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11-18 0334-440-003717/19-04554-0818/22 de agosto de 2018. Tasa Ordinaria TIIE + 48% + IVA Ver cláusula DÉCIMA NOVENA

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11-18

0334-440-003717/19-04554-0818/22 de agosto de 2018.

Tasa OrdinariaTIIE + 48% + IVA

Ver cláusula DÉCIMA NOVENA

DATOS DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE CONTRATOS DE ADHESIÓN:

0334-440-003717/19-04554-0818

CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO EN CUENTA CORRIENTE ENTRE EL

TARJETAHABIENTE Y AMERICAN EXPRESS BANK (MÉXICO), S.A., INSTITUCIÓN DE

BANCA MÚLTIPLE

PRIMERA.- INTRODUCCIÓN

Este Contrato junto con la carátula respectiva, conforman el Contrato que regula el uso de su cuenta de La Tarjeta de Crédito American Express. Este Contrato reemplaza cualquier otro Contrato relacionado con la cuenta de La Tarjeta. Nosotros le haremos entrega de una copia del mismo o se lo haremos de su conocimiento en nuestras oficinas ubicadas en Avenida Patriotismo 635, Colonia Ciudad de los Deportes, C.P. 03710, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México, México o en nuestra página de Internet www.americanexpress.com.mx.

Usted o el Tarjetahabiente Básico, significa la persona que presentó la solicitud para la cuenta de La Tarjeta. Nosotros o American Express, significa American Express. La Tarjeta significa cualquier tarjeta o medio de pago que Nosotros emitamos para que pueda hacer uso de la cuenta de La Tarjeta. Cargo significa cualquier transacción que Usted realice con La Tarjeta o que de cualquier otra forma se cargue a La Tarjeta, incluyendo, cargos por disposición de efectivo, compras, comisiones, cuotas, intereses, impuestos, y cualquier otra cantidad que Usted esté de acuerdo en pagarnos o sea responsable del pago de conformidad con el presente Contrato. Este Contrato únicamente podrá celebrarse con personas mayores de edad, por lo que está prohibida la celebración del mismo con personas menores de edad en términos de la legislación aplicable. Al activar su Tarjeta, Usted reconoce y acepta sujetarse a los términos y condiciones que regulan el uso de The Platinum Credit Card American Express®, The Platinum SKYPLUS Credit CardAmerican Express®, The Gold Elite Credit Card American Express® y American Express PAYBACK® Gold Credit Card de la cual Usted sea Titular. Le solicitamos que lea en forma completa este Contrato y que lo conserve para su referencia.

Usted nos podrá solicitar que emitamos una o varias Tarjetas con cargo a su cuenta en favor de determinadas personas, y si Nosotros emitimos tales Tarjetas, dichas personas serán denominadas Tarjetahabientes Suplementarios a su cuenta de La Tarjeta, quedando obligados a utilizar ésta en los términos y condiciones aquí estipulados. Es su responsabilidad que cualquier Tarjetahabiente Suplementario esté plenamente enterado de los términos y condiciones del presente Contrato.

Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios son las únicas personas que pueden utilizar La Tarjeta, ya que ésta no es endosable ni transferible. Por tal motivo, al recibir La Tarjeta, ésta deberá ser firmada de inmediato por Usted y por los Tarjetahabientes Suplementarios.

SEGUNDA.- EMISORA DE LA TARJETA

La emisora de La Tarjeta es American Express Bank (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, debidamente constituida y existente bajo las leyes de la república mexicana (de aquí en adelante “American Express” o “Nosotros”), con domicilio social en Avenida Patriotismo 635, Colonia Ciudad de los Deportes, C.P. 03710, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México, México y página de Internet www.americanexpress.com.mx.

TERCERA.- PARTES DEL CONTRATO

Este contrato crea una relación jurídica entre Usted y Nosotros por virtud de la cual se obliga a pagar el importe de todos los cargos que se efectúen en la cuenta de La Tarjeta.

CUARTA.- OBJETO DEL CONTRATO

De conformidad con las disposiciones legales aplicables, Nosotros le otorgamos a Usted un crédito en cuenta corriente en moneda nacional hasta por el importe que aprobemos y le confirmemos oportunamente, dentro de cuyo límite se encuentran expresamente comprendidos los intereses, prestaciones, gastos y comisiones que Usted está obligado a pagarnos como consecuencia de lo acordado en este Contrato.

QUINTA.- USO DE LA TARJETA/CÓDIGOS

Para prevenir un mal uso de La Tarjeta, deberá asegurar que tanto Usted como los Tarjetahabientes Suplementarios realicen lo siguiente:

• Firmar La Tarjeta inmediatamente después de recibirla en el reverso de la misma;

• Conservar en lugar seguro La Tarjeta en cualquier momento;

• Revisar frecuentemente que tiene La Tarjeta bajo su posesión;

• No permitir que otra persona utilice La Tarjeta;

• Asegurarse que La Tarjeta le sea devuelta cuando efectúe un Cargo; y

• Nunca dar detalles de La Tarjeta a personas no autorizadas, con excepción de que la utilice bajo los términos de este Contrato.

Para proteger su Número de Identificación Personal (NIP), códigos de acceso a nuestro centro telefónico, códigos de acceso o “passwords” a nuestra página de Internet, o cualquier otro código que Usted utilice en su cuenta de La Tarjeta (Códigos), deberá asegurar que tanto Usted como los Tarjetahabientes Suplementarios realicen lo siguiente:

• Memorice su Código;• Destruya inmediatamente cualquier

comunicación informándole sus Códigos;• No conserve ningún registro de sus Códigos

con La Tarjeta o cerca de sus números de cuenta;

• No proporcione los Códigos a ninguna persona;

• Si usted selecciona un Código, no escoja algún Código que se pueda asociar fácilmente con su nombre, fecha de nacimiento o teléfono; y

• Tenga cuidado para prevenir que ninguna persona vea su Código al utilizarlo para disponer de efectivo en Cajeros Automáticos o en cualquier otro sistema o equipo electrónico.

Usted y el Tarjetahabiente Suplementario reconocen y aceptan el carácter personal e intransferible de las Tarjetas, así como la confidencialidad del número de identificación personal “NIP”, obligándose a firmar de inmediato las Tarjetas para prevenir el mal uso de las mismas. Por lo tanto, es de su exclusiva responsabilidad cualquier quebranto que pudieren sufrir como consecuencia del uso indebido que se llegare a hacer de las Tarjetas o del “NIP”.

La Tarjeta se entregará desactivada y para su activación Usted deberá solicitarlo expresamente, ya sea vía telefónica o por nuestra página de Internet. Nosotros le entregaremos el “NIP” en forma separada a La Tarjeta.

No procederán Cargos a la cuenta de La Tarjeta en caso de que la misma no haya sido activada conforme a lo previsto en el párrafo de arriba. Lo anterior no será aplicable a Cargos Recurrentes y otros previamente autorizados por Usted, cuando se sustituya La Tarjeta.

Tanto Usted como los Tarjetahabientes Suplementarios deberán documentar las disposiciones del crédito conferido mediante la suscripción de pagarés o notas de cargo, documentos incondicionales de pago a la vista o cualesquiera otro que para tal efecto se utilicen internacionalmente y que llegaran a corresponder en cada ocasión, según fuere requerido en los Establecimientos, salvo que se realicen a través de Cajeros Automáticos u otros equipos o sistemas automatizados autorizados.

Lo anterior no será aplicable al Programa “Firma en Expediente”, por el cual Usted queda autorizado a hacer Cargos por teléfono, por correo o por Internet, sin tener que firmar las notas de cargo. Cada vez que usted haga Cargos bajo el programa “Firma en Expediente”, el Establecimiento insertará las palabras “Signature on File” o “Firma en Expediente”, en la línea reservada para la firma en las notas de cargo. En estos supuestos, Usted deberá autorizar en forma previa al Establecimiento por escrito o a través de medios electrónicos que realice Cargos a La Tarjeta mediante este Programa. Usted acepta y conviene en pagar todos los cargos relacionados y hechos a través de este Programa, en los mismos términos pactados en este Contrato para cualquier Cargo.

Asimismo, tratándose de operaciones en las que Usted no presente La Tarjeta cuando realice otro tipo de operaciones por teléfono o a través de Internet, se entenderá que la operación fue solicitada por Usted, cuando los bienes o servicios adquiridos se entreguen o presten, según corresponda, en el domicilio que Usted tenga registrado con Nosotros.

En caso de que los servicios no se entreguen o presten conforme al párrafo anterior, Nosotros podemos convenir con el Establecimiento los procedimientos para verificar que la persona que solicitó la operación es el Tarjetahabiente Básico.

Usted nos autoriza en este acto a descontar, ceder, negociar o de cualquier otra forma traspasar los pagarés y/o las notas de cargo u otros documentos relacionados con los cargos, endosándolos en propiedad o en procuración, a favor de terceras personas.

SEXTA.- USOS PERMITIDOS DE LA TARJETA

Usted podrá utilizar La Tarjeta sujeto a las restricciones que se establecen en el presente Contrato, la cual podrá ser utilizada para la compra de bienes y servicios en los establecimientos afiliados a American Express (en lo sucesivo, los “Establecimientos”). A continuación se establecen algunos ejemplos:

• Utilizar La Tarjeta para la compra de bienes y servicios en Establecimientos al presentar la misma y firmar las notas de cargo o los códigos correspondientes; y

• Utilizar La Tarjeta para la compra de bienes y servicios solicitados a un Establecimiento por teléfono, Internet o correo.

Si Nosotros lo autorizamos, Usted también podrá utilizar La Tarjeta para disposición de efectivo en cajeros automáticos que acepten La Tarjeta. Asimismo, si Nosotros lo autorizamos Usted podrá utilizar La Tarjeta para transferencias de saldos sujeto a los términos de la cláusula Trigésima Segunda del presente Contrato.

En caso de que sea permitido por el Establecimiento, Usted podrá devolver al Establecimiento los bienes y servicios adquiridos con La Tarjeta y recibir un crédito a su cuenta.

La Tarjeta solo podrá utilizarse una vez que Usted solicite su activación mediante los procedimientos de activación que le indiquemos al momento de su entrega respectiva. No procederá la realización de cargos hasta que La Tarjeta haya sido activada.

Nosotros pagaremos a los Establecimientos, por cuenta de Usted, ya sea directamente, o a través de instituciones emisoras de tarjetas de crédito pertenecientes a los sistemas nacionales o mundiales con los que celebremos convenios al efecto, según el caso, el importe que proceda por los bienes o servicios proporcionados a Usted por dichos Establecimientos, incluyendo impuestos, propinas y gastos diversos.

SÉPTIMA.- USOS NO PERMITIDOS DE LA TARJETA

Usted se abstendrá de realizar lo siguiente:

• Proporcionar La Tarjeta o su número de cuenta a terceras personas o permitirles que utilicen La Tarjeta o su cuenta para la realización de Cargos, identificación o para cualquier otro propósito;

• Utilizar La Tarjeta para la compra de bienes para posteriormente ser revendidos;

• Devolver bienes y servicios adquiridos con La Tarjeta para obtener un reembolso en efectivo;

• Utilizar La Tarjeta para obtener efectivo por parte de un Establecimiento;

• Obtener un crédito en La Tarjeta, con excepción del reembolso de bienes y servicios previamente adquiridos con la misma;

• Utilizar La Tarjeta si Usted se encuentra involucrado en un proceso de concurso o en estado de insolvencia o si Usted no tiene los fondos suficientes para pagar al menos el pago mínimo en su próximo Estado de Cuenta;

• Utilizar La Tarjeta si la encuentra en forma posterior al aviso de pérdida o robo de la misma;

• Utilizar La Tarjeta si la misma ha sido suspendida o cancelada o en forma posterior a la fecha de vigencia que se establece en el anverso de La Tarjeta;

• Utilizar La Tarjeta para propósitos ilícitos, incluyendo para la compra de bienes y servicios prohibidos por la legislación Mexicana o en cualquier otro país en donde La Tarjeta sea utilizada; y

• Utilizar La Tarjeta para la adquisición de mercancías o para la adquisición de algún bien o servicio con fines empresariales.

Es responsabilidad de Usted y de los Tarjetahabientes Suplementarios que La Tarjeta no sea utilizada para los fines antes mencionados. Asimismo, Usted será responsable de cualquier uso no permitido de La Tarjeta, aún en el supuesto de que Nosotros no prevengamos o suspendamos el uso prohibido.

OCTAVA.- LÍMITE DE CREDITO

Nosotros le informaremos de conformidad con la legislación aplicable el límite de crédito asignado a la cuenta de La Tarjeta, cuyo monto es la cantidad máxima que Usted podrá disponer con La Tarjeta en los términos del presente Contrato.

Usted se obliga a manejar su cuenta de tal forma que el saldo insoluto de La Tarjeta no exceda del límite de crédito. No obstante, podremos aprobar cargos que resulten en un exceso en el límite de crédito asignado, lo cual no constituye un incremento en el límite de crédito. En caso de que sea requerido por Nosotros, Usted nos debe pagar en forma inmediata los cargos en exceso al límite de crédito conferido.

Usted nos podrá solicitar un incremento en su línea de crédito, y Nosotros podremos aprobar su petición a nuestra discreción, y sujeto a que nos haya proporcionado la información que le solicitemos. Dicha solicitud nos la podrá realizar incluso para que se efectúen incrementos periódicos a la línea de crédito.

Nosotros podemos aumentar el límite de crédito asignado a la cuenta de La Tarjeta, en caso de que Usted tenga un buen comportamiento crediticio. Para tal efecto, podemos formularle una oferta para aumentarle el límite de crédito, la cual para ser válida, deberá ser aceptada expresamente y previamente por Usted ya sea en forma verbal, escrita o por medios electrónicos en términos de la legislación aplicable.

Asimismo, Nosotros podemos ofrecerle que se realicen incrementos periódicos a la línea de crédito en caso de que Usted nos proporcione su consentimiento en cualquiera de las formas mencionadas. Nosotros le comunicaremos el incremento a la línea de crédito a través del Estado de Cuenta, y Usted tendrá en todo momento el derecho de no aceptarlo.

Asimismo, nos reservamos el derecho de reducir en forma unilateral en cualquier momento el límite de crédito otorgado a Usted. Las causas por las cuales podemos reducir el límite de crédito son las que se mencionan a continuación en forma enunciativa mas no limitativa: i) en caso de que Usted incumpla en realizar el pago mínimo de La Tarjeta o bien su cuenta se encuentre en atraso en sus pagos; ii) en caso de que Usted incumpla con cualquier otro contrato que tenga celebrado con American Express o con cualquiera de sus filiales o subsidiarias; iii) en caso de que obtengamos de las sociedades de información crediticia reportes de crédito negativos de Usted; iv) en caso de que a nuestro juicio Usted no tenga capacidad de pago para cumplir con los términos y condiciones del contrato; y v) que a nuestro juicio existan cambios en las condiciones económicas, políticas y sociales del país que puedan afectar su capacidad de pago.

La notificación de la reducción del límite de crédito podrá efectuarse por medio del Estado de Cuenta, correo electrónico, carta, teléfono o por cualquier medio electrónico o impreso. Asimismo, Usted nos podrá solicitar que reduzcamos su límite de crédito en cualquier momento.

NOVENA.- CARGOS A LA TARJETA

El concepto Cargos se emplea para denominar a todas aquellas cantidades reflejadas en el Estado de Cuenta de La Tarjeta, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa, las siguientes:

a. El importe de los pagarés, notas de cargo, o cualesquiera otros documentos que se hubieren suscrito o generado de conformidad con lo dispuesto en este contrato, en relación con la adquisición por cualquier medio (telefónicamente, correo, Internet, etc.) de bienes y/o servicios en los Establecimientos, incluyendo los cargos que se realicen en Establecimientos bajo el programa de Mensualidades sin Intereses;

b. El importe de las disposiciones en efectivo, así como los cargos y comisiones aplicables por dichas disposiciones, ya sea en nuestras oficinas, en las de nuestros comisionistas; o a través de los cajeros automáticos que tengamos establecidos, o en operación en sucursales de otras instituciones con las que nosotros tengamos celebrados convenios;

c. El importe de pagos rechazados o devueltos por Nosotros por cualquier causa, debiendo ser cubiertos en forma íntegra en la fecha límite de pago;

d. El importe de los pagos que Usted nos solicite que realicemos por su cuenta en favor de un tercero, incluyendo la liquidación de saldos de otras tarjetas de crédito o cargo emitidas por otras instituciones de crédito, tiendas o establecimientos comerciales con cargo a La Tarjeta que Usted nos solicite en los términos de la cláusula Trigésima Segunda del presente contrato;

e. El importe de los cargos correspondientes al exceso del límite de crédito conferido (“sobregiro del crédito”);

f. El importe de los intereses que, en su caso procedan de conformidad con lo dispuesto en la cláusula Décima Novena del presente contrato; y

g. El importe de las comisiones aplicables que se describen en la cláusula Décima y en la Carátula del presente Contrato.

DÉCIMA.- COMISIONES APLICABLES

La comisión por concepto de la cuota anual de La Tarjeta, se establece en la Carátula del presente Contrato, que forma parte integrante del mismo. Asimismo, las siguientes comisiones aplican:

10.1.- Por el uso de La Tarjeta: Comisión por pago tardío: En caso de que Usted no liquide al menos el pago mínimo en la fecha límite de pago, deberá pagar en adición a los intereses ordinarios una comisión fija por la cantidad que se establece en la Carátula del presente Contrato. El importe de la comisión será la que resulte menor del importe del incumplimiento o la cantidad que se establece en la Carátula del presente Contrato. Asimismo, el importe de dicha comisión podrá variar en su monto dependiendo el tipo de Tarjeta de la que Usted sea Titular. 10.2.- Por disposición de efectivo en cajeros automáticos en el extranjero:

10% más I.V.A. sobre el monto de la disposición en efectivo.

Usted reconoce y acepta que Nosotros de conformidad con las disposiciones aplicables, le hemos informado en forma previa a la firma de este contrato, el monto de las comisiones vigentes por los conceptos mencionados.

Nosotros le comunicaremos mediante mensaje en Estado de Cuenta, medios electrónicos y por medio de nuestra página de Internet www.americanexpress.com.mx; los incrementos al importe de las Comisiones; así como las nuevas Comisiones que se pretendan cobrar, por lo menos, con treinta días naturales de anticipación a la fecha prevista para que éstas surtan efectos.

Sin perjuicio de lo anterior, Usted tendrá derecho a dar por terminado el presente Contrato en caso de no estar de acuerdo con los nuevos montos; sin que Nosotros podamos cobrarle cantidad adicional alguna por este hecho, con excepción de los adeudos que ya se hubieren generado a la fecha en que Usted solicite dar por terminado el servicio.

Las operaciones realizadas a través de los comisionistas bancarios podrán generar una comisión, consulte antes de realizar su operación.

DÉCIMA PRIMERA.- TARJETAHABIENTES SUPLEMENTARIOS

En caso de que Usted nos lo solicite, podemos emitir Tarjetas Suplementarias a su cuenta a las personas que designe (“Tarjetahabientes Suplementarios”). Nosotros tenemos el derecho de limitar el número de Tarjetas Suplementarias emitidas a su cuenta.

Nosotros generalmente no proporcionamos copia del Contrato, Estados de Cuenta, notificaciones y otras comunicaciones a los Tarjetahabientes Suplementarios.

Usted se obliga y es responsable de asegurarse que los Tarjetahabientes Suplementarios lean, entiendan y cumplan con los términos de este Contrato, incluyendo la Carátula, así como cualesquier notificaciones y comunicaciones que le enviemos a Usted. Las Tarjetas Suplementarias pueden ser canceladas en cualquier momento, tanto por usted como por Nosotros.

DÉCIMA SEGUNDA.- DISPOSICIÓN DE EFECTIVO

En caso de que Nosotros permitamos que Usted disponga de efectivo con La Tarjeta, se sujetará a lo siguiente:

• Usted deberá solicitar un NIP para acceder a los cajeros automáticos;

• Nosotros podremos imponer límites y restricciones para la disposición de efectivo con cargo a La Tarjeta, ya sean límites diarios, por transacción, por periodo, etc.;

• Las instituciones financieras operadoras de los Cajeros Automáticos también podrán imponer sus propios límites y restricciones para la disposición de efectivo, ya sean, límites en cuanto al número de disposiciones, el monto por cada disposición, y el acceso a los servicios que ofrezca el cajero automático;

• Nos reservamos el derecho de suspender en cualquier momento, el servicio de disposición de efectivo, aún en los casos en que su cuenta de La Tarjeta no se encuentre en atraso, sin notificación previa a Usted;

• Las comisiones por disposición de efectivo se establecen en la Cláusula Décima del presente Contrato; y

• Usted deberá cumplir con cualesquier otros términos y condiciones que le proporcionemos.

DÉCIMA TERCERA.- CUOTAS ANUALES

Usted se obliga a pagarnos las cuotas anuales derivadas del uso de La Tarjeta Básica y de las Tarjetas Adicionales, las cuales se establecen en la Carátula del presente Contrato salvo que Usted dé por terminado el Contrato de conformidad con lo establecido en la Cláusula Trigésima Cuarta relativa a la vigencia del Contrato y procedimiento para la terminación del mismo.

DÉCIMA CUARTA.- RENOVACIÓN Y REEMPLAZO DE LAS TARJETAS

La Tarjeta será válida dentro del periodo de validez que aparece grabado en la misma. Usted nos autoriza a enviarle, así como a todos los Tarjetahabientes Suplementarios la renovación o reemplazo de La Tarjeta en forma previa a que expire la vigencia de la misma. Usted deberá destruir La Tarjeta que haya expirado cortándola por la mitad. El presente Contrato modificado o reemplazado, continuará aplicando para cualquier renovación o reemplazo de las Tarjetas que emitamos. Asimismo, renovaremos anualmente la cuota por el uso de La Tarjeta a las tarifas que se encuentren vigentes.

DÉCIMA QUINTA.- RESTRICCIÓN DE LA LÍNEA DE CRÉDITO / TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR PARTE DE AMERICAN EXPRESS

Usted reconoce expresamente que Nosotros contamos con la facultad de restringir el importe del crédito, la frecuencia o importe de las disposiciones del mismo y el plazo en que Usted podrá ejercerlo, así como para denunciar el Contrato en cualquier tiempo, y cancelar La Tarjeta dándole a Usted aviso en la forma prevista en este Contrato.

En los casos en que se denuncie el Contrato o se notifique su terminación, el crédito otorgado a Usted se extinguirá en la parte de que no hubiere hecho uso al momento de la terminación, haciéndose exigibles inmediatamente todos y cualesquier cargos pendientes de facturarse y cualquier saldo en la cuenta pendiente de cubrirse a Nosotros.

Nosotros podemos cancelar el Contrato o bloquear unilateralmente el uso de la misma en cualquier momento, y notificar dicha cancelación a los Establecimientos en la forma que juzguemos más conveniente. Podemos hacer lo anterior ya sea que Usted haya incumplido o no el Contrato. Nosotros le informaremos de nuestra decisión de cancelar el contrato en forma previa.

En caso de que cancelemos La Tarjeta o la dejemos expirar al no renovarla, o bien, si La Tarjeta deja de tener validez por cualquier otra razón, Usted queda obligado a devolver La Tarjeta a Nosotros o a nuestro apoderado legal, o a cualquier Establecimiento, cuando así se le requiera, quedando también obligado a pagar todos los cargos relacionados con dicha Tarjeta. Usted no deberá usar La Tarjeta con anterioridad a su vigencia, ni tampoco con posterioridad a su expiración o cancelación.

DÉCIMA SEXTA.- AUTORIZACIÓN DE CARGOS

Podremos solicitar que determinados cargos sean aprobados en forma previa por Nosotros antes de que sean aceptados por los Establecimientos. Nosotros podemos negar la solicitud de autorización de un cargo sin causa y sin proporcionar notificación a Usted, aún si la cuenta de La Tarjeta no se encuentra en atraso.

En determinados casos, los Establecimientos pueden solicitar la autorización de cargos en forma anticipada, y su línea de crédito se reducirá por el monto de la autorización. Por ejemplo, en los casos de renta de automóviles, el Establecimiento podrá solicitar en forma anticipada el cargo total aproximado de la renta de un auto, lo que significa que la línea de crédito se reducirá por el monto de dicho cargo.

DÉCIMA SÉPTIMA.- LA TARJETA ES DE NUESTRA PROPIEDAD

No obstante de que Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios pueden utilizar Las Tarjetas para la compra de bienes y/o servicios, Las Tarjetas son y serán de nuestra propiedad en todo momento.

Nosotros podemos requerirle que nos entregue La Tarjeta en cualquier momento, así como terceras personas en nuestra representación, incluyendo los Establecimientos. Asimismo, podremos informar a los Establecimientos que La Tarjeta ya no es válida.

DÉCIMA OCTAVA.- ESTADO DE CUENTA

Nosotros enviaremos mensualmente a Usted un Estado de Cuenta, el cual incluirá información importante acerca de la cuenta de La Tarjeta, indicando cuando menos, la fecha de corte, el saldo insoluto a la fecha de corte de La Tarjeta, una descripción de las cantidades cargadas o abonadas durante cada periodo por Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios, el monto mínimo a pagar, la fecha límite de pago, el saldo para no pagar intereses; así como, en su caso, los datos necesarios para determinar los intereses. En el Estado de Cuenta se distinguirán los consumos y disposiciones de efectivo, realizados dentro de territorio nacional, así como aquellos efectuados en el extranjero.

Nosotros le enviaremos a su domicilio el Estado de Cuenta dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de corte. En caso de que su cuenta de La Tarjeta no presente movimiento alguno, Nosotros no enviaremos su Estado de Cuenta. No obstante, en caso de que Usted requiera su Estado de Cuenta deberá comunicarse al 01 800 504 0400 con el fin de solicitarlo vía telefónica. Asimismo, Nosotros podemos convenir con Usted durante la vigencia del presente Contrato, incluso desde la firma del mismo, que Usted pueda consultar su Estado de Cuenta en nuestra página de Internet www.americanexpress.com.mx Para lo cual, deberá solicitar su inscripción a los Servicios en Línea que ofrecemos a través de nuestra página siguiendo las instrucciones que se establecen en la misma. Asimismo, Usted está de acuerdo en crear una identificación de usuario, así como una clave de acceso o “password” para poder consultar su Estado de Cuenta de forma segura.

Usted podrá inscribirse en el programa “Paperless” mediante el cual Nosotros le podremos enviar dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de corte de La Tarjeta, a través de la dirección de correo electrónico que nos indique, un aviso informándole que su Estado de Cuenta se encuentra disponible en nuestra página de Internet. En donde podrá consultarlo cuantas veces lo considere necesario para poder realizar el pago de La Tarjeta en la fecha límite de pago.

En caso de que Usted acepte consultar su Estado de Cuenta por medios electrónicos a través de nuestra página de Internet en cualquiera de las opciones antes mencionadas, Usted está de acuerdo en que ya no se lo enviemos impreso a su domicilio.

Nosotros le informaremos por escrito de la fecha de corte de la cuenta la cual se contiene dentro del Estado de Cuenta, misma que no podrá variar sin previo aviso por escrito con treinta días naturales de anticipación. No obstante lo anterior, y sin contravenir lo aquí dispuesto, en los casos en que la fecha de corte sea un día inhábil para Nosotros, estaremos facultados para recorrer la fecha de corte al día hábil inmediato anterior.

Nosotros enviaremos los estados de cuenta únicamente a Usted, por lo que Usted se obliga a pagarnos todos los cargos que aparezcan reflejados en el Estado de Cuenta respecto a La Tarjeta Básica y las Tarjetas Suplementarias. Solo en el evento de que los Tarjetahabientes Suplementarios continúen utilizando las Tarjetas Suplementarias con posterioridad al fallecimiento del Tarjetahabiente Básico, Nosotros le podemos exigir a cada uno de los Tarjetahabientes Suplementarios el pago de los Cargos realizados con las Tarjetas Suplementarias.

DÉCIMA NOVENA.- PAGOS DE LA TARJETA/TASAS DE INTERÉS

El saldo que Usted nos adeude deberá ser pagado en los siguientes términos:

Pago total del saldo de La Tarjeta

Usted tendrá un plazo de gracia de hasta 20 días naturales contados a partir de la fecha de corte hasta la fecha límite de pago identificada en su Estado de Cuenta. Si Nosotros recibimos en forma mensual el pago del saldo total de La Tarjeta, no se generarán intereses por la compra de bienes y servicios con La Tarjeta. El pago total para no generar intereses se identifica en el Estado de Cuenta, y se compone de todos los cargos que se realizaron durante el periodo, incluyendo compras de bienes y servicios, disposiciones de efectivo, transferencias de saldos, etc., hasta la fecha de corte de su cuenta de La Tarjeta. En caso de que la fecha límite de pago sea un día inhábil bancario, el pago podrá realizarse el siguiente día hábil bancario, y no procederá el cobro de comisiones ni de intereses moratorios.

Pago mínimo o parcial del saldo de La Tarjeta

Si no fuera cubierto el saldo total en la fecha límite de pago, Usted podrá liquidar el saldo mediante pagos mínimos mensuales, los cuales se determinarán mensualmente en los estados de cuenta (“pagos mínimos mensuales”).

El pago mínimo se establecerá en el Estado de Cuenta de La Tarjeta y el mismo deberá ser pagado a más tardar en la fecha límite de pago, y será calculado de la siguiente forma.

a) La suma del (i) 1.5% (uno punto cinco por ciento) del saldo insoluto de la parte revolvente de la línea de crédito al corte del periodo, sin tomar en cuenta únicamente los intereses del periodo ni el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), más los referidos intereses y el I.V.A., ob) El 1.25% (uno punto veinticinco por ciento) del límite de la línea de crédito.

En caso de que el pago mínimo sea mayor que el saldo insoluto de la parte revolvente de la línea de crédito al corte del periodo, Nosotros cobraremos este último.

Nosotros podremos determinar libremente el importe del Pago Mínimo, siempre y cuando dicho importe sea mayor al que corresponda conforme a lo establecido en los incisos a) y b) anteriores.

En el evento de que el pago realizado por el Tarjetahabiente durante un periodo de pago sea mayor al pago mínimo correspondiente a dicho periodo y, por otra parte, la línea de crédito de que se trate incluya un esquema diferenciado de tasas de interés, Nosotros aplicaremos el excedente de dicho Pago Mínimo, en primera instancia, a la amortización del saldo insoluto de la parte revolvente con la tasa más alta.

Usted debe liquidar el pago mínimo establecido en su Estado de Cuenta íntegramente, ya que cualquier ajuste que se realice a la cuenta de La Tarjeta por concepto de intereses, comisiones, cuotas o cualquier otro crédito que se aplique a la cuenta no se podrá aplicar para liquidar el Pago Mínimo.

Si Usted realiza el Pago Mínimo o efectúa pagos parciales a la cuenta sin liquidar la totalidad del saldo, Usted se obliga a pagar intereses ordinarios, calculados a partir de la fecha en que se realicen los cargos en los Establecimientos, conforme a lo siguiente:

Tasas de Interés

Las tasas de interés aplicables a La Tarjeta se encuentran establecidas en la Carátula del presente Contrato.

La tasa de interés que refleje el Estado de Cuenta de La Tarjeta podrá variar sin necesidad de notificación o aviso alguno a Usted, en los siguientes supuestos: i) Cuando los cambios a la Tasa de Interés Ordinaria Máxima sean inherentes a las variaciones en el nivel de la tasa de referencia; ii) En caso de que por su vigencia o comportamiento crediticio de Usted conforme a lo pactado en esta cláusula, expire la Tasa de Interés Promocional.

En cualquier otro supuesto, el aumento en la Tasa de Interés Ordinaria Máxima que se pretenda reflejar en los estados de cuenta, deberá ser notificado a Usted en dicho Estado de Cuenta por lo menos con treinta días naturales de anticipación a la fecha prevista para que surta efectos el aumento.

El saldo insoluto total que la cuenta refleje respecto de las disposiciones que al crédito conferido se realicen, causará intereses sobre los saldos diarios insolutos comprendidos dentro del período de cálculo de intereses del Estado de Cuenta de que se trate, a la tasa de interés que se calculará dependiendo del tipo de Tarjeta con la que Usted cuente y de acuerdo con lo siguiente:

Tasa de Interés Promocional Siempre y cuando usted mantenga su cuenta al corriente en sus pagos o haya realizado al menos el Pago Mínimo mensual desde el momento de la apertura de la cuenta o en cada renovación por periodos sucesivos de un año, Nosotros le ofreceremos una Tasa de Interés Promocional para The Platinum Credit Card American Express®, The Platinum SKYPLUS Credit Card American Express®, The Gold Elite Credit Card American Express® y American Express PAYBACK® Gold Credit Card la cual será la que resulte de adicionar a la tasa

de referencia TIIE (Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio) un máximo de 65 (sesenta y cinco) puntos porcentuales.

Tasa de Interés Ordinaria Máxima Si Usted se ha retrasado en los pagos de La Tarjeta en dos o más ocasiones posteriores a la fecha límite de pago señalada en su Estado de Cuenta en un periodo de 12 meses o si los pagos han sido rechazados o devueltos de la cuenta de cheques o de inversión que usted nos proporcionó, quedará sin efecto la Tasa de Interés Promocional y se le aplicará en forma inmediata y sin necesidad de notificación o aviso alguno, una Tasa de Interés Ordinaria. La Tasa de Interés Ordinaria Máxima será la que resulte de adicionar a la tasa de referencia TIIE, un máximo de 75 (setenta y cinco) puntos porcentuales. Los puntos que se podrán adicionar a la TIIE como tasa de referencia en términos del párrafo anterior para calcular la Tasa de Interés Ordinaria aplicable, se determinarán con base en su comportamiento crediticio durante los últimos 12 meses. Se entiende que Usted se ha retrasado en el pago de su cuenta, cuando no haya liquidado al menos el Pago Mínimo en su fecha límite de pago. Metodología de cálculo de los intereses Para determinar la tasa de interés aplicable sobre los saldos diarios insolutos comprendidos dentro del período de cálculo de intereses del Estado de Cuenta de que se trate, se tomará como base el promedio que arrojen las cotizaciones de TIIE durante el periodo correspondiente. A dicho promedio se le aplicará la tasa de interés aplicable, y el resultado, será dividido entre el número de días del año, tomando como base un año de 360 días, y el resultado a su vez, será multiplicado por el número de días comprendidos entre la fecha de corte del Estado de Cuenta del mes inmediato anterior y la fecha de corte del Estado de Cuenta del periodo. El pago de intereses no podrá ser exigido por adelantado, sino únicamente por periodos vencidos. Tasa sustituta En el evento de que la TIIE dejare de existir, la tasa de referencia aplicable para determinar las tasas de interés será la cotización que estime el Banco de México para el costo de captación promedio (“CCP”), y en caso de que el CCP dejare de existir, entonces la tasa de referencia aplicable será la cotización de la tasa de rendimiento en colocación primaria de los certificados de la tesorería de la federación (“CETES”) a 28 días.

Promociones de Tasa de Interés

Nosotros podremos ofrecerle diversas promociones relacionadas con la Tasa de Interés en el entendido que le daremos a conocer la Tasa y la vigencia de la misma en la comunicación que le enviemos.

Saldo a favor

En caso de que la cuenta de La Tarjeta tenga saldo a favor por concepto de los pagos realizados o por un crédito aplicado a La Tarjeta, la misma no generará intereses en favor de Usted.

Pagos en efectivo/cheque

Todos los pagos a efectuarse en cumplimiento al presente Contrato deberán ser hechos en efectivo, con cheque u otro documento aceptable para nosotros, a la orden de American Express Bank (México), S.A., y/o a nombre de las entidades que nosotros autoricemos para recibir pagos, las cuales le informaremos con la debida oportunidad.

Costo Anual Total (CAT)

El Costo Anual Total (CAT) de La Tarjeta es el costo anual total del financiamiento expresado en términos porcentuales anuales que, para fines informativos y de comparación, incorpora la totalidad de los costos y gastos inherentes a la línea de crédito otorgada a Usted de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato. El porcentaje del CAT se establece en la Carátula del presente Contrato y puede variar dependiendo el tipo de tarjeta de crédito de la cual Usted sea Titular.

VIGÉSIMA.- DOMICILIACIÓN DE PAGOS DE LA TARJETA

Domiciliación de pagos

En términos de las disposiciones legales aplicables, Usted tendrá la facultad de autorizarnos para que los pagos que le corresponda realizar en cada fecha límite de pago, sean cargados en forma automática o cada vez que Usted nos lo solicite, ya sea en su totalidad o por el importe que nos indique, a las cuentas de cheques o de inversión que Usted tenga establecidas con cualesquier otra institución de crédito. Para tal efecto, Usted nos deberá proporcionar la información que le solicitemos de su cuenta de cheques o de inversión para poder debitar los pagos de la misma, así como el monto que desea debitar de su cuenta de cheques.

Dicha autorización podrá otorgarse en forma verbal, por escrito o a través del uso de medios electrónicos, y Nosotros estamos facultados para conservar la misma en nuestros registros, archivos y sistemas.

En caso de que la autorización que Usted nos proporcione se efectúe en forma verbal a través del uso de medios electrónicos (ej: teléfono), Usted en este acto nos faculta para que grabemos la llamada telefónica y la conservemos en los medios mencionados en el párrafo anterior.

En caso de que la cuenta de cheques o de inversión que Usted nos proporcione no tenga fondos suficientes para cubrir el monto del saldo que usted nos haya indicado, Usted quedará obligado a realizar los pagos correspondientes a través de otros medios de pago, y en caso de mora, se aplicarán los intereses ordinarios en los términos de la cláusula Décima Novena anterior.

Cancelación de domiciliación de pagos

En caso de que Usted no desee que se continúe pagando el importe que nos indique en la fecha límite de pago de forma automática, a las cuentas de cheques o de inversión que Usted tenga establecidas en cualquier institución de crédito, nos deberá dar aviso indicándonos su solicitud de cancelarlo y Nosotros procesaremos su solicitud de cancelación, en el entendido de que Nosotros no asumiremos ninguna responsabilidad con motivo de dicha cancelación.

VIGÉSIMA PRIMERA.- ACREDITACIÓN DE PAGOS DE LA TARJETA

Los pagos se acreditarán en la cuenta de La Tarjeta de la siguiente forma:

En caso de que los pagos se realicen en centros de pago autorizados por Nosotros, tales como: bancos, tiendas departamentales u otros comercios que actúan como comisionistas bancarios (mismos que le serán notificados previamente y que no generarán comisión alguna por la recepción de pagos); se acreditarán en la cuenta de La Tarjeta a más tardar el segundo día hábil bancario siguiente de haberse realizado.

No obstante lo anterior, Nosotros respetaremos en todo momento la fecha en que se realizó el pago, es decir el pago se tendrá por realizado y se tendrá por aplicado en el Estado de Cuenta en la fecha en que se realice el mismo. Los cheques se recibirán salvo buen cobro. Una vez que se acredite el pago en la cuenta de La Tarjeta en términos de lo anterior, se reestablecerá la línea de crédito correspondiente. Usted manifiesta que todos los pagos que nos realice en los términos del presente Contrato serán efectuados con recursos de procedencia lícita.

Los pagos que usted realice se aplicarán de la siguiente forma:a) Intereses Ordinarios más el impuesto correspondiente;b) Cuotas y comisiones más el impuesto correspondiente; yc) Disposiciones de capital, mismos que se aplicaran en el siguiente orden: (i) transferencia de saldos; (ii) cargos por concepto de adquisición de bienes y servicios; y (iii) disposiciones de efectivo con cargo a La Tarjeta.

VIGÉSIMA SEGUNDA.- CARGOS REALIZADOS CON LA TARJETA EN LA REPÚBLICA MEXICANA

Los cargos que Usted realice con La Tarjeta en los Establecimientos Afiliados dentro de la República Mexicana, serán documentados y facturados en moneda nacional en el Estado de Cuenta.

VIGÉSIMA TERCERA.- CARGOS REALIZADOS CON LA TARJETA EN EL EXTRANJERO

Los cargos que realice Usted con La Tarjeta en los Establecimientos Afiliados en el Extranjero, se documentarán en la moneda extranjera que corresponda, y serán convertidos a moneda nacional de conformidad con el siguiente procedimiento de conversión:

a) Si Usted realiza un Cargo en moneda extranjera distinta del dólar americano, dicho Cargo será convertido a dólares americanos. La conversión a dólares americanos se llevará a cabo en la fecha en que el Cargo sea procesado por American Express, que podrá ser en un día distinto a la fecha de realización del Cargo, ya que esto depende de la fecha en que el Cargo sea presentado a Nosotros por los Establecimientos. b) A menos de que sea necesario utilizar un tipo de cambio de acuerdo a las leyes aplicables, Usted reconoce y acepta que para la conversión de dichos Cargos, el sistema de tesorería de American Express utilizará tipos de cambio interbancarios que podrá elegir entre diferentes fuentes de la industria el día hábil anterior a la fecha en que el Cargo sea procesado. Si los Cargos son convertidos por terceras personas en forma previa a la presentación de los mismos a Nosotros, la conversión realizada por dichas terceras personas se llevará a cabo al tipo de cambio determinado por ellos.

c) Los Cargos realizados en dólares americanos o una vez que hayan sido convertidos a dólares americanos de conformidad con los incisos anteriores, serán convertidos y cargados a la cuenta de La Tarjeta en moneda nacional. El tipo de cambio que se utilice para calcular la equivalencia del peso en relación con los dólares americanos, no podrá exceder de la cantidad que resulte de multiplicar por 1.01 el tipo de cambio que el Banco de México determine el día de la presentación de los documentos de cobro respectivos, de conformidad con lo señalado en el artículo 171 de la Circular 3/2012 emitida por el Banco de México y que publique en el Diario Oficial de la Federación el día hábil siguiente, artículo que se puede consultar a detalle dentro del Anexo “B” el cual forma parte integral del presente Contrato.

VIGÉSIMA CUARTA.- BENEFICIOS Y SERVICIOS

Las Tarjetas contarán con los beneficios que para tal efecto se establecen en el Anexo “A” que se adjunta al presente Contrato para formar parte integrante del mismo.

Nos reservamos el derecho de adicionar, modificar o cancelar cualquier beneficio o servicio ofrecido en forma conjunta con La Tarjeta en cualquier momento, previa notificación a Usted, con treinta días naturales de anticipación.

En caso de que así lo establezcamos, y que pongamos a su disposición los servicios de cajeros automáticos, Usted podrá realizar disposiciones en efectivo con cargo a La Tarjeta a través de los cajeros automáticos donde Nosotros tengamos instalados y en operación este servicio.

Usted acepta que el valor probatorio del comprobante que expida el cajero automático, en el caso de disposiciones en efectivo, tendrá pleno valor y fuerza legal para acreditar tanto la operación realizada así como el importe de la misma. Las disposiciones en efectivo con cargo a La Tarjeta, serán totalmente válidas sin que sea necesario que usted suscriba documento alguno.

Nosotros podremos proporcionarle a través de nuestra página de Internet los servicios que de forma enunciativa más no limitativa se mencionan a continuación o cualquier otro servicio que lleguemos a implementar en un futuro:

(i) consulta de saldos y movimientos (hasta de los 6 meses anteriores a la consulta); (ii) Pago en Línea de los saldos de La Tarjeta; (iii) activación de La Tarjeta; (iv) inscripción para consultar sus saldos y movimientos a través de nuestra página de Internet sin necesidad de recibir el Estado de Cuenta en su domicilio (“Paperless”); (v) actualización de su información personal (teléfono, etc.); (vi) registro al servicio de alertas o notificaciones para que a través de un correo electrónico reciba alertas o notificaciones sobre las siguientes operaciones: fecha límite de pago, confirmación de pagos, límite de crédito, transacciones realizadas con La Tarjeta, consulta de Estado de Cuenta a través de la página de Internet, modificación de claves de acceso, cambio de claves de acceso o “password”, entre otros; e (vii) inscripción al programa de Recompensas denominado Membership Rewards® with PAYBACK y solicitud de intercambio de los Puntos acumulados en dicho programa por las recompensas que se ofrecen, así como consulta de saldo en Puntos.

Para poder utilizar los servicios mencionados a través de nuestra página de Internet, Usted deberá de contar con un nombre de usuario y/o una clave o contraseña de acceso que Usted mismo deberá crear a través de nuestra página de Internet la primera vez que utilice nuestros servicios de medios electrónicos. Usted podrá modificar en cualquier momento su clave o contraseña de acceso a través del medio que se encuentre utilizando. En caso de que no utilice su clave o contraseña de acceso en un periodo de 1 (un) año la misma le será bloqueada y deberá de solicitar una nueva clave o contraseña en caso de que requiera volver a utilizar.

Usted es responsable del uso de los mismos y de guardar la confidencialidad de su nombre de usuario y claves o contraseñas de acceso ya que son personales e intransferibles. Nuestra responsabilidad respecto al uso de medios electrónicos se establece en la cláusula Vigésima Séptima.

Los servicios ofrecidos no implican la realización de ninguna operación, en caso de que se realice alguna de éstas se le proporcionará un número de folio que quedará registrado en nuestros sistemas como comprobante de dicha operación.

Los términos y condiciones de los servicios mencionados en esta cláusula se establecerán en forma clara en nuestra página de Internet, o bien en los medios electrónicos en donde prestamos el servicio.

En virtud de lo anterior, será necesario que Usted los acepte en forma previa a la utilización de dichos servicios. Para tal efecto, en nuestra página de Internet se establecerá un recuadro para que Usted acepte los términos y condiciones de los servicios que le proporcionaremos a través de dicho medio.

Usted acepta que en caso de que sea Titular de la Tarjeta American Express PAYBACK® Gold Credit Card, Nosotros lo inscribamos al Programa de Lealtad denominado “PAYBACK” operado por la empresa Payback México, S. de R.L. de C.V. el cual podrá consultar sus términos y condiciones en www.payback.mx

VIGÉSIMA QUINTA.- CARGOS RECURRENTES O AUTOMÁTICOS DE BIENES Y/O SERVICIOS

Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios pueden autorizar a los Establecimientos a que carguen en forma automática a su cuenta cargos recurrentes o automáticos en forma periódica por la compra de bienes y servicios (“Cargos Recurrentes”).

Asimismo, Nosotros daremos a conocer los formatos para las solicitudes de contratación de Cargos Recurrentes, de su cancelación o para realizar objeciones en nuestra Página de Internet: www.americanexpress.com.mx

A continuación le informamos algunos puntos importantes que Usted deberá conocer en relación con los Cargos Recurrentes y su cuenta de La Tarjeta.

Contratación de Cargos Recurrentes

Nosotros podremos ofrecerle la inscripción al programa de Cargos Recurrentes de algunos Establecimientos participantes en este programa.

Una vez que Usted solicite la contratación de Cargos Recurrentes, Nosotros le proporcionaremos un acuse de recibo que contendrá el número de solicitud y la fecha de recepción. Dicho acuse de recibo se realizará a través del mismo medio en el que Usted haya presentado la solicitud correspondiente. La solicitud de contratación de Cargos Recurrentes deberá cumplir con los requisitos que Nosotros le indiquemos en términos de las disposiciones legales aplicables.

Usted continuará siendo responsable de establecer un método de pago alterno hasta el momento en que se comiencen a aplicar los Cargos Recurrentes a su cuenta de La Tarjeta. Nosotros no seremos responsables por ninguna falla en el proceso de inscripción al programa de Cargos Recurrentes si el Establecimiento incumple en hacer los cargos correspondientes a su cuenta de La Tarjeta.

Nosotros solo procesaremos las solicitudes de Cargos Recurrentes cuando la información que nos envíe el Establecimiento cumpla con los requisitos mínimos de contratación que establecen las disposiciones legales aplicables.

Cancelación de Cargos Recurrentes

Usted tendrá en todo momento el derecho de cancelar los Cargos Recurrentes que se apliquen en forma periódica a La Tarjeta, y Nosotros tendremos un plazo máximo de 3 (tres) días hábiles para procesar su solicitud de cancelación a partir de la recepción de la misma.

Una vez que Usted solicite la cancelación de Cargos Recurrentes, Nosotros le proporcionaremos un acuse de recibo que contendrá el número de solicitud y la fecha de recepción. Dicho acuse de recibo se realizará a través del mismo medio en el que Usted haya presentado la solicitud correspondiente. En caso de que Usted cancele los Cargos Recurrentes que tenga contratados, Nosotros no asumiremos ninguna responsabilidad con motivo de la cancelación solicitada, ni en cuanto a los servicios.

Objeción de Cargos Recurrentes

Nosotros atenderemos las objeciones de Cargos Recurrentes de acuerdo a lo previsto en la cláusula Vigésima Sexta del presente Contrato.

Una vez que Usted solicite la objeción de Cargos Recurrentes, Nosotros le proporcionaremos a Usted un acuse de recibo que contendrá el número de solicitud y la fecha de recepción. Dicho acuse de recibo se realizará a través del mismo medio en el que Usted haya presentado la solicitud correspondiente.

Nosotros no le cobraremos cantidad alguna por tramitar y resolver objeciones o cancelar Cargos Recurrentes.

Reemplazo de La Tarjeta o cancelación de La Tarjeta

Nosotros podremos emitir un reemplazo de La Tarjeta si la misma se encuentra extraviada, robada, dañada, cancelada, renovada o bien intercambiada por un diferente producto (Tarjeta reemplazada). Asimismo, La Tarjeta podrá ser cancelada o bien no se podrán autorizar nuevamente Cargos Recurrentes sin que hayamos emitido un reemplazo de La Tarjeta (Tarjeta cancelada).

Con el propósito de evitar una posible suspensión de los Cargos Recurrentes y de la entrega o prestación de los bienes y servicios por parte de los Establecimientos, en los casos de una tarjeta reemplazada o cancelada, es siempre su responsabilidad informar a los Establecimientos de la nueva información acerca de su Tarjeta reemplazada o bien establecer un nuevo método de pago.

Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios convienen en ser responsables de los Cargos Recurrentes que se continúen cargando a una cuenta de La Tarjeta que fue reemplazada o cancelada.

Los Cargos Recurrentes podrán ser automáticamente cargados a una tarjeta reemplazada sin previa notificación a Usted. Nosotros podemos proporcionar en forma eventual información sobre Las Tarjetas reemplazadas a los Establecimientos para facilitar los Cargos Recurrentes.

No autorización de Cargos Recurrentes

Si se cancela la cuenta de La Tarjeta, o bien el límite de crédito ha sido excedido, o su cuenta se encuentra en atraso en sus pagos por más de treinta días naturales, Nosotros dejaremos de autorizar los Cargos Recurrentes que se carguen a la cuenta de La Tarjeta.

VIGÉSIMA SEXTA.- PROCEDIMIENTO DE ACLARACIONES SOBRE EL ESTADO DE CUENTA / PROBLEMAS CON BIENES Y/O SERVICIOS

Durante un plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha de corte de la cuenta, o, en su caso, de la realización de la operación o del servicio, Usted lo podrá objetar, manifestando por escrito sus objeciones u observaciones que crea convenientes, conviniéndose que en caso de que no reciba el Estado de Cuenta, deberá solicitarlo en un plazo de 10 (diez) días naturales posteriores a la fecha de corte, para poderlo objetar válidamente en el término antes mencionado. Se presumirá que Usted recibió el Estado de Cuenta si no lo reclama a Nosotros.

El procedimiento de aclaraciones se sujetará a lo siguiente: I. La solicitud de aclaración que Usted realice podrá presentarse, en nuestra unidad especializada, mediante escrito o correo electrónico. Nosotros acusaremos de recibo dicha solicitud. II.- Nosotros abonaremos a su cuenta, el Cargo objetado dentro del plazo señalado de 90 días naturales, a más tardar el segundo día hábil siguiente a la recepción de la reclamación siempre y cuando se trate de Cargos en cuyo caso se haya presentado La Tarjeta en el Establecimiento y su autorización no requiera (i) la suscripción de pagarés u otros documentos; (ii) documentos autorizados mediante el uso de dispositivos ópticos que produzcan la imagen digitalizada de la firma; o (iii) documentos que sean aceptados por Nosotros, a través de medios electrónicos, mediante el número de identificación personal (NIP) del Tarjetahabiente.III.- Nosotros abonaremos a su cuenta, el Cargo objetado dentro del plazo señalado de 90 días naturales, a más tardar el cuarto día hábil siguiente a la recepción de la reclamación siempre y cuando se trate de Cargos en cuyo caso no se haya presentado La Tarjeta en el Establecimiento sino se haya realizado el Cargo por teléfono o a través de la página electrónica en la red mundial (Internet). No obstante lo anterior, Nosotros no abonaremos el Cargo objetado siempre y cuando Nosotros le entreguemos a Usted la constancia del registro del Cargo comprobando que se realizó a través de un sistema de autenticación en línea.IV. Usted tendrá el derecho de no realizar el pago cuya aclaración solicita, así como el de cualquier otra cantidad relacionada con dicho pago, hasta en tanto se resuelva la aclaración.V. Nosotros tendremos un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud de aclaración para entregarle el dictamen correspondiente por escrito y suscrito por una persona facultada, anexando copia simple del documento o evidencia considerada para la emisión de dicho dictamen, así como un informe detallado en el que se respondan todos los

hechos contenidos en su solicitud. En el caso de reclamaciones relativas a operaciones realizadas en el extranjero, el plazo previsto en este párrafo será hasta de 180 (ciento ochenta días) naturales. El dictamen se podrá proporcionar por medios electrónicos. VI. Si conforme al dictamen resulta procedente el cobro del monto respectivo, Usted deberá hacer el pago de la cantidad a su cargo, incluyendo los intereses ordinarios conforme a lo pactado, sin que proceda el cobro de intereses ordinarios y otros accesorios generados por la suspensión del pago.VII. Asimismo, contaremos con un plazo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la fecha de entrega del dictamen mencionado en el numeral anterior para poner a disposición de Usted en nuestra unidad especializada, el expediente generado con motivo de la solicitud de aclaración que corresponda. En caso de que la solicitud de aclaración sea procedente y como consecuencia se haya realizado un crédito definitivo a la cuenta de La Tarjeta, Nosotros pondremos a disposición de Usted en nuestra unidad especializada el expediente a que hace referencia este inciso. VIII. Nosotros podremos notificarle el estado que guarda la solicitud de aclaración por escrito, teléfono o cualquier otro medio electrónico.IX. Transcurrido el plazo de 90 (noventa) días naturales mencionado en el primer párrafo de la presente cláusula sin que usted haya realizado objeciones u observaciones a su Estado de Cuenta, así como en el supuesto de que usted haya girado instrucciones para que no se le enviara dicho Estado de Cuenta, los asientos y conceptos que figuren en nuestra contabilidad harán prueba plena en contra de usted salvo prueba en contrario, en juicio. En caso de que Usted requiera su Estado de Cuenta deberá comunicarse al 01 800 504 0400 con el fin de solicitarlo vía telefónica.X. En caso de que la objeción o reclamación presentada por Usted sea procedente una vez concluido el proceso de investigación respectivo que llevemos a cabo ante el Establecimiento, aplicaremos un crédito definitivo en su Estado de Cuenta, ya sea por el monto total o parcial del cargo objetado o reclamado, según sea el caso. XI. Todas las reclamaciones podrán presentarse en la Unidad Especializada de Atención de Usuarios al teléfono 01800 504 0 400 o 53263660, en la página de Internet: www.americanexpress.com.mx, o al correo electrónico [email protected]. Asimismo, Usted podrá acudir a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), teléfono 01 800 999 8080, página de Internet: www.condusef.gob.mx o al correo electrónico: [email protected].

La ubicación de la Unidad Especializada de Servicios a Clientes se encuentra en: Patriotismo 635 P.B., Col. Ciudad de los Deportes, Delegación Benito Juárez, C.P. 03710, Ciudad de México, México.

Usted reconoce y acepta que no tendremos responsabilidad ni obligación por: las comunicaciones, actos u omisiones de los Establecimientos incluyendo su negativa a aceptar La Tarjeta, así como por los defectos, calidad, peso, cantidad o cualquier otro aspecto relativo a la entrega o prestación de los bienes y/o servicios que se adquieran u obtengan mediante el uso de La Tarjeta. En caso de reclamaciones,

usted las deberá hacer directamente al Establecimiento, sin que por ello se altere su obligación de pago inmediato a Nosotros de los Cargos reclamados. Usted está de acuerdo en no recibir los originales o copias de las notas de cargo junto con su Estado de Cuenta, ya que acepta que el mismo es comprobante suficiente de la exactitud de los cargos facturados, salvo prueba en contrario. Por lo tanto, usted nos autoriza a destruir las notas de cargo y demás documentos relacionados, así como a microfilmarlas y/o digitalizarlas una vez que los cargos hayan sido facturados en su Estado de Cuenta.

El presente Contrato, así como el Estado de Cuenta certificado por nuestro contador, constituyen título ejecutivo en contra de Usted y del Tarjetahabiente Suplementario, a elección de Nosotros.

VIGÉSIMA SÉPTIMA.- UTILIZACIÓN DE MEDIOS ELECTRÓNICOS

Nosotros podemos utilizar equipos o sistemas electrónicos y/o automatizados para la prestación de nuestros servicios, en cuyo caso, Usted reconoce y acepta que los equipos o sistemas electrónicos y/o automatizados que se utilicen como medios de identificación de Usted, o como constancias de las instrucciones recibidas o los servicios prestados, producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos con firma autógrafa, y en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio. Las grabaciones, cintas magnéticas y cualquier otro documento que resulten del uso de los medios electrónicos acreditarán la creación, transmisión, modificación o extinción de los derechos y obligaciones de las partes.

VIGÉSIMA OCTAVA.- PRIVACÍA DE LA INFORMACIÓN

A. Información Crediticia:

Usted autoriza, por la firma que estampó en la Solicitud, que Nosotros o nuestras empresas subsidiarias y filiales y/o licenciatarias efectuemos cualesquier investigación crediticia sobre Usted que consideremos necesaria, incluyendo la facultad de solicitar a Sociedades de Información Crediticia debidamente autorizadas informes o reportes con respecto a su historial crediticio. Asimismo, información relativa a su cuenta podrá ser proporcionada por Nosotros a Sociedades de Información Crediticia, Instituciones Bancarias u otras Sociedades Crediticias.

Asimismo, Usted está de acuerdo en que Nosotros podemos intercambiar cualquier información que recibamos acerca de Usted con nuestras empresas subsidiarias y filiales y/o licenciatarias, incluyendo cualquier información crediticia o cualquier otra información que obtengamos de su solicitud de La Tarjeta, o de los informes o reportes de Sociedades de Información Crediticia.

Usted nos autoriza expresamente para proporcionar a nuestras empresas subsidiarias y filiales cualquier tipo de información relacionada con las operaciones y/o transacciones que Usted realice o tenga registradas con Nosotros, con la finalidad de que puedan llevar a cabo

las actividades operativas de La Tarjeta que en su caso, le sean encomendadas por Nosotros, y de acuerdo con los términos y condiciones que se estipulan en este Contrato.Por último, Usted otorga su consentimiento expreso para que Nosotros validemos y verifiquemos sus datos personales a través de bases de datos oficiales y sistemas de verificación, incluyendo sin limitación, los sistemas del Instituto Nacional Electoral (INE), el Registro Federal de Electores y/o el Registro Nacional de Población e Identificación Personal (RENAPO).

B. Listas de Correo:

Usted está de acuerdo que Nosotros estamos facultados para utilizar la información que Usted nos haya proporcionado en la solicitud de La Tarjeta y en encuestas, información relacionada con el manejo de su cuenta de La Tarjeta, e información obtenida de fuentes externas, incluyendo reportes de Sociedades de Información Crediticia, con la finalidad de que Nosotros o nuestras empresas subsidiarias y filiales y/o licenciatarias realicen actividades promocionales sobre sus servicios y/o productos.

Asimismo, podemos utilizar dicha información para desarrollar listas de correo, las cuales serán utilizadas por terceras personas con quienes trabajamos para realizar promociones u ofertas que Usted podrá recibir a través de correo, telefónicamente, o por medios electrónicos (ej: Internet). No obstante lo anterior, Usted tiene la elección y el derecho en cualquier momento, de prohibirnos que proporcionemos sus datos personales a dichas terceras personas, para lo cual, le solicitamos comunicarse y manifestar su petición a nuestra Área de Servicio a Clientes en los teléfonos y horarios especificados en el folleto explicativo de La Tarjeta.

C. Protección y custodia de la información:

Nosotros contamos con la infraestructura tecnológica, material y humana que nos permite asegurar que la información de nuestros clientes sea procesada en forma rápida, precisa y completa. Asimismo, custodiaremos la información acerca de Usted solamente durante el tiempo que sea apropiado para las propuestas arriba mencionadas o según sea requerido por la legislación aplicable.

Si Usted cree que cualquier información que tengamos de Usted o cualquier información que proporcionemos a las Sociedades de Información Crediticia es incorrecta, le agradeceremos que nos lo informe por escrito de inmediato. Toda la información que encontremos incorrecta o imprecisa será corregida en forma oportuna.

El acceso a la información de nuestros clientes está limitada a aquellos que específicamente la necesitan para realizar o conducir sus responsabilidades de negocio.

Nosotros podemos monitorear llamadas telefónicas realizadas entre Usted o Tarjetahabientes Suplementarios y Nosotros, con la finalidad de asegurar la calidad de nuestro servicio al cliente. Usted podrá o no ser avisado por parte de Nosotros del monitoreo al momento de la llamada telefónica.

VIGÉSIMA NOVENA.- RENUNCIA

El hecho de que no ejerzamos alguno de nuestros derechos derivados del presente Contrato o la renuncia a nuestros derechos en ocasiones aisladas, no implica ni constituye una renuncia al ejercicio de nuestros derechos para otras ocasiones.

TRIGÉSIMA.- AVISO EN CASO DE ROBO O EXTRAVÍO DE LA TARJETA. RESPONSABILIDAD EN CASO DE ROBO, EXTRAVÍO O USO INDEBIDO DE LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN LA TARJETA.

a) Aviso en caso de robo o extravío. En los casos de robo o extravío de La Tarjeta, o bien en los casos que no haya recibido un reemplazo de La Tarjeta o sospecha que la misma está siendo utilizada en forma ilícita, Usted deberá comunicarlo inmediatamente a los teléfonos 01-800-504-0400 desde México y del extranjero por cobrar al 52 (81) 8319-9111 (líneas disponibles las 24hrs) con el fin de que podamos proceder a cancelar La Tarjeta.

Nosotros recibiremos el aviso de robo o extravío de La Tarjeta en nuestros centros de atención telefónica. Al recibir el aviso, le daremos un número de referencia, fecha y hora de su reporte.

Usted ni los Tarjetahabientes Adicionales serán responsables de los cargos que se efectúen con las Tarjetas a partir de dicho aviso. No obstante, Nosotros podremos exigir el pago de los Cargos Recurrentes u otros previamente autorizados por Usted.

Nosotros le daremos a conocer a través de nuestra página de Internet o en un documento que se adjunte al Estado de Cuenta el alcance de nuestra responsabilidad por Cargos realizados antes del aviso correspondiente. b) Responsabilidad en caso de robo o extravío

En caso de que se realicen Cargos con La Tarjeta en un Establecimiento durante las 48 horas previas al aviso a que hace referencia el inciso a) anterior, y Usted no reconozca algún Cargo relativo a dichas transacciones, Nosotros tendremos la obligación de abonar los recursos respectivos a más tardar al cuarto día hábil a la recepción de la reclamación. La reclamación deberá realizarse dentro del plazo de 90 días naturales a que hace referencia la cláusula Vigésima Sexta del presente Contrato.

Usted será responsable por cualquier Cargo que terceras personas no autorizadas pudieran hacer por el uso ilegal de La Tarjeta, a excepción de los Cargos no reconocidos por Usted durante las 48 (cuarenta y ocho) horas previas de que Usted nos comunique y recibamos el aviso correspondiente de extravío o robo de La Tarjeta.

Usted nos autoriza expresamente o a nuestro representante legal para que investigue con las más amplias facultades, incluyendo la delegación o sustitución del mandato, todo lo relativo al uso indebido o fraudulento de La Tarjeta, y Usted acepta prestarnos toda la colaboración que pueda ser requerida para estos fines, incluyendo comparecer a declaraciones de carácter judicial, proporcionarnos copia de documentos

oficiales, o denuncias ante el Ministerio Publico o Policía Judicial, en caso de que nosotros se lo solicitemos.

c) Responsabilidad en caso de uso indebido de la información contenida en La Tarjeta (“Clonación”).

Cuando se realicen transacciones con La Tarjeta en un Establecimiento y Usted no reconozca algún Cargo, Usted tendrá un plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha de corte para objetarlo. Nosotros abonaremos a su cuenta, el monto del Cargo reclamado a más tardar el cuarto día hábil bancario siguiente a la recepción de la reclamación.

La solicitud de aclaración que Usted realice podrá presentarse a través de nuestra unidad especializada, mediante escrito o correo electrónico. Nosotros acusaremos de recibo dicha solicitud en cuyo caso le daremos a conocer el número asignado, hora y fecha de recepción de la aclaración.

En caso de que Nosotros le comprobemos mediante constancia del registro del Cargo reclamado, de que el mismo fue autorizado a través de una terminal punto de venta mediante la autenticación del microcircuito integrado (CHIP) de La Tarjeta, no estaremos obligados a abonar el monto del Cargo reclamado como se establece en el primer párrafo de este inciso.

d) Plazo para contestar la solicitud de aclaración de Cargos no reconocidos

Una vez que Usted haya presentado la solicitud de aclaración de Cargos no reconocidos de conformidad con la cláusula Vigésima Sexta, así como con lo previsto en los incisos a), b) y c) de la presente cláusula, Nosotros tendremos un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud de aclaración para entregarle el dictamen correspondiente por escrito y suscrito por una persona facultada, anexando copia simple del documento o evidencia considerada para la emisión de dicho dictamen, así como un informe detallado en el que se respondan todos los hechos contenidos en su solicitud. En el caso de reclamaciones relativas a operaciones realizadas en el extranjero, el plazo previsto en este párrafo será hasta de 180 (ciento ochenta días) naturales. El dictamen se podrá proporcionar por medios electrónicos.

Si conforme al dictamen resulta procedente el cobro del monto respectivo, Usted deberá hacer el pago de la cantidad a su cargo, incluyendo los intereses ordinarios sin que proceda el cobro de intereses moratorios y otros accesorios generados por la suspensión del pago.

Asimismo, si transcurrido el (los) plazo(s) mencionados en el párrafo anterior, Nosotros no emitimos dictamen alguno, el monto abonado no reconocido por Usted, no podrá ser revertido por Nosotros.

Contaremos con un plazo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la fecha de entrega del dictamen mencionado para poner a disposición de Usted en nuestra unidad especializada, el expediente generado

con motivo de la solicitud de aclaración que corresponda. En caso de que la solicitud de aclaración sea procedente y como consecuencia se haya realizado un crédito definitivo a la cuenta de La Tarjeta, Nosotros pondremos a disposición de Usted en nuestra unidad especializada el expediente a que hace referencia este inciso.

TRIGÉSIMA PRIMERA.- SEGUROS

Usted contará con un seguro sin costo que lo protege en los siguientes casos y condiciones:

a) Protección contra robo o extravío de La Tarjeta. En estos casos usted estará protegido a partir del momento mismo en que nos notifique o reporte el extravío o robo de La Tarjeta de conformidad con lo previsto en la cláusula Trigésima del presente Contrato; y

b) Protección en caso de fallecimiento del Tarjetahabiente Básico. Los herederos o causahabientes del Tarjetahabiente Básico quedarán liberados de la obligación del pago del saldo que quede pendiente de cubrirse al momento del fallecimiento del Tarjetahabiente Básico, hasta por $1,000,000.00 M.N, siempre y cuando los interesados acrediten el hecho del fallecimiento. Esta protección no aplica en casos de fallecimiento de Tarjetahabientes Suplementarios, ya que se entiende que el Tarjetahabiente Básico es el obligado principal, y es quien asume en forma solidaria y mancomunada las obligaciones de los Tarjetahabientes Suplementarios.

La información de los seguros mencionados se le hará de su conocimiento al momento de la entrega de su Tarjeta.

TRIGÉSIMA SEGUNDA.- TRANSFERENCIA DE SALDOS

En caso de que Nosotros lo ofrezcamos, Usted podrá solicitarnos ya sea por escrito, teléfono o a través de medios electrónicos, la liquidación de saldos de otras Tarjetas de Crédito Bancarias emitidas por Instituciones de Crédito, así como saldos de tarjetas de crédito o de cargo emitidas por otras instituciones, y por tiendas o establecimientos comerciales en México (en lo sucesivo, las “Instituciones Emisoras”), con cargo a La Tarjeta (“Transferencia de Saldos”).

En caso de que el saldo de La Tarjeta de la que se requiera liquidar el saldo, sea mayor al monto de la línea de crédito que Usted tiene autorizada con Nosotros, nosotros obtendremos su consentimiento previamente con el fin de que le incrementemos dicha línea de crédito, con objeto de que se pueda realizar la Transferencia de Saldos.

Queda exclusivamente a discreción de Nosotros autorizar la Transferencia de Saldo solicitada por Usted, o bien, autorizar una Transferencia de Saldo por una cantidad menor, lo cual le será informado con la debida oportunidad. Asimismo, le informaremos acerca de la aprobación o declinación en su caso, de la Transferencia de Saldo solicitada.

En el Estado de Cuenta se especificará la fecha en que se realizó el cargo correspondiente por concepto de la Transferencia de Saldo, y quedará registrado el monto del mismo.

A partir de la fecha que se registre la Transferencia de Saldo, se empezarán a generar los intereses correspondientes de conformidad con lo establecido en la cláusula Décima Novena del presente Contrato.

Nosotros seremos responsables ante Usted, única y exclusivamente de realizar el pago de la Transferencia de Saldo autorizada a la Institución Emisora correspondiente, quedando liberada de cualquier otra responsabilidad u obligación que Usted tenga que cumplir con dicha Institución, siendo Usted responsable ante la Institución Emisora de realizar los pagos mínimos que correspondan a La Tarjeta de la que se requiere liquidar el saldo.

Asimismo, Nosotros no asumiremos responsabilidad alguna por cualquier tipo de reclamación, queja o demanda que Usted presente derivadas del origen y procedencia de los cargos transferidos a la Cuenta de La Tarjeta, por lo que cualquier reclamación, queja o demanda derivada de dichos supuestos, deberá dirigirse y presentarse ante la Institución Emisora.

TRIGÉSIMA TERCERA.- PROCEDIMIENTO PARA LA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

Cualquier modificación o adición a los servicios mencionados, así como a los términos y condiciones del presente Contrato, AMEXBANK lo notificará principalmente a través de la dirección de correo electrónico que nos haya proporcionado y mediante la página de Internet www.americanexpress.com.mx, con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha que entren en vigor dichos cambios, entendiéndose que Usted otorga su consentimiento a dichas modificaciones o adiciones si no ejerce su derecho de dar por terminado el presente Contrato, manifestando su voluntad de cancelar la cuenta en el término de 30 (treinta) días naturales después de la entrada en vigor de dichas modificaciones o si continúa realizando operaciones al amparo del mismo.

Usted podrá también recibir notificaciones sobre modificaciones o adiciones mencionadas en el párrafo anterior por correo y a través del Estado de Cuenta.

Los avisos de modificaciones al Contrato contendrán, por lo menos:

I. Denominación social y logotipo de AMEXBANK;II. Nombre del producto;III. Domicilio y teléfono de contacto de AMEXBANK, así como domicilio, teléfono y correo electrónico de la Unidad Especializada de Atención de Usuarios (“UNE”);IV. Resumen de todas las modificaciones realizadas;V. Fecha a partir de la cual entran en vigor, yVI. Su derecho para dar por terminado el Contrato.

Usted puede solicitar la terminación del Contrato dentro de los 30 (treinta) días posteriores al aviso sin responsabilidad alguna a su cargo, y bajo las condiciones pactadas originalmente, debiendo cubrir, en su caso, los adeudos que se generen

hasta el término de la operación o el servicio, sin que AMEXBANK pueda cobrarle penalización alguna por dicha causa ni cobrar cantidad adicional alguna con excepción de los adeudos que ya se hubiera generado a la fecha en que Usted solicite dar por terminado el Contrato.

En el evento de que Usted no esté de acuerdo con las modificaciones realizadas, podrá solicitar la terminación del contrato dentro de los 30 (treinta) días posteriores al aviso señalado en el párrafo anterior, sin responsabilidad alguna a su cargo, y bajo las condiciones anteriores a la modificación, debiendo cubrir, en su caso, el total de los adeudos que se generen hasta el término de la operación o servicio, para que la cuenta se pueda dar por cancelada.

TRIGÉSIMA CUARTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO Y PROCEDIMIENTO PARA LA TERMINACIÓN DEL MISMO

El presente Contrato tendrá una vigencia indefinida y el mismo podrá terminarse en los términos y condiciones de la presente cláusula.

Usted podrá solicitar en un periodo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la firma del Contrato la cancelación del mismo sin responsabilidad alguna para Usted, en cuyo caso no le cobraremos comisión alguna, siempre y cuando Usted no haya utilizado La Tarjeta.

Asimismo, en el evento de que Usted quiera dar por terminado el Contrato en cualquier momento, Nosotros le devolveremos el importe remanente de la cuota anual que resulte del cálculo siguiente:

a) Se dividirá (i) el número de días contados entre la fecha de terminación del Contrato, excluyendo ese día, y la que deba corresponder a la conclusión del periodo por el cual se haya cobrado la cuota anual respectiva, incluyendo ese día, entre (ii) el número total de días previstos para dicho periodo, incluyendo el primer y último día de ese periodo, y

b) El resultado obtenido del cálculo señalado en el inciso a) anterior se multiplicará por el importe de la cuota anual que la Entidad Financiera haya cobrado.

Como excepción a lo dispuesto por este numeral, Nosotros no estaremos obligados a devolver el remanente de la cuota anual anteriormente referida en caso que el número de días correspondiente al subinciso (i), del inciso a), del párrafo anterior, sea igual o menor a treinta. Usted podrá solicitar en cualquier momento la terminación del presente Contrato, ya sea directamente o por conducto de otra Institución Financiera, bastando para ello la presentación de una solicitud vía telefónica, vía fax o a través de medios electrónicos.

En cualquier caso, Nosotros le proporcionaremos ya sea a Usted o en su caso a la Institución Financiera quien nos solicite la terminación del Contrato, un acuse de recibo, clave de confirmación o número de folio.

En el caso de que sea Usted quien solicite la cancelación del Contrato, deberá previamente identificarse y Nosotros debemos cerciorarnos de la autenticidad y veracidad de su identidad mediante la confirmación de sus datos personalmente con Usted, ya sea vía telefónica o por cualquier otro medio. Asimismo, no podrá realizar disposiciones a partir de la fecha en que Usted ya sea directamente o en su caso a través de otra Institución Financiera nos notifique su intención de terminar el presente Contrato.En el caso de que la terminación del Contrato nos sea solicitada a través de otra Institución Financiera, esta última se identificará bajo el nombre de “Receptora” y Nosotros como “Transferente”.Asimismo, la Institución Receptora nos deberá liquidar totalmente el adeudo que Usted mantenga con Nosotros en nuestro carácter de Institución Transferente, y se convertirá en acreedora del mismo por el importe correspondiente y deberá llevar a cabo bajo su responsabilidad, todos los trámites respectivos de cancelación del Contrato.

En caso de que Usted solicite la terminación del Contrato ya sea directamente o a través de otra Institución Financiera, Nosotros realizaremos en forma inmediata las siguientes acciones:

1. Cancelar en forma inmediata La Tarjeta en la fecha de presentación de la solicitud de terminación del contrato, por lo que la línea de crédito y La Tarjeta misma quedarán bloqueadas. Usted deberá interrumpir en forma inmediata el uso de La Tarjeta partiéndola por la mitad y devolviéndola a Nosotros o bien deberá manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad que ya no cuenta con La Tarjeta; 2. Rechazar cualquier disposición que pretenda efectuarse con La Tarjeta con posterioridad a la solicitud de terminación del Contrato. En consecuencia, no se podrán realizar cargos adicionales a partir del momento en que se realice la cancelación, excepto los ya generados; 3. Cancelar, sin responsabilidad alguna de nuestra parte, los servicios de domiciliación o de cargos automáticos en la fecha de solicitud de terminación con independencia de quien conserve la autorización de los cargos correspondientes; y 4. Nos abstendremos de condicionar la terminación del Contrato a la devolución del Contrato que obre en su poder, así como de cobrarle alguna comisión o penalización por la terminación del mismo. El Contrato se dará por terminado al día hábil siguiente de su solicitud, salvo que existan adeudos pendientes de pago, en cuyo caso, la información del monto adeudado estará disponible en nuestro Centro de atención telefónico 01-800-504-0400 y la terminación del Contrato se verificará una vez realizado en su totalidad el pago correspondiente. Para tales efectos, Nosotros le informaremos ya sea a Usted o a la otra Institución Financiera en un plazo de 1 (un) día hábil siguiente Contado a partir de su solicitud, el monto total del saldo adeudado y una vez liquidados los adeudos se dará por terminado el Contrato.

En la fecha en que se dé por cancelada la cuenta, Nosotros le entregaremos cualquier saldo que tenga a su favor en la fecha en que se dé por terminado el Contrato o, al no haber acudido Usted a la oficina de American Express, Nosotros le informaremos a Usted que el saldo se encuentra a su disposición y determinaremos la forma como le puede ser devuelto, deduciendo las comisiones y cualquier otra cantidad que resulte a su cargo. Una vez realizado en su totalidad el pago, Nosotros pondremos a su disposición hasta en 10 (diez) días hábiles a partir de que se hubiere realizado el pago, el Estado de Cuenta o un documento que dé constancia de la terminación contractual, así como el finiquito correspondiente de sus derechos y obligaciones en relación con el presente Contrato. Asimismo, reportaremos a las sociedades de información crediticia que la cuenta de La Tarjeta está cerrada sin adeudo alguno. En tanto no sea liquidada la totalidad de los adeudos, la terminación del Contrato no surtirá efecto y Nosotros no podremos realizar Cargos adicionales, con excepción de los Cargos ya generados pero no reflejados en su Estado de Cuenta, así como los accesorios e intereses que se generen hasta el momento en que Usted liquide el saldo total del crédito. Usted conservará la misma fecha de pago y condiciones que tenía previamente a la solicitud de terminación.

TRIGÉSIMA QUINTA.- CESIÓN DEL CONTRATO

Usted no podrá ceder ni transmitir los derechos y obligaciones derivados de este Contrato sin nuestro previo consentimiento expreso y por escrito. Usted nos autoriza expresamente a ceder, transmitir o vender, en cualquier momento, los derechos y obligaciones derivados del presente contrato a nuestras empresas filiales y/o subsidiarias y/o a cualquier tercero. Para efectos de lo anterior, Usted nos autoriza expresamente para proporcionar información y datos de Usted y, en su caso, de los Tarjetahabientes Suplementarios.

TRIGÉSIMA SEXTA.- REDES SOCIALES DE INTERNET.

Usted podrá consultar nuestras redes sociales de Internet en:

Facebookwww.facebook.com/americanexpressmexico

Youtubewww.youtube.com/user/americanexpressmx

TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- SEVERABILIDAD

Si alguna de las disposiciones de este Contrato tiene conflicto con cualquier disposición legal, dicha disposición podrá modificarse o en su caso eliminarse con la finalidad de que el clausulado sea consistente con la legislación aplicable. Esto no afectará de ninguna forma a las obligaciones de las partes en relación con el cumplimiento de este Contrato.

TRIGÉSIMA OCTAVA.- INCUMPLIMIENTO

Nosotros podemos considerar que su cuenta se encuentra en incumplimiento en el evento de que Usted incumpla con sus obligaciones contractuales, tales como incumplir los pagos correspondientes a la cuenta de La Tarjeta, realizar o intentar cargos en exceso al límite de crédito establecido en el Estado de Cuenta, o en términos generales incumplir con las disposiciones de este Contrato.

Nosotros podemos considerar también como incumplimiento el que Usted nos hubiere proporcionado información falsa o incorrecta al momento de solicitar La Tarjeta, o en cualquier momento durante la vigencia del Contrato, si Usted incumple con cualesquier otro contrato que tenga celebrado con nosotros, si se inician o se hubieren iniciado procedimientos de concurso en contra de Usted, o bien, si tenemos información de que su situación financiera no es estable.

En un evento de incumplimiento, Usted será responsable de los costos en que incurramos, incluyendo los gastos legales que se eroguen para recuperar el saldo adeudado por Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios.

TRIGÉSIMA NOVENA.- COMUNICACIONES POR ESCRITO Y MEDIOS ELECTRÓNICOS

Todas las comunicaciones sobre beneficios, modificaciones al contrato, así como cualquier notificación que realicemos durante la vigencia del presente Contrato, incluyendo el Estado de Cuenta (en su conjunto “comunicaciones”), serán notificadas a Usted a la dirección de correo electrónico que nos haya proporcionado y además serán publicadas en nuestra página de Internet www.americanexpress.com.mx. No obstante, como medios adicionales, podremos enviarle notificaciones por correo y por medio del Estado de Cuenta a manera de recordatorio.

Las comunicaciones que le hagamos llegar serán enviadas a su correo electrónico y además estarán disponibles para su consulta en nuestra página de Internet y se tendrán por recibidas a los 3 días naturales siguientes a su envío.

Usted se obliga a notificarnos inmediatamente cualquier cambio de domicilio o cualquier información relacionada con el mismo, ya sea para fines de envíos de correo por escrito o por medios electrónicos a través de e-mail, incluyendo los cambios de Tarjetahabientes Suplementarios. En caso de que nos sea imposible enviarle información o bien que nos sea devuelto el correo por no tener actualizada su información, nosotros podemos suspender el envío de cualquier comunicación hasta que tengamos actualizada su información. Por lo anterior, no seremos responsables de cualquier falla en el envío de cualquier comunicación ya sea por escrito o a través de medios electrónicos si la información que tenemos de Usted en nuestros sistemas se encuentra incorrecta.

Asimismo, Usted deberá proporcionarnos información actualizada de carácter personal, con la finalidad de tener actualizado nuestros sistemas, y en caso de que le solicitemos información adicional sobre sus ingresos y

finanzas personales, Usted nos la deberá proporcionar o bien cuando sea requerida en cumplimiento a disposiciones legales aplicables.

CUADRAGÉSIMA.- CESIÓN DE DISPUTAS Y RECLAMACIONES

En caso de que le otorguemos un crédito a su cuenta de La Tarjeta en relación con una disputa o reclamación de un cargo realizado ante un Establecimiento, Usted en forma automática está de acuerdo en cedernos los derechos derivados de dicha disputa o reclamación que Usted pudiera tener en contra de algún Establecimiento por un monto igual al crédito efectuado. Una vez que realicemos el crédito a la cuenta de La Tarjeta, Usted se obliga a no realizar reclamación alguna de reembolso ante el Establecimiento correspondiente. Asimismo, Usted se obliga a cooperar con Nosotros en caso de que sea nuestra intención recuperar ante el Establecimiento el monto acreditado a su cuenta, incluyendo cualquier información o documentación que podamos necesitar. El hecho de que le otorguemos un crédito a su cuenta por una ocasión, no significa que tengamos la obligación de realizarlo en otras ocasiones. CUADRAGÉSIMA PRIMERA.- LEYES APLICABLES, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

Para todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes convienen en sujetarse a lo establecido en las diversas disposiciones emitidas por las autoridades financieras competentes, a las contenidas en las leyes bancarias, mercantiles y civiles que sean aplicables, así como a las sanas prácticas y usos bancarios y mercantiles de la república mexicana.

En caso de cualquier controversia derivada del presente Contrato, Usted tendrá la facultad, sí así lo decide, de acudir previamente a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.

Asimismo, las partes convienen en someterse, a elección de la parte actora, a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la Ciudad de México, México o a los tribunales competentes de su domicilio, siempre y cuando el mismo se localice dentro de la república mexicana, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de domicilios presentes o futuros Usted o Nosotros tuviéramos o llegáramos a adquirir.

ANEXO “A” BENEFICIOS SIN COSTO DE LAS TARJETAS DE CRÉDITO AMERICAN EXPRESS

A continuación detallamos la información relativa a los beneficios con los que cuentan Las Tarjetas de Crédito American Express, los cuales se encuentran integrados sin costo a la cuota anual que Usted pagará por La Tarjeta:

BENEFICIOS DE LA TARJETA THE GOLD ELITE CREDIT CARD AMERICAN EXPRESS®

a) Compras ProtegidasProtege casi cualquier artículo que se haya adquirido con La Tarjeta The Gold Elite Credit Card American Express® por el Tarjetahabiente Titular, así como por los Suplementarios, por un monto mayor de $50.00 USD o su equivalente en moneda nacional por pérdida total y/o daño por robo con violencia, incendio o explosión dentro de los 180 días naturales siguientes a partir de la fecha de compra del artículo. El monto aplicable es hasta por $3,000.00 USD o su equivalente en moneda nacional, limitado a un evento por año. Consulte los Términos y Condiciones del beneficio en: www.americanexpress.com.mx/comprasprotegidas

b) Garantía PlusExtiende hasta por un año más la garantía original de casi todos los productos que adquiera el Tarjetahabiente Titular, así como los Suplementarios con La Tarjeta The Gold Elite Credit Card American Express® en México y Estados Unidos. No aplica para servicios de cualquier tipo, animales, perecederos, vehículos motorizados, artículos con una garantía menor de 90 (noventa) días naturales o mayor a 2 (dos) años, entre otros. El beneficio se alinea completamente a la garantía otorgada por el fabricante del producto. El Impuesto al Valor Agregado (IVA) no es reembolsable. Consulte términos, condiciones y la forma de hacer aplicable beneficio en: www.americanexpress.com.mx/garantiaplus

c) Vida CréditoEn caso de fallecimiento del Tarjetahabiente Titular, Vida Crédito cubre el saldo insoluto de la cuenta de la Tarjeta The Gold Elite Credit Card American Express® hasta por $1,000,000.00 M.N. Consulte los Términos y Condiciones en: www.americanexpress.com.mx/vidacredito

d) Seguro Automático contra Accidentes en ViajesProtección en caso de muerte accidental en transporte público autorizado siempre y cuando los boletos del mismo hayan sido adquiridos con La Tarjeta The Gold Elite Credit Card American Express®. La protección comienza desde el momento en que se aborda el transporte público autorizado y hasta el descenso del mismo por $250,000.00 USD o su equivalente en moneda nacional. El seguro aplica para el Tarjetahabiente Titular, su cónyuge e hijos mayores de 12 años y menores de 23 años, que sean dependientes económicos y Tarjetahabientes Suplementarios. Consulte Términos, Condiciones y Exclusiones en: www.americanexpress.com.mx/seguroviajes

e) Protección contra Pérdida y Demora de EquipajeAl adquirir los boletos de avión con La Tarjeta The Gold Elite Credit Card American Express®, se cuenta con protección para Pérdida y Demora de Equipaje para el Tarjetahabiente Titular, su cónyuge e hijos menores de 23 años, que sean dependientes económicos y Tarjetahabientes Suplementarios sin costo adicional hasta $500.00 USD o su equivalente en moneda nacional limitado a un evento por año. Para conocer los montos aplicables por la Tarjeta The Gold Elite Credit Card American Express®, la documentación requerida para tramitar el beneficio, Términos y Condiciones consulte: www.americanexpress.com.mx/equipaje

f) Seguro contra Robo y Daños materiales para Autos RentadosCobertura en Estados Unidos y Canadá en la renta de autos pagando con La Tarjeta The Gold Elite Credit Card American Express® con una protección de hasta por $25,000.00 USD. El seguro aplica para el Tarjetahabiente Titular y Tarjetahabientes Suplementarios. Consulta automóviles asegurables, datos de la compañía aseguradora, exclusiones del seguro, así como los demás Términos y Condiciones vigentes al momento del siniestro en: www.americanexpress.com.mx/autorentado

BENEFICIOS DE LA TARJETA AMERICAN EXPRESS PAYBACK® GOLD CREDIT CARD

a) Compras ProtegidasProtege casi cualquier artículo que se haya adquirido con La Tarjeta American Express PAYBACK® Gold Credit Card por el Tarjetahabiente Titular, así como por los Suplementarios, por un monto mayor de $50.00 USD o su equivalente en moneda nacional por pérdida total y/o daño por robo con violencia, incendio o explosión dentro de los 180 días naturales siguientes a partir de la fecha de compra del artículo. El monto aplicable es hasta por $3,000.00 USD o su equivalente en moneda nacional, limitado a un evento por año. Consulte los Términos y Condiciones del beneficio en: www.americanexpress.com.mx/comprasprotegidas

b) Garantía PlusExtiende hasta por un año más la garantía original de casi todos los productos que adquiera el Tarjetahabiente Titular, así como los Suplementarios con La Tarjeta American Express PAYBACK® Gold Credit Card en México y Estados Unidos. No aplica para servicios de cualquier tipo, animales, perecederos, vehículos motorizados, artículos con una garantía menor de 90 (noventa) días naturales o mayor a 2 (dos) años, entre otros. El beneficio se alinea completamente a la garantía otorgada por el fabricante del producto. El Impuesto al Valor Agregado (IVA) no es reembolsable. Consulte términos, condiciones y la forma de hacer aplicable beneficio en: www.americanexpress.com.mx/garantiaplus

c) Vida CréditoEn caso de fallecimiento del Tarjetahabiente Titular, Vida Crédito cubre el saldo insoluto de la cuenta de La Tarjeta American Express PAYBACK® Gold Credit Card hasta por $1,000,000.00 M.N Consulte los Términos y Condiciones en: www.americanexpress.com.mx/vidacredito

BENEFICIOS DE LA TARJETA THE PLATINUM CREDIT CARD AMERICAN EXPRESS®

a) Compras ProtegidasProtege casi cualquier artículo que se haya adquirido con La Tarjeta The Platinum Credit Card American Express® por el Tarjetahabiente Titular, así como los Suplementarios, por un monto mayor de $50.00 USD o su equivalente en moneda nacional por pérdida total y/o daño por robo con violencia, incendio o explosión dentro de los 180 días naturales siguientes a partir de la fecha de compra del artículo. El monto aplicable es hasta por $3,000.00 USD o su equivalente en moneda nacional, limitado a un evento por año. Consulte los Términos y Condiciones del beneficio en: www.americanexpress.com.mx/comprasprotegidas

b) Garantía PlusExtiende hasta por un año más la garantía original de casi todos los productos que adquiera el Tarjetahabiente Titular, así como los Suplementarios con La Tarjeta The Platinum Credit Card American Express® en México y Estados Unidos, No aplica para servicios de cualquier tipo, animales, perecederos, vehículos motorizados, artículos con una garantía menor de 90 (noventa) días naturales o mayor a 2 (dos) años, entre otros. El beneficio se alinea completamente a la garantía otorgada por el fabricante del producto. El Impuesto al Valor Agregado (IVA) no es reembolsable. Consulte términos, condiciones y la forma de hacer aplicable beneficio en: www.americanexpress.com.mx/garantiaplus

c) Vida CréditoEn caso de fallecimiento del Tarjetahabiente Titular, Vida Crédito cubre el saldo insoluto de la cuenta de La Tarjeta The Platinum Credit Card American Express® hasta por $1,000,000.00 M.N. Consulte los Términos y Condiciones en: www.americanexpress.com.mx/vidacredito

d) Seguro Automático contra Accidentes en ViajesProtección en caso de muerte accidental en transporte público autorizado siempre y cuando los boletos del mismo hayan sido adquiridos con La Tarjeta The Platinum Credit Card American Express®. La protección comienza desde el momento en que se aborda el transporte público autorizado y hasta el descenso del mismo por $250,000.00 USD o su equivalente en moneda nacional. El seguro aplica para el Tarjetahabiente Titular, su cónyuge e hijos mayores de 12 años y menores de 23 años, que sean dependientes económicos y Tarjetahabientes Suplementarios. Consulte Términos, Condiciones y Exclusiones en: www.americanexpress.com.mx/seguroviajes

e) Protección contra Pérdida y Demora de EquipajeAl adquirir los boletos de avión con La Tarjeta The Platinum Credit Card American Express®, se cuenta con protección para Pérdida y Demora de Equipaje para el Tarjetahabiente Titular, su cónyuge e hijos menores de 23 años, que sean dependientes económicos y Tarjetahabientes Suplementarios sin costo adicional hasta $600.00 USD o su equivalente en moneda nacional limitado a un evento por año. Para conocer los montos aplicables por La Tarjeta The Platinum Credit Card American Express®, la documentación requerida para tramitar el beneficio, Términos y Condiciones consulte: www.americanexpress.com.mx/equipaje

f) Asistencia Global en viajesEn caso de presentarse algún imprevisto o emergencia en su viaje, tanto el Tarjetahabiente Titular como los Suplementarios cuentan con asistencia médica y legal en México y el extranjero. Consulte los Términos y Condiciones en: www.americanexpress.com.mx/asistenciaviajes

g) Seguro contra Robo y Daños materiales para Autos RentadosCobertura en Estados Unidos y Canadá en la renta de autos pagando con La Tarjeta The Platinum Credit Card American Express® con una protección de hasta por $25,000.00 USD. El seguro aplica para el Tarjetahabiente Titular y Tarjetahabientes Suplementarios. Consulta automóviles asegurables, datos de la compañía aseguradora, exclusiones del seguro, así como los demás Términos y Condiciones vigentes al momento del siniestro en: www.americanexpress.com.mx/autorentado

h) Membresía Priority Pass™Membresía Priority Pass™ sin costo anual que brinda 10 (diez) accesos individuales sin costo a más de 1000 salas VIP participantes en aeropuertos ubicados en más de 100 países.

En el sitio www.prioritypass.com se encuentra la lista completa de las Salas VIP participantes en el programa, facilidades y servicios disponibles en cada Sala, así como las Condiciones de Uso que los miembros de Priority Pass™ se comprometen a seguir al utilizar el beneficio.

BENEFICIOS DE LA TARJETA THE PLATINUM SKYPLUS CREDIT CARD AMERICAN EXPRESS®

a) Compras ProtegidasProtege casi cualquier artículo que se haya adquirido con The PLATINUM SKYPLUS Credit Card American Express®, por el Tarjetahabiente Titular, así como los Suplementarios, un monto mayor de $50.00 USD o su equivalente en moneda nacional por pérdida total y/o daño por robo con violencia, incendio o explosión dentro de los 180 días naturales siguientes a partir de la fecha de compra del artículo. El monto aplicable es hasta por $3,000.00 USD o su equivalente en moneda nacional, limitado a un evento por año. Consulte los Términos y Condiciones del beneficio en: www.americanexpress.com.mx/comprasprotegidas

b) Garantía PlusExtiende hasta por un año más la garantía original de casi todos los productos que adquiera el Tarjetahabiente Titular, así como los Suplementarios con La Tarjeta The PLATINUM SKYPLUS Credit Card American Express® en México y Estados Unidos, no aplica para servicios de cualquier tipo, animales, perecederos, vehículos motorizados, artículos con una garantía menor de 90 (noventa) días naturales o mayor a 2 (dos) años, entre otros. El beneficio se alinea completamente a la garantía otorgada por el fabricante del producto. El IVA no es reembolsable. Consulte Términos, Condiciones y la forma de hacer aplicable beneficio en: www.americanexpress.com.mx/garantiaplus

c) Vida CréditoEn caso de fallecimiento del Tarjetahabiente Titular, Vida Crédito cubre el saldo insoluto de la cuenta hasta por $1,000,000.00 M.N. Consulte los Términos y Condiciones en: www.americanexpress.com.mx/vidacredito

d) Seguro Automático contra Accidentes en ViajesProtección en caso de muerte accidental en transporte público autorizado siempre y cuando los boletos del mismo hayan sido adquiridos con La Tarjeta The PLATINUM SKYPLUS Credit Card American Express®. La protección comienza desde el momento en que se aborda el transporte público autorizado y hasta el descenso del mismo por $250,000.00 USD o su equivalente en moneda nacional. El seguro aplica para el Tarjetahabiente Titular, su cónyuge e hijos mayores de 12 años y menores de 23 años, que sean dependientes económicos y Tarjetahabientes Suplementarios Consulte Términos, Condiciones y Exclusiones en: www.americanexpress.com.mx/seguroviajes

e) Protección contra Pérdida y Demora de EquipajeAl adquirir los boletos de avión con La Tarjeta The PLATINUM SKYPLUS Credit Card American Express®, se cuenta con protección para Pérdida y Demora de Equipaje para el Tarjetahabiente Titular, su cónyuge e hijos menores de 23 años, que sean dependientes económicos y Tarjetahabientes Suplementarios sin costo adicional hasta $600.00 USD o su equivalente en moneda nacional limitado a un evento por año. Para conocer los montos aplicables por la Tarjeta, la documentación requerida para tramitar el beneficio, Términos y Condiciones consulte: www.americanexpress.com.mx/equipaje

f) Asistencia Global en viajesEn caso de presentarse algún imprevisto o emergencia, tanto el Tarjetahabiente Titular como los Suplementarios cuentan con asistencia médica y legal en México y el extranjero. Consulte los Términos y Condiciones en: www.americanexpress.com.mx/asistenciaviajes

g) Seguro contra Robo y Daños materiales para Autos RentadosCobertura en Estados Unidos y Canadá en la renta de autos pagando con La Tarjeta The PLATINUM SKYPLUS Credit Card American Express®, con una protección de hasta por $25,000.00 USD. El seguro aplica para el Tarjetahabiente Titular y Tarjetahabientes Suplementarios. Consulta automóviles asegurables, datos de la compañía aseguradora, exclusiones del seguro, así como los demás Términos y Condiciones vigentes al momento del siniestro en: www.americanexpress.com.mx/autorentado

ANEXO “B” RELATIVO A LA TRANSCRIPCIÓN DE LAS DISPOSICIONES LEGALES

Circular 3/2012

Artículo 171.- El Banco de México publicará en el Diario Oficial de la Federación el tipo de cambio que resulte conforme a los procedimientos previstos en los artículos 166 o 170 de estas Disposiciones, según se trate, el Día Hábil Bancario inmediato siguiente a aquel en el que lo determine.

Artículo 166.- El Banco de México procederá a calcular el promedio aritmético de los tres tipos de cambio de equilibrio referidos cerrando el resultado a cuatro decimales.

En el evento de que el Instituto Central no pueda calcular el tipo de cambio de equilibrio en alguno o algunos de los referidos períodos, determinará el tipo de cambio con la información que haya obtenido conforme al procedimiento antes descrito, en el o los periodos que corresponda.

Artículo 170.- El Banco de México procederá a calcular el tipo de cambio de equilibrio correspondiente a cada uno de los períodos mencionados en el artículo 167 anterior, aplicando el procedimiento a que se refiere el Anexo 14 de estas Disposiciones. Posteriormente obtendrá el promedio aritmético de los tres tipos de cambio de equilibrio, cerrando el resultado a cuatro decimales.

En el evento de que el Banco de México no pueda calcular el tipo de cambio de equilibrio en algún o algunos de los referidos períodos, determinará el tipo de cambio con la información que haya obtenido conforme al procedimiento antes descrito, en el o los períodos que corresponda.

Ley para Regular a las Sociedades de Información Crediticia

Artículo 28.- Los montos correspondientes a los fondos de pago electrónico referidos a cantidades de dinero y registrados en la cuenta del Cliente que la institución de fondos de pago electrónico lleve de conformidad con este Capítulo y que en el transcurso de tres años no hayan tenido movimiento por abonos, redención, transmisión o consulta de saldo, deberán ser abonados en una cuenta global que llevará cada institución para esos efectos. La institución deberá dar aviso por escrito de esta situación, ya sea física o electrónicamente, al Cliente con noventa días de anticipación. Para efectos de este artículo, no se considerarán movimientos aquellos relacionados con el cobro de comisiones que realicen las instituciones de fondos de pago electrónico. La institución de fondos de pago electrónico no podrá hacer cargos a la cuenta global por concepto de comisiones.

Cuando el Cliente realice una Operación posteriormente a la trasferencia del saldo a la cuenta global, la institución de fondos de pago electrónico deberá retirar de la cuenta global el importe total, a efecto de abonarlo a la cuenta respectiva o entregárselo.

Los derechos derivados por los recursos sin movimiento en el transcurso de tres años contados a partir de que estos últimos se depositen en la cuenta global, cuyo importe no exceda por cuenta al equivalente a trescientas UMA (Unidad de Medida y Actualización) prescribirán en favor del patrimonio de la beneficencia pública.

Los derechos derivados por los recursos sin movimiento en el transcurso de siete años contados a partir de que estos últimos se depositen en la cuenta global, cuyo importe exceda por cuenta al equivalente a trescientas UMA (Unidad de Medida y Actualización) prescribirán en favor del patrimonio de la beneficencia pública.

Las instituciones de fondos de pago electrónico estarán obligadas a enterar los recursos correspondientes a la beneficencia pública dentro de un plazo máximo de quince días contados a partir del 31 de diciembre del año en que se cumpla el supuesto previsto en este artículo.

Las instituciones de fondos de pago electrónico estarán obligadas a notificar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores sobre el cumplimiento del presente artículo dentro de los dos primeros meses de cada año.

americanexpress.com.mxAmerican Express Bank (México) S.A., Institución de Banca Múltiple

Av. Patriotismo 635, Col. Ciudad de los Deportes,Delegación Benito Juárez, C.P. 03710, Ciudad de México, México.