (dos nanocuries por gramo), capaces de emitir, de forma directa o indirecta, radiaciones ionizantes de naturaleza corpuscular o electromagnética que en su interacción con la materia produce ionización en niveles superiores a las radiaciones naturales de fondo. Residuo volátil Se entiende por residuo volatilizable, aquel que por su presión de vapor se evapora o volatiliza a temperatura ambiente.

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Residuo corrosivo (H8) Se entiende por residuo corrosivo aquél que posee la capacidad de deteriorar o destruir tejidos vivos, degradar otros materiales. Residuo reactivo (H4.3-H5.1-H5.2-H10) Se considera residuo reactivo aquél que al mezclarse o ponerse en contacto con otros elementos, compuestos, sustancias o residuos, es inestable y reaccionar de forma violenta. Residuo tóxico (H6.1-H11-H12) Se entiende por residuo tóxico aquél que en virtud de su capacidad de provocar efectos biológicos indeseables o adversos puede causar daño inmediato o a largo plazo a la salud humana, animal o vegetal y al medio ambiente. Residuos incompatibles Denominase residuos incompatibles aquellos que, cuando se mezclan o entran en contacto, pueden reaccionar produciendo efectos dañinos que atentan contra la salud humana, contra el medio ambiente o contra ambos. Residuos no peligrosos Aquellos que por sus características no causan daño a la salud humana o al medio ambiente.

Residuos Industriales Son aquellos que se originan en los procesos productivos, durante la realización de las obras de infraestructura o mantenimiento. A su vez, también se los clasifica teniendo en cuenta el tratamiento diferencial que se le debe dar. Se pueden identificar cinco oportunidades en las que se generan residuos: • Residuos generados en las operaciones rutinarias y normales de producción. • Residuos generados en situaciones limitadas y transitorias de salida de régimen de

proceso productivo. • Residuos generados por pérdidas o emisiones fugitivas. • Residuos generados como consecuencia de accidentes. • Residuos generados en instalaciones de almacenamiento de materias primas. Residuos No Industriales Son aquellos que se originan en las tareas cotidianas de oficina y para efectos de esta norma serán denominados institucionales.

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Aprovechamiento Es el proceso mediante el cual, a través de un manejo integral de los residuos sólidos, los materiales recuperados se reincorporan al ciclo económico y productivo en forma eficiente, por medio de la reutilización, el reciclaje, la incineración con fines de generación de energía, el compostaje o cualquier otra modalidad que conlleve beneficios sanitarios, ambientales y/o económicos. Separación en la fuente Es la clasificación de los residuos sólidos en el sitio donde se generan para su posterior recuperación. 5. DEFINICION DE RESIDUOS SEGÚN SU ORIGEN Para efectos de esta norma definiremos los siguientes tipos de residuos. 5.1 Residuos institucionales Los residuos institucionales generados por la Empresa están compuestos principalmente por papeles sucios con alimentos, envases de botellas, restos de alimentos y todo resto orgánico recolectado, además de papeles y cartones excedentes de las actividades de oficina. Estos residuos se consideran no peligrosos, salvo los excedentes de los equipamientos de informática, como cartuchos de tóner, tinta; papel carbónico y otros que son de carácter peligroso y necesitan de disposición final especial. 5.2 Residuos industriales No Peligrosos Inertes no metálicos Incluye los residuos provenientes de las actividades de operación y/o mantenimiento. Están constituidos entre otros por trapos y maderas no contaminados con hidrocarburos, porcelanas y envoltorios de cartón, plástico, vidrio, bolsas de polietileno. Inertes metálicos (chatarras) Poseen el mismo origen que los no metálicos, se componen de los elementos con/o de hierro, cobre, aluminio plomo, acero fundición, silicio.

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Vegetales Son aquellos excedentes de las actividades de poda y tala. Este residuo se incorpora dentro de los residuos Industriales por estar relacionado en CODENSA a procesos y/o planes de mantenimiento de servidumbres, construcción de líneas, circuitos u otras obras que impliquen la poda y/o tala de árboles o remoción de la cobertura vegetal.

Peligrosos Dentro de los residuos Industriales Peligrosos la Empresa genera varios grupos de residuos que se pueden clasificar según la Ley 253 de 1996, el Convenio de Basilea, como desechos que requieren control. A continuación se listan los grupos de categorías que aplican para los residuos generados por la empresa, la denominación “Y” corresponde a la especificación textual citada por la ley 253 de 1996. Y3 Desechos de medicamentos y productos farmacéuticos Y4 Desechos resultantes de ¡a producción, la preparación y la utilización de biocidas y

productos fitofarmacéuticos Y5 Desechos resultantes de la fabricación, preparación y utilización de productos

químicos para la preservación de la madera Y6 Desechos resultantes de la producción, la preparación y la utilización de disolventes

orgánicos Y8 Desechos de aceites minerales no aptos para el uso a que estaban destinados. Y10 Sustancias y artículos de desecho que contengan, o estén contaminados por

bifenilos policlorados (PCB), terfenilos policlorados (PCT) o bifenilos polibromados (PBB).

Y12 Desechos resultantes de la producción, preparación y utilización de tintas, colorantes, pigmentos, pinturas, lacas o barnices

Y17 Desechos resultantes del tratamiento de superficie de metales y plásticos. Desechos que tengan como constituyentes Y23 Compuestos de Zinc. Y26 Cadmio, compuestos de Cadmio. Y29 Mercurio, compuestos de Mercurio. Y34 Soluciones ácidas o ácidos en forma sólida Y41 Solventes orgánicos halogenados. Y42 Disolventes orgánicos, con exclusión de disolventes halogenados.

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La siguiente lista corresponde a los grupos de categorías que aplican para los residuos generados por la empresa categorizados con la letra “A”; corresponde a la especificación textual citada por el decreto 4741 de 2005. A1180 Montajes eléctricos y electrónicos de desecho o restos de éstos4 que contengan

componentes como acumuladores y otras baterías incluidos en la lista A, interruptores de mercurio, vidrios de tubos de rayos catódicos y otros vidrios activados y capacitadores de PCB, o contaminados con constituyentes del anexo I (por ejemplo, cadmio, mercurio, plomo, bifenilo policlorado) en tal grado que posean alguna de las características del anexo III (véase la entrada correspondiente en la lista BB1110)

A3020 Aceites minerales de desecho no aptos para el uso al que estaban destinados A3180 Desechos, sustancias y artículos que contienen, consisten o están contaminados

con bifenilos policlorados (PCB), terfenilo policlorado (PCT), naftaleno policlorado (PCN) o bifenilo policromado (PBB), o cualquier otro compuesto policromado análogo, con una concentración de igual o superior a 50 mg/kg.

A4010 Desechos resultantes de la producción, preparación y utilización de productos

farmacéuticos, pero con exclusión de los desechos especificados en la lista B A4030 Desechos resultantes de la producción, ¡a preparación y la utilización de biocidas y

productos fitofarmacéuticos, con inclusión de desechos de plaguicidas y herbicidas que no respondan a las especificaciones, caducados7, en desuso8 o no aptos para el uso previsto originalmente.

A4070 Desechos resultantes de la producción, preparación y utilización de tintas,

colorantes, pigmentos, pinturas, lacas o barnices, con exclusión de los desechos especificados en la lista B.

A4130 Envases y contenedores de desechos que contienen sustancias incluidas en el

anexo I, en concentraciones suficientes como para mostrar las características peligrosas del anexo III.

A4140 Desechos consistentes o que contienen productos químicos que no responden a

las especificaciones o caducados10 correspondientes a las categorías del anexo I, y que muestran las características peligrosas del anexo III

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5.3 Detalle de los residuos generados en CODENSA En el anexo No 1 se presenta un listado de los residuos que CODENSA genera en el desarrollo de las diferentes labores propias de su actividad y el tipo de utilización que se les dará como material reutilizable, reciclable o el tipo de disposición final adecuada. 6. GENERACION DE RESIDUOS Teniendo en cuenta que la no generación de residuos constituye la forma más eficaz de reducir la cantidad y toxicidad de residuos, además del costo asociado a su manipulación y los impactos ambientales, la Empresa trabajará por la reducción en el origen de los residuos, implementando programas de reparación y reutilización de materiales y equipos cuando esto sea técnica y económicamente aceptable y conveniente. 7. ANALISIS INTEGRAL DEL CICLO DE VIDA DEL PRODUCTO La Empresa clasificará cada uno de sus actuales y futuros insumos, materiales o equipos que ingresan como parte de su proceso productivo con el fin de determinar cuáles de ellos durante su ciclo de vida generan o se convierten en residuos peligrosos, esto de acuerdo con las características establecidas anteriormente. Codensa será responsable del correcto manejo del residuo desde el momento que este es generado hasta su disposición final. 8. TRANSPORTE DE RESIDUOS Los residuos generados en las actividades propias de CODENSA, deberán ser transportados hasta su sitio de acopio, en vehículos adecuados para tal fin teniendo especial cuidado de no perder materiales durante el transporte ni deteriorar excesivamente el residuo. En el proceso de transporte se deben observar absolutamente todas las normas de transito. El vehículo debe evitar todo movimiento brusco o agresivo. El conductor debe estar capacitado adecuadamente para este tipo de transporte.

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9. REUTILIZACION, RECICLAJE Y/O DISPOSICION FINAL La reducción en la fuente constituye la base fundamental del manejo integral de residuos, sin embargo los residuos que inevitablemente se producen deben aprovecharse al máximo, mediante diferentes alternativas de reutilización o reciclaje. Los elementos que sean susceptibles de reutilización deben gestionarse para este fin, como por ejemplo elementos que puedan utilizarse en el sistema eléctrico o los computadores que salen de servicio por obsolescencia y se encuentran en buen estado o son susceptibles de reparaciones menores. Si estos no se pueden reutilizar en las operaciones de CODENSA debe procurarse la entrega o donación fuera de la empresa. Los residuos que no puedan ser reutilizados deben segregarse para reciclaje y en caso de ser peligrosos, el gestor que los recicle debe contar con los permisos ambientales necesarios. Para los residuos que no puedan aprovecharse, su disposición final adecuada debe concertarse con la entidad designada para tal efecto de acuerdo con lo dispuesto en la legislación ambiental vigente. Para el caso de residuos peligrosos que no puedan ser aprovechados y no exista en el país gestores autorizados de residuos, estos deben ser almacenados de acuerdo con la legislación ambiental vigente y gestiona su disposición final fuera del país. 10. ALMACENAMIENTO Y SEGREGACIÓN DE RESIDUOS INDUSTRIALES Los residuos se irán depositando, a medida que se generen, en contenedores tales como canecas, bolsas y recipientes específicos situados en las áreas generadoras de los mismos y en los almacenes de reintegro de materiales. Una vez que el contenedor complete su capacidad, se deberá proceder al cierre adecuado del mismo garantizando que no haya fugas del residuo. Adicionalmente los recipientes para la separación de residuos se deberán identificar con símbolos que indiquen sus características de peligrosidad. En el Anexo 2 se presentan algunos de estos símbolos. El almacenamiento de los residuos dentro de la Empresa, se realizará en un lugar determinado, delimitado y separado para tal fin y separado del sitio asignado para el almacenamiento de los insumos. Los residuos líquidos deberán ser envasados, identificando en forma indeleble los recipientes, así como su contenido, la fecha de envasado y un número de orden.

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Deberá preveerse el distanciamiento necesario para todo aquel residuo incompatible entre si en función de los riesgos ambientales que su mezcla pueda provocar, o disponer de medios efectivos de separación que eliminen tales riesgos, y se mantendrán a resguardo de la posible acción de terceros. Estos recipientes pueden ser identificados con un código de colores como los sugeridos en la Guía Técnica Colombiana GTC-24 “Guía para la Separación en la Fuente” del Icontec u otras normas internacionales. Las Empresas Colaboradoras tienen la obligación de cumplir también con éstos requerimientos, tanto en el depósito propio como en el depósito de la Empresa o sus filiales. 10.1 Depósitos de almacenamiento –Tipología constructiva Las áreas destinadas al depósito de residuos deberán encontrarse identificadas, contar con adecuada ventilación y con todos los elementos de seguridad que permitan prevenir y controlar situaciones de riesgo, así mismo deberán ser emplazadas en terrenos no inundables y en lo posible separadas de otros edificios. Deberán hallarse separadas de otras áreas de usos diferentes, con distancias adecuadas según el riesgo que presenten. Las áreas de almacenamiento de residuos se identificarán de acuerdo al tipo de residuos que contengan, realizando separaciones con base en las incompatibilidades físico - químicas que los mismos presenten. Las áreas correspondientes a residuos peligrosos o especiales se construirán con materiales incombustibles con ventilación natural y con el piso impermeabilizado con pintura epóxica. El lugar donde se almacenarán los residuos líquidos deberá poseer un sistema de contención o concentración de pérdidas y/o derrames, y uno de recolección que no permita vinculación alguna con desagües pluviales o alcantarillas, además deberá poseer un sistema independiente contra incendios. Los contenedores utilizados como envases para acopio de residuos deberán ser albergados en lugares donde el techo permita la operación de un montacargas, preferiblemente con una altura mínima de 5 metros, así mismo el ancho de los pasillos deberá ser superior a 1.50 m, para que permitan el movimiento y traslado sin dificultad alguna.

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10.2 Criterios para segregación La segregación de los residuos deberá hacerse en el origen teniendo en cuenta los siguientes criterios: • Segregar los residuos líquidos de los sólidos. • Segregar los residuos peligrosos o especiales de los no peligrosos • Segregar los residuos peligrosos o especiales entre sí, de acuerdo con el tipo de

contaminante y su grado de peligrosidad La segregación en origen debe permitir reducir a un mínimo el trabajo del personal de los almacenes de reintegros, de los gestores de residuos y otros servicios, y prevenir las posibilidades de que se cometan errores a la hora de hacer la segregación, además de facilitar al gestor autorizado el tratamiento posterior del residuo. Los principales objetivos de la segregación en origen, son evitar: • La mezcla de residuos incompatibles, es decir, los que reaccionen violentamente o

exotérmicamente, o los que generen subproductos inflamables o tóxicos. • Las mezclas que puedan reducir el potencial de reciclaje y reutilización de algunos

residuos. En el Anexo 3 se muestra un listado de los agentes que se han de segregar con cuidado y que nunca se deben mezclar. 10.3 Identificación de PCBs Los transformadores y otros equipos con aceite que han salido de servicio deben ser sometidos al proceso de identificación de PCBs de acuerdo con lo establecido en la Norma Técnica Ambiental NTA-401 “Guía de identificación de PCBs” y de confirmarse una contaminación, estos deben ser almacenados y dispuestos de acuerdo con lo establecido en la Norma Técnica Ambiental NTA-402 “Almacenamiento y manipulación PCBs” y Norma Técnica Ambiental NTA-403 “Embalaje y transporte de equipos con PCBs”. 10.4 Características generales de los envases Los contenedores de residuos peligrosos o especiales, deberán ser construidos con materiales químicamente inatacables por el residuo que van a contener, de adecuada resistencia física, constructivamente estables y fácilmente manipulables.

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Los residuos de dimensiones pequeñas, se almacenarán en contenedores metálicos o plásticos dependiendo de su agresividad, estado de agregación y volumen/masa. Para líquidos y/o lodos que sean químicamente agresivos a los metales se pueden utilizar contenedores plásticos de capacidades entre 50 y 200 litros, el material se deberá seleccionar de acuerdo a las características físico- químicas de los residuos. Los contenedores plásticos de capacidades de entre 200 y 300 litros (55 y 80 galones aproximadamente) deberán tener ruedas para poder ser ubicados muy próximos a los puntos de segregación y permitir desplazarlos dentro de las instalaciones sin dificultad. Así mismo se dispondrán de forma vertical con sus orificios vertedores en la parte superior. Para el caso de materiales impregnados con aceite, como por ejemplo plásticos, trapos, maderas, otros, se utilizarán bolsas plásticas de suficiente calibre para que no se desgarren en la manipulación o el transporte. Los contenedores, metálicos o plásticos, deberán estar limpios y no contaminados con otras sustancias que pudiesen reaccionar y/o producir alteraciones en las condiciones físico-químicas de los residuos que contengan. Los contenedores, metálicos o plásticos no deberán tener ninguna inscripción y/o marca que induzca a confusiones en cuanto a su contenido y/o procedencia, sólo deberán tener aquellas que se detallaran en el Anexo 2. 10.5 Rotulado y etiquetado de envases y contenedores Los contenedores así como también las áreas de almacenamiento deberán estar debidamente identificadas a través de etiquetas y/o carteles. Los contenedores deberán estar rotulados indicando su contenido genérico, su constituyente especial, y de acuerdo a lo que establezca la Unidad de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, cuando los residuos sean de manejo especial, deberán numerarse y figurar los siguientes datos: Fecha de ingreso al almacenamiento transitorio, categoría del residuo, identificación, sector generador - área, e identificación en función del riesgo que presenten. La etiqueta debe permitir: • Informar de manera inmediata respecto al contenido del envase. • Evitar confusiones a la hora de manipularlos.

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• Ayudar al almacenamiento y a la prevención de accidentes, fugas y vertidos.

Los rótulos empleados deberán ser inalterables por acción del agua, sol, o por el propio producto almacenado. Los rótulos se colocarán en un lugar visible y de fácil lectura en la puerta de acceso a los mismos

La medida de la etiqueta dependerá de las dimensiones del envase, el mínimo será de 10x10 cm, y en ella tendrá que figurar:

• Nombre, dirección y teléfono del titular del residuo. • Fecha de envase. • La naturaleza de los riesgos que presentan los residuos, para lo cual se utilizarán

los pictogramas que permitan identificarlos como:

- Comburentes(O) - Corrosivos (C) - Explosivos (E) - Extremadamente inflamables (F+) - Fácilmente inflamables (F)

- Irritantes (Xi) - Nocivos (Xn) - Muy tóxicos (T+) - Tóxicos (T)

Aún no hay pictogramas para todos los residuos especiales. Cuando se asigne a un residuo más de un indicador de riesgo, se tendrán en cuenta los criterios siguientes:

• La obligación de poner un pictograma de residuo tóxico hace que sea facultativa la inclusión del indicador de riesgo de residuo nocivo y corrosivo.

• La obligación de poner un pictograma de residuo explosivo hace que sea facultativa la inclusión del indicador de riesgo de residuo inflamable y comburente.

Como las etiquetas de papel tienen el inconveniente de poderse desprender o deteriorar, se pueden sustituir por una chapa de plástico unida con un alambre al cuello del contenedor. Para facilitar la identificación de los contenedores y las áreas de almacenamiento, estos pueden ser identificados con un código de color, como el indicado en la guías técnicas

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colombianas u otras normas internacionales, en el Anexo 3 se muestra el código de colores sugerido por Icontec. 10.6 Manipulación En caso de requerirse la manipulación de residuos, se deberán tener en cuenta las especificaciones que a continuación se detallan.

• La movilización de los equipos y/o contenedores se hará por medio de montacargas, autoelevadores o medios apropiados y conducidos por personal capacitado tanto en el manejo de las sustancias almacenadas como en movimiento de cargas.

• Los equipos y/o envases serán movidos en posición vertical y amarrados, a fin de evitar posibles perdidas y/o derrames.

Se tomaran las medidas necesarias a fin de evitar el daño de los embalajes y de los rótulos. 11. SEPARACIÓN EN LA FUENTE DE RESIDUOS INSTITUCIONALES Los residuos institucionales generados en la empresa se deberán clasificar entre Reciclables, Orgánicos y Patógenos; entendiendo como residuos sólidos reciclables cualquier material, objeto, sustancia o elemento sólido que no tiene valor de uso directo o indirecto para quien lo genere, pero que es susceptible de incorporación a un proceso productivo como lo son el papel, cartón, vidrio, el plástico, el metal, Insumos de impresión etc.; un residuo sólido orgánico todo material o sustancia sólida o semisólida de origen orgánico como lo son los residuos vegetales, restos de comida y similares; y residuos patógenos todo tipo de residuo generado en los servicios sanitarios de la empresa. Para los residuos reciclables se deberá contar con recipientes especiales que permitan separar éstos residuos según sus características, ubicados en lugares estratégicos de la empresa según los determine la metodología del Programa de Reciclaje; igualmente para los insumos de impresión se dispondrá de un recipiente para su almacenaje. Para los residuos orgánicos, patógenos y otros no reciclables se utilizarán los recipientes habituales de la empresa (cestas, ceniceros, etc). El contenido de cada uno de los recipientes será trasvasado por los operarios del servicio de aseo interno a las bolsas respectivas según se establezca en el Programa de Reciclaje, y se enviarán al sitio de almacenamiento temporal garantizando que no haya roturas que puedan ocasionar fugas del residuo.

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El almacenamiento temporal de los diferentes residuos se realizará por separado en las zonas destinadas para tal fin, garantizando que el lugar se encuentre en condiciones de salubridad aceptables. 11.1 Salud ocupacional Todos aquellos trabajadores de CODENSA y Empresas Colaboradoras involucrados en la "Clasificación, Almacenamiento y Segregación de Residuos", deberán tener pleno conocimiento de los Factores de Riesgo presentes en su actividad y serán responsables de la utilización adecuada de los Elementos de Protección Personal y Dotación necesarios para eliminar la exposición a dichos factores. Además, en cada sitio de trabajo se deberá disponer de las Hojas de Seguridad del Residuo que se esté manipulando. 12. CONTROL DE RESIDUOS Y CERTIFICACION DE DISPOSICION FINAL 12.1 Residuos industriales De los residuos identificados como peligrosos deberá llevarse estricto registro de las cantidades generadas y de las cantidades procesadas y/o entregadas a los gestores para su disposición final, obteniendo certificación de Disposición Final por parte de dichos gestores autorizados. En el caso de los PCBs deberá obtenerse certificación de disposición final por un gestor autorizado que posea Licencia Ambiental para manipulación, transporte y destrucción del contaminante, de acuerdo con lo estipulado en el Decreto 1220 de 2005 sobre Licencias Ambientales. Estos documentos, así como los formatos de cadena custodia de la identificación de PCBs se constituyen en registros ambientales y deberán estar en los archivos de la Unidad de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible y a disposición de la Autoridad Ambiental. 12.2 Residuos institucionales De los residuos institucionales reciclables deberá llevarse registro de las cantidades generadas y de las cantidades procesadas y/o entregadas a los gestores para su disposición final.

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Los residuos que no puedan reciclarse, se entregarán para su disposición final a la empresa prestadora del servicio de aseo local de acuerdo con lo dispuesto en la legislación ambiental vigente. 13. RESPONSABILIDADES 13.1 Gerencia Financiera y Administración y Gerencia de Distribución

Los responsables de los almacenes y de las áreas donde se almacenan residuos permanente o temporalmente serán los encargados de verificar el cumplimiento de este procedimiento y en caso de registrarse alguna no-conformidad lo deberán notificar a la Unidad del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible. 13.2 Gerencia de Comunicación La Gerencia de Comunicación será responsable de divulgar los instructivos necesarios para llevar a cabo el programa de reciclaje y la permanencia de los comunicados en los diferentes medios, además diseñará la campaña de sensibilización en el tema del reciclaje dentro de la compañía. 13.3 Unidad del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible La Unidad del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible por medio de Evaluaciones Internas, controlará la correcta implementación de este procedimiento y tendrá a su cargo la clasificación de nuevos residuos generados por la Empresa. 14. LISTADO DE DOCUMENTOS RELACIONADOS Lista de Anexos 1- Lista de Residuos Generados por CODENSA S.A. 2- Rotulado 3- Residuos Incompatibles

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ANEXO 1: LISTADO DE RESIDUOS GENERADOS POR CODENSA

No RESIDUO TIPO CLASIFICACIÓN DE PELIGROSIDAD ESTADO FÍSICO

1 Aceite dieléctrico libre de PCBs P Y8, A3020 Liquido

2 Aceite lubricante P Y8 Sólido

3 Aceites contaminados con PCBs P Y10, A3180 Liquido

4 Balastros impregnados en aceites contaminados con PCBs P Y10, A1180, A3180 Sólido

5 Balastros impregnados en aceites libres de PCBs P Y8, A1180, A3020 Sólido

6 Baterías acido-plomo P Y31, Y34, A1 Sólido

7 Baterías Níquel -Cadmio

P Y26, A1 Sólido

8 Biocidas (herbicidas, raticidas, insecticidas) P Y4, A4030 Liquido, Sólido

9 Canecas usadas impregnadas en aceites contaminadas con PCBs P Y10, A3180, A4130 Sólido

10 Canecas usadas impregnadas en aceites libres de PCBs P Y8, A4130 Sólido

11 Condensadores (balastros) secos P A1180 Sólido

12 Envases de biocidas (herbicidas, raticidas, insecticidas) P Y4, A4030, A4130 Sólido

13 Escombros, lodos NP Sólido

14 Filtros de automotores P Y8 Sólido

15 Fotocontroles electrónicos P A1180 Sólido

16 Herrajes de Bronce NP Sólido

17 Kit clor-N-oil contaminados con PCBs P Y10, A3180 Sólido

18 Lámina de cadmio de fotocontroles

P Y26, A1 Sólido

19 Llantas, neumáticos NP Sólido

20 Maderas inmunizadas P Y5 Sólido

21 Medicamentos y otros productos farmacéuticos P Y3, A4010 Liquido, Sólido

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No RESIDUO TIPO CLASIFICACIÓN DE PELIGROSIDAD ESTADO FÍSICO

22 Pilas o componentes a base de carbón-zinc o manganeso P Y23 Sólido

23 Pilas o componentes a base de oxido mercurio P Y29, A1 Sólido

24 Pilas o componentes a base de sulfuro de cadmio P Y26, A1 Sólido

25 Plásticos (vasos, bolsas, etc) NP - Sólido

26 Porcelanas aisladoras NP Sólido

27 Postes y tapas de concreto NP Sólido

28 Químicos y otros desechos provenientes del laboratorio de aceites dieléctricos

P A4140, Y4140 Liquido

29 Residuos de cicatrizante hormonal

P Y4, A4030,

medianamente tóxico

Liquido

30 Residuos de pinturas P Y12, A4070 Sólido

31

Residuos electrónicos (Computadores, radios, televisores y otros equipos eléctricos o electrónicos en desuso que posean materiales peligrosos)

P A1180 Sólido

32 Residuos sólidos impregnados en aceites libres de PCB (estopas, aserrín, tierra, EEP)

P Y8, A3020 Sólido

33 Residuos sólidos impregnados en PCBs (estopa, aserrín, tierra, EPP) P Y10, A3180 Sólido

34

Residuos sólidos impregnados en solventes y limpiadores para el tratamiento de superficies (Thinner, Gasolina)

P Y6, Y41, Y42, Y17, A3140 Sólido

35 Retal de cable de Aluminio desnudo o aislado NP Sólido

36 Retal de cable de cobre desnudo o aislado NP Sólido

37 Tóner y cartuchos P Y12, A4070 Sólido

38 Transformadores y otros equipos contaminados con PCBs P Y10, A3180 Sólido

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No RESIDUO TIPO CLASIFICACIÓN DE PELIGROSIDAD ESTADO FÍSICO

39 Tubos de descarga provenientes de lámparas de vapor Hg P Y29, A1 Sólido

40 Tubos fluorescentes

P Y29, A1 Sólido

41 Vegetales (excedentes de poda, tala y rocería, cobertura vegetal) NP

Sólido

42 Vidrios

NP

Sólido

P: Peligroso NP: No peligroso

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ANEXO 2: ROTULOS

C Corrosivo

T Tóxico T+ Muy Tóxico

F Fácilmente

Inflamable F+ Extremadamente

Inflamable

Xn Nocivo Xi Irritante

E Explosivo

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ANEXO 3. RESIDUOS ESPECIALES INCOMPATIBLES Se debe impedir la mezcla de los grupos A con los B, por que son incompatibles.

GRUPO 1-A Lodos de acetileno Líquidos alcalinos y cáusticos Limpiadores alcalinos Líquidos alcalinos corrosivos Fluidos de baterías, corrosivos, alcalinos Agua cáustica de desecho Lodos de cal y otros álcalis corrosivos Lechada de cal de desecho y agua Cáusticos de desecho

GRUPO 1-B Lodos ácidos Ácidos y Agua Ácido de batería. Limpiadores químicos Electrolitos ácidos Líquidos y solventes de agua fuerte Licor de salmuera y otros ácidos corrosivos Ácido de desecho Mezcla ácida de desecho Ácido sulfúrico de desecho

Consecuencias potenciales: generación de calor; reacción violenta.

GRUPO 2-A Aluminio Berilio Calcio Litio Magnesio Potasio Sodio Polvo de Zinc

GRUPO 2-B Cualquier desecho de los grupos 1-A o 1-B Otros metales reactivos e hidruros metálicos.

Consecuencias potenciales: fuego explosión; generación de gas hidrogeno o inflamable.

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GRUPO 3-A Alcoholes Agua

GRUPO 3-B Cualquier desecho concentrado de los grupos 1-A o 1-B Calcio, Litio, Hidruros metálicos, Potasio SO2C12, SOC12, PC13, SIC13 Otros desechos que reaccionan con agua

Consecuencias potenciales; fuego, explosión o generación de calor, generación de gases tóxicos o inflamables

GRUPO 4-A Alcoholes Aldehídos Hidrocarburos halogenados Hidrocarburos nitrados Hidrocarburos no saturados Otros compuestos orgánicos reactivos y solventes

GRUPO 4-B Desechos concentrados de los grupos 1-A o 1-B, desechos del grupo 2-A.

Consecuencias potenciales: fuego, explosión o reacción violenta.

GRUPO 5-A Cianuro de desecho y soluciones de sulfuros

GRUPO 5-B Desecho del Grupo 1-B

Consecuencias potenciales: generación de cianuro tóxico de hidrógeno o gas de sulfuro de hidrógeno.

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GRUPO 6-A Cloratos Cloro Clorito Ácido crómico Hipocloritos Nitratos Percloratos Permanganatos Peróxidos Otros oxidantes fuertes

GRUPO 6-B Ácido acético y otros ácidos orgánicos Ácidos minerales concentrados Desechos del grupo 2-A Desechos del grupo 4-A Otros desechos inflamables y combustibles

Consecuencias potenciales: fuego, explosión o reacción violenta.

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15. CONTROL DE REVISIONES

REVISIÓN MODIFICACIONES FECHA 0 Primera versión 2001-11-25 1 Cambio de formato

Se incluyó Resolución 318 de 2002, el Decreto 1713 de 2002 y Decreto Ley 2811 de 1984 en el numeral 3.2 Legislación Aplicable. Incluir las definiciones de “Aprovechamiento” y “Separación en la fuente”. En el numeral 5.2 incluir el residuo tipo Y26 Cadmio, compuestos de Cadmio. Se incluyó el numeral 8 Transporte de Residuos. Se incluyó el numeral 11 Separación en la fuente de residuos institucionales. Se incluyó en el capitulo 12 las responsabilidades de la Gerencia de Comunicación.

2003-05-29

2 Se actualiza la legislación aplicable. Se actualizan los nombres de la NTA-401, NTA-402 y NTA-403. Se modifica el nombre de la Unidad de Medio Ambiente por Unidad de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.

2006-10-25

3 Se actualiza la legislación aplicable Se modifico el numeral 4 incluyendo algunas definiciones. Se modifico el numeral 5.2 actualizando los códigos “Y” y “A” de Residuos Peligrosos Se modifico el numeral 9 incluyendo algunos párrafos aclaratorios. Se modifico el anexo 1 LISTADO DE RESIDUOS GENERADOS POR CODENSA. Se elimino el anexo 3- Código de colores.

2007-11-29